Post on 14-Apr-2017
Perspectiva de género en los medios de comunicación
Medios: Construcción de la realidad
Construcciónde la realidad
Valoración Jerarquización
Selección
Visibilización - Invisibilización
Prejuicios, estereotipos y estigmatización
PREJUICIOValoración
subjetiva de un grupo o una
persona.
ESTEREOTIPOCreencia o
construcción social
Actitud o conducta negativa
DISCRIMINACIÓN
ESTIGMATIZACIÓN
Ejemplo de discriminaciónBaby Etchecopar – radio 10
Oyente: Soy de Chaco. Estoy con mi novia Mariela y te escuchamos todas las noches. Pertenezco a la etnia Mocovi.
Baby: Ah! Mirá vos! Muy bien! Un aplauso para nuestros aborígenes.
Oyente: Acá somos tres las etnias.
Baby: “Ah, creí que eran tres aborígenes que quedaron. Corren alrededor del fuego los tres solos, dije”. “¿Tu novia es aborigen? (risas)
Oyente: “Es Wichi”.
Baby: Ah, van a tener cachorritos puros. ¿Le están dando? Lo único que no podés decirle ‘agachate que vienen los indios’ porque son ustedes.(…)
Baby: viste como son los indios, están todo el día al palo.
Género
Conjunto de conductas atribuidas a los varones y a las mujeres.
Micromachismo
Práctica sutil de violencia en la vida cotidiana que reflejaría y perpetuaría las actitudes machistas y la desigualdad de las mujeres respecto a los hombres.
Diferencia sexo-género
Sexo
• Biológico• Aspecto físico
Género
• Construcción Social
Identidad de género
• Vivencia singular
• No tienen que corresponder al sexo
Trabajo y género• Trabajo reproductivo
No remuneradoÁmbito privadoInvisibleNaturalizado
• Trabajo productivo
CuantificableÁmbito publicoRemuneradoArticula relaciones de poder
Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
“Promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual.” (Artículo 3, inciso m)
"Establecer y concertar con los sectores de que se trate, criterios básicos para los contenidos de los mensajes publicitarios, de modo de evitar que éstos tengan un impacto negativo en la infancia y la juventud, teniendo en cuenta que una de las principales formas de aprendizaje de los niños es imitar lo que ven." (Artículo 17, inciso i)
"La programación de los servicios previstos en esta ley deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes." (Artículo 70)
Ley de Protección Integral de Violencia hacia las Mujeres
“Violencia mediática contra las mujeres: aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.” (Artículo 6, inciso f)