1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURÍDICA

download 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURÍDICA

of 33

Transcript of 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURÍDICA

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    1/33

    TEORA DE LAARGUMENTACION

    JURDICA

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    2/33

    Significado de la Argumentacin

    Argumentar significa argir, sacar en claro,descubrir, probar, aducir, alegar, disputar,discutir, impugnar una opinin ajena.

    Se puede definir el trmino argumentarcomo la operacin intelectual, en cuya

    virtud se expresan razones parafundamentar un determinado punto devista y as persuadir al interlocutor, paraque asuma un determinada posicin.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    3/33

    Argumentacin jurdica es un razonamiento,

    en virtud del cual un jurista explica, aclarao ilumina a las dems personas acerca dela validez de una tesis relacionada con

    determinado derecho, hasta el punto depersuadirlas en cuanto a la existencia yrespetabilidad de tal proposicin.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    4/33

    Orgenes de la Argumentacin.

    Su origen reside en la antigua Grecia y ahrecibi el nombre de retrica.

    Surge una nueva clase de profesionalesllamados Sofistas: asumieron el estudio dela filosofa, la ciencia y la poltica paradefender ante los jueces los reclamos delpueblo. Eran cultores y detractores de laargumentacin.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    5/33

    Giorgias de Liontini uno de los primeros

    sofistas sostena que toda tesis tiene unopuesto, y, cualquier posicin puedevencer segn sea bien defendida.

    Los retricos saban que muchas decisionesse toman de manera emotiva an contrapremisas correctas y expertos en el artede la persuasin su discurso lo hacan antegrandes jurados.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    6/33

    Aristteles es reconocido como el padre de

    la Teora de la Argumentacin, pero entiempos modernos quien rescata la nuevaretrica es el filsofo y jurista polacoChaim Perelman (1912-1984), quien se

    dedic a la investigacin filosfica yemprendi varios proyectos deinvestigacin. Estudio las obras de Platn,

    San Agustn, Santo Tomas de Aquino,Descartes, Locke, Hume, Kant, BertrandRussell.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    7/33

    Importancia de la Teora de laArgumentacin

    El debate es hoy en da reconocido como unmedio propici para solucionar problemasen el campo jurdico, poltico y cientfico,

    nos enriquecemos con la confrontacin dediversos puntos de vista. Ms importantees para quienes ocupan cargos de toma

    de decisiones en la organizacin delEstado.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    8/33

    Para ser un buen argumentador y hacer

    buenos argumentos deben ser tomadosen cuenta tres aspectos:

    a) La calidad de la tesis que se ofrececomo solucin al problema;

    b) Los argumentos con los que se

    sostiene; yc) El medio que empleamos para

    comunicar.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    9/33

    En la solucin de problemas jurdicos que sepresentan a un juez mediante una demanda, es

    importante que quien demanda preparepreviamente su caso, el abogado deber hacerla investigacin previa para fundamentar susargumentos.

    Los pasos previos seran por ejemplo:Cmopresento la demanda ante el juez? ;

    Cmo averiguo si la casa est hipotecada?;

    Cmo averiguo si realmente a los cnyugescuyo juicio es el divorcio, les corresponde lamitad de la casa en que viven?, etc.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    10/33

    La Argumentacin en elCampo Jurdico.

    Las teoras de la argumentacin jurdica sedesarrollaron en Europa, en la dcada de losaos cincuenta tras la segunda guerra

    mundial en busca de la racionalidad de ladecisin jurdica.

    Son tres los autores a los que se les debe esa

    corriente del pensamiento jurdico conocidocon el nombre de Teoras de laArgumentacin Jurdica, ellos son: TheodorViehweg, Chaim Perelman y Robet Alexy.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    11/33

    La argumentacin es una actividad que se ejercitaen los diversos mbitos y situaciones en loscuales se prctica el derecho.

    Se distinguen tres mbitos jurdicos:

    1. Argumentacin en el mbito de la produccinde normas jurdicas; (rgano legislativo)

    2. Argumentacin en el mbito de la dogmticajurdica; (produccin y aplicacin del derecho)

    3. Argumentacin en el mbito de la aplicacin delas normas jurdicas para la solucin de casosconcretos. (fallos judiciales)

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    12/33

    Tcnicas de Argumentacin.

    Existen diferentes tcnicas que nos puedenayudar a mejorar nuestra capacidad paraargumentar de manera eficiente en un

    debate: tcnicas retricas, el mtodo deToulmin, las reglas de la lectura crtica, elexamen de las falacias, las reglas de

    honestidad cientfica y otras ms.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    13/33

    La Retrica.

    Es el arte de hablar persuasivamente, nacecomo una tcnica de adiestramiento,aporta una pedagoga radical con efectos

    individuales e institucionales. A la personale confiere tcnicas para hacerse escuchary para afectar a las dems. Cuando uno

    habla y se dirige a un auditorio, laspalabras que salen de la boca del oradorson el resultado de un proceso productivo.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    14/33

    Los rtores reconocen en este

    comportamiento la realizacin de cincooperaciones:

    Invencin Disposicin

    Elocucin

    Memoria Accin.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    15/33

    La Retrica ensea a hablar y a escribir contoda la eficacia que pide el contexto. Loselementos estticos en el discurso puedentener una funcin persuasiva que lasfiguras constituyen un punto de conexin

    entre estilo y la argumentacin.

    Dentro de las operaciones elocutivastenemos las figuras de pensamiento.Estas no dependen de las palabras sinodel juego de inteligencia que ofrece elhablante al interlocutor.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    16/33

    Por ejemplo si afirmamos: Hitler fue un

    gran pacifista como todos sabenestamos expresando con las palabras, losgestos y el tono del discurso de lo quequeremos decir es exactamente locontrario, pero usamos la irona. Esterecurso queda suficientemente justificadocon una frase popular que dice: Al revs

    te lo digo para que me entiendas.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    17/33

    Un ejemplo de este estilo de la retrica en

    donde se advierte la irona es el discursoque hace Marco Antonio en la tragedia deSheakespeare Julio Csar; ante el

    cadver de Csar, el fiel amigo y pariente,no menos hbil poltico.

    Esta magnfica obra teatral da al espectadoro al lector la ocasin de disfrutar de laexperiencia de un acto retrico.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    18/33

    El Mtodo de Toulmin.

    En 1958 el profesor Toulmin de la Universidad deCambridge public un esquema que tiene lavirtud de ofrecer una visin global de todos ocasi todos los factores que intervienen en unrazonamiento. Indic que en cualquierargumento deben distinguirse seis partes queson:

    Conclusin

    Datos

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    19/33

    Garantas

    Respaldos Modalizacin

    Refutaciones.

    Asegura que una argumento se caracterizapor su conclusin.

    Los datos se extraen de la conclusin.

    La garanta es el paso de los datos a laconclusin.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    20/33

    Datos y garanta constituyen las premisas

    del argumento.Cuando no son evidentes se respaldan para

    que no quepa duda de su solidez.

    La modalizacin es una regla de prudenciaporque nuestros razonamientos no sonpor lo general concluyentes sinopersuasivos.

    Las refutaciones consisten en lasexcepciones que pueda tener nuestraconclusin.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    21/33

    Teoras de la Argumentacin conVisin de Tres Autores

    Theodor Viehweg, Chaim Perelman y RobertAlexy.

    Theodor Viehweg, orienta su pensamiento

    a la Tpica que es una tcnica deinterpretacin abriendo nuevasposibilidades y ofreciendo nuevos puntosde vista y los engloba en catlogoscreando una jurisprudencia. La Tpica esel mecanismo para evitar vacos al aplicarel derecho.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    22/33

    Al hablar de la tpica me parece necesario

    tambin referirnos a la Hermenutica cuyonombre se origina de una deidad de laMitologa griega Hermes consideradocomo el mensajero e intrprete de losdioses. La Hermenutica es el arte deinterpretar textos, esclareciendo queinterpretar es explicar, declarar el sentido

    de una cosa.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    23/33

    En resumen el pensamiento de Viehwegpermite hallar las siguientes lneasbsicas:

    1. El Derecho no tiene la consideracin desistemas dado que lo decisivo es la solucinde los problemas, para conseguirlo, laspremisas deben ser discutidas.

    2. Toda decisin jurdica tiene una justificacininterna ( se parte de premisas aceptadasque no son discutidas), y una justificacinexterna ( trata de descubrir una serie depremisas para la resolucin del casoconcreto).

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    24/33

    3. La argumentacin jurdica, se realizasiempre desde la discusin, desde el debate,

    partiendo de bases que carecen de carcterevidente, lo que significa que hay variassoluciones posibles.

    4. El Derecho no es una verdadera ciencia, sinuna simple tcnica.

    5. La tpica es una tcnica de pensamientoproblemtico. La jurisprudencia como

    mecanismo especial para resolverproblemas, va unida indisolublemente a latpica de la que no es posible prescindir.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    25/33

    Chaim Perelman

    Su obra: Teora de la Argumentacin seretrotrae al pensamiento Aristotlico quediferenciaba entre razonamiento analtico

    que parte de las premisas necesarias overdaderas y conduce a conclusionesveraces. La teora de Perelman se

    denomina Nueva Retrica. Indica que entoda argumentacin existen tresconceptos bsicos:

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    26/33

    El Orador, El de Discurso, y el de Auditorio.

    El Orador porque intervienen variaspersonas con posiciones diversas lo cualexige necesariamente la contradiccin;

    El Discurso dirigido a las Asambleas con laintencin de convencer y obtener laadhesin a cierta tesis;

    El Auditorio es el conjunto de destinatariodel discurso sobre el que estamosoperando.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    27/33

    Este autor diferencia entre un razonamiento

    judicial que versa sobre los hechos y otroque versa sobre las cuestiones jurdicas ensentido estricto.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    28/33

    Robert Alexy

    Para l la argumentacin jurdica tiene queconseguir una armonizacin entre casosprecedentes y el caso concreto cuya

    resolucin se reclama. Las reglas que elintrprete del derecho va a aplicar a uncaso particular deben conseguir el

    equilibrio entre resultados de casosprecedentes y anlogos y las exigenciasde lo concreto.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    29/33

    Alexy define la argumentacin como

    discurso que trata de justificar lasdecisiones jurdicas y entiende que todaslas decisiones jurdicas se obtienen atravs de las discusiones con el respeto alas reglas bsicas del discurso generalracional. (Esas reglas bsicas se entiendeque es la analoga que se basa en el

    principio de igualdad y la otra regla es elargumento a contrario)

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    30/33

    El Pensamiento de Manuel Atienza

    Dice este autor que la Teora de laArgumentacin Jurdica en nuestros dasse ocupa casi exclusivamente del discurso

    justificativo de los jueces, razones queofrecen como fundamento motivacin desus decisiones. Las sentencias

    actualmente estn mejor motivadas no selimitan a establecer culpabilidad o noculpabilidad.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    31/33

    Deben establecer razones.

    El avance del Estado Constitucional, parecelgico que haya ido acompaado de unincremento cuantitativo y cualitativo de la

    exigencia de la justificacin de lasdecisiones de los rganos pblicos.

    Pioneros de la Teora Contempornea de la

    Argumentacin Jurdica seala Atienza queson: Recasns Siches, Viehweg, Esser yPerelman.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    32/33

    En Guatemala:

    En nuestro pas la legislacin vigente mandaa los jueces a argumentar susresoluciones, especialmente las que

    contienen decisiones de fondo como sonlos autos y las sentencias, lo que as sehace en la actualidad conforme a lo

    dispuesto en los Artculos 141 inc. b y 147inc. d., de la Ley del Organismo Judicial.

  • 7/29/2019 1.TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURDICA

    33/33

    GRACIAS POR SU ATENCIN