Post on 14-Mar-2020
“Instrumentos y procesos para la acción local en ma teria de violencia de género”
Carmen F. Morillo Consejo Audiovisual de Andalucía
LES STÉRÉOTYPES SEXISTES À TRAVERS LES SPOTS PUBLICITAIRES
RAPPORT SYNTHÈSE
“Instrumentos y procesos para la acción local en ma teria de violencia de género”
Carmen F. Morillo Consejo Audiovisual de Andalucía
LES STÉRÉOTYPES SEXISTES À TRAVERS LES SPOTS PUBLICITAIRES
RAPPORT SYNTHÈSE
Artículo 3, letra a) de la ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad
Es ilícita la publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere losvalores y derechos reconocidos en la Constitución, especialmente a los que serefieren sus artículos 18 y 20, apartado 4. Se entenderán incluidos en laprevisión anterior los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria ,bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo comomero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien suimagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren losfundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia aque se refiere la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra laViolencia de Género.
“Instrumentos y procesos para la acción local en ma teria de violencia de género”
Carmen F. Morillo Consejo Audiovisual de Andalucía
RAPPORT SYNTHÈSE
Artículo 3, letra a) de la ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad
Habrá de atenderse a la publicidad en concreto, y cuando en la misma dealguna manera se promueva la discriminación de la mujer frente al hombre, lasituación de dominio en el ámbito sexual, conductas humillantes y de algunaotra forma, bien por las frases en que se concrete el anuncio o por la imagen, sefavorezca este tipo de abuso o violencia sobre la mujer, sí que podríamosconsiderarla como publicidad ilícita de acuerdo con el art. 3 de la Ley 34/1988.
GRACIAS
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