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LINEAMIENTOS
PRELIMINARES
MUNICIPALIDAD DE TIGRE / FUNDACIÓN INTEGRARSE UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL GENERAL PACHECO
TOMO II 1
8. LINEAMIENTOS PRELIMINARES DEL PLAN DE MANEJO
8.1. EJES ESTRATÉGICOS.
Recomendaciones.
8.1.1. PRESERVAR EL HUMEDAL Y EL RECURSO AGUA.
Prioridad 1
El Delta es un mosaico de humedales cuyo origen, desarrollo y funcionamiento depende
del ciclo hidrológico (intensidad, duración y frecuencia de las inundaciones). En este
sentido, tanto las islas individuales como el conjunto deben considerarse un sistema
integral en el que la alteración de cualquiera de sus partes tendrá efectos sobre la
totalidad. El perfil natural de las islas se caracteriza por poseer bordes más altos que la
zona interior, deprimida e inundable por las mareas y crecientes periódicas.
Esta alternancia entre inundación y escurrimiento provoca múltiples procesos
bióticos de los que resulta una reserva única de oxígeno, agua dulce y
biodiversidad. Su suelo y su flora juegan un rol fundamental en el mantenimiento de
la calidad de las aguas mediante la retención, transformación y transporte de
sedimentos, nutrientes y contaminantes.
Este sistema debe ser respetado y por lo tanto la antropización debe adecuarse a
las pautas que el sistema plantea y no al revés. Se trata de un Delta único en su tipo
en el mundo por ser de agua dulce ya que la mayoría de los mismos descarga sus
aguas en el mar.
TOMO II 2
8.1.1.1. Reconocer que el Delta del Tigre es un humedal de importancia ecológica.
Acorde a ello, mantener los servicios ambientales que el humedal presta tanto a
nivel local como regional, adecuando su desarrollo a los presupuestos mínimos
para asegurar su sustentabilidad ambiental y social1.
8.1.1.2. Respetar la biodiversidad de las islas. Será prioritaria la preservación de
ambientes y especies de importancia ecológica, incluyendo los pajonales,
juncales, bosques de seibo, parches de selva en galería relictual y bosques
secundarios, entre otros. Se plantea la regulación de la introducción de nuevas
especies exóticas o invasoras.
Todas estas enunciaciones son percibidas por los habitantes y se verifica cuando sostienen la premisa “ES
UNO DE LOS HUMEDALES MÁS IMPORTANTES DEL PAÍS” con un índice de adhesión el 94.73% 2
Para ello se tendría que:
8.1.1.3. Crear un observatorio sobre el tema agua y humedales .que permita monitorear,
investigar y evaluar ambientalmente el área, así como las actividades
económicas compatibles con el territorio en cuestión, complementando con
sistema de control.
8.1.1.4. Desarrollar una política sostenida de protección, entendiendo que el valor
ambiental del área, es su capital y también su Marca. Implementar acciones en
el corto, mediano y largo plazo que consoliden un sistema de protección.
8.1.2. ADECUARSE A LAS CONDICIONES AMBIENTALES DEL LUGAR.
Prioridad 1
Rescatar los saberes y habilidades de los habitantes de las islas propiciando la
preservación y el desarrollo de pautas culturales y ambientales acordes a las
características del humedal, en el que las inundaciones son parte inseparable de su
1 1 Es un humedal parcialmente ocupado donde cerca del 97% lo hace respetando la condición de inundabilidad, transparencia hidráulica y no ocupación de los centros de isla, utilizando para ello la construcción del tipo palafítica. 2 Fuente: Informe parcial DELPHI 2010 para Plan de manejo de las Islas del Delta. Fundación Metropolitana
TOMO II 3
ciclo natural. Hay que preparar a la gente de las islas para adaptarse al medio y
convivir con él.
El 78.94% de los encuestados acuerda en que “las inundaciones son un fenómeno propio y necesario”. Se
recomienda realizar planos altimétricos actualizados, determinando cotas de inundabilidad y áreas de mayor
riesgo (el IGM y el INA no disponen de estos datos).
8.1.2.1. Montar un sistema de emergencia para atender las necesidades durante las
crecidas contemplando roles, lugares de alojamiento provisorios y centros de
atención. Esto debiera estar consensuado y planificado como parte del
desarrollo habitual de la vida en las islas, donde cada uno sabe qué debe hacer
en situación de emergencia.
8.1.2.2. Realizar una campaña de enseñanza de natación, práctica vital para los
pobladores del Delta, y darle continuidad en el tiempo, mediante el desarrollo de
la misma práctica con competencias y torneos. Se puede realizar un acuerdo
con los clubes, campamentos de verano o colonia de vacaciones, aprovechando
la próxima temporada de verano.
8.1.3. REGULARIZAR LA SITUACIÓN DOMINIAL
Prioridad 3
La precariedad del sistema dominial en las islas constituye un impedimento para mejorar
las condiciones de vida de sus habitantes y garantizar su participación en actividades
comunitarias, colaboración con la defensa del medio ambiente, etc.
El 5.26% de los encuestados acuerda en que “desde el fraccionamiento de lotes cambió
sustancialmente su fin” y el 5.26% opina que “el bajo valor de la tierra y la relatividad
jurídica de posesión es una condición favorable para las grandes inversiones”.
Para ello se tendría que:
8.1.3.1. Convocar a los isleños (habitantes permanentes y de segunda residencia) y
propietarios de emprendimientos comerciales, entre otros, para generar
acuerdos tendientes a la regularización de la situación dominial. Esto traerá
TOMO II 4
beneficios y obligaciones, de manera que sería deseable que surgiera un plan
que contemple las diferentes situaciones y opciones factibles.
8.1.3.2. Establecer un programa de promoción de regularización mediante asesoramiento
jurídico, moratoria sobre impuestos adeudados, escrituras parcialmente
subsidiadas, etc.
8.1.3.3. Establecer modos de identificación de las propiedades en forma conjunta.
8.1.3.4. Elaborar la nomenclatura de todos los cursos de agua y de la señalética
correspondiente, e instalarla en los ríos, arroyos y canales.
8.1.4. FAVORECER EL ARRAIGO Y LA INCLUSIÓN DE LA POBLACIÓN ACTUAL, COMO SU
INTEGRACIÓN.
Prioridad 2
La población de las islas se incrementó en los últimos años, pero no alcanzó los
niveles de las décadas pasadas y por otro lado presenta cambios en el perfil de los
habitantes. La coexistencia e interdependencia de estos (pobladores y usuarios no
residentes) en un mismo lugar, realizada en un proceso de integración y de respeto
hacia sus características peculiares, fortalecerá la diversidad y reducirá la
conflictividad social.
El 5.26% de los encuestados piensa que “la población es muy heterogénea”.
8.1.4.1. Solicitar la realización de una sobremuestra durante el próximo censo de
población, registrando la mayor información posible, que permita tener un
panorama exhaustivo de sus condiciones y potencialidades. Realizar tareas
conjuntas con los profesionales responsables del censo para evitar dificultades
habituales que se presentan en el sector islas
8.1.4.2. Facilitar o reducir el desplazamiento de los pobladores actuales debiera ser una
de las consignas de trabajo para lo cual habría que establecer un sistema de
TOMO II 5
seguimiento muy particularizado para permitir la adecuación a las nuevas
condiciones sin que los obligue a migrar a otros lugares. Lograr el arraigo
mejorando las condiciones sociales, ambientales y laborales de las islas.
8.1.4.3. Promover la creación de becas para completar la formación secundaria de los
habitantes de la zona.
8.1.4.4. Desarrollar planes de capacitación laboral y apoyar la constitución de pymes
para el desarrollo de nuevas actividades económicas de los isleños y sostener
las existentes.
8.1.4.5. Mejorar el equipamiento comunitario y los servicios en las áreas menos
favorecidas e identificados como más demandados por la población. Plan de
mejoramiento de la vivienda insular, mediante asistencia financiera para realizar
pequeñas intervenciones de mejoramiento, más asistencia técnica para poder
desarrollarlas.
Sostener acciones que tiendan a la integración de los distintos sectores sociales.
8.1.5. ESTUDIAR LA TIPOLOGÍA DE OCUPACIÓN MÁS ADECUADA AL TERRITORIO.
Prioridad 2
Los emprendimientos que mediante rellenos, excavaciones, marinas artificiales,
terraplenamientos y endicados producen una nueva geografía, ajena al paisaje del
Delta, alteran el régimen hidrológico de sus cursos y el escurrimiento natural de las
aguas, afectando el comportamiento ambiental del humedal.
Generan además gran resistencia por parte de los habitantes y usuarios habituales
del sector. Se trata de modalidades de vida muy diferentes y en muchos aspectos
contrapuestos.
Los nuevos desarrollos interrumpen estas tendencias históricas generando la
fragmentación y disgregación social. Atender a este conflicto constituye uno de los ejes a
resolver. El impacto que producen los nuevos desarrollos, por ser muy invasivos y de una
TOMO II 6
gran envergadura, es mucho mayor al de obras dispersas, aún desatinadas, que puedan
tener lugar en las islas.
Para ello se recomienda:
8.1.5.1. Trabajar con los actores involucrados en la generación de pautas para el área.
8.1.5.2. Diseñar un análisis de impacto acumulativo para evita un problema de saturación:
El análisis de cada propuesta lo será dentro del contexto de los preexistentes,
independientemente del grado de avance (prefactibilidad, factibilidad,
construcción, funcionamiento o abandono) en el que estos se encuentren.
8.1.6. MEJORAR LAS CONDICIONES DE CIRCULACIÓN Y ACCESIBILIDAD.
Prioridad 3
El sistema de transporte es el resultado ajustado de las reglas del mercado,
dificultando el desarrollo de actividades y la calidad de vida de los habitantes.
Elaborar un Plan de Transporte Fluvial que propicie la comunicación amplia y equilibrada
con el territorio insular es estratégico para permitir el desarrollo del mismo.
Generar un sistema de transporte alternativo al turístico con fines productivos y de apoyo
a los habitantes, proponiendo frecuencias y horarios hasta sitios hoy no atendidos. Este
sistema debiera contar con un apoyo de parte del Municipio (subsidiando combustible,
apoyo crediticio, etc.).
Construir puestos de apoyo y muelles públicos en puntos estratégicos de cobertura de
servicios y auxiliatura en situaciones de emergencia para paliar el aislamiento de los
pobladores, que puedan acceder a la costa y usar el sistema de transporte fluvial a diario,
etc. También para la recepción de turistas y paseantes.
8.1.6.1. Promover modalidades de navegación de menor polución ambiental (sonora,
atmosférica y de las aguas, como motores a dos tiempos, a energía solar, etc.).
Estudiar el empleo de energías alternativas para el transporte fluvial, por
TOMO II 7
ejemplo el uso de motores eléctricos servidos por baterías, o motores híbridos,
más silenciosos y menos contaminantes que los actuales.
8.1.6.2. Prever un sistema de estacionamiento adecuado en proximidad a las estaciones
de transferencia del territorio continental, (marinas, muelles y depósitos de
embarcaciones) que permita mejorar el funcionamiento actual. Trabajar con los
clubes de remo y establecimientos presentes en este sector de interés para
encontrar soluciones consensuadas.
8.1.6.3. Considerar la posibilidad de boyar algunas vías de circulación para la navegación
nocturna.
8.1.6.4. Estudiar la creación de puertos alternativos en el territorio y en las islas.
8.1.6.5. Exigir a particulares y a las empresas de transporte el cumplimiento de
velocidades máximas, la colocación de silenciadores en sus motores y la
renovación de sus embarcaciones por diseños modernos que eviten el oleaje.
8.1.6.6. Considerar la insuficiencia de las instalaciones portuarias de la actual Estación
Fluvial en Tigre ante el posible aumento de actividad en la misma.
8.1.7. MEJORAR LAS CONDICIONES DE HABITABILIDAD Y SALUBRIDAD
Prioridad 2
Las condiciones de habitabilidad y salubridad debieran ser objeto de atención por
parte del Municipio. Al sistema de recolección de basura que significa un paso
auspicioso, convendría complementarlo con otras acciones para mejorar las
condiciones generales de habitantes y usuarios.
El 5.26% de los encuestados opina que “el río como fuente de agua y paisaje no está en
condiciones”.
Por ello convendría:
TOMO II 8
8.1.7.1. Trabajar con la población en la concientización sobre el tema residuos para
clasificar los mismos en origen.
8.1.7.2. Trabajar en la difusión de pautas de uso en el lugar y ser estrictos en el control,
para que los visitantes sean respetuosos del medio.
8.1.7.3. Analizar la posibilidad de combinar el sistema de recolección actual con
alternativas ecológicas del tipo “compost”, biogás, etc., siempre que se haga
apropiadamente.
8.1.7.4. Informar, asesorar y controlar la potabilización del agua de consumo y la
resolución adecuada del tratamiento de los residuos cloacales. Ofrecer
asesoramiento y posibles mecanismos de facilitación desde el Municipio para
que se adecuen las instalaciones existentes.
8.1.7.5. Controlar el cumplimiento de la normativa existente sobre la obligatoriedad de
instalar plantas de tratamiento de efluentes líquidos en recreos y urbanizaciones.
8.1.7.6. Desarrollar un programa de salubridad en los centros de salud, comunitarios y las
escuelas sobre los puntos claves lactancia, materna, higiene personal,
manipulación de alimentos.
Ver en el TOMO III, APÉNDICE, SANEAMIENTO. CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD
PARA CONSTRUCCIONES EN LAS ISLAS DEL DELTA, una ampliación más
pormenorizada, así como recomendaciones en relación a este aspecto.
8.1.8. PROPICIAR LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL DE LAS
ISLAS.
Prioridad 2
El patrimonio natural y cultural de las islas es variado y de importancia, sin
embargo la falta de un sistema de protección, permitió la pérdida de su calidad
paisajística en muchos sectores, como así también la destrucción de inmuebles de
valor patrimonial, atributos de interés para la calidad del hábitat. Por otro lado
TOMO II 9
cambios profundos en las condiciones de vida atentaron contra la conservación del
patrimonio intangible.
El 73.68% de los encuestados opina que “el delta dispone de una gran riqueza de flora y
fauna nativas” y el 15.78% sostiene que “los paisajes están degradados por la acción
humana”. El 5.26% de los encuestados opina, además, que el Delta “es una de las áreas
del país con mayor biodiversidad”.
Para ello se recomienda:
8.1.8.1. Generar conciencia sobre el sistema ambiental y la importancia de preservar los
recursos naturales del delta mediante un Plan de difusión. Elaborar programas
educativos en las escuelas del partido de Tigre, para instruir sobre la
importancia de los humedales del territorio isleño y su conservación y cuidado.
8.1.8.2. Crear un centro de interpretación y museo del agua, que permitiría cumplir
múltiples objetivos: crear mayor conciencia ambiental, fortalecer la oferta cultural
y de esparcimiento, así como facilitar la generación de empleo.
8.1.8.3. Proponer la creación de un área de reserva en las tierras nuevas e Identificar
con claridad la situación de la reserva municipal, dilucidar su ocupación y uso
actual. Proponer un uso social ambiental para la misma.
8.1.8.4. Realizar un inventario del patrimonio tangible e intangible con las áreas de valor
paisajístico y los inmuebles de valor patrimonial como así también una
recopilación de los aspectos históricos y culturales tales como los saberes
originales. Se deberá desarrollar un proceso de catalogación y elaboración de
una normativa específica para cada caso.
8.1.8.5. Divulgar entre la población e inversores los valores de la arquitectura isleña.
8.1.8.6. Capacitar mano de obra en tareas de reparación y mantenimiento de las
tipologías edilicias propuestas para la protección.
8.1.9. ESTABLECER PAUTAS DE LOCALIZACIÓN Y MODALIDADES CONSTRUCTIVAS.
Prioridad 3
TOMO II 10
Las construcciones no deberían obstruir ni alterar el natural escurrimiento de
las aguas, aplicando pautas adecuadas a las islas, que no son las
convencionales en el continente.
El 10.52% de los encuestados no coincide con que “la acción humana ha puesto en
valor el paisaje”.
Para ello se recomienda:
8.1.9.1. Convenios con distintas instituciones para desarrollar tipologías constructivas
adaptadas a los requerimientos del Delta. Organizar concursos en áreas de
investigación de la Universidad que contribuyan al desarrollo de estas
construcciones. Realizar una campaña de difusión con los resultados de las
investigaciones.
8.1.9.2. Crear una oficina técnica municipal de asesoramiento gratuito a los habitantes
con este fin específico.
8.1.9.3. Crear una Escuela Taller, para formar mano de obra especializada en las
tecnologías habituales en las islas: construcción en madera, carpintería de obra,
obras de saneamiento, etc.
8.1.10. TENDER A LA SUSTENTABILIDAD ECONÓMICA DEL ÁREA.
Prioridad 1
El cambio del sistema productivo en el delta, ocasionó la pérdida de población
residente muy adaptada a las características de las islas también significó la
disminución de fuentes laborales y recursos económicos, al tiempo que se
registran otras actividades con perfiles más urbanos que no contribuyen al
desarrollo más sustentable.
Ajustar el rol turístico y de esparcimiento de las islas, protegiéndolas
ambientalmente. El desarrollo turístico de las islas debe encauzarse dentro de
TOMO II 11
parámetros que permitan su coexistencia con otras actividades en las mismas y
preserven su calidad ambiental.
El 5.26% de los encuestados opina que “el delta tiene un potencial turístico importante”.
Consolidar programas específicos de apoyo a emprendimientos en las islas con líneas de
crédito blando, que permitan adecuación de instalaciones, mejoras tecnológicas, etc.,
dentro de los parámetros establecidos para la sustentabilidad del sistema ambiental de
soporte.
Acompañar esta acción con programas de capacitación complementando los que existen
actualmente Asesoramiento administrativo y legal para el desarrollo de las diversas
actividades. Simplificación y agilización de los trámites requeridos para la regularización
de las distintas actividades.
Identificar actividades económicas ligadas al mantenimiento del humedal y otras
condiciones características del ambiente en cuestión como:
8.1.10.1 ACTIVIDADES PRIMARIAS:
Cría y sembradero de peces, actividades apícolas y sus derivados, actividades
frutihorticolas, forestación de palmeras Pindó, nueces de Pecán, manejo sustentable
de los cañaverales existentes, desarrollo de plantaciones de mimbre y junco.
Evaluar las posibilidades para implementar viveros de plantas ornamentales como
por ej. Orquídeas.
Creación de viveros de plantas nativas en relación a planes de restauración vegetal.
Creación de depósito de semillas y recolección. Banco de hierbas nativas. Fomentar
la creación de cooperativas de productores para insertar sus productos en los
circuitos comerciales.
8.1.10.2 ACTIVIDADES SECUNDARIAS:
Desarrollar programas de apoyo a la producción artesanal de productos alimenticios
vinculados a la producción local.
TOMO II 12
Promover el desarrollo de artesanías locales articulando con diseñadores.
Investigar y promover tratamientos alternativos de protección a las maderas blandas
como su impregnación, mineralización, etc., para su uso en la construcción.
8.1.10.3 ACTIVIDADES TERCIARIAS
Establecer un registro exhaustivo de establecimientos vinculados al destino turístico,
su estado, etc.
Establecer pautas de habilitación adecuadas a la particularidad de este ámbito, que
serán diferentes en muchos sentidos a las que se establecen para el territorio
continental.
Fomentar los deportes vinculados al agua y compatibles con el ambiente, por
ejemplo pesca, remo, etc.
Desarrollar formas de ecoturismo como tracking, avistaje de aves. Observación de la
fauna, pesca deportiva. etc.
Trabajar para mejoras de los servicios turísticos:
Desarrollo de una gastronomía local: elaboración de productos locales, platos típicos
y nuevas propuestas, capacitación en todos los niveles de la gastronomía
Mejora de hotelería, realizando capacitación y /o asesoramientos y pequeños
créditos etc.).
8.1.11. MEJORAR LAS ACTIVIDADES CULTURALES Y EL ESPARCIMIENTO PARA LA
POBLACIÓN DE LAS ISLAS.
Prioridad 3
El equipamiento cultural es débil en el sector islas, lo que genera un servicio muy
reducido para los residentes y poca oferta a los visitantes, por lo cual muchos de
ellos se limitan a los recorridos en lancha, con pocas bajadas. La falta de una oferta
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más diversificada en las islas conspira con la posibilidad de descomprimir la
presión de visitantes en el continente durante el fin de semana.
8.1.11.1. Contribuir al desarrollo de actividades culturales, acordes con las posibilidades
del área.
8.1.11.2. Analizar la posibilidad de promover un circuito específico visitando sitios e
inmuebles de valor cultural, hilvanando actividades que se hagan en ellos. Esto
podría armarse en forma eventual y con mucha promoción (por ejemplo, una vez
al año).
8.1.11.3. Propiciar el desarrollo de encuentros culturales vinculados a lo ambiental
aprovechando las condiciones particulares del medio.
8.1.12. COORDINACIÓN DE ACCIONES ENTRE JURISDICCIONES.
Prioridad 3
El territorio insular bajo jurisdicción del Tigre es parte de un sistema mayor del
Delta que debe ser preservado. Las diferentes jurisdicciones sobre dicho territorio y
la superposición de legislación no favorecen su manejo de manera sustentable.
Esto requiere:
8.1.12.1. Consensuar con los municipios involucrados en el Delta para articular políticas
que contribuyan al sostenimiento y manejo del sistema.
8.1.12.2. Articular con Provincia y Nación aspectos de su competencia para compatibilizar
acciones.
8.1.12.3. Articular con Provincia y Nación aspectos de su competencia para compatibilizar
acciones.
8.1.13. MEJORAMIENTO PERCEPTUAL.
Prioridad 3
TOMO II 14
El territorio insular del Tigre es un recurso paisajístico de alto valor económico, del
cual dependen fuertemente muchas actividades, principalmente turísticas, y en
consecuencia debe ser cuidado, desalentando aquellas acciones que lo polucionen
visual y /o acústicamente, poniéndolo en riesgo.
8.1.13.1. Instrumentar una normativa publicitaria acorde con el contexto, para respetar el
valor paisajístico.
8.1.13.2. Alentar el completamiento de la forestación de albardones desnudos con
especies adecuadas, de manera de consolidar la formación de pantallas verdes.
8.1.13.3. Establecer pautas y criterios para la construcción de muelles, para lo cual habrá
que definir la línea de avance máximo según los distintos ríos y arroyos.
8.1.14. PROMOVER MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN
Prioridad 3
La nueva conformación de la población de las islas, presenta fracturas y
dificultades para registrar las distintas valoraciones de los problemas por parte de
los habitantes, así como para establecer mecanismos de consensos.
8.1.14.1. Convocar a los distintos actores para trabajar la participación comunitaria en la
resolución de problemas y conflictos, buscando solución a sus inquietudes y
problemas cotidianos.
8.1.14.2. Organizar reuniones que permitan ajustar las propuestas como así también
monitorear el desarrollo del plan y programas a desarrollar por la municipalidad.
Se podrá aprovechar los equipamientos existentes en las islas (escuelas y
centros de salud), para estos encuentros.
8.1.15. ESTIMULAR ENGLOBAMIENTOS EN LAS PARCELAS MENORES A 1000 M2.
Prioridad 2
TOMO II 15
8.2. NORMATIVA DE PROTECCIÓN CAUTELAR PARA EL ÁREA
Hasta la realización del diagnóstico definitivo y del Plan de Manejo, se formulará un
proyecto de normativa de protección Cautelar, no permitiendo modificaciones irreversibles
del Medio Natural y/o Antrópico que puedan deteriorarlos.
PROYECTO DE NORMA CAUTELAR
PRIMERA SECCION ISLAS DEL DELTA DEL PARANÁ
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FUNDAMENTOS
VISTO:…
Y
CONSIDERANDO
Que el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Tigre ha
encomendado la realización de un estudio diagnóstico ambiental y social de la Primera
Sección Islas del Delta del Paraná, bajo su jurisdicción, con el objetivo de asegurar este
espacio de los posibles daños ambientales y sociales que traería un crecimiento
descontrolado, unido a la caída de las actividades que tradicionalmente le dieron sustento.
Que se aspira de este modo a revertir la histórica situación de
abandono en que se encuentra el sector, actualmente sujeto a una normativa que poco se
adapta a su situación real y al actual marco jurídico general, tanto nacional como
provincial, que ordena la protección ambiental, en sus aspectos naturales y culturales,
como parte del ordenamiento territorial, donde la participación de los principales
involucrados debe ser un eje.
Que, como un primer paso hacia la puesta en práctica de las
premisas que surgen del diagnóstico realizado, resulta urgente dictar una norma que
otorgue una protección efectiva hasta tanto se dicte la ordenanza que sancione la
legislación específica y su Plan de Manejo, lo que requiere profundizar la tarea de
diagnóstico y consensuar planes, acciones, programas y prioridades.
TOMO II 16
Que el Delta del Paraná es un mosaico de humedales cuyo origen, desarrollo y
funcionamiento depende del ciclo hidrológico (intensidad, duración y frecuencia de las
inundaciones) y, por tal razón, tanto las islas individuales como el conjunto deben
considerarse un sistema integral en el que la alteración de cualquiera de sus partes tendrá
efectos sobre la totalidad.
Que el perfil natural de las islas se caracteriza por poseer bordes
más altos que la zona interior, deprimida e inundable por las mareas y crecientes
periódicas. Esta alternancia entre inundación y escurrimiento da lugar a múltiples
procesos bióticos de los que resulta una reserva única de oxígeno, agua dulce y
biodiversidad. Su suelo y su flora juegan un rol fundamental en el mantenimiento de la
calidad de las aguas mediante la retención, transformación y transporte de sedimentos,
nutrientes y contaminantes.
Que, en atención a la importancia ecológica de este humedal y sus
servicios ambientales, tanto a nivel local como regional, deberá adecuarse su desarrollo a
los presupuestos mínimos que aseguren su sustentabilidad ambiental y social.
Que la defensa de los componentes naturales del medio ambiente
debe coordinarse con el desarrollo de pautas culturales acordes a las características del
humedal, en el que las inundaciones son parte inseparable de su ciclo natural,
contribuyendo a la adaptación de los habitantes al medio para convivir armoniosamente
con él.
Que el Delta del Paraná es único en su tipo en el mundo, por ser de
agua dulce y desaguar en otro río, debiendo remarcarse la importancia del agua dulce
como recurso estratégico, por su escasez mundial, lo que aumenta aún más la necesidad
de su preservación.
Que es necesario respetar la biodiversidad de las islas, siendo
prioritaria la preservación de ambientes y especies de importancia ecológica, incluyendo
los pajonales, juncales, bosques de ceibo, sectores de selva en galería relictual y bosques
secundarios, entre otros, al tiempo que se hace necesaria la regulación para la
introducción de nuevas especies exóticas o invasoras.
Que, no obstante el crecimiento de los últimos años, la población de
las Islas no alcanza los niveles de las décadas pasadas, tendiendo a cambiar también el
perfil económico, social y cultural de los pobladores, lo que lleva a la pérdida de una
población fuertemente adaptada al medio y a la introducción de pautas de vida propias de
zonas urbanas.
TOMO II 17
Que estos desplazamientos y sustituciones vienen siendo
impulsados por los cambios en el sistema productivo del Delta, cambios que han
significado la disminución de fuentes laborales y recursos económicos, los que no fueron
sustituidos por las nuevas actividades.
Que el rol turístico y de esparcimiento que posee este sector lo
diferencia del resto del Delta y debe ser tenido especialmente en cuenta a fin de permitir
su normal desenvolvimiento, al tiempo que se debe regular su funcionamiento para
preservar al medio y a los habitantes.
Que el equipamiento cultural es más débil en el sector islas, lo que
genera un servicio muy reducido para los residentes y poca oferta a los visitantes, por lo
cual muchos de ellos se limitan a los recorridos en la lancha, con pocas bajadas. La falta
de una oferta más diversificada en las islas conspira con la posibilidad de descomprimir la
presión de visitantes en el continente durante el fin de semana.
Que el patrimonio natural y cultural de las islas es variado, calificado
y abundante, sin embargo la falta de un sistema de protección adecuado permite su
pérdida, afectando la identidad y los valores paisajísticos de muchos sectores, arrastrando
también la pérdida de su atractivo turístico y de la calidad de vida de los residentes.
Que los emprendimientos que realizan rellenos, excavaciones,
marinas artificiales, terraplenamientos y endicados producen una nueva geografía ajena al
paisaje del Delta, alteran el régimen hidrológico de sus cursos y el escurrimiento natural
de las aguas, afectando el comportamiento ambiental del humedal.
Que, para evitar los daños indicados, las construcciones deben
enmarcarse en pautas adecuadas a la condición particular de las islas y no trasladar los
criterios y modalidades que se aplican en el sector continental.
Que todos los aspectos a ser tratados en este proyecto, con el
objetivo de brindar las condiciones necesarias para el desarrollo sustentable del sector,
contribuirán también a dar cumplimiento a expresas normas Constitucionales, tanto
nacionales (art. 41 CN) como provinciales (art. 28 CPBA), a compromisos internacionales,
tales como el Convenio sobre la Diversidad Biológica, aprobado por ley nacional Nº
24375; la Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional, adoptado
por ley nacional Nº 23919 y también al cumplimiento de legislación ambiental nacional,
como la ley de presupuestos mínimos para la gestión sustentable del ambiente Nº 25675
y también de normas provinciales, como la ley Nº 11723 general del ambiente, cuya
implementación, dentro de la esfera de sus facultades, es responsabilidad indelegable del
TOMO II 18
gobierno municipal, tal como resulta de la propia normativa invocada y de la ley orgánica
de municipios, decreto ley N° 6769, de la Provincia de Buenos Aires.
Por todo lo expuesto, el Departamento Ejecutivo del Municipio del
Partido de Tigre, pone a consideración del HCD y solicita la sanción del siguiente proyecto
de Ordenanza.
ORDENANZA DE PROTECCIÓN CAUTELAR PARA LA PRIMERA SECCION DE ISLAS
DEL DELTA DEL PARANÁ
ARTICULO 1°.- Declárese la emergencia ambiental y social en la Primera Sección de
Islas del Delta del Paraná bajo jurisdicción del Partido de Tigre, cuyos límites son: al
Oeste el Canal Arias, al Norte el río Paraná de las Palmas, al Sur en río Lujan y al Este el
que resulta de la ley provincial Nº 12599; con el objetivo de disponer medidas de
aplicación inmediata durante el tiempo de vigencia que se establece, tendientes a evitar
acciones humanas que puedan afectar la sustentabilidad de su medio ambiente natural y
social, previniendo daños inminentes hasta tanto se promulgue la legislación particular
con su Plan de Manejo específico.
ARTÍCULO 2°.- A los fines de la aplicación diferencial de las disposiciones de la presente
ordenanza dentro de la Primera Sección de Islas del Delta del Paraná, se divide a la
misma en cinco zonas, cuya delimitación responde a los siguientes criterios.
Zona 1.
Nombre: Zona consolidada.
Delimitación del polígono: Línea Auxiliar 2 desde su intersección con la línea auxiliar 1
hasta su intersección con la Línea Auxiliar 3; por ésta hasta su intersección con el eje del
Canal de Vinculación; por éste hacia el Norte continuando por el eje del Río San Antonio-
Arroyos Dorado- Sábalos- 9 de Julio hasta su intersección con la Línea Auxiliar 1 y por
ésta hasta su intersección con la Línea Auxiliar 2.
Características: Concentra la mayor cantidad de edificaciones, la mayor accesibilidad y la
mayor consolidación turística-recreativa por sus antecedentes históricos en este destino.
Zona 2.
Nombre: Área productiva mixta.
TOMO II 19
Delimitación del polígono: Línea Auxiliar 2, desde su intersección con la línea Auxiliar 1
hasta su intersección con la línea auxiliar 3; por ésta hasta su intersección con el eje del
Canal Arias; por éste hasta su intersección con la Línea Auxiliar 1 y por ésta hasta su
intersección con la Línea Auxiliar 2.
Características: En un ambiente natural ya modificado por vestigios de actividades
productivas primarias tradicionales actualmente en retracción, ha comenzado a alojar
emprendimientos turísticos.
Zona 3.
Nombre: Ribera del Río Luján.
Delimitación del polígono: Margen norte del Río Lujan desde Canal Arias hasta el eje del
Canal de Vinculación; por este hasta Línea Auxiliar 3 y por ésta hasta su intersección con
el eje del canal Arias.
Características: Posee un área más consolidada que limita con el sector 1. Por
proximidad al continente recibe su presión, que le confiere fragilidad en tanto no se
refuerce su pertenencia al sistema insular.
Zona 4.
Nombre: Ribera del Río Paraná de las Palmas.
Delimitación del polígono: Margen sur del Río Paraná de las Palmas desde Canal Arias
hasta su intersección con el eje del Arroyo 9 de Julio; por este hasta su intersección con la
línea Auxiliar 1 y por ésta hasta su intersección con el eje del canal Arias.
Características: Se trata del frente a una vía navegable por embarcaciones de porte. Por
su relativa lejanía a las zonas más consolidadas y por sus características posee un
potencial no desarrollado.
Zona 5.
Nombre: Zona aluvional reciente. Esta zona posee dos sectores: Sector 5A
(Amortiguación) y 5B (Reserva).
Delimitación del Sector 5A. Amortiguación: Eje del Río San Antonio-Arroyos Dorado-
Sábalos y 9 de Julio desde el eje del Río Paraná de las Palmas hasta su intersección con
el eje del canal de Vinculación y desde allí por el eje de los Ríos Urión y Honda, hasta su
intersección con el eje del Paraná de las Palmas.
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Características: Sector de amortiguación entre la Zona Consolidada y el de mayor interés
para protegerlo desde el punto de vista ambiental.
Delimitación del Sector 5B. Reserva: Eje de los Ríos Honda y Urión, canal de Vinculación
y arroyo Gutiérrez, desde el eje del Río Paraná de las Palmas hasta el eje del Río Luján;
por éste hasta su intersección con el Río de La Plata y por éste hasta el eje del Paraná de
las Palmas.
Características: Frente aluvional de constitución reciente, menor antropización y mayor
preservación del sistema ambiental original. Es el área que demanda protección más
rigurosa.
Se acompaña “Plano de Delimitación de Sectores” en el ANEXO I que forma parte
integrante de la presente ordenanza, a todos sus efectos. Ver planos ANEXO I A, ANEXO
I B, ANEXO I C.
ARTICULO 3°.- Las medidas que se disponen en esta ordenanza tendrán vigencia a partir
de la promulgación de la misma y hasta el plazo de dieciocho meses, el que podrá ser
prorrogado una única vez, por un término máximo igual al primero, mediante Decreto del
Departamento Ejecutivo.
ARTICULO 4°.- Durante el tiempo de vigencia de la presente ordenanza, serán de
aplicación en el territorio en la Primera Sección de Islas del Delta del Paraná bajo
jurisdicción del Partido de Tigre, las disposiciones contempladas en el ANEXO II, con el
título “Disposiciones Generales y Particulares”, el que a todos sus efectos forma parte de
la presente.
ARTICULO 5.- Quedan derogadas las Ordenanzas, Decretos y Resoluciones que se
opongan a lo normado en el presente.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.
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ANEXO I
Criterio de delimitación de sectores
Se establecieron 5 zonas en función de las características propuestas para la
reglamentación de uso del suelo, a saber:
1 Área consolidada.
2 Área productiva mixta.
3 Ribera Río Luján.
4 Ribera Río Paraná.
5 Zona aluvional reciente, dentro de la cual hay una subdivisión en los siguientes
sectores:
5A Amortiguación.
5B Reserva.
Para establecer sus límites se buscó apoyarse en parámetros físicos que permitieran
delimitar con claridad dichos sectores en el territorio.
Para la determinación de límites en las zonas 5a y 5b se utilizaron distintos cursos de
agua.
En los otros casos se determinó una línea distante 500m de la línea de ribera (máxima
creciente). Las parcelas cuya dimensión excede la citada línea quedarán afectados en su
totalidad a la delimitación establecida para el resto.
.
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ANEXO II DISPOSICIONES GENERALES Y PARTICULARES
CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1°.- INSULARIDAD
No se admitirá en todo el territorio de la Primera Sección de Islas del Delta del Paraná,
bajo jurisdicción del Partido de Tigre, la construcción de infraestructura de vinculación
vehicular para la circulación de automotores de cualquier tipo y porte, que vinculen el
continente y las diferentes islas o a éstas entre sí. Solamente podrán construirse puentes
para el uso exclusivamente peatonal sobre los cursos de agua de interés vecinal.
No se admitirá la circulación de vehículos automotores de ningún tipo en todo el territorio
de las Primera Sección de Islas del Delta del Paraná, con excepción de los destinados
exclusivamente a actividades productivas tradicionales o mantenimiento.
ARTICULO 2°.- SISTEMA AMBIENTAL
2.1. GEOMORFOLÓGICO E HIDRÁULICO:
No se admitirán en todo el territorio, movimientos de suelo ni alteración del perfil natural
de las islas, sea mediante rellenos, canalizaciones, endicados u otras, que alteren su
régimen hidráulico, entendiéndose por tal al libre flujo de las aguas bajo el efecto de
mareas, sudestadas o picos de crecidas desde las altas cuencas.
No se admitirá la generación de lagunas interiores, espejos de agua de ningún tipo, ni
marinas internas en las islas, tampoco el alumbramiento de aguas subterráneas de ningún
tipo.
Toda intervención o ampliación de los actuales tratamientos de las costas mediante
tablestacado o atajarrepuntes, deberá contar con la correspondiente autorización de la
oficina municipal.
2.2. CENTROS DE ISLAS.
Se deberán respetar las planicies de inundación de los centros de las islas, preservando
su función de retención, filtrado y depuración de las aguas, para lo cual no se
obstaculizará de modo alguno el acceso y la salida de las aguas que traigan y lleven las
mareas y crecidas. En ningún caso y bajo ninguna forma se obstaculizarán las vías
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normales de drenaje o escurrimiento superficial de los centros de islas o desde otros
cuerpos de agua, ni se los desecará parcial o totalmente.
2.3. BIODIVERSIDAD.
Deberán limitarse las actividades de deforestación a fin de preservar los ambientes de
bosques cuyo listado de especies se adjunta en el ANEXO III.
Sólo se admitirá la eliminación de especies arbóreas imprescindibles para poder realizar
las construcciones permitidas, debiéndose presentar al momento de solicitar la
autorización de la obra un plano de la ubicación de los árboles a talar. Los ejemplares
eliminados se deberán compensar con la implantación de tres ejemplares nativos por
cada uno de ellos. Los ejemplares a incorporar serán los contemplados en el ANEXO III y
su ubicación quedará a cargo del municipio, el que las dispondrá en relación al
cumplimiento de los objetivos de preservación, como el enriquecimiento de bosques
secundarios, fijación de costa, creación de viveros educativos, etc.
El porcentaje de deforestación necesaria para la realización de actividades tradicionales
deberá ser fijado por el Departamento Ejecutivo, mediante decreto.
Se prohíbe la destrucción de juncales costeros, a cuyos efectos el Departamento
Ejecutivo deberá realizar un inventario de las costas y su actual estado, para individualizar
aquellas que cuentan con bordes de juncales, los que deberán ser preservados.
Se prohíbe la introducción de especies invasoras, tanto animales como vegetales, que no
se encuentran en los ambientes naturales enumerados en el Anexo III.
2.4. PROTECCIÓN DEL PAISAJE
2.4.1. Selva en Galería y Bosques de Ceibos: El Departamento Ejecutivo
deberá realizar un inventario de los sectores costeros en que se manifiesten los parches
relictuales de selva en galería y bosques de ceibos, definida en el ANEXO III, a los
efectos de su preservación.
2.4.2. Edificios Patrimoniales: En un plazo de 90 días el Departamento
Ejecutivo deberá inventariar las construcciones de valor patrimonial las que se sumarán al
listado existente que consta en el ANEXO IV.
Se suspenden las autorizaciones para demolición y/o modificación de los inmuebles
listados y de los que sean incorporados por el Departamento Ejecutivo.
2.4.3. Publicidad y señalética: No se admitirá publicidad en los cursos de
agua y sus orillas, incluido el camino de sirga y los muelles. En los locales comerciales y o
productivos sólo se admitirá un anuncio por establecimiento.
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El Departamento Ejecutivo deberá diseñar e instalar la señalética que indique la
nomenclatura de los cursos de agua y calles interiores, mediante diseños y materiales que
se adapten al paisaje protegido. No se admitirán carteles luminosos.
ARTÍCULO 3°.- OCUPACIÓN Y USOS DEL SUELO
3.1. Cota de Inundación: Las construcciones de cualquier tipo a localizar en toda la
Primera Sección de Islas del Delta del Paraná deberán respetar la cota de inundación,
establecida por la Dirección General de Hidráulica de la Provincia de Buenos Aires. Por
debajo de la cota mínima sólo se admitirán dependencias auxiliares, cuyas características
y usos permitan que sean cubiertos por las aguas durante los períodos de inundación.
3.2. Urbanizaciones cerradas:
No se autorizarán nuevos desarrollos urbanísticos del tipo urbanizaciones cerradas,
clubes de campo, barrios cerrados, clubes o barrios náuticos u otras, en todo el territorio
de la Primera Sección de Islas del Delta del Paraná, debiendo suspenderse también el
trámite de las autorizaciones en curso.
3.3. Obras Nuevas.
Se autorizarán obras nuevas en las actividades admitidas en el ANEXO V con un FOT
máximo de 0.04 para parcelas menores a 10.000m2 y de 0.05 para mayores a 10.000m2,
siempre que respeten las superficies máximas cubiertas que se detallan a continuación:
vivienda uni y multifamiliar, hasta 500m2. Para servicios, hasta 500m2, excepto hotel
clase A, hasta 1500m2 y hotel clase B, hasta 850m2. Para producción, hasta 250m2,
excepto para astilleros de embarcaciones de porte mediano, que podrán construir hasta
1500m2. Para actividades comerciales, hasta 100m2. La superficie admitida para los
equipamientos consignados en el ANEXO V, sólo se regirá con la limitación de FOT. En
todos los casos se admite una superficie de hasta 40m2 en lotes menores a 1000m2. La
altura máxima admitida en todos los casos será de 15m, excepto en astilleros para
embarcaciones de porte mediano que no podrá superar los 20m de altura.
En el caso de ampliaciones, las nuevas construcciones sumadas a las existentes no
podrán superar la cantidad de metros indicada en cada caso. Estas construcciones
deberán respetar todas las demás restricciones contempladas en esta ordenanza, incluida
la de permitir el libre flujo de entrada y salida de las aguas, durante los períodos de
mareas y crecidas. En construcciones palafíticas, no se computará la superficie de planta
baja libre.
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CAPITULO II. DISPOSICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 4.- Sector 1. Área consolidada: Se establecen las siguientes disposiciones
particulares.
a. Subdivisión del suelo. Parcela mínima de 1ha. Se podrán realizar englobamientos
conformando parcelas de hasta 2ha.
b. Obra nueva. Se admitirán obras nuevas que cumplan las disposiciones generales y
particulares.
c. Actividades admitidas. Según el cuadro de usos que como ANEXO V forma parte de
la presente.
ARTÍCULO 5.- Sector 2. Área productiva mixta: se establecen las siguientes disposiciones
particulares.
a. Subdivisión del suelo. Parcela mínima de 1ha. Se podrán realizar englobamientos
conformando parcelas de hasta 2ha y mayores en caso de tratarse de actividades
productivas primarias tradicionales.
b. Obra nueva: Se admitirán obras nuevas que cumplan las disposiciones generales y
particulares.
c. Actividades admitidas. Según el cuadro de usos que como ANEXO V forma parte de
la presente.
ARTICULO 6.- Sector 3. Ribera Río Luján. Se establecen las siguientes disposiciones
particulares:
a. Subdivisión del suelo. Parcela mínima de 1ha. Se podrán realizar englobamientos
conformando parcelas de hasta 2ha.
b. Obra nueva. Se admitirán obras nuevas que cumplan las disposiciones generales y
particulares.
c. Actividades admitidas: Según el cuadro de usos que como ANEXO V forma parte de
la presente.
ARTICULO 7.- Sector 4. Ribera Río Paraná. Se establecen las siguientes disposiciones
particulares.
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a. Subdivisión del suelo. Parcela mínima de 1ha. Se podrán realizar englobamientos
conformando parcelas de hasta 2ha y mayores en caso de tratarse de actividades
productivas primarias.
b. Obra nueva: Se admitirán obras nuevas que cumplan las disposiciones generales y
particulares.
c. Actividades admitidas. Según el cuadro de usos que como ANEXO V forma parte de
la presente
ARTICULO 8.- Sector 5. Zona aluvional reciente. Se establecen las siguientes
disposiciones particulares para cada uno de los su-sectores en que se lo divide:
Sub-sector 5A. Área de amortiguación
a. Subdivisión del suelo: No se admite
b. Obra Nueva: Se admitirán obras nuevas que cumplan las disposiciones
generales y particulares.
c. Actividades admitidas. Según el cuadro de usos que como ANEXO V forma
parte de la presente.
Sub-sector 5B. Área de reserva
a. Subdivisión del suelo. No se admite
b. Obra nueva. No se admite.
c. Actividades admitidas. Según el cuadro de usos que como ANEXO V forma
parte de la presente.
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ANEXO III. Tabla 4.
Bosques de seibos del Bajo Delta. Kandus et al, 2003. El grupo f15 representa los
censos de bosques de seibo.
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ANEXO III. Tabla 5.
Especies Vegetales de los neoecosistemas de albardón del Bajo Delta del Río
Paraná. Kalesnik. 2001.
O: orígen, E: exótica, N: nativa. FV: formas de vida .A: árbol, a: arbusto, E: enredadera, HE:
herbácea equisetoide, HG: herbácea graminiforme, HL: herbácea latifoliada. Ep: Epifita.
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ANEXO IV
Listado
Casas de vecinos ilustres en el Delta de Tigre
1.- Enrique Santos Discépolo, Río Carapachay, Casa “Corrientes y Esmeralda”
2.- Hugo del Carril, Río Carapachay, Museo - Casa en Laguna Idahome.
3.- Oliverio Girondo, Arroyo Rama Negra, Casa “Champagne”
4.- Marcos Sastre, Aº. Rama Negra y Ramita, Casa “El Tempe Argentino”
5.- Roberto Arlt, Arroyo Abra Vieja, Casa “El Mundo”
6.- Rodolfo Walsh, Río Carapachay
7.- Horacio Butler, Río Carapachay
8.- Haroldo Conti, Aº. Fulminante y Aº Leber, Museo y Biblioteca de la Memoria
9.- Xul Solar, Río Luján, (Vª La Ñata) Futura Casa-Museo Fundación Pan Club
10.- Domingo F. Sarmiento, Río Sarmiento y Aº. Los Reyes, Museo y Biblioteca
11.-Juan Agustín García, Río Carapachay y Aº Gallo Fiambre. Casa intervenida
Casas de Interés Patrimonial en 1ª Sección
12.- Villa Bullrich, Río Luján, margen izquierda, hoy SUTEBA.
13.- La Merced, Río Luján, margen izquierda.
14.- La Suiza, Río Luján, margen izquierda.
15.- Isla Flora, 1er. Recreo del Delta, Río Luján, margen izquierda.
16.- MADA, Museo Arte Delta Argentino, Río Luján y Carapachay. D’Arienzo esc.
17.- Isla Noel, Aº Espera y Ramita. Parque de Carlos Thays. Intervenida
18.- Isla Paquita, Río Luján y Aº Caraguatá. Flia. Masllorens. Llobet escultor