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"Por medio del cual se determinan las zonas rurales de difícil acceso y las sedes de los
establecimientos educativos estatales ubicados en la jurisdicción de las mismas, en los
municipios no certificados en educación del Departamento de Risa ra Ida"
El Gobernador del Departamento de Risaralda en uso de sus atribuciones constitucionales legales,
en especial las conferidas en el artículo 305 Numeral 1 de la Constitución Política y el Decreto 521
de 2010.
CONSIDERANDO QUE:
El decreto 521 del 17 de febrero de 2010 "Por el cual se reglamentan parcialmente el inciso 6 del
articulo 24 de la Ley 715 de 2001 y el articulo 2 de la Lev 1297 de 2009, en lo relacionado con los
estímulos para los docentes y directivos docentes de los establecimientos educativos estatales
ubicados en las zonas de difícil acceso", derogo el decreto 1171 de 2004.
El artículo 2o del Decreto 521 de febrero de 2010, establece que el Gobernador o el Alcalde de todo
ente territorial certificado en educación debe determinar anualmente antes del primero (1) de
noviembre las zonas rurales de difícil acceso de su jurisdicción y las sedes de los establecimientos
educativos estatales ubicados en la jurisdicciónftde las mismas, mediante acto administrativo. W
El artículo 3o del mismo decreto, establece que el Gobernador o alcalde de la entidad territorial
certificada en educación conformará un comité técnico para que lo asesore, a través de un estudio,
en la determinación de las zonas de difícil acceso de su jurisdicción. Dicho comité estará
compuesto por los responsables locales de los sectores de planeación y educación. Cuando el
comité lo considere necesario consultará al Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
Que la en Resolución No 0069 del 02 de Marzo del año 2010, el Gobernador del Departamento de
Risaralda conformó el COMITÉ TÉCNICO ASESOR para determinar las Zonas de Difícil Acceso en
los municipios no certificados en Educación.
Que la Secretaria de Educación del Departamento mediante las circulares 101 del 26 de diciembre
de 2011, 06 y 014 del año 2012 realizo la convocatoria a los Alcaldes y Secretarios de Planeación
de los 12 Municipios no certificados en Educación con el fin de realizar el estudio correspondiente
en la determinación de las zonas de difícil acceso de su jurisdicción.
Gobernación con
Departamento de Risaralda Despacho del
Gobernador
DECRETO U 3 ! ° " - $
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Departamento de Risaralda
Despacho del Gobernador
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"Por medio del cual se determinan las zonas rurales de difícil acceso y las sedes de los establecimientos educativos estatales ubicados en la jurisdicción de las mismas, en los municipios no certificados en educación del Departamento de Risaralda"
Que la Secretaria de Educación Departamental recopilo la información remitida por lo Alcaldes o
Secretarios de Planeación de cada uno de los municipios no certificados del departamento y
procedió a elaborar informe y estudio de los establecimientos educativos ubicados en zonas
rurales de difícil acceso, el cual hace parte integral de este acto administrativo.
Que al ser el Gobernador del Departamento el responsable de la educación en los doce (12)
municipios no certificados del departamento y tomando como base el estudio levantado según la
información suministrada por los Alcaldes o Secretarios de Planeación de los 12 municipios no
certificados en educación durante las vigencias 2011 y 2012, se hace necesario determinar las
zonas rurales de difícil acceso de los 12 municipios. ^
Que según el decreto 521 de 2010, establece en su ARTÍCULO 5. Bonificación. Los docentes y
directivos docentes que laboren en establecimientos educativos estatales, cuyas sedes estén
ubicadas en zonas rurales de difícil acceso, tendrán derecho a una bonificación equivalente al
quince por ciento (15%) del salario básico mensual que devenguen. Esta bonificación no constituye
factor salarial ni prestacional para ningún efecto, se pagará mensualmente, y se causará
únicamente durante el tiempo laborado en el año académico.
En virtud de lo expuesto,
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO. Determinar las siguientes zonas rurales de difícil acceso en los 12 municipios no certificados del Departamento de Risaralda, tal como se relacionan a continuación:
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DECRETO
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MUNICIPIO ZONAS RURAL DE DIFICIL ACCESO
Apia Monteverde, Las Delicias, El Manzanillo, Las Cabañas, El Guanábano El Quindío, La Maquina, San Andrés, Guarne, Dosquebradas, Alta Campana Posprimaria, Alta Campana Primaria, El Encanto, Bajo San Rafael, Baja Campana, Buena Vista, El jardín, Pavero, Alta Estrella, La Nubia, El Carmelo, Agualinda
Balboa La Bodega, La Margarita, La Mancha, Monterredondo, El Chuzcal, Alto Carmínales, Bajo Carminales, Cristales, La Palmera, Cocohondo,
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Departamento de Risaralda Despacho del Gobernador
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"Por medio del cual se determinan las zonas rurales de difícil acceso y las sedes de los establecimientos educativos estatales ubicados en la jurisdicción de las mismas, en los
municipios no certificados en educación del Departamento de Risaralda" , fk
MUNICIPIO ZONAS RURAL DE DIFICIL ACCESO Lianogrande, Granatal, Las Brisas.
Belén de Umbría Alturas, Bajo Guarne, El Abejero, El Dinde, Caucaya, El Diamante, Guardia, El Porvenir, Maira Alta, Maira Bajo, La Magdalena, Los Ángeles, La Selva Alta, Frisolera Alta, Frisolera Baja, El Tigre, La Tribuna, La Llorona Alta, La Llorona Baja, Marmático, Peñas Blancas.
La Celia El Brillante, El Silencio, San Carlos, El Tambo, La Playa, El Tigre, La Zelanda, La Argelia, Altamira, Caimalito, La Secreta, Monos, La Estrella, La Montoya, San Eugenio, La Primavera, Diamante, La Cascada, La Polonia, La Sombra, Chorrito, El Caimal.
Guática Tauma, El Diamante, Yarumal, Sirguia Chiquito, Sirguia Alto, Buenos Aires, Santa Ana, Santa Teresita, Villa Nueva, Marmolejo Bajo, Marmolejo Alto, Milán, Paraíso, Ocharma, La Unión, Alturas, Talaban, Bendecida Baja, Corinto Alto, El Vergel Bajo, El Naranjal, La Palma, Marrupal, Bendecida Alta, Corinto Bajo.
Marsella Beltrán, Mangabonita, La Linda, Corozal, San Carlos, La Argentina, Estación Pereira, Resguardo Indigena Altomira, Caracas, El Nudo, San Andrés, Miracampos, El Sinai, La Popa, La Siria, El Kiosco, Buena Vista, La Miranda.
Mistrató Bellavista, Génova, Dosquebradas, Miraflores, El Caucho, El Terrero, Instituto Indígena Purembará, Puerto de Oro, Currumay Medio, Embordó, Alto Geté, Geté Bajo, Beke, Bajo Humacas, Humacas Medio, Humacas Medio Bajo, El Socorro, Buena Vista, Canchivare Alto, Canchivare Bajo, Cícuepa, Rió Mistrato, Geguadas, Barrancas, Las Delicias, Arcacay, Aribató, Aribató Parte Baja, Citabará, Chorroseco, Puerto Nuevo, San Mateo, El Silencio, El Silencio Parte Baja, Costa Rica, Buenos Aires, Atarraya, Guapa, Corregimiento San Antonio del Chamí, Río Arriba Parte Alta, Bajo Río Arriba, Barcinal, La Argentina, La Villada.
La Selva, Yarumal , Palo Blanco, Santa Fe, Montebello, El Indio Jamarraya Ciatocito Samaría Valladolid San Luís La Cumbre Curumbará Santa Margarita, Costa Rica, La Sonora, Campo Alegre, El Rocío Cuanza La Cristalina Citrú El Danubio La Iberia La María La Trinidad Parrupa Alto Parrupa Villa Claret Soaya Caja de Oro Post primaria Villa Claret lnamurcito,Similito La Loma, Barakirura Waisura
"Por medio del cual se determinan las zonas rurales de difícil acceso y las sedes de los establecimientos educativos estatales ubicados en la jurisdicción de las mismas, en los municipios no certificados en educación del Departamento de Risa ra Ida" , ñ.
Parágrafo 1. El municipio de LA VIRGINIA no reportó zonas rurales de difícil acceso por ende no se hace reconocimiento alguno, de conformidad con el oficio No 2328-R de fecha 02 de febrero de 2012, suscrito por el señor WILSON DE JESUS LOPEZ LOPEZ, secretaria de Desarrollo Social del Municipio de la Virginia.
Parágrafo 2. La presente relación de zonas rurales de difícil acceso es susceptible de actualización, conforme al mejoramiento de las vías de comunicación y de los medios de transporte que se dé hacia el futuro, de no presentarse, las zonas determinadas conservan el carácter.
ARTÍCULO SEGUNDO: Determinar las siguientes sedes de los establecimientos educativos estatales ubicados en las zonas rurales de difícil acceso, relacionadas en el artículo primero del presente Decreto:
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Departamento de Risaralda Despacho del
Gobernador
DECRETO 03 ^
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MUNICIPIO ZONAS RURAL DE DIFÍCIL ACCESO 1
Pueblo Rico Sinaí Arenales Minitas Marruecos Bichubara, Kundumi La Pradera, Bajo Embordó, El Encanto, Botuma, Geté, Pital, Alto Humacas, Alto Mumburutó, El Cortijo, Agüita Dokabu, Sikuedó.Mentuará, Paparidó Bajo Jito Chake, Bajo Gito Yoraudó, Kanchido, Oskordó, Bachichí, El silencio.
Quinchía El Guayabo, Llanadas, Manzanares, Guayabal, Palo grande, Ginebra, Risaraldita, Mira flores, Chusca Alto, Bajo Chuscal, Corozal, El Ceiba, Minarica, El Naranjal, La Loma, El Retiro, Cañaveral, la Inmaculada, Santa Sofía, Yarumal, El Cairo, El Cedral, Opirama, Villanueva, Sümera, Alegrías, Planadas, Bellavista, Veracruz .
Santa Rosa de Cabal
Campo Alegre Planta, La Viga, La Gorgonia, San Juanito, Las Brisas, Yarumal, Puente Albán, La María, Los Volcanes, Planadas, El Chuzo, Tres Esquinas.
Santuario Calichal, La Unión, La Cristalina, Bajo Esmeralda, Alto Cedral, El Totui, Alto Cielo, Nuestra Señora del Carmen, Pera Abajo, San Gabriel, Los Mangos, Yarumo
Departamento de Risaraida
Despacho del Gobernador
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estatales ubicados en la jurisdicción de las mismas, en los municipios no certificados en educación del Departamento de Risaraida"
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Códigol 00-1700
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Municipio Institución o Centro Educativo Central
Zonas de difícil acceso i -----
Sede Educativa ubicada en zonas de difícil acceso
Monteverde Monteverde Las Delicias Las Delicias Mata de Caña El Manzanillo El Manzanillo Las Cabañas Las Cabañas El Guanábano El Guanábano El Quindío El Quindío
La Maquina La Maquina La Floresta San Andrés San Andrés Guarne Guarne Dosquebradas Dosquebradas
Alta Campana Postprimaria
Alta Campana Postprimaria
Apia Alta Campana Primaria Alta Campana Primaria
El Encanto El Encanto Alta Campana Bajo San Rafael San Rafael Baja Campana Baja Campana Buena Vista Buena Vista El jardín El jardín Pavero Pavero Jordania Alta Estrella Alta Estrella La Nubia La Nubia El Carmelo El Carmelo Santo Tomás Agualinda Agualinda La Bodega La Bodega
Balboa La Floresta La Margarita La Margarita La Mancha La Mancha
Monterredondo Monterredondo El Chuzcal El Chuzcal
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Gobernación con
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Gobernador
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Balboa Tres Esquinas Alto Carmínales Bajo
Carmínales Cristales La
Palmera Cocohondo
Llanogrande
Carmínales Alto Carmínales
Bajo Cristales La Palmera
Cocohondo Llanogrande
Totuí Granatal Las Brisas Granatal La Gurbia
Belén de Umbría
La Florida Alturas sí Bajo Guarne
El Abejero El Dinde
Alturas sí Bajo Guarne El
Abejero El Dinde
Columbia Caucaya El Diamante
Guarda El Porvenir
Caucaya El Diamante Guarcia
El Porvenir
Puente Umbría Maira Alta Maira Bajo La
Magdalena
Maira Alta Maira Bajo
La Magdalena Milagrosa
Valdelomar Los Angeles Los Angeles
Santa Emilia La Selva Alta La Selva Alta
Frisolera Alta Frisolera
Baja El Tigre La Tribuna
Frisolera Alta Frisolera Baja El
Tigre La Tribuna
Andica La Llorona Alta La Llorona Alta
La Llorona Baja
Marmátíco Peñas
Blancas
La Llorona Baja Marmático
Peñas Blancas
Liceo de Occidente El Brillante El Silencio
San Carlos
El Brillante El Silencio San
Carlos
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Gobernador
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El Tambo El Tambo
Liceo de Occidente La Playa El Tigre La Playa El Tigre
La Zelanda La Zelanda La Argelia La Argelia Altamira Altamira Caimalito Caimalito La Secreta La Secreta
La Celia Monos Monos La Estrella La Estrella La Montoya El Espíritu Santo San Eugenio San Eugenio La Primavera La Primavera El Diamante Diamante Diamante La Cascada La Cascada La Polonia La Polonia La Sombra La Sombra Chorrito Luís Eduardo Ochoa El Caimal Caímal
Tauma Tauma El Diamante El Diamante Yarumal Yarumal Instituto Santa Ana Sirguia Chiquito La Manuelita Sirguia Alto Sirguia Alto Buenos Aires Buenos Aires
Guática Santa Ana La Linda Santa Teresita Santa Teresita Villa Nueva Villa Nueva Marmolejo Bajo Marmolejo Bajo María Reina Marmolejo Alto Marmolejo Alto Milán Milán Paraíso Francisco de Paula Santander
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Ocharma Rafael Pombo
Instituto Guática La Unión La Unión /
Guática Alturas Francisco José de Caldas
San Clemente Talaban Bendecida
Baja Corinto Alto El
Vergel Bajo El Naranjal
La Palma Marrupal
Bendecida Alta Corinto
Bajo
Antonia Santos Antonio Nariño
Corinto Alto El Vergel Bajo La
Cascada La Palma
Marco Fidel Suárez San
Marino Tres Esquinas
Marsella La Palma Beltrán Mangabonita La
Linda Corozal San
Carlos La Argentina
Beltrán Mangabonita La Linda
Corozal San Carlos La
Argentina
Las Tazas Estación Pereira
Resguardo Indigena
Alto mi ra Caracas
Estación Pereira La Bordadita
Caracas
El Rayo El Nudo San Andrés
Miracampos El Sinai La
Popa
El Nudo San Andrés La Isabela
El Sinai La Popa
Agrícola Alto Cauca La Siria El Kiosco
Buena Vista La Miranda
La Siria El Kiosco Buena Vista
Jorge Robledo
Mistrató Dosquebradas Bellavista
Génova
Dosquebradas
Bellavista
Génova
Dosquebradas
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Miraflores La Estrella El Caucho El Caucho Jardincito El Terrero El Terrero Instituto Indígena
Purembará Instituto Indígena Purembará
Puerto de Oro Puerto de Oro
Mistrató Instituto Indígena Purembará
Curumay Medio Currumay Medio
Embordó Embordó Alto Gete Geté Alto Geté Bajo Geté Bajo Beke Beke Bajo Humacas Bajo Hamacas Humacas Medio Humacas Medio Alto
Bajo Humacas Bajo Humacas
Humacas Medio Bajo Humacas Medio Bajo
El Socorro El Socorro Buena Vista Buena Vista Río Mistrató Canchivare Alto Alto Canchivare Canchivare Bajo Bajo Canchivare Cicuepa Cicuepa Río Mistrató Río Mistrató Geguadas Geguadas Barrancas Barrancas Las Delicia Las Delicia Arcacay Arcacay Aribató Aribató Parte Alta Aribató Parte Baja Aribató Parte Baja
Mistrató Citabará Citabará Arcacay Chorroseco Chorroseco Puerto Nuevo Puerto Nuevo San Mateo San Mateo El Silencio El Silencio
Departamento de Risaralda
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establecimientos educativos estatales ubicados en la jurisdicción de las mismas, en
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El Silencio Parte Baja El Silencio Parte Baja
Costa Rica Costa Rica Buenos Aires Buenos Aires Atarraya Atarraya La Inmaculada Guapa Guapa Corregimiento San
Antonio La Inmaculada
Río Arriba Parte Alta Río Arriba Parte Alta Bajo Río Arriba Bajo Río Arriba La María Barcinal Barcinal La Argentina La Argentina La Villada La Villada La Selva La Selva Yarumal Yarumal Palo Blanco Santa Fe Palo Blanco
Santa Fe Santa Fe Ciato Montebello Montebello El Indio Indio Jamarraya Jamarraya Ciatocíto Ciatocíto
Pueblo Rico Samaria Samaria Valladolid Valladolid San Luís San Luís Taibá La Cumbre La Cumbre Curumbará Curumbará Santa Margarita Santa Margarita Costa Rica Costa Rica La Sonora La Sonora Campo alegre Campo alegre El Rocío El Rocío Villa Claret Cuanza Cuanza La Cristalina La Cristalina Citrú Citrú El Danubio El Danubio La Iberia La iberia
Departamento de Risaralda
Despacho del Gobernador
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DECRETO
Versión: 2
La María La María
La Trinidad La Trinidad Villa Ciaret Parrupa Alto Parrupa Alto Parrupa Parrupa Bajo Villa Ciaret Villa Ciaret Soaya Soaya Caja de Oro Caja de Oro San Pablo Post primaria Villa
Ciaret Post primaria Villa Ciaret
Inamurcito Inamurcito Similito Similito La Loma La Loma Barakirura Barakirura Waisura Santa Rita Resguardo Sinaí Sinaí Arenales Arenales Etnoeducativo
Embera Chamí Minitas Minitas Resguardo
Marruecos Marruecos Bichubara Bichubara Kundumi La Pradera Kundumi La Pradera
Pueblo Rico Bajo Embordó Embordó El Encanto El Encanto Botuma Botuma Geté Pital Geté Pital Alto Humacas Alto Humacas Alto Mumburutó Alto Mumburutó El Cortijo Bakera el Cortijo Agüita Dokabu Intercultural Dokabú Sikuedó Sikuedó Santa Teresa Mentuará Mentuará Intercultural Dokabú Paparidó Paparidó Bajo Jito Chake Jito Chake Bajo Gito Cuna Gitó Chuambará Yoraudó Yoraudó Kanchido Kanchido
Departamento de Risaralda
Despacho del Gobernador
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Departamento de Risaralda
Despacho del Gobernador
Oskordó Oskordó Agroambiental Pío XII Bachichí Bachichí El silencio El silencio El Guayabo El Guayabo
Buenos Aires Llanadas Las Palmas Llanadas
Quinchía Manzanares Manzanares Manzanares Guayabal Guayabal Palogrande Palogrande
El Cedral El Cedral Sausagua Ginebra Ginebra
Quinchía Risaraldita Risaraldita Mira flores Mira flores
Veracruz Veracruz Chuscal Alto Alto Chuscal Santa Teresita Bajo Chuscal Bajo Chuscal Corozal Corozal El Ceiba El Ceiba Minarica Minarica Cartagueño El Naranjal La Inmaculada Naranjal La Loma La Loma El Retiro El Retiro Súmera Súmera Villa Nueva Villa Nueva Opirama Opirama El Retiro Cañaveral Cañaveral Técnico Agropecuario
Naranjal Santa Sofía Santa Sofía
Yarumal. Yarumal Núcleo Escolar Rural El Cairo El Cairo Alegrías Alegrías Alegrías Planadas Planadas Bella Vista Bella Vista
"Por medio del cual se determinan las zonas rurales de difícil acceso y las sedes de los establecimientos educativos estatales ubicados en la jurisdicción de las mismas, en los municipios no certificados en educación del Departamento de Risaralda" , (L
ARTÍCULO TERCERO. La administración departamental, a través de la Secretaría de Educación,
divulgará ampliamente a los docentes y directivos docentes rurales de los establecimientos
educativos relacionados en el artículo 2o, ubicados en zonas rurales de difícil acceso, el presente
acto administrativo.
ARTÍCULO CUARTO. Los docentes y directivos docentes que laboren en establecimientos
educativos estatales, cuyas sedes estén ubicadas en zonas rurales de
Gobernación con
Departamento de Risaralda Despacho del
Gobernador
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Campo Alegre Planta San Pedro Claver
Pedro Uribe Mejía La Viga La Viga La Gorgonia La Gorgonia San Juanito Las Margaritas Fermín López Las Brisa La Esmeralda
Santa Rosa de Cabal
Yarumal Yarumal
Puente Albán La María Puente Albán La María Las Mangas Los Volcanes Los Volcanes Planadas Planadas El Chuzo Primavera Tres Esquinas San Martín de Porres
La Florida
Calichal Calichal Alto Peñas Blancas La Unión La Unión La Cristalina La Cristalina El Tambo Bajo Esmeralda Esmeralda Baja Alto Cedral Alto Cidral
Santuario El Totui El Rodadero Nuestra Señora del
Rosario Alto Cielo La Sirena
Nuestra Señora del Carmen
Nuestra Señora del Carmen
Pera Abajo Nuestra Señora del Rosario
San Gabriel San Gabriel La Marina Los Mangos Los Mangos La Bamba Yarumo Yarumo
"Por medio del cual se determinan las zonas rurales de difícil acceso y las sedes de los establecimientos educativos estatales ubicados en la jurisdicción de las mismas, en los municipios no certificados en educación del Departamento de Risa ra Ida"
difícil acceso según la descripción antes realizada, tendrán derecho a una bonificación equivalente al
quince por ciento (15%) del salario básico mensual que devenguen.
ARTICULO QUINTO: Los directivos docentes de los centros educativos ubicados en zonas rurales de
difícil acceso, en los reportes de novedades que realizan mensualmente a la Secretaría de Educación,
incorporarán las novedades que correspondan, relacionadas con la bonificación de que trata este
decreto.
Parágrafo 1: El pago de la vigencia 2012 se realizara previa liquidación y Disponibilidad Presupuestal a
los docentes que se encuentran laborando en las sedes en Zona de Difícil Acceso.
ARTÍCULO SEXTO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga aquellas
disposiciones departamentales que le sean contrarias.
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Gobernador
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13 MAR 2012
Códigol 00-1700 Versión: 2
Dado en Pereira a los
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CARLOS ALBERTO BOTERO LOPEZ T Gobernador del Departamentq^ei^isacplda
e&al Jurídica
AZAR GARTNER Universitario SE
-A RAFAEL
Profesión