Legislacion colombiana sobre la contaminaciã n del recurso suelo (1)

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GESTIÓN AMBIENTAL SUELO

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Gestión Ambiental de la

contaminación por metales

pesados en el suelo.

Dánika Castillo

Esteban Esquivel

Argemiro Moreno

Kelly Rodríguez

Carlos Sánchez

Universidad de Córdoba

IX Semestre.

Ing. Ambiental.

Montería

¿Que actores participan?

MADS convenio de asociación con IDEAM

(2011-2012)

• Diagnostico del estado del recurso suelo

• Estructuración de lineamientos estratégicos para el diseño de la política para

la gestión ambiental integral del recurso suelo en Colombia.

• Programa y estrategias de monitoreo y seguimiento de la degradación de los

suelos.

ANTECEDENTES INTERNCIONALES DE LA NORMATIVA

• “Carta Europea de

los suelos” en 1972:

El suelo es considerado

por primera vez activo

limitado, fácilmente

destruible por la

erosión, contaminación

y demás actividades que

le causen daño

•Cumbre del rio en

1992:

Reconocimiento de la

importancia de la protección

del suelo y sus usos

potenciales en un sentido de

desarrollo sostenible.

• Convenio sobre la diversidad

biológica en 1992:

la preocupación de que la diversidad

biológica se reduce significativamente

por la actividad humana, incluida la

gestión del suelo y de la tierra.

• Convención Marco sobre Cambio Climático

(CCC) : Reconoce que los problemas de degradación

del suelo y los cambios en el uso del mismo pueden

agravar la emisión de gases a la atmósfera.

• Convención de las Naciones Unidas (1994): Lucha

contra la desertificación y fija como objetivo evitar y

reducir la degradación del suelo, rehabilitar terrenos

parcialmente degradados y recuperar tierras

desertificadas

• Comisión de las

Comunidades

Europeas en el 2001:

Advirtió que la erosión y

el declive de la fertilidad

del suelo representan una

amenaza de primer orden

para el desarrollo

sostenible.

Países pioneros en la normativa

• ESPAÑA: Con la ley 10 del 21 de abril de 1998. -Legislación básica de

protección del suelo frente a la contaminación. -Identificación y

caracterización e suelos contaminados mediante una metodología

normalizada y técnicamente rigurosa (Real Decreto 9/20058).

• INGLATERRA: Elaboración de estrategia global, en la

cual se considera distintos tipos de amenaza para el suelo.

Fija una nueva serie de objetivos e indicadores clave del

suelo y estudia la relación entre suelo y ordenación del

territorio.

• FRANCIA: Aprobación de un plan nacional de gestión y

protección del suelo que insiste en el control de la

contaminación en el futuro.

•SUECIA: Desarrolla programa de vigilancia de los

ecosistemas que incluye distintos parámetros edáficos.

MANEJO DE PLAGUICIDAS: MARCO

INTERNACIONAL

Legislación colombiana sobre la

contaminación del recurso suelo.

No existe una ley o decreto especifico para los problemas de contaminación del

suelo.

Normas relacionadas

Constitución Nacional de 1991

• 17 artículos específicos, relacionados con la protección, conservación,

control y mejoramiento de los recursos naturales: 8, 63, 79, 80, 332, 334, etc.

Ley 23 de 1973

• Prevención y control de la contaminación del medio ambiente, mejoramiento,

conservación y restauración de los recursos naturales renovables.

• Art. 3. Se consideran bienes contaminables el aire, el agua y el suelo.

• Articulo 17: sanción por contaminación.

• Articulo 13: exceder los niveles máximos permisibles de contaminación

causa intervención del estado.

• Articulo 14: destinación de recursos a recuperar el ambiente.

Decreto 2811 de 1974. Código de los

Recursos Naturales

• Artículo 8: factores de deterioro.

• Artículo 34: manejo de residuos, basuras,

desechos y desperdicios.

• Artículo 179: mantener su integridad física

y su capacidad productora.

• Articulo 185: protección de suelos frente a

Minería.

Ley 9 de 1979. Código Sanitario Nacional

• Entre sus disposiciones prohíbe descargar, sin autorización, los residuos,

basuras y desperdicios y, en general, de desechos que deterioren los suelos o

causen daño o molestia a individuos o núcleos humanos. (articulo 130,

sustancias peligrosas)

Decreto 605 de 1996. Regulación manejo de

residuos sólidos.

se menciona las situaciones que se deben evitar en el manejo de basuras, para

evitar la contaminación del suelo.

• Artículo 73º.- Selección de sitios para la disposición final de basuras:

• Artículo 74º.- Selección de técnicas para la disposición final de residuos sólidos:

• Artículo 75º.- Normas ambientales para los rellenos sanitarios.

• Artículo 77º.- Responsabilidad en vigilancia y control para los sitios de disposición final de basuras.

Decreto 1974 de 1989. (31 DE AGOSTO)

Artículo 7: El Distrito de Manejo Integrado de los Recursos

Naturales Renovables (DMI) se organizará conforme a un

proceso de ordenamiento territorial, realizando:

Recuperación

Producción

PreservaciónRecuperación

Suelos con alto grado de erosión.

Suelos que presenten procesos desalinización y solidicidad.

suelos y cuerpos de agua quepresentan toxicidades comprobadas.

La recuperación se

tomarán en cuenta

cuando:

LEY 99 DE 1993(diciembre 22)

ARTICULO 5o. Funciones del Ministerio.

Expedir

y

actualizar

zonificación de uso adecuado del territorio

Apropiado ordenamiento de sus aspectos ambientales

Regulaciones nacionales sobre uso del suelo

ARTICULO 31. Funciones de Las Corporaciones Autónomas Regionales.

Ejercer las funciones:

Vertimiento

Incorporación

Que comprendan:

Sustancias o residuoslíquidos, sólidos ygaseosos, a los suelos.

Evaluación, control y seguimiento ambientalde los usos del suelo.

ARTICULO 42. Tasas Retributivas y Compensatorias.

La utilización directa o indirecta del suelo

• Desperdicios agrícolas, mineros o industriales.

• Aguas negras o servidas de cualquier origen.

• Vapores y sustancias nocivas.

Para introducir:

Se sujetará al pago de tasas retributivas por las

consecuencias nocivas de las actividades expresadas.

ARTICULO 60.

Restauración o lasustitución morfológica yambiental de todo elsuelo.

En la explotación

minera a cielo

abierto.

se exigirá

Por cuenta del beneficiariodel título minero

LEY 388 DE 1997

Establecer

Ordenamiento

de su territorio.

El uso equitativo

y racional del

suelo.

Artículo 1º. Objetivos.

Mecanismos que permitan al municipio.

Artículo 6º.

Estrategias territoriales

de uso, ocupación y

manejo del suelo.Objetivos:

Económicos

Sociales

Urbanísticos Ambientales

Ordenamiento del territorio municipal

En función

Definir

CONCLUSIONES

• El interés de la protección del recurso suelo es de interés mundial.

• Esta es una problemática contemporánea.

• En Colombia, la inexistencia de un marco normativo del tema es precario.