Post on 25-Jun-2015
Mobbing: Acoso psicológico en el contexto laboral.
Expositores:
Paulina Chávez G.
Juan José Barrios S.
Mª Angélica Infante Ch.
Temario.
Origen del mobbing. Definiciones de mobbing. Elementos distintivos del mobbing. Tipos de mobbing. Fases del mobbing. Fenómenos que dificultan la detección del mobbing. Consideraciones del perfil de la víctima y del victimario. Principales consecuencias del mobbing. Modelos teóricos en relación al mobbing. Mobbing en la legislación Chilena y sus avances. Bibliografía. 2
Origen del mobbing.
Etólogo, Konrad Lorenz.
Observación Especies animales.
Psiquiatra Heinz Leymann 80`.
Sistematizó estudios concepto : Ámbito organizacional.
Etimología de mobbing:
«To mob» : Implica asediar, atropellar, acosar, atacar, maltratar en
masa a un individuo.
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Definiciones de mobbing.
Ejerce violencia psicológica extrema.
Leymann (1990): De forma sistemática (1semana) durante mínimo 6 meses.
Finalidad destruir sus redes de comunicación, reputación, perturbar ejercicios de las labores.
Abandone el lugar de trabajo.
Definiciones de mobbing.
Conducta abusiva.
Hirigoyen (2001): Atenta por su repetición a la
dignidad, integridad psicológica.
Degrada el clima de trabajo.
Definiciones de mobbing.
Continuo y deliberado maltrato verbal y modal que recibe un trabajador por parte de otro.
Piñuel (2001):
Lograr su aniquilación o destrucción psicológica.
Conseguir la salida del trabajador.
Elementos distintivos del mobbing.
Existen 3 elementos para la configuración del mobbing (Piñuel, 2001):
a) Conductas de acoso u hostigamiento que se repiten sobre una
misma persona.
b) Las conductas de acoso se presentan con una frecuencia de al
menos una vez por la semana.
c) A partir del sexto mes tienden a aparecer los primeros daños
psicológicos.
Tipos de mobbing.
El mobbing puede reflejarse de diferentes formas dentro de las
organizaciones:
a) Ascendente.
b) Descendente.
c) Horizontal
Fases del mobbing.
Parés (2002), describe 7 fases en el desarrollo del acoso psicológico
laboral:
a) Seducción.
b) Conflicto.
c) Acoso.
d) Entorno.
e) Intervención de la empresa.
f) Exclusión.
g) Recuperación.
Fenómenos que dificultan la detección del mobbing.
Existen dos mecanismos (Piñuel y Oñate, 2006):
a) Mecanismo de inflación: Este mecanismo tiende a incrementar el
número de aquellos que manifiestan ser víctimas de acoso psicológico
laboral, sin embargo no existe un correlato de conductas de
hostigamiento frecuente y sistemático que ellos manifiestan.
b) Mecanismo de minusvaloración: En este mecanismo se encuentran
a las personas que no señalan ser víctimas a pesar de que se reúnen
todos los criterios.
Consideraciones del perfil victima - victimario.
No existen estudios concluyentes que describan una personalidad única del acosador (Colón 2007).
La imagen que proyecta el agresor frente al entorno es positiva (Luna, 2003).
Piñuel (2003) denomina al acosador como un «psicópata organizacional», que tiende a manipular su entorno para conseguir aliados y el silencio de estos frente a situaciones de acoso.
Consideraciones del perfil victima - victimario.
Fernández (2002), «organizaciones consentidoras».
Piñuel (2005), «organizaciones tóxicas».
Principales consecuencias del mobbing.
Victima y organización (Trujillo, 2007).
Estrés.
Enfermedades psicosomáticas.
Victima: Trastornos del sueño.
Fobias.
Síndrome de Burnout.
Principales consecuencias del mobbing.
Reducción de la eficiencia,
rendimientos y rentabilidad.
Organización:
Pérdida del compromiso org.
Aumento de ausentismo, licencias.
Modelos teóricos en relación al mobbing.
Burocracia. Competitividad.
Rigidez. P. No éticas.
Desorganización. Autoritarismo.
Caos. Inseguridad.
Sobrecarga laboral. Desconfianza.
Pd. Paranoide Pd. Psicopática Pd. Narcisista.
FACTORES SITUACIONALES.Secreto en los actos Venganza en la víctima Testigos mudos.
MOBBING
Modelos teóricos en relación al mobbing.
Modelo de la Psicología Social (Corsi y Peyrú, 2003).
Al abordar el estudio del mobbing como un tipo de violencia social
(en organizaciones, violencia laboral) plantean la existencia de una
serie de procesos psicosociales facilitadores de la violencia que
propician el surgimiento y la reproducción de la violencia y que
por lo tanto, también actúan en el surgimiento y reproducción del
mobbing. Estos son la invisibilización, la naturalización, la
insensibilización y el encubrimiento (Blasco, 2003).
Modelos teóricos en relación al mobbing.
Estos procesos se ven apoyados por una serie de
operaciones facilitadoras de la violencia, que son
mecanismos más flexibles y concretos, como: negar la
propia vulnerabilidad, subrayar las diferencias
exagerándolas, definir con rigidez los campos de lealtades y
deslealtades, minimizar los costos humanos y materiales que
genera la violencia y la negación de ésta.
Modelos teóricos en relación al mobbing.
FACTORES DE RIESGO
PSICOSOCIAL.
Falta de control:Influencia;Claridad en el rol,Inseguridad;Falta de apoyo social
Intención.
Frecuencia
Focalización
Sutileza.
Ansiedad;
Depresión;
Insomnio;
Aislamiento;
Baja autoestima.
ACOSO DAÑO A LA SALUD.
Mobbing en la legislación chilena.
En Chile existen herramientas legales que pueden contribuir al
abordaje del acoso laboral (Carvajal, 2008).
a) D.S. (decreto supremo) N°40 “Reglamento sobre
prevención de riesgos profesionales”, en el artículo 21,
Derecho a saber (Ley 16.774).
b) Más de 25 trabajadores, Comité Paritario de Higiene y
Seguridad (CPHS).
Mobbing en la legislación chilena.
c) Así también el Código del Trabajo en el artículo 2° dice:
“las relaciones laborales deberán siempre fundarse en
un trato compatible con la dignidad de la persona.”
(Ley, 18.620).
Avances legislativos.
- Acoso sexual: el 18 de marzo de 2005 se publicó la Ley
20.005, que tipifica y sanciona el acoso sexual (Biblioteca
Congreso Nacional).
- Estatuto Administrativo: la Ley 18.883 dirigida a
funcionarios municipales, en el artículo 82.
Avances legislativos.
Proyecto de ley (en trámite desde el 2005): Diputados Adriana
Muñoz, Ximena Vidal, Fidel Espinoza y Enrique Jaramillo,
proponen incorporar al Código del Trabajo, a la ley Nº 18.834,
sobre Estatuto Administrativo y a la ley Nº 18.883, que aprueba el
Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, normas que
instauren un sistema de protección y sanción frente a las prácticas
de acoso laboral (Boletín Nº 3.198-13, Boletín N° 6212‑13,
Biblioteca Congreso Nacional).
Fin de la presentación.