NOTA INFORMATIVA: HIDROCARBUROS y ......jardines, residuos alimenticios y de cocina procedentes de...

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NOTAINFORMATIVA:HIDROCARBUROSyBIOCARBURANTESReal Decreto 235/2018, de 27 de abril, por el que se establecenmétodos de cálculo y requisitos deinformación en relación con la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de loscombustiblesylaenergíaeneltransporte;semodificaelRealDecreto1597/2011,de4denoviembre,porelqueseregulanloscriteriosdesostenibilidaddelosbiocarburantesybiolíquidos,elSistemaNacionaldeVerificacióndelaSostenibilidadyeldoblevalordealgunosbiocarburantesaefectosdesucómputo;yseestableceunobjetivoindicativodeventaoconsumodebiocarburantesavanzados.BOE01/05/2018(entradaenvigor02/05/2018)

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GRANDESNOVEDADESPARAELSECTORDELOSBIOCARBURANTESEMISIONESDEGASESDEEFECTOINVERNADERODELOSCOMBUSTIBLESYLAENERGÍAENELTRASNPORTE, CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD DE LOS BIOCARBURANTES Y BIOLÍQUIDOS,SISTEMANACIONALDEVERIFICACIÓNDELASOSTENIBILIDAD,DOBLECÓMPUTODEALGUNOSBIOCARBURANTESYOBJETIVOSDEVENTAYCONSUMODEBIOCARBURANTESAVANZADOS.EnelBOEde1demayode2018sehapublicadounadelasnormasmásesperadasporelSectordelosHidrocarburosenrelaciónconlosBiocarburantes.Con el Real Decreto 235/2018 se completa la trasposición de las Directivas de control yreduccióndegasesdeefectoinvernadero,decriteriosdesostenibilidadparabiocarburantesybiolíquidos,deestablecimientodeobjetivosindicativosdeventaoconsumodebiocarburantesavanzados, de regulación del doble valor de los biocarburantes con diversos orígenes y deestablecimiento de un sistema de verificación de sostenibilidad definitivo, regulando lossiguientespuntos:

a) Seestableceunmétododecálculoparadeterminarlaintensidaddelasemisionesdegases de efecto invernadero de los combustibles y la energía utilizados en eltransporteyregularlaremisióndeinformaciónalrespecto,segúnloestablecidoenlaDirectiva(UE)2015/652delConsejo,de20deabrilde2015,porlaqueseestablecenmétodos de cálculo y requisitos de notificación de conformidad con la Directiva98/70/CEdelParlamentoEuropeoydelConsejo,relativaalacalidaddelagasolinayelgasóleo.

Sedesarrollanormativamente:- Elcálculodelaintensidaddelasemisionesdegasesdeefectoinvernaderodelos

combustiblesylaenergíasuministradoseneltransporte(art.3).

- Losrequisitosdeinformacióndeestasemisiones(art.4).Antesdel31demayodecada año se deberá presentar ante elMINETAD la información auditada (nuevotrabajodeauditoriamuyinteresanteparaempresasauditorasespecializadasenelsector).Elprimerinformeauditadodeberápresentarantesdel31/05/2018conlosdatoscorrespondientesatodoelaño2018.

- Tipos de combustibles y energía del transporte a incluir en este cálculo e

información.

NOTAINFORMATIVA:HIDROCARBUROSyBIOCARBURANTESReal Decreto 235/2018, de 27 de abril, por el que se establecenmétodos de cálculo y requisitos deinformación en relación con la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de loscombustiblesylaenergíaeneltransporte;semodificaelRealDecreto1597/2011,de4denoviembre,porelqueseregulanloscriteriosdesostenibilidaddelosbiocarburantesybiolíquidos,elSistemaNacionaldeVerificacióndelaSostenibilidadyeldoblevalordealgunosbiocarburantesaefectosdesucómputo;yseestableceunobjetivoindicativodeventaoconsumodebiocarburantesavanzados.BOE01/05/2018(entradaenvigor02/05/2018)

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b) Seestableceunobjetivoindicativodeventaoconsumodebiocarburantesavanzados

(losqueprocedendemateriasprimasquenocompitanconloscultivosalimentarios).A partir del año 2020 se establece un objetivo indicativo del 0,1 %, en contenido energético, de biocarburantes avanzados para los sujetos obligados de SICBIOS. Se consideran BIOCARBURANTES AVANZADOS los producidos a partir de materias primas y otros carburantes enumerados en la Parte A del Anexo IV (abajo).

c) Se adaptan los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos a lo

establecidoenlaDirectiva(UE)2015/1513,delParlamentoEuropeoydelConsejo,de9de septiembre de 2015, por la que semodifican la Directiva 98/70/CE, relativa a lacalidaddelagasolinayelgasóleo,ylaDirectiva2009/28/CE,relativaalfomentodelusodeenergíaprocedentedefuentesrenovables.

d) SecompletaeldesarrollodelSistemaNacionaldeVerificacióndelaSostenibilidadde

losbiocarburantesybiolíquidospasandoaunsistemadefinitivo.

Respectoalospuntosc)yd)loscambiosreguladossonlossiguientes:

- Seañadenal listadodedefiniciones todas las vinculadasa losbiocarburantesdedoblecómputoyavanzados,residuos…etc

- Lareduccióndelasemisionesdegasesdeefectoinvernaderoderivadadelusodebiocarburantesybiolíquidosserá:

o para instalacionesoperativasdespuésdel05/10/2015,deun60%comomínimo.

o parainstalacionesoperativasel05/10/2015oantesdeesafecha,deun35%comomínimodurante todo2017ydel 50%comomínimoapartirdel01/01/2018.

- Seestablecenlosvalorespromediodeemisionessegúnáreasgeográficasparausarcomoalternativaalosvaloresreales.

- Se modifican las fórmulas para las emisiones anualizadas procedentes de lasmodificacionesen las reservasdecarbonocausadasporuncambiodelusode latierra. Se establece un Anexo con las “emisiones estimadas provisionales de lasmateriasprimasdebiocarburantesybiolíquidosresultasdelcambioindirectodel

NOTAINFORMATIVA:HIDROCARBUROSyBIOCARBURANTESReal Decreto 235/2018, de 27 de abril, por el que se establecenmétodos de cálculo y requisitos deinformación en relación con la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de loscombustiblesylaenergíaeneltransporte;semodificaelRealDecreto1597/2011,de4denoviembre,porelqueseregulanloscriteriosdesostenibilidaddelosbiocarburantesybiolíquidos,elSistemaNacionaldeVerificacióndelaSostenibilidadyeldoblevalordealgunosbiocarburantesaefectosdesucómputo;yseestableceunobjetivoindicativodeventaoconsumodebiocarburantesavanzados.BOE01/05/2018(entradaenvigor02/05/2018)

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uso de la tierra”, “los biocarburantes y biolíquidos para los que las emisionesestimadasdelcambioindirectodelusodelatierraseconsiderancero”.

- Seestableceelmétododecálculoyrequisitosdeinformacióndelaintensidaddelas emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida de loscombustiblesylaenergíasuministradoseneltransporte.

- Las entidades de verificación de la sostenibilidad para los biocarburantes ybiolíquidosdeberánestaracreditadasconformealanormaUNE-ENISO/IEC17065(onormaque la sustituya) y contar con laacreditación concedidapor laENACuorganismosimilar.

- Hastael31/12/2018elInformedeverificacióndesostenibilidadpodrásersustituidoporunaDeclaraciónResponsablesegúnmodeloaprobadoporlaCNMC.ElMINETADdictará lasdisposicionesnecesariasparadesarrollarel InformedeVerificacióndeSostenibilidad,lasAuditorias…etc.

- Las falsedades, inexactitudes u omisiones de carácter esencial en los sistemas einformes auditables serán sancionados conforme la Ley 34/1998 del sector deHidrocarburos.

e) Sedesarrolla el conocido como “Double Counting”, el doble valor a los efectos deSicBIOSdelosbiocarburantesproducidosapartirdedeterminadasmateriasprimasysustancias.

Losbiocarburantesproducidosapartirde lasmateriasprimasenumeradasenelAnexoIVdeesteRealDecreto(abajo)equivalenaldobledesucontenidodeenergíaparaelcumplimientodelasobligacionesdeSicBIOS.Sedejasinefectopor lotanto laResoluciónde2deabrilde2014queaprobóellistadodemateriasprimasparalafabricacióndebiocarburantesdedoblecómputoaefectosdelSICBIOS.Estosbiocarburantesnosecontabilizaránaefectosdellímitedel7%en2020paralos bios producidos a partir de cereales y otros cultivos ricos en almidón, deazúcares, de oleaginosas y de otros cultivos plantados en tierras agrícolas comocultivosprincipalesconfinesenergéticos.Si los biocarburantes seproducen soloparcialmente con lasmateriasprimasdelanexoIV,soloseaplicaráladoblecontabilizaciónalapartefísicadebiocarburantefabricadocondichasmaterias.

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Losbiocarburantes“doblecómputo”deberániracompañadosdelainformaciónydocumentación que demuestre su procedencia y origen, en la forma y con laperiodicidadqueseestablezca.Se podrá aprobar mediante resolución del Secretario de Estado de Energía, unlistadoqueamplíeelAnexoIVconlos“desechosy/oresiduos”quesequieranincluirparaeldoblecómputo.LassustanciasincluidasenelAnexoIVyqueporlotantocomputaráneldobleparael cumplimientode losobjetivosdeSICBIOS son las siguientes (losde laparteAseránlosincluidosenelobjetivoindicativodel0,1%apartirde2020):ANEXOIV

Materiasprimasycarburantesdedoblecómputoaefectosdelcumplimiento

delasobligacionesdeventaoconsumodebiocarburantesconfinesdetransporteyelobjetivoestablecidoparalautilizacióndelaenergíaprocedente

defuentesrenovablesentodaslasformasdetransporte

ParteA

a)Algascultivadasenestanquesterrestresofotobiorreactores.b) Fracción de biomasa de residuos municipales mezclados, pero no de residuos

domésticos separados sujetos a los objetivos de reciclado establecidos en la letra a), delapartado 1 del artículo 22, de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y sueloscontaminados.

c)Biorresiduosrecogidosdehogaresparticulares,esdecir,residuosbiodegradablesdejardines, residuos alimenticios y de cocina procedentes de hogares, sujetos a la recogidaseparada,esdecir,a larecogidaen laqueunflujoderesiduossemantieneporseparado,segúnsutipoynaturaleza,parafacilitaruntratamientoespecífico.

d) Fracción de biomasa de residuos industriales no apta para su uso en la cadenaalimentariahumanaoanimal, incluidomaterialprocedentede la ventaaldetalleoalpormayoryde la industriaagroalimentariaode lapescay laacuicultura,conexclusiónde lasmateriasprimasquefiguranenlaparteBdelpresenteanexo.

e)Paja.f)Estiércolanimalylodosdedepuración.g)Efluentesdemolinosdeaceitedepalmayracimosdepalmavacíosdelafruta.h)Alquitrándeaceitederesina.

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i)Glicerolenbruto.j)Bagazo.k)Orujodeuvaylíasdevino.l)Cáscarasdefrutossecos.m)Envolturas.n)Residuosdemazorcalimpiosdegermendemaíz.o) Fracción de biomasa de desechos y residuos de la silvicultura y de las industrias

forestales,esdecircortezas,ramas,aclareosprecomerciales,hojas,agujas,copasdeárboles,serrín,virutas,lejíanegra,lejíamarrón,lodosdefibra,ligninayaceitederesina.

p)Otrasmateriascelulósicasnoalimentariasdefinidasenelapartado12delartículo2.q)Otrasmateriaslignocelulósicasdefinidasenelapartado11delartículo2,aexcepción

delastrozasdeaserríoylastrozasparachapa.r)Combustibleslíquidosygaseososrenovablesdeorigennobiológicoparaeltransporte.s)Capturayutilizacióndelcarbonoconfinesdetransporte,si la fuentedeenergíaes

renovable,deconformidadconelapartado17delartículo2.t)Bacterias,silafuentedeenergíaesrenovabledeconformidadconelapartado17del

artículo2.

ParteBa) Aceitedecocinausado.

b)Grasasanimalesclasificadasenlascategorías1y2conarregloalReglamento(CE)n.º

1069/2009delParlamentoEuropeoydelConsejo,de21deoctubrede2009,porelqueseestablecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productosderivadosnodestinadosalconsumohumanoyporelquesederogaelReglamento(CE)n.º1774/2002».