Post on 07-Dec-2015
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
“RAFAEL MARÍA BARALT”VICERRECTORADO ACADÉMICO
PROGRAMA POSTGRADOMAESTRÍA EN GERENCIA FINANCIERA
SISTEMAS PRESUPUESTARIOSPresupuesto Publico
Elaborado por:
Lcda. Nélida RodríguezLcda. Mireya MeléndezLcda. Dayana ViloriaLcda. Brígida Medina Lcda. Greidys Rodríguez
Facilitador: Msc. Luis Antequera
Santa Ana de Coro, Julio de 2015
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN………………………………………………………………… …3
1. Generalidades del presupuesto público……………………………….… .4 1.1Concepto…………………………………………………………………...41.2Importancia del Presupuesto Público …………………………………..41.3 Características del Presupuesto Público ………………………...51.4 Características metodológicas del presupuesto público……………..5
1.4.1 Presupuesto por programas……………………………………61.4.2 Presupuesto por proyectos……………………………………..6
2. El manual de presupuesto…………………………………………………..73. Fuentes y sistema de prelación de fuentes en el régimen
Presupuestario………………………………………………………………73.1Constitución de la República Bolivariana de Venezuela…………….73.2 Ley del plan de la patria 2013-2019……………………………....83.3 Ley Orgánica de Administración Financiera del
Sector Público……………………………………………………..….....83.4 Ley orgánica de la contraloría general de la república: lo que
refiere al Plan Operativo Anual (POA)……………………………......83.5 Ley orgánica del régimen presupuestario. (LORP)………….…..93.6 Ley orgánica del trabajo, los trabajadores y las trabajadoras….93.7 Ley de reforma parcial de la LOAFSP y su reglamento….…….93.8 Ley contra la Corrupción………………………….………………..93.9 Ley del estatuto de la función pública…………………..……….10
4. Órgano rector del Presupuesto Público………………………………….104.1Reseña Histórica……………………………………………….………...104.2Misión…………………………………………………………………...…114.3Visión………………………………………………………………...........114.4Atribuciones……………………………………………………………….114.5Organigrama ONAPRE………………………………………………….12
5. Tipos de gasto e ingresos y egresos……………………………………..136. Diferencia entre actividad y proyecto……………………………...……..167. Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos…………………...178. Fases del presupuesto público …………………………………………...18
8.1Fase de preparación (formulación y discusión)……………………....188.2Fase de sanción y promulgación…………………………………….....198.3Fase ejecución……………………………………………………………198.4 Fase de control…………………………………………………….…....208.5 Fase de evaluación…………………………………………………......23
CONCLUSIÓN…………………………………………………………………...….25REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS…………………………………….……...…26ANEXOS……………………………………………………………………………..28
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INTRODUCCIÓN
El presupuesto, es una herramienta fundamental para toda organización,
sea pública o privada, con fines de lucro o no, va a permitir una debida
planificación para la ejecución de los recursos. En la administración pública, el
presupuesto se rige fundamentalmente por leyes y lineamientos emitidos por la
ONAPRE, siendo este el órgano rector en materia presupuestaria.
En el desarrollo del presente trabajo se va a profundizar todo lo referente al
presupuesto público en cuanto a sus definiciones básicas, ente rector, leyes que lo
rigen, las fases del proceso presupuestario, entre otros.
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DESARROLLO
1. Generalidades del presupuesto publico
1.1 Concepto.
Presupuesto Publico
Cárdenas y Nápoles (2002:4) define el presupuesto público como el
utilizado por las organizaciones públicas a nivel central y Estadal, en los cuales se
estiman los gastos y se planifica la fuente de ingresos para costear los gastos
estimados. Mientras que Burbano, (2011:20) establece que, los presupuestos del
sector público cuantifican los recursos que requieren los gastos de
funcionamiento, la inversión y el servicio de la deuda pública de los organismos y
las entidades oficiales.
De acuerdo a lo expresado por loa autores antes mencionados, el
presupuesto ayuda a cuantificar y otorgar valor monetario a los gastos en los que
se espera incurra la nación, en cuanto a inversiones bien sea de vialidad,
educación, salud o también para todos aquellos gastos que hacen posible el
funcionamiento de las instituciones públicas, como por ejemplo los hospitales,
alcaldías, fundaciones, gobernaciones etc.
1.2 Importancia del Presupuesto Público:
La importancia del presupuesto público radica, en que está dirigido a
satisfacer las necesidades de una nación. El mismo tiene la bondad de englobar
las necesidades que desea subsanar el estado y los proyectos a desarrollar
durante un ejercicio económico.
4
También es importante recalcar que en el presupuesto público, se clasifican
de forma específica todos los ingresos y gastos, lo que permite principalmente un
mejor control en el manejo de los recursos y que todos los organismos del estado
trabajen bajo las mismas premisas.
1.3 Características del Presupuesto Público.
Principal mente lo que caracteriza al presupuesto público, es que se rige
principalmente por leyes. Y que debe seguir lineamientos de un órgano rector. Así
mismo, con su debida estructura y categoría programática se determinan quien es
la persona responsable de la ejecución de los recursos.
En este marco de ideas, el presupuesto público se caracteriza por ser rígido
ya que para proceder a modificarlo se deben seguir una serie de procedimientos
administrativos. Aunque actualmente en la administración pública se han
simplificado los procesos y se podría decir que dicha rigidez no aplica en la
actualidad.
1.4 Características metodológicas del presupuesto público
Es necesario, a la hora de formular un presupuesto determinar la técnica
presupuestaria que va a ser utilizada para el logro de los metas y objetivos
programados, sobre todo en las instituciones de carácter público, donde los
planes están orientados a cumplir lineamientos dictados a nivel central, por lo que
Paredes (2006:38) afirma,
En el uso de las técnicas presupuestarias se deben considerar las
particularidades que, desde el punto de vista metodológico, tienen los
procesos productivos de los organismos del gobierno central,
organismos descentralizados y empresas públicas no financieras, así
5
como las diferentes normas legales existentes para la aprobación de
los respectivos presupuestos. Es por ello que, a pesar de que en todos
los organismos públicos se llevan a cabo las mismas etapas del
proceso presupuestario, las características de realización de las
mismas son diferentes según el tipo de organismo del que se trate…
En concordancia a lo antes planteado, se extrae que todo organismo público
debe formular su presupuesto de acuerdo con los lineamientos jurídicos y
administrativos del gobierno a nivel central, tomando en cuenta la técnica
presupuestaria, todo con el propósito de que exista uniformidad en el presupuesto
nacional.
1.4.1 Presupuesto por programas
En su oportunidad una herramienta que permitió organizar la estructura
administrativa en las organizaciones públicas, donde Fagilde (2012:15) señala
que,
“Aparece para dar respuesta a las contradicciones implícitas en el
presupuesto tradicional y en especial para que el Estado y las
instituciones que lo integran (organismo del sector público) dispongan
de un instrumento programático que vincule la producción de los bienes
y servicios a alcanzar con los objetivos y metas previstos en los planes
de desarrollo”
Con el planteamiento anterior, es relevante señalar que el presupuesto por
programas surge por la necesidad de coordinar las metas previstas con la
producción de bienes y servicios, así como también coordinar esas metas con la
estructura organizativa de la institución.
1.4.2 Presupuesto por proyectos
Técnica presupuestaria, implementada con el propósito de optimizar la
utilización de los recursos, al respecto Fagilde (2012:32) recalca que, “… se da
con la finalidad de buscar mejorar la efectividad, eficiencia y transparencia de la
6
Gestión Pública, en función de los objetivos y estrategias del Desarrollo de la
Nación”. Esto debido a que los proyectos que engloban el presupuesto deben
contener especificaciones en cuanto a objetivos, metas y resultados que se
estiman alcanzar en una acción centralizada.
Cabe destacar que actualmente, hay instituciones públicas que aun trabajan
bajo la técnica de presupuesto por programas, a pesar de que está establecido en
ley, que el presupuesto de la nación debe ser elaborado bajo la técnica de
presupuesto por proyectos.
2. El manual de presupuestos
Existen muchas herramientas para la elaboración y seguimiento de un
presupuesto, una de ellas es el manual de presupuestos, (Gómez, 2009:14)
indica, “este manual viene a servir de guía, tanto para implantar, como para
mantener el sistema presupuestario, porque indica quienes son las personas
autorizadas para la elaboración y administración del presupuesto, al igual que sus
responsabilidades, obligaciones y autoridades”.
Con la existencia de un manual de presupuestos, se establecen los
procedimientos y responsabilidades que tiene cada persona en el proceso
presupuestario, para que los objetivos que se plantea la institución sean
alcanzados de forma eficiente.
3. Fuentes y sistema de prelación de fuentes en el régimen
presupuestario.
3.1 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Título VI
/ Capítulo II / Sección Primera: Régimen Presupuestario (Art. 311 al 315).
Se puede decir que es de aquí donde parte la legislación presupuestaria
venezolana, ya que la Constitución Nacional es la Ley máxima a cumplir en el
7
País, ella contempla todo lo referente al presupuesto de la nación desde los
principios por los cuales debe regirse el presupuesto de la nación hasta su
ejecución física y financiera.
3.2 Ley del plan de la patria 2013-2019.
Se deben distribuir los recursos asignados por el gobierno nacional para
alimentación, educación, deporte, cultura, salud, empleo y seguridad. Todo esto
enmarcado dentro de los lineamientos emanados en la ley del plan de la patria y el
plan socialista de desarrollo económico y social de la Nación 2013-2019. Reflejará
el impacto fiscal de las líneas generales del Plan de Desarrollo Económico y Social
de la Nación. Las reglas macro-fiscales se vincularán con dichas líneas, las cuales
servirán de base para la formulación del Plan Operativo Anual.
3.3 Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público:
Título II: Régimen Presupuestario (Arts. 9 al 75 y Disp. Transitorias).
Su objeto es mejorar el balance fiscal, a través de la generación de mayores
ingresos y de una gestión de gasto más eficiente, así como también a eliminar las
distorsiones del marco institucional fiscal. Además, fijar las normas sobre los
distintos componentes que integran la administración financiera del sector público,
como lo son el proceso presupuestario, el crédito público, la tesorería, la
contabilidad fiscal y el control interno.
3.4 Ley orgánica de la contraloría general de la república: lo que
refiere al POA.
Tiene por objeto regular las funciones de la Contraloría General de la
República, el Sistema Nacional de Control Fiscal y la participación de los
ciudadanos en el ejercicio de la función contralora.
Del control interno: Artículo 35. El control interno es un sistema que
comprende el plan de organización, las políticas, normas, así como los métodos y
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procedimientos adoptados dentro de un ente u organismo sujeto a esta Ley, para
salvaguardar sus recursos, verificar la exactitud y veracidad de su información
financiera y administrativa, promover la eficiencia, economía y calidad en sus
operaciones, estimular la observancia de las políticas prescritas y lograr el
cumplimiento de su misión, objetivos y metas.
3.5 Ley orgánica del régimen presupuestario. (LORP)
La presente Ley establece los principios y normas básicos que regirán el
proceso presupuestario de los organismos del sector público.
3.6 Ley orgánica del trabajo, los trabajadores y las trabajadoras:
vinculación con el presupuesto, en cuanto a la asignación presupuestaria de la
partida 4.01, puesto que contempla todos los referentes a los beneficios sociales
de los trabajadores y trabajadoras.
3.7 Ley de reforma parcial de la LOAFSP y su reglamento.
Esta Ley tiene por objeto regular la administración financiera, el sistema de
control interno del sector público y los aspectos referidos a la coordinación
macroeconómica, al Fondo de Estabilización Macroeconómica y al Fondo de
Ahorro Intergeneracional. Ley de Presupuesto (de cada ejercicio Fiscal).
3.8 Ley contra la Corrupción.
El objeto de esta ley es establecer las normas que regirán la conducta que
deben asumir las personas sujetas a la misma, a los fines de salvaguardar el
patrimonio público, garantizar el manejo adecuado y transparente de los recursos
públicos, con fundamento en los principios de honestidad, transparencia,
participación, eficiencia, eficacia, legalidad, rendición de cuentas y responsabilidad
consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así
como la tipificación de los delitos contra la cosa pública y las sanciones que
deberán aplicarse a quienes infrinjan estas disposiciones y cuyos actos, hechos u
omisiones causen daño al patrimonio público.
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3.9 Ley del estatuto de la función pública.
La presente Ley rige todo lo referente a la contratación pública de los
funcionarios y funcionarias, en cuanto al sistema de administración de personal, el
cual incluye la planificación de recursos humanos, procesos de reclutamiento,
capacitación, ascensos, clasificación de cargos, escalas de sueldos, permisos, etc.
4. Órgano rector del Presupuesto Publico
El órgano rector en materia presupuestaria en Venezuela es la Oficina
Nacional de Presupuesto ONAPRE, por ende es el órgano encargado de emitir
todas las reglas y funcionamiento del presupuesto de la nación.
4.1 Reseña Histórica
Los inicios al proceso de la reforma de la administración pública en
Venezuela datan desde el año 1958, donde el objetivo fundamental era establecer
un sistema de planificación capaz de cumplir con las exigencias en materia
económica de ese momento. Por lo que se creó mediante decreto 287 la
Comisión de la Administración Pública Nacional cuya finalidad era la
modernización del sistema presupuestario. En su oportunidad el presupuesto era
presentado bajo la técnica de presupuesto tradicional, y a este se adjuntaba como
anexo explicativo un presupuesto por programas.
Posteriormente, con la reforma presupuestaria y para dar cumplimiento a lo
pautado en la Ley Orgánica del Régimen Presupuestario se creó la Oficina Central
de Presupuesto (OCEPRE), quien fungió como órgano rector e implementó la
figura de Coordinadores Regionales, para con sede en el interior del país, quienes
tenían por función orientar asistir a las Corporaciones Regionales, Gobernaciones
de Estado y a los Concejos Municipales.
Posteriormente con el fin de revolucionar en materia presupuestaria y
financiera, simplificar procesos y unificar criterios, se crea la Ley Orgánica de la
Administración Financiera del Sector Público, la cual tuvo como finalidad la
integración de la administración financiera del Estado, compuesta por los sistemas 10
de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad, además de los sistemas
tributario y de administración de bienes regulados por otras leyes. Es entonces
cuando nace la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE) y la organización del
sistema.
4.2 Misión
“La Oficina Nacional de Presupuesto, es el Órgano rector del Sistema
Presupuestario Público Nacional, proporcionando asistencia técnica en las
diferentes etapas del proceso presupuestario a los órganos y entes regidos por la
Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público (L.O.A.F.S.P), con
el fin de generar las condiciones que garanticen la gestión de las finanzas
públicas, en el marco de los principios constitucionales y legales que la rigen.”
4.3 Visión
“La Oficina Nacional de Presupuesto se proyecta como la oficina rectora que
integra a su función de control presupuestario, la interrelación con los demás
sistemas administrativos y financieros públicos como mecanismo para el
seguimiento de la productividad y/o eficiencia del gasto público mediante la
innovación de sus procesos y el énfasis en la calidad de su recurso humano”.
4.4 Atribuciones
1. Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política
financiera que, para el sector público nacional, elabore el Ministerio del Poder
Popular para Economía y Finanzas.
2. Participar en la elaboración del plan operativo anual y preparar el presupuesto
consolidado del sector público.
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3. Participar en la preparación del proyecto de ley del marco plurianual del
presupuesto del sector público nacional bajo los lineamientos de política
económica y fiscal que elaboren, coordinadamente, el Ministerio del Poder
Popular para la Planificación y Desarrollo, el Ministerio del Poder Popular para
Economía y Finanzas y el Banco Central de Venezuela, de conformidad con la
ley.
4. Preparar el proyecto de ley de presupuesto y todos los informes que sean
requeridos por las autoridades competentes.
5. Analizar los proyectos de presupuesto que deban ser sometidos a su
consideración y, cuando corresponda, proponer las correcciones que considere
necesarias
6. Aprobar, conjuntamente con la Oficina Nacional del Tesoro, la programación de
la ejecución de la ley de presupuesto.
7. Preparar y dictar las normas e instrucciones técnicas relativas al desarrollo de
las diferentes etapas del proceso presupuestario.
8. Asesorar en materia presupuestaria a los entes u órganos regidos por esta Ley.
9. Analizar las solicitudes de modificaciones presupuestarias que deban ser
sometidas a su consideración y emitir opinión al respecto.
10. Evaluar la ejecución de los presupuestos aplicando las normas y criterios
establecidos por esta Ley, su reglamento y las normas técnicas respectivas.
11. Informar al Ministro del Poder Popular para Economía y Finanzas, con la
periodicidad que éste lo requiera, acerca de la gestión presupuestaria del
sector público.
12. Las demás que le confiera la Ley.
4.5 Organigrama ONAPRE.
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5. Tipos de gastos e Ingresos y Egresos
El Estado percibe ingresos por el petróleo, por el cobro de impuestos, por la
venta de bienes producidos, por utilidades que generan estas mismas, por ventas
o alquileres de propiedades, por multas impuestas, por emisión de bonos u
obtención de créditos, entre otros. Cuando los ingresos provienen de impuestos se
denominan ingresos tributarios, por el contrario cuando provienen de fuentes
distintas a los impuestos se denominan ingresos no tributarios. Con los ingresos,
los gobiernos pueden realizar sus gastos, sus inversiones.
El Banco Central de Venezuela define el presupuesto, como el plan contable
elaborado por el Gobierno Nacional en el que se estiman los ingresos y gastos en
función de los lineamientos de política de mediano y largo plazo. En Venezuela
por disposición constitucional, la administración económica y financiera del Estado
se regirá por un presupuesto aprobado anualmente, el mismo es formulado por el
Ejecutivo Nacional y debe ser sometido a aprobación por la Asamblea Nacional. El
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presupuesto anual contiene las estimaciones de ingresos a percibir con carácter
ordinario y extraordinario, la programación de los gastos públicos corrientes y de
inversión.
Para ejemplificar tal información por medio de este cuadro del Presupuesto
de la Nación, explica la distribución del presupuesto de ingresos y fuentes de
financiamiento.
Fuente: Equipo de Investigación de Marea Socialista
De acuerdo a la imagen anterior, se puede observar que del 100% de los
ingresos que percibe el estado, el 69,80 corresponde a los ingresos no petroleros,
los cuales a su vez engloban los impuestos directos que corresponden a los
declarados por las personas naturales y jurídicas por concepto de impuesto sobre
la renta, herencias e ingresos no tributarios. Así mismo también abarca los
impuestos indirectos, que corresponden a los que paga cada uno de los
venezolanos por adquisición de productos y servicios, los impuestos por
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importaciones, es decir las compras realizadas desde Venezuela en otros países,
entre otros impuestos indirectos. El restante 30,20 %, corresponde a los ingresos
corrientes petroleros y a endeudamiento a través de fuentes de financiamiento.
Analizando estas cifras, se puede decir que no corresponden completamente
a la realidad, puesto que para nadie es un secreto que, la mayoría de los ingresos
del país provienen de PDVSA, y que la economía del país en estos momentos no
es la más estable como para obtener tantos ingresos por concepto de impuestos.
Por lo que se podría decir que el presupuesto de ingresos 2015 de la Nación, no
se ajusta a lo que realmente ocurre en el país. También cabe destacar que para
subsanar deficiencias financieras el gobierno nacional ha procedido a endeudarse
con otras naciones y pareciera que ente cuadro no se toma en cuenta eso.
Por otro lado, es relevante conocer que, los ingresos pueden clasificarse en
ordinarios y extraordinarios, en tal sentido, los ingresos ordinarios son aquellos
que se obtienen de forma periódica y permanente provenientes de fuentes
tradicionales; constituidas por el ingreso petrolero para el Estado Venezolano, los
tributos, las tasas y otros medios periódicos de financiamiento del Estado.
Ejemplo: caso individual el salario de un trabajador que se ocupa en un trabajo
estable, o las ventas de una empresa a un cliente que compra periódicamente o
de forma habitual.
Así mismo, los ingresos extraordinarios son aquellos ingresos no recurrentes,
de carácter eventual; ejemplo: siendo el principal de ellos el producido por el
crédito público o endeudamiento, así como los provenientes de la venta de activos
propiedad del Estado. También son aquellos recursos de carácter excepcional que
provienen de la enajenación de bienes nacionales, de la concertación de créditos
externos e internos o de la emisión de moneda. Son todas aquellas percepciones
que provienen de actos eventuales, para cubrir gastos también eventuales.
Criterio económico que los ingresos públicos se clasifican en
Establece corrientes, de capital y fuentes financieras.
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Ingresos corrientes: los que proceden de ingresos, tributarios, no tributarios
y de transferencias recibidas para financiar gastos corrientes.
Ingresos de capital: los que se originan por la venta de bienes de uso,
muebles e inmuebles, indemnización por pérdidas o daños a la propiedad, cobros
de préstamos otorgados y disminución de existencias.
Fuentes financieras: se generan por la disminución de activos financieros
(uso de disponibilidades, venta de bonos y acciones, recuperación de préstamos,
etc.) y el incremento de pasivos (obtención de préstamos, incremento de cuentas
por pagar, etc.)
En tal sentido los ingresos ordinarios la fuente más importante de
financiación de la gestión pública, ellos constituyen la palanca financiera a través
de la cual funciona la burocracia del Estado, se satisfacen las necesidades
básicas de la población en los órdenes de educación, salud, seguridad y de
acuerdo a los principios de administración financiera por su carácter recurrente,
garantizan la actuación sostenida del Estado para el logro de loa objetivos de la
política fiscal.
6. Diferencia entre actividad y proyecto:
Actividad Proyecto
Es una categoría programática
cuya producción es intermedia y,
por tanto, en condición de uno o
varios productos terminales o
intermedios.
Se considera proyecto a la
categoría programática que
expresa la creación, ampliación o
mejora de un bien de capital de una
institución, incluidos los servicios
capitalizables.
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Su producción puede ser un
insumo para otro producto.
Sirven para producir otros bienes o
servicios, no se agotan en el primer
uso.
La actividad es la acción
presupuestaria de mínimo nivel, e
indivisible a los propósitos de la
asignación formal de recursos.
Tienen una vida útil superior a un
año y están sujetos a depreciación.
En síntesis, tanto las actividades como los proyectos, son subdivisiones de
un programa, la diferencia entre ambos, radica en que la actividad se realiza
dentro de un programa de operación y se repite periódicamente; en tanto que el
proyecto corresponde a un programa de inversión, que se efectúa por una sola
vez.
7. Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos
Es un instrumento normativo utilizado por organismos centralizados y
descentralizados de la administración pública, que permite la agrupación o
estructuración de los ingresos y gastos de acuerdo a ciertos criterios, y a su vez
presenta la forma de unificar la estructura y clasificación de las Instituciones
Públicas.
7.1 Objetivos del clasificador presupuestario de ingresos y egresos.
Su principal objetivo es la integración de la administración pública, en cuanto
a que los gastos sean debidamente imputados y se manejen un solo criterio al
momento de codificar los mismos. Así mismo, también busca el equilibrio entre las
partidas de ingreso y las de egreso, por lo que deben realizarse asientos por
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partida doble. Logrando con esto una debida ejecución de los recursos y la
facilidad de hacer los seguimientos respectivos de control presupuestario.
El clasificador presupuestario, comprende dos grandes grupos de cuentas
que conforman el balance de la administración pública las cuales son:
3.00.00.00.00 Recursos
4.00.00.00.00 Egresos
Cada grupo de cuenta básica, mantendrá sus cuatro niveles de
desagregación identificados por códigos numéricos de ocho posiciones, y por la
clasificación, denominación y descripción de las respectivas cuentas.
8. Fases del presupuesto público
El presupuesto público contempla, 5 fases para su preparación, cada una
debe cumplirse para que se pueda lograr la concreción del presupuesto. Podría
decirse que cada una de estas fases se interrelacionan una con la otra y cada una
también tiene su basamento legal.
8.1 Fase de Preparación (Formulación y Discusión).
En esta fase, primeramente se deben planificar y jerarquizar todas las
necesidades que se pretenden satisfacer y posteriormente definir las fuentes de
ingresos que van a permitir cumplir con lo planificado. Esta fase debe cumplirse a
nivel central con el presupuesto de la nación, ya que es de aquí donde parte y se
desagregan los presupuestos de los estados y municipios. De acuerdo al
presupuesto que se maneje a nivel central y los lineamientos emanados por la
ONAPRE, cada dependencia pública realiza estimaciones de sus necesidades,
preparando así un ante-proyecto de presupuesto. En base a los ante-proyectos
presentados por los órganos públicos, la ONAPRE se encarga de unificar la
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información y elaborar el proyecto de presupuesto, que es revisado, discutido,
modificado y aprobado preliminarmente en Consejo de Ministros, antes de ser
enviado al Poder Legislativo. Posteriormente el proyecto de presupuesto es
presentado al Poder Legislativo (Asamblea Nacional) para su discusión.
8.2 Fase de Sanción y Promulgación.
Una vez, unificado el presupuesto de la nación por la (ONAPRE), máxima
autoridad en materia presupuestaria, el mismo debe ser presentado ante el poder
legislativo para que se convierta en Ley, y pueda ejecutarse el gasto público una
vez discutido su contenido y verificada la viabilidad de su cumplimiento. Todo esto
enmarcado en los lapsos que establecen las leyes en materia presupuestaria para
su presentación, y posteriormente promulgación por la Presidencia de la República
y publicado en Gaceta Oficial.
Si efectivamente es aprobado el presupuesto de la nación, se entra en
vigencia el 01 de enero del año para el cual se presupuestó. Si de lo contrario
esta aprobación no se logra antes de la fecha prevista, el presupuesto en cuestión
será objeto de una reconducción, es decir, se aprueba un presupuesto con las
mismas características del aprobado en el año anterior, con las modificaciones
que se indican en la legislación correspondiente.
8.3 Fase de Ejecución.
En esta fase, se lleva a cabo todo lo planeado durante la formulación del
presupuesto, es decir se ejecuta el gasto (compromiso/causado/pagado). En este
marco de ideas es fundamental recalcar que el presupuesto público debe ser
llevado a cabo mediante lo establecido en las Leyes Venezolanas y los instructivos
emanados de la Oficina Nacional de Presupuesto. Cabe señalar que solo deben
ejecutarse gastos presupuestados y aprobados en ley y que estos estén
debidamente soportados y justificados.19
8.4 Fase de Control
Es indispensable en toda organización para que las actividades que se
desprenden de los procesos administrativos se lleven a cabo de la mejor forma,
Chiavenato y Sapiro (2010:291) afirman que el control “Comprueba si la
ejecución está de acuerdo con lo que fue planeado: cuanto más completos,
definidos y coordinados fueran los planes, tanto más fácil será el control”. Por lo
que es de suma importancia establecer planes claros y precisos para que cuando
se lleve a cabo el control bien sea, administrativo, presupuestario o financiero se
puedan establecer herramientas de control, más eficaces.
8.4.1 Tipos de Control
De acuerdo a lo expresado por Chiavenato (2011:295), existen 3 tipos
básicos de control como se visualiza en la figura Nº 2.2
8.4.2 Tipos básicos del control. Fuente: Chiavenato (2011)
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De acuerdo a la figura anterior, toda organización requiere un sistema de
control básico, que contemple cada uno de los registros, a los cuales se refiere
el autor, ajustándolo al tipo de institución o empresa. Cabe destacar que en
control táctico, toma mayor relevancia en cuanto al control del presupuesto y la
contabilidad de costos, puesto que van a expresar el carácter cuantitativo de los
objetivos que se fijan.
8.4.3 Momentos del Control
Es de recalcar, para que un sistema de control sea efectivo debe cumplir
varias fases, las cuales llevadas a cabo de forma sistemática, arrojarían los
mejores resultados, al respecto Chiavenato (2011:292) expresa que,
Un sistema eficaz de control debe establecer los momentos de control.
Existen tres momentos específicos:
a) Control preliminar o previo. Se refiere a las actividades de control
efectuadas antes de que ocurra el evento o hecho que se pretende
controlar. Por tanto, procura evitar o minimizar que se presenten
problemas.
b) Control en tiempo real. Se refiere a las actividades de control y
evaluación que se efectúan al mismo tiempo que ocurre el evento o
hecho que se pretende controlar. Procura corregir el desempeño
durante su ejecución.
c) Pos-control. Se refiere a las actividades de control y evaluación
efectuadas después que ha ocurrido el evento o hecho que se pretende
controlar. De tal manera, evalúa las desviaciones ocurridas, determina
las causas de estas y también corrige el desempeño programado.
El autor antes citado, describe claramente cada uno de los momentos del
control, solo queda resaltar que aplicando esta fórmula se evitarían errores, en su
mayoría los que se cometen por inercia o por la elaboración de trabajo rutinario.
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De acuerdo a los elementos ya mencionados, también es de suma
importancia a la hora de llevar a cabo los procesos administrativos que conllevan
a la ejecución del presupuesto, todo lo referente al control interno previo y
posterior, donde el reglamento de la ley orgánica de la contraloría general de la
república y del sistema nacional de control fiscal establece que,
Artículo 16. Según la oportunidad de su ejecución el control interno es:
previo o posterior… El control interno previo que debe efectuarse antes
de adquirir obligaciones que impliquen compromisos financieros, o
antes de proceder a realizar pagos... El control interno posterior
comprende los procedimientos de control incorporados en el plan de la
organización y en los reglamentos, manuales de procedimiento y
demás instrumentos específicos de cada órgano o entidad, aplicables
por los gerentes, jefes o autoridades administrativas de cada
departamento, sección o cuadro organizativo, sobre los resultados de
las operaciones y actividades realizadas por las unidades
administrativas y servidores bajo su directa supervisión, sin perjuicio de
las competencias de las unidades de auditoría interna.
Se comprende entonces que el control previo es, el que se realiza antes de
un hecho, en este caso antes de comprometer, causar o pagar un recurso, es
decir antes de adquirir un compromiso con terceros, este control interno previo es
de suma importancia, puesto que evita y detecta errores en los procesos
administrativos. Por otro lado, está lo que es el control posterior, el cual es llevado
a cabo en base a los resultados obtenidos en los procedimientos desarrollados.
Es de resaltar que, en las instituciones públicas de Venezuela, el control previo
era llevado a cabo por la contraloría general de la república, este órgano de
control, verificaba todo lo concerniente a registros de compromisos, ordenes de
compras y ordenes de pagos que ejecutaban los organismos estadales.22
Actualmente corresponde a cada órgano la creación de su unidad de
auditoria interna, la cual estará encargada de llevar a cabo un control posterior, de
acuerdo a lo establecido en el reglamento de la ley orgánica de la contraloría
general de la república y del sistema nacional de control fiscal, el cual indica,
Artículo 135.- La auditoría interna es un servicio de examen posterior,
objetivo, sistemático y profesional de las actividades administrativas y
financieras de cada ente u órgano, realizado con el fin de evaluarlas,
verificarlas y elaborar el informe contentivo de las observaciones,
conclusiones, recomendaciones y el correspondiente dictamen. Dicho
servicio se prestará por una unidad especializada de auditoría interna
de cada ente u órgano, cuyo personal, funciones y actividades deben
estar desvinculadas de las operaciones sujetas a su control.
La unidad de auditoria interna de cada organismo, está facultado para
verificar las actividades llevadas a cabo en los procesos administrativos y a su vez
evaluarlas. Así como también brindar asesoría jurídica en cuanto a
procedimientos administrativos y presupuestarios, todo en pro de mejorar los
procesos y optimizar la utilización de los recursos.
8.5 Fase de Evaluación.
Finalmente, la etapa de la evaluación, va a consistir en el análisis de las
fallas que se presentaron en las etapas anteriores, y las correcciones que podrán
ser tomadas a futuro, en la administración pública se llevan a cabo varias
herramientas de control bien sean manual o en sistemas informáticos. Cabe
mencionar, entre las herramientas de evaluación, lo que corresponde a los
informes presupuestarios, donde se procede a evaluar los resultados en base a
las ejecuciones presupuestarias del gasto, tomando en cuenta las modificaciones
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presupuestarias, compromisos, disminución de compromisos y reintegros. Ya que
son todos esos elementos los que afectan la disponibilidad presupuestaria.
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CONCLUSIÓN
Es indispensable que en un presupuesto público, se cumpla una
planificación, ejecución, control y evaluación de actividades para la consecución
de los objetivos establecidos. Con el cumplimiento sistemático de cada una de
estas etapas, se lograría con precisión establecer objetivos y metas previas a la
formulación y durante su ejecución para llevar a cabo dichos objetivos y metas.
Respecto al control se haría un seguimiento de lo ejecutado, para posteriormente
evaluar los resultados obtenidos de la puesta en marcha de todas las actividades
programadas en las primeras etapas.
El presupuesto es una herramienta que al ejecutarlo debidamente permite
maximizar recursos y disminuir gastos, para de esta forma tener un buen control
en la institución. Las instituciones públicas deben capacitar constantemente a su
personal, sobre todo a los responsables de la elaboración y ejecución del
presupuesto, ya que por lo general los errores en los que se incurren son por
desconocimiento a la normativa y a los procesos presupuestarios.
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Asamblea Nacional Constituyente (1999) Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela. Distribuidora Escolar, Caracas.
Burbano J. (2011) Presupuestos, Un enfoque de direccionamiento estratégico,
gestión, y control de recursos. Cuarta edición, Mc Graw.- HILL
Interamericana, S.A.
Cárdenas y Nápoles (2002) Presupuestos Teoría y Práctica, Mc Graw.-HILL,
primera edición, México D.F.
Chiavenato y Sapiro. (2010). Planeación estratégica. Fundamentos y aplicaciones.
Segunda edición. Elsevier Editora Ltda, Rio de Janeiro, Brasil.
Equipo de Investigación de Marea Socialista. (2015). Los ingresos de la
república. [Información en línea] [Consulta Julio 2015]. Caracas-Venezuela.
Fagilde C. (2012). Presupuesto público. [Información en línea][Consulta, abril
2015].
Gómez R, (2009). Presupuesto (Teoría y práctica integral resuelta y explicada)
Capítulo I, Ediciones Fragor. Caracas-Venezuela.
Oficina nacional de presupuesto. (2014). Creación. [Información en línea]
[Consulta Julio 2015]. Caracas-Venezuela.
Paredes F. (2006). Presupuesto Público. Aspectos teóricos prácticos. Colección
textos universitarios. Publicaciones vicerrectorado académico Universidad de
los Andes. Mérida, Venezuela.
Reglamento de la ley orgánica de la Contraloría general de la república y del
Sistema nacional de control fiscal (2009). Publicado en gaceta oficial de la
república bolivariana de Venezuela N° 39.240.
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Reglamento Nº 1 de la ley orgánica de la administración financiera del sector
público, sobre el sistema presupuestario (2005) Publicado en gaceta oficial
Nº 5.781 extraordinario.
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ANEXOS
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