Ley 715 del 2001

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TEMALEY 715

Josefa CUESTA GAMBOA MARINELA ROMAÑA SERNA

MODULO LEGISLACION ADMINISTRACION EDUCATIVA

LEY 715 DEL 2001

por la cual se dictan normas en materias de recursos y competencias, de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.

El capitulo uno del articulo 5. Competencias de la nación en materia de

educación. Servicios públicos de la educación en sus

niveles preescolar, básicos y medios, en el área urbana y rural.

COMPETENCIA DE LA NACION

COMPETENCIAS DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES

capitulo II del articulo 6,7 y 8competencia general.

prestar asistencia técnica educativa, financiar y administra alos municipios

cuando a ellos a ya lugar

Capitulo III del articulo 9 al 14 Instituciones educativas. Funciones del rector o directores de la

institución. Fondos de servicio educativo. Definición de los fondos de servicios

educativos. Procedimiento de contratación de los

fondos. Manejo presupuestal de los fondos.

INSTITUCIONES EDUCATIVAS, RESTORES Y RECURSOS

Capitulo IV articulo 15 al 19 Destinación. Criterio de distribución. Transferencia de los recursos. Administración de los recursos. Información obligatoria.

DISTRIBUCION DE RECURSOS DEL SECTOR EDUCATIVO

Entidades territoriales certificadas. Limite al crecimiento de los costos. Traslados. Restricciones financieras a la contratación y

financiación. Sostenibilidad del sistema general de

participaciones. Del régimen laboral de los directores de

divisiones unidas.

DISPOSICIÓN ESPECIALES EN EDUCACION

Bonificación para retiro voluntario. Prestación del servicio educativo. Prioridad en la inversión. Control de cumplimiento de las condiciones de

la presente ley. Nombramiento de una administración temporal. Perdida de la certificación. Sistema de información. Control social. Incorporación a las plantas.

DISPOSICIÓN ESPECIALES EN EDUCACION

Del periodo de transición. Incorpora de costo al sistema general de

participación para educación. Organización de plantas docentes. Incorporación de docentes directivos y

administrativo. Supervisores y directores de núcleo.

Disposición transitoria en educación