Post on 21-Jul-2015
ALDO ZECCA
PRIMERA INSTANCIA
AUDIENCIA DE JUICIO 150 AL
162 LOPT
AUDIENCIA PRELIMINAR O CONCILIATORIA
129 AL 137 LOPT
SEGUNDA INSTANCIA 163 AL 166
RECURSOS
RECURSO DE CASACION
RECURSO DE CONTROL DE LEGALIDAD
LA INSTANCIA
son las distintas etapa de tramitación del juicio, en un juicio ordinario se dice que se esta en primera instancia cuando se esta ventilando ante su Juez Natural y que se esta en segunda instancia cuando se encuentra en alzada ante un Juez de
Superior jerarquía por vía de consulta o apelación.
LapsoEs el plazo en el cual se puede actuar en
cualquiera de los días hábiles que comprende
el lapso. Los lapsos pueden ser comunes o
particulares.
El términoes el límite del plazo, es el plazo que debe transcurrir necesariamente para crear,
modificar, consolidar o extinguir una relación
jurídica. También se utiliza para designar el espacio de
tiempo concedido para evacuar un tramite judicial.
ApelaciónEs un recurso que se
interpone dentro del lapso legal algunos de los litigantes
o cualquiera persona afectada, ante un juez
superior que anule, revoque o reforme la sentencia que ha
sido total o parcialmente desfavorable, dictada por el juez inferior o para que le
acuerde la providencia que le ha sido negada.El Tribunal supremo de Justicia en el
año 2003 determino que el computo de los lapsos procesales se contaran
por días hábiles salvo que la ley lo que sean continuo
El procedimiento de primera Instancia establecido en la Ley
Orgánica del Trabajo en los artículos 123 hasta el articulo
hasta el articulo 172
En este procedimiento
comienza con la demanda
pasa por la audiencia preliminar establecido
en la ley desde el articulo 123 hasta 137
La audiencia de Juicio establecido en los artículos:
150 al 162.
El procedimiento de segunda instancia se
encuentra en los artículos del 163 al 166
Tribunales Superiores del Trabajo que conocen en
segunda instancia.
Recursos
Es todo medio que concede la ley procesal para la impugnación de las resoluciones judiciales, a efectos de subsanar errores de fondo o los vicios de forma en
que se haya incurrido al dictarlas. El acto de recurrir le
corresponde a la parte que en el juicio se sienta lesionada por la
medida judicial.
el recurso de Casación es el medio de impugnación de la sentencia de
la ultima instancia, con el fin de anularla por errores de actividad o
juzgamiento en resguardo del interés particular y salvaguardar la integridad del derecho objetivo y
la uniformidad en su interpretación.
Recurso de Casación
Existen en proceso laboral dos recurso el Casación señalados en
la ley orgánica procesal del trabajo desde el artículo 167 al
177 y control de legalidad desde el articulo 150 al 162
El Control de Legalidad
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Socialpodrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales
Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o
cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior
del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos.
La declaración de inadmisibilidad del recurso se hará constar en forma escrita
por auto del Tribunal, sin necesidad de motivar su
decisión.
estará sujeto a multa el recurrente que interponga el
recurso maliciosamente, hasta un monto máximo equivalente a
ciento veinticinco unidades tributarias (125 U.T.)
Si el recurrente no pagare la multa dentro del lapso de tres
(3) días, sufrirá arresto en jefatura civil de quince (15)
días
BIBLIOGRAFIA: http://saiaead.uft.edu.ve/ead/mod/book/view.php?id=6325&chapterid=1409