Post on 09-Feb-2017
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES
UNIANDESFACULTAD: DIRECCION DE EMPRESAS
CARRERA: ADMINISTRACION DE EMPRESAS Y NEGOCIOS
MODULO: COMERCIO ELECTRONICO
TEMA: VINCULACION ENTRE EL COIP CON PROBLEMAS DE VIOLACION A LA PRIVACIDAD EN INTERNET
AUTOR: SHARON PERALTA DOCENTE: OMAR SAMANIEGO
NIVEL: SEPTIMO ADMINISTRACION
OCTUBRE 2015- MARZO 2016
La falta de integridad ante los sistemas informáticos serán sancionados con la cárcel de tres a cinco años las personas que se apoderen de información registradas en la web o La persona que a través de cualquier medio copie, o comercialice información contenida en las bandas electrónicas, de igual manera, será sancionada la persona que facilite datos de su cuenta bancaria con la intención de obtener de forma ilegítima un activo patrimonial a través de una transferencia electrónica producto de este delito para sí mismo o para otra persona. Si la infracción se comete sobre bienes informáticos destinados a la prestación de un servicio público o relacionado con la seguridad ciudadana, la pena será de cinco a siete años de cárcel. Cuando se trate de información reservada, cuya revelación pueda comprometer gravemente la seguridad del Estado, el servidor público encargado de la utilización legítima de la información que sin la autorización correspondiente de información, será sancionado con cárcel de siete a diez años y la inhabilitación para ejercer un cargo pública por seis meses, siempre que no se encuentre otra infracción de mayor gravedad. Ninguna persona o empresa puede adueñarse del contenido informático sin previa autorización o compra del mismo.