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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
DEFINICIÓN.
La Teoría del delito, se encarga de explicar el concepto y contenido del delito, a partir de sus características que lo forman.
2 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.
TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ESTRUCTURA DEL DELITO.
Aspectos positivos
Conducta
Tipicidad
Antijuridicidad
Culpabilidad
Aspectos negativos
Ausencia de conducta
Atipicidad
Causas de justificación
Excluyentes de la culpabilidad
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
CONDUCTA.
Es el movimiento o ausencia de movimiento corporal voluntario del hombre.
Art. 7 CPF.- Delito es la acción u omisión que sancionan las leyes penales.
Art. 15 CPDF.- El delito sólo puede ser realizado por acción o por omisión.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
CONDUCTA.
Formas de
conducta
(art. 7o CPF)
Acción
Omisión
Simple
Comisión por
omisión
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
CONDUCTA.
Hacer
Movimiento
corporal
voluntario
ACCIÓN
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
CONDUCTA.
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No hacer
voluntario o
involuntario
COMISIÓN
POR
OMISIÓN
Dejar de hacer
voluntario o
involuntario
OMISIÓN
SIMPLE
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
AUSENCIA DE CONDUCTA.
Al no existir el presupuesto básico de un hecho delictivo es imposibleintegrar un delito.
Art. 15 CPF.- El delito se excluye cuando:I.- El hecho se realice sin intervención de la voluntad del agente; […]
Art. 29 CPDF. El delito se excluye cuando: […]I.- La actividad o la inactividad se realicen sin intervención de la voluntad del agente; […]
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
AUSENCIA DE CONDUCTA.
Vis maior Vis absoluta Sonambulismo
Actos reflejos Hipnotismo
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
TIPICIDAD.
Es la adecuación de una conducta en un tipo penal.
El tipo penal es la descripción legal de un delito.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
PRINCIPIOS DE LA TIPICIDAD.
Nullem crimen sine lege. No hay delito sin ley.
Nulum crimen sine tipo. No hay delito sin tipo.
Nulla poena sine tipo. No hay pena sin tipo.
Nulla poena sine crimen. No hay pena sin delito.
Nulla poena sine lege. No hay pena sin ley.
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Elementos del
tipo penal
Elementos objetivos
SujetosActivo
PasivoForma de participación
Bien jurídico tutelado
Objeto material
Circunstancias
Tiempo
Lugar
Modo
OcasiónMedios comisivos
ResultadoFormal
MaterialNexo causal
Elementos
normativos
Culturales
Jurídicos
Elementos subjetivosDolo
Culpa
Elementos subjetivos
específicos© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.
Décima Época Núm. de Registro: 2007869Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito JurisprudenciaFuente: Gaceta del Semanario Judicial de la FederaciónLibro 12, Noviembre de 2014, Tomo IV Materia(s): PenalTesis: XXVII.3o. J/5 (10a.)Página: 2711
DELITO. ELEMENTOS DEL TIPO PENAL QUE DEBEN ANALIZARSE EN LA SENTENCIA DEFINITIVA.En la jurisprudencia 1a./J. 143/2011 (9a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta,Décima Época, Libro III, Tomo 2, diciembre de 2011, página 912, de rubro: "ACREDITACIÓN DEL CUERPO DELDELITO Y DEL DELITO EN SÍ. SUS DIFERENCIAS.", la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naciónestableció que en toda sentencia definitiva debe analizarse si existe o no delito, esto es, una conducta típica,antijurídica y culpable. Una conducta es típica cuando tiene adecuación a los elementos del tipo penal.Así, de la interpretación sistemática de los artículos 7o., 8o., 9o., 12, 13, 15, fracciones II y VIII, inciso a) y 17del Código Penal Federal, se advierte que los elementos del tipo penal que deben examinarse en lasentencia son: i) los elementos objetivos de la descripción típica del delito de que se trate; ii) si la descripcióntípica los contempla, los elementos normativos ( jurídicos o culturales) y subjetivos específicos (ánimos,intenciones, finalidades y otros); iii) la forma de autoría (autor intelectual, material o directo, coautor omediato) o participación (inductor o cómplice) realizada por el sujeto activo; y, iv) el elemento subjetivogenérico del tipo penal, esto es, si la conducta fue dolosa (dolo directo o eventual) o culposa (con o sinrepresentación).
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Aquellos que son advertidos con la sola aplicación de los sentidos.TE
ORÍA
DELDELITO
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
SUJETOS.
• Persona física que comete o
realiza la conducta descrita por
el tipo.Activo
• Persona física o moral sobre
quien recae el daño o peligro
causado por la conducta típica.Pasivo
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ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
FORMAS DE PARTICIPACIÓN.
AUTOR INTELECTUAL
(art. 13 fracc. I CPF).
• Aquel que piensa o
planea el delito.
AUTOR MATERIAL
(art. 13 fracc. II CPF).
• Aquel que ejecuta o
realiza la conducta
delictiva.
COAUTOR
(art. 13 fracc. III CPF).
• Aquel que lleva a cabo
junto con otra u otras
personas la preparación y
la consumación de un
ilícito.
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ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
FORMAS DE PARTICIPACIÓN.
AUTOR MEDIATO
(art. 13 fracc. IV CPF).
• Aquel que ejecuta la
conducta típica sin
determinación propia ,
conciencia o voluntad en
la realización del delito.
INSTIGADOR
(art. 13 fracc. V CPF).
• Aquel que induce,
amenaza u obliga a otro a
cometer un delito.
CÓMPLICE
(art. 13 fracc. VI CPF).
• Aquel que presta auxilio
o cooperación antes,
durante o después de la
comisión del hecho.
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ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
FORMAS DE PARTICIPACIÓN.
CÓMPLICE EX POST
(art. 13 fracc. VII CPF).
• Aquel que auxilia a quien
ha intervenido en el hecho
delictuoso, después de su
consumación por un
acuerdo anterior al delito.
CÓMPLICE EX-ANTE.
• Los que cooperen en
forma previa o simultánea
en la realización del hecho
delictuoso, sin dominio del
mismo.
ENCUBRIDOR
(art. 400 CPF).
• Aquel que calla la verdad
del delito antes, durante o
después de la ejecución del
delito en cumplimiento a
una promesa anterior al
delito.
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ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
BIEN JURÍDICO TUTELADO.
Son los valores protegidos por la ley penal de su lesión o puesta en peligro, mediante la amenaza de sanción.
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ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
OBJETO MATERIAL.
Persona o cosa sobre la que recae directamente la conducta delictiva.
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ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
CIRCUNSTANCIAS.
• ¿Cuándo? Tiempo
• ¿Dónde?Lugar
• ¿Cómo? Modo
• ¿En qué momento?Ocasión
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ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
• ESPIONAJE (art. 127 CPF).- […] al extranjero
que en tiempo de paz […]
• EJERCICIO ABUSIVO DE FUNCIONES (art. 220CPF).- […] En el desempeño de su empleo,cargo o comisión, indebidamente otorgue […].
TIEMPO.
Condiciones
temporales.
• ALLANAMIENTO DE MORADA (art. 286 CPF).-
Al que en despoblado o en paraje solitario […].
• ROBO AGRAVADO (art. 381 CPF).- Cuando secometa el delito en un lugar cerrado.
LUGAR.
Condiciones
de espacio.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
• TERRORISMO (art. 139 CPF).- […] A quienutilizando sustancias tóxicas, armas
químicas, biológicas […].
• ROBO (art. 372 CPF).- Se ejecutare conviolencia […]
MODO. La forma
en llevar a cabo la
• PEDERASTIA (art. 209 Bis CPF).- […] aquien se aproveche de la confianza, …
sobre un menor de dieciocho años […].
• FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS ENGENERAL (art. 244 CPF). II.- Aprovechandoindebidamente una firma o rúbrica enblanco ajena […].
OCASIÓN.
Situaciones
especiales que el
sujeto aprovecha.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
MEDIOS COMISIVOS.
Son las formas en que se puede configurar el delito y los cuales se encuentran señalados específicamente en el tipo penal; ejemplos:
violencia física, engaño, amenaza, intimidación, etc.
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ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
RESULTADO.
Es la ejecución de la conducta, provocando el daño o la lesión del bien jurídico.
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ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
RESULTADO.
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Formal
Realización de una conducta .
Nunca habrá un cambio en el
mundo exterior.
Portación de 501 mg. de cocaína.
Material
Realización de un resultado.
Cambio en el mundo exterior.
Homicidio, lesiones, robo.
ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
NEXO CAUSAL.
Es la relación de causa a efecto entre la conducta y el resultado.
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ELE
MENTO
SOBJETIVOS.
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Aquellos que requieren un determinado juicio de valor de la situación del hecho descrito en el tipo.TE
ORÍA
DELDELITO
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ELEMENTOS NORMATIVOS DEL TIPO.
• Es la valoración extrajurídica, en relación a
determinadas normas y concepciones
vigentes que no pertenecen al Derecho.
Culturales.
• Es la descripción contenida en los tipos
penales.
Jurídicos.
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ELE
MENTO
SNORMATIVOSDEL
TIPO.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ELEMENTOS NORMATIVOS DEL TIPO.
Traición a la patria.Artículo 123 CPF.- Se impondrá la pena de prisión de cinco a cuarenta años y multahasta de cincuenta mil pesos al mexicano que cometa traición a la patria en alguna delas formas siguientes:
RoboArtículo 367 CPF.- Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajenamueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella conarreglo a la ley.
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Aquellos que no pueden apreciarse a través de los sentidos por encontrarse en el interior de la persona humana, en su
pensamiento y en su sentimiento.
TEORÍA
DELDELITO
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ELEMENTOS SUBJETIVOS DEL TIPO.
Dolo.
• Consiste en causar intencionalmente el
resultado típico (arts. 9o. CPF y 18 CPDF).
Culpa.
• Incumplir “un deber de cuidado” provocando
un resultado típico (arts. 9o. CPF y 18 CPDF).
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ELEMENTOS SUBJETIVOS DEL TIPO.
Dolo
Directo
Conoce los elementos del
tipo penal, y quiere la
realización del hecho
descrito por la ley.
Eventual
Previniendo como posible
el resultado típico, acepta
la realización del hecho
descrito por la ley.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ELEMENTOS SUBJETIVOS DEL TIPO.
Culpa
Con
representación
Prevé el resultado típico,
confiando en que no se producirá,
violando un deber de cuidado que
era necesario observar.
Sin
representación
No previó el resultado que le era
previsible y éste lo hubiera
evitado, si hubiere puesto la
diligencia debida.
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38
Consisten en un gravamen moral más profundo a la figurada por el dolo, es un dolo más agudo y específico.TE
ORÍA
DELDELITO
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ATIPICIDAD.
Es la falta de adecuación de la conducta a los elementos descritos en el tipo penal
Art. 15 CPF.- El delito se excluye cuando: […]II.- Se demuestre la inexistencia de alguno de los elementos que integran la descripción
típica del delito de que se trate; […]
Art. 29 CPDF.- El delito se excluye cuando: […]II.- Falte alguno de los elementos que integran la descripción legal del delito de que se
trate;
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ATIPICIDAD.
Art. 405 CNPP.- […]I.- Son causas de atipicidad: la ausencia de voluntad o de conducta,
la falta de alguno de los elementos del tipo penal, el consentimiento dela víctima que recaiga sobre algún bien jurídico disponible, el error de tipo vencible que recaiga sobre algún elemento del tipo penal que no
admita, de acuerdo con el catálogo de delitos susceptibles de configurarsede forma culposa previsto en la legislación penal aplicable, así como
el error de tipo invencible;
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ATIPICIDAD
Atipicidad objetiva = Falta de requisitos del tipo penal.
Atipicidad normativa = Indebida valoración de los elementos
normativos.
Atipicidad subjetiva = Error de tipo y Caso fortuito.
Atipicidad subjetiva específica = Ausencia de un elemento distinto al dolo
requerido por el tipo.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ATIPICIDAD OBJETIVA.
Sujetos sin calidad requerida;
Bien jurídico sin lesión o peligro;
Objeto material disímil;
Circunstancias diversas de las señaladas;
Medios comisivos contrarios;
Resultado distinto o imposible;
Nexo no conectado.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ATIPICIDAD NORMATIVA.
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Incorrecta valoración
jurídica.
Inexacta valoración
cultural.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ATIPICIDAD SUBJETIVA.
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Error de tipo. Falsa apreciación de alguno de
los elementos objetivos del tipo (el sujeto
activo conoce el delito pero no se percata de
que los esta realizado)
Caso Fortuito. Ausencia de culpa al no
haber violado un deber de cuidado o por no
ser previsible el resultado.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ATIPICIDAD SUBJETIVA.
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Art.15 CPF.- El delito se excluye cuando: […]VIII.- Se realice la acción o la omisión bajo un error invencible;
A) Sobre alguno de los elementos esenciales que integran el tipo penal; oB) Respecto de la ilicitud de la conducta, ya sea porque el sujeto desconozca la
existencia de la ley o el alcance de la misma, o porque crea que está justificada suconducta. […]X.- El resultado típico se produce por caso fortuito.
Art. 29 CPDF.- El delito se excluye cuando concurra […]:III.- El agente obre con error de tipo:
a).- Vencible que recaiga sobre algún elemento del tipo penal y respecto a ese tipopenal no se admita la realización culposa.
En caso de que el error de tipo sea vencible y se admita la realización culposa, no seexcluirá el delito y se estará a lo previsto en el primer párrafo del artículo 83 de ésteCódigo; o
b).- Invencible.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ANTIJURIDICIDAD.
Es actuar sin causa justificada, contraviniendo el ordenamiento legal, sin apoyo de una norma permisiva.
Art. 4 CPDF.- Para que la acción o la omisión sean consideradas delictivas,se requiere que lesionen o pongan en peligro, sin causa justa,
al bien jurídico tutelado por la ley penal.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN.
Son las razones o circunstancias que el legislador consideró para anular la antijuridicidad de la conducta típica realizada, al estimarla
lícita, jurídica o justificativa.
Art. 405 CNPP.- […]Son causas de justificación: el consentimiento presunto, la legítima defensa, el estado de
necesidad justificante, el ejercicio de un derecho y el cumplimiento de un deber.
51 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.
52
Art. 15 CPF.- […]
IV.- Se repela una agresión real, actual o inminente, y sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos,
siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados y no medie provocación dolosa
suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende.
TEORÍA
DELDELITO
Art. 29 CPDF.- […] B.- Habrá causas de justificación, cuando:
I.- Se repela una agresión real, actual o inminente y sin derecho, en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista
necesidad de la defensa empleada y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de su defensor.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
LEGÍTIMA DEFENSA.
REPELA.
Rechazar; no permitir
que algo ocurra.
AGRESIÓN.
Consiste en atacar, a cometer.
Real.
Que sea algo cierto,
no imaginado.
Actual.
Que ocurra en el
mismo instante de
repelerla.
Inminente.
Que esté a punto de
ocurrir.
SIN
DERECHO.
La agresión debe
carecer de Derecho.
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CAUSA
SDEJU
STIFICACIÓ
N.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
LEGÍTIMA DEFENSA.
EN DEFENSA DE
BIENES
JURÍDICOS
PROPIOS O
AJENOS.
Debe obedecer a la
defensa de cualquier
bien jurídico, sea
propio o ajeno.
NECESIDAD DE LA
DEFENSA.
Debes ser la
necesaria,
proporcional al
posible daño que se
pretendía causar con
la agresión injusta.
RACIONALIDAD
DE LOS MEDIOS
EMPLEADOS.
Quiere decir que el
medio no sea
extremo.
SIN MEDIAR
PROVOCACIÓN
SUFICIENTE,
DOLOSA E
INMEDIATA.
El agredido no debe
haber provocado la
agresión, ni el tercero
a quien se defiende.
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CAUSA
SDEJU
STIFICACIÓ
N.
© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.
55
Art. 15 CPF.- […]
V.- Se obre por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno, de un peligro real, actual o inminente, no ocasionado dolosamente
por el agente, lesionando otro bien de menor o igual valor que el salvaguardado, siempre que el peligro no sea evitable por otros medios y
el agente no tuviere el deber jurídico de afrontarlo;
Art. 29 CPDF.- […] B.- Habrá causas de justificación, cuando:
II.- El agente obre por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno, de un peligro real, actual o inminente, no ocasionado
dolosamente por el sujeto, lesionando otro bien de menor valor que el salvaguardado, siempre que el peligro no sea evitable por otros medios y
el agente no tuviere el deber jurídico de afrontarlo;
TEORÍA
DELDELITO
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
ESTADO DE NECESIDAD.
• El peligro.
• El peligro no debe ser provocado.
• El peligro debe existir sobre bienes jurídicos propios o de
terceros.
• Causar el daño.
• Que el agente no tenga el deber jurídico de afrontar el
peligro.
• Que no exista otro medio practicable y menos perjudicial.
Elementos
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CAUSA
SDEJU
STIFICACIÓ
N.
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57
Art. 15 CPF.- […]
VI.- La acción o la omisión se realicen en cumplimiento de un deber jurídico o en ejercicio de un derecho, siempre que exista necesidad
racional del medio empleado para cumplir el deber o ejercer el derecho, y que este último no se realice con el solo propósito de perjudicar a otro;
Art. 29 CPDF.- […] B.- Habrá causas de justificación, cuando:
III.- El agente realice una acción o una omisión atendiendo a su deber jurídico, siempre que exista necesidad racional de la conducta empleada
para cumplirlo;
TEORÍA
DELDELITO
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
CUMPLIMIENTO DE UN DEBER.
Consiste en ocasionar un daño en forma legítima al cumplirun deber jurídico atribuido por la Ley.
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Una norma jurídica.De una orden de
autoridad.
CAUSA
SDEJU
STIFICACIÓ
N.
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59
Art. 15 CPF.- […]
VI.- La acción o la omisión se realicen en cumplimiento de un deber jurídico o en ejercicio de un derecho, siempre que exista necesidad
racional del medio empleado para cumplir el deber o ejercer el derecho, y que este último no se realice con el solo propósito de perjudicar a otro;
Art. 29 CPDF.- […] B.- Habrá causas de justificación, cuando:
IV.- Cuando el agente realice una acción o una omisión atendiendo a su derecho, siempre que exista necesidad racional de la conducta empleada
para ejercerlo;
TEORÍA
DELDELITO
© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.
TEORÍA
DEL
DEL
ITO
EJERCICIO DE UN DERECHO.
Consiste en causar un daño por motivo del ejercicio de un derecho, existiendo una necesidad racional de los medios empleados.
60
El reconocimiento hecho
por la ley sobre el
derecho ejercido.
La facultad
otorgada por la autoridad
competente.
CAUSA
SDEJU
STIFICACIÓ
N.
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61
Art. 15 CPF.- […] III.- Se actúe con el consentimiento del titular del bien jurídico afectado, siempre que se llenen los siguientes requisitos:
a) Que el bien jurídico sea disponible;
b) Que el titular del bien tenga la capacidad jurídica para disponer libremente del mismo; y
c) Que el consentimiento sea expreso o tácito y sin que medie algún vicio; o bien, que el hecho se realice en circunstancias tales que permitan fundadamente presumir que, de haberse consultado al titular, éste
hubiese otorgado el mismo;
TEORÍA
DELDELITO
© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.
62
Art. 29 CPDF.- […] B.- Habrá causas de justificación, cuando:
V.- Cuando el hecho se realice en circunstancias tales que permitan suponer fundadamente que, de haberse consultado al titular del bien o a
quien esté legitimado para consentir, éstos hubiesen otorgado el consentimiento.TE
ORÍA
DELDELITO
© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.
TEORÍA
DEL
DEL
ITO
CONSENTIMIENTO DEL OFENDIDO.
El consentimiento del ofendido debe ser serio y voluntario, y corresponder a la verdadera voluntad del que consciente.
63
CAUSA
SDEJU
STIFICACIÓ
N.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
CULPABILIDAD.
Es la relación directa que existe entre la voluntad y el conocimiento del hecho con la conducta realizada.
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Imputabilidad
Exigibilidad de la conducta
Consciencia de la antijuridicidad
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
IMPUTABILIDAD.
Es la capacidad de entender y querer en el campo del Derecho Penal.
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CULP
ABILID
AD.
Salud
mental.
Aptitud
psíquica.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
EXIGIBILIDAD DE OTRA CONDUCTA.
El sujeto decide cometer el delito, sabiendo su carácter ilícito.
67
CULP
ABILID
AD.
© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.
TEORÍA
DEL
DEL
ITO
CONSCIENCIA DE LA ANTIJURIDICIDAD.
El sujeto conoce que lo que realizo va en contra de la Ley.
68
CULP
ABILID
AD.
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
INCULPABILIDAD.
Es la falta de reprochabilidad, por faltar la voluntad o el conocimiento del hecho.
Art. 405 CNPP.- Son causas de inculpabilidad: el error de prohibición invencible, el estado de necesidad disculpante, la inimputabilidad,
y la inexigibilidad de otra conducta.
70 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.
TEORÍA
DEL
DEL
ITO
INIMPUTABILIDAD.
Es la falta de capacidad de querer y de entender el delito.
71
EXCLU
YENTE
SDELA
CULP
ABILID
AD.
Minoría de edad
Trastorno mental y
desarrollo intelectual
retardado
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TEORÍA
DEL
DEL
ITO
INEXIGIBILIDAD DE OTRA CONDUCTA.
• Consiste en la amenaza de un mal grave e inminente que realmente
existe.Temor fundado.
• Es la amenaza de un mal grave que realmente existe o se finge en la
imaginación.Miedo grave
• Es el que deriva de la coacción, vgr. te mato si no matas; es el que obra
violentado por la amenaza de sufrir un mal grave;
Estado de necesidad
exculpante.
• Cuando el sujeto, pese a conocer completamente la situación o supuesto
de hecho del injusto, no sabe que su actuación no está permitida.Error de prohibición.
72
EXCLU
YENTE
SDELA
CULP
ABILID
AD.
© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.
TEORÍA
DEL
DEL
ITO
PUNIBILIDAD.
Es la pena prevista en la ley, impuesta por el órgano jurisdiccional al comprobarse la responsabilidad del acusado.
La pena consiste en la privación o restricción de derechos del imputado.
75 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.
TEORÍA
DEL
DEL
ITO
CIRCUNSTANCIAS PARA LA PUNICIÓN.
• Disminuyen la
punición.Atenuantes
• Agravan la punición.Agravantes
76 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.
TEORÍA
DEL
DEL
ITO
EXCUSAS ABSOLUTORIAS.
Constituyen la razón o fundamento, que el legislador considerópara que un delito, a pesar de haberse integrado en su totalidad,
carezca de punibilidad.
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Aborto resultado de una violación (art. 334 fracc. I CPF).
Encubrimiento de parientes (art. 15 fracc. IX del CPF).
Falsedad declaración del inculpado (art. 247 fracc. IV del CPF).
Precario estado de salud (art. 55 del CPF).
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TEORÍA
DEL
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ITO
BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA.
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