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Excmo. Ayuntamiento de Soria
MAAG/mrm
Sesión ordinaria número 9
En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las diez horas del día once de marzo de dos mil dieciséis, se
reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en primera
convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros:
ASISTENTES:
Alcalde Presidente: __________ D. Carlos Martínez Mínguez. Primer Tte. Alcalde:__________ D. Luis A. Rey de las Heras.
Concejala: _________________ Dª. Ana Alegre Martínez. Concejal: __________________ D. Ángel Hernández Martínez.
Concejala: _________________ Dª. Teresa Valdenebro Mateo. Concejala: _________________ Dª. Lourdes Andrés Corredor.
Interventora Acctal:________ Dª Belén Gallardo Sáez
Secretario Gral:______________D. Mariano A. Aranda Gracia.
Excusan su asistencia Dª. Marta Cáceres Piñuel y D. Javier Antón
Cacho.
1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 4 DE MARZO DE 2016.
Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 4 de marzo
de 2016. Al no formularse observaciones por parte de los presentes, el Acta es aprobada por unanimidad.
2.- DISPOSICIONES Y COMUNICADOS.
2.1.-Se da cuenta de la Declaración Responsable para ejecución de
las obras relacionadas a continuación:
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INTERESADO SITUACIÓN OBRA OBRAS A REALIZAR
CDAD. PROP. CAMPO, 1 CAMPO, 1 REPARACIÓN DE GOTERAS EN CUBIERTA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado. La utilización de medios auxiliares será objeto de solicitud de licencia.
CDAD. PROP. CLEMENTE SAENZ, 5 Y 7
CLEMENTE SAENZ, 5 Y 7 Y JOSE JOAQUÍN DURAN, 1-3-5
PINTADO DE FRENTES DE FORJADO. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado. La utilización de medios auxiliares será objeto de solicitud de licencia.
MARIA LUCIA JIMENEZ GOMEZ
FRANCISCO DEL RIO, 2-1º A CAMBIO DE VENTANA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
JAVIER LOZA LARREA VICENTE TUTOR, 5 (BAR GANTOK)
COLOCACIÓN DE TOLDO. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
EMILIO LAFUENTE LAFUENTE ANTONIO ONCALA, 38 CERRAMIENTO PORCHE DE ENTRADA A LA VIVIENDA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para
realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
CDAD. PROP. JORGE MANRIQUE, 7-9
JORGE MANRIQUE, 7-9 COLOCACIÓN DE SALVAESCALERAS EN LOS PORTALES Y SUSTITUCIÓN DE LOS ALBARANES. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos
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habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
CDAD. PROP. JOSE LUIS PALOMAR, 3
JOSE LUIS PALOMAR, 3 APERTURA DE VENTILACIONES NATURALES A FACHADA EN CUARTO DE COMUNIDAD Y COLOCACIÓN DE REJILLAS. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado. Asimismo se informa con independencia de otro tipo de autorizaciones en base a la LPH.
LASANTA SEGURA, SL (JUGUETTOS)
PLAZA DEL OLIVO, 3-BAJO ROMPER UN TROZO DE FALSO TECHO Y AMPLIAR LARGURA DEL SEGUNDO ESCALÓN DE UN CUARTO. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos
habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
JOSÉ PÉREZ ORDEN RAMILLETE, 1-1º IZDA CERRAR UN BALCÓN. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
CDAD. PROP. TERMANCIA, 4 TERMANCIA, 4 APLICACIÓN DE MICROCEMENTO, RECOGIDO DE ZONAS AFECTADAS, IMPRIMACIÓN, PINTURA Y ARREGLO DE TRAGALUZ INTERIOR. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
NURIA ARRIBAS MATA MARTIRES DE LA INDEPENDENCIA, 3-4º IZDA
SUSTITUCIÓN DE BAÑERA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
TOMÁS SANTA BARBARA ROMERA
PINTOR MAXIMINO PEÑA, 4-1º A
SUSTITUCIÓN DE BAÑERA POR PLATO DE DUCHA Y ALICATADOS. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para
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realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
ILIE FLORIN GRIGORAS REAL, Nº 37 DEL BARRIO DE LAS CASAS
LIMPIEZA, PINTURA Y ALICATAR COCINA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
CONSTRUCTO, SA AVDA. VALLADOLID, 107 SUSTITUCIÓN DE TEJA EN CUBIERTA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado. La utilización
de medios auxiliares será objeto de solicitud de licencia.
ROBERTO GONZALEZ CHAMARRO
LAS CASAS, 60-2º A REFORMA DE CUARTO DE BAÑO (SUSTITUCIÓN DE BAÑERA POR PLATO DE DUCHA Y CAMBIO DE BALDOSÍN). Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
H.A. PUERTA DE SORIA, SL (HOTEL CIUDAD DE SORIA)
ZARAGOZA, 34 COLOCACIÓN DE PIEDRAS DE FACHADA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado. La utilización de medios auxiliares será objeto de solicitud de licencia.
MIGUEL ANGEL JIMENEZ ESTEBAN
POLIGONO INDUSTRIAL LAS CASAS II CALLE C PARCELA C MOD. 4
COLOCAR LETRERO Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
MARIANO ARRIBAS MANCHADO
PASEO SANTA BÁRBARA, 7-3º D
CAMBIO DE VENTANAS. Se mantendrán los criterios de uniformidad de la Comunidad de Vecinos.
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Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
ENRIQUE REDONDO ROMERO
LA VERGUILLA, 8-1º C CAMBIO DE VENTANAS. Se mantendrán los criterios de uniformidad de la Comunidad de Vecinos. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
JESUS CORCHON MARIN RETOGENES, 7 Y 9 BAJO. LOCAL COMERCIAL (GIMNASIO).
PINTAR FACHADA E ILUMINACIÓN DE LA MISMA. Se mantendrán los criterios de uniformidad de la Comunidad de Vecinos. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para
realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
JOSE MIGUEL HERRERO DUPLA
LÓPEZ YANGUAS, 1-1º D SUSTITUCIÓN DE 2 VENTANAS. Se mantendrán los criterios de uniformidad de la Comunidad de Vecinos. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
CDAD. PROP. SANTA BÁRBARA, 3-5-7 Y CHANCILLERES, 1
SANTA BÁRBARA, 3-5-7 CAMBIAR GORRO DE CHIMENEA DE TEJADO. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado. La utilización
de medios auxiliares será objeto de solicitud de licencia.
JESUS CAMPOS CILLA ARZOBISPO FUENMAYOR, 4-6
SUSTITUCIÓN DE VENTANAS. ADECUACIÓN DE HUECO EN PUERTA VIEJA DE COCHERA PARA COLOCACIÓN DE PUERTA DE ACCESO Y ESCAPARATE. APERTURA DE HUECO PARA COLOCACIÓN DE PUERTA DE PACHO Y ADECUACIÓN DE FACHADA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica
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Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
MEMORA SERVICIOS FUNERARIOS SLU
TANATORIO DE SORIA. POL. IND. LAS CASAS C/J. PARCELA 202
SUSTITUCIÓN DE PLACAS DE FALSO TECHO Y PINTURA DE LAS MISMAS. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
SUSANA GÓMEZ PUENTE JUAN LÓPEZ DE VELASCO, 1-1º D
SUSTITUCIÓN DE AZULEJOS EN COCINA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos
habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
JULIO RUIZ VILLAR HELIODORO CARPINTERO, 2-BAJO
SUSTITUCIÓN DE PEGATINA DE BANDEROLA DE RÓTULO Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
CARMEN LAFUENTE SORIANO
AVDA. VALLADOLID, 8-4ºD SUSTITUCIÓN DE BAÑERA POR PLATO DE DUCHA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
CDAD. PROP. EDUARDO SAAVEDRA, 75-77
EDUARDO SAAVEDRA, 75 SELLAR JUNTAS DE ALUMINIO EN FACHADA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
2.2.-Se da cuenta de la Declaración Responsable/comunicación
previa de los siguientes establecimientos:
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INTERESADO SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD
ACTIVIDAD
DONOSTI RECEPTIVO, SL PASEO DEL ESPOLÓN, 10 LOCAL 1B
Ejecución de obras y ejercer la actividad de AGENCIA DE VIAJES, denominado “VIAJES PISAMUNDO SORIA”, indicando que el régimen de funcionamiento será siempre conforme a normativa, sin perjuicio de posteriores inspecciones y de las autorizaciones que procedan por parte de otros organismos.
SORIA TV, C.B. JOSE LUIS PALOMAR, 6-BAJO Ejercer la actividad de SERVICIOS DE TELEVISIÓN, denominado “SORIA TV”, indicando que el régimen de funcionamiento será siempre conforme a normativa, sin perjuicio de posteriores inspecciones y de las autorizaciones que procedan por parte de otros organismos.
DRAGADOS, SA CTRA. DE LOGROÑO, 15-BAJO Ejercer la actividad de OFICINA ADMINISTRATIVA, denominado “DRAGADOS, SA”, indicando que el régimen de
funcionamiento será siempre conforme a normativa, sin perjuicio de posteriores inspecciones y de las autorizaciones que procedan por parte de otros organismos.
3.- APROBACIÓN DE LAS BASES PARA LAS BOLSA DE EMPLEO DE ADMINISTRATIVOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL PARA
EL AÑO 2016.
Examinado tanto el dictamen emitido por la Comisión de Organización y Modernización Administrativa de 15 de febrero de
2.016, como el emitido por la Comisión Paritaria Conjunta de Funcionarios y Laborales de Seguimiento, interpretación y
cumplimiento del acuerdo Convenio de fecha 22 de febrero del actual, relativos a la propuesta de bases para la confección de diversas
bolsas de empleo de este Excmo. Ayuntamiento durante al menos el año 2016, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de
conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.
Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Aprobar las bases para la confección de la bolsa de empleo de
este Excmo. Ayuntamiento de Administrativos de Administración General, cuyo contenido es el siguiente:
BASES PARA LA CONFECCION DE UNA BOLSA DE EMPLEO DE
ADMINISTRATIVOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL PARA EL AÑO
2.016
1 Objeto de la Convocatoria
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1.1.El Ayuntamiento de Soria tiene prevista la confección de una lista ordenada de
aspirantes a ser contratados, con carácter laboral temporal, con la categoría de
Administrativos de Administración General, Grupo III de Convenio (equivalente
al Grupo C1 de funcionarios), mediante procedimiento de concurso-oposición
libre, para atender a las necesidades que durante al año 2.016 puedan
producirse en este Ayuntamiento.
2 Requisitos de los candidatos
2.1. Para ser admitidos al concurso-oposición los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
a) Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de aplicación
sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los
nacionales de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea y
de los extranjeros residentes en España.
b) Tener cumplidos 16 años de edad.
c) No padecer enfermedad infecto contagiosa y poseer la capacidad física y
psíquica necesaria para el desempeño de las correspondientes
funciones.
d) Estar en posesión del título de Bachiller LOGSE, Bachiller Superior,
Técnico de Grado Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o
equivalentes. En el supuesto de invocar título equivalente al exigido,
habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad competente
en materia educativa, que acredite la equivalencia.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado
para el desempeño de las funciones públicas.
Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar
el plazo de admisión de solicitudes y estar en posesión de los mismos en la
fecha de contratación; dicha contratación tendrá carácter temporal.
3 Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en este procedimiento deberán hacerlo mediante
instancia, pudiéndose utilizar el modelo que se facilitará en la Oficina Municipal
de Registro e Información o descargarse de la página web del Ayuntamiento
de Soria (www.soria.es, Sección de Empleo Público), a la que acompañarán
fotocopia del Documento Nacional de Identidad, fotocopia compulsada o
autenticada de la documentación que aporten para la fase de concurso y
resguardo acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen,
cuyo importe se fija en la cantidad de diez euros
La citada tasa se abonará a través del Portal de Autoliquidaciones de la
web municipal, Departamento de Personal y Modelo Bolsas de Empleo,
haciendo constar el nombre del aspirante y en el apartado observaciones
“Derechos examen Bolsa Administrativos 2016”.
Quedan exentos del pago de dichos derechos de examen:
1- Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100,
debiendo presentar para ello la correspondiente certificación.
2- Las personas que figuren como desempleados y demandantes de
empleo durante, al menos, tres meses anteriores a la convocatoria, a
cuyo efecto deberán aportar certificación expedida por la Oficina de
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Empleo correspondiente, así como certificación del INSS justificativa
de no encontrarse en situación de alta en ninguno de los regímenes de
la Seguridad Social, tanto de trabajadores por cuenta propia como
ajena.
La citada tasa sólo será devuelta cuando no se realice su hecho imponible
por causas no imputables a los aspirantes, no procediendo la devolución de los
derechos de examen por no cumplir los requisitos o no aportar los documentos
exigidos en la presente convocatoria, conforme a lo dispuesto en el apartado 7
de la Resolución de 9 de Enero de 2.002, de la Secretaria de Estado para la
Administración Pública y en el artículo 6º de la Ordenanza Fiscal del
Ayuntamiento de Soria nº 42.
En ningún caso la presentación y pago de la tasa por derechos de examen
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud.
Asimismo, la falta de abono de la misma durante el plazo de presentación
de las solicitudes, excepto en los supuesto de exención acreditada
documentalmente, determinará la exclusión definitiva del aspirante al proceso
selectivo, no siendo subsanable tal omisión.
3.2 Los interesados habrán de presentar las solicitudes, que se dirigirán al Ilmo. Sr.
Alcalde-Presidente, en el Registro General de este Ayuntamiento o a través de
la vía establecida en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de quince días naturales contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial
de la Provincia”. Si el último día del plazo fuese sábado, domingo o festivo, se
prorrogará hasta el primer día hábil siguiente.
Quienes dispongan de Dni electrónico o Certificado de Usuario emitido por
la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, podrán presentar su solicitud en la
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Soria (www.soria.es), en el Registro
Electrónico y a través del procedimiento “Solicitud de admisión a pruebas de
ingreso”.
3.3 La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley
15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el
consentimiento de los afectados para su inclusión en el fichero de personal de
esta entidad local, cuya finalidad es la derivada de la gestión de la unidad de
personal, siendo obligatoria su cumplimentación, disponiendo de los derechos
de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la
legalidad vigente y siendo responsable del fichero el Excmo. Ayuntamiento de
Soria.
3.4 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación, mediante escrito
motivado dentro del plazo de presentación de instancias establecido en el
apartado 3.2 de esta Base Tercera.
3.5 Si alguna de las solicitudes adoleciese de algún defecto, se requerirá al
interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta observada o
acompañe los documentos preceptivos, de conformidad con lo establecido en el
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art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, percibiéndole que si no lo
hiciere se archivará la instancia sin más trámites.
4 Admisión de los aspirantes.
4.1 Terminado el plazo de presentación de instancias y mediante Resolución de
Alcaldía, que se publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la
página web del Ayuntamiento de Soria, se declararán aprobadas las listas
provisionales de admitidos y excluidos, indicando, en este último caso, las
causas de exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contado a partir
del día siguiente al de la publicación de la Resolución citada anteriormente, para
subsanar el defecto que haya motivo su exclusión.
4.3 Las reclamaciones a las listas provisionales de admitidos y excluidos se
resolverán mediante Resolución de Alcaldía, que aprobará las listas definitivas
de admitidos y excluidos; dicha lista será publicada únicamente en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento y en la página web, al igual que el lugar, fecha y
hora de la celebración del primer ejercicio.
5. Composición del Tribunal.
5.1 El Tribunal, que será nombrado por la Junta de Gobierno Local, estará
compuesto por los siguientes miembros, todos ellos con voz y voto:
- PRESIDENTE: El Secretario General de la Corporación o funcionario en quien
delegue.
- VOCALES:
- Dos funcionarios de carrera o trabajadores laborales fijos del Ayuntamiento
Soria, de igual o superior categoría, pertenecientes al menos a los Grupos
C1 o III.
Un funcionario de carrera o trabajador laboral fijo, que actuará a título
individual, designado por el Comité de Empresa.
- SECRETARIO: Un funcionario de carrera de la Sección de Organización y
Calidad de los Servicios del Ayuntamiento.
Podrán actuar como observadores un representante de cada uno de los
Grupos Políticos Municipales, con voz y sin voto.
El Tribunal podrá requerir la asistencia de asesores técnicos para todas o
alguna de las pruebas.
5.2 La totalidad de los miembros del Tribunal deberá poseer un nivel de titulación
igual o superior al exigido para los puestos de trabajo ofertados. No podrá
formar parte del Tribunal quienes hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los 5 años anteriores a la publicación de la
presente convocatoria.
5.3 El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad
de sus miembros ya sean titulares o suplentes, indistintamente, incluidos el
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Presidente y el Secretario En ausencia del Presidente, le sustituirá el vocal
presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden.
5.4 La publicación nominativa de los miembros titulares o suplentes que componen
el Tribunal se hará publica en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la
página web municipal; los mismos podrán ser recusados por los aspirantes
cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992 de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo Común, o bien abstenerse de intervenir cuando concurran en
ellos las circunstancias previstas en el citado artículo.
6. Procedimiento de selección y desarrollo de las pruebas
6.1 El procedimiento de selección será concurso-oposición libre y constará de las
dos siguientes fases:
6.1.a) Fase de concurso: La presente fase no tendrá carácter eliminatorio,
ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de
oposición, valorándose por tanto únicamente a los aspirantes que
superen la citada fase. Se considerarán los méritos que seguidamente
se establecen y con un máximo de 3 puntos:
Servicios del mismo carácter prestados en la propia Corporación, se
valorarán a razón de 0’10 puntos por cada mes completo trabajado.
Se acreditarán mediante declaración jurada aportada por el
aspirante, en la que se indicarán los periodos trabajados en este
Ayuntamiento.
Servicios del mismo carácter prestados en otras Administraciones
Públicas, se valorarán a razón de 0’075 puntos por cada mes
completo trabajado. Se acreditarán dichos servicios mediante
certificación expedida por la Administración correspondiente. Podrán
también acreditarse mediante la aportación del contrato de trabajo,
acompañado de la vida laboral del solicitante, siendo imprescindible
la aportación de ambos documentos para poder valorar los
mencionados servicios.
Servicios del mismo carácter prestados en el sector privado, se
valorarán a razón de 0’050 puntos por cada mes completo trabajado.
Se acreditarán dichos servicios mediante certificación expedida por la
empresa correspondiente. Podrán también acreditarse mediante la
aportación del contrato de trabajo, acompañado de la vida laboral
del solicitante, siendo imprescindible la aportación de ambos
documentos para poder valorar los mencionados servicios.
6.1.b) Fase de oposición: Consistirá en la realización de los siguientes
ejercicios:
1º Ejercicio: Prueba objetiva consistente en cumplimentar por
escrito, en un tiempo máximo de 30 minutos, un test de 50 preguntas,
con tres respuestas alternativas, sobre el temario que se adjunta en el
Anexo nº I de esta convocatoria.
2º Ejercicio: Consistirá en una prueba objetiva formada por uno o
varios supuestos de carácter práctico propuestos por el Tribunal, a
desarrollar por escrito en un tiempo máximo de dos horas y relacionados
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con el temario que figura como Anexo I y/o con las funciones propias de
las plazas que se convocan.
Dicho ejercicio será trascrito en ordenador, utilizando la
aplicación informática que consideren más adecuada.
Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán
hacer uso de los textos legales de los que acudan provistos.
En este ejercicio se valorará la sistemática en el
planteamiento, formulación de conclusiones y el conocimiento y
adecuada aplicación de la normativa vigente.
6.2 Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio
y su calificación se determinará por el Tribunal otorgando a cada uno un
máximo de 10 puntos, debiendo obtener al menos 5 puntos para superar cada
ejercicio.
En el primer ejercicio, tipo test, cada respuesta correcta puntuará 0,20
puntos y cada respuesta incorrecta penalizará con 0,07 puntos, no puntuando ni
penalizando las preguntas no contestadas.
El segundo ejercicio se calificará con la media resultante de las calificaciones
otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las
puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia
superior a dos puntos; en el supuesto de que haya más de dos notas emitidas
que se diferencien en dos o más puntos, sólo se eliminarán una de las
calificaciones máximas y otra de las mínimas
6.3 La puntuación total se obtendrá mediante la suma de las calificaciones
obtenidas en los dos ejercicios propuestos y superados con una puntuación, al
menos, de 5 puntos, a la que se incrementará la puntuación obtenida en la fase
de concurso.
6.4 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el
primero de la letra “Z”, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de la
Junta de Gobierno Local de fecha 22 de Enero de 2.016.
6.5 En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que
acrediten su personalidad
7. Lista ordenada de aspirantes
7.1 La lista de aspirantes que hayan superado los dos ejercicios propuestos se
establecerá por riguroso orden de calificaciones, siendo el primero de la lista el
que mayor puntuación total haya alcanzado y así sucesivamente. En caso de
empate, el orden se determinará por la mayor puntuación obtenida en el
segundo ejercicio y de persistir por la obtenida en el primero; si persiste el
empate, se determinará por sorteo. La citada lista se expondrá en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal.
7.2 Finalizadas las pruebas selectivas el Tribunal elevará a la Alcaldía la relación
definitiva de aspirantes propuestos por orden de puntuación en la que
constarán las calificaciones obtenidas.
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8. Provisión de vacantes, contratación y presentación de
documentos
8.1 Las necesidades de contratación que se vayan produciendo se atenderán por
orden prioritario de puntuación obtenida. El llamamiento se realizará
nominalmente. Si se diera la circunstancia de que la persona a quien
correspondiera cubrir la vacante se hallase trabajando en el momento del
llamamiento, el puesto lo ocupará el siguiente de la lista y el anterior perderá
su turno, pasando a ocupar el último lugar, siempre y cuando acredite su
situación laboral.
Quienes renuncien a la vacante ofrecida sin acreditar que están trabajando,
serán retirados de la Bolsa correspondiente.
8.2 El que renuncie al contrato una vez formalizado, será retirado de la lista (salvo
en el supuesto recogido en el apartado 8.2 para contratos a tiempo parcial y
por una sola vez).
8.1 El aspirante seleccionado habrá de presentar la documentación acreditativa de
los requisitos exigidos en la base segunda, en el plazo máximo de 48 horas
desde que se produzca su llamamiento, el cual se efectuará telefónicamente,
por lo que será imprescindible que los aspirantes faciliten su número de teléfono
y si tras tres intentos de llamada, en horas diferentes, no se obtuviera
respuesta, se pasará al siguiente de la lista, pasando éste a ocupar el último
lugar.
Asimismo, si el aspirante facilita dirección de correo electrónico y autoriza
su uso, se podrá intentar contactar con él por esta vía o a través de sms,
debiendo dar la contestación al llamamiento en el primer día hábil siguiente a la
recepción del correspondiente mensaje; en caso contrario se procederá
conforme a lo indicado en el párrafo anterior, contactando con el siguiente
aspirante.
Si en el plazo que se indique, y salvo casos de fuerza mayor, el aspirante
seleccionado no presentará la documentación requerida o no reuniera los
requisitos exigidos en el momento de la contratación, no se procederá a esta,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad
en la instancia, solicitando tomar parte en la convocatoria.
8.2 En el supuesto de que el contrato que se formalice sea a tiempo parcial, al
trabajador le será ofrecido en primer lugar y por una sola vez, el siguiente
contrato que deba realizarse.
8.3 Cuando el contrato laboral temporal celebrado con alguno de los aspirantes sea
de duración inferior a cuatro meses, mantendrá el puesto en la lista para
posteriores contrataciones hasta completar al menos los citados cuatro meses.
9. Vigencia de la Bolsa
9.1 La Bolsa de Empleo resultante del presente proceso selectivo, entrará en vigor
el día de su aprobación por el órgano competente y tendrá validez, al menos,
durante el año 2.016 y hasta la aprobación de la siguiente Bolsa de Empleo,
quedando sin efectos las Bolsas de años anteriores. Su duración no será
superior a cuatro años o lo que marque el Convenio Colectivo en vigor.
14
Si antes de tal aprobación se hubiera agotado la citada bolsa, se procederá
de nuevo a consumir otro turno, desde el principio y por su correspondiente
orden, sin considerar a los excluidos por renuncia o baja voluntaria.
ANEXO I
Tema 1.- La Constitución española de 1.978. Principios Generales. Estructura.
Organos e Instituciones Constitucionales.
Tema 2.- Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantías,
protección y suspensión. El Defensor del pueblo.
Tema 3.- Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su
significado. Régimen de competencias.
Tema 4.- El Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Estructura y contenido.
Organización de la Comunidad. Régimen de competencias. La Junta de
Castilla y León. Atribuciones de los Organos de Gobierno de la
Comunidad.
Tema 5.- El administrado. Concepto y clases. El acto administrativo. Concepto.
Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.
Tema 6.- La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables.
Los recursos administrativos: Concepto, principios generales y clases.
Tema 7.- El Municipio. El término municipal. La Población. El empadronamiento.
Tema 8.- Organización municipal. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos
de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificación y
publicación de los acuerdos.
Tema 9.- Competencias municipales. Las formas de actividad de las entidades
locales.
Tema 10.- El procedimiento administrativo local. El Registro de Entrada y Salida de
documentos. Requisitos en la presentación de documentos.
Comunicaciones y notificaciones.
Tema 11.- Documentación administrativa. Concepto de documento. Registro y
archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo. Especial
referencia al archivo de gestión.
Tema 12.- La potestad reglamentaria de las entidades locales. Organos titulares.
Las Ordenanzas y Reglamentos. Distinción. Clases.
Tema 13.- Régimen Jurídico de los contratos de las Entidades Locales.
Características de los distintos tipos de contratos.
Tema 14.- Clases de bienes locales. Los bienes de dominio público. Problemática de
los bienes comunales. Bienes patrimoniales de las entidades locales.
Tema 15.- La intervención administrativa local en la actividad privada. Las licencias
y autorizaciones administrativas: Sus clases. La actividad de fomento en
la esfera local.
Tema 16.- El servicio público en las entidades locales. Los modos de gestión.
Especial referencia a la concesión de servicios y a la empresa pública
local. El consorcio. Los órganos Autónomos municipales
Tema 17.- El personal al servicio de las Entidades Locales. Concepto y clases.
15
Tema 18.- Relaciones de puestos de trabajo. Oferta de Empleo Público. Ingreso de
Personal al servicio de la Administración Local. Provisión de Puestos de
Trabajo. Carrera administrativa.
Tema 19.- Legislación Urbanística en Castilla y León. Competencia Urbanística
Municipal.
Tema 20.- Instrumentos de planeamiento general. Municipios sin ordenación.
Planeamiento de desarrollo. Elaboración y aprobación de planes.
Ejecución del planeamiento
Tema 21.- Los recursos de las Haciendas locales. La gestión y liquidación de
recursos. Ordenanzas fiscales
Tema 22.- El presupuesto de las Entidades Locales. Estructura y procedimiento de
elaboración y aprobación.
4.- CONCESIÓN DEFINITIVA DE AYUDA DE REHABILITACIÓN EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN (APE) A
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS POSTAS Nº 25.
Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente
de Eco-inversión (APE) formulada por la Comunidad de Propietarios Postas nº 25.
Informado favorablemente por los Servicios Técnicos municipales, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos
exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de
conformidad con lo establecido en el art. 16 de la Ordenanza por la que se regula esta ayuda (BOP Soria núm. 63 de 1 de junio de 2015),
la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha
siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Conceder definitivamente la ayuda de rehabilitación provisionalmente decretada en fecha 11 de septiembre 2015 y, en
consecuencia, abonar a la Comunidad de Propietarios Postas 25, representada por D. José María García Guerra, la cantidad de
3.606,08 €, en concepto de adecentamiento de fachada o de obra conducente a la consecución de eficiencia energética de los edificios
Programa APE.
16
5.- RECEPCIÓN OBRAS DE URBANIZACIÓN PARCELA U-34 A) C/ ALONSO DE VELÁZQUEZ NÚM. 2, 4 Y 6.
Visto el expediente que se sigue en este ayuntamiento para la
recepción de las obras de Urbanización de la citada parcela y levantada acta de recepción, a la vista del informe favorable emitido
por los Servicios Técnicos municipales
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde
en fecha siete de julio de dos mil quince, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 206 del Reglamento de Urbanismo, acuerda:
1º.- Notificar a “UTE Castilla” la conformidad con la
urbanización ejecutada conforme al proyecto técnico suscrito por el arquitecto D. José Ramón Sainz Magaña aprobado por La Junta de
Gobierno Local de 13 de junio de 2014; todo ello de conformidad con lo establecido en el Art. 213 del RUCyL.
2º.- Dar conformidad al acta de recepción de las obras de urbanización suscrita fecha 25 de febrero de 2016 fecha a partir de la
cual comenzará a computar el año de garantía durante el cual el urbanizador está obligado a subsanar las deficiencias derivadas de
una incorrecta ejecución surgidas durante dicho plazo, previo requerimiento el Ayuntamiento.
6.- APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN, CONCESIÓN
DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS MISMAS PARA LA REFORMA DE CAJAS DE ESCALERAS E
INSTALACIÓN DE ASCENSORES EN EDIFICIO SITO EN PLAZA CONDES DE LÉRIDA Nº 2 DE SORIA, PROMOVIDO POR CARLOS
JIMÉNEZ CARMONA.
Visto el proyecto de ejecución para la reforma de cajas de
escaleras e instalación de ascensores en edificio sito en Plaza Condes de Lérida nº 2 de Soria, promovido por Carlos Jiménez Carmona y
suscrito por los técnicos D. Miguel de Lózar de la Viña y D. Alfonso Sánchez de Toca Redondo.
El expediente ha sido informado favorablemente por los
Servicios Técnicos Municipales en fecha de 3 de marzo de 2.016, así como por la Técnico de Administración General en fecha 7 de marzo
del actual.
17
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde
en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Aprobar el proyecto de ejecución, conceder la licencia de obras para la reforma de cajas de escaleras e instalación de ascensores en
edificio sito en Plaza Condes de Lérida nº 2 de Soria, promovido por Carlos Jiménez Carmona y suscrito por los técnicos D. Miguel de
Lózar de la Viña y D. Alfonso Sánchez de Toca Redondo y autorizar el inicio de las mismas debiendo cumplir con las siguientes
prescripciones además de las especificadas en los informes emitidos al efecto:
De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL,
deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes
reglas: En el cartel informativo debe indicarse el objeto,
número y fecha de la licencia, así como la
identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de
ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.
El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y
sin riesgo para la seguridad vial o para terceros.
Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia
serán:
Plazo de inicio: seis meses. Plazo de finalización: dos años
Plazo de interrupción máxima: seis meses.
Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que
sean solicitadas de conformidad con lo previsto en el art. 303 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de
enero).
7.- APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN, CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS
MISMAS PARA EL DESMANTELAMIENTO DE ESTACIÓN DE
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SERVICIO SITA EN CARRETERA NACIONAL N-122, P. K. 148,00
VENTA DE VALCORBA DE SORIA, PROMOVIDO POR REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, S.A.
Visto el proyecto de ejecución para el desmantelamiento de estación de servicio sita en Carretera Nacional N-122, P. K. 148,00
Venta de Valcorba de Soria, promovido por Repsol comercial de Productos Petrolíferos, S.A. y suscrito por el técnico D. Rubén Blanco
Carrera.
El expediente ha sido informado favorablemente por los Servicios Técnicos Municipales, en fecha 1 de febrero de 2.016 , por
el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, en fecha 1 de marzo de 2016, , así como por la Técnico de Administración General
en fecha 7 de marzo del actual.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde
en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Aprobar el proyecto de ejecución, conceder la licencia de obras
para el desmantelamiento de estación de servicio sita en Carretera Nacional N-122, P. K. 148,00 Venta de Valcorba de Soria, promovido
por Repsol comercial de Productos Petrolíferos, S.A. y suscrito por el técnico D. Rubén Blanco Carrera y autorizar el inicio de las mismas
debiendo cumplir con las siguientes prescripciones además de las especificadas en los informes emitidos al efecto:
Deberá presentarse, previo al desmantelamiento un Informe
de Situación de Suelos. Respecto a los residuos originados en el procedo, su gestión
se llevará a cabo del siguiente modo: o Placas de fibrocemento: serán desmontadas y
gestionadas por empresa autorizada
o Restos de materiales de construcción (hormigón, prefabricados, etc.) se transportarán a Planta
autorizada de RCDS. o Otros residuos, dependiendo de si están contaminados
o no, se gestionarán como peligrosos o no peligrosos, a través de empresa autorizada. Deberán realizarse los
trámites oportunos ante el servicio correspondiente de la Delegación de Industria de Soria.
o Deberá aportar Dirección Facultativa antes del inicio de las obras
19
Deberá depositarse una fianza de gestión de residuos por
importe de 39.920, 78 €.
De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL,
deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes
reglas: En el cartel informativo debe indicarse el objeto,
número y fecha de la licencia, así como la identidad del titular de la licencia, proyectista,
del constructor y de los directores de obra y de ejecución. Es responsabilidad del promotor que
la información sea veraz y esté actualizada. El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a
las obras, en lugar visible desde la vía pública, y sin riesgo para la seguridad vial o para terceros.
Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en
proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia
serán:
Plazo de inicio: seis meses. Plazo de finalización: dos años
Plazo de interrupción máxima: seis meses.
Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que sean solicitadas de conformidad con lo previsto en el art. 303 del
Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de enero).
8.- APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN, CONCESIÓN
DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS MISMAS PARA AMPLIACIÓN DE RED DE CALOR “DISTRIC
HEATING DE SORIA SUR (TRAMO URBANO) PROMOVIDO POR RECURSOS DE LA BIOMASA (REBI), S.L.
Visto el proyecto de ejecución para ampliación de la red de
calor “Distric Heating de Soria Sur (tramo urbano) promovido por Recursos de la biomasa (Rebi), S.L y suscrito por el técnico Ignacio
Cabrerizo de Marco.
Informado el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, en fecha 8 de febrero de 2.016, por la Sección de
Patrimonio el 25 de febrero de 2016 y por la Técnico de
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Administración General del Servicio de Urbanismo de fecha 9 de
marzo del actual, del siguiente tenor literal:
“1º.- El artículo 288 a) 2º del Real Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el
que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León establece que las
obras de canalización y tendidos de distribución de energía están sujetas a licencia
urbanística.
2º.- El art. 298 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León contempla
la posibilidad de que el Ayuntamiento, en la resolución por la que se otorgue
licencia urbanística pueda imponer al solicitante el cumplimiento de condiciones
derivadas de la normativa urbanística.”
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad
con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO.- Otorgar autorización para el uso común especial
normal del dominio público municipal con las canalizaciones previstas en el proyecto.
La autorización no tiene carácter excluyente: conforme al
compromiso aportado el 13 de septiembre de 2013 por Recursos para la Biomasa S.L., deberá permitir la concurrencia e interconexión de
otras empresas explotadoras, a precios de mercado, así como no limitar u obstaculizar la instalación de otras redes de distribución para
el mismo uso.
La ocupación del subsuelo está sujeta a tasa, conforme a lo
dispuesto en los arts. 20 a 27 del R.D. legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora
de las Haciendas Locales.
SEGUNDO.- Aprobar el proyecto de ejecución, conceder la licencia de obras para la ampliación de red de calor “Distric Heating
de Soria Sur (tramo urbano) promovido por Recursos de la biomasa (Rebi), S.L y suscrito por el técnico Ignacio Cabrerizo de Marco y
autorizar el inicio de las mismas debiendo cumplir con las siguientes prescripciones además de las especificadas en los informes emitidos
al efecto:
No se autoriza la canalización correspondiente a la travesía
de la Avenida de Valladolid que deberá de tramitarse ante la Jefatura de Carreteras del Estado.
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Deberá de aportarse Dirección Facultativa antes del inicio de
las obras Deberá depositarse una fianza de gestión de residuos por
importe de 11.500,00 €.
La gestión, notificación y solución de los posibles problemas que puedan surgir con las diferentes Compañías
suministradoras de servicios, corresponde su resolución a la Empresa Rebi y personal técnico y administrativo de ella
dependiente. De cada uno de los tramos se presentará previo a su
ejecución, plan detallado con trabajos de: o Vallado, seguridad, pasos provisionales, etc.
o Trazado.-Afecciones.-Replanteo.-Reposición de pavimentos, etc.
o Plazo, Duración y Coordinación con afectados (empresas suministradoras)
No se autorizará ejecución de cada tramo hasta no tener acabado el anterior.
Se deberá de coordinar con los Servicios Técnicos la
ejecución: o Se entiende que se debe realizar un Plan mes a mes
con solapes de calles máximo de 1 semana. o Replanteos en presencia de otros servicios afectados,
remitiendo copia, firmada por asistente, al Ayuntamiento.
o Coordinación con medidas precautorias, organización de pasos alternativos de viario peatonal y rodado, etc.
Reposición del viario y espacios públicos. Se establecerá al inicio de los tramos.
o Principio general. Se repondrán pavimentos y demás elementos de viario y espacios públicos con mismos
materiales existentes, salvo autorización municipal o Norma en calzadas:
Afección de línea de aparcamientos: reposición
del aglomerado de toda la banda de aparcamiento.
Fuera de aparcamientos. Reposición del aglomerado de la mitad de la calzada
Cruces. Anchos mínimos de 2 m. de aglomerado De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL,
deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes
reglas:
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En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la
identidad del titular de la licencia, proyectista,
del constructor y de los directores de obra y de ejecución. Es responsabilidad del promotor que
la información sea veraz y esté actualizada. El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a
las obras, en lugar visible desde la vía pública, y sin riesgo para la seguridad vial o para terceros.
Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en
proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia serán:
Plazo de inicio: seis meses.
Plazo de finalización: dos años Plazo de interrupción máxima: seis meses.
Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que sean solicitadas de conformidad con lo previsto en el art. 303 del
Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de enero).
9.- APROBACIÓN DE AYUDAS ECONOMICAS A DEPORTISTAS
INDIVIDUALES, EJERCICIO 2015.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa Permanente de Participación y Desarrollo Ciudadano de fecha cuatro
de marzo del actual, relativo a la concesión de ayudas económicas a deportistas individuales.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad
con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde
en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO.- Conceder a los deportistas que se relacionan, las cantidades que se expresan, por importe total de 5472 euros, y a los
deportistas del Club Deportivo Ande Soria, por importe total de 300 euros, en concepto de Premio por los logros obtenidos durante el
ejercicio de 2015:
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PREMIOS DEPORTISTAS INDIVIDUALES 2015
DEPORTISTA Importe €
Sergio Martinez Cardenas 450
Sergio Martin Salcedo 420
Natalia Tejedor Martinez 376
Mario Jose Lopez Moure 376
Hugo de Miguel Ramos 344
Ana Martinez Buberos 344
Carmen Lopez Salas 258
Ashley Abaga Valcarcel 258
David Davila Barrios 225
Andres Corralero Dominguez 194
Jorge Almazan Corredor 194
Ruben Muñoz Villares 194
Paula Arellano Perez 145
Jaime Izquierdo Alcazar 140
Lorena Martinez Arnedo 140
Hector Diez Severino 129
Alfonso Izquierdo Alcazar 118
Ignacio de Miguel Ramos 118
Miguel de la Torre Ruiz 108
Miguel Martinez Garcia 97
Berta Andres Santa Cruz 97
Miriam Romera de Francisco 97
Laura Martinez Rodriguez 65
Angela Diez Severino 65
Raul Martinez Anton 65
Diego Aranda Madurga 65
Juan Angel de Miguel Otero 65
Brezo Alcalde Urien 65
Eva Almajano Garrido 65
Lucia Velasco Gonzalez 65
Ainhoa Ortega Fernandez 65
Maria Garcia Moreno 65
CANTIDAD TOTAL 5.472,00 €
Deportistas del Club Deportivo ANDE Soria Importe €
ANGEL AZOFRA PARRONDO 100
ALVARO HERRERO CABRERIZO 100
LIDIA GONZALO GARIJO 100
TOTAL 300,00 €
SEGUNDO.- Conceder a los deportistas relacionados, Diploma de reconocimiento por su participación en Competiciones
Nacionales en el ejercicio de 2014:
Dª. Laura Hernandez Jimeno, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Candela Gonzalez del Rio, gimnasta del C.D. Gimnasia Duero.
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Dª. Noelia Hernández Jimenez, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Sheila Inguaggiato Garcia, gimnasta del C.D. Gimnasia Duero.
Dª. Sandra Muñoz Hernández, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Iris Pizarro Puente, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Julia Hernandez Ayllon, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Natalia Alvarez Carmona, gimnasta del C.D. Gimnasia Duero.
Dª. Estela Lafuente Garcia, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Sara Otero Rodriguez, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Claudia Pascual Garcia, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Natalia Pascual Garcia, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Lidia Ruperez Hernández, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Elena Fernandez Quilez, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Alicia Tabernero del Amo, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Pilar Herranz Angel, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Andrea Plaza Arribas, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Angela Alvarez Gonzalez, gimnasta del C.D. Gimnasia Soria.
Dª. Ana Arancon Blanco, patinador C.D. Patin Soria.
TERCERO.-No obtienen Premio, de acuerdo con las Bases de
Convocatoria, los deportistas siguientes por los motivos que se exponen a continuación:
a).-Solicitudes que incumplen alguno de los requisitos de la convocatoria:
D. David Aldea Romeo, nacido el 04/10/1989. D. David Jose Pineda Mejia, presentación fuera de plazo
19/01/2016. D. Mario Arancón Perez, presentación fuera de plazo
19/01/2016 y estar empadronado en el municipio de Soria a fecha 1 de Enero de 2015.
D. Alberto Garatachea Garcia, por estar empadronado en el municipio a fecha 1 de Enero de 2015.
10.- APROBACION DE AYUDA PARA EL ENCUENTRO INTERCOMUNIDADES CATEGORIAS MENORES.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa
Permanente de Participación y Desarrollo Ciudadano de fecha cuatro
de marzo del actual relativo a la intención de organizar por parte de la Federación de Atletismo de Castilla y León, el Encuentro
Intercomunidades de Categorías Menores, en las categorías infantil, cadete y juvenil, previsiblemente el 29 de mayo de 2016.
En vista de la importancia de la competición, la Junta de
Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de
julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
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Conceder a la DELEGACIÓN SORIANA DE ATLETISMO una ayuda económica de // 7.000 € //, para sufragar en parte el coste de
la organización de dicho encuentro.
11.- CONCESIÓN DE BECAS A NUEVOS EDUCANDOS DE LA
BANDA MUNICIPAL DE MUSICA.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa Permanente de Participación y Desarrollo Ciudadano, de fecha cuatro
de marzo del actual, relativo a la propuesta presentada por el Sr. Director de la Banda Municipal de Música en la que se especifica la
concesión de becas a nuevos educandos de la Banda Municipal de Música, evaluando la asistencia, los niveles mínimos técnicos-
artísticos, solicitando la concesión de 112 € mensuales a cada uno desde Marzo de 2016:
Nerea Carnicero Alonso ....... 112 € / mensuales
Juan Diez Ayuso ................. 112 € / mensuales
Gadea Núñez de Salomón .... 112 € / mensuales
María Sánchez Espuelas ...... 112 € / mensuales
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad
con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
La aprobación de la referida propuesta.
12.- APROBACIÓN DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE
AYUDAS ECONÓMICAS A ASOCIACIONES CULTURALES PARA EL AÑO 2016.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa
Permanente de Participación y Desarrollo Ciudadano de fecha cuatro de marzo del actual, relativo a las bases y directrices generales de la
convocatoria de ayudas económicas a Asociaciones Culturales para la realización de actividades durante el año 2016, que asciende a
20.000 €.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad
con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
26
La aprobación de las referidas bases cuyo contenido es el
siguiente:
BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONOMICAS DESTINADAS A
ASOCIACIONES CULTURALES 2016
1.- Objeto de la convocatoria
Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de subvenciones a
Asociaciones Culturales para financiar la realización de programas de actividades,
con un importe de 20.000 € con cargo a la partida que corresponda del presupuesto
municipal para el ejercicio 2016.
2.- Ámbito de aplicación y vigencia
2.1.- El ámbito de aplicación territorial de estas bases será el término municipal de
Soria.
3.- Proyectos subvencionables
3.1.- Serán subvencionables todos aquellos proyectos que se orienten a alcanzar
prioritariamente los siguientes objetivos:
- Promoción del asociacionismo cultural
- La formación y el fomento de la creación artística en sus distintas
manifestaciones.
- Recuperación y conservación de las distintas manifestaciones de
la cultura tradicional Soriana, en el ámbito de la música, la danza,
la artesanía, etc…
- La investigación y difusión de temas culturales o científicos
relacionados con la ciudad.
- El complemento de la oferta cultural del Ayuntamiento de Soria.
Con una programación pública.
- La integración y el mestizaje cultural.
4.- Beneficiarios
Podrán solicitar subvención las Asociaciones Culturales inscritas en el Registro de
Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Soria, que realicen su actividad en el
término municipal de Soria.
Quedarán excluidas de esta convocatoria aquellas Asociaciones que no se
encuentren al corriente en el pago de sus obligaciones con el Ayuntamiento de
Soria o no hayan justificado en tiempo y forma alguna concesión de subvención
municipal.
5.- Solicitudes y documentación
Las solicitudes deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de
Soria, presentando el impreso de solicitud general de subvención, Anexo I, en la
Oficina de Información y Registro de este Ayuntamiento. Además se acompañarán
27
del Anexo II de solicitud.
o Los proyectos se presentarán atendiendo al formato señalado en los
diferentes anexos, considerándose desestimados los que
no se adapten al contenido de los mismos.
o Las solicitudes deberán incluir:
Programa y presupuesto detallado de las
actividades para las que se solicita subvención,
según Anexo II.
Memoria de actividades del año anterior.
o Las solicitudes serán independientes para cada uno de los
proyectos presentados. Cuando el proyecto consista en varias
actividades de la misma índole, se considerará un solo proyecto. Se
marcará el orden de prioridades en los distintos proyectos que se
presenten según el criterio de la propia Asociación solicitante. Las
bases y anexos se encuentran disponibles en la página web del
Ayuntamiento (www.soria.es) en el apartado de subvenciones,
epígrafe Cultura.
6.- Plazo de presentación y subsanación de defectos.
- El plazo de presentación de solicitudes es de treinta días naturales
a partir de la fecha de publicación de las presentes Bases en el
Boletín Oficial de la Provincia.
- Las solicitudes presentadas fuera del plazo fijado serán devueltas
a los interesados por el Excmo. Ayuntamiento de Soria, con
indicación de tal circunstancia.
- Si la solicitud no reuniera la documentación necesaria, se
requerirá al interesado para que en un plazo máximo e
improrrogable de diez días la adjunte; apercibiéndose que de no
hacerlo así se le tendrá por desistido de su petición, previa
resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el
art. 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/99.
7.- Criterios de prioridad y baremación de los proyectos.
Para la selección de los proyectos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) Adecuación del contenido del programa y actividades presentadas a los
objetivos establecidos en el artículo 3 de esta convocatoria.
b) Repercusión del proyecto en el ámbito cultural de Soria.
c) Número de asociados de la entidad solicitante.
d) Número de destinatarios potenciales de las actividades propuestas.
e) Aportación económica de la Asociación para los programas o actividades
solicitados.
f) Perspectiva de continuidad en el tiempo del proyecto.
8.- Exclusiones.
28
No podrán ser beneficiarios de las subvenciones establecidas en esta norma las
asociaciones e instituciones que no estén inscritas en el Registro Municipal de
Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Soria, ni aquellas que, estando inscritas,
tengan pendiente ante la Intervención Municipal de este Ayuntamiento la
justificación de anteriores subvenciones concedidas.
Quedan además excluidas a efectos de subvención:
- Las actividades de tipo docente previstas en los Planes de
Enseñanza vigentes o complementarias de éstos.
- Las actividades deportivas, juveniles, de servicios sociales, o de
cualquier otro tipo que puedan ser subvencionadas por las
Unidades Municipales específicas.
- Las actividades que vayan en contra de los principios
constitucionales.
9.- Resolución
La concesión de ayudas se resolverá de acuerdo con el artículo 232 del R.O.F. La
Comisión Informativa Permanente de Participación y Desarrollo Ciudadano,
constituida como Comisión Evaluadora, informará a la Junta de Gobierno Local de
las solicitudes presentadas y de las propuestas de resolución que estime
convenientes, concretando los programas de actividades a las que se destinarán
las subvenciones concedidas, así como el importe respectivo y el presupuesto
tomado en consideración, siendo la Junta de Gobierno Local el órgano superior que
tiene capacidad para resolver. La notificación se realizará en el domicilio de las
asociaciones solicitantes que se haga constar en la solicitud.
En dicha reunión de la Comisión evaluadora, podrán integrarse hasta 3 miembros
del Consejo Asesor de Cultura, con voz pero sin voto, siempre que ninguno de ellos
esté en la lista de asociaciones solicitantes de las ayudas.
La subvención máxima no superará en ningún caso el 70% del presupuesto total.
El importe de las subvenciones a otorgar tendrá el carácter de cuantía máxima. La
cuantía a abonar finalmente dependerá de la ejecución y de justificación de gastos
y sus correspondientes pagos.
Contra el acuerdo resolutorio de la convocatoria podrá interponerse, con carácter
potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Ayuntamiento, o
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la
Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y
León, con sede en Burgos, conforme a lo dispuesto en la Ley 4/99 de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas, y Ley 29/1998 de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
10. Pago y justificación.
El pago de la Subvención se efectuará de la siguiente forma: se abonará el 100%
de la subvención concedida sin necesidad de previa garantía y justificación.
La asociación beneficiaria de la subvención queda obligada a presentar los
siguientes documentos justificativos:
29
1.- Certificado del Secretario de la Asociación, que acredite que la subvención ha
sido destinada al proyecto o actividad aprobada.
2.- Memoria de la actividad subvencionada.
3.- Declaración de las ayudas e ingresos obtenidos para la misma actividad o, en su
caso, de no haber percibido ningún otro tipo de ayuda o subvención para el mismo
proyecto.
4.- Relación detallada de ingresos y gastos totales efectuados para el desarrollo de
la actividad (Anexos III y IV )
5.- Documentos justificativos de los gastos realizados (original o copia
compulsada): facturas debidamente emitidas por proveedores o prestadores de
servicios en los que figure el recibí y firma acreditada de su abono, nombre de la
empresa, NIF, domicilio y fecha o, en su caso, la justificación de su pago de
salarios, etc…
6.- Copia de la publicidad emitida (si la hubiere), en la que figure el patrocinio o la
colaboración de la Concejalía de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Soria en las
actividades subvencionadas.
El plazo de presentación de los documentos justificativos será hasta el 31
de enero de 2017. En caso de actividades realizadas en el último mes del
año, podrá concederse una prórroga de hasta 1 mes natural, previa
solicitud de los interesados.
11. Obligaciones.-
1. Las asociaciones subvencionadas se obligan a hacer público el patrocinio o la
colaboración de la Concejalía de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Soria,
en cuantas acciones de comunicación pública y soportes informativos se
realicen, en relación con los programas subvencionados.
2. Asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la realización
del programa propuesto.
3. Las asociaciones deberán comunicar con antelación cualquier cambio que se
produzca en la programación de la actividad subvencionada y esperar el
visto bueno de la Concejalía de Cultura para su ejecución.
4. Las asociaciones subvencionadas se comprometen a facilitar la inspección
de las actividades objeto de la subvención.
5. Toda la documentación, información y las comunicaciones establecidas en
este punto y en las presentes bases deberán realizarse a través del Registro
General del Ayuntamiento.
12.- Concurrencia de ayudas.
- Quedarán excluidas de esta convocatoria todas aquellas actividades que sean
objeto de subvención por otras concejalías de este Ayuntamiento, o por alguna de
las líneas específicas de la Junta de Castilla y León al suponer la actividad un
monto económico superior a la cantidad presupuestaria de estas bases.
- El importe de las ayudas reguladas en las presentes bases no podrá ser, en
ningún caso, de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones
o ayudas de otras entidades públicas o privadas, supere el coste total de la
actividad subvencionada.
30
13.- Régimen sancionador.
A los efectos de la regulación del régimen sancionador habrá que estar a lo
establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
14.- Base final.
La mera participación en la presente convocatoria presupone la íntegra aceptación
de la totalidad de las bases por las que se rige.
En todo lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo preceptuado en
la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
13.- CONCESIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE ATENCIÓN DOMICILIARIA EN LA MODALIDAD DE AYUDA A DOMICILIO EN EL MUNICIPIO DE
SORIA
Visto el informe emitido por la Jefe del Servicio de Asuntos Generales de fecha 8 de marzo del actual relativo a la prórroga del
contrato de prestación del Servicio de Atención Domiciliaria en la modalidad de ayuda a domicilio en el municipio de Soria del siguiente
tenor literal:
“HECHOS.-
1º.- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 21 de febrero de 2014 se acuerda adjudicar el contrato de la prestación del
Servicio de Atención Domiciliaria en la modalidad de ayuda a
domicilio en el municipio de Soria, a la empresa CLECE, S.A.
2º.- El contrato administrativo se suscribe con este Ayuntamiento en fecha 10 de marzo de 2014.
3º.- Su estipulación sexta determina que el plazo señalado para
la duración del contrato será de DOS años, contados a partir del 1 de abril de 2014, pudiendo prorrogarse por el Ayuntamiento por
períodos anuales con un máximo de una anualidad. La prórroga habrá de ser expresa y en todo caso obligatoria para el adjudicatario.
4º.- Por la Concejalía de Acción Social, Cooperación e Igualdad, se ha
propuesto la prórroga por plazo de un año para el citado contrato.
FUNTAMENTOS DE DERECHO.-
Primero.- Visto lo dispuesto sobre el particular en la
31
estipulación sexta que rige el contrato de referencia, en el que se
establece la posibilidad de prorrogar el contrato por una anualidad más, siendo expresa y obligatoria para el adjudicatario.
Segundo.- Visto igualmente lo dispuesto en RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público y referente al asunto que nos ocupa de viabilidad de prórroga del contrato.
Tercero.- Teniendo en cuenta que el servicio se viene prestando
con normalidad, que los resultados son favorables en la prestación del contrato y de conformidad con el informe emitido por la Asesora
Económico Laboral de Servicios Sociales y la propuesta de la Concejalía de Acción Social, Cooperación e Igualdad; el Técnico que
suscribe, informa favorablemente la concesión de un año de prórroga para el citado contrato”
A la vista de lo anteriormente expuesto la Junta de Gobierno
Local, órgano competente de conformidad con la delegación de
atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Conceder a la empresa CLECE, S.A. la prórroga del contrato de
la prestación del Servicio de Atención Domiciliaria en la modalidad de ayuda a domicilio en el municipio de Soria por el período
comprendido entre el 1 de abril de 2016 al 31 de marzo de 2017.
14.- APROBACIÓN DE LA CAMPAÑA CULTURAL INVIERNO, PRIMAVERA (ABRIL-MAYO) 2016.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa
Permanente de Participación y Desarrollo Ciudadano de fecha cuatro
de marzo del actual relativo a la programación de actividades configuradas para la realización de la programación cultural abril-
mayo 2016.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde
en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda: La aprobación de la referida campaña detallada a continuación:
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PROGRAMACION CULTURAL IP-2016 - 2º trimestre
DIA HORA OBRA COMPAÑÍA LOGO PVP CACHE
01/04/2016 20:30 GALA FLAMENCA ASPACE CESION
04/04/2016
MATINAL 2
funciones ESCOLARES TRES TRISTES TIGRES CESION
05/04/2016 20:30 INVERNADERO
TEATRO DEL INVERNADERO -
Salvi Senante RED CYL 18 €(D) 3.000 €
06/04/2016 20:30
LEVIATAN Director: Andrey
Zvyagintsev CINE CLUB UNED
07/04/2016 20:30 BUENA GENTE PTC RED NACIONAL 18 €
TAQUILLA + 2.500
+ IVA
09/04/2016 20:30 LA VERBENA DE LA PALOMA RED NACIONAL 18 € 15.000 + IVA
12/04/2016 ESCOLARES
UNIVERSIDAD REY JUAN
CARLOS CESION
13/04/2016 20:30
NIGHTCRAWLER Director:
Dan Gilroy CINE CLUB UNED
15/04/2016 20:30 CONCIERTO BANDA MUSICA 5 €
16/04/2016 18:00 EL MAGO DE OZ, MUSICAL MUNDIARTISTAS RED NACIONAL 10 € TAQUILLA
19/04/2016 20:30 MISION FLORIMON RED NACIONAL 15 €
TAQUILLA +
SEGURO (2.500)
20/04/2016 20:30
LA CASA DEL TEJADO ROJO,
Director: Yoji Yamada CINE CLUB UNED
21/04/2016 20:30 EL CARACOL ANDADOR JAIME LAFUENTE RED NACIONAL 12 € 2.400 €
22/04/2016 20:30 POWER TOTHE PEOPLE
CICLO CONCIERTOS
ENCLAVE-16 6 €
26/04/2016
10:30 -
12:30
EL LIBRO DE LA SELVA,
MUSICAL MUSICALES DE BROADWAY 10 € TAQUILLA
27/04/2016 20:30
JIMMY'S HALL Director: Ken
Loach CINE CLUB UNED
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28/04/2016 20:00 XIII MONOLOGOS CHISTERA CESION
03/05/2015 20:30 EL AMOR ES PA NÁ ALEX O'DOGHERTY RED NACIONAL 15 €
SEGURO 5.600 +
IVA +
ALOJAMIENTO
04/05/2016 20:30
LOREAK Directores: Jose Mari
Goenaga y Jon Garaño CINE CLUB UNED
06/05/2016 20:30 EL REY TRASPASOS KULTURA RED CYL 15 € (D) 6.534 €
07/05/2016 20:30 CONCIERTO JORCUN 6 € GASTOS
10/05/2016 20:30 THE GAGFATHER YLLANA RED NACIONAL 15 € TAQUILLA
11/05/2016 20:30
MANDARINAS Dirección: Zaza
Urushadze CINE CLUB UNED
12/05/2016 MAÑANA JUNTA GENERAL CAJA RURAL CESION
13/05/2016 20:30 IBERDANZA IBERICA DE DANZA RED NACIONAL 10 € 5.000 €
14/05/2016 12:30 TATACHAN MUSICA Y CIRCO JOSE LUIS GUTIERREZ RED CYL 6 € 3.000 €
14/05/2016 20:30 COSMOSOUL
CICLO CONCIERTOS
ENCLAVE-16
17/05/2016
10:00 -
12:30 FUENTEOVEJUNA JOVEN CIA PARLA CESION
18/05/2016 20:30
LA FIESTA DE DESPEDIDA
Directores: Sharon Maymon y
Tal Granit CINE CLUB UNED
21/05/2016 20:30 ESCUELA DE IDIOMAS CESION
26/05/2016 INTERCENTROS CESION
27/05/2016 20:30
FESTIVAL CORALES
BANDA MUSICA 5 €
CONVENIO 28/05/2016 20:30 AUDIENCIA 6 €
29/05/2016 12:30 AULA MAGNA
30/05/2016 AULAS 3º EDAD CESION
02/06/2016 TIERRA SIN MALES CESION
04/06/2016 BLUEPERRO
CICLO CONCIERTOS
ENCLAVE-16
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04/06/2016 20:30
CONCIERTO MUSICA
RENACENTISTA STELLA SPLENDENS 6 € 1.800 €
18/06/2016 DANZA AS. ALZHEIMER CESION
FUERA DEL ORDEN DÍA:
Discutidos los asuntos incluidos en el Orden del Día, la Junta de
Gobierno Local previa declaración de urgencia, en base a la perentoriedad de los plazos y necesidades técnico-administrativas
concurrentes; de conformidad con lo dispuesto en el Art. 83 del Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales y aprobada con el quórum previsto en el Art. 47.3, de la Ley 7/1.985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local; delibera sobre los asuntos que se indicarán y adopta los siguientes acuerdos:
1.- APROBACIÓN DE CONVENIO DE COLABORACIÓN A SUSCRIBIR ENTRE LA FUNDACIÓN CENTRO DE ALTO
ENTRENAMIENTO Y PROMOCIÓN DEPORTIVA DE LA PROVINCIA DE SORIA Y LA FEDERACIÓN DE BOXEO DE
CASTILLA Y LEÓN
Visto el convenio de colaboración a suscribir entre la Fundación Centro de Alto Entrenamiento y Promoción Deportiva de la provincia
de Soria y la Federación de boxeo de Castilla y León, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación
de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda: Prestar su
conformidad al mismo, habilitando a la Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el siguiente:
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN CENTRO DE ALTO
ENTRENAMIENTO Y PROMOCIÓN DEPORTIVA DE LA PROVINCIA DE SORIA
Y
LA FEDERACIÓN DE BOXEO DE CASTILLA Y LEÓN
En la ciudad de Soria, el día de 2016.
REUNIDOS
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De una parte, D. Carlos Martínez Mínguez, Presidente del Patronato de la
Fundación Centro de Alto Entrenamiento y Promoción Deportiva de la Provincia de
Soria (en adelante Fundación CAEP), que tiene su domicilio social en Soria, en la
calle Universidad s/n, Complejo Deportivo Municipal “Los Pajaritos”.
De otra parte, D. Pedro Retuerto Marqués, Presidente de la Federación de Boxeo
de Castilla y León (en adelante FCyLBx), que tiene su domicilio social en Valladolid,
en la calle Aguilera, s/n.
Las dos partes, que actúan en nombre y representación de las entidades citadas, se
reconocen mutuamente con capacidad suficiente para suscribir este Convenio y:
MANIFIESTAN
1º. La FCyLBx tiene el propósito de desarrollar en el CTD de Soria, en colaboración
con el Club Deportivo Boxeo Numancia, un programa deportivo autonómico en
la modalidad de boxeo, consistente básicamente en un trabajo planificado e
intensivo de forma continuada sobre unos 15 boxeadores de las categorías élite,
joven y cadete, y con licencia deportiva otorgada por la Federación de Boxeo de
Castilla y León, a los que se presta la debida atención en los aspectos técnicos.
2º. El Centro de Tecnificación Deportiva de Soria está gestionado por la Fundación
CAEP, institución sin ánimo de lucro que tiene por fines fundacionales la
conservación, difusión, promoción y realización de actividades deportivas dentro
de su ámbito territorial de actuación. En cumplimiento de sus fines, promovió
ante el Consejo Superior de Deportes la clasificación del CAEP Soria como
Centro de Tecnificación Deportiva, clasificación que fue concedida por
Resolución del Director General de Deportes del CSD, de fecha 3 de noviembre
de 2004, y renovada por Resolución de 27 de mayo de 2014.
3º. El Excmo. Ayuntamiento de Soria, patrono de la Fundación CAEP, es el titular de
las instalaciones deportivas ubicadas en el Complejo Deportivo conocido como
“Los Pajaritos”, que serán utilizadas por los boxeadores integrados en el
programa deportivo autonómico.
Las dos partes, en beneficio de los intereses que son comunes a las entidades a las
que representan y conscientes de la importancia que para la promoción del boxeo
tienen la continuidad de este programa y la unión de esfuerzos humanos y
materiales encaminados hacia su consolidación, establecen las siguientes:
ESTIPULACIONES
1ª. La Fundación CAEP facilitará el entrenamiento de los deportistas integrantes del
programa autonómico. A los efectos indicados, la Fundación CAEP aportará las
siguientes prestaciones y servicios, sin que ello suponga cargo alguno para la
FCyLBx:
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INSTALACIONES DEPORTIVAS
Como instalaciones de entrenamiento se utilizarán las de titularidad
municipal gestionadas por la Fundación CAEP y ubicadas en el Complejo
Deportivo Municipal de “Los Pajaritos”, en Soria. A los efectos indicados, se
facilitará el acceso en horario compatible con el resto de las actividades
deportivas y académicas y siempre conforme a la programación elaborada
por el cuadro técnico responsable del programa deportivo. En todo caso, la
utilización de las mencionadas instalaciones estará condicionada a su
disponibilidad y a la previa autorización del titular de las mismas y/o de los
responsables del CTD CAEP Soria.
Los técnicos y deportistas integrantes del programa deportivo estarán
obligados al pago de las tarifas que la Entidad pueda establecer por la
utilización de las instalaciones deportivas. Asimismo, los mismos técnicos y
deportistas se comprometen a realizar un uso reglamentario de las
instalaciones, materiales y equipamiento puestos a su disposición por el CTD
CAEP Soria, responsabilizándose de las sanciones y/o obligaciones que a
consecuencia de culpa o negligencia le sean impuestas y/o exigidas por su
titular.
ÁREA MÉDICO-DEPORTIVA
a. Se facilitará el reconocimiento y seguimiento médico a técnicos y
deportistas citados en el Centro de Medicina Deportiva del CTD CAEP
Soria o en un centro médico deportivo especializado, pudiéndose realizar
un mínimo de un reconocimiento anual adaptado al nivel de trabajo
deportivo que se realiza.
b. Se facilitará a los integrantes del programa deportivo los servicios de un
fisioterapeuta en las dependencias del CTD CAEP Soria durante los
entrenamientos.
c. Los técnicos y deportistas integrantes del programa deportivo estarán
obligados al pago de las tarifas que la Entidad pueda establecer por la
utilización de los servicios médico/deportivos.
ESTUDIOS
a. Se realizarán ante los órganos administrativos y/o académicos
competentes las gestiones oportunas para la obtención por los
deportistas integrantes del programa deportivo de las medidas para
promover la formación y educación y facilitar el acceso a las diferentes
ofertas formativas del sistema educativo, para los deportistas de alto
nivel y alto rendimiento establecidas en el Real Decreto 971/2007, de 13
de julio, así como en las disposiciones legales que se dicten en su
desarrollo y aplicación.
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2ª. La Fundación CAEP convocará anualmente becas deportivas en la modalidad de
externo para boxeadores integrantes del programa deportivo autonómico. La
beca de externo engloba los siguientes servicios: seguimiento deportivo por los
técnicos del Centro y uso reglamentario de los servicios de medicina,
fisioterapia y de las instalaciones gestionadas por el Centro.
3ª. La FCyLBx asumirá los siguientes cometidos:
Contratar por sí o por medio del Club Deportivo Boxeo Numancia a los
técnicos encargados del programa, definiendo el régimen de dedicación,
funciones y salarios. Los entrenadores contratados como responsables
técnicos del programa deberán estar en posesión de una titulación
oficialmente reconocida por la Federación Española de Boxeo y serán los
encargados de coordinarse con la Dirección Técnica de la FCyLBx.
Proponer, con sus propios y exclusivos criterios, boxeadores de las
categorías élite, joven y cadete que puedan integrarse en el programa
deportivo. A estos efectos, la Dirección Técnica de la FCyLBx fomentará la
incorporación de deportistas talentosos al CAEP de Soria.
Establecer, de común acuerdo, unos niveles deportivos mínimos de acceso al
CTD, que deberán ser aplicados para baremar a los deportistas que
pretendan ingresar en el mismo.
Establecer, de común acuerdo, los contenidos de la planificación anual,
desarrollando y compartiendo una metodología efectiva de trabajo. A estos
efectos, los responsables del CAEP Soria remitirán para su supervisión y, en
su caso, aprobación por la FCyLBx el proyecto deportivo, que contendrá los
objetivos específicos para la especialidad, así como las actuaciones
deportivas previstas.
Establecer, de común acuerdo, los objetivos deportivos a cumplir por los
boxeadores becados en el CTD de Soria. A fin de comprobar su
cumplimiento, los entrenadores encargados de su preparación enviarán a la
FCyLBx informes técnicos periódicos en los que se exponga la evolución en
entrenamientos y competiciones así como los contratiempos que puedan
producirse.
4ª. La FCyLBx ofrecerá un espacio en su página web oficial para publicitar y
promover la información de acceso al CTD de Soria y, en particular, la
convocatoria de becas deportivas. A su vez, se compromete a hacer constar la
imagen corporativa de la Fundación CAEP en la documentación, en los manuales
técnicos, en el material publicitario y de promoción, etc. que generen las
actividades y programas deportivos que organicen o desarrollen conjuntamente
ambas entidades. Asimismo, se compromete a promocionar en la medida de lo
posible la imagen del CAEP en los eventos que organice y por los medios de
difusión de los que disponga (publicidad estática, página web, publicaciones,
etc.).
38
5ª. Este Convenio entrará en vigor el día de su firma, finalizando su vigencia el 31
de diciembre de 2016.
Siempre que no medie denuncia expresa de alguna de las partes dentro de los
tres meses anteriores a la terminación de su vigencia, el convenio se entenderá
prorrogado por un año.
6ª. Las partes firmantes del convenio podrán resolverlo por las siguientes causas:
- Por acuerdo de las partes.
- Por la modificación sustancial de las condiciones que dan origen al presente
convenio.
- Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas y convenidas en el presente
convenio.
Y, en prueba de conformidad, las dos partes firman el presente Convenio, en
duplicado ejemplar y a un solo efecto, en Soria, el día de de dos mil dieciséis.
EL PRESIDENTE DEL PATRONATO EL PRESIDENTE DE LA FCyLBx
DE LA FUNDACIÓN CAEP
Fdo.: Carlos Martínez Mínguez Fdo.: Pedro Retuerto Marqués
2.- CESIÓN DE SALA DEPORTIVA POLIVALENTE EN EL EDIFICIO DE USOS MULTIPLES DEL CAEP.
Visto el acuerdo de cesión de sala deportiva polivalente en el
edificio de usos múltiples del CAEP, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones
efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda: Prestar su conformidad al mismo,
habilitando a la Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el siguiente:
ACUERDO DE CESIÓN DE SALA DEPORTIVA POLIVALENTE EN EL EDIFICIO
DE USOS MULTIPLES DEL CAEP
En Soria, a de 2016
REUNIDOS
DE UNA PARTE, D. CARLOS MARTÍNEZ MÍNGUEZ, titular del NIF 16807703-Q,
39
Presidente del Patronato de la Fundación Centro de Alto Entrenamiento y
Promoción Deportiva de la Provincia de Soria (CAEP), con C.I.F. G42165548 y
domicilio en Soria, en la Calle Universidad, s/n., Complejo Deportivo Municipal
“Los Pajaritos”.
DE OTRA PARTE, D. PETRONILO DÍEZ GARCÍA, mayor de edad, titular del NIF
50161708-L, en representación del Club Deportivo Boxeo Numancia (en
adelante, CESIONARIO), con C.I.F. G42212761 y domicilio en Soria, en la Calle
Garray, nº 5, 1º izquierda.
Ambas partes se reconocen mutuamente la plena capacidad jurídica para acordar,
así como la representación con que cada uno actúa y de común acuerdo concretan
el presente acuerdo de cesión con sujeción a las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA.-OBJETO DEL ACUERDO
La Fundación CAEP cede al CESIONARIO el espacio identificado como sala
deportiva polivalente, de 208 m2
de superficie útil, ubicado en la planta cuarta
del inmueble destinado a Edificio de usos múltiples/Centro de medicina deportiva
del Centro de Tecnificación Deportiva de Soria.
El espacio forma parte de los bienes de dominio público concedidos al CAEP por el
Ayuntamiento de Soria, por lo que el presente acuerdo, que ha sido autorizado
expresamente por dicha Administración, incluye exclusivamente la cesión de uso.
El presente acuerdo de cesión y el espacio a que se refiere no pueden ser objeto a
su vez de subarrendamiento a terceros, ni de traspaso o cesión, total o parcial,
gratuita u onerosa, de cualquier clase.
SEGUNDA.-DESTINO
El espacio objeto de este acuerdo será destinado única y exclusivamente a la
actividad deportiva propia del Club Deportivo Boxeo Numancia, no pudiendo el
CESIONARIO cambiarlo de destino, ni dedicarlo a actividad, negocio o industria
distinto al pactado, sin contar con la autorización expresa y escrita de la Dirección
del CAEP.
El CESIONARIO se obliga a ocupar de forma efectiva el espacio cedido y a ejercer
normalmente en el mismo la actividad a que se destina, dentro del plazo máximo
de cinco días a contar desde la firma de este acuerdo, debiendo el CESIONARIO
dejar libre y expedito el espacio en el plazo máximo de 72 horas siguientes al
requerimiento fehaciente que el CAEP efectúe por incumplimiento de este pacto.
Si el CESIONARIO no cumpliese dicha obligación, será responsable de los daños y
perjuicios causados, estableciéndose además como cláusula penal una
indemnización de 50 € (CINCUENTA EUROS) por cada día que transcurra hasta la
efectiva entrega de la posesión.
El CESIONARIO se obliga y compromete a facilitar al CAEP, o al personal que éste
40
designe, el acceso al espacio cedido, a los efectos de la comprobación del uso,
estado de conservación y destino dado al mismo.
TERCERA.-DURACIÓN
El presente acuerdo de cesión tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016,
entrando en vigor el día de su firma. Transcurrida ésta, el acuerdo quedará
definitivamente extinguido sin necesidad de requerimiento expreso por parte de la
Fundación CAEP.
Para resolver el acuerdo anticipadamente al vencimiento estipulado, el
CESIONARIO deberá notificarlo fehacientemente y, al menos con un mes de
antelación, al CAEP. En caso de incumplimiento de dicha notificación o del plazo
mínimo de preaviso, deberá abonar al CAEP una indemnización equivalente al
depósito realizado. Finalizado el acuerdo por cualquier causa, el CESIONARIO
efectuará el desalojo del espacio y su entrega en el mismo estado en que ahora lo
recibe, siendo de cuenta y cargo del CESIONARIO todas las reparaciones que
hayan de realizarse para acomodar el espacio al estado originario en que lo
recibió así como por los daños causados por él o por terceros que de él dependan
en las zonas comunes. Si devuelto el espacio cedido quedasen en él bienes
muebles del CESIONARIO, se entenderá que éste renuncia a su propiedad y
posesión a favor del CAEP, quedando el CESIONARIO además, sujeto a la
obligación de reembolsar a aquél los gastos que éste tuviere que soportar para
dejar el espacio en su estado originario.
CUARTA.-COMPENSACIÓN DE GASTOS
El CESIONARIO abonará mensualmente al CAEP la cantidad de 181,82 (CIENTO
OCHENTA Y UN EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS). La cantidad a abonar
tiene carácter de mínimo, y está destinada a sufragar los gastos de
funcionamiento, conformados principalmente por los suministros de luz, agua,
seguros, etc., dado que éstos no se hallan individualizados, sin que pueda tener la
consideración de pago de alquiler.
Serán por cuenta del CESIONARIO los gastos de limpieza y de mantenimiento
ordinario del espacio cedido. Dado que los gastos de luz no serán asumidos por el
CESIONARIO, queda expresamente prohibido el uso por el mismo de aparatos
eléctricos de calefacción de cualquier clase y potencia.
La compensación de gastos se devengará el primer día del mes y deberá
efectuarse dentro de los cinco primeros días de dicho mes. La falta de pago por el
CESIONARIO, por cualquier concepto, de acuerdo con lo pactado en el presente
acuerdo, facultará al CAEP para resolver el acuerdo.
La posesión de un recibo, o el pago de una mensualidad de gastos, no suponen ni
implican el pago de los anteriores.
QUINTA.-DEPÓSITO
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El CESIONARIO entrega en este acto al CAEP la cantidad de 181,82 (SON CIENTO
OCHENTA Y UN EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS), equivalente al importe
total de una mensualidad de la compensación de gastos, como depósito por los
gastos comunes y generales que cubran la globalidad de los servicios acordados o
para el cumplimiento de las restantes condiciones del presente acuerdo, cuya
suma podrá ser destinada por el CAEP, en caso de impago o incumplimiento, al
pago de cualquiera de dichos conceptos.
SEXTA.-ENTREGA DEL LOCAL
El CESIONARIO manifiesta que conoce y recibe en este acto el espacio cedido a su
plena satisfacción, renunciando a reclamar al CAEP la realización de cualquier
clase de obras, instalaciones o mejoras sobre las existentes en la sala polivalente
o en las zonas comunes del edificio.
SÉPTIMA.-USO Y CONSERVACIÓN
El CESIONARIO deberá observar en el uso y conservación del espacio cedido y en
las zonas de uso común las normas que al efecto tenga establecidas el CAEP. En
todo caso, el CESIONARIO deberá usar y conservar el espacio cedido y todos los
elementos comunes que le afecten con la debida diligencia, y actuar de igual
modo en sus relaciones con los demás usuarios del Centro de Tecnificación
Deportiva.
Sin perjuicio de las limitaciones que le impongan las normas internas del CAEP, el
CESIONARIO se obliga a no desarrollar en el local o en los demás espacios
comunes actividades que perjudiquen al edificio o que puedan causar
incomodidades o molestias a los demás ocupantes o usuarios del mismo.
El CESIONARIO se obliga a obtener todos los permisos, licencias y autorizaciones
legales que, en su caso, sean necesarios conforme al destino pactado para el
espacio y a la actividad que vaya a ejercer en el mismo y para el uso de sus
instalaciones; todo ello con independencia de las obligaciones genéricas de cumplir
y respetar cuantas disposiciones administrativas o reglamentarias rijan la actividad
ejercida en el local, especialmente las de seguridad. La denegación o la no
obtención de dichos permisos, licencias o autorizaciones legales para el ejercicio de
la actividad o el uso del espacio cedido será causa suficiente para que el CAEP
pueda dar por resuelto anticipadamente el presente acuerdo, de conformidad con lo
dispuesto en la estipulación decimocuarta.
OCTAVA.- RESERVA DE USO
El CESIONARIO permitirá a la Fundación CAEP la utilización de la sala objeto de
este acuerdo para el desarrollo de las actividades de atletismo incluidas en la
Campaña Deportiva Municipal, y que tendrán lugar en horario de 17:30 a 18:30
horas, los martes y los jueves.
El CESIONARIO pondrá a disposición de la Fundación CAEP la sala polivalente en
las condiciones necesarias para el normal desarrollo de la actividad por los
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usuarios de la misma.
NOVENA.- ELEMENTOS COMUNES
Los elementos comunes del Edificio de Usos Múltiples/Centro de Medicina
Deportiva donde se ubica el espacio cedido deberán ser utilizados por el
CESIONARIO conforme a su destino y naturaleza, y de conformidad con el
Reglamento de Régimen Interior del CAEP. En particular, queda prohibido al
CESIONARIO depositar cualquier clase de materiales o elementos fuera del
espacio cedido o en las zonas comunes, aunque sea circunstancialmente. Los
daños o desperfectos que la actividad del CESIONARIO cause en los elementos
estructurales del espacio, en las instalaciones generales o en las demás zonas de
uso común, serán reparados a costa del CESIONARIO.
DÉCIMA.-OBRAS
Queda totalmente prohibida la realización de obras en el espacio cedido, incluso
cuando se trate de mejoras y no impliquen modificación de estructuras o
configuración del mismo o de sus servicios e instalaciones generales, sin
consentimiento escrito por parte del CAEP.
Tampoco podrá el CESIONARIO instalar motores o máquinas para su
funcionamiento en el espacio cedido, ni instalaciones que alteren, modifiquen o
sustituyan a los suministros, públicos o privados, previstos para el propio espacio
o para el conjunto del Edificio, sin previo consentimiento escrito del CAEP.
DECIMOPRIMERA.-MATERIAS MOLESTAS Y PELIGROSAS
El CESIONARIO no podrá tener en el espacio cedido ninguna clase de animales, ni
almacenar o manipular materias explosivas, nocivas, o altamente inflamables y,
en general, peligrosas. Tampoco se podrán almacenar ni consumir sustancias
dopantes o estupefacientes, siendo a su cargo la responsabilidad que de tales
infracciones pudiera derivarse.
DECIMOSEGUNDA.-ANUNCIOS Y PUBLICIDAD
Queda prohibida la colocación de anuncios o cualquier clase de publicidad en la
fachada del Edificio de Usos Múltiples, en su interior o en las zonas o espacios
comunes sin autorización. El CAEP queda autorizado para retirar los anuncios y
publicidad que se hubiesen colocado sin autorización, siendo los gastos que se
ocasionen por cuenta del CESIONARIO.
DECIMOTERCERA.-RESPONSABILIDADES
El CESIONARIO exime de toda responsabilidad al CAEP por los daños y lesiones
que en las cosas o personas se causen como consecuencia de la ocupación del
espacio cedido o de las actividades que en el mismo se desarrollen. El CAEP no
responde de los daños y perjuicios que se puedan ocasionar al CESIONARIO por
casos fortuitos y de fuerza mayor. Tampoco asume el CAEP ninguna
responsabilidad en cuanto a la seguridad de la sala polivalente cedida, ni por los
daños que puedan ocasionarse a las personas, mercancías o cosas existentes en
el mismo en caso de incendio, robo, hurto, daños o accidentes de cualquier clase.
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DECIMOCUARTA-EXTINCIÓN
El presente acuerdo quedará resuelto por alguna de las siguientes causas:
1 El incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones u
obligaciones establecidas en este acuerdo.
2 La falta de pago de la compensación o cualquier otra cantidad
adeudada por el CESIONARIO.
3 La terminación del plazo pactado.
4 Desistimiento anticipado del CESIONARIO, de acuerdo con los
requisitos establecidos en la cláusula tercera.
5 Por la finalización de la concesión administrativa otorgada por el
Ayuntamiento de Soria.
6 Por la finalización del convenio de colaboración entre la Fundación
CAEP Soria y la Federación de Boxeo de Castilla y León para la realización
de un programa deportivo autonómico.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente Acuerdo de Cesión, por
duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
EL CESIONARIO, EL CEDENTE,
Fdo.: Petronilo Díez García Fdo.: Carlos Martínez Mínguez
A las diez horas y veinte minutos finaliza la sesión, doy fe el
Secretario General.
Vº Bº EL ALCALDE,
Fdo. Carlos Martínez Mínguez.