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8/10/2019 Presentacn Libro Rif
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Presentacin Libro:
MANUAL DEL RGIMEN DEINCORPORACIN FISCAL
Anlis is Integral y casos p rcticos
* CPC M.I. Francisco Gmez Ponce
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Programa
I. Asociacin Nacional de Fiscalistas .Net, AC
II. Proceso de Elaboracin del Libro
III. De los autores
IV. ndice del Libro
V. Actualidades del Rgimen de Incorporacin
Fiscal
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ANAFINET
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Proceso de elaboracin del libro
Foro Nacional Fiscal 2013 Ciudad Valles, SLP Septiembre 2013
Junta Nacional Directiva ANAFINET Guadalajara, Jalisco Enero 2014
Inicio Proyecto Libro ANAFINET Manual RIF10 coautores Abril 2014
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Coautores
CPC Juan Carlos Gmez Snchez
Ciudad Valles, SLP.
Twitter @cpjcgomez
CPC y MI Julio Csar Corts Molina
Martnez de la Torre, Veracruz
Twitter @cpjulioccortes
CPC y MI Jos Luis Leal MartnezMonterrey, Nuevo Len
Twitter @cpjlleal
CP Juan Gerardo Rivera Lpez
Tampico Tamaulipas.
Twitter @CPGerardoRivera
CPC y LD Tomas Cisneros Medina
Quertaro de ANAFINET
Twitter @TOM_CISNEROS
CPC y M.I. Francisco Gmez Ponce
Los Mochis, Sinaloa
Twitter @FrankGamez1
Gabriel Aranda Zamacona
Cuautitlan, Estado de Mxico
Twitter @elnidodelseguro
C.P. Octavio vila ChaurandGuadalajara Jalisco
Twitter @OCTAVIOAVILACH
C.P.C. y M.I. Jos Javier Rodrguez Ochoa
Guadalajara Jalisco, A.C.
Twitter @AcontecerFiscal
C.P y M.I. Jos de Jess Ceballos Caballero
Hermosillo, Sonora
Twitter @jjceballos
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Cmo coordinar un proyecto a distancia?
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Qu es Manual R.I.F.?
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ndice del Libro
Prologo
Introduccin
I. Qu es el Rgimen de Incorporacin Fiscal y quienes
pueden tributar en el mismo
II. Sistema de Registro Fiscal MIS CUENTAS
III. Reglas sobre los Comprobantes Fiscales
IV. Tratamiento del I.V.A. e I.E.P.S.
V. Otras obligaciones para Contribuyentes R.I.F.
VI. Apoyos No Fiscales para los Contribuyentes del R.I.F.
VII. Rgimen de Incorporacin a la Seguridad Social
VIII. Casos Prcticos
IX. 50 Preguntas y Respuestas del R.I.F.
X. Normatividad Fiscal aplicable al RIF
XI. Recomendaciones Finales
XII. Glosario de Trminos y Abreviaturas
1
5
15
27
37
47
69
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86
94
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Actualidades del Rgimen de IncorporacinFiscal
I. Cambios al Rgimen de Incorporacin Fiscal
II. Decreto de beneficios fiscales para R.I.F. Ejercicio 2015
III. Sistema de Registro Fiscal Mis Cuentas
IV. Campaa de Crezcamos Juntos del Gobierno Federal
V. Beneficios en el Seguro Social para el Rgimen de Incorporacin
Fiscal
VI. Recomendaciones para Contribuyentes del R.I.F.
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Algunas Cifras del RIF
IMCP Conferencia de Prensa 17 Septiembre 2014
1. Universo de contribuyentes del Rgimen de Incorporacin Fiscal al 26 deagosto de 2014:
Cifras
Nuevos 762,071
Total contribuyentes RIF 4,258,818
2. Mis Cuentas: Al 31 de agosto de 2014, sobre el uso del sistema Mis cuentas
el SAT reporta ms de 9 millones 900 mil operaciones efectuadas, 8 millones900 mil de RIF
3. Declaracin bimestral de RIF: Las cifras que se tienen de estas primerasdeclaraciones al 7 de septiembre son: Ms de 3 millones 600 mildeclaraciones presentadas por ms de 1 milln 200 mil contribuyentes
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Con la Reforma Hacendaria no ser
necesario los servicios de unContador Pblico
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Qu es el Rgimen de Incorporacin Fiscal?
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Tarifa Bimestral art. 111
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CUARTA Resolucin de Modificaciones a la
Resolucin Miscelnea Fiscal para 2014.
DOF 23/09/2014
SEGUNDO. Se reforma el Artculo Cuarto Transitorio de la Segunda Resolucin de Modificaciones ala Resolucin Miscelnea Fiscal para 2014, publicada en el DOF el 4 de julio de 2014, para quedar dela siguiente manera:
"Cuarto. Para los efectos del artculo Quinto Transitorio de la Primera Resolucin deModificaciones a la RMF para 2014, publicada en el DOF el 13 de marzo de 2014, la presentacinde la declaracin que corresponda al primer bimestre de 2014, se llevar a cabo durante el mes de
julio del mismo ao, mientras que la presentacin de las declaraciones que correspondan alsegundo y tercer bimestre de 2014, opcionalmente podrn presentarse en julio, siendo obligatoriasu presentacin en el mes de agosto de 2014.
Las declaraciones sealadas en el prrafo anterior, debern corresponder exclusivamente acada uno de los bimestres de 2014, sin abarcar ningn otro bimestre.
Los contribuyentes que presentaron la declaracin correspondiente al primer bimestre de
2014, durante el mes de julio del mismo ao e hicieron el pago del impuesto a cargo durante la vigenciade la lnea de captura, considerarn efectuado el pago en tiempo y forma.
Los contribuyentes que presenten las declaraciones bimestrales correspondientes al ejerciciofiscal 2014, a ms tardar en enero de 2015, no se ubicarn en el supuesto establecido en elartculo 112, fraccin VIII, segundo prrafo, de la Ley del ISR."
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QUINTA Resolucin de Modificaciones a la
Resolucin Miscelnea Fiscal para 2014.
*Proyecto
Inscripcin en el RFC de contribuyentes del RIF ante las entidades federativas
I.2.4.14
Expedicin de comprobantes en operaciones con el pblico en general
I.2.7.1.22. ..........
III. .........
b) .
5. (Se deroga) Formular un comprobante fiscal, que integre todas las operaciones
realizadas con el pblico en general durante el da
Sistema de registro fiscal Miscuentas
I.2.8.2. (Se deroga)
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QUINTA Resolucin de Modificaciones a la
Resolucin Miscelnea Fiscal para 2014.
*Proyecto
Sistema de registro fiscal Mis cuentas
I.2.8.1.2. Para los efectos del artculo 28, fraccin III del CFF, los contribuyentes del RIF debern
ingresar a la aplicacin electrnica Mis cuentas, disponible a travs de la pgina de Internet del
SAT, para lo cual debern utilizar su clave en el RFC y Contrasea. El resto de las personas fsicas
podrn optar por utilizar el sistema de referencia.
Una vez que se haya ingresado a la aplicacin, los contribuyentes capturarn los datoscorrespondientes a sus ingresos y gastos, teniendo la opcin de emitir los comprobantes fiscales
respectivos en la misma aplicacin. Los ingresos y gastos amparados por un CFDI, se registraran de
forma automtica en la citada aplicacin, por lo que nicamente debern capturarse aqullos que
no se encuentren sustentados en dichos comprobantes.
En dicha aplicacin podrn consultarse tanto la relacin de ingresos y gastos capturados, como los
comprobantes fiscales emitidos por este y otros medios.
Los contribuyentes que presenten sus registros de ingresos y gastos bajo este esquema, podrn
utilizar dicha informacin a efecto de realizar la integracin y presentacin de su declaracin.
CFF 28
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Deduccin de consumos de gasolina para
Contribuyentes RIF
Opcin para realizar el pago en efectivo por la adquisicin de gasolina para los contribuyentes
que tributan en el RIF
I.3.12.6. Para los efectos de los artculos 111, quinto prrafo y 112, fraccin V en relacin con el
artculo 27, fraccin III, segundo prrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que tributen en el
Ttulo IV, Captulo II, Seccin II de la citada Ley, podrn efectuar la deduccin de las erogaciones
pagadas en efectivo cuyo monto sea igual o inferior a $ 2,000.00, por la adquisicin de
combustible para vehculos martimos, areos y terrestres que utilicen para realizar su actividad,
siempre que dichas operaciones estn amparadas con el CFDI correspondiente, por cada
adquisicin realizada.125
LISR 27, 111,112
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Exencin de I.V.A. para R.I.F. en Ejercicio 2014
DECRETO que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas
de simplificacin administrativa. DOF: 26/12/2013Sptimo. Por el ejercicio fiscal de 2014, los contribuyentes personas fsicas que nicamente
realicen actos o actividades con el pblico en general,que opten por tributar en el Rgimen deIncorporacin Fiscal, y cumplan con las obligaciones que se establecen en dicho rgimen, podrn optarpor aplicar los siguientes estmulos fiscales:
I. Una cantidad equivalente al 100% del impuesto al valor agregado.Los contribuyentes mencionados en este artculo podrn optar por aplicar el estmulo fiscal a que se refiere estafraccin, siempre que no trasladen el IVA a sus clientes
II. Una cantidad equivalente al 100% del impuesto especial sobre produccin y serviciosLos contribuyentes mencionados en este artculo podrn optar por aplicar el estmulo fiscal a que se refiere esta
fraccin, siempre que no trasladen a sus clientes el IEPS
Nota: Esta exencin no quita la elimina la obligacin de emitir CFDI ni presentardeclaraciones bimestrales
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Aplica D.I.O.T. en Contribuyentes R.I.F.?
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Suma de Beneficios RIF
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Decreto de Beneficios Fiscales para Rgimen deIncorporacin Fiscal ejercicio 2015
DECRETO por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el Rgimen de
Incorporacin Fiscal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Presidencia de la Repblica.
ENRIQUE PEA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de lafacultad que me confiere el artculo 89, fraccin I de la Constitucin Poltica de los Estados
Unidos Mexicanos, con fundamento en los artculos 31 de la Ley Orgnica de laAdministracin Pblica Federal y 39, fracciones II y III, del Cdigo Fiscal de la Federacin,
10 septiembre 2014
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EL CONSIDERANDO SE RECONOCE:
LA LIMITADA CAPACIDAD ADMINISTRATIVA PARA CUMPLIR ADMINISTRATIVAMENTECON EL CONTROL Y CALCULO DEL IVA Y EL IEPS.
EMITIR LA FACILIDAD SOBRE LAS OPERACIONES CON PUBLICO EN GENERAL.
ESTABLECER % ESPECIALES DE TASA DE IVA Y DE IEPS SOBRE ESTASOPERACIONES.
ADICIONALMENTE A ESTE IMPUESTO, PERMITIR UNA DISMINUCION QUEDECRECERA DURANTE EL PERIODO QUE PERMANEZCA EN ESTE REGIMEN.
UN ESTIMULO DEL 100% POR TODO EL PERIODO DE ESTANCIA EN EL RIF PARA LOSCONTRIBUYENTES CON INGRESOS MENORES A $100,000
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Resumen DECRETO RIF 2015
No pago de IVA e IEPS para RIF coningresos menores a $100,000 por ao
Calculo opcional del IVA y el IEPS por losingresos obtenidos con pblico en general
Estmulo fiscal del IVA e IEPS por pagarde ingresos con pblico en general
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Artculo Primero.Los contribuyentes personas fsicas que
opten por tributar en el Rgimen de Incorporacin Fiscal,previsto en la Seccin II del Captulo II del Ttulo IV de la Leydel Impuesto sobre la Renta y cumplan con las obligacionesque se establecen en dicho rgimen durante el periodoque permanezcan en el mismo, por las actividades que
realicen con el pblico en general, podrn optar porpagar el impuesto al valor agregado y el impuesto especialsobre produccin y servicios, que, en su caso, corresponda alas actividades mencionadas, en la forma siguiente:
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I. Se aplicarn los porcentajes que a continuacin se listan al monto delas contraprestaciones efectivamente cobradas por las actividades afectasal pago del impuesto al valor agregado en el bimestre de que se trate,considerando el giro o actividad a la que se dedique el contribuyente,conforme a la siguiente:
Sector econmico
Porcentaje
IVA
(%)
1
Minera
8.0
2
Manufacturas y/o construccin
6.0
3 Comercio (incluye arrendamiento de bienes muebles) 2.0
4
Prestacin de servicios (incluye restaurantes, fondas, bares y dems negociossimilaresen que se proporcionen servicios de alimentos y bebidas)
8.0
5
Negocios dedicados nicamente a la venta de alimentos y/o medicinas
0.0
Actividades en 2 oms sectores se
aplicar el % por sectorpreponderante
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II. Se aplicarn los porcentajes que a continuacin se listan al monto de lascontraprestaciones efectivamente cobradas por las actividades afectas al pago del impuesto especial
sobre produccin y servicios en el bimestre de que se trate, considerando el tipo de bienes enajenados porel contribuyente, conforme a la siguiente:
Tabla de porcentajes para determinar el IEPS a pagar
Descripcin
Porcentaje
IEPS
(%)
Alimentos no bsicos de alta densidad calrica (Ejemplo: dulces, chocolates, botanas,galletas, pastelillos, pan dulce, paletas, helados) (cuando el contribuyente seacomercializador)
1.0
Alimentos no bsicos de alta densidad calrica (Ejemplo: dulces, chocolates, botanas,galletas, pastelillos, pan dulce, paletas, helados) (cuando el contribuyente sea fabricante) 3.0
Bebidas alcohlicas (no incluye cerveza) (cuando el contribuyente sea comercializador)
10.0Bebidas alcohlicas (no incluye cerveza) (cuando el contribuyente sea fabricante) 21.0Bebidas saborizadas (cuando el contribuyente sea fabricante) 4.0Cerveza (cuando el contribuyente sea fabricante) 10.0Plaguicidas (cuando el contribuyente sea fabricante o comercializador) 1.0Puros y otros tabacos hechos enteramente a mano (cuando el contribuyente sea fabricante)
23.0
Tabacos en general (cuando el contribuyente sea fabricante) 120.0
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III. El resultado obtenido conforme a las fracciones I y II de este artculo ser el monto delimpuesto al valor agregado o del impuesto especial sobre produccin y servicios, en su caso, a
pagar por las actividades realizadas con el pblico en general, sin que procedaacreditamiento alguno por concepto de impuestos trasladados alcontribuyente.
IV. El pago bimestral del impuesto al valor agregado y del impuesto especial sobre producciny servicios deber realizarse por los perodos y en los plazos establecidos en los artculos 5o.-E de la
Ley del Impuesto al Valor Agregado y 5o.-D de la Ley del Impuesto Especial sobre Produccin y Servicios.
...........................................................................
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Artculo Segundo.Los contribuyentes a que se refiereel presente Decreto, por las actividades realizadas con el
pblico en general en las que determinen el impuesto alvalor agregado y el impuesto especial sobre produccin yservicios con el esquema de porcentajes a que se refiere el
Artculo Primero de este Decreto, podrn aplicar unestmulo fiscal en la forma siguiente:
I. A los impuestos al valor agregado y especial sobreproduccin y servicios determinados mediante la aplicacinde los porcentajes a que se refiere el artculo anterior, se le
aplicarn los porcentajes de reduccin que se citana continuacin, segn corresponda al nmero de aosque tenga el contribuyente tributando en el Rgimen deIncorporacin Fiscal:
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DECRETO DEL 10 DE SEPTIEMBRE 2014
CALCULO IVA BIMES TRAL CALCULO 2015
VENTAS AL PUBLICO EN GENERAL 80,583.00 SEGUNDO PARRAFO, ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO
VENTAS AL IVA 16% 7,327.59 TERCER PARRAFO PARRAFO, ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO
VENTAS TOTALES 87,910.59
IVA PUBLICO EN GENERAL 8% 6,446.64 FRACCION I Y SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO
(*) REDUCCION 90% 5,801.98 FRACCION I Y II DEL ARTICULO SEGUNDO DEL DECRETO
(=) IVA PUBLICO EN GENERAL 644.66
IVA PUBLICO EN GENERAL 644.66
(+) IVA 16 % 1,172.41
IVA POR PAGAR 1,817.08 TERCER PARRAFO, ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO
Ejemplo clculo IVA RIF 2015Parte 1 de 2
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COMPRAS Y GASTOS AL 16% 11,204.09
COMPRAS AL 0% 15,955.7227,159.81
IVA POR ACREDITAR 16% 1,792.65
(+) RET DE IVA DEL MES 0.00
(=) IVA ACREDITABLE 1,792.65
(*) PORCENTAJE DE ACREDITAMIENTO 9.1% CUARTO PARRAFO, ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO
(=) IVA EFECTIVAMENTE ACREDITABLE 163.01
IVA POR PAGAR 1,817$
(-) IVA ACREDITABLE 163$
(=) IVA A CARGO DE 2015 1,654$
Ejemplo clculo IVA RIF 2015Parte 2 de 2
C d ti d d IVA RIF
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Ej. 2013
Exento al100%
REPECOS
Ej. 2014
EstmuloFiscal 100%ingresos conpblico engeneral
Pago de IVAfacturado aclientes
RIF
Ej. 2015
EstmuloFiscal parcialpor tipo deactividadescon ingresoscon pblicoen general
Pago de IVAfacturado aclientes
RIF
Cuadro comparativo de pago de IVA RIF2013/2015
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Ejercicio: Elaborar clculo de pago de IVA RIF2014/2015
JUL Y AGO
( + ) INGRESOS TASA 16% 60,508
( + ) INGRESOS TASA 0% 35,449
TOTAL INGRESOS 95,957
IVA ACREDITABLEPAGADO A PROVEEDORES $3,066
Determinar:
1 - IVA Cobrado
2- IVA Acreditable3- IVA por Pagar del periodo (mecnica 2014 y 2015)
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El IEPS y la Reforma Hacendaria
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I.2.8.2. Para los efectos del artculo 28, fraccin III del CFF, los contribuyentes del RIF,
DEBERNingresar a la aplicacin electrnica Sistemade Registro FiscalMiscuentas,disponible a travs de la pgina de Internet del SAT, para lo cual debern utilizar su RFCy Contrasea. El resto de las personas fsicas PODRNoptar por utilizar el sistema dereferencia.
Una vez que se haya ingresado a la aplicacin, los contribuyentes capturarn los datoscorrespondientes a sus ingresos y gastos, teniendo la opcin de emitir loscomprobantes fiscales respectivos en la misma aplicacin. Los ingresos ygastos amparados por un CFDI, se registrarn de forma automtica en lacitada aplicacin, POR LO QUE NICAMENTE DEBERN CAPTURARSE AQULLOSQUE NO SE ENCUENTREN SUSTENTADOS EN DICHOS COMPROBANTES.
En dicha aplicacin podrn consultarse tanto la relacin de ingresos y gastoscapturados, como los comprobantes fiscales emitidos por este y otros medios.
Los contribuyentes que presenten sus registros de ingresos y gastos bajo este esquema,podrn utilizar dicha informacin a efecto de realizar la integracin y presentacin de sudeclaracin.
Referenc ia: 1-A R.M DOF Marzo 13 de 2014
SISTEMA DE REGISTRO FISCAL
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ACCESO A MIS CUENTAS
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MI CONTABILIDAD
El registro de los ingresos que deber
realizar el RIF se har nicamente sobre losingresos no elaborados a travs de un CFDI,por lo que prcticamente, lo nico que se vaa capturar en su caso, son los ingresos porlos cuales se expidieron comprobantesimpresos con cdigo de barras bidimensional(CBB) o comprobantes fiscales digitales(CFD) en los primeros tres meses del ao,que comprende, enero, febrero y marzo de
2014 toda vez que, pudieron haber emitidocualquiera de estos 2 tipos de comprobantesdada la facilidad prevista para algunoscontribuyentes en el artculo cuadragsimocuarto transitorio de la Resolucinmiscelnea fiscal para 2014 en caso que elcontribuyente se hubiera ubicado en elsupuesto de no haber obtenido ingresossuperiores a $ 500,000.00 en el ltimo
ejercicio fiscal declarado.
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Decreto por el que se otorgan estmulos parapromover la incorporacin a la seguridad social
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Requisitos de aplicacin - Art. Tercero
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q p
Art. Cuarto: Lossujetos de
subsidio debencumplir con leyy ACUERDOS
DE CONSEJOS
TCNICOS
P j d b idi
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Porcentajes de subsidioArt. Sexto
T i i d l b idi
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Terminacin del subsidioArt. Noveno
A d IMSS RIF M t 1 d J li d 2014
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Acuerdo IMSS RIF Martes 1 de Julio de 2014
4. SUJETOS DEL SUBSIDIO
4.1 Como incorporacin voluntaria al Rgimen Obligatorio del Seguro Social
4.2 Como sujetos que deben ser inscritos al Rgimen Obligatorio del Seguro Social
4.3 Sujetos de aseguramiento con historia fiscal.Los patrones personas fsicas que tributaron en el Rgimen de PequeosContribuyentes establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, vigente al31 de diciembre de 2013, as como sus trabajadores, que a la fecha deentrada en vigor de este Decreto estn registrados ante el IMSS o elINFONAVIT y enteren las contribuciones de seguridad social
correspondientes; siempre y cuando hayan cumplido a ms tardar el 15 defebrero de 2014 con la presentacin de la Declaracin informativacorrespondiente al ejercicio 2013, en trminos del artculo 118, fraccin V, dela Ley del Impuesto Sobre la Renta, vigente hasta el 31 de diciembre de2013.
A d IMSS RIF M t 1 d J li d 2014
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Acuerdo IMSS RIF Martes 1 de Julio de 2014
5. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD.
Los sujetos de subsidio que soliciten su adhesin al Decreto debern cumplir, en la fecha de su solicitud,
con los requisitos siguientes:
5.1 Que la persona fsica tribute en el Rgimen de Incorporacin Fiscal.
5.2 Que no hayan cotizado al Seguro Social o aportado al Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores, durante los veinticuatro meses previos a la fecha de presentacin de la solicitud
del subsidio.5.3 Que no hayan cotizado al Seguro Social ni recibido aportaciones en su subcuenta de vivienda
en trminos de la Ley del INFONAVIT, durante los veinticuatro meses previos a la fecha de
presentacin.
5.4 Que no cuenten con un Nmero de Registro Patronal asociado a su RFC que haya causado
baja como no localizado, de conformidad con lo establecido en el artculo 251 Fraccin XI de
la LSS.5.5 No haber sido sujeto del beneficio que otorga el Decreto previo a la solicitud
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* ENSEGUIDA EL SISTEMA
INDICA SI ES APTO O NOPARA EL BENEFICIO
* EN CASO DE SER APTO,SE INTRODUCE LA FIEL Y EL
SISTEMA, TARDAALREDEDOR DE 5 MINUTOSEN HACER TODO ELPRECEDIMIENTO
* AL FINAL, LE DAN UNACUCE DE RECIBIDO YHECHO EL TRAMITE
Cruzarn datos SAT e IMSS contra "doble
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Cruzarn datos SAT e IMSS contra doblenmina" en el RIF
Ciudad de Mxico.- El jefe del SAT, Aristteles Nez Snchez, seal que se aplicarn candados en
la integracin de los trabajadores del pequeo comercio al programa de seguridad social del Rgimen deIncorporacin Fiscal (RIF), a fin de evitar la conocida como "doble nmina", por lo que el SAT y el InstitutoMexicano del Seguro Social (IMSS) cruzarn bases de datos a fin de evitar malas prcticas y evasin fiscal.
Desde que empez la actual administracin, dijo, el SAT y el IMSS trabajan en el cruce de informacinpara homologar bases de datos, a fin de evitar que se realicen prcticas indebidas; sin embargo, existe unainiciativa en el Congreso, que est por aprobarse en ambas Cmaras, para poder homologar las bases dedatos a fin de que sea una misma base gravable, lo que representa un gran cambio.
De esta manera se determinarn diferencias, adems de que el SAT en el caso de la nmina alcontribuyente comn, que est al corriente en sus impuestos, representar la oportunidad de que siincrementa su nmina, sta sea deducible y entonces paga menos ISR.
Asimismo, el funcionario seal que se aplicar otro candado en la nmina timbrada, una vez que en lareforma se establece que en el RIF se contar con la informacin para evitar que los empresarios den de
baja a un trabajador y posteriormente lo incorporen de nuevo, una vez que el trabajador deber comprobarque ha estado 24 meses sin cotizar en el IMSS.
Hoy en da, las bases de datos para calcular las cuotas de seguridad social son distintas de las que se
ocupan para calcular las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
P i i l d l RIF
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Principales errores de los RIF
1- No presentar las declaraciones en tiempoy forma
2- Falta de control de CFDI de gastos ycompras (contra Mis Cuentas)
3- Emisin de CFDI por ventas al pblico engeneral fuera de plazo
4- Emisin de CFDI por ventas al pblico engeneral con IVA DESGLOSADO
5- No emisin de cheques o transferenciasen pagos mayores a $2.000.00
6- Riesgos de Discrepancia Fiscal
Recomendaciones:
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Recomendaciones:
1- Adecuar mi sistema de facturacin y de control de comprobantes de
deducciones (Mis Cuentas)
2- Analizar mi situacin fiscal actual
3- Evaluar el impacto de la Reforma Fiscal 2014 y 2015 en mi empresa
4- Revisar la emisin correcta de comprobantes fiscales (archivos XML)
5- Cumplir con las obligaciones fiscales en tiempo y forma
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