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ICMA – Ingenieros Consultores Medio Ambiente, S.L.
c/ Dr. Ramón Castroviejo, 61 – 28035 Madrid
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PLAN ESPECIAL DE INICIATIVA MUNICIPAL
PARA LA ADAPTACIÓN DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE DOTACIONES Y EQUIPAMIENTOS EN EL SECTOR “AR NUEVO TRES CANTOS” EN EL ÁMBITO DE LA
PARCELA R.G.E. 4b. TRES CANTOS (MADRID)
DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO PARA LA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA
PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS
Julio 2017
Documento Ambiental Estratégico del Plan Especial para la adaptación del programa municipal de dotaciones y equipamientos en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en parcela R.G.E. 4b, de Tres Cantos (Madrid)
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DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
PLAN ESPECIAL DE INICIATIVA MUNICIPAL
PARA LA ADAPTACIÓN DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE DOTACIONES Y EQUIPAMIENTOS EN EL SECTOR
“AR NUEVO TRES CANTOS” EN EL ÁMBITO DE LA PARCELA R.G.E. 4b.
TRES CANTOS (MADRID)
Indice General del Documento:
Hoja de Identificacion
Memoria
Anexos a la Memoria
Documento Ambiental Estratégico del P.E. para la adaptación del programa municipal de dotaciones y equipamientos en Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en parcela R.G.E. 4b, de Tres Cantos (Madrid)
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HOJA DE IDENTIFICACIÓN
DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
PLAN ESPECIAL PARA LA ADAPTACIÓN DEL PROGRAMA MUNICIPAL
DE DOTACIONES Y EQUIPAMIENTOS EN EL SECTOR “AR NUEVO TRES
CANTOS” EN EL ÁMBITO DE LA PARCELA RGE 4b.
TRES CANTOS (MADRID)
Promotor:
Excmo. Ayuntamiento de Tres Cantos
Plaza del Ayuntamiento, 1 28760 Tres Cantos, Madrid
Tel.: 91 293 80 00
CIF: P-2818400J
Consultoría Ambiental:
ICMA-Ingenieros Consultores Medio Ambiente S.L.
Calle Doctor Ramón Castroviejo, 61 Local D, 28035 Madrid
Tel: 91 373 10 00
CIF: B-80272206
En Madrid, a julio de 2017.
El autor:
Íñigo Sobrini Sagaseta de Ilúrdoz
Ingeniero Agrónomo, col.nº. 2452 Ingeniero Téc. Forestal, col.nº. 4703 DNI: 50712129-G
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MEMORIA
ÍNDICE
1 INTRODUCCIÓN ................................................................................................... 7
1.1 Antecedentes .................................................................................................. 7
1.2 Justificación y objeto del Documento Ambiental Estratégico ........................... 8
1.3 Situación geográfica y datos catastrales ......................................................... 9
1.3.1 Situación geográfica ................................................................................ 9
1.3.2 Delimitación del ámbito .......................................................................... 11
1.3.3 Situación catastral ................................................................................. 11
1.4 Requisitos legales......................................................................................... 12
1.4.1 Legislación ambiental ............................................................................ 12
1.5 Glosario de términos y abreviaturas ............................................................. 15
1.5.1 Términos ............................................................................................... 15
1.5.2 Abreviaturas .......................................................................................... 19
2 OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN ................................................................ 20
3 ALCANCE Y CONTENIDO DEL PLAN ESPECIAL ............................................. 20
3.1 Alcance ......................................................................................................... 20
3.2 Conveniencia y motivos de la propuesta ....................................................... 21
3.3 Descripción de la propuesta de Plan Especial .............................................. 23
3.3.1 Estado actual ......................................................................................... 24
3.3.2 Modificaciones propuestas .................................................................... 30
3.3.3 Estado modificado ................................................................................. 32
3.4 Justificación .................................................................................................. 36
3.4.1 Justificación del cumplimiento de las funciones de un plan especial ...... 36
3.4.2 Justificación de la conformidad de la propuesta con los instrumentos de
planeamiento vigentes .......................................................................................... 41
3.4.3 Justificación de la coherencia de la propuesta con los criterios de
ordenación del Plan especial ................................................................................ 42
3.5 Ficha del proyecto de reparcelación de la parcela R.G.E. 4b ........................ 44
3.6 Infraestructuras ............................................................................................. 47
4 DESARROLLO PREVISIBLE DEL PLAN ESPECIAL ......................................... 48
4.1 Desarrollo de la evaluación ambiental del Plan Especial .............................. 48
4.2 Plan de etapas .............................................................................................. 48
5 RELACIÓN CON OTROS PLANES O PROGRAMAS CONEXOS ...................... 48
5.1 Consideración del cambio climático .............................................................. 50
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5.1.1 Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático ................................ 50
5.1.2 Plan Azul +. Estrategia de calidad del aire y cambio climático de la
Comunidad de Madrid 2013-2020 ........................................................................ 54
6 CARACTERIZACIÓN DE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL MEDIO ....................... 56
6.1 Climatología.................................................................................................. 56
6.1.1 Estación meteorológica ......................................................................... 57
6.1.2 Régimen térmico ................................................................................... 57
6.1.3 Régimen hídrico .................................................................................... 59
6.1.4 Índice de humedad ................................................................................ 60
6.1.5 Caracterización bioclimática .................................................................. 61
6.1.6 Régimen de vientos ............................................................................... 64
6.2 Características de la atmosfera .................................................................... 65
6.2.1 Capacidad de dispersión atmosférica .................................................... 65
6.2.2 Niveles de contaminantes atmosféricos ................................................. 66
6.2.3 Niveles acústicos ................................................................................... 69
6.3 Fisiografía y pendientes ................................................................................ 72
6.4 Geología y geomorfología ............................................................................. 73
6.4.1 Marco geológico .................................................................................... 73
6.4.2 Marco geomorfológico ........................................................................... 76
6.5 Suelos .......................................................................................................... 76
6.6 Hidrología ..................................................................................................... 77
6.6.1 Hidrología superficial ............................................................................. 78
6.6.2 Hidrogeología ........................................................................................ 78
6.6.3 Vulnerabilidad a la contaminación ......................................................... 80
6.7 Vegetación ................................................................................................... 82
6.7.1 Biogeografía .......................................................................................... 82
6.7.2 Rasgos generales del clima y de la vegetación potencial arbórea ......... 82
6.7.3 Series de vegetación potencial .............................................................. 83
6.7.4 Vegetación actual .................................................................................. 84
6.8 Fauna ........................................................................................................... 85
6.8.1 Inventario faunístico ............................................................................... 86
6.9 Paisaje .......................................................................................................... 92
6.9.1 Paisaje actual ........................................................................................ 92
6.10 Medio socioeconómico y cultural .................................................................. 94
6.10.1 Población ............................................................................................... 95
6.10.2 Empleo y sectores económicos ............................................................. 97
6.10.3 Patrimonio histórico y artístico ............................................................... 97
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6.10.4 Áreas de interés arqueológico ............................................................... 98
6.11 Figuras de protección y otras áreas de interés ............................................. 98
6.11.1 Parque Regional de la cuenca alta del río Manzanares ......................... 98
6.11.2 Red Natura 2000 ................................................................................... 98
6.11.3 Hábitats de Interés Comunitario............................................................. 99
6.11.4 Reserva de la Biosfera Cuenca Alta del río Manzanares ..................... 100
6.11.5 Vías pecuarias ..................................................................................... 100
6.11.6 Áreas Importantes para las Aves (IBAs) .............................................. 100
6.11.7 Montes preservados ............................................................................ 101
6.11.8 Monte del Pardo .................................................................................. 101
6.11.9 Puntos de Interés Geológico ................................................................ 102
6.12 Riesgos naturales ....................................................................................... 102
6.12.1 Erosión de suelos ................................................................................ 102
6.12.2 Riesgos por expansividad de arcillas ................................................... 104
6.12.3 Riesgo de inundación .......................................................................... 105
7 IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS EFECTOS AMBIENTALES
PREVISIBLES .......................................................................................................... 106
7.1 Metodología empleada para la caracterización y valoración de impactos ... 106
7.2 Acciones del Plan Especial ......................................................................... 109
7.3 Descripción de afecciones ambientales previsibles .................................... 110
7.4 Caracterización y valoración de impactos ................................................... 117
7.5 Fase de planeamiento ................................................................................ 118
7.6 Fase de obra .............................................................................................. 118
7.6.1 Efectos sobre las condiciones atmosféricas......................................... 118
7.6.2 Efectos sobre la geología, geomorfología y suelos .............................. 122
7.6.3 Efectos sobre las aguas ...................................................................... 125
7.6.4 Efectos sobre la vegetación ................................................................. 126
7.6.5 Efectos sobre la fauna ......................................................................... 127
7.6.6 Efectos sobre el paisaje ....................................................................... 129
7.6.7 Efectos sobre el medio socioeconómico y cultural ............................... 130
7.7 Fase de funcionamiento.............................................................................. 133
7.7.1 Efectos sobre las condiciones atmosféricas ........................................ 133
7.7.2 Efectos sobre la geología, geomorfología y los suelos ........................ 136
7.7.3 Efectos sobre las aguas ...................................................................... 137
7.7.4 Efectos sobre la vegetación ................................................................. 138
7.7.5 Efectos sobre la fauna ......................................................................... 139
7.7.6 Efectos sobre el paisaje ....................................................................... 140
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7.7.7 Efectos de tipo socioeconómico y cultural ........................................... 140
7.8 Resumen de impactos ambientales ............................................................ 142
8 EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES SOBRE PLANES SECTORIALES Y
TERRITORIALES CONCURRENTES ...................................................................... 144
8.1 Plan General de Ordenación Urbana de Tres Cantos ................................. 145
8.2 Cambio climático ........................................................................................ 146
9 MOTIVACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EAE
SIMPLIFICADA ........................................................................................................ 147
10 SELECCIÓN Y EXAMEN DE ALTERNATIVAS FACTIBLES ........................ 148
11 MEDIDAS PROTECTORAS, CORRECTORAS O COMPENSATORIAS ...... 151
11.1 Fase de obras ............................................................................................. 152
11.1.1 Calidad del aire .................................................................................... 152
11.1.2 Niveles acústicos ................................................................................. 152
11.1.3 Contaminación lumínica ...................................................................... 153
11.1.4 Geología, geomorfología y suelos ....................................................... 154
11.1.5 Aguas .................................................................................................. 154
11.1.6 Vegetación .......................................................................................... 155
11.1.7 Fauna .................................................................................................. 155
11.1.8 Paisaje................................................................................................. 155
11.1.9 Seguridad vial y paso de vehículos ...................................................... 156
11.1.10 Infraestructuras y equipamientos ..................................................... 156
11.1.11 Patrimonio arqueológico y paleontológico ........................................ 156
11.1.12 Medidas relativas a eficiencia energética ......................................... 157
11.1.13 Gestión de residuos ......................................................................... 159
11.2 Fase de funcionamiento.............................................................................. 159
11.2.1 Calidad del aire .................................................................................... 159
11.2.2 Niveles acústicos ................................................................................. 159
11.2.3 Fauna .................................................................................................. 160
11.2.4 Afección a la población ........................................................................ 160
11.2.5 Gestión de residuos ............................................................................. 160
12 IMPACTOS AMBIENTALES RESIDUALES .................................................. 160
13 MEDIDAS PREVISTAS PARA EL SEGUIMIENTO: PROGRAMA DE
VIGILANCIA AMBIENTAL ....................................................................................... 162
13.1 Fase de obras ............................................................................................. 164
13.1.1 Calidad del aire .................................................................................... 164
13.1.2 Niveles acústicos ................................................................................. 165
13.1.3 Contaminación lumínica ...................................................................... 165
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13.1.4 Geología, geomorfología y suelos ....................................................... 166
13.1.5 Aguas .................................................................................................. 167
13.1.6 Vegetación .......................................................................................... 167
13.1.7 Fauna .................................................................................................. 168
13.1.8 Paisaje................................................................................................. 169
13.1.9 Seguridad vial y paso de vehículos ...................................................... 169
13.1.10 Infraestructuras y equipamientos ..................................................... 169
13.1.11 Patrimonio arqueológico y paleontológico ........................................ 169
13.1.12 Medidas relativas a eficiencia energética ......................................... 170
13.1.13 Gestión de residuos ......................................................................... 170
13.2 Fase de funcionamiento.............................................................................. 170
13.2.1 Calidad del aire .................................................................................... 170
13.2.2 Niveles acústicos ................................................................................. 170
13.2.3 Fauna .................................................................................................. 171
13.2.4 Afección a la población ........................................................................ 171
13.2.5 Gestión de residuos ............................................................................. 171
13.3 Aplicación de nuevas medidas de vigilancia ............................................... 171
14 CONCLUSIÓN ............................................................................................... 172
ANEXO: REPORTAJE FOTOGRÁFICO
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1 INTRODUCCIÓN
1.1 Antecedentes
El Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres Cantos”, actualmente en vigor, fue
aprobado definitivamente por el Pleno municipal el 16 de febrero de 2006 y
posteriormente publicado, tanto el acuerdo como el texto del mismo, en el BOCM nº75
de 29 de marzo de 2006.
El Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres Cantos” establece, en los planos de
ordenación y en los capítulos correspondientes de las Normas Urbanísticas y
Ordenanzas, la concreción sobre el uso al que se destina cada una de las parcelas
pertenecientes a las Redes Local, General y Supramunicipal de Equipamientos. Esta
concreción se realizó atendiendo al Programa Municipal de Equipamientos que en su
día realizó la Corporación municipal.
De acuerdo con las determinaciones del Plan Parcial a la parcela R.G.E. 4b se asignó
un uso pormenorizado deportivo.
No obstante lo anterior, el propio Plan Parcial hace una previsión para que, en función
de las necesidades de la población, la adjudicación de los usos pormenorizados de las
Dotaciones y Equipamientos correspondientes a las Redes Generales y Locales, de
titularidad municipal, puedan ser modificados, en respuesta a posibles nuevas
demandas de la población. Las condiciones previas establecidas por el Plan Parcial
para estas parcelas, deberán ser compatibilizadas con el Programa Municipal de
Equipamientos previsto por el Ayuntamiento de Tres Cantos y el desarrollo de las
mismas, en función de las necesidades sociales, permitirá la corrección y modificación
de tales parámetros mediante las figuras de planeamiento correspondientes en cada
caso.
Otros antecedentes a mencionar son:
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Proyecto de Reparcelación del Sector y Área de Reparto “AR Nuevo Tres
Cantos” aprobado definitivamente el 17 de mayo de 2007.
Plan Especial de Definición y Ordenación de Ejes Comerciales en el Sector
“AR Nuevo Tres Cantos”, aprobado definitivamente el 25 de enero de 2012.
En el año 2012 se aprobó un Plan Especial para la adaptación del Programa Municipal
de Dotaciones y Equipamientos en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en el ámbito de
las Parcelas R.G.E.4a y R.G.E.4b, siendo esta última parcela la que de nuevo se
modifica. Fue aprobado definitivamente el 29 de noviembre de 2012. En dicho Plan
Especial se modificó el uso de la parcela R.G.E.4b, a escolar de primaria/secundaria.
Mencionar como último antecedente el Plan Especial para la Actualización y Mejora de
la Ordenación Urbanística, aprobado definitivamente el 25 de noviembre de 2010 y su
Modificación Puntual aprobada definitivamente el 31 de enero de 2013.
1.2 Justificación y objeto del Documento Ambiental
Estratégico
El presente documento ambiental estratégico se redacta en cumplimiento de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental y la Ley 2/2002, de Evaluación
Ambiental de la Comunidad de Madrid, y sus posteriores modificaciones, parcialmente
derogada por la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y
Administrativas. Disposición Transitoria Primera. Régimen transitorio en materia de
evaluación ambiental.
El principal objetivo de este trabajo es tanto la descripción total del Plan Especial,
como prever e informar sobre las consecuencias ambientales potenciales derivadas
del planeamiento previsto, que pudiera ocasionar sobre los medios físico, biológico y
socioeconómico, así como sobre el paisaje, asociado a la toma de decisiones sobre la
conveniencia o no de desarrollar determinadas acciones de estos planes.
Asimismo, el presente documento permite, una vez valorados sus efectos, establecer
las medidas protectoras y correctoras necesarias para evitar en unos casos y
minimizar en otros, las alteraciones derivadas del planeamiento.
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Los objetivos más relevantes del Documento Ambiental Estratégico son los
siguientes:
Dar cumplimiento a la normativa medioambiental vigente.
Definir, analizar y valorar, desde el punto de vista ambiental, el entorno del ámbito,
entendiéndose el mismo como el espacio físico, biológico y socioeconómico en el
que se va a llevar a cabo el planeamiento urbanístico propuesto y que es
susceptible de sufrir alguna alteración.
Identificar la naturaleza y magnitud de los efectos originados por el planeamiento.
Establecer las medidas cautelares y correctoras que permitan minimizar los
impactos ambientales negativos generados, o aquellas medidas compensatorias en
su caso, así como determinar los impactos residuales después de su aplicación.
Diseñar un Programa de Vigilancia Ambiental que permita realizar un seguimiento y
control de la componente medioambiental.
El fin último no es otro que procurar que la actuación prevista se desarrolle de la
manera más respetuosa posible con las condiciones ambientales del entorno.
1.3 Situación geográfica y datos catastrales
1.3.1 Situación geográfica
Tres Cantos es el municipio más joven de la Comunidad de Madrid y se encuentra
ubicado en el noreste de la misma, en la segunda corona metropolitana, a 21 km de la
capital, en el eje de la carretera M-607. Es una ciudad con una localización privilegiada
y posee un entorno de gran calidad y alto valor ambiental, pues linda con los Montes
del Pardo, por el sur, y el de Viñuelas, por el sudeste.
La finca objeto de este Plan Especial, se localizada en el Sector AR Nuevo Tres
Cantos, al este de la carretera M-607, Autovía de Colmenar. El acceso actual se
realiza desde la Avenida de España del núcleo urbano de Tres Cantos,
aproximadamente a la altura del número 46-A.
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Figura 1.3.1.1.- Plano topográfico de la parcela R.G.E. 4b. Año 2010.
Figura 1.3.1.2.- Ortofoto de la parcela. Año 2014.
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1.3.2 Delimitación del ámbito
El ámbito de actuación lo constituye la parcela denominada R.G.E.4b que está
considerada Red General de titularidad municipal del Sector “Área de Reparto Nuevo
Tres Cantos”, vinculadas al uso y dominio público según disponen el Plan General de
Tres Cantos y el Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres Cantos”.
El ámbito se representa gráficamente en el plano nº 1 del Plan Especial.
Se describen a continuación las características de la parcela R.G.E.4b, tal y como
figuran consideradas en el vigente Plan Especial para la adaptación del Programa
Municipal de Dotaciones y Equipamientos en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en el
ámbito de las Parcelas R.G.E.4a y R.G.E.4b:
PARCELA R.G.E.4b
– Titularidad: Ayuntamiento de Tres Cantos. Dominio Público
– Superficie: 30.159,87 m² (Proyecto de Reparcelación).
– Uso: Dotacional en la categoría de educativo primaria y secundaria.
– Coeficiente de edificabilidad: Según apartado 5.2 de la Ordenanza 6,
“Equipamientos Dotacionales”: 0,72 m²/m²
– Edificabilidad: 21.715,11 m²c
Es importante destacar que este ámbito se encuentra ya urbanizado; se trata por tanto
de un suelo urbano consolidado.
1.3.3 Situación catastral
Según la consulta descriptiva y gráfica realizada en la Oficina Virtual del Catastro de la
Dirección General del Catastro la superficie total catastral de la parcela es de 30.160
m2.
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Figura 1.3.1.1.- Ficha catastral
1.4 Requisitos legales
A continuación se recopila la normativa aplicable durante la fase de implementación y de
funcionamiento del Plan Especial. Se procederá a la revisión periódica de la normativa,
con el fin de incorporar las modificaciones o nuevas normas aparecidas durante la
ejecución del plan.
No se incluye el planeamiento urbanístico vigente pues el mismo se detalla en otros
apartados.
1.4.1 Legislación ambiental
Además de la legislación ambiental vigente, se considerarán como requisitos legales el
condicionado ambiental de las diferentes autorizaciones sectoriales (autorización de
vertido a saneamiento, etc.) y los requisitos ambientales que haya suscrito la empresa
contratada para realizar los controles, etc.
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Normativa referente a Evaluación Ambiental
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
- Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de
Madrid.
- Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Disposición Transitoria Primera. Régimen transitorio en materia de evaluación
ambiental.
Normativa referente a biodiversidad y protección de fauna y flora silvestre
- Real Decreto 1015/2013, de 20 de diciembre, por el que se modifican los
anexos I, II y V de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y
de la Biodiversidad.
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
- Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan
estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017, en
aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de
la Biodiversidad.
- Directiva 92/43/CE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la Conservación de los
Hábitats Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.
- Directiva Aves (2009/147/CE), relativa a la Conservación de las Aves
Silvestres, (versión codificada).
- Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero para el desarrollo del Listado de
Especies Silvestres en régimen de protección Especial y del Catálogo Español
de Especies Amenazadas y posteriores modificaciones.
- Ley 2/1991, de 14 de febrero, para la Protección y Regulación de la Fauna y
Flora Silvestres en la Comunidad de Madrid.
- Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la
Comunidad de Madrid.
- Decreto 18/92 por el que se aprueba el Catálogo Regional de Especies
Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres y se crea la categoría de Árboles
Singulares, y posteriores modificaciones.
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Normativa referente a la atmósfera y al ruido
- Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la
atmósfera y posteriores modificaciones.
- Ley 37/2003, del Ruido.
- Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley
37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y
gestión del ruido ambiental.
- Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones
sonoras de máquinas de uso al aire libre.
- Real Decreto 524/2006, de 28 de abril, por el que modifica el Real decreto
212/2002, por el que se regulan las emisiones sonoras de máquinas de uso al
aire libre.
- Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley
37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica,
objetivos de calidad y emisiones acústicas.
Normativa referente a las aguas
- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Aguas y posteriores modificaciones.
- Real Decreto 849/86, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del
Dominio Público Hidráulico y posteriores modificaciones.
Normativa relativa al suelo
- Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de
actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares
para la declaración de suelos contaminados.
- Decreto 326/1999, de 18 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
regula el régimen jurídico de los suelos contaminados de la Comunidad de
Madrid.
Normativa relativa a los residuos
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- Ley 22/2011, de 28/07/2011, de residuos y suelos contaminados y posteriores
modificaciones.
- Real Decreto 833/1988 de 20 de julio, por el que se desarrolla el reglamento de
residuos tóxicos y peligrosos y posteriores modificaciones.
- Ley 11/1997 de envases y residuos de envases y posteriores modificaciones.
- Real Decreto 782/1998 por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y
ejecución de la Ley 11/1997 de envases y residuos de envases y posteriores
modificaciones.
- Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y
gestión de los residuos de construcción y demolición.
- Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid y
posteriores modificaciones.
- Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.
Normativa relativa al patrimonio cultural
- Ley Autonómica 3/2013, de 18/06/2013, de Patrimonio Histórico de la
Comunidad de Madrid.
Normativa relativa a vías pecuarias
- Ley 3/1995, de23/03/1995, de vías pecuarias.
- Ley Autonómica 8/1998, de 15/06/1998, de vías pecuarias de la Comunidad de
Madrid y posteriores modificaciones.
1.5 Glosario de términos y abreviaturas
1.5.1 Términos
Acción del plan: aquella acción, inherente a las actuaciones derivadas de las
diferentes fases de explotación, mantenimiento de actividad en el planeamiento
propuesto, que puede interactuar con el medio ambiente. Por ejemplo: emisiones
atmosféricas, vertidos al agua, generación de residuos, contaminación del suelo,
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empleo de materias primas y productos naturales, otras cuestiones medioambientales
locales y que afecten a la comunidad, usos del suelo, etc.
Alternativa factible: alternativa del plan con similar funcionalidad, significativamente
distinta y con posibilidades reales de ser materializada en el contexto en el que se
desarrolla.
Efecto medioambiental o impacto ambiental: cualquier cambio en el medio
ambiente, sea adverso o beneficioso, resultante en todo o en parte de las acciones
derivadas de las diferentes fases del planeamiento. El cambio se mide por la variación
del estado de los factores ambientales a lo largo del tiempo, con o sin planeamiento
propuesto.
Efecto Notable (Significativo): Aquel que se manifiesta como una modificación del
medio ambiente, de los recursos naturales, o de sus procesos fundamentales de
funcionamiento, que produzca o pueda producir en el futuro repercusiones apreciables
en los mismos.
Efecto No Significativo: Aquel que puede demostrarse que no es notable.
Efecto Beneficioso: Aquel admitido como tal, tanto por la comunidad técnica y
científica como por la población en general.
Efecto Adverso: Aquel que se traduce en pérdida de valor naturalístico, estético o
cultural, paisajístico, de productividad ecológica, o en aumento de perjuicios derivados
de la contaminación, de la erosión y demás riesgos ambientales en discordancia con la
estructura ecológico-geográfica, el carácter y la personalidad de una localización
determinada.
Efecto directo: Aquel que tiene una incidencia inmediata en algún aspecto ambiental.
Efecto indirecto o secundario: Aquel que supone incidencia inmediata respecto a la
interdependencia o, en general, respecto a la relación de un sector ambiental con otro.
Efecto temporal: Aquel que supone alteración no permanente en el tiempo, con un
plazo temporal de manifestación que puede estimarse o determinarse.
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Efecto permanente: Aquel que supone una alteración indefinida en el tiempo de
factores de acción predominante en la estructura o en la función de los sistemas de
relaciones ecológicas o ambientales presentes en el lugar.
Efecto simple: Aquel que se manifiesta sobre un solo componente ambiental, o cuyo
modo de acción es individualizado, sin consecuencias en la inducción de nuevos
efectos, ni en la de su acumulación, ni en la de su sinergia.
Efecto acumulativo: Aquel que al prolongarse en el tiempo la acción del agente
inductor, incrementa progresivamente su gravedad, al carecerse de mecanismos de
eliminación con efectividad temporal similar a la del incremento del agente causante
del daño.
Efecto sinérgico: Aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la presencia
simultánea de varios agentes supone una incidencia ambiental mayor que el efecto
suma de las incidencias individuales contempladas aisladamente. Asimismo, se
incluye en este tipo aquel efecto cuyo modo de acción induce en el tiempo la aparición
de otros nuevos.
Efecto a corto, medio, y largo plazo: Aquel cuya incidencia puede manifestarse,
respectivamente, dentro del tiempo comprendido en un ciclo anual, antes de cinco
años, o en un período superior.
Efecto Reversible: Aquel en el que la alteración que supone puede ser asimilada por
el entorno de forma mensurable, a medio plazo, debido al funcionamiento de los
procesos naturales de la sucesión ecológica, y de los mecanismos de autodepuración
del medio.
Efecto Irreversible: Aquel que supone la imposibilidad o la dificultad extrema, de
retornar a la anterior a la acción que lo produce.
Efecto recuperable: Aquel en que la alteración o pérdida que supone puede
eliminarse, bien por la acción natural, bien por la acción humana y, asimismo, aquel en
que la alteración supone puede ser reemplazable.
Efecto irrecuperable: Aquel en que la alteración o pérdida que supone es imposible
de reparar o restaurar, tanto por la acción natural como por la humana.
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Efecto periódico: Aquel que se manifiesta con un modo de acción intermitente y
continuo en el tiempo.
Efecto de aparición irregular: Aquel que se manifiesta de forma imprevisible en el
tiempo y cuyas alteraciones es preciso evaluar en función de una probabilidad de
ocurrencia, sobre todo en aquellas circunstancias no periódicas ni continuas, pero de
gravedad excepcional.
Efecto continuo: Aquel que se manifiesta con una alteración constante en el tiempo,
acumulada o no.
Efecto discontinuo: Aquel que se manifiesta a través de alteraciones irregulares o
intermitentes en su permanencia.
Factor ambiental: cualquier componente del medio ambiente que puede ser afectado
por las actuaciones derivadas de las diferentes fases del planeamiento (por ejemplo la
población, la fauna, la flora, el suelo, el agua, el aire, los factores climáticos, los bienes
materiales, el contexto social y económico, el paisaje, el patrimonio cultural y
arqueológico, etc.).
Impacto ambiental residual: aquel impacto ambiental resultante después de haber
aplicado las medidas correctoras y protectoras descritas en el Estudio.
Impacto ambiental Compatible: Aquel cuya recuperación es inmediata tras el cese
de la actividad, y no precisa prácticas protectoras y correctoras.
Impacto ambiental Moderado: Aquel cuya recuperación no precisa prácticas
protectoras y correctoras intensivas, y en el que la consecuencia de las condiciones
ambientales iniciales requieren cierto tiempo.
Impacto ambiental Severo: Aquel en que la recuperación de las condiciones del
medio exige la adecuación de medidas protectoras y correctoras, y en el que, aún con
estas medidas, la recuperación precisa un periodo de tiempo dilatado.
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Impacto ambiental Crítico: Aquel cuya magnitud es superior al umbral aceptable. Se
produce una pérdida permanente en la calidad de las condiciones ambientales, sin
posible recuperación, incluso con la adopción de medidas protectoras.
Indicador ambiental: aquella variable que permite medir fácilmente los cambios de
valor de una o varios factores ambientales.
Medidas compensatorias: son aquellas medidas que a falta de soluciones
alternativas se proponen para resarcir ambientalmente los impactos ambientales
adversos no resueltos por las medidas correctoras o protectoras.
Medidas correctoras: son aquellas medidas adoptadas para eliminar, reducir o
modificar directamente el valor de un impacto ambiental.
Medidas protectoras: son aquellas medidas adoptadas para eliminar, reducir o
modificar el valor de una acción y, como consecuencia, el valor del impacto ambiental.
1.5.2 Abreviaturas
CHT: Confederación Hidrográfica del Tajo
DAE: Declaración Ambiental Estratégica
DIA: Declaración de Impacto Ambiental.
DocAE: Documento Ambiental Estratégico.
EDAR: Estación Depuradora de Aguas Residuales.
EAE: Evaluación Ambiental Estratégica.
EIA: Evaluación de Impacto Ambiental.
EsAE: Estudio Ambiental Estratégico
EsIA: Estudio de Impacto Ambiental.
IAE: Informe Ambiental Estratégico
IIA: Informe de Impacto Ambiental
PGOU: Plan General de Ordenación Urbana
PORN: Plan de Ordenación de los Recursos Naturales.
RSU: Residuos Sólidos Urbanos.
PVA.: Programa de Vigilancia Ambiental.
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2 OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN
En la actualidad el Ayuntamiento de Tres Cantos, en su interés por dar respuestas a
las necesidades de la creciente población del municipio en el ámbito del Sector “AR
Nuevo Tres Cantos” considera necesario, por su situación y tamaño, la implantación
de una instalación deportiva en la parcela R.G.E.4b.
El presente Plan Especial tiene por objeto modificar la regulación establecida en el
Plan Especial para la adaptación del Programa Municipal de Dotaciones y
Equipamientos en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos”, en el ámbito de las parcela
R.G.E.4a y R.G.E.4b aprobado definitivamente el 29 de noviembre de 2012, que
previamente estaba establecida por el Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres
Cantos”, en cuanto a la pormenorización de las categorías de uso asignadas a las
Redes Generales, con el fin de localizar en la parcela R.G.E.4b, de nuevo, el uso
pormenorizado deportivo recogido en el Plan Parcial y modificado en dicho Plan
Especial del año 2012 a escolar primaria/secundaria, ya que es voluntad del
Ayuntamiento iniciar la construcción una dotación deportiva en el Sector “AR Nuevo
Tres Cantos”, concretamente en la parcela R.G.E.4b que constituye el ámbito de este
Plan Especial, estimando que, por superficie y situación en la trama urbana, resulta ser
la más adecuada para servir a los intereses de la población de las parcelas de uso
residencial del entorno.
3 ALCANCE Y CONTENIDO DEL PLAN
ESPECIAL
3.1 Alcance
La componente espacial del presente documento ambiental estratégico se define a
escala local, buscándose analizar los factores e interacciones ambientales
susceptibles de afección por la actuación propuesta y del medio inmediatamente
relacionado con ella. El análisis de las incidencias ambientales a una escala superior,
como la regional o comarcal, etc. es objeto de valoración en fases de planeamiento
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anterior durante la elaboración de otros instrumentos de ordenación del territorio. Así
en el caso del plan especial que nos ocupa se estudiarán sus incidencias a una escala
más reducida.
De este modo, el alcance espacial considerado lo conforma la zona afectada
directamente por el planeamiento propuesto y las parcelas, infraestructuras y zonas
habitadas más cercanos a él, incluidos los accesos previstos.
El alcance del informe en el plano temporal abarca la caracterización del medio en el
momento actual, y persigue interpretar las posibles afecciones futuras originadas por
el planeamiento en sus fases de funcionamiento y abandono. Recordemos que la fase
de urbanización ya se encuentra superada, por cuanto este ámbito se encuentra ya
urbanizado.
3.2 Conveniencia y motivos de la propuesta
Los elementos que conforman la Red General son aquellos cuya función se limita al
uso y servicio de los residentes en el municipio y gestión de su propio espacio, pero
sin ser claramente adscribibles a ningún área homogénea, ámbito de actuación, sector
o barrio urbano o rural concreto, ni tampoco a nivel supramunicipal alguno.
El Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres Cantos”, actualmente en vigor, fue
aprobado definitivamente por el Pleno municipal el 16 de febrero de 2006 y
posteriormente publicado, tanto el acuerdo como el texto del mismo, en el BOCM nº 75
de 29 de marzo de 2006. El Plan Parcial estableció en la parcela R.G.E.4b el uso
Dotacional deportivo en atención al Programa Municipal de Equipamientos que en su
día realizó la Corporación municipal.
No obstante, el propio Plan Parcial hace una previsión para que, en función de las
necesidades de la población, la adjudicación de los usos pormenorizados de las
Dotaciones y Equipamientos correspondientes a las Redes Generales y Locales, de
titularidad municipal, puedan ser modificados, en respuesta a posibles nuevas
demandas de la población. Las condiciones previas establecidas por el Plan Parcial
para estas parcelas, deberán ser compatibilizadas con el Programa Municipal de
Equipamientos previsto por el Ayuntamiento de Tres Cantos y el desarrollo de las
mismas, en función de las necesidades sociales, permitirá la corrección y modificación
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de tales parámetros mediante las figuras de planeamiento correspondientes en cada
caso.
En el año 2012 la Corporación municipal decidió, debido a su superficie y situación en
la trama urbana, proponer la construcción de un colegio y un instituto en la parcela
R.G.E.4b, concentrando de este modo el uso educativo en una única parcela. Para
ello, fue necesario tramitar un Plan Especial para la adaptación del Programa
Municipal de Dotaciones y Equipamientos en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos”, cuya
aprobación definitiva quedó publicada en el BOCM nº 2 de 3 de enero de 2013. En
dicho documento se cambió el uso Dotacional deportivo que había asignado en la
parcela R.G.E.4b por uso Dotacional educativo primaria/secundaria.
En el año 2015 el Ayuntamiento de Tres Cantos realizó los pertinentes contactos con
la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid para proponer la construcción
de un nuevo instituto en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos”. La Consejería no veía
posible la idea municipal de construir en la misma parcela colegio e instituto
compartiendo zonas deportivas, por lo que solicitaba la segregación de la parcela
R.G.E.4b, en dos. Dividir la parcela no era necesario pues hay otras parcelas que
pueden albergar este uso y tras revisar las necesidades de edificabilidad, superficie y
situación en la trama urbana se cedió la parcela R.L.E.2, para la construcción del
nuevo instituto. La cesión se formalizó el 28 de enero de 2016, mediante acuerdo nº
10/16 de Pleno del Ayuntamiento de Tres Cantos. Por lo tanto, no se construirá el
instituto en la parcela R.G.E.4b.
En la actualidad y a la vista de lo anterior, el Ayuntamiento de Tres Cantos en su
interés por dar respuestas a las necesidades de la creciente población del municipio
en el ámbito del Sector “AR Nuevo Tres Cantos” considera necesario, por su situación
y tamaño, la implantación de una instalación deportiva en la parcela R.G.E.4b, por lo
que, a través de la Concejalía de Desarrollo Urbano, ha estimado conveniente revisar
la actual propuesta de dotaciones que se aprobó en el año 2012 mediante el Plan
Especial para la adaptación del Programa Municipal de Dotaciones y Equipamientos
en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en el ámbito de las parcelas R.G.E.4a y
R.G.E.4b, a través de un nuevo Plan Especial para el ámbito de la parcela R.G.E.4b.
Por todo ello, siguiendo las disposiciones establecidas en la Memoria y Ordenanzas
del Plan Parcial, se ha decidido modificar el uso pormenorizado de la parcela
dotacional denominada R.G.E.4b.
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La parcela de referencia es:
R.G.E. 4b con una superficie de 30.194’52 m2 y un uso básico: educativo
primaria/secundaria.
Quedando de la siguiente forma:
R.G.E. 4b con una superficie de 30.194’52 m2 y un uso básico: deportivo
público.
En un futuro, será necesario analizar el global de las dotaciones que se requieran en el
“Área de Reparto Nuevo Tres Cantos”, con el fin de programar su construcción al ritmo
que siga aumentando la población y por efecto de la demanda de servicios.
3.3 Descripción de la propuesta de Plan Especial
La propuesta consiste en modificar el uso asignado de educativo primaria/secundaria
en la parcela denominada R.G.E.4b a uso dotacional deportivo; esta modificación
supone volver a lo inicialmente previsto para esta parcela, previamente a que se
modificase en 2012.
Para ello se modifican, por un lado el cuadro de características del Plan Parcial del
Sector “AR Nuevo Tres Cantos” anexo a la Ordenanza 6 “Equipamientos
Dotacionales” de la página 97 del volumen denominado Normas Urbanísticas y
Ordenanzas; por otro lado, se elimina en la ordenanza el apartado dedicado a las
condiciones acústicas de la parcela R.G.E.4b que resultó de aplicación exclusivamente
en el ámbito de la parcela R.G.E.4b con la aprobación definitiva del Plan Especial para
la Adaptación del Programa Municipal de Dotaciones y Equipamientos del Sector “AR
Nuevo Tres Cantos” en el ámbito de las parcelas R.G.E.4a y R.G.E.4b, aprobado
definitivamente el 29 de noviembre de 2012 y, finalmente, se modifican los planos de
dicho Plan Especial nº 8, 9, 10, 11, 12, 13, 19, 20, 21, 22, y 23 que corresponden con
los planos del Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres Cantos” de usos
pormenorizados PO.19.1, PO.19.2 y PO.19.3, de alineaciones y rasantes PO.20.A,
PO.20.B y PO.20.C, de cesiones de redes públicas PO.21 y de condiciones de la
edificación PO.23, PO.24, PO.25 y PO.26, así como el plano del referido Plan Especial
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denominado “Zonificación acústica” sin numeración que aparece en el anexo del
documento aprobado definitivamente.
Con el fin de que resulte clara y concisa la exposición de la propuesta se adjuntará el
cuadro de características, primero en su estado actual, segundo con la propuesta de
modificación y por último en su estado definitivo.
De manera similar, por lo que respecta a los planos, se adjuntan los planos PO.19.1,
PO.19.2, PO.19.3, PO.20.A, PO.20.B, PO.20.C, PO.21, PO.23, PO.24, PO.25 y PO.26
tanto en su estado actual como en su estado modificado, rectificando la leyenda de las
condiciones de la edificación que figura en el interior de cada una de las parcelas, así
como el cuadro anexo a la leyenda del plano PO.21.
3.3.1 Estado actual
Figura 3.3.1.1.- cuadro de características de red general de equipamientos
(Pág. 97 del volumen Normas Urbanística y Ordenanzas del Plan Parcial del Sector
“AR Nuevo Tres Cantos”).
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La descripción de la parcela con las vigentes condiciones de ordenación es:
PARCELA R.G.E.4b
Titularidad: Ayuntamiento de Tres Cantos. Dominio Público
Superficie: 30.159,87 m² (Proyecto de Reparcelación)
Uso: Dotacional en la categoría educativa (Primaria y Secundaria).
Coeficiente de edificabilidad: Según apartado 5.2 de la Ordenanza 6,
“Equipamientos Dotacionales”: 0,72 m²/m²
Edificabilidad: 21.715,11 m²c
La ordenanza de aplicación es la Ordenanza 6: Equipamientos Dotacionales DC que
resultó de aplicación exclusivamente en el ámbito de la parcela R.G.E.4b con la
aprobación definitiva del Plan Especial para la Adaptación del Programa Municipal de
Dotaciones y Equipamientos del Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en el ámbito de las
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parcelas R.G.E.4a y R.G.E.4b, aprobado definitivamente el 29 de noviembre de 2012,
y que es la siguiente:
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3.3.2 Modificaciones propuestas
Figura 3.3.2.1.- cuadro de características de red general de equipamientos
(Pág. 97 del volumen Normas Urbanística y Ordenanzas del Plan Parcial del Sector
“AR Nuevo Tres Cantos”).
La ordenanza de aplicación es la Ordenanza 6: Equipamientos Dotacionales DC, del
Plan Especial para la adaptación del Programa Municipal de Dotaciones y
Equipamientos en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos”, en el ámbito de las parcelas
R.G.E.4a y R.G.E.4b, introdujo en ella un apartado 6 denominado CONDICIONES
ACUSTICAS, que resulta de aplicación exclusivamente en el ámbito de la parcela
R.G.E.4b, y cuyo contenido se refiere a las medidas correctoras que han de tenerse en
cuenta, tanto las de obligado cumplimiento como las recomendadas, para garantizar
los niveles correspondientes a la zona de sensibilidad acústica tipo I que conllevaba el
uso docente o educativo asignado en dicho Plan Especial.
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Dado que el uso asignado ahora mediante el presente Plan Especial a la Parcela
R.G.E.4b es el deportivo, se elimina en la Ordenanza 6: Equipamientos Dotacionales
DC, el citado apartado 6 denominado “CONDICIONES ACÚSTICAS”:
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3.3.3 Estado modificado
Figura 3.3.3.1.- cuadro de características de red general de equipamientos
(Pág. 97 del volumen Normas Urbanística y Ordenanzas del Plan Parcial del Sector
“AR Nuevo Tres Cantos”).
Como consecuencia de la modificación, la descripción de la parcela con las nuevas
condiciones de ordenación es la siguiente:
PARCELA R.G.E.4b
Titularidad: Ayuntamiento de Tres Cantos. Dominio Público
Superficie: 30.159,87 m² (Proyecto de Reparcelación).
Uso: Dotacional en la categoría de deportivo.
Coeficiente de edificabilidad: 0,6 m²/m²
Edificabilidad: 18.095,92 m²c
Se transcribe a continuación la nueva Ordenanza 6.- Equipamientos Dotacionales DC
en el que se ha eliminado el apartado 6 denominado “CONDICIONES ACÚSTICAS”:
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3.4 Justificación
3.4.1 Justificación del cumplimiento de las funciones de un plan
especial
A continuación se analiza la figura del Plan Especial como instrumento competente y
eficaz para el objetivo pretendido. Dado que se trata de intervenir en la ordenación
pormenorizada de una Red Pública de Equipamientos, se está indudablemente en el
caso que contempla el artículo 50 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la
Comunidad de Madrid.
Dicho artículo dispone:
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En este caso, la acción del presente Plan Especial, no es otra que la de definir y
ampliar elementos integrantes de la Red Pública de Equipamientos, complementando
las condiciones de ordenación.
El carácter de Red Pública de la parcela está establecido en el Plan Parcial, al asignar
a la misma, en los planos de Ordenación, la ordenanza correspondiente a los
Equipamientos Dotacionales DC y estar calificada como Red General.
El uso global asignado es el de Equipamientos Sociales, restringido a la categoría que
le haya sido asignada en los planos de ordenación, estando vinculados en cualquier
caso al uso y dominio público.
La ordenanza de aplicación, recoge expresamente la posibilidad que otorga la Ley, de
modificar las disposiciones de la ordenación pormenorizada y en este sentido prevé la
capacidad del Ayuntamiento para realizar sobre cada una de las parcelas de
Equipamientos Dotacionales, los Estudios de Detalle o Planes Especiales que
consideren oportunos al objeto de adaptar el programa de Dotaciones y
Equipamientos a las necesidades sociales del municipio.
Para la función de cambio de uso específico, entre los usos posibles dotacionales,
alterando el destino del suelo, que pretendemos llevar a cabo, descartamos la figura
del Estudio de Detalle ya que la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid (LSCM), en
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su artículo 53.2.b, prohíbe expresamente realizar esta función mediante la tramitación
del citado instrumento de Ordenación:
Así pues, descartado el Estudio de Detalle y habiendo comprobado que entre las
funciones previstas por la vigente legislación en materia de suelo para los Planes
Especiales, se encuentra la que se pretende llevar a cabo, es evidente que el Plan
Especial constituye el instrumento de planeamiento adecuado a esta función.
Por otra parte, el documento contiene las determinaciones propias del Plan Parcial que
complementa y modifica, ya que este contiene la definición expresa de la parcela que
constituye su ámbito, incluye el nuevo cuadro de características con la expresión de
los usos pormenorizados, incluye el texto completo de la Ordenanza de aplicación y
los planos de ordenación, en los que se indica la categoría asignada a la parcela y se
definen las áreas de movimiento.
A continuación se analiza el carácter de determinación pormenorizada que constituye
cada una de las categorías de usos básicos definidas dentro del Uso Global
Dotacional o Equipamientos Sociales.
La LSCM define en el artículo 35, los conceptos de determinaciones estructurantes y
determinaciones pormenorizadas; estableciendo, sin perjuicio de una mayor
concreción mediante desarrollos reglamentarios, aquellos elementos que constituyen
una u otra.
Las determinaciones estructurantes de la ordenación urbanística son aquellas
mediante las cuales se define el modelo de ocupación, utilización y preservación del
suelo objeto del planeamiento general, así como los elementos fundamentales de la
estructura urbana y territorial y de su desarrollo futuro.
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Entre otras, son determinaciones estructurantes en todo caso, la definición de los
elementos estructurantes de los sistemas de redes públicas y el señalamiento de los
criterios y condiciones básicas de ordenación como son los usos globales, áreas de
reparto, edificabilidades y aprovechamientos urbanísticos para áreas homogéneas,
ámbitos de actuación o sectores.
Las determinaciones pormenorizadas de la ordenación urbanística son aquellas que
tienen el grado de precisión suficiente para legitimar la realización de actos concretos
de ejecución material.
Constituyen en todo caso determinaciones pormenorizadas de la ordenación
urbanística, el régimen normativo de usos pormenorizados e intervenciones admisibles
y prohibidas, así como las condiciones que deben cumplir para ser autorizadas.
Este análisis, demuestra que toda vez que el Plan Parcial del “AR Nuevo Tres Cantos”
ha asignado el Uso global Dotacional, para el sistema de Redes públicas Generales de
equipamientos sociales, que es el Uso Global establecido por el Plan General de Tres
Cantos para la parcela R.G.E.4b y que constituye el ámbito de esta actuación, esta
determinación tiene carácter estructurante, y como tal, no sufre alteración y se
mantiene tal y como se determinó tanto en el Plan General de Tres Cantos como en el
Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres Cantos”. Sin embargo, la determinación
mediante la cual el planeamiento de desarrollo que constituyó el Plan Parcial,
estableció que la parcela R.G.E.4b se destinase a dotación deportiva, y que mediante
un Plan Especial se modificara a dotación educativa, y ahora, de nuevo a dotación
deportiva, tiene carácter de determinación pormenorizada.
Por otra parte, en el artículo 36.3a de la citada LSCM también se determina el carácter
estructurante de diversas cualidades de las Redes Generales:
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La propuesta no altera las reservas ni dimensiones de la R.G.E.4b, ni tampoco la
edificabilidad establecida en la ordenanza de aplicación que constituye una condición
básica de la ordenación.
Por tanto, puesto que lo que se está modificando es la asignación de actividades
concretas, dentro de las posibilidades de usos característicos pormenorizados que nos
otorga el Plan General, desarrollado a su vez por el Plan Parcial, se puede afirmar, sin
lugar a dudas, que se está procediendo a modificar determinaciones de carácter
pormenorizado.
Por otra parte, esta propuesta no altera la clasificación ni categoría del suelo sobre el
que actúa, ni modifica los elementos estructurantes de cada una de las redes, tales
como la edificabilidad o uso global. Por tanto también se puede afirmar que está
justificada suficientemente la coherencia con la ordenación estructurante.
En otro orden de cosas, y puesto que se está alterando determinaciones de la
ordenación pormenorizada de un Plan Parcial, nos encontramos en el supuesto
previsto en el artículo 67 de la LSCM que permite llevarlo a cabo mediante la
tramitación de un Plan Especial, lo que también de manera explícita se expresa en el
apartado 1 de la Ordenanza 6 DC, del Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres
Cantos”.
En efecto el citado art. 67 establece:
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Como conclusión y sin ningún género de dudas, un Plan Especial es el instrumento de
ordenación adecuado para tramitar la presente propuesta.
Por otro lado, y conforme al artículo 52 de la Ley 9/2001 de Suelo de la Comunidad de
Madrid, el Plan Especial se formalizará en los documentos adecuados a sus fines
concretos, incluyendo, cuando proceda, Catálogo de bienes y espacios protegidos e
informe de los organismos afectados, por lo que en este caso y en atención a citado
artículo, el Ayuntamiento de Tres Cantos deberá aportar el correspondiente informe de
la Consejería de Educación que justifique la innecesariedad de la permanencia del
destino docente para la parcela R.G.E.4b que constituye el ámbito del presente Plan
Especial, en cumplimiento del artículo 67.2 de la citada Ley 9/2001, así mismo, dicho
informe de la Consejería, se incorporará como anexo al Plan Especial.
3.4.2 Justificación de la conformidad de la propuesta con los
instrumentos de planeamiento vigentes
En el ámbito del presente Plan Especial, son de aplicación los siguientes instrumentos
de ordenación urbanística:
Plan General de Tres Cantos, aprobado definitivamente el 7 de mayo de 2003.
Plan Parcial del Sector y área de reparto “AR Nuevo Tres Cantos”, aprobado
definitivamente el 16 de febrero de 2006.
Plan Especial de Definición y Ordenación de Ejes Comerciales en el Sector
“AR Nuevo Tres Cantos”, aprobado definitivamente el 25 de enero de 2012.
Plan Especial para la adaptación del Programa Municipal de Dotaciones y
Equipamientos en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos”, en el ámbito de las
parcela R.G.E.4a y R.G.E.4b, aprobado definitivamente el 29 de noviembre de
2012.
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Plan Especial para la Actualización y Mejora de la Ordenación Urbanística,
aprobado definitivamente el 25 de noviembre de 2010 y su Modificación
Puntual aprobada definitivamente el 31 de enero de 2013.
La propuesta cumple con las disposiciones establecidas en el Plan General y el Plan
Especial para la Actualización y Mejora de la Ordenación Urbanística, ya que mantiene
el Uso Global Dotacional y el carácter de Red General asignado a la parcela RGE.4b y
no modifica ni la superficie de suelo ni la edificabilidad. Por otra parte, el nuevo uso
deportivo propuesto para la parcela está entre los previstos como usos
pormenorizados del uso global Dotacional o de Equipamientos Sociales y era el
asignado inicialmente en el Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres Cantos” para dicha
parcela.
Así mismo cumple con las disposiciones del Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres
Cantos”, con la salvedad de las determinaciones de la ordenación pormenorizada
relativas al uso que precisamente viene a modificar. Por tanto, la ordenanza de
aplicación del Plan Parcial en la parcela R.G.E.4b, es la Ordenanza 6: Equipamientos
Dotacionales DC que se transcribe íntegramente en el apartado 8.3 de la Memoria del
presente Plan Especial.
3.4.3 Justificación de la coherencia de la propuesta con los criterios de
ordenación del Plan especial
En la Memoria General del Plan Parcial del “AR Nuevo Tres Cantos”, en el apartado
referente a los criterios de ordenación y diseño, se enumeran una serie de
recomendaciones que se han tenido en cuenta a la hora de establecer la ordenación
urbanística del Sector en la búsqueda de un modelo urbano sólido y moderno capaz
de afrontar con éxito las nuevas demandas sociales y urbanas del municipio de Tres
Cantos.
Así, entre los criterios de carácter general nos encontramos con la intención de
posibilitar un crecimiento equilibrado residencial, productivo, dotacional y de ocio que
mantenga y potencie la calidad de vida en Tres Cantos; la adopción de criterios
urbanísticos de carácter flexible que permitan la adaptación de usos y desarrollo a la
evolución social y de mercado; la definición de usos mixtos adaptados a las futuras
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demandas, incorporando los necesarios criterios de flexibilidad que adapten el amplio
desarrollo a los condicionantes del desarrollo temporal y la dotación de equipamientos
de carácter general y local como reserva y mejora de estándares generales del núcleo
urbano.
Los criterios de ordenación, entre otros, derivan hacia la localización de dotaciones
deportivas y de ocio en la zona Sur del ámbito, en continuidad con el Parque Norte y
con la secuencia de espacios verdes, así como hacia el establecimiento, como
régimen general dotacional, del uso genérico de equipamiento con flexibilidad para
admitir el uso pormenorizado más adecuado en cada momento.
Finalmente entre los criterios de carácter medioambiental, se encuentra la localización
de dotaciones públicas, tanto deportivas como docentes y culturales, en la zona Sur
del ámbito, colindando con áreas de zonas verdes, en espacios de marcados valoras
medioambientales.
Por tanto, se entiende sobradamente justificada la coherencia de la propuesta con los
criterios que sirvieron de referencia para el diseño del Sector y que con esta
localización de uso deportivo, mantiene intacta la continuidad del espíritu con el que se
ordenó el espacio urbano.
Por otra parte y continuando con la Memoria del Plan Parcial, en el apartado
correspondiente al análisis de Dotaciones se manifiesta de manera inequívoca la
intención respecto a la manera de ordenar urbanísticamente los elementos que
conforman las Redes, expresándose en los siguientes términos:
Continúa de la siguiente manera:
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Por tanto, el Ayuntamiento tiene la capacidad de modificar estas previsiones del Plan
Parcial, en cuanto a las ubicaciones de las dotaciones del Sector, para ajustarlas a las
necesidades de la población, mediante el trámite de un Plan Especial, de manera
coherente con lo dispuesto en la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la
Comunidad de Madrid.
3.5 Ficha del proyecto de reparcelación de la parcela R.G.E. 4b
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Figura 3.5.1. Ficha del proyecto de reparcelación de La parcela R.G.E. 4b
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3.6 Infraestructuras
De acuerdo con la documentación del Plan Parcial del Sector AR Nuevo Tres Cantos,
existe un colector general de aguas fecales de 500 mm de diámetro que cruza el norte
de la parcela de oeste a este.
La parcela dispone de un punto de acometida al servicio de abastecimiento de agua,
red de saneamiento de aguas residuales, etc. Así, paralela a la Avenida de España
hay una tubería de abastecimiento de agua de 600 mm de diámetro, un colector de
aguas fecales interior de 400 mm de diámetro, un colector de pluviales de 1200 mm de
diámetro; conexión a la red eléctrica, de gas, de riego, etc.
Figura 3.6.1.- Punto de conexión a infraestructuras en la Avenida de España
Además del acceso a la parcela a través de la Avenida de España, existe una vía
ciclista que recorre de forma paralela dicha Avenida.
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4 DESARROLLO PREVISIBLE DEL PLAN
ESPECIAL
4.1 Desarrollo de la evaluación ambiental del Plan Especial
Este Plan Especial se somete a EAE simplificada, de acuerdo a la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de Evaluación Ambiental.
4.2 Plan de etapas
En la actualidad y en atención a la demanda ciudadana, la construcción de la nueva
dotación deportiva es prioritaria e inminente para el Ayuntamiento, pero en un futuro,
debido al cambio de las necesidades y la demanda de los nuevos vecinos de la zona,
será necesario analizar el global de las dotaciones que se requieran en el “Área de
Reparto Nuevo Tres Cantos”, para programar su construcción.
5 RELACIÓN CON OTROS PLANES O
PROGRAMAS CONEXOS
El Plan Especial debe ser coherente con el resto de estrategias (incluyendo planes y
programas) con el medio rural y el medio ambiente en general u otras, siempre que las
medidas puedan tener algún tipo de influencia, relación o conexión con ellas.
El Plan Especial tiene que buscar la complementariedad con la planificación tanto
sectorial como territorial para evitar posibles contradicciones y/o solapes no
contemplados, siempre teniendo en cuenta que las estrategias, planes y programas
que se exponen a continuación son en buena parte generalidades, y en su caso habría
que asegurarse de las peculiaridades de cada medida para ser tenidas en cuenta a la
hora de establecer criterios de coherencia.
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Entre distintos tipos de estrategias, planes y programas a nivel estatal se citan los
siguientes:
Plan Hidrológico de la cuenca del Tajo.
Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia (EECCEL), 2007.
2012 – 2020.
Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC). Tercer Programa
de Trabajo 2014 – 2020. Aprobado en diciembre de 2013.
Estrategia Española de Desarrollo Sostenible. Aprobada por Consejo de
ministros de 23/11/2007.
Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad
Biológica.
Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (2011 – 2017).
RD 1274/2011 en BOE de 30/9/2011.
Plan Estatal de Protección Civil para emergencias por incendios forestales.
Plan Nacional Integrado de Residuos (PNIR) 2008 – 2015. BOE 26/2/2009.
Plan Nacional de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética. Plan de acción
2011-2020.
Dentro de las estrategias, planes y programas vigentes de la Comunidad de Madrid es
necesario mencionar el primer lugar los planes de ordenación territorial y en concreto
el planeamiento urbanístico, que ha sido tratado en apartado aparte, por lo que no va a
insistirse más en ello.
Se listan a continuación ciertos planes, programas y estrategias de la Comunidad de
Madrid, si bien nos vamos a centrar en detalle en aquellos relacionados con el cambio
climático.
Plan Azul +. Estrategia de Calidad Del Aire y Cambio Climático de La
Comunidad De Madrid 2013 - 2020.
Plan Forestal de la Comunidad de Madrid.
Plan de Reutilización de Aguas Regeneradas de Madrid.
Estrategia de Residuos de la Comunidad De Madrid.
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A nivel local, este Plan Especial supone un paso más en el proceso de planificación
dimanante del PGOU de Tres Cantos, y del Plan Parcial del ámbito en el que se
desarrolla.
5.1 Consideración del cambio climático
5.1.1 Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático
El Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC), aprobado en 2006, es
el marco de referencia para la coordinación entre las Administraciones Públicas en las
actividades de evaluación de impactos, vulnerabilidad y adaptación al cambio climático
en España.
El Plan ha definido 15 sectores y sistemas sociales en España que son vulnerables al
cambio climático. Entre los sectores y/o sistema que están más vinculados con los
contenidos del Plan Especial de Mejora destacan los siguientes:
Con un gran nivel de certeza se puede asegurar que el cambio climático dará lugar a
las siguientes consecuencias que habrán de considerarse en el análisis de impactos:
– Ecosistemas acuáticos continentales. Gran parte de los ecosistemas acuáticos
continentales pasarán de ser permanentes a estacionales, algunos
desaparecerán. Los más afectados serán: los ambientes endorreicos, lagos,
lagunas, ríos y arroyos de alta montaña, humedales costeros y dependientes
de aguas subterráneas.
– Ecosistemas terrestres. Los efectos variarán según consideremos ecosistemas
atlánticos —limitados por la temperatura— o mediterráneos —limitados por el
agua—. Mientras que la productividad podría aumentar en los primeros,
disminuirá en los segundos. Se prevén impactos directos a través de dos
efectos principales: calentamiento y reducción de disponibilidades hídricas, lo
que se traducirá en dos tendencias significativas: la “mediterraneización” del
norte peninsular y la “aridificación” del sur.
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En relación a la biodiversidad animal, el cambio climático producirá cambios
fenológicos en las poblaciones, con adelantos (o retrasos) en el inicio de actividad,
llegada de migración o reproducción. Cabe esperar desajustes entre predadores y sus
presas debidos a respuestas diferenciales al clima.
Otro efecto previsible es el desplazamiento en la distribución de especies terrestres
hacia el Norte o hacia mayores altitudes, en algunos casos con una clara reducción de
sus áreas de distribución; en los ríos las especies termófilas se desplazarán aguas
arriba y disminuirá la proporción de especies de aguas frías.
El cambio climático en España se expresará con una tendencia general al aumento de
temperatura y a la disminución de la precipitación, lo cual dará lugar a los siguientes
efectos:
– Reducción en la disponibilidad hídrica general. Estimaciones para el total de
España (horizonte del 2030, considerando aumentos de 1ºC de temperatura y
reducciones de un 5% de precipitación) calculan disminuciones de entre un 5 y
un 14% en las aportaciones hídricas, que pueden alcanzar hasta el 20-22%
para los escenarios de final de siglo.
– Se prevé una especial incidencia en las zonas áridas y semiáridas
(aproximadamente el 30% del territorio nacional), donde las aportaciones
pueden disminuir hasta un 50%.
– La variabilidad hidrológica aumentará en las cuencas atlánticas, mientras que,
en las mediterráneas y del interior, se prevé mayor irregularidad en el régimen
de crecidas.
Los efectos sobre los bosques vendrán de la mano de las afecciones directas sobre
las especies vegetales, así como de los efectos indirectos: regresión de hábitats,
erosión, etc.
– La fisiología de las especies se va a ver profundamente afectada. La
disminución de la reserva de agua en el suelo será un factor de estrés hídrico
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que provocará una tendencia a la disminución de la densidad del arbolado y,
en casos extremos, a su sustitución por matorral.
– La inflamabilidad del bosque aumentará y, con ella, la frecuencia, intensidad y
magnitud de los incendios forestales. Se prevé el incremento de la incidencia
de plagas y enfermedades forestales.
– Las formaciones más vulnerables son las zonas altas de montaña, ambientes
secos y bosques de ribera.
Los efectos previsibles del cambio climático sobre la agricultura y la ganadería no
serán uniformes; mientras que en algunas regiones españolas serán negativos, en
otras pueden ser incluso beneficiosos:
– El efecto negativo de las altas temperaturas y menores precipitaciones puede
verse compensado por las mayores tasas fotosintéticas, debido al incremento
de CO2. Asimismo, las temperaturas invernales más suaves permitirán
mayores productividades, compensando las pérdidas de otras estaciones.
– Las necesidades de riego en ciertas regiones aumentarán. Variará la
distribución y alcance de las plagas y enfermedades en cultivos de importancia
económica. Los efectos del cambio climático sobre la ganadería son aún
inciertos, destacando quizá los relacionados con la sanidad animal.
Una parte importante de la superficie del territorio español está amenazada
actualmente por procesos de desertificación, especialmente como consecuencia de los
incendios forestales y de la pérdida de fertilidad en suelos de regadío por salinización
y erosión. Las proyecciones del cambio climático señalan un incremento de dichos
problemas de forma generalizada y, especialmente, en la España de clima
mediterráneo seco y semiárido.
Uno de los componentes esenciales de la fertilidad natural de los suelos es su
contenido en carbono orgánico. Su variabilidad en los suelos españoles es enorme. Se
estima que, en promedio, por cada aumento de temperatura de 1ºC la pérdida de
carbono orgánico en el suelo puede ser del 6-7 %, valor que puede aumentar o
disminuir según sea el cambio en la precipitación y también según las características
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propias del suelo y sus usos. Con el cambio climático el contenido en carbono de los
suelos españoles disminuirá, lo cual afectará de forma negativa a las propiedades
físicas, químicas y biológicas de los mismos.
Las zonas donde cabe esperar pérdidas mayores de carbono orgánico serán las más
húmedas (N de España) y en los usos de suelo que comportan contenidos en carbono
orgánico más elevados (prados y bosques).
Las estrategias de ordenación del territorio y los planes urbanísticos deben prestar una
atención especial a la información climática y a los efectos del cambio climático, de
forma que las propuestas de ocupación y distribución en el territorio de los distintos
usos y actividades: asentamientos humanos, actividades económicas, infraestructuras,
etc., integren entre sus objetivos impedir y prevenir la degradación de los recursos
naturales con influencia negativa sobre el clima, a la vez que tengan en cuenta el
mejor aprovechamiento y adaptación a las características del clima y a los efectos del
cambio climático.
Dentro del espacio urbano, las zonas que pueden verse más directamente afectadas
por los cambios climáticos son las llamadas zonas verdes en general (parques y
jardines).
En la edificación, el conocimiento de los datos climáticos relacionados con el viento, la
lluvia la nieve, la temperatura y humedad del aire, la radiación solar, las descargas
eléctricas, etc., resulta necesario tanto para la elaboración de la normativa técnica
sobre edificación como para una adecuada realización de los proyectos que considere
la situación climática de la localidad donde se ubican los edificios.
En la edificación, la repercusión de los cambios climáticos conlleva nuevas
necesidades para atender los aspectos de habitabilidad de los edificios, que requieren
instalaciones de climatización y ventilación que, a su vez, repercuten sobre el
microclima de la localidad.
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5.1.2 Plan Azul +. Estrategia de calidad del aire y cambio climático de
la Comunidad de Madrid 2013-2020
La ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera
establece en su artículo 16 la obligación de las Comunidades Autónomas de adoptar
planes y programas para la mejora de la calidad del aire y el cumplimiento de los
objetivos de la calidad del aire en su ámbito territorial, así como para minimizar o evitar
impactos negativos de la contaminación atmosférica, y como respuesta a esta
obligación normativa se elabora la Estrategia de Calidad del Aire y Cambio Climático
de la Comunidad de Madrid 2013-2020. Plan Azul +. Su objetivo es reducir un 20%
hasta 2020 las emisiones de NOx, SOx, CO y PM10.
La Comunidad de Madrid, consciente de la importancia de la calidad del aire para la
salud de las personas y ecosistemas, ha definido las líneas directrices que deben regir
la adopción de medidas de actuación y que han servido de base para el
establecimiento de los objetivos concretos en materia de reducción de emisiones y
mejora de la calidad del aire. Son las siguientes:
Proporcionar un marco de referencia para acometer actuaciones coordinadas a
corto, medio y largo plazo entre las diferentes administraciones, autonómica y
local, de la Comunidad de Madrid, de manera que la Estrategia se configure
como una herramienta integradora de las políticas sectoriales y locales.
Mejorar el conocimiento disponible sobre calidad del aire y adaptación al
cambio climático, estudiando la vulnerabilidad de los sectores y sistemas más
sensibles en la Comunidad de Madrid a los efectos del cambio climático y la
exposición a contaminantes atmosféricos.
Reducir la contaminación por sectores, prestando más atención a aquellos que
tienen una mayor contribución a las emisiones totales y que suponen una
mayor afección sobre la calidad del aire ambiente.
Fomentar la utilización de combustibles limpios y mejores tecnologías,
especialmente en el ámbito del transporte, la industria y el sector residencial,
sectores que presentan contribuciones notables a las emisiones de
contaminantes acidificadores y precursores de ozono.
Promover el ahorro y la eficiencia energética, mediante la adopción de
tecnologías, procesos, y hábitos menos intensivos en el uso de la energía final,
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así como el empleo de combustibles bajos en carbono en el transporte y en el
sector residencial, comercial e institucional.
Involucrar al sector empresarial en la problemática de calidad del aire y cambio
climático, mediante la adopción de modelos de gestión y financiación público-
privada, como instrumento de colaboración que sume el trabajo de ambas
partes en esfuerzos comunes.
Mantener medios y herramientas adecuados de evaluación y control de la
calidad del aire y ponerlos a disposición de la mejora continua del nivel de
información al público en relación a la calidad el aire en la Comunidad de
Madrid.
Los objetivos concretos perseguidos por las medidas de la Estrategia de Calidad del
Aire y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid 2013-2020 ponen el acento en
aquellos sectores y contaminantes con mayor repercusión sobre la calidad del aire y
en relación al cambio climático en la región. De este modo, se han establecido los
siguientes objetivos sectoriales:
SECTOR RESIDENCIAL, COMERCIAL E INSTITUCIONAL
Incentivar el ahorro y la eficiencia energética en edificaciones existentes, de
manera que se reduzca el consumo de combustibles y electricidad, mediante la
aplicación de buenas prácticas, realización de auditorías y certificaciones
energéticas bajo criterios homogéneos, renovación de instalaciones (planes
Renove), automatización de dispositivos y otras actuaciones similares.
Promover la aplicación de soluciones energéticas en pequeñas y medianas
empresas (PYMES) y en instalaciones energéticas de colectividades, así como
la utilización de combustibles limpios en los sistemas de climatización de las
edificaciones existentes.
Ejercer una labor ejemplarizante por parte de la Administración Autonómica,
incorporando, en la medida de lo posible, medidas en el ámbito de las
edificaciones públicas y en eventos singulares.
Para la consecución de estos objetivos, la Estrategia recoge un total de 58 medidas
concretas articuladas en torno a los cuatro grandes programas sectoriales y
horizontales, todas ellas inferidas en base a un diagnóstico previo de calidad del aire y
cambio climático. Estas medidas inciden en los principales sectores contaminantes de
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la región, con especial énfasis en la reducción de emisiones del sector transporte y del
sector residencial.
6 CARACTERIZACIÓN DE LA SITUACIÓN
ACTUAL DEL MEDIO
Se presenta a continuación una caracterización ambiental del medio.
6.1 Climatología
El estudio del clima nos facilita información sobre el conjunto de fenómenos de tipo
meteorológico que caracterizan una situación y el tiempo atmosférico de un lugar
determinado. El clima de una determinada zona debe estudiarse mediante el cálculo
de los valores medios del tiempo meteorológico (temperaturas, precipitaciones,
vientos, nubosidad, etc.) recogidos a lo largo de veinte o treinta años.
El clima, además, va a determinar el tipo de suelo, la topografía y la vegetación que
van a aparecer en una determinada región, y éstos determinan, a su vez, el tipo de
fauna que aparece en la zona.
En términos generales, la metodología y los análisis que se han realizado al objeto de
caracterizar las condiciones atmosféricas preoperacionales del contexto ambiental
afectado, se especifican a continuación.
En primer lugar, se aportan los Valores Normales Climatológicos Reglamentarios, de
los parámetros principales, del observatorio meteorológico de referencia. Por último se
analiza el régimen de vientos y se realiza un análisis de la capacidad de dispersión
atmosférica de la zona afectada por el uso previsto.
Se atiende a las recomendaciones de la Organización Meteorológica Mundial acerca
de la disponibilidad de valores medios de las estaciones climatológicas principales
referidos a períodos estándar. Se fundamenta en la conveniencia de establecer, a
partir de éstos, unos criterios objetivos para caracterizar el estado climático en cada
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observatorio de los referidos, al mismo período estándar. Así, obtenidos los datos
normalizados (Normales climatológicos estándar “CLINO”. Treintenios 1.901-30;
1.931-60 y 1.961-90) se pueden efectuar comparaciones entre promedios de distintos
observatorios y valorar los datos que se generen con el tiempo, en términos de
frecuencia. En el caso de estaciones para las que no está disponible la normal
climatológica más reciente, se considerarán valores medios ajustados, basadas en
períodos de tiempo inferiores al período referencial.
6.1.1 Estación meteorológica
Para la elección de la estación meteorológica óptima para realizar el estudio climático
correspondiente se han seguido los siguientes criterios, con el siguiente orden de
prioridad:
Proximidad a la zona de estudio.
Similar altitud (para minimizar los errores derivados de las correcciones de
altitud).
Número de años observados.
Atendiendo a la información de la página de la Agencia Estatal de Meteorología
(www.aemet.es), se ha escogido la Estación Meteorológica de Colmenar Viejo. A
continuación se presentan los datos de la estación:
Tabla 6.1.1.1.- Datos de la Estación Meteorológica de Colmenar Viejo
Fuente: Agencia Estatal de Meteorología
6.1.2 Régimen térmico
Para la caracterización del régimen térmico de la zona objeto de estudio, es necesario
disponer de las temperaturas medias mensuales (de máximas absolutas, máximas,
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medias, mínimas y mínimas absolutas) para calcular las temperaturas estacionales y
anuales. El cálculo de las temperaturas estacionales se ha obtenido de la media
aritmética de las temperaturas correspondientes a los doce meses, considerando, por
ejemplo, que el invierno incluye los meses de diciembre, enero y febrero.
Tabla 6.1.2.1.- Régimen térmico mensual
La temperatura media de las máximas anuales alcanza valores de 18,01 ºC,
presentando los valores mínimos en los meses de febrero (9,6 ºC) y máximos valores
durante el mes de agosto (29,5 ºC). De otra parte, la temperatura media de las
mínimas mensuales alcanza un valor anual de 8,6 ºC, con máximas durante el mes de
agosto (17,6 ºC) y mínimos durante los meses de febrero (0 ºC).
Tabla 6.1.2.2.- Régimen térmico estacional
De igual forma, se procede para obtener las temperaturas medias anuales, como
media aritmética de las temperaturas correspondientes a los doce meses, a excepción
de las máximas y mínimas absolutas. Para la obtención de lo que se denomina media
de las máximas/mínimas absolutas anuales se obtiene la media aritmética de las
máximas/mínimas absolutas correspondientes a cada año de la serie.
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Tabla 6.1.2.3.- Régimen térmico anual
La temperatura media de las máximas absolutas alcanza valores anuales en torno a
los 24,39 ºC y la temperatura media de las mínimas absolutas anuales alcanza valores
en torno a los 2,77 ºC.
La oscilación térmica se define como la diferencia entre la temperatura media del mes
más cálido y la media del mes más frío. Así para el caso de la estación que nos ocupa
la oscilación térmica se obtiene de la diferencia entre la temperatura del mes de
agosto (23,6 ºC) y la del mes de febrero (4,8 ºC), es decir, resulta una oscilación
térmica de 18,8 ºC.
De estos datos relativos a las características térmicas de la estación objeto de estudio
se infiere un régimen climático térmico de temperaturas extremadas, frío en invierno y
algo caluroso en verano, aunque las noches, en esta estación, son relativamente
frescas.
6.1.3 Régimen hídrico
Para la caracterización del régimen de lluvias de un lugar es necesario disponer de los
registros relativos a la pluviometría media mensual, estacional y anual. Para ello, se
han utilizado los datos mensuales ofrecidos por la red meteorológica ya citada.
Para el cálculo de las pluviometrías estacionales se ha procedido a la suma aritmética
de las pluviometrías correspondientes a los meses de la estación, considerando que,
por ejemplo, el invierno incluye los meses de diciembre, enero y febrero. La
pluviometría anual es la suma de la pluviometría mensual en los doce meses.
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Tabla 6.1.3.1.- Precipitaciones mensuales, máximas y estacionales
Las precipitaciones que se registran en la zona son moderadas, con un valor medio
anual de 443,20 mm. Los meses en los que se registran menos precipitaciones y, por
tanto, resultan más secos son Julio (no se disponen datos) y septiembre; la situación
contraria, es decir, los episodios que registran mayores cantidades de lluvias son los
meses de noviembre y abril. En la siguiente tabla se reflejan los datos de insolación en
cada uno de los meses del año:
Tabla 6.1.3.2.- Insolación mensual
En los últimos años, se registraron 277 días despejados, 730 días de lluvia, 10 días
con nieve y 5 con granizo.
6.1.4 Índice de humedad
El valor anual de la evapotranspiración potencial de Thornthwaite (PE) se utiliza en el
cálculo del índice de humedad del mismo autor. IH = 100 (P-PE)/PE, que expresa el
porcentaje del exceso o defecto de la precipitación anual (P) respecto a la
evapotranspiración anual (PE). Si P > PE el índice es positivo y si P < PE es negativo.
Según el citado valor Thornthwaite (1955) reconoce cinco regiones de humedad,
algunas de ellas diversificadas.
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Para nuestros valores de precipitación y evapotranspiración anuales, el índice de
humedad de Thornthwaite nos da un valor de -34,59, por lo que, tal y como podemos
reflejar en la tabla, el tipo climático corresponde a semiárido, debido a las pocas
precipitaciones del último año.
Tabla 6.1.4.1.- Tipos climáticos
6.1.5 Caracterización bioclimática
Basándose en la clasificación de Rivas Martínez se ha llevado a cabo la clasificación
de la zona de estudio. De forma previa se procede al cálculo de los siguientes Índices
Bioclimáticos (Clasificación climática de Rivas Martínez 1993).
Tabla 6.1.5.1.- Índices bioclimáticos de Rivas Martínez
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La zona de estudio está encuadrada en el reino Holártico, región Mediterránea, piso
Supramediterráneo y Provincia Carpeto-Ibérico-Leonesa.
De igual forma se pueden obtener otros índices bioclimáticos válidos para la zona de
estudio.
Tabla 6.1.5.2.- Índices bioclimáticos
Tabla 6.1.5.3.- Tipos, subtipos y niveles de continentalidad simple (IC) que se
reconocen en la tierra
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Tabla 6.1.5.4.- Tipos y subtipos de termicidad en la tierra
La clasificación de Allué (1990), se basa en diagramas ombrotérmicos de Gaussen
para precipitación y temperatura, donde se puede determinar la duración de los
periodos de sequía (Gaussen en 1952 establece que un mes se puede considerar
como seco cuando la precipitación en mm es inferior al doble de la temperatura
expresada en ºC). Basados en los citados diagramas, se pueden realizar para la
misma clasificación los Climodiagramas de Walter-Lieth, que añaden otras
informaciones complementarias.
Figura 6.1.5.1.- Climodiagrama de Walter – Lieth. Datos de la Estación
Meteorológica de Colmenar viejo
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La línea azul representa las temperaturas y la roja, las precipitaciones. Cuando la línea
azul supera a la línea roja representa que se produce sequía.
Además, los valores que se presentan tienen el significado que se indica a
continuación:
VARIABLE VALOR
Temperatura media anual 13,82
Mes más frío 4,8 Febrero
Mínima anual -6,7
Mes más cálido 35,2 Agosto
Precipitación total anual 443,2
Precipitación primavera 183,8
Precipitación verano 62,6
Precipitación otoño 181,1
Precipitación invierno 15,7
Intervalo de sequía 6 meses
Tabla 6.1.5.5.- Calores de las variables climáticas para la zona de estudio
6.1.6 Régimen de vientos
En la rosa de los vientos que se muestra a continuación, se puede observar la
distribución en porcentaje de las direcciones predominantes y la velocidad de los
vientos entre los años 1971-2000. En ella se observa que predominantemente la
velocidad del viento oscila entre los 2 y los 4 m/s, con periodos de calma del 38%. Los
vientos predominantes son del norte y a continuación del suroeste y del sur.
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Figura 6.1.6.1.- Rosa de los vientos
6.2 Características de la atmosfera
6.2.1 Capacidad de dispersión atmosférica
Al objeto que nos ocupa resulta conveniente delimitar y caracterizar las zonas
atmosféricas potencialmente afectadas por los agentes contaminantes existentes en la
atmósfera.
Se incluye la figura donde se representa la capacidad de dispersión atmosférica de la
Comunidad de Madrid1, donde la zona objeto de estudio queda incluida en aquella
donde la capacidad de dispersión atmosférica se define como “media”
1Desarrollo y Medio Ambiente en Madrid. Cámara de Comercio e Industria de Madrid. Madrid 1990
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Figura 6.2.1.1.- Capacidad de dispersión atmosférica (C. de Madrid)
6.2.2 Niveles de contaminantes atmosféricos
A pesar de que no es legalmente obligatorio por ser población con menos de 100.000
habitantes, Tres Cantos cuenta desde junio de 2004 con una Estación propia de
Análisis de Calidad del Aire complementada con una Estación Meteorológica, que
permite obtener una información particularizada y detallada de la calidad del aire en el
municipio.
La Estación de Tres Cantos proporciona datos sobre los parámetros meteorológicos
de temperatura, humedad relativa, radiación solar, velocidad y dirección del viento, y
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los parámetros de los contaminantes: óxidos de nitrógeno totales, monóxido de
nitrógeno, dióxido de nitrógeno, dióxidos de azufre y ozono.
A nivel de la Comunidad de Madrid, existe una Red de Control de la Calidad del Aire,
que cuenta con un conjunto de estaciones automáticas fijas que proporcionan datos de
inmisión de contaminantes en el aire ambiente y que han sido distribuidas en siete
zonas consideradas homogéneas a los efectos de calidad del aire.
Tres Cantos se encuentra incluido en la Zona 4 “Zona Urbana Noroeste”, que cuenta
con estaciones en Colmenar Viejo, Majadahonda y Collado-Villalba.
La estación situada en Colmenar Viejo; a una altura de 905 m, es la más próxima al
área de estudio con datos publicados. Se caracteriza por situarse en el núcleo urbano.
Figura 6.2.2.1.- Características de la Estación de Colmenar Viejo
Fuente: Red de Calidad del Aire. CAM
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De la Red de Calidad del Aire de la estación se han obtenido los datos históricos de
los contaminantes atmosféricos desde junio de 2016 a junio de 2017. Las
concentraciones por contaminantes aportadas por la Red son las siguientes:
Tabla 6.2.2.1.- Concentración mensual de contaminantes atmosféricos
Fuente: Red de Calidad del Aire. CAM.
De acuerdo con el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la
calidad del aire, los valores límites de concentración de dichos contaminantes son los
siguientes:
Compuesto Límite
NO - µg/m³ 30 μg/m3*
NO2 - µg/m³ 40 μg/m3* * Media Anual
** Máxima diaria
PM10 - µg/m³ 40 μg/m3
O3 -µg/m³ 120 μg/m3**
Tabla 6.2.2.2.- Límites de concentración de contaminantes atmosféricos
Fuente: Red de Calidad del Aire. CAM.
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Los valores mensuales se encuentran dentro de la normalidad. Durante este periodo
no se han producido superaciones de los valores límite anuales en dióxido de
nitrógeno.
6.2.3 Niveles acústicos
Las principales fuentes del ruido que afectan al ámbito en la actualidad son la línea de
cercanías C-7, la línea férrea de alta velocidad y la carretera M-607. En mucha menor
medida, otras fuentes de ruido son las producidas por los usos actuales del suelo.
La legislación aplicable a nivel nacional es la Ley 37/2003 de Ruido, que ha sido
desarrollada en el Real Decreto 1367/2007 de 19 de octubre (B.O.E. 23 octubre 2007)
y posteriores modificaciones. Esta legislación contempla tres periodos de evaluación
diarios: periodo día (7:00-19:00), periodo tarde (19:00- 23:00) y periodo noche (23:00-
7:00).
El Art. 5 del Real Decreto establece la clasificación de las áreas acústicas en función
del uso del suelo. El área de sensibilidad acústica presente actualmente en el ámbito
de la parcela R.G.E. 4b es el Tipo I, área de silencio, según lo establecido en el Plan
Especial de 2012 y la Ordenanza de protección del medio ambiente contra la emisión
de ruidos y vibraciones del Ayuntamiento de Tres Cantos. De acuerdo con la actual
Ley del Ruido, corresponde a un área de tipo E: sectores del territorio con predominio
de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera de una especial protección
contra la contaminación acústica.
En el plano siguiente, Áreas de sensibilidad acústica se delimitan cada una de las
áreas diferenciadas de acuerdo con la ordenanza municipal.
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Figura 6.2.3.1.- Áreas de sensibilidad acústica.
Estado actual. Plan Especial 2012.
La modificación que aquí se propone, de acuerdo con la Ordenanza del Ayuntamiento,
correspondería a un área tipo III (área tolerablemente ruidosa).
Según la Ley de Ruido, los equipamientos deportivos se encuentran incluidos en las
áreas de tipo C: sectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de
espectáculos.
Figura 6.2.3.2.- Áreas de sensibilidad acústica.
Estado modificado.
En el Art. 14.2 del RD 1367/2007 se establecen los objetivos de calidad acústica para
ruido aplicables a áreas acústicas. El caso que nos ocupa se trata de un área
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urbanizada y, por lo tanto, el objetivo de calidad acústica a alcanzar es la no
superación del valor que le corresponde en la tabla A del anexo II del RD 1367/2007.
Tabla 6.2.3.1.- Objetivos de Calidad Acústica de la Ley del Ruido. Referenciados
para un altura de 4 m.
Por su parte, los valores límite de ruido en el ambiente exterior, según el artículo 7.2.a
de la ordenanza municipal son los siguientes:
Tabla 6.2.3.2.- Valores de límite de ruido en el ambiente exterior
de la ordenanza municipal
El periodo día comprende entre las 8 y 22 horas. El periodo noche entre las 22 y 8
horas. Esta ordenanza municipal es mucho más restrictiva que la legislación a nivel
nacional por lo que se adopta la misma a la hora de analizar los niveles sonoros.
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Situación pre operacional y mapas de isófonas
El estudio de incidencia acústica del Plan Parcial “Sector AR Nuevo Tres Cantos”,
anexo al Informe de Análisis Ambiental de enero de 2006, establecía para la parcela
R.G.E. 4b un área de sensibilidad acústica tipo III, área tolerablemente ruidosa. Esta
área de sensibilidad acústica fue cambiada a un tipo I cuando se llevó a cabo el Plan
Especial de 2012. El antiguo área tipo III del plan parcial es el mismo que el de la
modificación que ahora se propone. Es por ello que tienen interés los resultados de
aquel estudio de incidencia acústica realizado en el año 2006.
Se llevó a cabo una campaña de mediciones en verano de 2005 para determinar los
niveles preoperacionales en cuatro puntos del sector próximos a la línea de cercanías.
No se realizó mapa de isófonas de la situación pre operacional. Ninguno de los puntos
de medición se encontraban próximos a la parcela, por no existe dato alguno que
permita indicar los niveles acústicos actuales en el ámbito de la parcela.
Para el estudio de ruido post operacional del sector si se llevó a cabo una
modelización en función de los niveles de intensidad de tráfico de la línea de cercanías
C-7, la línea férrea de alta velocidad y la carretera M-607. El horizonte elegido fue el
año 2010. De acuerdo con dicho estudio, los niveles sonoros en la mitad sur de la
parcela serían los propios de una zona Tipo II con 55 dB (A) diurnos; y un tipo II de 45
dB(A) nocturnos, para una franja paralela a la Avenida de España.
6.3 Fisiografía y pendientes
Tres Cantos se localiza en la zona de borde de piedemonte de la Sierra de
Guadarrama, entre los 600 y 800 metros de altitud. Las cotas de la parcela oscilan
entre los 725 y 711 metros, localizándose el punto más alto en el límite noroeste.
A nivel fisiográfico, la parcela de estudio está en un área de interfluvios y vertientes.
Comprende una pequeña vaguada cuyas aguas desaguan hacia el sudeste, con una
pendiente suave en dicha dirección.
Los intervalos de pendiente son los correspondientes a los valores entre 3 y 25%. Las
mayores pendientes se localizan al norte de la parcela, dónde aparece una zona de
ladera que conecta con el monte preservado y el parque norte limítrofe.
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6.4 Geología y geomorfología
6.4.1 Marco geológico
El ámbito de actuación se caracteriza geológicamente por estar contenido en una gran
mancha Miocénica. El Cuaternario aparece cubriendo gran parte de la formación
terciaria palustre y especialmente rellenando toda la red fluvial provincial. Los
materiales cuaternarios son fundamentalmente arenas, gravas y limos. Estos
materiales aparecen en las proximidades de los cauces que atraviesan la zona.
El ámbito objeto de estudio se caracteriza por presentar como material del terciario
arenas arcósicas con cantos.
Figura 6.4.1.1.- Mapa geológico del área
Leyenda:
15.- Arenas arcósicas con cantos, alternando con limos y arcillas ocres.
18.- Arenas arcósicas blancas de grano grueso, con cantos y a veces bloques.
27.- Arenas, arcillas y limos con gravas. Fondos de valle.
Fuente: Mapa geológico de España 1:50.000, del IGME.
15
C
18
C
27
C
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Se describen a continuación las unidades:
15.- Arenas arcósicas con cantos, alternando con limos y arcillas ocres.
Las arenas arcósicas con cantos, alternando con limos y arcillas ocres son materiales
del Terciario, que se integran dentro del conjunto denominado Facies Madrid, de
amplia representación en el sector noroccidental de la cuenca, extendiéndose más de
30 km desde sus zonas proximales hasta el sur de Madrid, dónde se producen
cambios de facies notables. El espesor máximo observado es del orden de 60 m, si
bien los valores medios fluctúan entre 30 y 40 m.
Desde un punto de vista litológico se trata de un conjunto homogéneo de arenas
arcósicas de colores ocres y pardos, de tamaño medio a grueso con frecuentes niveles
de conglomerados y microconglomerados de cantos de rocas metamórficas (neises,
metasedimentos) y graníticas. Estos niveles arenosos alcanzan espesores de orden
métrico (4-5 m) y alternan con niveles de lutitas ocres, en ocasiones edafizadas, con
una proporción limo/arcilla muy variable, de espesor generalmente cercano al metro.
Las arcillas son el otro componente característico de la unidad, presentando una
proporción similar de esmectita e illita, si bien hacia el cuadrante suroriental (ALONSO
et al., 1986) aumenta la proporción de esmectita (50%) en detrimento de illita (24%).
Los cuerpos arenosos se organizan en secuencias granodecrecientes con base
erosiva neta y lags; con frecuencia estos cuerpos se amalgaman dando un aspecto
potente y masivo a las arcosas. Suelen presentar estratificación cruzada a mediana y
gran escala, evidenciando una sedimentación de claro origen fluvial.
Sedimentológicamente, las arcosas de esta unidad corresponden a un sistema fluvial
relacionado con sistemas de abanicos aluviales con sus ápices situados en el borde
meridional de la Sierra de Guadarrama. Por su posición y contexto paleogeográfico
corresponden a facies medias dentro del modelo de sedimentación propuesto, cuyas
facies distales se situarían hacia sectores más meridionales, estando representadas
por depósitos más finos al sur de Madrid. Aunque en muchos puntos predominaría el
régimen fluvial, en otros se produciría transporte en masa con carácter episódico y
discontinuo, bajo condiciones climáticas cálidas y estaciones contrastadas (IGME,
1989).
18.- Arenas arcósicas blancas de grano grueso, con cantos y a veces bloques.
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Esta unidad representa junto con la anterior (17) el depósito somital del relleno de la
Cuenca de Madrid en este sector. Se dispone a techo de la serie miocena, siendo
observable entre los valles de los ríos Manzanares y Jarama. Una de sus
características principales es el ligero incremento granulométrico que supone con
respecto a las unidades infrayacentes. Su distribución geográfica coincide con la de la
unidad (15), si bien el modelado cuaternario ha restringido los afloramientos a los
interfluvios más elevados.
El contacto erosivo de la base de la unidad representa una discontinuidad que, no
obstante, resulta bastante difícil de reconocer debido fundamentalmente a su similitud
litológica con los términos arcósicos de la serie sobre la que se apoya; su situación
topográfica, junto a la práctica desaparición de los términos arcillosos, constituyen los
dos criterios principales para su reconocimiento; ambos son la causa del ligero resalte
morfológico que producen en el terreno.
Litológicamente, se trata de un conjunto detrítico de naturaleza arcósica, poco
cementado; presenta color blanco en alteración y amarillo-ocre en corte fresco, siendo
asimilable a la tradicional "arena de miga" de los estudios geotécnicos del ámbito de
Madrid. El tamaño de grano es grueso, incluyendo en muchas ocasiones cantos, a
veces organizados, de distinta naturaleza (granitos, neises). Su composición sugiere
un área fuente fundamentalmente granítica y metamórfica, constituida por los relieves
de la Sierra de Guadarrama.
El depósito de la unidad se relaciona con el desarrollo de abanicos aluviales cuyos
ápices se situarían en el borde meridional de la Sierra de Guadarrama; en sus zonas
medias, a las que corresponden estos depósitos estarían constituidos por una serie de
cursos fluviales más o menos complejos, que drenarían hacia el sur y sudeste. Hacia
zonas meridionales de la cuenca se relacionarían con las facies más distales, si bien la
falta de afloramientos dificulta la observación de tales relaciones.
Es de destacar la casi total ausencia de yacimientos paleontológicos, en
contraposición con el abundante contenido fosilífero de la infrayacente, de
características litológicas y sedimentológicas similares.
27.- Arenas, arcillas y limos con gravas. Fondos de valle.
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Constituyen el relleno más reciente del fondo de todos los valles secundarios y
contribuyen a la configuración del modelado actual de la Hoja. En ocasiones, estos
fondos presentan pequeños escarpes por donde transcurre la escorrentía superficial.
La naturaleza de estos depósitos cuaternarios es similar a la del sustrato,
predominando las arenas con cantos, con un contenido variable de la fracción lutítica
de procedencia aluvial coluvial.
6.4.2 Marco geomorfológico
El área de Madrid es un territorio fisiográficamente de apariencia monótona que, sin
embargo, encierra una gran complejidad evolutiva todavía. Sus elementos destacados
son las superficies divisorias o planicies altas, que forman las cumbres de anchas
lomas (Royo Gómez y Menéndez Puget, 1929), que parten las aguas de los dos
grandes ríos que drenan la zona: el Manzanares y el Jarama.
Tres Cantos se localiza en el piedemonte de la Sierra de Guadarrama, con el relieve
característico de la campiña próxima a la rampa o piedemonte. Dentro de este marco
los ríos y arroyos existentes configuran una red joven y erosiva que produce
importantes entalladuras en los materiales ígneos y sedimentarios, dando lugar a
vertientes acusadas.
En ámbito de estudio y su entorno las vertientes producidas por la red fluvial son más
suaves, no alcanzando el 25%.
6.5 Suelos
Los suelos constituyen un recurso ambiental de gran valor, ya que son un recurso
ambiental no renovable a escala social, es decir, si se destruye un suelo es
especialmente difícil recuperarlo. A veces es imposible, o necesitamos un tiempo muy
largo (centenares de años). Éste es el motivo por el que se valora al suelo de manera
preferente.
Para que se genere un suelo es necesario que se pongan de acuerdo una serie de
factores formadores y que clásicamente son: el material original, la vegetación, la
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pendiente, el tiempo y la climatología. Prácticamente todos estos factores son
estudiados en sus correspondientes apartados, excepto el tiempo, por lo que no se
harán más que menciones específicas de los mismos cuando sea necesario.
En la actualidad tiene el mismo valor el factor uso del suelo por el hombre, como uno
más entre los formadores, ya que el hombre con su tecnología puede modificar suelos
naturales alterando sus procesos edafogenéticos o crear suelos artificiales.
En los terrenos de la actuación, según el plano de asociaciones de suelos de la
Comunidad de Madrid2, como asociación dominante de suelos encontramos el luvisol
gleico, de acuerdo con la clasificación de suelos de la FAO.
Los Luvisoles son suelos ligados a condiciones bioclimáticas concretas, ricos en bases
y con una marcada diferenciación textural dentro del perfil edáfico. El horizonte
Orgánico mineral (A) suele ser seguido en profundidad por otro de acumulación de
arcillas (iluvial o Árgico, denominado Bt por los edafólogos) que proceden del anterior
u otro de intermedio llamado de lavado (eluvial). Estas partículas granulométricas muy
finas son lavadas desde el primero o los dos primeros al último, dando lugar a un perfil
de tipo ABtC. Se trata pues de suelos con una marcada diferenciación textural dentro
del perfil, que adicionalmente atesoran una elevada saturación con bases y arcilla de
alta actividad.
Los luvisoles gleicos son los luvisoles que presentan propiedades gleicas, es decir,
con problemas hidromórficos, dentro de los primeros 100 cm a partir de la superficie.
Al tener textura arcillosa son los de más baja permeabilidad de todos los luvisoles.
6.6 Hidrología
La provincia de Madrid se encuentra al sur de la Sierra de Guadarrama que, como
parte de la Cordillera Central, escinde la Meseta Central en dos submesetas. Hacia el
Norte de la Sierra queda la Submeseta norte o de Castilla León, drenada por el Duero
y, al lado contrario, se extiende la Submeseta sur o de Castilla la Mancha, que
desagua a través de los ríos Tajo, Guadiana y Júcar.
2 CSIC y Consejería de Agricultura y Cooperación. 1990. Mapa de Asociaciones de Suelos de la
Comunidad de Madrid. Escala 1:200.000. CSIC, Consejería de Agricultura y Cooperación. Madrid.
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Por tanto, el drenaje superficial de la provincia de Madrid se realiza a través del río
Tajo y sus principales tributarios.
6.6.1 Hidrología superficial
El municipio de Tres Cantos está atravesado por una línea de partición de aguas en
dirección norte-sur, coincidente con la antigua vía pecuaria y en la actualidad con la
autovía de Colmenar (M-607).
Esta divisoria separa dos cuencas hidrográficas, una situada al oeste que pertenece a
la cuenca del Manzanares y, otra al este que pertenece a la cuenca del Jarama.
El esquema hidrológico superficial se corresponde con la cuenca hidrográfica
perteneciente al Jarama. Muchos de los arroyos de la zona son tributarios de esta
cuenca como el arroyo Bodonal, Valdecarrizo y el de Valdelalosa que atraviesan la
zona de estudio. Estos son arroyos evolucionados, siendo en muchos casos torrentes
con carácter estacional.
En la parte norte de Nuevos Tres Cantos se localiza el arroyo Valdecarrizo, que fluye
en dirección sur recogiendo el agua de cauces estacionarios y atravesando el sector.
La parcela R.G.E. 4b se localiza a unos 250 m al suroeste del arroyo Valdecarrizo.
El arroyo de Valdelalosa, más al sur, se encuentra a unos 150 - 200 m al sudeste de la
parcela.
La escorrentía superficial del ámbito, debido a la pendiente, se dirige en su mayoría
hacia el sudeste, vertiendo las aguas íntegramente al Arroyo de Valdecarrizo a través
de una línea de drenaje que recorre la parcela de noroeste a sudeste. En lo que
respecta al arroyo de Valdecarrizo, este vierte sus aguas al arroyo de Viñuelas.
6.6.2 Hidrogeología
La zona de estudio está situada dentro de la zona norte de la Cuenca del Tajo, y
asentada sobre la unidad hidrogeológica Madrid-Talavera, perteneciente al “Sistema
nº 05” (IGTE 1981), y que posee una extensión en la provincia de Madrid de 992 km2,
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de los que 123 km2 corresponden a materiales permeables que constituyen los
acuíferos de la unidad.
La unidad hidrogeológica está compuesta por materiales miocénicos que forman un
conjunto derramado. Esta formación se presenta en las laderas de los núcleos
formaciones rocosas en degradación y rellenados por arcosas a veces con cantos, con
lutitas, margas, calizas y localmente nódulos de sílex y yeso, por la formación arenosa
del Aquitanense-Tortoniense.
La cuenca presenta un espesor medio del orden un kilómetro, si bien en algunas
zonas éste puede superar los 3.000 m.
En numerosos trabajos científicos realizados desde las universidades madrileñas,
durante las décadas de los setenta y ochenta del pasado siglo, se utiliza la
denominación Acuífero Terciario Detrítico de Madrid (en adelante ATDM) para referirse
a estos materiales detríticos que se extienden sobre más de 7.000 km2 de la cuenca
de Madrid siguiendo el contacto con el complejo ígneo-metamórfico del Sistema
Central, tanto en el sector central de la provincia del mismo nombre (donde ocupan
unos 2.600 km2) como en las vecinas de Guadalajara y Toledo. También se le hacía
referencia como el Acuífero Detrítico del Tajo. En este contexto, el acuífero comprende
las subcuencas de los cinco grandes afluentes del Tajo por su margen derecha, que
de oriente a occidente son: Henares (en realidad subsidiario del siguiente), Jarama,
Manzanares (subsidiario del anterior), Guadarrama y Alberche.
Actualmente, el acuífero Terciario detrítico está dividido en masas de aguas
subterráneas tal como demanda la Directiva Marco del Agua. El principal cambio
específico en comparación con las unidades anteriores consiste en la individualización
como masas de agua de los aluviales cuaternarios suprayacentes sobre los detríticos
Terciarios. La unidad 03.05 Madrid-Talavera se compone de las siguientes masas de
agua (CHT, 2007): 30629 (03.05a) Talavera, 30631 (03.05b), Madrid: Aldea del
Fresno-Guadarrama (o Madrid: Alberche-Guadarrama), 30630 (03.05c) Madrid:
Guadarrama-Manzanares, 30627 (03.05d) Madrid: Manzanares-Jarama y 30628
Aluvial del Tajo: Toledo Montearagón.
Tanto la permeabilidad como la transmisividad del acuífero son más bien bajas. La
permeabilidad horizontal oscila entre 0,1 y 0,3 m/día y la transmisividad es variable
según las zonas, comprendida entre unas pocas unidades y unas pocas decenas,
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normalmente inferior a 50 m2/día, para los 200 primeros metros de zona saturada
(Llamas, 1987). Igualmente son bajos los valores de difusividad hidráulica, lo que da
lugar a conos de depresión con forma de embudos muy profundos y de relativamente
poca base.
La hidrogeoquímica de las captaciones someras (generalmente manantiales) fue
analizada por Toves y Llamas (1983) llegando a la conclusión de que la composición
química de estas captaciones someras está controlada principalmente por la litología
sobre la que se ubican, coherentemente con la hipótesis de que estos puntos de agua
drenan flujos de agua de carácter local o microlocal, de corto tiempo de residencia, y,
por tanto, con una menor influencia del flujo en la composición química de estas
aguas.
Sobre la hidrogeoquímica de las aguas más profundas el conocimiento es aún escaso.
Los análisis químicos obtenidos en los pocos sondeos que sobrepasan los 1.000 m de
profundidad revelan un alto contenido en sales disueltas (conductividades entre 70.000
y 200.000 μS/cm), aumentando con la profundidad (López Vera y Gómez Artola,
1984).
6.6.3 Vulnerabilidad a la contaminación
La vulnerabilidad a la contaminación de las aguas subterráneas depende tanto de
factores intrínsecos a las características del acuífero (p. ej. Permeabilidad) como de
factores externos (p. ej. proximidad de un foco contaminante).
Atendiendo a las características intrínsecas de los acuíferos, en orden decreciente de
riesgo a la contaminación tenemos: a) acuíferos cuaternarios poco profundos, b)
niveles acuíferos del detrítico de Madrid someros y c) niveles acuíferos del detrítico de
Madrid profundos.
La contaminación de los depósitos cuaternarios se favorece por la escasa profundidad
a la que se encuentra el nivel del agua, del orden de 5 a10 m, y por tratarse de
materiales poco consolidados con una permeabilidad elevada. Los problemas más
importantes surgen en los depósitos aluviales, habitualmente conectados
hidráulicamente con el río, de modo que si este transporta un contaminante puede
llegar con facilidad al acuífero.
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Menos vulnerables son los materiales detríticos del Terciario de Madrid, que se ve
favorecido por la mayor profundidad a la que se encuentra el límite superior de la zona
saturada, y por los cambios laterales de facies que se producen en profundidad, donde
abundan niveles semipermeables con mayores contenidos de arcilla. La
contaminación será tanto más importante cuanto más arenosas sean las facies.
En este caso, debido a la profundidad, tipo de material y ausencia de aleatoriedad de
los terrenos sobre los que se asienta el acuífero, se considera que éste se encuentra
parcialmente protegido de la propagación de la contaminación.
Se trata de un acuífero en arenas o areniscas, donde no existe protección frente a la
entrada del contaminante, pero la lenta circulación subterránea y la intensa filtración
natural hacen que la propagación de una eventual contaminación sea muy lenta y no
llegue a alcanzar grandes distancias.
No obstante, la persistencia de dicha contaminación, debido precisamente a las
características de la formación acuífera, es larga, en función de la renovación
completa de las reservas del acuífero, que, en ciertos casos, puede llegar a ser
plurianual.
Es importante analizar la “permeabilidad” con respecto a la posible contaminación de
las aguas subterráneas. Tal y como indica el mapa de permeabilidad del Instituto
Geológico y Minero de España, el ámbito de estudio se sitúa en áreas de
permeabilidad media, lo que viene a implicar, de acuerdo con el mapa hidrogeológico,
una vulnerabilidad media a la contaminación.
Atendiendo al Atlas Geocientífico del Medio Natural de la Comunidad de Madrid y
desde el punto de vista de la vulnerabilidad a la contaminación de los acuíferos, en el
término municipal de Tres Cantos, existen dos categorías:
Vulnerabilidad alta; Acuífero muy permeable por porosidad. Coincide con el
curso de agua de Valdecarrizo, y en general con todos los cursos de agua
donde el nivel freático es muy alto.
Vulnerabilidad media: Acuífero de permeabilidad media por porosidad. Los
datos de los sondeos realizados por el Canal de Isabel II localizan el nivel
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freático entre los 240-280 m. Esta profundidad contribuye a disminuir el riesgo
de contaminación.
6.7 Vegetación
6.7.1 Biogeografía
La biogeografía es una rama de la geografía que versa sobre la distribución de los
seres vivos sobre la Tierra. Dentro de esta ciencia, la Corología vegetal ha tomado
mucha importancia en los últimos años. Ésta estudia la distribución y localización de
las especies y comunidades, profundizando en su localización actual y pretérita, e
intentando descubrir una tipología o sistemática biogeográfica.
En cuanto a la bioclimatología se centra en el estudio de los pisos bioclimáticos,
entendiendo como tal, cada uno de los tipos o espacios termoclimáticos que se
suceden en una serie actitudinal o latitudinal.
Para el desarrollo de los pisos climáticos se utilizan los “Mapas de Series de
Vegetación de España”, de Salvador Rivas-Martínez. Según ellos, la tipología
biogeográfica que corresponde al término municipal de Tres Cantos es la siguiente:
Región Mediterránea
Subregión Mediterránea Occidental
Superprovincia Mediterráneo-Iberoatlántica
Provincia Carpetano-Ibérico-Leonesa
Subprovincia Carpetana
Sector Guadarrámico
Subsector Guadarramense
Distrito Guadarramense
Distrito Matritense
6.7.2 Rasgos generales del clima y de la vegetación potencial arbórea
Climáticamente, la zona de estudio está englobada en un clima mediterráneo, con un
marcado periodo de sequía estival. Las precipitaciones son moderadas rondando los
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700 mm. La temperatura media anual no llega a superar los 13ºC, habiendo un
periodo de heladas seguras en el mes de diciembre. Ello hace que la vegetación
dominante sea un bosque esclerófilo dominado por las encinas de hoja redondeada
(Quercus rotundifolia), acompañados por enebros (Juniperus oxycedrus), y sus
matorrales de sustitución. En función de los parámetros bioclimáticos, nos
encontraríamos en la zona de transición entre los pisos meso y supramediterráneo, si
bien la presencia de la retama (Retama sphaerocarpa) y de la aulaga (Genista hirsuta)
indican una mayor termicidad, y por lo tanto un ambiente más propio del piso
mesomediterráneo superior.
Todos los bosques potenciales están tremendamente alterados por el intenso uso
antrópico que ha sufrido a lo largo del tiempo, por lo que su estado de conservación es
muy bajo.
6.7.3 Series de vegetación potencial
La serie de vegetación potencial del área es la Serie 24ab supra-mesomediterránea
guadarrámica, ibérico-soriana, celtibérico-alcarreña y leonesa, silicícola de la encina o
carrasca (Junipero oxycedri-Querceto rotundifoliae sigmetum) de faciación
mesomediterránea con Retama sphaerocarpa.
La vegetación potencial de la zona está representada por el encinar con enebros
perteneciente a la asociación Junipero-Quercetum rotundifoliae. Este encinar está
tremendamente degradado por la agricultura y pastoreo, por lo que ha quedado
relegado a pequeñas vaguadas y a pequeñas elevaciones con el suelo más duro y
pétreo, donde la erosión no ha hecho tanta incidencia. También debido a la ganadería
y a la agricultura, sus matorrales de sustitución están muy alterados, siendo el más
extendido sobre suelos algo profundos el retamar con escobón negro (Cytiso scoparii-
Retametum sphaerocarpae). Las pequeñas elevaciones del terreno, con litosuelos
esqueléticos y pedregosos están colonizados por un tomillar (Thymo zygidis-
Plantaginetum radicatae). Estos tomillares alterna con la comunidad basal de lavandas
(Lavandula pedunculata) que sería el estadio primario del jaral (Rosmarino-Cistetum
ladaniferi), que en la actualidad no existe. En las pequeñas zonas de vaguada que han
sido cultivadas y pastoreadas (por lo tanto, más nitrificadas) aparecen bolinares de
escobilla parda (Artemisia glutinosa) y botonera (Santolina rosmarinifolia).
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La cantidad de pastizales que aparecen en la zona atienden tanto a las condiciones
del microrrelieve, como al uso que se la ha dado al terreno. Tal vez los menos
alterados sean los lastonares de Stipa lagascae en las zonas más venteadas
(Centaureo-Stipetum lagascae), pastizales de crucíferas en suelos arenosos y
removidos (Rhynchosinapio-Brassicetum barrelieri), majadales degradados de Poa
bulbosa, etc. En las zonas más fuertemente pisoteadas y pastoreadas aparecen
comunidades dominadas por diferentes especies de cardos (Silybum marianum,
Onopordum acanthium, Onopordum illyricum).
6.7.4 Vegetación actual
La vegetación actualmente presente en la parcela se encuentra alterada por la acción
humana en el territorio.
Se observa un predominio de formaciones de pastizal xerofítico con algún pie de
encina y de chopo blanco. Esta zona de pastizal es el tipo de vegetación más
frecuente del sector, siendo el resultado de la naturalización de los antiguos cultivos
que se daban en la zona.
Dominan los pastos de especies anuales, con presencia de matorral y algunas
especies arbóreas y densidad escasa y variable. Distribución de manera muy
heterogénea y dispersa y en pequeños grupos e individuos.
Es un pastizal que no supera los 50 cm de altura, con presencia de algún pie de
encina originada de rebrote de raíz, y por tanto con varios pies, y pequeñas manchas
de matorral bajo. En concreto, existen cuatro agrupaciones con uno o varios pies de
encina (Quercus ilex rotundifolia). Junto a la Avenida de España aparecen dos
ejemplares de escasa altura de chopo blanco (Populus alba) con numerosos rebrotes.
La especie de matorral alto arbustivo más abundante es la retama (Retama
sphaerocarpa). Las especies más abundantes de matorral bajo, son el cantueso
(Lavandula stoechas subsp. pedunculata), escobilla parda (Artemisia campestris
subsp. glutinosa), y tomillo salsero (Thymus zygis).
Dentro de la zona no se han identificado especies vegetales amenazadas.
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6.8 Fauna
La situación geográfica del área de estudio dentro del conjunto de la Comunidad de
Madrid le confiere ciertas peculiaridades, no tanto por la riqueza intrínseca de la
parcela en especies faunísticas, sino por la relativa cercanía al Monte del Pardo y al
Monte de Viñuelas.
Las comunidades de invertebrados de pastizal se caracterizan por presentar una cierta
diversidad de especies de insectos, sobre todo aquellas especies pertenecientes a los
ordenes Coleóptera, Himenóptera, Lepidóptera y Ortóptera.
En cuanto a las comunidades de vertebrados en general, están constituidas por
especies propias de espacios abiertos, ya que el biotopo predominante se encuentra
constituido por pastizales, así como especies típicas de medios urbanos.
Muchas de las especies que pueden encontrarse, utilizan esta zona como área de
campeo. Dentro del grupo de aves destacan como más frecuente la presencia de:
cogujada común (Galerida cristata), vencejo común (Apus apus), urraca (Pica pica),
cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), jilguero (Carduelis carduelis), verdecillo (Serinus
serinus), golondrina común (Hirundo rustica), carbonero común (Parus major),
herrerillo común (Parus caeruelus), gorrión común (Passer domesticus), mochuelo
(Athene noctua), estornino negro (Sturnus unicolor), abubilla (Upupa epops), grajilla
(Corvus monedula), milano real (Milvus milvus), paloma torcaz (Columba palumbus) y
lavandera boyera (Motacilla flava).
Dentro del grupo de los mamíferos la presencia de liebre (Lepus granatensis) y conejo
(Oryctolagus cuniculus), especies asociadas a cultivos y áreas con arbolado y
arbustos dispersos.
Es importante anotar que debido a la cercanía del vertedero de Colmenar Viejo se
puede encontrar en el aire, sobre todo en época de primavera y verano,
concentraciones de aves como milano negro (Milvus migrans), milano real (Milvus
milvus) y cigüeña común (Ciconia ciconia).
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6.8.1 Inventario faunístico
La metodología seguida para la elaboración del inventario faunístico del área de
estudio combina datos de campo así como datos de diversos autores.
Para la consideración de las especies se ha consultado sobre todo el Inventario
Nacional de Biodiversidad. Vertebrados (Ministerio de Agricultura y pesca,
Alimentación y Medio Ambiente), haciéndose especial hincapié en la revisión y
búsqueda de aquellas especies incluidas en Convenios Internacionales ratificados por
España, Directivas de la Unión Europea (Directiva de Aves Silvestres y Directiva de
Hábitats) y Normas Estatales y Autonómicas (Catálogo Nacional y Catálogo Regional
de Especies Amenazadas).
http://www.magrama.gob.es/es/biodiversidad/temas/inventarios-nacionales/inventario-
especies-terrestres/default.aspx
Se ha tenido en cuenta para cada especie la existencia de citas en la cuadrícula UTM
30TVK39, dónde se sitúa el ámbito, si bien señalar que la presencia real u ocasional
de las especies inventariadas es mucho más limitada, dada la localización de la
parcela en suelo urbano. La información se ha completado con visita de campo.
Legislación autonómica
Decreto 18/92 por el que se aprueba el Catálogo Regional de Especies
Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres y se crea la categoría de Árboles
Singulares: “E” representa a los taxones catalogados “En Peligro de Extinción”;
“S” a los catalogados como “Sensibles a la Alteración de su Hábitat”; “V” a los
catalogados “Vulnerables” y “IE” a los catalogados “De Interés Especial”.
Legislación nacional
Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero para el desarrollo del Listado de
Especies Silvestres en régimen de Protección Especial y del Catálogo Español
de Especies Amenazadas. “E” representa a los taxones catalogados “En
Peligro de Extinción”; “PE” a los catalogados “De Protección Especial”; “V” a los
catalogados “Vulnerable”; “
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Legislación internacional
Directiva Aves (2009/147/CE), relativa a la Conservación de las Aves
Silvestres, (versión codificada). “I” representa a los taxones incluidos en el
Anexo I, que deben ser objeto de medidas de conservación del hábitat.
Directiva Hábitat, aprobada por la CE el 21 de mayo de 1992, relativa a la
Conservación de Hábitats Naturales dentro del territorio de la CE. “II” señala a
los taxones incluidos en el Anexo II, que deben ser objeto de medidas
especiales de conservación del hábitat; las que van acompañadas de un
asterisco son “especies prioritarias”.
Del listado global de las especies de avifauna, se han destacado aquellas que poseen
medidas de protección más estrictas, mantienen poblaciones escasas en la zona o, en
su caso, constituyen el límite de su área de distribución específica, y que, desde
nuestro punto de vista, precisan de un mejor conocimiento y de un mayor esfuerzo
proteccionista, con el objeto de que no se vean afectadas por las acciones del plan.
A continuación se presentan las tablas de inventario del ámbito de actuación y
alrededores. Asimismo, en las tablas se indica el estado de amenaza y estatus
determinados por el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, el Catálogo
Regional de Especies Amenazadas, la Directiva Aves 2009/147/CE y la Directiva
Hábitats 92/43/CEE.
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Tabla 6.8.1.1.- Anfibios citados en el área de estudio
ESPECIE NOMBRE VULGAR
LEGISLACIÓN VIGENTE
CAT. NAC CAT. REG
ANEXO II
D. HAB
ANFIBIOS
Alytes cisternasii Sapo partero ibérico PE - -
Bufo calamita Sapo corredor PE - -
Pelobates cultripes Sapo de espuelas PE - -
Es necesario indicar la falta de superficies permanentes de agua para los anfibios.
Tabla 6.8.1.2.- Reptiles citados en el área de estudio
ESPECIE NOMBRE VULGAR
LEGISLACIÓN VIGENTE
CAT. NAC CAT. REG
ANEXO II
D. HAB
REPTILES
Acanthodactylus erythrurus Lagartija colirroja PE - -
Blanus cinereus Culebrilla ciega PE - -
Chalcides striatus Eslizón tridáctilo PE - -
Coronella girondica Culebra lisa meridional PE - -
Malpolon monspessulanus Culebra bastarda - - -
Natrix maura Culebra viperina PE - -
Podarcis hispanica Lagartija ibérica PE - -
Psammodromus algirus Lagartija colilarga PE - -
Psammodromus hispanicus Lagartija cenicienta PE - -
Rhinechis scalaris Culebra de escalera PE - -
Tarentola mauritanica Salamanquesa común PE - -
Timon lepidus Lagarto ocelado IE - -
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Tabla 6.8.1.3.- Avifauna citada en el área de estudio
ESPECIE NOMBRE VULGAR
LEGISLACIÓN VIGENTE
CAT. NAC CAT. REG
ANEXO I
D. AVES
AVES
Accipiter gentilis Azor común PE - -
Accipiter nisus Gavilán PE - -
Aegithalos caudatus Mito PE - -
Alauda arvensis Alondra común - - -
Alectoris rufa Perdiz roja - - -
Anthus campestris Bisbita campestre PE - I
Apus apus Vencejo común PE - -
Aquila adalberti Águila Imperial Ibérica E E I
Asio otus Búho chico PE - -
Athene noctua Mochuelo PE - -
Buteo buteo Ratonero común PE - -
Calandrella brachydactyla Terrera común PE - I
Caprimulgus europaeus Chotacabras europeo PE - I
Caprimulgus ruficollis Chotacabras cuellirrojo - IE -
Carduelis cannabina Pardillo común - - -
Carduelis carduelis Jilguero - - -
Carduelis chloris Verderón común - - -
Cecropis daurica Golondrina dáurica PE - -
Certhia brachydactyla Agateador común PE - -
Cettia cetti Ruiseñor bastardo PE - -
Ciconia ciconia Cigüeña blanca PE V I
Cisticola juncidis Buitrón PE - -
Clamator glandarius Críalo europeo PE - -
Columba livia/domestica Paloma
bravía/doméstica - - -
Columbra oenas Paloma zurita - - -
Coracias garrulus Carraca PE V I
Coturnix coturnix Codorniz - - -
Corvus corone Corneja negra - - -
Corvus corax Cuervo - - -
Corvus monedula Grajilla - - -
Cuculus canorus Cuco PE - -
Delichon urbicum Avión común PE - -
Dendrocopos major Pico picapinos PE - -
Emberiza calandra Triguero - - -
Emberiza cia Escribano montesino PE - -
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ESPECIE NOMBRE VULGAR LEGISLACIÓN VIGENTE
Emberiza cirlus Escribano soteño PE - -
Erithacus rubecula Petirrojo PE - -
Falco subbuteo Alcotán PE IE -
Falco tinnunculus Cernícalo vulgar PE - -
Fringilla coelebs Pinzón vulgar - - -
Fulica atra Focha común - - -
Galerida cristata Cogujada común PE - -
Galerida theklae Cogujada montesina PE - I
Garrulus glandarius Arrendajo - - -
Hieraaetus fasciatus Águila perdicera V E I
Hieraetus pennatus Águila calzada PE IE I
Hippolais polyglotta Zarcero común PE - -
Hirundo rustica Golondrina común PE - -
Jynx torquilla Torcecuello - IE -
Lanius excubitor Alcaudón real - IE -
Lanius senator Alcaudón común PE - -
Loxia curvirostra Piquituerto común PE - -
Lullula arborea Totovía PE - I
Luscinia megarhynchos Ruiseñor común PE - -
Melanocorypha calandra Calandria común PE IE I
Milvus migrans Milano negro PE - I
Milvus milvus Milano real E V I
Motacilla alba Lavandera blanca PE - -
Motacilla cinerea Lavandera cascadeña PE - -
Motacilla flava Lavandera boyera PE - -
Muscicapa striata Papamoscas gris PE - -
Oenanthe hispanica Collalba rubia PE - -
Oenanthe leucura Collalba negra PE - I
Oenanthe oenanthe Collalba gris PE - -
Oriolus oriolus Oropéndola PE - -
Otus scops Autillo PE - -
Parus ater Carbonero garrapinos PE - -
Parus caeruleus Herrerillo común PE - -
Parus cristatus Herrerillo capuchino PE - -
Parus major Carbonero común PE - -
Passer hispaniolensis Gorrión moruno - - -
Passer domesticus Gorrión común - - -
Passer montanus Gorrión molinero - - -
Petronia petronia Gorrión chillón PE - -
Phoenicurus ochruros Colirrojo tizón PE - -
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ESPECIE NOMBRE VULGAR LEGISLACIÓN VIGENTE
Phylloscopus bonelli Mosquitero papialbo PE - -
Phylloscopus collybita Pájaro moscón PE - -
Phylloscopus ibericus Mosquitero ibérico PE - -
Pica pica Urraca - - -
Picus viridis Pito real PE - -
Ptyonoprogne rupestris Avión roquero PE -
Regulus ignicapilla Reyezuelo listado PE - -
Remiz pendulinus Pájaro moscón PE - -
Riparia riparia Avión zapador PE IE -
Saxicola torquata Tarabilla común PE - -
Serinus serinus Verdecillo - - -
Sitta europaea Trepador azul PE - -
Streptopelia turtur Tórtola común - - -
Strip aluco Cárabo común PE - -
Sturnus unicolor Estornino negro - - -
Sylvia atricapilla Curruca capirotada PE - -
Sylvia cantillans Curruca carrasqueña PE - -
Sylvia communis Curruca zarcera PE - -
Sylvia conspicillata Curruca tomillera PE - -
Sylvia hortensis Curruca mirlona PE IE -
Sylvia melanocephala Curruca cabecinegra PE - -
Sylvia undata Curruca rabilarga PE - I
Troglodytes troglodytes Chochín PE - -
Turdus merula Mirlo común - - -
Turdus viscivorus Zorzal charlo - - -
Tyto alba Lechuza común PE IE -
Upupa epops Abubilla PE - -
Vanellus vanellus Avefría europea - IE -
De las especies que podemos encontrar en el área de estudio, hay que destacar que
algunas de ellas tienen una presencia limitada o muy esporádica. Destacan por un
lado varias rapaces, que procedentes de áreas cercanas pueden avistarse en el aire
ocasionalmente. Entre otras se citan las siguientes:
Gavilán
Ratonero común
Águila imperial ibérica
Milano real
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Tabla 6.8.1.4.- Mamíferos citados en el área de estudio
ESPECIE NOMBRE VULGAR
LEGISLACIÓN VIGENTE
CAT. NAC CAT. REG
ANEXO II
D. HAB
MAMIFEROS
Eliomys quercinus Lirón careto - - -
Erinaceus europaeus Erizo común - - -
Lepus granatensis Liebre ibérica - - -
Miniopterus schreibersii Murciélago de cueva V V II
Mustela nivalis Comadreja - - -
Oryctolagus cuniculus Conejo - - -
Rattus norvegicus Rata parda - - -
Sus scrofa Jabalí - - -
Talpa occidentalis Topo ibérico - - -
Vulpes vulpes Zorro rojo - - -
Se ha incluido un murciélago que puede sobrevolar el área, aunque no se han
identificado refugios adecuados.
A pesar de la presencia de rapaces sobrevolando el área no existe abundancia de
conejo. Esta es una presa fundamental para los predadores mediterráneos y es un
elemento limitante para garantizar la viabilidad de sus poblaciones, y que pueda ser
empleada con más frecuencia por las aves rapaces.
6.9 Paisaje
6.9.1 Paisaje actual
El término “Paisaje” ha sido empleado con diversos significados, hasta llegar al
concepto actual en el que es considerado como un recurso ambiental, y ha adquirido
singular importancia. Para estudiar el paisaje se han tenido en cuenta los
componentes o factores físicos que lo forman. Estos son los siguientes:
Aguas y suelo: Formas del terreno, topografía, pendientes, afloramientos
rocosos, superficies de suelo, etc.
Vegetación: árboles y arbustos singulares, cubierta vegetal en general,
percibidos como conjuntos homogéneos.
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Actuaciones humanas: usos del suelo, estructuras y construcciones diversas
de carácter puntual, lineal o superficial.
Según el Atlas de los Paisajes de España, se encuadra en un área de paisaje urbano -
periurbano de grandes ciudades y áreas metropolitanas. Corresponde al paisaje de
Madrid y su área metropolitana. Es una unidad caracterizada por la elevada
antropización del territorio, de color variable, con formas geométricas y líneas de
bordes definidos. La presencia de infraestructuras asociadas, edificaciones, como
líneas eléctricas, telefónicas, antenas, etc., se hace más patente en este tipo de
paisaje.
En su cercanía se encuadra una zona de campiña de típica de la Meseta Sur, de la
fosa del Tajo, que se extiende desde el Piedemonte de la Sierra. Constituye conjuntos
claramente diferenciados por sus formas suavemente onduladas y su
aprovechamiento agrícola, este último varía dependiendo de la tipología del suelo. La
campiña comprende las llanuras que actúan como divisorias de las redes fluviales
procedentes del macizo cristalino, una vez han abandonado éste. Es una unidad
amplia, cuyo territorio tipo está definido por los terrenos arcósicos, sus relieves
alomados, su formación vegetal correspondiente al bosque mediterráneo y sus cultivos
de secano.
El fondo escénico hacia el norte de Tres Cantos está constituido por la Sierra de
Guadarrama, dominando este paisaje la Sierra de La Pedriza, en primer plano, aunque
las cumbres más elevadas se corresponde con los picos de La Cuerda Larga, La
Maliciosa (20227 m de altitud), Cabeza de Hierro (2.380 m) y La Najarra (2.105 m).
Todos ellos configuran la silueta final del fondo en colores azulados como
consecuencia de la lejanía.
Sin embargo el relieve montañoso más singular del paisaje de la zona lo constituye el
Cerro de San Pedro con 1.425 m de altitud, su característica silueta resalta del resto
de los componentes del fondo, máxime cuando se encuentra más próximo y algo más
desplazado hacia el noroeste, y por tanto se libra de la competencia de las altas
cumbres de Cuerda Larga.
Al norte, y antes del telón de fondo determinado por la Sierra de Guadarrama, aparece
el casco urbano de Colmenar Viejo.
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El uso tradicional más característico de la campiña es el aprovechamiento ganadero
en régimen extensivo, sin embargo se encuentra en regresión como lo demuestra la
presencia de pastos abandonados.
A grandes rasgos se pueden diferenciar en el municipio dos zonas que constituyen
dos ámbitos independientes desde el punto de vista paisajístico:
La zona norte es la más elevada, siendo el punto más alto el Alto de la
Cabezuela con 763 m.
La zona sudeste dónde los puntos más bajos se encuentran en la vega del
Arroyo de Tejada, con 660 m.
Igualmente es necesario mencionar la incidencia visual que supone la carretera M-607
Madrid-Colmenar, que divide el municipio en dos partes, aprovechando parte del
trazado de una vía pecuaria, y discurre por la divisora de aguas entre las cuencas
hidrográficas que forman el término municipal.
La parcela de estudio se ubica en la zona norte. El paisaje del entorno de la parcela
objeto de estudio se compone de llanuras eriales hacia el norte, con algunas
formaciones de arbolado, especialmente localizadas en la ribera de los cauces.
Aparecen al sur los elementos antrópicos propios del núcleo urbano, como
edificaciones, tendidos eléctricos, carreteras y los viales propios del sector.
En cualquier caso, hay que destacar que esta parcela se encuentra dentro de la trama
urbana del municipio de Tres Cantos. Se trata de un suelo urbano consolidado, por lo
que el paisaje es el propio de zonas urbanas.
6.10 Medio socioeconómico y cultural
Tres Cantos es un municipio madrileño que cuenta con 44.764 habitantes, de acuerdo
con el padrón a 1 de enero del año 2016, y está situado al noroeste de la Comunidad
de Madrid, en la segunda corona metropolitana, a 21 Km. de la capital de España, en
el eje de la M-607.
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Tabla 6.10.1.- Datos básicos de Tres Cantos
Fuente: Caja España
6.10.1 Población
Tres Cantos destaca por su continuado crecimiento poblacional. La intensa dinámica
demográfica comienza en la década de los 80, cuando Tres Cantos experimenta un
continuo crecimiento tras la edificación de las viviendas que contempla la ACTUR. La
cercanía a la capital, hace que Tres Cantos atraiga población que cambia de
residencia manteniendo alguna relación, ya sea laboral, familiar o de otro tipo, con
Madrid. El municipio e integra así en el sector de mayor dinamismo de la Comunidad
Autónoma de Madrid, su Área Metropolitana Norte.
En la siguiente tabla se ofrecen los datos de crecimiento poblacional que se han
registrado en el municipio de Tres Cantos en los últimos años:
28903 Tres Cantos Total Hombres Mujeres
2016 44.764 21.764 23.000
2014 42.546 20.593 21.953
2012 41.302 20.028 21.274
2010 41.147 20.020 21.127
2008 40.606 19.819 20.787
2006 39.826 19.531 20.295
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2004 38.882 19.180 19.702
2002 37.688 18.648 19.040
2000 35.046 17.387 17.659
1998 30.970 15.373 15.597
Tabla 6.10.1.1.- Población de Tres Cantos (Padrón Municipal)
Fuente: INE
Este incremento de población se debe entre otras razones a que los nacimientos son
superiores a las defunciones de la población del municipio y a su cercanía con Madrid.
Tabla 6.10.1.2.- Movimiento natural de la población
Fuente: Caja España
Figura 6.10.1.3.- Estructura de la Población (Padrón 2011)
Es destacable el perfil demográfico de rasgos jóvenes, por comparación con el resto
de la Comunidad de Madrid. La población tipo que fija su residencia en la ciudad es de
individuos con familias jóvenes. Este dato señala el atractivo de Tras Cantos como
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lugar de residencia de población en edad activa y con un potencial demográfico que
garantiza a corto plazo el mantenimiento de la capacidad de crecimiento vegetativo de
la ciudad, si bien éste ha ido descendiendo durante los últimos años.
6.10.2 Empleo y sectores económicos
A continuación se exponen unas tablas en las que se muestra la distribución de las
empresas según los distintos sectores económicos y la actividad desarrollada.
Tabla 6.10.2.1.- Distribución en porcentaje de los sectores económicos (2015)
Fuente: Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid)
Como puede observarse, la mayor parte de la población activa ocupada desarrolla su
actividad en el sector servicios (69,33 %). El segundo sector en importancia es el
sector industrial (22,79 %), seguido por el de la construcción (4,77 %).y con apenas
representación, la agricultura (0,12 %).
6.10.3 Patrimonio histórico y artístico
No existen Bienes de Interés Cultural declarados de la localidad de Tres Cantos. Sin
bien, dentro del Planeamiento Municipal se recogen unas normas de protección
arqueológica.
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6.10.4 Áreas de interés arqueológico
Según el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del municipio de Tres Cantos
existen áreas de interés arqueológico, que a efectos de protección se dividen en 4
tipos: a, b, c, y d. De acuerdo con el mismo, no existe evidencia de la presencia de
áreas de interés arqueológico o paleontológico en la parcela.
6.11 Figuras de protección y otras áreas de interés
A continuación se va a realizar una breve reseña de los espacios protegidos que se
encuentran en el ámbito de estudio o sus proximidades.
6.11.1 Parque Regional de la cuenca alta del río Manzanares
El Parque Regional nace de la necesidad de proteger y potenciar un excepcional
enclave, que alberga singulares y altos valores naturales, paisajísticos, culturales y
agropecuarios, y que constituye un elemento estructurador de la Comunidad de
Madrid.
La parcela R.G.E. 4b no se encuentra en dicho parque, localizado a unos 0,35 km al
suroeste.
6.11.2 Red Natura 2000
La Directiva comunitaria Hábitat (92/43/CEE y posteriores), transpuesta a nuestro
ordenamiento jurídico por los Reales Decretos 1997/1995 y 1193/1998, establece que
cada Estado Miembro contribuirá a la constitución de una red ecológica europea de
ecosistemas llamada Red Natura 2000. Como su propio nombre indica, se trata de una
red de ecosistemas por donde puede desplazarse la fauna quedando conservada junto
con las especies vegetales de estas zonas.
Para ello y previamente, cada Estado Miembro debe designar una serie de Lugares de
Importancia Comunitaria (LIC) que son emplazamiento de alto interés ecológico como
las ZEPAs o los corredores. Los LIC pasarán después a ser ZECs y el conjunto de
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todos ellos configurara la Red Natura 2000. Por lo tanto ésta estará formada por el
conjunto de ZECs que habrán sido aprobados a partir de los LICs originarios.
La parcela de estudio no se localiza en ninguna ZEC o ZEPA.
El espacio más cercano es la ZEC nº ES3110004, Cuenca del río Manzanares,
localizada a 0,35 km al sudeste. A mayor distancia se localizan las Zonas de Especial
Protección para las Aves “Monte de El Pardo” (ES0000011) y “Soto de Viñuelas”
(ES0000012).
Figura 6.11.2.1.- Cartografía de la Red Natura 2000.
Leyenda:
LIC/ ZEC ES3110004, “Cuenca del río Manzanares”
ZEPA ES0000012, “Soto de Viñuelas”
Ambas ZEPAS se hayan inscriptas dentro del ámbito territorial del LIC/ZEC.
6.11.3 Hábitats de Interés Comunitario
Dentro del conjunto de los hábitats españoles, los Hábitats de Interés Comunitario son
tipos de hábitats cuya distribución natural es muy reducida o ha disminuido
considerablemente en el territorio comunitario (turberas, brezales, dunas, etc.), así
como los medios naturales destacados y representativos de una de las seis regiones
biogeográficas de la Unión Europea. En total, casi 200 tipos de hábitats se consideran
de interés comunitario conforme al Anexo I de la Directiva. De entre ellos cobran
especial interés de conservación aquellos considerados de Interés Prioritario.
LIC/ZEC ES3110004
ZEPA ES0000012
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El Atlas de los Hábitats de España es el resultado de cartografiar la vegetación de
España considerando la asociación vegetal como unidad inventariable y a una escala
de trabajo de campo de 1:50.000. Fue actualizado en el año 2005.
De acuerdo con la información suministrada por el atlas de los hábitats en el ámbito no
se localiza ningún hábitat de interés comunitario.
6.11.4 Reserva de la Biosfera Cuenca Alta del río Manzanares
Las Reservas de la Biosfera son zonas de ecosistemas terrestres o costeros/marinos,
o una combinación de los mismos, reconocidas en el plano internacional como tales en
el marco del Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB) de la UNESCO. La
superficie del Plan Especial no forma parte de la Reserva de la Biosfera Cuenca Alta
del Manzanares, declarada en el año 1993.
6.11.5 Vías pecuarias
Las vías pecuarias constituyen una red de caminos milenarios que han posibilitado el
paso del ganado a lo largo de los siglos y que han constituido el verdadero
fundamento infraestructural de la trashumancia castellana, que se desarrolló a lo largo
de la Edad Media. Hoy en día las vías pecuarias además de su tradicional vocación
ganadera, constituyen un entramado de enlace entre los diferentes ecosistemas
existentes en nuestra Comunidad. Comunican entre sí parques, reservas y espacios
naturales, hacen posible el enriquecimiento genético de las especies, permiten el uso
colectivo de estos parajes naturales y constituyen un instrumento favorecedor del
contacto del hombre con la naturaleza.
No existe ninguna vía pecuaria en la parcela o sus alrededores próximos.
6.11.6 Áreas Importantes para las Aves (IBAs)
Las Áreas Importantes para las Aves (IBAs, acrónimo inglés de Important Bird Areas)
son lugares de importancia internacional para la conservación de las aves. El
Inventario de IBAs en el Estado español ha sido realizado por SEO/BirdLife, siguiendo
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criterios científicos basados en el tamaño de población, diversidad y estado de
amenaza internacional de las especies presentes en cada zona.
La parcela se inscribe dentro de la IBA nº 71. El Pardo – Viñuelas, en la Comunidad
de Madrid, con una superficie de 34.000 ha.
6.11.7 Montes preservados
Otra figura de protección a tener en cuenta son los montes preservados (Ley 16/1995
de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid),
consistentes en las masas arbóreas, arbustivas y subarbustivas de encinar, enebral,
coscojar y quejigal, así como las masas de castañar, robledal y fresnedal.
En el término municipal de Tres Cantos sólo se localiza un monte preservado; dehesa
de encinas situada entre la Cabezuela y el Arroyo Valdecarrizo, en la zona central del
desarrollo de Nuevo Tres Cantos. Corresponde a la parcela limítrofe al norte con el
ámbito de estudio.
Figura 6.11.7.1.- Monte preservado
6.11.8 Monte del Pardo
El Monte de El Pardo se localiza al Sur del término municipal, con el Parque Regional
de la Cuenca Alta del Manzanares de por medio respecto a la zona de estudio, por lo
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que no existe afección. Su vegetación está compuesta especialmente por encinas y
monte bajo, existiendo en medida más razonable los enebros, pinos y alcornoques.
6.11.9 Puntos de Interés Geológico
No existen Puntos de Interés Geológico dentro del ámbito de estudio. El Punto de
Interés Geológico Inventariado más cercano corresponde a la Serie de Las Barrancas
(Monte del Pardo).
6.12 Riesgos naturales
6.12.1 Erosión de suelos
La erosión del suelo, en sus diversas manifestaciones, puede considerarse como uno
de los principales factores e indicadores de la degradación de los ecosistemas en el
territorio nacional, con importantes implicaciones de índole ambiental, social y
económica. La erosión, en tanto que importante agente de degradación del suelo,
constituye además uno de los principales procesos de desertificación a escala
nacional.
El inventario de mismo pretende cuantificar y analizar la evolución de los fenómenos
erosivos.
El método USLE (Ecuación Universal de Pérdidas de Suelo) permite determinar las
pérdidas que se ocasionan en el suelo de una manera objetiva, a partir del cálculo de
los distintos factores que intervienen en el proceso erosivo. Permite la evaluación de
las pérdidas de suelo por erosión laminar y en regueros mediante la expresión:
A = R · K · S · L · C · P
tn · m2· h
ha · J · cm
Dónde:
A (tn/ha): es la pérdida de suelo por unidad de superficie
K: factor erosionabilidad del suelo
L (m): factor longitud del declive
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S (%): factor pendiente la relación entre las pérdidas para una pendiente determinada
y las pérdidas para unas pendientes del 9% del mismo tipo de suelo.
C: factor cultivo y ordenación
P: factor prácticas de conservación del suelo
El Inventario Nacional de Erosión de Suelos (2002-2012) consta de una cartografía
elaborada a partir del modelo RUSLE (Revised Universal Soil Loss Equation), por lo
que tiene en cuenta todos los parámetros mencionados en el apartado anterior.
En el área en la que se encuentra el emplazamiento de la parcela, el inventario indica
que la erosión potencial (laminar o en regueros) oscila de forma muy variable, según
localización, entre valores muy altos a muy bajos. Esto se debe a la urbanización del
sector, de forma que el ámbito ha sufrido cambios en su perfil original y capa natural
del suelo por aporte de inertes y movimientos de tierras durante la construcción de las
infraestructuras de la zona.
Figura 6.12.1.- Mapa de erosión potencial
Fuente: IDEE. Inventario Nacional de Erosión de suelos.
Los movimientos en masa son mecanismos de erosión, transporte y deposición que se
producen por la inestabilidad gravitacional del terreno. Este factor no puede valorarse
en las áreas ocupadas por superficies artificiales. En el área que nos ocupa, existen
diferentes potencialidades afines a las distintas características del terreno. Para la
zona estudiada se considera una potencialidad mayoritariamente baja o moderada y
en caso de producirse sería debida a derrumbes y deslizamientos. Puntualmente,
existen algunas zonas dónde los movimientos en masa son de tipo medio.
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Figura 6.12.2.- Mapa de movimientos en masa
Fuente: IDEE. Inventario Nacional de Erosión de suelos
6.12.2 Riesgos por expansividad de arcillas
La expansividad es un fenómeno común a todas aquellas rocas o suelos en los que el
componente mineralógico fundamental son las arcillas o la anhidrita.
Se base la expansividad en la alta capacidad de modificación molecular que los
materiales arcillosos poseen debido a su peculiar estructura interna, que permite la
adsorción o sustitución de moléculas no pertenecientes a su estructura primitiva.
El agua en forma molecular es, generalmente, el principal invasor de la estructura de
los materiales arcillosos y, por lo tanto, el más importante de los agentes generadores
de expansividad.
La capacidad expansiva de un suelo depende no solo del agua, sino que también está
relacionada con la naturaleza mineralógica, con el clima de génesis (paleoclima) y con
las oscilaciones de humedad estacionales que sufren actualmente, así como también
es importante la proximidad del nivel freático.
A continuación puede consultarse el mapa previsor de riesgos por arcillas expansivas
que realizaron el IGME y el laboratorio de geotécnica del CEDEX a escala
1:1.000.000. Fue abordado a partir de la estimación de los índices de Lambe en una
serie de muestras seleccionadas, y permite clasificar las arcillas expansivas en varios
niveles de riesgo.
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Mediante dichos ensayos se puede definir de forma fiable el cambio potencial de
volumen (C.P.V.), lo que permite agrupar los incides de hinchamiento de una muestra
de manera que se puede establecer, casi directamente, el grado de expansividad que
presenta una arcilla, según la relación siguiente:
C.P.V. Grado de expansividad
No crítico Bajo
Marginal Medio
Crítico Alto
Muy crítico Muy alto
De acuerdo con dicho mapa, el ámbito presenta un riesgo por expansividad de arcillas
bajo.
Figura 6.12.2.1. Riesgo por expansividad de arcillas
Puede concluirse, como resumen, que cuanto más montmorillonítica es la mineralogía,
mayor es la proporción arcillosa del suelo o la roca, menor la edad de formación y el
clima más árido, tanto más alta es la probabilidad de que el grado de expansividad sea
elevado.
6.12.3 Riesgo de inundación
Las inundaciones en España constituyen un riesgo natural que a lo largo del tiempo ha
producido graves daños tanto materiales como en pérdida de vidas humanas. La lucha
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contra los efectos de las inundaciones requiere la puesta en marcha de soluciones
tanto estructurales (obras de defensa) como no estructurales. Entre estas medidas se
encuentran los planes de Protección Civil, la implantación de sistemas de alerta
temprana, la corrección hidrológico-forestal de las cuencas y, especialmente, medidas
de ordenación del territorio.
La Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea,
de 23 de octubre de 2007, relativa a la “Evaluación y la gestión de los riesgos de
inundación” y el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, que la transpone al
ordenamiento jurídico español, tienen como objetivo principal reducir las
consecuencias de las inundaciones sobre la salud humana, el medio ambiente, el
patrimonio cultural y la actividad económica. Esta Directiva obliga a los Estados
miembros a la realización de una serie de fases entre las que se encuentra la
elaboración de los mapas de riesgo de inundación.
Se han consultado dichos mapas y observado que el ámbito y su entorno no se
encuentran localizados en zonas inundables para distintos periodos de retorno entre
los 10 y 500 años.
7 IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS
EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES
7.1 Metodología empleada para la caracterización y
valoración de impactos
La metodología empleada para la determinación de los impactos ambientales que
previsiblemente originará el Plan Especial objeto de evaluación consiste en la
contraposición entre acciones de dicho plan y elementos del medio. De la interacción
entre unos y otros se derivan los efectos ambientales, que dan lugar a los diferentes
impactos.
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Inicialmente se realiza una primera aproximación mediante una Lista de Comprobación
o Chequeo. En segundo término, se utilizan de una serie de matrices a través de las
cuales es posible la confrontación sistemática entre todos los factores implicados: por
un lado, los elementos del medio físico, biótico y social, y por otro, las acciones
derivadas del plan propuesto.
Se ha elegido la Matriz de Leopold modificada, dada la ventaja de este método que es
su gran sencillez, a la hora de confrontar acciones y elementos del medio afectados.
En este primer cruce, se identifican los impactos ambientales que se prevé que se van
a producir.
En una siguiente fase se caracteriza cada una de las alteraciones producidas sobre el
medio, a través de unos criterios de valoración del impacto (carácter, tipo de acción,
duración,...) y, finalmente se plasma la expresión de esta evaluación en una escala de
niveles de impacto (compatible, moderado, severo y crítico), que facilita la utilización
de los resultados obtenidos en la toma de decisiones.
La caracterización de los efectos esperados se realiza únicamente para aquellos que
se consideran a priori suficientemente importantes como para ello. De esta manera se
consigue ceñir el estudio en los impactos relevantes. Así, se distingue entre efectos
notables y efectos no significativos:
Efecto Significativo: Aquel que se manifiesta como una modificación del medio
ambiente, de los recursos naturales, o de sus procesos fundamentales de
funcionamiento, que produzca o pueda producir en el futuro repercusiones
apreciables en los mismos.
Efecto No Significativo: Aquel que puede demostrarse que no es notable.
Es importante destacar que en un primer momento todos los efectos son
considerados, como si fueran notables, y únicamente si se concluye en su análisis que
no son significativos, se finaliza su estudio (y no al contrario).
Aquellos efectos considerados notables son sometidos en fases sucesivas al proceso
de evaluación (caracterización de impactos), desechando los catalogados como no
significativos. Para que el análisis cualitativo elegido sea útil a la hora de profundizar
en el conocimiento y valoración final de los impactos, debe realizarse una adecuada
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selección de los criterios de valoración. Las características que en este caso van a
evaluarse, son las siguientes:
Carácter
Tipo
Duración
Sinergia
Momento
Reversibilidad
Recuperabilidad
Aparición
Ocurrencia
Por último, se realiza la valoración final del efecto causado sobre el medio ambiente,
según la siguiente escala de niveles de impacto:
Impacto ambiental Compatible: Aquel cuya recuperación es inmediata tras el
cese de la actividad, y no precisa prácticas protectoras y correctoras.
Impacto ambiental Moderado: Aquel cuya recuperación no precisa prácticas
protectoras y correctoras intensivas, y en el que la consecuencia de las
condiciones ambientales iniciales requieren cierto tiempo.
Impacto ambiental Severo: Aquel en que la recuperación de las condiciones del
medio exige la adecuación de medidas protectoras y correctoras, y en el que, aún
con estas medidas, la recuperación precisa un periodo de tiempo dilatado.
Impacto ambiental Crítico: Aquel cuya magnitud es superior al umbral aceptable.
Se produce una pérdida permanente en la calidad de las condiciones ambientales,
sin posible recuperación, incluso con la adopción de medidas protectoras.
Hay que tener en cuenta que el significado del impacto ambiental deber conectarse
irremisiblemente con la reversibilidad de las alteraciones provocadas sobre el medio,
ya que un deterioro irrecuperable supone el agotamiento de los recursos y la iniciación
de procesos negativos que se retroalimentan de forma positiva.
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7.2 Acciones del Plan Especial
Cada acción prevista presenta un conjunto de operaciones, que producirán diversos
efectos sobre los factores medioambientales del entorno, ya sea de forma directa o
indirecta.
En este apartado se identifican las acciones potencialmente capaces de causar
impactos sobre los factores del medio susceptibles de sufrirlos. Sus implicaciones en
el medio se establecen atendiendo a su grado de significancia, independencia y
posibilidad de cuantificación.
El listado no ha de ser exhaustivo ni excluyente. Todo este proceso se realiza para
facilitar la etapa posterior de identificación de impactos, donde es necesario conocer y
analizar la actuación que se va a evaluar, y considerar las características y situaciones
derivadas del Plan que puedan tener alguna incidencia sobre el medio ambiente.
Se enumeran a continuación las acciones del Plan potencialmente capaces de generar
impactos en el medio receptor:
Fase de planeamiento
Asignación de usos de suelo.
Definición de la normativa urbanística para cada área.
Fase de obra
Desbroce o eliminación de la cubierta vegetal.
Tránsito y laboreo de maquinaria pesada.
Movimiento de tierras y excavación.
Acopio de materiales.
Obras de construcción de edificaciones e infraestructuras asociadas a los usos
previstos.
Fase de funcionamiento
Uso dotacional deportivo.
Tráfico de vehículos.
Generación de residuos, vertidos y emisiones a la atmósfera.
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7.3 Descripción de afecciones ambientales previsibles
Una vez conocida la actuación y el entorno afectado, se inicia el estudio de los
impactos que potencialmente se producirán. Las relaciones fundamentales entre el
medio ambiente y las actividades pueden analizarse buscando o detectando los
efectos potenciales que las acciones pudieran producir en el territorio. En esta primera
fase, la relación causa-efecto debe plantearse de forma abierta, con identificación de
los factores ambientales y delimitación del sistema en sentido espacial y temporal.
En este apartado se desarrolla el estudio de las acciones y sus efectos potenciales, en
primer lugar mediante una Lista de Comprobación o Chequeo, y en segundo lugar,
concretando los impactos que ocasionaría la ejecución del Plan Especial (una vez
desechados los improbables o de escasa identidad de los enumerados en la Lista de
Comprobación), mediante una Matriz de Identificación de Impactos.
Se aporta a continuación el listado de factores del medio sobre los que incidirán dichas
acciones del plan propuesto según los subsistemas que caracterizan a la zona de
estudio, esto es: medio físico o inerte, medio biológico y medio socioeconómico y
cultural, y que se tienen en consideración en el presente análisis.
A cada uno de estos subsistemas pertenecen una serie de componentes ambientales
susceptibles de alteración y receptores finales de los impactos que se ocasionen con
motivo de la ejecución de las acciones de la ordenación definidas.
Medio Físico.
Atmósfera
Geología
Geomorfología
Suelos.
Hidrología.
Medio Biótico.
Vegetación.
Fauna.
Paisaje.
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Medio Socioeconómico y Cultural.
Empleo.
Aceptación social y usos del territorio.
Actividades económicas.
Seguridad vial y tráfico de vehículos.
Movilidad.
Infraestructuras y equipamientos.
Vías pecuarias y patrimonio Histórico artístico.
Recursos arqueológicos y paleontológicos.
Figuras de protección.
Población.
Lista de comprobación
Las denominadas Listas de Revisión y Comprobación analizadas por Clark et al.
(1.978), Calderjn (1.984) y Esteban (1.977/1.984), son medios de identificación
cualitativos de carácter general donde se enumeran todos los posibles efectos
derivados de las acciones, independientemente del entorno donde se desarrolle la
actividad. Se trata de una primera aproximación donde no se analizan los impactos
enumerados. Su utilidad estriba en que sirven para eliminar todas aquellas acciones
que no alteren el medio, factores y cualidades de éste no afectados por el plan
propuesto o impactos que no se vayan a producir y de escasa probabilidad de
ocurrencia, de escasa identidad y aquellos donde concurran varias de las
circunstancias simultáneas de las enumeradas.
Se presenta a continuación una lista de comprobación de los efectos del Plan Especial
sobre el medio.
Atmósfera
Alteración de la calidad del aire (partículas sólidas sedimentables,
NOx, CO, etc.).
Aumento de los niveles sonoros.
Alteración del régimen de vientos.
Alteración del régimen de precipitación y humedad.
Alteración del régimen climático continental.
Aparición de olores.
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Geología,
Geomorfología y
Suelos.
Afección a puntos geológicos de interés.
Alteración de las características geomorfológicas del lugar.
Riesgos de inestabilidad de ladera.
Alteración de las condiciones geotécnicas.
Pérdida de calidad agrológica.
Alteración de las condiciones de los suelos.
Destrucción de la capa de tierra vegetal.
Riesgo de contaminación química de los suelos.
Pérdidas por ocupación del suelo.
Pérdida de recursos minerales.
Pérdidas por erosión.
Aguas
superficiales
y subterráneas.
Riesgo de contaminación físico-química.
Desvío de caudales.
Alteración de la dinámica fluvial.
Alteración de los niveles freáticos.
Alteración de los procesos de recarga del acuífero.
Consumo del recurso. Efectos sobre su disponibilidad
Vegetación. Pérdida de biodiversidad.
Pérdida de biomasa.
Eliminación de la cubierta vegetal.
Alteración por cambio en régimen de precipitación y humedad.
Alteración por modificación del régimen fluvial.
Alteraciones debidas a la modificación de los niveles
piezométricos.
Efectos sobre comunidades de interés: riberas, sotos, humedales.
Efectos sobre los cultivos agrícolas.
Introducción de especies alóctonas.
Efectos sobre especies endémicas, raras o amenazadas.
Fauna. Espantamiento de la fauna.
Efecto barrera.
Efectos sobre la estabilidad de las comunidades.
Efectos sobre la estabilidad del ecosistema.
Pautas etológicas.
Destrucción y alteración de biotopos.
Aparición de biotopos nuevos.
Aparición de especies nuevas.
Efectos sobre especies endémicas, raras o amenazadas.
Paisaje. Impacto visual por intrusión de estructuras.
Impacto visual por alteraciones cromáticas.
Efectos en la composición y en la estructura del paisaje.
Impacto visual por modificación de la cubierta vegetal.
Variación de la fragilidad visual.
Variación de la calidad visual.
Efectos sobre vistas panorámicas.
Alteración de la capacidad de acogida del paisaje.
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Riesgos. Incendios.
Procesos erosivos.
Avenidas, inundaciones.
Espacios
Naturales.
Alteración y afección en su estructura.
Compatibilidad con el estatus actual.
Espacios singulares no protegidos.
Elementos singulares protegidos.
Planes especiales de protección.
Factores
Sociales y
Demográficos.
Calidad de vida, condiciones de bienestar.
Molestias debidas a la congestión urbana y de tráfico.
Salud y seguridad.
Estructuras de la propiedad. Cambios en el valor del suelo.
Sistema urbano.
Densidad de Población.
Empleo. Empleos fijos.
Empleos temporales.
Estructura de la población activa.
Usos del
Territorio.
Cambios de uso.
Planeamiento de zonas colindantes.
Economía. Actividades económicas.
Niveles de renta.
Expropiaciones.
Ingresos y gastos para las administraciones públicas.
Ingresos para la economía local, provincial y nacional.
Infraestructuras y
servicios
Red y servicio de transportes y comunicaciones.
Red de abastecimiento.
Red de saneamiento.
Servicios comunitarios.
Equipamientos.
Vías pecuarias
Y caminos.
Ocupación.
Alteración del trazado.
Patrimonio
Cultural.
Monumentos.
Restos arqueológicos.
Valores histórico-artísticos.
Recursos didácticos.
Aceptación
Social.
Rechazo social.
Demanda social.
Indiferencia social.
Una vez eliminadas dichas acciones que no alteren el medio, factores y cualidades de
éste no afectados por el plan o alteraciones que no se vayan a producir y de escasa
probabilidad de ocurrencia o de escasa identidad se trabajará con el resto y los efectos
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de las mismas mediante las ya mencionadas Matrices de Identificación de
Impactos.
Para la identificación de los impactos ambientales se elabora una matriz de doble
entrada, en la que las entradas según columnas corresponden a las acciones del plan
susceptibles de provocar alteraciones en el medio, mientras que las entradas según
filas representan las alteraciones previsibles en los factores y cualidades de éstos
afectados.
La matriz resultante es un cuadro donde se enfrentan filas y columnas, es decir,
acciones del plan y elementos ambientales alterados, que identifica en cada nudo de
la matriz las interacciones producidas.
A la identificación y definición de los elementos del medio y procesos ambientales
susceptibles de ser afectados se llega a partir de un conocimiento descriptivo,
obtenido de la información recopilada en el inventario ambiental, y un conocimiento
sistemático a partir de la información del medio particular donde se ubican los ámbitos
afectados.
Las relaciones entre las acciones y las alteraciones no son simples, ya que dichas
acciones no sólo inciden directamente sobre algunos de los elementos del medio, sino
que también afectan indirectamente a otros, que influyen sobre factores del medio y
condicionan el estado y funcionamiento de los procesos que rigen los mismos.
Se presenta a continuación la matriz de identificación de impactos potenciales.
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Tabla 7.3.1.- Matriz de impactos potenciales (1)
MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS POTENCIALES
Medio Factores
ambientales implicados
Cualidad potencialmente afectada
ACCIONES DEL PLAN EN LA FASE DE PLANEAMIENTO
ACCIONES DEL PLAN EN LA FASE DE OBRA
Asignación de usos
Definición de la
normativa urbanística
Desbroce Trasiego y laboreo de maquinaria
Movimiento de tierras y excavación
Acopio de materiales
Construcción de edificaciones e infraestructuras
Físico
Atmósfera
Calidad física del aire
X X X X
Calidad química del aire
X
Niveles acústicos
X
X X
Geología Geomorfología
Suelos
Alteración de la geoforma
X
Pérdida del recurso suelo X
X
X
Riesgo de erosión
X X X
Propiedades físico-químicas del suelo
X X X
X
Hidrología
Efectos sobre la escorrentía y régimen fluvial
X
X
Calidad del agua
X X
Biológico y Paisajístico
Vegetación Vegetación del ámbito
X X X
X
Vegetación del entorno
X X
Fauna
Destrucción biotopos
X
X
X
Alteración biotopos
X X X
Molestias por ruidos
X X
X
Paisaje Impacto visual
X X X X X
Social, Económico y
Cultural
Empleo X X X X X X X
Aceptación social y usos X
Ingresos Actividades económicas
X X X X X X X
Seguridad vial y Tráfico de vehículos
X X X X X
Afección a infraestructuras y equipamientos
X
X
Patrimonio arqueológico y paleontológico
X
Figuras de protección
X X
Afección a la población
X X X X X
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Tabla 7.3.2.- Matriz de impactos potenciales (2)
MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS POTENCIALES
Medio Factores
ambientales implicados
Cualidad potencialmente afectada
ACCIONES DEL PLAN EN LA FASE DE FUNCIONAMIENTO
Uso deportivo
Tráfico de vehículos
Generación de residuos, vertidos y
emisiones
Físico
Atmósfera
Calidad física del aire X X X
Calidad química del aire X X X
Niveles acústicos X X X
Intensidad lumínica X
X
Geología Geomorfología
Suelos
Pérdida del recurso suelo
Riesgo de erosión
Propiedades físico-químicas del suelo X
X
Hidrología
Efectos sobre la escorrentía y régimen fluvial
Calidad del agua
X
Biológico y Paisajístico
Vegetación Vegetación del ámbito
Vegetación del entorno
Fauna
Molestias por aumento de presencia humana
X X
Molestias por ruidos X X
Paisaje Impacto visual
Social, Económico y
Cultural
Empleo X
X
Aceptación social y usos X
Ingresos Actividades económicas X
X
Seguridad vial y Tráfico de vehículos
X
Afección a infraestructuras y equipamientos
Patrimonio arqueológico y paleontológico
Figuras de protección
Afección a la población
X X
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7.4 Caracterización y valoración de impactos
En esta fase del estudio se deberá concretar las relaciones o interacciones entre las
actuaciones proyectadas y el medio, proporcionando criterios suficientes para
determinar las características y magnitud de los impactos ambientales potenciales que
causaría la implantación y puesta en funcionamiento del planeamiento propuesto.
La asignación de valores a los impactos producidos en cada elemento del medio debe
realizarse teniendo en cuenta el valor intrínseco del elemento afectado, consiguiendo
con ello una mayor objetividad en la valoración. De la misma forma, deben analizarse
primero aquellas alteraciones que sean directas, y posteriormente, aquellas que sean
indirectas o secundarias. Así, los indicadores de impacto que son del medio ambiente
afectado (Ramos, A. 1987), por un agente de cambio, deben permitir evaluar la
cuantía de las alteraciones que se producen como consecuencia de la ordenación
propuesta. Para ello, dichos indicadores deben ser representativos, relevantes,
excluyentes y cuantificables, en la medida de lo posible y de fácil identificación.
Se discriminará entre impactos SIGNIFICATIVOS (efectos notables previsibles
positivos o negativos) y NO SIGNIFICATIVOS (efectos mínimos positivos o negativos).
Tanto los impactos no significativos como los impactos positivos, no serán
caracterizados ni valorados, según lo dispuesto en el artículo 10 sobre identificación y
valoración de impactos, capítulos primero del Real Decreto 1.131/1988, de 30 de
septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto
Legislativo 1.320/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental. Si bien
esta norma estaba redactada para su aplicación a proyectos, puede ser de aplicación
al caso que nos ocupa.
Una vez identificados y descritos, los impactos se valoran como positivos o negativos,
según su carácter genérico. Para estos últimos se realiza además una valoración
añadida con objeto de clasificarlos jerárquicamente de acuerdo a la escala anteriormente
descrita:
- Impacto Compatible
- Impacto Moderado
- Impacto Severo
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- Impacto Crítico
Se presentan a continuación, de forma sucinta, las posibles incidencias ambientales
que es previsible suponer que se produzcan durante cada una de las fases del Plan
sometido a evaluación.
7.5 Fase de planeamiento
Las etapas del planeamiento normalmente consisten en la asignación de usos y la
elección de tipología de urbanización. En este caso, esta segunda faceta no se produce,
por cuanto la urbanización está ya ejecutada, tratándose de un ámbito totalmente
urbanizado. El suelo es urbano consolidado, de titularidad municipal.
Si bien esta etapa puede considerarse fundamental (pues en función del planeamiento
que se lleve a cabo, los impactos del medio serán más o menos significativos), estos
impactos no se analizarán en este apartado, sino en los siguientes, a fin de relacionar las
acciones del Plan Especial con sus impactos.
7.6 Fase de obra
7.6.1 Efectos sobre las condiciones atmosféricas.
Durante esta fase del plan la alteración de la calidad del aire se deberá
fundamentalmente al trasiego y laboreo de la maquinaria y a los movimientos de tierra
necesarios. Ambas acciones son necesarias para la ejecución del Plan.
Como consecuencia, durante el periodo de tiempo necesario para la ejecución del plan
se producirá una alteración de la calidad actual del aire debido a la emisión de partículas
sólidas, a la emisión de partículas químicas y a la producción de ruido, pudiendo
constituir impactos adversos y directos en el aire e impactos adversos, indirectos y
acumulativos en la vegetación y en los biotopos que conforman, en la fauna que albergan
y en las condiciones de visibilidad de la zona.
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Impacto sobre la calidad física del aire.
Las emisiones en esta fase provendrán del movimiento de tierras, derivadas
fundamentalmente de la excavación, explanación, nivelación, replanteo, cimentación,
acopio de materiales y del trasiego y laboreo de la maquinaria (todas estas acciones de
obra en caso de que se produzcan, lo cual en este nivel de definición todavía no se
puede predecir).
Por todo ello y durante el tiempo que duren las obras, se podrá producir una alteración de
la calidad física del aire, debido a la emisión de partículas sólidas, que suponen impactos
adversos y directos en el aire e indirectos acumulativos en la vegetación y fauna así
como en las condiciones de visibilidad de la zona.
Por comparación con el uso actual de la parcela y respecto a la dimensión de las obras
necesarias para la construcción de un equipamiento deportivo público, es esperable que
sean similares o incluso menores a las que se llevaran a cabo para un equipamiento
educativo, dada la inferior edificabilidad del equipamiento deportivo. La capacidad de
dispersión atmosférica de la zona es buena
Por lo anterior, se estima que el efecto a nivel de obra, por emisiones de polvo, será
de carácter adverso, directo, temporal, acumulativo, que aparecerá a corto plazo,
reversible, recuperable, discontinuo y de nivel compatible. Pueden establecerse
sencillas medidas con las cuales el impacto pasaría a considerarse no significativo.
Impacto sobre la calidad química del aire
A consecuencia de la combustión de los motores de la maquinaria utilizada para la
realización de la obra del ámbito, se producirá una alteración de la calidad química del
aire que constituirá un impacto de carácter adverso, pero en todo caso no
significativo.
Aumento de los niveles acústicos
Las principales fuentes del ruido que afectan al ámbito en la actualidad son la línea de
cercanías C-7, la línea férrea de alta velocidad y la carretera M-607. En mucha menor
medida, otras fuentes de ruido son las producidas por los usos actuales del suelo.
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La Ley 37/2003 de Ruido, ha sido desarrollada en el Real Decreto 1367/2007 de 19 de
octubre (B.O.E. 23 octubre 2007) y posteriores modificaciones. Esta legislación
contempla tres periodos de evaluación diarios: periodo día (7:00-19:00), periodo tarde
(19:00- 23:00) y periodo noche (23:00-7:00) y unas determinadas áreas de sensibilidad
acústica.
A nivel municipal, la Ordenanza de protección del medio ambiente contra la emisión de
ruidos y vibraciones del Ayuntamiento de Tres Cantos establece dos periodos día y
noche, así como unas áreas de sensibilidad acústica, cuyos valores límite de ruido en
el ambiente exterior son más restrictivos que la legislación a nivel nacional. Se adopta,
por tanto, la ordenanza a la hora de analizar los niveles sonoros.
El área de sensibilidad acústica presente actualmente en el ámbito de la parcela
R.G.E. 4b es el Tipo I, área de silencio, según lo establecido en el Plan Especial de
2012 y la Ordenanza de protección del medio ambiente contra la emisión de ruidos y
vibraciones del Ayuntamiento de Tres Cantos.
El estudio de incidencia acústica del Plan Parcial “Sector AR Nuevo Tres Cantos”,
anexo al Informe de Análisis Ambiental de enero de 2006, establecía para la parcela
R.G.E. 4b un área de sensibilidad acústica tipo III, área tolerablemente ruidosa. El
antiguo área tipo III del Plan Parcial es el mismo que el de la modificación que ahora
se propone.
Los valores límite de ruido en el ambiente exterior, según el artículo 7.2.a de la
ordenanza municipal son los siguientes:
Tabla 7.6.1.1.- Valores de límite de ruido en el ambiente exterior
de la ordenanza municipal
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Es decir, que con la modificación que este plan especial propone, el cambio a un área
de sensibilidad acústica tipo III, los valores límite de niveles sonoros día y noche
serían mucho menos restrictivos que la situación actual.
Ahora bien, las obras realizadas en esta fase implicarán el uso de maquinaria de
obras, existiendo un movimiento de maquinaria debido al transporte de materiales,
obreros, etc., que producirán un incremento de los niveles sonoros durante las obras.
La agencia de Medio Ambiente estadounidense (EPA), ha estimado los niveles de
ruido producidos por la maquinaria durante la ejecución de obras y se presentan en la
siguiente tabla como niveles orientativos para las actuaciones realizadas en esta fase.
Fase de construcción A B
Preparaciones de terreno 84 84
Excavaciones 88 78
Cimentaciones, compactaciones y entibación de zanjas 88 88
Colocación de estructuras 79 78
Terminación, incluyendo pavimentación y limpieza 84 84
A: Para todo tipo de maquinaria, dB (A)
B: Solo con la maquinaria imprescindible. dB (A)
Tabla 7.6.1.2.- Niveles sonoros continuos equivalentes
Generalizando, el nivel de ruidos que producirá la maquinaria en funcionamiento
estará en torno a valores medios de 83-84 dB (A) medidos a 1 metro de distancia con
respecto a la fuente emisora. De acuerdo con las leyes de transmisión acústica con la
distancia, en caso de la situación más desfavorable, en distancias superiores a 40 m
de la zona de operaciones habrá una presión sonora en torno a los 50 dB (A).
Puntualmente podrán producirse en el interior del .ámbito niveles sonoros superiores a
los límites que establece la ordenanza municipal, en lo referente a zonificación
acústica y niveles límites sonoros en el ambiente exterior.
Sin embargo es de señalar que las áreas residenciales al otro lado de la Avenida de
España, al sur de la parcela, están a suficiente distancia para que no se vean
afectadas por el incremento de niveles sonoros.
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Sí que se verán afectados por ruido los propios trabajadores de las obras, así como
parte de los usuarios que transiten por la vía ciclista o acera de la Avenida de España.
Por tanto, teniendo en cuenta su temporalidad y que las obras van a dar lugar a cierto
impacto acústico, se estima un impacto de carácter adverso, directo, temporal,
irregular, local, reversible, recuperable y de nivel compatible.
7.6.2 Efectos sobre la geología, geomorfología y suelos
No existen puntos de interés geológico en el ámbito, porque este posible impacto se
considera inexistente.
Dada la topografía del área, se considera la posible alteración de la geoforma mínima,
por lo que su impacto potencial sería no significativo.
Pérdida del recurso suelo
La construcción de equipamientos e infraestructuras en el área va a provocar la
pérdida de suelo en una parte del ámbito. Esto se hará efectivo en el área dotacional
deportivo.
Asimismo, los movimientos de tierras producidos durante las obras, si no se lleva a
cabo una adecuada gestión de la tierra vegetal, son otro factor añadido de pérdida de
suelo.
Si bien la extensión superficial finalmente afectada no puede estimarse en detalle a
este nivel de planeamiento, la comparación de edificabilidades entre el uso dotacional
educativo y el deportivo, indica que la edificabilidad es menor en el uso deportivo y por
tanto, la ocupación de suelo.
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PARCELA R.G.E.4b. ESTADO ACTUAL
Titularidad: Ayuntamiento de Tres Cantos. Dominio Público
Superficie: 30.159,87 m² (Proyecto de Reparcelación)
Uso: Dotacional en la categoría educativa (Primaria y Secundaria).
Coeficiente de edificabilidad: Según apartado 5.2 de la Ordenanza 6,
“Equipamientos Dotacionales”: 0,72 m²/m²
Edificabilidad: 21.715,11 m²c
PARCELA R.G.E.4b ESTADO MODIFICADO
Titularidad: Ayuntamiento de Tres Cantos. Dominio Público
Superficie: 30.159,87 m² (Proyecto de Reparcelación).
Uso: Dotacional en la categoría de deportivo.
Coeficiente de edificabilidad: 0,6 m²/m²
Edificabilidad: 18.095,92 m²c
Por comparación con el estado actual se considera un impacto positivo, pero a todos
los efectos No Significativo.
Riesgo de erosión
Actualmente, se observan pequeños fenómenos erosivos en distintas partes en la
parcela sujeta a ordenación, si bien hay que tener en cuenta que parte de ellos se
deben a algunos movimientos de tierras llevados a cabo en el sector durante la
construcción de los viales y dotación de infraestructuras y servicios.
El ámbito se encuentra clasificado como suelo urbano con un uso dotacional
educativo. Como ya se ha escrito, la urbanización del mismo está totalmente
terminada. Para darle un uso deportivo, los movimientos de tierras serán similares o
incluso menores que los que se llevarían a cabo ante un uso educativo.
Así, es esperable la aparición de erosión laminar si no se llevan a cabo medidas de
control, sobre todo tras episodios de lluvias en los que el suelo se encuentre desnudo.
En todo caso sería de escasa cuantía.
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Se considera este efecto como adverso pero en todo caso de nivel no significativo
Alteración de las propiedades físico-químicas del suelo
Las propiedades físico-químicas del suelo se van a ver afectadas como consecuencia
de las actuaciones necesarias para la ejecución de las instalaciones deportivas (las
que finalmente sean) en el ámbito. Son las siguientes:
- Remoción de horizontes por movimientos de tierra.
- Compactación por paso de maquinaria.
- Riesgo de contaminación del suelo debido a vertidos accidentales de
aceites y otras sustancias durante las obras.
De las tres, la que mayor efecto negativo podría tener es el riesgo de contaminación
del suelo debido a vertidos accidentales de aceites y otras sustancias durante las
obras, o el abandono de materiales que puedan entrar en contacto con el suelo y
agua. Esta probabilidad de ocurrencia sería la misma que en el caso de un suelo de
tipo educativo, como el actualmente previsto; o incluso menor, dado que la actuación
de uso deportivo será previsiblemente menos agresiva que la que sería de aplicarse
un uso educativo.
Como indica el mapa de permeabilidad del Instituto Geológico y Minero de España, la
parcela se sitúa en áreas de permeabilidad media, lo que viene a implicar, de acuerdo
con el mapa hidrogeológico, una vulnerabilidad media a la contaminación.
En todo caso, aplicando las correspondientes medidas de protección que se indican en
el capítulo siguiente, se considera reducido y controlado el riesgo de que tengan lugar.
El posible impacto sobre las propiedades físico-químicas del suelo se considera un
efecto adverso, directo, temporal, irregular, local, irreversible, recuperable y de
magnitud compatible, el cual teniendo en cuenta una sencilla serie de medidas puede
pasar a considerarse no significativo.
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7.6.3 Efectos sobre las aguas
No se considera que exista conexión directa entre la realización de las obras que
puedan ser necesarias para desarrollar el uso deportivo y la dinámica general de
recarga/descarga del acuífero, por lo que esta posible afección se considera no
significativa. Tampoco existirá afección directa a cauces, dada la distancia a cursos de
agua.
Efectos sobre la escorrentía y el régimen fluvial
La escorrentía superficial del ámbito, debido a la pendiente, se dirige en su mayoría
hacia el sudeste, vertiendo las aguas íntegramente al Arroyo de Valdecarrizo a través
de una línea de drenaje que recorre la parcela de noroeste a sudeste.
Los efectos sobre el régimen de escorrentía se producirán durante esta fase, por la
ocupación de superficies y por la alteración de la topografía durante los movimientos
de tierras en las áreas de uso dotacional.
La actuación prevista se adaptará a las formas del terreno, por lo que no se espera
cambios en la dirección general del flujo de escorrentía. Aun cuando puedan aparecen
elementos de suspensión en el agua de escorrentía durante episodios de lluvias, no se
estima que pudieran llegar al arroyo de Valdecarrizo.
Se valora un impacto de carácter adverso, pero no significativo.
Impacto sobre la calidad del agua
Un posible efecto sobre las aguas subterráneas sería el posible vertido y derrame
accidental de hidrocarburos y grasas provenientes de la maquinaria empleada para las
obras.
Como indica el mapa de permeabilidad del Instituto Geológico y Minero de España, la
parcela se sitúa en áreas de permeabilidad media, lo que viene a implicar, de acuerdo
con el mapa hidrogeológico, una vulnerabilidad media a la contaminación.
La aparición de vertidos conlleva un riesgo de contaminación accidental de las aguas
superficiales y subterráneas, aunque se considera un fenómeno muy poco probable
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debido a que en caso de producirse un vertido accidental de este tipo, siempre sería
en cantidades muy pequeñas, y para lo cual existen medidas protectoras y
correctoras. Esta probabilidad de ocurrencia sería la misma que en el caso de la
ejecución de un suelo de uso educativo.
Por tanto, respecto de los efectos sobre la calidad del agua durante la fase de obras,
todos se refieren a riesgos fácilmente controlables si se toman en consideración una
serie de medidas, que se indican más adelante.
Se considera en todo caso un efecto adverso, directo, temporal, irregular, local,
irreversible, recuperable, simple y de magnitud compatible, que pasará a
considerarse no significativo una vez aplicadas estas medidas.
7.6.4 Efectos sobre la vegetación
Impacto sobre la vegetación del ámbito
Tal como se explica en el inventario, la vegetación actual del ámbito se compone un
predominio de formaciones de pastizal xerofítico con algún pie de encina y de chopo
blanco. Estas encinas están originadas de rebrote de raíz, y por tanto con varios pies.
Estos pies de arbolado son los únicos que presentan algún interés de conservación.
Durante el desarrollo de esta fase va a producirse la desaparición directa de la
vegetación existente en las áreas de obras. A este nivel de análisis ambiental de
planeamiento es difícil definir su posible afección de los pies de arbolado a nivel
individual, pues la parcela del ámbito ha de desarrollarse mediante proyecto
específico.
Indicar que al localizarse estos ejemplares de posible afección en suelo urbano les es
de aplicación la Ley 8/2005 de 26 de Diciembre, de Protección y Fomento del arbolado
urbano de la Comunidad de Madrid. Habrá de ser el proyecto específico de uso
deportivo el que integre en su diseño estos ejemplares arbóreos para su
mantenimiento, o en caso necesario su trasplante o tala, aplicándose en este caso las
medidas compensatorias que correspondan.
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Igualmente no puede descartarse que algunos pies de arbolado localizados en la
acera de la Avenida de España puedan sufrir algún golpe, descuaje o descalzamiento
de parte de sus raíces, para lo cual es necesario tomar una serie de precauciones.
No se considera significativa la posible afección indirecta por causa de vertidos
accidentales que alcancen el suelo y aguas subterráneas. Podría además existir una
afección indirecta sobre la vegetación debido a deposición de polvo sobre los estomas
de las hojas, en caso de episodios de aumento de los niveles de materiales en
suspensión en el aire, pero salvo el arbolado presente, las demás especies no tienen
interés de conservación.
El impacto es, por consiguiente, de carácter adverso, tipo directo, permanente,
irregular, local, irreversible, recuperable, simple y de nivel compatible, teniendo en
cuenta la adopción de una serie de medidas.
Impacto sobre la vegetación del entorno del ámbito
El impacto sobre la vegetación circundante proviene principalmente durante esta fase
de la generación de polvo. El origen de este material en suspensión son los
movimientos de tierra, de carácter temporal, que tampoco serán muy extensos.
La vegetación del entorno del ámbito potencialmente afectada por las obras serían los
pies de arbolado de la Avenida de España y las fincas colindantes presentes al norte
de la parcela, destacando el monte preservado, cuya afección será tratada en
apartado aparte y una zona verde denominada Parque Norte.
Visto el volumen de obra esperable y la temporalidad de esta fase, se estima un
impacto sobre la vegetación circundante de carácter adverso pero en todo caso no
significativo.
7.6.5 Efectos sobre la fauna
Los usos del suelo dan lugar a que en la situación actual las especies de fauna
soporten cierta presión antrópica a la que se encuentran acostumbradas. No puede
olvidarse que el suelo se encuentra clasificado como urbano.
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Ahora bien, durante la fase de obras se producirán afecciones sobre la fauna
provocados básicamente por el movimiento de maquinaria, los movimientos de tierras,
la creación de nuevas infraestructuras y la modificación parcial de las comunidades
vegetales.
Los efectos previsibles se resumen en dos puntos:
- Alteración o destrucción de biotopos
- Molestias por ruido
Alteración o destrucción de biotopos faunísticos
La parcela de estudio es un pastizal con algún pie aislado de encina,
fundamentalmente zona de paso o alimentación de mamíferos terrestres y de campeo
para las aves debido a su carácter de zona abierta, poco arbolada.
Las comunidades de invertebrados de pastizal se caracterizan por presentar una cierta
diversidad de especies de insectos, sobre todo aquellas especies pertenecientes a los
órdenes Coleóptera, Himenóptera, Lepidóptera y Ortóptera.
En cuanto a las comunidades de vertebrados en general, están constituidas por
especies propias de espacios abiertos, ya que el biotopo predominante se encuentra
constituido por pastizales, así como especies típicas de medios urbanos.
A pesar de la existencia de especies de aves como el águila imperial ibérica o el
milano real, entre otras, que pueden ser avistadas ocasionalmente en el cielo, la
presencia real de las comunidades faunísticas es mucho más limitada, no destacando
especies de interés.
Los movimientos de tierra y las excavaciones necesarias para acometer las obras
desarrollo propuesto eliminarán la práctica totalidad de biotopos existentes en la
parcela. El impacto es poco significativo debido a que se trata de zonas antropizadas
en las que las comunidades faunísticas no se asientan permanentemente sino que
están de paso.
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Con todo lo anterior, el efecto sobre la fauna derivada de la destrucción o alteración de
biotopos se considera un impacto de carácter adverso, directo, temporal, local,
irreversible, simple, recuperable y de nivel compatible.
Molestias por ruido
Con motivo de los niveles de ruido previstos durante la ejecución de las obras puede
producirse un espantamiento temporal de la fauna presente en el área de actuación.
Este espantamiento, asociado al proceso de construcción de cualquier entorno urbano
se producirá con motivo del aumento de nivel de ruido y de las vibraciones
transmitidas al terreno durante la ejecución de las distintas actuaciones. Se producirá
principalmente sobre las comunidades de reptiles, anfibios y mamíferos que pudieran
estar habitando el terreno y las aves no acostumbradas el incremento de niveles
acústicos.
Es esperable que el desplazamiento de la fauna se produzca hacia las zonas que
presenten mayor refugio como pueden ser las localizadas al norte de la parcela
(Parque Norte y monte preservado). Parte de las especies de fauna, sobre todo las
más acostumbradas a la presencia humana, retornarán una vez finalizadas las obras.
Por tanto el impacto se considera de carácter adverso, directo, temporal, irregular,
local, reversible, recuperable, simple y de nivel compatible, admitiendo medidas
protectoras.
7.6.6 Efectos sobre el paisaje
Las obras previstas no implican un cambio en el paisaje de la zona, que ya es urbano
consolidado. La inclusión de nuevas infraestructuras así como por la aparición
temporal de huecos, maquinaria y materiales de obra forman parte de un paisaje típico
de procesos urbanos, que ya es el existente.
La calidad del paisaje es baja, con una fragilidad alta. Por ello se considera que
durante esta fase no se producirá ningún impacto en el paisaje. La alteración de la
percepción cromática y textural, y la intrusión de elementos nuevos constituyen un
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cambio visual, pero que no supone ningún impacto por ser en ambos casos elementos
propios de paisajes urbanos.
7.6.7 Efectos sobre el medio socioeconómico y cultural
Impacto sobre el empleo
La ejecución de las obras en el ámbito incidirá positivamente sobre el empleo de Tres
Cantos y de municipios adyacentes, a un nivel temporal (durante la propia obra), por
las actividades que en él se desarrollarán y los servicios necesarios asociados.
Por tanto, se estima la actuación beneficiosa a este respecto, si bien debido a la
envergadura de las obras previstas, se considera no significativa.
Aceptación social y usos del territorio
Se estima que será beneficioso, puesto que aumenta la disponibilidad de zonas de
uso deportivo para la población, .aunque en todo caso se considera no significativo.
Impacto sobre las actividades económicas
El desarrollo del uso deportivo tendrá un efecto beneficioso a nivel local y temporal
sobre las empresas de servicios y suministros contratadas para llevar a cabo las
obras. Por todo ello se considera este efecto como beneficioso, aunque no
significativo por la escasa entidad de este efecto en las actividades económicas a un
mayor nivel global.
Afección a la seguridad vial y al tráfico de vehículos.
La ejecución de las obras dará lugar al trasiego de maquinaria y de camiones con
material por la vía de comunicación de acceso al ámbito. Esto va a representar un foco
de molestias para el tráfico y reducción puntual de la movilidad en el área.
El trasiego de maquinaria y transporte de materiales de obra se va a realizar por el
acceso existente en la actualidad desde la Avenida de España. Igualmente puede
afectarse el carril bici paralelo a esta vía.
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La aparición de acúmulos de tierra y el polvo generado por el tránsito de los camiones
por la vía podrían mermar las condiciones de seguridad en la circulación de vehículos
que transiten por la Avenida de España.
La pequeña magnitud de la obra hace considerar este impacto de carácter adverso,
directo, temporal, discontinuo, local, reversible, acumulativo y compatible, el cual
teniendo en consideración unas sencillas medidas pasará a considerarse no
significativo.
Impacto sobre las infraestructuras y equipamientos
De acuerdo con la documentación del Plan Parcial del Sector AR Nuevo Tres Cantos,
existe un colector general de aguas fecales de 500 mm de diámetro que cruza el norte
de la parcela de oeste a este. Se estima que el proyecto de construcción de las
instalaciones deportivas tendrá en consideración este aspecto para evitar cualquier
afección negativa a este respecto.
El posible impacto sobre la red viaria ha sido tratado en otro apartado por lo que no va
a insistirse más en ello.
La acometida a la red de agua potable que da servicio al ámbito, así como cualquier
otra de las redes que darán servicio a la parcela deberá ser autorizada por los
organismos públicos con competencia en la materia, cumpliendo los condicionantes
que le sean impuestos de acuerdo con su propia normativa.
Se estima un impacto de carácter adverso, mínimo, directo, permanente, regular, local,
irreversible, recuperable, simple, y de nivel compatible que puede pasar a ser
considerado no significativo una vez se obtengan los permisos necesarios y se sigan
las determinaciones que establezca cada organismo público competente, en su caso.
Efectos sobre el patrimonio arqueológico y paleontológico
En caso de la aparición de restos arqueológicos como consecuencia de las obras se
deberá comunicar en el plazo de 48 horas a la Dirección General de Patrimonio
Cultural de la Comunidad de Madrid o, en su caso, al órgano competente
correspondiente.
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Por tanto, dado que durante las obras se tendrán en cuenta las determinaciones que
se estipulen al efecto de la protección del patrimonio arqueológico, se considera el
efecto no significativo.
Afección a figuras de protección
Limítrofe al norte de la parcela R.G.E. 4b se localiza un monte preservado,
concretamente una dehesa de encinas.
El impacto sobre esta vegetación proviene principalmente durante esta fase de la
generación de polvo. El origen de este material en suspensión son los movimientos de
tierra, de carácter temporal, que tampoco serán muy extensos.
Visto el volumen de obra esperable y la temporalidad de esta fase, se estima un
impacto de carácter adverso pero en todo caso no significativo.
Afección a la población
Las obras de ejecución de las futuras instalaciones deportivas pueden ocasionar
molestias a la población existente próxima a estas superficies, tanto debido al ruido
generado como al levantamiento de polvo en las tareas de movimiento de tierras, etc.
En este caso, se vería afectado fundamentalmente el propio personal de obras,
ciclistas o personas que transiten por la Avenida de España.
Esto conduce a determinar, en todo caso, la aparición de un impacto de carácter
adverso, efecto mínimo, directo, temporal, irregular, local, irreversible, recuperable,
simple, y de valor compatible.
En cuanto a las cuestiones de género, no se estima ninguna afección por cuanto no
habrá diferenciación alguna en lo que a género se refiere en los usos deportivos que
se desarrollarán en el ámbito.
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7.7 Fase de funcionamiento
La fase de funcionamiento comenzará con el inicio de las actividades deportivas y la
puesta en marcha de los diferentes equipamientos e infraestructuras de los que conste
la parcela.
A partir de ahí los impactos serán los propios de la actividad deportiva, así como el
aumento del tráfico y la generación de residuos y emisiones a la atmósfera.
7.7.1 Efectos sobre las condiciones atmosféricas
El movimiento de personas, uso del equipamiento deportivo, etc. no incide
significativamente sobre las condiciones atmosféricas de la zona, por lo que no se
producirán afecciones a este respecto.
El incremento de los niveles de contaminantes más importante será consecuencia de
las emisiones provenientes de los vehículos que circulen por los viales del sector.
Estos variarán según las franjas horarias, siendo previsible su máxima afección en
horas punta. Su afección es poco significativa debido la cercanía del área al núcleo
urbano de Tres Cantos y a la carretera M-607.
En cuanto a la contaminación proveniente de las edificaciones futuras, en caso de su
construcción, será previsiblemente baja debido a que la propia legislación vigente
establece la obligatoriedad de atender a consideraciones bioclimáticas, de ahorro de
energía y uso tecnología solar tanto en las obras como en el funcionamiento de las
instalaciones.
Impacto sobre la calidad física del aire
Como se ha indicado, durante la fase de funcionamiento las emisiones de partículas
físicas provendrán fundamentalmente del tráfico de vehículos de los usuarios de las
instalaciones, vehículos y maquinaria destinados al mantenimiento, así como las
procedentes de las calderas utilizadas para calefacción y agua caliente sanitaria (en su
caso). Las calderas de gas natural no producen partículas sólidas.
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Las emisiones procedentes del tráfico y vehículos de mantenimiento de las
instalaciones serán poco significativas.
Consideraremos este impacto de carácter adverso, directo, temporal, acumulativo, que
aparecerá a corto plazo, irreversible, recuperable, discontinuo y de valor compatible,
una vez tenido en cuenta una serie de medidas correctoras.
Impacto sobre la calidad química del aire
La calidad química del aire puede verse modificada por varias acciones. En primer
lugar, las emisiones de la maquinaria de mantenimiento de los vehículos que acceden
a la instalación deportiva, y las emisiones propias de las infraestructuras y
equipamientos de nueva construcción.
Las emisiones de la maquinaria de mantenimiento y de los vehículos de los usuarios
pueden considerarse poco significativas.
Los sistemas de calefacción y agua caliente sanitaria de las nuevas instalaciones de
uso dotacional, darán lugar a una serie de emisiones a la atmósfera. Estas no habrán
de superar los límites máximos admisibles de emisión e inmisión establecidos por la
legislación para los diversos contaminantes considerados.
Se considera este impacto de carácter adverso, directo, temporal, acumulativo, que
aparecerá a corto plazo, irreversible, recuperable, discontinuo y compatible.
Aumento de los niveles acústicos
A nivel municipal, la Ordenanza de protección del medio ambiente contra la emisión de
ruidos y vibraciones del Ayuntamiento de Tres Cantos establece dos periodos día y
noche, así como unas áreas de sensibilidad acústica, cuyos valores límite de ruido en
el ambiente exterior son más restrictivos que la legislación a nivel nacional. Se adopta,
por tanto, la ordenanza a la hora de analizar los niveles sonoros.
El uso deportivo de la parcela R.G.E. 4b tiene un área de sensibilidad acústica tipo III,
área tolerablemente ruidosa, según lo establecido en la Ordenanza de protección del
medio ambiente contra la emisión de ruidos y vibraciones del Ayuntamiento de Tres
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Cantos. Los valores límite de ruido en el ambiente exterior, según el artículo 7.2.a de
la ordenanza municipal son los siguientes:
Tabla 7.7.1.1.- Valores de límite de ruido en el ambiente exterior
de la ordenanza municipal
Es decir, los niveles límite de ruido al ambiente exterior serán de 65 dB(A) día y 55
dB(A) noche.
El estudio de incidencia acústica del Plan Parcial “Sector AR Nuevo Tres Cantos”,
anexo al Informe de Análisis Ambiental de enero de 2006, establecía para la parcela
R.G.E. 4b un área de sensibilidad acústica tipo III, área tolerablemente ruidosa. Es por
ello que tienen interés los resultados de aquel estudio de incidencia acústica realizado
en el año 2006.
Para el estudio de ruido post operacional del sector se llevó a cabo una modelización
en función de los niveles de intensidad de tráfico de la línea de cercanías C-7, la línea
férrea de alta velocidad, la carretera M-607 y la Avenida de España. El horizonte
elegido fue el año 2010. De acuerdo con dicho estudio, los niveles sonoros en la mitad
sur de la parcela serían los propios de una zona Tipo II con 55 dB (A) diurnos; y un
tipo II de 45 dB(A) nocturnos, para una pequeña superficie paralela a la Avenida de
España.
Si bien los resultados no son exactamente comparables, sí que pueden ayudar en la
valoración de los niveles sonoros esperables durante la fase de funcionamiento.
En términos generales, y a falta de mayor información, no se espera la superación de
esos valores límites sonoros para un área tipo III. Se estima un impacto de carácter
adverso, directo, temporal, irregular, local, reversible, recuperable y de nivel
compatible.
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Incremento de la intensidad lumínica
Durante esta fase se producirá un incremento de la intensidad lumínica de la zona de
afección como consecuencia de la instalación de la iluminación interior que escape a
la atmósfera de todas las edificaciones o equipamientos proyectados.
Esta alteración en las condiciones de luminosidad en la zona podría constituir un
impacto directo en la atmósfera y podría ocasionar impactos indirectos de carácter
adverso en la fauna de hábitos nocturnos que tuviera su zona de campeo en la zona
de actuación.
En la actualidad existen sistemas de iluminación que no aumentan los niveles de
contaminación luminosa, por lo que es sencillo recurrir a los mismos para minimizar las
posibles afecciones que pudieran producirse.
Se considera que como consecuencia de la instalación de la iluminación necesaria
durante la fase de funcionamiento del plan se producirá un incremento de los niveles
lumínicos en la zona de afección, constituyendo un impacto de carácter adverso pero
en todo caso no significativo.
7.7.2 Efectos sobre la geología, geomorfología y los suelos
Durante la fase de funcionamiento no se prevén afecciones o modificaciones
significativas de la geología de base o de la geomorfología del terreno.
Pérdida del recurso suelo
Una vez que las actividades del ámbito han entrado en funcionamiento no se
considera que existan pérdidas de suelo significativas. Hay que tener en cuenta que
parte o la totalidad de la parcela se encontrará solada.
Se estima una imparto no significativo.
Riesgo de erosión
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En la actualidad existe en el ámbito una serie de pequeños fenómenos erosivos. La
aparición de una serie de superficies impermeables impedirá la infiltración de agua de
lluvia en el terreno, por lo que en esas zonas se podrá apreciar un aumento en el
volumen de agua de escorrentía que podría generar un aumento en la erosión del
suelo y un aumento en el arrastre de materiales. Por su reducida superficie se
considera un impacto no significativo.
Alteración de las propiedades físico-químicas del suelo
Las propiedades físico-químicas del suelo se podrían ver modificadas por vertidos
accidentales y generación de residuos.
Durante esta fase podrían producirse vertidos accidentales de maquinaria (grasas o
hidrocarburos) que dieran lugar a la contaminación del suelo y aguas superficiales o
subterráneas.
Si bien los efectos de estos vertidos son negativos para el suelo, la probabilidad de
que esto ocurra es muy baja, más si se tiene en cuenta que la actividad deportiva más
el tráfico de usuarios a las instalaciones se lleva a cabo principalmente en áreas
soladas.
En lo relativo a la generación de residuos se considera que la existencia de un servicio
de recogida de los mismos da lugar a su gestión correcta.
Se estima este posible impacto de carácter adverso pero en todo caso no significativo.
7.7.3 Efectos sobre las aguas
Se debe recordar que el impacto sobre los recursos hídricos viene definido
principalmente por estos aspectos:
- Alteración de la escorrentía y el régimen fluvial.
- Impacto sobre la calidad del agua.
No se considera que exista afección significativa a la recarga del acuífero. El ámbito es
un área más de superficie de recarga del mismo
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Alteración de la escorrentía y del régimen fluvial
Debido al movimiento de tierras los flujos de escorrentía se definen por la ejecución de
las obras para el ámbito de actuación. No obstante, se prevé que la red de escorrentía
se mantenga en rasgos generales pues las obras no deberían afectar a las
condiciones actuales de drenaje del terreno.
Por todo lo anterior se estima un impacto adverso, pero en todo caso no
significativo.
Impacto sobre la calidad del agua
El Plan Parcial del sector tiene prevista una red de saneamiento de tipo separativo,
donde las aguas fecales procedentes de las parcelas y las primeras aguas de lluvia se
recogen por un lado y las pluviales por otro, con lo que se asegura una correcta
gestión de dichas aguas.
Otro efecto asociado serían los posibles vertidos accidentales provenientes de la
maquinaria empleada para el mantenimiento de las diversas instalaciones, originando
contaminación por grasas e hidrocarburos.
Si bien los efectos de estos vertidos son negativos para el suelo, la probabilidad de
que esto ocurra es muy baja, más si se tiene en cuenta que la actividad deportiva más
el tráfico de usuarios a las instalaciones se lleva a cabo principalmente en áreas
soladas.
Se estima este posible impacto de carácter adverso pero en todo caso no significativo.
7.7.4 Efectos sobre la vegetación
Impacto sobre la vegetación del ámbito
A este nivel de planeamiento no puede conocerse el tipo de vegetación que pueda
implantarse en la parcela, probablemente algunas especies típicas de jardinería y
zonas verdes urbanas.
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En todo caso, de forma similar a la situación actual que encontramos en aceras con
arbolado, parques municipales, etc., puede producirse de forma puntual en algún pie
por accidente, causas vandálicas, golpes de vehículos, o maquinaria de trabajo.
Se considera a priori un efecto adverso pero en todo caso no significativo.
Impacto sobre la vegetación del entorno del ámbito
No es probable que a priori que se produzcan afecciones indirectas a la vegetación
externa al ámbito, como el parque norte (la afección al monte preservado se trata en
apartado aparte), pues las posibles emisiones de partículas contaminantes serán
mínimas. No olvidemos que se trata de un área urbana.
Por ello se supone que la incidencia sobre la vegetación del área exterior a la parcela
será no significativa.
7.7.5 Efectos sobre la fauna
Aspectos a considerar durante la fase de funcionamiento será la posible afección a las
diferentes especies de fauna debido al aumento de la presión humana (aumento de la
frecuentación de la zona, incremento de niveles sonoros). No se considera significativo
el incremento de intensidad lumínica.
Este efecto se ha considerado pese a tratarse de un ámbito clasificado como urbano.
Las especies más sensibles se habrán desplazado a zonas contiguas al norte del
ámbito, por lo que las especies presentes estarán habituadas a la presencia humana.
Las actividades que se desarrollen en el ámbito asociadas al uso deportivo, etc.,
suponen un incremento de la frecuentación de la zona respecto a la situación actual.
Igualmente el incremento de ruidos en la zona produce molestias sobre la fauna que
permanezca o haya recolonizado la zona.
Por todo ello, el impacto que se producirá se considera de carácter adverso, mínimo,
indirecto, temporal, irregular, local, reversible, recuperable, simple, y de nivel
compatible.
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7.7.6 Efectos sobre el paisaje
Las instalaciones asociadas al uso deportivo tendrán una incidencia visual sobre el
paisaje del entorno de la parcela. La intensidad será mínima a pesar de la
accesibilidad visual del entorno, ya que se trata de una zona en la que ya existen
construcciones y que en pocos años será un entorno urbano consolidado.
Existirá una modificación del paisaje actual, con aparición de nuevos volúmenes, pero
la integración paisajística exigida desde la ordenación urbanística implica que el
posible impacto visual en el paisaje no será muy reseñable. Por lo tanto, frente a la
situación actual representa impacto visual de carácter adverso, de tipo directo,
permanente, periódico, irreversible, recuperable, acumulativo, y de nivel compatible.
7.7.7 Efectos de tipo socioeconómico y cultural
Impacto sobre el empleo
La puesta en marcha del uso previsto, así como las derivadas del mantenimiento de
los distintos equipamientos e infraestructuras suponen un crecimiento local del
empleo, relacionados directa o indirectamente con el uso del ámbito
Dicho incremento de empleo será, por lo tanto, de efecto será beneficioso. En todo
caso, este se estima como no significativo.
Aceptación social y usos de territorio
La puesta en funcionamiento del uso deportivo supone la dotación o mejora a la
población de Tres Cantos de un equipamiento que es demandado por los habitantes.
Por ello, consideramos que el funcionamiento del plan especial supondrá un efecto
beneficioso sobre la calidad de vida de los habitantes de Tres Cantos, aunque en
todo caso se considere no significativo.
Impacto sobre las actividades económicas
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Durante esta fase se incrementarán las actividades económicas asociadas a la
actividad desarrollada en el ámbito y se favorecerá la diversificación de la economía
local.
El desarrollo del plan repercutirá favorablemente sobre las finanzas públicas, a nivel
local. Por todo ello se considera este efecto como beneficioso, aunque en todo caso
no significativo.
Afección a la seguridad vial y el tráfico de vehículos.
Se considera que la Avenida de Espala tiene capacidad suficiente para absorber el
tráfico que genere la puesta en funcionamiento del equipamiento deportivo. Dado que
se prevé un mantenimiento adecuado del vial de acceso a la parcela el impacto se
considera como no significativo.
Impacto sobre las infraestructuras y equipamientos
En la fase de funcionamiento del ámbito apenas se estima que haya algún efecto
sobre las infraestructuras y equipamientos del ámbito y zonas colindantes puesto que
ya se ha llevado a cabo la urbanización general del mismo.
Así pues, se considera este efecto como no significativo.
Efectos sobre el patrimonio arqueológico y paleontológico
A priori se considera que no existe afección sobre patrimonio arqueológico o
paleontológico dado que durante esta fase no se realizan movimientos de tierras. Se
considera a tal efecto un Impacto no significativo.
Afección a figuras de protección
No es probable que a priori se produzcan afecciones indirectas al monte preservado
pues las posibles emisiones de partículas contaminantes serán mínimas.
Por ello se supone que la incidencia sobre la vegetación del área exterior a la parcela
será no significativa.
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Afección a la población
El tráfico de vehículos a la parcela producirá un incremento de emisiones a la
atmósfera y de los niveles sonoros del área. Lo mismo puede indicarse respecto a la
propia actividad deportiva. Sin embargo, las emisiones contaminantes asociadas a
este hecho, así como el ruido generado son los propios de medios urbanos.
Se estima que los niveles límites de contaminantes en el aire exterior y emisiones
sonoras se encontrarán por debajo de los establecidos por la legislación. A pesar de
ello, se considera este impacto de carácter adverso, directo, temporal, acumulativo,
que aparecerá a corto plazo, irreversible, recuperable, discontinuo y compatible.
7.8 Resumen de impactos ambientales
Se indican a continuación los impactos producidos por el planeamiento propuesto.
FASE DE OBRAS
CONDICIONES ATMOSFÉRICAS
Impacto sobre la calidad física del aire Compatible
Impacto sobre la calidad química del aire No significativo
Aumento de los niveles acústicos Compatible
GEOLOGÍA, GEOMORFOLOGÍA Y SUELOS
Pérdida del recurso suelo No significativo
Riesgo de erosión No significativo
Alteración de las propiedades físico-químicas del suelo
Compatible
HIDROLOGÍA
Efectos sobre la escorrentía y el régimen fluvial No significativo
Impacto sobre la calidad del agua Compatible
VEGETACIÓN
Efectos sobre la vegetación del ámbito Compatible
Efectos sobre la vegetación del entorno No significativo
FAUNA
Alteración o destrucción de biotopos Compatible
Molestias por ruido Compatible
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FASE DE OBRAS
PAISAJE
Efectos sobre el paisaje Inexistente
MEDIO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL
Impacto sobre el empleo No significativo
Aceptación social y usos del territorio No significativo
Impacto sobre las actividades económicas No significativo
Afección a la seguridad vial y al tráfico de vehículos. Compatible
Impacto sobre las infraestructuras y equipamientos Compatible
Efectos sobre el patrimonio arqueológico y
paleontológico
No significativo
Afección a figuras de protección No significativo
Afección a la población Compatible
FASE DE FUNCIONAMIENTO
CONDICIONES ATMOSFÉRICAS
Impacto sobre la calidad física del aire Compatible
Impacto sobre la calidad química del aire Compatible
Aumento de los niveles acústicos Compatible
Intensidad lumínica No significativo
GEOLOGÍA, GEOMORFOLOGÍA Y SUELOS
Pérdida del recurso suelo No significativo
Riesgo de erosión No significativo
Alteración de las propiedades físico-químicas del suelo
No significativo
HIDROLOGÍA
Efectos sobre la escorrentía y el régimen fluvial No significativo
Impacto sobre la calidad del agua No significativo
VEGETACIÓN
Efectos sobre la vegetación del ámbito No significativo
Efectos sobre la vegetación del entorno No significativo
FAUNA
Alteración de biotopos (aumento de frecuentación,
molestias por ruido e intensidad lumínica)
Compatible
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PAISAJE
Efectos sobre el paisaje Compatible
MEDIO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL
Impacto sobre el empleo No significativo
Aceptación social y usos del territorio No significativo
Impacto sobre las actividades económicas No significativo
Afección a la seguridad vial y al tráfico de vehículos No significativo
Impacto sobre las infraestructuras y equipamientos No significativo
Efectos sobre el patrimonio arqueológico y
paleontológico
No significativo
Afección a figuras de protección No significativo
Afección a la población Compatible
8 EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES
SOBRE PLANES SECTORIALES Y
TERRITORIALES CONCURRENTES
El Plan Especial debe ser coherente con el resto de estrategias (incluyendo planes y
programas) con el medio rural y al medio ambiente en general u otras, siempre que las
medidas puedan tener algún tipo de influencia, relación o conexión con ellas.
Dentro de las estrategias, planes y programas vigentes de la Comunidad de Madrid es
necesario mencionar el primer lugar los planes de ordenación territorial y en concreto
el planeamiento urbanístico.
Existe una serie estrategias, planes y programas a nivel estatal o de la Comunidad de
Madrid, si bien nos vamos a centrar en los relativos al cambio climático.
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8.1 Plan General de Ordenación Urbana de Tres Cantos
El planeamiento vigente de aplicación a los terrenos de la parcela R.G.E. 4b es el Plan
General de Ordenación Urbana de Tres Cantos, aprobado por la Comisión de
Urbanismos de Madrid en su sesión de 7 de mayo de 2003, Acuerdo nº 153/03
(publicado por Resolución de 26 de mayo de 2003, de la Secretaría General Técnica
de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte de la Comunidad de
Madrid, B.O.C.M. nº 156, de 3 de julio de 2003)3.
Igualmente son de aplicación los siguientes instrumentos de ordenación urbanística:
Plan Parcial del Sector y área de reparto “AR Nuevo Tres Cantos”, aprobado
definitivamente el 16 de febrero de 2006.
Plan Especial de Definición y Ordenación de Ejes Comerciales en el Sector
“AR Nuevo Tres Cantos”, aprobado definitivamente el 25 de enero de 2012.
Plan Especial para la adaptación del Programa Municipal de Dotaciones y
Equipamientos en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos”, en el ámbito de las
parcela R.G.E.4a y R.G.E.4b, aprobado definitivamente el 29 de noviembre de
2012.
Plan Especial para la Actualización y Mejora de la Ordenación Urbanística,
aprobado definitivamente el 25 de noviembre de 2010 y su Modificación
Puntual aprobada definitivamente el 31 de enero de 2013.
En el apartado 3.4.2.- Justificación de la conformidad de la propuesta con los
instrumentos de planeamiento vigentes se detalla cómo el Plan Especial propuesto
cumple con toda esta normativa. Por tanto, se considera que no existen efectos
ambientales o de cualquier tipo contrarios a esta normativa. Antes bien, este Plan
Especial precisamente vuelve las cosas al estado en el que se previeron en estos
documentos de planeamiento citados.
3 Posteriormente, en septiembre de 2010, las NN.UU. en lo que se refiere a su pormenorización tuvieron
una actualización en un “Plan Especial para Actualización y Mejora de la Ordenación Urbanística”.
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8.2 Cambio climático
El Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC), aprobado en 2006, es
el marco de referencia para la coordinación entre las Administraciones Públicas en las
actividades de evaluación de impactos, vulnerabilidad y adaptación al cambio climático
en España.
Las estrategias de ordenación del territorio y los planes urbanísticos deben prestar una
atención especial a la información climática y a los efectos del cambio climático, de
forma que las propuestas de ocupación y distribución en el territorio de los distintos
usos y actividades: asentamientos humanos, actividades económicas, infraestructuras,
etc., integren entre sus objetivos impedir y prevenir la degradación de los recursos
naturales con influencia negativa sobre el clima, a la vez que tengan en cuenta el
mejor aprovechamiento y adaptación a las características del clima y a los efectos del
cambio climático.
Dentro del espacio urbano, las zonas que pueden verse más directamente afectadas
por los cambios climáticos son las llamadas zonas verdes en general (parques y
jardines). En la edificación, el conocimiento de los datos climáticos relacionados con el
viento, la lluvia la nieve, la temperatura y humedad del aire, la radiación solar, las
descargas eléctricas, etc., resulta necesario tanto para la elaboración de la normativa
técnica sobre edificación como para una adecuada realización de los proyectos que
considere la situación climática de la localidad donde se ubican los edificios.
En la edificación, la repercusión de los cambios climáticos conlleva nuevas
necesidades para atender los aspectos de habitabilidad de los edificios, que requieren
instalaciones de climatización y ventilación que, a su vez, repercuten sobre el
microclima de la localidad.
Es por ello que a nivel nacional existe normativa relativa a la eficiencia energética en
edificios como el Código Técnico de la Edificación y demás legislación vigente en la
materia. A nivel de comunidades autónomas, la ley 34/2007, de 15 de noviembre, de
Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera establece en su artículo 16 la obligación
de las Comunidades Autónomas de adoptar planes y programas para la mejora de la
calidad del aire y el cumplimiento de los objetivos de la calidad del aire en su ámbito
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territorial, así como para minimizar o evitar impactos negativos de la contaminación
atmosférica.
Como respuesta a esta obligación normativa se elabora la Estrategia de Calidad del
Aire y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid 2013-2020. Plan Azul +. Su
objetivo es reducir un 20% hasta 2020 las emisiones de NOx, SOx, CO y PM10.
Esto supone la necesidad de incluir la aplicación de medidas de ahorro y uso eficiente
de agua en edificios y servicios municipales, la eficiencia, ahorro energético y fomento
del uso de energías renovables mediante la aplicación de medidas de ahorro de
energía en edificios y servicios municipales.
Obviamente, es imposible el objetivo de emisión 0 de gases de efecto invernadero,
pero la adopción de estas estrategias y medidas es un paso positivo en cuanto a
reducir las emisiones que dan lugar al calentamiento global.
A nivel de evaluación de impactos ambientales, y en consonancia con el apartado de
identificación y valoración de los efectos ambientales previsibles sobre las condiciones
atmosféricas, la afección a la calidad química del aire durante la fase de obras se ha
estimado como no significativa y la de funcionamiento como compatible.
En todo caso, las emisiones generadas por el uso deportivo son pequeñas por
comparación con los sectores con una mayor contribución a las emisiones totales
(transporte, industrial, sector residencial).
9 MOTIVACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL
PROCEDIMIENTO DE EAE SIMPLIFICADA
La Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes
y programas en el medio ambiente, derogada por Ley 21/2013, de 9 de diciembre, se
aplica a las evaluaciones ambientales de planes y programas o evaluaciones
ambientales estratégicas, cuyos procedimientos hayan sido iniciados con anterioridad
a la entrada en vigor de la nueva Ley 21/2013 (diciembre de 2014). Para aquéllos cuya
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evaluación se iniciara posteriormente, será de aplicación la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental (Disposición Transitoria Primera de la Ley).
La Ley 21/2013, distingue dos procedimientos de evaluación ambiental estratégica:
evaluación ambiental estratégica ordinaria y simplificada.
Este Plan Especial debe someterse a Evaluación Ambiental Estratégica simplificada,
por encontrarse entre los supuestos incluidos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental. En concreto su artículo 6 establece:
2. Serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada:
a) Las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el
apartado anterior.
b) Los planes y programas mencionados en el apartado anterior que
establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas de reducida extensión.
En este Plan Especial concurren ambas circunstancias: se trata de una modificación
del planeamiento anterior (PGOU y Plan Parcial), y afecta a una zona de reducida
extensión.
10 SELECCIÓN Y EXAMEN DE ALTERNATIVAS
FACTIBLES
El Plan Parcial del Sector “AR Nuevo Tres Cantos”, actualmente en vigor, fue
aprobado definitivamente por el Pleno municipal el 16 de febrero de 2006 y
posteriormente publicado, tanto el acuerdo como el texto del mismo, en el BOCM nº 75
de 29 de marzo de 2006. El Plan Parcial estableció en la parcela R.G.E.4b el uso
Dotacional deportivo en atención al Programa Municipal de Equipamientos que en su
día realizó la Corporación municipal.
No obstante, el propio Plan Parcial hace una previsión para que, en función de las
necesidades de la población, la adjudicación de los usos pormenorizados de las
Dotaciones y Equipamientos correspondientes a las Redes Generales y Locales, de
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titularidad municipal, puedan ser modificados, en respuesta a posibles nuevas
demandas de la población. Las condiciones previas establecidas por el Plan Parcial
para estas parcelas, deberán ser compatibilizadas con el Programa Municipal de
Equipamientos previsto por el Ayuntamiento de Tres Cantos y el desarrollo de las
mismas, en función de las necesidades sociales, permitirá la corrección y modificación
de tales parámetros mediante las figuras de planeamiento correspondientes en cada
caso.
En el año 2012 la Corporación municipal decidió, debido a su superficie y situación en
la trama urbana, proponer la construcción de un colegio y un instituto en la parcela
R.G.E.4b, concentrando de este modo el uso educativo en una única parcela. Para
ello, fue necesario tramitar un Plan Especial para la adaptación del Programa
Municipal de Dotaciones y Equipamientos en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos”, cuya
aprobación definitiva quedó publicada en el BOCM nº 2 de 3 de enero de 2013. En
dicho documento se cambió el uso Dotacional deportivo que había asignado en la
parcela R.G.E.4b por uso Dotacional educativo primaria/secundaria.
En el año 2015 el Ayuntamiento de Tres Cantos realizó los pertinentes contactos con
la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid para proponer la construcción
de un nuevo instituto en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos”. La Consejería no veía
posible la idea municipal de construir en la misma parcela colegio e instituto
compartiendo zonas deportivas, por lo que solicitaba la segregación de la parcela
R.G.E.4b, en dos. Dividir la parcela no era necesario pues hay otras parcelas que
pueden albergar este uso y tras revisar las necesidades de edificabilidad, superficie y
situación en la trama urbana se cedió la parcela R.L.E.2, para la construcción del
nuevo instituto. La cesión se formalizó el 28 de enero de 2016, mediante acuerdo nº
10/16 de Pleno del Ayuntamiento de Tres Cantos. Por lo tanto, no se construirá el
instituto en la parcela R.G.E.4b.
Sin embargo, el Ayuntamiento es consciente de las necesidades de la creciente
población del municipio en el ámbito del Sector “AR Nuevo Tres Cantos” de poder
disfrutar de unas instalaciones deportivas.
En la actualidad y a la vista de lo anterior, el Ayuntamiento de Tres Cantos en su
interés por dar respuestas a las necesidades de la creciente población del municipio
en el ámbito del Sector “AR Nuevo Tres Cantos” considera necesario, por su situación
y tamaño, la implantación de una instalación deportiva en la parcela R.G.E.4b, por lo
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que, a través de la Concejalía de Desarrollo Urbano, ha estimado conveniente revisar
la actual propuesta de dotaciones que se aprobó en el año 2012 mediante el Plan
Especial para la adaptación del Programa Municipal de Dotaciones y Equipamientos
en el Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en el ámbito de las parcelas R.G.E.4a y
R.G.E.4b, a través de un nuevo Plan Especial para el ámbito de la parcela R.G.E.4b.
Las alternativas de ubicación eran en este caso limitadas dado que se restringen en el
sector a la parcela R.G.E. 4b, objeto de este Plan Especial.
La alternativa 0 supone el mantenimiento del uso previsto de dotacional educativo
primaria/secundaria en la parcela R.G.E. 4b. Como se ha indicado, la Consejería de
Educación no veía posible la idea municipal de construir en la misma parcela colegio e
instituto compartiendo zonas deportivas, por lo que solicitaba la segregación de la
parcela R.G.E.4b en dos. La solución final fue la cesión de la parcela R.L.E.2, para la
construcción del nuevo instituto, que sí reunía los condicionantes necesarios.
A la vista de esto, se desecha la alternativa 0, pues la parcela tiene un uso que en la
práctica no va a llevarse a cabo, y sin embargo, existe la posibilidad, mediante una
modificación de planeamiento de destinarla a otro más factible.
De todos los usos dotacionales posibles, el Ayuntamiento ha tenido en cuenta las
necesidades futuras de la población así como la posible afección al medio ambiente del
área.
El Plan Parcial de 2006 estableció en la parcela R.G.E.4b el uso Dotacional deportivo
en atención al Programa Municipal de Equipamientos que en su día realizó la
Corporación municipal. La evaluación ambiental estratégica de este Plan Parcial
obtuvo informe favorable por parte de la Consejería de Medio Ambiente,
Administración Local y Ordenación del Territorio.
Es por ello que tanto a nivel de equipamientos del sector, como de la afección
medioambiental que pueda producirse, la mejor alternativa en este caso es volver a
dar a la parcela R.G.E. 4b el uso original que estableció el Plan Parcial del Sector “AR
Nuevo Tres Cantos en el año 2006.
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11 MEDIDAS PROTECTORAS, CORRECTORAS O
COMPENSATORIAS
Una vez llevada a cabo la fase de descripción, la fase de inventariado del medio y de
la identificación y valoración de los impactos que ocasionaría la ejecución de las
acciones de las obras, sobre los factores ambientales implicados, que caracterizan a
las actuaciones proyectadas, corresponde ahora definir las medidas de protección,
corrección y compensación adecuadas al objeto de minimizar los efectos adversos de
la actuación sobre el medio ambiente, al tiempo que se analiza si la propia ejecución
de dichas medidas ocasionaría alteraciones importantes en el medio receptor.
Es conveniente tener presente al respecto, y siempre que sea posible, que es mejor no
provocar impactos, que tener que corregirlos posteriormente. La corrección de impacto
y la definición de las medidas protectoras, correctoras y compensatorias debe ir
enfocada a evitar la aparición del impacto, reducir su intensidad y/o compensar los
efectos adversos en el medio receptor.
La primera de las opciones tiene que ver con la adopción de medidas “a priori” que
tratan de evitar que se produzca una alteración determinada. No obstante lo anterior, y
aun cuando es lo aconsejado, se debe tener en cuenta que no siempre es posible
evitar por completo su aparición.
La reducción del impacto se obtiene reduciendo su intensidad y cuidando el modo en
que se realiza la acción concreta que lo provoca, buscando siempre, una reducción
significativa de la magnitud del impacto que se vaya a generar. Por último, la adopción
de medidas complementarias debe contemplarse ante impactos recuperables de
carácter negativo.
Cabe destacar que la eficacia de las medidas que se definan dependerá, en gran
medida, de su aplicación simultánea con el desarrollo de la explotación, o
inmediatamente tras la finalización de las mismas. Es decir, el éxito de estas medidas
está directamente relacionado con la precocidad en su aplicación.
Por otro lado, no se debe olvidar que ya durante la fase de planeamiento pueden
articularse e incluirse determinadas medidas, encaminadas a paliar los posibles
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efectos que pudieran derivarse del planeamiento y para los cuales caso de no
contemplarse entonces, habrían de diseñarse y aplicarse con posterioridad.
A continuación se relacionan todas las medidas que se proponen:
11.1 Fase de obras
11.1.1 Calidad del aire
La salida y entrada de camiones u otros vehículos puede provocar la aparición
de acúmulos de tierras, polvo sobre la Avenida de España, por ello se propone
como medida el riego periódico de las zonas de trasiego de la maquinaria,
estableciéndose una periodicidad de una vez al día durante los meses de
verano o cuando se aprecie una mayor cantidad de polvo en el ambiente.
Los depósitos temporales de áridos u otros materiales pulverulentos deberán
ser tratados a fin de evitar su transporte por el agua de lluvia o viento, bien
mediante su cubrimiento, bien mediante riegos, o cualesquiera otros
procedimientos que consigan los mismos fines.
La caja de los camiones que transporten tierras deberán disponer de
protecciones adecuadas para la cubrición de las mismas durante los recorridos
que vayan a realizar.
Mantenimiento periódico de la maquinaria en perfectas condiciones con el fin
de minimizar las emisiones y ruidos que ésta ocasiona. Asimismo, la
maquinaria deber tener actualizada la ficha de Inspección Técnica de
Vehículos (ITV).
11.1.2 Niveles acústicos
Mantenimiento periódico de la maquinaria en perfectas condiciones con el fin
de minimizar las emisiones y ruidos que ésta ocasiona. Asimismo, la
maquinaria deber tener actualizada la ficha de Inspección Técnica de
Vehículos (ITV).
Durante las obras se estará a lo dispuesto en Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido y demás legislación en la materia en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
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El contratista debe acreditar que las obras se desarrollan según las
especificaciones del Real Decreto 212/2002, de 27 de febrero, sobre
determinación y limitación de la potencia acústica admisible de determinado
material y maquinaria de obra y su modificación por Real Decreto 524/2006.
Durante las obras los trabajos temporales no podrán realizarse entre las diez
de la noche y las ocho de la mañana.
11.1.3 Contaminación lumínica
La iluminación exterior de las instalaciones se deberá diseñar e instalar de manera que
se consiga minimizar la contaminación lumínica, con la finalidad de conseguir los
objetivos establecidos en la disposición adicional cuarta de la Ley 34/2007, de 15 de
noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, para lo cual se atenderá a
las siguientes prescripciones:
— Se evitará el uso de lámparas de vapor de mercurio.
— El tipo de carcasa será cerrada y opaca, de modo que evite proyecciones
cenitales y que impida sobresalir al elemento refractor del plano inferior de
esta.
En lo relativo al alumbrado exterior, deberá cumplirse el Real Decreto 1890/2008, de
14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en
instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-
01 a EA-07, que establecen una serie de prescripciones a estas instalaciones.
Las instalaciones de alumbrado exterior se calificarán energéticamente en función de
su índice de eficiencia energética, mediante una etiqueta de calificación energética,
que habrá de adjuntarse en la documentación de la misma.
Toda instalación de alumbrado exterior con una potencia de lámparas y equipos
auxiliares superiores a 5 kW, deberá incorporar un sistema de accionamiento por reloj
astronómico o sistema de encendido centralizado, mientras que en aquellas con una
potencia en lámparas y equipos auxiliares inferior o igual a 5 kW también podrá
incorporar un sistema de accionamiento mediante fotocélula.
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Allí dónde sea viable se suprimirán las luminarias o se implantarán sistemas de baja
intensidad lumínica.
11.1.4 Geología, geomorfología y suelos
Retirada y almacenamiento de la capa de suelo en todas aquellas zonas en
que las que vaya a existir una ocupación temporal de éste, separando la capa
de tierra vegetal del resto del suelo.
El posterior extendido de la tierra vegetal se realizará sobre las superficies
afectadas por las obras que vayan a ajardinarse.
En caso de vertido accidental, se procederá a su recogida para su tratamiento
por parte de un gestor autorizado.
En caso que fuera necesario realizar labores de mantenimiento de la
maquinaria, se realizarán exclusivamente en lugares adecuadamente
preparados para evitar la contaminación de agua y suelos, como por ejemplo,
los talleres autorizados.
El parque de maquinaria así como los lugares de almacenamiento de
materiales susceptibles de contaminar el suelo o aguas subterráneas se
encontrarán solados.
11.1.5 Aguas
Un impacto sobre las aguas subterráneas puede ser el provocado por el vertido de
aceites, combustibles y otras sustancias contaminantes procedentes de vehículos y
maquinaria involucrada en la obra. Por ello se tendrán en cuenta las mismas medidas
que en el apartado anterior.
Para el ahorro de agua:
Se llevarán a cabo medidas para el ahorro de agua, incorporando en las
instalaciones que lo necesiten una serie de sistemas reductores o limitadores
de caudal, cuya aplicación consigue una reducción del consumo de agua en
hasta un 50%, sin que por ello se reduzcan las prestaciones.
Instalación de contadores volumétricos para el adecuado control de los
consumos de agua.
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11.1.6 Vegetación
El desbroce del terreno se limitará a la superficie de terreno a ocupar.
Al tratarse de suelo urbano, si no se dispone de él se llevará a cabo un
inventario del arbolado existente en el ámbito previo al inicio de las obras.
Se respetarán al máximo posible los pies arbóreos preexistentes, y en concreto
y de manera exhaustiva todos los ejemplares protegidos por la Ley del
Arbolado urbano de la Comunidad de Madrid.
El destino de los ejemplares arbóreos que resulten incompatibles con las obras
que se proyecten posteriormente, de acuerdo al inventario de arbolado
existente, será el trasplante, cumpliendo el procedimiento establecido en la Ley
del arbolado urbano en caso de ejemplares protegidos.
En caso de ser necesaria su supresión, deberá realizarse su valoración
económica, obtenida por un método de valoración del arbolado ornamental.
Será preceptivo seguir el procedimiento estipulado en la Ley 8/2005, de 26 de
Diciembre, de Protección y Fomento del arbolado urbano de la Comunidad de
Madrid.
Se jalonarán los ejemplares arbóreos que puedan verse afectados por las
obras a fin de evitar cualquier daño sobre los mismos.
En caso de daños reversibles a los pies arbóreos, se procederá a la aplicación
de tratamientos curativos. Si los daños fueran irreversibles, se procederá a su
tala y posterior reposición, una vez obtenidos los permisos necesarios.
11.1.7 Fauna
Se tendrán en cuenta las medidas para minimizar los niveles acústicos indicadas en
apartado anterior.
11.1.8 Paisaje
Todas las superficies que hayan servido como lugares de acopio de materiales,
parking de maquinaria, etc. deberán quedar perfectamente limpias y
funcionales.
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Al objeto de minimizar el impacto visual, se adaptará el diseño de las
instalaciones de forma que se guarde armonía con su entorno. Las
edificaciones, en particular en relación con los paramentos verticales y
cubiertas, deberán adaptarse a las condiciones establecidas en las normas
urbanísticas municipales.
11.1.9 Seguridad vial y paso de vehículos
La salida y entrada de camiones u otros vehículos puede provocar la aparición de
acúmulos de tierras, polvo sobre los viales y el acceso al ámbito, por ello se propone
como medida el riego periódico de las zonas de trasiego de la maquinaria,
estableciéndose una periodicidad de una vez al día durante los meses de verano
cuando se aprecie una mayor cantidad de polvo en el ambiente.
La caja de los camiones que transporten tierras deberá disponer de protecciones
adecuadas para la cubrición de las mismas durante los recorridos que vayan a
realizar.
A fin de evitar atropellos, se señalizará el cruce del carril bici con el acceso al ámbito.
11.1.10 Infraestructuras y equipamientos
La ejecución de las obras no deberá afectar ni crítica ni irreversiblemente a las vías de
comunicación e infraestructuras presentes en el ámbito y su entorno. Para ello, habrá
de pedirse permiso a los organismos competentes en cada caso.
11.1.11 Patrimonio arqueológico y paleontológico
En caso de aparición de restos arqueológicos, como consecuencia del movimiento de
tierras, se deberá comunicar en el plazo de 3 días naturales a la Dirección General de
Patrimonio Histórico, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 3/2013, de
18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
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11.1.12 Medidas relativas a eficiencia energética
Se cumplirán las disposiciones establecidas por el Código Técnico de la Edificación y
demás legislación vigente relativa a la eficiencia energética en edificios.
Con la aprobación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba
el Código Técnico de la Edificación (BOE nº 74 de 28 de marzo de 2006) y posteriores
modificaciones se establecen unas mayores exigencias de calidad, tanto en los
aspectos constructivos de los edificios, los cuales afectan básicamente a la demanda
de energía, como a las instalaciones transformadoras de energía, que son las
responsables de satisfacer las necesidades energéticas de un modo eficiente.
El objetivo del Documento Básico “DB-HE ahorro de energía” consiste en conseguir un
uso racional de la energía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo a
límites sostenibles su consumo, y conseguir que una parte de este consumo proceda
de fuentes de energía renovables, como consecuencia de las características de su
proyecto, construcción uso y mantenimiento.
Este documento se divide en seis exigencias básicas:
- Exigencia básica HE0: Limitación del consumo energético. El consumo
energético de los edificios se limita en función de la zona climática de su
localidad de ubicación y del uso previsto. El consumo energético para el
acondicionamiento, en su caso, de aquellas edificaciones o partes de las
mismas que, por sus características de utilización, estén abiertas de forma
permanente, será satisfecho exclusivamente con energía procedente de
fuentes renovables. Es de aplicación a los edificios de nueva construcción o
ampliación de existentes.
- Exigencia básica HE1: Limitación de demanda energética. Los edificios
dispondrán de una envolvente de características tales que limite
adecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar
térmico. Es de aplicación a los edificios de nueva construcción o intervenciones
en edificios existentes. Se excluyen principalmente instalaciones industriales,
talleres, edificios agrícolas no residenciales y edificios aislados con una
superficie total útil inferior a 50 m2.
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- Exigencia básica HE2: Rendimiento de las instalaciones térmicas. Los edificios
dispondrán de instalaciones térmicas apropiadas. Esta exigencia se desarrolla
actualmente en el RITE.
- Exigencia básica HE3: Eficiencia energética de las instalaciones de
iluminación. Los edificios dispondrán de instalaciones de iluminación
adecuadas a las necesidades de los usuarios y a la vez eficaces
energéticamente. Esta sección es de aplicación a las instalaciones de
iluminación interior de edificios de nueva construcción, intervenciones en
edificios existentes, etc. Se excluyen del ámbito de aplicación construcciones
provisionales, instalaciones industriales, talleres, de defensa, edificios agrícolas
no residenciales, interiores de viviendas, ciertos edificios históricos y edificios
independientes con una superficie total útil inferior a 50 m2. En los casos
excluidos, en el proyecto se justificarán las soluciones adoptadas, en su caso,
para el ahorro de energía en la instalación de iluminación.
- Exigencia básica HE4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria. En
todos los edificios de nueva construcción de cualquier uso en que exista una
demanda de agua caliente sanitaria y/o climatización de piscina cubierta, una
parte de las necesidades energéticas térmicas se cubrirá mediante energía
solar térmica. Es aplicable igualmente a ciertas reformas o intervenciones en
edificios existentes.
- Exigencia básica HE5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica:
Los edificios con ciertos usos incorporarán sistemas de captación y
transformación de energía solar por procedimientos fotovoltaicos. Por ejemplo
los centros de ocio que superen los 5.000 m2 construidos.
Otras disposiciones legislativas ya aprobadas en España y que establecen mayores
exigencias son:
- El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus
Instrucciones Técnicas Complementarias, aprobado por Real Decreto
1027/2007, de 20 de julio, así como posteriores modificaciones.
- El Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el
procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los
edificios. Mediante dicho Real Decreto cada edificio tendrá una calificación en
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función de la calidad de sus instalaciones de suministro de energía, y de sus
características constructivas, que afectan a la demanda energética.
Todo este desarrollo normativo se encuadra en el marco de obligaciones que
establece la Directiva 2010/31/UE de Eficiencia Energética de los edificios
(refundición) y posteriores modificaciones. Esta Directiva obliga a los Estados
Miembros de la Unión Europea a desarrollar medidas concretas que garanticen la
mejora de la eficiencia energética de los edificios.
11.1.13 Gestión de residuos
Todos los residuos generados en esta fase serán recogidos adecuadamente y
gestionados por gestor autorizado o depositados en el punto de recogida que
determine el Ayuntamiento de Tres Cantos para su gestión municipal.
11.2 Fase de funcionamiento
11.2.1 Calidad del aire
Mantenimiento periódico de las instalaciones en perfectas condiciones con el fin de
minimizar las emisiones y ruidos que ésta ocasiona. La emisión a la atmósfera en el
ámbito de sustancias contaminantes debe ser inferior a los límites establecidos por la
legislación vigente.
11.2.2 Niveles acústicos
Mantenimiento periódico de las instalaciones en perfectas condiciones con el fin de
minimizar las emisiones y ruidos que ésta ocasiona.
Durante esta fase se estará a lo dispuesto en Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del
Ruido y demás legislación en la materia en lo referente a zonificación acústica,
objetivos de calidad y emisiones acústicas para las áreas acústicas, incluida la
Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Tres Cantos.
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11.2.3 Fauna
Se remite a las medidas tomadas para el control de los niveles acústicos en el ámbito.
11.2.4 Afección a la población
Se remite a las medidas tomadas para el control de la calidad del aire y de niveles
acústicos en el ámbito.
Los sistemas de agua sanitaria, torres de refrigeración, condensadores evaporativos y
sistemas de riego por aspersión son instalaciones de riesgo de proliferación y
dispersión de Legionella, por lo que habrán de cumplir los requisitos establecidos en el
Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, que establece los criterios higiénico-sanitarios
para la prevención y control de la legionelosis.
11.2.5 Gestión de residuos
Todos los residuos generados en esta fase serán recogidos adecuadamente y
gestionados por gestor autorizado o depositados en el punto de recogida que
determine el Ayuntamiento de Tres Cantos para su gestión municipal.
12 IMPACTOS AMBIENTALES RESIDUALES
Se indican a continuación los impactos residuales una vez aplicadas las medidas
preventivas, correctoras o compensatorias.
FASE DE OBRAS
CONDICIONES ATMOSFÉRICAS
Impacto sobre la calidad física del aire No significativo
Impacto sobre la calidad química del aire No significativo
Aumento de los niveles acústicos Compatible
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GEOLOGÍA, GEOMORFOLOGÍA Y SUELOS
Pérdida del recurso suelo No significativo
Riesgo de erosión No significativo
Alteración de las propiedades físico-químicas del suelo No significativo
HIDROLOGÍA
Efectos sobre la escorrentía y el régimen fluvial No significativo
Impacto sobre la calidad del agua No significativo
VEGETACIÓN
Efectos sobre la vegetación del ámbito Compatible
Efectos sobre la vegetación del entorno No significativo
FAUNA
Alteración o destrucción de biotopos Compatible
Molestias por ruido Compatible
PAISAJE
Efectos sobre el paisaje Inexistente
MEDIO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL
Impacto sobre el empleo No significativo
Aceptación social y usos del territorio No significativo
Impacto sobre las actividades económicas No significativo
Afección a la seguridad vial y al tráfico de vehículos. No significativo
Impacto sobre las infraestructuras y equipamientos No significativo
Efectos sobre el patrimonio arqueológico y paleontológico No significativo
Afección a figuras de protección No significativo
Afección a la población Compatible
FASE DE FUNCIONAMIENTO
CONDICIONES ATMOSFÉRICAS
Impacto sobre la calidad física del aire Compatible
Impacto sobre la calidad química del aire Compatible
Aumento de los niveles acústicos Compatible
Intensidad lumínica No significativo
GEOLOGÍA, GEOMORFOLOGÍA Y SUELOS
Pérdida del recurso suelo No significativo
Riesgo de erosión No significativo
Alteración de las propiedades físico-químicas del suelo No significativo
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FASE DE FUNCIONAMIENTO
HIDROLOGÍA
Efectos sobre la escorrentía y el régimen fluvial No significativo
Impacto sobre la calidad del agua No significativo
VEGETACIÓN
Efectos sobre la vegetación del ámbito No significativo
Efectos sobre la vegetación del entorno No significativo
FAUNA
Alteración de biotopos (aumento de frecuentación, molestias por
ruido e intensidad lumínica)
Compatible
PAISAJE
Efectos sobre el paisaje Compatible
MEDIO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL
Impacto sobre el empleo No significativo
Aceptación social y usos del territorio No significativo
Impacto sobre las actividades económicas No significativo
Afección a la seguridad vial y al tráfico de vehículos No significativo
Impacto sobre las infraestructuras y equipamientos No significativo
Efectos sobre el patrimonio arqueológico y paleontológico No significativo
Afección a figuras de protección No significativo
Afección a la población Compatible
13 MEDIDAS PREVISTAS PARA EL
SEGUIMIENTO: PROGRAMA DE VIGILANCIA
AMBIENTAL
Una vez que se han identificado y valorado las principales afecciones generadas por el
Plan Especial, y habiéndose definido las medidas protectoras y correctoras necesarias
para evitarlos, reducirlos, o compensarlos, se establecerá un Programa de Vigilancia
Ambiental (PVA), cuyo objeto fundamental será garantizar el cumplimiento de dichas
medidas.
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Con ello se persigue la consecución de los siguientes objetivos:
1.- Comprobar que las medidas preventivas y correctoras propuestas se han
realizado.
2.- Proporcionar información sobre la calidad y oportunidad de las medidas
correctoras adoptadas.
3.- Proporcionar advertencias inmediatas acerca de los valores alcanzados por los
indicadores ambientales seleccionados, respecto de los niveles críticos
preestablecidos.
4.- Detectar alteraciones no previstas, con la consiguiente definición de nuevas
medidas correctoras.
5.- Comprobar la cuantía de aquellos impactos cuya predicción sólo puede realizarse
cualitativamente.
6.- Aplicación de nuevas medidas correctoras en el caso de que las anteriormente
definidas sean insuficientes.
Han de elaborarse distintos tipos de informes:
- Informes ordinarios, que son los realizados para reflejar el desarrollo de las
labores de seguimiento ambiental.
- Informes extraordinarios, que se emitirán cuando exista alguna afección no
prevista o cualquier aspecto que precise una actuación inmediata, y que por su
importancia merezca la emisión de un informe específico.
- Informes específicos, que son aquellos informes exigidos expresamente por un
organismo público, referidos a alguna variable concreta y con una especificidad
concreta. Según los casos puede coincidir con alguno de los anteriores tipos.
- Informe final del Programa de Vigilancia. El informe final contendrá el resumen y
conclusiones de todas las actuaciones de vigilancia y seguimiento desarrolladas,
y de los informes emitidos, tanto en la fase de obras, como de funcionamiento.
El informe ordinario debe contener esencialmente:
Niveles de impacto que resulten del plan.
Eficacia observada de las medidas correctoras.
Exactitud y corrección del análisis realizado.
Perfeccionamiento y adaptación del Programa de Vigilancia.
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Para la vigilancia ambiental en obra se contará con un técnico especialista en
disciplinas medioambientales que será responsable de la realización del seguimiento
continuo para garantizar el cumplimiento de cada una de las medidas de protección y
corrección contempladas. Este especialista trabajará en colaboración con la Dirección
de Obra.
Durante la fase de obras, el técnico ambiental realizará un informe mensual que
presentará a la Dirección de Obra y al Titular con el fin de notificar incorrecciones en el
cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras. Con la periodicidad que
indique la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del
Territorio se presentará la documentación e informes requeridos sobre el cumplimiento
de los condicionantes.
Durante la fase de funcionamiento, en los dos primeros años, se realizarán visitas
semestrales a la zona de obras con el fin de comprobar el éxito de las medidas
realizadas. El correspondiente informe será entregado al titular.
Además, durante estos dos años, se presentarán informes anuales del cumplimiento
de las condiciones del informe ambiental estratégico, en los que se recoja el estado y
efectividad de las medidas adoptadas.
13.1 Fase de obras
13.1.1 Calidad del aire
Los objetivos del P.V.A. son: evitar que las emisiones de polvo y partículas emitidas a
la atmósfera lleguen a ser molestas para los seres vivos, y controlar que la maquinaria
empleada en las obras se encuentre en las condiciones adecuadas para su uso, y
satisfaga los controles exigidos.
Se llevará a cabo un control visual del riego periódico de las zonas de trasiego
de la maquinaria, durante los meses de verano o cuando se aprecie una mayor
cantidad de polvo en el ambiente.
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Igualmente se llevará a cabo un control visual del riego periódico de los
depósitos temporales de áridos u otros materiales pulverulentos o su
cubrimiento.
Se controlará visualmente la disposición de protecciones adecuadas en las
cajas de los camiones que transporten materiales pulverulentos.
Se realizarán inspecciones visuales periódicas, mediante revisión del programa
de mantenimiento, ITV, facturas del taller, etc., que demuestren el efectivo
mantenimiento periódico de la maquinaria a fin de minimizar las posibles
emisiones de gases y partículas sólidas a la atmósfera, así como los ruidos
generados por la misma.
13.1.2 Niveles acústicos
Se realizarán inspecciones visuales periódicas, mediante revisión del programa
de mantenimiento, ITV, facturas del taller, etc., que demuestren el efectivo
mantenimiento periódico de la maquinaria a fin de minimizar las posibles
emisiones de gases y partículas sólidas a la atmósfera, así como los ruidos
generados por la misma.
Se verificará que durante las obras se estará a lo dispuesto en Ley 37/2003, de
17 de noviembre, del Ruido y demás legislación en la materia en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
En cuanto a las emisiones acústicas generadas por las obras se dará
cumplimiento a las prescripciones contenidas en el Real Decreto 212/2002, de
22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno
debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre.
Se verificará que el horario de obras está restringido desde las ocho de la
mañana a las diez de la noche.
13.1.3 Contaminación lumínica
Se comprobará que la iluminación exterior de las instalaciones se ha diseñado e
instalado de manera que se consiga minimizar la contaminación lumínica, con la
finalidad de conseguir los objetivos establecidos en la disposición adicional cuarta de
la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera,
para lo cual se atenderá a las siguientes prescripciones:
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Se evitará el uso de lámparas de vapor de mercurio.
El tipo de carcasa será cerrada y opaca, de modo que evite proyecciones
cenitales y que impida sobresalir al elemento refractor del plano inferior de
esta.
En lo relativo al alumbrado exterior, se verificará el cumplimiento del Real Decreto
1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia
energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas
complementarias EA-01 a EA-07, que establecen una serie de prescripciones a estas
instalaciones.
Se comprobará mediante revisión de documentación o inspecciones visuales que toda
instalación nueva de alumbrado exterior con una potencia de lámparas y equipos
auxiliares superiores a 5 kW, incorporará un sistema de accionamiento por reloj
astronómico o sistema de encendido centralizado, mientras que en aquellas con una
potencia en lámparas y equipos auxiliares inferior o igual a 5 kW también podrá
incorporar un sistema de accionamiento mediante fotocélula.
Se comprobará que allí dónde sea viable se suprimen las luminarias o se implantan
sistemas de baja intensidad lumínica.
13.1.4 Geología, geomorfología y suelos
El P.V.A., en este caso, se dirige a evitar que se produzcan alteraciones o
compactaciones fuera de los lugares que sean inevitables por las propias obras,
asegurar las óptimas condiciones de la capa edáfica retirada, y evitar la contaminación
de los suelos. Para llevar a cabo esta vigilancia:
Se realizará una vigilancia de la retirada y almacenamiento de la tierra vegetal,
de acuerdo con lo dispuesto en las medidas preventivas. Este control se
realizará mensualmente.
Se controlará la correcta gestión de los acopios de la tierra vegetal, su
extendido, así como que el tiempo de permanencia sea menor a un año.
Se controlará que en caso de vertido accidental, se proceda a su recogida, así
como la porción de suelo afectada, para su tratamiento por parte de un gestor
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autorizado. Para ello, durante las visitas de vigilancia se realizará una
inspección visual para detectar manchas o restos de sustancias contaminantes
en el suelo. En caso de encontrarse alguna, se procederá a exigir la retirada
inmediata del vertido junto a la porción de suelo afectada para su entrega a
gestor autorizado.
Se verificará el adecuado mantenimiento de toda la maquinaria, mediante
revisión del programa de mantenimiento, facturas del taller, etc., dónde se
acredite su localización en zona habilitada o taller autorizado.
Se comprobará que el parque de maquinaria así como los lugares de
almacenamiento de materiales susceptibles de contaminar el suelo o aguas
subterráneas se encuentran solados.
13.1.5 Aguas
Se controlará que en caso de vertido accidental, se proceda a su recogida, así
como la porción de suelo afectada, para su tratamiento por parte de un gestor
autorizado. Para ello, durante las visitas de vigilancia se realizará una
inspección visual para detectar manchas o restos de sustancias contaminantes
en el suelo. En caso de encontrarse alguna, se procederá a exigir la retirada
inmediata del vertido junto a la porción de suelo afectada para su entrega a
gestor autorizado.
Se verificará el adecuado mantenimiento de toda la maquinaria, mediante
revisión del programa de mantenimiento, facturas del taller, etc., dónde se
acredite su localización en zona habilitada o taller autorizado.
Se comprobará que el parque de maquinaria así como los lugares de
almacenamiento de materiales susceptibles de contaminar el suelo o aguas
subterráneas se encuentran solados.
Verificación de la instalación de dispositivos para ahorrar agua.
Se controlará la instalación de contadores volumétricos para el adecuado
control de los consumos de agua.
13.1.6 Vegetación
En cada visita se verificará que el desbroce del terreno se limita a la superficie
de terreno a ocupar.
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Se comprobará que se ha llevado a cabo un inventario del arbolado existente
en el ámbito previo al inicio de las obras.
Se vigilará que se respeten al máximo posible los pies arbóreos preexistentes,
y en concreto y de manera exhaustiva todos los ejemplares protegidos por la
Ley del Arbolado urbano de la Comunidad de Madrid.
Se verificará que el destino de los ejemplares arbóreos incompatibles con las
obras en el inventario de arbolado afectado sea el trasplante, cumpliendo el
procedimiento establecido en la Ley del arbolado urbano en caso de
ejemplares protegidos.
El responsable de la vigilancia ambiental verificará, mensualmente, el éxito de
los trasplantes realizados. Para ello comprobará sobre el terreno sobre qué
pies se ha llevado a cabo el trasplante y en qué condiciones se encuentran
éstos.
En caso de ser necesaria su supresión, se verificará que se ha realizado su
valoración económica, obtenida por un método de valoración del arbolado
ornamental. Será preceptivo seguir el procedimiento estipulado en la Ley
8/2005, de 26 de Diciembre, de Protección y Fomento del arbolado urbano de
la Comunidad de Madrid.
Se verificará que se ha procedido al señalamiento de los pies arbóreos que
puedan afectarse por las obras, delimitando, al menos, aquella zona del suelo
que delimite la proyección vertical de la copa de cada árbol o de cada grupo de
árboles. Asimismo se tomarán medidas de protección de dichos pies, mediante
mecanismos que preserven la integridad del sistema radicular.
Se vigilará la existencia de daños a pies arbóreos. En tal caso se verificará que
se ha procedido a su reposición o a aplicación de tratamientos curativos, y se
revisará la documentación generada.
13.1.7 Fauna
Se verificará la adopción de las medidas para minimizar los niveles acústicos
indicadas en apartado anterior.
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13.1.8 Paisaje
Se verificará al final de las obras que todas las superficies que hayan servido como
lugares de acopio de materiales, parking de maquinaria, etc. queden perfectamente
limpias y funcionales. Aquellas que no sean utilizadas por la actividad serán devueltas
a su estado original.
Al objeto de minimizar el impacto visual, se comprobará que se ha adaptado el diseño
de las edificaciones de forma que se guarde armonía con su entorno. Las
edificaciones, en particular en relación con los paramentos verticales y cubiertas,
deberán adaptarse a las condiciones establecidas en las normas urbanísticas
municipales.
13.1.9 Seguridad vial y paso de vehículos
Se llevará a cabo un control visual del riego periódico de las zonas de trasiego
de la maquinaria, durante los meses de verano o cuando se aprecie una mayor
cantidad de polvo en el ambiente.
Se controlará visualmente la disposición de protecciones adecuadas en las
cajas de los camiones que transporten materiales pulverulentos.
Se verificará que se señaliza el cruce del carril bici con el acceso al ámbito
para evitar atropellos.
13.1.10 Infraestructuras y equipamientos
Se verificará que toda infraestructura o equipamiento que se vea afectado por
las obras, recupera su utilidad antes de la finalización de la fase de obras.
Se verificará la obtención de las autorizaciones y permisos necesarios en
relación con la posible afección a infraestructuras.
13.1.11 Patrimonio arqueológico y paleontológico
Se verificará que en caso de aparición de restos arqueológicos, como consecuencia
del movimiento de tierras, se comunica en el plazo de 3 días naturales a la Dirección
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General de Patrimonio Histórico, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley
3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
13.1.12 Medidas relativas a eficiencia energética
Se vigilará que las construcciones previstas cumplan las exigencias de calidad
establecidas por el Código Técnico de Edificación y demás legislación vigente de
eficiencia energética en edificios
13.1.13 Gestión de residuos
Se controlará, mediante inspecciones visuales y revisión de los documentos de control
y seguimiento de residuos, que todos los residuos generados en esta fase sean
recogidos adecuadamente y gestionados por gestor autorizado o depositados en el
punto de recogida que determine el Ayuntamiento de Tres Cantos para su gestión
municipal.
13.2 Fase de funcionamiento
13.2.1 Calidad del aire
Se realizarán inspecciones visuales periódicas en cada visita, mediante revisión del
programa de mantenimiento, etc., que demuestren el efectivo mantenimiento periódico
de las instalaciones a fin de minimizar las posibles emisiones de gases y partículas
sólidas a la atmósfera, así como los ruidos generados por la misma.
13.2.2 Niveles acústicos
Se realizarán inspecciones visuales periódicas en cada visita, mediante revisión del
programa de mantenimiento, etc., que demuestren el efectivo mantenimiento periódico
de las instalaciones a fin de minimizar las posibles emisiones de gases y partículas
sólidas a la atmósfera, así como los ruidos generados por la misma.
Se verificará que se estará a lo dispuesto en Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del
Ruido y demás legislación en la materia en lo referente a zonificación acústica,
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objetivos de calidad y emisiones acústicas, incluida la Ordenanza Municipal del
Ayuntamiento de Tres Cantos.
13.2.3 Fauna
Se remite a las medidas de vigilancia establecidas para el control de los niveles
acústicos en el ámbito.
13.2.4 Afección a la población
Se remite a las medidas de vigilancia establecidas para la calidad del aire y el control
de los niveles acústicos en el ámbito.
Se verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Real Decreto
865/2003, de 4 de julio, que establece los criterios higiénico-sanitarios para la
prevención y control de la legionelosis.
13.2.5 Gestión de residuos
Se controlará, mediante inspecciones semestrales visuales y revisión de los
documentos de control y seguimiento de residuos, que todos los residuos generados
en esta fase sean recogidos adecuadamente y gestionados por gestor autorizado o
depositados en el punto de recogida que determine el Ayuntamiento de Tres Cantos
para su gestión municipal.
13.3 Aplicación de nuevas medidas de vigilancia
En el caso de que el responsable del Programa de Vigilancia Ambiental detecte que
las medidas a aplicar sean insuficientes, propondrá medidas complementarias o
nuevas medidas. Asimismo, si se detectasen nuevos impactos no contemplados en el
presente documento el responsable del Programa de Vigilancia Ambiental definirá,
caracterizará y propondrá las medidas correctoras que estime oportunas.
Documento Ambiental Estratégico del P.E. para la adaptación del programa municipal de dotaciones y equipamientos en Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en parcela R.G.E. 4b, de Tres Cantos (Madrid) MEMORIA
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14 CONCLUSIÓN
Tras el análisis de las determinaciones para el desarrollo de la ordenación propuesta
así como el análisis de la magnitud e importancia relativa de los impactos (analizados
en profundidad en el presente documento), se concluye que el impacto ocasionado por
este Plan Especial es asumible por el medio ambiente, siempre y cuando se apliquen
convenientemente las medidas protectoras, correctoras y compensatorias propuestas,
y se realice un adecuado seguimiento ambiental.
Documento Ambiental Estratégico del P.E. para la adaptación del programa municipal de dotaciones y equipamientos en Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en parcela R.G.E. 4b, de Tres Cantos (Madrid) ANEXO
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ANEXO A LA MEMORIA
REPORTAJE FOTOGRÁFICO
Documento Ambiental Estratégico del P.E. para la adaptación del programa municipal de dotaciones y equipamientos en Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en parcela R.G.E. 4b, de Tres Cantos (Madrid) ANEXO
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Documento Ambiental Estratégico del P.E. para la adaptación del programa municipal de dotaciones y equipamientos en Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en parcela R.G.E. 4b, de Tres Cantos (Madrid) ANEXO
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Figura 1.- Vista de la parcela R.G.E. 4a, localizada al oeste de la parcela 4b. Se
encuentra actualmente en obras.
Figura 2.- Vista al noreste de la parcela R.G.E. 4b desde su límite suroeste. Al
fondo a la izquierda se observa el monte preservado.
Documento Ambiental Estratégico del P.E. para la adaptación del programa municipal de dotaciones y equipamientos en Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en parcela R.G.E. 4b, de Tres Cantos (Madrid) ANEXO
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Figura 3.- Vista hacia el este de la parcela desde el límite sureste de la misma. Se
observa el carril bici de la Avenida de España.
Figura 4.- Vista de la zona central de la parcela R.G.E. 4b. Se observan zonas de
matorral y pastizal junto a otras dónde el suelo está desnudo.
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Figura 5.- Vista hacia el norte desde la zona sureste de la parcela R.G.E. 4b. En el
fondo escénico se observan grúas y edificaciones en construcción del Sector
AR Nuevo Tres Cantos.
Figura 6.- Vista hacia el noroeste desde la Avenida de España. Se observan en
línea las tres agrupaciones de encinas más próximas a la red viaria.
Documento Ambiental Estratégico del P.E. para la adaptación del programa municipal de dotaciones y equipamientos en Sector “AR Nuevo Tres Cantos” en parcela R.G.E. 4b, de Tres Cantos (Madrid) ANEXO
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Figura 7.- Vista desde la esquina sureste de la parcela R.G.E. 4b. Se observa la
cuarta agrupación de encina al fondo sobre una loma.
Figura 8.- Vista de un ejemplar de chopo con numerosos rebrotes junto a la
Avenida de España.