01 Presentacion Base

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COMO AFRONTAR CON ÉXITO UN PROCESO DE INSPECCCION LABORAL DE SUNAFIL SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Ley Nº 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Reglamento Ley Nº 29783 - D.S. Nº 005-2012-TR Dr. Carlos Elías Bedoya

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  • COMO AFRONTAR CON XITO UN PROCESO DE

    INSPECCCION LABORAL DE SUNAFIL SOBRE

    SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    Ley N 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Reglamento Ley N 29783 - D.S. N 005-2012-TR

    Dr. Carlos Elas Bedoya

  • GENERALIDADES.

    Sistemas de Gestin

    Es un mtodo planificado, documentado, verificable y

    mejorable destinado a administrar los peligros y riesgos

    asociados a la gestin de la empresa.

    Todos los componentes y elementos del Sistema de

    Gestin, estn integrados, relacionados y diseados

    para reducir los riesgos en materia de SSO.

  • GENERALIDADES.

    Es un SISTEMA porque se trata de una serie de

    elementos (procesos), interrelacionados entre si, los

    cuales son capaces de generar una respuesta repetible

    e identificable para administrar los asuntos de SSO.

    Se le denomina Sistema de GESTIN porque

    contempla las Responsabilidades, Compromisos y

    Recursos, comenzando por la alta gerencia e

    incluyendo a todos los empleados, para garantizar que

    se tomen las medidas necesarias en materia de SSO.

  • Fuentes:

    Legales

    Normas internacionales

    Propia organizacin

    TRMINOS Y DEFINICIONES.

  • Legales:

    Ley N 29783.

    DS N 005-2012-TR.

    DS N 055:2010 EM. Mineras y Contratistas

    G.050 Norma de Seguridad en la Construccin.

    RM N 375-2008-TR. Norma Bsica de Ergonoma

    TRMINOS Y DEFINICIONES.

  • Ley N 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo

    REQUISITOS DE LAS NORMAS.

  • TTULO IV - CAPTULO 1.

    SISTEMA DE GESTIN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN

    EL TRABAJO

    TTULO IV.

    SISTEMA DE GESTIN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN

    EL TRABAJO

    Ley N 29783

    DS-005-2012-TR

    REQUISITOS DE LAS NORMAS.

  • Ttulo 4, Capitulo 1, bis

    Principios del sistema

    Ttulo 4, Capitulo 3, bis

    Organizacin del sistema de gestin

    Ttulo 4, Capitulo 4

    Ttulo 4, Captulo 6

    Planificacin y aplicacin del sistema

    Ley N 29783

    DS-005-2012-TR

    REQUISITOS DE LAS NORMAS.

  • Ttulo 4, Capitulo 5

    Ttulo 4, Captulo 8

    Evaluacin del sistema

    Ttulo 4, Capitulo 6

    Ttulo 4, Captulo 9

    Accin para la mejora continua

    Ley N 29783 DS-005-2012-TR

    REQUISITOS DE LAS NORMAS.

  • Titulo V, bis

    Derechos y Obligaciones

    Capitulo 1, bis

    Derechos y obligaciones de los Empleadores

    Capitulo 2, bis

    Derechos y obligaciones de los Trabajadores

    Ley N 29783

    DS-005-2012-TR

    REQUISITOS DE LAS NORMAS.

  • Poltica

  • Requisitos Ttulo 4, Captulo 2.

    Art. 22.

    La empresa en consulta con los trabajadores y sus representantes,

    expone por escrito la poltica en materia de SST

    a) Poltica SGST especfica para la empresa y apropiada al tamao y

    naturaleza de sus actividades.

    b) Poltica SGST concisa, clara, fechada y firmada por la empresa.

    c) Poltica SGST difundida y accesible a todos los trabajadores

    d) Poltica SGST actualizada peridicamente

    Ley N 29783

    POLTICA.

  • Requisitos Articulo 23.

    Principios de la Poltica del Sistema da Gestin de la Seguridad y

    Salud en el Trabajo

    a) Poltica SGSST incluye proteccin de la seguridad y salud mediante

    la prevencin de los daos relacionados con el trabajo.

    b) Poltica SGSST incluye el cumplimiento de los requisitos legales en

    SST

    c) Poltica SGSST incluye la garanta de que los trabajadores y

    representantes son consultados y participan activamente en todos los

    elementos del SGSST

    d) Poltica SGSST incluye mejora continua del desempeo del SGSST

    e) Poltica SGSST es compatible con los otros sistemas de gestin de

    la organizacin, o debe estar integrado en los mismos.

    Ley N 29783

    POLTICA.

  • Inconvenientes usuales en la Poltica SST:

    Redaccin: Implementacin:

    No personalizada

    Extensa

    Se omiten elementos

    No se conoce

    No se entiende

    No se aplica

    POLTICA.

  • Poltica: Sistemas Integrados

    Que significa el enfoque integrado

    Elementos que se pueden integrar

    Requisitos particulares de cada norma de referencia.

    Aplicacin a la Poltica

    POLTICA.

  • Asumir compromiso con valores de seguridad, la salud de las personas y la proteccin del medio ambiente.

    Desarrollar programas de seguridad, salud y medio ambiente y proporciona los recursos necesarios.

    Asegurar que el personal conoce y aplica principios y estndares establecidos.

    POLTICA.

  • Ejemplo Poltica Integrada Se integra la seguridad, la salud y el medio

    ambiente en la gestin del negocio.

    Cumplir los requisitos legales y otros requisitos vigentes en materia de seguridad, salud y de medio ambiente.

    Planificar considerando las tendencias legislativas y los estndares internacionales.

    POLTICA.

  • Ejemplo Poltica Integrada

    Establecer objetivos de mejora y metas en seguridad, salud y medio ambiente de forma sistemtica, evaluar desempeo.

    Asimismo trabajar en la bsqueda de nuevas soluciones tcnicas, sobre cuestiones de seguridad, salud y proteccin ambiental.

    POLTICA.

  • Quin es el responsable de la gestin de la Seguridad

    y Salud en el Trabajo?

    El empleador, es quien asume el liderazgo y compromiso de

    estas actividades en la organizacin. Delegar las

    funciones y la autoridad necesaria.

    CMO ORGANIZAMOS EL SISTEMA DE GESTIN?

  • Qu normas debe contener el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el

    Trabajo en empresas con ms de 20 trabajadores?

    a) Objetivos y alcances.

    b) Liderazgo, compromisos y poltica de seguridad y salud.

    c) Atribuciones y obligaciones del empleador, de los supervisores, del Comit de

    Seguridad y Salud, de los trabajadores y de las empresas que les brindan servicios, si

    las hubiera.

    d) Estndares de seguridad y salud en las operaciones.

    e) Estndares de seguridad y salud en los servicios y actividades conexas.

    f) Estndares de control de los peligros existentes y riesgos evaluados.

    g) Preparacin y respuesta a emergencias.

    CMO ORGANIZAMOS EL SISTEMA DE GESTIN?

  • Cules son las funciones del Comit y del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo?

    a) Hacer cumplir la LEY SST, el RISST, las normativas sectoriales y el Reglamento Interno de Seguridad y Salud de cada empresa.

    b) Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud.

    c) Realizar inspecciones peridicas a las instalaciones de la empresa.

    d) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud.

    e) Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa anual, y en forma extraordinaria para analizar los accidentes graves o cuando las circunstancias lo exijan.

    f) Analizar las causas y las estadsticas de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales emitiendo las recomendaciones respectivas.

    CMO ORGANIZAMOS EL SISTEMA DE GESTIN?

  • a) Registro de accidentes e incidentes Medidas correctivas e investigacin.

    b) Registro de enfermedades ocupacionales.

    c) Registro de exmenes mdico ocupacionales.

    d) Registro del monitoreo de agentes fsicos, qumicos, biolgicos y

    factores de riesgo ergonmicos.

    e) Registro de inspecciones internas y evaluaciones de salud y

    seguridad en el trabajo.

    f) Estadsticas de seguridad y salud.

    g) Registro de incidentes y sucesos peligrosos.

    h) Registro de equipos de seguridad o emergencia.

    i) Registro de induccin, capacitacin, entrenamiento y simulacros

    de emergencia

    CMO ORGANIZAMOS EL SISTEMA DE GESTIN?

  • PLANIFICACIN Y APLICACIN.

    Lnea de Base

  • Elaboracin de Lnea de Base

    Como primer paso una evaluacin inicial o estudio de lnea base, como diagnstico del estado de la Salud y Seguridad en el Trabajo..

    Qu ventajas le otorgan a la empresa la planificacin, el desarrollo y la aplicacin del Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo?

    a) Cumplir con las normas legales nacionales vigentes.

    b) Mejorar el desempeo laboral en forma segura.

    c) Mantener los procesos productivos y/o de servicios de manera que sean seguros y saludables.

    PLANIFICACIN Y APLICACIN DEL SGSST

  • POLTICA

    PLANIFICACIN

    Identificacin de Peligros y

    evaluacin

    de riesgos.

    Requisitos legales

    Objetivos

    Programas de Gestin

    MEJORA CONTINUA

    IMPLEMENTACIN

    * Estructura y Responsabilidad

    * Recurso Humano

    * Consulta y Comunicacin

    * Documentacin

    * Control Operativo

    * Preparacin y respuesta ante

    emergencias

    VERIFICACIN

    Seguimiento

    Correccin de Errores

    Registros

    Auditoria

    MEJORA CONTINUA

  • Planificacin:

    Identificacin de Peligros

    y Evaluacin de Riesgos.

    IPER.

  • Trminos y definiciones: Normas Nacionales

    Peligro

    Situacin o caracterstica intrnseca de algo capaz de ocasionar daos a las personas, equipos, procesos y ambiente. (DS 005-2012 TR)

    Todo aquello que tiene potencial de causar dao a las personas, equipos,

    procesos y ambiente(DS 055-2010-EM)

    IPER.

  • Trminos y definiciones: Normas Nacionales

    Riesgo

    Probabilidad de que un peligro se materialice en determinadas condiciones y genere daos a las personas, equipos y al ambiente. (DS 005-2012 -R)

    Es la combinacin de probabilidad y severidad reflejados en la posibilidad de que un peligro cause prdida o dao

    a las personas, a los equipos, a los procesos y/o al

    ambiente de trabajo. (DS 055-2010-EM)

    IPER.

  • Trminos y definiciones

    Identificacin de Peligros:

    Proceso mediante el cual se localiza y reconoce que existe

    un peligro y se definen sus caractersticas. (DS 005-2012-TR)

    IPER.

  • Planificacin: IPER.

    Propsito

    Importancia

    Priorizacin

    IPER.

  • Planificacin: IPER.

    Peligros se identifican

    Riesgos se evalan

    IPER.

  • Planificacin: IPER.

    Requisitos:

    Normas legales nacionales

    Normas internacionales

    IPER.

  • Planificacin: IPER.

    Normas legales nacionales

    Ley N 29783

    DS 005-2012-TR

    DS 055-2010-EM (Reglamento SSO Minera)

    Ley 28551(Planes de Contingencia)

    DS 015-2005 SA (Lmites agentes qumicos)

    RM 375-2008 TR (Riesgo disergonmico)

    IPER.

  • Planificacin: IPER.

    Ley N 29783 - Articulo 18.

    i) Evaluar los principales riesgos que puedan

    ocasionar los mayores perjuicios a la salud

    y seguridad de los trabajadores, al

    empleador y otros.

    IPER.

  • Planificacin: IPER.

    Ley N 29783, Artculo 39. La gestin de los riesgos debe comprender: a) Medidas de identificacin, prevencin y control. b) La mejora continua de los procesos, la gestin del cambio, la preparacin y respuesta a situaciones de emergencia.

    c) Las adquisiciones y contrataciones

    IPER.

  • Planificacin: IPER.

    Ley N 29783

    Articulo 57.- El empleador actualiza la

    evaluacin de riesgos una vez al ao como

    mnimo o cuando cambien las condiciones de

    trabajo o se hayan producido daos a la salud y

    seguridad en el trabajo.

    IPER.

  • 37

    Planificacin: IPER.

    Metodologa

    Equipo de Trabajo

    Listados de ayuda: Peligros, Riesgos, Consecuencias

    Cualitativas, cuali-cuantitativas, cuantitativos

    IPER.

  • Planificacin: IPER.

    Metodologas

    Matrices de riesgo

    Prob x Consec (x Expos)

    Matriz de n x m

    Tabla de valoracin, interpretacin y acciones a seguir

    IPER.

  • 39

    Ruido, Vibraciones

    Presiones anormales del entorno (hipobrica, hiperbrica)

    Temperaturas extremas (altas y bajas).

    Radiacin ionizante (rayos x, fuentes radioactivas)

    Radiacin no ionizante (sol, soldadura, infrarrojos. electromagntica, IR, UV, microondas, radiocomunicaciones).

    IPER.

  • 40

    Polvo

    Nieblas, Roco.

    Gases, Vapores, Humos

    Slidos (Ej. Cianuros), lquidos (Ej. cido ntrico)

    IPER.

  • 41

    Vegetales (helechos, musgos, etc.)

    Bacterias, Hongos, Virus, Parsitos, Protozoarios.

    Vectores. Ej. Ratas, mosquitos (anfeles). etc.

    IPER.

  • 42

    Sobreesfuerzo fsico.

    Levantamiento y transporte manual de peso.

    Posturas inadecuadas.

    Trabajos nocturnos.

    Ventilacin deficiente.

    Iluminacin inadecuada (deficiente o excesiva).

    IPER.

  • 43

    Contenido de la tarea (repetitiva, montona, ambigua)

    Organizacin del trabajo (turnos, horas extras, pausas)

    Relaciones humanas (jerarqua)

    IPER.

  • 44

    Equipos o maquinarias mviles. (Incluye el traslado de equipos, maquinaria o vehculos).

    Partes rotatorias o mviles (engranajes, ejes, pistones, etc.).

    Herramientas inadecuadas o defectuosas.

    Equipos e instalaciones elctricas energizadas.

    Materiales explosivos, Materiales inflamables.

    Equipos o instalaciones presurizadas (hidrulica, neumtica: mangueras, pulmones. etc.)

    IPER.

  • 45

    Organizacin fsica inadecuada (distribucin de un ambiente que lo torna peligroso).

    Falta de orden y limpieza.

    Estructuras inadecuadas o defectuosas.

    Almacenamiento, apilamiento inadecuado.

    Trabajos en altura.

    Espacios confinados.

    Superficies a desnivel, irregulares o resbalosas.

    IPER.

  • 46

    Fatalidad (mltiple, simple)

    Lesin incapacitante permanente/amputacin

    Lesin incapacitante temporal

    Lesin leve o trivial

    Enfermedad reversible

    Enfermedad irreversible

    IPER.

  • Objetivos y Metas

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

  • Definiciones

    Programa anual de seguridad y salud:

    Conjunto de actividades de prevencin en

    seguridad y salud en el trabajo que

    establece la organizacin, servicio o

    empresa para ejecutar a lo largo de un ao.

    (DS 005-2012-TR)

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

  • Artculo 42. Son funciones del Comit de Seguridad y

    Salud en el Trabajo:

    c) Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en

    el Trabajo. t) Reunirse mensualmente en forma ordinaria para

    analizar y evaluar el avance de los objetivos

    establecidos en el programa anual, y en forma

    extraordinaria para analizar accidentes que revistan

    gravedad o cuando las circunstancias lo exijan.

    Fuente: DS 005:2012-TR

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

  • Articulo 39. Objetivos de la Planificacin del Sistema

    de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo

    Los objetivos de la planificacin del SGSST de la

    empresa se centran en el logro de resultados

    especficos, realistas y posibles de aplicar por la

    empresa

    Fuente: Ley N 29783

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

  • Articulo 46. Disposiciones del mejoramiento

    continuo

    a) La mejora continua del SGSST de la empresa incluye

    los objetivos de SST de la empresa.

    b) La mejora continua del SGSST de la empresa incluye

    los resultados de las actividades de IPER

    Fuente: Ley N 29783

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

  • Artculo 58.- La gestin y establecimiento del

    Programa Anual del PASSO comprende:

    b) El planeamiento, organizacin, direccin, ejecucin y

    control de las actividades encaminadas a identificar,

    evaluar, reconocer, especificar lineamientos y registrar

    todas aquellas acciones, omisiones y condiciones de

    trabajo que pudieran afectar la salud o la integridad

    fsica de los trabajadores, daos a la propiedad,

    interrupcin de los procesos productivos o degradacin

    del ambiente de trabajo.

    Fuente: DS 055-2010-EM

    Programa Anual de Seguridad y

    Salud Ocupacional (PASSO)

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

  • 1. GENERALIDADES

    1.1. Descripcin de la empresa, caractersticas y actividades

    1.2 Censo de Trabajadores y Poblacin

    1.3 Alcance del Programa

    1.4 Objetivos

    1.4.1 Objetivos Generales

    1.4.2 Objetivos especficos

    2. ACTIVIDADES CON RIESGOS CRITICOS

    ndice del Programa

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

  • 3. CONTROLES DE LAS ACTIVIDADES CRTICAS

    4. HERRAMIENTAS DE GESTION DE SEGURIDAD

    4.1 Tipos de Herramientas de Gestin

    a) Elaboracin de la matriz IPER b) Elaboracin y aplicacin de PETS

    c) Inspecciones Planificadas

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

    ndice del Programa

  • e. Reuniones Grupales

    f. Observacin Planificada de Tareas.

    g. Reportes de Desvos (condicin, actos subestndar e incidentes)

    h. Investigacin de Incidentes y Accidentes

    i. Registro de Acciones Correctivas (RAC)

    j. Indicadores de Performance de Seguridad CPI

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

    ndice del Programa

  • 5.- CAPACITACION DEL PERSONAL

    6. MONITOREO Y CONTROL DE AGENTES FISICOS Y QUIMICOS

    6.1 Monitoreo de emisiones en equipos DIESEL

    6.2 Sistema de Ventilacin Subterrnea: Principal, secundaria y auxiliar.

    7. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS Y EQUIPOS

    7.1 Gestin de Mantenimiento de Equipos Pesados

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

    ndice del Programa

  • 7.2 Gestin de Mantenimiento de vehculos.

    7.3 Gestin de Mantenimiento de Equipos en general: Compresoras, subestaciones elctricas, sistemas de izaje, Bombas, etc.

    8.- EXAMENES MEDICOS PREOCUPACIONALES

    8.1 Control de exmenes de ingreso y salida de personal.

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

    ndice del Programa

  • 9.- SERVICIOS ASISTENCIALES Y DE BIENESTAR

    9.1 Servicio Mdicos

    9.2 Servicios Educacionales

    9.3 Viviendas - Recreacin

    10.- RECURSOS DEL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD

    10.1 Humanos

    10.2 Materiales

    10.3 Locales

    10.4 Equipos de Respuesta a emergencias

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

    ndice del Programa

  • 10.5 Brigadas de Emergencias

    10.6 Biblioteca.

    11.- PROGRAMA DE ACTIVIDADES

    12.- GESTION DE SEGURIDAD EN EMPRESAS ESPECIALIZADAS

    13.- HERRAMIENTAS DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD

    13.1 Comits de Seguridad e Higiene Minera

    13.2 Auditorias Internas

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

    ndice del Programa

  • 14.- MANUAL INTERNO DE SEGURIDAD

    14.1 Procedimientos para administrar el Riesgo

    14.2 Procedimientos para gestionar el Peligro

    15.- MISCELANEOS

    16.- PRESUPUESTO DEL DEPARTAMENTO DE

    SEGURIDAD

    17.- ORGANIGRAMA DEL DEPARTAMENTO DE

    SEGURIDAD

    OBJETIVOS METAS Y PROGRAMAS.

    ndice del Programa

  • Recursos, responsabilidad,

    funciones y autoridad

    RECURSOS Y RESPONSABILIDAD.

  • II. PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD.

    El empleador asume las implicancias econmicas, legales y

    de cualquier otra ndole a consecuencia de un accidente o

    enfermedad que sufra el trabajador en el desempeo de sus

    funciones o a consecuencia de el, conforme a las normas

    vigentes.

    Fuente: Ley N 29783

    RECURSOS Y RESPONSABILIDAD.

  • Articulo 26.

    El Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo es

    responsabilidad del empleador, quien asume el liderazgo y compromiso

    de estas actividades en la organizacin.

    El empleador delega las funciones y la autoridad necesaria al personal

    encargado del desarrollo, aplicacin y resultados del Sistema de Gestin

    de la Seguridad y Salud en el Trabajo, quien rinde cuentas de sus

    acciones al empleador o autoridad competente; ello no lo exime de su

    deber de prevencin y, de ser el caso, de resarcimiento.

    Fuente: Ley N 29783

    RECURSOS Y RESPONSABILIDAD.

  • Funciones especficas

    Artculo 42.- Funciones del Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Derechos y Obligaciones (Empleador y Trabajadores)

    Fuente: DS 005-2012-TR

    RECURSOS Y RESPONSABILIDAD.

  • Competencia, Formacin

    y Toma de Conciencia

    COMPETENCIAS Y FORMACIN.

  • Capacitacin: Actividad que consiste en trasmitir

    conocimientos tericos y prcticos para el

    desarrollo de competencias, capacidades y

    destrezas acerca del proceso de trabajo, la

    prevencin de los riesgos, la seguridad y la

    salud.

    Fuente: DS 005:2012-TR

    Definiciones

    COMPETENCIAS Y FORMACIN.

  • Induccin:

    Capacitacin inicial dirigida a otorgar

    conocimientos e instrucciones al trabajador

    para que ejecute labor en forma segura,

    eficiente y correcta.

    Definiciones

    Fuente: DS 005:2012-TR

    COMPETENCIAS Y FORMACIN.

  • Induccin General: Capacitacin al trabajador sobre temas

    generales como poltica, beneficios, servicios, facilidades,

    normas, prcticas, y el conocimiento del ambiente laboral del

    empleador, efectuada antes de asumir su puesto.

    Induccin Especfica: Capacitacin que brinda al trabajador

    la informacin y el conocimiento necesario que lo prepara

    para su labor especfica.

    Definiciones

    Fuente: DS 005:2012-TR

    COMPETENCIAS Y FORMACIN.

  • Articulo 27.

    La empresa define los requisitos de competencia

    necesarios para cada puesto de trabajo y adopta

    disposiciones para que todo trabajador de la

    organizacin est capacitado para asumir

    deberes y obligaciones relativos a la segundad y

    salud, y establece programas de capacitacin y

    entrenamiento como parte de la jomada laboral

    Competencia

    Fuente: Ley N 29783

    COMPETENCIAS Y FORMACIN.

  • Artculo 51. Asignacin de labores y

    competencias.

    La empresa considera las competencias

    personales, profesionales y de gnero de

    los trabajadores, en SST, al momento de

    asignarles las labores.

    Competencia

    Fuente: Ley N 29783

    COMPETENCIAS Y FORMACIN.

  • Artculo 49.

    El empleador brinda oportuna y apropiadamente,

    capacitacin y entrenamiento en SST en el puesto de trabajo

    o funcin especfica al momento de la contratacin, durante

    el desempeo de la labor o cuando se produzcan cambios en

    la funcin o puesto de trabajo o en la tecnologa.

    Competencia

    Fuente: Ley N 29783

    COMPETENCIAS Y FORMACIN.

  • Articulo 74. Participacin en los programas de

    capacitacin.

    Los trabajadores o sus representantes tienen la

    obligacin de revisar los programas de

    capacitacin y entrenamiento, y formular las

    recomendaciones al empleador con el fin de

    mejorar la efectividad de los mismos

    Competencia

    Fuente: Ley N 29783

    COMPETENCIAS Y FORMACIN.

  • Artculo 79. Obligaciones del trabajador

    En materia de prevencin de riesgos laborales, los

    trabajadores tienen las siguientes obligaciones:

    f) Participar en los organismos paritarios, en los

    programas de capacitacin y otras actividades destinadas

    a prevenir los riesgos laborales que organice su

    empleador o la autoridad administrativa de trabajo, dentro

    de la jomada de trabajo.

    Competencia

    Fuente: Ley N 29783

    COMPETENCIAS Y FORMACIN.

  • Lista de asistencia

    Cuestionario de Satisfaccin

    de asistentes.

    Evaluacin oral o escrita.

    Evaluacin del inmediato superior.

    Evaluacin de desempeo, logro de objetivos.

    Medicin de Eficacia:

    COMPETENCIAS Y FORMACIN.

  • Documentacin del

    Sistema de Gestin de SST

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • Articulo 28. Registros del Sistema de

    Gestin da la Seguridad y Salud en el

    Trabajo.

    La empresa implementa los registros y

    documentacin del SGSST de manera

    actualizada y a disposicin de los

    trabajadores

    Fuente: Ley N 29783

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • Artculo 33. Los registros obligatorios del Sistema de Gestin de

    Seguridad y Salud en el Trabajo son:

    a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales,

    incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la

    investigacin y las medidas correctivas.

    b) Registro de exmenes mdicos ocupacionales.

    c) Registro del monitoreo de agentes fsicos, qumicos, biolgicos,

    psicosociales y factores de riesgo disergonmicos.

    d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el

    trabajo.

    Fuente: DS 005-2012-TR

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • e) Registro de estadsticas de seguridad y salud.

    f) Registro de equipos de seguridad o emergencia.

    g) Registro de induccin, capacitacin, entrenamiento y simulacros

    de emergencia.

    h) Registro de auditoras.

    Fuente: DS 005-2012-TR

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • Articulo 40. Procedimientos de la evaluacin.

    La empresa evala con regularidad los resultados logrados

    en SST. Realiza la evaluacin, vigilancia y control de la

    SST e incluye los procedimientos internos y externos a la

    empresa

    Fuente: Ley N 29783

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • Articulo 47. Revisin de los procedimientos del

    empleador .

    La empresa revisa peridicamente los

    procedimientos del SGSST para lograr mayor

    eficacia y eficiencia en el control de los riesgos

    Fuente: Ley N 29783

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • Piense en especificar:

    Estructura: Encabezado, tipo letra, etc.

    Codificacin de los documentos.

    Quin es responsable por escribirlos;

    RECOMENDACIONES

    Generales:

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • Piense en especificar:

    Fecha de vigencia.

    Mtodo para revisar, aprobar y hacer disponible.

    Medios a utilizar para la generacin de documentos (fsico-papel, magntico o combinacin)

    Control centralizado o distribuido.

    RECOMENDACIONES

    Generales:

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • RECOMENDACIONES

    Redaccin de documentos:

    No usar palabras sujetas a interpretacin (Ej. Temprano, Adecuado, Correcto, Satisfactorio)

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • CONTROL DE LA

    DOCUMENTACIN

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • Asegurar claridad, adecuacin y estructura

    apropiada antes de emitir un documento.

    Pedir opinin a los usuarios o personal

    relacionado.

    Someter a aprobacin respectiva.

    REVISIN Y APROBACIN DE LA

    DOCUMENTACIN

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • Copias fsicas

    Identificar el nmero de copias a emitir, en

    funcin a las reas involucradas en la

    actividad.

    Identificar cada copia con un nmero o

    destinatario.

    Disponer de evidencia de revisin y

    aprobacin.

    DISTRIBUCIN DE LA DOCUMENTACIN

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • Copias electrnicas

    Disponer de evidencia de revisin y

    aprobacin.

    Informar a usuarios de la disponibilidad.

    Control de modificaciones no autorizadas.

    Control de impresin.

    Back up.

    DISTRIBUCIN DE LA DOCUMENTACIN

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • Asegurar que personal use la edicin vigente

    del documento (cambiar con la edicin

    obsoleta).

    Elaborar lista con el estado de revisin y

    nmero de asignacin.

    Puede emitirse copias no controladas

    claramente identificados.

    CONTROL DE CAMBIOS DE LA

    DOCUMENTACIN

    DOCUMENTACIN SGSST.

  • Comunicacin, participacin y

    consulta

  • Comunicacin

    Art. 18

    g) Asegurar la existencia de medios de

    retroalimentacin desde los trabajadores al

    empleador en seguridad y salud en el

    trabajo.

    Fuente: Ley N 29783

    COMUNICACIN PARTICIPACIN Y CONSULTA.

  • Comunicacin

    Articulo 19.

    Participacin de los trabajadores en el Sistema de

    Gestin de la Segundad y Salud en el Trabajo.

    a) Existe consulta, informacin y capacitacin en todos

    los aspectos de la seguridad y salud en el trabajo.

    Fuente: Ley N 29783

    COMUNICACIN PARTICIPACIN Y CONSULTA.

  • Comunicacin Articulo 44.

    Efectos de las auditoras e investigaciones.

    Sus resultados deben ser comunicados al comit de

    seguridad y salud en el trabajo, a los trabajadores y a sus

    organizaciones sindicales.

    Fuente: Ley N 29783

    COMUNICACIN PARTICIPACIN Y CONSULTA.

  • Comunicacin Articulo 52.

    Informacin sobre el puesto de trabajo.

    El empleador transmite a los trabajadores, de manera

    adecuada y efectiva, la informacin y los conocimientos

    necesarios en relacin con los riesgos en el centro de

    trabajo y en el puesto o funcin especfica, as como las

    medidas de proteccin y prevencin aplicables a tales

    riesgos

    Fuente: Ley N 29783

    COMUNICACIN PARTICIPACIN Y CONSULTA.

  • Comunicacin Art 69

    b) Se proporciona informacin y capacitacin sobre

    instalacin, adecuada utilizacin y mantenimiento

    preventivo de maquinarias y equipos.

    c) Se proporciona informacin y capacitacin para uso de

    materiales peligrosos.

    Fuente: Ley N 29783

    COMUNICACIN PARTICIPACIN Y CONSULTA.

  • Comunicacin

    d) Las instrucciones, manuales, avisos de peligro u otras

    medidas de precaucin colocadas en los equipos y

    maquinars, as como cualquier otra informacin vinculada

    a sus productos, estn o sean traducidos al idioma

    castellano y estn redactados en un lenguaje sencillo y

    preciso con la finalidad que permiten reducir los riesgos

    laborales.

    Fuente: Ley N 29783

    COMUNICACIN PARTICIPACIN Y CONSULTA.

  • Comunicacin

    e) Las informaciones relativas a las mquinas, equipos,

    productos, sustancias o tiles de trabajo sean facilitadas a

    los trabajadores en trminos que resulten comprensibles

    para los mismos.

    Fuente: Ley N 29783

    COMUNICACIN PARTICIPACIN Y CONSULTA.

  • Comunicacin

    Articulo 70.

    Cambios en las operaciones y procesos.

    El empleador garantiza que los trabajadores hayan sido

    consultados antes de que se ejecuten los cambios en las

    operaciones, los procesos y en la organizacin del trabajo

    que puedan tener repercusiones en la seguridad y salud de

    los trabajadores

    Fuente: Ley N 29783

    COMUNICACIN PARTICIPACIN Y CONSULTA.

  • Comunicacin

    Artculo 75.

    Participacin en la identificacin de riesgos y peligros.

    Los representantes de los trabajadores en seguridad y

    salud en el trabajo participan en la identificacin de los

    peligros y en la evaluacin de los riesgos en el trabajo,

    solicitan al empleador los resultados de las evaluaciones,

    sugieren las medidas de control y hacen seguimiento de

    estas.

    Fuente: Ley N 29783

    COMUNICACIN PARTICIPACIN Y CONSULTA.

  • Comunicacin

    Articulo 71.

    El empleador informa a los trabajadores:

    a) ..de las razones para los exmenes de salud ocupacional

    e investigaciones en relacin con los riesgos para la

    seguridad y salud en los puestos de trabajo.

    b) ..sobre los resultados de los informes mdicos previos a la

    asignacin de un puesto de trabajo y los relativos a la

    evaluacin de su salud.

    Fuente: Ley N 29783

    COMUNICACIN PARTICIPACIN Y CONSULTA.

  • Comunicacin

    Art 79. Los trabajadores tienen obligacin de:

    g) Comunicar al empleador todo evento o situacin que

    ponga o pueda poner en riesgo su segundad y salud o las

    instalaciones fsicas, debiendo adoptar inmediatamente, de

    ser posible, las medidas correctivas del caso sin que

    genere sancin de ningn tipo.

    h) Reportar a los representantes o delegados de

    segundad, de forma inmediata, la ocurrencia de cualquier

    incidente, accidente de trabajo o enfermedad profesional.

    Fuente: Ley N 29783

    COMUNICACIN PARTICIPACIN Y CONSULTA.

  • Comunicacin

    Art 75 Empleadores estn obligados a notificar al MTPE los accidentes de trabajo

    mortales, dentro de las 24 horas de

    ocurrido el hecho.

    Fuente: Ley N 29783

    COMUNICACIN PARTICIPACIN Y CONSULTA.

  • Control Operacional

  • Articulo 21. Las medidas de prevencin y proteccin del Sistema de

    Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

    a) Considera la liminacin de los peligros y riesgos. Control en el origen,

    en el medio de transmisin y en el trabajador, privilegiando el control

    colectivo al individual.

    b) Considera el tratamiento, control o aislamiento de los peligros y

    riesgos, adoptando medidas tcnicas o administrativas

    Fuente: Ley N 29783

    CONTROL OPERACIONAL.

  • c) Considera mnimizar los peligros y riesgos, adopta

    sistemas de trabajo seguro que incluye disposicion

    administrativas de control.

    d) Considera la sustitucin, de procedimientos, tcnicas,

    medios, sustancias y productos peligrosos por otros de

    menor nesgo

    e) Considera facilitar EPP adecuados, asegurndose que

    los trabajadores los utilicen y conserven en forma correcta.

    Fuente: Ley N 29783

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Artculo 74. Los empleadores con veinte (20) o ms

    trabajadores deben elaborar su Reglamento Interno de

    Seguridad y Salud en el Trabajo, el que debe contener la

    siguiente estructura mnima:

    d) Estndares de seguridad y salud en las operaciones.

    e) Estndares de seguridad y salud en los servicios y

    actividades conexas.

    f) Preparacin y respuesta a emergencias.

    Fuente: DS 005-2012-TR

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Articulo 47. Revisin de los procedimientos del

    empleador.

    La empresa revisa peridicamente los procedimientos del

    SGSST para lograr mayor eficacia y eficiencia en el control

    de los riesgos

    Fuente: Ley N 29783

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Articulo 50. Medidas de prevencin facultadas al

    empleador.

    a) Gestiona los riesgos, eliminndolos en su origen y

    aplicando sistemas de control a aquellos que no se puedan

    eliminar

    Fuente: Ley N 29783

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Artculo 57. Evaluacin de riesgos.

    La empresa actualiza la evaluacin de riesgos una vez al ao

    como mnimo o cuando cambien las condiciones de trabajo o

    se hayan producido daos a la SST.

    a) Si es necesario, la empresa realiza controles peridicos

    de la salud de los trabajadores y de las condiciones de

    trabajo para detectar situaciones potencialmente peligrosas.

    Fuente: Ley N 29783

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Identificar peligros

    Evaluar riegos

    Determinar

    controles

    Transferir:

    Terceros, seguros

    Tolerar:

    Nivel de riesgo

    aceptable

    Tratar:

    Actividades de

    control

    Terminar:

    Evitar o eliminar

    Peligros/riesgos

    Mantener continuamente:

    Identificar-Evaluar-Controlar

    Fuente:

    Safety, Health, Environmental and Quality Management.

    G. L Germain et al

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Terminar Debera usarse cuando:

    El riesgo es muy alto

    Se alinea a los objetivos de la organizacin

    Ejm:

    En el diseo (ergonoma);

    Sustitucin: solventes agresivos por los que no lo son, asbesto;

    Rediseo de actividades criticas.

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Tratar

    Debera usarse cuando: No pueden eliminarse o evitarse

    No es tcnica o econmicamente posible.

    Filosofa de control: ALARP (tan bajo como razonablemente practicable

    Mitigar, aliviar, tratar para reducir a nivel de riesgo aceptable.

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Tratar Acciones posibles:

    Entrenamiento y comunicacin

    Anlisis y control de tarea y operacin

    Adquirir sistemas de control

    Permisos de trabajo y reglas de trabajo

    Sistemas de higiene y salud ocupacional

    Equipos de proteccin personal

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Estrategias para el control Prevenir la creacin del peligro en el lugar de

    trabajo

    Reducir la magnitud del peligro que se introduce

    Prevenir que se libere el peligro que ya existe

    Modificar la tasa o distribucin espacial de la liberacin del peligro desde su fuente

    Separar en tiempo o espacio el peligro de lo que se va a proteger.

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Estrategias para el control

    Separar el peligro y lo que va a ser protegido con uso de barreras

    Modificar las caractersticas bsicas del peligro

    Hacer que lo que se va a proteger sea ms resistente al dao que asocia el peligro

    Contabilizar el dao ocurrido por el ambiente peligroso

    Estabilizar, reparar, rehabilitar el objeto del dao

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Tolerar

    Debemos reconocer que el riesgo es un hecho de vida y gestionar un riesgo

    tolerable.

    Aceptable o tolerable es dinmico: personas, empresas, legislacin, entorno,

    rubro, etc.

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Transferir

    Seguros (SCTR). Transfiere slo responsabilidad financiera, no tica-moral

    Contratistas (Sistemas de Gestin, EPP, Permisos y procedimientos, habilidades,

    entrenamiento, permiso, licencias,

    reuniones y charlas, etc.)

    CONTROL OPERACIONAL.

  • Seguimiento y Medicin

  • Requisitos Articulo 20.

    Mejoramiento del Sistema de Gestin de la Segundad y

    Salud en el Trabajo.

    a) Cuenta con identificacin de las desviaciones de las

    prcticas y condiciones aceptadas como seguras.

    b) Cuenta con estndares de seguridad

    c) Cuenta con medicin peridica del desempeo con

    respecto a los estndares.

    d) Cuenta con evaluacin peridica del desempeo con

    respecto a los estndares.

    e) Cuenta con correccin y reconocimiento del desempeo.

    Fuente: Ley N 29783

    SEGUIMIENTO Y MEDICIN.

  • Requisitos Articulo 40.

    La evaluacin, vigilancia y control de la seguridad y salud

    en el trabajo comprende procedimientos internos y

    externos a la empresa, que permiten evaluar con

    regularidad los resultados logrados en materia de

    seguridad y salud en el trabajo

    Articulo 41.

    La supervisin permite:

    a) Identificar las fallas o deficiencias en el Sistema de

    Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

    Fuente: Ley N 29783

    SEGUIMIENTO Y MEDICIN.

  • Requisitos Articulo 46.

    Las disposiciones adoptadas para la mejora continua del

    Sistema de Gestin de la Segundad y Salud en el Trabajo

    tienen en cuenta:

    a) Los objetivos de la segundad y salud en el trabajo de la

    empresa.

    b) Los resultados de las actividades de identificacin de los

    peligros y evaluacin de los riesgos.

    c) Los resultados de la supervisin y medicin de la

    eficiencia.

    Fuente: Ley N 29783

    SEGUIMIENTO Y MEDICIN.

  • Requisitos

    Artculo 96.- El inspector o fiscalizador tendr facilidades

    para:

    a) Ingresar libremente en cualquier momento a un centro

    de trabajo sujeto a inspeccin.

    b) Realizar toma de muestras y mediciones que consideren

    necesarias, examinar libros, registros y solicitar

    informacin relacionadas a la Seguridad y Salud en el

    Trabajo.

    Fuente: Ley N 29783

    SEGUIMIENTO Y MEDICIN.

  • Requisitos Evaluacin del cumplimiento legal:

    Artculo 37. Elaboracin de lnea de base del Sistema

    de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

    Para establecer el Sistema de Gestin de Seguridad y

    Salud en el Trabajo se realiza una evaluacin inicial o

    estudio de lnea de base como diagnstico del estado de la

    salud y seguridad en el trabajo. Los resultados obtenidos

    son comparados con lo establecido en esta Ley y otros

    dispositivos legales pertinentes.

    Fuente: Ley N 29783

    SEGUIMIENTO Y MEDICIN.

  • Investigacin de accidentes,

    acciones correctivas y

    preventivas

  • Definiciones

    Accidente de Trabajo (AT):

    Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con

    ocasin del trabajo y que produzca en el trabajador una

    lesin orgnica, una perturbacin funcional, una invalidez o

    la muerte. Es tambin accidente de trabajo aquel que se

    produce durante la ejecucin de rdenes del empleador, o

    durante la ejecucin de una labor bajo su autoridad, y aun

    fuera del lugar y horas de trabajo

    Fuente: DS 005-2012-TR

    INVESTIGACIN AT.

  • Definiciones Incidente: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relacin con

    el trabajo, en el que la persona afectada no sufre lesiones

    corporales, o en el que stas slo requieren cuidados de

    primeros auxilios.

    Incidente Peligroso: Todo suceso potencialmente riesgoso que pudiera causar

    lesiones o enfermedades a las personas en su trabajo o a

    la poblacin.

    Fuente: DS 005-2012-TR

    INVESTIGACIN AT.

  • Requisitos Articulo 42.

    La investigacin de los accidentes, enfermedades e

    incidentes relacionados con et trabajo y sus efectos en la

    seguridad y salud permite identificar los factores de riesgo

    en la organizacin, las causas inmediatas (actos y

    condiciones sub-estndares), las causas bsicas (factores

    personales y factores del trabajo) y cualquier diferencia del

    Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo,

    para la planificacin de la accin correctiva pertinente

    Fuente: Ley N 29783

    INVESTIGACIN AT.

  • Requisitos

    Articulo 76. Adecuacin del trabajador al puesto de trabajo

    Los trabajadores tienen derecho a ser transferidos en caso de accidente de

    trabajo o enfermedad ocupacional a otro

    puesto que implique menos riesgo para su

    seguridad y salud

    Fuente: Ley N 29783

    INVESTIGACIN AT.

  • Requisitos

    Artculo 110. La notificacin a que se refiere el artculo 82

    de la Ley debe realizarse en los plazos siguientes:

    a) Empleadores: Los Accidentes de Trabajo Mortales y

    los Incidentes Peligrosos: dentro del plazo mximo de

    veinticuatro (24) horas de ocurridos.

    Fuente: DS 005-2012-TR

    INVESTIGACIN AT.

  • Requisitos

    Artculo 87. Registro de accidentes de trabajo,

    enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos.

    Las entidades empleadoras deben contar con un registro

    de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e

    incidentes peligrosos ocurridos en el centro de labores,

    debiendo ser exhibido en los procedimientos de inspeccin

    ordenados por la autoridad administrativa de trabajo,

    asimismo se debe mantener archivado el mismo por

    espacio de diez aos posteriores al suceso

    Fuente: Ley N 29783

    INVESTIGACIN AT.

  • Requisitos Artculo 92.

    El empleador, conjuntamente con los representantes de las

    organizaciones sindicales o trabajadores, realizan las

    investigaciones de los accidentes de trabajo, enfermedades

    ocupacionales e incidentes peligrosos, los cuates deben ser

    comunicados a la autoridad administrativa de trabajo,

    indicando las medidas de prevencin adoptadas.

    El empleador, conjuntamente con la autoridad administrativa

    de trabajo, realizan las investigaciones de los accidentes de

    trabajo mortales, con la participacin de los representantes

    de fas organizaciones sindicales o trabajadores

    Fuente: Ley N 29783

    INVESTIGACIN AT.

  • Requisitos

    Articulo 41.

    La supervisin permite:

    a) Identificar las fallas o deficiencias en el Sistema de

    Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

    b) Adoptar las medidas preventivas y correctivas

    necesarias para eliminar o controlar los peligros asociados

    al trabajo.

    Fuente: Ley N 29783

    INVESTIGACIN AT.

  • Requisitos

    Articulo 58.

    Investigacin de daos en la salud de los trabajadores.

    El empleador realiza una investigacin cuando se hayan

    producido daos en la salud de los trabajadores o cuando

    aparezcan indicios de que las medidas de prevencin

    resultan insuficientes, a fin de detectar las causas y tomar

    las medidas correctivas al respecto; sin perjuicio de que el

    trabajador pueda recurrir a la autoridad administrativa de

    trabajo para dicha investigacin.

    Fuente: Ley N 29783

    INVESTIGACIN AT.

  • Pasos a seguir en investigacin

    Comunicacin y registro de incidentes

    Investigacin

    Acciones de mejora

    Lecciones aprendidas

    INVESTIGACIN AT.

  • Metodologas

    Porqu-porqu

    Ishikawa (espina de pescado)

    rbol de fallos o causas

    Tcnica de anlisis sistemtico de causas

    Anlisis de la cadena de sucesos

    INVESTIGACIN AT.

  • Auditoras

  • Definiciones

    Auditora:

    Procedimiento sistemtico, independiente y documentado para evaluar un Sistema de

    Gestin de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    Fuente: DS 005-2012-TR

    AUDITORAS.

  • Requisitos Articulo 43.

    Auditorias del Sistema de Gestin de la Seguridad y

    Salud en el Trabajo.

    El empleador realiza auditoras peridicas a fin de

    comprobar si el Sistema de Gestin de la Seguridad y

    Salud en el Trabajo ha sido aplicado y es adecuado y

    eficaz para la prevencin de riesgos laborales y la

    seguridad y salud de los trabajadores. La auditora se

    realiza por auditores independientes

    Fuente: Ley N 29783

    AUDITORAS.

  • Requisitos

    Art 43. En la consulta sobre la seleccin del auditor y en todas las fases de la auditoria, incluido el anlisis de los

    resultados de la misma, se requiere la participacin de los

    trabajadores y de sus representantes.

    Fuente: Ley N 29783

    AUDITORAS.

  • Requisitos

    Articulo 44.

    Efectos de las auditoras e investigaciones.

    Las investigaciones y las auditorias deben permitir a la

    direccin de la empresa que la estrategia global del Sistema

    de Gestin de la Segundad y Salud en el Trabajo logre los

    fines previstos y determinar, de ser el caso, cambios en la

    poltica y objetivos del sistema. Sus resultados deben ser

    comunicados al comit de seguridad y salud en el trabajo, a

    los trabajadores y a sus organizaciones sindicales

    Fuente: Ley N 29783

    AUDITORAS.

  • Requisitos Artculo 45.

    Vigilancia del Sistema de Gestin de la Seguridad y

    Salud en el Trabajo.

    La vigilancia de la ejecucin del Sistema de Gestin de la

    Segundad y Salud en el Trabajo, las auditoras y los

    exmenes realizados por la empresa deben permitir que se

    identifiquen las causas de su NO CONFORMIDAD con las

    normas pertinentes o las disposiciones de dicho sistema,

    con miras a que se adopten medidas apropiadas, incluidos

    los cambios en el propio sistema..

    Fuente: Ley N 29783

    AUDITORAS.

  • TIPOS DE AUDITORIA

    Auditora de Adecuacin: cuando se verifica que el sistema documentado de gestin

    atiende adecuadamente a los requisitos de

    documentacin de referencia.

    Auditora de Conformidad: cuando se verifica que el sistema de gestin est

    efectivamente implementado.

    AUDITORAS.

  • PROCESO DE AUDITORA

    Reunir informacin.

    Preparacin.

    Reunin de apertura.

    Ejecucin de auditora.

    Reunin de cierre.

    Seguimiento y trmino de Acciones

    Correctivas.

    AUDITORAS.

  • Hechos reales son:

    Algo que usted vio (registros, prcticas).

    Algo que le dijo un representante de la empresa o rea en relacin a las polticas,

    prcticas comunes, procedimientos, etc.

    EVIDENCIA OBJETIVA

    AUDITORAS.

  • Revisin por la Direccin

  • Requisitos Artculo 45.

    La vigilancia de la ejecucin del Sistema de Gestin de la

    Segundad y Salud en el Trabajo, las auditoras y los

    exmenes realizados por la empresa deben permitir que se

    identifiquen las causas de su disconformidad con las normas

    pertinentes o las disposiciones de dicho sistema, con miras a

    que se adopten medidas apropiadas, incluidos los cambios

    en el propio sistema.

    Fuente: Ley N 29783

    REVISIN POR LA DIRECCIN.

  • Requisitos Articulo 59.

    El empleador modifica las medidas de prevencin de

    riesgos laborales cuando resulten adecuadas e

    insuficientes para garantizar la seguridad y salud de los

    trabajadores.

    Fuente: Ley N 29783

    REVISIN POR LA DIRECCIN.

  • MUCHAS GRACIAS!!!