19-03-12 Triptico 'Delegados-as de Prevencion' · El crédito horario puede ser mejorado a través...

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Regulado en el Art. 68 e) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, supone la concesión a los representantes de los trabaja- dores de horas no trabajadas pero remunera- das para poder desempeñar sus funciones de representación. El número de horas de crédito horario para cada delegado de prevención, varía en función de la plantilla de la empresa, estableciéndose desde 15 hasta 40 horas mensuales. El crédito horario puede ser mejorado a través de la Negociación Colectiva. Será considerado como tiempo de rabajo efectivo (sin que se pueda imputar al crédito horario), el dedicado a las reuniones del Comité de Seguridad y Salud, a las visitas acompañando a técnicos o Inspectores de Trabajo y el necesario para asistir a las reunio- nes convocadas por el Empresario/a (sobre evaluación inicial de riesgos, planificación y organización del trabajo, planificación de la prevención y de la formación, etc.) (art. 37.1 LPRL) El empresario dotará a los Delegados de Prevención de los medios y la formación nece- saria en materia preventiva, para el ejercicio de sus funciones. El coste de esta formación nunca podrá recaer en el delegado (art 37.2 LPRL). Los Delegados de Prevención deben guardar sigilo profesional respecto de aquellas infor- maciones a las que tuviesen acceso como consecuencia de su labor de representación en la empresa (art. 37.3 LPRL). EN LOS CENTROS DE TRABAJO QUE TIENEN DELEGADOS/AS DE PREVENCIÓN, HAY MEJORES CONDICIONES DE SALUD LABORAL CRÉDITO HORARIO DE LOS DELEGADOS/AS DE PREVENCIÓN DELEGADOS/AS DE PREVENCIÓN RECUERDA Avda. América, 25 · 28002 Madrid. Tel: 91 589 09 09 - Fax: 91 589 71 45 e-mail: [email protected] SERVICIO DE PREVENCIÓN, INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN SOBRE ADICCIONES EN EL ÁMBITO LABORAL Avda. América, 25 28002 Madrid. Tel: 91 589 09 88 - Fax: 91 589 71 45 e-mail:[email protected] SECRETARÍA DE SALUD LABORAL Y RIESGOS PSICOSOCIALES Y ASESORAMIENTO LEGAL https://www.facebook.com/saludlaboralugtmadrid ASISTENCIA TÉCNICA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: e-mail: [email protected]. [email protected] [email protected] Avda. América, 25 · 28002 Madrid. Tels: 91 589 09 09 / 09 66 DESARROLLO TERRITORIAL DE UGT-MADRID FeSP - Madrid FICA - Madrid 91 589 70 43 (INDUSTRIA, CONSTRUCCIÓN Y AGRO) [email protected] [email protected] 91 589 73 50 [email protected] 91 589 73 94 FeSMC - Madrid (SERVICIOS PARA LA MOVILIDAD Y EL CONSUMO) (EMPLEADOS/AS DE SERVICIOS PÚBLICOS) UNIONES COMARCALES DE UGT-MADRID 91 876 89 65 [email protected] SURESTE ARGANDA DEL REY C/ Silos, 27 91 888 09 92 [email protected] ESTE C/ Simón García de Pedro, 2 ALCALÁ DE HENARES 91 662 08 75 [email protected] NORTE ALCOBENDAS Avenida de Valdelaparra, 108 91 850 13 01 [email protected] 91 891 01 65 VILLALBA Avenida de los Angeles, 20 C/ Clara Campoamor, 2 GETAFE SUR [email protected] OESTE SUROESTE FUENLABRADA C/ Huesca, 2 91 690 40 68 [email protected] FEDERACIONES REGIONALES DE UGT-MADRID INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST) C/ Ventura Rodríguez, 7 · 28008 Madrid Tel: 900 71 31 23 DIRECCIONES DE INTERÉS “El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo colabora en esta publicación en el marco del V Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2017-2020 y no se hace responsable de los contenidos de la misma ni de las valora- ciones e interpretaciones de sus autores. La obra recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión”. http://madrid.ugt.org/salud-laboral www.facebook.com/saludlaboralugtmadrid http:// madrid.ugt.org/salud-laboral

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Regulado en el Art. 68 e) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, supone la concesión a los representantes de los trabaja-dores de horas no trabajadas pero remunera-das para poder desempeñar sus funciones de representación.

El número de horas de crédito horario para cada delegado de prevención, varía en función de la plantilla de la empresa, estableciéndose desde 15 hasta 40 horas mensuales.

El crédito horario puede ser mejorado a través de la Negociación Colectiva.

Será considerado como tiempo de rabajo efectivo (sin que se pueda imputar al crédito horario), el dedicado a las reuniones del Comité de Seguridad y Salud, a las visitas acompañando a técnicos o Inspectores de Trabajo y el necesario para asistir a las reunio-nes convocadas por el Empresario/a (sobre evaluación inicial de riesgos, planificación y organización del trabajo, planificación de la prevención y de la formación, etc.) (art. 37.1 LPRL)

El empresario dotará a los Delegados de Prevención de los medios y la formación nece-saria en materia preventiva, para el ejercicio de sus funciones. El coste de esta formación nunca podrá recaer en el delegado (art 37.2 LPRL).

Los Delegados de Prevención deben guardar sigilo profesional respecto de aquellas infor-maciones a las que tuviesen acceso como consecuencia de su labor de representación en la empresa (art. 37.3 LPRL).

EN LOS CENTROS DE TRABAJO QUE TIENEN DELEGADOS/AS DE PREVENCIÓN, HAY MEJORES CONDICIONES DE SALUD LABORAL

CRÉDITO HORARIO DE LOSDELEGADOS/AS DE PREVENCIÓN

DELEGADOS/ASDE PREVENCIÓN

RECUERDA

Avda. América, 25 · 28002 Madrid. Tel: 91 589 09 09 - Fax: 91 589 71 45e-mail: [email protected]

SERVICIO DE PREVENCIÓN, INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓNSOBRE ADICCIONES EN EL ÁMBITO LABORAL

Avda. América, 25 28002 Madrid. Tel: 91 589 09 88 - Fax: 91 589 71 45e-mail:[email protected]

SECRETARÍA DE SALUD LABORAL Y

RIESGOS PSICOSOCIALES Y ASESORAMIENTO LEGAL

https://www.facebook.com/saludlaboralugtmadrid

ASISTENCIA TÉCNICA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES:

e-mail: [email protected]. [email protected] [email protected]

Avda. América, 25 · 28002 Madrid. Tels: 91 589 09 09 / 09 66

DESARROLLO TERRITORIAL DE UGT-MADRID

FeSP - Madrid

FICA - Madrid

91 589 70 43

(INDUSTRIA, CONSTRUCCIÓN Y AGRO)

[email protected]

[email protected]

91 589 73 50

[email protected] 589 73 94

FeSMC - Madrid(SERVICIOS PARA LA MOVILIDAD Y EL CONSUMO)

(EMPLEADOS/AS DE SERVICIOS PÚBLICOS)

UNIONES COMARCALES DE UGT-MADRID

91 876 89 [email protected]

SURESTEARGANDA DEL REY

C/ Silos, 27

91 888 09 [email protected]

ESTEC/ Simón García de Pedro, 2

ALCALÁ DE HENARES

91 662 08 [email protected]

NORTEALCOBENDAS

Avenida de Valdelaparra, 108

91 850 13 [email protected]

91 891 01 65

VILLALBA

Avenida de los Angeles, 20

C/ Clara Campoamor, 2

GETAFESUR

[email protected]

OESTE

SUROESTEFUENLABRADAC/ Huesca, 2

91 690 40 [email protected]

FEDERACIONES REGIONALES DE UGT-MADRID

INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST)C/ Ventura Rodríguez, 7 · 28008 Madrid Tel: 900 71 31 23

DIRECCIONES DE INTERÉS

“El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo colabora en esta publicación en el marco del V Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2017-2020 y no se hace responsable de los contenidos de la misma ni de las valora-ciones e interpretaciones de sus autores. La obra recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión”.

http://madrid.ugt.org/salud-laboralwww.facebook.com/saludlaboralugtmadrid

http:// madrid.ugt.org/salud-laboral

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Los Delegados/as de Prevención son los representantes legales de los trabajado-res/as con funciones específicas en materia de Prevención de Riesgos Laborales y son designados por y entre los representantes de personal.

Siempre tendrá que quedar garantiza-do que la elección de los Delega-dos/as de Prevención se realice por los trabajadores/as y/o por sus repre-sentantes.

En los convenios colectivos se pueden establecer otros sistemas de designa-ción de los Delegados/as de Preven-ción, siempre que quede garantizada que la facultad de designación corres-ponde a los representantes de perso-nal o a los propios trabajadores/as.

En ningún caso esta elección será rea-lizada por el empresario/a.

w Emisión de justificante por la DGT.

Comunicación a la Dirección General de Trabajo (DGT).

u Elección.

Actas depositadas y custodiadas en la DGT.

Emisión de certificación individualizada por parte de la DGT.

El número total de Delegados/as de Preven-ción del centro de trabajo, va a depender del número de trabajadores/as de la empresa, de acuerdo con la siguiente escala:

Para el cálculo del número de trabajadores/as de la empresa se tendrá en cuenta no sólo a los que tienen contrato fijo en plantilla, sino que se deberá considerar también a los que tie-nen contratos de duración determinada, de acuerdo con la tabla:

* El Delegado/a de Prevención será el Delegado/a de Personal** El Delegado/a de Prevención será elegido entre los Delegados/as de

Personal

* Se sumarán todos los días trabajados, por todos los trabajadores/as, y se dividen por 200, redondeando la cifra al número superior para determinar el número de trabajadores/as.

Ser consultados por el empresario/a, con carácter previo a la ejecución, sobre cualquier acción que pueda influir en la seguridad y salud de los trabajadores/as.

Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores/as en el cumplimiento de la normativa.

vigilancia y controlRealizar una labor de del cumplimiento de la normativa.

Colaborar con el empresario/a en la mejora de la acción preventiva.

Ser informados por el empresario/a sobre los daños producidos en la salud de los trabajadores/as.

vigilancia y control del cumpli-Realizar miento de la normativa en materia de Pre-vención de Riesgos Laborales.

Acompañar al Inspector en su visita a la empresa.

Acompañar a los técnicos durante la rea-lización de evaluaciones de carácter pre-ventivo.

información y documenta-Acceder a la ción relativa a condiciones de trabajo.

Participar en la Auditoría.

Solicitar y/o paralizar la actividad en caso de riesgo grave e inminente.

Proponer mejoras en las condiciones de trabajo.

¡¡¡ No olvides comunicar a la autoridad laboral y a la empresa el nombramiento

del Delegado/a de Prevención !!!

EL DELEGADO DE PREVENCIÓN

COMPETENCIAS

Nº TRABAJADORES/AS

PROCESO A SEGUIR DESPUÉS DE LA ELECCIÓNDEL DELEGADO/A DE PREVENCIÓN

ELECCIÓN DE DELEGADOS/ASDE PREVENCIÓN

Nº DELEGADOS/AS

de 3.001 a 4.000

de 2.001 a 3.000

de 1.001 a 2.000

de 501 a 1.000

de 101 a 500

de 50 a 100

de 31 a 49

de 6 a 30

de 4.001 en adelante

1 delegados/as de Prevención*

1 delegados/as de Prevención**

2 delegados/as de Prevención

3 delegados/as de Prevención

4 delegados/as de Prevención

5 delegados/as de Prevención

6 delegados/as de Prevención

7 delegados/as de Prevención

8 delegados/as de Prevención

TIPO DECONTRATO

CADA TRABAJADOR/ASE COMPUTARÁ COMO

Duración determinadasuperior a 1 año

Duración determinadainferior a 1 año

Fijo 1 trabajador/a

1 trabajador/a

1 trabajador/a cada 200 díastrabajados o fracción*

ART. 36 · LEY DE PREVENCIÓNDE RIESGOS LABORALES

FACULTADES DEL DELEGADO/A DE PREVENCIÓN