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    III. HISTORIA, PENSAMIENTO Y TERMINOLOGA PROCESALES25) MOMENTOS, FIGURAS, PREOCUPACIONES Y TENDENCIASDEL PROCESALISMO ITALIANO . . . . . . . . . . . . . . . ; . . . . . . . . . 50 1

    A) Aparicin y significado del procesalismo cientfico . . . . . . . . . . .. 50 1B) Procesalirmo italiano: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . _ 50 5

    a) Estudios de conjunto acerca del mismo; . . . . . . . . . . . . . . . . .. 50 5b) Ascendencia y nacimiento; . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . _ 50 8c) Lodovico Mortara, elemento de enlace ent re la exgesis y el sis-tema; . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . _ 5 1ci) Giuseppe Chovenda, fundador y maestro; . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 2e) Discipulos y continuadores de Chovenda: . . . . . . . . . . . . . . . . 521

    a') Calamandrei, Redenti, Liebman; . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 521b') Otros nombres; . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 528

    ) Francesco Carnelutti , revolucionafio genial; . . . . . . . . . . . . . .. 53 0g) Discpulos de Camelutti; . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 3 4 -h) Procesalismo penal; . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ._ 53 6i) Codificacin procesal; . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 53 8j) Procesalismo colectivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 54 1

    C) Palabras finales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 5 4 - 3Addenda et Cofrgenda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 4 - 6

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    26MOMENTOS, FIGURAS, PREOCUPACIONES Y TENDENCIASDEL PROCESALISMO ITALIANO*A) Aparicin y significado del procesalirmo cientfico. B) Pfocesalsmo ita-liano: a) Estudios de conjunto acerca d el mismo; b) Ascendencia y nac-miento; c) Lodovico Mortara, elemento de enlace entre la exgesis y el sistema;d) Giuseppe Chiovcnda, fundador y maestro; e) Discpulos y continuado-res de Chiovenda: a.') Calamandrei, Redenti, Liebman; b') Otros nombres; )Francesco Camelutti, revolucionario genial; g) Discipulos de Garnelutti; h)Procesalismo penal; 1 Codificacin procesal; j) Procesalismo colectivo. C)Palabras f ina les .

    I) A) Aparicin y significado del proaesalisrno rentico. De procesalismocientfico, como expresin hoy en da a l a . vez cu lminan te y dominante en el pa-norama de nuestra disciplina, no s e puede hablar, ni siquiera respecto de Ale-mania, donde nace, con anterioridad a la segunda mitad del siglo x r x . Podrdiscutir-se si su punto de arranque, como opina la mayora, est constituido porla publicacin en 1868 de la clsica. monografa de Blow sobre las excepcionesy los presupuestos procesales ; 1 si cabe retroceder hasta 1856-7 con la polmicaentre Windscheid y Muther acerca de la accinf e incluso si e s posible remontarse'Conerencia dada el 3 1 de mayo de 1963, con motivo del X Aniversario: Gene-racin de Abogado.: 1948-1953 : Universidad de Guadalajara, e impresa en el volumenas titulado (Mxico, 1963), pp. 121 -58 .

    Die Lehre von dm Prozerseinredm und die Prozcrrooraussezungen (Giessen, 1868) . Ini-ciada s u traduccin al castellano por M ig u el ngel Rosas Lronrscmzxu (La teoria de lasexcepciones procesales y los presupuesto: procesales) en el Boletn del Instituto de De-recho Procesal de la Universidad del Litoral (Santa Fe, Argentina), nmeros 4 (1952 ;pp. 59-72) , 5 ( 1953 ; pp. 3 9- 46 ) y 6 (l954; pp. 29-45) . La idea de qu e el derecho proce-sal cientfico arranca. del citado libro d e B1 .ow la sustentan, entre otros, Gonnscr-rumr,Der Prozes: als Rechtslage: Ene Kritilc de: prozessualen Denken: (Berlin, 1 9 25 ; 2' ed..Aalen, 1962) , p. 1 ; Cruovznwx, Prnepi d dirtto procersuale cvile, 4' ed. (Napoli,1928), pp. 89-90 , y G.mNm.u'r'r1 (vase inro, nm. 9 y nota 38) .

    3Manfestada en los siguientes trabajos: Wluosornnn, Die acto d e: r mch en Civil-reehtr, vom Starzdpunkte de: heutgen Reehts (Dsseldorf, 1856) ; Muruen, Zur Lehrevon der rmschm aoto, d em heutigen Klagrehit usw. (Erlangen, 1857) ; Wmoscuzm,Abwehr gegen Df. Thodor'Muther (Dsseldorf, 1857). Existe traduccin italiana, de

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    50 2 Nlorfro ALCAL-zamora Y c.sr1LLohasta el System de Wetzell en 1854;* pero esta ltima barrera resulta infran-queable, aunque en autores m s antiguos, en la actua lidad olvidados o pocomenos, como el espaol Lucas Gmez y Negro, hallemos, hacia 1825, atisbos in-teresantsimos en orden a una concepcin publicista del procesof

    2) Con anterioridad a 1850 tenemos la escuela procednr-entalirto, de raz yrasgos netamente franceses, propagado. rpidamente a otros pases, donde pro-duce algunas de s u s figuras mximas, cual la de Garavantes en Espaa o la deMattirolo en Italia,' y que todava conserva adeptos entre los cultivadores m sa la zaga o menos informados en menesteres del enjuiciamiento. Y ms atrsan, desde fines del siglo xv a comienzos del xnr, impera la escuela practcsta,y todava. antes que ella, en ntima vinculacin con las enseanzas emanadas dela Universidad de Bolonia y difundidas por la Recepcin, la escuela judcialrlvta,a partir del siglo x r. A ella pertenece el padre de las instituciones procesales his-panoamericanas, el Maestro Jacobo de las Leyes, redactor casi seguro de la fa -mosa Partida UL' de la que a travs luego de la ley de enjuiciamiento civil e s -paola de IB55 provienen aqullas en su mayoriafErnst HEINITZ y Giovanni Puouesz, con introduccin de ste: Polemica intomo all' aclio(Firenze, 1954) .'System des ordenllichen Civilprozerr, 1' ed.: Leipzig, 1954; 3', 18 7 8 .*Vanse sus Elemento: de Prctica Forense, 3 ed . (Valladolid, 1830), p. 23 , dondedefine al actor como ciudadano que pide, reclama o insta por el auxilio o proteccinde la pblica autoridad; as como los pasajes (pp. 7-11 y 18-20) en qu e reacciona contrala reduccin de la Prctica forense (lase, d el Derecho procesal) a la simple condicinde arte curialesca.Cfr. A1.cA1.-ZAMOM Y Cas-ru.1.o, Evolucin de la doctrina procesal (conferencia dadaen San Jos dc Costa Rica el 2l de abril de 1949 e impresa en El Foro de Mxico,junio de 1950, pp. 107-43 , y en Revista de la Universidad de Costa Rica, julio de1951, pp. 327-50), nm. 1 9 , y vase infra, nota 8.Con lu Tratlalo di diritto gudiziarlo eivile, il ed.: Torino, 1875; 5'; 1902-6; tra-duccin espaola de Eduardo O veysno y M anu el Lpez-Rev, 4 - vols. (Madrid, 1930 -6 ) ,'Acerca de l, cr. R . . ne Uleia Y SMBNJAUD y A . BomL1.A Y SA N Mrmrn, Obra.: delMaestro Iacobo de las Leyes, jurixeoruulto del siglo xiii (Madrid, MCMXXIV), pp,V-XXV.

    *Acerca de la misma, c fr. AL c. u . -Zauo m, Conmemoracin de la Ley de enjuiciamien-to civil de 1855 y del Tratado de Carovanter al cumplirse ru primer centenario (en Re-vista de la Facultad de Derecho de Mxico , nm. 6 , abril-junio de 1952 , pp. 2 6 9 - 7 1 ,1 en Revista de Derecho Procesal argentina, 1952 , II, pp. 342-5); FAIRN GUILLN,

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    Mowmros Y rroums D E L Paocxzsausivxo ITALIANO 50 33) Prescndiendo de las tres escuelas@ tendencias lt imamente mencionadas,a saber (aunque ahora las citemos no hacia atrs, sino hacia adelante): la ju-(licialista, la practicista y la procedimentalista, y con mayor motivo de un m sremoto e impreciso periodo primitivo, qu e se pierde en la noche de los tiemposy alcanza por el otro extremo el siglo onceno de la e r a . cristiana) nos fjaremosa partir de aq u tan slo en la corriente procesal italiana de los ltimos setentaaos, ms no sin antes indicar cules sean los cambios esenciales qu e Blow y sus

    continuadores introducen respecto de la situacin precedente, como para quemerezca calificarse de procesalsmo cientfico el movimiento que entronizan.4) A base de una id ea su g e rid a por el filsofo Hegel y sustentada despus porBethmann-Hollweg, Blow concibe el proceso como /una relacin jurdica trian-gular, -entre las partes y el juez , qu e progresivamente s e desenvuelve, teniendo

    como meta la sentencia y, en su caso, la ejecucin. Objeto de numerosas va-riantes (Kobler, Hellwig, R . Schmidt, etctera) y sujeta a severas criticas, espe-cialmente por parte de G0ldschmidt, tal doctrina, que incomprensiblementealgunos procesalistas sudamericanos han adscrito a Italia, cuando es ciento porciento aIemana, posee dos mritos indiscutibles: el de haberle buscado una ex -mental Tratado histrico, crtico filosfico de lo.: procedimientos judiciales en materiacivil segn la nueva ley de enjuiciamiento civil, con nu correspondientes formularios, deJos DE VICENTE Y Gnnnvnurss (cuatro tomos; Madrid, 1856 , los tres primeros, y1858, el cuarto).

    9 Clasificacin establecida. por mi en un cursillo (indito) sobre Ejecucin procesal civildado en la Universidad de Santiago de Compostela en abril de 1 9 3 5 ; utilizada m s tardeen mi Adicin al nmero I del Sistema de derecho procesal, civil de Carnelufti, vol. I(Buenos Aires, 1944 - ) , pp. 6 - 9 , y en Evolucin doctrina procesal, cit., nm. 3 , y acogida porSswrs Meu-:Nno, en cuanto a las dos ltimas tendencias, en su trabajo Del procedi-mentalismo al procesalirmo en la Repblica Argentina (en Revista Peruana de Ciencias_]'uriclicas , 1 9 4 6 , pp. 1 -22: cfr. pp. 10-1).1 Resmenes de la doctrina en caste llano pueden verse, por ejemplo, en Anslw., Tratadoterico prctico de derecho procesal civil y comercial, 1' ed., tomo I (Buenos Aires,194 -1 ) , pp. 24 1 -3 y 24-7-60 (2 ed., tomo I, 1 9 56 ; pp. 4 -16 -9 y 428-47); COUTURE, Fun-damentos del derecho procesal civil, 1' ed . (Buenos Aires, 1942), pp. 6 6 -9 (3' ed., 1 9 5 8 ,pp. 132-5); ALCAL-ZAMORA, Proceso, autocomporicin. y autodeensa (Mxico, 1947), pp.118 -21 (2' ed., 1 9 7 0 , pp . 124-7), Amoonusns ALoNso, Proceso y derecho procesal'(Introduccin) (Madrid, 1960), pp . 1 6 1 - 7 0 .11Cfr. Der Prozess als Rehzrlage, cit., pp. 1 - 14 5 , Y como condensacin de las mismas,las cuatro primeras, y tambin su Teora general del proceso (Barcelona, 1 9 3 9 ) pp. 14 -23 .

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    50 4 muero .nc.L-zauom Y cAsr1L.oplicacin publicista a la naturaleza del proceso, merced a la cual las interpreta-ciones privatistas (es decir, las que lo imaginaron como un contrato o un cuasi-contrato) han quedado definitivamente arrumbadas, y el de haber provocado unmovimiento cientf ico de magnitud y brillantez inigualadas, que al irradiar pri-mero a Italia y despus a otros paises, ha originado la completa renovacin denuestra disciplina en el mundo. E n el primer sentido, s quisiramos destacarmediante un trazo vigoroso la diferencia entre las teoras publicistas y las inter-pretaciones privatstas del proceso, diramos que mientras stas descansan o giranalrededor de la ltiscontestato (con olvido del cambio radical operad o al pa-sarse en Roma del of-do iudcorum prvatorum al ordo iudiciorum publicorumy desaparecer en ste el contraste entre la fase in iu re y la etapa apud iudcem) ,aqullas, bastante nuxnemasf' s e apoyan en la ltispendcnca, o sea anticipan elmomento constitutivo del proceso.

    5) Cules son las notas peculiares que imprimen carcter al procesalismocientifico? A nuestro entender, serian las siguientes: a) la independizacn delderecho procesal frente al derecho material, iniciada por los judicialistas de laescuela de Bolonia 1 y acentuada cuando la codificacin napolenica difundevendan; (cr. del propio Snnrs, Los conceptos de accin y de proceso en la doctrina delprofesor Hugo Alsina -en Jurispmdenca Argentina de 3-XII-1941-, donde s u s -tenta anloga opinin). y, sobre todo, Msncaoen, La accin; su naturaleza dentro delorden jurdico (Buenos Aires, 1944), pp. 9 7 - 8 , en las qu e Bcow aparece citado cual unepsdco precursor de Gnrovmroa.1 ' Este aspecto ha sido estudiado con especial reiteracin y acierto por Fsmm G u n . r. 1 s 1 ~ x :cfr. La transformacin de la demanda cn el proceso civil (Santiago d e C o mp os te la , 1949),pp. 109-ll y 124-5; El desistimiento y su biloteralidad en primera instancia (Contra ladoctrina de la ltis contcstatio) (Barcelona, 1950) , pp. 27-101 ; Una perspectiva histricadel proceso: la litis conlcstatio y sus consecuencia: (en Atti del Gongtesso Interna-zionale di Diritto Processuale Civile: 3 0 settembre-3 ottobre 1950 -Padova, 1953-'-), pp.239-74; Proceso, procedimiento y mito: jurdico (en Estudios en memoria de James Gold-schmiclt -Buenos Aires, 1951--), vol. I, pp. 215-27.1 4 Vase ALGAL-Zlusosux, Algunos concepciones menores acerca de la natu ralez a d elproceso, en Revista de Derecho Procesal argentina, 1952, I, pp. 21 2-7 7. G on poste-rioridad, Asuxooweses Auonso, Proceso y derecho procesal, cit., pp. 156-213, y MontnParoumo, Sobre el concepto del derecho procesal, en Revista de Derecho Procesalespaola, 1 9 5 2 (PP- 507-65), pp. 54 2 -63 .1 5 Desde la llamada coneapondiente a la nota 12, el texto proviene del nmero 22 denuestra citada. conferencia Evolucin de la doctrina procesal o, mejor dicho, de los pasajes

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    MoMr.N'ros Y F I G U R A S D E L PnoGEsAusMo rALt. -mo 50 5el modelo de su legislacin separada, s e lleva a s u s ltimas consecuencias: elsiervo, de que g rficamente habl Sperl 1 s e emancipa del todo; b) los concep-tos y cuestiones primordiales de nuestra disciplina (accin, jurisdiccin, proceso,actuacin de las partes, etctera) s e examinan con arreglo a criterios de rigurosoderecho procesal, con lo cual s e dilatan s u s lmites y, en todo caso, s e perfilan;c) la superacin del mtodo expositivo, mediante la sust itucin de la exgesispor el sistema; d ) el estudio de la materia procesal s e acomete con tcnica dis-tinta: mientras los procedimentalistas hacen, o filosofa, de mayor o menor valory ms de la justicia y de la funcin judicial que del proceso, o, sencillamente,descripcin de las instituciones procesales, los procesalistas hacen teora del de-recho procesal, incluso acerca del pr0cedimient0,1 y rompen sus amarras res-pecto de la prctica forense, como terreno ciertamente colindante, pero emp-rico y no cientfico. Mediante una metfora diramos que en tanto el procedi-mentalista s e detiene en la anatoma del fenmeno procesal el procesalista pe-netra en s u .riologa.*

    6 ) B) Procesalismo italiano: a) Estudios de onjunto acerca del mrmo.- -Den-tro de los lineamientos generales qu e acabamos d e se ala r, el procesalismo ita-llano muestra una personalidad inconfund ib le , y su producin, menos afectadaque la alemana por las dos guerras mundiales, reviste dimensiones impresio-nantes. Si a e s o s dos factores aadimos que, por diversas causas, ha trascendidoen mayor medida que el de Alemania fuera de las respectivas fronteras naciona-

    1' No por primera vez: vase lo que decimos en Evolucin doctrina procesal, cit.,nm. 15.1* En Il procuro civle nel sistema del dritto, en Studi di diritto processuale in onoredi Giuseppe Chiovenda nel venticinquesimo anno d el su o nsegnamento (Padova, 1 9 2 7 ;

    pp. 807-33), p. 809.1 Vase, por ejemplo, para citar slo u no de los ms originales y a fin de no formaru na lista interminable, CARNELUTTI, ltimamente, en Drtto e p ro curo (Nap oli, 1958) ,pp . 149-254. A la elaboracin de la teora del procedimiento han contribuido tambin, conaportaciones valiossimas, los aclrninistrativistas: cfr., verbigracia, Giu,r.o'r'rt, Ossruazonisu l concstto d procedimento giuridico, en Jus (Milano), 1955, pp . 5Q 2- 65 ( reseasmas en Boletn del Instituto de Derecho Comparado de Mxico, nm. 27 , septiembre-diciembre de 1956, p. 232, Y en Revista, de la Facultad de Derecho de Mxico , nm. 22 ,abril-junio de 1 9 5 6 , pp. 218-20).3 Con l igeros cambios, este nmero 5 proviene del nmero 23 de Evolucin doctrinaprocesal, cit., 0 ms, exactamente, de los pasajes de trabajos nuestros que en su nota

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    50 6 Ntccro ALCAL-2AMoRA Y cmsrlccoles, nada ms natural que a s u estudio en conjunto s e hayan consagrado tra-bajos ad hoc, de italianos unos y de extranjeros otros, adems de aquellos queen los lugares pertinentes citaremos, dedicados a tal o cual f igura en particular.

    7 ) Entre los escritos por plumas italianas recordaremos, por orden alfabticod e au tores, los siguientes: Enrico Allorio, Rilessioni sulla wolgmento dellascienza processuaIe, s e sobreentiende que de la italiana y m s concretamentede la concerniente al llamado proceso d e conocimiento, que fue el tema que comoponente s e le encomend para el Primer Congreso lntemacional de DerechoProcesal, celebrado en Florencia en 1 950 , aun cuando s e Sali de l ms de unavez,* Girolamo Bellavista, Sullo stato attualle della scenza del dritto processua-le pnale i n - Italiaffi artculo perfectamente apegado a s u titulo, au n cuando s eparta en l de expositores que, como Ncolini, estn por completo fuera delrea del procesalismo cientifico; Piero Calarnandrei, adems de una nota infor-mativa. sobre La scenza pfocessuale italiana all'estero,* Gli studi d i diritto pro-cessuale in Italia nelfultmo trentenniofl o s e a el que s e clausura en 1 9 4 - 0 con

    2 2 Singularmente, por razones idiomtcas en los pases iberoamericanos del Viejo y delNuevo Mundo, donde la lectura directa del italiano no suele suscitar dificultades, sin con-tar con las numerosas traducciones que en ellos circulan de obras procesales italianas (va-s e el trabajo nuestro citado luego sub 8, nota 33) , mientras qu e son todava e s c a s a s las delas alemanas.2 3 Primeramente publicado en Jus (Milano), 1 9 5 0 , pp . 91-10l,y despus en los AttiCongresso Dir. Proc. Giv., cit. pp . 127 - 4 4 . Existen algunas divergencias entre las dosversiones, y el contenido fue dado a conocer como conferencia en la Universidad de Par-celona en mayo de 1950 , o sea unos meses antes del congreso de Florencia.2 4 En cuanto a s u trabajo La vita del dirtto in Italia, util izado en conferencias dadasen Madrid, Barcelona y Valladolid, compuesto para los Scritti giuridici in onore diFrancesco Camelutti (vol. I _Padova, l950_-, pp, 43 -68) e inserto asimismo en Jus(1950, pp. 42-72), slo incidentalmente s e refiere a nuestra disciplina (en muchisimamayor medida s e ocupa y preocupa, verbigracia, del pensamiento jurdico alemn). Otrotanto sucede con su ensayo Scienza giufidira europea, procedente de conferencias dicta-das en Mxico en agosto de 1952, impreso el propio ao en ]us (pp. 433-70 ) y luego entraduccin y co n notas aclaratoria; n uestra s e n Revista de la Facultad de Derecho deMxico, nm. 9 , enero-marzo de 1953 , pp. 1 5 7 -2 0 7 .2 Escrito co n destino a los Studi in onore di Arturo Rocco (Milano, 19 52 ) y reco-gido por su autor en Studi su l processo penale: I (1949-1952) (Milano, 1952),pp. 3 3 - 1 1 2 .

    2 5 En Rivista di Diritto Processuale Civile , 1928 , I, pp. 6 7 - 9 , donde s e limit a darcuenta, en orden a la proyeccin de la ciencia procesal italiana, de dos libros: el de

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    MOMENTOS Y FIG URAS DE L PROGESALISMO ITALIANO 50 7la promulgac in del nuevo cdigo de procedimiento civil; Tito Camacini, Glistudi su l processo executive in Italiaf pareja del de Allorio mencionado al prin-cipio de la presente lista, pero sin desviarse un pice de la pauta que comorelator s e le asign ; Pau lo DOnofrio, Breves consideraciones acerca del estadoactual de los estudios de derecho procesal en 1talia, redactado por el entoncesp r o f e s o r d e N p o l e s c o n d e s t i n o a la Revista G e n e r a l d e Derecho y Jurispru-dencia que durante los aos 1 9 3 0 a 1 9 3 4 s e edit en Mxico bajo la direccinde don Alberto Vsquez del Mercado; Amedeo Giannini, Gli stud di dritto pro-cessuale civile in Italia (1860-1948), tambin por razn de los decenios perte-necientes al siglo x r x , incurso en el mismo reproche que hace un momento d i r - i ~gamos a Bellavista, o s e a el de ocuparse de autores ajenos a la escuela sobrela que versa nuestra ch arla; U g o Rocco, Prlogo a la traduccin hecha en M -xico de su Teora General del Proceso Civil.1 N o incluyo, por el contrario,en la relacin el discurso de Garnelutt sobre la Scuola italiana del drittofz por-que slo incidentalmente s e refiere a la ciencia procesal de su patria.

    8) Pasemos a los extranjeros desde el punto de vista italiano , y lamento quelas exigencias de la ordenacin alfabtica me impongan abrir m arch a: N icetoAlcal-Zamora, Aportacin hispnica a la difusin de la ciencia procesal italia-na, donde destaco la medida en que los juristas de nuestra lengua (principal-mente desde Buenos Aires, Sant iago Sentis Melendo, magistrado espaol y en laactualidad profesor en La Plata) han contribuido con traducciones, reseas bi-bliogrficas, prlogos, etctera, a que s e conozca el pensamiento procesal italianoen las naciones de habla castellana; en menor escala, tambin bastantes pginasde mi conferencia Evolucin de la doctrina procesal 3 * tratan de su desenvolvi-miento en Italia; Eduardo J. Couture, La 'escuela italiana del derecho que aStudi , pp. 67 -90 , s e limita a destacar, en lneas generales, el influjo de la doctrinaitaliana, principalmente de CHIOVENDA y su escuela, en la gestacin del cdigo de 194 0 .En Atti Congreso Dir. Proc. Giv., cit., pp. 145-62.

    2 En la revista que a . continuacin s e menciona en el texto, a o 1 9 3 1 , pp. 4-73-8, en tm-duccin de Pablo Macano, y luego como pr logo , pp. 7 -14 , en la versin que Felipe deJ. TENA hizo del Derecho procesal civil de Ugo Rocco (2' ed.; Mxico, 1944).3 En Rivista Trimestrale di Dirtto e Procedura Civile, 1 9 4 9 , pp. 1 0 3 - 1 9 .3 1 Tal e s el ttulo qu e su traductor, Felipe de J. TBNA, le ha dado al primer tomo

    (nico hasta la fecha -Mxico, 1959- trasladado al castellano) del Corzo di teora epratica del procuro civil: (Napoli, 1951, 1953 y 1955). E l prlog o de Rocco ocupa

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    50 8 Nxoizro ALCAL-zamom Y cAs'r1LLodiferencia del trabajo de igual ttulo de Camelutti hace poco citado, presta. es-pecial atencin a los grandes procesalistas itlcos; Santiago Sents Melendo, Laescuela procesal italiana: Su influencia sobre los estu dios procesales a r g e _ n t i - o s , donde, como expresa el epgrafe, s e examina la grav itac in tan intensaejercida por la l iteratura italiana en uno de los pases de Amrica con m s bri-llante procesaiismo.

    9 ) b) Ascendenca y nacimiento.-Cuando en 1926 muri en Leipzig AdolfWach, el ms insigne de los procesalistas alemanes, Chiovenda, con ejemplarmodestia y nobleza, s e proclam discpulo suyo, au n no habiendo asistido jams as u s explicaciones de ctedra Y casi u n cu arto de siglo despus, Camelutti, conocasin del Primer Congreso Intemaconal de Derecho Procesal, afirm, conigual hdalgua, en la sesin celebrada en Siena, que si no hubiese existido laescuela alemana, que cuenta con los grandes nombres de Blow, de Wach, deKlein y de tantos otros, tampoco la escuela italiana, que dispone del g loriosonombre de Chiovenda, existiria. E l mismo Allorio, tan injusta y hasta inopor-tunamentesevero con el procesalisrno teutn en su ponencia de 195 0 , reco-noce, sin embargo, que cuando Chiovenda inici los estudios sistemticos sobreel proceso civil en Italia acudi directamente, sin temer los reproches de unnacionalismo poco reflexivo, a la ciencia a1emana.* Si a confesin de parte,:elevacin de prueba, los tres testimonios recogidos, a los que cabra agregarotros vai-ios, son ms que suficientes para acreditar que la doctrina procesalitaliana desciende de la germana, aun cuando bien pronto s e emancpe y adquie-ra personalidad propia e inconfundible, para llegar incluso, como luego veremos(inra, nm. 4-2), en plan de al maestro, cuchillada, a superarla, no en con-junto, pero s i en particulares e importantsimos aspectos. Y una mezcla muyequilibrada de ambas corrientes, alemana e italiana, con cierto predominio inicial-por cierto, como traduccin (iia) de Alberto Vsquez mu . Meucaoo-, y en Boletindel Instituto de Derecho Procesal (Santa F e, Argentina), nm. 7 , pp. 3 1 -42 .En Scritti in onore di Carnelutti, ct., vol. II, pp. 1 87 -2 0 4 . No incluimos, encambio, Procemlistas de Italia, po r reducirse a un comn denominador de trabajos diver-s o s , en buena parte reseas bibliogrficas, sobre GALAMANDREI principalmente (vaseinra, nota 98), a fin de presentarlo: agrupados en el volumen I, pp. 4 2 4 - 5 0 8 , de su

    Teoria y prctica. del proceso: Ensayos de derecho procesal (Buenos Aires, 1959) . 3 7 Cir. Cmovenna, Adolfo Wash, necrologia a raiz de su muerte, acaecida el 4 de abrilde 1926, en R iv ista d i Drritto Processuale Civile, ao mencionado, I, pp. 366-9.9 0 En Atti Congresso Dir. Proc. Civ., cit., p. 1 9 3 .

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    MOMENTOS Y Fiounas DE L PRoc1=.sAL1sMo ITALIANO 50 9de la primera, hace a s u vez surgir, a partir de 1920, la escuela procesal espa-ola, a no confundir con la de lengua castellana de diversos pases de Amrica,donde el influjo gerrnnico, co n alguna rarisma excepcin, como , l l a d el vene-zolano Luis Loreto, e s sobremanera tenue e indirectof*

    I0 ) Detenninada la ascendencia, procurar:-:mos puntualizar el nacimiento. Deatenemos a una frase de Galamandre, repetida por Couture cuando a propsitode la famosa prolusin sobre L'azio-no nel sistema dci diftti leda por Chio-venda en Bolonia en 1 9 0 3 , la presenta como el manifiesto d e una nueva escue-la * fu e entonces cuando brot el procesalismo italiano, de igual manera. queantes, en 1868, el alemn con Blow (supra, nm. 1 ). Nosotros mismos, arras-trados por el prestigio de los dos admirados y queridsirnos colegas, muertosambos con escasa diferencia de tiempo en 1956 , suscribimos e s e punto de vista.Pero e s hora de rectificarlo. Ghiovenda, que desde el primer momento s e colocabajo el signo germnico,* comienza s u labor con una serie de articulos sobrecostas que, a partir de 1 8 9 4 , desembocan en 1 9 0 0 en La condanna nelle spese

    4 Cfr. ALCAL-Znuonn, Evolucin doctrina procesal, cit., nm. 35. No es posible, encambio, hablar, como ha hecho Werner Gowsonmmr, de una escuela hispano-argentinade derecho procesal : vanse las palabras suyas de presentacin (pp. 27-8) qu e s e inser-tan en el libro de REIMUNDN, Antecedentes histrico: del derecho procesal indiana (Tu-cumn, 1953); y para la crtica de tan temeraria tesis, nuestra resea de la mencionadaobra, en Revista de la F acu ltad de Derecho de Mexico, nm. 22, abril-junio de 1956,pp. 228-9 , nota 1 .

    4 3 La mayor y mejor parte de su produccin est reunida en el volumen Estudios dederecho procesal civil (Caracas, 1956).A travs, principalmente de las traducciones de obras procesales generales: Klscn,Gocnsoaunrr, Scnuxs, Rosnuneso (sobre enjuiciamiento civil), Bsmuo y Soi-nmrrr( idem penal) o Etcnmmn ( idem cann ico), ms algunos trabajos de GoLDscr-mmr e s -critos en Espaa, como su ya citada Teoria gral. jroc. o Problemas jurdicos 3 : polticosdel proceso panal (Barcelona, 1935) , y unas cuantas traducciones de Wacn y de Gonn-son-umr en los citados Breviarios de Derecho (nmeros ll, 2 8 , 5 1 41 -42) .Impresa en las dos ediciones de los Saggi di Diritto Processuale Civile del autor(Bologna, 1904 , y R oma, 1 9 30 : en sta, en el vol. I, pp. 3 - 99 ) y traducida al castellanopor Ssurfs Mzumno en Ensayos de Derecho Procesal Civil, vol I (Buenos Aires,194 9 ) , pp. 3-130. E n cuanto al vocablo pfolurn (desde luego, poco usad o en espaol),no e s extrao a . nuestro idioma: vase, por ejemplo, Leandro FsnNNDr.z n s . Moiuvrfl,La comedia nueva o cl m d (Madrid, 1792), acto I, escena V,4 Cir. Courunr. , Prlogo a Providencia cautelares , cit., p. 15. Courtme no pun-tualiza la referencia, y nosotros, faltos de tiempo para una bsqueda minuciosa a lo largo

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    51 0 Nlcxsro ALCAL-zsmolux Y ces-nLLogua'zia1i.' Pues bien: este libro esplndido, tpicamente chiovendiano, por elrigor del mtodo y la profundidad de la investigacin histrica., -no slo e s an-terior en tres aos a la leccin inaugural de 1903 , sino que en definitiva s e harevelado m s slido que ella, adems de ser considerablemente m s extenso. E nefecto, la monografa sobre la accin, formidable como esfuerzo informativo acer-ca de la evolucin del concepto, principalmente en Alemania, hasta el extremode que las notas su peran con mucho en extensin y casi me atrevera a . decirque en calidad al mismo texto, ' no est a la misma altura como construccindogmtca: la tesis central, a todas luces inspirada en Wach, dista, por tanto,de ser original; la idea del derecho potestativo que adopta para la explicacindel concepto, ha sido criticada con verdadera saa por Gamelutti; el juicioadverso que emite respecto d e la pretensin ha resultado fallido, y en fin, susm s f ieles discpulos s e apartan de l en orden al carcter concreto que asignaal trmino. E n cambio, La condena en costar s e revel desde el primer d ia

    WI' ed., Torino, 1 90 0 ; 2', Roma, 1935. Traduccin espaola de Juan A . on LAPUsNn Y Quijano, acompaada d e notas Y concordancia con e l derecho espaol-ms un estudio sobre la personalidad del autor: dr. nfr, dota 60- po r J. R. Xrum(Madrid, 1928) .1 Mientras L'a:onc no llega n cien pgina en el volumen I de la segunda edicinde los Sagg (vnle cupra, nota. 45), La condena m costa: ocupa 59 3 pginas en Intraduccin espaola mencionada en la nota anterior.l E n efecto, mientras el texto ocupa slo desde la p. 3 a la 29 (incluido en ellas elapndice referente al articulo de I B i ` 1 . o w , Klagc und Rcchl, en*Zeitsehrift fr DeutschenZivilprozess, mayo de 1903) , las nota: (agrupadas todas al final) s e extienden desde lnpgina 30 a la 99 , po r aedidura en cuerpo de letra. ms pequeo (Datos eonespondtela ln versin italiana incluida en el vol. I, 2' ed., de los Sagg i cit.}.5' A un cuando s e apnrte de l en particulares extremos: cfr. L'sr`oru cit.; nms. 6 y7, en relacin con el H fm dbuch , cit. , de Wncn, pp. 19 -24 . Vase Al.cu.-Zlmona, Lainfluencia dc W ach y de Klein sobre Chiovmda (en Revista de Derecho Procesal argen-tina, 1947 , I, pp. 3 89 - 4 10 ) , pp. 399 -400 .Chu lu Sistema d z divino pfoccssuala ciuilc, vol. I ( Pad ova, 1 9 3 6 ; tnduocin, BuenosAires, 1 9 4 4 - , nms. 2 1 y 45). Vlle tambin GA|u.os, La concepcin choucndana de laaccin y la doctrina de los derecho: polcstatiuar, en Revista de Derecho Proceml nr-genfina, 1 9 4 7 , I, pp. 3 76 -B3 .5Para Cnlovnum, el concepto de Ampruch (pretensin) formulado po r Wmnscnlmseria unn vera caccia alle ombre, Y acaba compartiendo el juicio de Bnrnumn-I 'I0r.r.wno al ulificulo de indeterminado e infecundo (c r . Ifez onc, nm. 3,I. Y in em-bargo, convenientemente depurndo, ha acabado po r arragar. Prescindiendo de la l iteratu-ra sobre ei tema tenida en cuente po r Cmovermn en su monografa (Wmrr Lmanm-Nnxnw, Hnnnwlo, Lnonnun, Hown, etc.), recordemos dos trabajos de procesnlistas espa-

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    MOMENTOS Y F I G U R A S D E L Pnocnsnusmo ITALL-mo 511como una construcin de tal fortaleza g ranuca, que produjo una consecuenciacontraproducente: la de paralizar casi, durante medio siglo largo, los estudiossobre el tema, hasta q ue Pajardi en 1959 y Gualandi en 1962, sin caer por elloen iconoclastia, s e atrevieron a penetrar en un terreno que desde 1 90 0 pareciaestar cerrado a . nuevas incursiones mediante un cartel con la leyenda Non plusultra. Aadiremos todava que anterior a 1903 e s tam bi n u no de los mejoresensayos de Chiovenda: Romaneimo e germanermo nel processo cvile, impresoen 1902. Pero, como con frecuencia acontece, unos llevan la fama. (la. conferenciasobre la accin) y otros cardan la lana (el libro acerca de la condena. en costas).

    II) c) Lodovico Mortara, elemento de enlace entre la e x g e s i s y el sistema.Antes d e seg ix ir adelante, dedicaremos unas lneas a una gran figura del derechoprocesal italiano, a saber: Lodovico Mortara, nacido antes que Chiovenda (en1855, frente a . 1872) , pero fallecido el mismo ao, en 1937 . Cuando Carneluttien s u Sistema seala las fases que, a s u entender, ja lonan la evolucin de la disci-plina en su patria, menciona las cuatro siguientes: a) escuela exegtica, inspi-rada. en la corriente francesa, y de la que presenta como cultivadores destacadosa Borsari, Ricci, Gargiulo y Cuzzeri; b) periodo de las teoras particulares, conMattirolo y Mortara como principales paladines; c) periodo de la teoria generaldel proceso de conocimiento, con Chiovenda a l a . cabeza, y d ) periodo de lateoria general del proceso, con el propio Camelutti como guia. E n realid ad ,

    Por lo qu e atae a la posicin de los discpulos de Cnrovnnm, acerca de la accin,CALAMANDHI permanece muy prximo al maestro, pero no deja de oponerle reservas(cfr. sus Islituzom' d drtto processunle civil; ucondo il nuevo codin, vol. I, 2' ed .-Padova, 1943-, nms. 3 4 -6 ; traduccin: Buenos Aires 1943) . E n cambio, Lmnunns e aparta claramente de l: cfr. L'azi`o1u nella teoria del procuro civil: (en Scritti inonore d i Garnelutti, cit., vol. Il, pp. 425-54; en Riviata Trimestrale di Diritto e Pro-cedura Civile, 1 9 5 0 , pp. 4 7 - 7 1 , y en la recopilacin d e estu d ios titulada Problemi delProcesso Civile -Napoli, l952_ PP - 22-53).W A lu d im os al libro de Pnjanni, La responrablit por le s p e r o - s : ` dorm del procuro(Milano, 1 9 5 9 ) Y al de GUALANDI , Spas: c dorm nai procuro civil: (Milano, 1962), este-ltimo reseado por mi en Boletn del Instituto de Derecho Comparado de Mxico ,1962, pp. 635-7.5 7 En realidad, si por t eora genera l del procuro entendemos la elbomdfl para proyectars u s enseanzas, principios y conceptos sobre las diferentes ramas del enjuiciamiento,CAINELUTTI no la habia hecho antes de 1 9 3 5 ni tampoco despus, si exccptuamos elpequeo Ilfllculo Para una soria general del proceso (en Revista de Derecho Procesal

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    51 2 muero ALGAL-zamons Y cAs'm.1.oau n siendo cuatro, e s a s fases s e reducen, como los mandamientos, a dos: las d osprimeras pertenecen de lleno al procedimentalismo, sin m s diferencia que la deser Borsari y compaa meros exegetas, que no alcanzan la altura de Mattirolo y,sobre todo, de Mortara; y las dos ltimas, separadas por Camelutti al solo objetode no someterse al pontificado de Chiovenda. . . y de proclamar el suyo propio,fo rman parte del procesalismo cientifico. Pues bien: elemento de enlace o detrnsito entre ambas tendencias lo e s en Italia Lodovoo Mortara, pertenecientetodava a la escuela exegtica, pero orientado ya h acia el sistema, al que acasono se incorpor por razones que luego se indican (inra, nota 6 8 ) : pensemos quetena cuarenta aos cuando Chiovenda sale a la palestra y que contaba algo m sd e cincuenta cuando tras La condanna, Romanesmo y Ifazione,-el segundo al-canza la consagracin definitiva merced a la primera edicin de los Prncipii en1906 . De cualquier modo, su famoso Commentafo del codce e d elle leg g diprocedure aviIe, tan distinto, hasta en la arquitectura, del gnero as deno-minado, sigue siendo, dentro y fuera de Italia, obra de consulta provechosa, ycontiene desenvolvmientos cientficos totalmente actuales, como los concemien-tes a la jurisdiccin o al arbitraje.

    I2 ) d) Giuseppe Chiovenda, fundador y mae.tro._Guando en 1894 Chioven-da inicia su actuacin como procesa1ista, en el f'u'ma.mento procesal italianod e 1 9 5 0 , pp. 1 5 3 - 7 7 , y en Revista de la Universidad de Costa Rica, octubre de 1 9 5 1 ,pp. 86-115).581 ' ed., 1899 ; 5', en cinco volmenes, Milano, 1923.A la primera est consagrado integro el volumen I de la quinta edicin, bajo larbrica de Teoria e sistema. de la giurisdizione, con 918 ' pg inas. Del segundo s e ocu-pan las pp. 36 e 231 del volumen III, siempre de la quinta edic in. Acerca de Monnsu,vanse las necrologias que le dedicaron Cmovemns, en Rjvista di Dirtto ProcessualeCivile, l 937 , I, pp. 100-2 7 G.u.Awmnn1u, en Rivista di Diritto Givile, 1937, repro-ducida en el volumen IV de sus Studi (Padova, 1939), pp. 211 -5 . Ambas se titulanLodovica Mortero.Nacido y muerto en Premosello ( 1812 -1937) . Para el estu dio de su personalidady de su obra pueden verse los siguientes trabajos: Muumns, .Da Hegel a Crocc 0 da Ic-llifuk c z Cfliovenda (Bari, 1921); XIRAU, Iosd Chovcnda, en las pp. 5-22 de la. citadatraduccin de La . - o n d a n n a nella :pese (supra, nota 50); Gamunnr, G . C hiou end a (enNuovo Digesto Italiano, vol. III _-Torino, 1938-, p. 1 1 1 ) ; Cluussurnun, In memoriad i Giuseppe C hiou snd a ( Pad ova, 1938) , recopilacin de cuatro estudios precedentes,bajo l o s epigrafes de: Il sista (pp. 1 - 15 ) ; La scuola (pp. 17-26) ; Il metodo(pp. 27-34) e Il maestro (pp. 35-47) , precedido: de unn. Nota bibliogrfica (pp.

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    Momeuros Y Prensas D E L Pnocessusmo 1 - r . x L 1 A N o 51 3brillaba como astro de primera magn itud Luigi Mattirolo, cuya obra eclipsa lade s u s predecesores y ejerce poderoso influjo inclusive fuera de Italia. Aunqueinclinado hacia el sistema, mediante la elaboracin de teoras particulas-es ,Mattirolo representa dentro de la tendencia exegtica una cumbre, como en Es-paa lo fue con anterioridad Garavanteso como en Francia Garsonnet. Peroel triunvirato de l o s grandes procesalistas civiles latinos del siglo x rx (Garavantes,Mattirolo, Garsonnet) no alcanz la fase del procesalismo cientifico: no por falta.de mritos, sino por razones d e poca y de formacin, los tres s e quedaron en laetapa tpicamente francesa o afrancesada del procedimentalismo.sobre los e st ud io s p ro ce sa le s e n la Repblica Argentina (pp. 317-32); 2) CALAMANDREI,Giuseppe Chioucnda, cit.; 3 ) L.sc/mo, Las id ear de Chovcnda y la nueva legislacinprocesal ( pp . 'S 44 -6 2 ); 4 ) PoDE'r'rr, Prcclusn y pcrmcin (pp. 363-75) ; 5) C A R L O S , Laconcepcin chiovcndiana de la accin y la doctrina de los derechos protertativos, cit.; 6 )ALc.sL-Zasroiux, La influencia de Wash y dc Klein robre Chovenda, cit.; 7 ) Reruunnu,La clsica monografa dc Chovcnda sobre la condeno sn costa: y su influencia enel procesalismo cientifico argentino (pp. 4 11 - 3 3 ) ; 8) Mrsncmaen, La sentencia consti-tutiva (Anlisis del criterio claricador) (pp. 4-34--65); 9 ) Coeosrno, Naturaleza juridicadc la sentencia sujeta a recurso -slo en parte- (pp. 488-506) ; 1 0 ) LIEBMAN, El maestronuestro y de todos (pp. 507-13); 11) COUTURE, La en se an za d e Chiovenda sobre inter-pretacin de las leyes procesales (pp. 514-27) ; C.mNr:1.u'r'rr Addo Chiavenda en S tud iin onore di Enrico Redenti nel XL anno del su Insegnamento , vol. I --Milano, 1951--,pp. 283 -95) ; Sxrrs, Giuseppe C hou mcla nel ucntcinquesimo anniucrsaro dalla mort:(en Rivista Trimestrale di Diritto e Procedura Civile, 1963, pp. 1 -9 ) .

    3 1 Mediante la . serie d e artculos que son germen y base de su citado libro La sondannnella spas: g iu d iz in ls', a sab er: Le :pese nel processo civil: romano (1894), La PubbliaaAmmnslrazonc c la condanna nclle :pese dauanti la IVG. Sczons del Conriglio di Stal(1896), La condanna nella :pese d lite in diritto romano (1899) y Della condanna nells:pese a avore del procuratorc (1899). La indicacin de las revistas en que s e publicaron,puede verse en la Nota bibliog rfica de Aumuou citada en la nota anterior).0 9 Acerca. de stos, cfr. CHIOVBNDA, Istituziom' d s diflto proccrsttale ciuilc, 1' ed . (Ni-

    poli, 1933 ) , pp. 137-8. De entre ellos destacarernos los nombres de Bonssnr, Pesclvrorus,Rrccr y Gsnoruto.* W Por ejemplo, en Espaa au n antes de la tarda traduccin ,de su Tratado (supra,nota 6), precedida por la de sus Instituciones de derecho procesal ciuil (2 tomos; Madrid,s . f.). Que 1\vL\'r'rmoL0 e s la figura. de mayor relieve entre los procesalistas italianos 811-teriores a Gnrovsuus, lo reconocen, entre ot ros, Xnmv en su citada presentacin sobrejos Chioocnda, pp. 6 y' 8 ; CALAMANDREI en la necrologla de Lodouco Mortara (enStudi, vol. IV, p. 213) y D'ONoraIo en s u s Bram consideraciones, cit., pp. 474 -5 .4 Cfr. CAnNeLu-rn, Sistema, cit., nm. 1 b, asi como supra, nm. 11.'if Vase supra, nota. 8. C uyo Trait :lrofiquc et pratquc dc procdure (Organisation juidiciairc, compfenscel procclurc en matirc civil: ct commcrcialc) -ttulo y triparticin son caracteristica.-

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    51 4 Nicnro ALCAL-ZAMORA Y cAsrrLLoI3 ) Ante una situacin como la descrita, al procesalista italiano que a fines

    del sig lo pasado s e dispona a hacer s u s primeras armas, s e le ofrecan dos cami-nos: uno, seguir la ruta de Mattirolo y exprimir las ltimas posibilidades cons-tructivas de la escuela exegtica, surgida en Francia y perfeccionada en Italiapor l; otro, dirigir la mirada al procesalismo alemn, por ent on ces en su famosaedad de oro, y buscar como guia a alguna de sus grandes figuras. Mortara yChiovenda. marcan en este punto las dos trayectorias divergentes_ Mortara rea-lizar la proeza de igualar y au n de superar con frecuencia a Mattirolo, conquien, en todo caso, comparte ex aequo el primer lugar en jerarqua dentro d e laescuela exegtica, que hall en l su ltimo expositor ilustre. Chiovencla, fun-dador reconocido por todos de la ciencia procesal italiana modemaj tuvo elacierto de elegir como inspirador y modelo a Adolf Wach (1843-1926), en miopinin, el procesalista supremo de todos los t iempos y paises.

    I4) Indudable, pues, la filiacin germnica de Ghiovenda, no estar de m spuntualizar el alcance de su gennanofilia procesal, porque ella ha sido la causade que s e le dirijan acusaciones totalmente infundadas. S e ha liegado, en efecto,a presentar el extraordinario esfuerzo cientfico de Chiovenda como reducido au na m era labor de importacin y adaptacin de teoras alemanas. Pero como en1928 sostuvo el profesor de Barcelona Jos R. Xirau al pmlogar la edicin caste-lana de La condena en costas, slo desconociendo la obra de Chiovenda -oagregamos, la literatura. procesal alemana, 0 b ien aqu l la y sta- e s posible mi-nimizar su labor hasta el extremo de mostrarle como un traductor o poco msms especialmente, ALCAL-Znuo iux , Proceso autocomporicin, cit., pp. 1 0 0 - 7 , y Evolucindoctrina procesal, cit., nms. 13 -20 .De los t i - e s nombres mencionados en el texto, Cxxavanrzs, cuyo Tratado ve la lu z elmismo a o en que brota la polmica Wms0H|:tD7MU'ru1:n acerca d e la accin (supra,nota 2) y s e tennina (supra, nota 8) diez a os an tes de qu e Bt.oW compusiese su clebrelibro (supra, nota 1), no tuvo ni an siquiera posibilidad d e recoger en l las preo~paciones del nuevo movimiento. En cambio, lo mismo MA1 rmoLo -lacuarta edicinde cuyo Tratado e s d e 1893- que Gnnsonuer (cfr. nota 66) pudieron, desde elpunto de vista cronolgico, haber tenido en cuenta las enseanzas del procesalinno ale-mn, que para e s a s fecha: habia ya producido s u s mejores frutos.

    U Orientado ya hacia el sistema (cr. Xnznu, p. 6 ; Cxunumnnnl, p. 213, y D'ONonuo,pp . 475-6, todas ellas de los trabajos citados en la nota 63), al que probablemente no s eincorpor resueltamente, o bien por la d urez a d e toda abdicacin, o bien porque como elJulin de La verbena de lo Paloma, el famoso, sainete madrileo d e Ricardo De LA Vnoa

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    Moimmros Y Froums D E L Paocnsnusmo rumano 51 5de la produccin germnica. E n cu anto a la acusacin de traidor,' adems deque una figura de su excepcional talla cientifica y de su incomparable honesti-dad investigadora mereca ser tratada co n mayor respeto, es, si cabe, ms in-sostenible que la otra. Chiovenda comprendi que por lo mismo qu e la escuelaexegtica habia l legado al cenit con Mattirolo, s e impona emprender nuevosderroteros. Pero al lanzarse por ellos, e s decir, al orientarse hacia el procesalismogermnico, no realizaba acto alguno de traicin, como no lo cometieron tampocolos exegetas cuando S e inspiraron en el procedirnentalismo francs, varios de elloscon u n espritu sumiso y una falta de originalidad, que nadie podr achacar aChiovenda. Desvindose de los ex eg e tas, Chiovenda no traicionaba su derechopatrio, de un lado, porque la ciencia e s universal y, de otro, porque aqu llos norepresentaban una tendencia. genuinamente nacional, sino asimismo importada-a. menos, claro est, de reputar traic in el fijarse en Alemania y lealtad, encambio, el dirigir la vista a Francia.-- Ms an: mientras los exegetas, pese alesfuerzo de Mattirolo y de Mortara, no logran consolidar una escuela c iento porciento italiana, este resultado lo consigue Chiovenda -mediante s u obra y la desus continuadores y discpulos- tomando como punto de arranque el procesa-lismo germnico e imprimindole luego caractersticas propias. Adems, mien-tras siguiendo a los exegetas s e iba por de pronto a Francia, a travs de la.doc-trina alemana s e retornaba, como precisamente Ghiovenda puso de relievej alderecho romano y al medieval italiano.

    I5) Pero si Chiovenda percibi la necesidad de abandonar el mtodo e x e g ~tico, supo asimismo ver antes que nad ie, q ue en el mbito legislativo el cdigosardo de 1865, adoptado como ley nacional rectora del enjuiciamiento civil alrealizarse la unidad italiana, necesitaba no de re toques o remiendos, sino de sus-titucin total por uno nuevo, para satisfacer las ex igencias de una mejor justi-1 De Chiovenda s e dijo, co n una ignorancia. ridcula y petulante, co n una precipita-cin y una frivolidad nunca bastante combatidas, qu e su doctrina, era u na copia o a lom s una fiel inspiracin germnica; que su mrito quedara reducido, poco m s o menos,a ser el importador en Italia de las nociones elaboradas en Alemania en los cincuentaltimo: aos del siglo pasado (ob. ct. p. 1 6 ). En anlogo sentido, Callasmnnnni, Inmemoria, cit., pp. 7-9 .

    1 1 Cul fue la fuente de inspiracin de Chiovenda? Chiovenda traicion los princi-pios jurdicos ancianisimos de su propia patria; busc la inspiracin en la filosofia y elderecho extranjeros, especialmente en los alemanes, a travs del esfuerzo de los pandec-tstas en plena alotriologia. Olvid Chiovenda, por completo, qu e la doctrina, como

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    51 6 Nlclsro ALCAL-ZAMORA Y CASTILLOcia. Y asi como para la renovacin de la dogmtica busc como-maestro a ungermano-alemn (Adolf Wach), para la reforma del cdigo uti l iz como modeloa un germano-austriaco (Franz Klein; 1854- -1926) , impresinado por el triunfosorprendente alcanzado en Austria en orden a la rapidez y eficacia del procedi-miento, a parr del d ia en que la ordenanza procesal civil de 1895 y s u s textoscomplementarios reemplazaron la tradicional y lentisima substanciacin escritapor u na oral y concentrada, con amplios poderes de direccin atr ibuidos al juz -gador. Mas tampoco en los dominios legislativos renegaba Chiovcnda de latradicin romanista., tan l igada, por ejemplo, con la oi-alida.d. E n definitiva.,C-hiovenda, adflns de saber escoger como guas a las dos culminacones del pro-cesalismo germnico -Wach como investigador y Klein como codificador-,supo aglutinar de la manera m s perfecta la concepcin liberal del primero y laautoritaria del segu ndo, * para levantar una construcin p ropia, ejem plo adm i-rable de diafanidad en sus desarrollos y de ponderacin en s u s soluciones. Pocoimporta a este propsito que acaso por vetos del fascismo, al que Chiovenda s emostr siempre hostil, no s e deba a l la redaccin del v igente cd igo de proce-dimiento civil italiano, puesto que, a fin de cuentas, el texto de 1 9 4 - 0 e s obra-deprocesalistas irnbuidos de s u s mtodos y enseanzas, principalmente de su disc-pulo predlecto Piei-o'CaIamandrei,' y no habria l legado a promulgaxse, s me- Acerca de la reforma procesal civil austriaca, vanse las indicaciones que suministra-mos en Proceso oral y abogaca (San Juan, Argentina, 1945) , pp. 23-8, asi como lascontenidas en el volumen Fsstchrit z ur Fnzgjahreir del Ostrrechirchm Zivilprozes-sofdnung: 1898 -1948 ( W ie n, 1 9 4 8 ), p rincipa lm en te e s t a s dos: a) Lconnmn, Zur Ges-chichlc du oxlerreichirclpen sutzreofm vo m 1 8 9 8 (pp. 125 - 59 ) y b) Saonzns, Dic Auf-bau cr Zoilprozsssgautu (pp. 214 -49 ) . Adems, F/imn. Gun.1.fiN, El proyecto de laordenanza procesal civil austriaca v i s - t o po r Franz Klein (en Revista de Derecho Procesalespaola, 1950, pp 3-25), y Mnnonnnm', Historia y fu nd amen tos del derecho procesalcivil de Austria (en Foro de Mxico , nms. 19 y 20 , octubre 7 noviembre de 1954,pp. 45-68 y B7-113) .' Cfr., por ejemplo, Wnnoza, Institutionm d e . : Rmrchm Ziulprozasrrecht (Mnchen,1925) , pp. 184, 1 9 4 - y 291, o nvmez Svhnz, Curso elmuntal de ancho romana(Madrid, 1948) , pp. 20 8, 235, 37 5 y 380. F Autortara: adjetivo este qu e algunos crticos superficiales han hecho sinnimo dereacciona:-io Y poco menos qu e de nazifascista y qu e le: ha llevado a colocarse frente

    al (proceso civil austriaco) en actitudes de melodramtioa in transigenca. Dejando lncrfica de tales crticos para cu and o el tiempo me permita, por fin, componer mi hacetantos aos planeado artculo sobre Liberalismo y au to rit arinno en el proceso, me con-tentar con afirmar qu e entre el juez-espactdor, que por lo visto aoran, totalmente del-

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    diante su tenaz prdica reformadora, iniciada en 1906 y prosegu ida durante de-cenos, no s e hubiese hecho sentir la imperiosa necesidad de la reforma y pre-parado el ambiente para su recepcin adecuada.l) E n la producin, no muy numerosa de Chiovendaj hay que recordar enprimer trmino los Principii di diritto proccssuale civile, de los cuales las pos-

    la propaganda de que le hace objeto en s u folleto De las buenas relaciones entre los jae-css y los abogado: en el nuevo proceso civil (ed. italiana, Firenze, 1942; traduccin deSENTS MaLENDo: Buenos Aires, 1943). o por ltimo, la defensa 3 ultranza del mismoeontn. el sambenito de mussolinano y la amenaza. de derogacin por tal causa (cfr.su articulo Sulla riorma dci codici -marzo de l945_ en el volumen Costraire la emo-cfazia -Roma, Firenze, Milano, s . f.-, pp. 51-69) , para cerciorarse de que la suposicinque fonnulamos en el texto tiene las mximas probabilidades de ser exacta. En el ltimode los trabajos mencionados, tras d estacar qu e questa di appioppare Pemblema fascistasulle vccchie mura riscialbate como sulle vecchie idee spolveratc e rimesse in circolazione, stata una costante tattica del fascismo, recuerda que il principio ispiratore del nuovoprocesso civile, ch e quello della oralit e della mmediatezza tra giudice e parti, un'ideach e il Chiovenda comincio a bandire nel 1 9 0 9 (pp. 55 y 59); y au n cuando la solucindel cdigo de 1 9 4 - 0 acerca de los principios en cuestin s e a decepcionante (vase lo quedecimos al respecto en Indicaciones acerca del nuevo cdigo de procedimiento civil italiano,en el tomo I, pp. 417 -9 , de la tra du cc i n del Sistema de G1mNr.:.U'r'r1) y mucho mst imida que la propugnada por Cmoveum, si e s , en cambio, cierto qu e las ideal de ste s eacogen en aqul. A cerca del carcter no fascista del cdigo de 1940, cfr. lo que decimosen las citadas Indicaciones, pp. 4 0 1 - - 3 , y adems CARNAGINI, Circa la riorma del codice dipfoccdura civila (Modena, 1947), pp. 9 - 1 2 , y PnIE'r0-CAs'rRo, En defensa de la ciencia,o meditaciones co n ocasin del cdigo italiano de 1 9 4 0 (en Studi in onore di Redenti ,cit., vol. II, pp. 185 -218 , y en Estudios y Comentarios para la Teora y la PrcticaProcesal Civil , vol. II -Madrid, 1950-, pp. 685-722, con el ttulo cambiado: Meditacio-n e s para la doctrina, la prctica y la legislacin, a propsito de la vig encia y reform adel cdigo italiano de 1 94 -0 ), nm. 9 .

    Iniciada en 1906 con la conferencia dada en Npoles sobre Ls riormc proccssaali ele correnti del penriero moderno (publicada en la Rivista Giuridica e Sociale, 1907 ,y reimpresa en Saggi, vol. I, pp. 379-94). D es de e ntonce s hasta I925, su propagandano s e interrumpe: la lista. d e los trabajos que la integran figura en las pp. 3 7 9 - 8 0 del volu-men citado (los cuatro ms importantes de Ia serie s e incluyen en los Saggi, a saber: elya mencionado y el re la tivo a l proyecto Orlando en el tomo I, y los concernientes alproyecto Chovenda ( inra, nota 1 7 2 ) y a la oralidad y la pru eba. en el tomo II; en latraduccin argentina -Buenos Aires 1949-- figuran los cuatro en el tomo II).7 3 Con a lt as , b aja s y cambios, los nmeros 1 2 a 1 5 del presente trabajo provienen denuestro citado articulo acerca de la Influencia de Wach y de Klein sobre Chiovenda, nm.2 (pp. 390-6) .

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    51 8 Nlcero ALCAL-zsmona Y cAs'm.Loteriores Irttuzioni no son m s que una adaptacin o varia.nte. Constituye, sinduda, una obra de gran aliento, documentadsima a cada paso y que a travsde la traduccin castellana de Casis y Santal I ha ejercido enorme influjo en lospases hispanoamericanos, inclusive en la jurisprudencia. Pero junto a talesmritos y a e s e xi to, no s e pueden desconocer s u s fallas: trtase, por de pronto,de un libro incompleto, porque Chiovenda se circunscribi en l al proceso deconocimiento, sin ocuparse ni preocuparse para nada del de ejecucin, a l queprest escasisima atencin a . lo largo de s u s m s de cuarenta aos de actividadcomo procesalista la distribucin de materias resulta poco convincente en ex -diciones de los Principii: -1 ' , Napoli, 1 9 0 6 ; 2', l909; 3', 1912-23; 4', 1928 . Edi-ciones de las Irtituzioni: 2 vol., 1 ', Napoli, 1933-4; 2 , 19 35 - 6 . Traducciones: de losPrncpii: 1' ed . en dos vols., Madrid, 1922 y 1 9 2 5 ; 2', en tres vols., 1940; de las Istitu-zani, por Gmez Onlumnjs, dos vols., Madrid, 1936 y 1940 .Que las Istituzioni no son m s que una adaptacin de los Prrwpi lo proclama elpmpio Cmovznnn en el prlogo de las mismas: Questo libro una cos diretta deriva-zion dell'opera mia precedente

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    Moivnanros Y F IG U R A S D E L Pnocesxusluo 1 T A L 1 A N o 51 9tremos iinportantisimosf* bastantes de las ideas fundamentales en que s e asientason un simple reflejo de las de Wach;5 su concepto de jurisdiccin resulta in-suficiente, porque el autor, que vivi obstinadamente recluido en el rea delproceso civil, sin intentar elevarse hacia las capas superiores de la teora genera]del proceso, no s e represent las diferentes perspectivas de dicha nocin en elcuadro del enjuiciamiento penalfm de igual modo, su interpretacin contrac-tualista del arbitraje, pese a las adhesiones que ha sumado dentro y fuera dc'Italiafl inclusive algunas ejecutorias de la Suprema Corte mexicanafs entraa.retroceso manifiesto respecto de la concepcin jurisdicconalista, gracias a la cualencuentran explicacin satisfactoria las distintas proyecciones y facetas del mis-mo, etctera. De ah que en contra de autorizadsimos pareceres, considere

    B * P or ejemplo: conforme a u na con cepci n publicista del proceso, compartida porC1-IIOVENDA (cfr. Pfincipi, 4' ed. , pp. 63-B, 91 passm), habria sido lo natural situar elcentro de gravedad en la jurisdiccin y no en la accin y, por tanto, comenzar la expo-sicin por aqulla y no por sta. Menos an se justifica' que s e examine la sentencia antesque la jurisdiccin, ni que el litisconsorcio y las terceras s e contemplen a mucha distan-cia de las partes; etc.3 5 P or ejemplo: al alzar su sistema sobre los dos pilares constituidos por la accin y larelacin jurdica procesal, o bien a propsito de la accin declarativa, de la aplicacin e

    interpretacin de la ley procesal, de la competencia funcional, de la clasificacin de lassen tenc ias, d e la naturaleza constitutiva d e la jurisdiccin voluntaria, de la concepcincontractualista. del arbitraje, del carcter de la enseanza del derecho procesal, de lanocin de acto procesal, de la cosa juzgada, etc.: cfr. Influencia de Wach, cit., p. 39 9-4 01 .W Para una critica ms detenida de la concepcin chiovendiana de Ia jurisdiccin, vaselo q ue d ecim os en nu estro D ere ch o procesal penal (en colaboracin con Levene H.),tomo I (Buenos Aires, 1945), pp. 189-91.

    3 7 En Italia, entre otras, la de CALAMANDREI, su discpulo ms egregio, en Istituzioni,cit., vol. II, nm. 1 0 4 pp . 172 - 9 , 0 la de FURNO, Accutamcnto convenzionala e confe-.tsione .ttfagiudiziale (Firenze, 1948), pp. 1 3 9 - 9 0 (con referencia en ellas a o tros exposito-res italianos). .E n cambio. C A 1 u ~ 1 A c n ~ u s e inclina a considerar el arbitraje como un equi-valente (el trmino proviene, sin duda, de CA R NeLu 'r' r| , S is tema, cit., nm. 49) deljuicio ordinario, pero de acentuada naturaleza jurisdiccional: vase su volumen Arbitraje(Buenos Aires, 1 9 6 1 , nm. 5 (pp. 27-36), que no e s sino la traduccin de la voz Aritfatoritual: (en el Novissimo Digesto Italiano --Torino, 1958-). En Espaa, la de Gtrxsr,quien l lega a afirmar que el derecho procesa l no tiene por qu ocuparse de la institucindel arbitraje en ninguno de sus momentos fundamentales, sino remitirla a la legislacinde carcter material o substantivo: Derecho procesal civil (Madrid, 1956), p. 1 3 1 1 ,y que antes, en vena de legislador, lo arranc de cuajo de la ley de enjuiciaiento civil,para hacerlo objeto de regulacin aparte en el texto de 22 de diciembre de 1953 (Acercadel mismo, ALcnL-Zsssonn, Examen de la nueva ley espaola de arbitraje, en Revista

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    520 Nxczro ALCAL-ZAMORA Y c.As'rILLoque lo m ejor de Chiovenda no s e a . su exposicin sistemtica, sino la monografasobre La condena en costas, au n no estando plenamente conforme con variasde sus so1ucones, y junto a ella varios de sus magnficos ensayos, como los dosy a . nombrados sobre Romanismo y german-smo y acerca. de La accin (con lasreservas que respecto de ste formulamos; supra, nm. 10 ; vase nota 9 0 ) o bienestos otros, que citamos por orden crono lg ico : Las formas en la deema judicialdef derecho ( 1 9 0 1 ) , D el sistema en los estudios del proceso civil ( 1908 ) , La na-turaleza procesal de las normas obre la prueba y la eficacia de la ley procesalen el tiempo ( 1912 ) , La relacin sobre el proyecto de reforma del procedimientocivil elaborado por la comisin de postgu erra ( 192 0 ) -va acompaada del textocorespondiente, comprensivo de 20 4 artculos, que abarcan slo el proceso de co-nocimiento--, Sobre la perpetuatio jurisdctions (1923), Sobre la naturalezajurdica de la expropiacin forzosa ( 1926) -una de las rarsimas incumionessuyas por los dominos de Ia ejecucin-, Relacin jurdica procesa y ltspen-dencia ( 1 9 3 1 ) , Acciones y sentencias de declaracin de mora certeza ( 1932) yC o s a juzgada y preclusn (1933) . Como todos e s o s estudios y otros muchos su-yos estn traducidos desde hace aos al castel1a.no, debe recomendaxse en for-ma aprcmante su lectura a cuantos s e interesen por las cuestiones procesales. Des-I, pp. 20 8- 9 . V anse tambin O'rro1.1zNom, Concepto: fundamentales para una construc-cin del instituto arbitral: N atu ra leza del arabtrajc (en Revista de Derecho Procesalargentina, 1943, I, pp. 154-204) , passm, especialmente pp. 179-204 , y Toiuu. Mommo,El arbitraje y el juicio de amparo, en jua (Mxico), nm. 154, octubre-diciembre de1957 (pp. 601-31), pp. 604-18 y 628 -3 1 .W Verbgracar el de Cm..m\Nnnm cuando escribe: Per questo Prncpi _ f i n dal loroprimo apparirc hanna dato agli studiosi Pmpreuione della tradzonale nascita di Mi-nerva dalla testa di Giove. Come espo di alsoluta. padronanm di tutto lo' scibile ante-riore, sono sorprendent i d ire quas esasperan. Il Chovenda s a . tutto, ha visto tutto(In memoriam, cit., Il sistema, p. 7). O bien el de Gouruu. cuando afirma: Poruupucsto, qu e cualquiera de nosotros prcfiere los Princp o las Islituzioni de Ghiovendna s u s pocos pero suntanciosos Saggi (Prefacio 2 . s u s propios Estudios de Derecho Pro-cesal Civil, tomo I -~Bueno| Aires, 1948-, p. 8). Sin embargo, ambos autores reconocenel mrito excepcional de los ensayos chiovendianos, y as C AL u AN nnn consid era q uelas dos prolfuiorus (supra, nota 45) d e 1 9 0 3 sobre L'azion y de 1 9 0 1 sobre Romancsimoe germanesmo costituiscono non soltanto i du e pilastri d tuttg Popera chovendiana,ma alt:-csi il punto d partenza di quel mirabile movmento scentifco. italiano, che,dai tcmp in cu i la procedura si rduceva a una pedestre pratica d i formular, ha por-tato ogg i g li studi processualstic a spaz iare nc vasti orizzonti della teoria generale deldiritto (In memoriam; c it ., II metodo , p. 30) . Y Com-man, inmediatamente despusdel prrafo su yo antes transcrto, s e pregunta: Pero quin podra. negar qu e sin el

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    MOMENTOS Y F I G U R A S D E L Pnocnssusmo rrAL1ANo 521taquernos, por ltimo, su ejemplar prdica al servicio de la reforma procesal, quetras una serie de altemativas desemboc en el cdigo de 1940 (inra, nm. 36),y cerremos estas lineas a l consagradas reproduciendo unas palabras de dos des u s ms insignes discpulos. Para Calamandrei, Chiovenda fu e gran inteligenciade estudioso y, al m ism o tiempo, altsima conciencia moral; y por esta fusin dedoctrina y de carcter, maestro ejemplar de ciencia y de huma.nidad.3 Y Lieb-man, al examinar la repercusin de s u ideario no ya en Italia, sino en Portugaly Brasil, lleg a denominarle el maestro nuestro y de todos.

    I7) e) Discpulos y continuadofes de Chiovenda: a') Calamandre, Redenti,Liebman.-En la esfera procesal, ninguna escuela, ni siquiera la de Wach, ha sidotan fecunda en su irradiacin, como la italiana de Ghiovenda, cuyo influjo s eha extendido inclusive a los procesalistas penales, no slo en cuanto al mtodo,sino a veces tambin respecto a la aceptacin, m s o menos modificada, de s u spostu lados y conclusiones. Esa escuela s e ha propag ado, adems, a trav s delectu ras d irectas 0 de las numerosas traducciones castellanas, fuera de Italia,especialmente por Portugal (donde Dos Reis, el autor del cdigo de 1939, fu esu embajador extraordinario) , Espaa y Amrica. Obligados por razones deespacio a condensar la informacin, la reduciremos a los tres nombres m s pre-daros de entre quienes fueron s u s discpulos directos, sin perjuicio de aadir alfinal algunos otros, en rpida ojeada.

    9 5 E n su artculo Giuseppe Chouenda, cit., p. 3 4 - 3 . E n su articulo asi t i tulado y ya citado, p. 507.W P or ejemplo, acerca de la accin, como sucede con FLonmN, que acepta la notad e autonomia aunque no su carcter potestativo (cfr. sus Elementos d e d erech o procesalpenal -Barcelona, 1934-, pp. 1176 -7 ) , y en mayor medida an, puesto que acog e elsegundo rasgo e incluso aplica. al enjuiciamiento criminal la divisin de las acciones endeclarativas, constitutivas y de condena, M sssm u ( cfr. II proceso penal: nella nuevalegirlazane italiana --Napoli, 1934_, pp . 13, 21 -2 y 34 -7 -8 ) . La posicin de Fr..o1uAN es-pecto de la accin penal la comparte, entre otros, en Amrica Fonrscrrm Rrquxrms,Derecho llrocesal penal, tomo II (Santiago de Chile, 1943), pp. 5-6 , y s e recog e enmi citado Derecho procesa penal, tomo II, pp. 65-72 , si bien en la actualidad mi puntode vista est fijado en Enseanzas acerca de la accin, cit. A su vez , la trayectoriaCnrovnuna-Mssssnr ha repercutido en Mxico sobre Fsimco Som: cfr. El proced-ntiento penal mexicano, 2' ed . (Mxico, 1939), pp. 20 y 25-6 (4 ' ed ., 1 959 , pp. 22 y25-6) y La teoria de la accin panal y su realizacin en la ay mexicana (en Revistade Derecho Procesal argentina, 1 9 4 4 - , I, pp. 427 - 44 ) , pp. 4 28-9 y -430 -1 .Off, ALCAL-ZAMORA, Aportacin hispnica, cit., mms. 1 0 - 1 3 , pp. 18 1 -5 . C on pos-terioridad, han seguido las traducciones de obras procesales italianas: varias d e ellas

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    522 Nrcero A L C A L - Z A M O R A Y o.\s'rILLoI8 ) Piero Calamandrei, nacido en Florencia en 1889 y mu erto en la propiaciudad en 1956 , fu e el discpulo predilecto de Chiovenda y el ms identificadocon la . trayectoria del maestro, no ya en el terreno cientfico, sino tambin en elpoltico, como opositores irreductbles del odioso fascismo. Y entre tod os losprocesalistas italianos, muchos de e llo s g randes escritores, el d e pluma ms gily brillante, de la misma manera qu e lo fue Blow entre los alem an es y Coutureentre los de lengua castellana. Esa cualidad- culmina en uno de los libros msconocidos de Calamandrei, traducido nada menos que al espaol, francs, in -

    gls, holands, alemn, portugus y esloveno, o sea el Elogio de los jueces escritopor un abogado ( 1935 ) , au nq ue no todo en l sean ditirambos a la magistratura.,9 9 Para el estudio de su vida y de su obra, vanse, entre otros, los siguientes trabajos:A) Revista de la Facultad de Derecho de Mxico : Homenaje a la . memoria de PieroCalamandrei (Firenze) y de Eduardo J. Couture (Montevideo), profesores huspedesde la Facultad de Derecho de Mxico , nm. 24 , octubre-diciembre de 1 9 5 6 : a) CAP-

    1r.Li.:-rrr, Piero Calamandrei (Datos bliogricas), pp. 9 - 1 1 ; 6) Ar.cAx.-Zauona YCAs'rILI.o Y Fix Znuunro, Bibliografa de Piero Calamandrei, pp. 17-39; c) ALGAL-ZAMORA, Calamandrei 3 1 Couture, pp . 81-113; d) CAP1>1:LL|z'r'I'r; Piero Calamartdrei yla defensa jurdica de la libertad, pp . 1 5 3 - 8 9 ; e) Fix Z\MUnlo,'La aportacin de PieroCalamartrlrei al d ere ch o p ro ce sa l constitucional, pp . 191-211; ) Futuro, Piero Cala-mandrei, pp. 243-52; B)_ Boletin del Instituto de Derecho Procesal (Santa F e, Ar-gentina), nm. 7 (1957), dedicado a la memoria de Piero Calamandrei, ejemplo comoprofesor, como abogado y como ciudadano (p. 5); a) CA1Pnr.1_.n'rr1, Recuerdo da PieroCalamandri escrito por el ltimo de su s discpulos, pp. 9-10; b) Sr.N'1-is MELENDO,Ha muerto Piero Calamandrei, pp. 11-5; c) Coornnn, Prlogo a la edicin argentinadel Elogio de los jueces escrito por un abogado, pp. 25-9 (incluido a sim is mo , c om oe s natural, en las pp. XV-XXII del volumen correspondiente: Buenos Aires, 1956);d) Inem, La escuela italiana del dsrccho, cit., pp. 3 1 -4 2. (Huelga decir qu habiendofallecido COUTURE. antes que CALAMANDREI -wsupra, nota 47-, estos d0s trabajos nos e compusieron por el primero co n d e st in o al homenaje pstumo al segundo, sino que s etomaron de precedentes publicacionea); e) CAPm'.LL1z'r11, L os d erec ho s sociales de libertaden la concepcin de Piero Calamartdri, pp. 43-55; ) Acslmt, Calamandrei y .ru obrageneral sobre el proceso civil, pp. 57-69 ` ; g) Annltl., La casacin italiana u travs de laobra de Calamandri, pp. 71-7; lt) Clmnos, Acotaciones a D emas-iados abogados, elmagnfico libro de Piero Calamandrei: Contribucin para al homenaje a su memoria,pp . 79-88; i) lVIexc tozR, ,Ct lamar|dri y su Elogio, pp, 89-lll; ) S|;N'ris MELBNDO,Calamartdri: el hombre y la obra, pp . 139-7l (reproducido en el vol. I de Teoria yprctica, cit., pp. 44 - 7 - 7 7 , como tambin, en pp. 4 4 3 - 6 , el mencionado sub bj; C)' VA-RIOS: a) ALSINA, Prlogo a la traduccin castellana (de las Instituzioni) cit., pp.VII-XX; b) ALCAL-Z/tMou\ , Prlogo (a la traduccin de La Gassazione civile ), tomo, vol. I (Buenos Aires, 194 -5) , pp . 9-16; G) CARM-:LU'1 t ' , LIEBMAN (Il giurista ),

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    MOMENTOS Y F I G U R A S Dm. PP.oGEsALrsMo I T A L L A N O 523vapuleada c on bas tante frecuencia. Compuesto a base de ancdotas suyas y aje-nas, recopiladas con paciencia a lo largo de aos; de agudsimas observacionespersonales y de profunda experiencia profesional ~como antes, Demasiado; abo-gados (1921), otra de sus obras difundidas-,1 no constituye, claro est, unaexposicin de dogmtica procesal, pero s un volumen que deberan leer cuantosp iens en ded ic ars e a estudiar nuestra a un tiempo noble y dura carrera, qu eacaso la inmensa mayora emprende sin haberse preocupado lo m s mnimo demedir su vocacin ni su aptitud y sin que tampoco las Facultades de Derechosuelan cuidarse mucho de seleccionar a qu ienes pretendan ser juristas.*1

    I9 ) La obra magna de Calamandrei e s , sin disputa, La cassazone civile, pu -blicada en 1920, escrita entre los 20 y los 25 aos de edad, en un alarde p a s ~moso de conocimientos jurdicos, lingsticos e histricos, y reveladora de unasorprendente madurez de juicio. Pese a los aos transcurridos desde su aparicin,el libro no ha sido, no y a su pe ra do, sino ni remotamente igualado.12 A _ Cala-(pp. 307-416). (Una Bibliografia menos completa, comprensiva slo de 4 28 ttulos yno de 9 0 0 , figura en las pp . XXIII-LI del vol. 1 de los Scritti giuridici in memoria diPiero Calamandrei %Padova, l958_ y fu e recopilada por CAPPBLLETTI) .9 9 V a nse n uestras reseas: a) de la traduccin espaola _rnejor dicho: de la pri-mera (Madrid, 1936)-, en nuestros Ensayos de Derecho P ro ce sa l ( Bu en os Aires, 1944),pp. 6 31 -4 , y b) de la tercera edicin italiana (Firenze, 1954 - ) , en Revista de la Facultadde Derecho de Mxico , nms. 17 - 18 , enero-junio de 1955 , pp. 295-7 .1 Troppi auuocati (Firenze, 1921). Traduccin de Xrmu (Madrid, 1926). Vasesupra, nota 9 3 (articulo de C.uu.os).

    11Cfr. ALGAL-Zsuorux , Calamandrei y Couture, cit., p. 9 3 . Seala-mos a . este pro-psito, con el debido elogio, la preocupacin, a tal fin sentida en varias ocasiones porla Universidad de Mxico. As, en 1 9 4 6 organiz desde la prensa diaria, para mayordifusin d e la iniciativa, u na 'Campaa universitaria de orientacin profesional', dentrode la que s e nos asign ocupamos de El problema cl acceso a las profesiones jurdicas(en Novedades de 25 de julio de 1946), donde ya re co men d b am os a los candidatosa juristas la lectura del libro de CALAMANDREI a que nos referimos en el texto. Cuatroaos despus edit u n volumen de 'Conferencias sobre orientacin vocacional' (Marico,1950), y en l apareci u n trabajo de CARRANG Y Txu]rr.r.o sobre Funcin social d elabogado (pp. 1 7 - 2 6 ; resea mia, en Revista de la'Escuela Nacional de Jurisprudencia ,nms. 4 -7 -48 , julio-diciembre de 1 9 5 0 , pp. 445-7) : Calamandfe y Couture, nota 4 - 9 .1 0 2 Gfr. ALGAL-Zamona, Calarnandrei y Couture, cit., p. 9 4 - . A 1 cabo de 32 aos,el libro, por ejemplo, del holands WIBLENGA -_E:sai :ur la con-orion aux Pays Ba.:(La Haye, 1952)- se encuentra a distancia astronmica del compuesto por G.u. .u /rAN-omar en plena juventud: cfr. nuestra resea del mismo en Boletin del Instituto deDerecho Comparado de Mxico, nm. 1 9 , enero-abrilde 1 9 5 4 , pp. 258-9 . Lo mismo

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    524 Ntcnro ALCAL-ZAMORA Y cAsTn.Lomandrei se debe asimismo la sistematizacin de toda una zona d el proceso, asaber: la integrada por las medidas asegurativas, cuyos lineamientos establece enIntroduzione alla studio sistematco dei prozwedimenti cautelari (1936) .1 Me-nor importancia tiene, en cambio, su. nico intento de exposicin general, lasstituzioni di diritto processuale cvile,1 que adems dej incompletas, absor-bido como Io estuvo a partir de 1 9 4 - 5 por la politica. Transparentes y metdicas,como toda la produccin del autor, no estn, sin embargo, a la altu ra de lostrabajos suyos mencionados hasta ahora ni tampoco a la d e los s e i s volmenes deStudi sul processo civile,1 donde reuni su labor d ispersa y entre los cualesf iguran -citamos slo media docena- joyas del inapreciable valor de La genesilog ica della sentenza cule, Per la denzione del atto notorio, L inea ondamen-tali del processo cuile inquifitorio, La condanna generico ai danni, La rela-tivit del concetto d azone, Il giudice e lo storico y Processo e giurtizt`a.1 Sea-lemos tambin, por s u trascendencia a la vez sistemtica y dogmtica, la aporta-cin de Galamandrei a la determinacin de los conceptos undanwntales de nues-tra disciplina, .extremo sumamente debatido, pero a c e r c a . del cual, merced a lcomienza a hacerse la luz. Desde la litircontentatio, a la cosa juzgada, pasando porel juicio, la competencia, el procedimiento, el litigio, la sentencia, etctera, nu -merosas nociones han pretendido ser, en diferentes pocas 0 para diversos auto-r e s , las piedras angulares del derecho procesal. Calamandrei exhuma una idea1960 ) , rse ad o por nosotros en Boletin del Instituto de Derecho Comparado de M -xico, 1 9 6 3 , pp. 14 2 - 4 .1 * La edicin italiana apareci en Padova; la traduccin al ca ste lla no , en BuenosAires, 1945, segn indicamos en la nota 35.1* sacando il nuovo codu, vol. I, parte prima: Premesse storiche e sistematiche,1 ' ed. (Padova, 194-1) ; 2', 194 3 ; vol. II, parte seconcla, Dispolizioni generali (Lepersone del processo) (Padova, 1943). Traduccin al ca stella no d el volumen I, porSeflrfs Menznno (Buenos Aires, 1943). ltimamente, bajo el ttulo de Derecho pro-cesal civil (Buenos Aires, 1962) , SzN'rs Mznimno ha reunido en tres volmenel losdos tomos de las Istituzoni y d iversos estudios de CALAMANDHI, no t raduc idos los msde ellos con anterioridad.1 = r . a = a ; : o d o s e n P a d o v a p o r la ceamw 1 y 1 1 ( 1 9 3 0 ) , 1 1 1 ( 1 9 3 4 ) , Iv ( 1 9 3 9 ) ,V ( 1 9 4 7 ) 7 VI ( 1957 ) . Traduccin al castellano de varios de ellos, po r Snrrrs Me-_Leuno, en el volumen Estudio: sobre el pfocsa civil (Buenos Aires, 1945) .

    1 a) La gcncsi, en Rvista Critica. di Scienze Giuridiche, 1 9 1 4 , y en Studi, I,pp. 1 -51 ; b) Fono notorio, en Rivista di Dirtto Processuale Civle , 1925, y en Studi,II, pp. 289-320; 1 : ) Processo nqusitoro, en Studi in onore di Chiovenda, 1 9 2 7 , y

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    MOMENTOS Y Fiounas DE L 1=RocEsAL1s1uo ITALIANO 525meramente esbozada o entrevista por Chiovenda en una semioculta nota de suclebre e nsay o sob re la accin,1s y afirma rcsueltame-nte que los conceptos fun-damentales del enjuiciamiento son tres: accin, jurisdiccin y pr0ccso,* y su pa -recer gana rpidamente adeptos. Lanzados a destacar lo ms saliente de suobra, agreguemos a n el libro Processo e democracia ( 1 954 ) , donde s e recogenlas conferencias que d io en Mxico en 1952 g m la atencin prestada al derechoprocesal extranjero mediante reseas relativas a textos, instituciones o figurasd e Alemania, Austria, Checoeslovaquia, Espa a , Es tados Unidos, Finlandia, Fran-cia, Polonia, Suecia, Unin Sovitica, Uruguay y Yaticanom su inters por lajusticia constitucional, transmitido a su discpulo Cappelletti (inra, nrn. 24) ,y los. art cu los in tegrantes del volumen Il procedimento monitorio nella legisla-zione italiana (l926).3 Y para terminar, diremos slo que Calamandrei, comosu maestro Chiovenda, fue un hombre en quien s e aunaron la altsima calidadcientfica y la incomparable contextura moi-a1..*

    20 ) Enrico Redenti, nacido en Parma en 1883 y muerto en Bolonia en 1 ? decnero del ao actual, fu e desde la muerte de Ghiovenda, y en unin de Came-lutti y de Calamandrei, uno de los tres grandes del procesalismo italiano, o delos tres viejos, como co n modestia se denominaban ellos mismos. Posey dotessobresalientes de tacto y de ecuanimidad, que le llevaron a presidir, con el asensounnime, el comit internacional que desde 1 950 agrupa a los procesalstas del1 @ Cfr. I/azionc, cit., nota 2, en Saggi, cit., vol. I, pp . 3 0 - 1 .1 Cfr. Iuituzioni, cit., vol. I, 1 ed., 7 (pp. 21-2 en la 2 ed. y pp. 29 -31 de latraduccin al caste llano).1 1 Gfr. entre otros, Ancora Vatnfis, Programa de derecho procesal civil (Primercurro) (La. Habana, 1941), pp. 25 y 11. ; Ponnrtrr, Teoria y' lcnica del proccso civil(Buenos Aires, 1942) , pp. 64 -6 ; Inem, Triloga estructural de la ciencia del proccso

    civil, en Revista de Derecho Procesal argentina, 1 9 4 - 4 , I, pp. 113 - 70 ; B/ovrotonr Fnano,El proceso pcnal y lo: actos juridica: procesales' portales, cuya segunda. edicin (SantoFe, Argentina, 1 9 44 ) lleva, precisamente, el subttulo de Accin, jurisdiccin, proceso;Snrrrs Mennnno, Dos producciones dc Calamandfci, en Revista de Derecho Procesal ,cit., 1 9 4 3 , II, pp. 78-80; ALCAL-ZAMORA, D ere ch o p ro ce sa l penal, cit., tomo I, pp,12-21; IDEM, E n se a nz a : a cc i n, cit., pp. 767-9; Inma, Proceso, autocomloricn, cit.,p. 9 9 ; Inem, Programa de derech o procesal civil, etc., I ed. (Mxico, 1948) , p. 11, y2', ( 1 9 6 0 ) , p. 9 . ltimamente, en su preciosa In troducc in a l estudio del derecho proce-sal (Buenos Aires, 1959) , pp. 117-23, Eduardo B. Cantos.1 11 Edtadas en Padova po r la Cedam; trad u cid as al castellano por Hctor FixZAMUDIO (Buenos Aires, 1 96 0 ) como volumen 33 de la coleccin Breviarios de Derecho .

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    526 Nrcsro ALGAL-zamom Y cAs'ru.Lomundo entero S y que le permitieron en 1954 evitar el naufragio de la RivistaTrimestrale di Diritto e Procedura Civile, cuando uno de sus ms eminentes co-laboradores, Walter Big iavi, tu vo la genial ocurrencia de autoconmemorar s u sbodas de plata co n la enseanza y sus cincuenta aos de vida co n un artculotitulado Scritt quasi giurdci in onore de me stesso, compendos il mo cinquan-tesim-0 annofi en el qu e no dej ttere coh cabeza.

    21 ) Redenti, tildado en alguna ocasin de a.ntidogmtico,' dist mucho deserlo. Bastaria para cerciorarse de ello el hecho de qu e el ms destacado de susdiscpulos, Tito Carnacini, sea dogmtico hasta la mdula. Lo qu e Redenti, li-beral en poltica y conservador en la investigacin cientifica, supo evitar concuidado sumo fue la hipertrofia dogmtica y la confusin, peligrosamente f-cil para los impresionables, de los xitos pasajeros con las conquistas definitivas.P or las razones temperamentales sealadas, no era de los que alegre 0 incons-cientemente s e lanzan a las exploraciones a riesgo de caer en una emboscada ouna trampa o de desembocar en un callejn sin salida, sino de los qu e antes deadelantar un paso tantean el terreno y lo despejan de maleza. Si ello acaso leresta brllantez a su obra, le aade, en compensacin, consistencia.

    22) Si de entre las obras salidas de su pluma (que, dicho sea de paso, no s econtent con el d erecho procesal, sino que s e extendi asimismo al civil, al mer-cantil y al laboral) tuvisemos que seleccionar, como antes respecto de Chiovenday de Galamandrei, las m s significativas, creo que la eleccin recaera en lassiguientes: Il giudizo civle con pluralt di parti (1911), que es `ya un libroclsico y de obligada consulta sobre el tema; Intomo al concetto d i giunlrdizone( 1 9 1 6 ) , donde la caracterizacin. sancionatora de la misma, en la que ltima-mente han insistido varios juristas italianos desde distintos ngulos, com o S atta,Benvenuti y Mandrioli, aparece expuesta con una nitidez y una precisin in -superadas; su Proyecto de cdigo procesal civil de 1936 ,11 ' uno de los jalones

    11 Cir. Atti Cong-resso Internazionale_, cit., p. X; ALCAL-ZAMORA, Se g undo congresointernacional de derecho procesal civil, en Revista de la Facultad de Derecho de M-tico , nm. 1 3, en ero -m arz o d e 1 9 5 4 , p. 237 .11 En la revista cit., 1954 , pp. 1 86 -2 0 1 .TA saber: por Cnmununnal primero (cfr. Gli stud full ultimo trentmnia, cit.,nm. 4 - ) y por Au..onro despus (cfr. Rlrssion, cit., m'1m. 9), si bien por ste co n nopocas reservas.WA saber: SATTA, en Gli ofientamenti pubblcirtic della scienza del procuro, en

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    MOMENTOS Y F I G U R A S D E L PRocssALIsMo 1 r A L 1 A N o 527culminantes en la lista de los que s e suceden hasta desembocar en el cdigo de1 9 4 0 (donde tambin particip nuestro autor) ; la voz Compromesso en el NuovoDigesto Italiano (1938); Il giudirato . s - u l punto di diritto, en el homenaje aCarnelutti (1950), y c om o expos ic in de conjunto, sus Proili pmtici del dirittoprocessuale ciule (1938), transformados en Diritto ,trrocessuale civile aos mstardef Y cerremos la lista con una referencia a su obra' postrera, aparecidapoco antes de su muerte, e s decir, los dos volmenes recopilativos de trabajosdispersos, titulados Scritti e dscorsi di un mezzo secolo (1962), el primero deellos consagrado al derecho procesal y el segundo al substantivom

    23) Enrico Tullio Liebman, cronolgicamente situado entre los tres grandesy las m s jvenes generaciones de procesalistas -no estar de ms subrayar quela juventud cientifica rebasa con frecuencia los lmites de la biolgica-, vivivarios aos en el Brasil, a ttulo de perseguido por el fascismo, y a su ejemplarmagisterio all s e debe el nacimiento de la escuela procesal de So P au lo,'2 2 q u ecuenta en sus filas co n la figura prcer de Alfredo Buzaid, hoy en dia el proce-salista nmero 'uno d el continente americano.12 Escritor parsimonioso, en variosaspectos el ms chiovendiano de entre los discpulos de Chiovenda, s u s trabajosmenores (por la longitud, no por la calidad) acaban de ser reunidos en un vo-lumen titulado Problemi del pfocesso c:'vile.1 E n cuanto a los mayores, y aparteunas excelentes explicaciones destinadas a la enseanza 1 y dos libros publicadosil Progresso delle Scienze, XXIII Riunione (Napoli, ottobre di 1934), vol. 1, y enForo Italiano , 1934, _IV, col. 177.

    12 Los nmeros 20 y 22 de esta conferencia provienen de nuestro trabajo Enrico R e-dmt (Nota biobibliogrica) incluido en el tomo I, pp. IX-XVI, de su Derecho pro-cesal civil (Buenos Aires, 1957), o sea la traduccin efectuada por SrN'rs MELENDO yAvemui REDN de su Dritto pfocessuale ciuile (Milano, 1 9 52 -3 ; dos volmenes, conver-tidos en tres en la Argentina).1 2 1 Impresos en Milano por Giuffr, vase mi resea de los mismos en Boletn delInstituto de Derecho Comparado de Mxico , 1962, pp. 63 3 -5 .1 Vase mi estudio La escuela procesal de So Paulo, publicado en: a) Inter-Ame-rican Review of Bibliography, julio-septiembre de' 1955, pp . 145 -52 (en espaio); b)Rivista Trimestrale di Dirtto e Procedura Civile , 1 9 5 6 , pp. 86 4 -9 (en italiano):c) Revista da Universidade de So Paulo, junio-septiembre de 1 9 5 6 , pp . 3 0 7 - 1 3 , ascomo en el diario O Estado de S o Paulo de 10-VI-1956 (en portugus).1 2 3 Vase lo q ue acerca de l d ecim os en La escuela de So Paulo, cit., pp . 1 40 -5 0 dela versin de Inter-American Review, y en las reseas que s e mencionan en las notas

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    528 muero ALCAL-znmons Y c.ssrLLocn Brasilf son obras de extraordinario aliento la referente a Le opporizioni dimerito nel proceso di 'esecuzione ( 1 9 3 1 ) y la que s e ocupa. de Eicacia ed auto-rit della sentenza (1935).1 Muertos Chiovenda, Calamandre y Redenti, y con8 4 - aos Camelutti, a Liebman le toca desempear, por circunstancias tanto deedad como de prestigio cientif ico, un papel importantsimo en el futuro del pro-cesalismo italiano.

    24) b* ) Otros nombres._Imposible, a estas alturas de la charla, ocupamos conigual detenimiento de otros procesalistas que en cualquier otro pas que no fueseItalia, o Alemania, las dos grandes potencias procesales, seran primersimas fi-guras, y que en ellas lo son, desde luego, relevantes, pero sin que, por causas d-versas, llegasen a alcanzar o hayan conseguido todavia, debido a . la juventud dealgunos de ellos, la posicin extraordinaria de los que hemos examinado hastaahora, dentro de la escuela chiovendina y del rea del enjuiciamiento civil, y deunos cuantos ms fuera de ellas, a que a n hemos de pasar revista. Nos con-tentaremos, por ello, con recordar s u s nombres al correr de la plu ma, Luigi F e-rrara, uno de los in ic iadores del procesalismo cientifico en Italia, luego desviadohacia una labor, no exenta de destellos, pero ms bien de periodismo jurdico;los hermanos R occo, a saber: Al fredo, otro de los precursores, con su libro sobreLa sentenza civile ( 1 9 0 6 ) , y Ugo, con Uautort de la cosa gudcata, e i .moilimit :oggett iui ( 1 9 1 7 ) , m s s u s dos exposiciones generales, traducidas en M-xico; Antonio Segui, el actual presidente de la repblica italiana, con Lntr-vento adesivo (19l9); Emilio Betti, mmanista. y procesalista, autor de un inte-di dritto procersuala, vol. I, 1 ' ed., (Milano, 1955; resea nuestra en rev. cit., nm.22 , abril-junio de 1956 , pp. 225-6) --2 , ed., 1957_'; vol. II, primer fascculo (1959).1 2 Procura de sxccuo (S. P au lo, 1 9 46 ; resea nuestra en Revista de la EscuelaNacional de Jurisprudencia, nms. 35-56, julio-diciembre de 1947 , pp. 370 -1 ) y Es-tudos sobre o procura civil brasileiro (S . Paulo, 1947).1 La primera, Roma, 1931 ; Ia iegunda, Milano, 1935 (reimpresa en 1952; reseanuestra en Revista de la Facultad de Derecho de Mxico, nm. 4 5, enero-mano de1962, pp. 1 7 7 -8 ). T rad u ccion es: a) portuguesa, por Alfredo Bvznm y Benvindo Ames(Ro de Janeiro, 1945 ) ; y b) castellana, por S enrs Mnmnno (Buenos Aires, 1 9 4 6 ) ,ambas con el aditamento de y otros estudios sobre la cosa ju zg ad a y con adic iones dederecho brasileo, a las qu e s e suman referencias de derecho argentino en la segunda.1 Vase su trabajo La nozione dei fappofti pracnruali, en Saggi di^Diritto Pro-cessuale (Napoli, l9I4-), pp. I-99. Al hablar de periodismo juridiccd, aludimos abastantes de los estudios po r l incluidos en el volumen Modems' pfoblsmi del divino(Milano, 1938).

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    Molmmros Y rroums D E L 1 n o c 1 ~ : s A L 1 s M o ITALIANO 529resantsimo Diritto processuale civle italiano (2 ed., 1 9 3 6 ); M arco Tuilio Zan-zucchi, con Nuova dommde, nuove eccezioni e nuove prove in apollo (Milano,1916), S erg io C osta, Nicola jaeger, Alessandro Raselli, Salvatore S atta, etc -tera. Y entre los ms jvenes, los discpulos de Calamandrei Y de Reclenti: delprim ero, G ian Antonio Micheli, el renovador, desde el ngulo jursdiccionista,del tema. de la jurisdicin voluntaria, de la misma manera que Allorio, de quiendespus hablaremos (nra, nm. 29), desde el ngulo administrativistafal CarloFurno, con Accertamento convenzionale e cones.\'i0n'e stragudizale (1948), yMauro Cappelletti, qu e tras las huellas del maestro ahond en el anlisis de lajusticia constitucional, secuela en Italia de l a . ley fundamental de 1947 , y queacaba de publicar en u n volu men de m s de ochocientas pginas la primera partetan slo de un impresionante trabajo sobre La testmonianza della por-te nel . r i s -tema deloralit (l962); y del segundo, Tito Carnacini, con Contribute allateoria del pignoramento (1936) e Il l it sconsorzio nelle as di grauame (1937) .

    19Puntual i71-iciones y complementos: Snom, Lntefuento (Roma, 1919); BE.'r'r1, Dir.proc. cin. ital. (Roma, 1 93 6), 2' ed.; Zsuzuccl-11. Nuova demande (Milano, 1 9 1 6 ) ;G-osrs, L'1-iterziento coatto (Padova, 1 9 3 5 ) y Ifinteruento in causa (Torino, 1 953 ; re-sea nuestra en Revista de la Facultad de Derecho de Mxico , nm. 27 , julio-sep-tiembre de 1957 , pp . 231-2); RASELLI. La magrtmtura del lavoro: Giuriulzions sdazione (Padova, 1934); Ssrfrn, Irtituzioni di diritto allimentare, 3' ed . Roma, 194 -8 ;traduccin de FoN'rANsRnosA -Buenos Aires, 1951- como Instituciones del derecho dequirbra); IDEM, Diritto processuale civil: (Padova, 1 9 4 8 ; resea nuestra en Revistade la Escuela Nacional de Jurisprudencia, nms. 3 9 - 4 0 , julio-diciembre de 194 8 , pp .259-61); IDEM, L'esr.-uzione forzata, 2' ed . (Torino, 1952).

    1 9 1 Aun cuando con anterioridad a 1 9 4 7 Mic:-n=.1.I s e habia ocupado del tema (vanselos trabajos suyos q ue citam os en Eficacia de las providencias de jurisdiccin voluntaria,nota 1 3, en Boletn del Instituto de Derecho Comparado de Mxico , 196 2 , pp . 521-96),e s en dicho ao cuando en la Rivista di Diritlo Processuale publica s u s tres capitalesensayos sober la materia: Per una revirone della nozone di giurisdizon uolontaria (I,pp . 18-45); Forma e sortanza nella giurirdizon voluntaria (I, pp . 1 0 1 - 2 4 ) y Eicaca,validit e revocabilit dei provvendimsnti di giurrtlzione voluntaria (I, pp. 190-209).A ellos sig u en , aparte Annullamento di prauvedimmti onorar e tutela dei terzi (enGiurisprudenza Italiana, 1 9 4 8 , I, 2, c. 4 -13) , otros dos de suma importancia: Pros-pttiue critiche in tema di giurisdizione uolontaria (en Jos, 1950 , pp . 3 5 6 - 7 4 , y enScritti in onore di Carnelutti, vol, II _Padova, 1950*-, pp. 3 56 -7 4) y Sgniicatoe limita' della giurisdizione volontaria (en Riv. Dir. Proc. , cit., 1957 , pp. 526-54).Aadamos a esos trabajos su libro sobre L'onere de la prova (Padova, 1942), traducidoal castellano por Si-:N'rfs Meuanooz La carga de la prueba (Buenos Aires, 1961).'1Puntualizacions y complementos: Furmo, Accertammto: vase supra, nota 87(resea nuestra, en Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, nms. 4 7 - 4 8 ,

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    530 morro ALGAL-zsmom Y c A s 1 1 L 1 . oY antes de enfrentarnos con Camelutti, recordemos todavia a Pavanini, Minoli,Vocino, Fazza1ari.1

    25 ) ) Francesco Carrrelutt i , revolucionario genial.-Nacido en Udine en 1879,V nico