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Boletn Oficial de Salta N 19594Publicado el da Mircoles de de
ESTE TEXTO NO TIENE VALOR LEGAL
Ley N 7880Esta ley se sancion el da 30 de Junio de 2015ESTABLECE OBLIGATORIEDAD DE ENTONAR LA MARCHA DE LAS MALVINAS A CONTINUACIN DE LASESTROFAS DEL HIMNO NACIONAL ARGENTINOEN TODOS LOS ACTOS CIVICOS, CIVICOS MILITARES Y ENACTOS ESCOLARES DE TODOS LOS NIVELES.ESCOLARES DE TODOS LOS NIVELES.
El Senado y la Cmara de Diputados de la Provincia de Salta, sancionan con fuerza de LEY:Artculo 1.- Establcese la obligatoriedad de entonar la Marcha de las Malvinas a continuacin de las estrofas delHimno Nacional Argentino, en todos los actos cvicos o cvicos militares, que se desarrollen en el territorio de laprovincia de Salta.
Art. 2.- Lo instituido en el artculo 1, tambin ser obligatorio en los actos escolares de los establecimientoseducativos de todos los niveles y modalidades de la Educacin Formal y No Formal del Sistema Educativo.
Art. 3.- Comunquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de Legislatura de la provincia de Salta en Sesin del da treinta del mes de junio del aodos mil quince.
FIRMANTESLUQUE-PORCELO-GODOY-BARRIOS
Salta, 27 de Julio de 2015
DECRETO N 2543
MINISTERIO DE EDUCACIN, CIENCIA Y TECNOLOGAExpte. N 91-34.244/215 preexistente
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTADECRETA:
ARTICULO 1.- Tngase por Ley de la Provincia N 7880, cmplase, comunquese, publquese, insrtese en el RegistroOficial de Leyes y archvese.
URTUBEY - Dib Ashur - Simn Padrs
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