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- Validez y legitimidad actual Validez y legitimidad actual
Origen inmedia- to de la DUDH de 1948 Origen inmedia- to de la DUDH
de 1948 Clasificacin de los Derechos Humanos Clasificacin de los
Derechos Humanos Anlisis histrico Anlisis histrico LOS DERECHOS
HUMANOS
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- ANLISIS HISTRICO I: DECLARACIONES ANTERIORES 4 Declaracin de
Derechos del Pueblo de Virginia. (Revolucin Americana 1776) 4
Declaracin de Derechos del Hombre y el Ciudadano. (Revolucin
Francesa 1789)
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- ANLISIS HISTRICO II: PRECEDENTES HISTRICOS 4 Las Revoluciones
Liberales. 4 La lucha obrera. 4 Las democracias modernas.
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- ANLISIS HISTRICO III: ANTECEDENTES INMEDIATOS 4 La II Guerra
Mundial. 4 Los crmenes contra la Humanidad. 4 La lucha contra la
impunidad. 4 La necesidad de legislar sobre nuevos delitos contra
la Humanidad.
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- CLASIFICACIN DE LOS DERECHOS HUMANOS I: DERECHOS DE 1 GENERACIN
4 Derechos Fundamentales: Derecho a la vida, Derecho a la libertad,
Derecho a la seguridad, Derechos Civiles... 4 Derechos Polticos:
Libertad de Reunin, Libertad de Asociacin, Libertad de Expresin...
4 Tienen como origen las Declaraciones de Derechos Humanos del
siglo XVIII.
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- CLASIFICACIN DE LOS DERECHOS HUMANOS II: DERECHOS DE 2
GENERACIN 4 Son los derechos econmicos y sociales: Derecho a la
Educacin, Derecho al trabajo, Derecho a igual salario por igual
trabajo, Derecho al descanso y al ocio... 4 Tienen como origen las
luchas obreras a lo largo del siglo XIX.
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- CLASIFICACIN DE LOS DERECHOS HUMANOS III: PARTES 4 PREMBULO:
contiene los argumentos que fundamentan la declaracin. 4
PROCLAMACIN: seala el carcter de la Declaracin e indica cmo debe
promocionarse. 4 ARTICULADO: treinta artculos. Artculos 1, 2 y 3.
La definicin del ser humano y la igualdad en libertad y derechos
sin discriminacin. Los tres derechos ms generales. Artculos 4, 5 y
6. La prohibicin absoluta de tres instituciones histricas: la
tortura, la esclavitud y la servidumbre. Artculos 7-20. La libertad
negativa; el individuo frente al Estado. Artculo 21. la libertad
como autonoma; el derechos a la participacin poltica, a crear las
leyes que se han de obedecer. Artculo 22-27. La libertad positiva:
aquellas condiciones de nuestra vida que permitirn ejercer nuestra
libertad. Artculos 29 y 30. Consideraciones generales, los
deberes.
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- CLASIFICACIN DE LOS DERECHOS HUMANOS IV: FORMULACIN Se ha
llegado a esta formulacin gracias a tres tradiciones: 4 La liberal,
de inspiracin inglesa (Hobbes, Locke), para la libertad negativa; 4
La democrtica, inspirada en la Revolucin francesa (Rousseau), para
la participacin poltica. Estas dos configuran la primera generacin
de derechos. 4 La tradicin socialista se recoge en los artculos que
tratan de la libertad positiva, que incluyen los derechos de la
segunda generacin.
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- ORIGEN INMEDIATO DE LA DUDH DE 1948 4 Necesidad de legislar los
Derechos Humanos despus de los crmenes contra la Humanidad de la II
Guerra Mundial. 4 La creacin de la ONU. 4 La votacin de la Asamblea
General de la ONU el 10 de Diciembre de 1948.
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- VALIDEZ Y LEGITIMIDAD ACTUAL I 4 Los Derechos Humanos son
Universales y inalienables. 4 Muestran el ideal de futuro de la
Humanidad, y la exigencia de un presente ms justo. 4 Marcan el
espritu utpico de un mundo que es mejorable y necesita
mejorar.
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- VALIDEZ Y LEGITIMIDAD ACTUAL II: CRTICAS FRECUENTES 4 Son
excesivamente utpicos e irreales. 4 Son la muestra de los valores
de la sociedad Occidental. 4 Son insuficientes para crear una
sociedad plenamente justa.
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- VALIDEZ Y LEGITIMIDAD ACTUAL III: OBJECIONES A LAS CRTICAS 4
Muestran cmo debe ser la realidad, y por lo tanto, es lgico que no
sean tal y como el mundo es hoy, sino cmo debera ser. 4 Son
universales y no occidentales, ya que la igualdad no es patrimonio
de ninguna cultura. 4 Son un punto de partida, no el destino
final.
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- VALIDEZ Y LEGITIMIDAD ACTUAL IV: PERSPECTIVAS DE FUTURO 4
Intentar su aplicacin al mximo nivel posible, y luchar hasta
conseguirlo con la ayuda de ONGs comprometidas como Amnista
Internacional, Mdicos sin Fronteras... 4 Mejorar aquellos aspectos
que sean mejorables. 4 No estar nunca del todo satisfechos con los
resultados obtenidos.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Naciones Unidas,
1948
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Prembulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo
tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrnseca y de los
derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia
humana; Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los
derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para
la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la
aspiracin ms elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que
los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten
de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por
un rgimen de Derecho, a fn de que el hombre no se vea compelido al
supremo recurso de la rebelin contra la tirana y la opresin;
Considerando tambin esencial promover el desarrollo de relaciones
amistosas entre las naciones; Considerando que los pueblos de las
Naciones Unidas han reafirmado en la Carta, su fe en los derechos
fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona
humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han
declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el
nivel de vida dentro de un concepto ms amplio de libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a
asegurar, en cooperacin con la Organizacin de las Naciones Unidas,
el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades
fundamentales del hombre; y Considerando que una concepcin comn de
estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el
pleno cumplimiento de dicho compromiso; LA ASAMBLEA GENERAL
Proclama la presente Declaracin Universal de Derechos Humanos como
ideal comn por el que todos los pueblos y naciones deben
esforzarse, a fn de que tanto los individuos como las
instituciones, inspirndose constantemente en ella, promuevan,
mediante la enseanza y la educacin, el respeto a estos derechos y
libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carcter nacional
e internacional, su reconocimiento y aplicacin universales y
efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como
entre los de los territorios colocados bajo su jurisdiccin.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 1 Nacemos
libres e iguales Todos los seres humanos nacen libres e iguales en
dignidad y derechos y, dotados como estn de razn y conciencia,
deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 2 Tenemos
los mismos derechos 1. Toda persona tiene todos los derechos y
libertades proclamados en esta Declaracin, sin distincin alguna de
raza, color, sexo, idioma, religin, opinin poltica o de cualquier
otra ndole, origen nacional o social, posicin econmica, nacimiento
o cualquier otra condicin. 2. Adems, no se har distincin alguna
fundada en la condicin poltica, jurdica o internacional del pas o
territorio de cuya jurisdiccin dependa una persona, tanto si se
trata de un pas independiente, como de un territorio bajo
administracin fiduciaria, no autnomo o sometido a cualquier otra
limitacin de soberania.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 3 Tenemos
derecho a la vida Todo individuo tiene derecho a la vida, a la
libertad y a la seguridad de su persona.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 4 La
esclavitud est prohibida Nadie estar sometido a esclavitud ni a
servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos estn prohibidas
en todas sus formas.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 5 No se
puede torturar jams Nadie ser sometido a torturas ni a penas o
tratos crueles inhumanos o degradantes.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 6 Tenemos
personalidad jurdica Todo ser humano tiene derecho, en todas
partes, al reconocimiento de su personalidad jurdica.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 7 Somos
iguales ante la ley Todos son iguales ante la ley y tienen, sin
distincin, derecho a igual proteccin de la ley. Todos tienen
derecho a igual proteccin contra toda discriminacin que infrinja
esta Declaracin contra toda provocacin a tal discriminacin.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 8 Podemos
recurrir a los tribunales Toda persona tiene derecho a un recurso
efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare
contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por
la constitucin o por la ley.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 9 No a las
detenciones arbitrarias Nadie podr ser arbitrariamente detenido,
preso ni desterrado.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 10 Juicios
justos e imparciales Toda persona tiene derecho, en condiciones de
plena igualdad, a ser oda pblicamente y con justicia por un
tribunal independiente e imparcial, para la determinacin de sus
derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusacin
contra ella en material penal.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 11
Presuncin de inocencia 1. Toda persona acusada de delito tiene
derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su
culpabilidad, conforme a la ley y en juicio pblico en el que se le
hayan asegurado todas las garantas necesarias para su defensa. 2.
Nadie ser condenado por actos u omisiones que en el momento de
cometerse no fueron delictivos segn el Derecho nacional o
internacional. Tampoco se impondr pena ms grave que la aplicable en
el momento de la comisin del delito.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 12 Respeto
a la vida privada Nadie ser objeto de ingerencias arbitrarias en su
vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de
ataques a su honra o a su reputacin. Toda persona tiene derecho a
la proteccin de la ley contra tales ingerencias o ataques.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 13
Libertad de circulacin y residencia 1. Toda persona tiene derecho a
circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un
Estado. 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier pas,
incluso del propio, y a regresar a su pas.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 14 Derecho
a buscar asilo 1. En caso de persecucin, toda persona tiene derecho
a buscar asilo, y a disfrutar de l, en cualquier pas. 2. Este
derecho no podr ser invocado contra una accin judicial realmente
originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propsitos
y principios de las Naciones Unidas.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 15 Derecho
a la nacionalidad 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privar arbitrariamente de su nacionalidad ni del
derecho a cambiar de nacionalidad.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 16 Derecho
al matrimonio y al divorcio 1. Los hombres y las mujeres, a partir
de la edad nbil, tienen derecho, sin restriccin alguna por motivos
de raza, nacionalidad o religin, a casarse y fundar una familia; y
disfrutarn de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el
matrimonio y en caso de disolucin del matrimonio. 2. Slo mediante
libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podr contraerse
el matrimonio. 3. La familia es el elemento natural y fundamental
de la sociedad y tiene derecho a la proteccin de la sociedad y del
Estado.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 17 Derecho
a la propiedad 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad,
individual y colectivamente. 2. Nadie ser privado arbitrariamente
de su propiedad.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 18
Libertad de pensamiento Toda persona tiene derecho a la libertad de
pensamiento, de conciencia y de religin; este derecho incluye la
libertad de cambiar de religin o de creencia, as como la libertad
de manifestar su religin o su creencia, individual y
colectivamente, tanto en pblico como en privado, por la ensenanza,
la prctica, el culto y la observancia.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 19
Libertad de expresin Todo individuo tiene derecho a la libertad de
opinin y de expresin; este derecho incluye el de no ser molestado a
causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y
opiniones, y el de difundirlas, sin limitacin de fronteras, por
cualquier medio de expresin.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 20
Libertad de reunin 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de
reunin y de asociacin pacficas. 2. Nadie podr ser obligado a
pertenecer a una asociacin.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 21
Participacin en la vida poltica 1. Toda persona tiene derecho a
participar en el gobierno de su pas, directamente o por medio de
representantes libremente escogidos. 2. Toda persona tiene el
derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones
pblicas de su pas. 3. La voluntad del pueblo es la base de la
autoridad del poder pblico; esta voluntad se expresar mediante
elecciones autnticas que habrn de celebrarse peridicamente, por
sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento
equiva- lente que garantice la libertad del voto.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 22
Derechos econmicos, sociales y culturales Toda persona, como
miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a
obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperacin
internacional, habida cuenta de la organizacin y los recursos de
cada Estado, la satisfaccin de los derechos econmicos, sociales y
culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de
su personalidad.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 23 Derecho
al trabajo 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre
eleccin de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias
de trabajo y a la proteccin contra el desempleo. 2. Toda persona
tiene derecho, sin discriminacin alguna, a igual salario por
trabajo igual. 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una
remuneracin equitativa y satisfactoria, que le asegure, as como a
su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que ser
completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de
proteccin social. 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos
y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 24 Derecho
al descanso Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del
tiempo libre, a una limitacin razonable de la duracin del trabajo y
a vacaciones peridicas pagadas.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 25 Derecho
a un nivel de vida digno 1. Toda persona tiene derecho a un nivel
de vida adecuado que le asegure, as como a su familia, la salud y
el bienestar, y en especial la alimentacin, el vestido, la
vivienda, la asistencia mdica y los servicios sociales necesarios;
tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo,
enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de prdida de sus
medios de subsistencia por circunstancias independientes a su
voluntad. 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados
y asistencia especiales. Todos los nios, nacidos de matrimonio o
fuera de matrimonio, tienen derecho a igual proteccin social.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 26 Derecho
a la educacin 1. Toda pesona tiene derecho a la educacin. La
educacin debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la
instruccin elemental y fundamental. La instruccin elemental ser
obligatoria. La instruccin tcnica y profesional habr de ser
generalizada; el acceso a los estudios superiores ser igual para
todos, en funcin de los mritos respectivos. 2. La educacin tendr
por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el
fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las
libertades fundamentales; favorecer la comprensin, la tolerancia y
la amistad entre todas las naciones y todos los grupos tnicos y
religiosos; y promover el desarrollo de las actividades de las
Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 3. Los padres
tendrn derecho preferentemente a escoger el tipo de educacin que
habr de darse a sus hijos.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 27 Derecho
a la cultura 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente
en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a
participar en el progreso cientfico y en los beneficios que de l
resulten. 2. Toda persona tiene derecho a la proteccin de los
intereses morales y materiales que le correspondan por razn de las
producciones cientficas, literarias o artsticas de que sea
autora.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 28 Derecho
a un orden social justo Toda persona tiene derecho a que se
establezca un orden social e internacional en el que los derechos y
libertades proclamados por esta Declaracin se hagan plenamente
efectivos.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 29
Derechos y deberes 1. Toda persona tiene deberes respecto a la
comunidad, puesto que slo en ella puede desarrollar libre y
plenamente su personalidad. 2. En el ejercicio de sus derechos y en
el disfrute de sus libertades, toda persona estar solamente sujeta
a las limitaciones establecidas por la ley con el nico fin de
asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y
libertades de los dems, y de satisfacer las justas exigencias de la
moral, del orden pblico y del bienestar general en una sociedad
democrtica. 3. Estos derechos y libertades no podrn, en ningn caso,
ser ejercidos en oposicin a los propsitos y principios de las
Naciones Unidas.
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- Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 30
Prohibido suprimir derechos Nada en la presente Declaracin podr
interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al
Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar
actividades o realizar actos tendentes a la supresin de cualquiera
de los derechos y libertades proclamados en esta Declaracin.