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MONOGRAFIA DE GRADO
FACULTAD DE CIENCIA POLÍTICA
EL ENDOSO DE ELECTORADO
EN LAS ELECCIONES REGIONALES EN COLOMBIA
PRESENTADO POR:
FATHIA JALILE ZAPATA LAMIR
DIRECTOR DE MONOGRAFÍA:
FELIPE BOTERO JARAMILLO
BOGOTÁ, COLOMBIA
2018
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Tabla de contenido
INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................ 3
REVISIÓN DE LITERATURA ........................................................................................................................................... 4
METODOLOGÍA .............................................................................................................................................................. 8
HIPÓTESIS: .................................................................................................................................................................. 13
PRÁCTICAS CLIENTELISTAS EN LAS REGIONES COLOMBIANAS .............................................. 13
UNA BREVE HISTORIA DEL CLIENTELISMO EN COLOMBIA ........................................................... 15
LAS ELECCIONES REGIONALES: UNA TRADICIÓN DE CLIENTELISMO......................................... 20
DEL ENDOSO DE ELECTORADO COMO UN FENÓMENO CLIENTELISTA .................................. 22
LOS MERCADOS ELECTORALES Y LOS VOTOS CAUTIVOS EN LAS PRÁCTICAS CLIENTELISTAS ......................... 25
COMPRAVENTA DE VOTOS Y ENDOSO DE CAUDALES ELECTORALES .................................................................. 29
¿CÓMO FUNCIONA EN LA PRÁCTICA EL ENDOSO DE ELECTORADO? ................................................................... 30
(i) Los cargos ........................................................................................................................................................... 35
(ii) Los contratos ................................................................................................................................................ 37
(iii) El protagonismo de terceros o del endosante mismo en las actividades principales de
la Administración. ..................................................................................................................................................... 41
(iv) El apoyo a las iniciativas que el grupo político endosante encabece, ................................ 42
(v) El capital monetario ................................................................................................................................. 43
CONCLUSIONES .......................................................................................................................................... 48
BIBLIOGRAFÍA: .......................................................................................................................................... 58
ANEXOS ........................................................................................................................................................ 65
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Introducción
El endoso del electorado, denotado por la prensa como política en cuerpo ajeno, es
un fenómeno político muy recurrente en las campañas políticas en Colombia que ocurre
tanto a nivel nacional, como a nivel regional (Milanese, Abadía, & Manfredi, 2016). Ahora,
el endoso electoral será entendido como aquel fenómeno clientelista donde se presenta la
idea de un quid pro quo, al configurarse una negociación en que explícita o tácitamente, se
acuerda un “yo te doy para que tú me des”. En este escenario, un funcionario público, líder
político, o empresario de la política, le contribuye a un candidato con el caudal electoral
que necesita para garantizar su elección, y como respuesta, este último, le paga con favores,
cuotas burocráticas o a través de contratos que le son dados a su disposición. Así, se
configura lo que Cepeda Ulloa describe como una prevalencia del interés privado, donde el
“interés general desaparece y, en virtud de la financiación política antidemocrática (…) El
interés político queda monetizado” (2000, p. 5).
La importancia de este fenómeno político, si bien se hace evidente en época
electoral, no se reduce a esta eventualidad, por cuanto sus efectos perduran en el tiempo
hasta la siguiente contienda política (Uprimny, 1989) (Gersbach & Muhe, 2011). Añádase a
esto, como lo expone Rúa Delgado, que “para mantener esas redes clientelares (…) se
acude a prácticas de corrupción, como la apropiación de recursos públicos y el tráfico de
influencias” (2013, p. 107). Así entonces, entre los principales efectos del fenómeno
político clientelistas del endoso de electorado, se encuentra la ejecución de prácticas
corruptas, como la compraventa de votos, al ser los mecanismos que las maquinarias
políticas del endosante ponen en marcha tras la negociación del caudal electoral para
garantizar el efectivo traspaso de los votos endosados (López, 2009) (Cepeda, 1997).
Ante este concepto de endoso de electorado y de la breve exposición de la
problemática que acarrea su existencia, se busca analizar el fenómeno político acuñado a
partir de una extensa revisión de la literatura sobre prácticas clientelistas, actos corruptos,
compraventa de votos y political brokers. Siendo así, la pregunta de investigación que
atañe al trabajo en cuestión será: ¿cuál es la dinámica del endoso de electorado en
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Colombia? Acotando el foco de estudio al departamento de Córdoba, particularmente a los
municipios de Chinú, Cereté, Lorica, Purísima y Sahagún, con el fin de realizar un análisis
de caso puntual y profundo que permita determinar la existencia del endoso de electorado y
las dinámicas que conforman su operación.
Revisión de literatura
Tras realizar una revisión de la literatura sobre el tema de interés, se encontró una
fuerte tendencia de los autores a presentar la compraventa de votos, la corrupción y al
clientelismo como los fenómenos políticos que socavan la transparencia de las elecciones
(Schaffer & Schedler, 2007) (Lehoucq, 2007) (Hicken, 2007). Además, se hallaron otros
autores que ubican dentro del contexto electoral, los conceptos de: irregularidades, el fraude
electoral (Dieter, 2012) y el financiamiento de las campañas políticas (Cepeda, 1997),
denotándolos como determinantes para la emergencia de prácticas clientelistas (Cepeda,
2011) (Milanese, Abadía, & Manfredi, 2016).
Ahora, con respecto al papel que cumplen los grupos políticos en el surgimiento de
las prácticas clientelistas en las elecciones, parte de la literatura considera que el
caudillismo abre escenarios en los que el clientelismo y la corrupción pueden surgir
(Uprimny, 1989) (Gutierrez, 2007) (Wang & Kurzman, 2007). Aparte, otros autores
señalan que la débil cohesión de los partidos y su consecuente fragmentación, dan origen a
espacios hostiles dentro de las contiendas políticas donde emergen estas prácticas (Pizarro,
2002) (Cendalas, 2012). En la misma línea, autores enuncian cómo en las prácticas
clientelistas, además de la relevancia que tienen los votantes y los empresarios de la
política, son altamente importantes los political brokers, al ser los intermediarios que
movilizan a los electores, indicándoles por quién votar y finalmente, construyendo las
victorias de los candidatos (Baños, 1988) (Mackinlay 2011) (Holzner, 2003).
Partiendo de la revisión de la literatura que se llevó a cabo, se pudieron concertar
distintas categorías conceptuales que durante la investigación fueron contrarrestadas con las
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observaciones realizadas y con la información obtenida por medio de diversas técnicas, a
saber: clientelismo, corrupción, compraventa de votos y political brokers.
Así entonces, en la literatura se encontró una extensa lista de autores que trabajan el
tema de clientelismo, conviene observar sin embargo, que no existe un consenso sobre lo
que se entiende por este concepto. Lo anterior, por cuanto una parte de la academia denota
genéricamente al fenómeno como el “intercambio de votos y otras formas de apoyo
político por decisiones públicas o beneficios divisibles” (Piattoni, 2001, p. 4), mientras que
otra, define al clientelismo no desde sus prácticas, sino desde el conjunto de relaciones que
lo constituyen (Mair, 1997; Schmidt, Guasti, Landé & Scott, 1977).
Para la investigación que atañe el presente texto, se apropió la tesis de Wills y
Rivera (2009), quienes sostienen que el clientelismo es una relación dinámica que va
transformándose según el contexto y los sujetos que la componen. Rescatando la corriente
en la academia para la cual el clientelismo es una relación entre elector y elegido; bases y
cuadros partidistas; individuo, políticos y funcionarios públicos (Wills & Rivera, 2009), se
vislumbra cómo éstas se despliegan en el aparato estatal autodefinido como democrático,
por la celebración periódica de contiendas electorales para renovar el personal político.
Según esta visión, “el clientelismo se convierte también en una intermediación entre
sociedad y Estado y entre sectores sociales y ámbito público”, al ser una manera específica
de articular al individuo con las instituciones y al votante con sus representantes (Wills &
Rivera, 2009).
Ahora, con respecto a la categoría conceptual de corrupción, es útil referir el escrito
de Caciagli: Clientelismo, corrupción y criminalidad organizada (1996), en el cual se
señala que aunque el clientelismo puede producir actos corruptos al utilizar los recursos
públicos para fines privados, es necesario diferenciar ambos conceptos. Siguiendo esta idea,
se respalda en la literatura la noción de que, “aunque las dos son relaciones de
intercambio, el vínculo clientelar ocurre entre desiguales, en tanto que el contrato de
corrupción es un convenio entre iguales” (Ibarra, 2002, p. 157). También se encuentra que
dichos conceptos son diferenciados, en la medida en la que el intercambio clientelar tiene
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una naturaleza generalmente política, mientras que la corrupción, por otra parte, es un
intercambio cuya razón es el dinero exclusivamente (Ibarra, 2002, p. 156).
A propósito, la discusión sobre la corrupción entre teóricos de las Ciencias Sociales,
ha determinado que los actos corruptos ocurren en un nivel horizontal y que tienen una
causalidad de corto y largo plazo. Asimismo, se encuentra que la corrupción como
concepto se halla en la “intervención estatal, la crisis de los partidos y el nuevo espíritu de
los políticos profesionales” (Ibarra, 2002, p. 157), entre otros factores. De la misma forma,
la literatura ha puntualizado que los elementos que componen esta categoría conceptual
son: “el secreto, la ilicitud, la violación de las normas y el intercambio por dinero”
(Ibarra, 2002, p. 157). Por último, dentro de la categoría de corrupción se resalta la utilidad
para la presente investigación del concepto de corrupción electoral que acuña Lehoucq
(2007), y que describe cómo la corrupción que emerge cuando los partidos políticos tienen
los medios para monitorear el comportamiento de los votantes.
Por otra parte, se encontró una extensa literatura sobre la categoría conceptual de
compraventa de votos. Algunos autores coinciden en definirlo como un fenómeno político
que involucra un intercambio de bienes, servicios y/o dinero, de manera “individual,
inmediata y privada” (Hicken, 2007, p. 51). Otros autores enuncian cómo la compraventa
de votos se convierte en un proceso en el que convergen diferentes sujetos, desde los
electores individuales, pasando por los intermediarios, hasta el candidato mismo, quienes
“se ven envueltos y hacen que las elecciones, de un derecho político degeneren en un acto
de compraventa” (Soto, 1994, p. 2). Es decir que este fenómeno político en cuestión,
mengua el acto de sufragio, “convirtiéndolo en un medio de compra y no en el ejercicio de
un derecho democrático que supone que el elector vota desinteresadamente por la persona
más capaz de asegurar la conservación y desarrollo de la sociedad” (Soto, 1994, p. 2).
Con lo anterior, al concebir los votos como un bien del mercado electoral, donde
ocurren transacciones por fuera de los márgenes legales, los candidatos se convierten en
compradores. De esto resulta que el candidato con acceso a mayores fuentes de recursos
puede comprar más votos y eliminar así a sus adversarios (Ortíz, 2010, p. 291). Finalmente
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entonces, se pasa a entender la compraventa de votos con base en diversas definiciones
encontradas en la literatura, particularmente las desarrolladas por Schaffer (2007), Schaffer
y Schedler (2007) y Lehoucq (2007), como el intercambio del voto por un bien tangible. Al
respecto, es necesario añadir que el vendedor del voto, es decir el elector, considera que la
transacción es beneficiosa para él, en un plano personal. Por lo que “lo importante es, no el
objeto recibido, sino la conciencia del vínculo establecido entre el vendedor del voto y su
comprador, por lo que el simple hecho de dar objetos no completa la venta” (Ortíz, 2010,
p. 300).
Por último, se revisó la literatura frente al concepto que será entendido en la
presente investigación como líder local, que los autores denotan genéricamente como
intermediarios o political brokers. Estos son definidos como actores políticos, no políticos,
con autoridad frente a la comunidad o la sociedad civil, que influyen y direccionan la
intención de voto de los ciudadanos (electores) para favorecer a determinado candidato
(Mackinlay, 2011). Asimismo, se encuentra que son los encargados de ofrecer las
contraprestaciones que garantizan que el voto individual, efectivamente, llegue a las urnas
en favor del empresario de la política en cuestión (Mackinlay, 2011).
Frente a las elecciones regionales, se encontró en la literatura que la relevancia de
los polítical brokers, (en adelante líderes locales), aumenta considerablemente.
Principalmente por el rol que cumplen frente a los grupos políticos compuestos por
empresarios de la política, quienes escogen los bienes públicos y privados que estos actores
políticos emplearán para maximizar la efectividad de la transferencia de los votos (Baños,
1988) (Mackinlay 2011). Al respecto, Holzner (2003) sugiere que los grupos políticos
monitorean el apoyo electoral en las elecciones regionales para verificar el trabajo de los
líderes locales y castigar a los que provean al candidato una votación menor a la acordada.
En la misma línea, el trabajo de Larreguy (2013) adquirió particular relevancia para la
presente investigación, al emplear un método que sugiere, con evidencia empírica, que los
partidos políticos en México utilizan los resultados electorales para monitorear el nivel de
éxito o fracaso de los líderes locales frente a la consignación efectiva de los votos en las
urnas.
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Con la anterior base conceptual, con el presente proyecto se propone realizar un
aporte más preciso al tema desde el plano regional en Colombia, puntualmente con un
trabajo de investigación cualitativa en los municipios de Chinú, Cereté, Lorica, Purísima y
Sahagún, del departamento de Córdoba. Esto, al plantear un análisis de las prácticas
clientelistas recurrentes antes de las contiendas electorales, a la luz de un concepto que
carece de un juicioso estudio por parte de la academia: el traspaso de caudales electorales
entre empresarios de la política denotado por el presente escrito como endoso de electorado
o endoso de caudales electorales. Este aporte, debe hacerse en conjunto con una revisión de
la jurisprudencia y del ordenamiento jurídico colombiano, en especial del derecho electoral
y del derecho público que atañe lo referente a la justicia electoral, reconociendo la
inseparabilidad de las prácticas políticas y las iniciativas legislativas que las representan.
Lo anterior, pretende que el escrito incluya una perspectiva que complemente las
observaciones que se realicen en las entrevistas y a las conclusiones. Asimismo, la revisión
legal permitirá dar luz sobre la evolución que han tenido desde el legislativo, las prácticas
clientelistas recurrentes en las elecciones políticas en Colombia.
Metodología
Como punto de partida cabe resaltar, que para identificar la dinámica del endoso de
electorado y estudiar las prácticas clientelistas ad portas de las contiendas electorales en el
departamento de Córdoba, fue necesario definir el momento, espacio y lugar sobre el cual
se esperaba responder el expuesto interrogante. Al respecto se encontró que el particular
contexto político regional actual, a saber, la suspensión del cargo por tres meses
posteriormente prorrogados, del ex gobernador de Córdoba, Edwin Besaile, alfil del grupo
político sahagunés, en enero del 2018 y finalmente su destitución e inhabilitación por 10
años del ejercicio de cargos públicos en octubre del mismo año, tiene en movimiento a los
grupos políticos del departamento sinuano1. Este contexto descrito presenta un escenario
donde cualquier grupo político de la región puede aspirar a la Gobernación en el Palacio de
1 Ver: El Tiempo: El panorama de Córdoba luego de la destitución de Edwin Besaile. Disponible en:
https://www.eltiempo.com/colombia/otras-ciudades/suspension-y-destitucion-de-edwin-besaile-y-el-
panorama-en-cordoba-276564
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Naín, aspiración que convirtió en rutinarias las reuniones de los grupos políticos cordobeses
durante el 2018. Lo anterior, permitió obtener observaciones con mayor detalle de las
prácticas y dinámicas políticas que concurren antes de las contiendas.
Este contexto someramente presentado, ha sido denotado por la prensa como “la
caída de un imperio de 8 años”2, haciendo referencia a la destitución y enjuiciamiento de
los alfiles políticos más importantes que tuvo el departamento de Córdoba en los últimos
años. Así, describen los medios cómo “en menos de una década, las casas políticas que
erigieron los Besaile y “Ñoños” pasaron de ser poderosos bastiones electorales de
Córdoba a estar casi en sus cimientos, mermados por las investigaciones y las sanciones
producto de varios escándalos de corrupción” (El Colombiano, 2018). Si bien el enfoque
de la presente investigación no fueron los caídos empresarios de la política, sí es necesario
contextualizar al lector del movimiento interno que al momento de la etnografía realizada,
caracterizaba a los miembros de los grupos políticos cordobeses ávidos por ocupar los
espacios que dejaron los líderes destituidos en las próximas contiendas políticas locales del
2019.
Así entonces, la Registraduría Nacional del Estado Civil publicó la Resolución
14.778 del 11 de octubre de 2018 que definió el calendario electoral para el próximo
periodo, estableciendo que las elecciones de autoridades locales (entendiendo
gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas de
administración local) se llevarán a cabo el domingo 27 de octubre del 2019. Con esta
información y a sabiendas de que 4 meses antes de los comicios, es decir el 27 de junio del
2019, iniciará el periodo para inscripción de candidatos y listas, se escogió el segundo
semestre del 2018 como el periodo idóneo para comenzar las observaciones, entrevistas y la
recolección de la información necesaria para establecer qué dinámicas constituyen el
fenómeno político enunciado como endoso de caudales electorales.
Teniendo en cuenta lo anterior, el método de investigación empleado fue de carácter
cualitativo, a saber, la etnografía de campo. Esta herramienta metodológica permitió
recolectar información de primera mano sobre cómo opera la dinámica del endoso de
2
Ver: El Colombiano: Besaile y “Ñoños”: La caída de un imperio de 8 años. Disponible en:
http://www.elcolombiano.com/colombia/besaile-y-nonos-la-caida-de-un-imperio-en-8-anos-JB9461803
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caudales electorales en los escogidos municipios del departamento de Córdoba ad portas
de la contienda electoral del 2019. De manera más específica, se usó el acceso de la
investigadora a las reuniones entre empresarios de la política cordobeses que con meses de
antelación, dieron inicio a las negociaciones con respecto a: (i)nombres de los posibles
oponentes a los cargos públicos, (ii)escogencia de los candidatos en representación de los
grupos políticos en cuestión, (iii)cantidad de votos que cada candidato (posteriormente en
la investigación serán denotados como endosatarios) necesitará para superar a sus
contrincantes, (iv)cálculos de sumas de dinero requeridas para ganar la contienda (este tema
en particular se subdivide en una serie de elementos que se explicarán posteriormente bajo
el título de gastos) y las demás (v)contraprestaciones objeto de negociación entre las partes.
Con base en esto, fueron empleadas distintas técnicas para recolectar la
información, tales como la observación pasiva y la observación participante en dichas
reuniones, las entrevistas no estructuradas y los encuentros informales con líderes locales y
con empresarios de la política de diversos grupos políticos cordobeses. En este punto, se
hace mención a la importancia que tuvo para la investigación el tipo de entrevista informal
realizada, principalmente por el elemento de confianza que se propicia a través de esta
(Pomposo, 2015, p. 70). Particularmente, se pudo reafirmar la posición de Callejo, según el
cual “si en la entrevista abierta se produce una confesión, es porque es la reivindicación
de una norma que se cree aceptable o el reconocimiento de una norma que se acepta en la
práctica” (2002, p. 415). Así entonces, se escogieron 5 grupos políticos del departamento
de Córdoba, cada uno de un municipio diferente, a saber: Chinú, Cereté, Lorica, Purísima y
Sahagún, a los que la investigadora tenía acceso, para realizar la investigación.
Al interior de cada grupo político, se le permitió a la investigadora asistir a las
reuniones en cuestión, donde muchas veces los empresarios de la política obviaron su
presencia en las mismas por un elemento social –lamentablemente- característico en la
región: el machismo. Sin embargo, aprovechando el acceso obtenido, después de la
observación pasiva y en ocasiones, participante en las reuniones, la investigadora pasó a los
encuentros informales y a las entrevistas no estructuradas tanto con los empresarios
mismos, como con sus equipos de líderes locales, que en total, suman 36 comunicaciones
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informales obtenidas. Estas últimas técnicas de recolección de información fueron las que
permitieron entender a la investigadora realmente, las dinámicas que caracterizan al
fenómeno político del endoso de caudales electorales en las elecciones regionales en
Córdoba.
Con respecto a los encuentros informales y las entrevistas no estructuradas en
mención, se entrevistaron a 12 empresarios de la política de los municipios de: Chinú,
Cereté, Lorica, Purísima y Sahagún, con los cuales se sostuvieron conversaciones que poco
asemejaban a entrevistas oficiales, por la ilegalidad misma de información que se obtuvo.
En general, a los empresarios de la política, se les preguntó de manera informal y
generalmente en medio de actividades meramente sociales, sobre: ¿cómo se asegura la
fidelidad de los líderes locales y consecuentemente de los votantes?; ¿qué garantiza que los
votos negociados equivalgan a los votos depositados en las urnas?; ¿qué característica tiene
la política regional, a diferencia de la nacional, que permite la emergencia de prácticas
clientelistas como el endoso de caudales electorales, actos corruptos y la venta de votos?;
aproximadamente ¿cuánto cuesta ganar una alcaldía en los municipios previamente
mencionados?; en los periodos anteriores ¿cuál ha sido el costo de ganar la gobernación de
Córdoba?; ¿qué municipios son los que más visitan los candidatos en los meses previos a
las contiendas electorales al ser los más activos el día de los comicios?; y sobretodo, se
obtuvo información sobre ¿cómo operan las negociaciones entre empresarios de la política
para endosar caudales electorales entre unos y otros?.
Por otra parte, el trabajo etnográfico se complementó con entrevistas no
estructuradas realizadas a 22 líderes locales de los municipios en mención, a los cuales se
les cuestionó por la manera como operan las negociaciones entre empresarios de la política,
pero primordialmente, sobre cómo funcionan las maquinarias que cada uno de ellos, sea
endosante o endosatario, pone en marcha cuando culmina la negociación a puerta cerrada.
Con respecto a los líderes locales, se escogió enfocar sus entrevistas en lo que ocurre
cuando los empresarios de la política culminan sus negociaciones, ya que se pudo
evidenciar en las reuniones asistidas, que usualmente no se les permite el ingreso a estas.
Por lo contrario, el trabajo de estos últimos comienza con la orden del empresario de la
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política que haga las veces de su jefe, quien señala cuántos votos debe conseguir y a
nombre de qué candidato debe asegurar su efectivo traspaso.
Fue a partir de estos encuentros informales y las entrevistas no estructuradas con los
12 empresarios de la política y los 22 líderes locales de los escogidos municipios de
Córdoba, que fueron identificadas las dinámicas que se entrelazan y resultan en el
fenómeno político del endoso de caudales electorales en las elecciones regionales. Al
respecto, se utilizó un enfoque estructural para asociar las categorías encontradas en la
literatura, como clientelismo, corrupción, compraventa de votos y mercados electorales,
con las imágenes cotidianas obtenidas en la etnografía. Esto, al interpretar las prácticas
aisladas, bajo las categorías ya mencionadas, para relacionarlas unas con otras y dilucidar la
preponderancia, dependencia, necesariedad y suficiencia, de las que finalmente fueron
escogidas por la investigadora para establecer un esquema categórico, con su
correspondiente evidencia etnográfica. Lo anterior permitió llenar de significado cada una
de estas categorías conceptuales y determinar cómo se estructura la dinámica del endoso de
electorado
Así entonces, el esquema categórico que resultó del trabajo de investigación,
permitió establecer la dinámica del endoso de caudales electorales al vislumbrar los objetos
de las negociaciones entre endosante y endosatario, ambos empresarios de la política.
Dicho esquema fue segmentado en las siguientes categorías, que recibirán una presentación
a profundidad más adelante cuando se exponga ¿cómo funciona en la práctica el endoso de
electorado?: (i) los cargos (Comunicación personal. 03 de junio de 2018), (ii) los contratos
que puede adjudicar el mandatario electo durante su periodo (Comunicación personal. 03
de junio de 2018), (iii) el protagonismo de terceros en las actividades que lidere en el
tiempo que esté en el cargo (Comunicación personal. 11 de junio del 2018), (iv) el apoyo
del mandatario (endosatario) en las iniciativas que el grupo endosante encabece y (v)
capital monetario.
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Hipótesis:
Con base en la previamente expuesta revisión de literatura y la construcción del modelo de
investigación dispuesto en la metodología, fueron planteadas las siguientes hipótesis con el
propósito de relacionar las variables que intervienen en la dinámica del fenómeno político
del endoso de caudales electorales en las elecciones regionales del departamento de
Córdoba, Colombia, con particular énfasis en los municipios de Chinú, Cereté, Lorica,
Purísima y Sahagún:
1. Las prácticas de endoso de electorado tienen más facilidad de ocurrir en contextos
regionales, ya que este sistema les permite a los candidatos manejar sus clientelas.
2. La lealtad y la fidelidad, son las bases de la contraprestación de los servicios que
constituyen los valores sociales que le dan contenido ideológico al fenómeno del
endoso de electorado.
Prácticas clientelistas en las regiones colombianas
“La política es más que lo que hacen los políticos. La sociedad civil no es
ajena a la política. No puede serlo. Es aquí donde la espina dorsal de la
Constitución del 91, la democracia participativa, permea todo el proceso político.
Pero ese proceso se deforma cuando la vida política queda secuestrada por los que
la financian” (Cepeda, 1997, p. 40-41).
El caso colombiano es un claro ejemplo de que la sola asignación de un voto por
cada ciudadano, no garantiza una democracia equitativa. Este ideal se cumpliría, de no
converger otros factores que determinan el comportamiento de los votantes (Cepeda, 2000,
p. 8). La intuición resultante, apunta a que son las estrategias y las técnicas en la relación
con los votantes, las que determinan quienes resultan ganadores y quienes no, dentro de las
contiendas electorales.
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Dentro del marco de clientelismo en las elecciones políticas en Colombia, ha de
considerarse la relevancia que ostenta el análisis de estas prácticas en los escenarios
regionales en contraposición a los nacionales. Al respecto, se encuentra en la literatura que
existe una mayor factibilidad de evidenciar el ejercicio de prácticas clientelistas en las áreas
menos urbanas -no esencialmente más rurales-. Es decir, realizar la identificación de las
prácticas clientelistas en grandes ciudades está revestido de una dificultad mayor, ya que en
áreas urbanas se desdibujan las relaciones de esta índole. Así lo describe Hicken: “el
movimiento a las ciudades destruye las redes tradicionales de patrones y clientes, mediante
las cuales los fondos de los candidatos pueden ser distribuidos con mayor eficacia, lo que
eleva los costos de la compraventa de votos para los candidatos” (2007, p. 56).
Este punto explica el por qué se realizó el trabajo etnográfico de la presente
investigación a nivel regional. Así como lo presenta Cepeda Ulloa, éste es el nivel
gubernamental que está más cerca de la gente y en el que la ciudadanía no sólo está en la
posibilidad de ver, sentir y sufrir los efectos de la corrupción y del clientelismo, sino de
identificar a los beneficiarios de los mismos. Esta cercanía hace más provechoso el análisis
de este fenómeno de endoso de electorado en el nivel regional, en la medida en que
coexisten dentro del mismo escenario los electores y candidatos. Lo anterior entonces,
posibilita evidenciar las relaciones de amistad asimétrica entre los líderes clientelistas y sus
clientelas (Cepeda Ulloa, 2000).
Particularmente, para la investigación la importancia que tiene el departamento de
Córdoba, radica en que la región sinuana se ha caracterizado en los últimos años como un
foco de corrupción y concretamente de corrupción electoral (Lehoucq, 2007) en el país.
Esta afirmación se sustenta en los múltiples carteles que han sido descubiertos en los
últimos años, en los cuales operaban políticos y funcionarios públicos oriundos de la
región, tales como el Cartel de la Hemofilia, el Cartel del Sida y el Cartel de la Educación,
entre otros. Lo anterior se consolida como un indicio de que existen prácticas clientelistas y
actos de corrupción política y electoral, fuertemente arraigadas al departamento. Así
entonces, se busca relacionar el tema del endoso de electorado, para determinar si la
existencia del mismo, refleja una normalización de la corrupción y del clientelismo como
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prácticas políticas en la región (Milanese, Abadía, & Manfredi, 2016). A partir del caso
cordobés será posible hacer un análisis de las dinámicas que confluyen para abrir espacio a
una futura investigación sobre el fenómeno del endoso de caudales electorales en las
elecciones regionales y nacionales en Colombia.
Una breve historia del clientelismo en Colombia
“En los sistemas políticos que ha experimentado la sociedad colombiana a
lo largo de la historia, las relaciones de clientela han sido uno de los componentes
principales. La deficiente institucionalidad del Estado ha permitido que estas
relaciones hayan operado de manera destacada todo el tiempo” (Leal Buitrago &
Dávila Ladrón de Guevara, 2009, p. 23).
El aspecto contractual de las relaciones sociales se configura como un componente
básico de cualquier sociedad, como lo presentan Francisco Leal Buitrago y Andrés Dávila
Ladrón de Guevara (2009, p. 23). Este aspecto, presente en las relaciones de poder, hace
parte de los procesos de institucionalización que experimentan todos los sistemas políticos.
Sin embargo, cuando esta reciprocidad entre dos actores con distinto estatus sobre la base
de mutuos servicios, toma lugar por fuera de las instituciones establecidas, le da contenido
a lo que se denomina como clientelismo.
Aceptando entonces una perspectiva que, si bien entiende al clientelismo como un
fenómeno de intercambio de votos por beneficios divisibles, (Piattoni, 2001, p. 4), pero
reconoce la importancia de la intermediación y de las relaciones asimétricas que lo
constituyen en la práctica (Wills & Rivera, 2009), se podría suponer que su presencia en los
sistemas políticos depende de la eficiencia de las instituciones que componen los regímenes
–en un sentido inverso-. Así, se convierte en un factor fundamental dentro de la política de
un país y llega a articular las relaciones que ordenan el funcionamiento de la misma (Leal
Buitrago & Dávila Ladrón de Guevara, 2009). En el caso colombiano, la deficiente
institucionalidad del Estado ha permitido la emergencia y proliferación de las relaciones de
clientela desde que existe registro histórico.
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Una de las representaciones de estas relaciones clientelares en el caso colombiano,
ha sido la financiación de las campañas políticas, de acuerdo con lo planteado por Fernando
Cepeda Ulloa (2011) en Narcotráfico, financiación política y corrupción. Según el autor,
la financiación política ha pasado por una serie de etapas que han construido las dinámicas
políticas que se quieren estudiar en el presente texto. En el escenario colombiano, las
maquinarias clientelistas, basadas en el spoil system, fueron un elemento característico de la
política (Cepeda, 2011, p.160). Describe el mismo autor en Financiación de las campañas
políticas, que solamente una pequeña porción del electorado del país ofrecía ayuda en
dinero a las campañas, mientras que un porcentaje aún menor, al que denomina “los peces
gordos” aportaban con la mayoría del total (Cepeda, 1997, p. 21). Gutiérrez Sanín, también
realiza una referencia a este fenómeno, cuando expone que los empresarios, ciertamente,
usaban a los partidos políticos para tramitar sus demandas, a cambio de la financiación a los
candidatos (2007, p. 153).
Ahora bien, continúa Cepeda Ulloa describiendo como hito relevante de una de las
etapas de la financiación política que han resultado en las dinámicas políticas clientelistas
descritas, la expedición de la ley 58 de 1985. Esta, descrita como el primer esfuerzo
legislativo (fallido) en Colombia, por imponer controles a la financiación de las campañas
políticas y con ello, al clientelismo, mediante la introducción de los subsidios estatales. Sin
embargo, en digresión con Cepeda, no se considera que en 1985, con la expedición de la
ley en mención, pueda marcarse un punto de quiebre en el desarrollo y fortalecimiento de la
dinámica clientelista descrita. Esto, ya que si bien con la ley de 1985, se marcó el inicio de
las frecuentes denuncias sobre las prácticas clientelistas en la financiación política de los
partidos, al introducir un régimen de financiación parcial de campañas (Cepeda, 2011,
p.167) con la figura de los topes máximos que serían fijados por la Corte Electoral, se
dejaron lagunas jurídicas importantes que convirtieron en ineficaz la normativa.
Así entonces, la omisión del legislador, permitió burlar el sistema de límites a las
contribuciones, abriendo la puerta a ficticias donaciones para continuar la financiación
ilegal de las campañas electorales. Estas disposiciones contenidas en esta legislación, se
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comprenden como el inicio de las medidas fallidas en cabeza del Estado colombiano en un
intento por socavar el clientelismo.
Por estas zonas grises en la normativa expedida durante el gobierno de Belisario
Betancourt, se afirma que el clientelismo como regla general de las relaciones políticas y
electorales regionales y nacionales, continuó vigente aún después de la expedición de
normativas de control de financiación electoral, tales como el artículo 109 de la
Constitución Política en 1991 (posteriormente modificado por el Artículo 3ro del Acto
Legislativo 01 del 2009) que posteriormente será analizado con mayor detenimiento. Con
respecto al mencionado artículo constitucional, cabe aclarar que en su momento, representó
el esfuerzo de la Asamblea Nacional Constituyente por satisfacer el activismo ciudadano y
político en contra de la corrupción y al clientelismo de la época. Sin embargo, el
clientelismo siguió y sigue siendo en la actualidad, un elemento característico de las
relaciones electorales y políticas en las contiendas nacionales y regionales en Colombia.
No obstante, no se pretende suponer por medio de la afirmación anterior, que las
dinámicas clientelistas se mantengan inmutables desde el siglo XIX y posteriormente el XX
en el país. Principalmente, porque la naturaleza misma del fenómeno político descrito, lo
condiciona a acomodarse al régimen político regente (Dávila Ladrón de Guevara, 2002).
Así es como históricamente el clientelismo ha mutado y ha tomado la forma que el contexto
socio-político le ha permitido. Es decir la mutabilidad y adaptabilidad del clientelismo al
régimen político de turno, se hace evidente cuando se analizan las características del mismo
con el paso de los años. Por ejemplo, durante el Frente Nacional (1958-1978) las redes
clientelares se visibilizaron y fortalecieron por diversos motivos, entre los cuales se
enlistan: la fragmentación de las fuerzas políticas, la débil cohesión que comenzó a
caracterizar a los partidos políticos y el enfoque en la maximización de la participación del
paquete burocrático.
Durante este periodo también, las prácticas clientelistas se exacerbaron por la
distribución paritaria de la burocracia entre los liberales y los conservadores (Cepeda, 2011,
p.161). Al respecto sostiene Cepeda, que este sistema de financiación política se consolidó
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además con los auxilios parlamentarios, entendidos como las partidas presupuestales que se
autoasignaban a los miembros de distintas corporaciones públicas para atender proyectos de
desarrollo en distritos electorales, convirtiéndose en una fuente de corrupción y escándalos
(2011, p. 162).
Siguiendo la misma línea, Orjuela describe que con el surgimiento del Frente
Nacional, acaeció un desdibujamiento de las identidades políticas partidistas como un
efecto no intencional de un propósito que buscaba resolver un enfrentamiento entre las
clases políticas regentes (2018). Así entonces, los grupos políticos que en la actualidad se
disputan los cargos públicos y las administraciones locales, son las versiones modernas de
las desdibujadas identidades políticas, evidenciado lo anterior, en el débil arraigo de los
líderes políticos a los partidos. Entonces, si se considera cómo el Frente Nacional y su
corolario: el debilitamiento y fraccionamiento de los partidos políticos, entronizaron las
más variadas formas de clientelismo hasta lo que modernamente se denomina “clientelismo
de las masas” (Cepeda, 2000, p.4), se encuentra cabida a la emergencia de fenómenos
políticos que aceleran las prácticas clientelistas, tales como el endoso de caudales
electorales. Es decir, tomando al Frente Nacional como el punto de partida de la mutación
del clientelismo del siglo XIX, se evidencia cómo el objeto de estudio del presente texto, es
una representación del denotado clientelismo de masas, por medio del cual se transfieren
caudales electorales de votos cautivos entre empresarios de la política.
Asimismo, se encuentra que el endoso de electorado llena el vacío en la literatura
con respecto a la descripción de cómo una de las consecuencias del Frente Nacional fue la
exacerbación del clientelismo en dos dimensiones: la apropiación de recursos públicos por
parte del político profesional, lo que le permite pagarle al ciudadano y se convierte en la
segunda dimensión, la lealtad política (Orjuela, 2018). Ambos elementos que se consideran,
confluyen en el fenómeno clientelista objeto del texto en cuestión. Aparte, añaden los
autores que fue a partir de este régimen político que el clientelismo se proyectó como la
relación política principal para articular el sistema que se reorganizó (Leal Buitrago &
Dávila Ladrón de Guevara, 2009, p. 24), es decir, que se convirtió en un factor que aseveró
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las prácticas clientelistas en el país, tal como lo expresa Cepeda Ulloa en Corrupción y
Gobernabilidad:
Ahora bien, el malestar por el creciente poder que adquirió esta práctica durante este
periodo, fue objeto de análisis por parte de numerosos líderes e ideólogos de la época,
como Carlos Lleras Restrepo, quien expuso lo siguiente sobre la política colombiana
durante el Frente Nacional:
“Hoy esta no se adelanta principalmente sobre la base de escoger
soluciones para los problemas reales que confronta el país, y tiende, por desgracia,
a caer más y más en la lucha infecunda de grupos y personas por el predominio en
los órganos de poder. La selección de candidatos para las corporaciones y los
cargos públicos y el voto mismo de la ciudadanía no suelen responder a un
convencimiento sobre el acierto de las orientaciones acerca de las materias más
importantes tengan los respectivos candidatos (…) grupos cada vez más estrechos
se especializan en usufructuar lo que yo llamaría “votos cautivos”, aquellos que
disponen los mecanismos herrumbosos de los partidos por la sola virtud de su
organización o los que recluta la indebida explotación política de los rodajes
oficiales”. (Lleras Restrepo, 1959, p. 34).
Otros esfuerzos para reducir las prácticas clientelistas en el financiamiento político
que siguieron a la ley 58 de 1985, tomaron la forma de alusiones en plataformas electorales,
dentro de las cuales se pueden mencionar el discurso de aceptación de la candidatura
presidencial de Jorge Eliécer Gaitán. En esta alocución el candidato criticó los fenómenos
de corrupción en las campañas electorales. Asimismo, se encuentra en la reforma
constitucional ante la Asamblea Nacional Constituyente que propuso Laureano Gómez, un
esfuerzo latente para que los partidos políticos demostraran el origen de sus recursos (De la
Calle, 1992, p. 356).
Tras una serie de reformas constitucionales fallidas durante el gobierno de Virgilio
Barco, con la Constitución de 1991, se consiguió elevar la lucha contra el clientelismo en la
financiación de las campañas políticas a un rango constitucional. De esta forma, el artículo
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109 de la constituyente3, se convirtió en el primer esfuerzo importante, más no efectivo, por
erradicar este tipo de prácticas, al determinar que sería el Estado, el ente financiador de los
partidos y movimientos políticos con personería jurídica. Lo anterior fundado en que con
este artículo se propendió hacer cumplir el principio fundamental de la igualdad al
garantizar el acceso transparente y sin distinción alguna al ejercicio de política y
consecuentemente a la democracia en el país4.
Con la inclusión de este artículo en la constituyente, Cepeda afirma que se
configuró una aceptación de dos problemáticas, por un lado, de la inoperancia de los
controles en materia de financiación política previamente existentes y por el otro, del
consolidado interés por parte del crimen organizado en el financiamiento de las campañas
electorales (1997, p. 40). Casi dos décadas después, fue modificado este artículo por el
Acto Legislativo 01 de 2009 (Ver Anexo 1) y si bien conservó el espíritu de la norma de los
90, se enfocó aún más en la regulación de la financiación de los partidos y movimientos
políticos5 que mutaron desde la reforma política del 2003.
Las elecciones regionales: una tradición de clientelismo
La historia de la política regional en Colombia, se puede considerar partida en dos:
antes y después de la Constitución Política de 1991, principalmente porque algunos de los
procesos que iniciaron con la constituyente, responden a la promesa de la municipalización
de la vida política colombiana (Gutiérrez, 2007, p. 258). Siguiendo este postulado, con la
3 Artículo 109 de la Constitución Política de Colombia de 1991: “El Estado concurrirá a la financiación
política y electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica, de conformidad con la
ley”. 4 Asimismo, la Corte Constitucional en la Sentencia C-490 del 2011, estableció que “El artículo 109 de la
Constitución Política prevé que las campañas electorales que adelanten los candidatos avalados por partidos
y movimientos con personería jurídica o por grupos significativos de ciudadanos, serán financiadas
parcialmente con recursos estatales, con lo que se extiende la financiación estatal para el caso de las
campañas políticas, a los candidatos avalados tanto por los partidos y movimientos con personería jurídica,
como por grupo significativo de ciudadanos, de los cuales no se exige expresamente por la norma superior
que cuenten con personería jurídica, con lo que, para la Sala, se busca hacer efectivos los principios que
informan la democracia, en el contexto del estado constitucional, así como el funcionamiento político y
electoral de las organizaciones políticas, ofreciendo unas garantías mínimas para la concreción de la
igualdad, transparencia y pluralismo político” (Magistrado Ponente: Luis Ernesto Vargas Silva).
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constituyente se pretendía una relegitimación del Estado a nivel regional, haciendo
simultáneamente más eficiente la administración, rompiendo las cadenas clientelistas y
devolviéndoles el poder a los ciudadanos. En la búsqueda de esta promesa, parte de lo que
sucedió en la práctica, se entiende como la desagregación paulatina de los grandes
baronatos a manos de los operadores más pequeños, también denominados, nichos a menor
escala. Es decir, la reorganización de las estructuras políticas tradicionales en lo que hoy se
conocen como grupos políticos conformados por empresarios de la política inmersos en
mercados electorales.
Desde una mirada histórica, las reformas políticas a la estructura estatal que
tuvieron lugar entre 1986 y 1991, debilitaron a los barones en las regiones, quienes tenían
su poder garantizado por la cadena, amarres y contactos de los que presumían en la época
(Gutiérrez, 2007, p. 259). En concreto, con el Acto Legislativo No. 1º de 1986, cambiaron
drásticamente, no desaparecieron, las dinámicas clientelistas que caracterizaban las
elecciones regionales. Con esta iniciativa legislativa, se ordenó la elección popular de
alcaldes, como una medida en procura de un avance democrático a nivel nacional y de la
puesta en práctica de la descentralización.
Este Acto Legislativo concluyó el esfuerzo reformativo por crear espacios de
participación ciudadana, y establecer las bases para conseguir una administración local más
eficiente y estable. Uno de los ejemplos que presenta Gutiérrez Sanín al respecto,
demuestra lo anterior: “los barones que tenían la capacidad de negociar con el centro de
nombramiento de gobernadores y alcaldes de su conveniencia, y esto les daba la
posibilidad de mantener cohesionada y disciplinada su red clientelista dentro de cada
departamento” (2007, p. 259). No estaría por demás traer a colación el testimonio de un
parlamentario antioqueño que dice sobre Guerra Serna, uno de los grandes barones de los
ochenta: “ya él no tenía 60 alcaldes que nombraba a dedo. El Gobernador (…) tenía que
luchar en 125 municipios a ayudar a conseguir alcaldes liberales y eso le restó margen de
maniobra” (Gutiérrez, 2007, p. 259).
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Después del auge de los baronatos en torno a la burocracia, y su posterior caída a
causa de las reformas estatales seguidas por la Constitución de 1991, surgieron en su
reemplazo nichos locales a menor escala, denotados por parte de la literatura y por el
presente texto, como grupos políticos. Es decir, los operadores locales tradicionales vieron
que mientras caían las jefaturas departamentales, surgían para ellos oportunidades en los
mercados electorales existentes. Relata Gutiérrez Sanín cómo para los votantes la dinámica
resultaba la misma, por cuanto raramente tenían contacto alguno con los barones, mientras
que su contacto habitual era con los operadores locales, a quienes reconocían como los
verdaderos jefes departamentales (2007, p. 259). Dichos operadores locales convirtieron de
la política un negocio aún más complejo, pero quizá con la misma estructura que
manejaban los baronatos. A diferencia de sus antecesores, añadieron un importante número
de líderes locales a sus maquinarias políticas, con el fin de atraer más votos y mantenerlos
cautivos, conformando así sus caudales electorales para mantenerse en el poder durante las
contiendas electorales.
Trayendo esta lógica a la práctica, resulta interesante recuperar el ideario de Orjuela,
quien afirma que un mínimo de clientelismo es inherente a la actividad política de cualquier
Estado. Existe, empero, un aumento considerable en las prácticas clientelistas que se
desenvuelven en Colombia en el marco de las elecciones nacionales y regionales, en
comparación con otros países (Orjuela, 2018). Este fenómeno, se puede considerar fundado
en la deslegitimación de las instituciones en el caso nacional y encontrarse con que trae
consigo, además de la puesta en práctica de diversas presentaciones del clientelismo, el
ideario colectivo de la necesidad de un intermediario, generalmente de un empresario de la
política representado por sus líderes locales, para que los bienes y servicios provistos por el
Estado, lleguen efectivamente a los ciudadanos. Es de esta forma que se normalizan
ejercicios clientelistas como el intercambio de votos por comida, mejoras para las viviendas
y demás bienes y servicios básicos (Orjuela, 2018).
Del endoso de electorado como un fenómeno clientelista
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Partiendo de que el endoso de electorado es un fenómeno clientelista por medio del
cual se presenta una negociación en la que se acuerda un quid pro quo que se materializa en
votos, entre un endosatario y un endosante, ambos empresarios de la política, es relevante
analizar la manera como este fenómeno encaja dentro de la práctica del clientelismo. Para
esto resulta importante el aporte de Leal Buitrago y Dávila Ladrón de Guevara, quienes
afirman que el clientelismo subsiste con una dosis grande de atavismo, es decir, que se
reproduce el viejo tipo, ya que las antiguas estructuras o condiciones sociales permanecen,
en su mayoría, inmutables (2009, p. 49). Así, se percibe al clientelismo como una relación
siempre asimétrica, que se apoya en las diferencias de poder entre las partes, en la cual se
lleva a cabo una forma de intercambio interpersonal y que está asociada con características
atávicas como el autoritarismo y el paternalismo.
Asimismo, se recupera de los autores su visión de la lealtad y la fidelidad, como la
base de la contraprestación de los servicios que constituyen los valores sociales que le dan
contenido ideológico al fenómeno (Leal Buitrago & Dávila Ladrón de Guevara, 2009, p.
46). En la práctica entonces, se puede concluir que el clientelismo comanda al conjunto de
relaciones sociales que definen realmente la forma como opera la política (el sistema), a
partir de las normas establecidas para el efecto por el Estado (régimen). Es en esta
conexidad con las instituciones estatales que se puede comenzar a analizar la manera a
través de la cual el Estado reproduce las condiciones necesarias para propiciar el ejercicio
de las prácticas clientelistas.
Ahora bien, desde arriba se encuentra que son los partidos políticos la fuente de la
corrupción que permite el ejercicio de las prácticas clientelistas como las descritas en el
texto (Anexo 2). Gutiérrez Sanín, presenta una definición sobre los partidos políticos en la
que coexisten dos connotaciones: la primera, es una visión “hacia afuera” basada en la
perspectiva de Duverger, que los define como una confluencia estable entre un grupo de
empresarios políticos que opera con una etiqueta única y nichos sociales específicos (2007,
p. 56). En esta definición, los nichos sociales hacen referencia a las clases sociales, no por
el uso de una categoría de clase, sino por el tipo de análisis tecnológico que realiza el autor.
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Por otra parte, la segunda connotación, que se podría mostrar como “hacia
adentro”, recupera la visión de Weber y entiende a los partidos como asociaciones (no
como organizaciones) formalmente voluntarias, que se distinguen por su capacidad de dar
incentivos selectivos, sean materiales o ideológicos, a sus miembros (Gutierrez, 2007, p,
63). Importante dentro de esta definición de partidos políticos que presenta Gutiérrez Sanín,
es el papel que cumplen las elecciones. Es decir, para el autor de ¿Lo que el viento se
llevó?, los partidos se guían por reglas idiosincráticas y por un conjunto de objetivos, de los
cuales el éxito electoral tiene el estatus de condición necesaria (2007, p. 68).
Si bien esta definición se enmarca en el caso colombiano a la perfección, es
significativa la relevancia de la exposición que realiza Latorre sobre los partidos políticos
tradicionales en ámbitos municipales y regionales. Este autor los presenta como partidos de
comités con jefaturas naturales, que estaban “ungidos por el destino” (Latorre, 1974, p.
256), y donde los grandes jefes coexistían en una especie de federación. Estos partidos, se
caracterizaban porque conformaban una red nacional de directorios o comités, que se
activaban en épocas electorales. Para Latorre, estos grandes jefes encontraban su nicho
ideal dentro del nivel municipal, en tanto su visibilidad e importancia social, como
miembros de las élites socioeconómicas, les garantizaban el acceso a los cuatro tipos de
recursos clave: electorales, sociales, intelectuales y económicos (1974, p. 257).
Siendo así, estos partidos políticos que describe Latorre, se convierten en el molde
en el que encajan los grupos políticos que hoy en día existen y que predominan en las
regiones. Dichos grupos políticos se entienden como el resultado de la fragmentación
interna de los partidos políticos tradicionales, disgregación que les otorga la característica
de operar como microempresas electorales casi unipersonales (Orjuela, 2018) en escenarios
políticos descritos como mercados electorales. En estos confluyen empresarios de la
política para llevar a cabo las negociaciones necesarias que los mantienen en el poder. Así
entonces, los grupos políticos que en la actualidad se imponen, están conformados por
miembros de las élites socioeconómicas y coexisten casi como federaciones de empresarios
de la política que se activan cuando se aproximan las contiendas electorales (Latorre, 1974,
p. 256).
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Es en este contexto que surge el fenómeno político del endoso de caudales
electorales o endoso de electorado, con el fin de conservar y expandir el poder que ostentan
a nivel nacional y regional los miembros de estos grupos políticos. Aún en la actualidad, en
el nivel regional, los grupos políticos operan como en la época de los grandes baronatos
liberales, en la medida en que persiste la búsqueda del poder, traducido en gobernaciones y
alcaldías afines.
Los mercados electorales y los votos cautivos en las prácticas clientelistas
Antes de ahondar en la descripción de cómo funciona en la práctica el endoso de
electorado, es importante realizar una revisión de cómo constituyen los endosantes sus
caudales electorales, sus votos cautivos, los cuales serán el objeto de la negociación durante
el fenómeno que atañe al presente texto. Así entonces, los votos cautivos han sido descritos
por la literatura como el caudal electoral propio y fijo con el que cuentan los grupos y
partidos políticos (Arnoletto, 2007). Si bien de manera general puede confundirse el
término con el de militantes y afiliados a los partidos políticos, difiere por cuanto no
requiere una vinculación oficial con la organización.
En temarios sobre política regional, estos votos cautivos hacen referencia al
respaldo materializado en las urnas que se construye a partir de la lealtad y la fidelidad
(Buitrago & Ladrón de Guevara, 2009, p. 46). Esto por cuanto se fundan en las relaciones
asimétricas de clientelismo vigentes y dominantes en los escenarios regionales. Siendo así,
los votos cautivos, describen una adhesión permanente, inmutable, hereditaria (por
tradición familiar), ferviente y cuasi-religiosa, a un grupo o partido político. Asimismo, es
necesario realizar la clarificación de que la lealtad y la fidelidad, como bases de la
contraprestación de los servicios que constituyen los valores sociales que le dan contenido
ideológico a los votos cautivos, también llenan de contenido al fenómeno del endoso de
electorado y que de dicha similitud deriva la importancia de este tipo de votantes en el
estudio de caudal electoral objeto de negociación.
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Al respecto cabe establecer que un elemento importante dentro de las prácticas
clientelistas objeto de estudio, como lo es el endoso de electorado, es el papel que cumple
el votante. Con esto, el rol que juega la persona que garantiza su voto no puede
considerarse pasivo, por cuanto realiza una valoración de la utilidad de la oferta y a partir
de la misma, decide si entra dentro de esta práctica, o no lo hace. Varios autores han
descrito que la valoración que realiza una persona cuando se le enfrenta con una oferta de
este tipo, está intrínsecamente relacionada con las condiciones de vida de la misma.
Cendales argumenta que “las exigencias de un votante en una eventual negociación por su
voto disminuyen siempre que sus condiciones de vida material se deterioren, en tanto que
requiere resolver de manera urgente su mundo material más inmediato” (2012, p. 279).
Esta afirmación está respaldada por la teoría del crecimiento de Gersbach y Muhe
(2011), quienes describen que una democracia en la cual se hace posible una
contraprestación a partir de los votos, es una donde los ciudadanos carecen del capital
humano mínimo para su subsistencia y no cuentan con un esquema de subsidios en
educación.
Si bien el presente texto no afirma rotundamente que el total del caudal electoral de
los empresarios de la política se constituye a partir de los votos cautivos, sí se asevera que
dentro de esta práctica del endoso de electorado, un porcentaje de los votos que llega
efectivamente a las urnas, son fruto de los previamente descritos esquemas. Es así como
este endosante, empresario de la política, pone en marcha su maquinaria política con el
propósito de asegurar que los votos que se endosaron en las negociaciones, lleguen
realmente a las urnas a favor del candidato endosatario. Por lo tanto, dentro de las
estrategias que se utilizan para realizar el efectivo endoso del electorado, se ubica el trabajo
de los líderes locales quienes tienen a su cargo la activación y transferencia de los votos
cautivos: fieles y leales a los grupos políticos. Sin embargo, esta transferencia toma lugar
en un segundo plano, por cuanto la negociación del endoso de los caudales electorales, ya
se llevó a cabo.
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Es por este mecanismo de transferencia que se ejecuta el efectivo endoso del caudal
electoral negociado y a raíz de esto, adquiere relevancia el papel que cumple el votante
dentro del fenómeno que ocupa el presente texto. Finalmente, es el individuo quien valora
la situación y acepta o no, ser parte de esta cadena clientelista y entrar o no, en la práctica
de corrupción electoral.
Ahora bien, la corrupción electoral según Lehoucq, emerge cuando los partidos
políticos tienen los medios para monitorear el comportamiento de los votantes (Ver Anexo
3) (2007). Esto encuentra su razón de ser en que los costos de los votos necesarios para
ganar una elección, aumentan cuando persiste el elemento de la incertidumbre sobre si
efectivamente el “vendedor” cumplirá con su parte del “acuerdo”, depositando en la urna
la elección deseada por el “comprador” (Lehoucq, 2007). Sobre este elemento se añade
que los compradores de votos precisan entonces reducir los costos de los mismos,
disminuyendo la incertidumbre del comportamiento de los votantes. En esta dinámica de
reducción de la incertidumbre, aparece la interacción de los factores sociológicos,
institucionales y partidistas, como la respuesta para poder construir un mercado electoral.
Con respecto al término mercado electoral (Cendales, 2012), se debe precisar que
hace referencia al escenario en el cual, como resultado de la interacción de los factores
previamente mencionados, se facilita el surgimiento de las prácticas clientelistas dentro de
las contiendas electorales, tales como el endoso de electorado. El mercado electoral si bien
ha sido objeto de estudio de varios autores, no ha sido analizado en detalle por la literatura,
por lo que resulta una definición muy amplia donde cabe la posibilidad de encajar
diferentes prácticas legales que suceden en la contienda política. Uno de estos autores
describe:
“Los votos son comprados por el partido a través de operadores que, si bien
es cierto no poseen un capital económico y político, poseen un capital social que
consiste, no solo en el conocimiento que tienen de la comunidad a la que
pertenecen, entendiendo de forma solvente las estrategias de reproducción social
practicadas en ella (Bourdieu, 2011), sino más importante aún, sus vínculos con
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una importante cantidad de individuos de la comunidad están activos.” (Cendales,
2012, p. 278).
Aunque la exposición que realiza el autor sobre cómo opera el mercado electoral es
acertada, obvia elementos típicos de las dinámicas electorales regionales en Colombia, por
lo que permite evidenciar la necesidad de una observación más puntual y profunda de lo
que sucede en la realidad dentro de los mercados electorales. Es decir, de cómo acaecen las
dinámicas que permiten la proliferación de prácticas ilegales como la compra de votos y el
endoso de electorado, especialmente en escenarios regionales.
Adquiere relevancia dentro del tema de los mercados electorales, la formación de
microempresas electorales entendidas como fragmentaciones de los partidos políticos
donde los empresarios de la política, individualmente u organizados en grupos políticos,
cuentan con un número cautivo de votantes que les asegura la reelección y el sostenimiento
de su statu quo. Según lo dicho, es a través de las microempresas electorales que se
desencadenan las prácticas clientelistas que ponen en marcha las maquinarias políticas de
los empresarios de la política (Orjuela, 2018).
Al llegar a este punto, cabe examinar la manera a través de la cual los candidatos
adoptan este tipo de prácticas clientelistas dentro de sus campañas políticas a sabiendas de
su ilegalidad. Para Hicken, la respuesta se encuentra en la confluencia de factores políticos
e institucionales, tales como: los sistemas políticos enfocados en los candidatos –
personalistas-; el acceso a los recursos gubernamentales y la nominación partidista; y
financiamiento electoral descentralizado (2007, p. 47). Uno de los factores que Hicken
afirma incentiva la negociación con los votos, es la competencia de candidatos dentro de
los partidos políticos.
En el caso objeto de estudio, a saber las elecciones regionales en Colombia, se
respalda la postura del autor al evidenciarse un sistema electoral donde los candidatos ven a
los miembros de su mismo partido como sus contendientes directos. Afirma Hicken como
en este tipo de escenarios estructuralmente competitivos suelen surgir estímulos para
obtener el mayor número posible de votos, dejando de lado, en muchas ocasiones, la
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legalidad de las estrategias que sean empleadas. Esto encuentra su razón de ser, en que
dentro del contexto que se presenta, los votantes requieren un incentivo extra para votar por
un candidato del mismo partido político que otro (Hicken, 2007, p. 49).
Compraventa de votos y endoso de caudales electorales
En este punto cabe presentar la distinción entre la compraventa de votos y el
fenómeno político clientelista denotado como endoso de electorado, precisando que ambas
prácticas se desenvuelven dentro de los mercados electorales. Por una parte, la compraventa
de votos involucra un intercambio de bienes, servicios y/o dinero en efectivo de manera
individual, inmediata y privada (Hicken, 2007, p. 51). Mientras que el endoso de
electorado, carece de estos tres elementos. Principalmente al distinguirse de la compraventa
al no configurarse directamente con el votante, por lo que no se puede caracterizar como
privada, ni como individual.
En un primer momento, el endoso de electorado como fenómeno político tiene lugar
entre empresarios de la política, endosante y endosatario, quienes a su vez, incurren en todo
tipo de prácticas clientelistas a través de sus líderes locales para garantizar el efectivo
endoso del caudal electoral negociado, incluida la compra de los votos a los electores. De la
misma forma, el endoso de electorado no está revestido del elemento inmediatez, ya que si
bien las negociaciones de los caudales electorales pueden suceder en una reunión
específica, sus efectos se prolongan en el tiempo, implicando la puesta en práctica de
diversos mecanismos para endosar el electorado. Lo anterior fundado en que las
retribuciones que obtiene el endosante por su caudal efectivamente endosado, tampoco se
limitan temporalmente, ya que están supeditadas al resultado de las elecciones y a diversos
factores, como la disponibilidad de las cuotas burocráticas negociadas.
Ahora bien, tanto la compraventa de votos, como el endoso de electorado, dentro de
la categoría de prácticas clientelistas, son fenómenos políticos que concurren al interior de
los mercados electorales, por lo que se debe precisar la relación que mantienen estos
espacios (los mercados electorales) con el clientelismo entendido como previamente se
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expuso. Al respecto, se ilustra cómo las prácticas clientelares son per se, factores
predominantes que generan corrupción (Rua, 2013), al permitir que aspirantes a cargos
públicos ganen las contiendas electorales y conservar a los políticos arraigados en sus
escaños. De esta forma se reitera que el clientelismo y las prácticas clientelistas pueden
producir actos corruptos al utilizar los recursos públicos para fines privados (Caciagli,
1996), por lo que encontrar dónde se termina el clientelismo y empieza la corrupción, como
categorías conceptuales en la práctica, está revestido de un alto grado de dificultad.
Es entonces en los descritos mercados electorales donde ser elegido, se convierte en
un elemento que les permite a los empresarios de la política reproducir durante su periodo
como funcionarios públicos, sus agendas personales. Esto, con el propósito perdurable de
mantener las estructuras sociales inmutables, tanto para garantizar su reelección, como para
mantener el status quo, afianzando su poder político.
¿Cómo funciona en la práctica el endoso de electorado?
El endoso de electorado como fenómeno político es el resultado de negociaciones
entre los empresarios de la política. Adentrándose en estos grupos, se encuentra que los
endosatarios en estos escenarios, también entran en la categoría conceptual de empresarios
de la política al realizar negociaciones y transacciones dentro de los mercados electorales.
Estos endosatarios entonces, son los líderes políticos y los candidatos a cargos públicos que
necesitan de un número estimable de votos para ser electos. En el otro extremo de la
negociación, se encuentran los endosantes, a saber los empresarios de la política que
cuentan con los caudales electorales asegurados (compuestos parcialmente por votos
cautivos) y con la disposición de reactivarlos en épocas de contiendas electorales.
En esta negociación confluyen todos los empresarios de la política conformantes del
grupo político tanto del endosante, como del endosatario, ya que no puede considerarse
como una transacción estricta y excluyente (Comunicación Personal, 14 de junio de 2018).
Se afirma lo anterior por cuanto también cumplen un papel importante los demás
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integrantes del grupo político de ambas partes en la negociación, ya que las decisiones de
apoyar a determinado candidato con los caudales de votos, o de ser respaldado por
determinado grupo, no es una decisión que involucre únicamente a dos empresarios
(Comunicación Personal, 14 de junio de 2018). Al tratarse de negociaciones con elevados
costos (es decir, que el resultado de las negociaciones que se traduce parcialmente en
importantes inversiones de capital por parte del grupo político como asociación),
consecuencias y compromisos, requieren de un acuerdo predominantemente unánime entre
los integrantes de los grupos políticos respectivos (Comunicación personal. 14 de junio &
12 de julio de 2018).
Partiendo entonces de la presentación de las partes que confluyen en las
negociaciones de endoso, cabe pasar a determinar que en el caso de este fenómeno político
en las elecciones regionales, la negociación se lleva a cabo con los empresarios de la
política inmersos en Corporaciones (Comunicación personal. 12 de julio de 2018), o que lo
estuvieron y aún detentan el caudal electoral. Al hacer mención a las Corporaciones, se
hace referencia al Congreso de la República, Asambleas Departamentales, Concejos
Municipales, Juntas Administradoras Locales, todas instituciones democráticas,
regionalmente desprestigiadas por cuanto algunos de sus miembros, los servidores públicos
del departamento cordobés (Comunicación personal. 12 de julio de 2018), se han visto en
los últimos años inmersos en escándalos por sus investigaciones por corrupción y
clientelismo ante el Congreso de la República6 y la Fiscalía General de la Nación
7 ,8.
6 La Constitución Política de Colombia en el Artículo 178 numeral 3 dispone que el Presidente de la
República, debe ser acusado, por la Cámara de Representante. Asimismo señala la misma constituyente que la
Cámara puede "requerir el auxilio de otras autoridades para el desarrollo de las investigaciones qoue le
competen y comisionar para la práctica de pruebas..." -(artículo 178, numerales 3 y 5)-. 7 La Constitución Política de Colombia en su Artículo 250 dispone que a la Fiscalía General de la Nación le
compete, en relación con los particulares, "investigar los delitos y acusar a los presuntos infractores ante los
juzgados y tribunales competentes", y cuando le ordena, también a la Fiscalía le corresponde, "investigar y
acusar, si hubiere lugar, a los altos funcionarios que gocen de fuero constitucional, con las excepciones
previstas en la Constitución" (artículo 251, numeral 1). 8 Si bien ha habido cientos de denuncias sobre políticos corruptos en los últimos 10 años, algunos de los casos
más emblemáticos son los siguientes: Ver: Van 156 políticos vinculados a casos de corrupción en Colombia
(15 de Octubre del 2017) https://www.eltiempo.com/justicia/investigacion/corrupcion-en-los-partidos-
politicos-de-colombia-141174.
Ver: El 95% de denuncias de corrupción está en las regiones: Secretario de Transparencia (Agosto 2015)
http://www.anticorrupcion.gov.co/Paginas/el-95-de-denuncias-de-corrupcion-esta-en-las-regiones-secretario-
de-transparencia.aspx
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Asimismo se encontró que los empresarios de la política también pueden pertenecer a un
grupo político tradicional que lleva muchos años ostentando el poder público en una
determinada región, municipio o departamento.
Así entonces, la negociación entre endosantes y endosatarios se lleva a cabo ad
portas de las contiendas electorales, usualmente cuando ya se conocen las candidaturas de
los contendores de los otros partidos que harán las veces de oponentes al aspirante en
medio de esta negociación clientelista (Comunicación personal. 14 de junio & 12 de julio
de 2018). Con un conocimiento aproximado del tamaño del caudal electoral que ostentan
los demás contendores, en caso de ser conocidos en los círculos políticos regionales o
nacionales, comienza el proceso de endoso de electorado para el aspirante que, cuando
entre en las negociaciones con los demás empresarios de la política, se convertirá en
endosatario (Comunicación personal. 14 de junio & 12 de julio de 2018).
En este punto se realiza un cálculo del eventual número de votantes que apoyarían a
los demás candidatos a un determinado cargo regional con base en una serie de elementos,
tales como el total de votos obtenidos por dicho político en las previas contiendas en las
que haya participado, los apoyos que tenga para la elección que se acerca o la coalición que
éste vaya a realizar para mejorar sus probabilidades de victoria (Comunicación Personal, 14
de junio de 2018). También se entra a examinar en el cálculo, si el contendor en cuestión
forma parte de algún partido o grupo político y en caso de hacerlo, se revisa la popularidad
de dicha asociación en el nivel regional (Comunicación personal. 12 de julio de 2018).
Habiendo realizado la figuración del número de votos con los que contarán los
contendores para la elección a la que se aspira, el candidato calcula un número aproximado
de votos que necesita para ganar la votación (Comunicación Personal, 14 de junio de 2018).
Es con base en este número estimado de votantes requeridos para tener una ventaja en las
contiendas electorales, que el candidato presenta su caudal electoral. Es decir, con cuántos
votos cuenta autónomamente (estimación a partir de la carrera política que tenga el
candidato, es decir, de sus previas candidaturas o cargos a los que haya sido efectivamente
electo en el pasado) y cuántos necesita (votos faltantes) para ser electo (Comunicación
Personal, 14 de junio de 2018).
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En este punto resulta relevante recalcar la importancia que tiene la obtención de
estos votos faltantes para que el candidato tenga una posibilidad real de ganar la contienda.
Aún más en escenarios de elecciones regionales donde los resultados electorales son
reñidos (Ver Anexo 4) y donde los grupos o los partidos políticos tradicionales, actuando
como microempresas electorales9, cuentan con un número cautivo de votantes que les
asegura la reelección. Siendo así entonces, es en este escenario donde los empresarios de la
política se ponen en contacto y comienzan las negociaciones que determinaran las
condiciones mediante las que les serán endosados los votos faltantes que separan al ahora
endosatario del poder.
Es en el contexto de las negociaciones privadas con los empresarios de la política,
que el candidato a las elecciones regionales, ahora endosatario, entra en una contienda
previa a los comicios electorales, en la cual se oferta y se contraoferta, se propone y se
reciben propuestas, se le da un precio al voto de cada ciudadano y se enseñan las cartas
sobre la mesa (Comunicación personal. 12 de julio de 2018).
Ahora, por una parte, el endosatario entra a negociar lo que tendrá a su intendencia
durante su mandato, a saber: (i) los cargos, “desde los más pequeños hasta los más
relevantes que dispondrá su administración” (Comunicación personal. 03 de junio de
2018), (ii) “los contratos, que se entremezclan con las propuestas que estructura”
(Comunicación personal. 03 de junio de 2018), los cuales podrá adjudicar casi libremente
durante su término10
, (iii) “el protagonismo de terceros [o de su endosante] en las
9 La formación de microempresas electorales entendidas como fragmentaciones de los partidos políticos
donde los políticos, individualmente u organizados en subgrupos, cuentan con un número cautivo de votantes
que les asegura la reelección y el sostenimiento de su statu quo. Según lo dicho, es a través de las
microempresas electorales que se desencadenan las prácticas clientelistas que ponen en marcha las
maquinarias políticas de los candidatos y demás empresarios de la política (Orjuela, 2018). 10
Si bien los procesos contractuales que adelantan todas las entidades públicas, incluyendo las pertenecientes
a todas las Ramas del Poder Público, en todos los niveles de la estructura estatal, central o descentralizada por
servicios o territorialmente, en los órdenes nacional, departamental, municipal y distrital, así como las
personas naturales y jurídicas que desempeñen función pública o de autoridad pública están obligados al
seguimiento de las disposiciones normativas contempladas en la Ley 1712 de 2014, en la práctica se han
ideado comunes evasiones a esta regulación que carecen de los principios de transparencia, celeridad,
divulgación de la información y demás que rigen la legislación.
A manera de ejemplo ver la denuncia a la corrupción en la Alcaldía de Montelíbano, Córdoba, Disponible en:
http://www.wradio.com.co/noticias/actualidad/denuncian-corrupcion-en-la-alcaldia-de-montelibano-
cordoba/20180125/nota/3700257.aspx. En esta, se presentó ante la Fiscalía la denuncia referente a la
contratación de forma directa, desde el año 2012, de más de 40.000 millones de pesos de para la ejecución de
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actividades que lidere en el tiempo que esté en el cargo” (Comunicación personal. 11 de
junio del 2018), (iv) su apoyo en cualquier iniciativa que el grupo endosante encabece y (v)
capital monetario.
Este último elemento, el capital monetario, resulta quizá el más emblemático, ya
que el fin del mismo es justificar la inversión en la campaña política y se intenta que la
declaración de renta, la carga tributaria del candidato en cuestión, sea coherente con el
monto de la inversión que se realice durante la contienda (Comunicación personal. 12 de
julio de 2018). Al respecto, resulta interesante la cita que se obtuvo de las entrevistas en el
municipio de Sahagún del departamento de Córdoba, cuando se cuestionó directamente el
origen del capital monetario que cubre el costo de una alcaldía, que puede ascender a los
dos o tres mil millones de pesos demostrados en las declaraciones de renta, pero que
aparecen de “un momento a otro” (Comunicación personal. 3 de junio de 2018):
“en toda negociación por votos se pide un adelanto en dinero, por si el candidato
pierde las elecciones” [Considerando el escenario de la derrota] “Hay políticos de
nacimiento, que tienen el carisma y el don de gente, y otros que ni comprando a
todo un municipio, los eligen, la gente no los quiere”. [Volviendo al origen del
dinero] “ese capital tiene casi siempre orígenes poco justificables que usualmente
explican [en las declaraciones de renta] mediante “compras fantasma” de cabezas
de ganado y de hectáreas de tierras [particularmente en el municipio cordobés, las
entrevistas coinciden en estos negocios jurídicos (la compra y venta de semovientes
y de bienes inmuebles que no existen o que pertenecen a otros miembros del grupo
político) como las fuentes más sencillas para ´comprobar´ que el candidato tiene en
su cuenta miles de millones de pesos que luego invertirá en su candidatura] en las
planicies colombianas” (Comunicación personal. 3 de junio de 2018).
Por otra parte, el empresario de la política, que generalmente hace parte un grupo
político tradicionalmente poderoso en la región, ostenta lo único que puede hacer la
proyectos de obra pública e interventoría de los mismos contratos en el municipio. En esta enunciada
denuncia resalta la supuesta triangulación de recursos a través de contratos interadministrativos,
principalmente por medio de la empresa Jaguazul S.A, la cual tiene como miembro principal de la junta
directiva al Alcalde de Montelíbano, municipio cordobés.
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diferencia entre un gasto económico descomunal sin frutos futuros y una épica victoria en
una contienda electoral para el nuevo aspirante al poder: los votos. Así, el endosante tiene a
su disposición los caudales electorales que mantiene cautivos por medio de la lealtad y la
fidelidad, así como la maquinaria política que pone en marcha compuesta por líderes
locales para alcanzar el efectivo endoso de los votos negociados.
Particularmente en las elecciones regionales la fórmula para seducir a los votantes
está poco relacionada con las propuestas que presenten los candidatos (Comunicación
personal. 2 de julio de 2018). En las regiones colombianas caracterizadas por la pobreza
como determinante de la gran mayoría de la población, curiosamente la abstención electoral
es reducida y las elecciones, reñidas. Esto se debe primariamente a que los votos están
prácticamente comprometidos, cautivos en su mayoría (Comunicación personal. 2 de julio
de 2018), desde la época de los antiguos caciques electorales, pasando por la caída de los
baronatos, hasta el surgimiento del clientelismo como regla general de los partidos políticos
y de las relaciones electorales actuales. Así, los votos que ponen y quitan Alcaldes,
Gobernadores, Concejales, Ediles y demás miembros de corporaciones, están cautivos por
un puñado de empresarios de la política que los endosan a su conveniencia y se mantienen
perennemente en el poder.
A continuación se explorará cada una de las categorías de los recursos que tendrá a
su disposición el endosatario para negociar, procurando, a través a de sencillos ejemplos,
mostrar cómo es la dinámica del endoso de caudales electorales en las elecciones
regionales en Colombia:
(i) Los cargos quizá pueden configurar la categoría más extensa para describir los
recursos que ostentan los candidatos al poder. En un primer momento, es
menester hacer la claridad de que “los cargos no sólo se refieren a la
representación política [y que por lo tanto], van desde las Secretarías de una
Gobernación o Alcaldía local, hasta los puestos de menor rango, como
secretarias, asistentes, asesores, abogados, contadores [y demás de libre
nombramiento y remoción]. Estos cargos incluyen ofertas laborales para
personas de todos los niveles de formación, tales como el personal de aseo de la
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Administración, los servicios de escolta privada, los servicios de mantenimiento
y demás” (Comunicación personal. 03 de junio de 2018).
Esta categoría descrita como los cargos resulta extremadamente importante, ya
que es la que garantiza la perennidad en el poder del endosante. Esto por cuanto
es el empresario de la política que endosa los votos al endosatario o aspirante
candidato, quien transfiere un listado de sus líderes locales, “para que les sea
garantizada una estabilidad laboral por el periodo en que permanezca en el
poder, el mandatario electo” (Comunicación personal. 03 de junio de 2018).
Así, los cargos se configuran como los mínimos a través de los cuales se
mantienen vigentes los empresarios de la política, ya que son sus líderes locales,
a quienes se les garantiza un cargo al fin de los comicios electorales, los que
apoyan con sus votos y los de sus comunidades, al endosatario, entendiéndolo
como el candidato que negoció con el endosante. Estos líderes locales deben ser
entendidos como la base electoral del grupo político y/o del empresario de la
política (endosante), ya que son estos quienes consiguen que, efectivamente, los
votos negociados lleguen a las urnas.
Con lo anterior se recupera la tesis de Leal Buitrago y Dávila Ladrón de
Guevara (2009, p. 46), en la medida en que el efectivo endoso de caudales
electorales opera, primordialmente, a través de la lealtad y fidelidad como bases
ideológicas de la contraprestación de los servicios. Es decir, son estos líderes
locales quienes pasan a ocupar los cargos pequeños y medianos durante el
mandato del endosatario, manteniendo así, intacta su lealtad al endosante, quien
en época de elecciones les indica a qué candidato van a apoyar durante la
contienda que empieza y más importante, cuántos votos debe aportar cada uno
para garantizar su trabajo (el cargo), sustento y estabilidad financiera durante los
próximos años.
En el caso cordobés, las entrevistas a diferentes líderes locales de los municipios
de Lorica, Cereté, Sahagún y Chinú, permitieron evidenciar cómo opera la
contraprestación de los cargos a cambio de su lealtad y fidelidad, además de su
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continua e incansable labor durante la época de la contienda electoral. Así
entonces, algunos líderes locales coincidieron en que “hay familias que son muy
serias y si prometen un cargo de secretaria o de escolta, lo dan… otras veces
uno se ‘estrella’, porque apoya y se ‘suda la camiseta’ por un candidato y ya
cuando lo eligen, ni contestan el whatsapp” (Comunicación personal. 8 de
noviembre de 2018).
Después de cuestionar a los líderes locales sobre cómo tenían certeza de si el
cargo prometido, les sería dado al finalizar los comicios, la gran mayoría
coincidió en que “hay gente seria [Que cumple con la entrega del cargo
acordado] y hay gente que llega y solo quiere la Alcaldía [Es decir, los que
nunca les vuelven a contestar y no cumplen con lo acordado]. Mi familia
siempre vota con el mismo grupo y uno sabe que ellos cumplen” (Comunicación
personal. 8 de noviembre de 2018).
Adquiere relevancia la manera en la que se reproducen las estructuras
clientelistas entre los líderes locales y los empresarios de la política endosantes
de los caudales electorales. Especialmente con respecto al elemento de la
fidelidad y la lealtad, el cual se pudo constatar, pasa de generación en
generación en las elecciones regionales, ya que son los tradicionales grupos
políticos generalmente familiares, los que adquieren votos cautivos y mantienen
y cumplen los compromisos de proveerles empleo a los líderes locales y a sus
familias, quienes movilizan a los votantes de sus comunidades. Así entonces,
después de las elecciones, durante el tiempo que permanezcan en el cargo, se
ven beneficiados los líderes locales y sus familias, por mantener en el poder a
los mismos empresarios de la política, o a quienes ellos dispongan (a los
endosatarios).
(ii) Los contratos, entendidos como todos los actos jurídicos que generan
obligaciones para las partes, son un recurso importante de los candidatos,
endosatarios de los caudales electorales, en las negociaciones con los
endosantes. La disponibilidad y la cuantía de los mismos dependerá del cargo al
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que aspire el endosatario. Generalmente en elecciones regionales, los contratos
se convierten en la fuente de ingresos más codiciada por los empresarios de la
política. Por ejemplo, la adjudicación de un negocio jurídico, público o privado,
para algún miembro del grupo político del empresario de la política, o para él
mismo, suele ser una de las más recurrentes contraprestaciones con las que
negocian los endosatarios (Comunicación personal. 2 de julio de 2018).
En las entrevistas realizadas a varios empresarios de la política en el municipio
cordobés, se obtuvieron diversas versiones sobre el rol que cumplen los
contratos dentro del endoso de caudales electorales. Por ejemplo, en Lorica,
después de entrevistar a tres (3) empresarios de la política, se encontró que “la
mayoría de contratos ya están ‘amarrados’ a dos o tres familias hace más de
veinte años, por eso la Alcaldía pasa de una familia, a otra, los candidatos
siempre tienen los mismos apellidos” (Comunicación personal. 12 de noviembre
de 2018).
Frente a este escenario, se cuestionó entonces, el rol cumplían los contratos
dentro de las negociaciones. Sin embargo, otro empresario advirtió que son los
“grandes contratos los que ya tiene dueño” (Comunicación personal. 12 de
noviembre de 2018), tales como las vías, el alcantarillado y demás contratos de
obras públicas con tiempos de ejecución prolongados. Mientras que “los
contratos pequeños suelen rifarse entre los miembros del Consejo para que
permitan que todos los proyectos de la administración salgan bien”
(Comunicación personal. 12 de noviembre de 2018).
En este punto adquirió relevancia el papel que cumple el Concejo de los
municipios en el fenómeno político de endoso, ya que en las entrevistas se
advirtió en múltiples ocasiones, los empresarios de la política consideran que los
concejales pueden llegar a ser un obstáculo molesto (Comunicación personal. 12
de noviembre de 2018) para la consecución de los proyectos que tengan los
grupos políticos al oponerse a otorgar los permisos necesarios. Por esta razón, se
evidenció una reiterada mención a la necesidad de tener a los concejales
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“amarrados”, es decir, favoreciendo a los empresarios de la política
(Comunicación personal. 2 de julio de 2018).
Aparte del caso de Lorica, llamó la atención el caso del Cereté, donde se
descubrió que el contrato más codiciado y frente al cual se surten la mayoría de
las negociaciones, es el Tránsito Municipal (que en realidad no es un negocio
jurídico en término estrictos, pero que dentro de la ilegalidad toma la forma
negocial de uno). Esto por cuanto el Instituto Municipal de Transporte y
Tránsito de Cereté se encuentra bajo la potestad de la Administración Local, es
decir la Alcaldía y existe al parecer, un “gran negocio” para el alcalde de turno y
su administración (Comunicación personal. 12 de noviembre de 2018). Según
fue descrito, éste constituye quizá el mejor negocio que hay en el municipio, ya
que diariamente son detenidas más de cien (100) motos por diferentes
violaciones del Código de Tránsito, las cuales como mínimo deben pasar un día
y una noche en ‘los patios’, los cuales a su vez, son de la administración.
Así entonces, cobrando a cada uno de los cien (100) infractores diarios, por lo
menos una noche en los ‘patios’, para luego cobrar el comparendo por no usar
casco, o por llevar parrillero de más, por haber incurrido en alguna de las
decenas de infracciones que contiene el Código de Tránsito, el Tránsito
Municipal “reporta más de doscientos millones de pesos mensuales libres para
quien tenga la alcaldía. Pero libres. Ya después de haberle pagado la cuota a
los policías de tránsito, al que alquila los patios, al que avisó que la moto o el
carro estaba mal parqueado, a los que cuidan los vehículos, quedan entre
doscientos y trescientos [millones de pesos] que es lo que los políticos ven como
la mina de oro” (Comunicación personal. 12 de noviembre de 2018).
El caso de Cereté tiene similitudes con el del Centro Médico en Chinú y en
Sahagún, municipios en los cuales se encontró que la ‘mina de oro’ en materia
de “los contratos” guardaba estrecha relación con la prestación de servicios de
salud. Principalmente porque el Estado envia un monto preestablecido de
recursos a los Centros Médicos CAMU (Centros de Atención Médica de
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Urgencia), pero ese valor era estimado con los “costos de las ciudades
grandes”, es decir, “calculando que a un médico de Bogotá, se le paga lo
mismo que a uno acá y eso no es así. Entonces entre honorarios,
capacitaciones, implementos de aseo, medicinas y muchas cosas que acá en los
municipios o ciudades pequeñas salen más baratas [económicas], el CAMU es
un negocio redondo, se le puede sacar quinientos o setecientos, depende de qué
tan organizados sean” (Comunicación personal. 12 de noviembre de 2018).
A partir de lo anterior puede concluirse cómo los contratos se convierten en un
valioso recurso a partir del cual los endosatarios y endosantes pueden entrar en
negociaciones. En conclusión, se encontró que en el caso de las elecciones
regionales en los municipios cordobeses, los Centros Médicos son generalmente
el más preciado contrato en las negociaciones, seguido por el Tránsito
Municipal y habiendo menciones también de los Mercados o Plazas de frutas y
verduras como una fuente de ingresos segura y menos “llamativa
(Comunicación personal. 12 de noviembre de 2018). Esto por cuanto la utilidad
de estos últimos, proviene directamente de los vendedores quienes pagan
mensualidades por mantener sus puestos de venta en las mejores ubicaciones,
lejos de las zonas más peligrosas y sin protección de la Policía Municipal.
Sin embargo, persiste un elemento de riesgo cuando son los contratos los
recursos con los que el aspirante entra en negociaciones con los empresarios de
la política: la incertidumbre que existe frente a la cantidad de recursos que
destinará efectivamente el Gobierno para el Municipio, Ciudad o Departamento
en cuestión; es decir, la adjudicación del contrato prometido estará sujeta a la
distribución del gasto público y al cargo al que aspire el endosatario. Esto
último, principalmente por la variación, entre cargos públicos, de adjudicación
de dineros del Estado. Así, por ejemplo, una Alcaldía o una Gobernación, podrá
disponer de más capital para adjudicar contratos, que un Concejo o una
Asamblea Departamental (Comunicación personal. 8 de julio de 2018).
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(iii) El protagonismo de terceros o del endosante mismo en las actividades
principales de la Administración. En este caso por “terceros” se entienden
aquellos miembros del grupo político que pretenden, en futuras elecciones,
aspirar al cargo público para el que el endosante resultó electo, o que
simplemente buscan engrosar sus caudales electorales. Esta dinámica consiste,
en que estos terceros tengan protagonismo y visibilidad en las actividades que
lidere el endosatario ya electo, durante el tiempo que esté en el cargo.
Particularmente este configura un recurso que si bien entra en las negociaciones,
se ejecuta en la práctica y responderá al curso de las aspiraciones políticas que
tenga el endosante o su grupo. Dentro de este recurso, existe un beneficio
importante para el tercero que participe recurrentemente en las actividades (que
puede ser el endosante mismo) y su grupo político. Principalmente, porque le
permite realizar una campaña política gratuita, antes del inicio de la época
electoral y aprovechando la plataforma política en acción del candidato electo,
para llegar a los votantes, líderes locales y comunitarios y demás movilizadores
de caudales electorales (Comunicación personal. 23 de octubre de 2018).
Algunos ejemplos de las actividades en las que se pueden involucrar terceros,
miembros del grupo político o el mismo endosante, refieren a entregas de
regalos en festividades, brigadas de salud, asistencia humanitaria durante
emergencias, inauguraciones de obras y demás (Comunicación personal. 23 de
octubre de 2018). Con esta participación en las actividades se consigue burlar
las fechas de inicio de contiendas electorales, haciendo una campaña con más
tiempo, menos recursos y sobretodo, con una mayor visibilidad, al estar de la
mano del político electo.
El hacer un constante acompañamiento al político electo durante el desarrollo de
las actividades con mayor visibilidad utilizando su plataforma en curso con fines
políticos no es una estrategia exclusiva del endoso de caudales electorales. Por
el contrario, puede ser identificada en todos los sistemas políticos a nivel
nacional y regional. Sin embargo, qué tan evidente sea este acompañamiento si
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diferirá y dependerá del tipo de contienda electoral que se surta. A nivel
enunciativo más no taxativo, puede encontrarse que el apoyo hacia un
mandatario puede darse a través de medios tan sutiles como aplaudir su gestión
por medio de las redes sociales, o en el caso de los parlamentarios, respaldando
sus proyectos o propuestas.
No obstante, en escenarios regionales donde lo que se pretende es reforzar la
fidelidad de los votos cautivos o de los líderes locales que tienen una influencia
directa en los caudales electorales, el apoyo toma una forma más presencial y se
traduce en un acompañamiento físico en los eventos con mayor visibilidad. Se
encontró que en el municipio cordobés de Cereté, es muy frecuente que el
político electo asista a los eventos importantes con una comitiva, conformada
entre otros, por el o los futuros aspirantes al siguiente periodo. Así entonces, a la
entrega de regalos a los niños y sus padres en época decembrina, asiste el
Alcalde del municipio, junto con su familia y un grupo de personas, que
incluyen al aspirante a las elecciones de 2019. De esta forma, el nuevo
candidato, va dando a conocer su nombre, se acerca a los votantes y a sus hijos,
llevando el mensaje de que votar por él, en las próximas elecciones, es un voto a
la continuidad de un buen mandato y de una administración generosa
(Comunicación personal. 23 de octubre de 2018).
(iv) El apoyo a las iniciativas que el grupo político endosante encabece, pretende
consolidar la huella de las acciones que los empresarios de la política lideran,
que se traducen en el fortalecimiento de la fidelidad y lealtad de los líderes
locales y consecuentemente, del sostenimiento y crecimiento de los caudales
electorales de los mismos (Comunicación personal. 03 de junio de 2018). En
escenarios regionales este recurso es recurrente cuando el grupo político o el
empresario de la política endosante, mantienen una activa agenda pública de
inversión en las comunidades que más aportan votos a sus candidatos. Este
apoyo puede venir en medios tan sencillos como un comunicado de prensa
donde se exalte la labor del endosante, o donde se le agradezca por su proactiva
y generosa influencia en el departamento o municipio.
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Finalmente, este recurso, tanto como el previamente descrito, significan para el
empresario de la política o para los medios del grupo político del mismo, una
propaganda positiva para sus aspiraciones futuras (Comunicación personal. 03
de junio de 2018). Siendo así, se dispone una figura de contraprestación, donde
el endosatario, candidato ya electo, aporta su credibilidad y su plataforma
política como una tarima para que los miembros del grupo político endosante
puedan mostrar sus preeminencia en la región y así mantener intactas sus redes
clientelistas y aumentar sus votos cautivos, a cambio del apoyo de estos mismos
caudales electorales durante la contienda electoral.
(v) El capital monetario como recurso del endosatario es un recurso sin el cual, las
negociaciones con los endosantes no culminarían, ya que si bien los empresarios
de la política en ocasiones realizan un aporte en capital a la campaña política del
candidato, es este último quien debe financiar la mayor parte de la candidatura.
Además, dentro del elemento de la financiación entran los gastos referidos a la
logística requerida para hacer efectivo el endoso de votos, tales como las
reuniones que se realizan con los ciudadanos y la comida y bebidas que
generalmente se ofrecen durante las mismas, las camisetas, gorras, pancartas,
stickers para carros y paredes y demás artículos publicitarios que se distribuyen
a los líderes locales para que repartan a sus votantes y los medios de transporte
de los votantes hacia los centros de votación en el día de las elecciones
(Comunicación personal. 03 de junio de 2018). Además dentro de este recurso
meramente financiero, entra el elemento logístico, descrito como el costo de los
bienes y servicios que requieren los votantes para, efectivamente, depositar su
voto por el candidato que les sea indicado.
Estos últimos bienes y servicios enunciados, son generalmente todas aquellas
peticiones que se traducen en las soluciones temporales, raramente permanentes,
para las necesidades primarias de los ciudadanos (Comunicación personal. 03 de
junio de 2018). Es en este punto donde se evidencia la directa relación entre la
pobreza y las precarias condiciones de vida de los votantes de pequeños y
medianos municipios, con los altos índices de votación obtenidos en las
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elecciones regionales y nacionales. Tal y como lo describen Cendales (2012) y b
(2011), la valoración que realiza una persona cuando se enfrenta a una oferta a
cambio de su voto, está intrínsecamente relacionada con las condiciones de vida
de la misma. Cendales particularmente construyó el argumento de que “las
exigencias de un votante en una eventual negociación por su voto disminuyen
siempre que sus condiciones de vida material se deterioren, en tanto que
requiere resolver de manera urgente su mundo material más inmediato” (2012,
p. 279). Por otra parte, Gersbach y Muhe (2011), describieron que la factibilidad
de comprar y vender votos, guarda una cercana relación con reducidos niveles
del capital humano mínimo para la subsistencia de los ciudadanos.
Añaden los últimos autores, que estos ciudadanos descritos, usualmente carecen
de un esquema de subsidios en educación, lo cual facilita la manipulación de los
mismos por medio de la provisión bienes, tales como alimentos, elementos de
higiene personal, pago de matrículas de educación para sus familiares, útiles
escolares y otros, como inodoros, tejas para el techo, cemento para sus hogares,
llantas para las motos y hasta bonos de gasolina. Por otra parte, la provisión de
los servicios también se convierte en una fuente de lealtades y fidelidades que se
traducen en votos. En la práctica, en las regiones colombianas, los servicios no
son provistos por el Estado como deberían serlo, lo que aumenta las necesidades
primarias de los ciudadanos y aumenta la vulnerabilidad de los mismos. Es en
este punto cuando los empresarios de la política, a través de sus líderes locales
se convierten en los proveedores de dichos servicios requeridos, ganando así, la
lealtad de no sólo una familia de potenciales votantes, sino de comunidades
enteras que reciben, de un momento para otro, el servicio de alcantarillado,
pavimentación, electricidad, urbanización y demás.
En este punto es menester realizar la precisión de la coexistencia de distintos
tipos de bienes y servicios que son provistos, principalmente por los efectos de
los mismos en el tiempo y en la relación con los votantes. Identificando así, que
dentro de los bienes públicos que son objeto de negociación con los votantes
están: los bienes públicos comunitarios (alcantarillado, pavimentación,
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electricidad, urbanización etc) y los bienes de consumo individual (tales como,
bonos de gasolina, un mercado para el votante, el dinero para el pago de una
receta médica, la matrícula del colegio o universidad de los votantes o sus hijos,
o un inodoro para la adecuación del hogar).
A partir de la separación de los bienes que ostenta y provee en político, en
públicos comunitarios y de consumo individual, se vislumbran las diferentes
relaciones con los votantes. Principalmente porque son estos últimos, es decir
los de consumo individual, los que le permiten a los políticos controlar a los
votantes, mantenerlos cautivos y reforzar los valores sociales de lealtad y
fidelidad que llenan de contenido al fenómeno político del endoso de
electorado, porque siempre van a necesitar más (Comunicación personal. 03 de
junio de 2018). Así entonces, cobra más relevancia las previamente enunciadas
observaciones de Cendales (2012, p. 279) y de Gersbach y Muhe (2011), al
ponerse en evidencia la relación directa entre las necesidades primarias e
inmediatas de los votantes, que se ven temporalmente aliviadas con la provisión
de los bienes de consumo individual, y la factibilidad de los mismos de negociar
con sus votos. Por otro lado, con los bienes públicos desaparece la
intermediación del político y resultan menos eficaces para la mantención de sus
votos cautivos, ya que líderes políticos, empresarios de la política y políticos
electos, pueden reclamar el crédito por la entrega de este tipo de bienes, sólo una
vez: cuando se brinda el servicio, pero más adelante no, ya que no pueden privar
a los votantes de disfrutar del bien público.
Otro elemento que entra dentro de la categoría de gastos en los incurrirá el
endosatario, candidato al cargo público, se describe en la práctica como un
“aporte al crecimiento del grupo político” (Comunicación personal. 03 de junio
de 2018) del endosante. Responde este último a la necesidad de un ingreso
considerable al empresario de la política que tiene los caudales electorales para
endosar, con el fin de que su grupo “crezca”. Este crecimiento puede referirse a
coimas para ser divididas dentro de los miembros del grupo político, a cuotas de
“agradecimiento” (Comunicación personal. 03 de junio de 2018) o incentivos,
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para ser distribuidos entre los mejores líderes locales (los que consigan más
votos de los inicialmente pactados), o a una reserva financiera con la que cuenta
el grupo para asegurar su participación (y victoria) en las próximas elecciones
que les garanticen un exponencial crecimiento de representación política a nivel
regional y nacional.
Particularmente en el caso de las elecciones regionales, el capital que debe
disponer un candidato para costear su candidatura y pagar lo correspondiente al
endosante de votos (Comunicación personal. 03 de junio de 2018), puede
ascender hasta sumas billonarias: “hay estimaciones de que una campaña al
Congreso puede valer hasta 24.000 millones, lo que cuesta una campaña
presidencial.”11
En el caso cordobés, se encontró que “una alcaldía puede
costar entre 4.000 y 6.000 millones, si es de las pequeñas, como Lorica, no pasa
de 3.000, excepto si uno va contra un Jattin, [Grupo político familiar tradicional
en el municipio Cordobés que actualmente tiene como alcaldesa de Lorica a
Nancy “Chofy”],… es lo mismo que una Gobernación. Normalmente, en una
fecha tranquila y que no sean atípicas, puede costar 10 mil [millones de pesos],
pero si se va contra un candidato de los Besaile, se puede subir a 40 o 50 mil,
porque toca comprar a medio departamento” (Comunicación personal. 18 de
julio de 2018).
Así entonces, estas cifras pueden variar drásticamente y están directamente
relacionadas con los contrincantes a quienes se disponga vencer el candidato, al
ambiente electoral que caracterice la contienda, al apoyo, o la falta del mismo,
de los partidos políticos tradicionales a candidato y a la popularidad del mismo
entre los votantes12
. Recientemente han salido a la luz, una gran cantidad de
11
Ver, Revista Semana: Las sumas y restas de las campañas políticas. Disponible en:
https://www.semana.com/nacion/articulo/campanas-politicas-2018-inversion-en-dinero/559767. Ver, Revista
Dinero: “Los topes electorales normalmente no se cumplen”, advierte reconocido estratega político.
Disponible en: https://www.dinero.com/pais/articulo/como-se-financian-las-campanas-politicas-en-
colombia/252043 12
Para la Cámara de Representantes, los topes de gastos dependen de la cantidad de personas habilitadas para
votar (el censo electoral) y el número de curules disponibles en cada departamento. Cada una de las listas de
Senado, se estableció un tope de gastos de hasta 88.413 millones de pesos entre todos sus integrantes para la
elección del 2018 (Resolución 2796 de 2017). Dado que se podían postular hasta 100 por lista, el número de
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escándalos entre políticos y demás funcionarios públicos, que ejemplifican a la
perfección la dinámica que ocurre a puertas cerradas entre los negociantes13
.
Así entonces, el caso colombiano y puntualmente el caso Cordobés, permite
vislumbrar cómo las dinámicas clientelistas, si bien han mutado considerablemente desde el
siglo XX, se mantienen como estructuras características de las relaciones electorales
regionales en el país. Una de las dinámicas del clientelismo que se presenta con mayor
frecuencia en la actualidad, es la del endoso de caudales electorales, fenómeno político que
ha carecido de un profundo estudio por parte de la academia, por el hecho de llevarse a
cabo en negociaciones a puerta cerrada entre empresarios de la política altamente
influyentes.
Estos empresarios de la política cordobeses, que conforman los grupos políticos
regentes en los municipios objeto de estudio: Chinú, Cereté, Lorica, Purísima y Sahagún,
encajan en la descripción que Latorre expuso: líderes que encuentran su nicho idea en el
nivel regional, por la acentuación de su visibilidad e importancia social (1974, p. 257).
Esto, por cuanto todos los empresarios de la política observados y entrevistados, son
miembros de las élites socioeconómicas regionales y nacionales y tienen acceso a los
recursos electorales, sociales, intelectuales y económicos (Latorre, 1974, p. 257) que les
permiten entrar en negociaciones con sus pares para garantizar la inmutabilidad de su status
quo.
curules a proveer, cada uno de los candidatos pudo reportar gastos hasta por 884,1 millones de pesos. Estos
son los departamentos con topes superiores a los 1.000 millones por Campaña a Cámara: Bogotá, Valle,
Atlántico, Cundinamarca, Santander, Bolívar, Córdoba, Norte de Santander, Nariño, Cauca, Magdalena, La
Guajira, Chocó, Caquetá, Casanare, Putumayo, Arauca
Información disponible en: https://www.semana.com/nacion/articulo/campanas-politicas-2018-inversion-en-
dinero/559767 13
Ver: ElTiempo: “Pagos de Alejandro Lyons habrían llegado a Edwin Besaile”. Disponible en;
https://www.eltiempo.com/justicia/investigacion/pagos-de-alejandro-lyons-habrian-llegado-a-edwin-besaile-
gobernador-de-cordoba-155344 ; WRadio: “Los pagarés que entregará Alejandro Lyons en Estados Unidos”.
Disponible en: http://www.wradio.com.co/noticias/actualidad/los-pagares-que-entregara-alejandro-lyons-en-
estados-unidos/20170901/nota/3566964.aspx ; El Heraldo. “Comerciante Miguel Ramírez admite que le
prestó 2000 millones a Musa Besaile”. Disponible en: https://www.elheraldo.co/cordoba/comerciante-miguel-
ramirez-admite-que-le-presto-2000-millones-musa-besaile-408899 ; Caracol. “Corrupción en la Justicia,
“Sobornos del senador Musa en la Corte, se pagaron con dineros de la corrupción en Córdoba”. Disponible
en: http://caracol.com.co/radio/2017/09/12/judicial/1505170933_202074.html
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Si bien el nivel más alto de este fenómeno clientelista descrito en el presente texto
había pasado inadvertido, sus efectos, a saber la compraventa directa de votos y el traspaso
de curules y de cargos políticos entre empresarios de la política, alertan la opinión pública,
sin que exista en la actualidad, una normatividad que efectivamente pueda derrumbar estas
estructuras que sostienen a grupos y familias de políticos por generaciones en el poder.
Conclusiones
Las prácticas políticas en Colombia, históricamente, se han visto contaminadas con
las estructuras clientelistas emergentes, dificultando el ideario democrático que en teoría
rige las elecciones de los servidores públicos en el país. La reproducción y traspaso
generacional de fidelidades y lealtades hacia grupos políticos, líderes locales y antiguos
barones, permea las contiendas electorales en Colombia, haciéndose más evidente en las
elecciones regionales. Para la presente investigación se escogieron los municipios de
Cereté, Chinú, Lorica, Purísima y Sahagún en el departamento de Córdoba, con el fin de
responder al interrogante de ¿cuál es la dinámica del endoso de electorado en Colombia?
Con el lente de la etnografía enfocado en estos municipios se escogieron como sujetos de
análisis: los empresarios de la política, los líderes locales y por conexidad, los votantes. A
partir de estas determinaciones, la investigación partió de la revisión de literatura con el
objetivo de llenar de contenido las categorías conceptuales más relevantes que se
encontraron: corrupción, clientelismo, compraventa de votos y political brokers (líderes
locales).
Así entonces, la investigación utilizó un enfoque estructural para asociar las
categorías encontradas en la literatura, con las imágenes cotidianas obtenidas en la
etnografía. Con esto, los resultados de la investigación permitieron satisfactoriamente llenar
de significado cada una de estas categorías conceptuales y determinar cómo se estructura la
dinámica del endoso de electorado en las elecciones regionales en los municipios escogidos
del departamento sinuano.
En un primer momento, se pudo verificar la primera hipótesis propuesta en la
investigación: que las prácticas de endoso de electorado tienen más facilidad de ocurrir en
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contextos regionales, ya que este sistema les permite a los candidatos manejar sus
clientelas.
Con respecto a este supuesto, se encontró que el nivel regional es un escenario
propenso para el surgimiento, reproducción y normalización de las prácticas clientelistas
como el fenómeno político del endoso de electorado, particularmente porque en las
elecciones regionales en Colombia, dichas prácticas se representan en su forma más pura y
se normalizan (Cepeda, 2011) (Milanese, Abadía, & Manfredi, 2016). Así, siguiendo la
tesis de Hicken, se encontró que en el nivel subnacional, en este caso municipal, se
mantienen intactas las estructuras patronales y clientelistas (2007, p. 56). Esto, por una
razón principalmente financiera: los fondos de los candidatos en las regiones y ciudades
pequeñas son distribuidos con mayor eficacia y esto reduce los costos de la compraventa de
votos para los candidatos (Hicken, 2007, p. 57), permitiéndoles asegurar las elecciones por
medio de transacciones, cálculos e inversiones que atañen las negociaciones fundantes del
endoso de caudales electorales.
Fue con base en esta hipótesis que se realizó la investigación desde el nivel
municipal. Con la comprobación de la misma, siguió el acercamiento a cada uno de los
municipios en lectura del postulado de Cepeda (2011), para quien el nivel gubernamental es
el que está más cerca de la gente y en el que la ciudadanía no sólo está en la posibilidad de
ver, sentir y sufrir los efectos de la corrupción y del clientelismo, sino de identificar a los
beneficiarios de los mismos. Esta cercanía hizo más provechoso el análisis de este
fenómeno de endoso de electorado en el nivel regional, en la medida en que se pudo
evidenciar cómo coexisten dentro del mismo escenario de mercados electorales: los
empresarios de la política (endosantes y endosatarios), los líderes locales y los votantes
(Observaciones, 2 de junio – 4 de noviembre, 2018).
Durante el transcurso de la investigación se comprobó en reiteradas ocasiones cómo
la expuesta formulación de Cepeda (2000) encaja en el caso de la política regional del
departamento cordobés y en especial, de los municipios escogidos. Esto por cuanto se pudo
demostrar la cercanía entre los sujetos de estudio, quienes en ocasiones eran familiares,
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vecinos de barrio, trabajaban juntos, tenían parientes en común y demás relaciones que les
vinculaban (Observaciones, 01 de junio - 18 de junio, 2018) (Comunicación personal, 18 de
julio de 2018) (Comunicación personal. 03 de junio de 2018). Lo anterior soportó la
afirmación de que en el nivel regional son más visibles las relaciones de amistad asimétrica
entre los líderes clientelistas y sus clientelas (Cepeda, 2000).
Por ejemplo, en el caso de Sahagún se encontró durante las entrevistas que algunos
líderes locales tenían vínculos sanguíneos con los empresarios de la política (Comunicación
personal. 12 de noviembre de 2018). Dos casos fueron especialmente relevantes, ya que a
pesar de ser familiares que compartían los mismos apellidos con los empresarios de la
política, recibían tratos diferenciados y hasta vivían condiciones drásticamente diferentes,
los primeros de los segundos (Observación. 12 de noviembre de 2018). Lo que resultó más
llamativo para la investigación, fue que en ambos casos los líderes locales trabajaban en el
círculo interno de los empresarios, sus familiares (Comunicación personal. 12 de
noviembre de 2018) (Observación. 12 de noviembre de 2018).
En un caso, el líder, aparte de conseguir los votos que le eran indicados durante la
época de las contiendas electorales, era el conductor de la esposa del alcalde del municipio,
lo que le garantizaba un acceso mayor que el de sus pares a las negociaciones y eventos
(Observación. 12 de noviembre de 2018). Sin embargo, era notorio que para los
empresarios de la política, el líder no ostentaba el mismo nivel socioeconómico, por lo cual
no se referían a él como miembro del grupo político, sino como un trabajador de la alcaldía
(Observación. 12 de noviembre de 2018). El segundo caso asemeja al primero, con la
diferencia de que el líder local era medio hermano del empresario de la política, no obstante
la distancia entre estos era aún mayor, al ser la subordinación el elemento característico de
la relación (Observación. 15 de noviembre de 2018).
Además de las relaciones entre los empresarios de la política y sus líderes locales, se
pudo concluir que el nivel regional les permite a los empresarios de la política endosantes,
manejar sus caudales electorales con mayor destreza por diversos motivos. En primer lugar,
los contextos regionales, al mantener intactas las estructuras patronales y clientelistas
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(Hicken, 2007, p. 56), en parte por la cercanía de los empresarios de la política con sus
líderes locales clientelas, se convierten en espacios propensos para que surjan y se
mantengan vigentes fenómenos de respaldo ciudadano a los grupos políticos o a los
endosantes mismos: votos cautivos.
En segundo lugar, se encontró que por el característico elemento de la cercanía entre
los sujetos de estudio en el nivel regional, se reduce el elemento de la incertidumbre sobre
si efectivamente el número de votos negociados llegará a las urnas (Lehoucq, 2007) en
favor del endosatario. Esta reducción de incertidumbre es el punto de partida y de
afianzamiento de la constitución de los mercados electorales en los cuales, cada voto tiene
un valor y es fácil saber cuántos votos consiguió o no, un líder local, haciendo más
imperante el control que tienen los empresarios de la política sobre estos (Lehoucq, 2007).
En tercer lugar, si bien el objeto de la investigación estaba delimitado a las
negociaciones entre empresarios de la política que ocurren ad portas de las contiendas
electorales, al realizar la etnografía se pudieron percibir las condiciones de vida de los
habitantes de los municipios (Observaciones, 2 de junio – 4 de noviembre, 2018). Así,
exceptuando a los empresarios de la política, la mayoría de líderes locales y de votantes, es
decir, la gran parte de la población de los municipios cordobeses, viven en condiciones de
pobreza. Se relaciona este indicador con la literatura según la cual las exigencias de un
votante al que se le enfrenta con una oferta de vender su voto o de asegurar su apoyo y el de
su familia a un determinado candidato a cambio de estabilidad laboral o de oportunidades
de estudio (Comunicación personal. 12 de julio de 2018), “disminuyen siempre que sus
condiciones de vida material se deterioren, en tanto que requiere resolver de manera
urgente su mundo material más inmediato” (Cendales, 2012, p. 279)
Este resultado referente a las condiciones de vida de un gran porcentaje de la
población cordobesa en los municipios escogidos, está particularmente relacionado con la
categoría de capital monetario que se presentó, al poderse observar cómo las
contraprestaciones ofrecidas por los líderes y por los mismos empresarios a los votantes en
ocasiones, no superaban un almuerzo o una promesa de, en el futuro, instalar el acueducto
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en el barrio de la comunidad (Comunicación personal. 03 de junio de 2018). Así entonces
se concluye el resultado con la teoría de crecimiento que sostiene que en una democracia
donde la contraprestación a partir de los votos sea una posibilidad, los ciudadanos carecen
del capital humano mínimo para su subsistencia y de un esquema de subsidios en educación
(Gersbach & Muhe 2011).
Ahora bien, los resultados de la investigación permitieron también confirmar la
segunda hipótesis propuesta: que la lealtad y la fidelidad son las bases de la
contraprestación de los servicios que constituyen los valores sociales que le dan contenido
ideológico al fenómeno político del endoso de electorado.
Al respecto, según la literatura, la lealtad y fidelidad como bases ideológicas de la
contraprestación de servicios en las prácticas políticas son elementos que se remontan
históricamente. En el caso colombiano, el Frente Nacional fue el escenario ideal para la
exacerbación del clientelismo y la posterior normalización de la apropiación de recursos
públicos por parte de los empresarios de la política, usurpación de bienes y servicios que les
provee los medios para pagar la lealtad y fidelidad de los votantes (Orjuela, 2018).
Asimismo, el fraccionamiento de los partidos políticos tradicionales en el siglo XX, resultó
en un considerable aumento en la competencia política en el ámbito regional, forzando una
reestructuración y mejoramiento de las estructuras clientelistas para mantener inmutables
las fidelidades y lealtades de los líderes locales y consecuentemente de los votantes
(Milanese, Abadía y Manfredi, 2016; Pino, 2017).
A partir de la investigación se puso en evidencia que existe una correlación entre los
votos cautivos, que conforman gran parte de los caudales electorales negociados entre
empresarios de la política y la lealtad y fidelidad de los votantes cautivos en estas
estructuras. Es decir, que la lealtad y la fidelidad, como bases de la contraprestación de los
servicios que constituyen los valores sociales que le dan contenido ideológico a los votos
cautivos (Buitrago & Ladrón de Guevara, 2009, p. 46) también llenan de contenido al
fenómeno del endoso de electorado (Observaciones, 2 de junio – 4 de noviembre, 2018).
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Siguiendo la misma idea, se encontró que los empresarios de la política endosantes,
cuentan con un número calculable de votantes que los apoyan (o a su grupo político) de
forma permanente, inmutable, ferviente y generalmente hereditaria (Observaciones, 2 de
junio – 4 de noviembre, 2018). Como parte de la información obtenida en las entrevistas, es
la maquinaria política del endosante, principalmente los líderes locales, quienes mantienen
estrechamente vinculados a los votantes cautivos con los empresarios de la política,
reiterando durante las épocas electorales los favores que estos últimos “llevan” a los
municipios: las obras, los proyectos, los recursos estatales, el progreso y el aumento de la
seguridad y del empleo como elementos determinantes que afianzan las bases ideológicas
de la lealtad y fidelidad en esta amistad asimétrica (Comunicación personal. 03 de junio de
2018). Así entonces, estas bases ideológicas se convierten en el núcleo que comparten las
estructuras y fenómenos políticos descritos en la investigación.
Además de la lealtad y la fidelidad representada en los votos cautivos, se encontró
que estas bases ideológicas tienen efectos trascendentales en tres de las categorías de
recursos con las que cuenta el endosatario en la negociación, a saber: los cargos, el
protagonismo de terceros o del endosante mismo en las actividades principales de la
Administración y el apoyo a las iniciativas que el grupo político endosante encabece. Con
respecto a los primeros, la investigación permitió evidenciar cómo los cargos funcionan
como la contraprestación para los líderes locales por sus gestiones de activación y
movilización de los votantes en la época de los comicios electorales (Comunicación
personal. 8 de noviembre de 2018). Asimismo, el alcance que tiene la entrega de un cargo a
un líder local sobrepasa las descripciones halladas en la literatura, particularmente por los
esquemas de pobreza y desempleo que se han normalizado e instituido como el estándar en
los municipios cordobeses (Observaciones, 2 de junio – 4 de noviembre, 2018). De esta
forma, tener un trabajo asegurado durante el periodo electoral se traduce en la subsistencia
de una familia, la posibilidad de estudio, de ascenso social, de mejores oportunidades de
vida y de esperanza ante un escenario desalentador (Comunicación personal. 12 de julio &
8 de noviembre de 2018).
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Ahora, con respecto a la segunda y tercera categoría en mención: el protagonismo
de terceros o del endosante mismo en las actividades principales de la Administración y el
apoyo a las iniciativas que el grupo político endosante encabece, se encontró que tienen un
efecto más extenso en la consolidación de la lealtad y fidelidad, por cuanto no se limitan a
los líderes locales como receptores, sino que se dirigen hacia todos los ciudadanos -votantes
y no votantes incluidos-. Frente a estas categorías es importante diferenciarlas claramente
ya que si bien sus efectos pueden entrelazarse y sobreponerse, los propósitos con los cuales
se ponen en marcha, difieren.
Por una parte, el protagonismo de terceros o del endosante mismo en las
actividades principales de la Administración, se configura como una de las categorías que
dan contenido al fenómeno político del endoso de caudales electorales, por medio de la
cual se busca darle protagonismo y visibilidad para los empresarios de la política o a
terceros que el grupo político indique, en la actividades que lleve a cabo la Administración.
Así, este protagonismo y visibilidad responde a las aspiraciones políticas que tenga el
endosante o su grupo político para elecciones futuras. Siendo el principal beneficio de esta,
el poder realizar una campaña política gratuita, antes de la época electoral, aprovechando la
plataforma política del empresario electo y llegando a más votantes y líderes locales
movilizadores de caudales electorales, antes que los oponentes (Comunicación personal. 23
de octubre de 2018).
Por otra parte, la categoría del apoyo a las iniciativas que el grupo político
endosante encabece, no nace con el propósito principal de hacer campaña política para
elecciones futuras con el respaldo del político electo, sino que se encamina con la intención
de fortalecer los lazos de fidelidad y lealtad que mantienen cautivos los caudales electorales
objeto de las negociaciones. Si bien como consecuencia del apoyo se puede encontrar un
favorecimiento de la ciudadanía al grupo político endosante en sus aspiraciones políticas
futuras, este no es el principal objetivo de este recurso. Así entonces, este apoyo pretende
acentuar el impacto de las acciones que los empresarios de la política lideran en las
regiones, dándoles visibilidad y realzando los proyectos que mantendrán fieles y leales a los
votantes de los endosantes (Buitrago & Ladrón de Guevara, 2009, p. 46).
Página 55
Ahora bien, con respecto a los resultados obtenidos en la observación etnográfica,
ambas categorías cumplen un determinante papel para afirmar que la lealtad y la fidelidad
son las bases de la contraprestación de los servicios que le dan contenido ideológico al
fenómeno político del endoso de electorado.
Un ejemplo claro que permite evidenciar el efecto del protagonismo de terceros o
del endosante mismo en las actividades principales de la Administración en la lealtad y
fidelidad como bases del endoso de caudales electorales, se encontró en el municipio de
Cereté. En este caso, se pudo presenciar una conversación entre el actual alcalde y un
miembro del grupo político endosatario en la que se le solicitaba al primero, la inclusión de
un representante del grupo, en las brigadas de salud en un específico corregimiento donde
éste, necesitaba adquirir reconocimiento para las próximas elecciones (Comunicación
personal. 03 de junio de 2018). Como consecuencia de esta conversación, junto con el
alcalde, su esposa y dos miembros de su gabinete, estuvo el empresario de la política
representante del grupo político endosante, acompañando las iniciativas de brigadas de
salud gratuitas a los habitantes del corregimiento de Retiro de los Indios (Observación, 12
de junio de 2018).
Así, este caso permitió evidenciar cómo ya fueron pactados los apoyos políticos
para el próximo periodo de las elecciones regionales y cómo los empresarios de la política,
tanto endosantes como endosatarios, cumplen el rol de movilizar a los líderes locales y a la
ciudadanía de un grupo político al otro, según corresponda (Comunicación personal. 03 de
junio de 2018). De la misma forma, se demostró la utilidad que tiene esta categoría en el
fenómeno político del endoso de caudales electorales, al hacer explícito cómo la
participación, visibilización y protagonismo de un empresario de la política aspirante a un
cargo público, en las actividades que lleva a cabo una Administración local, envía el
mensaje a los votantes, líderes locales y en general a la ciudadanía, de la legitimidad,
confianza y apoyo, como fundamentos ideológicos que rigen la relación entre los políticos
(Comunicación personal. 03 de junio de 2018) (Observación, 12 de junio de 2018).
Finalmente, la paulatina inclusión del próximo aspirante a las elecciones regionales en la
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Administración actual y en la agenda de la misma, facilita la movilización de los votos
cautivos a su beneficio, ya que no existe una separación o diferenciación extrema entre los
empresarios de la política en cuestión, endosante y endosatario, por lo que es más fácil para
los líderes locales dirigir la intención de voto de la ciudadanía por un candidato que
frecuentemente fue visto junto con el saliente líder político al que le son fieles y leales
(Comunicación personal. 03 de junio de 2018).
.
Ahora, con respecto a la categoría del apoyo a las iniciativas que el grupo político
endosante encabece, se encontró como el propósito es el sostenimiento y crecimiento de los
caudales electorales de los mismos (Comunicación personal. 03 de junio de 2018), por
parte del líder político electo endosatario. Este recurso se presenta como el que garantiza el
mantenimiento del respaldo materializado en las urnas que se construye a partir de la
lealtad y la fidelidad (Buitrago & Ladrón de Guevara, 2009, p. 46). Es decir, este apoyo
asegura que los votos cautivos, como adhesión permanente, inmutable, hereditaria,
ferviente y cuasi-religiosa, al grupo político endosante, no decrezcan en el cambio de
Administraciones ni en el paso de un empresario de la política a otro.
La descrita categoría puede ejemplificarse con las observaciones que se encontraron
en Sahagún. En el municipio cordobés se pudo evidenciar cómo los empresarios de la
política del grupo endosante, aun cuando no están actualmente en el poder, mantienen una
activa agenda pública, traducida en: pavimentación de calles en los barrios con mayor
movilización electoral de votantes, limpieza de canales que afectan las principales vías,
construcción de casas y pago de matrículas educativas a los hijos de los líderes locales y
periódica realización de fiestas comunitarias donde rifan viajes, bicicletas,
electrodomésticos y demás (Observaciones, junio – julio 2018). Estas iniciativas
encabezadas directamente por el grupo político, reciben directo reconocimiento de los
concejales del municipio y en ocasiones del mismo alcalde, quien en sus discursos,
agradece la gestión de los empresarios de la política (Observación. 2 de junio del 2018).
Este apoyo y reconocimiento de los endosatarios a las iniciativas adelantadas por el grupo
político endosante, mantienen intactas las lealtades y fidelidades de los votos cautivos y
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moviliza a los demás ciudadanos que se ven beneficiados por las mismas, pero que aún no
hacen parte de estos caudales, a serlo (Comunicación personal, 3 de junio de 2018).
Finalmente, a partir de la investigación realizada se puede concluir cómo en el
escenario de las elecciones regionales en Colombia, comenzaron a gestarse las nuevas
estructuras, organizaciones y estrategias por medio de las cuales el clientelismo se
constituye como la práctica irregular predominante de las contiendas electorales regionales
(Pino, 2017). En este escenario de reestructuración de los grupos políticos resultantes de la
desagregación de los baronatos, aparece el endoso de caudales electorales, como una de las
nuevas formas que tomó el clientelismo en el esfuerzo por mantener el statu quo de los
empresarios de la política intacto. Siguiendo esta línea, el endoso de electorado se gestó
como un fenómeno clientelista por medio del cual se presenta una negociación en la que se
acuerda un quid pro quo materializable en el respaldo masivo de votantes: los votos
cautivos, asegurados a partir de la lealtad y la fidelidad (Buitrago & Ladrón de Guevara,
2009, p. 46) entre empresarios de la política. A partir del trabajo etnográfico que se realizó,
se pudo evidenciar que el fin último de las negociaciones que transcurren ad portas de las
contiendas electorales, es el mantenimiento del status quo de los empresarios de la política,
tanto endosantes como endosatarios. Lo anterior, por el predominante esfuerzo de los
involucrados por mantener las administraciones locales en cabeza de los miembros de los
mismos grupos políticos. Por último y como resultado de las negociaciones, los
empresarios de la política ponen un precio a cada voto, a cada líder local y su labor y a cada
recurso de las administraciones locales, llegando a un acuerdo que no marca el fin del
endoso, sino el comienzo del trabajo conjunto en aras de conseguir la victoria en las
contiendas políticas que tengan lugar con posterioridad. Con esto, aseguran el poder por los
años siguientes, mantienen las fidelidades y lealtades de sus líderes locales y sus familias
intactas y aumentan considerablemente su presencia en el panorama político regional y
nacional.
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Bibliografía:
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Los topes electorales normalmente no se cumplen”, advierte reconocido estratega
político. (11 de julio de 2017). Dinero. Recuperado a partir de:
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Comerciante Miguel Ramírez admite que le prestó 2000 millones a Musa Besaile
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No. 1º de 1986: “por el cual se reforma la Constitución Política”.
Congreso de la República de Colombia (23 de marzo de 1994). Ley 130 de
1994: “Por la cual se dicta el Estatuto Básico de los partidos y movimientos
políticos, se dictan normas sobre su financiación y la de las campañas
electorales y se dictan otras disposiciones”.
Congreso de la República de Colombia. (24 de julio de 2000). Ley 500 de 2000:
“Por la cual se expide el Código Penal”.
Congreso de la República de Colombia. (5 de febrero de 2002). Ley 734 de
2002: “Por la cual se expide el Código Disciplinario Único”.
Congreso de la República de Colombia. (7 de julio de 2004). Ley 890 de 2004:
“Por la cual se modifica y adiciona el Código Penal”.
Congreso de la República de Colombia. (7 de julio de 2004). Ley 892 de 2004:
“por la cual se establecen nuevos mecanismos de votación e inscripción para
garantizar el libre ejercicio de este derecho, en desarrollo del artículo 258 de la
Constitución Nacional”.
Congreso de la República de Colombia. (24 de noviembre de 2005). Ley 996 de
2005: “por medio de la cual se reglamenta la elección de Presidente de la
República, de conformidad con el artículo 152 literal f) de la Constitución
Política de Colombia, y de acuerdo con lo establecido en el Acto Legislativo 02
de 2004, y se dictan otras disposiciones”
Congreso de la República de Colombia. (14 de julio de 2009). Acto Legislativo
01 de 2009: “por el cual se modifican y adicionan unos artículos de la
Constitución Política de Colombia”.
Congreso de la República de Colombia (6 de marzo de 2014). Ley 1712 de
2014: “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de
Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”.
Consejo Nacional Electoral (8 de noviembre de 2017). Resolución 2796 de
2017. “Por la cual se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas
electorales de las listas de candidatos al Senado de la República y a la Cámara
de Representantes para las elecciones de 2018, se establece el monto máximo
Página 65
que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en ellas, y
se fija el valor de reposición por voto válido”.
Jurisprudencia:
Consejo de Estado, Sección Quinta. Sentencia del 12 de octubre de 2001. Radicado
No. 25000-23-24-000-2000-0787-01(2652). Consejero Ponente: Reinaldo Chavarro
Corte Constitucional. (23 de marzo de 1994) Sentencia C-145 de 1994. Magistrado
Ponente: Alejandro García Caballero.
Corte Constitucional. (23 de julio de 2011). Sentencia C-490 de 2011. Magistrado
Ponente: Luis Ernesto Vargas Silva.
ANEXOS
Anexo 1:
Acto Legislativo 01 de 2009
Artículo 3°. El artículo 109 de la Constitución Política quedará así:
El Estado concurrirá a la financiación política y electoral de los Partidos y Movimientos
Políticos con personería jurídica, de conformidad con la ley.
Las campañas electorales que adelanten los candidatos avalados por partidos y
movimientos con Personería Jurídica o por grupos significativos de ciudadanos, serán
financiadas parcialmente con recursos estatales.
La ley determinará el porcentaje de votación necesario para tener derecho a dicha
financiación.
También se podrá limitar el monto de los gastos que los partidos, movimientos, grupos
significativos de ciudadanos o candidatos puedan realizar en las campañas electorales, así
como la máxima cuantía de las contribuciones privadas, de acuerdo con la ley.
Página 66
Un porcentaje de esta financiación se entregará a partidos y movimientos con Personería
Jurídica vigente, y a los grupos significativos de ciudadanos que avalen candidatos,
previamente a la elección, o las consultas de acuerdo con las condiciones y garantías que
determine la ley y con autorización del Consejo Nacional Electoral.
Las campañas para elegir Presidente de la República dispondrán de acceso a un máximo de
espacios publicitarios y espacios institucionales de radio y televisión costeados por el
Estado, para aquellos candidatos de partidos, movimientos y grupos significativos de
ciudadanos cuya postulación cumpla los requisitos de seriedad que, para el efecto,
determine la ley.
Para las elecciones que se celebren a partir de la vigencia del presente acto legislativo, la
violación de los topes máximos de financiación de las campañas, debidamente comprobada,
será sancionada con la pérdida de investidura o del cargo. La ley reglamentará los demás
efectos por la violación de este precepto.
Los partidos, movimientos, grupos significativos de ciudadanos y candidatos deberán
rendir públicamente cuentas sobre el volumen, origen y destino de sus ingresos.
Es prohibido a los Partidos y Movimientos Políticos y a grupos significativos de
ciudadanos, recibir financiación para campañas electorales, de personas naturales o
jurídicas extranjeras. Ningún tipo de financiación privada podrá tener fines
antidemocráticos o atentatorios del orden público.
Parágrafo. La financiación anual de los Partidos y Movimientos Políticos con Personería
Jurídica ascenderá como mínimo a dos punto siete (2.7) veces la aportada en el año 2003,
manteniendo su valor en el tiempo.
La cuantía de la financiación de las campañas de los Partidos y Movimientos Políticos con
Personería Jurídica será por lo menos tres veces la aportada en el período 1999-2002 en
pesos constantes de 2003. Ello incluye el costo del transporte del día de elecciones y el
costo de las franquicias de correo hoy financiadas.
Las consultas de los partidos y movimientos que opten por este mecanismo recibirán
financiación mediante el sistema de reposición por votos depositados, manteniendo para
ello el valor en pesos constantes vigente en el momento de aprobación de este Acto
Legislativo.
Página 67
Anexo 2:
El rol los partidos políticos en las prácticas clientelistas de los candidatos y políticos:
En este punto podría llegar a cuestionarse cuál es el papel que deben cumplir los partidos
políticos dentro del tema de irregularidades y de la puesta en práctica de fenómenos
clientelistas durante el ejercicio de las contiendas electorales, ante lo que adquiere
relevancia el tema del aval, entendido como un acto unipersonal proveniente de la voluntad
de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que habilitan la inscripción
de candidatos (Barreto Suárez, 2007, p. 332). Lo que resalta desde luego, es que los
partidos políticos al avalar a un candidato, incurren en una serie de prácticas de
legitimación del mismo y consecuentemente, pierden o ganan credibilidad, en la medida en
que estos políticos avalados se ven envueltos en éste tipo de prácticas. Así, analizando la
incidencia de estas colectividades, se considera interesante el rol del aval que se le dan a los
candidatos y la manera como este se configura como una “aprobación” de las actuaciones
pasadas, presentes o futuras del mismo. Se observa cómo el Consejo de Estado recupera el
tema y lo expone de la siguiente forma:
“El aval de candidatos a elecciones populares, es institución constitucional
establecida en el artículo 108 de la Constitución de 1991 y consiste en la garantía
que un partido o movimiento político expide a un candidato, para dar fe de su
pertenencia al partido y que, en tal condición, goza del reconocimiento de buenas
condiciones de moralidad, honestidad y decoro al punto que puede presentar su
candidatura a consideración del electorado. Constituye, por tanto, para el partido,
un mecanismo de consolidación de su autoridad y disciplina, en la medida en que
tiene la potestad de autorizar y convalidar las aspiraciones de sus integrantes
frente al electorado y, de otra, el compromiso de su responsabilidad ante sus
miembros a quienes asegura la pertenencia del candidato a sus filas y la condición
ética del mismo” (Subrayado ajeno al texto) (Consejo de Estado, Sección Quinta.
Sentencia del 12 de octubre de 2001. Radicado No. 25000-23-24-000-2000-0787-
01(2652). CP: Reinaldo Chavarro).
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Dentro de este aspecto, cobra relevancia el tinte moralista que se presenta junto con el
concepto del aval y el alcance que tienen los partidos en materia de responsabilidad cuando
sus políticos electos o aspirantes, resultan involucrados en actividades ilícitas o cometen
hechos contrarios a las disposiciones y costumbres legales. A esto se añade que en el
ordenamiento jurídico colombiano hay normatividad que respaldan cada uno de los
elementos que se expusieron previamente, tanto el carácter moralista del aval, como la
responsabilidad de los partidos por las actuaciones y omisiones de los avalados. Con
referencia al primer elemento, aparece el artículo 44 de la Ley 130 de 1994, según el cual
se establecieron las competencias del control ético de los afiliados de los partidos políticos
y fueron previstas como sanciones para los infractores del Código de Ética del partido o
colectividad política, la cancelación de la credencial o la abstención del otorgamiento del
aval a la candidatura del aspirante político.
Sobre el segundo elemento dispuesto, es decir, el referente al alcance de la responsabilidad
de los partidos en las actuaciones de los avalados, en el artículo 47 ibídem está dispuesto
que los movimientos, partidos y organizaciones políticas, son garantes de las calidades
morales de sus candidatos elegidos a los cargos desde la inscripción hasta que termine el
periodo. Con todo, constituye el aval un mecanismo de control ético de los partidos y
movimientos políticos hacia los avalados. A lo anterior adiciona el artículo que el
otorgamiento del aval expresa un reconocimiento de moralidad, corrección y decoro
personal del avalado, así como una garantía frente a la organización electoral de las
calidades del avalado.
Anexo 3:
Del derecho electoral en el caso de las elecciones regionales en Colombia
La Constitución es presentada como la norma de normas donde son establecidos los límites
al poder, partiendo de una forma política de organización de la sociedad y de la toma de
decisiones en la misma. Aquel texto constitucional erige al establecimiento de un modelo
democrático, como un principio necesario para garantizar y legitimar, tanto las decisiones
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directas que se tomen, como a aquellos representantes que decidirán aspectos de lo público
(Tarapués & Sánchez, 2008, p. 14). Es de esta forma que los postulados electorales pasan a
ser herramientas imprescindibles en la configuración de dicho modelo democrático
constitucionalizado y donde las reglas institucionales, serán las que definan cómo deben
surtirse las contiendas electorales que elige a los respectivos gobernantes.
Con base en estas ideas, en el caso colombiano es la Constitución Política de 1991, la que
contempla los principios y las reglas básicas que fijarán las orientaciones elementales de las
elecciones, no sólo en lo que concierne a la determinación de derechos y libertades
necesarias para elegir y ser elegidos, entendidos como los derechos políticos del ciudadano.
Sino que también comprende las proposiciones dogmáticas y orgánicas que determinan
aquellos componentes del derecho electoral (el sistema electoral, la organización electoral y
los procedimientos y las autoridades electorales) en el país (Tarapués & Sánchez, 2008, p.
16). Si se advierte que la Constitución en el caso de Colombia es amplia en disposiciones
electorales que directa e indirectamente influyen en el contexto electoral y que existe como
afirman Tarapués y Sánchez, una sobredeterminación normativa de la constituyente a las
elecciones del país, se puede respaldar a los autores que aluden a la concepción jurídica de
una Constitución electoral. Pues bien, se configura en el caso nacional una “enunciación de
la mayoría de las normas constitucionales con contenido electoral, sería suficiente para
hablar de un incuestionable derecho electoral en la Constitución” (Vanegas, 2008, p. 86).
Los derechos políticos del ciudadano
El voto es un derecho y un deber ciudadano consagrado en el artículo 258 de la
Constitución Política de 1991 que se materializa cuando los ciudadanos ejercen la función
electoral como titulares del poder soberano capaces de disponer de lo público. A través d
esta función electoral, los ciudadanos designan a sus representantes mediante el
correspondiente uso del derecho al sufragio y los demás derechos políticos amparados por
el derecho constitucional a la participación (Tarapués & Sánchez, 2008, p. 18). Así lo
estableció la Corte Constitucional en la Sentencia C-145 de 1994, al decir que: “los
ciudadanos desarrollan la función electoral por medio de la cual las sociedades
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democráticas se autoorganizan y se autogobiernan, ya que mediante los procedimientos
electorales los ciudadanos conforman y controlan los órganos representativos (…) Las
funciones electorales son entonces la expresión orgánica del principio democrática”. Con
base en los derechos políticos del ciudadano, los ciudadanos inscritos en el censo electoral
tienen derecho a participar en las votaciones que se realicen en desarrollo de consultas
populares de los partidos y movimientos políticos; en las elecciones de autoridades y
representantes del pueblo en las corporaciones públicas, así como participar en las
votaciones populares que se convoquen en desarrollo de los mecanismos de participación
ciudadana (Reyes González, 2006, p. 39).
De lo anterior se infiere que en principio, el Estado colombiano por mandato constitucional,
debe velar porque el voto se ejerza por los ciudadanos sin ningún tipo de coacción y en
forma secreta, a través de los mecanismos dispuestos por la ley para buscar el
cumplimiento de este mandato (Ley 892 de 2004). Sin embargo, en la práctica existe una
serie de prácticas clientelistas que confluyen y que imposibilitan el correcto ejercicio de
estos derechos políticos. Ante estas dinámicas que toman lugar en diferentes momentos de
las contiendas electorales, el legislador ha diseñado una serie de disposiciones para proteger
dichos derechos y salvaguardar la función electoral en cabeza de los ciudadanos. Algunas
de las normativas vigentes que persiguen esta salvaguarda, son las siguientes, pero se hace
la salvedad de que no se considera que sean, ni eficientes, ni suficientes.
Prohibición a los servidores públicos de tomar parte en las actividades políticas
partidistas y de financiar las campañas electorales:
De conformidad con el artículo 127 de la Constitución Política, a los empleados del Estado
y de sus entidades descentralizadas que ejerzan función jurisdiccional o autoridad civil,
política o administrativa, o se desempeñen en la rama judicial, en los órganos de control y
en la organización electoral, les está prohibido tomar parte en las campañas electorales y en
las controversias partidistas, pero pueden ejercer libremente el derecho al voto (Reyes
González, 2006, p. 129). Si bien los demás funcionarios públicos que no señala el artículo
previamente mencionado, pueden participar en las actividades y controversias en las
Página 71
condiciones previstas por la ley, en el ordenamiento jurídico existen algunas prohibiciones
genéricas, a saber: (i)quienes desempeñen funciones públicas no pueden efectuar
contribuciones a los partidos o movimientos político o candidatos, o inducir a otros a que lo
hagan (Art. 110 Constitución Política); (ii)los servidores públicos no podrán utilizar sus
cargos para participar en las actividades de los partidos y movimientos políticos o
controversias de este mismo orden, ni tampoco podrán presionar o inducir a los ciudadanos
con el fin de que respalden una causa o campaña política; (iii)los servidores públicos no
podrán utilizar el empleo para presionar a los ciudadanos a respaldar una causa política o
campaña electoral, ni utilizar sus cargos para presionar particulares ni subalternos para
respaldar una campaña política o influir en procesos electorales de carácter político
partidista.
La violación de las anteriores prohibiciones constituye causal de mala conducta sancionable
con la destitución e inhabilidad para inscribirse, ser elegido o designado en cargos o
corporaciones de elección popular, sin perjuicio de las demás sanciones que establezca la
ley. Esto está fundado en las faltas gravísimas por parte de los servidores públicos,
contenidos en los artículos 39 y 40 del Código Único Disciplinario:
“39. Utilizar el cargo para participar en las actividades de los partidos y
movimientos políticos y en las controversias políticas, sin perjuicio de los derechos
previstos en la Constitución y la ley”
“40. Utilizar el empleo para presionar a particulares y subalternos a respaldar una
causa o campaña política o influir en procesos electorales de carácter partidista”.
Sanciones disciplinarias a los servidores públicos que infrinjan las normas que
prohíben su participación en actividades partidistas y electorales:
Las sanciones disciplinarias a los servidores públicos que infrinjan las normas que prohíben
su participación en actividades partidistas y electorales están contenidas en el artículo 44
del Código Único Disciplinario como faltas gravísimas sancionables con destitución del
cargo e inhabilidad general.
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“1. Destitución e inhabilidad general, para las faltas gravísimas dolosas o
realizadas con culpa gravísima”.
“2. Suspensión en el ejercicio del cargo e inhabilidad especial para las faltas
graves dolosas gravísimas culposas”.
Por su parte, el siguiente artículo del mismo Código, señala que la destitución e inhabilidad
general, genera:
“a) La terminación de la relación del servidor público con la administración, sin
que importe que sea de libre nombramiento y remoción, de carrera o elección; b)La
desvinculación de cargo, en los casos previstos en los artículos 110 y 278 numeral
1, de la Constitución Política; c)La terminación del contrato de trabajo; d)En todos
los casos anteriores, la imposibilidad de ejercer la función pública en cualquier
otro cargo o función, por el término señalado en el fallo, y la exclusión del
escalafón o carrera”.
La prohibición a quienes desempeñen funciones públicas de hacer contribuciones a los
candidatos o a los partidos políticos:
Se prohíbe por mandato constitucional a quienes desempeñen funciones públicas de hacer
contribuciones a los movimientos, candidatos o a los partidos políticos, o inducir a otros a
que lo hagan, salvo las excepciones que establezca la ley. El incumplimiento de esta
prohibición de financiación está contenido en el artículo 110 de la Constitución Política y
se configuran como causales de remoción del cargo o de la pérdida de investidura. Cabe
señalar, que ésta se configura tanto con la pérdida de investidura de congresista, como para
la desvinculación de cualquier otro tipo de servidores públicos (Reyes González, 2006, p.
131).
De los delitos contra el sufragio:
Los delitos contra el sufragio son aquellas conductas que por su acción u omisión, atentan
contra los principios de objetividad, transparencia, igualdad y libertad, los cuales han de
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regir en un sistema democrático y electoral. En la procura de garantizar un proceso
electoral según las disposiciones constitucionales y legales y para fomentar el ejercicio de
este derecho y deber ciudadano del voto, el Código Penal en su título XIV: “Delitos contra
los mecanismos de participación democrática”, tipifica las conductas de ciudadanos o
funcionarios públicos, como irregularidades y violatorias de la legislación y que se cometen
en diversas etapas del proceso electoral y Reyes González, las presenta categorizadas en
Elecciones 2006 (2006, p. 131); sin embargo, serán presentadas las que resultan de interés
para las prácticas clientelistas que son objeto de estudio:
A. Corrupción del sufragante: En el ordenamiento jurídico este delito contra el
sufragio se configura en todo escenario donde exista una promesa, pago o
intercambio de bienes, servicios o dádivas a un ciudadano para que consigne su
voto a favor de determinado candidato, partido, corriente política, vote en blanco
o se abstenga de hacerlo. Así, el Código Penal incluye sanciones tanto para las
personas que incurran en este delito, tanto el que corrompe al sufragrante, como
al sufragrante mismo. Añade la disposición, que la pena se aumentará en una
tercera parte, cuando la conducta sea realizada por un servidor público (Art. 390
del Código Penal modificado por el artículo 14 de la ley 890 de 2004).
B. Constreñimiento al sufragante: Este tipo penal, se configura cuando se utilizan
armas o cualquier medio de amenazas a un ciudadano para que obtenga un
apoyo o votación por determinado candidato o lista de candidatos, o vote en
blanco, o por los mismos medios, le impida el libre ejercicio del derecho al
sufragio. (Art. 390 del Código Penal modificado por el artículo 14 de la ley 890
de 2004). Así como el delito de la corrupción del sufragante, existe un agravante
de la pena cuando estuviere involucrado un servidor público en la comisión del
mismo.
C. Fraude al sufragante: Este delito que tiene lugar durante el certamen electoral,
ocurre cuando se obtiene, mediante maniobra engañosa, que un ciudadano vote
por determinado candidato, partido o corriente política, o lo haga en blanco (Art.
388 del Código Penal modificado por el artículo 14 de la ley 890 de 2004).
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D. Alteración de resultados electorales: Este delito electoral, se caracteriza porque
se comete después del certamen electoral y consiste, tanto en la alteración de los
resultados de las votaciones, como en la introducción indebida de documentos o
tarjetones. Asimismo, la pena de este delito aumenta en una tercer parte cuando
es realizada por un servidor público (Art. 394 del Código Penal modificado por
el artículo 14 de la ley 890 de 2004).
E. Abuso de autoridad por omisión de denuncia: Este por su parte, se dirige
específicamente a los servidores públicos y se configura cuando estos, teniendo
conocimiento de la comisión de una conducta punible, no dé cuenta a las
autoridades competentes.
F. Intervención en política: Con respecto a este, el Código Penal expresa lo
siguiente:
“El servidor público que ejerza jurisdicción, autoridad civil o política,
cargo de dirección administrativa, o se desempeñe en los órganos judicial,
electoral, de control, que forme parte de comités, juntas o directorios
políticos, o utilice su poder para favorecer o perjudicar electoralmente a un
candidato, partido o movimiento político, incurrirá en multa y pérdida del
empleo o cargo público. Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior
los miembros de las corporaciones públicas de elección popular” (Artículo
422 del Código Penal).
Asimismo, en la Ley Estatutaria de Igualdad y Garantías Electorales (Ley 996 de 2005),
fueron consagradas otras sanciones y prohibiciones para los servidores públicos que
participen en actividades de los partidos y movimientos políticos, así como las campañas
electorales. Estas disposiciones, aplican para los servidores públicos que no fueron
contemplados en las excepciones establecidas en el inciso 2º del artículo 127 de la
Constitución Política previamente expuesta. Siendo de esta forma, presenta en el artículo 38
de la legislación las siguientes prohibiciones: (i)acosar, presionar o determinar, en cualquier
forma, a subalternos para que respalden alguna causa, campaña o controversia política;
(ii)difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o
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movimiento político, en diferentes medios; (iii)favorecer con promociones, bonificaciones
o ascensos indebidos, a quienes dentro de la entidad a su cargo participan en su misma
causa o campaña política; (iv)ofrecer algún tipo de beneficio directo, particular, inmediato e
indebido para los ciudadanos o para las comunidades, mediante obras o actuaciones de la
administración pública, con el objeto de influir en la intención de votos; (v)aducir razones
de “buen servicio” para despedir funcionarios de carrera.
Adicionalmente, los servidores públicos están sujetos a otro tipo de prohibiciones
relacionadas con su participación en política. Añade la legislación que los funcionarios
públicos que deseen participar de tiempo completo u ostentar representación política o,
como afirma Reyes González, derivar remuneración económica por su actividad política,
deberán retirarse de sus cargos o solicitar licencia no remunerada de su cargo (2006, p.
138). Con respecto a los políticos electos en elecciones regionales, tales como
Gobernadores, Alcaldes Municipales y/o Distritales, Secretarios, Gerentes y directores de
Entidades Descentralizadas de orden Municipal, Departamental o Distrital, comprende la
ley 996 de 2005, que no podrán celebrar convenios interadministrativos para la ejecución
de recursos públicos, ni participar o promover la destinación de recursos a las entidades de
sus cargos, así como tampoco asistir a reuniones de carácter proselitista en las que
participen candidatos a cargos de elección popular dentro de los cuatro (4) meses previos a
las elecciones.
Anexo 4:
A manera de ejemplo se presentan los siguientes resultados de las elecciones regionales
llevadas en Córdoba para las Alcaldías (2015-2019)
Canalete:
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Cereté:
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Chinú:
Página 78
Las Córdobas:
Página 79
Momil:
Página 80
Purísima:
Página 81
San Andrés de Sotavento:
Página 82
Tierralta:
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