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Papel y funciones de la Autoridad Científica

www.CITES.org

© Derechos de autor Secretaría CITES 2010© Derechos de autor Secretaría CITES 2010

Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres

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Cuadro panorámico

• Las tareas de la Autoridad Científica pueden dividirse en tres categorías:

a) las que se especifican en el texto del Convenio;

b) las que vienen en las Resoluciones y Decisiones; y

c) aquellas que parecerían lógicas

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Tareas de la Autoridad Científica especificadas en el texto del Convenio

• Determinar que la exportación de especímenes de especies incluidas en los Apéndices I y II no perjudicará la supervivencia de dichas especies

Artículo III, párrafo 2.(a)

Artículo IV, párrafo 2.(a)

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• Determinar que los fines de la importación de especímenes de una especie incluida en el Apéndice I no perjudicará su supervivencia

Artículo III, párrafo 3.(a)

Tareas de la Autoridad Científica especificadas en el texto del Convenio

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• Determinar si quien se propone recibir especímenes vivos del Apéndice I podrá albergar y cuidarlos adecuadamente

Tareas de la Autoridad Científica especificadas en el texto del Convenio

Artículo III, párrafo 3.(b)

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• Determinar si introducciones procedentes del mar serían perjudiciales para la supervivencia de las especies en cuestión

Artículo III, párrafo 5.(a)

Artículo IV, párrafo 6.(a)

Tareas de la Autoridad Científica especificadas en el texto del Convenio

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• Vigilar los permisos de exportación expedidos y las exportaciones efectuadas para asegurar que la especie se mantenga en un nivel consistente con su papel en los ecosistemas donde se halla, y para evitar incluirla en el Apéndice I

Artículo IV, párrafo 3

¡¡Esta tarea se olvida con frecuencia!!

Tareas de la Autoridad Científica especificadas en el texto del Convenio

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• Aconsejar sobre si las instituciones científicas que soliciten su inscripción en el registro cumplen o no los criterios establecidos en la Resolución Conf. 11.15

• Examinar las solicitudes presentadas en virtud de los párrafos 4 ó 5 del Artículo VII (¿el establecimiento es capaz de realizar la cría en cautividad o reproducción artificial?)

Tareas de la Autoridad Científica incluidas en la Resolución Conf. 10.3

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• Recopilar y analizar información sobre la situación biológica de las especies afectadas por el comercio, a fin de facilitar la preparación de propuestas para enmendar los Apéndices

• Analizar propuestas de enmienda a los Apéndices presentadas por otras Partes

Tareas de la Autoridad Científica incluidas en la Resolución Conf. 10.3

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Tareas de la Autoridad Científica incluidas en la Resolución Conf. 10.7

(Disposicíon de especímenes vivos confiscados)

• Antes de tomar una decisión sobre la disposición de especímenes confiscados vivos, la Autoridad Administrativa debe solicitar asesoramiento a su Autoridad Científica

• La Autoridad Científica, al preparar su dictamen, debe tener en cuenta las directrices que figuran en los dos Anexos de la Resolución Conf. 10.7 (Rev. CdP15)

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Tareas de la Autoridad Científica incluidas en la Resolución Conf. 12.11(Rev. CdP13)

(Nomenclatura normalizada)

• Interpretar las listas

• Consultar con el Comité de Nomenclatura de la CITES, según sea apropiado

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Tareas de la Autoridad Científicaincluidas en la Resolución Conf. 12.11 (Rev. CdP13)

• Identificar los problemas relativos a la nomenclatura que puedan justificar una nueva revisión adicional por parte del comité apropiado de la CITES, y, si procede, la preparación de propuestas de enmienda a los Apéndices

• Prestar apoyo y cooperación en la elaboración y mantenimiento de las listas

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Tareas de la Autoridad Científica relativas a la aplicación nacional

• Identificación

• Comités de Fauna y Flora

• Situación nacional de las especies incluidas en los Apéndices CITES

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Estructura de las Autoridades Científicas

• Organismos gubernamentales

• Instituciones científicas

• Comités

• Individuos

• Autoridad Administrativa = Autoridad Científica (sin embargo, Resolución Conf. 10.3 Recomienda que todas las Partes designen Autoridades Científicas distintas de las Autoridades Administrativas)

• Autoridad Científica supra-nacional

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Responsabilidades de la Autoridad Administrativa con respecto a la

Autoridad Científica

• DEBE consultar con la Autoridad Científica y recibir asesoramiento positivo antes de expedir un permiso de exportación

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“TOMANDO NOTA de que la expedición de permisos por una Autoridad Administrativa en ausencia del dictamen pertinente de la Autoridad Científica equivale a incumplir las disposiciones de la Convención y socava sustancialmente la conservación de las especies”

(Resolución Conf. 10.3)

Responsabilidades de la Autoridad Administrativa con respecto a la

Autoridad Científica

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• Mantener informada a la Autoridad Científica sobre todas las cuestiones relevantes de la CITES

Responsabilidades de la Autoridad Administrativa con respecto a la

Autoridad Científica

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• Cada Parte debe asegurar que se designe una Autoridad Científica que esté en condiciones de llevar a cabo todas sus tareas

• Todas las Partes deben proporcionar apoyo logístico y económico para que sus Autoridades Científicas hagan su trabajo

Responsabilidades de la Parte con respecto a la Autoridad Científica