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PROCEDIMIENTO PARA LA PREVENCIÓN Y MANEJO DE
ACCIDENTES CON MATERIAL CORTOPUNZANTE Y FLUIDOS
CORPORALES
ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
ESACHS
EMPRESA DE SERVICIOS EXTERNOS ACHS
AGOSTO 2014
DIRECCIÓN MÉDICA-CONTRALORIA MÉDICA Página
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PREVENCIÓN Y MANEJO DE ACCIDENTES CON MATERIAL
CORTOPUNZANTE Y FLUIDOS CORPORALES
2 FECHA ELABORACIÓN
REV. N°: 1 PREPARÓ Y ACTUALIZÓ
REVISÓ APROBÓ
03/03/2012 DR. MAURICIO GAETE DR. LUIS EMBERG
31/08/ 2014 DRA. JIMENAECHENIQUE CONTRALOR MEDICO
ESACHS
DRA. JIMENAECHENIQUE CONTRALOR MEDICO
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DR. MAURICIO GAETE DIRECTOR MEDICO
ESACHS
PREVENCIÓN Y MANEJO DE ACCIDENTES CON MATERIAL
CORTOPUNZANTE Y FLUIDOS CORPORALES
I. INTRODUCCIÓN
Los trabajadores sanitarios son personas cuyas actividades implican el permanente contacto con sangre u otros fluidos corporales contaminados. Dado lo anterior Las prácticas clínicas que desempeñan
implican algún grado de riesgo, para el paciente y para el personal clínico.
El riesgo de infección por exposición ocupacional a los agentes patógenos transmitidos por la sangre puede ocurrir cuando los
trabajadores sufren una lesión penetrante en la piel o por lesiones causadas por elementos cortantes, llamados accidentes corto-punzantes,
principalmente pinchazos con agujas.
En este contexto es importante que ESACHS cuente con acciones definidas frente a la ocurrencia de accidentes laborales, con material
contaminado con sangre o fluidos corporales de riesgo, estableciendo una metodología de actuación eficaz en caso de accidentes corto punzantes, producidos por la ejecución de procedimientos clínicos.
II. PROPÓSITO
Establecer medidas necesarias para prevenir los accidentes corto punzante en los establecimientos clínicos de ESACHS.
Establecer un procedimiento estandarizado de manejo para los trabajadores que sufran accidentes corto punzantes en los
establecimientos clínicos de ESACHS.
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III. OBJETIVOS
1. Definir las medidas básicas de prevención de accidentes corto
punzantes. 2. Favorecer prácticas seguras en el manejo de elementos
potencialmente riesgosos de contacto con fluidos corporales de alto riesgo.
3. Establecer un protocolo de manejo de accidentes con material
corto punzante y fluidos corporales, que permita estandarizar el manejo a nivel nacional.
4. Manejar en forma oportuna al accidentado y controlar los casos producidos.
5. Establecer un sistema de vigilancia de los accidentes con
exposición a sangre o fluidos corporales producidos en ESACHS.
IV. ALCANCE
Este procedimiento aplica a todo el personal de salud que presta
servicios en ESACHS S.A. El protocolo debe ser conocido por todo el personal del área clínica que está en contacto con material corto
punzante, Médicos, Enfermeras, otros profesionales de la salud, Técnicos Paramédicos, entre otros. Del mismo modo, debe estar en conocimiento la Jefatura del establecimiento y el Director Técnico, que deben liderar
la aplicación de este procedimiento.
V. RESPONSABLES
Dirección Médica de ESACHS S.A. a través de Contraloría Médica,
será responsable de la formulación y actualización de este procedimiento.
Administrador de Contrato y/o Agentes de ESACHS S.A. en Regiones, responsables de la implementación y de velar por la
supervisión por parte de la Dirección Técnica.
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Dpto. de Prevención de Riesgos ESACHS S.A. investigar las causas del accidente con el objetivo de aplicar las medidas correctivas y
preventivas necesarias para evitar futuros accidentes a través del formulario de Investigación Incidentes ESACHS S.A , enviando un
reporte de casos y medidas implementadas a Contraloría Médica.
Dirección Técnica del establecimiento es responsable de difundir,
capacitar y supervisar el cumplimiento de este procedimiento, velando por su cumplimiento así como y también reportar los casos a Contraloría
Médica y a la Dirección Médica
Personal sanitario es el responsable de cumplir las normas y/o
procedimientos involucrados frente a una exposición significativa producto de un pinchazo, herida, derrame o salpicadura.
VI. REGISTRO
DIAT: Se deben registrar en formulario de registro instruido por la SUSESO mediante Ordinario Nº84861 del 27 de diciembre del 20071,
todos los accidentes del trabajo, independientemente de que generen o no días perdidos, debiendo el empleador emitir el documento
“Declaración Individual de Accidentes del Trabajo” (DIAT) correspondiente.2
FORMULARIO DE REGISTRO DE ATENCIONES: Mensualmente se debe remitir a los Organismos administradores de la ley el formulario de registro con todas las atenciones entregadas en el policlínico cumpliendo
con los elementos mínimos a registrar señalados por la SUSESO en el Ordinario Nº84861; si durante el mes no se otorgan atenciones en el
1 Ordinario Nº84861 del 27 de diciembre del 2007 instruye respecto del “Formato de registro de atención de
trabajadores en policlínicos o centros asistenciales ubicados en el lugar de la faena y/o pertenecientes a las entidades empleadoras” (Anexo 3) 2 El DS N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, dispone en la letra g) del artículo 71,
que deben quedar registradas todas las consultas de trabajadores con motivo de lesiones, que sean atendidos en policlínicos o centros asistenciales ubicados en el lugar de la faena. El registro se efectuará en el formato que ha sido definido por la Superintendencia de Seguridad Social a través del Oficio Ord. N° 84861 de 2007
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policlínico se debe enviar la planilla mensual registrando en ella “SIN
ATENCIONES DURANTE EL MES”.
PLANILLA DE REGISTRO INTERNO PARA CONTROL: La jefatura del
establecimiento y/o la Dirección Técnica, debe completar los registros
internos correspondientes (Anexo N° 2)
VII. DEFINICIONES
- PRECAUCIONES UNIVERSALES CON SANGRE Y FLUIDOS CORPORALES: se definen como el conjunto de medidas destinadas a
minimizar el riesgo de transmisión de infecciones entre el personal y pacientes que se transmiten por el contacto con sangre o fluidos
contaminados con sangre. Se han identificado diversos microorganismos que se transmiten por esta vía, pero los que revisten mayor importancia epidemiológica son: Virus de la Hepatitis B (VHB), Virus de la Hepatitis C
(VHC), Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH).
- Personal Expuesto: es todo aquel trabajador que por su labor realizada puede tener un accidente con exposición a sangre o fluidos corporales.
- Personal Accidentado: es aquel trabajador que producto de un acto
fortuito, se ha pinchado o cortado con aguja o material corto punzante contaminado con sangre o fluido de alto riesgo, o ha sufrido exposición
de mucosas por proyección de sangre o fluido corporal o por cualquier mecanismo ha estado expuesto en forma significativa en piel o mucosa, a sangre y/o fluidos corporales.
- Exposición Significativa: es el contacto con sangre u otros materiales
potencialmente infectados y/o derrames en piel no intacta, ojos, boca y otras mucosas como resultado directo de las tareas del funcionario.
- Fluido de Alto Riesgo: es todo aquel fluido corporal que efectivamente se ha asociado a la transmisión de los patógenos sanguíneos, como las
secreciones genitales (semen, secreciones vaginales), fluidos corporales de cavidades normalmente estériles Ej. : LCR, líquido pleural, articular,
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líquido pericardio y cualquier otro fluido secreción o excreción con
sangre visible.
- Fluido sin riesgo: son aquellos fluidos no considerados potencialmente
infectantes, a menos que tengan evidencia de presentar sangre fresca (deposiciones, orina, saliva, expectoración, sudor, lágrimas, vómitos,
secreción nasal).
- Paciente Fuente: corresponde a aquel paciente que es el origen de la
sangre o fluido corporal involucrado en un accidente con material corto punzante o un derrame.
Policlínico de empresa Recinto ubicado en dependencias de la empresa destinado realizar evaluación médica y tratamiento inicial a los trabajadores accidentados en faena que no requieren de hospitalización,
así como también la estabilización y derivación a centros asistenciales de mayor complejidad de los trabajadores con patologías más complejas,
que ingresan por dicho centro. Su planta física cumple con las exigencias establecidas en el decreto Nº 283, que aprueba el “Reglamento de salas
de procedimiento y pabellones de cirugía menor”.
SALAS DE PRIMEROS AUXILIOS (SPA): también denominada
Gabinete, Sala de Enfermería. Se define como el recinto ubicado en dependencias de la empresa que cumple con requisitos de infraestructura y equipamiento establecido por ACHS/ESACHS, cuyo
propósito es otorgar atención de primeros auxilios por Auxiliar de Enfermería (Técnico Paramédico), a todo trabajador que sufra un
accidente laboral en la faena o empresa, o que requiera prestaciones de primeros auxilios por morbilidad común; luego de ello el trabajador debe ser derivado al centro asistencial del organismo administrador que le
corresponda, o al centro asistencial por su previsión de salud, para evaluación por médico, de manera inmediata o remitida según
corresponda el caso.
UNIDADES DE SALUD ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS:
USEP Establecimientos de salud de baja complejidad, ubicados en los Recintos Penitenciarios Concesionados del G1 y G2, que otorgan una
atención médica integral a los internos, con un nivel de resolución primaria, derivando oportunamente a los pacientes que requieran atención de nivel secundario y terciario, a centros asistenciales del
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sistema público de salud local o al servicio médico de Gendarmería.
Actualmente, dichos establecimientos están ubicados en las comunas de Alto Hospicio, La Serena, Rancagua, Concepción y Antofagasta.
- Accidente sin tiempo perdido (STP): Accidente con causa u ocasión del trabajo, que produce lesiones menores, que no conllevan a
incapacidad en ningún grado, ni tampoco muerte, y que permiten a un trabajador continuar con sus labores habituales de inmediato.
- Accidente con tiempo perdido (CTP): Accidente con causa u ocasión del trabajo, que produce lesiones de diversa gravedad, las cuales
ocasionan incapacidad en grado variable.
- Mutualidad: Organismo administrador del seguro de la Ley 16.744, al
cual se encuentra afiliada cada empresa colaboradora.
- Declaración Individual de Accidente del Trabajo (DIAT): Documento que cada empresa debe presentar en su mutualidad al
momento de solicitar atención a uno de sus trabajadores, conteniendo, entre otros, la identificación del trabajador y circunstancias del accidente.
VIII. EXPOSICIÓN LABORAL A SANGRE O FLUIDOS CORPORALES
y SITUACIONES DE RIESGO
VIII.1 EXPOSICIÓN AL RIESGO
La exposición de riesgo se puede dar a través de los siguientes tipos de
exposición:
a) Percutáneo: Siendo el más frecuente y con mayor riesgo de
transmisión a través de un accidente corto punzante en el que esté
involucrado sangre o fluido corporal de alto riesgo biológico.
b) Mucosas: Especialmente ocular
c) Piel no intacta:
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VIII.2 SITUACIONES DE RIESGO:
Es aquella conducta que ocasiona mayor probabilidad de accidente, como:
Re capsular agujas posterior a su uso
Cambio de agujas
Procedimientos con paciente intranquilo
Falta de uso de elementos de protección personal
Uso de elementos de protección personal inadecuados
Uso de dispositivos médicos de tamaño inadecuado( Ej. guantes)
Malas prácticas laborales.
VIII.3 CLASIFICACIÓN DEL RIESGO
Según la literatura disponible y considerando las conductas que se realizan con
las personas expuestas, se clasifican las exposiciones como con riesgo y sin
riesgo.
Exposición con riesgo:
a) Herida profunda que causa sangramiento, provocada por un instrumento
con lumen, lleno de sangre o fluido corporal de riesgo, o a simple vista
contaminada con sangre o fluido corporal de riesgo.
b) Exposición de mucosas o herida, a sangre o fluido corporal a simple vista
contaminado con sangre.
c) Derrame de sangre o fluido corporal con riesgo en una solución de
continuidad de la piel tales como herida, dermatosis o eczema.
Exposición sin riesgo:
Todas las exposiciones no descritas en el punto anterior se consideran sin
riesgo. No se han descrito seroconversiones ante exposiciones tales como:
a) Herida superficial, que no causa sangramiento, escarificación
b) Herida con instrumento que no está a simple vista contaminado con sangre
o fluido corporal con riesgo.
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c) Exposiciones de piel intacta o sana con sangre o fluido corporal de cualquier
tipo.
Todas las exposiciones a fluidos de bajo riesgo o sin riesgo conocido de
seroconversión se consideran sin riesgo.
IX. PRECAUCIONES PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
CORTOPUNZANTES Y/O MATERIAL CON SANGRE.
Los trabajadores para protegerse a sí mismos y a sus compañeros de trabajo de las lesiones corto-punzantes deben:
• Para los procedimientos clínicos que se realicen, se deberá utilizar material desechable. Estos incluyen jeringas, agujas, hojas de bisturí y
todo aquél cuyo fabricante así lo indique. En ningún caso se reutilizarán en otro paciente.
• No se debe re-encapsular agujas, doblarlas o quebrarlas intencionalmente, ni manipularlas con mano descubierta al eliminarlas.
• La remoción de las agujas de las jeringas no deberá realizarse con las manos sino con un dispositivo, pinza u otro diseñado para tales fines.
• La persona que utilice corto punzantes los debe eliminar,
inmediatamente de finalizado su uso, en contenedores específicos (no dejar en bandejas ni delegar en otros).
• El contenedor para la eliminación de corto punzantes deberá ser de material resistente a las punciones, de tal manera que al mojarse en
forma interna no se rompa, y se debe resguardar que la capacidad nunca exceda los 3/4, momento en que debe ser cerrado, rotulado y transportado a la sala de acopio para su manejo de acuerdo a REAS.
• El contenedor para material corto punzante, es de uso exclusivo para este fin y se deben ubicar en lugares cercanos a su uso.
• Los residuos de estas cajas no debe ser manipulados.
• Las ampollas de medicamentos deben abrirse protegidas con gasa para prevenir heridas y cortes en el personal de salud.
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• Las agujas de sutura una vez utilizadas deben ser desmontadas y
segregadas en mesa de arsenalera en bandeja para ser eliminadas en contenedor destinado exclusivamente para ello.
• Una vez que se cumplen los ¾ de llenado se trasladan a la sala de acopio donde deben ir cerradas con su sello de seguridad.
• Mantener la segregación en el área de trabajo y eliminar en contenedores ad hoc.
• Se deberán eliminar residuos patológicos y contaminados, en contenedores de acuerdo a “Reglamento sobre manejo de residuos de
establecimientos de atención de salud” residuos patológicos y especiales respectivamente.
X. MANEJO DE MATERIAL CORTO-PUNZANTE:
El principio básico es que en ningún momento el filo o la punta del artículo debe apuntar hacia una parte del cuero (generalmente dedos o
manos) del operador, ayudante u otra persona distinta al paciente. Esto es particularmente importante durante el momento mismo del procedimiento, al momento de trasladar el artículo hacia el sitio de
desecho y cuando el personal pretende encapsularlo (práctica nunca debe realizarse).
Medidas de manejo:
Contar con una dotación suficiente de cajas para eliminación de material corto punzante.
Las cajas de corto punzante deben ubicarse en las áreas sucias
delimitadas y estar dispuestas cerca de los lugares donde se
realizan procedimientos y donde permita eliminar en forma inmediata el elemento corto punzante.
Las cajas de corto punzante idealmente deben estar contenidas
por soportes de acrílicos o metal.
La eliminación de material corto punzante debe ser
inmediatamente después de realizado el procedimiento.
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La caja de eliminación de material corto punzante se debe
desechar cuando esté ocupado en tres cuartos de su capacidad.
Al retirar la caja de corto punzantes el personal encargado debe sellarla, con cinta engomada de papel y roturarla y depositarla en el área sucia para su retiro o bien trasladarla a la sala destinada
exclusivamente a este uso
No se debe eliminar líquidos libres en la caja para corto punzantes
Contar con caja de cartón con plástico en su interior para la eliminación de vidrios y/o ampollas no contaminadas.
Contar con Señalética riesgos biológicos.
XI. PROCEDIMIENTO y/o MANEJO DE ACCIDENTE CORTOPUNZANTE
Lavar de inmediato la zona lesionada con abundante agua y jabón, sin escobillar. No hay evidencia que los antisépticos aporten más que la medida
anterior.
Frente a un derrame en membrana mucosa (oral o nasal) lavar el área
expuesta con abundante agua o en exposición ocular irrigar con solución salina por varios minutos.
La persona accidentada debe reportar de inmediato el accidente al jefe directo.
Se debe identificar al paciente fuente con nombre y apellidos. Se debe
solicitar al paciente fuente el consentimiento para extracción de sangre. Consultar en servicio de Urgencia de la ACHS correspondiente de acuerdo a
procedimiento para atención y denuncia de accidentes del trabajo.
MANEJO ADMINISTRATIVO Y REGISTROS
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La jefatura directa del afectado, deberá derivar de inmediato y en cualquier horario al accidentado al Servicio de Urgencia de la ACHS o en su defecto a Clínica registrada como prestador externo de ACHS.
El Agente Regional ESACHS S.A., Administrador de Contrato, o en su
defecto el Médico a cargo de la Dirección técnica del establecimiento, deberán dar aviso del incidente al Dpto. de Prevención de Riesgos y al Administrador de Contrato de la empresa mandante.
Si del accidente como consecuencia resultara la indicación de reposo allá/el
afectada/o, el Agente Regional o Administrador de Contrato tendrá como plazo máximo 24 horas para enviar un reemplazo a cubrir el cargo en
faena. El Dpto. de Prevención de Riesgos ESACHS S.A. deberá investigar las
causas del accidente con el objetivo de aplicar las medidas correctivas y preventivas necesarias para evitar futuros accidentes, lo cual se registrará
en el Formulario de Investigación Incidentes ESACHS S.A. Llenar el Formulario de notificación de accidentes laborales y enviarlo al
Departamento de Prevención, Dirección Médica de ESACHS S.A., y al Subgerente respectivo.
Solicitar consentimiento informado al paciente fuente o a familiar (si este se encuentra imposibilitado), para realizar los exámenes de VIH, VHB y VHC.
Al existir consentimiento del/la paciente fuente o de sus familiares, se debe
solicitar al personal del Centro de Salud tratante que tome la muestra de sangre sin anticoagulante.
En el caso de que el accidente ocurra en una SPA, se debe solicitar el traslado del/la paciente fuente en conjunto con el accidentado en un medio
de transporte independiente a la faena para tomar las muestras de sangre donde corresponda.
Para el caso de algunas faenas Mineras que se encuentren a más de 3 horas de distancia del centro asistencial ACHS más cercano, se deberá
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trasladar tanto a la paciente fuente como el accidentado a la ciudad más
cercana para obtener la muestra de ambos. En el caso el paciente fuente se niegue a dar su consentimiento, se debe
catalogar como una exposición de alto riesgo e informar al Centro ACHS de derivación.
Rotular muestra de fuente con nombre y RUT de la fuente y nombre personal expuesto.
Enviar muestra del/la paciente fuente al Servicio de Urgencia de la ACHS
correspondiente junto con el accidentado. Si el paciente fuente es de alto riesgo, tiene un diagnóstico para infección
por VIH o tiene evidencia clínicas o un diagnóstico de Hepatitis, debe avisar de inmediato al Médico del Servicio de Urgencia de la ACHS
correspondiente.
XII. VIGILANCIA DE ACCIDENTES CORTOPUNZANTES
La Vigilancia de Accidentes Corto punzantes en Personal Sanitario, es
muy relevante, considerando la definición clásica de Vigilancia Epidemiológica como “el conjunto de actividades que permiten reunir la
información indispensable, para conocer en todo momento la historia natural de la enfermedad y las intervenciones que se realicen, detectar o prever cualquier cambio de los factores condicionantes, con el fin
recomendar las medidas que lleven a prevenir o controlar la enfermedad o efecto productivo indeseable”.
En la aplicación de una Vigilancia Activa ante dichos eventos, en ESACHS
se debe realizar la notificación inmediata de los accidentes ocurridos al
nivel central, específicamente a la Jefatura de prevención de Riesgos [email protected] quien, quien junto con realizar la investigación del caso,
y seguimiento de funcionarios accidentados, comunicara en forma inmediata a Contraloría Médica [email protected] y Dirección Médica de ESACHS, [email protected] ,para su registro con el objeto de generar
medidas oportunas para la mejora de las prácticas clínicas.
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XIII. REFERENCIAS
1. Guía preventiva de recomendaciones para trabajadores(as) sanitarios en
manejo de material corto punzante. MINSAL
2. Normas de Precauciones Estándar 2013. MINSAL
3. Ley 16.744 de “Accidentes laborales y Enfermedades Profesionales”.
4. Norma de Manejo Pos-exposición Laboral a Sangre en el Contexto de la
Prevención de la Infección por VIH Según la NIOSH (Instituto Nacional
para la Seguridad y Salud Ocupacional).
5. Villarroel, Julia et al. Exposición laboral a fluidos corporales de riesgo en
el Hospital Clínico Félix Bulnes Cerda.
6. Norma sobre manejo de material corto punzante y fluidos corporales
para la prevención de exposición laboral con riesgo biológico. ISP
7. Reglamento sobre manejo de residuos de establecimientos de atención
de salud (REAS).MINSAL
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ANEXO 1: CONSENTIMIENTO INFORMADO DEL PACIENTE FUENTE O FAMILIAR
RESPONSABLE PARA EXÁMENES DE ANTICUERPO VIRUS INMUNODEFICIENCIA
ADQUIRIDA (VIH), VIRUS HEPATITIS C, ANTÍGENO DE SUPERFICIE HEPATITIS B.
Por medio del presente acepto que me sea realizado un examen para anticuerpo contra el VIH,
virus de Hepatitis C y antígeno Hepatitis B. He sido informado que el examen implica tomar una
pequeña muestra de mi sangre a través de una aguja.
Estoy enterado que un examen reactivo para cualquiera de estos indica que la persona
probablemente estuvo expuesta a estos virus en algún momento en el pasado y ha formado
anticuerpos y o tiene antígeno de ellos.
También estoy en conocimiento que la presencia de anticuerpos a VIH no significa
necesariamente que la persona tiene o adquirirá SIDA, y que la presencia de anticuerpos para el
virus de la Hepatitis c o antígeno de superficie para Hepatitis B, significan que se es portador de
esta enfermedad.
Entiendo que el examen es voluntario y que no estoy obligado a que mi sangre sea examinada
para los exámenes antes mencionados.El examen ha sido ordenado porque: (marque con X)
A ____ Se me ha solicitado realizar este examen porque un trabajador de este Centro de
Salud estuvo expuesto a mi sangre u otro fluido corporal. Entiendo que este examen no
significara ningún costo para mí. Se me ha informado que el resultado del examen será
registrado en un archivo médico confidencial de trabajadores expuestos.
B. _____ Mi médico piensa que esto será provechoso para la evolución de mi tratamiento.
C. _____ Otro (explicar)
Sé que la obtención del resultado final del examen puede tomar dos o más semanas. Se me ha
informado que el resultado del examen me será comunicado por mi médico, quien puede
proporcionar información adicional y responder todas mis consultas.
Mi firma confirma que yo he leído este consentimiento formal, he consultado todas las dudas
acerca de las razones y la naturaleza de este examen, y por medio del presente estoy de
acuerdo para que se me tome una muestra para ellos.
_____________________________________ __/__/____
Nombre paciente y/o familiar Fecha
_________________________________ ________________________________
Firma paciente y/o familiar Nombre y firma Personal que informa
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Anexo N°2: Planilla de Registro Interno de Accidentes con Material Corto punzante y
fluidos corporales de riesgo (Consta de Ítem I. Identificación del accidentado, II.
Información del accidente, III Causa Inmediata, IV Seguimiento y Cierre del caso)
I. IDENTIFICACIÓN DEL ACCIDENTADO
Nombre RUT Fecha de nacimiento Edad Fono Domicilio Cargo Unidad
Fecha de ingreso a la institución
Empresa del contrato
Registrar si paciente
es ACHS, o pertenece a otra mutualidad
II. INFORMACIÓN DEL ACCIDENTE Y NOTIFICACIÓN
Establecimiento donde ocurrió el accidente
Lugar
dentro del establecimiento donde ocurrió el accidente
Fecha del accidente
Hora de ocurrencia
Fecha de notificación
Hora de notificación
Descripción del accidente (Cómo ocurrió)
Testigos, Nombre
Jefatura que recibe la notificación
Fecha de Reporte de
información a Contraloría Médica
DIRECCIÓN MÉDICA-CONTRALORIA MÉDICA Página
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PREVENCIÓN Y MANEJO DE ACCIDENTES CON MATERIAL
CORTOPUNZANTE Y FLUIDOS CORPORALES
17 FECHA ELABORACIÓN
REV. N°: 1 PREPARÓ Y ACTUALIZÓ
REVISÓ APROBÓ
03/03/2012 DR. MAURICIO GAETE DR. LUIS EMBERG
31/08/ 2014 DRA. JIMENAECHENIQUE CONTRALOR MEDICO
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III. CAUSA INMEDIATA IV. SEGUIMIENTO Y CIERRE DEL CASO
Acciones con relación causal (del funcionario)
Condiciones Inseguras (Insumos, infraestructura)
Acciones con relación causal (del paciente)
Fecha de atención por mutualidad
Indicación de reposo SI/NO
Fecha de próximo control
Certifica asistencia a control
Fecha de cierre de caso por ACHS y/o mutualidad respectiva.
DIRECCIÓN MÉDICA-CONTRALORIA MÉDICA Página
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PREVENCIÓN Y MANEJO DE ACCIDENTES CON MATERIAL
CORTOPUNZANTE Y FLUIDOS CORPORALES
18 FECHA ELABORACIÓN
REV. N°: 1 PREPARÓ Y ACTUALIZÓ
REVISÓ APROBÓ
03/03/2012 DR. MAURICIO GAETE DR. LUIS EMBERG
31/08/ 2014 DRA. JIMENAECHENIQUE CONTRALOR MEDICO
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