1. PACTO DE CONVIVENCIA...

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1. PACTO DE CONVIVENCIA INTRODUCCIÓN La Institución Educativa Oriente Miraflores, en su afán que la comunidad educativa conozca, se apropie y lleve a la práctica normas para una sana convivencia, se ha dado a la tarea de estructurar y publicar el presente pacto de convivencia. Atendiendo a las orientaciones consagradas en la Ley General de Educación 115 de 1994 y sus Decretos reglamentarios, pretende que toda la comunidad educativa participe activamente en el proceso de adopción de su pacto de convivencia, por ello convoca a los diferentes entes que hacen parte de esta comunidad a asumirlo y enriquecerlo constantemente. Mg.YOLANDA FLÓREZ SERRANO Rectora

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1. PACTO DE CONVIVENCIA INTRODUCCIÓN

La Institución Educativa Oriente Miraflores, en su afán que la comunidad educativa conozca, se apropie y

lleve a la práctica normas para una sana convivencia, se ha dado a la tarea de estructurar y publicar el

presente pacto de convivencia.

Atendiendo a las orientaciones consagradas en la Ley General de Educación 115 de 1994 y sus Decretos

reglamentarios, pretende que toda la comunidad educativa participe activamente en el proceso de adopción

de su pacto de convivencia, por ello convoca a los diferentes entes que hacen parte de esta comunidad a

asumirlo y enriquecerlo constantemente.

Mg.YOLANDA FLÓREZ SERRANO

Rectora

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1.1. INFORMACIÓN GENERAL 1.1.1. CONFORMACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA: Razón Social: INSTITUCIÓN EDUCATIVA ORIENTE MIRAFLORES

Dirección: Km. 2 Vía a Pamplona No 50-46

Municipio: Bucaramanga

Nit: 804-006-675-5

Sector: Oficial

Carácter: Mixto

Niveles: Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria, Media y CLEI

Calendario: A

Modalidad: Educación Ambiental

Especialización SENA: Técnico en Preservación de Recursos Naturales

Técnico en Mantenimiento de Equipos de Cómputo

Resolución de Aprobación: 12446 de Septiembre 12 de 2002

Jornadas: Mañana, Tarde y Nocturno

Administración: Municipio de Bucaramanga

Código DANE: 1680010620005

Rectora: Mg. YOLANDA FLÓREZ SERRANO

No de estudiantes:

Sedes: Seis

Sede A: Km. 2 Vía a Pamplona No 50-46 Tel. 6329111-6329161

Sede B Escuela la Flora: Cra 48 No 27-03 Barrio Albania Tel. 6321022

Sede C Escuela Miraflores: Calle 20 No 56-36 Miraflores Tel. 6320833

Sede D Escuela Buenos Aires: Calle 17 No 57-27 Km. 3 Vía Pamplona Tel. 6326750.

Sede E Escuela Buenavista: Calle 21 No 66-46 Buenavista Tel.: 6359355

Sede F Escuela Rural San José: Rural Km. 6 Vía Pamplona Vda. San José.

La Comunidad Educativa de la Institución se compone de los siguientes estamentos: Mil quinientos veintiún

(1.521) estudiantes en los distintos grados de Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria, Media y CLEI;

pertenecientes a familias con diferentes niveles de formación académica

Y desempeñando toda clase de profesiones y oficios que garantizan los gastos más esenciales del hogar.

Dos mil setenta y nueve (2079) padres, madres y/o acudientes de los estudiantes matriculados que

pertenecen a los estratos uno y dos. También se encuentran vinculados cincuenta y dos (52) docentes con

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títulos de magister, licenciatura y especializaciones en las diferentes áreas del conocimiento correspondientes

en los niveles de preescolar- básica y media, un orientador (1). Además, cinco (5) directivos docentes están

distribuidos en los cargos de. Rectoría y Coordinación y entre los administrativos se cuenta con tres (3) en

propiedad en el cargo de auxiliar administrativo, secretaria y un (1) celadores, y dos (2) vivientes.

La comuna 14 al nororiente de Bucaramanga, estrato socio-económico 1 y 2 no cuenta con infraestructura, ni

recursos para orientar su énfasis a la formación técnica.

1.1.1.1. Identidad.

La Institución Educativa Oriente Miraflores ubicada al nororiente de Bucaramanga en la comuna 14 Barrio

Albania es una entidad oficial fundamentada en formar líderes ambientales capaces de transformar su

proyecto de vida mediante el desarrollo de una cultura ambiental.

Inicio labores el 23 de Febrero de 1.998 y en el año 2002 según Resolución 12446 del 12 de septiembre de

2002 se fusiono con las Concentraciones escolares cercanas a la institución (La Flora, Miraflores, Buenos

Aires, Buenavista y Escuela Rural San José y se asoció con la Escuela Rural la Malaña, Gualilo.

1.1.1.2. Presentación.

La Institución Educativa Oriente Miraflores será al 2016 adalid en la formación de líderes ambientales

mediante la potencialización de las dimensiones, el desarrollo de las innovaciones curriculares y ambientales

que transformen su proyecto de vida y el entorno. Por consiguiente, invita a los miembros de la comunidad

educativa a leer, reflexionar, hacer aportes y llevar a la práctica el presente pacto de convivencia en busca de

un ciudadano ideal.

1.1.2. Referente legal.

El presente Pacto de Convivencia se soporta sobre los siguientes parámetros legales:

a. La Constitución Política de 1991 Artículos 13, 15, 16, 20, 23, 33, 43, 44, 45, 67.

b. La Declaración de los Derechos del Niño. Ley 12 de Enero de 1991.

c. El Código del Menor, Ley 56 del 28 de Noviembre de 1998.

d. El Decreto Reglamentario del Código del Menor, Decreto 2737 de Noviembre 27 de 1990.

e. La Ley General de Educación 115, Agosto 8 de 1994.

f. El Decreto 1860 de Agosto 10 de 1994.

g. El Decreto 230 del 11 de Febrero de 2002.

h. Ley 1098 de 2006 Ley de la Infancia y la Adolescencia

i. El Decreto 1290 del 16 de Abril de 2009.

j. El Decreto 2741del 18 de Diciembre de 2009

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k. Ley 1620 del 2013.

1.1.3. Objetivos.

a. Formar en la comunidad educativa valores corporativos que les permitan desarrollar una convivencia

ciudadana y solucionar situaciones ambientales cotidianas de su entorno.

b. Fomentar en la comunidad educativa valores éticos que le permitan tomar decisiones de manera

autónoma y asertiva frente a situaciones propias y ajenas generando un estilo de vida saludable.

c. Vivenciar en la comunidad educativa las diferentes dimensiones: Corporal, comunicativa, cognitiva,

espiritual, estética y ética para fortalecer su proyecto de vida.

d. Propiciar en la comunidad educativa el discernimiento para la toma de decisiones que les permita ser

líderes ecológicos capaces de transformar su proyecto de vida con un máximo de autonomía y un

mínimo de normas.

1.1.4.Misión.

La Institución Educativa Oriente Miraflores es una entidad oficial, ubicada en la comuna 14 de Bucaramanga

que ofrece educación preescolar, básica y media con un enfoque humanista basado en los principios de San

Francisco de Asís, promoviendo un sentido ético de respeto hacia el entorno físico y humano, preparados en

la formación de su proyecto de vida y el uso de herramientas tecnológicas para dar respuesta a los desafíos

personales y laborales que plantea el entorno.

1.1.5.Visión.

Al 2021 la IEOM habrá consolidado una formación en valores éticos, competencias tecnológicas y

ambientales que formen egresados capaces de responder a las necesidades personales y laborales acorde a

las exigencias del entorno.

1.1.6. Factores Orientinos claves.

a. Competencias Tecnológicas: El dominio de los principios básico, teórico prácticos de la

electricidad, la electrónica y el desarrollo de software. Dar un manejo ético y responsable a las tics.

b. Cultura ambiental: Conjunto total de prácticas humanas significativas orientadas al uso y

preservación del medio ambiente que evidencien desarrollo sostenible.

c. Potencialización de las dimensiones: Maximización de las capacidades, competencias y

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privilegios del ser humano mediante la interacción del individuo en su contexto histórico, social y

ambiental.

d. Proyecto de vida: Planeación de sueños, metas estrategias con las cuales buscamos desarrollarnos

de la mejor forma enfrentando los retos de la vida y obteniendo de ellos resultados positivos.

1.2. Gobierno Escolar. 1.2.1. Consejo Directivo. 1.2.1.1. Integrantes.

a. El Rector. Nombrado directamente por el ente nominador, es el representante legal y presidente del

Consejo Directivo, quien lo presidirá y convocara ordinariamente una vez por mes y

extraordinariamente cuando lo considere necesario.

b. De lo directivos docentes. Se designará todos los años un coordinador para que represente a los

directivos docentes.

c. De los estudiantes.Se hará elección de un representante para el cargo de Personero Estudiantil y

otro para el Consejo Directivo.

d. De los padres de Familia.Se debe elegir por cada grupo, tres padres de familia como representantes,

elegidos en reunión convocada para tal fin, posteriormente se convocará a una reunión de delegados

quienes conformaran el consejo de padres de familia, este organismo deberá elegir la directiva de la

Asociación y nombrar sus dos representantes ante el Consejo Directivo.

e. De los Docentes. El rector convocará a un Consejo de Docentes y de ahí debe salir elegidos los dos

representantes de ellos, uno por los docentes de primaria y uno por los de secundaria.

f. De los exalumnos. Como hasta ahora se está conformado la organización de los exalumnos

legalmente establecida, el estudiante que haya pertenecido al Consejo Directivo del año anterior,

será quien represente a los exalumnos. Si no se puede se buscará un exalumno.

g. Del sector Productivo. Un representante de la comunidad por el sector productivo.

PARÁGRAFO 1. El Consejo directivo deberá quedar integrado y entrar en ejercicio de sus funciones dentro

de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación de clases. Con tal fin el Rector

convocara con la debida anticipación a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones

correspondientes.

PARÁGRAFO 2. En lo relacionado con la intervención de personas ajenas a los integrantes del consejo

directivo, podrán participar en las deliberaciones con voz pero sin voto, y podrán participar las personas que

reciban la invitación del consejo directivo a solicitud de uno de sus miembros.

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1.2.1.2. Acciones

a. Formar parte del gobierno escolar como órgano de participación de la comunidad educativa.

b. Trazar los lineamientos, que orientan la acción administrativa y académica del colegio.

c. Estructurar en un cronograma las actividades a realizar.

d. Evaluar periódicamente las acciones administrativas y pedagógicas que le corresponden.

e. Formular estrategias que contribuyen al mejoramiento administrativo y académico de la Institución.

f. Crear estímulos para las personas que de una u otra manera contribuyen al bienestar de la

comunidad educativa.

1.2.1.3. Derechos.

a. Tiene derecho a opinar y ser escuchado

b. A solicitar y obtener permisos cuando no pueda asistir justificando su ausencia.

1.2.1.4. Deberes.

a. Cumplir puntualmente a las reuniones establecidas en el cronograma.

b. Justificar la inasistencia por escrito y con anterioridad.

c. Enviar con anterioridad a los integrantes citaciones a las reuniones incluyendo la agenda de trabajo.

d. Asistir a reuniones periódicas y extraordinarias cuando sea necesario.

e. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean

competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de

los establecimientos privados.

f. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con

los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos

en el reglamento o manual de convivencia;

g. Adoptar el pacto de convivencia y el reglamento de la institución;

h. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus

miembros se sienta lesionado.

i. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan

de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del

organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos

en la ley y los reglamentos;

j. Participar en la elaboración del propio reglamento.

k. .Participar en la planeación del P.E.I. (Currículo plan de estudios).

l. Velar por el buen funcionamiento de la Institución Educativa.

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1.2.1.5. Estímulos.

a. Participar en talleres de capacitación y actualización.

b. Reconocimiento público por el buen desempeño de sus funciones

1.2.1.6. Funciones del consejo directivo.

a. Antes del inicio de cada vigencia fiscal, analizar, introducir ajustes y aprobar mediante acuerdo el

presupuesto de ingresos y gastos del proyecto presentado por el rector o director rural.

b. Adoptar el reglamento para el manejo de la tesorería, el cual por lo menos determinará la forma de

realización de los recaudo s y de los pagos, según la normatividad existente en la entidad territorial

certificada, así como el seguimiento y control permanente al flujo de caja y los responsables en la

autorización de los pagos.

c. Aprobar las adiciones al presupuesto vigente así como los traslados presupuestales que afecten el

mismo.

d. Verificar la existencia y presentación de los estados contables por parte del rector o director rural,

elaborados de acuerdo con las normas contables vigentes expedidas por el Contador General de la

Nación, con la periodicidad señalada por los organismos de control.

e. Determinar los actos o contratos que requieran su autorización expresa.

f. Reglamentar mediante acuerdo los procedimientos, formalidades y garantías para toda

g. contratación que no supere los veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes. (s. m.I.m.

v.).

h. Aprobar la contratación de los servicios que requiera el establecimiento educativo y que faciliten su

funcionamiento de conformidad con la ley.

i. Autorizar al rector o director rural para la utilización por parte de terceros de los bienes

j. muebles o inmuebles dispuestos para el uso del establecimiento educativo, bien sea gratuita u

onerosamente, previa verificación del procedimiento establecido por dicho órgano escolar de

conformidad con lo dispuesto en el decreto 1860 de 1994.

k. Aprobar la utilización de recursos del Fondo de Servicios Educativos para la realización de eventos

pedagógicos, científicos, culturales, deportivos, o la participación de los educandos en

representación del establecimiento educativo y fijar la cuantía que se destine para el efecto.

l. Verificar el cumplimiento de la publicación en lugar visible y de fácil acceso del informe de ejecución

de los recursos del Fondo de Servicios Educativos.

m. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean

competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de

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los establecimientos privados;

n. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con

los alumnos del establecimientos educativo y después de haber agotado los procedimientos

previstos en el reglamento o manual de convivencia;

o. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución;

p. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos;

q. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus

miembros se sienta lesionado;

r. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector;

s. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan

de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de educación respectiva o del

organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en

la ley y los reglamentos;

t. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;

u. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han

de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la

dignidad del estudiante;

v. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la

institución;

w. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales,

deportivas y recreativas;

x. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y

la conformación de organizaciones juveniles;

y. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes;

z. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto;

aa. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan

de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del

organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos;

bb. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno;

cc. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales,

deportivas y recreativas;

dd. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas,

ee. Darse su propio reglamento.

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1.2.2. Consejo académico 1.2.2.1. Integrantes.

El consejo académico estará integrado así:

a. Rector de la Institución, quien lo preside

b. Un coordinador

c. Un docente de cada una de las siguientes áreas:

d. Ciencias Naturales y Educación ambiental

e. Ciencias sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia

f. Educación Ética y Educación religiosa

g. Humanidades e Idioma extranjero

h. Matemáticas

i. Informática y Tecnología

j. Educación Física y Deportes

1.2.2.2. Requisitos.

a. Que el representante del área tenga conocimientos en dicha área y que la ejerza.

b. La elección se debe efectuar en el primer bimestre del año académico.

c. Dicha elección debe ser democrática y en consejo de maestros.

d. Ha de estar vinculado a la Institución por una de las siguientes modalidades. Por decreto, por

contrato, por encargo, por comisión o por resolución.

1.2.2.3. Periodo.

Las funciones de los integrantes del consejo académico, serán por un año calendario escolar, a excepción

del rector. Sin embargo, podrán ser reelegidos.

1.2.2.4. Estructura administrativa

Habrá una Junta Directiva del Consejo Académico, integrada por un Presidente, un secretario y los demás

miembros dirigentes serán vocales.

El Rector será quien preside el Consejo Académico.

El Vicepresidente y el secretario serán elegidos por la mayoría absoluta de los integrantes.

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PARÁGRAFO 1. El vicepresidente presidirá las reuniones del consejo académico, en ausencia del

presidente.

PARÁGRAFO 2. El vicepresidente y los vocales podrán integrar y presidir las comisiones que a bien se

estime construir.

1.2.2.5. Acciones.

a. Participar en la orientación pedagógica del establecimiento educativo.

b. Asesorar al consejo directivo y comisiones de evaluación.

c. Dar a conocer las decisiones tomadas a nivel de consejo académico en el tiempo adecuado.

1.2.2.6. Derechos.

Son derechos de cada uno de los integrantes del consejo académico, los siguientes:

a. Ser convocado oportunamente y conforme a este reglamento a las reuniones.

b. A participar con voz y voto en las reuniones del Consejo Académico.

c. A no ser discriminado dentro del Consejo académico por razones de raza, sexo, origen nacional o

familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

d. A integrar cualquier comisión de trabajo o de análisis, que se creen dentro del Consejo Académico.

e. A expresar formal y libremente sus ideas y reclamos.

f. A ser evaluado en el desempeño de sus funciones como miembro participante y activo del consejo.

g. A tomar decisiones que lleven a promover cambios, que ayuden al mejoramiento de los planes de

estudio, capacitación de docentes y estudiantes.

h. A organizar un cronograma de reuniones, en las cuales ser revisaran los casos de estudiantes con

dificultades académicas o talentos excepcionales, para llevar el debido proceso.

i. A gozar de los estímulos que sean creados tanto por el consejo académico por la institución.

j. A ser reconocida su labor en caso de que así fuese, en forma pública ante la comunidad.

k. A los demás derechos que le otorga la Constitución y las leyes de Colombia.

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1.2.2.7. Deberes.

a. Asistir puntualmente a las reuniones programadas, exceptuando por enfermedad o calamidad

domestica certificada.

b. Ser miembro comprometido con el consejo

c. Promover proyectos que vayan en pro del mejoramiento de la institución.

d. Impartir respeto mutuo dentro del comité.

e. Cumplir con todas las funciones establecidas en el PEI.

1.2.2.8. Funciones.

a. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto

educativo Institucional.

b. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes

de acuerdo con el procedimiento previsto en el articulo 24 Decreto 1860.

c. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.

d. Participar en la evaluación institucional anual.

e. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los estudiantes y

para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación

f. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa

g. El estudio, modificación y ajustes al currículo, de conformidad con lo establecido en la presente ley;

h. La organización del plan de estudio;

i. La evaluación anual e institucional, y

j. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto

educativo institucional.

PARAGRAFO: La desescolarización es una modalidad para aquellos estudiantes que tienen buen o

excelente rendimiento académico y por circunstancias específicas que estudiará el consejo académico se da

la opción de continuar de continuar con el proceso educativo sin necesidad de asistir al colegio.

Después de otorgar la modalidad de desescolarización se deben establecer fechas exactas para la entrega de

los trabajos. Las actividades académicas realizadas por los estudiantes se califican de 1 a 5. En primaria, los

trabajos los recibirá la titular del grupo y en bachillerato los trabajos deben dejarse en secretaría firmando la

respectiva planilla de entrega.

Si el estudiante desescolarizado requiere explicación o resolución de dudas frente a los trabajos, tal

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acompañamiento y orientación se realizará de manera virtual por medio de la plataforma.

El estudiante que se desescolarice por problemas disciplinarios pierde el cupo para el año siguiente

cancelándosele la matrícula.

1.2.3. Comité de Convivencia LEY 1620 DE 15 MARZO DEL 2013: "por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y

formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención Y

mitigación de la violencia escolar"

El comité de convivencia escolar, es un órgano consultor del Consejo Directivo, que busca servir de instancia

en la solución acertada del conflicto escolar, dentro del debido proceso es una comisión conformado por los

representantes de los diferentes estamentos de la comunidad educativa, para tratar asuntos de la convivencia

pacífica, orientar, capacitar y establecer criterios para la solución de conflictos escolar en primera instancia y

Los casos especiales remitidos por la coordinación enviarlos a instancias superiores previo análisis y mérito.

1.2.3.1. Integrantes.

Conformación del comité escolar de convivencia. El comité escolar de convivencia estará conformado por:

a. El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité

b. El personero estudiantil

c. El docente con función de orientación

d. El coordinador cuando exista este cargo

e. El presidente del consejo de padres de familia

f. El presidente del consejo de estudiantes

g. Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

PARÁGRAFO: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa

conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

1.2.3.2. Acciones.

a. Emitir opinión en lo relativo a la prevención y resolución de conflictos.

b. El comité podrá recurrir a otros miembros o profesionales especializados en la atención educativa,

como, entre otros, los departamentos de orientación y los equipos psicopedagógicos, cuando la

naturaleza de la actuación emprendida así lo requiera.

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c. Las pautas de actuación de la comisión de convivencia se establecerán al interior del comité.

1.2.3.2.1. Acciones de acuerdo a los componentes

Acciones de Promoción

Liderar el ajuste de los manuales de convivencia, conforme a lo establecido en el artículo 21 de la

Ley 1620 de 2013 y en el Título III del presente Decreto.

Proponer políticas institucionales que favorezcan el bienestar individual y colectivo, que puedan ser

desarrolladas en el marco del Proyecto Educativo Institucional - PEI, atendiendo a lo dispuesto en el

artículo 73 de la Ley 115 de 1994.

Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas tales como

Derechos Humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo

infantil y adolescente, convivencia, y mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de

Convivencia Escolar.

Fortalecer la implementación y evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la

sexualidad y construcción de ciudadanía desde preescolar, que correspondan a las particularidades

socioculturales del contexto en el que se encuentra el establecimiento educativo.

Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de

competencias ciudadanas orientados a fortalecer un clima escolar y de aula positivos que aborden

como mínimo temáticas relacionadas con la clarificación de normas, la definición de estrategias para

la toma de decisiones, la concertación y la negociación de intereses y objetivos, el ejercicio de

habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar, entre otros.

Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la

formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo de

manera transversal en todas las áreas.

Acciones de Prevención

La identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la

convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las

particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares, sociales, políticas,

económicas y culturales externas, que inciden en las relaciones interpersonales de la comunidad

educativa.

El fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la

convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos.

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El diseño de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que

afectan la convivencia.

Acciones de Atención

Son las acciones que permitan asistir a los miembros de la comunidad educativa frente a las

situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y

reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos de los

establecimientos educativos y la activación de rutas si fuera necesario.

1.2.3.3. Funciones

a. Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa representados en el

consejo estudiantil para mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en la institución

educativa.

b. Coordinar el plan de convivencia escolar y desarrollar iniciativas que favorezcan la integración

de todos los estudiantes.

c. Proponer al consejo estudiantil las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia

en la institución

d. Dar cuenta al pleno del consejo estudiantil, al menos una veces a lo largo del período, de las

actuaciones realizadas y resultados obtenidos.

e. Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el consejo estudiantil, relativas al

conocimiento de la resolución de conflictos.

Garantizar el debido proceso a la solución pacífica de los conflictos que afectan la calidad de la convivencia

escolar. (Seguimientos a la convivencia escolar reuniones con líderes de aula y conducto regular.)

1.2.3.4. Régimen de funcionamiento y reuniones.

Este Comité se instalará dentro de los primeros 60 días del calendario escolar, sesionará al menos una vez

por período académico y de forma extraordinaria cuando sea necesario o cuando lo solicite la institución o

comité estudiantil.

De las reuniones de la comisión se levantará un acta que llevará el visto bueno del presidente del consejo

escolar.

1.2.4. Comité de evaluación y promoción

Es la instancia donde se define la promoción de los educandos, se asignan actividades de refuerzo y

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superación que deben cumplir las y los estudiantes, y/o se hacen recomendaciones a quienes presenten

dificultades para la obtención de logros o competencias definidas para cada asignatura en el plan de estudios.

1.2.4.1. Integrantes.

a. Rector (a), quien la preside

b. Coordinadores

c. Directores de Grupo

d. Un padre de familia por cada curso, elegido democráticamente en la primera reunión de aula.

1.2.4.2. Acciones.

a. Definir el avance en la adquisición de los conocimientos.

b. Promover seminarios o talleres de actualización en métodos de evaluación.

c. Velar porque los programas tiendan a desarrollar en el educando todas las potencialidades para

lograr en el una formación integral.

1.2.4.3. Objetivos.

a. Transformación positiva de su entorno socio-cultural y ecológico.

b. Buscar que el educando sea el centro del proceso educativo no sólo pedagógico ,sino cultural,

social y organizativo .

c. Propender por el desarrollo de habilidades cognitivas, socio-afectivas, sicomotoras del educando

como centro del proceso pedagógico.

d. Valorar y reorientar el sistema de evaluación fijando estrategias que mejoren la calidad de la

educación.

e. Plantear alternativas de solución ante las dificultades que surjan en la evaluación parcial y final, con

el fin de analizar los casos de superación e insuficiencia en la consecución de los logros previstos.

f. Organizar la promoción anticipada de los alumnos que demuestren la superación de los objetivos

previstos para un determinado grado.

1.2.4.4. Derechos.

a. A conocer en forma detallada y oportuna toda la información académica necesaria para cumplir a

cabalidad con las funciones encomendadas.

b. A que sus recomendaciones sean estudiadas, y una vez aprobadas por la Comisión, se acaten y

respeten por parte de las personas comprometidas en las mismas, y por la Institución.

c. A que sus decisiones, observaciones y recomendaciones sean debidamente consignadas en actas.

d. A recibir un trato digno.

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1.2.4.5.Deberes.

a. Asistir oportuna y puntualmente a cada una de las reuniones de la Comisión de Evaluación y

Promoción cuando sea citado.

b. Verificar los registros escolares de las y los estudiantes cuando el caso sea motivo de análisis por

desempeño Bajo, a fin de recomendarles el plan de recuperación, según el caso.

c. Interpretar las normas reglamentarias contempladas en el Decreto 1290 de 2009.

d. Verificar el cumplimiento del debido proceso académico.

e. Respetar la confidencialidad de la información, deliberaciones y decisiones que allí se tomen.

1.2.4.6. Funciones.

a. Establecer su propio reglamento.

b. Promover a las y los estudiantes que cumplan con todos los requisitos académicos establecidos

para ello.

c. Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos en asignaturas o grados donde sea

persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia los

correctivos necesarios para superarlos.

d. Efectuar el debido seguimiento a los compromisos con el fin de verificar su cumplimiento por

parte de educadores y educandos.

e. Consignar en actas todas y cada una de las decisiones, observaciones y recomendaciones.

f. Reconocer a las y los estudiantes con excelente desempeño académico y actitudinal, en cada

uno de los tres períodos del año escolar, así como aquellos que han evidenciado avances

significativos.

g. Estudiar las inasistencias de las y los estudiantes cuando éstas superen el 25% de las

actividades académicas del año escolar y definir cuáles son o no justificadas.

h. Otras que determine la Institución a través del PEI.

1.3. Estudiantes. 1.3.1. Perfil. Proyecto de vida.

a. Tener sentido de pertenencia por la institución.

b. Ser reconocido por los valores que practica y proyecta.

c. Colaborar con los docentes y estudiantes para lograr metas comunes.

d. Desarrollar competencias asociadas al proyecto de vida, toma de decisiones y solución de

problemas.

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e. Ser reconocido por los valores que practica y proyecta.

f. Asumir con responsabilidad el ser representante del aula dentro y fuera de la Institución.

g. Apropiarse de los derechos sexuales y reproductivos como sujetos activos de derecho.

h. Asumir el papel de ciudadanos activos y participativos en los diferentes órganos del gobierno escolar.

Competencias Tecnológicas

a. Ser respetuoso de los derechos, responsabilidades y opiniones de los demás.

b. Ejercer un liderazgo positivo y dinámico, estando atento al cumplimiento de las actividades que se

realizan en el aula, sede e Institución.

c. Ser emprendedor, liderar la elaboración de desarrollo de los planes y proyectos que se propongan en

la sede.

d. Participar en las actividades programadas por el personero (a) de la Institución.

e. Utilizar adecuadamente las principales herramientas que ofrecen las nuevas tecnologías de la

información.

f. Usar responsablemente las redes sociales.

g. Hacer buen uso de los espacios y elementos tecnológicos de la institución.

h. Utilizar de manera activa la plataforma institucional como herramienta para la regulación de su

aprendizaje.

Cultura ambiental a. Desarrollar trabajo en equipo con el propósito de interiorizar derechos ambientales y cumplimiento de

deberes.

b. Conformar grupos de trabajo para elaborar y ejecutar proyectos que lleven a solucionar los

problemas ambientales de la sede.

Potencialización de dimensiones a. Progresar en su formación integral. Ser sujeto de su propio desarrollo y autorrealización

b. Desarrollar competencias básicas ciudadanas, científicas y laborales.

c. Desarrollar procesos de pensamiento y acción

d. Ser capaz de compartir sus ideas en forma organizada, comunicarse efectivamente y saber

relacionarse con los demás.

e. Tener excelente rendimiento académico y comportamental.

1.3.2. Derechos.

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Art. 1. Todos los estudiantes tienen los mismos derechos y responsabilidades básicos sin más distinciones

que las derivadas de su edad y del grado que se encuentren.

Art. 2. Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados al respeto de los derechos

establecidos en este Manual de Convivencia

Art. 3. El Ejercicio de los derechos por parte de los estudiantes implicará el respeto de los derechos de los

demás miembros de la comunidad educativa. Los estudiantes tienen derecho a recibir una formación que

asegure el pleno desarrollo de su personalidad.

Art. 4. La igualdad de oportunidades para los estudiantes se promoverá mediante:

a. La no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social,

identidad y orientación sexual, convicciones políticas, morales o religiosas.

b. El establecimiento de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y efectiva de

oportunidades.

c. La realización de políticas educativas de integración y de educación especial.

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Art.5.

Los estudiantes tienen derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad, siguiendo el

Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes.

a. A conocer los criterios generales que van a aplicar a la evaluación de los aprendizajes y la

promoción de los estudiantes.

b. A reclamar contra las decisiones y calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se

adopten al finalizar un período o año lectivo. Dicha reclamación deberá basarse en los criterios de

evaluación establecidos en el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes.

c. La dirección de la institución establecerá el procedimiento para la formulación y trámite de las

reclamaciones contra las calificaciones y decisiones que, como consecuencia del proceso de

evaluación se adopten al final de un período o año lectivo.

Art. 6

a. Todos los estudiantes tienen derecho a recibir orientación escolar y profesional para conseguir al

máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses.

b. De manera especial, se cuidará la orientación escolar y profesional de los estudiantes, necesidades

educativas especiales y excepcionales.

c. La orientación profesional se basará únicamente en las aptitudes y aspiraciones de los estudiantes y

excluirá toda diferenciación por razón de sexo. La dirección de la institución desarrollarán las

medidas compensatorias necesarias para garantizar la igualdad de oportunidades en esta materia.

1.3.2.1. De los derechos humanos sexuales y reproductivos.

Art. 7. “Los derechos sexuales y reproductivos derivan de los derechos humanos y buscan que las personas

disfruten de una vida sexual satisfactoria y libre de riesgos”.

1. Todos los contemplados en la ley de infancia y adolescencia del 2006

2. Derecho a no ser víctima de maltrato, abuso, violencia sexual, discriminación por la identidad y orientación

sexual y coacción

3. Todos los estudiantes tienen derecho a recibir no solo los conocimientos de una buena educación para

una sexualidad sino también el desarrollo de habilidades u actitudes para el ejercicio de los derechos

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sexuales y reproductivos con responsabilidad

4. Todos los estudiantes, docentes, directivos, administrativos y padres de familia deben disfrutar de una

vida en que se respete y proteja su identidad y dignidad sexual.

5. La comunidad tiene derecho a que se le respete su libertad de conciencia sus convicciones religiosas,

morales e ideológicas, su orientación sexual, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias y

convicciones.

6. Derecho a la información y orientación para el ejercicio de una sexualidad libre gratificante responsable no

condicionada a la maternidad o paternidad.

7. Derecho a una actuación protagónica y autónoma en la toma de decisiones sobre aspectos relacionados

con la salud cuerpo y sexualidad.

8. En caso de presentarse un embarazo, la estudiante tiene derecho a:

a. Controles prenatales establecidos por la ley.

b. Si el padre del futuro bebé es también estudiante tendrá derecho a acompañar a la

madre al control prenatal.

c. El permiso académico por maternidad será en primera instancia de dos semanas

jornada completa y en segunda instancia de dos semanas más de media jornada.

d. Las horas de lactancia se respetaran hasta los seis meses de lactancia

Art.8. Todos los estudiantes tienen derecho a que su actividad académica se desarrolle en las debidas

condiciones de seguridad e higiene.

Art.9. Los estudiantes tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas,

morales o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones.

El derecho a que se refiere el numeral anterior se garantiza mediante:

a. La información, antes de formalizar la matrícula, sobre el proyecto educativo o sobre el carácter

propio de la institución.

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b. El fenómeno de la capacidad y actitud crítica de los estudiantes que posibilite a los mismos la

realización de opciones de conciencia en libertad.

c. La elección por parte de los estudiantes o de sus padres, si aquellos son menores de edad, a la

formación religiosa o moral que resulte acorde con sus creencias o convicciones, sin que de esta

elección pueda derivarse discriminación alguna.

Art.10.Todos los estudiantes tienen derecho a que se respete su integridad física y moral y su dignidad

personal y orientación sexual, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos degradantes.

Art. 11. La institución educativa está obligada a guardar reserva sobre toda aquella información que

dispongan acerca de las circunstancias personales y familiares del estudiante. No obstante, la institución

comunicará a la autoridad competente las circunstancias que puedan implicar malos tratos para el estudiante

o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por la Ley para los niños y adolescentes.

Art. 12. Los estudiantes tienen derecho a participar en el funcionamiento y en la vida institucional.

Art. 13. Los estudiantes tienen derecho a elegir, mediante sufragio directo y secreto, a sus representantes en

el Consejo Directivo y a los delegados de grupo para el Consejo Estudiantil en los términos establecidos en la

Ley General de Educación 115 de y el Decreto 1860 de 1.994

Art. 14. Los delegados al Consejo Estudiantil no podrán ser sancionados por el ejercicio de sus funciones

como portavoces de los estudiantes, en los términos de la normatividad vigente.

Art. 15. Los estudiantes egresados podrán formar parte de la Asociación de exalumnos, en el desarrollo de

las actividades de la institución.

Art. 16. Los estudiantes tienen derecho a ser informados por los miembros del Consejo Estudiantil y por los

representantes de las asociaciones de estudiantes tanto de las cuestiones propias de su institución como de

las que afecten a otras instituciones y al sistema educativo en general.

Art. 17. Los estudiantes tienen derecho a la libertad de expresión sin perjuicio de los derechos de todos los

miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con los principios

y derechos Constitucionales.

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Art. 18. Los estudiantes tienen derecho a manifestar su discrepancia respecto a las decisiones educativas

que les afecten. Cuando la discrepancia revista carácter colectivo, la misma será canalizada a través de los

representantes de los estudiantes en la forma establecida en la normatividad vigente.

Art. 19. En caso de accidente o de enfermedad prolongada con certificación médica, los estudiantes tendrán

derecho a la ayuda precisa, ya sea a través de la orientación requerida, material didáctico y las ayudas

necesarias, para que el accidente o enfermedad no suponga detrimento de su rendimiento escolar.

Art. 20. Cuando no se respeten los derechos de los estudiantes, o cuando cualquier miembro de la

comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de dichos derechos, el Rector o el coordinador adoptarán las

medidas que procedan para el caso, previa audiencia de los interesados. Así:

1. Diligenciar y radicar el formato de quejas y reclamos ante el coordinador

2. El Coordinador asignara fecha para escuchar los descargos de los afectados

3. Citara a los implicados a conciliación

4. De no lograr la conciliación se remite a rectoría la cual impondrá las sanciones disciplinarias propias

del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.

1.3.2.2. Derechos ambientales

Art. 21.

a. Todos los miembros de esta comunidad tenemos derecho a gozar de un ambiente sano.

b. A recibir constante capacitación por parte de las entidades gubernamentales encargadas de mejorar

el ambiente y promover una sana convivencia.

c. A gozar de espacios que favorezcan las relaciones interpersonales propiciando un buen ambiente de

trabajo.

d. A consumir bebidas y alimentos naturales que propicien una buena ingesta de vitaminas y las

calorías necesarias para un excelente desarrollo físico.

e. A que las entidades gubernamentales y ambientales brinden garantías en la solución de las

diferentes situaciones de salud en las sedes de la Institución.

f. A obtener el apoyo necesario en la ejecución de proyectos ambientales

1.3.3. Deberes.

Art. 22-

El estudio constituye un deber básico de los estudiantes y se concreta en las siguientes responsabilidades:

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a. Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de

estudio.

b. Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades de la institución.

c. Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y

consideración.

d. Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.

Art. 23.

Los estudiantes deben respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la

identidad, dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

Art. 24.

Respetar y valorar los derechos humanos sexuales y reproductivos de todos y cada uno de las personas que

integran la comunidad educativa

Art. 25.

Las estudiantes embarazadas tienen la responsabilidad de cumplir con cada uno de los literales a, b,c,d, del

numeral ocho (8) Artículo siete ( 7) del presente manual de convivencia

Art. 26.

Respetar y comprender que existen diferentes identidades y orientaciones de género; respetando la vida

privada de las personas y su familia

Art. 27.

Abstenerse de traer y/o hacer circular dentro de la institución material pornográfico: revistas, libros, folletos o

cualquier otro material de este tipo.

Art. 28

Abstenerse de inducir incitar conductas que conlleven al acoso o abuso sexual y/o que atenten contra la

identidad física, mental, psicológica y social de cualquier miembro de la comunidad educativa.

Art. 29

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El estudiante tiene el deber de ser protagonista en su proyecto de vida y convivencia ciudadana en lo

referente a su sexualidad.

Art. 30

Es deber de él y ella desarrollar habilidades y actitudes para el ejercicio de los derechos sexuales y

reproductivos manifestado oportunamente sus inquietudes en los espacios adecuados y a las personas

pertinentes.

Art. 31.

Asistir a los controles prenatales presentando oportunamente fotocopia de la cita programada a coordinación.

Art. 32.

Cumplir a cabalidad con el tiempo otorgado por la institución para la licencia de maternidad.

Art. 33

Una estudiante embarazada no se le obliga a portar el uniforme de la institución.

Art. 34.

Constituye una responsabilidad de los estudiantes la no discriminación de ningún miembro de la comunidad

educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social.

Art. 35.

Los estudiantes deben participar activamente en el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional (PEI).

Art. 36.

Los estudiantes deben cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones de la institución y

respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.

Art. 37.

Los estudiantes tienen la responsabilidad de participar en la vida y funcionamiento de la institución.

Art. 38

Uniformes niños: Pantalón azul oscuro, camiseta blanca con el escudo del colegio según sede, medias azules

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y zapatos negros.

Uniformes niñas: Falda short vino tinto con rayas azul oscuro y camiseta blanca con el escudo del colegio

según sede, medias blancas y zapatos de amarrar color vino tinto.

Uniforme de educación física: Sudadera y pantaloneta vino tinto, camiseta completamente blanca (manga

corta y cuello redondo), buzo correspondiente, medias blancas y zapatos tenis blancos.

En reunión con representantes de los estudiantes (de cada grupo) y la orientadora por consenso se

establecieron los siguientes acuerdos para el porte del uniforme:

a. La altura de la falda short de las niñas: es dos dedos encima de la rodilla.

b. Los pantalones de los estudiantes son corte clásico, bota recta.

c. Buzo ó Suéter: puede ser el del colegio ó de color blanco.

d. Zapatos: los del uniforme de Educación Física son blancos y los del uniforme de diario son vino tinto

para las niñas y para los niños color negro.

PARAGRAFO: El plazo máximo del porte de los uniformes para los estudiantes nuevos es de un mes. Si

pasado el mes el niño llega sin uniforme se deja entrar al colegio y se le notifica al acudiente que al

siguiente día el estudiante debe presentarse con su uniforme.

En el caso de los estudiantes antiguos tienen como plazo máximo para arreglar su uniforme quince días;

siempre y cuando el acudiente realice la solicitud. Durante el plazo acordado el estudiante portará jean y

camiseta.

1.3.3.1. Deberes ambientales.

Art. 39.

a. Participar activa y comprometidamente en procesos de recuperación, conservación, protección,

manejo y uso responsable de recursos naturales.

b. Contribuir con el ahorro y uso eficiente del agua y la energía en el medio escolar y familiar.

c. Conocer e implementar medidas que contribuyan a desarrollar un ambiente escolar sano, bajando

niveles de contaminación visual y auditiva.

d. Conocer y aplicar elementos básicos para el aprendizaje de valores éticos, morales y ambientales de

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respeto y conservación del entorno.

e. Participar con responsabilidad y solidaridad en la solución de problemas ambientales.

f. Adquirir pautas de comportamiento que traduzcan en actitudes de comprensión y respeto con los

seres de la naturaleza.

g. Reconocer la grandeza de Dios como creador de los seres de la naturaleza, mostrando respeto por

los mismos.

h. Tener criterios sólidos en la conservación, recuperación, manejo y aprovechamiento de los recursos

del ambiente

i. Ser líder propiciador de sanas costumbres en la conservación del medio ambiente.

j. Utilizar adecuadamente los lugares destinados para la disposición de residuos sólidos

k. Conformar equipos de trabajo que aporten al logro de metas comunes.

1.3.3.2. Acuerdos generales de convivencia.

Art. 40.

a. La organización de la institución es la reflejada en el Proyecto Educativo Institucional.

b. Las responsabilidades de los distintos órganos, tanto unipersonales como colegiados, son las que

establecen las normas vigentes.

c. La institución abrirá sus puertas quince (15) minutos antes del comienzo de las clases y las cerrará

diez (10) minutos después de iniciada las clases por seguridad. A partir de esta hora en el caso de

primaria se dejará entar al colegio el estudiante y se generara una reflexión y compromiso con el

padre de familia. En bachillerato, si el estudiante llega tarde el docente llamará al acudiente para que

se acerque a la institución y conjuntamente con el estudiante generará la reflexón sobre puntualidad.

d. En dado caso que el acudiente requiera al estudiante debe presentarse al colegio y firmar la salida

del mismo.

e. Si un estudiante se encuentra enfermo el docente debe notificárselo al acudiente y por ningún

motivo está autorizado para darle algún tipo de medicamento al estudiante.

f. Todo conflicto entre los miembros de la comunidad educativa se procurará que sea resuelto en su

propio ámbito, es decir entre las personas implicadas en primera instancia. Si no quedase resuelto

intervendría, la orientadora, el coordinador y en último caso, la Rectoría.

g. La violencia ha de ser desterrada de la institución ya que la comunidad educativa considera el

diálogo y la paz como valores fundamentales.

h. Se fomentará el espíritu de respeto, comprensión y tolerancia por la diversidad.

Art. 41.

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Los incumplimientos de las normas de convivencia serán valorados considerando la situación y las

condiciones personales del estudiante.

Art. 42.

Las correcciones que se apliquen por el incumplimiento de las normas de convivencia tendrán carácter

educativo y recuperador, buscarán garantizar el respeto a los derechos del resto de los estudiantes y mejorar

las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.

En todo caso, en la corrección de los incumplimientos se tendrán en cuenta:

a. No podrán imponerse correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal de

estudiante.

b. La aplicación de la norma guardara proporción con la conducta del estudiante y deberá contribuir a la

mejora de su proceso educativo.

c. Los órganos competentes para la instrucción del observador o para aplicación de las correcciones

tendrán en cuenta la edad del estudiante.

d. Se tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales del estudiante antes de

resolver el procedimiento corrector. A estos efectos, se podrán solicitar los informes que se estimen

necesarios sobre las aludidas circunstancias y recomendar, en su caso, a los padres o acudientes

del estudiante la adopción de las medidas necesarias.

Art. 43.

a. Los estudiantes que individual o colectivamente causen daños de forma intencionada o por

negligencia a las instalaciones de la institución o en su material quedan obligados a reparar el daño

causado o hacerse cargo del costo económico de su reparación, Igualmente los estudiantes que

sustrajeran bienes de la Institución deberán restituir lo sustraído. En todo caso, los padres o

acudientes de los estudiantes serán responsables civilmente en los términos previstos en las leyes.

b. La falta a clase de modo reiterado puede provocar la imposibilidad de la aplicación correcta de los

criterios generales de evaluación y la propia evaluación continua. Cualquier asignatura se pierde con

el 25% de faltas de asistencia.

Art. 44.

A efectos de la gradación en las correcciones.

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1. Se considerarán circunstancias atenuantes:

a. El reconocimiento espontáneo de su conducta incorrecta.

b. La falta de intencionalidad.

2. Se considerarán circunstancias agravantes:

a. La premeditación y la reiteración.

b.Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros.

c.Cualquier acto que atente contra el derecho a la igualdad.

Art. 45.

Podrán corregirse, de acuerdo con lo dispuesto en este título, los actos contrarios a las normas de

convivencia de la institución realizados por los estudiantes en el recinto escolar o durante la realización de

actividades complementarias y extraescolares.

Igualmente podrán corregirse las actuaciones del estudiante que, aunque realizadas fuera del recinto escolar,

estén motivadas o directamente relacionadas con la vida escolar y afecten a sus compañeros o a otros

miembros de la comunidad educativa.

1.3.3.2.1. Acuerdos específicos de convivencia.

Art. 46.

a. Queda prohibida la entrada de los padres, acudientes o familiares y exalumnos a las aulas en horas

de clase o sin la debida autorización.

b. En las horas de recreo, los estudiantes no podrán estar dentro de las aulas de clase, en caso de

enfermedad o lesión salvo que estén acompañados por el profesor.

c. El material de las instalaciones de la institución es para uso común de los que conviven en él, a

todos los miembros de la Comunidad Educativa les corresponde su cuidado y conservación.

d. Los daños causados por los estudiantes en las dependencias e instalaciones de la institución

correrán a cargo de las correspondientes familias, aplicando al estudiante la medida correctiva

correspondiente contemplada en el presente Manual de Convivencia y en la legislación vigente sobre

normas de convivencia y derechos y deberes de los estudiantes.

e. Los libros entregados a los estudiantes deben ser conservados en buen estado hasta el momento de

su devolución, en caso de pérdida o deterioro habrán de ser repuestos o abonar el costo de los

mismos.

f. Se prohíbe la salida del recinto escolar en horas de clase, excepto cuando se presente el padre de

familia o acudiente previo registro en un formato de permiso.

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g. El profesor que se encuentre dando clase en el momento de las entradas y salidas se

responsabilizará de que los estudiantes lo hagan en orden.

h. La institución no se hace responsable de la conducta que los estudiantes observen en los lugares

públicos o privados fuera del horario escolar.

i. La asistencia a clase con puntualidad es obligatoria para todos los estudiantes matriculados en la

institución. Las justificaciones de las faltas de asistencia deberán presentarse por escrito al profesor

de la asignatura o área correspondiente en el plazo más breve posible y siempre antes de finalizar el

mes en que ha faltado a clase y entregarse posteriormente al coordinador.

El coordinador comunicará las faltas de asistencia reiterativa de los estudiantes remitidos por el director de

grupo a los padres o acudientes.

La falta a clase de forma reiterada impedirá la aplicación correcta de los criterios generales de evaluación y

de la propia evaluación continua. Un número de faltas superior al 25% de las horas de una asignatura

significará la pérdida del derecho a evaluación continua y supondrá para el estudiante la realización de

pruebas extraordinarias.

1.3.3.2.2 Pautas de Convivencia en el Aula

Las pautas de convivencia en el aula se establecen para facilitar la convivencia, para ayudar a los estudiantes

a aprender ciertos hábitos que les permitan valerse por sí mismos y para fomentar el desarrollo del

autocontrol en los mismos. Las pautas de convivencia que se socializan y se refuerzan son las siguientes:

a. Respeto

b. Puntualidad

c. Responsabilidad

d. Sentido de Pertenencia

c. Utilización consensuada con el docente del uso de tic´s

d. Valores Ambientales

1.3.4. Requisitos de Matrícula

1.3.4.1. Requisitos de los estudiantes nuevos para matricularse.

Art. 47

a. Diligenciar el formulario de inscripción y entregarlo en la secretaria de educación.

b. Presentar fotocopia del carné de vacunación.

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c. Presentar fotocopia del carné de SISBEN.

d. Presentar constancia de desvinculación de SIMAT.

e. Presentar fotocopia de la tarjeta de identidad o registro civil original.

f. Presentar comprobante de recibo de pago de seguro escolar.

g. Presentar los certificados de estudio originales de los grados cursados y aprobados en otras

instituciones educativas.

1.3.4.2. Requisitos de los estudiantes antiguos para matricularse.

Art. 48.

a. Presentar paz y salvo del año anterior.

b. Presentar comprobante de recibo de pago seguro escolar.

c. Presentar boletín final o certificado de estudios del año anterior.

1.3.4.3. Condiciones especiales

Art. 49

La secretaria debe verificar que los estudiantes nuevos no se encuentren inscritos en otra institución en el

sistema de matrícula SIMAT.

Al finalizar la matricula el estudiante y el padre de familia o acudiente se compromete a respetar en su

totalidad el manual de convivencia y orientaciones que determine la institución.

Para la firma de la matrícula o renovación de la misma, es indispensable la presencia del estudiante padres

de familia y/o acudiente.

1.3.5. Situaciones tipo I que afectan la convivencia escolar

Art. 50.

Se consideran situaciones tipo I que afectan la convivencia escolar las siguientes actuaciones de los

estudiantes:

a) Poner apodos

b) Gritar en los corredores o el salón cuando se está en clase.

c) Negarse a realizar las actividades de clase.

d) Jugar en el salón cuando se está en clase

e) Hablar reiteradamente con sus compañeros mientras el profesor explica su clase.

f) Consumir alimentos en el salón de clase

g) Esconder los objetos personales de sus compañeros

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h) Llegar tarde a la institución.

i) Porte indebido del uniforme

j) No traer los útiles escolares requeridos para la clase

k) Incumplir reiteradamente con trabajos, tareas, proyectos asignados. Los cuales deben ser

presentados en las fechas estipuladas

l) Indisciplina constante en el aula.

La asistencia a clase con puntualidad es obligatoria para todos los estudiantes en la Institución. Las

justificaciones de las faltas de asistencia deberán presentarse por escrito al profesor de la asignatura o área

correspondiente en el plazo más breve posible y siempre antes de finalizar la semana en que ha faltado a

clase y entregarse posteriormente al coordinador.

1.3.6 Situaciones Tipo II que afectan la convivencia Escolar

Art. 51.

Se consideran situaciones tipo II que afectan la convivencia escolar las siguientes actuaciones de los

estudiantes:

a. La injuria, la difamación u ofensas graves contra los miembros de la comunidad educativa.

b. La reiteración, en un mismo año lectivo de situaciones tipo I.

c. La agresión moral contra los demás miembros de la comunidad educativa.

d. La discriminación respecto a convicciones religiosas, morales e ideológicas, orientación sexual

física, psíquica y social de cualquier miembro de la comunidad educativa

e. La suplantación de personalidad en actos de la vida escolar y la falsificación de firmas, documentos

o sustracción de documentos académicos.

f. Los daños graves causados por uso indebido o intencionadamente en la planta física, material,

documentos de la institución o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

g. El incumplimiento de las sanciones impuestas.

h. La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o

humillaciones cometidas a cualquier persona de la comunidad educativa.

i. El acoso escolar.

1.3.7 Abordaje Institucional para la situaciones tipo I y II

Las situaciones tipo I y II que afectan la convivencia de la institución tendrán el siguiente procedimiento:

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Ante una situación inadecuada o un incumplimiento del Manual de Convivencia, se tendrán en cuenta un

proceso de análisis y reflexión con el estudiante y su acudiente, que permita evaluar el alcance de su

comportamiento y afrontar sus consecuencias. Para lo cual, el docente llamará al implicado o implicados

para escuchar lo sucedido permitiendo el derecho a la defensa, determinar el grado de culpabilidad y

establecer un espacio de reflexión frente a las consecuencias de tales acciones. Si la situación lo amerita se

seguirá el siguiente proceso:

1. Llamado de atención o amonestación verbal. Se considera llamado de atención o amonestación

verbal a las observaciones que un profesor hace al alumno haciendo las respectivas

recomendaciones, para lograr un cambio de actitud y evitar la reincidencia en comportamientos

semejantes.

2. Llamado de atención al estudiante con registro en el observador: Se llevara a cabo por reincidencia

en el comportamiento inadecuado (mínimo más de dos veces). El registro lo realiza el profesor que

presencie la falta y debe ser firmado por el estudiante y el docente, dando a conocer a los padres de

familia a la mayor brevedad.

3. Se cita al acudiente del estudiante que reincide en la falta y se establece una conciliación entre el

director de Grupo, docente, estudiante y acudiente; con el fin de llegar a un acuerdo para lograr un

cambio en la actitud en él, dentro de lo cual se exponen los motivos que originaron el registro en el

observador y se establecen medidas pedagógicas (una) y formativas (una) junto con el apoyo de sus

padres; se deja un registro de esta conciliación en el observador del estudiante con las respectivas

firmas.

4. Se remite a Orientación: para realizar orientación y seguimiento a los casos que fueren remitidos

(con el registro en el formato físico para remisiones) por los docentes, así como aquellos que acudan

de manera voluntaria. Dicha orientación se llevará a cabo en un máximo de tres sesiones.

5. Remisión a coordinación por parte del director de grupo de los casos que después de la conciliación

sean reincidentes o de aquellos casos que por su gravedad lo ameriten. Se firmará un compromiso

en el observador del estudiante por parte de éste y su acudiente, que genere un cambio de conducta

del mismo.

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6. Suspensión temporal: El alumno podrá ser suspendido de uno a cuatro días cuando la situación así lo

amerite, dejando constancia en el observador. El estudiante asumirá el compromiso de ponerse al corriente

en las actividades académicas y por tanto en las evaluaciones u otra actividad con disminución en su

valoración por extemporaneidad. Cabe mencionar que para realizar esta suspensión es indispensable notificar

personalmente al acudiente de dicha medida. Se deja un registro de esta conciliación en el observador del

estudiante con las respectivas firmas.

7. Matricula condicional: Cuando hay incumplimiento del compromiso firmado y actitud de poca

disposición para el cambio de conducta; la rectora y el coordinador(a) podrán determinar que el

estudiante está en Matricula condicional la cual precede a la cancelación de la Matricula.

Los procesos disciplinarios se evalúan periódicamente en el Comité de Convivencia con el objetivo de

levantar, continuar, asignar y/o avalar la cancelación de matrículas condicionales a quienes lo requieran, de

acuerdo al desempeño del estudiante en su proceso. Sin embargo, para los estudiantes de undécimo grado el

levantamiento de matrícula condicional sólo se podrá realizar hasta el tercer período; por lo tanto, los

estudiantes que tengan matrícula condicional en el cuarto período se graduarán por ventanilla y no se

proclamarán por ceremonia.

8. Cancelación de la Matricula: Si una vez agotado todos los procedimientos anteriores y ante el no

cambio de comportamiento del estudiante el Consejo Directivo podrá determinar la cancelación de la

matrícula de dicho estudiante.

PARAGRAFO PRIMERO: Las medidas por situaciones que cometan los estudiantes, serán aplicadas

inmediatamente por el profesor que presencia ó conozca la falta realizando el respectivo seguimiento y dando

aviso al director de grupo cuando se trate de una falta recurrente. Es fundamental actuar en primera instancia

en la orientación, corrección de medidas pedagógicas y formativas, basadas en valores para buscar los

cambios de actitud y de las conductas no deseables que presenten los estudiantes.

Las medidas que se establecen pretenden que el estudiante adecue su conducta a pautas de comportamiento

que garanticen el derecho al estudio que tiene él mismo y sus compañeros, así como la disciplina base de

una correcta formación y del funcionamiento de la institución; igualmente se pretende garantizar el respeto a

alumnos, profesores, empleados y directivos de la institución; en cuanto a la aplicación de las medidas

correctivas, atendiendo a claros principios constitucionales, toda medida debe estar precedida por el debido

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proceso.

Teniendo en cuenta el conducto regular para el establecimiento de correcciones frente a las situaciones que

afectan la convivencia de los estudiantes, es importante destacar que antes de llegar a la suspensión

(Coordinador) del estudiante, se opta por desarrollar medidas pedagógicas y formativas al servicio de la

comunidad educativa orientado por el docente que establezca el correctivo, con el fin de generar un proceso

de reflexión y aprendizaje por la falta cometida. Es importante que este tipo de medidas y acuerdos se

registren el observador del estudiante para tener en cuenta el acompañamiento y orientación dada al

estudiante en todo el proceso.

Con respecto al uso de medidas pedagógicas y formativas, cabe resaltar:

a. La sanción pedagógica se aplicará después de realizar un acuerdo con los padres y será entendida

como un recurso escolar, cuyo objetivo es reorientar conductas y comportamientos contrarios al

crecimiento personal y al interés de la comunidad.

Algunos ejemplos de sanciones pedagógicas podrían ser:

cartelera bien presentada sobre ¿por qué no se debe generar indisciplina dentro del aula?

Que el estudiante elabore material (dramatizaciones, diálogos, debates, exposiciones) alusivo a la

falta que cometió.

Elaborar la cartelera institucional fomentando la promoción de valores que aporten a la convivencia.

Realizar un escrito reflexivo sobre la forma en que su proyecto de vida se verá afectado si continua

presentando el comportamiento inadecuado por el cual se le llamo la atención, teniendo en cuenta

sus aspiraciones y actitud frente a la vida (necesidades, intereses, motivaciones).

El estudiante indagará sobre la norma infringida y realizará un mapa conceptual de la misma.

Realizara un proyecto de aula en torno a temáticas que aporten positivamente a la falta cometida.

PARAGRAFO SEGUNDO: Quienes incurran en faltas que atenten contra el mantenimiento de un ambiente

saludable, deberán realiza tareas que contribuían a reparar la misma. Estas acciones podrán ser:

Realizar campañas de aseo tales como limpieza de paredes rayadas, etc., según el lugar

donde se haya cometido la falta.

Colaborar con el aseo, cuando no haya hecho buen uso de los lugares destinados para tal

fin.

b. La sanción formativa implica que el estudiante realice una réplica frente a sus compañeros. Realización

de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del aula, reparar los daños causados o

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dirigidas a mejorar el entorno ambiental de la Institución:

Algunos ejemplos de sanciones formativas, podrían ser:

El estudiante debe exponer frente a sus compañeros la cartelera y hacer una leve reflexión al

respecto.

Dirigir y organizar un conversatorio sobre una temática que aporte constructivamente a su falta.

Participar en procesos de mediación dentro del aula de clase, aportando al fomento de una

convivencia saludable.

Pasar por los salones realizando una breve exposición sobre una temática que aporte

constructivamente a su falta.

PARAGRAFO TERCERO: Quienes incurran en faltas que atenten contra el mantenimiento de un ambiente

saludable, deberán realizar tareas que contribuían a reparar la misma.

c.Medidas disciplinarias. Cuando se llegue a este punto, es porque ya se ha realizado un respectivo

acompañamiento y proceso reflexivo junto con el estudiante y el acudiente, y no se evidencia mejoramiento

del proceso; o porque la sucesiva recurrencia situaciones tipo I ó II dependiendo de la gravedad del caso,

amerita otro procedimiento.

PARAGRAFO CUARTO: Manejo del observador. Para hacer un buen manejo del observador es necesario

conocer la intención y funcionalidad del mismo.

a. Registros en el observador. En el observador irán los datos del estudiante con su respectiva foto y se

procederá a incluir en él, el proceso disciplinario y académico. Es importante aclarar que en el observador no

sólo se registran las faltas (leves, graves), sino también se resaltan las acciones positivas que merezcan el

reconocimiento de parte de la institución (profesores y directivos). Es así como el observador no sólo es una

herramienta sancionatoria sino también es un refuerzo positivo y motivador para aquellos estudiantes que

merezcan una exaltación por su desempeño en los diferentes ámbitos que le competen como estudiante de la

Institución Educativa Oriente Miraflores.

b. Se ha de aclarar que cuando se registren las faltas de los estudiantes es importante que se lleve a cabo

un proceso formativo y pedagógico que permita la reflexión del estudiante frente a las acciones que ameritan

la sanción, dado que de lo contrario, el observador se convertiría en una sanción rutinaria..

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PARAGRÁFO QUINTO: La imposición de sanción debe hacerse mediante un procedimiento en el cual el

implicado, pueda presentar su defensa. Es fundamental que los procesos disciplinarios tengan en cuenta los

siguientes elementos:

1) Comunicación de apertura del proceso disciplinario al estudiante y a sus padres o acudientes

(Representante legal);

2) La formulación verbal o escrita de los cargos con indicación de normas violadas, pruebas y posibles

sanciones;

3) El término para rendir los descargos y pedir pruebas;

4) la decisión de fondo tomada mediante resolución motivada y supeditada a los recursos de ley.

1.3.8 Situaciones Tipo III que afectan la convivencia Escolar

Art. 53.

Se consideran situaciones tipo III que afectan la convivencia escolar las siguientes actuaciones de los

estudiantes:

a. La agresión grave física o moral contra los demás miembros de la comunidad educativa.

a. Los actos que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades de la institución como el

agravio e irrespeto de palabra o hecho a cualquier miembro de la comunidad educativa: por ejemplo

desacato, vocabulario grosero o ultraje, riñas, golpes y actitudes violentas en general.

b. Evasión de clases.

c. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad

educativa de la institución, o la incitación a las mismas.

d. Las amenazas a miembros de la comunidad educativa.

e. Porte de armas

f. Expendio y consumo de drogas alucinógenas

g. Hurto

h. Escaparse de la institución

Art. 54.

No podrán corregirse las faltas graves en la institución sin la previa instrucción de un expediente, que, tras el

acopio de la necesaria información, decida iniciar el rector de la institución, por su propia iniciativa.

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1.3.9 Conducto Regular para las Situaciones tipo III

Las conductas enumeradas en el artículo anterior podrán ser corregidas con:

a. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades de la

institución o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material de

la institución o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Estas tareas

deberán realizarse en horario no lectivo.

b. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias de la

institución.

c. Cambio de grupo

d. Suspensión del derecho de asistencia a la institución durante un período superior a tres días

lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el estudiante deberá

realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso

formativo.

e. Exclusión de la ceremonia de graduación para el caso de estudiantes que estén cursando el

grado 11°

f. Cancelación de la matrícula en la institución.

Art. 55. Serán competentes para decidir las correcciones previstas en el artículo anterior:

El coordinador y el rector impondrán las correcciones al artículo 56 en sus literales a),b)c)d) cuando se

imponga la corrección prevista en el párrafo d) del artículo anterior, el rector podrá levantar la suspensión de

su derecho de asistencia a la institución o readmitirlo en la misma antes del agotamiento del plazo previsto en

la corrección, previa constatación de que se ha producido un cambio positivo en su actitud.

Art. 56.

El estudiante que sea sancionado con base en los literales d y e del artículo56 queda con matrícula

condicional.

PARÁGRAFO PRIMERO: Existen faltas que por su gravedad o naturaleza NO REQUIERENel proceso

anterior siendo esto “DECISION INMEDIATA” del Rector.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Prohibición de sanciones denigrantes. (Constitución Política, art. 12)

No se podrán imponer sanciones que comporten escarnio para el alumno o que de alguna manera afecten su

dignidad personal. Nadie podrá ser sometido a tortura ni a tratos o sanciones crueles, inhumanas o

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degradantes.

PARÁGRAFO TERCERO: Cuando un estudiante por motivo de fuerza mayor debe retirarse de la institución

sólo podrá hacerlo en compañía de uno de sus padres o su acudiente.

PARÁGRAFO CUARTO: Se establece que dentro del Manual de Convivencia que existen y se

implementarán los protocolos de acuerdo a la ruta de atención para las situaciones tipo I, II y III.

1.3.10.Estrategia para la resolución de los conflictos

1.3.10.1Procedimiento para tratar el conflicto

1. Detectar el conflicto. En primer lugar hay que saber qué personas son las que solicitan una mediación

escolar y por qué. Es conveniente en este primer paso de la mediación, hablar con las personas afectadas por

el conflicto y explicarles de forma clara y sencilla en qué consiste una mediación, ya que esta siempre debe

ser voluntaria. Ademas, los mediadores deben valorar si el conflicto creado puede ser mediado o, por el

contrario, sancionado. En el caso de ser sancionable este se deriva al tutor o a la Jefatura de Estudios. Cabe

recordar que no todos los conflictos de un centro escolar son susceptibles de una mediación. Aquellos que

atentan contra las normas de convivencia del centro, en principio, no tienen cabida en una mediación escolar.

2. Iniciar la mediación. A continuación se prepara el espacio en el que se va a desarrollar la mediación. Para

saber más sobre la importancia del espacio para llevar a cabo una mediación recomiendo el artículo

titulado ¿Cómo debe ser el espacio para una correcta Mediación Escolar? Es importante en esta segunda

fase crear un clima basado en la confianza mutua. Para ello es recomendable empatizar con las personas

afectadas por el conflicto. Finalmente, se explican las normas por las que se va a regir la mediación. Sin la

aceptación de las normas no hay mediación posible.

3. Compartir las distintas visiones del conflicto. En esta tercera fase es cuando los mediadores se

interesan por la naturaleza del conflicto, escuchan de forma activa a las personas afectadas y nunca

posicionándose por ninguno de las dos partes. Es muy importante que el mediador haga preguntas abiertas y

parafrasee lo dicho para verbalizar desde otra perspectiva el tipo de conflicto creado.

4. Identificar los intereses de ambas partes. Esta cuarta fase tiene como objetivo ahondar en la naturaleza

del conflicto. Es el momento de intentar enfocar el conflicto desde diversos puntos de vista. Otro aspecto a

tener en cuenta es que el mediador debe intentar que las personas afectadas por el conflicto sean capaces de

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ponerse en el lugar del otro. Si se consigue que cambien de perspectiva, también serán capaces de revertir

su situación inicial. Esta es la fase en la que se definen los aspectos más relevantes del conflicto.

5. Crear opciones a partir del conflicto. Llega el momento de poner sobre la mesa todas las ideas que han

ido surgiendo durante la mediación escolar. Una vez están todas estas propuestas se eligen aquellas que

más pueden favorecer a la resolución del conflicto. Es aquí donde se busca fomentar la cooperación y se

intenta que las partes afectadas sean capaces de llegar a acuerdos concretos

6. Pactar. Una vez se han alcanzado los acuerdos que satisfacen a ambas partes, llega el momento de

elaborar una “hoja de ruta” de la que estén convencidas las partes implicadas en el conflicto. Estas personas

deben ser capaces de verbalizar a qué pactos se ha llegado. En este momento de la mediación se fija una

fecha para revisar en qué estado se encuentra el conflicto, para así poder llevar a cabo las acciones que sean

pertinentes.

7. Cerrar la mediación. Normalmente, es aconsejable que pasado un tiempo prudencial las personas

afectadas y el mediador o los mediadores se vuelvan a encontrar para valorar en qué momento se encuentra

el conflicto. En esta revisión se incide en lo que ha funcionado y en lo que no y, si cabe, se plantean otras

pautas de actuación. La mediación finaliza preguntando qué les ha aportado y qué grado de incidencia ha

tenido para la resolución del conflicto.

Como podéis observar, el proceso de una mediación escolar viene perfectamente pautado, lo que favorece y

mucho la posibilidad de revolver los distintos conflictos que se producen en los centros educativos. Una buena

mediación escolar será aquella que sepa transformar el conflicto en una oportunidad de cara a potenciar tal y

como digo al principio del articulo la Cultura de la Paz y de la no Violencia.

1.3.10.2. Fomentar habilidades en los estudiantes

HABILIDADES CARACTERÍSTICAS

Escucha Respetar la unicidad de cada persona, Crear una atmósfera de confianza, Escuchar

activamente, Tener tiempo y energía, Considerar sagrado lo que el otro comparte y

tratarlo con suma confianza y respeto.

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Empatía Ponerse en lugar del otro, entender sus razonamientos, ideas, sentimientos, miedos u

opiniones

Asertividad Expresar los sentimientos con libertad, de forma respetuosa y sin herir a los demás,

evitando juicios y críticas que rompan la comunicación

Autocontrol Conocernos mejor para valorar mejor al otro y responder de forma adecuada a sus

iniciativas

Negociación Ser capaz de llegar a acuerdos justo y equilibrados que todo el mundo respete

Mediación Mediar en el conflicto sin tomar partido proponiendo soluciones y coordinando su puesta

en práctica

Resolución de

conflictos

Proponer estrategias idóneas en cada situación

1.3.11.Estímulos.

Los estudiantes que cumplan con eficiencia y responsabilidad con todos los compromisos adquiridos,

merecen los siguientes estímulos:

a. Reconocimiento público.

b. Hacerse acreedor a izar el pabellón nacional.

c. Reconocimiento por escrito de su labor académico, deportivo, artístico, científico y tecnológico.

d. Reconocimiento por escrito del mejor puntaje (PRUEBA SABER 11º), en la ceremonia de grado.

1.4. Ley de Convivencia Escolar (ley 1620 de 2013)

1.4.1 Implementación de la Ley de Convivencia Escolar (ley 1620 de 2013).

Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos

humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

Para la implementación de la ley de Convivencia Escolar se tiene en cuenta los siguientes aspectos:

a. Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de

conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí,

hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.

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b. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: es aquella

orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos

humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo

mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin

de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones

asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y

sana; en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas

sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables .

c. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida

entre una o varias personas frente a sus intereses.

d. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son

resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como

altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los

cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la

salud de cualquiera de los involucrados.

a. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad

educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa,

de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal,

gestual, relacional y electrónica.

b. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la

salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos,

rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

c. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar,

atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

d. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar

o descalificar a otros.

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e. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que

otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos

buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

f. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través

de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en

Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales

y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera

anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

g. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda

conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación,

humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o

incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios

electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus

pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma

reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de

docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la

indiferencia o complicidad de su entorno.

h. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013,

es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet,

redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato

psicológico y continuado.

i. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007,

"se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o

comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la

fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las

condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre

víctima y agresor".

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j. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de

daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y

adolescentes.

1.4.2. Ruta de atención Integral.Con el fin de identificar situaciones que afectan la convivencia y darle un

manejo positivo al conflicto y desvincular la violencia como una respuesta aceptable. Se tiene en cuenta la

siguiente ruta de atención:

a. Puesta en conocimiento de los hechos a directivos, docentes y estudiantes involucrados.

b. Conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de víctimas y generadores del hecho

violento.

c. Buscar alternativas de solución: Conciliación, Negociación, el fomento de relaciones participativas,

solidarias y respetuosas.

d. Atención integral y seguimiento a cada caso, y reportar a las entidades según corresponda.

1.4.2.1. Componentes a tener en cuenta en la atención Integral.

a. Promoción: liderar acciones y estrategias que fomenten el desarrollo y valoración de las competencias

ciudadanas y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

b. Prevención: generar actividades para la formación integral a los y las estudiantes para disminuir en su

comportamiento el impacto de las condiciones del contexto, con el fin de mitigar la violencia escolar, el

embarazo en la adolescencia y la deserción escolar.

c. Atención: se dará la atención y acompañamiento oportuno a los estudiantes implicados y los padres de

familia y/o acudientes de los mismos, y si es necesario se realizará las remisiones a entidades respectivas.

1.4.2.2. Compromisos y Responsabilidades.

1.4.2.2.1 Participación de los Directivos y Docentes.

Identificar, reportar y realizar seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y

vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecte a estudiantes Incluso si esa través de

medio electrónicos.

Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizaje

democrático y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para

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la resolución de conflictos, el respeto por la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral

de los estudiantes.

Participar en los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar

del establecimiento educativo

Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.

1.4.2.2.2 Participación de la Docente Orientadora.

Contribuir con la dirección del establecimiento educativo en el proceso de la identificación de los

factores de riesgo y promoción de factores protectores que pueden influir en la vida escolar.

Documentar, registrar y realizar seguimiento a los casos de acoso o violencia escolar.

Acompañar y apoyar al comité escolar de convivencia en el desarrollo de estrategias e instrumentos

destinados a promover y evaluar la convivencia escolar.

Participar en la construcción y redacción, socialización e implementación del Manual de Convivencia.

Liderar y diseñar la escuela de padres a los padres y familiares herramientas para entender, apoyar,

comprender y dar respuesta a los cambios propios del proceso y desarrollo por el cual atraviesan sus

hijos e hijas, tanto en el aspecto emocional, afectivo, educativo como social.

La Escuela de Padres busca contribuir a que los padres establezcan una óptima relación y

comunicación con sus hijos. Así mismo, que los padres de familia conozcan y aprendan métodos

efectivos para apoyar a sus hijos en el mejoramiento y superación académico, que permita además

vivenciar los más altos valores humanos y familiares que mitiguen el impacto de la violencia.

1.4.2.2.3.Participación de la familia.

Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el

establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad

Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para

el desarrollo de competencia ciudadanas.

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Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responde

cuando su hijo incumple algunas de las normas allí definidas.

1.4.2.2.4 Identificación, registro y seguimiento de los casos de acoso, violencia escolar y vulneración

de los derechos sexuales y reproductivos. El Comité Escolar de Convivencia lidera acciones para la

promoción y fortalecimiento de la formación de la ciudadanía y el ejercicio de los DHSR, para la prevención,

atención y seguimiento de las situaciones que afectan la convivencia escolar.

1.4.2.2.5 Alianzas para la orientación escolar.Trabajar de manera organizada y articulada con las entidades

e instituciones para el mejoramiento de la convivencia escolar, que permitan posibilitar el bienestar formativo y

educativo de los estudiantes.

1.4.3. Situaciones que afectan a Convivencia

Para el tratamiento de las situaciones que afectan la convivencia escolar se clasificarán en situaciones de tipo

1, situaciones de tipo 2 y situaciones de tipo 3.

1.4.3.1 Situaciones de tipo 1: son aquellos conflictos manejados inadecuadamente y situaciones

esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan perjuicio al cuerpo

y a la salud.

1.4.3.2 Situaciones de tipo 2: Son aquellas situaciones de agresión escolar, acoso escolar y ciberacoso. No

revisten las características de la comisión de un delito, y cumplan con al menos una de las siguientes

características: a. Se presenta de manera repetitiva o sistémica, b. Causan daño al cuerpo o a la salud sin

generar incapacidad alguna.

1.4.3.2.1 Manejo del Acoso Escolar

El acoso escolar implica intencionalidad, persistencia y asimetría (desequilibrio y desigualdad de fuerzas entre

el agresor y la víctima) de poder. “El acoso escolar no es ocasional, ni se debe confundir con las reacciones

espontaneas y aisladas ante un conflicto entre compañeros o las burlas y juegos rudos, sino que es como una

secuencia, como un guión en el cual los actores representan roles establecidos.” (Manesin, Erislia en

SEP.2011.)

Frente a esta problemática escolar, la institución Educativa tendrá en cuenta tres vías para la atención del

bullying, más adelante entendido como acoso escolar, son los siguientes: la primera consiste en el

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establecimiento de programas de sensibilización, la segunda implica la asignación de una sanción social que

restablezca los derechos de las víctimas frente al victimario y, como tercera vía, una sanción penal para

aquellos victimarios de 14 años o mayores.

De la misma manera, desde orientación y los proyectos institucionales se trabaja la promoción y desarrollo de

las competencias para la vida (habilidades para la vida)en los estudiantes, que les permita tomar decisiones y

asumir las consecuencias de las mismas; por medio del fortalecimiento interno de sus habilidades cognitivas,

sociales y emocionales.

1.4.3.2.1.1.Acciones Preventivas

Para dar respuesta adecuada al acoso escolar es fundamental tener en cuenta acciones preventivas que

involucren tanto a la Institución Educativa como a los padres de familia:

Desde los Padres:

1. Bridarle importancia al desarrollo personal e interpersonal de sus hijos e hijas.

2. Hablar con sus hijos e hijas sobre las consecuencias del maltrato entre iguales.

3. Mantener comunicación constantemente con la Institución Educativa para conocer todo lo relacionado con

la educación de sus hijos e hijas.

4. Participar de la Escuela de Padres.

Desde la Institución Educativa:

1. Sensibilizar a los estudiantes de la Institución Educativa sobre este fenómeno.

2. Desarrollar actividades acerca de la temática.

3. Desarrollar Escuela para Padres para integrar a las familias en el proceso de atención especial que se

adelante con los estudiantes agredidos y agresores.

4. Colocar medios de denuncia/petición de ayuda en la Institución Educativa (e-mail, buzón de convivencia,

teléfono).

5. Desarrollar estrategias de prevención para el aula.

6. Acompañamiento y supervisión en el descanso (la terraza, baños y pasillos).

1.4.3.3. Situaciones de tipo 3: Son aquellas situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de

presuntos delitos contra la libertad, la integridad y la formación sexual; referidos en el título IV del libro 11 de

la ley 599 de 2000.

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1.4.4. Protocolos frente a las situaciones que afectan a la convivencia escolar

Los protocolos estarán direccionados a asistir adecuadamente a la comunidad educativa cuando se presenten

situaciones que puedan afectar la convivencia y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y

reproductivos. De todas las medidas establecidas frente a las situaciones presentadasdeben quedar

constancia física.

1.4.4.1 Protocolos para la atención de las situaciones de tipo 1.

a. Reunir inmediatamente a las partes involucradas y mediar pedagógicamente para que cada uno de los

implicados exponga su punto de vista y se busque la reparación de los daños causados, teniendo en cuenta

un ambiente de dialogo y reconciliación.

b. Establecer la alternativa de resolución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a la reparación

del daño causado, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación que favorezca el clima relacional.

c. Realizar seguimiento del caso, teniendo en cuenta los acuerdos establecidos.

1.4.4.2. Protocolos para la atención de las situaciones de tipo 2.

a.En caso de daños al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental

remitiendo a los involucrados a de las entidades correspondientes y dejando constancia física de esto.

b. Cuando se requiera medidas de restablecimiento de derechos, remitir a las autoridades administrativas, en

el marco de la ley 1098 de 2006; se debe dejar soporte de tal remisión.

c. Adoptar las medidas necesarias para proteger a los involucrados en las posibles acciones en su contra,

dejando constancia de esto.

d. Informar de manera inmediata a los padres y/o acudientes de los estudiantes involucrados.

e. Generar los espacios donde las partes involucradas y los padres puedan exponer sus puntos de vista, y

guardar confidencialidad de los mismos, a menos que para darle vía al proceso de manera oportuna deba

remitirse a otra figura ó entidad.

f. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes del comité, sobre la

situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento del caso.

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g. El presidente del Comité escolar de convivencia dará la información necesaria para registrar el caso en el

Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

1.4.4.3.Protocolos para la atención de las situaciones de tipo 3.

a.En caso de daños al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental

remitiendo a los involucrados a de las entidades correspondientes y dejando constancia física de esto.

b. Informar de manera inmediata a los padres y/o acudientes de los estudiantes involucrados.

c. El presidente del Comité escolar de convivencia de manera inmediata y por el medio expedito, pondrá la

situación en conocimiento a la Policía Nacional, dejando constancia física de esto.

d. Se citará a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia.

e. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes del comité, de los

hechos que dieron lugar a la convocatoria guardando reserva de aquella información que atente contra el

derecho a la confidencialidad, así como el reporte realizado a la entidad competente.

f. El comité escolar de convivencia adoptará las medidas propias del establecimiento educativo tendientes a

proteger dentro del ámbito de sus competencias, a la víctima y a las personas que hayan dado información

y/o estén involucradas.

g. El presidente del Comité escolar de convivencia dará la información necesaria para registrar el caso en el

Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

1.5. Personer@

1.5.1. Acciones.

a. Promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la constitución

politica, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

b. Establecer comunicación con todos los representantes de aula, el consejo de estudiantes y órganos

del gobierno escolar.

1.5.2. Funciones

a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar

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los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de

estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación;

b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos

y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de

los alumnos;

c. Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de

oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y

facilitar el cumplimiento de sus deberes, y

d. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces.

Las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

1.6. Consejo estudiantil.

El Consejo de estudiantes es un organismo que promueve la participación de los estudiantes en diversas

actividades de la institución, el fomento de la disciplina, el cuidado de las instalaciones para disfrutar de un

ambiente sano, organización de actos culturales y deportivos que se lleven a cabo durante el año escolar.

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1.6.1. Finalidad.

Para responder a los fines reales de la educación colombiana y regional, de tal forma que contribuya a dar

soluciones a:

a. La formación de la persona en los principios humanos, como la real voluntad de trabajo por impulsar

en nuestras comunidades el respeto a la vida, a la paz, al trabajo, a la dignidad humana y demás

derechos humanos.

b. Al estudio y práctica de los principios democráticos y convivencia social, la justicia, la solidaridad; el

real ejercicio de la tolerancia y la libertad.

c. La formación de los estudiantes en la toma de decisiones políticas, sociales, culturales y

administrativas del estado.

d. La creación de espacios de participación del estudiante, a fin de que se comprometa en el proceso

de desarrollo y engrandecimiento institucional y personal.

e. La participación del estudiante en el proceso de organización, desarrollo, evaluación y proyección de

las actividades: Deportivas, sociales, académicas, salud, orden y aseo.

f. La formación de líderes ambientales con un proyecto de vida fundamentado en principios

franciscanos.

1.6.2.Conformación del consejo de estudiantes.

Está integrado por un líder de cada uno de los diferentes grados elegidos desde tercero primaria hasta

undécimo grado.

1.6.3. Acciones.

a. Practicar, diálogos y encuentros entre estudiantes, docentes y comunidad.

b. Realizar visitas de observación, de elección y desenvolvimiento de otros consejos de estudiantes.

c. Elaborar y utilizar distintivos para identificar a los miembros del consejo de estudiantes.

d. Cumplir con las funciones adquiridas.

1.6.4. Funciones.

a. Velar por el recto funcionamiento y cumplimiento de los derechos y deberes de los integrantes

de la familia de la Institución.

b. Promover entre los estudiantes la participación en el desarrollo del consejo de estudiantes.

c. Velar por el cumplimiento del manual de convivencia social de la institución.

d. Elegir sus representantes y darse su propio reglamento.

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e. Darse su propia organización interna

f. Elegir el representante de los estudiantes ante el consejo directivo del establecimiento y

asesorarlo en el cumplimiento de su representación.

g. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo

de la vida estudiantil.

h. Organizar comités de disciplina, orden y aseo, jardinería, deportes y recreación, cultural, social

y académico.

i. Invitar al personero de los estudiantes a las reuniones para oír sus opiniones y unificar criterios.

j. Comunicarse con el estudiante representante al consejo directivo para conocer las decisiones

del mencionado organismo.

k. Organizar a los compañeros en hora de descanso para que las ventas en cafetería se realicen

en forma ordenada.

l. Velar por el buen funcionamiento de la institución.

m. Exigir el estudio y cumplimiento del manual de convivencia.

n. Elegir al representante de los estudiantes ante el consejo directivo

o. Participar en la planeación, desarrollo y evaluación de actividades deportivas, sociales y

culturales.

p. Nombrar los diferentes comités: Medio ambiente, deportes, cultura, democracia, social entre

otros.

q. Nombrar su propia mesa directiva

r. Trabajar en equipo con los diferentes estamentos de la institución.

s. Liderar proyectos en beneficio de la comunidad educativa.

t. Apoyar las diferentes actividades propuestas en la institución.

u. Recoger inquietudes, expectativas e intereses para ser planteadas en el consejo directivo y en

el consejo académico.

v. Promover y regular relaciones democráticas entre los estudiantes y de estos con los otros

estamentos

w. Promover la elección del personero estudiantil y otras representaciones.

1.7. Comité democracia

a. Organizar el proceso de elección de los diferentes representantes a los distintos entes de

participación democrática como : Personero estudiantil, Representante de los estudiantes ante el

Consejo Directivo y Consejo de Estudiantes

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1.8. Comité de servicio social estudiantil

a. Contribuir al desarrollo armónico de niños, adolescentes y comunidad en general.

b. Propiciar el desarrollo de las potencialidades de los niños, mediante la realización de actividades

lúdicas, recreativas, socioculturales y deportivas.

c. Promover en el estudiante el desarrollo de los valores sociales que le permitan despertar el interés

por la conservación del medio ambiente.

d. Fomentar el interés por la biblioteca para desarrollar actividades encaminadas a la lectura y consulta

de textos.

e. Brindar a los estudiantes de los grados décimo y undécimo los soportes pedagógicos y

administrativos para prestar su servicio social obligatorio.

1.9. Educación Inclusiva

De acuerdo al Decreto 366 de 2009, los estudiantes con NEE en su proceso formativo requieren recursos

educativos (humanos, pedagógicos, materiales, tecnológicos) adicionales a los ofrecidos normalmente por la

escuela. Dentro de esta población se encuentran personas con discapacidad o limitaciones auditiva, visual,

cognitiva, motora y autismo, así como también personas con capacidades o con talentos excepcionales.

Art 4. ATENCIÓN A ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD COGNITIVA, MOTORA y AUTISMO. Los

establecimientos educativos que reporten matrícula de estudiantes con discapacidad cognitiva, motora,

síndrome de Asperger o con autismo deben organizar, flexibilizar y adaptar el currículo, el plan de estudios y

los procesos de evaluación de acuerdo a las condiciones y estrategias establecidas en las orientaciones

pedagógicas producidas por el Ministerio de Educación Nacional. Así mismo, los docentes de nivel, de grado

y de área deben participar de las propuestas de formación sobre modelos educativos y didácticas flexibles

pertinentes para la atención de estos estudiantes.

Art. 7. Atención a estudiantes ciegos, con baja visión y, \\sordociegos. Para la oferta del servicio

educativo a los estudiantes en estas condiciones se requiere:

1. Docentes de grado y de área capacitados para la enseñanza y uso del sistema de lectura y escritura

Braille y demás áreas tiflológicas.

2. Incorporar el área tiflológica Braille en los procesos de enseñanza de literatura y de español, y el Ábaco en

los procesos de enseñanza de matemáticas.

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3. Que las estrategias y metodologías impartidas a los docentes de grado o de área diferencien las diversas

condiciones visuales: para estudiantes ciegos, para estudiantes con baja visión, y en igual sentido para

estudiantes sordociegos con las condiciones visuales y auditivas.

Art. 8. Atención a estudiantes con capacidades y talentos

EXCEPCIONALES. Los establecimientos educativos que reporten matrícula de estudiantes con capacidades

o con talentos excepcionales deben organizar, flexibilizar, adaptar y enriquecer el currículo y el plan de

estudios, conforme a las condiciones y estrategias establecidas en las orientaciones pedagógicas producidas

por el Ministerio de Educación Nacional y articular acciones con las instituciones de educación superior

regionales o locales para desarrollar programas que potencien sus capacidades.

1.9.1 Definiciones de categorías de capacidades y talentos excepcionales

1. Capacidades excepcionales: Nivel intelectual muy superior, nivel de creatividad por encima de la

media, altos niveles de interés por el conocimiento, de autonomía o independencia en edades

tempranas y de varios talentos desempeño en varias áreas del conocimiento.

2. Talentos Excepcionales: Aptitud, y dominio sobresaliente en un campo específico, demostrado en

edades tempranas que le permite expresar fácilmente sus creaciones por medio de este talento.

3. Doble excepcionalidad: cuando presentan dos de las anteriores.

1.9.2.Definiciones de categoría de discapacidad

1. Limitación Física (Movilidad):

En esta categoría se deben reportar los estudiantes que presentan en forma permanente debilidad

muscular, pérdida o ausencia de alguna parte de su cuerpo, alteraciones articulares o presencia de

movimientos involuntarios.

Algunos subtipos de este tipo de discapacidad son:

Parálisis cerebral sin compromiso cognitivo

Parálisis cuadriplejia (cuatro miembros ) hemiplejia (medio lado derecho o izquierdo),

monoplejia (un solo miembro) paraplejia (dos miembros superiores o inferiores).

Distrofia muscular

Osteogénesis imperfecta (niños con huesos de cristal)

Lesión neuromuscular

Espina bífida

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Otras relacionadas

2. Sordoceguera:

Es una discapacidad que resulta de la combinación de dos deficiencias sensoriales (visual y auditiva)

y que genera en quienes la presentan problemas de comunicación únicos y necesidades especiales

derivadas de la dificultad para percibir el entorno.

3. Discapacidad intelectual:

En esta categoría se encuentran aquellos estudiantes, que en forma permanente presentan

alteraciones en las funciones intelectuales y cognitivas. Se refiere a aquellos estudiant4es que

podrían presentar en el desarrollo de sus actividades cotidianas, diferentes grados de dificultad en la

adquisición y aplicación de los elementos del aprendizaje para la ejecución de actividades de

cuidado personal, de hogar, comunitarias, y sociales entre otras.; así como dificultades para

interactuar con otras personas de una manera apropiada dentro de su entorno social. Para lograr

una mayor independencia se requiere de apoyos especializados terapéuticos y pedagógicos. Entre

estos:

Síndrome de Down

Otros síndromes con compromiso intelectual

Trastorno cognitivo

4. Discapacidad Mental psicosocial:

En esta categoría se encuentran aquellos estudiantes que presentan en forma permanente

alteraciones de conciencia, orientación energía, impulso, atención, temperamento, memoria,

personalidad y en las conductas psicosociales, entre otras. Pueden presentar diferentes grados de

dificultad en la ejecución de actividades que implican organizar rutinas, manejar el estrés y las

emociones; interactuar y relacionarse con otras personas; al igual que en actividades, de educación,

trabajo, comunitarias, sociales y cívicas.

En esta categoría se incluyen personas con desódenes mentales expresados en comportamientos o

expresiones emocionales inadecuadas, como la esquizofrenia, la bipolaridad , trastornos de

ansiedad manifestados a través de trastorno obsesivo compulsivo, mutismo selectivo, psicosis, entre

otras, quienes requieren de tratamiento psiquiátrico para poder ser incluidos al sistema educativo, ya

que pierden el contacto con la realidad.

5. Trastorno de Espectro autista – TEA

Afecta el desempeño de funciones intelectuales, psicosociales, la voz y el habla, incidiendo en las

relaciones interpersonales.

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6. Discapacidad Sistémica:

Cuando las condiciones de salud ocasionan limitaciones en la actividad y restricciones en la

participación debido a enfermedades relacionadas con los sistemas cardiovascular, hematológico,

inmunológico, respiratorio, del sistema digestivo, metabólico, endocrino, de la piel, enfermedades

terminales, entre otras.

7. Múltiple Discapacidad:

Cuando tiene 2 o más discapacidades.

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