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La responsabilidad de los
árbitros en el proceso arbitralFausto Albuja Guarderas
Cuenca, octubre 2017
PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO
ECUADOR
Caso J&P Avax vs. Tecnimont SPANulidad de Laudo Arbitral
Alcance del deber de revelación del arbitro José Carlos Fernández Rozas
Circunstancias que no conciernendirectamente al árbitro sino al entornode la firma internacional de abogadosdonde trabajaba como consejero.
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Caso J&P Avax vs. Tecnimont SPANulidad de Laudo Arbitral
Circunstancias que no conciernen directamente al árbitrosino al entorno de la firma internacional de abogados dondetrabajaba como consejero:
- La firma de abogados no solo asesoraba a la empresamatriz de una de las partes en litigio, sino a una filial de lamisma que le pertenecía en su totalidad.
- La oficina de la firma en China había asesorado a la casamatriz en una operación en ese país.
- Un abogado de la firma había sido árbitro único al mismotiempo en el que se desarrollaba el procedimiento arbitral.
Por la falta de independencia del árbitro, elTribunal Arbitral estuvo irregularmenteconstituido y consecuentemente anuló laresolución.
Alcance del deber de revelación del arbitro José Carlos Fernández Rozas
“Los mencionados conflictos no vinculanexclusivamente a las partes en litigio sino a todaslas sociedades del grupo al que pertenecen”
Corte de Apelación de Paris
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ConsecuenciasIndependencia e
imparcialidad
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Conflicto de
intereses
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Lina Marcela Escobar-Martinez. La independencia, imparcialidad y conflicto de interés del árbitr, 15 International Law, recista Colombiana de Derecho
Internacional, 181-214 (2009)
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“…es definida por oposición a dependencia”Citando a la Corte de Apelaciones de Parísdependencia es: “.., Un vínculo material conuno de los litigantes tal, que pueda afectar ladecisión del árbitro, mostrando un riesgo desesgo a favor de uno de los litigantes”
Independencia
“ …lo que significa la imparcialidad es que laley -el ordenamiento jurídico- sea el únicocriterio del juicio del juez”. “La imparcialidadquiere decir desinterés y neutralidad;consiste en poner entre paréntesis todas lasconsideraciones subjetivas del juez, finalidada la que atiende todo un sistema deincompatibilidades y prohibiciones, derecusaciones y abstenciones...”
Imparcialidad
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“[Sesgo] incluye el interés financiero de un árbitro en el resultadodel arbitraje, una decisión del árbitro sobre un contencioso que serefería directamente a su propio empleo lucrativo por un períodoconsiderable, una relación familiar que hacía sospechar laimparcialidad del árbitro, el empleo anterior del árbitro por una delas partes, y el empleo del árbitro por una de las firmas deabogados de una de las partes…”
Caso Toyota of Berkeley vs.Automobile Salesmen´s
Union Local- 1988
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Deber de información2
Precisa
Continuada
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Deber de información2
Precisa
Continuada
ICC Reglamento de arbitraje
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Deber de información2
Precisa
Continuada
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Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI (revisado en 2010)
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Consecuencias3
Recusación
Nulidad del laudo arbitral
Responsabilidad del arbitro
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Consecuencias3
Recusación
Nulidad del laudo arbitral
Daños y perjuicios
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Convenio CIADI, reglamento y reglas
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Convenio CIADI, Reglamento y Reglas
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Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI (revisado en 2010)
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Consecuencias3
Recusación
Nulidad del laudo arbitral
Daños y perjuicios
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Convenio CIADI, Reglamento y Reglas
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Consecuencias3
Recusación
Nulidad del laudo arbitral
Daños y Perjuicios
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Ley de Arbitraje y Mediación – Ecuador
Obligación de cumplir el encargo de árbitro
Art. 18.- Aceptado por los árbitros el cargo de tales, éstos tienen la obligación irrestricta decumplir las funciones que la presente Ley les asigna, debiendo responder a las partes, encaso de incumplimiento de sus funciones por los daños y perjuicios que su acción uomisión les causare, a menos que se trate de un impedimento justificado.
Si un árbitro dejase de constar en la lista mencionada en el artículo 40 continuará actuandocomo tal hasta la resolución de la controversia conocida por el tribunal que integra.
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REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACION DE LA CAMAR DECOMERCIO ECUATORIANA AMERICANA
Art. 25.- Son deberes y obligaciones del árbitro, además de las señaladas en la Ley de Arbitraje y Mediación y el presenteReglamento, las siguientes:
1. Desempeñar fielmente el cargo encomendado, respetando los principios de confidencialidad, reserva, absolutaimparcialidad, neutralidad y los demás que se establecen en el Código de Etica;
CAPÍTULO V - CÓDIGO DE ÉTICA
Art. 110.- Principio de Neutralidad o Imparcialidad.- Los árbitros, mediadores, secretarios arbitrales y peritos deberán entodo momento mantener una posición neutral y de imparcialidad frente las partes del caso en que intervengan en talescalidades. En consecuencia, no podrán adoptar posturas que manifiesten un interés personal en el caso asignado ocualquier interés frente al asunto que es materia del conflicto.
Las personas mencionadas deberán manifestar, antes de asumir el caso asignado, cualquier causa que pueda restarleneutralidad o imparcialidad respecto del mismo. De la misma manera, de sobrevenir alguna causa una vez asumido elcargo, deberán manifestarlo al Director del CAM, quien decidirá al respecto y de ser necesario procederá a la designaciónde una nueva persona para que asuma el caso.
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¡Gracias!