Post on 11-Jan-2016
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TEMA 11. REGÍMENES ADMINISTRATIVO
Ana Belén Cañaveras de Lamo
1. RÉGIMEN DE LIBERTAD COMERCIAL
LIBERTAD ABSOLUTA No precisan documentación previa
Solo el DUA para liquidar el arancel y quedar a libre practica
VIGILANCIA ESTADISTICA PREVIA
Dos niveles:
Vigilancia comunitaria: conocimiento estadístico actualizado.
ImportacionesSe firma el DOVI
Vigilancia comunitaria doble control: evitar posibles fraudes.
Funcionamiento:a. El exportador emite una licencia de
exportación, envía el original al importador comunitario.
b. El importador presenta la licencia de importación, junto con la de exportación, el contrato la factura proforma…
c. Se firma el documento de vigilancia comunitaria DOVI
d. La Administración del Estado envía los datos del DOVI para comprobar que la información es correcta.
2. REGIMEN DE AUTORIZACION ADMINISTRATIVA`
Mercancías sometidas a:• restricciones nacionales
(autorización nacional)• comunitarias (licencia) para la
importación o la exportación.
DOS ORIGENES DIFERENTES:
Cualitativo: por las características.
Deben solicitar las autorizaciones o licencias, teniendo en cuenta:Autorizaciones por operación: solo se
autoriza una operación concreta, la licencia se agota al finalizar la operación
Autorizaciones globales: durante un periodo de tiempo, normalmente 6meses
Documentación: autorización administrativa de importación, de exportación, licencia de
importación y de exportación.
Cuantitativo: por la cantidad. Se fijan los contingentes cuantitativos a la
importación, determinan las cantidades max a importar. Temporales. Para salvaguardar la producción interior. Procedimiento:
1. Licencia de exportación, envía el original al importador.
2. El importador presenta la licencia de importación junto con el original de exportación
3. Envía al centro de datos comunitarios los datos, que los comprueba y comunica su conformidad.
4. El funcionario del Estado miembro puede autorizar la introducción en territorio comunitario aduanero.
3. REGIMENES ESPECIFICOS
Requieren permisos o tramites adicionales por sus características naturales particulares o por sus posibilidades de uso.
LAS MERCANCIAS SON:
MATERIAL DE DEFENSA O TECNOLOGIA DE DOBLE USO
Requiere autorización especifica La tecnología de doble uso requiere
autorización específica por operación El plazo max para la concesión de la
autorización es de 6 meses Debe ir acompañada de una serie de
documentos de control El procedimiento contempla la existencia de
un registro especial.
SUSTANCIAS SUSCEPTIBLES DE DESVIACÍÓN
Sujeta a la Licencia de Exportación, puede ser Individual o Genérica (para una cantidad)
Tipos de licencias:
Licencia Genérica de Exportación: sustancias con categoría 2 y 3.
Licencia Individual de Exportación: sustancias con categoría 1.
SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS Y ESTUPEFACIENTES
Igual que el caso anterior con pequeñas diferencias
PRODUCTOS QUIMICOSRegulado por el reglamento CE 304/2003, a: Productos químicos peligrosos Productos químicos peligrosos prohibidos o
rigurosamente restringidos Productos químicos exportados
Características definitorias: Notificaciones de importación/exportación Informar a la autoridad nacional designada en su
Estado miembro Consentimiento expreso por parte de la
autoridad nacional Etiqueta del envase detallada El funcionamiento es muy similar al de
substancias susceptibles de desviación
COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES (CITES)
Características: La Autoridad Aduanera recibe asesoramiento de la Dirección
General de Conservación de la Naturaleza del Ministerio de Medioambiente.
Para la importación en la Comunidad de especímenes de los anexos A y B es necesaria la presentación en la aduana de un permiso de importación expedido por la Secretaria General de Comercio Exterior.
Para la importación del resto de los especímenes sujetos al régimen se presentara la correspondiente notificación de importación que suscribirá el propio importador o su representante legal.
Para la exportación o reexportación de los especímenes sujetos al régimen se presentara en aduana los correspondientes permisos.
Cuando se encuentre en tránsito a través de la comunidad, no serán obligatorias en la aduana de introducción la verificación ni la presentación de los permisos, certificados y notificaciones prescritas.
BIENES CULTURALES Y OBRAS DE ARTE
Cuando se exporta a un país fuera de la UE
Presentar una solicitud de exportación con un permiso emitido por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.
EMBARGO COMERCIAL A UN PAÍS
Cuando: embarga todas o parte de las transacciones comerciales de un país de la UE
se precisa que presente una solicitud de importación o exportación
se permitan bajo ciertas condiciones.
4. INTERCAMBIOS COMUNITARIOS
El 1 de enero de 1993, eliminación de controles de fronteras entre los Estados miembros y la supresión del DUA.
Existe la obligación de presentar el INTRASTAT de toda mercancía que circulen desde un Estado miembro de la UE a otro.