Post on 31-Oct-2019
Régimen MYPE Tributario
Régimen Especial (RER)
Nuevo RUS
• Decretos Legislativos N.°s 1269 y 1270 (20.12.2016)• Decretos Supremos N.°s 402 y 403-2016-EF (31.12.2016)
Sujetos comprendidosPersonasnaturales
Sociedadesconyugales
Sucesionesindivisas
Personasjurídicas
Comercio Industria Servicios
DOM
ICIL
IADO
S EN
EL P
AIS
INGRESOS NETOS ANUALES NO SUPEREN LAS 1700 UIT
Sujetos no comprendidos
Tengan vinculación enfunción del capital con
otras personas naturales ojurídicas (1700 UIT)
Sean sucursales, agencias ocualquier otro
establecimientopermanente en el país de
empresas constituidas en elexterior
Ingresos netos anuales delejercicio anterior seansuperiores a 1700 UIT
Pagos a cuenta
Los sujetos cuyos ingresos netos anuales del ejercicio:
No superen las 300UIT
Superen las300 UIT
1%1.5%
oCoeficiente
Acogimiento al RMT
Sujetos que inicien actividades enel transcurso del ejercicio
Declaración jurada mensual quecorresponde al inicio de actividades,dentro de la fecha de su vencimiento
Cambio de Régimen
Régimen General RMT Declaración del mesde enero
RMT Régimen General Cualquier mes delejercicio gravable
Régimen Especial RMTDeclaración en cualquier
mes del ejerciciogravable
Libros y Registros Contables
Los sujetos del RMT deberán llevar los siguientes libros y registros:
LIBROS Y REGISTROS
INGRESOS BRUTOS ANUALES
Menores a Mayores a Mayores a
300 UIT 300 UIT hasta 1700 UIT
1700 UIT
Registro de Compras X X X
Registro de Ventas e Ingresos X X X
Libro Diario Simplificado X
Libro Diario X X
Libro Mayor X X
Libro de Inventarios y Balances X
Libro Caja y Bancos X
Gastos = Régimen General, salvo los siguientes gastos cuyos requisitos formales hansido atenuados:
a) Gastos por depreciación - Libro Diario de Formato Simplificadob) Castigos por deudas incobrables y las provisiones equitativas por el mismo
concepto - Libro Diario de Formato Simplificadoc) Desmedros de existencias
Activo
Acompañamiento
Otras disposiciones
Nuevo RUS
• Se reduce las categorías del Régimen a:
• Categoría Especial – Categorías 1 y 2
• Límite anual de Ingresos Brutos / Adquisiciones = S/ 96,000.00 Soles
• Límite mensual de Ingresos Brutos / Adquisiciones = S/ 8,000.00 Soles
• EIRLs excluidas del NRUS.
CATEGORIASPARÁMETROS
Total Ingresos BrutosMensuales (S/)
Total AdquisicionesMensuales (S/)
CUOTA(S/)
1 5,000 5,000 20
2 8,000 8,000 50
Nuevo RUS - Acogimiento
Nuevos Inscritos Ya inscritos
NRUS
RER- Con la inscripción al RUC.- Con la solicitud de Alta de
Tributo.
- Con la DJ y pago de la cuota quecorresponda al periodo en que se efectúa elcambio de régimen.
Dentro del vencimiento
RGRMT
Régimen Especial – Acogimiento
Nuevos Inscritos Ya inscritos
RER
NRUS- Con la DJ y pago que
corresponda al periodo dela fecha de inicio deactividades dentro delvencimiento.
- Con la DJ ypago delperiodo decambio derégimen.
Dentro del vencimiento
RGRMT
- Con la DJ y pago dela cuota quecorresponda alperiodo ENERO.
Otras DisposicionesNuevo RUS - Ejercicio 2017
EFECTOS DEL CAMBIO
EIRLs
EIRLs acogidas al NRUS hasta el31/12/2016 deberán:
1. Elegir nuevo régimen tributario conla presentación de la DJ del periodoENE-2017.
2. Para que este acogimiento seaválido:− RER (DJ y pago dentro del vcto.)− RMT (DJ ENE-2017)− RG (DJ ENE-2017)
Contribuyentes con ingresos superiores aS/ 96,000.00 al 31/12/2016 deberán:
1. Elegir un régimen tributario con lapresentación de la DJ del periodo ENE-2017.
2. Para que este acogimiento sea válido:− NRUS o RER (DJ y pago dentro del
vcto.)− RMT u otro (DJ ENE-2017)− RG (DJ ENE-2017)
Categorías 3, 4 y 5