2-ALCANCE_SINEFA_set 2011.ppt
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*Huacho, 28 Marzo 2011Alcances del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin AmbientalLEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIN Y FISCALIZACIN AMBIENTAL- LEY N 29325 Piura, 26 de Setiembre del 2011
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OEFAOrganismo Pblico Tcnico Especializado Adscrito al Ministerio del Ambiente:Encargado de la evaluacin, supervisin, fiscalizacin, control y sancin en materia ambiental.Realizar la supervisin de las otras entidades que cuenten con funciones de fiscalizacin ambiental.Autonoma funcional e independencia en la toma de decisiones.El OEFA como ente rector: Armoniza Principios, normas y procedimientospara las funciones de evaluacin, supervisin,fiscalizacin, control y potestad sancionadora eIncentivos de las diversas entidades delEstado.Marzo del 2009: Se crea El Sistema Nacional de Evaluacin yFiscalizacin AmbientalCreacin del MINAM y el OEFADecreto Legislativo N 1013 - 14 de Mayo del 2008 -
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Objeto y mbito de Aplicacin de la Ley (Art. 1 y 2 de la Ley N 29325)
Objeto:Crear el Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental, el cual est a cargo del Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental - OEFA como ente rector.
mbito de AplicacinEl Sistema rige para toda persona natural o jurdica, pblica o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluacin, supervisin, fiscalizacin, control y potestad sancionadora en materia ambiental.*
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Finalidad del SINEFA(Art. 3 de la Ley N 29325)Asegurar el cumplimiento de la legislacin ambiental por parte de todas las personas naturales o jurdicas, Supervisar y garantizar que las funciones de evaluacin, supervisin, fiscalizacin, sancionadora, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, gil y eficiente, de acuerdo al arreglo legal vigente
Coadyuvar a la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales,
Desarrollo de las actividades productivas y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, contribuyan a una efectiva gestin y proteccin del ambiente
*En Base: Ley N 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental, Ley28611- Ley General del Ambiente, Poltica Nacional del Ambiente y dems normas,polticas, planes, estrategias, programas.
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POLITICA NACIONAL DEL AMBIENTEEJE 1 Conservacin y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biolgicaEJE 2Gestin Integral de la calidad ambientalEJE 3Gobernanza ambientalEJE 4Compromisos y oportunidades ambientales internacionalesDiversidad Biolgica Recursos Genticos BioseguridadAprovechamiento de los Recursos Naturales Minera y Energa Bosques Ecosistemas marino-costeros Cuencas, agua y suelos Mitigacin y adaptacin al cambio climtico Desarrollo sostenible de la Amazona Ordenamiento territorial Control Integrado de la contaminacin Calidad del agua Calidad del aire Residuos Slidos Sustancias Qumicas y Materiales Peligrosos Calidad de vida en ambientes urbanos Institucionalidad Cultura, Educacin y Ciudadana Ambiental Inclusin social en la Gestin Ambiental Compromisos Internacionales Ambiente, Comercio y CompetitividadSe estructura en base a cuatro ejes temticos esenciales de la gestin ambientalPoltica Nacional del Ambiente Constitucin Poltica, Art. 67 Ley General del AmbienteDecreto Supremo 012-2009- MINAM
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Sistema Nacional de Gestin AmbientalSNGAPoltica Nacional del AmbienteSistema Nacional de Gestin AmbientalSEIASINANPESINIASINEFAPoltica Nacional del Ambiente
Sistema Nacional de Gestin AmbientalSEIASINEFASNGRRHH MINAMMINAMMINAMOEFASERNANPANA
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Autoridades Competentes del SINEFA(Art. 4 de la Ley N 29325)
Forman parte del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental:Ministerio del Ambiente (MINAM). Ente rector del Sector Ambiental, desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la Poltica Nacional Ambiental,Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental (OEFA).Ente rector del Sistema de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental.Se encarga de la fiscalizacin, supervisin, evaluacin, control y sancin en materia ambiental, as como de aplicacin de los incentivos, Entidades de Fiscalizacin Ambiental Nacional / Regional / LocalAquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalizacin ambiental, y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA.
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*Aquellas entidades con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalizacin ambiental.Ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA.Forman parte del SINEFA.Sujetan su actuacin a la Ley N 29325, otras normas en materia ambiental, as como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido Sistema.OEFANACIONALAutoridades Sectoriales u Organismos Reguladores REGIONALLOCAL
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ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
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mbito de Influencia de lasOficinas Desconcentradas - OEFA1631017 149Oficinas Desconcentradas del OEFA Zonificadas por Cuencas
Oficinas OEFA en Funcionamiento Lima (Sede Central) Madre de DiosSegunda Etapa implementada el ao 2010Tercera Etapa a ser implementada el ao 201110. Ayacucho11. Piura3. Tumbes 4. Cajamarca5. Arequipa6. Cusco7. Loreto8. Junn9. Puno5246811121315
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SUPERVISORA DIRECTASeguimiento y verificacin para asegurarcumplimiento de normas y obligaciones por los administradosSUPERVISORA DE ENTIDADES PBLICASFacultad de realizar acciones de seguimiento y verificacin del desempeo de las Entidades de Fiscalizacin Ambiental Nacional, Regional o Local.
FISCALIZADORA Y SANCIONADORAFacultad de investigar la comisin de posibles infracciones administrativas sancionables y de imponer Sanciones por el incumplimiento de obligaciones derivadas de los instrumentos de gestin ambiental as como de las normas ambientales y de los mandatos o disposiciones emitidas por el OEFA.
NORMATIVAEmitir disposiciones normativas y procedimientosvinculados a las funciones del OEFA y del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental.SISTEMA NACIONALDE EVALUACIN Y FISCALIZACINAMBIENTALENTE RECTOR Funciones Generales del OEFA (Art. 11 de la Ley N 29325)
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1 ALCANCES DE LA SUPERVISIN DIRECTA1.1SUPERVISIN DIRECTA A CARGO DEL OEFAComprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verificacin con el propsito de asegurar el cumplimiento de las normas, obligaciones e incentivos establecidos en la regulacin ambiental por parte de los administrados.
Instrumentos de Gestin Ambiental IGA:
DIA EIA PAMA PMA PLANES DE CIERRE
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1. ALCANCES DE LA SUPERVISIN DIRECTA1.1SUPERVISIN DIRECTA A CARGO DEL OEFAMediante Decreto Supremo refrendado por los Sectores involucrados, se establecern las entidades cuyas funciones de evaluacin, supervisin, fiscalizacin, control y sancin en materia ambiental sern asumidas por el OEFA, as como el cronograma para la transferencia del respectivo acervo documentario, personal, bienes y recursos, de cada una de las entidades.PRIMERA DISPOSICIN COMPLEMENTARIA FINAL, Ley N 29325
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Esquema de Transferencia de Funciones OSINERGMIN al OEFA*(*) Ley 28964: Ley que transfiere competencias de S y F de la actividad minera al OSINERG Ley 29325: Ley del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin AmbientalProceso ConcluidoDS 001-2010-MINAM04.03.111.ALCANCES DE LA SUPERVISIN DIRECTAMHE1.1SUPERVISIN DIRECTA A CARGO DEL OEFA
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1.ALCANCES DE LA SUPERVISIN DIRECTA4 mDecreto Legislativo 1047 (*)26.06.08IP(*) Decreto Legislativo N 1047: Ley Organizacion y Funciones del PRODUCE Ley 29325: Ley del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin AmbientalEsquema de Transferencia de Funciones PRODUCE al OEFA1.1SUPERVISIN DIRECTA A CARGO DEL OEFATransferencia en Proceso
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OEFAEFA Gobierno Regional Gobierno Local Administrado Supervisin y Fiscalizacin Ambiental(1) Supervisin a Entidades Pblicas Esquema de Supervisin a Entidades Publicas
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OEFAEntidad SectorialAdministrado(4) Supervisin Directa y Fiscalizacin Ambiental(2) Supervisin a Entidades Pblicas(1) Supervisin DirectaTransferencia(3)(3)(3): Funciones de evaluacin, supervisin, fiscalizacin, control y potestad sancionadora en materia ambiental.
(3) y (4): Ref. Primera disposicin Complementaria y Final de la Ley N 29325 Esquema de Supervisin a Sectores
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1.ALCANCES DE LA SUPERVISIN DIRECTA1.2SUPERVISIN DIRECTA A CARGO DE LOS GOBIERNOS LOCALESLey N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades
Artculo 80: SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD1. Funciones especficas exclusivas de las municipalidades provinciales:1.1. Regular y controlar el proceso de disposicin final de desechos slidos, lquidos y vertimientos industriales en el mbito provincial.1.2. Regular y controlar la emisin de humos, gases, ruidos y dems elementos contaminantes de la atmsfera y el ambiente.2. Funciones especficas compartidas de las municipalidades provinciales:2.1. Administrar y reglamentar directamente o por concesin el servicio de agua potable, alcantarillado y desage, limpieza pblica y tratamiento de residuos slidos, cuando por economas de escala resulte eficiente centralizar provincialmente el servicio.
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1.ALCANCES DE LA SUPERVISIN DIRECTA1.2SUPERVISIN DIRECTA A CARGO DE LOS GOBIERNOS LOCALES3. Funciones especficas exclusivas de las municipalidades distritales:
3.1. Proveer del servicio de limpieza pblica determinando las reas de acumulacin de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios.
3.2. Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares pblicos locales.
()
3.4. Fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisin de humos, gases, ruidos y dems elementos contaminantes de la atmsfera y el ambiente.
4. Funciones especficas compartidas de las municipalidades distritales:4.1 Administrar y reglamentar, directamente o por concesin el servicio de agua potable, alcantarillado y desage, limpieza pblica y tratamiento de residuos slidos, cuando est en capacidad de hacerlo.
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1.ALCANCES DE LA SUPERVISIN DIRECTA1.1SUPERVISIN DIRECTA A CARGO DE LOS GOBIERNOS LOCALESLey N 27314, Ley General de Residuos Slidos, modificada por el Decreto Legislativo N 1065
Artculo 10.- ROL DE LAS MUNICIPALIDADES
Las municipalidades provinciales son responsables por la gestin de los residuos slidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generan residuos similares a estos, en todo el mbito de su jurisdiccin, efectuando las coordinaciones con el Gobierno Regional al que corresponden.
Estn obligadas a:
()
2. Regular y fiscalizar el manejo y la prestacin de los servicios de residuos slidos de su jurisdiccin.
()
11. Autorizar y fiscalizar el transporte de residuos peligrosos en su jurisdiccin, en concordancia con lo establecido en la Ley N 28256, Ley que regula el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, con excepcin del que se realiza en las vas nacionales y regionales.
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*3. Poltica Ambiental Local4. Sistema Local de Gestin Ambiental5. Plan de Accin Ambiental LocalINSTRUMENTOS DE GESTIN AMBIENTAL LOCAL1. Comisin Ambiental Municipal CAM2. Diagnstico Ambiental Local6. Agenda Ambiental LocalTitulo V de la Ley N 28245Capitulo III, Seccin II y III del D.S. 008-2005-PCM
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Trabajando por la excelencia ambiental del Per
www.oefa.gob.pe
Manuel Gonzles Olaechea No. 247 San Isidro - Lima, Per.T (511) 7176068GRACIAS
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