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GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL
Generalidades de la Evaluación: México
Agosto 2017
Antecedentes
• GAFI tiene el objeto, entre otros, de emitir los estándares internacionales en materia de
PLD/FT y realizar las evaluaciones a los países miembros (37) sobre la implementación de los
estándares en sus sistemas, para lo cual puede apoyarse del Banco Mundial y del Fondo
Monetario Internacional (FMI).
• Actualmente se está realizando la 4ta ronda de evaluaciones y se adicionó que los países
deben contar con sistemas efectivos en la materia.
• La última evaluación a México fue realizada por el FMI en 2008 y debido a sus deficiencias
estaba sujeto a un régimen de seguimiento reforzado por parte del GAFI, el cual con la
tipificación del delito de financiamiento al terrorismo en el Código Penal Federal terminó
dicho seguimiento.
• La cuarta evaluación a México es realizada por el FMI e inició en 2016, para lo cual se
entregaron cuestionarios de cumplimiento técnico y de efectividad, así como la evaluación
nacional de riesgo.
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Generalidades• El conocimiento y mitigación efectiva de los riesgos de LD/FT son de vital importancia para la
evaluación (Recomendación 1).
• El riesgo, la materialidad y los factores estructurales o contextuales pueden, en algunos
casos, explicar el motivo del cumplimiento o no de un país, o por qué el nivel de la
efectividad de un país es mayor o menor de lo que se podría esperar, sobre la base del nivel
del cumplimiento técnico en el país.
• Los evaluadores consideran cuestiones de materialidad, importancia relativa de los diferentes
tipos de productos o instituciones financieras, cantidad de negocios que son nacionales o
transfronterizos, la medida en que la economía está basada en el efectivo, y las estimaciones
del tamaño del sector informal.
• Asimismo, deben considerar los riesgos, los problemas de la materialidad, elementos
estructurales y otros factores contextuales, para llegar a una comprensión general del
contexto en el que funciona el sistema de PLD/FT del país. 3
Estructura
EVALUACIÓN
TécnicaEl objeto es verificar que el marconormativo del país cumpla con las 40Recomendaciones y sus notasinterpretativas.
Efectividad
Evalúa la idoneidad de laimplementación de lasRecomendaciones del GAFI, e identificael grado en que un país alcanza unconjunto definido de resultados queson fundamentales para un sólidosistema de PLD/FT.
• En 2013, el GAFI emitió la metodología conforme la cual el GAFI o elorganismo evaluador de que se trate debe conducir su evaluación, la cual sedivide en la parte técnica y la de efectividad.
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Cumplido
(C)•No existe ni
una deficiencia.
Mayormente Cumplido
(MC)
• Solo existen deficiencias menores
Parcialmente Cumplido
(PC)
•Existen deficiencias moderadas
No Cumplido
(NC)
•Existen deficiencias importantes
No Aplicable
(NA)•Un requisito no
se aplica
CalificacionesTécnicas
• GAFI evalúa el marco normativo y porende no evalúa al sector privado.
*Por excepción, una recomendación puedeser clasificada como no aplicable, debidoal contexto del país.
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CalificacionesEfectividad
• GAFI evalúa la efectividad principalmente sobre la base de 11 resultadosinmediatos.
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CALIFICACIONES DE EFECTIVIDAD
Nivel alto deefectividad
El Resultado Inmediato se ha logrado en granmedida. Pocas mejoras son necesarias.
Nivel Substancialde efectividad
El Resultado Inmediato se ha logrado. Se requiereunas mejoras moderadas.
Nivel moderadode efectividad
Hasta cierto grado se logra el Resultado Inmediato.Se requiere unas mejoras considerables.
Nivel bajo deefectividad
No se logra el Resultado Inmediato o se logra degrado insignificante. Se requieren unas mejorasfundamentales.
EvaluaciónEfectividad
• Respecto de la evaluación técnica, GAFI realiza entrevistas principalmente
con las instituciones públicas encargadas de prevenir y perseguir el LD/FT.
• Sin embargo, dicho organismo solicita entrevistas con las entidades
financieras y empresas que realizan actividades vulnerables con la
finalidad de verificar si el marco normativo en materia de PLD/FT se
implementa efectivamente.
• El resultado inmediato que utiliza GAFI en las entrevistas que realiza al
sector privado es el 4.
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Resultado Inmediato 4
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Cuestiones Fundamentales a considerar para determinar si el Resultado se está alcanzando
4.1. ¿Cuán bien las instituciones financieras entienden sus riesgos de LD/FT y susobligaciones en materia de PLD/FT?
4.2. ¿Cuán bien las instituciones financieras aplican medidas de mitigaciónproporcionales a sus riesgos?
4.3. ¿Cuán bien las instituciones financieras aplican las medidas de DDC y demantenimiento de registros (incluida la información sobre el beneficiario real y elmonitoreo continuo)? ¿En qué medida se rechaza una actividad comercial cuandola DDC está incompleta?
• Las cuestiones fundamentales que consideran los evaluadores en este resultado inmediato son los siguientes:
Resultado Inmediato 4
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Cuestiones Fundamentales a considerar para determinar si el Resultado se está alcanzando
4.4. ¿Cuán bien las instituciones financieras aplican medidas intensificadas oespecíficas para: (a) las personas políticamente expuestas, (b) nuevas tecnologías,(c) sanciones financieras focalizadas relativas al FT, y (d) países de mayor riesgoidentificados por el GAFI?
4.5. ¿En qué medida las instituciones financieras cumplen con sus obligacionesreferidas al reporte sobre presuntos activos y fondos del crimen para apoyar elterrorismo? ¿Cuáles son las medidas prácticas para impedir la revelación (tipping-off)?
4.6. ¿Cuán bien las instituciones financieras aplican controles y procedimientosinternos para asegurar el cumplimiento con los requisitos PLD/FT? ¿En qué medidaexisten requisitos legales o normativos (ej.: secreto financiero) que impiden suimplementación?
40 recomendaciones
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LAS 40 RECOMENDACIONES
A. Políticas y Coordinación Antilavado de Activos / Contra el Financiamiento del Terrorismo (ALA/CFT).
8. Organizaciones sin fines de lucro.
1. Evaluación de riegos y aplicación de un enfoque basado en riesgo.
D. Medidas Preventivas.
2. Cooperación y coordinación nacional. 9. Leyes sobre el secreto de las instituciones financieras.
B. Lavado de Activos y Decomisos . Debida diligencia y mantenimiento de registros.
3. Delito de lavado de activos. 10. Debida diligencia del cliente.
4. Decomiso y medidas provisionales. 11. Mantenimiento de registros.
C. Financiamiento del Terrorismo y financiamiento de la proliferación.
12. Personas expuestas políticamente.
5. Delito de financiamiento del terrorismo. 13. Banca corresponsal.
6. Sanciones financieras dirigidas relacionadas al terrorismo y al financiamiento del terrorismo.
14. Servicios de transferencia de dinero o valores.
7. Sanciones financieras dirigidas relacionadas a la proliferación.
15.Nuevas tecnologías.
6.- Las recomendaciones del GAFI, Febrero 2012
40 recomendaciones
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LAS 40 RECOMENDACIONES
16. Transferencias electrónicas. E. Transparencia y Beneficiario final de Personas Jurídicas y otras estructuras jurídicas.
Dependencias, controles y grupos financieros. 24. Transparencia y beneficiario final de otras personas jurídicas.
17. Dependencia en terceros. 25. Tranparencia y beneficiario final de otras estructuras jurídicas.
18. Controles internos y filiales y subsidiarias. F. Facultades Y Responsabilidades de Autoridades competentes y otras medidas Institucionales.
19. Países de mayor riesgo. 26. Regulación y supervisión de las instituciones financieras.
Reporte de operaciones sospechosas. 27. Facultades de los supervisores.
20. Reporte de operaciones sospechosas. 28. Regulación y supervisión de las APNFD.
21. Revelación y confidencialidad. Operativo y orden publico.
Actividades y profesiones no financieras designadas. 29. Unidades de inteligencia financiera.
22. Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD): debida diligencia del cliente.
30. Responsabilidades de las autoridades de orden público e investigativas.
23. APNFD: Otras medidas. 31. Facultades de las autoridades de orden público e investigativas.
40 recomendaciones
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LAS 40 RECOMENDACIONES
32. Transporte de efectivo G. Cooperación internacional
Requisitos generales 36. Instrumentos internacionales:
33. Estadísticas 37. Asistencia legal mutua
34. Guía y retroalimentación 38. Asistencia legal mutua: congelamiento y decomiso
35. Sanciones 39. Extradición
40. Otras formas de cooperación internacional
Resultados inmediatos
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Resultados intermedios Resultados inmediatos
La política, la
coordinación y la
cooperación mitigan el
lavado de activos y el
financiamiento de los
riesgos de terrorismo.
1. Los riesgos de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo son comprendidos y, en tal caso, se
toman acciones coordinadas a nivel nacional para combatir el lavado de activos y el financiamiento del
terrorismo y, la proliferación. [Relacionado con Recomendaciones 1, 2, 33 y 34]
2. La cooperación internacional ofrece la información adecuada, inteligencia financiera y evidencia, y
facilita la acción contra los criminales y sus bienes. [Relacionado con Recomendaciones 36 a 40, con
elementos de la 9, 24, 25 y 32]
El producto del delito y los
fondos de apoyo al
terrorismo son impedidos
de entrar en los sectores
financieros y en otros
sectores, o son detectados
y reportados por estos
sectores.
3. Los supervisores debidamente supervisan, controlan y regulan a las instituciones financieras y a la
APNFD para garantizar el cumplimiento de los requisitos ALA/CFT conforme a sus riesgos.
[Relacionado con Recomendaciones 14, 26 a 28, 34 y 35, con elementos de la 1 y 40]
4. Las instituciones financieras y APNFD aplican adecuadamente medidas preventivas ALA/CFT acordes
con sus riesgos, y reportan las transacciones sospechosas. [Relacionado con Recomendaciones 9 a 23,
con elementos de la 1, 6 y 29]
5. Se impide el uso indebido de las personas jurídicas y otras estructuras jurídicas para el lavado de
activos o el financiamiento del terrorismo; así como la información sobre su titularidad están a
disposición de las autoridades competentes, sin impedimentos. [Relacionado con Recomendaciones
24 y 25, con elementos de la 1, 10, 37 y 40]
Resultados inmediatos
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Resultados intermedios Resultados inmediatos
Las amenazas de lavado
de activos son detectadas
y desmanteladas, y los
criminales son
sancionados y privados de
ganancias ilícitas. Las
amenazas de
financiamiento del
terrorismo son detectadas
y desmanteladas, los
terroristas se ven privados
de los recursos, y se
sanciona a los que
financian el terrorismo;
contribuyendo así, a la
prevención de actos
terroristas.
6. Las autoridades competentes utilizan adecuadamente la inteligencia financiera y toda la información
pertinente para investigaciones en materia de lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
[Relacionado con Recomendaciones 29 y 32, con elementos de la 1, 2, 4, 8, 9, 34 y 40]
7. Los delitos y las actividades del lavado de activos son investigados, y sus autores son procesados y
sometidos a sanciones efectivas, proporcionales y disuasorias. [Relacionado con Recomendaciones 3,
30 y 31, con elementos de la 1, 2, 32, 37, 39 y 40]
8. Se confiscan los productos e instrumentos del delito. [Relacionado con Recomendaciones 1, 4 y 32,
con elementos de la 30, 31, 37, 38 y 40]
9. Se investigan los delitos de financiamiento y actividades terroristas, y se procesan a las personas que
financian el terrorismo quienes están sujetas a sanciones efectivas, proporcionales y disuasorias.
[Relacionado con Recomendaciones 5, 30, 31 y 39, con elementos de la 1, 2, 32, 37 y 40]
10. Se impiden a los terroristas, organizaciones terroristas y financiadores del terrorismo a obtener,
transportar y utilizar activos, y a usar indebidamente el sector de organizaciones sin fines de lucro.
[Relacionado con Recomendaciones 1, 4, 6 y 8, con elementos de 14, 16, 30 a 32, 37, 38 y 40]
11. Se les impide a las personas y entidades implicadas en la proliferación de armas de destrucción masiva
a obtener, transferir y utilizar fondos, de conformidad con las Resoluciones del Consejo de Naciones
Unidas relevantes. [Relacionado con Recomendación 7, con elementos de la 2]
Implicaciones a nivel país
Lista de países
Riesgo reputacional
Inversión extranjera
Bancos extranjeros
Devaluación de la
moneda
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