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PROCESO DE PROCESO DE DESCENTRALIZACIONDESCENTRALIZACION
REGIONALIZACIONREGIONALIZACION
GESTION PUBLICAGESTION PUBLICA
DIPLOMADO DE DERECHO DIPLOMADO DE DERECHO
ADMINISTRATIVO Y GESTION ADMINISTRATIVO Y GESTION PUBLICA PUBLICA
CAL CAL
Prof. Demetrio Rojas G.
Lima, Junio de 2011Lima, Junio de 2011
Consta de 206 artículos y 16 disposiciones finales y transitorias, ordenados en 6 títulos, así como un preámbulo y una declaración.
Preámbulo. Título I: De la persona y la sociedad. Título II: Del Estado y la nación. Título III: Del régimen económico. Título IV: De la estructura del Estado. Título V: De las garantías constitucionales. Título VI: De la reforma de la constitución. Disposiciones finales y transitorias. Declaración.
Consta de 206 artículos y 16 disposiciones finales y transitorias, ordenados en 6 títulos, así como un preámbulo y una declaración.
Preámbulo. Título I: De la persona y la sociedad. Título II: Del Estado y la nación. Título III: Del régimen económico. Título IV: De la estructura del Estado. Título V: De las garantías constitucionales. Título VI: De la reforma de la constitución. Disposiciones finales y transitorias. Declaración.
CONSTITUCION POLITICA DEL PERU: CONTENIDO
TITULO IIDEL ESTADO Y LA NACION
CAPITULO IDEL ESTADO, LA NACION Y EL TERRITORIO
Artículo 43.- Estado democrático de derecho. Forma de GobiernoLa República del Perú es democrática, social, independiente y soberana.El Estado es uno e indivisible.Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
TÍTULO VIDE LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
(Artículo 206)
Toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y ratificada mediante referéndum. Puede omitirse el referéndum cuando el acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable, en cada caso, superior a los dos tercios del número legal de congresistas.
REFORMA CONSTITUCIONAL
(…)
La ley de reforma constitucional no puede ser observada por el Presidente de la República. La iniciativa de reforma constitucional corresponde al Presidente de la República, con aprobación del Consejo de Ministros; a los congresistas; y a un número de ciudadanos equivalente al cero punto tres por ciento (0.3%) de la población electoral, con firmas comprobadas por la autoridad electoral.
REFORMA CONSTITUCIONAL
LEY Nº 27680 LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL DEL CAPÍTULO XIV, DEL TÍTULO IV, SOBRE DESCENTRALIZACIÓN Artículo Único.- Objeto de la Ley
Modifícase el Capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del Perú, con el texto siguiente:
LEY Nº 27680 LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL DEL CAPÍTULO XIV, DEL TÍTULO IV, SOBRE DESCENTRALIZACIÓN Artículo Único.- Objeto de la Ley
Modifícase el Capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del Perú, con el texto siguiente:
LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL
SOBRE DESCENTRALIZACION
Artículo 188°.- La descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales.Los Poderes del Estado y los Organismos Autónomos así como el Presupuesto de la República se descentralizan de acuerdo a ley.
Artículo 188°.- La descentralización es un proceso permanente que tiene como objetivo el desarrollo integral del país.
SOBRE DESCENTRALIZACION
Artículo 189°.- El territorio de la República está integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se constituye y organiza el gobierno a nivel nacional, regional y local, en los términos que establece la Constitución y la ley, preservando la unidad e integridad del Estado y de la Nación.
El ámbito del nivel regional de gobierno son las regiones y departamentos. El ámbito del nivel local de gobierno son las provincias, distritos y los centros poblados.
Artículo 189°.- El territorio de la República se divide en regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se ejerce el gobierno unitario de manera descentralizada y desconcentrada.
SOBRE DESCENTRALIZACION
Artículo 190°.- Las regiones se crean sobre la base de áreas contiguas integradas histórica, cultural, administrativa y económicamente, conformando unidades geoeconómicas sostenibles.El proceso de regionalización se inicia eligiendo gobiernos en los actuales departamentos y la Provincia Constitucional del Callao. Estos gobiernos son gobiernos regionales.Mediante referéndum podrán integrarse dos o más circunscripciones departamentales contiguas para constituir una región, conforme a ley. Igual procedimiento siguen las provincias y distritos contiguos para cambiar de circunscripción regional.La ley determina las competencias y facultades adicionales, así como incentivos especiales, de las regiones así integradas.Mientras dure el proceso de integración, dos o más gobiernos regionales podrán crear mecanismos de coordinación entre sí. La ley determinará esos mecanismos.
Artículo 190°.- Las regiones se constituyen por iniciativa y mandato de las poblaciones pertenecientes a uno o mas departamentos colindantes. Las provincias y distritos contiguos pueden asimismo integrarse o cambiar de circunscripción. En ambos casos procede el referéndum, conforme a ley.
SOBRE DESCENTRALIZACION Artículo 191°.- Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones.La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Presidente como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les señala la ley.El Consejo Regional tendrá un mínimo de siete (7) miembros y un máximo de veinticinco (25), debiendo haber un mínimo de uno (1) por provincia y el resto, de acuerdo a ley, siguiendo un criterio de población electoral.
Artículo 191°.- Las municipalidades provincias y distritales, y las delegadas conforme a ley, son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.Corresponde al Congreso las funciones normativas y fiscalizadoras; y a la alcaldía, las funciones ejecutivas. Los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un periodo de cinco años. Pueden ser reelegidos. Su mandato es revocable pero irrenunciable. Gozan de las prerrogativas que señala la ley.
SOBRE DESCENTRALIZACION
(…)El Presidente es elegido conjuntamente con un vice-presidente, por sufragio directo por un período de cuatro (4) años, y puede ser reelegido. Los miembros del Consejo Regional son elegidos en la misma forma y por igual período. El mandato de dichas autoridades es revocable e irrenunciable, conforme a ley.La ley establece porcentajes mínimos para hacer accesible la representación de género, comunidades nativas y pueblos originarios en los Consejos Regionales. Igual tratamiento se aplica para los Concejos Municipales.
Artículo 192: Competencia de los gobiernos regionalesArtículo 193°.- Son bienes y rentas de los gobiernos regionalesArtículo 194º.- Autonomía y estructura orgánica del gobierno local. Artículo 195°.- Competencia de los gobiernos localesArtículo 196°.- Son bienes y rentas de las municipalidadesArtículo 197°.- Las municipalidades y la participación vecinalArtículo 198°.- régimen especial de la Capital de la RepúblicaArtículo 199°.- Fiscalización de los gobiernos regionales y locales
Artículo 192: Competencia de los gobiernos regionalesArtículo 193°.- Son bienes y rentas de los gobiernos regionalesArtículo 194º.- Autonomía y estructura orgánica del gobierno local. Artículo 195°.- Competencia de los gobiernos localesArtículo 196°.- Son bienes y rentas de las municipalidadesArtículo 197°.- Las municipalidades y la participación vecinalArtículo 198°.- régimen especial de la Capital de la RepúblicaArtículo 199°.- Fiscalización de los gobiernos regionales y locales
COMPETENCIA DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES
Objeto y Contenido
Desarrolla el Capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal.
Establece la finalidad, principios, objetivos y criterios generales del proceso de descentralización; regula la conformación de las regiones y municipalidades; fija las competencias de los tres niveles de gobierno y determina los bienes y recursos de los gobiernos regionales y locales; y, regula las relaciones de gobierno en sus distintos niveles.
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION
Principios generalesLa descentralización se sustenta y rige por los siguientes
principios generales:a) Es permanente: Constituye una política permanente de
Estado, de carácter obligatorio, cuyo efecto vinculante alcanza a todos los Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y al gobierno en su conjunto.
b) Es dinámica: Es un proceso constante y continuo, se ejecuta en forma gradual por etapas, previendo la adecuada asignación de competencias y la transferencia de recursos del nivel central hacia los gobiernos regionales y los gobiernos locales; promueve la integración regional y la constitución de macro regiones. Exige una constante sistematización, seguimiento y evaluación de los fines y objetivos, así como de los medios e instrumentos para su consolidación.
c) Es irreversible: El proceso debe garantizar, en el largo plazo, un país; espacialmente mejor organizado, poblacionalmente mejor distribuido, económica y socialmente más justo y equitativo, ambientalmente sostenible, así como políticamente institucionalizado.
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION
Principios generales Es democrática: Es una forma de organización democrática del
Estado que se desarrolla en los planos político, social, económico, cultural, administrativo y financiero. Promueve la igualdad de oportunidades para el acceso a mayores niveles de desarrollo humano en cada ámbito, y la relación Estado y Sociedad, basada en la participación y concertación en la gestión de gobierno.Es integral: Abarca e interrelaciona a todo el conjunto del Estado en el espacio nacional, así como las actividades privadas en sus diversas modalidades, mediante el establecimiento de reglas jurídicas claras que garanticen el desarrollo integral del país.Es subsidiaria: La subsidiariedad supone y exige que la asignación de competencias y funciones a cada nivel de gobierno, sea equilibrada y adecuada a la mejor prestación de los servicios del Estado a la comunidad.
Es gradual: El proceso de descentralización se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada y clara asignación de competencias y transferencias de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales, evitando la duplicidad.
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION
Principios específicos
Competencias claramente definidas. Se debe tener una distribución clara y precisa de funciones entre los niveles de gobierno nacional, regional y local, con el fin de determinar la responsabilidad administrativa y funcional en la provisión de servicios de cada uno de ellos, así como propiciar e incentivar la rendición de cuentas de los gobernantes.
Transparencia y predictibilidad. Se debe contar con mecanismos transparentes y predecibles que provean la base de recursos fiscales a los gobiernos subnacionales.
Neutralidad en la transferencia de los recursos. Se debe establecer un programa ordenado de transferencia de servicios y competencias del gobierno nacional a los gobiernos subnacionales con efectos fiscales neutros, es decir, evitar la transferencia de recursos sin contraparte de transferencia de responsabilidades de gasto.
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION
Principios específicos
Endeudamiento público externo. Es competencia exclusiva del gobierno nacional y debe concordar con el límite del endeudamiento del sector público y las reglas de transparencia y prudencia fiscal que señala la ley. Los gobiernos regionales y locales sólo pueden asumir endeudamiento público externo, emitir bonos y titulizar cuentas, con el aval o garantía del Estado.Responsabilidad fiscal. Se debe establecer reglas fiscales que incluyan reglas de endeudamiento y de límites de aumento anual de gasto para los gobiernos subnacionales, compatibles con las reglas de transparencia y prudencia fiscal para el gobierno nacional, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad fiscal de la descentralización. El gobierno nacional no podrá reconocer deudas contraídas por los gobiernos subnacionales.
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION
Objetivos
- A NIVEL POLÍTICO: Unidad y eficiencia del Estado, mediante la distribución ordenada de las competencias públicas, y la adecuada relación entre los distintos niveles de gobierno y la administración estatal.
- A NIVEL ECONÓMICO: Desarrollo económico, autosostenido y de la competitividad de las diferentes regiones y localidades del país, en base a su vocación y especialización productiva.
- A NIVEL ADMINISTRATIVO: Modernización y eficiencia de los procesos y sistemas de administración que aseguren la adecuada provisión de los servicios públicos. Simplificación de trámites.
- A NIVEL SOCIAL: Educación y capacitación orientadas a forjar un capital humano, la competitividad nacional e internacional.
Promover el desarrollo humano y la mejora progresiva y sostenida de las condiciones de vida de la población para la superación de la pobreza.
- A NIVEL AMBIENTAL: Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental.
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION
Dimensiones de las autonomías
Autonomía política: es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes.
Autonomía administrativa: es la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad.
Autonomía económica: es la facultad de crear, recaudar y administrar sus rentas e ingresos propios y aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Su ejercicio supone reconocer el derecho a percibir los recursos que les asigne el Estado para el cumplimiento de sus funciones y competencias.
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION
Tipos de competencias
Competencias exclusivas: Son aquellas cuyo ejercicio corresponde de manera exclusiva y excluyente a cada nivel de gobierno conforme a la Constitución y la ley.
Competencias compartidas: Son aquellas en las que intervienen dos o más niveles de gobierno, que comparten fases sucesivas de los procesos implicados. La ley indica la función específica y responsabilidad que corresponde a cada nivel.
Competencias delegables: Son aquellas que un nivel de gobierno delega a otro de distinto nivel, de mutuo acuerdo y conforme al procedimiento establecido en la ley, quedando el primero obligado a abstenerse de tomar decisiones sobre la materia o función delegada. La entidad que delega mantiene la titularidad de la competencia, y la entidad que la recibe ejerce la misma durante el periodo de la delegación.
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACION
Objeto La presente Ley Orgánica establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización.
FinalidadLos gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.
LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES
LEY N° 27867
Principios rectores de las políticas y la gestión regional
Participación.- Participación ciudadana en las fases de formulación, seguimiento, fiscalización y evaluación de la gestión de gobierno
Transparencia.- Los planes, presupuestos, objetivos, metas y resultados del Gobierno Regional serán difundidos a la población.
Gestión moderna y rendición de cuentas.- La Administración Pública Regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño.
Inclusión.- Desarrolla políticas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusión económica, social, política y cultural, de jóvenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente.
Eficacia.- Los Gobiernos Regionales organizan su gestión en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explícitos y de público conocimiento.
Eficiencia.- La política y la gestión regional se rigen con criterios de eficiencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecución de los objetivos trazados con la utilización óptima de los recursos.
LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES
LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES
Equidad.- Igual acceso a las oportunidades y la identificación de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial por la gestión regional.Sostenibilidad.- La gestión regional se caracteriza por la búsqueda del equilibrio intergeneracionalImparcialidad y neutralidad. neutralidad en la actuación de la Administración Pública.Subsidiariedad.- El gobierno más cercano a la población es el más idóneo para ejercer las distintas funciones que le competen al Estado. Concordancia de las políticas regionales.- Concordancia con las políticas nacionales de Estado.Especialización de las funciones de gobierno.- Evita en cualquier caso la existencia de duplicidad de funciones entre sus distintas gerencias u oficinas.Competitividad.- Promueve un entorno de innovación, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores público y privadoIntegración.- La gestión regional promueve la integración intrarregional e interregional, fortaleciendo el carácter unitario de la República
LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES
Competencias Exclusivas
a) Planificar el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes.b) Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil de su región.c) Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional.d) Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional.e) Diseñar y ejecutar programas regionales de cuencas, corredores económicos y de ciudades intermedias.f) Promover la formación de empresas y unidades económicas regionales para concertar sistemas productivos y de servicios.g) Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesanía, la actividad forestal y otros sectores.
LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES
Competencias Compartidas
a) Educación. b) Salud pública.c) Promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas.d) Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental.e) Preservación y administración de las reservas y áreas naturales protegidas regionales.f) Difusión de la cultura y potenciación de todas las instituciones artísticas y culturales regionales.g) Competitividad regional y la promoción de empleo productivo en todos los niveles, concertando los recursos públicos y privados.h) Participación ciudadana, alentando la concertación entre los intereses públicos y privados en todos los niveles.i) Otras que se le delegue o asigne conforme a Ley.
• Emanan de la voluntad popular. • Son persona jurídicas de derecho público
con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, es ejercido por el órgano ejecutivo de la región, de acuerdo con las competencias, atribuciones y funciones que le asigna la Constitución.
GOBIERNO REGIONAL
OBJETO DE LA LEY La presente ley orgánica establece normas sobre la creación, origen, naturaleza, autonomía, organización, finalidad, tipos, competencias, clasificación y régimen económico de las municipalidades; también sobre la relación entre ellas y con las demás organizaciones del Estado y las privadas, así como sobre los mecanismos de participación ciudadana y los regímenes especiales de las municipalidades.
TIPOS DE MUNICIPALIDADES Las municipalidades son provinciales o distritales. Están sujetas a régimen especial las municipalidades de frontera y la Municipalidad Metropolitana de Lima. Las municipalidades de centros poblados son creadas conforme a la presente ley.
LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADESLey 27972
LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES ESPECÍFICAS
-ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO Y USO DEL SUELO-SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD- TRÁNSITO, VIALIDAD Y TRANSPORTE PÚBLICO-EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y RECREACIÓN-ABASTECIMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS-PROGRAMAS SOCIALES, DEFENSA Y PROMOCIÓN DE DERECHOS-SEGURIDAD CIUDADANA-PROMOCIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL
LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES
• Es una entidad básica de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elemento elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización.
• Gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
GOBIERNO LOCAL
La reforma Constitucional, Ley de Elecciones Regionales, Ley de Bases de la Descentralización Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Orgánica de Municipalidades Ley Marco del Presupuesto Participativo Convocatoria a elecciones regionales y municipales Inicio de los Gobiernos Regionales el 01-01-2003 Inicio de las Transferencias de funciones y competencias (año 2004)
Se emiten normas que dan comienzo al proceso
EL ACUERDO NACIONAL
EL CENTRALISMO
El Centralismo es uno de los problemas estructurales más serios del país.
- Concentración del 40% de población en 9 ciudades
- 5 departamentos concentran 2/3 del PBI nacional
- 10 provincias concentran el 52% de electores
- Debilidad de capacidades regionales y locales
- Ineficiencia y mal uso del gasto público
Ideas y prácticas centralistas y burocráticas
EL CENTRALISMO y LIMA
El Centralismo es uno de los problemas estructurales más serios del país.
• Concentra el 29% de la población nacional.• Produce el 48% del PBI nacional.• Genera el 55% del ingreso nacional.• Produce el 70% del PBI nacional industrial• Concentra el 52% de los servicios gubernamentales.• Recauda más del 90% de impuestos.
LA DESCENTRALIZACION
Antecedentes:
1.1 Demarcación colonialEn 1782, el territorio nacional estaba dividido en intendencias: Lima, Cusco, Arequipa, Trujillo, Huancavelica, Huamanga, Tarma y más tarde Puno. Las intendencias comprendían divisiones menores: 56 partidos.
1.2 Demarcación republicana:En 1821, San Martín transformó las intendencias en departamentos y los partidos en provincias.
Principales intentos de descentralización y regionalización
1828 Se establecen Juntas Departamentales como germen de parlamentos federales1873 Se establecen consejos departamentales y municipales1880 Descentralización fiscal, post guerra con Chile1919 Congresos regionales1923 Restablecimiento de consejos departamentales1981 Se establecen las corporaciones departamentales1989 Se crean 12 regiones y gobiernos regionales
CONTEXTO EN EL 2002
CONSENSO POLITICO SOCIAL
VOLUNTAD POLITICA DE GOBIERNO NACIONAL
ESTABILIDAD DE POLITICAS ECONOMICAS
REGIONALIZACION (DEPARTAMENTOS)
GOBIERNO REGIONAL
PRESIDENTE
CONSEJO REGIONAL
CONSEJO DE
COORDINACION REGIONAL
GERENTE REGIONAL
GERENCIA DEDESARROLLOECONOMICO
GERENCIA DEDESARROLLOSOCIAL
GERENCIA DEPLANEAMIENTO,PRESUPUESTO YACONDICIONA. TERRITORIAL
GERENCIA DEINFRA-ESTRUCTURA
GERENCIA DERECURSOSNATURALES YGESTION DEL MEDIO AMBIEN.
GOBIERNO REGIONAL: ORGANIZACION
OBJETIVOS DE LA DESCENTRALIZACION
• Gestión pública más eficiente, eficaz y transparente
• Fortalecer la democracia
• Mejorar condiciones para el desarrollo humano
• Fomentar la construcción de ciudadanía
• Facilitar el desarrollo de gobernabilidad
PROPUESTAS DE REGIONES Y MACROREGIONES
Región Macro Sur Puno, Arequipa, Tacna
Región Norte Tumbes, PiuraLambayeque
Región Ayacucho, Huancavelica, Ica
Región Nor Centro Oriente Ancash, Huánuco, Huánuco, Junín, Lima (Prov.) Pasco
RegiónApurímac -Cuzco
Región Nor Oriente Iquitos, San Martin, Ucayali, Madre de Dios
REGIONALIZACION: CIRCULO VIRTUOSO
...a mayor producción y empleo más impuestos.A más impuestos mayor educación, salud, infraestructura y promoción del desarrollo.Si todo esto se logra, gobiernos regionales y locales ampliarán su base de legitimidad y apoyo.
La Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 - Ley N° 30114 (S/. 118,934 49)
PRESUPUESTO SECTOR PUBLICO
PRESUPUESTO Y FINANCIAMIENTO
EJECUCION DEL PRESUPUESTO
Consejería Presidencia de la República / MEF - DGPMMejora de la ejecución y calidad de la inversión
PCM- SD/ PMDE-BIDFortalecimiento de capacidades proyectos de inversión en gobiernos
regionales y locales Primera Fase
MEF – DGPM / BIDFortalecimiento de los Gobiernos Subnacionales para la inversión pública
regional y local
MEF – DGPM /Banco MundialAcompañamiento Gobiernos Regionales para la ejecución descentralizada
de inversiones
IFC- Grupo Banco Mundial Asistencia técnica directa en Gestión Inversiones Gobiernos Locales
MINAM
Diplomado Programa de Asistencia Técnica en Formulación de Perfiles de Inversión Publica en Residuos- Gobiernos Locales
PCM – SD/ AECIDTalleres Nacionales y Macroregionales en Fortalecimiento de los Procesos
de Ejecución de Inversiones Públicas Regionales 2009 – 2010.
Consejera Presidencial / PCM-SD /MINEM/PNUD.Talleres Buenas Prácticas de Inversiones Regional y local –Fondos Mineros
Principales Intervenciones Principales Intervenciones de Fortalecimiento de de Fortalecimiento de gestión en inversionesgestión en inversiones
BALANCE DEL PROCESO BALANCE DEL PROCESO Se ha transferido a la fecha más del 92% de
competencias del gobierno nacional a los gobiernos regionales.
Dos temas estructurales del proceso: La imposibilidad de crear las regiones como
espacios geopolíticos estructurados en torno a afinidades económicas, históricas y culturales.
A diez años del proceso de descentralización, continúan serias dificultades para articular acciones y políticas entre el nivel nacional y los niveles sub-nacionales.
Imprecisión de competencias transferidas genera ausencias y duplicidades.
Ausencia de monitoreo permanente sobre las dificultades que se fueron encontrando y que persisten: No hay lecciones aprendidas.
Disolución del Consejo Nacional de Descentralización: debilitación de su rectoría nacional en el proceso.
BALANCE DEL PROCESO BALANCE DEL PROCESO
BALANCE DEL PROCESO BALANCE DEL PROCESO
Inscripción de 71 nuevas mancomunidades municipales: 38 adscritas al SNIP y 16 manejan el SIAF (en 10 años se inscribieron sólo 80 mancomunidades).
BALANCE DEL PROCESO BALANCE DEL PROCESO
Incremento sustantivo (28) de Proyectos Interdepartamentales articulados en las Juntas de Coordinación Interregional (JCI), de beneficio de municipalidades de frontera.
FONIPREL 2012: Reducción significativa al 0.1% de la tasa de cofinanciamiento de las municipalidades de alta y muy alta necesidad:
Beneficiando a 854 municipalidades distritales (más pobres, fronteras, VRAEM y Alto Huallaga).
Contribuyendo a la inclusión social.
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FUENTE: Secretaria de Gestión Pública de laPresidencia del Consejo de Ministros
GESTION PUBLICA Y MODERNIZACION
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Ley N° 27658 Ley Marco de la Modernización de la gestión del Estado. 2002
Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General
Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública, 2005
Ley Nº 27806.- Ley de Transparencia y Acceso a la Información,
Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, 2007
Decreto Legislativo 1026 Régimen facultativo de Modernización Institucional Integral para gobiernos regionales y locales
D.S. N° 004-2013-PCM, Aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública
Legislación Nacional
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Modernización de la Gestión Pública- Estado Peruano
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Retos para la modernización del Estado
Lineamientos generales (política nacional) que considere las reformas políticas, económicas y sociales del país (reforma del Estado).
Lineamientos generales (política nacional) que considere las reformas políticas, económicas y sociales del país (reforma del Estado).
Liderazgo al interior del propio Estado que guíe la acción colectiva hacia la política nacional.
Liderazgo al interior del propio Estado que guíe la acción colectiva hacia la política nacional.
Política de Modernización de la Gestión del Estado, eficiente, sostenible y evaluable, con indicadores que permitan medir progresos en plazos definidos.
Política de Modernización de la Gestión del Estado, eficiente, sostenible y evaluable, con indicadores que permitan medir progresos en plazos definidos.
Estrategia (plan de acción) que establezca la hoja de ruta a seguir, así como las líneas estratégicas orientadas a resultados.
Estrategia (plan de acción) que establezca la hoja de ruta a seguir, así como las líneas estratégicas orientadas a resultados.
Estado que llegue a todos, inclusivo
Estado al servicio del ciudadano
Una gestión moderna, descentralizada y transparente
Segu
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mon
itore
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est
rate
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Sistema de articulación de actoresHerramientas de gestión (Gobierno Electrónico, plataformas de interoperabilidad, optimizando el uso de las TI)
Lineamientos generales de la modernización del Estado
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FUENTE: World BASC Organization Inc.
GESTION POR PROCESOS
LA COMPLEJIDAD DE UNA ORGANIZACIÓN
Cada flecha simboliza un proceso de la organización
Un Modelo de una excelente gestión pretende que los procesos de la organización se orienten hacia el objetivo organizacional
ALINEAMIENTO ORGANIZACIONAL
EL RESULTADO DE LA ORGANIZACIÓN DEPENDE DEL ALINEAMIENTO DE SUS PROCESOS
La Organización y los Procesos
MRD Business & Government
LLos resultados deseados se alcanzan con os resultados deseados se alcanzan con mayor eficiencia cuando los recursos y las mayor eficiencia cuando los recursos y las actividades relacionadas se gestionan actividades relacionadas se gestionan como procesos. como procesos.
Beneficios:Beneficios:
• Menores costos y ciclos más cortos como Menores costos y ciclos más cortos como consecuencia del uso eficiente de los consecuencia del uso eficiente de los recursos. recursos.
• Resultados consistentes y predecibles. Resultados consistentes y predecibles. • Focalización y priorización de las Focalización y priorización de las
oportunidades de mejora. oportunidades de mejora.
Porque de la gestión por procesos
Un proceso es una secuencia lógica y relacionada de actividades que toma un input (entradas) de un proveedor, añade valor a este y produce un output (salidas) a un cliente.
Definición del Proceso
PROCESO
Valor Agregado
ACTIVIDADES
ENTRADAS
Insumos
SALIDAS
Productos o servicios
PROVEEDORES
CLIENTES
Un proceso es una secuencia lógica y relacionada de actividades que toma un input (entradas) de un proveedor, añade valor a este y produce un output (salidas) a un cliente.
Secuencia repetitiva de actividades o acciones desarrolladas por una o varias Secuencia repetitiva de actividades o acciones desarrolladas por una o varias personas que convierten insumos de entrada en un producto o servicio de personas que convierten insumos de entrada en un producto o servicio de salida.salida.
¿Que es un PROCESO?
• Define de manera sistemática las actividades que componen el proceso.
• Identifica las interrelaciones con otros procesos.
• Define las responsabilidades respecto al proceso.
• Analiza y mide los resultados de la capacidad y eficacia del proceso.
• Permite la mejora continua del proceso.
Enfoque basado en procesos
Visión del análisispor proceso
Visión del análisis por área funcional
Área1
Área2
Área3
Área4
. . . gráficamente
ENFOQUE BASADO EN PROCESOS
FUNCIONAL POR PROCESOS
Es aquella en la cual el “que hacer” lo define una estructura jerárquica y se distribuye por áreas especializadas e independientes
subdividen el trabajo por personas y se controla mediante un flujo de órdenes, decisiones, acciones e informaciones permanentes en sentido vertical.
Es aquella a través de la cual se orienta el trabajo básicamente hacia la satisfacción de las necesidades y expectativas del cliente, mediante el enfoque a procesos, donde se busca dar valor agregado al producto.
La Gestión por Procesos implica un cambio de paradigmas y un cambio de actitud de las personas en la forma de hacer el trabajo.
COMPARACIÓN
Organización Por departamentos o áreas Por procesos
Autoridad Jefe de departamento Responsable del proceso
Principio Jerarquía y control Coordinación y autocontrolOrientación Interna / hacia el Jefe Externa / hacia el clienteFinalidad Ser más productivo Ser más competitivoCentrado en Tarea Producto / servicioCoordinación Vertical Horizontal
Evaluación Al empleado Al procesoSatisfacción Jefe Cliente
En un organigrama no se ve reflejado el funcionamiento de la empresa, aspectos estratégicos, responsabilidades ni relación con clientes.
FUNCIONAL POR PROCESOS
COMPARACIÓN
ENFOQUE BASADO EN PROCESOS
DOCUMENTAR
(Procedimientos)
CARACTERIZAR
(Actividades)
IDENTIFICAR
(Mapa de procesos)
METODOLOGIA PARA INSTAURAR Y DESARROLLAR EL ENFOQUE Y GESTION DE PROCESO
¿CÓMO IDENTIFICAR PROCESOS?
¿CÓMO IDENTIFICAR PROCESOS?
PROCESOS
MACROPROCESOS
Cadena de Valor de 1º Nivel
Cadena de Valor de 2º Nivel
SubprocesosCadena de Valor de 3º Nivel
ActividadesProcesos de Piso
MAPA DE PROCESOS
DEFINICION
El mapa de procesos ofrece una visión general del sistema de gestión. En el se representan los procesos que componen el sistema así como sus interrelaciones principales. Dichas relaciones se indican mediante flechas y registros que representan los flujos de información
CLASIFICACION DE PROCESOS
Procesos Estratégicos
Establecidos por la Alta Dirección y definen cómo opera el negocio y cómo se crea valor para la organización.Soportan la toma de decisiones sobre planificación, estrategias y mejoras en la organización. Proporcionan directrices, límites de actuación al resto de los procesos.
Procesos de Soporte
Sirven de soporte a los procesos claves. Estos procesos son, en muchos casos, determinantes para que puedan conseguirse los objetivos de los procesos dirigidos a cubrir las necesidades y expectativas de la organización en cuanto a seguridad.
Procesos Operativos o Claves
Impactan directamente sobre la satisfacción del cliente y cualquier otro aspecto de la misión de la organización. Son procesos operativos típicos como los de venta, producción y servicio post- venta. Sustentan la razón de ser del negocio.
MAPA DE PROCESOS
ESTRATÉGICOS
SOPORTE
OPERATIVOS
“El nivel de detalle de los mapas de proceso dependerá del tamaño de la propia organización y de la complejidad de sus actividades”
MAPA DE PROCESOS
PROCESOS DE SOPORTE
PROCESOS OPERATIVOSPROCESOS OPERATIVOS
Investigar Mercados
VenderInnovarServiciocliente
Manejarinventarios
DespacharProducir
Gestión de Rec. humanos
Aseguramientode calidad
MantenimientoCalibración
Comprar insumos
Gestión de Informática
Gestión de documentos
PROCESOS ESTRATÉGICOS
Planificaciónestratégica
Auditoria internaMejora continua
MAPA DE PROCESOSEJEMPLOS
REGLA DE ORO
Base de un Sistema de Gestión
1.- Escribe lo que haces (Proceso)
2.- Haz lo que escribiste (Operación)
3.- Verifícalo (Auditoría)
4.- Mejóralo (Mejora Continua)