: DIARIO 'OFICIAL · DECIMO-SEGUNDA SESION DE LA CAMARA DEL SENADO (Continúa) ticulado, tal como...
Transcript of : DIARIO 'OFICIAL · DECIMO-SEGUNDA SESION DE LA CAMARA DEL SENADO (Continúa) ticulado, tal como...
ftlllPUBLICA. DE NICARAGUA
: DIARIO 'OFICIAL .. D!l..étor: CLIFFORD'c. HOOKlllR y·RmYEB
Administrador: Sra. Mirlam López H.
Apiirtado Postal N• 86 - TeléfoIÍo 2-37111 --,,, .
• ftO LXXXI. ·l Manágua, D. N.;Lunes 7 de Noviembre de 1977. J 252· .a..1~ "Afio del Desarrollo ·Agro-Industrial" · · · - Nd.. . •
·suM·ARIO
PODER LEGISLATIVO . CAMARA DEL 'SENADO
Décimo-Segunda Sesión de _13. Cámara del Se.nado {continúa) . . . .
PODER E]EClmVO MINJSTEBIO DE Ll GOBEllNAC!ON
Carta de Naturaltzacióli Nicaragüense -a Sr. José L Ferná.ndez García
- 'MINIS'l'EltIO DE HACIENDA Y · CREDITO PUBLICO
Clasificase a Fírma Industrial Nica .. ragüe~~· .. s. A.· conio Industria del Grupo C ................ .
Clasificase a Firma Julia Charu.orro & Cia. Ltda., com9 Industria del Grupo
Pdg.
3489
•
~3490
'3490
MINJS'l'ElUO DE EDUC&CION PUBLICA
Extiéndese Titulo de Ejecutivo de Empresas a Sr . .Julio c. Cártanza M. . . .
MINISTERtO llE ·nEFENSA
Prórroga a Permiso de Operación Agri· cola de Empresa Aerofumigadora René Peiia. Miranda. .. "7 • • • • . • •
IONISTEBIO DB BCO'PfOllU.. IMDCSIIUA. Y C'J>MERCIO
Sección de Pat«ites de Nlcarag"tla Marcas de Fábrica . . . . . . . . • . . . Renovaciones de Marcas .. NOmbres Comerciales . . . . . . . . . . . Marcas de Servicio . • . . . . . . . . . . Venta de Patente . . .. ......•.•.
SECCION JUDICIAL
P4g.
.. 3497
3497
'" '3498 ' ·3501 l· '3501
:S502 3502
Remates . . . . . . . . . . , . . . . • __ . . . • • 3502 ºC" ..................•.•• 3492 Títulos Supletorios . . . . . . . . . . . . . . 3503
Clasificase a Firma Taller Técnico; S. SolicitúéÍ de Adopción ·de Meri.or· Karla · ~ 3504 Solicitud de Reposición de Certificado
3494 de Franco - Americana. de Finanzas 3504 A., como Industria Existente del Gru-po "A" •....••..• · · •• · •. · · ·•
Indice de "La. Gaceta" ( continüa) . '3504 Emíte-se Vale del Tesoro Nacional ·a Favor del INSS. . . . . ~ . . . . . '3406 Indicador de "La Gaceta'' . . . . . . -·-3504
PóDER LEGISLA11VO
Cámara del Senado
DECIMO-SEGUNDA SESION DE LA CAMARA DEL SENADO
(Continúa) ticulado, tal como lo proponía la Comisión Dictaminadora, es la siguiente:
"CAPITULO V DISPOSICIONES GENERALES
SECCION UNICA Arto. 26• - Sin reforma. El Instituto iniciará sus aciividades en
las regiones que él mismo señale previamente.
Arto. 27' - Reformado - Se le suprimi6 el ~ .. agundo párrafo, que decía: "Las exenciones contempladas en el párrafo anterior no incluyen la exonéraci6n del pago del impuesto general de ventas.
Los bienes y rentas del Instituto estarán exento de- toda clase de contribuciones e impuestos fiscales, perq !'11 cuanto a los. de-
rechos de importación, les será aplicable lo dispuestos en el Decreto de 23 de Marzo de 1972, publicado en "La Gaceta" N• 71 de 24 de Marzo de ese mismo año .
Arto. 28• - Reformado - Se le suprimi6 el concepto "califiquen como", en la última línea.
El plazo de los préstamos que otorgue INVIERNO, se dará por vencido por la ena· jenación de la explotación o empresa a personas que no sean ( ) su jetos de crédito de INVIERNO.
Arto. 29' .....: Reformado - En m de,"un informe anual de los operaciones efectuadas en· cumplimiento de esta ley"• al f"mal, ·se le agregó lo que se ~ubraya.
El Instituto rendirá al Presidente de la República cuenta anual de las operaciones efectuada. y poblicará periódicamente en el Diario Oficial, Estados que reflejen sú vida financiera. ·
349'0 LA GACE'FA-DIARIO OFICIAL
PODER EJ~CUTIVO .
Ministerio de la G'obernaci6n
Carta de Naturalización ·Nicaragüense .a Sr.
José I. Fernández García Reg. No. 7514 - R/F 838764 - ($: 120.00
Mariano Buitrago Aja, Ministro de la Gobernación,
Certifica: Que en la página cu:i-renta y seis, T~mo
Nueve del Libro "Registro de Naturalizados y Nacionalizados", que lleva este Despacho, se encuentra la Declaración que 1iteralmente dice:
No. 2229 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Vista la solicitud del señor José Ibrahim Fernández García, mayor de edad, casado, pastor evangélico, de este domicilio y OTÍ·
ginario de San José, Santa Bárbara, Honduras, r_elativa a que se le conceda Carta de N atúra1ización de la República de Nicaragua, por razón de que siendo de otro país de la América Central y estar casado con mujer nicaragüense, goza del privilegio de ser considerado nicaragüense natural, al tenor del Arto. 18, Numeral 4) , de nuestra Constitución Política.
Se Considera: Que está justificado el hecho de que el
peticionario es de origen hondureño, como lo comprueba con 'los atestados legales que presenta, y está asimismo justificado que conforme la Constitución de Honduras, tambfén son considerados hondureños los centroamericanos que lleguen a su territorío y establezcan en él su domicilio.
Por Tanto:
Se Declara: Que el señor José Ibrahim Fernández
García, dé calidades conocidas, es nicara~ güeüée natural, a\ tenor del Arto. 18, Numeml 4) , de nuestra Constitución Pilítica, Y extiéndasele certificación de la presente para que le sirva de suficiente compro-bante. .
Comuníquese y publíq110se: Casa Presidencial. Managua, D. N., 2 de Julio de mil novc·:·i,,utos setenta y uno. A. S01WOZA D.,'Presidente de ·¡a República. - El MÍ·· nístro de la Gobernación, lf!. Buitrago Aj4.'-'.
Es conforme: Managua, D. N., 2 de Julio· de mil novecientos setenta y uno. -M. Buitrago A·ja, Ministro de la Goberna-ción. · · ·
Ministerio de Hacienda Y. Crédito Público
Clasifícase a Firma Comercial Nicaragüense, S. A., como Industria
del Grupo "C" Reg. No. 7471- R/F 838445 - C$: 412.00
Decreto No. 121 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Vistos: Primero: La solicitud presentada por
la firma COMERCIAL NICARAGUENSE, S. A., para que de conformidad co:i el Co_nvenio Centroamez:icano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial, se clasifique y equipare su Planta Industrial que instalará. en la ciudad de Managua, Distrito Nacional, 1a que se dedicará a la producción de camisas de varón estilo vaquero, pantalones, chaquefas, camisetas, .overoles y faldas de mujer.
Segundo: El dictamen emitido por la Comisión Consultiva de Desarrollo Industrial en sesión ordinaria celebrada a los diecinueve días del mes de Agosto de mil novecientos setenta y siete, según Acta No. 304 de la misma fecha por medio del que recomienda": "Clasificar a la empresa solicitante como Industria del Grupo "C", equiparada en todos los beneficios con su similar INDUSTRIAS BUFFALO, S. A., c1asificada como Fundamental de Industria Nueva, según Decreto No. 128 del ocho de Septiembre de 1967, publicado en "La Gaceta" No.. 226 del cinco de Octubre de 1967 de ccnformidad con los Artos. 4, 5, y T. 4o. del .Conv,enio".
Tercero: . La Resolución No. 87 "C-2", dictada por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio el 26 de Agosto de 1977, en la que se determina la Clasificación y equiparación recomendada.
Cuarto: La comunicación escrita por medio de la cual el interesado acepta los términos de dicha Resolución.
Considerando : Que se trata de una Planta Industrial
que se dedicará a la confección de ropa. Que de acuerdo al Convenio es proceden
te su clasificación y equiparación con similares establecidas en el país.
Por Tanto: De conformidad con lo expuesto y con
fundamento en el Convenio Ccntr<nmeri· cano de Incentivos Fiscales a'! Desarrollo Industrial, ArtíctJlos 4, 5, 7 y T. 4o. del Convenio en lo que fuere aplicable.
Decreta: Arto. lo. --:- Clasif\car a la firma CO
MERCIAL IDCARAGUEMSE, S. A., que
LA GACETA'....DIARIO OFICIAL 34Ql
se dedicará a la producción de c.amisas de varón estilo vaquero, pantalones, chaque
·tas, camisas, overoles y faldas de mujer; como Industria del Grupo "C", del Convenio, otorgándole. los siguientes benefícfos fiscales, mediante aplicación de las dispo-· siciones equiparativas pertinentes: : a) . Exención total de derechos de adua
na y demás gravámenes conexos, incluyendo los derechos consulares, con iniciación según lo estipulado en el Arto. 19 del Convenio, sobre la importación de la siguiente maquinaria y equi~;
Maquinaria y Equipo F. A.:rancelaria
Máquinas industriales de co .. ?Teas • • • • • • . . • • • . . • 716-11-01 Planchas Industriales . . . . . . 721-12-02 Caldero Y compresor ... + •.•• · 711-03-02
b) Exención de derechos de aduana y demás gravámenes· conexos, inc1uyendo los derechos consulares, sobre la im¡:iortación .de materias primas, productos semi-elaborados, y envases;
e) Exención total de. derechos de aduana y demás gravámenes' conexos, incluyendo los derechos consu1ares, sobre la importación de. combustibles estrictamente para el proceso industrial, excepto gasolina, con iniciación según lo estipulado en el Arto. 19. de'l Convenio;
d) Exención total de impuestos sobre los activ.os y sobre el patrimonio, con íni· ciación según lo estipulado en el Arto. 18 del Convenio.
Las exenciones previstas en los acápites a), b) e) y d), tendrán duración de con. formidad con 1o estipulado en el Arto. T-4o. del Convenio, sólo por el período que falta para que terminen los beneficios correspondientes a la firma con la cual se le equipará y que se menciona en el Visto Segundo de este Decreto.
Queda entendido que laslistas de maqui·· narias, repuestos, equipos, accesorios, materias primas, productos semi-elaborados y envases, mencionados en los incisos a) y b) del Arto. Primero de este Decreto, pueden ser modificados, adicionados o dero!rados, previo dictamen del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, en su caso.
Arto. 2o. - Sujetar al beneficio a todas las ob1ígaciones corresP<endientes de acuerdo con el Convenio y especialmente a las si.:guientes: a) Iniciar las actividades de instalación
de su Planta y concluir dichas instala· ciones dentro de un plazo de dieciocho meses contados a partir de la fecha
_ del presente decreto ;
b) Invertir la suma de e¡! 1,025.5 miles de Córdobas;
c) Producir. los artículos que motivaron. su clasificación con e1 propósito espe· cial de concurrir también al mercado Centroamericano;
d) El beneficiario está en la obligación .de presentar sus declaraciones. tributarias a1 Fisco de la República, de acuerdo al Artículo 20 de la Ley Tributaria Cómún, aunque estuviese exento del pago por medio de este Decreto;
e) Cump1ir con el. programa de producción expuesto en su solicitud que fue lo que dio base para otorgar su clasificación y comunicar dentro_ de los treinta días calendarios de su ocurrencia, cualquier modificación.en -los planes . o proY.ectos iniciales · QCurridos durante el goce de las exenciones;
f) Suministrar todas las informaciones y datos que le solicite el. Ministerio de Economía, Industria y Comercio, y/o Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y permitir 1a.s inspecciones que a juicio de dichos Ministerios, sean :necesarias ,para mantener un contra! periódico sobre el cumplimiento . de los compromisos de 'la Empresa, la cual deberá llevar y anotar en libros. Y .. registros especiales, sujetos a inspección, información detallada de las mercancías que importe con· franquicia aduanera, así como el uso y destino que haya dado a la mismas.
Para el uso de la.9 franquicias en· 1a: im· portación de los artículoS antes detallados, el beneficiario presentará ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio solicitud conteniendo :una lista y sus cantida<les de las maquinarias y equipos que necesitará para la instalación inicial de su Planta y para completar las instalaciones. de éstas, así como de las materias primas, productos semi-elaborados y envases que utilizará para su producción durante el primer semestre de operaciones. La lista en cues-
. tión en lo sucesivo o sea durante el periodo de sus franquicias, deberá ser presentad"por períodos semestrales y en lo relativo a importaciones de fuera de Centroamérica, será analizada y aprobada cuando !03 articules en ella presentados sean indispensables para e'l establecimi,;nto, amp!iac:ones u operaciones de la Planta, no puedan disponerse de sustitutos centroamericanos adecuados y sean consignados a la empre·· sa antes mencionada.
Arto. 3o. - Sujetar en su caso al ¡,,,nefichrio a las sanciones oue establece el Capítulo X del Convenio Centroamericano .de Incentivos Fisca1es al Desarrollo ::mdustrial ..
3492 LA GA.CETA-I>IARIO· OFil;I.Al. ·
Arta. 4o. ......, Pará gozar de lós beneficios fiscales otorgados en el· presente Decreto, el ben~ficiario deberá;presentar ante el Fisco o Hacienda Pública, Jos documentos accesocios a .su.declaración. a que se refiere el inciso d) del Artículo 2o. anterior, -que demuestren que. ha. cumplldi>. con las obliga· cionesudel Decreto; y el Fisco o Hacienda Pública>' constatarlo. por medio del auditoriaje·.co~ondiente, en caso de no- comproJ,arse lo anterior• a satisfacción del Ministerio. de.. Hacienda y Crédito Público, el beneficiario.; del Decreto quedará abligado al pago rle los impuestos correspondientes.
Arto. 5o. - Este Decreto se dicta de acuerdo con las disposiciones del Convenio Centiioomericano. de. Incentivos Fiscales al Desarrollo. Industrial, :y podrá ser modifi· cado¡.adiciona-do o derogado de acuerdo con los términoa: de los mismos. ·
Arto.·6o. -· El presente Decreto comenzará a regir-a partir de su fecha de emisión ::Y ·deberá . publicarse por cuenta del Interesa.do en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado-- en Casa · Presidencial Managua Dis~ ·Nacional, a tos tres ellas del me~ d~ Octubre ·de mil novecientos setenta y siete; - A. 80MOZA D.· Presidente de la Repúbliéa. ·- (f) Juan jasé Martínez L. ~inistro de· Economía, Industria y Comer: c10 - (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacléllda y e, P. ·
Clasífícase a Firma Julia Chamorro & Cía:Ltda., como
Industria del. Grupo "C"
Reg.·No. 7453 ~ R/F 838366 - Cf 412.00
Decreto No. 109 EL PRESIPJlJNTl'E DE LA REPUBLICA,
Vistos: Primero: La solicitud presentada por
1a firma. ,,, JULIA CHAMORRO & CIA. LTDA"; (CORTINA Y DECORACION), para que, de conformidad con el· Convenio Centroamericano de Incentiv.os Fiscales a.1 desarrollo' Industrial · y de acuerdo con la. Ley de Protección. y Estímulo al Desarrollo Industrial se clasifique y equipare su Planta Industrial que instalará en. la. ciu· . dad de Managua, la que se dedicará a la ~roducción de cubre-camas; frazadas, cor· tmas de toda clase, cobertores,· sábanas, fundas y sobre-fundas.
Segundo: El dictamen emitido por la Comisión Consultiva de Desarrollo. Indus-. tria! en sesión ordinaria celebrada a los die~isiete día~ del mes de Junio:de miLnovec1entos sete1;1ta y siete, según Acta No. 297 ·~ la mis'!!a fe~ha por medio del qÚe i:ecom1endan: Clasificar a 18, empresa solicitante como Industria del Grµ_po .... C",
equiparada ·én los beneficios. de maquina.- ' . ria y .Epui110;. m;¡.terias, primas, productos semi-elaborados y. el).v.ases y coínbwitibles (incisos a), b) y é), con su similar "JOSE PORCAR- FERRAR.A", Clasificada según Becreto No. 209 .del 23 de Septiembre de 1976, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial. No. 7Q del 24 de Marzo. de 1977, de conformidad con los Artos. 4, 5, y 17 del Convenio •. ' Tercero·:·, La Resolución No. -59 "C-2, dictada por el .Ministerio de Economía, Indus_tria. y. Comercio el 29 de Junio de 1977 en la que se determina la Clasificación y equiparación recomendada.
Cuarto:· La comunicación escrifu por medio .de la cual el interesado acepta los términos de dicha resolución.
Considerando: , Que dará QCUpación de mano de obra na
cional, solucionando Problemas de empleo.
Que de acuerdo al Convenio es procedente su clasificación y equiparación industrial. · Que su Planta lndustriat se dedicará a ·
la confección de ropa, activ.idad que según el Convenio pertenece a la categoría del Grupo '-'C"
Por Tanto: De conformidad con lo expuesto y con
fundamento en el Convenio Centroamericano de Incentiv.os Eiscales al Desarrollo Industrial, artículos 4, 5 y 17. en la Ley de Protección y Estímulo al Desarrollo Indus-· trial, en lo que fuere aplicable.
Decreta: Arto. lo. - Claisificar a la firma "JU.
LIA CHAMORRO & CIA. LTDA.", (CORTINA Y DECORACION), que se dedicará a la producción de cubre-camas, frazadas, cortinas de toda clase, cobertores, sábanas, fundas y sobre-fWldas, como Industria del Grupo "C", del Convenio, otorgándosele los siguientes beneficios Riscales, mediante aplicación de las disposiciones equiparativas .pertinentes: a) Exención total de derechos de aduana
y demás grav.ámenes conexos, incluyendo los derechos consulares, con_ini· eiación según lo estipulado en el Arto. 19 del Conv.enio sobre la importación de la sigµiente maquinaria y equipo, hasta e1 31 de Diciembre de 1980:
Maquinaria z¡ Equipo ·=-·------ --.-
Máquina de coser . . . . Cortadoras . . .. .. .. ., CerradorM • , • . . . . • . .
Ojeteado ras. ·.. .. . . . •. Perforadoras... .. . . . . . . Máquina Zlg'·Za¡ .... .. ..
F /A ramcelalria
716-11-01 821-02-03 716-11-01 716-11-01 716-08
716-11-0l
LA. GAcrI'A-DlARIO OFICIAL 3493
b) Exención de derechos de aduana, y demas gravámenes conexos, incluyendo lea derechos consulare~, sobre la importación de las siguientes materias primas productos semi-e1aborados y envases, hasta el 31 de Diciembre d!! 1980:
Materias Primas
Tela de Cobertor en rollo de cualquier fibra textil . . . .
F JA rancelaria
656-03 Pasamanerías . . . . 654-04 Agujas . . . . . . . t , • 699--08 Hilos de Nylon . . · 651·06 Eorlás de algodón y Seda para. cobertores y cortinas 654-03·05
e) Exención total de· derechos .de aduana y demás gravámenes conexos, incluyendo los derechos consulares, sobre la importación de combustible estrictamente para· el proceso ·industrial, excepto gasolina, con iniciación según lo estipulado en e1 Arto. 19 del Convenio, hasta el 31 de Diciembre de 1978.
Las exenciones .previstas en los acápites a) , b), y c) , .tendrán duración de conformidad con lo estipulado en el Arto. 17 del Convenio, sólo por el periodo que falta para que terminen los beneficios correspondientes a la firma con la cual se le equipara y que se menciona en el Visto Segúndo de este Decreto. Una vez fina1izado el período en referencia y si éste fuere menor que el señalado a Industria Existente, la Empresa podrá gozar de beneficios posteriores; pero sólo por el tiempo y naturaleza que falte para completar e1 plazo de los mismos.
Queda entendido que las listas de maquinaria, repuestos, equipos, accesorios, materias primas, productos semi-elaborados y envases, mencionado en los incisos a) y b) del Arto. Primero de este Decreto, nueden ser modificadas, adicionadas, o ®· rogadas, previo dictamen del ministerio de Economía, Industria y Comercio, en su caso.
Arto. 2o. - Sujetar al beneficiario a todas las obligaciones correspondientes de acuerdo con el ConveniQ y las leyes NacíOnales citadas, y especialmente a las siguientes: a) Iniciar las actividades de instalación
de su Planta y concluir dichas instalaciones dentro de un plazo de dieciocho meses contados a partir de la fecha del prese11te Decreto;
b) Invertir la suma de ($: 647.0 (Miles de Córdobas);
e) Producir los Artículos que motivaron su clasificación con el propósito especial de concurrir tambiés a1 mercado Centroamericano;
d) El beneficiario· está en la obligación ,. de presentar sus declaraciones tributa
rlas al Fisco de Ja República, de acuerdo al Artículo 20 de la Ley Tributaria Común, aunque estuviese exento del pago por medio de este De-creto;
e) Cumplir con el programa de producción expuesto en su solicitud que fue lo que dio base para otorgar su clasificación y comunicar, dentro de los treinta días ca1endarios de su ocurrencia, cualquier modificación en los planes o proyectos iniciales ocurridos durante el goce de las exenciones;
f) Suministrar todas las informaciones y datos que le solicite e1 Ministerio de Economía, Industria y Comercio y/o ·Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y permitir las inspecciones que a juicio de dichos Ministerios, sean necesarias para mantener un control periódico sobre el cumplimiento de los compromisos de 1a Empresa, la cual deberá llevar y anotar en libros y registros especiales, sujetos a inspección, información detallada de las mercancías que importe con franquicia aduanera, así como el uso y destino que haya dado a las mismas.
Para e1 uso de las franquicias en la importación antes detalladas, el beneficiario presentará ante el Ministério de Economía, Industria y Comercio solicitud conteniendo una lista y sus cantidades de las maquinarias y equipos que necesitará para la ins· talación inicial de su Planta o para completar las instalaciones de éstas, as! como de las materias primas, productos semi-elaborados y envases que utilizará para su producción durante el primer semestre de operaciones. La lista en cuestión, en lo sucesivo o sea durante el periodo de sus franquicias, deberá ser presentada por períodos semestrales y en lo relativo a importaciones de fuera de Centroamérica, será ana1izada y aprobada cuando los articu1os en ella presentados sean indispensables para el establecimiento, ampliaciones u operaciones de la Planta, no puedan disponerse de sustitutos centroamericanos adecuados y sean consignados a la empresa antes mencionada.
Arto. 3o. - Sujetar en ·su caso al ben<eficiario a las sanciones que establece el Capitulo X del Conven:o Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial.
Arlu. 4o. - Para ;ro;;ar d·~ los beneficiua fieeales otorgadOij en el presente Decreto, el beneficiario deberá presentar ante el Fisco o Hacienda Pública, los documen· tol!I accesorios a su declaración a que &e
.refiere·e! inciso d) del Artículo 2o. ante·
3494 LA GAOETA-DlA.RIO OFICIAL
rior, que demuestren que ha cumplido con las obligaciones del Decreto, y el Fisco o Hacienda Pública constatarlo por medio del auditoriaje correspondiente, en caso de no comprobarse lo anterior a satisfacción del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el beneficiario del Decreto quedará obligado a1 pago de los impuestos correspondientes.
Arto. 5o. - El presente Decreto comen· zará a regir a partfr de su fecha de emisión y deberá pubcicarse por cuenta del interesado en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en Casa Presidenci&l. Managua, Distrito Nacional, el primer día del mes de Septiembre de mil novecientos setenta y siete. - (f) J. Antonio Mora R., Ministro de la Gobernación y Encargado de los Asuntos Administrativos de la Presidencia de la República. - (f)Juan José Miartf,. nez L., Ministro de Economía, Industria y Comercio. - (f) Gustavo lffontiel, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Clasíficase a Firma Tailer Técnico, S. A., como Industria Existente del
Grupo "A" ,
Reg. No. 7598 - R/F 839271 - C$C 624.00
Decreto No. 141 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Vistos: Primero: La solicitud presentada por
la firma "TALLER TECNICO, S. A", para que de conformidad con el Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industria:¡ se clasifique y equipare su Planta Industrial que insta:Jará en la ciudad de Managua, la que se dedicará a la producción de muebles de madera, aluminio y cualquier otro metal, muebles para parlantes, equipos de sonido y televisores.
Segundo: El dictamen emitido por la Comisión Consultiv,a de Desarrollo Industrial en sesión c·rdinaria celebrada a los seis días del mes de Septiembre de mil novecientos setenta J' :::iete, según Acta No. 306 de la misma fecha por medio del que recomiendan: "Clasificar a Ja empresa solicitante como Industria Existen del Grupo "A", equipararla en todos los beneficios con su similar INDUSTRIAS GENERAL l\'ICARAGUENSE, S. A. (INGENISA) .. reclasificada según Decreto No. 103 del 26 de Octubre de 1971. nublicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 251 de! 4 de Noviembre de 1974, de conformidad con los Artes. 4, 5, 7 y 17 del Convenio.
Tercero: La Resolución No. 97 "C-2", dictada por el Ministerio da Economía, In-1iustria y Comercio el 23 de Septiembre de
1977 en la que se determina la clasificación recomendada.
Cuarto: La comunicación escrita por medio de la cual el interesado acepta los términos de dicha Resolución.
Considerando: Que hará un aporte significativo a la Ba
lanza de Pagos y generará un alto valor agregado en el Proceso Industrial.
Que producirá bienes de consumo necesarios para la población, empleando un 70.0 por" ciento de materia prima de origen nacional.
Que de acuerdo al Convenio es procedente su clasificación y equiparación a sus si· milares nacionales para operar en un mismo plano 'de igualdad Competitiva.
Por Tanto: De conformidad con lo expuesto y con
fundamento en el Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrc-llo Industrial, Artículos 4, 5, 7 y 17.
Decreta: Arto. lo. - Clasificar a la firma "TA
LLER TECNICO, S. A.", que se dedicará a la producción ·de muebles de madera, aluminio y cualquier otro metal, muel:iles p~ra parlantes, equipos de soÍlido y televisores como Industria Existente .del "Grupo "A" del Convenio, otorgándosele los s~guientes beneficios fiscales mediante aplicación de las disposiciones equiparativas pertinentes: a) Exención total de derechos de adi:a
na y demás gravámenes conexos, mcluyendo los derechos c~msulares, con iniciación según lo estipulado en el Arto. l!Í del Convenio, sobre la importación de la siguiente maquinaria y equipo:
Maqiiinaria y Equ:i.po F, Arancelaria
,Sierras ·Circulares . , 716-05-00 Motores eléctricos 721-01-02 Lijadora eléctrica de mano . . 716-04-00 Prensa para pegar marcos y cantos Desatornilladores neumáticos Taladro eléctrico Cepilladora de mano Fijadores y colgadores de hterro . Máquina escopl::u.lor:i. .. Torno automático Máquina ruteado1'a o acanaladora j\fáquina cepilladoru .. ~{áquina canteadora .. Máquina Tupi o molduradora Horno secador de madera .. Síerra radial .. Repu·esto's y acceso·nos para
716-04-00 716-05-00 716-04-00 716-04-00
699-18.Ql . 7lG-O,l-OO
7l6-0,1-00
716·04-00 716-04-UO 716-04-00
716-04-00 716-04--00 716-04-00
b)
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 3495
M aquin.aria y Equipo F. Arancelaria.
máquinas madera ..
procesadoras de
Montacargas . , , . . . , . Máquina talladora . . :-. Aserrío completo . . . . . . He.rramíentas manuales .. Compresores . ': . . . . . . Máquina de coser industriales Sprayadora . . . . . . . . Máquina planificadora . . . . Prensa de Vinyl a madera .. Prensa y formadora de me~
716..()4-00 716-03-00 716-04-00 716-04-00 716-05-00 716-13-04 716-11-01 716-01-02 716-04-02 632-09-00
tales . . . . · . . . . . . . . . . . . 619-12-02
Exención de derechos de aduana y demás gravámenes conexos, incluyendo los derechos consulares, sobre la importación de las siguientes materias primas,· productos semi-elaborados y envases:
Materias Prinias F. Arancelaria
Telas para tapizar {'vinyl} Herrajes de toda clase .. Telas revestidas. para tapizar muebles ............. . Grapas ............. . Clips para muebles . . . . . . . . Tiras de -cartón con clav;os Resortes metálicos . . . . Cordón vivo para uso indus~ tria! . . . ............ . .snicone en srpay (no a base de caucho) ......... . Cuchillas . . . . . , . . . . . . Brocas .... ' ........ · · Piedras y ruedas naturales o artificiales para afilar y pulir Troqueles ........... . Bisagras, aldabas, rodos, reS'baladeras, rieles, cerraduras Heladeras y otros accesorios Tejidos de algodón con mezclas de otras fibras textiles revestidas de plástico para tapizar muebles . . . . . . . . Tornillos, tuercas, aranrelas, remaches, .pernos, tachuelas, armellas, alcayetas . . . . . . Limas triangulares y planas Sierras sin fin . . . . . . . . Láminas (hojas de material -plástico) Flexibles ·para revestimiento cortadas o en ro-llos . . . . . , . . . .,,..,. . . . . Clavos para uso industrial de muebles .... Pernos móviles y de extensión Herrajes de metal blanco Herrajes de plástico . . . . Papel lija en rollos de varias medidas . . , . . . . . Resbalones plásticos . . . • .. •
599-01--04-01 699-18-01
655-04-03 699..()7-01-09 699-18-02 699-07-01-02 699-29-01-01
655-06-01
599-04-04 699-12-03·00 699-12-09
633-01-00 699-12-03-09
699-18-01 699-18-04
599-01-04-01
699--07-01·09 699-12-02 699-12-02
599-01-04-01
699-07-01-02 699-07-01-09 699-18-04
899-11-03-09
663-02-00 699-11-03-09
e)
d)
e)
Materias Prima.a F. Arancelaria
Perfiles plásticos . . . . . . Molduras y mallas plásticas
599-01-04-01
para- adornar muebles 899-11-03-09 Angufares metálicos para muebles . : . . . . 681..()4-00-01 Textiles de fíbras metálícas para muebles de radio o parlantes. . . . . . . . . . . . . 653-06--00 Cartón perforado (katrinite) 641-19-10 Fibra acústica de esponja, de hule o fibra i1J! vidrio . . . . 644-04-05-00 Láminas y angulares decora-tivos de plásticos y/o metal 899-11-03-09 Pal).eles actlsticos decorativos de tela, madera o plástico 854-01-01-09 Lámina de cartón cómpri-mido cortado o no . . ... . . . 641-19-10 Lámina de plástico para re-vestimiento y acaba.do, en rollos o cortado (tela acústica 899-ll·-03-09 Cinta de sujeta.miento o sos-tén ( magic tape) . . . . . . 642-09-09-01 Duetos acústico de plástico o cartón o de otros materiales 654-01~01-09
Marcas y etiquetas decorati .. vas . . . . . . . . .. . . .. . . 892-09-10 Secciones de tubos cromados de plástico y ¡o metal . • . . 899-11-03-09 Paneles de plástico y/o vi-drio de corativos . . . . . • . . 899-11 .. 03-09,
Exención total de derechos de aduana demás gravámenes conexos, incluyendo 1os derechos consulares, sobre la importación de combustible estrictamente para el proceso industrial, excepto gasolina, con iniciación según lo estipulado en el Arto. 19 del Convenio; Eiención total de impuesto sobre la renta y utllidades con iniciación según lo estipulado en el Arto. 18 del Convenid; Exención total de impuesto sobre Jc.3 activos y sobre el patrimonio, con iniciación según lo estipulado en el Arto. 18 de'.! Convenio.
Las exenciones previstas en los acápites a), b), c), d) y e), tendrán duración de conformidad con lo estipulado en el Arto. 17 del Convenio, sólo por el período c:ue falta para que terminen los beneficios correspondientes a la firma con la cual se le equipara y que se menciona en el Visto Segundo de este Decreto, Una vez fina!izádo el período en referencia y si éste fue· re menor que el señalado a Industria Exis-· tente, la Empresa podrá gozar de beneficios posteriores; pero sólo por el tiempo y naturaleza que falte para completar el plazo de los mismos.
Queda entendido que las listas de ma-
3496 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
quinaria, repuestos, equipos, accesQrios, materias primas, productos semi-elaborados y envases, mencionados en los incisos a) y b) del Arto. Primero de este Decreto pueden ser modificados, adicionados C> derogadas, previo dictamen del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, en su caso.
Arto. 2o. - Sujetar al beneficiario a todas obligaciones correspondientes de acuerdo con el Convenio y es;pecíalmente a 1as siguientes: . a) Iniciar las actividades de instalación
de su Planta y concluir dichas instalaciones dentro de un plazo de dieciocho meses contados a partir de 1a fecha del presente Decreto;
b) Invertir Ja suma de <$ 3,180.0 (miles de córdobas) ;
c) Producir los artículos que motivaron su clasificación con el propósito especial de concurrir también al mercado Centroamericano;
d) Utilizar por lo menos un 50.0% de materia prima nacional o centroamericana;
e) El beneficiario está en la obligación de presentar sus declaraciones tributarias al Fisco de la República, de acuerdo at Artículo 20 de la Ley Tri· butaria Común, aunque estuviese exento del pago por medio de este Decreto;
f) Cumplir con el programa de producción expuesto en su solicitud que fue lo que dio base para otorgar su clasificación y comunicar, dentro de los treinta días calendarios de su ocurrencia, cualguier modificación en los planes o proyectos iniciales ocurridos durante el goce de las exenciones;
g) Suministrar todas 1as informaciones y datos que le solicite el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y/o Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y permitir las inspecciones que a juicio de dichos Ministerios, sean necesarias para mentener un control periódico sobre el cumplimiento de los ccmpromisos de la Empresa, la cual deberá llev:J,r y anotar en libros y registros especiales. sujetos a inspección, información detailada de las mercancías que im!)orte con fnmquicia aduanera, así como el uso y desti.rio que haya dado a las mismas.
Para el uso de las franouicias en 1a imdos, et beneficiario presentará ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio solicitud conteniendo una lista y sus cantidades de las maquinarias y equipos que necesitará para la instalación inicial
de su Planta o para completar las instalaciones de é1¡tas, así como de 1as materias primas, productos semi-elaborados y enva• ses que utilizará para su producción, durante el primer semestre de operaciones. La lista en cuestión, en,¡o sucesivo o sea durante el período de 9us franquicias, deberá ser ;pre~ntada por períodos semestrales y en 10 relativo a importaciones de fuera de Centroamérica, será analizada y aprobada cuando los artículos en ella prese(ltados sean indispensables para el establecimien• to, ampliaciones u operaciones de la planta, no puedn disponerse. de .sustitutos centroamericanos adecuados y sean consignados a la empresa antes mencionada.
Arto. 3o. - Sujetar en su caso al beneficiario a las sanciones que establece el Capítulo X del Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales a1 Desarrollo Industrial,
Arto .. 4o. - Para gozar de los beneficios fiscales otorgados en el presente Decreto, el beneficiario deberá presentar ante el Fisco o Hacienda Pública, los documentos accesorios a su declaración a que se refiere el inciso e), del Artículo 2do. anterior, que demuestren que ha cumplido con las obligaciones del Decreto y el Fisco o Hacienda Pública constatarlo por medio del auditoriaje correspondiente, en caso de no comprobarse lo anteriir a satisfacción del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el beneficiario del Decreto quedará obligado al pago de los impuestos correspondientes.
Arto. 5o. - Este Decreto se dicta de acuerdo con las disposiciones del Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Inqustrial y podrá ser modificado, adicionado o derogado de acuerdo con los términos de los mismos.
Arto. 60. - El prese~te Decreto comen· zará a regir a partir de su fecha de emisión y deberá publicarse por cuenta del interesado en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito N aciona:I, a los veinte días del mes de Octubre de mil novecientos setenta y siete. -A. SOMOZA D., Presidente de la República. - (f) Juan José Martínez L., Ministro de Economía, Industria y Comercio. - (f) Gustavo Mcxntiel, Ministro de Ha· cienda y Crédito Público,
Emítese Vale del Tesoro Nacional a favor del I. N. S. S.
"No. 147
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, En uso de sus facultades,
•
LA. GACETA-DIARIO OFICIAL 3497
Acuerda: \
Unico: Emítase Vale del Tes<>ro, a car• go del Tesoro Nacional, suscrito por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, hasta wr la suma de, Cinco Millones Doscientos Cincuenta y Tres Mil Novecientos Ochenta y Cinco ·córdobas con Cinco Centavos ( ~ 5.253,985.05), con vencimiento el día dieciocho de Octubre de mil novecientos ochenta y .dos devengando la suma del V ale el Interés del cuatro por ciento ( 4%), anual pagaderos los Intereses por anualididades vencidas. Con tal documento el Estado cubrirá el Aporte Estatal por el mes d• Diciembre de 1976, que le corresponde pagar al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social. Al valor total que conforme liquidación practicada por el Tribunal de Cuentas resultó de, Cinco Millones Trescientos Veintisiete Mi1 Setecientos Ochenta y Siete Córdobas con Noventa y Nueve Centavos (cf5.327,787.99), se aplica deducción por el mes de Diciembre de 1976 de la suma de ~· 73,802.94, que correswnde a derechos aduaneros por importaciones consignadas al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social.
Comuníquese: Casa Presidencial, Managua,·D. N., dieciocho de Octubre de mil novecientos sehmta y siete. - (f) A. 80-MOZA D., Presidente de la República. -(f) Gustavo Montiel B., Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Ministerio de Educación Pública
Extiéndese Título de Ejecutivo de Empresas a Sr. Julio C. Carranza M.
Reg. No. 7515 - R/F 836811 - C$! 75.00
No. 5702
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Considerando: Que el señor Julio C. Carranza M., na
tural de Managua, Departamento del mismo nombre, República de Nicaragua, ha cursado y aprobado las materias del Plan de Estudios de la Carrera de Ejecutivo de Empresas y sustentado satisfactoriamente los exámenes de graduación.
Acuerda: lo.-Extenderle al mencionado señor JuJw
C. Carranza M., el Titulo de Ejecutivo de Empresas, conferido por la Escuela Superior de Contadores Públicos y Administración, de la Ciudad de Managua, a los veintisiete días
· del mes de Febrero de mil novecientos setenta. y uno, para que goce de
los Derechos y Prerrogativas que las Leyes le otorgan.
2o.-El presente Acuerdo deberá. publicarse en "La Gaceta", Diario· ,Oficial, por cuenta de~ intere51\do. 1
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, 17 de Marzo de 1971. - (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República. -(f) J. Antonio Mora R., Ministro de Edu-cación Pública. . :Jl1 -
Ministerio de Defensa Prórroga a Permiso
de Operación Agrícola de Empresa ~Aerofumigadora
René Peña Miranda Reg. No. 7548 - R/F 839158 - lf 105.00
No. 89 ·EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
En uso de la :(acultades que le confiere el Articulo 82 de! Código de Aviación Civil,
Acuerda: Prorrogar hasta el 30 de Junio de 1978,
el Permiso de Operación Agrícola, Cate· goría Comercial, para operar el Servicio de Aviación Agrícola, emitido en Acuerdo No. 52 coo fecha 16 de Agosto de 1976, a fa. va~ de la Empresa Aereofumigadora René Peña Miranda. · •.
Operará en todo el Territorio Nacional con las aeronaves matrícula: AN-AWF; AN-BJH; AN-BHO, las que deberán tener su Seguro en vigencia.
La Base será el Aeródz:omo "Godoy en León.
Se deberá dar cumplimiento al Artículo 11 del Reglamento para la Aviación Agrícola.
El .Jiresente Acuerdo para su validez deberá ser publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, por cuenta del interesado.
Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, D. N., 27 Octubre, 1977 - (f) A. SOMOZA D., Presidente dé la República. - (f) Heberto Sánchez B., General de Brigada G. N., Ministro de Defensa.
Presentado a esta Oficina hoy a las 10: 30 de la mañana, según consta en Asiento No. 6508, páginas 270/271, Tomo II, Ll· bro Diario, e inscrito en la página 172, del Libro de "Servicios Autorizados'', Tomo ID, del Registro Aeronáutico Administrativo de Nicaragua. - Managua, D. N., veintisiete de Octubre de mil no·vecientos setenta y siete. - Coronel G. N. (PA) Francisco UI!oa A., Registrador Aeronáutico por la Ley.
•
3498 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
Ministerio de Economía, Industria y Comercio '
SECCION DE PATENTES DE NICARAGUA
Marcas de Fábrica Reg No 4673 - R/F 665086 - VaÍor <; 90.00
niamoÍld Shamro~k Corporation, estadounidense, mediante apoderado, Dr. Sergio Lacayo, solicita registro marca fábrica:
el
Clase l. Presentada: 15 Junio 1977. Opónganse. · Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20
Junio 1977. - Yolanda Garcia de Monteal-egre, Registrador~ - Teresa Torres, Secretaria.
s 2
Reg. No. 4674 - R/F 666089 Valor <; 90.00 Diamond Shamrock Corporation, estadouni~
dense, mediante apoderado, Dr. Sergio Lacayo, solicita registro marca fábrica:
,)~ <Y
Clase 9. Presentada: 10 Junio 1917. Opó~ ReglstrQ Propiedad Industrial. - Managua, 20
.Junio 1977. - Yolanda García de Montea.legre, Registrador. - Teresa Torres, Secretaria.
3 2
Reg. No. 4675 - R/F 665090 - Valor <; 90.00 Diamond Shamrock Corporation, estadouni~
dense, me.diante apoderado, Dr. Sergio Lacayo1
solicita registro marca fábrica:
8> Clase 30. Presentada: 15 Junio 1977. Opónganse. R;'g:istro Propiedad Industrial. - 1\fanagua, 20
Jun1.o 1977; - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - Teresa Torres, Secretarta.
3 2
Reg. No. 4676 - R/F 665091 - Valor ti¡: 90.00 Diamond Shamrock Corporation, estadouni~
dense. mediante apoderado, Dr. Sergio Lacayo, aollcita registro marca fábrica:
~· """' . Clase 31.
Presentada: 15 Junio 1977. Opónganse.
Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20 Junio 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - Te.resa Torres, Secreta.ria.
. 3 2
Reg. No. 7465 - R/F 838659 - Valor <$! 90.00 Johnson & .Johnson, estadounidense, mediante
apoderado Doctor Raúl Barrios, solicita registro marca fábrica:
"IMMUFEL" Clase 5. PresentS:da: 23 Agosto 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 12
Septiembre, 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - Teresa Torres M., Secreta~ ria.
3 2
Reg. No. 7455 - R/F 83~583 - Valor <; 90.00 Laboratúrios Milano de México, S. A. de C. V., .
mexicano, mediante apoderado Dr. Yali Molina, solicita registro marca fábrica:
,, "O X O M I L" Clase 5. Presentada: 26 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 26
Octubre 1977' - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. ·_ J. Argeo Miranda, Secretario.
:¡ 2
Reg. No. 7456 - R/F 838584 - Valor ($: 90.00 Laboratorios Milano de México, S. A. de C. v .•
mexicano, mediante apoderado Dr. Yalt Molina, solicita registro marca fábrica:
UPEDIATERM.'' Clase 5. Pre.sentada: 26 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 22
Octubr:e 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador, - :r. Argeo Miranda. Secretario .
s %
Reg. No. 7457 - R/F 838585 - Valor ti¡: 90.00 Laboratorios 1vlilano de México, S. A. de C. V.,
mexicano, mediante apoderado Dr. Yalí Melina, solicita registro marca fábrica:
"ESTOMICINA" Clase 5. Presentada: 26 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 22
Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.
3 2
Reg. No. 7458 - R/F 838586 - Valor <$! 90.00 Laboratorios Milano de México, S. A. de C. V.,
mexicano, mediante apoderado Dr. Yalf Molina, solicita registro marca fábrica:
"MILCOPEN" Clase 5. Presentada: 26 Septíembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 22
Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre., Registrador. - J. Argeo Miranda ,Secretario.
3 2
Reg. No. 7459 R/F 838587 - Valor <!'. 90.00 Laboratorios Milano de México, s. A. de C. V.,
mexicano, mediante apoderado Dr. Yali Molina, solicita registro marca fábrica:
"FERROMILAN" Clase 5. Pre.sentada: 26 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - M~nagua1 17
LA. GACETA-DIARIO OFICIAL 3499
Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.
a 2
Reg. No. 7460 - R/F 838588 - Valor ($: 90.00 Laboratorios Milano de México, S. A. de C. V.,
mexicano, mediante apoderado Dr. Yali Mo!ina, solicita registro marca fábrid:a:
"PARASUL" Clase 5. Pre.sentada: 26 Septiembre 1977. Opónganse.
_.Registro Propiedad Industrial. - Managua, 18 Octubre 1977. - Yolanda Garcta de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.
1 1
Reg. No. 7461 ~ R/F 838590 - Valor .; 90.00 Laboratorios Milano de México, S. A. de C. V.,
mexicano, mediante apoderado Dr. Yali Malina.,. solicita registro marca. fábrica:
"LIVOPLEX" Clase 5. Pre•entada: 26 Septiembre 1977. Opónganse. Regi•tro Propiedad Industrial. - Managua, 17
Octubre 1977. ~ Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. A.rgeo Miranda, Secretario.
3 :!
Reg. No. 7462 - R/F 83S589 - Valor <;'. 90.00 Laboratorios lvtilano de México, S. A. de C. V.,
mexicano, mediante apoderado Dr. Yalí Molina, solicita registro marca fábrica:
"MILNICOL" Clase 5. Presentada: 26 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 17
Octubre 1977. - Yolanda García de Mont-ealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.
3 2
Reg. No. 7384 - R/F 838110 - Valor ($: -90.00 Colgate-Palmolive Company, estadollllidense,
mediante apoderado Dr. Francisco Ortega, solícita registro marca fábrica:
"DEFENDEX" Clase 3. Presentada: 27 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 11·
Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador, - J. Argeo Miranda, Secretario.
3 2
Reg-. No. 7504 - R/F 839060 - Valor ($: 90.00 Pozuelo, S. 1'1.., costarricense, mediante apode
rado Dr. GQnzalo Solórzano Bellí, solicita registro marca fábrica:
"KOCTELITAS" Clase 30. Presentada: 18 Octubre 1977. Opónganse. Registro :Propiedad Industrial. - l\l!anagua. 26
Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.
3 2
P .. eg. No. 738:1 - R/F 837,133 - Valor ($: 15.00 Alfredo Obando Palma, nicaragüense, perso~
nalmente solicita registro marca fábrica: "C u e A R A e H I L"
Clase 5. Presentada: 31 Ago::ito 1977. Opónganse, Re_gistro Propiedad Industrial. - Managua, 3
Septiembre 1977. - Yolanda García de Montea.le~ ~· Registrador. - Teresa Torres M., Secreta~ na.
3 :i
Reg. No. 7394 - R/F 837124 - Valor <; 90.00 Fábrica de Jabones y Detergentes La Luz, So·
ciedad Anónima, guatemalte.ca, mediante apode .. rada Doctor Edgardo Matamoros Lacayo, soll~ cita registro marca fábrica:
"Z U M ... PA F'' Clase 5. Presentada: 29 Septiembre i977. Opónganse .. Registro Propiedad Industrial. - Mamagua, 7
Octubre 1977. - Yolanda. García de Montealegre, Registrador. - Teresa Torres M., Secretaria..
S· 2
Reg. No. 7431 - R/F 8382~ - Valor 4'.1ll6.00 Pioneer Kabushikí Ka.isha, comerciando tambit!n
como Pioneer Electronie _Corporation, japonesa., mediante apode,riido Dr. Yamil Hanón, solicita re-gistro marca fábr!<:&: · ·
Clase 9. Pr .. entada: 30 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20
Octubre 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secre.ta.rio.
· a 2
Reg. No. 7438 - R/F 838266 - Valor 4'. 135.00 Ferr.er Internacional, S. A., espailola mediante
bién como K. Mikimoto & Co. Ltd., japonesa, me· diante apoderado Dr. Yamil Hanón A., solicita. registro marca fábrica:
Clase 14. Presentada: 5 Octubre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial .- Managua, 20
Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.
3 2
Reg. No. 7439 - R/F 838265 - Valor 4'. 90.00 Kabushiki Kaisha lv!ikimoto, comerciando tam·
bién como K. Mikirnoto & Co. Ltd., japonesa, me· diante apoderado Dr. Yamil Hanón, solicita regis· tro marca fábzica:
"MIKIMOTO" Clase 14. Presentada: 30 Septiembre 1977. .Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20
Octubre 1977. - Yolanda García de Monte:ilegre, Registt·ador. - J. Argeo Mit·anda, Secretario.
3 2
Rcg. No. 7440 - R/F 838264 - Valor <s: 90.00 Fe.rrer Intcrn~cional, s. A., espafiola mediante
ap•Jderado Dr. Yamil Hanón, solicíta. registro marca fábrica:
"HEMISFEROL" Clase 5. Presentada: 7 Octubre 1977 .. Opónganse. .
· [email protected] Prople'dad lndu'sb'lal. - M'anagua, 20
3500 LA. GACETA-DIARIO OFICIAL
Octubre, 1977. - Yolanda Garcla de M:onMalegre, Registrador. - J, Argeo Miranda, Secretario.
- 3 2
Reg. No. 7441 - R/F 838263 - Valor ($: 90.00 New Zeland Dairey Board. Nueva Zelandia, me
diante apoderado Dr. Yamil Hanón, solicita registro marca fábrica: -.... · -
11A N K OR IA" Clase 5. Pt-esentada: 7 Octubre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20
Octubre 1977. - Yolanda. Garcfa de Montealegre, Registrador. - _J. Argeo Miranda, Secretario.
3 2
!!!.•A"· No. 7'42 - RfF 838262 - Valor <!l 90.00 New Zeland Dalry Bos.rd, Nueva Zela.nd!a, me
diante apoderado Dr. _Yl!lnil Hanón Ar011s, solí· eita. regil!:tro marca fábrica.:
ºA N K O R I A" Clase 29. Pre~entada: 1 Oetubre 1977. Opónganse. · Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20
O<::t~b,re 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.
3 2 --- -Reg. No. 7447 - R/F 837424 ~ Valor 1$! 90.00
Compañia Farmacéutica. Nicaragüense Sociedad Anónima, nicaragüense, mediante apoderado Sr. Adolfo Elizondo Avilés Presidente de la Junta Directiva de la misma, sÜHcita registro de mar .. ca fábrica:
Clase 5. "COFARNIC"
Pr~enta,da: l Octubre 1977. Opónganse.
· Registro Propiedad Industrial. - Managua. 15 Octubre 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario. '
3 2
Reg, No. 7443 - R/F 838261 - Valor 1$! 90.00 Pioneer Kabushiki Kaisha, comerciando también
bién como Pioneer Electronic-·..Corporation, japonesa, mediante apoderado Dr. Yamil Hanón, solicita registro marca fábri<:a:
"PION E E R" Clase 9. Presentada: 5 Octubre 1977. Opónganse
"' Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20 Octubre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Arg€o- Miranda, Secretario. . 3 2
Reg, No. 7037 - R/F 824072 - Valor 1$! 90.00 Alfonso Llanes V., y Cia, Ltda., nicaragüense,
mediante apoderado Dr. Max Molina Lanzas, solicita registro marca fábrica:
"CANDELAS LLANElS" Clase 4. Pre:sentada; 5 Julio 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 9
Julio 1977. - Yolanda Garcia -de Montealegre, Registrado!'. - J. Argeo Miranda, Secretario.
3 3
Reg. No. 7046 - R/F 823829 - Valor 1$! 90.00 Industria Guatemaltecn. de Aceites y Grasas,
S. A., guatem_alteca, lnedtante Rpoderado Dr. Ju· liá.n Bendaña., so U cita registro marea fábrica:
"BANKET" Clase 29. Presentada: 29 Septiembre 1977. Opónganse. . Registro Propiedad Industrial. - Man.agua, 5
Octu11re·l9'1"7. - Yolallda Gare!a de Montealegre,
Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario. 3 3
Reg. No: 7047 - R/F 823828 - Valor 4' 90.00 Industria Guatemalteca de Aceites y Grtjlsas,
S. A., guatemalteca, mediante apoderado Dr . .rulián Benda.f'ia.1 solicita registro marca. fábrica:
"B ·::A. N K E T" -Presentada: 29 Septiembre 1977. Clase 30. Opónganse. Registro Propiedad Ind~rial. - Managua. 5
Octubre 1977. - Yolanda Garcla de Montealegre, · Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.
· a a R&g. No. 70!8 - R/F 823821 '- Vo.lor ~ 45.00
Shorlng AJrtlengesel!schaft, Alemana, mediante apoderado Dr. Julfan Banda.!14, :roliolt& ree!s· tro marce. fábrica:
"DIA.NE" Clase 5. Presentada: 2& Septlembro 1Q7T. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua., 5
Octubre 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. ._:... Argeo Miranda, Secretario.
3 3
R.eg. No. 7035 .:_ R/F 824071 - Vo.lor 4' 90.00 Alfonso Llanes V., y Cía, Ltda., nicaragüense,
mediante apoderado Dr. Max Molina Lanzas, so· licita registro marca fábrica:
"P O L O" Clase 4. Presentada: 5 Julio 1977. Opónganse. Regi~tro Propiedad Industrial, - Managua, 20
Julio 1977. - Yolanda García de Montealegre Registrador. Teresa Torres M., Secretaria. '
-3 3
Reg. No. 7370 :... R/F 838253 - Valor <$: 90.00 Distribuciones Astro de Nicaragua, S. A., ni-'
caragüense, mediante. apoderado Dr. Luis Alonso López, solicita registro marca fábrica:
"AV ANTI'' Clase 29. Presentada: 1:> Octubre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20
Octubre 1977. --::- Yolanda García de Montealiegre, Registrador. --= J. Argeo Miranda, Secretario.
3 3
Reg. No. 7371 - R/F 838252 - Valor <; 90.00 Distribuciones Astro de Nicaragua, S. A., ni
caragüense, mediante apoderado Dr. Luis Alonso López, solicita registro marca fábrica·:
"EQ - 335" Clase 5. Presentada: 13 ·octubre. 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 20
Octubre 1977. Yolanda García. de Montealegre, Registrador. - J. Argeo M:iranda, Secretario.
3 3
Reg. No. 7372 - R/F 838251 - Valor 1$! 90.00 Distribuciones Astro de Nicaragua, S. A., ni·
caragüense, mediante apoderado Dr. Luis Alonso López, solicita registro marca fábrica:
"JU PI 1'l" A" Clase 32. Presentada; 13 Octubre 1977. Opónganse. -Registro Propie.rJad ln<Ju:;triaL __..,. J,.{anagua. 20
Octubre 1977. ·- Yolanda Garcia. de 11.rontealegre, R-egí3trador. - J. Argeo Miranda. Secretario.
3 3
Reg. No. 6852 ~ R/F 822617 - Valor <s: 90.00 Di~ribuciones Astro· !fe Nicaragua~ S. A~, ~ea ..
ra¡¡üense, mediante ap'o1:le.rado :Dr. Luls Alonso
Lópe.z Azmltla, solicita registro marca fábrica: "TOQUE SUAVE'»
Clase 3. Preaentada;.·l-0. Septj_embre 1977. Opónganse. , Registro Propied\ld Industrial. ·...,. Managua, 22
Septiembre 1977. - Yolanda Garcla. de Monte.ale· gre, Registrador.·-'- J. ·Argeo Miranda, Secreta· rio •.
3 3 Reg: No. 6853 - .R/F 822618 - Valor ~ 90.00
Comecial e:Inversiones Galaxia, S . .¡;,..., de C. V., hondur.eiiat _mediante_apode.rado Dr. Luis Alonso López. A.zmitia, solielta registro marca fábrica:
"TRINICHLOR" Clase 3. Presentada: 10, Septiembre 1977. Opóngans~. Registro Propiedad Industrial. -·Managua., 22
Septiembre 1977. - Yolanda Garcia de Monte.a.legre, Registra.dor. - J. Argeo Miranda. Secreta· rio.
ll 8 Reg;· No. 6859 - R/F 822619 - Valor 4:· 90.00
Comecial e Inversiones Galaxia, S. A., de C .. v., hondurefla, mediante apoderado Dr. Luis Alonso López Azmitla, solielta registro marca fábrica:
''TRIN I CH L 0.R"· Clase .3. Presenta.da: 10 Septiembre 1977. Opónganse. · Registro Propiedad Industrial. - Managua) 22
Septiembre 1977. - Yolanda Garcla de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretarlo.
a 3 Reg. No. 6855 - R/F 822620 - Valor ~ 90.00
Distribuciones Astro de Nicaragua, S. A., nicaragüense, mediante apoderado Dr. Luis Alon· so López .A.zmitia, .. solicita registr.o marca fábri· ca: ·
Clase 3. _ "T A -R - G O N"
Presentada: 10 Septiembre 1977. Opónganse, , Registro Propiedad Industrial. - Managua 22
Septiembre 1977. - Y.olanda Gareia de Monte'alegre, Registrador. - J, Argeo Miranda, Secretario.
3 3
Reg. No. 6859 - R/F 822624 - Valor CS: 45.00 William Benard Chirip. nicaragüense, perso
nalmente solicita -registro marca fábti~a: ºA D E V I T A S I l"
Clase 5. Presentada: 28 Julio 1977. Opónganse .. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 11
Agosto 1977. ~ Róger Quintanilla .González, Registrador. -- Teresa Torres M., Secretaria.
3 s Reg. No. 6858 - R/F 822623 - Valor CS: 45.00
Williain Benard Chirip, nicaragüense; personalmente. solicita. r.egis.tro. marca fábrica:
"A L_F A.M O X". Clase 5; Presentada: 29 Jnlio 1977; Opónganse. Registro Propiedad Industrlol. - Managua, 11
Agosto 1977. - Róger Quintanilla González, Re~or. -:--- Teresa _Torres. M., Secreta.ria..
3 3
Renovaciones de Marcas Reg. No. 6926 - R/F 821734 - Valor ~ 45.00
Americalt'·Home .Product:s Corporation;' estado\mldenl9 cmedl~ apoderado Dr, Franklin Cal•
. 3~01
dera, solicita renovación marca. fá.brie&: HMENOPAK" No.16,5~
Clase 5. Registro Propiedad Industrial. ""' Managua,· 21
Septiembre 1977. - Yolanda.Garcla de Monteale· gre, Registrador. - Urlel Silva, ~etario" ,.,,
a a Reg. No. 6923 - R/F 821737 ~·valor .IJ 45.00
American Home Products Corporatlon, uta.do· unidense mediante apoderado- Dr . .Franklin .. C&l .. dera, solicita renovación marca fábrica: "T A N D Y" . No. 8,357
Clase 3. · ~ · . Registro Propiedad Industrial. ~.Managua, '..1
Octubre 1977. - Yolanda Garcla de Montealegre, Reg:iotrador. - Uriel Silva T., Secretarlo.·.· ..
a a. Reg. No. 6924 - R/F-s217ati.-".'valor 1J 45.00
American Home Produets Corporation,~ estado· unidense mediante apoderado Dr. Franklin .Cal .. ·dera, solicita renovación marca fábrica: "B R O.N I TI N" No. 16,826
Clase 5. Registro Propiedad Industrial. - Managua,.21
Septie.mbre 1977. - Yolanda Garcia de Monteale•, gre, Registrador. - Uriel Silva, Secretario. ' ··
3 3 --Reg. No. 6925 - R/F 821735 - Valore~ 4~.00 ··American Home Products Corporation, estado
unidense mediante apoderado Dr. Franklin ·cal .. dera, solicita renovación m.a.rca. fábriCa: · "S A N I - F L U S H" No. 8,615
Clase 3. Registro Propiedad Industrial. ~ Managua, 21
Septiembre 1977. - Yolanda Garcla de Montealegre, Registrador. - Urlel SUV.., Secretario.
3 3
Reg, No. 6927 - R/F 821733 ...:_ Valor CS: 45.00 American Home Produets Corpora.tion, · est3.<10-
unidense- mediante apoderado Dr. ·Frariklin ·catdera; solicita renovación marca fábrica: "BIO-DYNE" No.8,542
Clase 5. · Re.gistro Propiedad Industrhtl. - M::inagua; 21
Septiembre 1977. - Yolanda Garcla de Monteale· gre, Registrador, - Uriel Silva, Secretario.
. 3 3-
Reg, No. 6928 - R/F 821738 - Valor ~· 45 .. 00 Empro Entangibles, Inc., estadounidensé, .· me ..
diante apoderado Dr. Franklin Caldera; solicita renovación marca fábrica: "STOPETTE" No. 8,555
Clase 3. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 21
Septiembre 1977. - Yolanda Garcia de Monteale .. gre, Registrador. - Uriel Silva T. ,Secretario. ·
3 3
Nombres Comerciales. Reg. No. 6868 - R/F 801839 - Valor CS: · 9().00
Hoteles, S.A. (HOTELSA), nicaragüense,· mediante apoderado Dr. Ramón López Cisneros, Presidente de la Junta Directiva. de la misma, solici-ta registro nombre eom.erclal: , ,
"HOTEL LA COLINA POSINTEPE'"" Para Protege.r y distinguir: actWidade.!I de alo·
jamiento u Hotel. Presentaqa: 19 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23
·Septiembre 1977. - Yolanda Garcfa de M"onteate-gre, Registrador. - J, Argeo Miranda, Secreta· rlo, - 11 a ..
·Reg. No. 6869 - R/F-801838 - Valor~· 96.00 Hoteles, S.A. (HOTELSA), nlcarag-Uense; me-
-
3502 ·LA GACETA-DIARIO OFICIAL
dlante apoderado Dr. Ramón López Cisneros, Pre. sidente de la Junta Directiva de la misma, solicita registro nombre comercial:
"HOTEL COCIBOLCA" Para Proteger y distinguir: Act!Vl<iades de alo-
jamiento u Hotel. Presentada: 19 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23
·Septiembre 1977. - Yolanda García de Monteale·gre, .Registrador. - J. Argeo Miranda, Secreta-rio. 3 3
Reg. No. 6870 - R/F 801837 -'- Valor <$: 90.00 Hoteles, S;A. ( HOTELSA), nicaragUense, me
diante apoderado Ramón López Cisneros, Presidente de la Junta Directiva de la misma, solicita regtstro nombre comercial: ·
"HOTEL GRANADA" Para Proteger y distinguir: Actividades de hos-
pedaj~ " Hotel. Presentada: 19 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua. 23
septiembre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secreta-
· r10. 3 3
Reg. No. 6871 - R/F 801835 - Valor <$: 90.00 · Hoteles, S.A. (HOTELSA), nicaragüense, mediante apoderado Ramón López Cisneros, Presidente de la Junta Directiva de la misma, solici-ta registro nombre comercial:
"CLUB RECREATIVO COCIBOLCA" Para Proteger y distinguir: Centro deportivos,
talea como caMhas a~ ~J volibo'l, pfscina, ins. talacWn.u de boliche} etc.
Presentada: 19 Septiembre 1977. · Opónganse.
Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23 septiembre 1977. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - J. Argeo _Miranda, Secreta-rlo. 8 a
· Reg. No. 6872 - R/F 801836 - Valor <$: 90.00 Hoteles, S.A. {HOTELSA)_, nicaragUense, me
-diante apoderado Ramón López Cisneros, Presidente de la Junta Directiva de ta misma, solicita registro nombre comercial:
"BOTEL MAHUI" Para. Proteger y distinguir: Actividades de alo ..
ja.miento u H otei y Trwnsporte la()1118tre que prestará a l~ huéspedes.
· F_resentada: 19 :Septiembre 1977. Opónganse.
· Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23 septiembre 1977. - Yolanda Garcia de Monteale· ¡-re, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secreta-rlo. 3 a
Reg. No. 6873 - R/F 801834 - Valor <$! 90.00 Hoteles, S. A. (HOTELSA) nicaragüense, me
diante apodera.e.o Ramón López Cisneros, Presidente de la Junta Directiva de la misma, solicita. registro nombre comercial:
"HOTELES, S.A. (HOTELSA) Para. Proteger y distinguir: actividades dedica
M.s ll B."tplotaci6n. turística, procedente del extranjfwo o del interior del país, y actividades de hotel<!oo.
Presentada: 19 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23
. Septiembre 1977. - Yolanda García de Monteale-~. Registrador,_. - J. Argeo Mirarida, Secreta-. no. a a
Reg. No. 6874 - R/F 801833 - Valor <$! 90.00 Hoteles, S.A._ (HOTELSA), nicaragüense, me
.lfiallte apoderado Ramón López Clsneros, Pre·
$idérite de la Junta Directiva. ae· 1a: misma; solícita registro nombre comercial:
"HOTEL MIRALAGOS" Para Protéger y distinguir: Actividades de Alo-
jami.entO u Hotel. Presentada: 19 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23
Septiembre 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - :r. Argeo Mira.nda, Secreta~
rio. a a Reg. No. 6875 - R/F 801832 - Valor <$: 90.00
Hoteles, S.A. { HOTELSA) , nicaragi.i.e-nse, mediante apoderado Dr. Ramón López CisneroS, Presidente de la Junta Directiva de la misma, solicita registro nombre comercial:
"HOTEL MOMBACHO" Para Proteger y distinguir: Actividades de .A.lo-
jam'iento u Hotel. Presentada: 19 Septiembre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 23
Septiembre 1977. - Yolanda Garcia de Montealegre,. Registrador. - J. Argeo Miranda, Secreta-rio. 3 S
Marcas- de Servicio Reg. No. 7464 - R/F 838658.- Valor <$: 90.00
Agroerédito, S.A., nicaragüense, mediante apoderado Dr. Raúl Barrios, solicita registro marca de servicio :
"A G .R O ~1: A T I C" Clase 36. Presentada: 14:- Octubre 1977. Op()nganse.
'Registro Propiedad Industrial. - Managua, 2C)
Octubre '1977. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - J. Axgeo Miranda, Secretario.
s 2
Reg. No. 7399 - R/F 837950 - Valor ~ 90.00 Fernando Membrefío Torres, nicaragüense, per
sonalmente solicita registro me.rea servicio;.
Clase 41. Presentada: 6 Octubre 1977. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 11
Oct~bre 1977. - Yolanda García de Montealregre, Registrador. - J. Argeo Miranda, Secretario.
3 2
Venta de Patente Reg. No. 6692 - R/F 821016 - Valor <$! 30.00
Imperial Che.mica! Industries Limi.ted, de Londres, Inglaterra, ofri•ce en venta o licencia de derechos Patente de Invención: No.-25 R.P.L "COMPOSICIONES HERBICI
DAS QUE TIENEN ESTABILI-DAD MEJORADA". .
Concedida 9 Agosto 1974. · Managua, 21 .Julio 1977. - Mario Palma Iba
rra.
SECOON JUDICIAL .
Remates Reg. No. 7576 - R/F 839305 - Valor <$: 90.00
Doce meridianos, doce ~oviembre en - curso.
LA GACETA-DIARIO OFICIAL
t ,: ~ Juzgado, subastára.se televiPor marca Sharp, modelo l2P-27Z; serle 19356, doee pulgadas, color rojo.
Base: Un Mil Quinientos Córdobas. EjeCuta: C_rédito Automotriz, S. A. vs. Salva
dor Fonseca Orochena. Oyense pos_turas. Dado- Juzgado Tetcero Civil_Distrito. Managua,
primero Nodiembre mil novecientos se.tentisíete. ~ute Fi_guer~a. Secretario.
3 2
Reg; No. 7077 - R/F 889306 - Valor e; 90.00 Diez mafia.na, doce Noviembre en curso, e.ste
Ju:¡gildo·, · si.Jbastárase camión marca Ford, color a.qua, ·cuatro toneladas, chasis 002Kw999_38, motor Y03F25A.
Base: Cuatro Mil Córdobas. Ejecuta: Crédito. Automotriz, S. A. vs. Celso
Guerrero ·Lagos y Lino Santamarla. Oyense posturas. Dado Juzgado Tercero Civil Distrito. Managua,
primero Noviembre mil novecientos setenta y siete. ~ Rosa Delfina Cruz, Secretaria.
/ 3 2
Reg. No. 7518 - R/F 839120 - Valor e; 225.00 Once maftana, próximo quince Noviembre, lo
cal este Juzgado, subastáranse. dieciocho set_~nta y cincoa.Vas partes indívisas siguientes inmuebles: a:) finca. rústica "El Volcán". ubicada jurisdicción Nandaime. Departamento Granada, 2,364 m_anZ\:l:P.~, ~9- vrs.2, Undante: .Oriente, Lago Nicár3.griif;~--Poriiente Sucesores Rosendo López; Norte, Natalia de Mejía; Sur, Sucesores Rosendo López; inscrita No. 7,366, Folio 205, Tomo 92, Registro Granada. b) finca urbana ·consistente casa y solar ubicada ciudad Granada, 29 y % por 29 y %; vrs.2, Undante: Norte, Carlos Cuadra Pasos Ildefonso Vivas; Sur, Mercedes vda. de Varga~; Oriente, Carmen Icaza; Poniente, Refugia viuda de Rocha: inscrita No. 7,297; Folios 184/ 185, Tomo 115, Asiento So., Registro Granada ..
Base: Ochocíentos Sesenta y Dos :Mil Doscientos Setenta y Ocho Córd<?.bas con Doce yentavo;;. (e; 862,278.12).
Ejecuta: Banco Nacional de Nicaragua ·a Noemi Monterrey de Calero. ·
Posturas: Estricto contado : Dado. JÜZgado Tercero Civil Distrito Managua,
veinte Octubre mil novecientas setenta y siete. -Antonio Morgan Pérez, Júez 3ro. Civil Distrito Managua. - Ro.sa Delfiná Cruz, Sria.
3 2
Reg. No. 7517 __:_ R/F 839049 - Valor e; 225.00 Venta al martillo, diecisiete de Noviembre de
mil Ilovecie.ntos setenta y siete. Las diez cíe la mañana.
Nicaragua Machiner;y Company vs. Rafael Meza Gutiérrez y Humberto Meza Gutiérrez. 1) Camión marca rnternational modelo 1750, serie No. 10675-DHA-17782, motor DV5508-39764 e, cilindros ocho, capacidad, ocho tons., año 1976.
Se encu-entra Parque.o Nicaragua Machinery Company. (desarmado). 2) Pr_opiedad urbana en ciudad Masnchapa, con 1ind€'!ros: Oriente, casa y solar de Moisés Bo.ltodano y herm~o; Poniente, n1edíando calle, pre~ -:j" ,,~, gobiern0 y Rosa Fernández; Norte, Estero <:1 Acosaco; _Sur, Mediando calle, de por medio, la plaza ·pública. De un mil seiscientas varas :;·q~drarlas. Propiedad No. 31325, totno 422; Fo- · lio 1_93, Asiento Segundo.
Precio Base de subasta: Cuar~ta y Cinco Mil Córdobas.
Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil del Dis· lrito de Mana.gµa., ·a. las nueve d-e la mañana del dia _v'eintiséU; ·de Octubre Ce m,U novecientos se· teilta y siete. - Antonio Morglan Pér'ezl Juez
Tercero de lo Civil del Distrito de Managua. -Rosa Delfina Cruz, Secretarla..
3 2
Reg. No. 7481 - R/F 838697 - Valor e; 180.00 Diez maiíana, 23 Noviembre, corriente afio, Ju ..
gar este juzgado, suba.stárase finca urbana, situada en esta ciudad, Reparto Linda Vtst.a Norte, lote 44, extensión superficial 431.80 varas cuadradas dentro de los siguientes linderos: Norte, ca.ne No. 2; Sur, lote No. 27~ Este; lote No. 43; Oeste lote No. 45 e Inscrita con el nfilnero 70,1548, Tomo 1,193, Folios 261 y 262 Asiento lo., Sección Dere· chos Reales Regist¡:o Público de este Departa.mento.
Base: e; 149,400.00, más lntem•s legales moratorios desdé su vencimiento .hasta su efectivo pago y costas del juicio.
Ejecuta.; Financiera de la Vivienda a Julio C~ sar Meda! Mendoza..
Postura.: Estricto .contado. . Dado Juzgado Tercero Civil del Distrito de Ma
nagua veintidós Noviembre de mil novecientos s~ tenta y siete. -·Antonio Morgan PéreZ, Juez Te.?' .. _ cero Civil del Distrito ManagUa. - Rosa Delfina Cruz, Secretaria.
a 2
Títulos Supletorios , Reg. No. 7316 - R/F 797889 - Valor e; 45.00
Natividad López Pozo, .Jalapa, pide supletorio, treiitta manzanas, linda: N otj;e, :ftaym.l!DdO ~pinoza; Sur, Los Zamora; Oriente, Federico- Ama• dor; Occidente, Lds Zamora.
Opónganse. , Juzgado Local Unico-Jalapa, Octubre quince
1977. - Coronado López Ortiz, secretario. ¡¡ 2
Reg. No. 7317 - R/F 674614 - Valor e; 90.00 Juan José Suárez Jarquin: solieita supletorio,
dos cerramientos en sitio El Horno, de esta jurisdicción, linad: a), de treinta y dos manzanas, Oriente, Manuel Lira; Occidente y Norte, Angel Altamirano; Sur, Manuel Calderón; b) de tres in<:i.nzanas; Oriente y Norte, Petrona Yanes; Oc· cidente, Fidelina Arauz de Martinez; Sur, Máxi· mo Rodríguez.
Opóngase. Juzgado Local Unico. Limay, quince Octubre
setentisiete. - Mayorga, &'!cretari.o. 3 2
Reg. No. 7318 - R/F 797886 - Valor e; 90.00 Clementina Umanzor Lqpez, pide titulo urba
no, Ocotal; Norte, Porfirio Zavala; Sur, Raymundo Inestroza; Oriente, Paulino Espinal; Occidente. :h-Ianuel Almendárez.
Opónganse. Juzgado Distrito. Ocotal .seis de Noviembre mil
novecientos setenticuatro. - B. Hernández R., Juez. - Rey Zúniga, Srio~
3 2
Reg. No. 7302 - RiF 599429 - Valor e; 45.00 Justo Pavón y Maria López, solicitan supleto
rio, rústica, Nlquinohomo; Oriente, Emilio Pavón; Poniente, carretera y camino; Norte, Juana Canelo; Sur, carretera, Eligio Pavón.
Oponerse. .Juzgado Civil Distrito. Masaya, Abril catorce
setentisietc. - Helmore Miranda, secretario. 3 2
Rei;. No. 7304 - R/F 770358 - Valor e; 45.00 Pedro Norori 11.Iolina, solicita supletorio urba·
na, Niquinohomo; Oriente, Manuel Ba1todano; Poniente, Frnncis_po Balt()dano; Nort.e; cat:ilímt. Lóµez; Sur, Fte'.ric'i'ádo :SaJto'da::io.
Oponerse.
LA. GACETA-DIARIO OFICLUO
-Juzgado Civil Distrito. Masaya, Abril catotcé set.entisiete. - Helmore Miranda, Secretario.
3 2 Reg. No. 6938 -· R/F 801805 - Valor e; 45.00
-..TOSé ,Isabel ·l..ópez Mercado, -unión hermanos, solicitta.n titulo -supletorio rural Diriomo, linda: Norte,-Carmen L6pez; Sur, los solicitantes, Orien· te, ·Dolores -Lacayo~ :Poniente, Guillermo !barra. . Oponerse. . - .Juzgado Civil Distrito. Granada, uno Julio mil
novecientos- setentisiete. - Alvaro Bermítdez. 3 2
Reg. No. 7315 ~ R/F 847192 - Valor e; 45.00 Pedro Gutiérrez Lazo, solicita supletorio, cinco
manzanas, esta· jurisdicción; Norte, cayetana Gutiérrez;, sur, Carlos·· Ruiz; Este, Prudencio Gu .. tiérrez¡ Oeste, Maria Gutlérrez. · · Opónganse.
Juzgado Local CivU. Esteli. diecisiete Octubre mil novecientos setentisiete. -- Mal'io Gómez, se .. eJ"etario, 3 '
SOLICITUD DE ADOPCION DE MENOR KARLA
Re, No. 7328 - R/F 837693 - Valor <$! 45.00 Joseph y Carrie Smith, solicitan autorización
jUrlicial para adoptar menor Karla, expósita del Hogar Ternpotal Infantil.
Opónganse. Dado Juzgado Primero Civil Distrito.·Managua¡
Octubre veinte mu novecientos setentisietie-. "- I. Palma M., Juez. - T. Guardado, Srlo,
SOLICITUD DE REPOSICION DE CERTIFICADO DE FRANCO-AME!UCANA
. DE FINANZAS Reg. No. 7330 - R/F 837878 - Valor-~- '135.00
corporación Franco-Americana de Finanzas (Nicaragua) S. A., informa a solicitud de parte interesa:da qÜe se extraviaron los ·siguientes Tf .. tulos:
Titulo Vc¡lor V~to
CMR No. 4406 <; 350,000.00 20-0ct.-71 CMR No. 4444 . ~ 175,000.00 '25-Nov.-71
Los intetesados solicitan la reposlctón dé dtchos Certificados.
ne no haber oposición dentro de Jín . plazo de treinta. días a partir de la última fecha de 'PUbJ1 .. cacíón de este aviso, será. considerado nulo y sin ningún valor, emitiéndose. el· nuevo correspondiente.
Managua, D.N., Oetubre 24 de mil novecientos setenta y siete.
Bernard Dupin, Gerente General.
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Véase Decreto No. 555 de Sept. 22/65, publicado en Gaceta No. 222 de Octubre 1/65 y Decreto No • .;¡ de Febrero 11/76. publicado en Gaceta No. 42 de Febrero 19 de 1976.
DI.AS P'ERIADOS: Enero l; Jueves y Viernes Santo; Mayo 1; Julio 14; Septiembre H y 15; O<:tubre 12 y Diciembre 25.
V.Ac.A.CIONES .. , Sábado de ~os a LlllleS áé Pascua, .1nchl8ive;- Diciembre ... ~-'ª: Enero ·1. - . , -"IDclllBive.- - Para ·,dJas. compen.sad<>11, véase· Decreto ?(•: 198 de ·Enero -111119
.., ~ N> 31 .do Febrero 1176.