Licencias de Software. ¿Software libre o no? Qué más da. ¡Lo copio igual! Con el software libre...

Post on 03-Mar-2015

2 views 0 download

Transcript of Licencias de Software. ¿Software libre o no? Qué más da. ¡Lo copio igual! Con el software libre...

<title>Licencias de Software</title>

<META NAME="Author" CONTENT="Pablo Fernández Burgueño ">

<META NAME=“Twitter" CONTENT=" @Pablofb ">

<META NAME=“Blog" CONTENT=" www.pabloburgueno.com">

<META NAME=“robots" CONTENT=" all">

<o_O>¿Software libre o no? Qué más da. ¡Lo copio igual!

Con el software libre puedo hacer lo que quiera</o_O>

¿Necesito conocer la ley?

Imagen: omeyasweb.com

Derechos de autor en el software • Creador Obra (software)

• Surgen los ¡Derechos!

• ¿Qué Derechos?:PROPIEDAD INTELECTUAL- Derecho de Autor- Otros derechos

Derechos de autor en el software

• Art. 1 - Hecho generador:La propiedad intelectual “corresponde al autor por el solo hecho de su creación”.

LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Imagen: TechRepublic

Derechos de autor en el software

• Art. 2 - Contenido:– Derechos Morales– Derechos Patrimoniales

El autor tiene:– Plena disposición– Derecho exclusivo a la

explotación de la obra

LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Imagen: TechRepublic

• Manuel desarrolla un programa de ordenador

• ¿Debe registrarlo para que tenga Derechos de Autor?

Caso práctico 1

Imagen: omeyasweb.com

• Velen quiere traducir el programa de Manuel al lenguaje de los eredar.

• ¿Necesita algún derecho?

Caso práctico 2

Imagen: omeyasweb.com

Todos los derechos reservados – Copyright

LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL• Art. 99 – Derecho a autorizar

1. La reproducción total o parcial, incluso para uso personal.

2. La transformación del programa (traducción, adaptación, arreglo…)

3. La distribución

Todos los derechos reservados – Copyright

• Art. 100 - LímitesCuando sea necesario, el usuario legítimo podrá

1. Transformar y corregir el programa.2. Hacer una copia de seguridad.

El usuario legítimo podrá:1. Observar, estudiar y verificar.2. Reproducir y transformar para lograr la interoperabilidad

en ciertos casos

El autor no se podrá negar:1. A la realización de versiones sucesivas por el cesionario

titular de los derechos de explotación

Límites a los derechos de explotación

• Velen adquiere legalmente el programa de Manuel.

• Velen tiene otro ordenador en su casa de Draenor

• ¿Puede hacerse una copia privada para su ordenador de Draenor?

• ¿Tiene que pagar “canon” por el CD que compre para hacer la copia privada?

Caso práctico 3

Imagen: omeyasweb.com

Algunos derechos reservados – Licencias

• Manuel necesita modificar su SO Windows Vista Original para integrarlo en la PS3

• ¿Puede?

Caso práctico 4

Imagen: omeyasweb.com

Las 4 libertades1. Ejecutar el programa, para cualquier propósito.

2. Estudiar cómo trabaja el programa, y adaptarlo a sus necesidades.

3. Redistribuir copias.

4. Modificar el programa y publicar sus mejoras.

FSF - OSI

GNU GPL• Licencia oficial del

Proyecto GNU

• Copyleft fuerte: Distribuciones y versiones modificadas TIENEN que estar bajo GNU GPL

Imagen: mouse.cl

• Manuel licencia su programa con GNU GPL.

• Velen ha desarrollado otro programa distinto y quiere combinarlo con el de Manuel

• ¿Bajo qué licencia tiene que quedar el resultado final?

Caso práctico 5

Imagen: omeyasweb.com

GNU LGPL• Licencia similar a la

GNU GPL

• Copyleft débil: Permite enlazar a software privativo

Imagen: e-laws.com.ar

BSD• Licencia originaria de

la Universidad de Berkeley.

• Sin Copyleft: Versiones modificadas PUEDEN ser privativas.

Imagen: raulespinola.files.wordpress.com

• Manuel licencia su programa con GNU GPL.

• Velen licencia el suyo con BSD

• ¿Puede quedar el resultado final bajo BSD?

• ¿Y bajo LGPL?

Caso práctico 6

Imagen: omeyasweb.com

X11 / Xfree86 / MIT• Licencia simple y

permisiva

• Sin Copyleft pero compatible con GNU GPLImagen: redfoxcenter.org

MPL• Licencia de control para el

navegador Mozilla

• Cumple con la definición de OSI y las 4 libertades de FSF

• Incompatible con GNU GPL

Imagen: itknowledgeexchange.techtarget.com

• Evans encuentra un programa con licencia MPL en Internet.

• Quiere enlazarlo con otro programa bajo licencia GNU GPL.

• Está dispuesto a licenciar el resultado bajo GNU GPL

• ¿Puede enlazar los programas?

Caso práctico 6

Imagen: omeyasweb.com

• Evans encuentra un programa con licencia MPL en Internet.

• Junto con Spike, Evans lo mejora.• Spike quiere licenciar el resultado como

GNU GPL, mientras que Evans quiere venderlo bajo licencia privativa.

• ¿Qué pueden hacer?

Caso práctico 6

Imagen: omeyasweb.com

CDDL• Licencia basada en MPL 1.1,

producida por Sun Microsystems

• Cumple con la definición de OSI y las 4 libertades de FSF

• Incompatible con GNU GPL

Imagen: purplecow.org

Licencia de la Fundación Apache• Exige incluir un permiso de

uso de patentes

• La última versión (2.0) es software libre

• Dudosa compatibilidad con GNU GPL

Imagen: itknowledgeexchange.techtarget.com

Documentación libre• Art. 96 Ley de Propiedad Intelectual:

– Programas de ordenador = Software + documentación preparatoria

– Los manuales de uso reciben la misma protección que los programas de ordenador

• Es importante liberar la documentación

Imagen: watt-rccars.com

GNU FDL• Permite:

– Lectura– Copia– Modificación (excepto secciones

invariables)– Redistribución

• Copyleft fuerte

• Posible incompatibilidad con CC

Imagen: versvs.net

• La editorial Lignox quiere editar un manual con Licencia GNU FDL.

• El manual contiene una sección inamovible de títulos

• ¿Puede indicar dónde consultar los títulos y prescindir de esa sección?

Caso práctico 7

Imagen: omeyasweb.com

Licencia de Documentación FreeBSD• Licencia libre simple y

permisiva

• Sin Copyleft

• Compatible con GNU FDLImagen: raulespinola.files.wordpress.com

Creative Commons & Color Iuris

Imagen: relationary.files.wordpress.com

Imagen: coloriuris.net

• Si hago un programa de ordenador, ¿Cuándo pasará a dominio público?

• ¿Hay en España algún programa de ordenador en dominio público?

Caso práctico 8

Imagen: omeyasweb.com

Aplicación práctica de una licencia libre• En cada archivo que compone el

código fuente:– ©– Año de liberación de la versión– Remisión a la licencia

• En un archivo de texto plano:– Incluir la licencia completa– En su idioma original (inglés)– Renombrar el archivo: License.txt

Imagen: elbaloo.files.wordpress.com

Proteger un programa de ordenador• El programa nace

protegido• Registro• Ceder los derechos

patrimoniales a un tercero para que los defienda (por ejemplo: FSF)

Imágenes: cbswords.com

<B>Gracias</B><META NAME="Author" CONTENT="Pablo Fernández Burgueño ">

<META NAME=“Twitter" CONTENT=" @Pablofb ">

<META NAME=“Blog" CONTENT=" www.pabloburgueno.com">

<META NAME=“Work" CONTENT=" www.abanlex.com">

<META NAME=“E-mail" CONTENT=“ pablo@abanlex.com">

<META NAME=“robots" CONTENT=" all">