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2011 Estabilidad del Empleado Público

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Estabilidad del Empleado Público. 2011. TEMARIO. Concepto Naturaleza Jurídica Fundamento jurídico Contenido Clasificaciones Jurisprudencia Anterior a «Madorrán» Posterior a «Madorrán». Concepto. Concepto de Estabilidad. - PowerPoint PPT Presentation

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2011

Estabilidad del Empleado Público

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TEMARIOTEMARIO

• Concepto • Naturaleza Jurídica • Fundamento jurídico • Contenido • Clasificaciones • Jurisprudencia

– Anterior a «Madorrán»– Posterior a «Madorrán»

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Concepto Concepto

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Concepto de Estabilidad Concepto de Estabilidad

Es el derecho – garantía del agente público a Es el derecho – garantía del agente público a conservar el cargo, del que no puede ser separado o conservar el cargo, del que no puede ser separado o

cesado, en principio.cesado, en principio.

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ConceptoConcepto Derecho - GarantíaDerecho - Garantía

– CSJT in re: «Moreno Miguel c/Gobierno de la Provincia de CSJT in re: «Moreno Miguel c/Gobierno de la Provincia de Tucumán», Tucumán», Sentencia 488 de 1987

• La estabilidad participa del doble carácter de constituir un derecho y simultáneamente una garantía, pues la estabilidad puede ser oponible erga omnes en cuanto derecho y como garantía frente al Estado.

Conservar …Conservar …• EstabilidadEstabilidad InamovilidadInamovilidad

• Permanencia Permanencia Conservar Conservar – La permanencia alude a una situación de hecho – La permanencia alude a una situación de hecho –

expectativa o posibilidad de conservar el puesto – expectativa o posibilidad de conservar el puesto – mientras que la estabilidad es el derecho que mientras que la estabilidad es el derecho que garantiza esa permanencia.garantiza esa permanencia.

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Fundamento Jurídico Fundamento Jurídico Art. 14 bis, Constitución NacionalArt. 14 bis, Constitución Nacional

– ««El Trabajo en sus diversas formas gozará de la protección El Trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: … protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: … protección contra el despido arbitrario … estabilidad del empleado contra el despido arbitrario … estabilidad del empleado público público …»…»

Art. 40 inc. 8, Constitución ProvincialArt. 40 inc. 8, Constitución Provincial– «Dentro de la esfera de sus atribuciones, la Provincia «Dentro de la esfera de sus atribuciones, la Provincia

procurará especialmente que las personas gocen de los procurará especialmente que las personas gocen de los siguientes derechos: …siguientes derechos: …• Inc. 8 : la Provincia adecuará razonablemente la situación Inc. 8 : la Provincia adecuará razonablemente la situación

del empleado público para que disfrute de los mismos del empleado público para que disfrute de los mismos beneficios que los pertenecientes a la actividad privada. beneficios que los pertenecientes a la actividad privada. Gozará de estabilidad en el empleo no pudiendo ser Gozará de estabilidad en el empleo no pudiendo ser separado del mismo sin sumario previo que se funde en separado del mismo sin sumario previo que se funde en una causa legal, garantizando su derecho a la defensa. una causa legal, garantizando su derecho a la defensa. Toda cesantía que contravenga esta garantía será nula Toda cesantía que contravenga esta garantía será nula con la reparación que fuere pertinente y su incorporación con la reparación que fuere pertinente y su incorporación al escalafón vigente.»al escalafón vigente.»

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Fundamento Jurídico Fundamento Jurídico Art. 13, Ley 5483Art. 13, Ley 5483««La estabilidad es del derecho del personal permanente a conservar el empleo y el

nivel escalafonario alcanzado, luego de hacer cumplido 6 meses en actividad.El personal que gozare de estabilidad la retendrá cuando fuere designado para

cumplir funciones sin dicha garantía»

Art. 14, Ley 5483Art. 14, Ley 5483«Adquirida la estabilidad, el agente no podrá ser separado de su cargo, salvo cuando

incurriere en causales imputables al mismo, acreditadas por la pertinente investigaqción administrativa, en la forma y por el procedimiento previsto con arreglo a las disposiciones de esta ley.

La autoridad administrativa competente podrá disponer el cambio o rotación de funciones del agente, siempre que la misma no altere su nivel escalafonario».

Art. 15, Ley 5483Art. 15, Ley 5483Exceptuase de los dispuesto en el artículo anterior la situación prevista en el artículo

11, inciso e) in fine en cuyo caso el agente a quien se de baja por la citada causal, tendrá derecho a percibir un monto indemnizatorio equivalente al 100% de la mejor remuneración promedio de carácter regular y permanente en el último año o en los 6 meses consecutivos dentro de los últimos 3 años, a elección del agente, por cada año de los servicios previstos en el artículo 12, inc. a y con las limitaciones dispuestas por el artículo 7»

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ContenidoContenido Posiciones doctrinarias al respectoPosiciones doctrinarias al respecto

o Bielsa y Marienhoff: Bielsa y Marienhoff: Lo restringen a la conservación del cargo o empleo, mientras una

causa legal no determine la extinción del vínculo.

o Mercado Luna:Mercado Luna: Amplía la posición anterior, al añadir a la conservación del cargo, el

goce de los derechos estatutarios referidos en particular a la carrera administrativa;

Ley 25164 comprende en la estabilidad el drecho a conservar el empleo, el nivel y grado de la carrera alcanzado

o La Ley 22140 (RBFP)La Ley 22140 (RBFP) Se establece que la estabilidad comprende el derecho a conservar el

cargo, el nivel escalafonario alcanzado y a permanecer en la zona donde desempeñare sus funciones siempre que las necesidades del servicio lo permitan. Este último aspecto, hace a la inamovilidad

Análogo criterio establece el Estatuto del Empleado Público de Tucumán.

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Clasificaciones de la Estabilidad • Los criterios clasificatorios han sido utilizados

tanto por el derecho laboral como por el derecho administrativo, aunque no con sentidos unívocos

Estabilidad

Absoluta

Relativa

Empleo Público

Propia (vgr. delegados gremiales)

Impropia (vgr. sustitutiva de la indemnización)

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JurisprudenciaJurisprudencia Anterior a «Madorrán»Anterior a «Madorrán»

o El derecho a la estabilidad es relativa o impropia, pues no existen derecho absolutos;

o La estabilidad no implica un derecho absoluto a permanecer en el cargo, sino el derecho a una equitativa indemnización cuando el legislador decide suprimir el empleo u organo;

o La tutela judicial no requiere el reestablecimiento in natura de las situaciones jurídicas preexistentes;

o La garantía de la estabilidad tiene carácter operativo

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JurisprudenciaJurisprudencia «Madorrán, Marta c/Administración Nacional de «Madorrán, Marta c/Administración Nacional de

Aduanas» Aduanas» CSJN, 3-5-2007o El derecho del agente a la estabilidad propia y

a la carrera administrativa, encuentra fundamento en el art. 14 bis. De la CN y en los tratados internacionales de derechos humanos incorporados a nuestro derecho;

o La estabilidad no permite sustituir la reincorporación por una indemnización , por cuanto dejaría a los agentes públicos indefensos ante las cesantías en masa que podrían producirse en ocasión de los cambios de gobierno e introduciría una carga evidente sobre la bolsa estatal.

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Fin de la PresentaciónFin de la Presentación