Post on 25-May-2015
SECRETO PROFESIONAL
Obligación que tiene un profesional con su paciente
Código de Etica Profesional
Art. 5:Es un derecho y una obligación, guardar el secreto
profesional. En relación con el paciente, el secreto es un deber fundamental, que subsiste íntegramente después que se dejó de prestarle servicios. Respecto a las autoridades en general, es un derecho que debe invocarse ante la exigencia o petición de formular declaraciones de cualquier naturaleza que afecten el secreto profesional.
El secreto profesional
Es la obligación legal que tienen ciertas profesiones de mantener en secreto la información que han recibido de sus clientes. Al contrario que otro tipo de deberes de confidencialidad, el secreto profesional se mantiene incluso en un juicio.
Entre estos profesionales, cabe citar como casos más típicos el abogado, el médico, el psicólogo o el periodista
El secreto profesional es una obligación de confidencialidad, que se impone por la
necesidad de que exista una absoluta confianza entre el profesional y quienes acuden a solicitar
sus servicios RELACION MEDICO - PACIENTE
Medico - Paciente
Se ha considerado que la relación médico-paciente está fundamentada en un contrato, en el que la confianza depositada por el segundo en el primero reviste una trascendente significación. Estos aspectos, relación contractual y confianza son la base de la existencia del secreto médico.
Medico - Paciente
El médico recibe información del paciente en función de la relación contractual para la prestación de servicios médicos, información, observaciones y otros conocimientos que llega a poseer el médico y que nunca hubiera llegado a obtener si no fuera por esa relación de confianza. El secreto médico es un deber específico del médico en su relación con el paciente, es un deber ex oficio basado en razón de la propia profesión médica.
Hipócrates “ Si en mi práctica médica o aún fuera de ella,
viere u oyere con respecto a la vida de otros hombres, algo que jamás deba ser revelado al exterior, me callaré considerando como
secreto todo lo de este tipo”
Con respecto a las reglas y normas de carácter ético de cada una de
las profesiones de la salud
Art. 16.Cirujano-Dentista con sus Pacientes
El Cirujano-Dentista está obligado a atender al paciente sin tomar en
consideración las cualidades personales, derivadas de la raza, clase social, religión
o ideas políticas. El Cirujano-Dentista debe explicar al paciente, sobre todo, los
antecedentes de los servicios que le preste, sin exagerar las probabilidades del
buen éxito, a fin de evitar una acción litigiosa futura
Clasificación del Secreto Profesional
El secreto naturalEl secreto prometido El secreto confiado
El secreto natural
Es independiente de todo contrato, se extiende a todo lo que, ya sea descubierto por casualidad, por investigación personal o por confidencia, y no puede divulgarse.
El secreto prometido
Nace de un contrato, de la promesa de guardar silencio después de haber conocido el hecho, ya sea por casualidad, por investigación personal o por confidencia espontánea o provocada. Un mismo secreto puede ser a la vez natural y prometido.
El secreto confiado
Es el secreto estrictamente confidencial o profesional.
confidencial, cuando la confidencia se ha hecho a un hombre que está obligado por razón de su oficio a prestar ayuda o a dar consejo. Profesional cuando se ha confiado, ya de palabra, ya en sus acciones, a un hombre a quien su profesión obliga a asistir a los demás con sus consejos o cuidados