08.00 PLANIFICACI.N TERRITORIAL JODAR · A.- Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía...

18
PLANIFICACION TERRITORIAL 1 1. INTRODUCCIÓN 2. ÁMBITO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO 3. PLANES TERRITORIALES CON INCIDENCIA EN EL MUNICIPIO. 4. PLANEAMIENTO URBANÍSTICO Y USOS DEL SUELO 4.1 Clasificación del suelo 4.2 Suelo urbano 4.3 Suelo urbanizable 4.4 Suelo no urbanizable 4.5 Zonas verdes 5 PROTECCIÓN DEL ENTORNO EN LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL 6 POTENCIALIDADES Y DEBILIDADES PLANIFICACIÓN TERRITORIAL

Transcript of 08.00 PLANIFICACI.N TERRITORIAL JODAR · A.- Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía...

PLANIFICACION TERRITORIAL

1

1. INTRODUCCIÓN 2. ÁMBITO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO

3. PLANES TERRITORIALES CON INCIDENCIA EN EL MUNICIPIO.

4. PLANEAMIENTO URBANÍSTICO Y USOS DEL SUELO 4.1 Clasificación del suelo

4.2 Suelo urbano 4.3 Suelo urbanizable 4.4 Suelo no urbanizable 4.5 Zonas verdes

5 PROTECCIÓN DEL ENTORNO EN LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL

6 POTENCIALIDADES Y DEBILIDADES

PLANIFICACIÓN TERRITORIAL

PLANIFICACION TERRITORIAL

3

1. INTRODUCCIÓN

El territorio se configura mediante procesos complejos en los que intervienen múltiples agentes de origen natural o antrópico, entre ellos destaca la acción pública, que tiene un papel esencial en dicha configuración, dada la importancia decisiva de sus intervenciones. Agenda 21 es un proyecto de gestión municipal para la mejora de la calidad de vida, donde la estructura de la ciudad, su ordenación y relaciones con el exterior cobran especial relevancia. La calidad de vida en un territorio pasa por la necesidad de adecuar su gestión y organización al medio ambiente.

La Ordenación del Territorio constituye una función pública destinada a establecer una

conformación física del territorio acorde con las necesidades de la sociedad. En este sentido, la Carta Europea de Ordenación del Territorio la define como “expresión espacial de las políticas económica, social, cultural y ecológica de toda sociedad”, y debe ser democrática, global, funcional y prospectiva, en la que todo ciudadano debe tener la posibilidad de participar por estructuras y procedimientos adecuados, en defensa de sus legítimos intereses y del respeto debido a su cultura y marco de vida.

La Comunidad Autónoma de Andalucía regula esta materia como competencia exclusiva siendo actualmente el instrumento normativo básico la Ley 1/1994 de Ordenación del Territorio. Los objetivos específicos de la Ordenación del Territorio, de acuerdo con esta Ley, son; la articulación territorial interna y con el exterior de la Comunidad Autónoma y la distribución geográfica de las actividades y de los usos del suelo, armonizada con el desarrollo económico, las potencialidades existentes en el territorio y la protección de la naturaleza y del patrimonio histórico, todo ello con el fin de conseguir la plena cohesión e integración de la Comunidad Autónoma, su desarrollo equilibrado y, en definitiva, la mejora de las condiciones de bienestar y calidad de vida de sus habitantes.

La ley, a su vez, establece dos instrumentos de ordenación integral: el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía y los Planes de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional.

• El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía define la organización y estructura territorial que se pretende para la Comunidad Autónoma, constituyendo el marco de referencia territorial para los Planes de Ordenación en ámbitos menores y para los Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio.

• Los Planes de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional se podrán

formular para espacios menores que precisen la mejora de su estructura territorial y de la articulación física interna y que puedan constituir ámbitos funcionales unitarios.

Junto a estos Planes es de destacar la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (Ley

7/2002, de 17 de diciembre), que tiene por objeto la regulación de la actividad urbanística y el régimen de utilización del suelo, incluidos el subsuelo y el vuelo, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jódar

4

2. ÁMBITO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO

Jódar se sitúa en el sur de la provincia de Jaén, una de las ocho provincias de la

Comunidad Autónoma de Andalucía. En el contexto europeo, Andalucía aparece como la cuarta región más extensa de la Unión Europea siendo su tamaño comparable al de países como Portugal.

Andalucía pertenece tanto al Arco Mediterráneo, espacio con importantes ventajas funcionales y ambientales y un notable potencial geoestratégico y económico, como al Arco Atlántico, donde si bien sus niveles de desarrollo económicos y de dotación de infraestructuras se sitúan por debajo de la media de la UE, y su grado de articulación es mucho más débil que la del Arco Mediterráneo, su localización geográfica le confiere una indudable renta de situación en relación con los grandes flujos de transporte intercontinental e interoceánico, además de una función clave para el abastecimiento energético.

Desde la perspectiva estatal y autonómica, la formulación por la Administración Central de Estado del Plan Director de Infraestructuras 1993-2007 (PDI) para el conjunto del territorio español ha supuesto un paso muy importante para definir el modelo de organización territorial del país, mediante la planificación coordinada del conjunto de las infraestructuras, pero las actuaciones previstas por el mismo deben complementarse con otras que responden a la lógica regional.

El Plan Director de Infraestructuras de Andalucía (PDIA) desarrolla y complementa las

estrategias contenidas en el PDI que inciden directamente sobre el modelo territorial andaluz.

En el ámbito provincial, Jaén es la tercera provincia de Andalucía en extensión, cuenta con 97 municipios situados entre los 160 y los 1.000 metros de altitud, ya que el territorio provincial está formado en un 30% de montañas, un 50% de colinas y un 20% de llanuras. Los extremos se sitúan entre los 2.167 metros de altitud de Sierra Mágina y los 160 metros del término municipal de Lopera.

Desde el punto de vista territorial, en la provincia de Jaén, al contrario de lo que ocurre

en otras provincias limítrofes, existe una importante red de ciudades medias siguiendo el borde de las carreteras más importantes dentro del ámbito provincial. Este modelo territorial ha sido equilibrador y vertebrador del territorio, pues ha permitido que no se concentre la mayor parte de la población en sólo unas pocas unidades territoriales. En este sentido, podemos citar ejemplos tales como: Martos, Bailén, Mancha Real, Úbeda, etc.

La ciudad de Jódar, situada al sur de la provincia de Jaén, es cabecera de la Comarca de

su nombre, integrada por la villas de Bédmar, Garcíez, Jimena y Albanchez de Mágina, forma parte del Parque Natural de Sierra Mágina y de su amplia comarca, formada por las comarcas de Huelma, Mancha Real y Jódar. Pertenece al Partido Judicial de Úbeda y está situada a 627m de altitud.

La ciudad se encuentra situada en la falda del Cerro de San Cristóbal, dentro del macizo

montañoso de la Serrezuela de Jódar y Bedmar. El término posee una extensión de 149,33 Km2, ocupando el número 35 en cuanto a extensión de los municipios de la provincia. No posee ningún núcleo de población menor.

PLANIFICACION TERRITORIAL

5

Ubicación geográfica de Jódar en la provincia de Jaén

Mapa 3 Fuente: Diputación Provincial de Jaén.

3. PLANES TERRITORIALES CON INCIDENCIA EN EL MUNICIPIO Son tres los planes territoriales con incidencia en el término municipal de Jódar: Plan de

Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA), Plan Director de Infraestructuras de Andalucía y el Planeamiento urbanístico del municipio. A.- Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA), es el instrumento mediante el cual se establecen los elementos básicos de la organización y estructura del territorio andaluz, siendo el marco de referencia territorial para los demás planes y la acción pública en general. Su finalidad es definir la organización física espacial para las funciones territoriales, adecuadas a las necesidades y potencialidades actuales. En este punto se tratará de analizar las previsiones que el POTA contiene para el municipio. El Modelo Territorial de Andalucía constituye la referencia básica de los objetivos de la política territorial, y un esquema de la organización del territorio que responde a los

Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jódar

6

objetivos y necesidades de la Comunidad, en cuanto espacio común para su desarrollo equilibrado, solidario y sostenible.

Se identifican cuatro sistemas básicos para la ordenación del territorio regional:

• El Sistema de Ciudades y las Estructuras Urbanas Intermedias. • El sistema regional de articulación física. • Dominios Territoriales. • Unidades Territoriales.

1. Sistemas de Ciudades y Estructuras Urbanas Intermedias.

El modelo se centra en las estructuras que se deducen de la red de asentamientos urbanos y rurales, mostrando los vínculos entre los componentes de la red que tienen capacidad para generar ámbitos de cooperación de carácter supramunicipal de interés regional. El resultado es la organización del Sistema de Ciudades entendido como estructuras urbanas de relación con capacidad de conformar redes o sistemas territoriales: Centros Regionales, Redes de Ciudades Medias y Redes Urbanas en Áreas Rurales.

Modelo Territorial de Andalucía, zona de Jódar

Mapa 4 Fuente: Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, 2005

PLANIFICACION TERRITORIAL

7

Jódar es una ciudad rural o pequeña ciudad de tipo 1, se sitúa en una de las Redes

Urbanas en Áreas Rurales: Jódar-Huelma-Iznalloz y cuya vía es la carretera A-301 que une Úbeda con el municipio granadino de Iznalloz. 2. Sistemas de Articulación Regional. Se consideran en este punto las determinaciones relativas a los principales elementos, redes y sistemas, que aseguran la articulación física de Andalucía: Sistema Intermodal de Transportes, Sistema de Telecomunicaciones, Sistema Energético, y Sistema Hidrológico-Hidráulico. Jódar se encuentra en pleno eje principal de articulación regional que une centros urbanos rurales y redes de ciudades rurales o pequeñas ciudades.

2.1. Sistema Intermodal de Transportes. El conjunto de redes e infraestructuras del transporte, así como los servicios que sobre ellas se desarrollan, constituyen elementos esenciales tanto para la articulación física del territorio (al que aportan interconexión y accesibilidad, con unos determinados niveles de calidad y seguridad), como para el desarrollo de las actividades económicas (estableciendo unas determinadas condiciones de competitividad a cada territorio)

El Sistema ferroviario constituye la prioridad entre los medios de transporte del sistema de articulación regional por las ventajas que ofrece como medio de transporte público y su mayor eficiencia energética y ambiental.

Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jódar

8

El Sistema Viario, las carreteras, constituyen la red con mayor nivel de capilaridad territorial y, como tal, son el soporte más extendido para la movilidad en el territorio. Entre los criterios territoriales del Plan para la configuración del Sistema Viario destacar para Jódar los siguientes puntos:

Favorecer el desarrollo de la intermodalidad y, consiguientemente, de la interconexión con los sistemas ferroviario, portuario y aeroportuario. Favorecer el desarrollo de los servicios de transporte público de viajeros por

carretera, adecuándolos a los objetivos de articulación del Sistema de Ciudades. Favorecer la adaptación de las características técnicas y los niveles de servicio de las

carreteras a los diferentes niveles de servicio y ámbitos territoriales: Áreas metropolitanas, áreas litorales, áreas interiores, y áreas de montaña. Asimismo, se prestará especial atención al tratamiento paisajístico de las carreteras, y

a su integración ambiental, de forma singular en los ámbitos de la red de espacios naturales protegidos.

Sistema Intermodal de Transportes y Comunicaciones

Mapa 5 Fuente: Plan Ordenación Territorio Andalucía

La planificación de las infraestructuras nodales para el transporte de viajeros y mercancías constituye un factor decisivo para el correcto funcionamiento del Sistema de articulación regional, a la vez que son dotaciones especializadas que contribuyen a cualificar a las ciudades que las acogen. Jódar está en pleno Eje viario complementario para la articulación de redes de asentamientos rurales, ese eje es la carretera A-301.

PLANIFICACION TERRITORIAL

9

En cuanto a ejes ferroviarios, según el POTA hay una propuesta de Red de Alta Velocidad de Andalucía que afecta a la línea Linares-Almería cuyo trayecto discurre por el término municipal de Jódar.

2.2. El Sistema de Telecomunicaciones. Los sistemas de telecomunicaciones desempeñan un papel esencial de soporte para el desarrollo de la sociedad de la información y la modernización, en el Plan establecen objetivos y propuestas para desarrollar un papel activo del territorio andaluz en el nuevo modelo económico y espacial a escala global. Los objetivos del Sistema de Telecomunicaciones son:

• Desarrollar servicios e infraestructuras que posibiliten la plena incorporación de Andalucía a la sociedad de la información asegurado su inserción en las redes con cobertura mundial.

• Favorecer el desarrollo de un Sistema de Telecomunicaciones que garantice la equidad territorial y el acceso universal a los servicios avanzados.

• Impulsar el desarrollo de la demanda de servicios de telecomunicaciones, dando prioridad a la intervención pública en las áreas rurales.

Infraestructuras de Telecomunicaciones

Mapa 6 Fuente: Plan Ordenación Territorio Andalucía

Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jódar

10

2.3. Sistema Energético.

El Sistema Energético es un elemento clave para medir la sostenibilidad del sistema productivo además constituye uno de los componentes básicos tanto para la articulación física del territorio como para el desenvolvimiento de la actividad económica. Actualmente el Sistema Energético en Andalucía se basa fundamentalmente en el consumo de fuentes energéticas fósiles no renovables.

El abastecimiento energético se ha modificado en los últimos años debido,

principalmente, a la extensión de la red de gaseoductos que alcanza, en la actualidad, a todas las provincias excepto Almería. Así mismo, destacar, la fuerte interrelación entre el sistema energético y el sistema de transportes por un lado y el sistema de ciudades por otro.

Los objetivos relacionados con el sistema energético son dotar al conjunto del territorio regional de un sistema energético seguro, eficiente y diversificado así como mejorar la sostenibilidad del sistema energético. En el mapa se puede ver los objetivos para Jódar.

Sistema Energético Regional

Mapa 7 Fuente: Plan Ordenación Territorio Andalucía

PLANIFICACION TERRITORIAL

11

3. Dominios Territoriales.

Los Dominios Territoriales como componentes de la estructura regional requieren el desarrollo de políticas coherentes y coordinadas, siendo el marco más general desde el que es posible diseñar líneas estratégicas referidas a problemas y oportunidades como: la ordenación de los grandes usos del suelo, las políticas ambientales en materia de paisaje, agua, suelo, lucha contra la erosión, la preservación y puesta en valor del patrimonio natural y cultural o las políticas de desarrollo rural.

Los Dominios Territoriales y sus subdivisiones establecidas en el Modelo Territorial son:

a. Sierra Morena-Los Pedroches: Sierra Morena; y Los Pedroches. b. Valle del Guadalquivir: Vega y Bajo Guadalquivir; Campiña baja; y Campiña alta. c. Sierras y Valles Béticos: Sierras Subbéticas; Depresiones Intrabéticas; Altiplanicies

Orientales; y Sierras y Valles Penibéticos. d. Litoral: Litoral atlántico; y Litoral mediterráneo.

Jódar como se ve en el mapa 4 se encuentra entre el dominio de las Sierras Subbética y la Campilla Alta.

4. Unidades Territoriales.

Las Unidades Territoriales son áreas continuas definidas por su homogeneidad física y funcional, así como por presentar problemas y oportunidades comunes en materias relacionadas con el uso económico del territorio y la gestión de sus recursos patrimoniales.

Las Unidades Territoriales son referentes básicos para el desarrollo de estrategias

territoriales en una doble orientación: - Son referentes asociados con modelos específicos de gestión del uso del suelo

y de utilización de los recursos naturales, el paisaje o la prevención de riesgos. - Son referentes en los que contextualizar los grandes Sistemas Regionales

(ciudades, transportes, hidráulico, energético y patrimonial) De acuerdo con las características urbanas y físico-naturales se distinguen cuatro tipos:

a. Centros Regionales. b. Unidades litorales. c. Unidades interiores organizadas por Redes de Ciudades Medias, d. Unidades organizadas por centros rurales, donde se incluye Jódar, que se

denomina en el POTA, “Mágina, Montes de Granada”. B.- Plan Director de Infraestructuras de Andalucía (PDIA)

El Plan Director de Infraestructuras de Andalucía (PDIA) se concibe como el instrumento básico para la definición y coordinación de las actuaciones en materia de infraestructuras de la Junta de Andalucía, en el marco de las estrategias establecidas por la ordenación del territorio. El PDIA ha de servir a la articulación y cohesión interna de la región y a su mejor integración en los ámbitos de los servicios y mercados en los que participa o podría participar, garantizando la libre movilidad y las dotaciones necesarias de

Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jódar

12

agua y energía para el desarrollo de la economía regional y del bienestar social y la calidad de vida, y conjugando los objetivos de eficacia económica, desarrollo socioeconómico y distribución territorialmente equilibrada de sus actuaciones en el territorio con los criterios de desarrollo sostenible. C.- Instrumentos de Planeamiento:

La Ley 7/2002 de ordenación urbanística de Andalucía, tiene por objeto la regulación de la actividad urbanística y el régimen de utilización del suelo, incluidos el subsuelo y el vuelo, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En los artículos 7 y siguientes se hace referencia a los instrumentos de planeamiento y restantes instrumentos de la ordenación urbanística, así como el contenido de los mismos: a) Planeamiento general:

- Planes Generales de Ordenación Urbanística: establecen la ordenación urbanística en la totalidad del término municipal y organizan la gestión de su ejecución.

- Planes de Ordenación Intermunicipal: su objeto es establecer la ordenación de áreas integradas por terrenos situados en dos o más términos municipales colindantes, que deban ser objeto de una actuación urbanística unitaria.

- Planes de Sectorización: tienen por objeto el cambio de categoría de terrenos, innovando los Planes Generales de Ordenación Urbanística y complementándolos.

b) Planes de desarrollo: - Planes Parciales de Ordenación - Planes Especiales - Estudios de Detalle

c) Catálogos: Tienen por objeto complementar las determinaciones de los instrumentos de planeamiento relativos a la conservación, protección o mejora del patrimonio urbanístico, arquitectónico, histórico, cultural, natural o paisajístico.

Las normativas Directoras para la Ordenación Urbanística, las Ordenanzas Municipales de Edificación y las Ordenanzas Municipales de Urbanización contribuyen a la correcta integración de la ordenación urbanística y, en su caso, complementan la establecida por los instrumentos de planeamiento.

- Normativas Directoras para la Ordenación Urbanística - Ordenanzas Municipales de Edificación y Ordenanzas Municipales de Urbanización: Para el conocimiento del modelo territorial y urbanístico de Jódar es necesario analizar

sus normas urbanísticas aprobadas el 12 de abril de 1994, donde se califican los distintos tipos y usos del suelo.

PLANIFICACION TERRITORIAL

13

4. PLANEAMIENTO URBANÍSTICO Y USOS DEL SUELO EN JÓDAR

4.1 Clasificación del suelo:

Extraemos los siguientes datos de la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Municipales:

Superficie del

municipio (km2) Suelo urbano (ha) Suelo urbanizable(ha) Suelo no urbanizable

(ha) Suelo no urbanizable de especial protección (ha)

149,33 19,20 41,30 7.540,85 7.300,55

De este suelo urbanizable o urbano la distribución es la siguiente:

32%

68%

Suelo urbano

Suelo urbanizable

El Planeamiento Urbanístico existente en Jódar consiste en Normas Subsidiarias,

aprobadas definitivamente el 12 de abril de 1994, constituyen el instrumento de ordenación integral del territorio municipal y, como tal, definen y regulan el régimen jurídico urbanístico del suelo y la edificación en la totalidad del término municipal. 4.2 Suelo urbano:

Dentro del suelo urbano clasificado se distinguen las siguientes zonas:

• Casco antiguo y casco histórico interior • Zona de ensanche • Zona de expansión • Zona de tolerancia industrial • Zona de equipamiento comunitario y dotacional • Uso industrial • Zonas libres de uso y dominio público.

Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jódar

14

1º Zona del caso antiguo: Se han delimitado dentro de este perímetro el núcleo primitivo del asentamiento urbano, en base a los estudios de tipología y desarrollo históricos presentados en la Información Urbanística. 2º Zona del ensanche: Se corresponde con casi la totalidad del resto del núcleo urbano. 3º Zona de expansión. 4º Otras: Corresponden con zonas de equipamiento verdes. 4.3 Suelo urbanizable:

Según las NN.SS el suelo urbanizable de Jódar asciende a 27,764 ha, se presentaron dos alternativas en cuanto a la delimitación del terreno urbanizable, la primera alternativa planteaba un crecimiento urbanístico en la zona este sin llegar a cruzar la actual carretera de circunvalación (A-301) para no crear peligros a la ciudadanía ni se alteren las condiciones de dicha variante. La segunda alternativa, planteaba la extensión de Jódar por su margen este sin limitar usos, es decir, el desarrollo a ambos lados de la circunvalación, lo cual es un inconveniente, ya que además de dividir la población en dos cuerpos, se crearían peligros para la ciudadanía.

De esta forma, el desarrollo de las alternativas en el planeamiento se basa en incorporar superficies situadas al sur y este de la población consolidando el caso actual y preservar la zona hortícola para ampliación del futuro. Decantándose por la alternativa uno, se definen tres sectores de suelo apto para urbanizar:

• Sector S.A.U.R. 1 : situado al sureste del núcleo urbano, entre el curso del barranco y las edificaciones existentes (6.95 ha)

• Sector S.A.U.R. 2: Se sitúa al este del núcleo urbano, con una superficie de 5,90 ha. • Sector S.A.U.I. : Se sitúa al norte del anterior, entre la a-316 y el suelo anterior. Tiene

una superficie de 6,000 ha. Su ubicación se justifica al amparo de la intención de alejar del núcleo residencial aquellos tipos de industrias que, son incompatibles con al vivienda, por lo que se dota de un vial de cierre a la unidad de actuación colindante y el establecimiento de espacios libres.

4.4 Suelo no urbanizable

Son especialmente los espacios protegidos (tal y como se refleja en el documento dedicado a Espacios Naturales Protegidos, en el que se aborda de una forma más extensa este tipo de suelo) Según lo establecido en las vigentes normas el suelo no urbanizable se clasifica en suelo no urbanizable protegido y de régimen general.

En la actualidad 14895,036 ha del suelo no urbanizable recogido en las NN.SS se ha protegido mediante algún tipo de figura de protección. Así, las NN.SS establecen como clases de este tipo de suelo las áreas de interés ecológico, áreas de interés cultural, las áreas de uso agrario preferente, las áreas de defensa ambiental y las áreas con actividad de ocio.

En el punto referente a la Protección del entorno en la planificación territorial se

describen las zonas que corresponden a suelo no urbanizable de especial protección como son vías pecuarias, parajes naturales o zonas de protección de riberas.

PLANIFICACION TERRITORIAL

15

El resto del suelo no urbanizable tiene el carácter de suelo no urbanizable de régimen general. 4.5 Zonas Verdes

En la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Municipales se recogen las zonas verdes del municipio, las zonas verdes son consideradas como un factor clave en la calidad de vida de pueblos y ciudades, Jódar cuenta con las siguientes.

Zonas Verdes de Jódar

Nombre Superficie m2 Juegos infantiles Saneamiento Estado

Parque Fátima Plaza Picasso Parque de Sanabria Parque Castillo Parque Navas de Tolosa I Paseo 1º de Mayo Plaza Nueva P. Periurbano Trascastillo Parque Navas de Tolosa II Jardines C/Méndez Núñez Parque C/Méndez Núñez Parque C/Vista Jardines C/Tarifa Parque de Educación Vial Pilas de la Dehesa

TOTAL

3.290 3.414 3.250 5.900 2.800 6.480 1.936 29.000 1.100 680 650

1.920 500

5.250 12.000

78.170

NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO SI

NO

SI SI SI SI SI

NO SI SI SI SI SI SI SI SI SI

B B B B B B B B B B B B B B

En ejecución

Tabla 3 Fuente: Encuesta de infraestructuras y equipamientos locales, 2006

A menudo se suele pensar erróneamente que en las poblaciones de marcado carácter

rural, donde el campo es el elemento vertebrador del territorio, resultan innecesarias las zonas verdes, parques, jardines y espacios de esparcimiento dentro del casco urbano, este argumento adolece de ciertas debilidades ya que el campo no es un espacio público ni por naturaleza de vocación recreativa ni porque su accesibilidad sea adecuada. Los sectores que más demandan zonas verdes, mayores y niños, no cuentan con la movilidad e independencia suficiente como para trasladarse al campo. Es por tanto, la planificación urbanística la que debe recoger esta demanda social y prever la dotación de zonas verdes necesarias.

De acuerdo al art. 4 del Reglamento del Planeamiento podrán computarse como jardines públicos aquellos espacios que posean “una superficie no inferior a 1000 m2, en la que pueda inscribirse una circunferencia de 30 metros de diámetro mínimo”, para las áreas peatonales los requisitos son los mismos.

Según la nueva Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía se establece un mínimo de dotación de espacios verdes según la calificación del suelo, así en suelo urbanizable residencial se requieren entre 18 y 21 m2 y nunca inferior al 10% de la superficie total del sector a desarrollar. En suelo industrial la Ley requiere un 10% del suelo dedicada a zona verde y en suelo turístico debe dedicarse a zona verde como mínimo un 20% de la superficie del sector.

Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jódar

16

A continuación se hace una breve descripción de las zonas verdes del municipio, en cuanto a:

• Conservación y mantenimiento del mobiliario urbano asociado a estos espacios (farolas, bancos, papeleras, fuentes, etc.)

• Disponibilidad de elementos como acceso para personas con movilidad reducida, aparca-bicicletas, recogida selectiva de envases y vidrio, carteles informativos de las especies de flora presentes, iluminación de bajo consumo,

• Descripción y análisis de las especies arbóreas y arbustivas (autóctonas, plantas de xerojardinería, etc.) Densidad de arbolado (número de árboles por habitante). Sistemas de riego

• Datos sobre los usos de estas zonas (de ocio, deportivo, educativo, etc.) Indicar los usuarios habituales de las zonas verdes.

. Plano de las zonas verdes, indicando la tipología

5. PROTECCIÓN DEL ENTORNO EN LA PLANIFICACION TERRITORIAL

La normativa de protección del entorno natural se compone básicamente de la ley 4/89 a nivel estatal y de la Ley 2/89 de ámbito andaluz. En las dos leyes anteriores se contemplan distintas figuras de protección para los espacios naturales, destacando dos instrumentos de planificación que son los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, PORN y los Planes Rectores de Uso y Gestión, PRUG. Además del instrumento anterior, existe el Plan Especial de Protección del Medio Físico de la provincia de Jaén (PEPMF), del año 1987.

En la Ley 7/2002 de Ordenación urbanística de Andalucía también se contempla la necesidad de proteger espacios naturales en función de la legislación mencionada más arriba.

En las Normas Urbanísticas actualmente en revisión, se establece que en S.N.U. serán

objeto de Especial Protección, las zonas siguientes:

• Cerro del Cuco • Pico de Nando • Cueva del Aire • Golondrina • Huertas junto al suelo urbano • Cuevas al oeste del núcleo La zona de las cuevas se protege por preservarla de ocupaciones indeseadas y se

establece la necesidad de desarrollo de una Plan Especial de ordenación paisajística. Además, se dota de una protección integral a todos los cauces existentes en el término,

delimitando una franja afectada a cada lado del lecho de anchura igual a la que, actualmente marca las líneas de vegetación o riberas de los ríos.

PLANIFICACION TERRITORIAL

17

Se protegerán, así mismo, de ocupaciones indeseables, a todo el conjunto de vías pecuarias. En las NN.SS de Jódar no aparece ningún inventario de vías pecuarias.

Estos complejos serranos de interés ambiental, huertas y cuevas constituyen espacios

relativamente extensos y de caracteres diversificados, con utilización y vocación principalmente forestal y en los cuales la cubierta forestal cumple y debe cumplir una función ambiental equilibradora de destacada importancia. Comportan en general importantes valores paisajísticos y en ocasiones valores faunísticos destacados.

Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jódar

18

6. POTENCIALIDADES Y DEBILIDADES

POTENCIALIDADES

• La planificación mejora la ordenación e implantación de las infraestructuras de comunicación y transporte.

• La ordenación del territorio marca las directrices para la adecuación de la dotación de equipamientos a la población.

• Protección del patrimonio histórico, cultural, natural...

• La planificación marca las Directrices para la implantación de actividades económicas.

• La planificación es un instrumento para la ordenación de los usos del suelo.

• Existencia de numeroso puntos de interés histórico, cultural y ambiental en el municipio.

• Ciertos límites al crecimiento por la existencia de vías de comunicación.

• NN.SS antiguas, sería necesaria su actualización, ya que las existentes son del año 1994.

DEBILIDADES

• Gran cantidad de suelo urbanizable

• Falta de materialización de espacios verdes

• Escasa vinculación normativa en los proyectos de ejecución de las inversiones públicas.

• Esquemas directores de carácter general en sus determinaciones.

• Escasa coordinación entre la instalación de infraestructuras básicas y el planeamiento urbanístico municipal.

• Necesidad de adecuar las demandas existentes sobre las áreas protegidas y su necesidad de protección.

• Poco desarrollo de la gestión urbanística en Suelo Urbano, algo más en el urbanizable.

• Se comprueba la dificultad de aplicación de los instrumentos de planificación.