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Renta LOGIC WIN GLOBAL Cambio a versión 5.50
Noviembre de 2008
Presentación La versión 5.50 de Renta permite:
Actualizar la versión 5.30
Instalar por primera vez.
NOTA. Antes de instalar esta versión, debería efectuar la copia de seguridad.
MEJORAS INCORPORADAS
1. Reestructuración del menú de Renta
Se ha modificado la estructura del menú con la intención de hacerlo más operativo agrupando las opciones por funcionalidades comunes.
El nuevo menú tiene la siguiente estructura:
Operativa
Mantenimiento Renta
Calculadora
Valores mobiliarios
Tipos de valores mobiliarios
Representantes
Índices agrarios
Traspaso de ejercicio
Traspaso de códigos
Novedades última versión
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Listados
Impresos oficiales
Maestro de renta
Informe de renta
Informe económico fiscal
Cantidades pendientes
Tipos de valores
Valores mobiliarios
Listado OP
Etiquetas
Formatos de pantalla
Petición de datos AEAT
Relación solicitudes borrador
Utilidades
Configuración
Cambio estado declaraciones
Cambiar/Duplicar códigos
Eliminar códigos
Restaurador
Regenerar índices cálculo
Depurador de campos
Diagnóstico
Traspaso a renta interactiva
Traspaso aplicaciones externas
Herramientas LOPD
Configuras cuentas contables
Manual AEAT
Informes personalizados
Diseño de listados libres
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Listados libres
Diseño de documentos
Listado de documentos
Diseño de consultas
Listado de consultas
Documentos
Búsqueda global de documentos
Diseño petición datos cliente
Listado petición datos cliente
2. Calculadora de Renta
Nueva calculadora de Renta basada en tres componentes:
Asistente de la calculadora:
Se indicarán los componentes y las características de la unidad familiar para el cálculo.
La última página del asistente es la que da paso a la calculadora, se le puede indicar a la aplicación si se desea trabajar directamente con la pantalla de cálculo y rendimientos o se desea introducir éstos por el diálogo denominado “Entrada de rendimientos por totales”, que permite la introducción masiva de rendimientos y deducciones que se imputan según un criterio establecido en el propio asistente.
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En la siguiente tabla se presenta la relación entre los importes de la pantalla “entrada de rendimientos por totales” y los criterios de imputación que se les asigna:
Tipo de criterio Imputaciones posibles
Importe de Entrada por totales
Capital mobiliario Unidad Familiar
Declarante
Cónyuge
Rendimientos de capital mobiliario (general)
Rendimientos de capital mobiliario (ahorro)
Compensación capital mobiliario negativo ejercicios anteriores
Doble imposición de dividendos
Doble imposición internacional
Capital inmobiliario Unidad Familiar
Declarante
Cónyuge
Rendimientos de capital inmobiliario (general)
Imputaciones de renta Declarante
Cónyuge
Imputaciones de renta
Actividades Declarante
Cónyuge
Rendimientos de actividad directa
Deducciones:
- Actividades económicas
- Dotaciones a la reserva de inversión Canarias
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- Rendimiento Ceuta y Melilla
Ganancias y pérdidas Unidad Familiar
Declarante
Cónyuge
Ganancias y pérdidas patrimoniales (no transmisiones)
Ganancias y pérdidas patrimoniales (transmisiones)
Pérdidas patrimoniales de ejercicios anteriores
Atribuciones de renta (mobiliario)
Unidad Familiar
Declarante
Cónyuge
Atribuciones de renta (rdtos de capital mobiliario general)
Atribuciones de renta (rdtos de capital mobiliario ahorro)
Atribuciones de renta (inmobiliario)
Declarante
Cónyuge
Atribuciones de renta (rdtos de capital inmobiliario)
Atribuciones de renta (Actividades)
Declarante
Cónyuge
Atribuciones de renta (rdtos de actividades)
Atribuciones de renta (ganancias y pérdidas)
Declarante
Cónyuge
Atribuciones de renta (G/P patrimoniales no transmisiones)
Atribuciones de renta (Ganancias/ pérdidas patrimoniales)
Deducciones Unidad Familiar
Declarante
Cónyuge
Inversiones y bienes de interés cultural
Por donativos
Cuenta ahorro empresa
Alquiler de vivienda habitual
Maternidad/nacimiento/adopción
Declarante
Cónyuge
Deducción por maternidad
Deducción por nacimiento o adopción
NOTAS:
Aquellos importes que permiten asignar como imputación “unidad familiar”, como “Ganancias y pérdidas” o “Capital mobiliario”, cuando generen un importe que no permita imputación a unidad familiar, como por ejemplo en “Cantidades pendientes”, se imputarán a “Declarante”.
La compensación de capital mobiliario se grabará si existe importe a grabar en “Rendimientos de capital mobiliario (ahorro)”
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“Bases negativas de ejercicios anteriores” y “Rentas exentas con progresividad”, se imputan a Declarante.
Entrada de rendimientos por totales. Este otro componente es un dialogo para la entrada de rendimientos y deducciones, de manera que facilite la información de éstos en la medida que sea posible antes de acceder a la calculadora.
Los importes introducidos se graban como rendimientos en la calculadora con el criterio de imputación predeterminado. La información de cómo se graba cada registro de la pantalla se visualiza en la parte inferior de ésta.
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Además desde esta pantalla se presentan otros diálogos de entrada como el de compensación de capital mobiliario, el de las deducciones por maternidad y por nacimiento y adopción de hijos, el asistente de deducción por inversión en vivienda habitual y un acceso a la pantalla de Forzar deducciones.
Calculadora. Pantalla de simulación de cálculo con la misma operativa que
el Simulador de Renta. Permitiendo el cálculo de declaraciones individuales o conjuntas, el acceso a la entrada de rendimientos, o la consulta del importe aplicado a la renta.
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Como opciones auxiliares del precálculo, están disponibles en la Calculadora:
- Renta líquida - Consejos de Renta - Esquema IRPF - Envío a Excel - Informe del cálculo - Pantalla de Comparación con la propuesta de más favorable y los mensajes de
aviso.
La calculadora permite a su vez, guardar los cálculos tanto el último realizado en la calculadora (se puede recuperar al acceder de nuevo al asistente, respondiendo al siguiente mensaje)
Como a través de la opción guardar, que le permitirá crear un código de renta con la información del cálculo completando la información mínima necesaria del declarante. Esta funcionalidad convierte a su vez la calculadora en un asistente de alta de declarantes y unidades familiares.
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3. Indices Agrarios
Es habitual la actualización de índices agrarios en determinadas zonas geográficas y para determinados productos para paliar el impacto de catástrofes naturales o de determinados hechos económicos a través de una orden ministerial al respecto.
La actual operativa cubría con la modificación de índices de la actividad, esta necesidad puntual. Sin embargo, no permitía guardar esa modificación de manera que fuese aprovechable en la misma circunstancia para otra actividad. Con objeto de permitir esta operativa, se crea el mantenimiento de índices agrarios.
La modificación afecta en varios aspectos:
- Menú Indices agrarios.
Se crea esta opción de menú para permitir el mantenimiento y consulta de las tablas de índices creadas.
El índice 1, es el estándar facilitado por la aplicación y no es modificable, siendo además, el valor por defecto en una instalación nueva o en la creación de una partición nueva.
Dispone de una opción para copiar índices, así como la posibilidad de generar una exportación o realizar una importación, para su traslado a otra instalación u otra partición.
- Configuración
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Se ha añadido un campo para informar la tabla de índices que desea utilizarse por defecto.
NOTA: En una partición nueva, si la nueva tabla no está creada en esa partición, utilizará la estándar de la aplicación.
- Botón Indices del mantenimiento “Rendimientos de act. Agrarias modulares”
Esta pantalla se ha modificado para poder acceder al mantenimiento de índices (Indices…) e incorpora una opción para cargar una tabla determinada de índices (Copiar desde…)
La opción inicializar, se ha modificado para cargar la tabla por defecto asignada en la configuración. En el caso que sea la estándar o la definida en la configuración no exista en la partición, se cargará la tabla estándar denominada “índices generales”.
Se indicará en la parte superior de la pantalla, el origen de los índices de la actividad.
En el caso que se modifique un valor, se presentará el texto “Modificados en la actividad” siendo válidos única y exclusivamente en esa actividad (operativa anterior)
4. Capital inmobiliario. Gastos deducibles
En el mantenimiento de capital inmobiliario se ha modificado el nombre del apartado “Gastos pendientes ejercicio actual” por “Gastos a compensar en ejercicios siguientes”. Se añaden en la pantalla tres nuevos campos para recoger la información de los gastos pendientes de compensación procedentes del ejercicio anterior más el exceso de gastos no aplicados de conservación/ reparación e intereses financieros en el ejercicio.
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Importe ejercicio (2007). Se reflejará el importe de los gastos pendientes del ejercicio anterior que podrán ser aplicados en el ejercicio en curso. Es modificable y el traspaso de ejercicio recoge en este campo el valor del importe pendiente del ejercicio 2007.
Importe ejercicio (2008). Se refleja la suma del importe de los gastos de intereses y compensación del ejercicio. No es modificable
Primero se aplican las cantidades pendientes de ejercicios anteriores, después las del ejercicio, siguiendo esta fórmula:
Ingresos – Importe del ejercicio 2007 – Importe del ejercicio 2008, mientras la diferencia no sea negativa.
Igual que el año anterior, las cantidades no aplicadas se guardarán, para su traspaso al ejercicio siguiente. Para ello están los campos:
A ejercicios siguientes (2007). Importe no aplicado que pasará a ser importe pendiente en el ejercicio siguiente con origen en el ejercicio 2007.
A ejercicios siguientes (2008). Importe no aplicado que pasará a ser importe pendiente en el ejercicio siguiente con origen en el ejercicio 2008.
5. Eliminación de Patrimonio
Eliminación de las referencias relativas al impuesto de patrimonio, desde el propio cálculo en la pantalla de precálculo, hasta los informes específicos de patrimonio.
Los cambios más destacados son:
En el precálculo y en Simulación. - Se oculta la opción vista 714 y 100- 714. - Se oculta de la pantalla de comparación la columna Patrimonio. - En impresión se elimina Patrimonio. - Renta líquida. Se elimina Ingreso Patrimonio.
En los mantenimientos, Listador libre y Diseño de consultas, y definición de traspasos. - Se oculta completamente el mantenimiento “Otros Datos de Patrimonio”. - Se oculta de Otras Cantidades el apartado Forzar en Patrimonio.
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- Se ocultan los campos “Patrimonio” (Exento/Actúa/ No actúa). Estos en el traspaso se asignan como “No actúa”.
Informes. Se excluyen de los informes y de los detalles de informes la información relativa a Patrimonio. - Informe económico fiscal. Precálculo Patrimonio. - Maestro de Renta. Otros datos Patrimonio.
6. Actualización legal
Se actualiza la aplicación según la ley de presupuestos generales del estado para 2008, la ley de medidas de carácter urgente y las diferentes leyes de las diferentes comunidades autónomas.
Entre estos cambios destacamos:
Deducción por obtención de rendimientos de trabajo y de actividades económicas.
El importe de esta deducción se aplica sobre la cuota líquida total de impuesto sin que pueda generar una cuota líquida negativa.
Deducción por alquiler de la vivienda habitual
En el mantenimiento de Deducciones a la cuota se ha creado una nueva clave “ E- Alquiler vivienda habitual” con los campos estándar de las deducciones por gastos.
Se actualizan los importes, límites y porcentajes de las deducciones de las siguientes autonomías:
o Illes Balers
o Castilla y León
o Madrid
o La Rioja
o Canarias
o Región de Murcia
o Cataluña
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o Aragón
o Comunidad Valenciana
Se modifican las siguientes deducciones
Comunidad Valenciana
En esta comunidad se han realizado además modificaciones en las siguientes deducciones:
Por arrendamiento de vivienda habitual
Se actualiza la clave actual “F. Arrendamiento vivienda habitual CA Valencia”, se inserta el campo “Nº días**:” para permitir el prorrateo de los límites en función de este valor.
Se crean dos claves nuevas para el 20% y para el 25% con los mismos campos que la clave F.
Se controla en estas claves que se cumplan las circunstancias de aplicación del porcentaje (minusvalía y edad).
El criterio será el siguiente: en el caso de clave al 20%, se verificará si cumple los requisitos de minusvalía física o psíquica. Si no se cumplen se mirará si la edad es menor o igual a 35 años siempre que el número de días sea igual a cero y si es menor o igual de 36, si el número de días es diferente de cero.
En el caso de clave al 25%, se verificará si cumple los requisitos de minusvalía física o psíquica y que la edad sea menor o igual a 35 años si el número de días es igual a cero o, menor o igual de 36, si el número de días es diferente de cero.
Nuevas deducciones
Comunidad Valenciana
Deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual con financiación ajena.
Deducción % ó € Dentro de los dos años siguientes a la adquisición o rehabilitación: 3,3% Después de los dos años siguientes a la adquisición o rehabilitación:1,65%
Requisitos Se entenderá que existe financiación ajena:
si el importe financiado supone al menos, el porcentaje del 50%. Durante los tres primeros años no se amorticen cantidades que superen en
su conjunto el 40% del importe solicitado.
Fecha de adquisición o rehabilitación > 20/01/2006
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No será de aplicación a las cantidades destinadas a la construcción o ampliación de la vivienda ni a las depositadas en cuenta vivienda.
Compatible con las deducciones por adquisición de vivienda habitual jóvenes y por adquisición vivienda habitual discapacitados.
Incompatible con deducción por adquisición con ayudas públicas de CA Valencia
Límite particular de deducción
Base máxima deducción: 4.507,59€.
Mantenimiento Deducciones a la cuota
- Se actualiza la actual clave “6. Vivienda habitual Valencia” - Se modifica el asistente para añadir la posibilidad de elección de esta
nueva circunstancia.
Cálculo
- Si se utiliza esta clave, se calculará si se cumplen los requisitos de financiación ajena para calcular la deducción autonómica, según los importes introducidos.
Canarias
Deducción por variación del Euribor.
Deducción % ó € El porcentaje de deducción = Euribor medio anual del periodo impositivo (-) Euribor medio anual periodo anterior**
**Fijados por el Banco de España
Base = cantidades satisfechas por amortización, intereses y demás gastos derivados de la financiación
Requisitos Contribuyentes que:
- Primera vivienda habitual mediante préstamo hipotecario a tipo variable referenciado a euribor,
- base imponible general.<30.000€ en tributación individual o 42.000€ en tributación conjunta.
Límite particular de deducción
Base máxima = 9.015€
Mantenimiento Deducciones a la cuota
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- Se añade en el mantenimiento, cuando se trata de la clave “VI vivienda habitual Canarias”, una casilla de verificación “Ref, préstamo Euribor” y el campo % dif.Euribor
- Se actualiza el asistente para que pueda grabar los nuevos campos de esta clave añadiendo la posibilidad de escoger esta nueva circunstancia.
- Se inserta el campo “% dif. Euribor”, se habilita si la casilla anterior está marcada.
NOTA: Este valor se podrá guardar para ser utilizado en otras entradas de esta deducción. Para ello cuando se modifica la aplicación pregunta si desea guardarlo como valor por defecto.
Cálculo
- Si se utiliza esta clave y la casilla de verificación referencia Euribor está marcada, se calculará si se cumplen los requisitos de financiación ajena para calcular la base de deducción según los importes introducidos y la deducción autonómica, multiplicando dicha base por el valor del campo “% dif. Euribor”.
Cataluña
Rehabilitación vivienda habitual
Deducción % ó €
Tramo autonómico Cataluña
Tramo estatal
Con carácter general
Régimen especial
Inversión hasta 9.015€ 10,05% 4,95% 7,95%
Requisitos
Límite particular de deducción
Base máxima = 9.015€
Mantenimiento Deducciones a la cuota
Cálculo
- Se crear una nueva clave de deducción por inversión en vivienda habitual. “Rehabilitación vivienda habitual Catalunya”.
- Se modifica el asistente para añadir la posibilidad de elección de esta nueva circunstancia.
Aragón
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Adquisición vivienda habitual por víctimas de terrorismo
Deducción % ó € 3% de las cantidades satisfechas
Requisitos Requisitos:
- El contribuyente, el cónyuge o pareja de hecho, o alguno de los hijos que conviven tiene la condición de víctima de terrorismo
- Fecha de adquisición >= 03/07/2008 - Debe tratarse de una vivienda nueva. - Debe estar situada en la comunidad autónoma de Aragón. - Debe estar acogida a alguna modalidad de vivienda de protección
pública - Debe constituir la primera residencia del contribuyente.
Límite particular de deducción
Base máxima = 9.015€
Mantenimiento Deducciones a la cuota
Cálculo
- Nueva clave de deducción por inversión en vivienda habitual. “Adquisición vivienda habitual víctimas terrorismo Aragón”.
Con las características de una deducción por gastos. Fecha mínima 03/07/2008
- Se modifica el asistente para añadir la posibilidad de elección de esta nueva circunstancia.
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Traspaso de ejercicios
Incluimos a continuación un recordatorio del proceso de traspaso de códigos, opción que permite traspasar una o todas las declaraciones del ejercicio anterior al actual. También se traspasan las cantidades pendientes de compensar originadas por el cálculo de las declaraciones del año anterior.
Operativa:
Seleccione el código de traspaso. Podrá traspasar todos los datos del ejercicio anterior, si selecciona el código "0". Se puede personalizar el traspaso, pulsando el botón CONFIGURAR. Todos los códigos de traspaso se pueden configurar excepto el "0".
Informe qué coeficiente de actualización aplicar al valor catastral del terreno o al del inmueble del ejercicio anterior e informe los campos Actualiza valor catastral y Actualiza valor catastral del terreno (revisado, no revisado o todos).
Active las casillas de verificación:
- Traspasar valores mobiliarios. Para traspasar tipos de valores mobiliarios y operaciones de valores mobiliarios.
- Presentar sólo los códigos que se listaron en el ejercicio anterior. Para mostrar sólo los que en el ejercicio anterior tienen el estado de listados.
- Traspasar listados. Para traspasar automáticamente informes definidos desde Diseño.
Operativa de la opción CONFIGURAR
Seleccione en Ficheros de renta qué ficheros traspasar. Recuerde que debe traspasar obligatoriamente los ficheros Declarantes, Cónyuges y Otros miembros.
Seleccione en Campos de... qué contenido desea traspasar y qué condiciones debe cumplir:
- Si un registro del fichero no cumple la condición establecida para el campo, no se traspasará.
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- Podrá indicar varias condiciones para un mismo campo. En este caso, se traspasarán los registros que cumplan una de las condiciones. Los campos con una condición establecida estarán marcados con un asterisco.
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