Post on 24-Sep-2015
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DUMPING(competencia desleal)
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Qu es el dumping? El dumping es un tipo de discriminacin de precios en el
que una empresa fija un precio inferior para los bienes exportados que para los mismos bienes vendidos en el pas.
Puede producirse si:
La industria es de competencia imperfecta (las empresas puedan fijar los precios).
Los mercados estan segmentados, para evitar operaciones de arbitraje (compra y venta simultnea en diferentes mercados / segmentos de un mismo mercado, con el fin de obtener beneficios ciertos, aprovechando las imperfecciones del mercado y sin asumir riesgo)
Elasticidad de demanda del mercado externo superior a la del mercado nacional.
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Tipos de Dumping Espordico: En general se origina en la
existencia de excedentes en la produccin por lo cual el productor exporta a un precio inferior al costo para no exponer a un desequilibrio el mercado interno.
Predatorio: Consiste en vender a prdida en el mercado externo a fin de eliminar a la competencia. Ulteriormente se concreta el incremento del precio a nivel de monopolio. Es la forma ms perjudicial de dumping.
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Consecuencias parael pas importador
Productos a precios significativamente bajos inicialmente beneficia al consumidor del pas importador.
Cuando la empresa que utiliza dumping elimina a la competencia incrementa los precios.
Si los bienes importados compiten con produccin local en el largo plazo se perdern empresas generadoras de empleo y desarrollo.
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Procedimiento Antidumping en la OMC
DUMPING DAO
(Relacin causal)
MEDIDAS ANTIDUMPING
(Investigacin)
99
En qu consiste el dumping?
VALOR NORMAL
$ 10- Precio en el mercado
Del pas exportador
O
- Precio de exportacina un tercer pas desde
el pas exportador
- Valor reconstruidoque comprende todos
los costos y el beneficio
Precio deEXPORTACION
del pasExportador
$ 8
MARGEN DEDUMPING
$ 2
< 2% Precio
Exp
=
Margende
minimis
No seaplica
medida
1010
Margen de dumping ?MARGEN DE
DUMPING$ 2
El margen de dumping se establece a partir de la diferencia entre el valor normal y el precio de exportacin. La forma en la cual se determina, a travs de un porcentaje
MD = Vn Px x 100Px
MD: Margen de DumpingVn: Valor NormalPx: Precio de Exportacin
MD=[ (10- 8) ] / 8 x100MD = ( 2 / 8 ) x 100MD = 0,25 x 100 MD = 25 %
1111
Valor normal ?
VALOR NORMAL
$ 10- Precio en el mercado
Del pas exportador
O
- Precio de exportacina un tercer pas desde
el pas exportador
- Valor reconstruidoque comprende todos
los costos y el beneficio
No es vlido si:
Q vtas muy bajo (< 5% de las X)
Situacin especial en merc.int.
No se concretan en el curso de operaciones comerciales normales (cond.esp.)
1212
Valor normal ?
VALOR NORMAL
$ 10- Precio en el mercado
Del pas exportador
O
- Precio de exportacina un tercer pas desde
el pas exportador
- Valor reconstruidoque comprende todos
los costos y el beneficio
Producto similar
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Valor normal ?
VALOR NORMAL
$ 10- Precio en el mercado
Del pas exportador
O
- Precio de exportacina un tercer pas desde
el pas exportador
- Valor reconstruidoque comprende todos
los costos y el beneficio
Costos fijos + variables
1414
Comparacin del valor normal con el precio de exportacin
Al nivel en fbrica, en el mismo momento
Se tienen en cuenta las diferencias en las condiciones de venta, la tributacin, los niveles de comercio, las cantidades, y las caractersticas fsicas
1515
Comparacin al nivel Ex Works (En Fbrica)
VALOR NORMALEn fbrica
Precio deEXPORTACION
En fbrica
Gastos AVG
AVG= Gastos administrativos, de venta y de carcter general
MARGEN DEDUMPING
Gastos AVG
1616
Directrices para el clculo de los valores reconstruidos (APA, Artculos 2:2 y 2:3)
En los casos en que las autoridades decidan sustituir el precio del pas exportador por un valor reconstruido calculado sobre la base de los costos de produccin de la rama exportadora, el APA indica que los costos "se calcularn normalmente sobre la base de los registros que lleve el exportador o productor objeto de investigacin, siempre que tales registros estn en conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados del pas exportador".
Adems, prev que las cantidades por concepto de gastos AVG, as como por concepto de beneficios, "se basarn en datos reales relacionados con la produccin y ventas del producto similar en el curso de operaciones comerciales normales, realizadas por el exportador o el productor objeto de investigacin".
1717
Directrices para el clculo de los valores reconstruidos (APA, Artculos 2:2 y 2:3)
Cuando no resulte posible, podrn determinarse sobre la base de:
oDatos reales de otros exportadores o productores de la misma categora general de productos;
oLa media ponderada de los costos y beneficios de otros exportadores de la misma categora general de productos; y
oCualquier otro mtodo razonable, siempre que la cantidad por concepto de beneficios no exceda de la obtenida por otros exportadores o productores de la misma categora general de productos.
1818
En qu consiste el dao?Aumento significativo del volumen de importaciones objeto de dumping y,Esas importaciones objeto de dumping provocan una subvaloracin o una baja excesiva de los precios o impiden que suban los precios, lo que entraa
Efectos negativos reales y potenciales en la situacin de los productores nacionales en cuanto a las ventas, los beneficios, el volumen de produccin, la participacin en el mercado, la productividad, el empleo, la utilizacin de la capacidad, el flujo de efectivo, las existencias, el rendimiento de las inversiones, los salarios, el crecimiento, etc. de los productores nacionales.
1919
En qu consiste la amenaza de dao?Aumento significativo del volumen de importaciones objeto de dumping, lo que indica la probabilidad de un aumento considerable de las importaciones.
Una suficiente capacidad libremente disponible del exportador o un aumento inminente y sustancial de esa capacidad
Las importaciones objeto de dumping tienen en los precios internos el efecto de hacerlos bajar o contener la subida de manera significativa y probablemente harn aumentar la demanda de nuevas importaciones.Un aumento significativo de las existencias del producto.
2020
Cundo existe relacin causal?Es el dumping lo que causa o amenaza causar dao a la rama de produccin nacional?O hay otros factores, tales como:
El volumen y los precios de las importaciones que no se venden en condiciones de dumping?La contraccin de la demanda o las variaciones de las estructuras del consumo?
La evolucin de la tecnologa?Los resultados ms modestos de la actividadexportadora o la merma de la productividad de la rama de produccin nacional?
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El volumen de importacioneses significativo?
Pais AQ = 3%
+
No se iniciainvestigacin
Pais BQ = 3%
Pais CQ = 2%
+
< 7%
No se iniciainvestigacin
> 7%
Se iniciainvestigacin
2222
En qu consiste una investigacin antidumping?
Acopio de informacin (por medio de cuestionarios, reuniones con las partes interesadas, investigaciones in situ)Evaluacin de la informacin(determinaciones sobre el dumping, el dao y la relacin causal entre ambos)Aplicacin de las medidas antidumping o terminacin de la investigacin sin adopcin de medidas
2323
Iniciacin de las investigaciones antidumping
Normalmente, previa solicitud escrita presentada por la rama de produccin nacional o en su nombre, que contenga pruebas suficientes de la existencia de dumping, de dao y de la relacin causal entre ambos.
Las autoridades tambin pueden iniciar una investigacin antidumping sin haber recibido ninguna solicitud a tal efecto, basndose en pruebas suficientes.
Se da aviso pblico o se redacta un informe que se pone a disposicin del pblico
2424
Iniciacin de las investigaciones antidumping
Se considera que una solicitud es presentada por la rama de produccin nacional o en su nombre, si la produccin total de los productores nacionales que respaldan la solicitud:
Es superior a la de los productores nacionales que se oponen a ella; y
No es inferior al 25% de la produccin total de la rama nacional
2525
Iniciacin de las investigaciones antidumping (Cont.)
Se espera que las partes Presenten toda la informacin pedida por las autoridades, en los plazos sealados en el aviso pblico (respuestas al cuestionario)Faciliten un resumen no confidencial de la informacin confidencial presentada a las autoridadesPermitan que las autoridades verifiquen la exactitud de la informacin facilitada y recojan ms detalles mediante investigaciones in situ
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Los importadores/exportadores tienen, entre otros, los derechos siguientes ... pedir una prrroga de hasta 30 das para cumplimentar los cuestionarios recibir el texto ntegro de la solicitud escrita de iniciacin de una investigacin antidumping dar a conocer sus opiniones a las autoridades pedir la proteccin de la informacin confidencial solicitar que se les comunique la informacin no confidencial de las dems partes presentar informacin verbalmente a las autoridades solicitar reunirse con otras partes que tengan intereses opuestos ser informados de los hechos esenciales en que se basar la determinacin definitiva de las autoridades luego de concluida la investigacin antidumping ?
2727
Cules son las medidas antidumping?
Las medidas provisionales
Los derechos antidumping
Los compromisos relativos a los precios
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Medidas provisionales Objetivo : Evitar que se cause dao durante la investigacin antidumping En forma de
Derecho provisional
Garanta (mediante depsito en efectivo o fianza) Suspensin de la valoracin en aduana (suspensin de la liquidacin de los derechos)
Normalmente, la aplicacin est limitada a 4 mesesA menudo la expiracin del plazo coincide con la conclusin del procedimiento
2929
Derechos antidumping (DA)El establecimiento y percepcin de DA vara s/ los pases:
se usan los valores normales pasados (U.E.), los corrientes (E.E.U.U.) o los prospectivos (Australia) a efectos de comparacin cuanta del derecho antidumping: igual (E.E.U.U.) o inferior (Australia) al margen de dumping por aplicacin de regla del derecho ms bajo clusula del inters pblico?)
Si el derecho definitivo es inferior al provisional, se reembolsa la diferencia. Si es mayor no se exige la diferencia.Si no hay dumping ni dao, se devuelven los derechosprovisionales
3030
Compromisos en materia de precios Compromiso de incrementar los precios de exportacin hasta el nivel necesario para eliminar el dao o compromiso de dejar de exportar a precios de dumping a la zona de que se trata Puede ser ofrecido por los exportadores o sugerido por las autoridades Ventajas:
no se paga ningn derecho antidumping el exportador / importador se queda con la diferencia de precio
Inconvenientes: inflexibilidad necesidad de informes peridicos
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Duracion y examen de lasmedidas antidumping
Duracin: las medidas siguen vigentes mientras son necesarias para contrarrestar el dumping causante de dao
se suprimen automticamente al cabo de 5 aos si no hay necesidad de mantenerlas
Examen: Es necesario seguir imponiendo la medida para contrarrestar el dumping? Es probable que el dao siga producindose o vuelva a producirse si el derecho es suprimido o modificado?
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Revisin judicial y consultas intergubernamentales
Revisin judicial: Se apoyan las determinaciones o las medidas en pruebas sustanciales?
Estn en conformidad con el derecho? Hay alguna decisin arbitraria o errnea, o abuso de facultades discrecionales?
Consultas de la OMC y solucin de diferencias: Estn las medidas en conformidad con el Acuerdo Antidumping?
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Algunos puntos que han de tenerse presentes
1. Antes de la iniciacin de las investigaciones antidumping
Se vigilan regularmente los precios en el pas importador?
Se comparan regularmente los precios en el mercado interno del pas exportador?
Se efectan los necesarios ajustes correctivos en los precios y en las imputaciones de costos?
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Algunos puntos que han de tenerse presentes (Cont.)
2. Durante las investigaciones antidumping
Se ha presentado puntualmente y en la forma debida toda la informacin requerida por las autoridades?
Se ha solicitado la proteccin de la informacin confidencial? Se ha facilitado un resumen no confidencial de la informacin confidencial?
Se ha permitido que las autoridades realicen investigaciones in situ en la empresa?
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Algunos puntos que han de tenerse presentes (Cont.)
3. Tras la aplicacin de medidas antidumping En el caso de un compromiso en materia de precios:
Se ha facilitado a las autoridades la informacin peridica probatoria del cumplimiento del compromiso?
Debe presentarse una solicitud para que se prosiga la investigacin?
Cabe prever que una revisin administrativa o judicial anule las medidas?
Es posible que las consultas o el examen por un grupo especial de la OMC den lugar a la terminacin de las medidas?
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ANTIDUMPINGNMERO DE NUEVAS INVESTIGACIONES
1995 2008 (Fuente: OMC)