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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
DIARIO OFI CIAL
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2233-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi cial@imprentanacional.gob.sv
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 375 SAN SALVADOR, MIERCOLES 20 DE JUNIO DE 2007 NUMERO 112
DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López
Pág.
4-5
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La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
ORGANO LEGISLATIVO
Decreto No. 332.- Declárase al señor José Ramón Barahona, “Hijo Meritísimo de El Salvador”. ............................................
ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE GOBERNACIONRAMO DE GOBERNACIÓN
Estatutos de la “Asociación de Desarrollo de las Comunidades de Arcatao” y Acuerdo Ejecutivo No. 65, aprobándoles y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ...........................
MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA
Acuerdo No. 1347.- Reglamento Interno del Ministerio de Economía. ..................................................................................
MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdos Nos. 15-0035, 15-0578 y 15-0579.- Reconocimiento de estudios académicos...................................
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 886-D, 945-D, 1011-D, 1038-D y 1862-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .........................................................................................
INSTITUCIONES AUTONOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. 1.- Modifi cación al Presupuesto Municipal de
la ciudad de Santa Ana..............................................................
Decreto No. 2.- Ordenanza reguladora del cobro de las tasas
municipales de Jocoro, Departamento de Morazán. .................
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACION
Edicto de Emplazamiento
Cartel No. 570.- David Conradino Navidad (1 vez) .........
Cartel No. 571.- Martha Gladis Argueta Rodríguez (1
vez) ...........................................................................................
Cartel No. 572.- Rogelio Ramírez Girón (1 vez)..............
Cartel No. 573.- Roberto Arguello (1 vez) .......................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Cartel No. 564.- Inés Zavaleta López (3 alt.)....................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Cartel No. 555.- Guillermina Renderos Rodríguez (3 alt.)
2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
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SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratorias de Herencias
Carteles Nos. C009817, C009820, C009821, C009830,
F006098, F006127, F006139, F006148, F006152, F006157,
F006159, F006160, F006163, F006164, F006166, F006174,
F006175, F006176, F006203, F006216, F006220, F006223,
F006227, F006229, F006233, F006242, F006250, F006267,
F006272. ....................................................................................
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. C009803, C009831, F006123, F006125,
F006135, F006185, F006214, F006254, C009819, C009822,
C009823, F006111, F006138, F006147, F006154, F006205,
F006206, F006208, F006230, F006189.....................................
Títulos de Propiedad
Carteles Nos. F006130, F006161......................................
Títulos Supletorios
Carteles Nos. C009826, F006201, F006210, F006234,
F006133, F006215, F006256.....................................................
Título de Dominio
Cartel No. F006100...........................................................
Cambio de Denominación
Cartel No. C009805. .........................................................
Aviso de Inscripción
Cartel No. F006183...........................................................
Juicios de Ausencia
Carteles Nos. C009799, C009801, F006099, F006143.
Cambio de Nombre
Cartel No. F006270...........................................................
Diseño Industrial
Cartel No. C009827. .........................................................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. C009797, C009798, C009812, C009813,
F006146, F006187, F006188, F006191, F006192, F006193,
F006194. ....................................................................................
Señal de Publicidad Comercial
Cartel No. C009829. .........................................................
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. C009796, C009828, F006144, F006231. ...
Subastas Públicas
Carteles Nos. C009798, C009808, F006109, F006115,
F006126, F006134, F006200, F006224, F006235, F006245,
F006249/51, F006258. ...............................................................
Reposición de Certifi cado
Cartel No. F006156...........................................................
Aumentos de Capital
Carteles Nos. C009806, C009810, C009814, C009815,
C009816.....................................................................................
Disminución de Capital
Cartel No. F006211...........................................................
Aviso de Cobro
Cartel No. F006264...........................................................
Administrador de Condominio
Cartel No. F006168...........................................................
Marcas de Servicios
Carteles Nos. F006190, F006195......................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. F005678, F005680, F005706, F005712, F005737, F005749, F005763, F005770, F005783, F005789, F005790, F005791, F005800, F005801, F005805, F005809, F005862, F009725 .....................................................................
Herencia Yacente
Cartel No. F005850...........................................................
Título de Propiedad
Cartel No. F005820...........................................................
Títulos Supletorios
Carteles Nos. F005884......................................................
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168
Renovación de Marcas
Carteles Nos. C009735, C009736.....................................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. C009727, F005802. ....................................
Nombre Comercial
Cartel No. F005853...........................................................
Señal de Publicidad Comercial
Carteles Nos. F005848, F005851, F005855. ....................
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. C009720, C009732, C009733, F005683, F005803, F005839. ....................................................................
Convocatorias
Carteles Nos. C009731, C009765, C009809. ...................
Subastas Públicas
Carteles Nos. C009721, F005668, F005673, F005677, F005822, F005826, F005829, F005831, F005684. ...................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. F005728, F005732, F005818. ....................
Aumento de Capital
Cartel No. C009730. .........................................................
Frecuencias de Uso Regular
Cartel No. F005679...........................................................
Marca Industrial
Carteles Nos. F005705, F005707, F005709, F005710, F005711. ....................................................................................
Utilidad y Necesidad
Cartel No. F005730...........................................................
Marcas de Servicios
Carteles Nos. F005756, F005760, F005852, F005854, F005856, F005857, F005858, F005859, F006960. ...................
Reposición de Póliza de Seguro
Cartel No. C009723. .........................................................
Escritura Pública de Constitución
Cartel No. C009755. .........................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. F005315, F005365, F005379, F005390, F005408, F005419, F005425, F005434, F005442, F005446, F005660, C009738, F005747. ...................................................
Títulos de Propiedad
Carteles Nos. F005252, F005254, F005275, F005313. ....
Título Supletorio
Cartele No. F005380. ........................................................
Renovación de Marcas
Carteles Nos. C009686, C009687, C009688, C009689, C009690, C009691, C009692, F005260, F005261, F005262, F005263, F005264, F005265, F005267, F005268, F005299, F005302, F005304, F005306, F005307, F005308, F005309, F005310, F005323, F005324, F005326, F005327, F005328, F005330, F005339, F005343, F005346, F005354, F005355, F005384, F005447. ....................................................................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. C009664, C009665, C009667, F005271, F005272, F005274, F005276, F005278, F005282, F005284, F005285, F005287, F005288, F005290, F005291, F005293, F005294, F005296, F005386, F005458, F005459, F005461, F005463. ....................................................................................
Nombre Comercial
Carteles Nos. C009666, F005269. ....................................
Señal de Publicidad Comercial
Cartel No. C009675. .........................................................
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. C009679, C009680, C009683, C009684, F005258, F005342, F005353, F005412, F005413. ...................
Subastas Públicas
Carteles Nos. C009678, C009685, F005375, F005378, F005433, F005439, F005440.....................................................
Aumentos de Capital
Carteles Nos. C009671, C009674, F005392. ...................
Emblema
Cartel No. C009668. .........................................................
Marcas de Servicios
Carteles Nos. C009677, F005297, F005300, F005303.....
Cambio de Dirección de Empresa
Carteles Nos. C009682, F005443. ....................................
4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
ORGANO LEGISLATIVO
DECRETO No. 332
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I- Que de conformidad al Artículo 131, ordinal 22 de la Constitución, es facultad de este Órgano del Estado, conceder a personas o poblaciones,
títulos, distinciones honorífi cas y gratifi caciones compatibles con la forma de gobierno establecida, por servicios relevantes prestados a la
Patria.
II- Que, asimismo, el Artículo 6, literal a), de la Ley de Distinciones Honorífi cas, Gratifi caciones y Títulos, establece que la nominación de
“Hijo Meritísimo de El Salvador”, constituye la máxima distinción y se otorgará a las personas salvadoreñas que se dediquen o hayan
dedicado, a la realización del humanismo y del altruismo.
III- Que el señor José Ramón Barahona, originario de Santa Teresa Potonico, Departamento de Chalatenango, emigró hacia los Estados Unidos
en el año 1970, lugar donde con esfuerzo, tenacidad y disciplina, se ha convertido en un exitoso empresario, considerado hoy en día, “el
principal referente de la próspera comunidad de salvadoreños que reside en la capital estadounidense”.
IV- Que, orgulloso de su origen humilde en El Salvador, el señor José Ramón Barahona, ha estrechado amigablemente su mano a muchos
salvadoreños, apoyándolos en su esfuerzo por realizar el “sueño americano”; y sus diversas empresas, en los Estados Unidos, proporcionan
digna ocupación laboral a cientos de compatriotas que le consideran su benefactor.
V- Que, igualmente, han sido múltiples las ocasiones en que el señor José Ramón Barahona ha canalizado su generosa ayuda, a través de
diferentes organizaciones humanitarias, para solventar las necesidades de cientos de salvadoreños, especialmente, en los rubros de salud y
educación.
VI- Que el señor José Ramón Barahona ha puesto en alto el nombre de El Salvador, siendo objeto de múltiples reconocimientos entre los que
destaca la Medalla de la Libertad, entregada por el Congreso de los Estados Unidos de América, máximo honor que el gobierno confi ere
a los ciudadanos que hacen contribuciones excepcionales a la nación norteamericana; por todo lo anterior, es procedente reconocer sus
servicios relevantes prestados a la Patria.
POR TANTO,
En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Douglas Alejandro Alas García, Julio César Portillo Ba-
quedano, Marco Tulio Mejía Palma, José Salvador Cardoza López e Hipólito Baltazar Rodríguez Contreras; y el apoyo de los Diputados:
Rubén Antonio Álvarez Fuentes, Federico Guillermo Ávila Qüehl, Fernando Alberto José Ávila Quetglas, Ingrid Berta María Béndix de
Barrera, Noel Abilio Bonilla Bonilla, Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, Roberto José d’Aubuisson Munguía, María Patricia Vásquez
de Amaya, Ana Vilma Castro de Cabrera, Marco Aurelio González, Carlos Walter Guzmán Coto, Juan Carlos Hernández Portillo, Wilfredo
Iraheta Sanabria, Francisco Armando Marinero Zelaya, Mario Marroquín Mejía, Roberto de Jesús Menjívar Rodríguez, Jorge Ernesto
Morán Monterrosa, Mariella Peña Pinto, Juan Enrique Perla Ruiz, Francisco Antonio Prudencio, Norman Noel Quijano González, José
Mauricio Quinteros Cubías, Carlos Armando Reyes Ramos, Dolores Alberto Rivas Echeverría, Abilio Orestes Rodríguez Menjívar, Alberto
Armando Romero Rodríguez, Enrique Alberto Luis Valdés Soto, Donato Eugenio Vaquerano Rivas, Herberth Néstor Menjívar Amaya,
Irma Segunda Amaya Echeverría, Blanca Flor América Bonilla Bonilla, Yohalmo Edmundo Cabrera Chacón, Carlos Alfredo Castaneda
Magaña, Humberto Centeno Najarro, Carlos Cortez Hernández, Luis Alberto Corvera Rivas, Blanca Noemi Coto Estrada, José Ricardo
Cruz, Walter Eduardo Durán Martínez, Enma Julia Fabián Hernández, Luis Arturo Fernández Peña, Juan García Melara, Ricardo Bladimir
González, José Cristóbal Hernández Ventura, Jorge Alberto Jiménez, Benito Antonio Lara Fernández, Hortensia Margarita López Quintana,
Francisco Roberto Lorenzana Durán, Gerson Martínez, Hugo Roger Martínez Bonilla, Calixto Mejía Hernández, Guillermo Antonio Olivo
Méndez, Irma Lourdes Palacios Vásquez, Gaspar Armando Portillo Benítez, Zoila Beatriz Quijada Solís, Víctor Manuel Ramírez Alvarado,
Othon Sigfrido Reyes Morales, Ana Daysi Villalobos de Cruz, Alex René Aguirre Guevara, José Antonio Almendáriz Rivas, Luis Roberto
Angulo Samayoa, José Orlando Arévalo Pineda, Alejandro Dagoberto Marroquín Cabrera, José Francisco Merino López, Rubén Orellana,
Mario Antonio Ponce López, Julio Milton Parada Domínguez, Mauricio Ernesto Rodríguez y Juan Pablo Durán Escobar.
5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
DECRETA:
Art. 1. Declárase al señor José Ramón Barahona, “HIJO MERITÍSIMO DE EL SALVADOR”, en reconocimiento a su disciplina y
tenacidad para alcanzar el éxito empresarial en los Estados Unidos de América, con lo que ha puesto muy en alto el nombre y el prestigio
del pueblo salvadoreño.
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos
mil siete.
RUBÉN ORELLANA
PRESIDENTE
ROLANDO ALVARENGA ARGUETA FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR
SECRETARIO SECRETARIO
JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ
SECRETARIO SECRETARIO
ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS
SECRETARIA
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de junio del año dos mil siete.
PUBLIQUESE,
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República.
JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,
Ministro de Gobernación.
6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN
RAMO DE GOBERNACION
NUMERO CUARENTA Y UNO. En el Municipio de Arcatao,
Departamento de Chalatenango, a las diez horas del día veinticin-
co de abril de dos mil seis. Ante mí, SALVADOR ANTONIO
LAINEZ RODRÍGUEZ, Notario de este domicilio, comparecen
los señores MANUEL CRESPIN PERALTA, de treinta y cinco
años de edad, Agricultor, del domicilio de Arcatao, Departamento
de Chalatenango, persona de mi conocimiento portador de su
Documento Unico de Identidad Número cero un millón quinientos
sesenta mil quinientos once- seis; FRANCISCO ISAAC DUBON
MENJIVAR, de sesenta y siete años de edad, Comerciante, en
Pequeño, del domicilio de Arcatao, Departamento de Chalatenango,
persona de mi conocimiento portador de su Documento Único de
Identidad Número cero un millón ciento ochenta y ocho mil dos-
cientos noventa-dos; ROSA MARIA MARIN ALAS, de veintiún
años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Teosinte, Municipio
de Arcatao, Departamento de Chalatenango, persona de mi cono-
cimiento portadora de su Documento Único de Identidad Número
cero tres millones doscientos cuarenta y cuatro mil ochocientos
cuatro-ocho; MARTÍN ORELLANA RIVAS, de sesenta años de
edad, Agricultor, del domicilio de Teosinte, Municipio de Arcatao,
Departamento de Chalatenango, persona de mi conocimiento
portador de su Documento Único de Identidad Número cero dos
millones noventa y un mil trescientos sesenta y tres- nueve; FE-
LICITO CRESPIN, de treinta y siete años de edad, Obrero, del
domicilio de Teosinte, Municipio de Arcatao, Departamento de
Chalatenango, persona de mi conocimiento portador de su Docu-
mento Unico de Identidad Número cero cero seiscientos quince
mil cuatrocientos treinta y seis-cero; VILMA MONGE ORTEGA,
de diecinueve años de edad, Oficios Domésticos, del domicilio de
El Pepeto, Municipio de Arcatao, Departamento de Chalatenango,
persona de mi conocimiento portadora de su Documento Unico de
Identidad Número cero tres millones ochocientos ochenta y seis
mil seiscientos veinte-dos; ANTONIO SERRANO, de setenta y
tres años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Arcatao,
Departamento de Chalatenango, persona de mi conocimiento por-
tador de su Documento Único de Identidad Número cero un millón
doscientos diez mil treinta y uno- uno; JOSE VIDAL CORDOVA
MARÍN, de cincuenta años de edad, Jornalero, del domicilio de
Teosinte, Municipio de Arcatao, Departamento de Chalatenango,
persona de mi conocimiento portador de su Documento Único de
Identidad Número cero cero setecientos doce mil trescientos no-
venta y nueve- ocho, CESAR MARÍN LOPEZ, de cuarenta y
siete años de edad, Agricultor, del domicilio de Teosinte, Municipio
de Arcatao, Departamento de Chalatenango, persona de mi cono-
cimiento portador de su Documento Unico de Identidad Número
cero cero trescientos sesenta y un mil seiscientos cuarenta-dos,
DORA RAMOS ORELLANA, de cuarenta años de edad, Ama de
Casa del domicilio de Arcatao, Departamento de Chalatenango,
persona de mi conocimiento portadora de su Documento Unico
de Identidad Número cero tres millones cuarenta y ocho mil qui-
nientos setenta y uno- nueve; FIDENCIO CASTRO LOPEZ, de
treinta y nueve años de edad, Jornalero, del domicilio de Teosinte,
Municipio de Arcatao, Departamento de Chalatenango, persona
de mi conocimiento portador de su Documento Único de Identidad
Número cero cero trescientos treinta y un mil seiscientos sesenta
y cinco- cuatro; MARIA JUANA AYALA DE URBINA, de
treinta años de edad, Oficios Domésticos, del domicilio de El
Pepeto, Municipio de Arcatao, Departamento de Chalatenango,
persona de mi conocimiento portadora de su Documento Unico
de Identidad Número cero cero ochocientos treinta y un mil siete-
siete; ABIGAIL LOPEZ MENJIVAR, de dieciocho años de edad,
Ama de casa; del domicilio de El Pepeto, Municipio de Arcatao,
7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
Departamento de Chalatenango, persona de mi conocimiento
portadora de su Documento Unico de Identidad Número cero tres
millones ochocientos ochenta mil novecientos noventa- tres; VE-
LENTIN MENJIVAR HERCULES, de treinta y nueve años de
edad, Jornalero, del domicilio de El Pepeto, Municipio de Arca-
tao, Departamento de Chalatenango, persona de mi conocimiento
portador de su Documento Unico de Identidad Número cero dos
millones setecientos sesenta mil seiscientos sesenta y cinco- sie-
te; JOSE SANTOS RIVERA ORELLANA, de cincuenta y cinco
años de edad, Jornalero, del domicilio de el Cantón El Sitio, Mu-
nicipio de Arcatao, Departamento de Chalatenango, persona de mi
conocimiento portador de su documento Unico de Identidad Nú-
mero cero un millón cuatrocientos dieciséis mil quinientos seten-
ta y seis- cinco; ROSENDO MENJIVAR AYALA, de cincuenta
y un años de edad, Jornalero, del domicilio de El Pepeto, Munici-
pio de Arcatao, Departamento de Chalatenango, persona de mi
conocimiento portador de su Documento Unico de Identidad Nú-
mero cero tres millones treinta y nueve mil sesenta y ocho- nueve;
JOSE ANTONIO NAVARRO MENJIVAR, de veinte años de edad,
Estudiante, del domicilio de Teosinte, Municipio de Arcatao,
Departamento de Chalatenango, persona de mi conocimiento
portador de su Documento Unico de Identidad Número cero tres
millones ciento treinta y dos mil ciento cuarenta y cinco- cinco;
LUCAS NERY LOPEZ, de setenta y siete años de edad, Agricul-
tor en Pequeño, del domicilio de Arcatao, Departamento de
Chalatenango, persona de mi conocimiento portador de su Docu-
mento Unico de Identidad Número cero dos millones doscientos
ocho mil quinientos cincuenta y uno-tres; CELSO ORELLANA
BARRERA, de cuarenta y cuatro años de edad, Promotor de Salud,
del domicilio de Teosinte, Municipio de Arcatao, Departamento
de Chalatenango, persona de mi conocimiento portador de su
Documento Unico de Identidad Número cero un millón trescientos
treinta y seis mil trescientos cuarenta y seis- siete, y CECILIA
ORELLANA VIUDA DE RAMIREZ, de cincuenta y tres años de
edad, Ama de Casa, del domicilio de Teosinte, Municipio de Ar-
catao, Departamento de Chalatenango, persona de mi conoci-
miento portadora de su Documento Único de Identidad Número
cero dos millones ochenta y dos mil cuatrocientos veintiséis- dos,
todos de nacionalidad salvadoreña, quienes me DICEN: I) Que
de conformidad a la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines
de Lucro, en lo sucesivo denominada la “Ley Especial”, me pre-
sentan los Estatutos de la Asociación de Desarrollo de las Comu-
nidades de Arcatao, los cuales de conformidad al Artículo SE-
SENTA Y CINCO de la Ley de la materia, me pide le protocolice,
a lo cual aceptada el suscrito Notario, procediendo a ello, y los
Estatutos son del tenor literal siguiente: ESTATUTOS DE LA
ASOCIACION DE DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES
DE ARCATAO. CAPITULO I. NATURALEZA, DENOMINA-
CIÓN, DOMICILIO Y PLAZO. Art. 1.- Créase en el municipio de
Arcatao, Departamento de Chalatenango, la Asociación que se
denominará “ASOCIACION DE DESARROLLO DE LAS COMU-
NIDADES DE ARCATAO” y que podrá abreviarse “ADECOAR”,
como una Entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en
los presentes Estatutos se denominará “La Asociación”, por ini-
ciativa de los asociados, en este municipio el día veintitrés de abril
de dos mil seis. Art. 2.- El domicilio de la Asociación será el
municipio de Arcatao, Departamento de Chalatenango, pudiendo
establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera de
él. Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.
CAPITULO II. FINES U BJETIVOS. Art. 4.- Los fines u objetivos
de la Asociación serán: a) Promover y fomentar el desarrollo social
de todos lo habitantes de Arcatao, sus Cantones; Caseríos y otros;
b) Promover y fomentar una mejor calidad de vida por medio de
la educación; c) Promover y fomentar la cultura medioambiental,
para preservar los recursos naturales de la zona geográfica del
lugar y posteriormente ampliarse a todo el territorio nacional; d)
Promover y gestionar ante las autoridades todos los beneficios
sociales, culturales, y de servicios básicos en beneficios de todos;
así como cualquier actividad lícita en beneficio de los asociados;
y Realizar toda clase de actos complementarios para alcanzar los
fines y objetivos de la Asociación. CAPITULO III. DEL PATRI-
MONIO. Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constitui-
8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
do por: Las cuotas de los miembros Donaciones, herencias, legados,
contribuciones del Estado, de personas naturales o jurídicas, na-
cionales o extranjeras, respectivamente; Todos los bienes muebles
e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos
de conformidad con la ley. Art. 6.- El patrimonio será administra-
do por la Junta Directiva conforme a las directrices que le mani-
fieste la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE
LA ASOCIACIÓN. Art. 7.- El gobierno de la Asociación será
ejercido por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva.
CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Art. 8.- La
Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxi-
ma de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los
miembros Fundadores y Activos. Art. 9.- La Asamblea General se
reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuan-
do fuere convocada por la Junta Directiva, o por solicitud de dos
o más miembros de la Junta Directiva. La Asamblea General
sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta por ciento
más uno de los Miembros en primera convocatoria y en segunda
convocatoria una hora después con los miembros que asistan. Las
resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría de votos,
excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría
diferente. Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cual-
quiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifica-
dos podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El
límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el
voto de su representado. Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea
General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los
miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar y derogar
los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. c) Aprobar
y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual de la
Asociación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labo-
res de la Asociación, presentada por la Junta Directiva. e) Fijar las
cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. f)
Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles
pertenecientes a la Asociación. g) Nombrar un Director Ejecutivo,
cuando los intereses de la Asociación así lo requieran. h) Decidir
y dirigir las políticas y destino de la Asociación. i) Decidir todos
aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén
contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI. DE LA
JUNTA DIRECTIVA. Art. 12.- La administración de la Asociación
estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la
siguiente forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario,
un Tesorero un Síndico y tres Vocales. Art. 13.- Los miembros de
la Junta Directiva serán electos para un período de un año pudien-
do ser reelectos. Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinaria-
mente por lo menos una vez al mes y extraordinariamente cuantas
veces sea necesario. Art. 15.- El quórum para que la Junta Direc-
tiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus
acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. Art.
16.- La Junta directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) De-
sarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de la
Asociación. Velar por la administración eficiente y eficaz del
patrimonio de la Asociación. b) Elaborar la Memoria Anual de
Labores de la Asociación. c) Promover la elaboración de planes,
programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e informar
a la Asamblea General. d) Velar por el cumplimiento de los Estatutos,
Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea
General y de la misma Junta Directiva. e) Nombrar de entre los
Miembros de la Asociación los Comités o Comisiones que consi-
deren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación.
f) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General por medio del Presidente. g) Decidir sobre las solicitudes
de incorporación de nuevos miembros. h) Nombrar un Gerente o
los Gerentes que sean necesarios de conformidad a los intereses
de la Asociación. i) Resolver todos los asuntos que no sean com-
petencia de la Asamblea General. Art. 17.- Son atribuciones del
Presidente: Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de
Asamblea General: a) Velar por el cumplimiento de los acuerdos,
resoluciones de la unta Directiva y de la Asamblea General, así
como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. b)
Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudien-
do otorgar Poderes Judiciales Generales o Especiales. c) Convocar
9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General
y de la Junta Directiva. d) Autorizar juntamente con el Tesorero
las erogaciones que tenga que hacer la Asociación. e) Presentar a
la Asamblea General la Memoria de Labores de la Asociación y
cualquier informe que le sea solicitado por la misma. f) En caso
de empate en las votaciones de Junta Directiva, el Presidente
tendrá voto de calidad. Art. 18.- Son atribuciones del Vicepresi-
dente: a) Sustituir en caso de ausencia, vacancia o impedimento
al Presidente; y b) Desempeñar todas las funciones que le enco-
miende la Junta Directiva. Art. 19.- Son atribuciones del Secreta-
rio: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea
General y de Junta Directiva. b) Llevar el archivo de documentos
y registros de los miembros de la Asociación. c) Extender todas
las certificaciones que fueran solicitadas a la Asociación. d) Hacer
y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e) Art.
20.- Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los
fondos que la Asociación obtenga en una Institución Bancaria. b)
Tener control directo de los libros de contabilidad de la Asociación.
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la
Asociación tenga que realizar. Art. 21.- Son atribuciones de los
Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la
Junta Directiva. b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Di-
rectiva en caso de ausencia o impedimento. CAPITULO VII. DE
LOS MIEMBROS. Art. 22.- Podrán ser miembros todas las perso-
nas jurídicas y naturales, en este caso mayores de dieciocho años,
sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que se
dediquen a los fines que persigue la asociación y que lo soliciten
por escrito a la Junta Directiva. Art. 23.- La Asociación tendrá las
siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores. b) Miem-
bros Activos. c) Miembros Honorarios. Serán MIEMBROS FUN-
DADORES: Todas las personas que suscriban el acta de Constitución
de la Asociación. Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las per-
sonas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación.
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por
su labor y méritos a favor de “ADECOAR”, sean así nombrados
por la Asamblea General. Art. 24.- Son derechos de los miembros
Fundadores y Activos: Gozar de los beneficios derivados de la
Asociación siempre que no sean de carácter económico. a) Tener
voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General. b) Optar
a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos
de la Asociación. c) Los demás que les señalen los Estatutos y
Reglamento Interno de la Asociación. Art. 25.- Son deberes de los
miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones Ordina-
rias y Extraordinarias de Asamblea General. b) Cooperar en el
desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación. c)
Cancelar las cuotas Ordinarias y Extraordinarias acordadas en
Asamblea General. d) Cumplir y hacer cumplir los presentes
Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la
Asamblea General. e) Los demás que les señalen los Estatutos y
Reglamento Interno de la Asociación. Art. 26.- La calidad de
miembro se perderá por violación a estos Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. CAPI-
TULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS
DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLI-
CACIÓN. Art. 27.- Si el asociado violare los Estatutos, Reglamen-
to Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General, la
Junta Directiva informará al Asociado o su representante legal del
inicio del proceso correspondiente, así como de la infracción
atribuida, concediéndole un plazo de hasta ocho días hábiles para
que justifique los hechos y manifieste su deseo de enmendar la
falta cometida y de continuar en la asociación, pasados los cuales
se resolverá lo pertinente y si se acordare sanción se hará efectiva
dentro de los ocho días subsiguientes. Las sanciones reconocidas
son las siguientes: Amonestación privada, suspensiones de derecho
sociales, destitución y expulsión temporal o definitiva. La infor-
mación será estrictamente privada y servirá únicamente a los fines
de ADECOAR. CAPITULO IX. DE LA DISOLUCIÓN. Art. 28.-
No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la ley
o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,
convocada a ese efecto y con un número de votos que represente
por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. Art. 29.- En caso
de acordarse la disolución de la Asociación se nombrará una Jun-
10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375ta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la
Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los
bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos
se donarán a cualquier entidad Benéfica que la Asamblea General
señale. CAPITULO X. REFORMA DE ESTATUTOS. Art. 30.-
Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el
voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros
en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPITULO XI.
DISPOSICIONES GENERALES. Art. 31.- La Junta directiva
tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y
Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación,
en los primeros días del mes de enero de cada año, la nómina de
los Miembros y dentro de los cinco días la nueva Junta Directiva
y en todo caso inscribir en dicho Registro todos los documentos
que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES
DE LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier
dato que se le pidiere relativo a la entidad. Art. 32.- Todo lo re-
lativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos
Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el
cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la
Asamblea General. Art. 33.- La ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
DE LAS COMUNIDADES DE ARCATAO, se regirá por la LEY
DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO
por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.
CAPITULO XII. VIGENCIA. Art. 34.- Los presentes Estatutos
entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario
Oficial. II) Acto seguido: De conformidad al artículo DOCE de
los Estatutos, los otorgantes proceden a elegir a la Junta Directi-
va, la cual, por decisión unánime de los concurrentes queda inte-
grada de la siguiente manera: PRESIDENTE DON MANUEL
CRESPIN PERALTA; VICEPRESIDENTE: DON FRANCISCO
ISAAC DUBON MENJIVAR; SECRETARIO: SEÑORA ROSA
MARIA MARIN ALAS; TESORERO: CELSO ORELLANA BA-
RRERA; SINDICO: MARTÍN ORELLANA RIVAS, PRIMER
VOCAL: FELICITO CRESPIN; SEGUNDO VOCAL: VILMA
MONGE ORTEGA; Y TERCER VOCAL: CECILIA ORELLANA
VIUDA DE RAMIREZ. El suscrito Notario DA FE: De haber
advertido a los comparecientes la obligación en que están de
inscribir el testimonio que se les expida, en el Registro de Aso-
ciaciones y Fundaciones del Ministerio de Gobernación, los
efectos del registro y las sanciones impuestas por la falta del
mismo. Expliqué a los comparecientes los efectos legales del
presente instrumento y leído que se los hube íntegramente en un
solo acto ininterrumpido, dijeron estar redactado conforme a sus
voluntades, ratifican su contenido y firmamos. A Excepción de
JOSE VIDAL CORDOVA MARIN, MARIA JUANA AYALA DE
URBINA, VALENTIN MENJIVAR HERCULES y JOSÉ SANTOS
RIVERA ORELLANA, quienes por no saber firmar, dejan impre-
sa la huella digital de su pulgar derecho y su ruego lo hace el señor
ABDON RUTILIO SORTO CASTRO, de treinta y ocho años de
edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, de mi conocimien-
to portador de su Documento Único de Identidad Número cero dos
millones novecientos veintisiete mil seiscientos nueve-dos. DOY
FE. Enmendados- DE URBINA-Agricultor en Pequeño-Valen.
Entre líneas-siempre que no sean de carácter económico-Valen.
Más enmendado-el-Vale.-
SALVADOR ANTONIO LAINEZ RODRIGUEZ,
NOTARIO.
PASO ANTE MI, del folio cincuenta y nueve frente al sesenta
y cuatro vuelto, del Libro DECIMO CUARTO de mi Protocolo
que vencerá el día diecisiete de mayo de dos mil seis, y para
ser entregado a la “ASOCIACION DE DESARROLLO DE LAS
COMUNIDADES DE ARCATAO”, extiendo, firmo y sello el
presente TESTIMONIO, en el Municipio de Arcatao, Depar-
tamento de Chalatenango, a los veinticinco días del mes de abril
de dos mil seis.
SALVADOR ANTONIO LAINEZ RODRÍGUEZ,
NOTARIO.
11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE
DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES DE ARCATAO
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACIÓN,
DOMICILIO Y PLAZO.
Art. 1.- Créase en el municipio de Arcatao, Departamento de
Chalatenango, la Asociación que se denominará “ASOCIACION
DE DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES DE ARCATAO”
y que podrá abreviarse “ADECOAR”, como una Entidad apolíti-
ca, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se
denominará “La Asociación”, por iniciativa de los asociados, en
este municipio el día veintitrés de abril de dos mil seis.
Art. 2.- El domicilio de la Asociación será el municipio de
Arcatao, Departamento de Chalatenango, pudiendo establecer
filiales en todo el territorio de la República y fuera de él.
Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.
CAPITULO II
FINES U OBJETIVOS
Art. 4.- Los fines u objetivos de la Asociación serán:
a) Promover y fomentar el desarrollo social de todos lo habitantes
de Arcatao, sus Cantones; Caseríos y otros;
b) Promover y fomentar una mejor calidad de vida por medio
de la educación;
c) Promover y fomentar la cultura medioambiental, para pre-
servar los recursos naturales de la zona geográfi ca del lugar
y posteriormente ampliarse a todo el territorio nacional;
d) Promover y gestionar ante las autoridades todos los benefi cios
sociales, culturales, y de servicios básicos en benefi cios de
todos; así como cualquier actividad lícita en benefi cio de los
asociados; Realizar toda clase de actos complementarios para
alcanzar los fi nes y objetivos de la Asociación.
CAPITULO III
DEL PATRIMONIO
Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
Donaciones, herencias, legados, contribuciones del Estado, de
personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respecti-
vamente; Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las
rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.
Art. 6.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea Gene-
ral.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN
Art. 7.- El gobierno de la Asociación será ejercido por:
a) La Asamblea General; y
b) La Junta Directiva.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es
la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la
totalidad de los miembros Fundadores y Activos.
Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una
vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la
Junta Directiva, o por solicitud de dos o más miembros de la Junta
Directiva.
La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia
del cincuenta por ciento más uno de los Miembros en primera
convocatoria y en segunda convocatoria una hora después con los
miembros que asistan. Las resoluciones las tomará la Asamblea
General por mayoría de votos, excepto en los casos especiales en
que se requiera una mayoría diferente.
Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de
las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá
hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de
representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de
su representado.
Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros
de la Junta Directiva.
b) Aprobar, reformar y derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Asociación.
12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto
anual de la Asociación.
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la
Asociación, presentada por la Junta Directiva.
e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los
miembros.
f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
inmuebles pertenecientes a la Asociación.
g) Nombrar un Director Ejecutivo, cuando los intereses de la
Asociación así lo requieran.
h) Decidir y dirigir las políticas y destino de la Asociación.
i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación
y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 12.- La administración de la Asociación estará confiada
a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma:
Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero un
Síndico y tres Vocales.
Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos
para un período de un año pudiendo ser reelectos.
Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente por lo
menos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea
necesario.
Art. 15.- El quórum para que la Junta Directiva pueda sesionar
será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser
tomados por la mayoría de los asistentes.
Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribucio-
nes:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fi nes de la Asociación. Velar por la administración efi ciente
y efi caz del patrimonio de la Asociación.
b) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación.
c) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos
y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea
General.
d) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y
de la misma Junta Directiva.
e) Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los Comités
o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento
de los fi nes de la Asociación.
f) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General por medio del Presidente.
g) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos
miembros.
h) Nombrar un Gerente o los Gerentes que sean necesarios de
conformidad a los intereses de la Asociación.
i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General.
Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:
Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General:
a) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los
Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.
b) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,
pudiendo otorgar Poderes Judiciales Generales o Especia-
les.
c) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
Asamblea General y de la Junta Directiva.
d) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que
tenga que hacer la Asociación.
e) Presentar a la Asamblea General la Memoria de Labores de
la Asociación y cualquier informe que le sea solicitado por
la misma.
f) En caso de empate en las votaciones de Junta Directiva, el
Presidente tendrá voto de calidad.
Art. 18.- Son atribuciones del Vicepresidente:
a) Sustituir en caso de ausencia, vacancia o impedimento al
Presidente; y
b) Desempeñar todas las funciones que le encomiende la Junta
Directiva.
Art. 19.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General
y de Junta Directiva.
13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros
de la Asociación.
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la
Asociación.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones.
Art. 20.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga en
una Institución Bancaria.
b) Tener control directo de los libros de contabilidad de la
Asociación.
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
la Asociación tenga que realizar.
Art. 21.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva.
b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso
de ausencia o impedimento.
CAPITULO VII
DE LOS MIEMBROS
Art. 22.- Podrán ser miembros todas las personas jurídicas y
naturales, en este caso mayores de dieciocho años, sin distinción
de raza, credo, religión e ideología política, que se dediquen a los
fines que persigue la asociación y que lo soliciten por escrito a la
Junta Directiva.
Art. 23.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miem-
bros:
a) Miembros Fundadores.
b) Miembros Activos.
c) Miembros Honorarios.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que
suscriban el acta de Constitución de la Asociación.
Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la
Junta Directiva acepte como tales en la Asociación.
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que
por su labor y méritos a favor de “ADECOAR”, sean así nombrados
por la Asamblea General.
Art. 24.- Son derechos de los miembros Fundadores y Acti-
vos:
Gozar de los beneficios derivados de la Asociación siempre
que no sean de carácter económico:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-
neral.
b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Asociación.
c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
Art. 25.- Son deberes de los miembros Fundadores y Acti-
vos:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General.
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la Asociación.
c) Cancelar las cuotas Ordinarias y Extraordinarias acordadas
en Asamblea General.
d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
Art. 26.- La calidad de miembro se perderá por violación a
estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de
la Asamblea General.
CAPITULO VIII
SANCIONES A LOS MIEMBROS,
MEDIDAS DISCIPLINARIAS,
CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN
Art. 27.- Si el asociado violare los Estatutos, Reglamento
Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General, la
Junta Directiva informará al Asociado o su representante legal
del inicio del proceso correspondiente, así como de la infracción
atribuida, concediéndole un plazo de hasta ocho días hábiles para
que justifique los hechos y manifieste su deseo de enmendar la
14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
falta cometida y de continuar en la asociación, pasados los cuales
se resolverá lo pertinente y si se acordare sanción se hará efectiva
dentro de los ocho días subsiguientes.
Las sanciones reconocidas son las siguientes: Amonestación
privada, suspensiones de derechos sociales, destitución y expulsión
temporal o definitiva.
La información será estrictamente privada y servirá únicamente
a los fines de ADECOAR.
CAPITULO IX
DE LA DISOLUCIÓN
Art. 28.- No podrá disolverse la Asociación sino por dispo-
sición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General
Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos
que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.
Art. 29.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación
se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco perso-
nas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó
la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos
sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica que la
Asamblea General señale.
CAPITULO X
REFORMA DE ESTATUTOS
Art. 30.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será
necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de
los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.
CAPITULO XI
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 31.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir
en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro
del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de
enero de cada año, la nómina de los Miembros y dentro de los cinco
días la nueva Junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho
Registro todos los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES
Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así
como enviar al Registro cualquier dato que se le pidiere relativo
a la entidad.
Art. 32.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no
comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento
Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta
Directiva y aprobado por la Asamblea General.
Art. 33.- La ASOCIACIÓN DE DESARROLLO DE LAS
COMUNIDADES DE ARCATAO, se regirá por la LEY DE ASO-
CIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los
presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.
CAPITULO XII
VIGENCIA
Art. 34.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde
el día de su publicación en el Diario Oficial.
ACUERDO No. 00065.-
San Salvador, 18 de mayo de 2007.
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la “ASOCIACIÓN
DE DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES DE ARCATAO”,
compuestos de TREINTA Y CUATRO Artículos, constituida en el
municipio de Arcatao, Departamento de Chalatenango, a las diez
horas del día veinticinco de abril de 2006, por Escritura Pública
otorgada ante los oficios del Notario SALVADOR ANTONIO
LAINEZ RODRIGUEZ; y no encontrando en ellos ninguna dis-
posición contraria a las Leyes del país, de conformidad con el Art.
65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro,
el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA:
a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el
carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en el Diario
Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE
ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.
COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE GOBERNACION, JUAN
MIGUEL BOLAÑOS TORRES.
(Registro No. F006117)
15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA
ACUERDO No. 1347.
San Salvador, 19 de octubre de 2006.
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
CONSIDERANDO:
I. Que por Acuerdo Ejecutivo número 152 de este Ramo, de fecha de 10 de febrero de 2003, publicado en el Diario Ofi cial Número 37, Tomo
358, del 25 del mismo mes y año, se emitió el Reglamento Interno del Ministerio de Economía, que determina su estructura organizativa,
funciones y disposiciones de carácter administrativo.
II. Que para cumplir de manera efi ciente con las atribuciones que le competen, el Ministerio de Economía ha realizado cambios en su estructura
organizativa, adecuándola a los retos y compromisos contenidos en el Plan de Gobierno, así como a los contraídos en leyes nacionales
e instrumentos comerciales internacionales, se hace necesario emitir un nuevo Reglamento Interno que contenga su actual estructura
organizativa, con la que se cumplirá todas las atribuciones, compromisos y responsabilidades asignadas a esta Secretaría de Estado.
POR TANTO:
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 16, 37 y 67 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo.
ACUERDA:
Emitir el siguiente Reglamento Interno del Ministerio de Economía:
Art. 1.- El Ministerio de Economía para cumplir con los objetivos y atribuciones que le señalan las leyes de la República, el Regla-
mento Interno del Órgano Ejecutivo y el presente Reglamento, cuenta con un Ministro, dos Viceministros, uno de Economía y otro de
Comercio e Industria.
Para el desempeño de sus responsabilidades, cuenta con el apoyo de Oficinas Asesoras, siendo ellas: la Oficina de Asesoría General y
la Oficina de Asesoría Jurídica; las Direcciones y Unidades de Apoyo Técnico y Administrativo: Planeamiento y Desarrollo Institucional,
Comunicaciones y Relaciones Públicas, Cooperación Internacional y la de Administración; las Unidades de: Auditoría Interna, Adquisi-
ciones y Contrataciones Institucional y Financiera Institucional; las Direcciones Técnico-Operativas: Política Comercial, Administración
de Tratados Comerciales, Comercio e Inversión, Competitividad Empresarial, Calidad y Tecnología, Fomento a las Exportaciones, Hidro-
carburos y Minas, Energía Eléctrica e Informática; la Dirección General de Estadística y Censos y la Superintendencia de Obligaciones
Mercantiles; cuenta también con el Centro de Información Económica y Social.
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Asimismo, cuenta con una Oficina de Representación Permanente ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organi-
zación Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), que tiene sede en Ginebra, Suiza.
Art. 2.- El Ministro de Economía, es la máxima autoridad de la Institución. Le corresponde impulsar el desarrollo económico y social
del país mediante el diseño y la puesta en marcha de medidas de política económica, en coordinación con el sector privado, entre éstas, el
remover obstáculos a la producción y la productividad, facilitar la ampliación de la actividad productiva, el fomento de la competitividad,
la atracción y promoción de inversiones, el desarrollo de mercados externos y de las exportaciones, la sostenibilidad de las negociaciones
internacionales, todo ello enmarcado en la normativa legal vigente y el Plan de Gobierno, con el fin de generar mejores condiciones de
vida y nuevas oportunidades de empleo para la población salvadoreña.
Art. 3.- El Viceministro de Economía, colabora con el Ministro en el fortalecimiento del comercio regional e internacional a través de
la formulación de la política comercial y las estrategias para su desarrollo; así como en la coordinación de las negociaciones comerciales
internacionales y la administración de instrumentos comerciales suscritos por el país, de forma tal que contribuyan a lograr la apertura y
expansión de nuevos mercados y a fortalecer los existentes en beneficio de las actividades productivas del país. A falta del Ministro, lo
podrá sustituir en su cargo, previo acuerdo del Presidente de la República.
Art. 4.- El Viceministro de Comercio e Industria, colabora con el Ministro en el fortalecimiento y desarrollo productivo y comercial
del país, a través del impulso y coordinación de iniciativas que mejoren los niveles de productividad y competitividad para el mercado
local como el internacional; en los esfuerzos de facilitación y apoyo a las exportaciones y las inversiones, nacionales y extranjeras; así
como en el desarrollo de las capacidades empresariales. A falta del Ministro, lo podrá sustituir en su cargo, previo acuerdo del Presidente
de la República.
Art. 5.- La Oficina de Asesoría General, tiene como objetivo: Proporcionar apoyo a los titulares del Ramo en las áreas estratégicas
relacionadas con el quehacer del Ministerio; está conformada por el personal asesor técnico y administrativo que el Despacho considere
necesario. Son atribuciones de esta Oficina:
a) Realizar estudios e investigaciones especiales que servirán de base para la efectiva toma de decisiones.
b) Asesorar a los titulares en las materias que le sean requeridas.
c) Dar seguimiento y analizar permanentemente variables económicas que permitan prever o solucionar obstáculos al desarrollo económico
del país.
d) Participar en comisiones de trabajo a nivel internacional, que por su naturaleza no sea operativo asignar a otras Direcciones o unidades del
Ministerio.
e) Realizar todas aquellas funciones que expresamente se le asignen.
Art. 6.- La Oficina de Asesoría Jurídica, tiene como objetivo: Velar porque la actuación de los titulares del ramo, esté basada en el
marco legal que le señala la Constitución de la República, las leyes secundarias, reglamentos y otros instrumentos legales pertinentes. Está
formada por un Jefe y el personal técnico y administrativo que sea necesario. Son atribuciones de esta Oficina:
a) Proporcionar al Despacho y demás Dependencias del Ministerio, asesoría jurídica respecto a la interpretación y aplicación de la Constitución
de la República, leyes, decretos, reglamentos, contratos y demás instrumentos jurídicos involucrados en las actividades desarrolladas.
b) Representar al Ministerio, en comisiones interinstitucionales encargadas de la elaboración o revisión de proyectos de ley, convenios y
reglamentos que sean de interés institucional; debiendo mantener un registro actualizado de la legislación relacionada con la competencia
del Ministerio.
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c) Analizar, tramitar y resolver las solicitudes dirigidas a los titulares del ramo, cuya sustanciación le compete por ley, hasta su resolución
defi nitiva.
d) Atender y servir de apoyo a los diferentes Directores y al público en general que lo demande en aspectos legales que son de competencia
del Ministerio.
e) Representar al Ministerio en los Juicios de Amparo, de Inconstitucionalidad o Contencioso Administrativos interpuestos en la Corte Suprema
de Justicia en contra de los titulares y dar seguimiento a los mismos hasta su solución.
f) Expedir certifi caciones, auténticas, así como transcribir Acuerdos, Resoluciones u otros documentos autorizados por los titulares.
g) Elaborar las escrituras o documentos, en que por ley tengan que otorgar los Titulares y revisar aquellos que siendo de interés de los parti-
culares deban ser fi rmados por ellos; así como gestionar la inscripción de los documentos respectivos en su caso.
h) Llevar control de Acuerdos y Resoluciones Ministeriales.
i) Brindar asesoría en los Juicios de Cuenta, que se siguen ante la Corte de Cuentas de la República, en contra de los titulares u otros funcio-
narios del Ministerio.
Art. 7.- La Dirección de Planeamiento y Desarrollo Institucional (DPDI), tiene como objetivo: Impulsar la eficientización organizacional,
funcional y operativa del Ministerio a través del desarrollo de procesos que contribuyan a lograr la visión y la misión institucional. Está
integrada por un Director, un Sub Director y el personal técnico y administrativo necesarios. Son atribuciones de esta Dirección:
a) Determinar y proponer acciones que permitan formular y emprender los cursos de acción de la gestión del Ministerio, que contribuyan al
fortalecimiento y mejora continua de su capacidad de gestión y servicio a los usuarios.
b) Administrar el proceso de planeamiento estratégico y operativo de la gestión del Ministerio así como de su seguimiento y evaluación con
el fi n de lograr el cumplimiento de los objetivos ministeriales.
c) Realizar mejoras en la estructura organizativa a propuesta de las diferentes unidades organizativas que conforman el Ministerio.
d) Coordinar y dar seguimiento al proceso de elección y nombramiento de los representantes del Ministerio ante los consejos directivos de
las diferentes instituciones autónomas adscritas, de conformidad a las directrices giradas por el Despacho y a los marcos legales respecti-
vos.
e) Realizar análisis, emitir opiniones y recomendaciones técnicas y administrativas solicitadas por el Despacho, sobre temas y áreas de com-
petencia del Ministerio.
f) Realizar otras funciones que le competen al Ministerio, que sean encomendadas por el Despacho Ministerial.
Art. 8.- El Centro de Información Económica y Social (CIES), tiene como objetivo: Contribuir al desarrollo de una cultura de infor-
mación y fortalecimiento del conocimiento entre los investigadores del sectores público, privado y estudiantil; a través de la centralización
de la información en un solo lugar de atención al público; está integrado por un Jefe y el personal técnico y administrativo adscritos a las
Direcciones: General de Estadística y Censos, Política Comercial y Comercio e Inversión, que han sido designados por las mismas para
brindar información al público. Sus principales funciones serán:
a) Brindar servicios oportunos y efi cientes a través de consulta virtual y bibliográfi ca a los interesados en información estadística, económica
y social nacional e internacional.
b) Poner a disposición para conocimiento de los interesados, las leyes, reglamentos, procedimientos y resoluciones administrativas de aplicación
general que se refi eren a cualquier asunto de los Tratados de Libre Comercio vigentes.
c) Fomentar el intercambio de información con otras instituciones afi nes nacionales e internacionales.
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d) Desarrollar actividades de recopilación y difusión de información económica, social, comercial y legal relacionados con la competencia
del Ministerio, a fi n de mantener actualizadas las bases de datos.
e) Vigilar el cumplimiento de las políticas y normas emitidas por la Dirección de Informática sobre el acceso a la información por parte de
los usuarios, así como en el cuidado del equipo y sistemas.
f) Mantener ordenados y actualizados los registros y archivos de información.
g) Proponer e implementar políticas y estrategias de atención al cliente a fi n de proveer un servicio efi ciente.
h) Todas las demás que le sean asignadas en el campo de su competencia.
Art. 9.- La Dirección de Comunicaciones y Relaciones Públicas, tiene como objetivos: Velar por la buena imagen del Ministerio de
Economía ante la opinión pública y mantener adecuada comunicación con los diferentes medios de comunicación, así como con las entidades
relacionadas a este Ministerio. Está formada por un Director y el personal técnico y administrativo que sea necesario. Son atribuciones de
esta Dirección:
a) Desarrollar actividades de recopilación, formulación y difusión de información sobre las labores que realiza el Ministerio y sus dependen-
cias, a fi n de mantener informados a todos los sectores que conforman la opinión pública.
b) Mantener adecuados canales de comunicación con los diferentes medios informativos locales e internacionales, a fi n de coordinar las
actividades de difusión de información de interés para el Ministerio.
c) Mantener registro y archivo de publicaciones que contienen información relacionada al quehacer del Ministerio.
d) Organizar y coordinar actividades de prensa y relaciones públicas relativas a la atención de funcionarios, misiones ofi ciales, visitas espe-
ciales, seminarios y reuniones que se le encomienden.
e) Realizar otras funciones que sean encomendadas por el Despacho Ministerial, relacionadas con su misión principal.
Art. 10.- La Dirección de Administración, tiene como objetivos: Contribuir a que las unidades que integran el Ministerio, funcionen
eficientemente, proporcionándoles de manera oportuna, los servicios administrativos de apoyo necesarios; y velar por la correcta aplica-
ción de políticas y estrategias administrativas, considerando los lineamientos emanados del Despacho Ministerial y las normativas legales
aplicables. Está integrada por un Director, y el personal técnico y administrativo necesario. Son atribuciones de esta Dirección:
a) Propiciar el uso racional y efi ciente de los recursos materiales asignados al Ramo.
b) Coordinar efi cientemente el proceso administrativo, a fi n de que las distintas dependencias cuenten en forma oportuna con los recursos
necesarios, que les permita cumplir con los objetivos y metas que le señalan sus respectivos planes y programas de trabajo.
c) Mantener estricta supervisión y control, en las áreas de Almacén, Transporte y Servicios Generales, Activos Fijos, Fondo Circulante y Re-
cursos Humanos, llevando registros operativos actualizados, acordes a las leyes, disposiciones y demás reglamentos vigentes aplicables.
d) Ejecutar las políticas de administración del recurso humano al servicio del Ministerio dictadas por el Despacho Ministerial, así como
propiciar su bienestar social y laboral a través de programas de promoción e incentivos que contribuyan a su desarrollo integral.
e) Promover y desarrollar programas de capacitación integral y permanente para el fortalecimiento de la capacidad técnica del recurso humano
del Ministerio.
f) Mantener registros y controles sistematizados y actualizados de los movimientos de recursos humanos y materiales del Ministerio.
g) Adoptar mecanismos y lineamientos aprobados por el Ministerio de Hacienda en lo referente a las áreas de competencia de esta Direc-
ción.
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h) Trabajar en estrecha coordinación con la Unidad Financiera Institucional y la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional.
i) Asesorar al Despacho Ministerial, en asuntos que sean de su competencia.
Art. 11.- La Unidad de Auditoría Interna, tiene como objetivos principales: Evaluar el grado de cumplimiento y eficacia de los sis-
temas de operación, administración e información, así como de los procedimientos de control interno incorporados a ellos; determinar la
confiabilidad de los registros, a través de exámenes de componentes de los estados financieros; analizar los resultados y eficiencia de las
operaciones; y examinar las áreas que integran el Ministerio de Economía, con relación al cumplimiento de sus responsabilidades, facilitar
el análisis, evaluaciones y recomendaciones, que contribuyan al mejoramiento de los controles internos. Está integrada por un jefe y el
personal técnico y administrativo necesario. Son atribuciones de esta Unidad:
a) Evaluar a posteriori las operaciones fi nancieras y administrativas del Ministerio, relacionadas con los objetivos, metas y presupuestos
programados, así como el cumplimiento de la legislación, normas y políticas a las que está sujeta la Institución.
b) Evaluar la efi ciencia y el cumplimiento de los procesos de: organización, planifi cación, dirección y control, que asegure el buen uso de los
recursos asignados al Ministerio de Economía.
c) Verifi car la adecuada aplicación de controles internos que permitan medir la efi ciencia de la administración.
d) Verifi car el cumplimiento del marco legal que regula la gestión administrativa y fi nanciera del Ministerio de Economía.
e) Elaborar el Plan Anual de Trabajo de la Unidad y remitirlo a la Corte de Cuentas de la República y a las Unidades correspondientes del
Ministerio de Economía.
f) Realizar otras funciones que sean encomendadas por el Despacho Ministerial relacionadas con su misión principal.
Art. 12.- La Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional (UACI), es la responsable de la descentralización operativa y
de realizar todas las actividades relacionadas con la gestión de Adquisiciones y Contrataciones de obras, bienes y servicios. Cuenta con
un jefe y el personal necesario para realizar sus funciones. Son atribuciones de esta Unidad:
a) Dar cumplimiento a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública.
b) Dar cumplimiento a las políticas, lineamientos y disposiciones técnicas establecidas por la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contra-
taciones de la Administración Pública, “UNAC”, y a la ejecución de los procesos de adquisiciones y contrataciones objeto de la Ley de
Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública.
c) Constituir el enlace entre la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública “UNAC” y las dependen-
cias de la Institución, en cuanto a las actividades técnicas, fl ujos y registros de información y otros aspectos que se deriven de la gestión
de adquisiciones y contrataciones, así como proporcionarle pronta y oportunamente toda la información que sea requerida por ésta.
d) Elaborar en coordinación con la Unidad Financiera Institucional (UFI), la programación anual de las compras, las adquisiciones de obras,
bienes y servicios. Esta programación anual deberá ser compatible con la política anual de adquisiciones y contrataciones de la Admi-
nistración Pública, el plan de trabajo institucional, el presupuesto y la programación de la ejecución presupuestaria del ejercicio fi scal en
vigencia y sus modifi caciones.
e) Verifi car la asignación presupuestaria, previo a la iniciación de todo proceso de concurso o licitación para la contratación de obras, bienes
y servicios.
f) Asesorar a los titulares y a los Directores, cuando así lo requieran sobre la Aplicación de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la
Administración Pública.
g) Adecuar conjuntamente con la unidad solicitante, las bases de licitación o de concurso, de acuerdo a los manuales guías proporcionados
por la UNAC, según el tipo de contratación a realizar.
h) Realizar la recepción y apertura de ofertas y levantar el acta respectiva.
20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
i) Ejecutar el proceso de adquisición de obras, bienes y servicios, así como llevar el expediente respectivo de cada una.
j) Solicitar previamente la asesoría de peritos o técnicos idóneos, cuando así lo requiera la naturaleza de la adquisición y contratación.
k) Levantar acta de recepción total o parcial de las adquisiciones o contrataciones de obras, bienes y servicios, conjuntamente con la depen-
dencia solicitante cuando el caso lo requiera, de conformidad a lo establecido en el reglamento de la ley de Adquisiciones y Contrataciones
de la Administración Pública.
l) Llevar el control y la actualización de un banco de datos institucional de ofertantes y contratistas, especialmente cuando las obras, bienes
o servicios no se ajusten a lo contratado o el contratista incurra en cualquier infracción, con base a evaluaciones de cumplimiento de los
contratos, debiendo informar por escrito al titular de la institución.
m) Califi car a los potenciales ofertantes nacionales o extranjeros, así como revisar y actualizar la califi cación, al menos una vez al año.
n) Informar periódicamente a los titulares de la Institución, de conformidad al artículo 12 literal n), de la ley de Adquisiciones y Contrataciones
de la Administración Pública, de las contrataciones que se realicen.
o) Brindar la asistencia que precise la Comisión de Evaluación de Ofertas para el cumplimiento de sus funciones.
p) Establecer, supervisar y vigilar controles de inventario, de conformidad a los mecanismos establecidos en el Reglamento de la Ley de
Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública.
Art. 13.- La Unidad Financiera Institucional (UFI), tiene como objetivo: desarrollar el proceso administrativo financiero del presupuesto
del Ministerio, con eficiencia y eficacia. Está conformada por un jefe y el personal técnico y administrativo necesarios. Son atribuciones
de esta Unidad:
a) Emitir las disposiciones y lineamientos internos fi nancieros institucionales dentro del marco general de la Ley AFI y la normativa emitida
por el Ministerio de Hacienda, los que serán aplicados por todos los componentes de la institución y deberán ser aprobados por el ministerio
en mención, previo a su divulgación y puesta en práctica.
b) Generar información fi nanciera institucional integrada para apoyar la toma de decisiones.
c) Facilitar la gestión fi nanciera, centralizar la información relacionada con la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación presupuestaria;
así como descentralizar los registros que se generen durante el ciclo presupuestario, cuando el proceso administrativo se desconcentre en
Unidades Secundarias Ejecutoras (USEFI’s).
d) Cumplir con la normativa que emita el Ministerio de Hacienda, sobre las operaciones del proceso administrativo fi nanciero en lo que respecta
a las áreas de presupuesto, tesorería y contabilidad gubernamental, así como las gestiones relacionadas con las operaciones de inversión y
crédito público.
e) Asesorar y proporcionar información física y fi nanciera oportuna a las autoridades superiores de la institución para la toma de decisio-
nes.
f) Centralizar la información y rendir informes sobre la gestión física y fi nanciera a los subsistemas del SAFI.
g) Desarrollar la gestión fi nanciera institucional de conformidad al Plan de Gobierno, Plan de Trabajo Institucional y a las Políticas Guberna-
mentales, Institucionales y Presupuestarias.
h) Cumplir las normas y procedimientos de control interno, que para su ámbito de gestión determine el ente rector de la materia, con relación
a las operaciones fi nancieras institucionales.
i) Realizar oportunamente las medidas correctivas establecidas por los entes rectores y normativos, en materia de su competencia.
j) Gestionar la obtención de los recursos fi nancieros en forma oportuna, a fi n de cumplir con el pago de los compromisos adquiridos por la
institución, así como el requerimiento de fondos que se otorga a las entidades descentralizadas, de conformidad a la normativa vigente.
k) Velar porque el personal de la UFI esté adecuadamente capacitado en los diferentes subsistemas que componen el SAFI.
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l) Cumplir con los períodos establecidos en la normativa correspondiente, para el cierre mensual y anual de las operaciones fi nancieras.
m) Desarrollar y cumplir con otras funciones que sean establecidas por las autoridades superiores institucionales y por el Ministerio de Ha-
cienda.
Art. 14.- La Dirección de Informática, tiene como objetivo: Modernizar la gestión del Ministerio de Economía a través de la automa-
tización integral de los procesos de las distintas Direcciones que lo conforman, brindando servicios de análisis y desarrollo de sistemas,
soporte técnico, asesoría técnica y capacitación con el propósito de ayudar y facilitar al logro de los objetivos institucionales. Cuenta con
un Director y el personal técnico y administrativo necesario. Sus principales atribuciones son las siguientes:
a) Formular y recomendar a los titulares, las políticas a observarse en el campo de la informática y de mantenimiento de equipo.
b) Cumplir y hacer que se cumplan las políticas y normas emitidas por la Dirección de Informática y sobre el acceso a la información por
parte de los usuarios así como el cuidado del equipo asignado a cada una de las dependencias del Ministerio.
c) Analizar, desarrollar y mantener sistemas para las diferentes Unidades organizativas del Ministerio, que contribuyan al logro de los objetivos
institucionales y que permitan facilitar la toma de decisiones, en cada una de ellas.
d) Brindar asesoría y soporte informático, tanto a nivel gerencial como operativo de forma oportuna.
e) Realizar estudios integrales sobre las condiciones, utilización y capacidad de los equipos de computación y según los planes que se aplicaren
en cada ofi cina, recomendar la ampliación, sustitución o su reubicación.
f) Velar por la seguridad de la información y los equipos para lo cual defi nirá y probará planes de contingencia, políticas y procedimientos
de respaldos de información.
g) Elaborar y mantener actualizada la biblioteca de manuales de usuario y analista, programas, fuentes manuales de operación de los equipos
y cualquier otro documento que sea necesario e importante para garantizar la operatividad de los sistemas de información.
h) Investigar e implantar nuevas tecnologías en el área de informática, que coadyuven al logro de los objetivos institucionales.
i) Recomendar y asesorar sobre las capacitaciones que el personal técnico y operativo de la institución deban recibir en el área de informá-
tica.
j) Proporcionar mantenimiento a todos los sistemas informáticos que estén en funcionamiento a fi n de evitar la obsolescencia de los mis-
mos.
k) Establecer e implantar planes de contingencias que permitan la pronta recuperación de los servicios para aquellos sistemas informáticos
considerados como críticos.
l) Realizar otras funciones que sean encomendadas por el Despacho Ministerial.
Art. 15.- La Dirección de Política Comercial, tiene como objetivos: Definir y desarrollar la política comercial del país, el seguimiento
e impulso a la integración económica centroamericana, fortalecer los flujos de comercio e inversión y el desarrollo de las negociaciones
comerciales con terceros países y organismos multilaterales. Está integrada por un Director, las Subdirecciones y el personal técnico y
administrativo que se estimen necesarios. Son atribuciones de esta Dirección:
a) Proporcionar al Despacho los fundamentos técnicos que se requieran para defi nir y ejecutar la política comercial del país.
b) Compatibilizar la política comercial con el resto de las políticas contenidas en los programas económicos y planes de desarrollo impulsados
por el país.
c) Coordinar y mantener constante comunicación con las instituciones públicas y privadas relacionadas con la política comercial del país, con
el fi n de informar y conocer sus observaciones.
d) Defi nir, diseñar e impulsar estrategias para la participación de El Salvador en las negociaciones comerciales regionales e internacionales.
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e) Coordinar y dar seguimiento a las negociaciones comerciales de carácter regional, bilateral y multilateral, destinadas al establecimiento de
acuerdos, convenios, tratados y otros instrumentos legales que mejoren las condiciones de acceso de las exportaciones salvadoreñas, así
como atraer al país fl ujos crecientes de inversión y tecnología.
f) Coordinar, conducir y dar seguimiento a las negociaciones comerciales de carácter regional en el marco de la integración económica Cen-
troamericana.
g) Proporcionar asesoría técnica y jurídica en materia de negociaciones y asuntos comerciales internacionales.
h) Coordinar las consultas con otras dependencias, entidades y con los sectores involucrados en el proceso de negociación comercial.
i) Ejercer la debida coordinación con la Dirección de Administración de Tratados Comerciales.
j) Asesorar al despacho Ministerial en las áreas de su competencia.
Art. 16.- La Representación Permanente del Ministerio de Economía ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Orga-
nización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), con sede en Ginebra, Suiza, tiene como objetivo: Asegurar la efectiva participación
de El Salvador en las negociaciones comerciales que se llevan a cabo en el Marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), así como promover la adecuada aplicación y seguimiento con los entes nacio-
nales correspondientes de los resultados derivados de los actuales y futuros Acuerdos que surjan de las mencionadas organizaciones.
Está integrada por un Jefe Encargado de las Negociaciones Comerciales, con rango de Embajador y de Representante Permanente
otorgado por la autoridad nacional competente, y el personal técnico y administrativo necesario con los rangos diplomáticos correspon-
dientes otorgados por la autoridad nacional competente. Son atribuciones de esta Representación Permanente:
a) El impulso de estrategias para la participación de El Salvador en las negociaciones comerciales en el marco de la Organización Mundial
del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), emanadas de la Dirección de Política Comercial.
b) La ejecución de las políticas comerciales del país en las materias abarcadas por la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Orga-
nización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), bajo los lineamientos establecidos por la Dirección de Política Comercial.
c) Promover la adecuada aplicación y dar seguimiento a los acuerdos derivados de las negociaciones comerciales de carácter multilateral en el
marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), en coordinación
con la Dirección de Administración de Tratados Comerciales y el Centro Nacional de Registro (CNR), y en lo pertinente con la Dirección
de Política Comercial.
d) Dar seguimiento a compromisos, entre los cuales destacan temas en materia de concesiones arancelarias, acceso al mercado, aplicación
de preferencias, contingentes agropecuarios, cupos, medidas de salvaguardia, acceso al mercado de servicios, derechos de propiedad inte-
lectual, mecanismo de solución de diferencias y compras al sector público, así como cualquier otro compromiso derivado de los acuerdos
comerciales de carácter multilateral en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC), y los compromisos en materia de De-
rechos de Propiedad Intelectual derivados por los acuerdos en el marco de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI);
en coordinación con la Dirección de Administración de Tratados Comerciales, y el Centro Nacional de Registros (CNR) y en lo pertinente
con la Dirección de Política Comercial.
e) Suministrar a la Dirección de Política Comercial, la información necesaria a fi n que ésta pueda coordinar y mantener constante comunica-
ción con las instituciones públicas y privadas relacionadas con la política comercial, en todos aquellos temas relacionados con los acuerdos
comerciales de carácter multilateral administrados por la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la
Propiedad Intelectual (OMPI).
f) Asesorar al Despacho Ministerial en las áreas de su competencia; y
g) Realizar cualquier otra función, relacionada con su misión principal, que sea encomendada por el Despacho Ministerial.
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Art. 17.- La Dirección de Administración de Tratados Comerciales, tiene como objetivos: el cumplimiento de las obligaciones ad-
ministrativas a nivel nacional, que surjan a partir de los acuerdos comerciales suscritos por El Salvador; la atención al cumplimiento de
dichas obligaciones por parte de sus socios comerciales; los procedimientos administrativos tendientes a la imposición de medidas de salva-
guardias; medidas compensatorias; derechos antidumping; verificaciones de origen y la participación en los diferentes comités nacionales.
Está integrada por un Director, un Subdirector y el personal técnico y administrativo necesario. Son atribuciones de esta Dirección:
a) Dirigir y supervisar la administración de los acuerdos, convenios, tratados y otros instrumentos en materia de comercio en vigor; lo anterior
en coordinación con la Representación de este Ministerio ante la Organización Mundial Comercio (OMC) y la Organización Mundial de
la Propiedad Intelectual (OMPI).
b) Dar seguimiento a los compromisos adquiridos por El Salvador en los acuerdos, convenios, tratados y otros instrumentos en materia de
comercio en vigor, concesiones arancelarias, acceso al mercado, aplicación de preferencias, contingentes agropecuarios, cupos, medidas
de salvaguardia, y compras del sector público. En lo que se refi ere al seguimiento de las negociaciones comerciales de carácter multilateral
e instrumentos comerciales, en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual (OMPI); lo que se realizará en estricta coordinación con la Representación del Ministro de Economía ante la Organización
Mundial de Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
c) Administrar los acuerdos, convenios, tratados y demás instrumentos derivados de la Integración Económica Centroamericana.
d) Aplicar los mecanismos de defensa contemplados en los acuerdos, convenios, tratados y otros instrumentos en materia de comercio, en
benefi cio de los sectores productivos nacionales.
e) Coordinar a las diferentes entidades públicas y privadas vinculadas con aspectos administrativos de los acuerdos, convenios, tratados y otros
instrumentos comerciales; así como coordinar a los diferentes comités nacionales conformados para el conocimiento de tales aspectos.
f) Apoyar a los sectores productivos nacionales con medidas de tipo administrativo y legal que permitan combatir de manera adecuada y
oportuna las prácticas de comercio desleal conforme a la normativa establecida.
g) Apoyar a los sectores productivos nacionales con medidas técnicas y legales que aseguren el acceso de sus productos a los mercados con
los cuales tengan intercambio comercial nuestro país.
h) Constituirse en el secretariado u ofi cina administrativa en los proceso de solución de controversias.
i) Ejercer la debida coordinación con la Dirección de Política Comercial y de Comercio e Inversión en los casos que fuere pertinente.
j) Asesorar al Despacho Ministerial en las áreas de su competencia.
Art. 18.- La Dirección de Comercio e Inversión, tiene como objetivo contribuir al desarrollo económico y social a través del apoyo al
sector empresarial conducente a incrementar la producción de bienes y servicios, el mejoramiento de su productividad y competitividad
en el mercado nacional e internacional; facilitando y apoyando el desarrollo de exportaciones y las inversiones generadoras de empleo;
todo ello bajo un esquema claro y transparente de acción que impida la existencia de barreras discrecionales a los agentes económicos y
asegure el apoyo efectivo a sus operaciones en el país. Está integrada por un Director, dos Subdirectores y el personal técnico y adminis-
trativo necesario. Son atribuciones de esta Dirección y de sus respectivas Subdirecciones:
a) Realizar estudios y análisis de la economía nacional en las áreas de desarrollo productivo, comercio interno y externo, que permitan for-
mular, proponer y facilitar la ejecución de las políticas y estrategias que propicien su desarrollo.
b) Contribuir a mantener actualizado el marco legal, reglamentario, procedimental y tramital que rige el desarrollo del comercio nacional,
regional e internacional, y de las inversiones nacionales y extranjeras, acorde a las mejores prácticas internacionales de la normativa que
rige el desarrollo del comercio y la inversión.
24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
c) Respaldar el sistema nacional de apoyo al desarrollo integral de la micro y pequeña empresa, a través de la participación activa en la for-
mulación de su marco normativo, de políticas y estrategias para su desarrollo; así como la ejecución de medidas de apoyo, desde las áreas
de competencia.
d) Apoyar la ejecución de programas de promoción de exportaciones, principalmente aquellas orientadas a productos no tradicionales, y de
promoción de inversiones a través de brindar información y asesoría sobre regímenes de incentivos destinados a fomentar su desarrollo.
e) Administrar efi ciente y transparentemente las disposiciones contenidas en las leyes de incentivos fi scales para el desarrollo de las exporta-
ciones, las inversiones y el desarrollo y operación de zonas francas.
f) Apoyar activamente a la Comisión Nacional de Promoción de Exportaciones e Inversiones (CONADEI), en sus esfuerzos por atraer inver-
siones extranjeras al país, a través de la facilitación efectiva de su formalización y registro, la administración de garantía e incentivos a su
producción y exportaciones, el apoyo al desarrollo de techo industrial, el monitoreo de obstáculos institucionales y legales con el objeto de
encontrar soluciones a los mismos; así como la atención a inversionistas sobre temas de su competencia, cuando así sea requerido.
g) Apoyar el desarrollo de la capacidad industrial del país, y de los sectores de comercio y servicios para mercado interno e internacional.
h) Apoyar las negociaciones internacionales en materia de comercio e inversión.
i) Apoyar el desarrollo de mejoras institucionales y el fortalecimiento de mecanismos interinstitucionales e intersectoriales, que contribuyan
a la modernización y desarrollo del comercio y la inversión.
j) Propiciar la coordinación y relaciones armoniosas con el sector privado, para facilitar la implementación de acciones que favorecen el
crecimiento y desarrollo económico del país, principalmente en las áreas de desarrollo del comercio e inversión.
k) Apoyar por designación de los titulares, las iniciativas encaminadas al logro del desarrollo productivo y comercial del país, que realizan
otras dependencias del Ministerio, relacionadas con sus áreas de competencia.
l) Diseñar y ejecutar proyectos de infraestructura física en zonas francas o parques industriales con el apoyo del sector privado.
m) Establecer y mantener los registros y archivos sobre comercio e inversión que mande la Ley.
n) Asesorar al Despacho Ministerial, en áreas de su competencia.
Art. 19.- La Dirección de Competitividad Empresarial (DCE), tiene como objetivo: Investigar y analizar las condiciones de oferta
y demanda de productos y servicios salvadoreños, así como los elementos críticos de competitividad, que una vez alcanzados permitan un
mejor aprovechamiento de las oportunidades comerciales. Difundir los resultados a los sectores privados y público e impulsar acciones
para el aprovechamiento de los instrumentos de apoyo existentes para el fortalecimiento de las cadenas productivas y para el incremento
de la competitividad de los sectores. Está integrada por un Director, dos Subdirectores, uno de Inteligencia Competitiva y el otro de En-
cadenamientos Productivos; así como con el personal técnico y administrativo necesario. Sus principales atribuciones son las siguientes:
a) Conceptuar, propiciar y recomendar estrategias, instrumentos, mecanismos y proyectos necesarios para apoyar el desarrollo de la producción
nacional de bienes y servicios, así como las capacidades empresariales tanto para el mercado local como externo.
b) Realizar investigaciones de Inteligencia Competitiva a nivel sectorial, subsectorial y de productos; identifi cando oportunidades comerciales
relevantes y sus potencialidades, así como coordinar su difusión entre los sectores empresariales, previa aprobación del Despacho y la
validación de las instancias público-privadas salvadoreñas, organizadas para tales fi nes.
c) Realizar análisis estratégicos de potencial de penetración en mercados externos-meta, identifi cando sus oportunidades y debilidades ante los
principales competidores; los elementos críticos para incursionar y posicionarse en los mercados; los elementos que deben ser fortalecidos
por los sectores productivos, así como su difusión ante los sectores empresariales.
d) Identifi car las actividades productivas con potencial de encadenamientos productivos estratégicos, a través de integraciones verticales u
horizontales y las cadenas de valor, que contribuyan al mejoramiento de la competitividad productiva y empresarial del país, y la generación
de externalidades positivas.
25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
e) Identifi car los agrupamientos empresariales que ofrezcan mayor potencial de conversión productiva, de rentabilidad económica y social, y
capacidad de detonación de procesos de alto valor; defi niendo las estrategias que en conjunto contribuyan a la transformación productiva
del país, el mejoramiento competitivo de las empresas (compras conjuntas, adquisición de tecnologías, acceso a mercados y otros), de cara
a las oportunidades de mercado local y externo.
f) Diseñar y proponer políticas, estrategias, proyectos y acciones conducentes a la diversifi cación y desarrollo de ramas productivas, y su
posicionamiento en los mercados.
g) Identifi car las variables críticas de información comercial que contribuyan al desarrollo competitivo y comercial del país, y coordinar su
difusión a los sectores empresariales.
h) Vincular y coordinar a los sectores público-privado para validar decisiones sobre sectores y productos identifi cados como estratégicos; así
como para identifi car otros instrumentos y mecanismos de apoyo que incidan en el desarrollo de los sectores productivos.
i) Diseñar y desarrollar mecanismos de coordinación e integración de esfuerzos con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras,
orientadas al desarrollo de la producción de bienes y servicios salvadoreños, para mercado local y externo.
j) Monitorear y difundir los avances en los Indicadores de Competitividad País y de Clima de Negocios, que permitan la medición y evaluación
del avance en el desarrollo competitivo del país.
k) Contribuir a la construcción de Indicadores de gestión y de impacto de los instrumentos de apoyo a los sectores empresariales; así como
identifi car y proponer mecanismos para la mejora continua en la prestación de servicios de apoyo a los sectores.
l) Coordinar esfuerzos con otras Unidades y Entidades del Ministerio, especialmente con las Direcciones de Calidad y Tecnología, del Fondo
para el Desarrollo Productivo, y la Comisión Nacional para la Micro y Pequeña Empresa (CONAMYPE), para generar los lineamientos y
directrices que viabilicen el apoyo a las actividades productivas con mayor potencial de impacto en la economía y el aprovechamiento de
los Tratados de Libre Comercio suscritos por el país.
m) Asesorar y colaborar con el Despacho en la gestión y ejecución de proyectos especiales.
n) Analizar periódicamente la evolución de la estructura productiva del país, del comercio exterior y otras variables; a fi n de determinar los
grados de potencialidad de exportación, de inversión y sus niveles de competitividad.
o) Vigilar y analizar permanentemente las tendencias del entorno global de las principales variables de la demanda internacional, de barreras
al comercio, y determinar su impacto en relación a los niveles de competitividad, identifi cación de oportunidades comerciales, y retos que
enfrentan los principales sectores productivos del país.
p) Monitorear constantemente los indicadores económicos y de competitividad, a fi n de alertar sobre factores que afecten el desarrollo com-
petitivo de las diferentes actividades económicas del país y del clima de negocios.
q) Actualizar y sistematizar permanentemente la información intergubernamental que permita la obtención de análisis estadístico sectorial y/o
transversal a través de bases de datos relacionadas.
r) Propiciar el desarrollo de instrumentos y herramientas de apoyo a la competitividad empresarial.
s) Orientar y vincular al empresario que demanda servicios de apoyo al desarrollo empresarial con las direcciones e instituciones que los
ofrecen.
Art. 20.- La Dirección de Calidad y Tecnología (DCT), tiene como objetivo: Contribuir con la creación y mejora de las condiciones
normativas, institucionales y operativas; públicas y privadas, que propicien y faciliten el fortalecimiento de las capacidades empresariales,
particularmente enfocadas al desarrollo continuo del capital humano, la mejora continua de la infraestructura y servicios para la gestión de
la calidad y productividad, la innovación y el desarrollo tecnológico, que les permita competir en los mercados locales e internacionales.
Está integrada por un Director, dos Gerentes, uno de Calidad y el otro de Desarrollo Tecnológico; así como con el personal técnico y
administrativo necesario. Sus principales funciones son las siguientes:
26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
a) Defi nir la visión, misión y los lineamientos estratégicos que a corto, mediano y largo plazo, regirán los esfuerzos de mejoramiento de cali-
dad y productividad, y el desarrollo tecnológico del país, como elementos esenciales de la consolidación de la competitividad productiva y
empresarial del país, contando para ello con la participación y el apoyo sincronizado de los sectores empresariales, académico, y público.
b) Coordinar el diseño y puesta en marcha del Sistema de Innovación Tecnológica (SIN) en sus fases de Diagnóstico en áreas normativa,
institucional y operativa; así como la formulación del Plan Maestro de Desarrollo Tecnológico para el corto, mediano y largo plazo, la
Política Nacional de Desarrollo Tecnológico y su estrategia de implementación; los Programas por Actividades Económicas Estratégicas;
y la creación y puesta en marcha de Instrumentos y mecanismos de apoyo a los sectores empresariales salvadoreños.
c) Asesorar y coordinar el diseño y ejecución del Programa Nacional de Calidad y Productividad, en todas sus fases, y principalmente en lo
relativo a la formación de la red nacional de calidad público-privada, el marco legal e institucional y su operatividad, la política nacional de
calidad y su estrategia de implementación para el corto, mediano y largo plazo; el perfeccionamiento de mecanismos existentes en materia
de normalización, metrología, certifi cación y acreditación; inspección, sensibilización y mejora continua; y fortalecimiento del recurso
humano; así como la creación y puesta en marcha de los instrumentos y mecanismos de apoyo a los sectores empresariales.
d) Identifi car, diseñar e impulsar iniciativas, proyectos y acciones de sensibilización a los diversos sectores del país, públicos y privados, sobre
la importancia y benefi cios de adoptar estándares de calidad y productividad y del uso de nuevas tecnologías para incidir en el mejoramiento
de la competitividad.
e) Facilitar la vinculación e integración de esfuerzos público-privados, así como identifi car y desarrollar alianzas estratégicas entre entidades
nacionales y extranjeras, orientadas a potenciar el mejoramiento competitivo de los sectores productivos, de cara a las exigencias de los
mercados abiertos.
f) Colaborar con la Dirección de Desarrollo Competitivo Empresarial en el diseño de Indicadores de Competitividad, en las áreas de Calidad,
Desarrollo Tecnológico y de Formación de Capital Humano; así como de Indicadores de gestión y de impacto de los instrumentos de apoyo
a los sectores empresariales.
g) Identifi car potenciales fuentes de cooperación de entidades, públicas y privadas, nacionales y externas, para apoyar el cumplimiento de
sus atribuciones y responsabilidades, y coordinar esfuerzos con la Dirección de Cooperación Internacional (DICI) a fi n de viabilizarla.
h) Coordinar esfuerzos con otras Direcciones y entidades del Ministerio, particularmente con las Direcciones de Desarrollo Competitivo
Empresarial, el Fondo para el Desarrollo Competitivo, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), y la Comisión Nacio-
nal para la Micro y Pequeña Empresa (CONAMYPE), y otras entidades vinculadas del sector privado, a fi n de generar conjuntamente los
lineamientos, directrices, mecanismos e instrumentos necesarios para fortalecer las actividades productivas con mayor potencial de impacto
en la economía nacional.
i) Asesorar y colaborar con el Despacho en la gestión y ejecución de proyectos especiales.
Art. 21.- Dirección de Cooperación Internacional (DICI), tiene como objetivo: Coordinar y eficientizar los procesos de gestión,
asignación, ejecución, administración, y liquidación de proyectos financiados con recursos de cooperación externa.
Está integrada por un Director y especialistas en el manejo de recursos de cooperación externa, en materias de formulación de pro-
yectos, adquisiciones especializadas y gerencia financiera. Sus principales atribuciones son las siguientes:
a) Consolidar la administración de la cooperación externa en una única Dirección.
b) Identifi car, gestionar y administrar nuevas fuentes de fi nanciamiento externo a las ya existentes, a fi n de que el Ministerio ejecute los
programas, proyectos y acciones encomendadas.
c) Apoyar los esfuerzos de las Unidades Ejecutoras del Ministerio, en los procesos de formulación de perfi les de proyectos, términos de re-
ferencia y reportes de ejecución y liquidación, que demandan las diversas fuentes de cooperación externa, a fi n de efi cientizar la obtención
y ejecución de la cooperación.
27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
d) Coordinar, la gestión, administración y ejecución de proyectos de este Ministerio, fi nanciados con fondos de cooperación externa.
e) Establecer guías de requerimientos, trámites y procedimientos por cada fuente de fi nanciamiento.
f) Llevar un control de la ejecución técnica y fi nanciera de los diferentes proyectos fi nanciados con recursos de cada fuente de cooperación
y optimizar su uso.
g) Elaborar informes mensuales de ejecución de proyectos, e informar los resultados a los Despachos, Organismos cooperantes y otras enti-
dades cuando sea pertinente.
h) Coordinar actividades con las instancias correspondientes en el Ministerio de Economía, a fi n de viabilizar la disponibilidad de recursos
fi nancieros obtenidos y los procesos de contratación y pago.
i) Apoyar con información y propuestas estratégicas, la toma de decisiones del Despacho de esta Secretaría de Estado.
j) Asesorar al Despacho Ministerial, en áreas de su competencia.
Art. 22.- La Dirección de Fomento a las Exportaciones (FOEX), tiene como objetivo: Fomentar el desarrollo de la productividad y
las exportaciones tanto directas como indirectas, de origen salvadoreño, así como la calidad y la asociatividad empresarial; la innovación
tecnológica, la capacitación y la producción con estándares amigables con el medio ambiente; a través del cofinanciamiento no reembolsable
de actividades elegible por medio de un plan de negocios, principalmente de la micro, pequeña y mediana empresa. Estará integrada por un
Director, un Gerente de Proyectos, un Gerente Administrativo Financiero y personal técnico y administrativo necesario. Son atribuciones
de esta Dirección:
a) Administrar el Fondo de Fomento a las Exportaciones.
b) Divulgar y promocionar entre las MIPYME’s organizaciones afi nes, el modelo del Fondo de Fomento a las Exportaciones.
c) Fomentar la demanda por parte de las MIPYME’s del apoyo que brinda el Fondo.
d) Facilitar la ejecución de proyectos, iniciativas puntuales y/o planes de negocio.
e) Aprobar, ejecutar y evaluar proyectos de promoción del Fondo.
f) Analizar y aprobar proyectos, iniciativas puntuales y/o planes de negocio para su cofi nanciamiento no reembolsable.
g) Identifi car fuentes de fi nanciamiento no reembolsable.
h) Asesorar a las MIPYME’s en la formulación de proyectos y/o planes de negocio para cofi nanciamiento no reembolsable.
i) Dar seguimiento a la puesta en marcha de proyectos a los que se les concede cofi nanciamiento.
j) Gestionar nuevos instrumentos de fomento productivo para las MIPYME’s.
k) Articular a FOEX con servicios asociados y con organizaciones empresariales.
l) Mantener y cultivar relaciones de coordinación Interinstitucional.
m) Establecer y mantener efi ciente y transparentemente los archivos de fi nanciamiento otorgado, para futuras auditorías.
n) Asesorar al Despacho Ministerial, en áreas de su competencia.
Art. 23.- La Dirección de Hidrocarburos y Minas, tiene como objetivo: Velar por el desarrollo integral sostenido del subsector de los
hidrocarburos y del sector minero, mediante la implementación de políticas, normas y medidas de carácter técnico, legal y administrativo,
así como de la adecuada aplicación de los respectivos marcos legales vigentes. Está integrada por un Director, dos Subdirectores y el
personal técnico y administrativo que se requiera. Sus principales atribuciones son las siguientes:
28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
a) Establecer los mecanismos adecuados de regulación y supervisión en las actividades de exploración, explotación, procesamiento y
comercialización de los recursos mineros, coadyuvando a la protección del medio ambiente.
b) Elaborar y actualizar los instrumentos legales, técnicos y administrativos; así como las normas y especifi caciones técnicas del subsector
hidrocarburos y del sector minero para someterlo a su correspondiente aprobación.
c) Supervisar e inspeccionar periódicamente licencias de exploración y concesiones de explotación, a fi n de asegurar el aprovechamiento
racional de los recursos mineros, salvaguardar la vida y salud de los trabajadores y evitar el deterioro ecológico y ambiental.
d) Llevar registros de licencias y concesiones otorgadas y estadísticas de producción minera.
e) Elaborar estudios y análisis específi cos sobre el subsector hidrocarburos y sector minero.
f) Dar seguimiento a los precios del mercado nacional e internacional de hidrocarburos, a fi n de establecer el grado de correspondencia entre
ellos.
g) Establecer las variaciones semanales de los precios internos de los combustibles y darlas a conocer.
h) Promover medidas que incentiven la competencia en la comercialización de hidrocarburos con la fi nalidad de mejorar las condiciones de
precio al consumidor fi nal.
i) Supervisar el abastecimiento de los hidrocarburos e inspeccionar las instalaciones destinadas para tales usos, y en casos de desabasteci-
miento tomar las medidas que sean necesarias.
j) Realizar los cálculos y las gestiones para la cancelación del subsidio del gas licuado de petróleo para consumo doméstico, así como efectuar
las verifi caciones y auditorías contables que se consideren necesarias para la adecuada utilización del mismo.
k) Conocer y resolver los diferentes casos y trámites que se presenten de acuerdo a la legislación vigente en el sector minero y subsector
hidrocarburos.
l) Autorizar la construcción y funcionamiento de los depósitos de aprovisionamiento de hidrocarburos, incluyendo los de gas licuado, esta-
ciones de servicio y tanques para consumo privado; así como autorización para envasadores y distribuidores de gas licuado de petróleo.
m) Regular y supervisar las actividades de comercialización de GLP principalmente en lo relativo al peso y al intercambio de cilindros para
envasar GLP, para consumo doméstico, conforme a las disposiciones legales vigentes.
n) Aplicar y velar por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de
Productos de Petróleo y su Reglamento, así como la Ley de Minería y su Reglamento.
o) Inspeccionar la cantidad y calidad de los combustibles que se comercializan en el país, tanto en estaciones de servicio como en depósitos
de aprovisionamiento, así como promover el uso de combustibles mejorados tendientes a la protección ambiental.
p) Apoyar el fomento de la inversión extranjera y nacional dirigida al sector minero, y al subsector hidrocarburos.
q) Realizar otras funciones que sean encomendadas por el Despacho Ministerial.
Art. 24.- La Dirección de Energía Eléctrica, tiene como objetivo: Velar por un eficiente funcionamiento de las actividades de generación,
transporte, distribución y comercialización de la energía eléctrica, que redunde en beneficio de los consumidores y usuarios a través de un
suministro de óptima calidad, a tarifas razonables no discriminatorias que reflejen los costos de eficiencia a fin de alcanzar condiciones
y reglas de funcionamiento basadas en la competencia y eficiencia en la asignación de recursos, mediante la implementación de políticas,
normas y medidas de carácter técnico, legal y administrativo. Está integrada por un Director y el personal técnico y administrativo que se
requiera. Serán atribuciones de esta Dirección:
a) Planifi car, elaborar, proponer, coordinar y dirigir los planes, programas, políticas y acciones que tengan como fi n el desarrollo y buen
funcionamiento del sector eléctrico nacional.
29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
b) Procurar que la gestión de las empresas públicas del sector sea compatible con el objetivo de alcanzar condiciones de competencia y reglas
de funcionamiento basadas en la efi ciencia en las asignaciones de recursos.
c) Monitorear las ofertas de oportunidad de energía eléctrica que realicen las empresas públicas, instituciones autónomas del Estado o las
sociedades que resulten de su reestructuración, en el mercado mayorista, las que deberán ajustarse a normas de operación óptima y efi cien-
te.
d) Preparar y coordinar la reestructuración y modernización de las empresas estatales y entes públicos descentralizados o autónomos del sector,
así como la separación jurídica contable y fi nanciera de dichos entes, adecuada al objetivo de desintegración de la industria ordenada por
la Ley General de Electricidad.
e) Formular y presentar al Ministro las metas directrices y criterios a aplicar en la política de subsidios a la inversión y a los consumos del
sector eléctrico que se ejecuta a través del Fondo de Inversión Nacional de Electricidad y Telecomunicaciones (FINET), o cualquier otra
Institución del Estado cuyos recursos sean aplicados a tales fi nes, teniendo por objetivo el suministro de energía eléctrica a las diversas
regiones y sectores de población del país en forma equitativa y efi ciente, velando porque efectivamente se oriente hacia los sectores de
menores ingresos y las zonas geográfi cas desfavorecidas del país.
f) Proponer a la Comisión Nacional de Inversión Pública (CONIP), en lo que resulte competente, la política de inversión pública en el sector
energético, que debiendo orientarse al desarrollo de la electrifi cación rural, la efi ciencia energética y el desarrollo tecnológico en el sec-
tor.
g) Examinar el cumplimiento de los planes de inversión de las empresas públicas y demás instituciones autónomas del Estado en el sector
eléctrico nacional.
h) Participar activamente en la propuesta y negociación de convenios internacionales y acuerdos vinculados con la producción, transmisión
y/o comercialización de energía eléctrica que corresponden al Estado.
i) Recomendar y proponer a quien corresponda los nombramientos de los representantes del gobierno en organismos reguladores, nacionales
o regionales y los directorios de las empresas estatales del sector eléctrico cuya designación se encuentre en el ámbito del Ministerio.
j) Informar semestralmente o en el momento en que lo requiera el Ministro, sobre la situación del sector eléctrico del país, las proyecciones
establecidas y las políticas, planes, programas y normas dictadas y proyectadas para el correcto funcionamiento del sector eléctrico.
k) Evaluar los recursos naturales disponibles para su aprovechamiento energético, así como la conveniencia y promoción de programas
conducentes al uso racional de la energía, la efi ciencia energética y el desarrollo de fuentes nuevas y renovables, en coordinación con las
unidades que resulten competentes del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
l) Impulsar la integración eléctrica regional, sobre la base de la libre competencia y el trato objetivo y no discriminatorio de los distintos
actores y agentes del mercado.
m) Propiciar el desarrollo de un mercado de energía eléctrica competitivo.
n) Elaborar y proponer al Ministro, proyectos de ley y reglamento para el desarrollo del sector eléctrico nacional.
o) Asesorar a los titulares en materia de energía eléctrica.
p) Realizar otras funciones que sobre el tema le sean encomendadas por el Despacho Ministerial.
Art. 25.- La Superintendencia de Obligaciones Mercantiles, tiene como objeto: Ejercer la vigilancia, sobre los comerciantes tanto
nacionales como extranjeros, excepto los controlados por la Superintendencia del Sistema Financiero, la Superintendencia de Valores y
la Superintendencia de Pensiones; así como las establecidas en el artículo 20 del Código de Comercio, y las que señalen otras leyes, en
cuanto al cumplimiento de las obligaciones mercantiles y contables, establecidas en el Código de Comercio, la ley de la Superintendencia
y demás Leyes Mercantiles, a fin de contribuir al desarrollo de las actividades económicas y comerciales en general. Está integrada por
un Superintendente, un Secretario General y el personal técnico y administrativo necesario. Sus principales atribuciones son:
30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
a) Vigilar el funcionamiento, modifi cación, transformación, fusión, disolución y liquidación de las sociedades de acuerdo al marco legal que
rige su actuación.
b) Vigilar el funcionamiento, modifi cación, disolución y liquidación de las empresas individuales de responsabilidad limitada, de acuerdo al
marco legal que rige su actuación.
c) Vigilar el funcionamiento de las sociedades extranjeras y sus sucursales, que operen en el país.
d) Vigilar las actividades mercantiles, sujetas a su competencia por disposición expresa del Código de Comercio y otras leyes.
e) Fijar el monto de la fi anza a las empresas aéreas que servirá para garantizar los derechos de los usuarios y suministradores de servicios, de
conformidad al Art. 76 de la Ley Orgánica de Aviación Civil.
f) Requerir a las entidades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia, cuando fuere necesario y dentro del límite de las funciones que
le confi ere la Ley, los datos, informes o documentos sobre sus actividades, así como certifi car la colaboración o falta de ésta por parte del
sujeto investigado.
g) Imponer cuando fuere procedente, a las personas naturales y jurídicas sujetas a su vigilancia, las sanciones por el incumplimiento de las
normas mercantiles.
h) Brindar servicio oportuno y efi ciente de consultas contables y jurídicas a los usuarios internos y externos de la Superintendencia, en lo
relacionado a la aplicación del Código de Comercio, Ley de la Superintendencia y demás Leyes Mercantiles.
i) Velar porque la constante tecnifi cación de los sistemas de registros y archivo de la documentación de las sociedades y empresas mercanti-
les.
j) Practicar a través del superintendente o por medio de sus delegados, las inspecciones, revisiones y cualquiera otras diligencias necesarias
para el cumplimiento de la ley; y en casos especiales, ya sea por la dimensión de las investigaciones o la relevancia de lo investigado,
auxiliarse de contadores públicos autorizados, previamente califi cados por la Superintendencia de conformidad al inciso último del Art. 3
de la Ley en la materia, para efectuar labores específi cas.
k) Asesorar al Despacho Ministerial en las áreas de su competencia.
Art. 26.- La Dirección General de Estadística y Censos (DIGESTYC), tiene como objetivos: Generar oportunamente estadísticas
censales y encuestas continuas a nivel nacional, que sirvan de base para la planificación y toma de decisiones relativas al desarrollo eco-
nómico y social del país; y coordinar las instituciones que constituyen el Servicio Estadístico Nacional. Está integrada por un Director, un
Subdirector y el personal técnico y administrativo necesario. Son atribuciones de esta Dirección:
a) Planear, recolectar y publicar las estadísticas continuas: demográfi cas, culturales, judiciales, de construcción, de transporte y vías de co-
municación; agropecuarias, industriales, de comercio interno y exterior.
b) Planear, levantar y publicar los censos nacionales de población, vivienda, agropecuarios, y económico, conforme a la normativa legal
vigente.
c) Planear, recolectar y publicar periódicamente el Índice de Precios al Consumidor.
d) Proyectar, formular, coordinar, monitorear y publicar encuestas e investigaciones de carácter estadístico, económico y social.
e) Establecer normas, clasifi cadores, codifi cadores y métodos a los que deben ajustarse las instituciones que forman el Servicio Estadístico
Nacional.
f) Dar soporte técnico por medio de información oportuna y confi able para facilitar la toma de decisiones para la defi nición de las políticas
económica y social.
31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. g) Diseñar los instrumentos necesarios para la investigación de las características socioeconómicas de la población.
h) Realizar otras funciones que sean encomendadas por el Despacho Ministerial.
Art. 27.- En caso de ausencia de un Director, por más de una audiencia, el Subdirector asumirá interinamente las responsabilidades
y competencias de la Dirección.
En las circunstancias del inciso anterior, cuando la Dirección cuente con más de una Subdirección o Gerencia, el Despacho por medio
de acuerdo, designará el funcionario que asumirá interinamente las funciones que legalmente le corresponden a la Dirección.
Art. 28.- Son responsabilidades comunes de cada una de las Direcciones, Unidades y Oficinas que conforman la estructura orgánica
del Ministerio:
a) Dar cumplimiento a disposiciones legales que regulan la gestión administrativa y fi nanciera del Ministerio de Economía;
b) Elaborar y presentar a las unidades correspondientes el Plan Anual de Trabajo y los informes mensuales de los avances en la ejecución de
las metas programadas; y
c) Representar por delegación a los titulares del Ministerio en comisiones y eventos que sean de interés para los mismos.
Art. 29.- Cuando en las leyes o reglamentos, no haya trámite señalado, para la sustanciación de las solicitudes que se presentan en
las diferentes Direcciones o dependencias que conforman el Ministerio, los Directores o Subdirectores en defecto de aquellos, podrán
admitir solicitudes, hacer prevenciones, ordenar traslados o la práctica de diligencias hasta ponerlas en estado de resolver, y remitirlas a
la Secretaría de Estado para su resolución final. De esta Resolución final o de la que dictaren los Directores o Subdirectores en su defecto,
se podrá interponer el recurso correspondiente dentro del término de tres días contados desde el siguiente a la notificación respectiva.
Art. 30.- Las Dependencias del Ministerio antes referidas, de acuerdo con la estructura organizativa que se adopte y la respectiva
aprobación del Despacho, podrán modificar y/o crear las Jefaturas de Unidad, División, Departamento y Sección que sean necesarias para
cumplir con los objetivos y atribuciones que les sean asignadas; las cuales se comunicarán a la Dirección de Planeamiento y Desarrollo
Institucional para los efectos correspondientes.
Art. 31.- Dejar sin efecto, el Acuerdo Ejecutivo No. 152 de fecha 10 de febrero de 2003, publicado en el Diario Oficial No. 37, Tomo
358 del 25 del mismo mes y año y sus reformas posteriores.
Art. 32.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. YOLANDA
MAYORA DE GAVIDIA, MINISTRA.
32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
ACUERDO No. 15-0035.
San Salvador, 05 de enero de 2007.
El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado ERIN CHRISTINE YOST, solicitando que se le reconozca el grado académico de ARTIUM BAC-CALAUREI, obtenido en ELMIRA COLLEGE, IN THE STATE OF NEW YORK, U.S.A., en el año 2000; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad al Convenio sobre el Ejercicio de Profesiones Liberales, suscrito por nuestro país, ratificado y vigente, procede dicho Reconocimiento. POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Convención, ACUERDA: 1°) Reconócese la validez académica de los estudios de ARTIUM BACCALAUREI, realizados por ERIN CHRISTINE YOST, en los Estados Unidos de Norte América; 2°) Tiénese por incorporada a ERIN CHRISTINE YOST, como LICENCIADA EN PSICOLO-GIA, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. F006112)
ACUERDO No. 15-0578.
San Salvador, 7 de mayo de 2007.
El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Jefatura de Acreditación se ha presentado EGBERTH JOSUÉ ALVAREZ ALVAREZ, solicitando de conformidad a lo establecido en el Art. 60 de la Ley General de Educación, INCORPORACION de su Título de Bachiller Técnico Industrial en Electricidad, extendido por la Secretaría de Educación, de la República de Honduras en el año 1999. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUER-DA: De conformidad a lo establecido por el Art. 78° del Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica de la Educación, publicado en el D.O. No. 184, Tomo No. 201, de fecha 2 de octubre de 1963. Reconocer los estudios de Bachiller Técnico Industrial en Electricidad realizados por EGBERTH JOSUÉ ALVAREZ ALVAREZ en la República de Honduras, e Incorporarlo a nuestro Sistema Educativo con el grado de Bachillerato Técnico Vocacional Industrial, Opción Electrotecnia. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. F006236)
ACUERDO No. 15-0579.
San Salvador, 7 de mayo de 2007.
El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Jefatura de Acreditación se ha presentado LEANDRO NOEL MENDOZA DÍAZ, solicitando de conformidad a lo establecido en el Art. 60 de la Ley General de Educación, INCORPORACION de su Título de Perito Mercantil y Contador, extendido por la Secretaría de Educación, de la República de Honduras en el año 2000. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De con-formidad a lo establecido por el Art. 78° del Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica de la Educación, publicado en el D.O. No. 184, Tomo No. 201, de fecha 2 de octubre de 1963. Reconocer los estudios de Perito Mercantil y Contador realizados por LEANDRO NOEL MENDOZA DÍAZ en la República de Honduras, e Incorporarlo a nuestro Sistema Educativo con el grado de Bachillerato Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. F006246)
MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION
33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
ACUERDO No. 886-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de marzo del año dos mil siete. El Tribunal con fecha trece de febrero del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSE VALENTIN RUBIO AREVALO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVEN-DAÑO.
(Registro No. C009818)
ACUERDO No. 945-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de marzo del año dos mil siete. El Tribunal con fecha siete de febrero del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JAVIER OBDULIO AREVALO FLORES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDA-ÑO.
(Registro No. F006162)
ACUERDO No. 1011-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de marzo del año dos mil siete. El Tribunal con fecha tres de enero del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada FRANCIS CAROLINA GUZMAN MEJIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- V. DE AVILES.- J. N. CASTANEDA S.- VELASCO.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F006222)
ACUERDO No. 1038-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de marzo del año dos mil siete. El Tribunal con fecha veintidós de enero del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ISABEL MARGARITA CALDERON DE REYES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F006124)
ACUERDO No. 1862-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil seis.- El Tri-bunal con fecha veintidós de septiembre del año dos mil seis, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SONIA DEL CARMEN GUTIÉRREZ RIVERA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- P. J.- M. POSADA.- VALDIV.- M. A. CARDOZA A.- M. TREJO.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- M. E. LEMUS.
(Registro No. F006155)
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
DECRETO NÚMERO UNO.
La Municipalidad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, en uso de las facultades que le confiere el Código Municipal en el Art. 30 Numeral 7, relacionado con los Art. 3, numerales 2, y Art. 72 y 77 del mismo Código.
DECRETA:
La siguiente modificación al Presupuesto Municipal vigente así: Art. 1 Se autoriza la modificación del presupuesto de la siguiente manera:
RUBROS DE INGRESOS QUE SE REFUERZAN:
0101 31310 De Personas Naturales prest.Int. $ 50,000.00
RUBROS DE EGRESOS QUE SE REFUERZAN
0201 61601 Viales prest.Int. $ 50,000.00
Total $ 50,000.00 $ 50,000.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
0501 71310 De personas Naturales rp $ 50,000.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE AFECTAN:
0101 72101 Cuentas por Pagar de Años Anteriores rp $ 50,000.00
Total $ 50,000.00 $ 50,000.00
RUBROS DE INGRESOS QUE SE REFUERZAN:
0101 16403 De Gobiernos y Organismos Gubernamentales donac. $ 32,910.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
0201 61601 Viales donac. $ 15,000.00
0401 61604 De Vivienda y Oficinas donac. $ 17,910.00
Total $ 32,910.00 $ 32,910.00
RUBROS DE INGRESOS QUE SE REFUERZAN:
0101 16403 De Gobiernos y Organismos Gubernamentales donac. $ 50,647.85
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
0401 61602 De Salud y Saneamiento Ambiental donac. $ 50,647.85
Total $ 50,647.85 $ 50,647.85
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
010104 Auditoria Interna, por Incremento de salario a partir de Enero 2007
0101 51201 Sueldos rp $ 360.00
35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
0101 51402 Por remuneraciones Eventuales rp $ 31.00
0101 51502 Por remuneraciones Eventuales rp $ 26.00
010112 Recursos Humanos, por Incremento de salario a partir de Enero 2007
0101 51201 Sueldos rp $ 360.00
0101 51402 Por remuneraciones Eventuales rp $ 31.00
0101 51502 Por remuneraciones Eventuales rp $ 26.00
010116 Informática, por Incremento de Salario a partir de Enero 2007
0101 51201 Sueldos rp $ 1,080.00
0101 51402 Por remuneraciones Eventuales rp $ 92.00
0101 51502 Por remuneraciones Eventuales rp $ 76.00
010111 U.A.C.I., por modificación de Sueldo a partir de Enero 2007
0101 51201 Sueldos rp $ 180.00
0101 51402 Por remuneraciones Eventuales rp $ 16.00
0101 51502 Por remuneraciones Eventuales rp $ 13.00
010113 Inventario y Archivo, por modificación de sueldos a partir de Enero 2007
0101 51201 Sueldos rp $ 180.00
0101 51402 Por remuneraciones Eventuales rp $ 16.00
0101 51502 Por remuneraciones Eventuales rp $ 13.00
0101 56303 A organismos sin fines de lucro rp $ 25,000.00
0101 51903 Prestaciones Sociales al personal rp $ 15,000.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE AFECTAN:
0101 72101 Cuentas Por Pagar de Años Anteriores rp $ 42,500.00
Total $ 42,500.00 $ 42,500.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
010202 Tesorería, por modificación de Sueldos a partir de Enero 2007
0102 51201 Sueldos rp $ 180.00
0102 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 16.00
0102 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 13.00
010205 Cuentas Corrientes, por modificación de sueldos a partir de Enero 2007
0102 51101 Sueldos rp $ 180.00
0102 51401 Por remuneraciones permanentes rp $ 16.00
0102 51501 Por remuneraciones permanentes rp $ 13.00
0102 51201 Sueldos rp $ 180.00
0102 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 16.00
0102 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 13.00
010207 Catastro de Inmuebles y Empresas, por modificación e Incremento de
Sueldos a partir de Enero y Marzo 2007
0102 51101 Sueldos rp $ 180.00
0102 51401 Por remuneraciones permanentes rp $ 16.00
0102 51501 Por remuneraciones permanentes rp $ 13.00
0102 51201 Sueldos rp $ 1,420.00
0102 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 107.00
0102 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 115.00
010208 Unidad de Cobros y Notificaciones, se Crea a partir de Mayo 2007
0102 51201 Sueldos rp $ 5,160.00
36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
Creace 1 plaza de jefatura, $ 645.00 a partir de Mayo 2007
0102 51203 Aguinaldos rp $ 286.00
0102 51207 Beneficios Adicionales rp $ 129.00
0102 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 439.00
0102 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 362.00
0102 55601 Primas y Gastos de Seguros de persona. Rp rp $ 70.00
0102 55603 Comisiones y Gastos Bancarios rp $ 10,000.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE AFECTAN:
0101 72101 Cuentas Por Pagar de Años Anteriores rp $ 18,924.00
Total $ 18,924.00 $ 18,924.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
020101 Gerencia de Planificación y Desarrollo del Municipio, por Modificación e
Incremento de sueldos a partir de Enero 2007
0201 51201 Sueldos rp $ 540.00
0201 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 47.00
0201 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 39.00
020103 Ornato y Zonas Verdes, por modificación e Incremento de sueldos a partir
de Enero de 2007
0201 51201 Sueldos rp $ 540.00
0201 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 47.00
0201 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 39.00
020104 Unidad de Mantenimiento y Red vial, por incremento salarial a partir del
01 Enero y del 01 de Marzo 2007
0201 51201 Sueldos rp $ 1,850.00
0201 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 159.00
0201 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 131.00
020107 Registro del Estado Familiar, Ciudadanos y Menores,por Incremento Sala-
rial del 01 de Enero al 31 de Marzo 2007
0201 51101 Sueldos rp $ 240.00
0201 51401 Por remuneraciones permanentes rp $ 21.00
0201 51501 Por remuneraciones permanentes rp $ 17.00
020111 Cementerio Municipal, por modificación de Sueldo a partir de Enero 2007
0201 51201 Sueldos rp $ 720.00
0201 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 63.00
0201 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 52.00
0201 54202 Servicios de Agua rp $ 30,000.00
RUBROS DE EGRESOS QUE SE AFECTAN:
0101 72101 Cuentas por Pagar de Años Anteriores rp $ 34,505.00
Total $ 34,505.00 $ 34,505.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
0201 54202 Servicios de Agua rp $ 30,000.00
37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
RUBROS DE GASTOS QUE SE AFECTAN:
0101 72101 Cuentas por Pagar de Años Anteriores rp $ 30,000.00
Total $ 30,000.00 $ 30,000.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
020301 Aseo Urbano, por modificación de Sueldos e Incremento Salarial a partir
de Enero 2007
0203 51201 Sueldos rp $ 4,140.00
0203 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 353.00
0203 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 290.00
0203 51301 Horas Extraordinarias rp $ 1,000.00
0203 54109 Llantas y Neumáticos rp $ 10,000.00
0203 54110 Combustibles y Lubricantes rp $ 30,000.00
0203 54302 Mantenimiento y Reparación de Vehículo rp $ 10,000.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE AFECTAN:
0101 72101 Cuentas por Pagar de Años Anteriores rp $ 55,783.00
Total $ 55,783.00 $ 55,783.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
020401 Servicios Generales, por modificación de Sueldos a partir de Enero 2007
0204 51201 Sueldos rp $ 360.00
0204 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 31.00
0204 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 26.00
0204 54202 Servicios de Agua rp $ 1,300.00
0204 54203 Servicios de Telecomunicaciones rp $ 1,000.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE AFECTAN:
0101 72101 Cuentas por Pagar de Años Anteriores rp $ 2,717.00
Total $ 2,717.00 $ 2,717.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
020501 Cuerpo de Agentes Municipales, por Incremento Salarial a partir de
Enero de 2007
0205 51201 Sueldos rp $ 720.00
0205 51301 Horas Extraordinarias rp $ 150.00
0205 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 62.00
0205 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 51.00
0205 54202 Servicios de Agua rp $ 1,200.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE AFECTAN:
0101 72101 Cuentas por Pagar de Años Anteriores rp $ 2,183.00
Total $ 2,183.00 $ 2,183.00
38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
030101 Gerencia de Desarrollo Social, por Incremento Salarial a partir
de Enero 2007
0301 51201 Sueldos rp $ 360.00
0301 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 31.00
0301 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 26.00
030102 Desarrollo Comunal, por Incremento de Salario, a partir de Enero 2007
y creación de 9 plazas de promotores a $ 240.00 c/promotor a partir
de Febrero 2007
0301 51201 Sueldos rp $ 25,020.00
0301 51203 Aguinaldos rp $ 2,572.00
0301 51207 Beneficios Adicionales rp $ 1,158.00
0301 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 2,128.00
0301 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 1,753.00
0301 55601 Primas y Gastos de Seguros de Persona rp $ 700.00
0301 54110 Combustibles y Lubricantes rp $ 3,000.00
030106 Centro de Desarrollo Integral Municipal # 1, por Incremento Salarial
a partir de Marzo 2007
0301 51201 Sueldos rp $ 400.00
0301 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 35.00
0301 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 28.00
030107 Centro de Desarrollo Integral Municipal # 2, por Incremento Salarial
a partir de Marzo 2007
0301 51201 Sueldos rp $ 550.00
0301 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 47.00
0301 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 39.00
030108 Unidad de Niñez y Adolescencia, por Incremento de Salario a partir
de Enero 2007
0301 51201 Sueldos rp $ 360.00
0301 51402 Por remuneraciones eventuales rp $ 31.00
0301 51502 Por remuneraciones eventuales rp $ 26.00
RUBROS DE EGRESOS QUE SE AFECTAN:
0101 72101 Cuentas por Pagar de Años Anteriores rp $ 38,264.00
Total $ 38,264.00 $ 38,264.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
040101 Unidad de Proyectos
0401 51501 Por remuneraciones Permanentes rp $ 100.00
0401 54203 Servicios de Telecomunicaciones rp $ 900.00
0401 61604 De Vivienda y Oficina rp $ 125,000.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE AFECTAN:
0101 72101 Cuentas por Pagar de Años Anteriores rp $ 1,000.00
0401 61603 De Educación y Recreación rp $ 125,000.00
Total $ 126,000.00 $ 126,000.00
39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
RUBROS DE GASTOS QUE SE REFUERZAN:
0501 55310 De Personas Naturales rp $ 48,000.00
0501 71310 De Personas Naturales rp $ 400,000.00
RUBROS DE GASTOS QUE SE AFECTAN:
0101 72101 Cuentas por Pagar de Años Anteriores rp $ 448,000.00
Total $ 448,000.00 $ 448,000.00
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su
publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALON DE SESIONES DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE
SANTA ANA A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS
MIL SIETE.-
Ing. José Orlando Mena Delgado.
Alcalde Municipal
Lic. Víctor Antonio Mejía Pacheco Licda. Ada Claribel Umaña de González
Sindico Municipal Secretaria Municipal
(Registro No. F006149)
40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
DECRETO No. 02
EL CONCEJO MUNICIPAL DE JOCORO, DEPARTAMENTO DE MORAZAN:
CONSIDERANDO:
I. Que por Decreto Municipal No. 1 del 22 de Diciembre de mil novecientos noventa y dos, publicado en el Diario Oficial del veintidós de Enero de mil novecientos noventa y tres, se publico la Ordenanza de Tasas por servicios municipales del Municipio de Jocoro, Departamento de Morazán; así como también las Reformas de fechas veintiuno de julio de mil novecientos noventa y cinco, tres de junio de dos mil uno y veintiséis de septiembre de dos mil tres.
II. Que la Ordenanza a que se refiere el considerando anterior, contiene Tasas que no son aplicables y otras que requieren reformas, así mismo suprimir, modificar y crear nuevas Tarifas y nuevas Tasas por cobros de servicios brindados por la municipalidad y de acuerdo a su autonomía ésta es realizada por el Concejo Municipal.
III. Que de conformidad a la Constitución Política de la Republica en su Art. 203 y el Art. 204, ordinal 1,3 y 5 y Art. 205 que establece que ninguna Ley, ni autoridad podrá eximir ni dispensar el pago de Tasas y el Código Municipal Art. 1, Art. 3, ordinales 1,3 y 5, Art. 6-A y Art. 32, 35, 126, 128, 129, 130, 131, 133, 134, 135, 136 y 137.
IV. Que es conveniente a los intereses de este Municipio, actualizar y modificar su Ordenanza Municipal reguladora de Tasas por servicios debido a las diferentes actividades y costos que se necesitan establecer y conforme a la Ley Especial como lo es la Ley Tributaria Municipal mencionar los Artículos 1, 2, 3, 5, 7, 11, 12, 14, 18, 19, 20,33, 45, 52, 57, 58, 59, 60, 69, 72, 74, 90, 100, 109, 114 al 119, 126, 128, 129, 130, 131, 133, 134, 151, 152, 154, 158 y 160 y con respecto a las facultades y deberes formales de los funcionarios y contribuyentes los Art. del 76 al 82.
POR LO TANTO: DECRETA Y PROMULGA: LA NUEVA Y REFORMADA ORDENANZA REGULADORA DEL COBRO DE LAS TASAS MUNICIPALES DE JOCORO, DEPTO. DE MORAZÁN.
Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular las TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES, a cobrarse entendiéndose por tales aquellos tributos que se generan en razón de los servicios públicos de naturaleza administrativa o jurídica presentados por el Municipio de Jocoro, Departamento de Morazán.
Esta Ordenanza establecerá los tributos municipales determinando en su contenido: el hecho generador del tributo o forma de establecerla, las obligaciones de los sujetos activo, pasivo y de los terceros, las infracciones y sanciones, los recursos, así como también las exenciones y otras disposiciones generales de la vida común de los habitantes del Municipio, en armonía con las demás Leyes del País. Las Normas Tributarias Municipales serán aplicables en el ámbito territorial del Municipio en que se realicen las actividades, se presten los servicios o se encuentren radicados los bienes, objeto del gravamen municipal, cualesquiera que fuere el domicilio del sujeto pasivo.
La obligación Tributaria Municipal es el vínculo personal que existe entre el Municipio y los contribuyentes o responsables de los tributos municipales y quienes deben satisfacer una prestación en dinero, especies o servicios apreciables en dinero, al verificarse el hecho generador de la obligación tributaria.
41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
Art. 2.-Se entenderá por HECHO GENERADOR el supuesto previsto en esta Ordenanza que cuando ocurre en la realidad da lugar al nacimiento de la obligación tributaria.
Art. 3.- Será SUJETO ACTIVO de la Obligación Tributaria Municipal el Municipio de Jocoro, en su carácter de ACREEDOR de los tributos respectivos.
Art. 4.- Serán SUJETOS PASIVOS de la obligación Tributaria Municipal de este Municipio las personas naturales o jurídicas sea como CONTRIBUYENTES O RESPONSABLES.
SUJETO PASIVO: son aquellas personas naturales o jurídicas obligadas al cumplimiento de las prestaciones pecuniarias ya sea como contribuyente o responsable. También las comunidades de bienes, sucesiones, fideicomisos, sociedades de hecho u otros entes colectivos o patrimonios, que cuando el derecho común carezcan de personalidad jurídica, de conformidad a las Normas Tributarias Municipales, se les atribuye la calidad de sujetos de derechos y obligaciones. CONTRIBUYENTE: Es el sujeto pasivo respecto al cual se verifica el hecho generador de la obligación tributaria. Los herederos a titulo universal o curador de la herencia yacente del contribuyente fallecido cumplirán las obligaciones o ejercerán los derechos de éste, hasta el monto de la masa hereditaria.
RESPONSABLE: De la obligación tributaria es aquel que, sin ser contribuyente, por mandato expreso de esta Ordenanza deberá cumplir con las obligaciones de éste. Los representantes legales y voluntarios que no procedan con la debida diligencia en sus funciones, serán solidariamente responsables de las obligaciones tributarias que correspondan a sus representados. Esta responsabilidad se limita al valor de los bienes que administren o dispongan, a menos que hubieren actuado con dolo.
Art. 5.- Para efectos de la aplicación de esta Ordenanza se entenderán como SUJETOSPASIVOS de la obligación Tributaria Municipal a las siguientes personas o entidades: Propietarios, Arrendatarios, Comodatarios, Usufructuarios, Fideicomisarios de Inmuebles, Adjudicatarios a cualquier titulo, las comunidades de bienes, las Sucesiones, las Sociedades de hecho y otros entes colectivos o patrimoniales, Herederos Universales o curadores a cuyo nombre se haya prestado el servicio.
La obligación de los sujetos pasivos consiste en el pago de los tributos, en el cumplimiento de todas sus obligaciones tributarias que les correspondan y de los deberes formales contemplados en esta ordenanza o en la Ley General Tributaria Municipal.
Art. 6.- Son también SUJETOS DEL PAGO DE TASAS, los que se originan por servicios prestados por esta Municipalidad al Estado, sus Instituciones Autónomas, incluyendo a CEL y C.T.E. – ANTEL, exceptuándose a las instituciones de seguridad social, así como también estarán sujetos los Estados Extranjeros.
La base imponible de la obligación tributaria municipal es la dimensión del hecho generador que sirve para cuantificar el tributo, al aplicarle la tarifa correspondiente.
42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
Art. 7.- Se establecen las Tasas en el Municipio de Jocoro, Departamento de Morazán de la manera siguiente:
SERVICIOS MUNICIPALES Y OTROS PRESTADOS A TODOS LOS SUJETOS PASIVOS
No. 1. ALUMBRADO PUBLICO, de cualquier tipo de iluminación metro lineal al mes: A) Inmuebles Habitacionales y predios baldíos $ 0.15 B) Inmuebles de Empresas, Fabricas, Plazas Comerciales
e Instituciones del Estado $ 0.20
No. 2. SERVICIOS DE AGUA MUNICIPAL A) Por cada servicio o paja instalado $ 3.43
No. 3. ASEO, SANEAMIENTO AMBIENTAL Y ORNATO, al mes:A) Inmuebles de Empresas, Fábricas e Instituciones del Estado. $ 5.00 B) Barrido de calles por metro cuadrado $ 0.03 C) Por unidad habitacional $ 2.50 D) Por unidad comercial $ 3.25 E) Por unidad industrial $ 4.00 F) Por unidad habitacional y comercial $ 5.00 G) Por Plazas Comerciales con locales para alquiler, cada local al mes $ 3.00
No. 3. MERCADOS, PLAZAS Y SITIOS PUBLICOS:A. Piezas interiores y exteriores B. Por derechos de tramites para contratos de arrendamientos cada mes $ 8.00C. Puestos para cocina, comedores y pupuserías y otros al mes $ 3.43 D. Ventas de cereales y artículos de primera necesidad al mes $ 3.43E. Para ventas de chilatería, atoles, y otros productos similares al día $ 0.12 F. Para ventas de jarcia, sombreros, ropa, artículos de marroquinería, al día: $ 0.23 G. Para refresquería y otros similares al mes $ 3.43 H. Y para cualquier otra clase de mercadería al día $ 0.12 I. Por puestos de venta de carne al mes $ 6.86J. Por puestos de venta de pollos al mes $ 3.43K. Por puestos de venta de pescado al día $ 0.23 L. Por puesto o ventas transitorias dentro y fuera del mercado al día $ 0.23 M. Por cada vehículo que se estacione para vender mercadería al día $ 1.00
No. 4. PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA, DE CONCRETO, ADOQUINADO O ADOQUINADO MIXTO, por metro cuadrado al mes:
A) Inmuebles habitacionales y predios baldíos $ 0.02 B) Por Plazas Comerciales $ 0.03 C) Inmuebles de Empresas, fabricas e instituciones del estado $ 0.20 D) Por reposición de pavimentación cuando por alguna razón se rompa,
ya sea por contribuyentes privados o instituciones de servicio, como ANDA, C.T.E.-ANTEL, CEL y otras, cada metro cuadrado $ 10.00
No. 5. RASTRO Y GANADERIAA) SACRIFICIO O DESTACE por cabeza ganado mayor y menor $ 2.00 B) TIANGUE: Visto bueno por cabeza $ 2.00 C) Formularios para cartas de venta y cotejo de fierros cada uno $ 0.40 D) Guías de conducción de ganado mayor cada cabeza $ 0.35 E) Guías de conducción de ganado menor cada cabeza $ 0.25 F) Poste de ganado mayor y menor por cabeza sin perjuicio del costo de Transporte el 10% del valor del animal. G) Por registro de marca de corral $ 10.00
No. 6. MATRICULAS DE FIERRO PARA HERRAR GANADO A) Registro o refrenda anual de matricula de fierro (primeros 3 meses) $ 10.00 B) Registro o refrenda anual de matricula dueño de destace $ 10.00
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C) Registro o refrenda, por matricula de matarife c/u al año $ 10.00
No. 7. CEMENTERIOS A) Por el derecho de enterramientos en nicho $ 20.00 B) Permiso de construcción de nichos cada uno y adicional al pago se cancelará el 10% del valor de la inversión en la construcción del nicho $ 5.00 C) Enterramiento simple en fosa cada uno $ 3.00 D) Formularios de Títulos de derecho a perpetuidad cada uno $ 1.00 E) Traspaso o reposición del titulo con derecho a perpetuidad cada uno $ 5.00 F) Por abrir y cerrar nichos $ 3.00 G) Por construcción de nichos ya sea aéreos o subterráneos: Para un nicho: $ 1.00 Para tres nichos $ 3.00 Para seis nichos $ 6.00
H) Por construcción en cementerio en contracabas de puestos de mausoleos $ 5.00
No. 8. TASAS ADMINISTRATIVAS JURÍDICAS A) Pagos por títulos de predios urbanos por metro cuadrado $ 0.25 B) Por inspección a inmuebles a solicitud de la parte interesada $ 20.00 C) Reposición de títulos de predios rústicos y urbanos cada uno $ 10.00D) Por cualquier otro servicio administrativo $ 2.00
No. 9. REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR A) Certificación y constancia extendida por el R.E.F. $ 2.00 B) Certificación y constancia extendida por el Alcalde cada una $ 1.50 C) Expedición de Carnet de Minoridad $ 1.00 D) Por expedición de Carnet de Minoridad $
No. 10.MATRIMONIOS A) En la Oficina en días hábiles $ 10.00 B) Fuera de la Oficina en zona urbana y rural $ 20.00
No. 11. REVISIÓN DE PLANOS A) Para construcción de cualquier naturaleza por cada metro cuadrado / metro cúbico o lineal $ 1.00 B) De urbanizaciones, parcelaciones o lotificaciones, por cada lote $ 30.00
No. 12. CONSTRUCCIONES.A) Para construcciones de inmuebles y ampliaciones: B) De $0.00 hasta $3,000.00 por cada una $ 25.00 C) De $3,001.00 hasta $6,000.00 por cada una $ 50.00 D) De $6,001.00 hasta $50,000.00 por cada una $ 75.00 E) De $50,001.00 en adelante, cada una $ 100.00
No. 13. POR DERECHOS DEL USO DEL SUELO Y SUB SUELO, así: A) Por romper adoquinado, empedrado, concreteados, etc. para realizar reparaciones o Proyectos por metro cuadrado, cúbico o lineal $ 25.00 B) Por rompimiento de aceras, calles por empresas por instalación de medidores de agua, postes de cualquier tipo, etc. por cada uno. $ 30.00 C) Cobro mensual por rótulos instalados no prohibidos, cada uno $ 10.00 D) Por medidores de agua potable de empresa Operadora o ANDA cada uno al mes $ 0.35 E) Por cada cabina telefónica al mes $ 8.00
No. 14. TORRES, POSTES DE CONCRETO O SIMILARES A) Torres metálicas, antenas y postes de más de 35 pies o similares propiedad del Estado o de Empresas de cualquier clase cada una al mes $ 200.00 B) Postes hasta de 35 pies de concreto, telescópicos, etc. propiedad del Estado o de Empresas de cualquier clase, cada uno al mes. $ 1.00
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C) Cobro mensual por el usufructo de los postes del tendido eléctrico Municipal por las Empresas eléctricas que los utilizan cada uno $ 0.80 D) Cobro mensual por el usufructo de las Redes Eléctricas Municipales por las Empresas Eléctricas que las utilizan $ 700.00 E) Cobro reciproco por servicio al cliente a empresas que cobren dichos servicios a los Recibos que la municipalidad les cancela $ 50.00 F) Cobro a domicilio a las empresas que no cancelen las Tasas, impuestos, etc. en la respectiva Tesorería de la Municipalidad $ 100.00 G) Por el entronque a la Red Eléctrica Municipal de proyecto ejecutado por
Empresas Eléctricas, por cada entronque $5,000.00
No. 15. PERMISOSA. Permiso para situar materiales de construcción en las calles urbanas
sin estorbar el transito de vehículos y personas o cierre de calles para eventos. $ 9.00
B. Permiso anual por Chalet o comedores en sitios de propiedad privada. $ 5.00 C. Permiso anual para colocar rótulos o anuncios temporales o fijos en calles
o carreteras excepto los prohibidos por otras leyes. $ 100.00 D. Permiso para romper el pavimento, adoquinado, etc. en las calles o aceras
con el objeto de hacer reparaciones o conexiones de agua u otro fin cada uno $ 15.00 E. Permiso por cada celebración de cumpleaños, bailes, etc. en local Municipal $ 15.00 F. Permiso para instalación de cabinas o cajas telefónicas cada una $ 100.00 G. Permiso por instalación de postes hasta de 35 pies $ 75.00 H. Permiso por instalación de postes de mas de 35 pies y torres metálicas de cualquier tamaño cada una $ 300.00 I. Permisos para realizar proyectos nuevos o ampliaciones por las Empresas
Eléctricas, Cable, de telefonía u otras, por cada una. $2,000.00 J. Permiso anual por circulación de buses por cada uno en el Municipio $ 90.00 K. Permiso anual por operar billares, cada mesa. $ 30.00 L. Permiso anual para el funcionamiento de rokola y similares, cada una $ 50.00 M. Permiso anual por rótulos pequeños de tienda, Doctor, abogado, etc. $ 4.00 N. Permiso que no exceda de ocho días para colocar rótulos en tela, madera
y otros materiales en lugares de parques, plazas o lugares públicos adecuados a juicio de la municipalidad. $ 5.00
O. Permiso anual por operar maquinas de monedas no prohibidas por la Ley cada una. $ 25.00
P. Permiso anual por operar sus negocios las Empresas de Telefonía, cable, Electricidad, agua y otros $ 400.00
Q. Permiso por construcciones de cualquier clase de vivienda por cada vez $ 23.00 R. Permiso anual para operar Restaurantes, cervecerías y otros $ 50.00 S. Permiso anual para Distribuidora de Licores $ 50.00 T. Permiso anual para Distribuidora de Gaseosas, Cervezas y otros similares $ 50.00 U. Permiso anual para Distribuidora de Gas Propano y otros similares $ 100.00 V. Permiso anual para Distribuidora de Combustible. $ 100.00
DE LA COMPETENCIA: La determinación, verificación y recaudación de las Tasas por servicios como función básica de la administración Tributaria Municipal serán ejercidas tanto por el Concejo Municipal, por el Alcalde o por sus organismos dependientes quienes estarán en la obligación de hacer cumplir lo que en esta Ordenanza se prescribe.
Art. 8.- Sobre todo ingreso con destino al Fondo Municipal provenientes de Tasas o derechos por servicios públicos de toda naturaleza a que se refieren en estas tarifas, pagará el 5% el contribuyente y servirá para la celebración de ferias, fiestas patronales, nacionales y cívicas. Exceptuándose de este impuesto los que se cobran por medio de Tiquetes autorizados por la Corte de Cuentas de la Republica.
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Art. 9.- Se entenderá que el sujeto pasivo cae en mora en el pago de las tasas cuando no realice el pago a tiempo y dejare transcurrir un plazo de más de 30 DIAS, esto aplicará a la Persona Jurídica. Y el plazo de 60 DIAS aplicara para las demás Personas Naturales contribuyentes registradas en el Libro de Cuentas Corrientes. Si al verificar dicho pago estos tributos no han sido pagados en las condiciones que se señalan en esta disposición causaran un INTERES MORATORIO, hasta la fecha de su cancelación equivalente al interés del mercado en el momento que el contribuyente cancele su deuda.
Art. 10.- Los intereses se pagaran juntamente con el tributo sin necesidad de reclusión o requerimiento. En consecuencia la obligación de pagarlo subsistirá aun cuando no hubieren sido exigidos por cualquier Colector autorizado para recibir dichos pagos. Estos intereses se aplicaran desde el vencimiento en que debió pagarse la tasa hasta el último día de la extinción total de la obligación tributaria, excepto lo dispuesto en el Artículo cuarenta y seis de la Ley General Tributaria Municipal.
Art. 11.- Si un contribuyente pagare una cantidad en exceso o indebidamente, cualquiera que esta fuera, tendrá derecho a que la municipalidad le haga la devolución del saldo a su favor o que se abone éste, a deudas tributarias futuras o cuando la Municipalidad dejare de cobrar por error involuntario una cantidad menor a la que tendría que cobrar, la municipalidad podrá cobrar al contribuyente la parte dejada de cobrar.
Art. 12.- La renovación de Licencias, Matriculas, Permisos o patentes, si fueren anuales deberá hacerse en los primeros tres meses de cada año. La expedición fuera del periodo señalado se hará previo al pago del valor de la tasa respectiva, sin perjuicio de multa a que hubiese lugar, tipificada en el Art. 20.
Art. 13.- Se presume que una persona continua ejerciendo una actividad sujeta a matricula, permiso, licencia o patente, mientras no de aviso por escrito y se compruebe el cese de la actividad respectiva. Para la extensión de matriculas, licencias, permisos y patentes, la Municipalidad podrá establecer los requisitos que considere convenientes o necesarios para la expedición u otorgamiento de las mismas.
Art. 14.- Para obtener solvencia municipal, es necesario estar al día con los pagos de las diferentes cuentas y multas que se llevan en el registro a nombre del solicitante. La Alcaldía Municipal deberá exigir la Solvencia Municipal previamente a la extensión de cualquier permiso, matricula o licencia que a ella corresponda extender.
Art. 15.- La acción de la Municipalidad para reclamar el pago de las Tasas causadas con posterioridad a la vigencia de esta Ordenanza, prescribirá según la ley al término de quince años.
Art. 16.- La Obligación para todo propietario de inmuebles de pagar tasas por los servicios Municipales que reciba, se origina desde el momento que se adquiere el inmueble, esté o no registrado en el C.N.R. De igual modo, el que adquiera un inmueble de cualquier naturaleza, por cualquier medio y no solicitare al que heredare, lo vendiere, etc. la respectiva Solvencia Municipal del inmueble pagará las deudas y moras de los impuestos y tasas por servicios dejados de cancelar por el anterior propietario.
Art. 17.- No obstante lo dispuesto en el Articulo 27 de esta Ley, la vigencia de esta Ordenanza NO EXIME a las Personas Naturales y Jurídicas de cumplir con ésta, cuando al momento de entrar en vigencia se estuvieren realizando algunas actividades que ameriten pagos o permisos para realizarlas. No existirá responsabilidad alguna de pagos y permisos para las actividades que al momento
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de entrar en vigencia la presente Ordenanza ya estuvieren realizadas, pero será de cumplimiento obligatorio esta Ordenanza al momento de su vigencia.
Art. 18.- Se establecen las siguientes SANCIONES por las contravenciones tributarias: Multa y Comiso de especies que hayan sido objeto o el medio para cometer la contravención o la infracción y la Clausura de establecimiento, cuando fuere precedente, así mismo la desconexión del servicio que las empresas presten a los usuarios de la jurisdicción de Jocoro, cuando se atrasaren en el pago de los Tributos ya sean Tasas o Impuestos Municipales.
Art. 19.- Por efectos de esta Ordenanza se consideran contravenciones, la obligación de pagar las Tasas por los servicios municipales respectivos, el hacerlo fuera del plazo señalado o el hecho de omitir los pagos.
La contravención señalada anteriormente, para las personas jurídicas será sancionada con una multa del diez por ciento (10%) del tributo, si se pagare en los primeros dos meses posteriores, la multa será del veinte por ciento (20%). El cinco por ciento (5%) se aplicara a las personas naturales, después de vencido el plazo.
Art. 20.- El ejercicio de actividades sin permiso, licencia, matricula o patente hará incurrir al infractor en una multa de $25.00 a $500.00 para las personas naturales según la capacidad económica del infractor y las Personas Jurídicas de cualquier clase será de ocho salarios mínimos vigentes.
Art. 21.- Las empresas que califican para operar sus negocios en este Municipio, además de la obligación monetaria de pagar su permiso, deberá presentarse cada año a acreditar su personería jurídica en la Alcaldía Municipal a efecto de tener un mejor registro y control de las empresas radicadas en el Municipio, de no acatar lo dispuesto en este articulo se aplicara la multa que aparece en el Art. 20 de la presente Ordenanza.
Art. 22.- El conocimiento de las multas de las contravenciones o infracciones y las sanciones correspondientes serán competencia del Alcalde Municipal, Sindico Municipal o del funcionario autorizado al efecto por la municipalidad o por las Leyes, para poder dar seguimiento a un juicio según amerite la acción y llevarlo a la Autoridad competente. Las multas impuestas deberán ser pagadas dentro de los tres días siguientes a la notificación de la resolución en que se imponga.
Art. 23.- Así mismo cuando el Alcalde Municipal, el Concejo Municipal u otras personas que hayan actuado en el cumplimiento de esta Ordenanza Municipal y sea demandado por Persona Natural o Persona Jurídica y se invirtiera recurso económico en su defensa éste, se cancelará del fondo municipal. Así mismo la Municipalidad podrá trasladar a la cuenta del demandante el pago por los gastos económicos realizados por la Municipalidad, en la defensa de su demandado; por haber actuado en cumplimiento de esta Ley.
Art. 24.- Se previene a los ciudadanos, a los Sujetos Pasivos, etc. que no acaten el pago de las Tasas, Multas, etc. impuestas en la presente Ordenanza y obliguen a la Municipalidad a llevar a cabo Juicios de Cobro, Juicios de Embargo o cualquier otro medio que la Municipalidad empleare para hacer efectivo el cobro de la deuda y se utilizare recurso financiero, dichos gastos como costos procesales o cualquier otro gasto realizado por la Municipalidad correrá a cuenta del demandado, sea esta Persona Natural o con Personería Jurídica, todo esto con apego a las Leyes. Según el Art. 119 de la Ley Tributaria Municipal no hay apelación a los juicios.
Art. 25.- Todos los sujetos pasivos de este Municipio que incurran en multas y desobedezcan los pagos de las multas que esta Ordenanza impone y no cancelaren en tiempo prudente su deuda según la Ley dicho pago o multa se le trasladará a la cuenta corriente de su estado de cuenta de contribuyente o se le trasladará el
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recibo de cobro mensual. Todo cobro realizado por la Municipalidad para el pago de las tasas o multas incluidas en la presente Ordenanza Municipal, son de estricto cumplimiento de Ley por quienes se encuentren sujetos a la misma.
Las personas naturales que sean multadas de conformidad a la presente Ley, podrán pagar sus multas si así quisieren con trabajo, haciendo del conocimiento ante el Alcalde Municipal.
Los recursos de revisión o revocación se harán conforme al Código Municipal o la Ley General Tributaria Municipal según el caso.
Art. 26.- Se hace constar que ha partir de la fecha en que entre en vigencia la presente Ordenanza Municipal, se EXIMIRA del pago de multas e intereses moratorios a las Personas Naturales contribuyentes inscritas en el Libro de Cuentas Corrientes, por el plazo de un año. Cancelando únicamente sus Tasas EXCEPTUÁNDOSE a las Instituciones del Estado y las Personas Jurídicas.
OTRAS DISPOSICIONES COMUNES GENERALES Sanciones, Faltas, Multas y Otros.
Por tirar agua servida a la calle. Las viviendas que tiran agua servida a las calles perjudican a quienes no lo hacen, así mismo atentan contra la salud y el ornato de las calles de esta Ciudad, además dañan el adoquinado y en vista de lo manifestado, se hace necesario establecer en esta Ordenanza la obligación de que cada vivienda cuente con su propio resumidero para que no se sigan tirando las aguas servidas a las calles. Quienes no cumplan con lo establecido se harán acreedores a una multa mensual de veinte dólares ($20.00). Esto surtirá efecto un año después de la vigencia de la presente Ordenanza, para dar tiempo a los dueños de las viviendas a que hagan sus resumideros.
Destrucción de Bienes Públicos. La destrucción ocasionada a cualquiera de los bienes públicos se hará pagando cinco veces el valor de su precio incurriendo el sujeto al mismo tiempo en el pago de una multa de cincuenta dólares ($50.00). Si el infractor fuera menor de edad, responderá por los daños el padre, madre o tutor. El que por disturbios en la vía publica también ocasionaré daños o el que manchare, pintare, ensuciare o de cualquier otro modo degradare monumentos, calles, aceras, plazas, zonas verdes, inodoros públicos, señalización vial y otras propiedades muebles e inmuebles del Municipio, se le aplicará la misma sanción y multa.
Por Construcciones. Por cada construcción de vivienda, muros, el propietario o el responsable tramitará y pagará a esta Alcaldía el respectivo permiso y el pago de acuerdo al metro cuadrado, lineal, etc. por construcción. Toda construcción que se realizare en la zona urbana o rural de este Municipio se llevara a cabo dejando un metro y medio al frente de la calle para la construcción de las respetivas aceras y cunetas. Quien no solicitare el respectivo permiso pagará una multa de Trescientos dólares ($300.00). Y si no ha dejado el metro y medio de distancia estará en la obligación de cederlo a la municipalidad a sus propias costas. Además cuando la Municipalidad realizare remodelaciones en las aceras, cunetas, calles, etc. podrá demoler cualquier clase de construcción que se haya realizado en las aceras, como son portones, jardineras, corredores, muros, etc. si el ciudadano no lo hiciese después de recibida la respectiva notificación y dado que existen leyes que regulan el ancho de las calles, las aceras, etc. y los propietarios de los bienes inmuebles irrespetan las leyes con las construcciones de sus viviendas, dicha acción se realizará sin perjuicio alguno para el Concejo Municipal y los involucrados en realizarlos por estar en pleno derecho de acatar las leyes.
Autorización a Ventas de bebidas alcohólicas. Para otorgar el permiso o autorización de ventas de bebidas alcohólicas o expendios de aguardiente se extenderá siempre y cuando
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reúna los requisitos necesarios de Ley y a la vez se encuentre fuera de la periferia de la Ciudad, el cual deberá estar ubicado en un lugar apartado donde no haya vecindario y tendrá un horario de venta al publico todos los días de 7:30 a.m. hasta las 6:30 p.m. además quedará regulado por cualquier otra Ley Adicional del Estado. El Concejo Municipal se reserva el derecho de cerrar definitivamente el negocio cuando existiese incumplimiento en el horario establecido, denuncias o quejas de vecinos aledaños a la venta o negocio o por desordenes causados por los consumidores. El Concejo Municipal se reserva el derecho de cerrar los negocios de bebidas alcohólicas en los días de semana santa, en periodo de lecciones, por ley seca o cuando se estime conveniente.
De los cementerios. Queda determinantemente prohibido que los cementerios municipales de esta Ciudad, se tomen como lugares para reuniones tales como: para ingerir bebidas alcohólicas, estupefacientes, o cualquier otra clase de drogas. Quienes violen esta disposición se les multará con $25.00 dólares o podrán ser puestos a la orden del Juez. Así mismo la persona o ciudadanos quienes sin el respectivo permiso del Alcalde Municipal, construyeren nichos violando el Articulo 16 de la Ley General de Cementerios o sea que sobrepasen el límite de lo establecido se multaran con $571.43. Además el infractor estará en la obligación de notificar las medidas, caso omiso la Municipalidad se reserva el derecho de demoler dicho nicho sin perjuicio para el Alcalde Municipal, su Concejo o para los involucrados por la acción a realizar por estar en cumplimiento pleno de esta Ley.
Por botar basura en lugares no autorizados.Por botar basura con desechos químicos en carreteras, quebradas, ríos, etc. $150.00 Por tirar basura o animales muertos en carreteras, quebradas, ríos, etc. $100.00 Por tirar basura en las calles del Municipio $ 10.00 Por tirar basura en predios no autorizados $ 40.00
Por tala de árboles. La parte interesada deberá tramitar un permiso municipal expedido por el encargado de la Unidad de Medio ambiente quien verificara el estado en que se encuentre o se encuentren los árboles a talar, quedando a su juicio la autorización, por la cual cancelaran las tasas correspondientes detalladas a continuación: por cada árbol a talar cancelará $10.00. Las personas que talaren árboles sin el respectivo permiso se harán acreedoras a una multa que se hará en base a cada árbol talado el cual será el doble de la tasa establecida siendo la cantidad de veinte dólares ($20.00) por cada árbol talado, sin perjuicio de lo que dicen otras leyes.
Por explotación de los ríos: Las personas que de una u otra manera explotaren los recursos naturales del río tales como: Arena, piedra, etc. se harán acreedoras a una multa de cien dólares ($100.00).
Por explotación de minerales, piedra, grava, material selecto, balasto, etc. Losinteresados en la explotación de los minerales y materiales detallados anteriormente tendrán que tramitar un permiso el cual se gestionara a través del Ministerio de Medio Ambiente y otro en la Unidad de Medio Ambiente de esta Municipalidad y cancelará por el permiso anual la cantidad de cuatrocientos dólares ($400.00). Así mismo queda tasada la explotación o sea la venta de cualquiera de los materiales por la cantidad de $100.00 mensuales.
Reubicación de proyectos municipales: El Concejo Municipal se reserva el derecho de realizar reubicaciones de proyectos de propiedad municipal cuando así se crea conveniente en beneficio de los habitantes, comunidades y beneficio económico para la municipalidad como ejemplo: si un proyecto realizado en una comunidad no genero el impacto social esperado puede el Concejo Municipal a través de un acuerdo municipal razonado trasladar, mover o reubicar los proyectos que puedan ser de naturaleza movibles tales como: pasarelas, puentes, lámparas de alumbrado publico, monumentos, postes del tendido eléctrico, redes del tendido eléctrico municipal, transformadores, etc. o
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cualquier otro proyecto que sea de naturaleza movible no mencionado en el presente inciso. Dicha realización de reubicación de proyecto deberá reubicarse para beneficiar a un mayor número de familias de las que se beneficiaban anteriormente, sin perjuicio para el Alcalde Municipal, el Concejo municipal o para las personas designadas a realizar dacha acción o reubicación del proyecto por estar estos en pleno cumplimiento de esta Ley.
Sanciones a las Empresas por no cancelar sus tasas o impuestos en el plazo de Ley. En referencia y en amparo del Concejo Municipal y otros en base la Constitución de la Republica, la Ordenanza Municipal y a la Ley General Tributaria Municipal, se aplica la siguiente sanción según los Art. 57, 58, 59, 60, 72,73,74, 75 y 78 de la referida Ley General Tributaria Municipal, a las Empresas Eléctricas, de telefonía, de cable, ANDA, etc. que no cancelen sus tasas o impuestos municipales en el periodo mensual o que están obligados por Ley a realizar, se verán afectados al no cancelar a tiempo sus tributos dado que el Concejo Municipal se reserva el derecho de notificar por escrito a dichas empresas que se procederá a DESCONECTAR LOS SERVICIOS de energía eléctrica, telefonía, agua, cable o cualquier otro medio de servicio que presten a los usuarios de este Municipio cuando dichas empresas se encuentren en mora o se atrasaren en el pago por mas de sesenta días consecutivos en la cancelación de sus tributos. Todo esto sin perjuicio para el Alcalde Municipal, el Concejo Municipal o el personal que se designe para el cumplimiento de realizar dicha acción, por estar en pleno cumplimiento de Ley.
Por poda de árboles realizados por empresas. Así mismo a las empresas de telefonía, electricidad, cable para televisión y otras, que se dedican a la poda de árboles para el mantenimiento de sus redes o cables y que no recojan la basura que generen con las ramas, hojas, etc. se les multara con ochocientos dólares ($800.00) esto sin el perjuicio del pago de mano de obra y de transporte que genere la recolección de la basura que realice la Municipalidad dicho cobro se hará constar en el respectivo recibo de cobro de tasas a que están sujetas a cancelar.
Razonamiento del Art. 7 No. 13, en el cobro del usufructo de la Red Eléctrica Municipal: De acuerdo a las Leyes, la inversión de los fondos municipales tiene que ser con mira a busca el desarrollo de las comunidades del Municipio. Así mismo buscar que dicha inversión genere ingresos para poder fortalecer las arcas municipales, para prestar un mejor servicio y realizar más proyectos. Y debido a la gran inversión económica realizada por la Municipalidad en el desarrollo de proyectos eléctricos con fondos municipales, se hace necesario tasar el servicio que presta la red eléctrica municipal y los postes a las empresas eléctricas que se dedican a la distribución, comercialización y cobro quienes reciben el beneficio económico directo del usuario. Por lo que después de realizar cada uno de los proyectos, la Municipalidad le ha cancelado a dicha empresa distribuidora de electricidad los pagos por presupuesto, por punto de entrega y por permiso por el entronque a su red eléctrica. Por lo que es precedente tasar en esta ordenanza a las empresas distribuidoras de energía eléctrica, por el pago del usufructo de dicha red eléctrica municipal.
Multa por conexión eléctrica sin el respectivo permiso: Cuando cualquier Empresa Eléctrica que brindare el servicio de energía eléctrica en esta jurisdicción, realizare conexiones domiciliares a otras de la red municipal sin el respectivo permiso extendido por esta Municipalidad, se hará acreedora a una multa de ocho salarios mínimosvigentes por realizar dicha acción. Dicha multa se establece de acuerdo al Art. 128 del Código Municipal y se procederá a la desconexión para que realice el trámite correspondiente.
Rompimiento de calles para cualquier uso. Cuando las empresas operadoras de agua potable, de telefonía, de electricidad, publicidad, cable, etc. necesitaren instalar rótulos, realizar obras, proyectos o reparaciones que ameriten romper el suelo o sub suelo dentro del Municipio deben primeramente tramitar su respectivo permiso municipal y realizar dicho trabajo. La omisión a solicitar el respectivo permiso hará caer al infractor en una
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multa de ocho salarios mínimos vigentes, así mismo tendrán que dejar todo en las mismas condiciones.
Prohibición de chalets de cualquier clase. Queda terminantemente prohibido la construcción y ubicación de chalets en las aceras o calles del Municipio, los chalets podrán funcionar pero deberán estar ubicados dentro de las viviendas o solares o particulares previo el pago de su permiso quien infrinja esta disposición se hará acreedor a una multa que oscilara entre los $25.00 a $300.00 de acuerdo a la capacidad económica del infractor.
De las obras o proyectos de remodelación. Cuando se realicen obras o proyectos de bienes municipales de remodelación o reordenamiento de aceras, calles, parques, etc. y en esta se encontraren postes de cualquier otro objeto de propiedad privada y que sea necesario remover y reubicarlos se hará por cuenta de las empresas dueñas del bien mueble, a quienes se les notificara por escrito de la obra o proyecto a realizar y tendrá treinta días a partir de recibida la nota para mover y reubicar sus bienes muebles. Caso contrario la municipalidad procederá a realizar y se harán las respectivas reubicaciones por parte de la Alcaldía a costa de la empresa dueña del bien mueble quien pagara posteriormente y tendrá los costos que la Alcaldía realice en la reubicación de su bien mueble, así mismo se hará acreedora a una multa equivalente a ocho salarios mínimos de acuerdo al Articulo 128 del Código Municipal, por caso omiso o rebeldía, de no acatar lo solicitado mas $200.00 por cada día de atraso en el pago de la multa y el cobro generado. Las empresas no cancelaran permisos por realizar estas actividades solicitadas por la Municipalidad.
Del ancho de calles y caminos vecinales y rurales y desagües. De acuerdo a la Ley de carreteras y caminos vecinales los caminos rurales y vecinales corresponden al Municipio por lo que es facultad de éste ejecutar reparaciones, mejoras, mantenimientos y proyectos. Así mismo normar el ancho de estos caminos conforme a la Ley para el beneficio de los habitantes y el desarrollo de las comunidades, para que estos puedan contar con mejores vías de acceso y comunicación. Los caminos por ley no deben de tener menos de 5 metros de ancho para rodaje, así mismo deben de contar con espacio para la circulación de las personas que transitan a pie y cuando se requiera de realizar mejoras o proyectos la municipalidad podrá tomar en cuenta las leyes para la ejecución y ampliación de los caminos. Los caminos no pueden ser utilizados para otro uso que no sea el de trasladarlos y toda persona natural o jurídica que necesite realizar algún zanjo o excavación para realizar alguna obra o trabajo debe solicitar el respectivo permiso a la Municipalidad. Así mismo, queda determinantemente prohibido estrechar la vía publica, cerrarla cultivarla, obstruirla, desviarla, hacer zanjas, excavaciones, etc. para tirar agua o utilizarlos para desagües u otro fin licito o ilícito. La Municipalidad podrá ordenar cerrar cualquier desagüe hecho en la vía u ordenar tapar cualquier zanjo, etc. y eliminar túmulos hechos al camino o reparar daños a costa de la persona que lo hubiera realizado cuando sea procedente y según la falta o el daño que ocasione algún ciudadano a los caminos municipales, la municipalidad podrá imponer una multa de $11.43 a $ 571.43 según la gravedad del caso, reincidencia y la capacidad económica del infractor, además del costo de la reparación si la Municipalidad lo hiciere. Los desagües que por su naturaleza existan en los caminos municipales, no podrán ser tapados, cerrados, etc. por ningún propietario o arrendatario de los terrenos, quien infrinja esta disposición normada en esta Ley y en otras leyes, y no acate a solicitud de la municipalidad enmendar el daño se hará acreedor a una multa que oscilara entre los $11.43 hasta $571.43 según la capacidad económica del infractor reincidencia o gravedad del daño. Las construcciones realizadas sobre el ancho de los caminos como muros, accesos de vehículos, cercos, corredores, etc. tendrán que demolerse a costa del dueño del inmueble o de quien lo habite, cuando la municipalidad requiera de hacer las mejoras o proyectos, y si el dueño se negare la municipalidad procederá a demoler dichas construcciones a costa del dueño del inmueble afectado y se le impondrá una multa de $11.43 a $571.43 según su capacidad económica.
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Todo lo dispuesto anteriormente se realizara conforme a las leyes y sin perjuicio para el Concejo Municipal, Alcalde o Personal asignado a realizar las acciones mencionadas, por estar éstos en aplicación de la Ley.
De la instalación de rótulos en la vía publica. Para la instalación de anuncios y rótulos en las vías públicas (calles o carreteras), se requiere el respectivo permiso de la Alcaldía Municipal. Quien instalare anuncios o rótulos sin el respectivo permiso se le retirara el anuncio o rotulo y se hará acreedor de una multa de acuerdo a la capacidad económica del infractor y reincidencia que oscilara desde $11.43 hasta $571.43. Todo lo dispuesto anteriormente se realizara conforme a las leyes y sin perjuicio para el Concejo Municipal, Alcalde o personal asignado a realizar las acciones mencionadas por estar estos en cumplimiento de la Ley.
Art. 27.- Quedan derogadas todas las ordenanzas anteriores con sus reformas, de conformidad a la Ley y LA PRESENTE ORDENANZA ENTRA EN VIGENCIA OCHO DIAS DESPUÉS DE SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL.
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de la Ciudad de Jocoro, Departamento de Morazán, a los veinticinco días del mes de Mayo de dos mil siete.
Agr. Arturo Perla Ferrufino Alcalde Municipal.
Lic. Francisco Melvi Fuentes F. Prof. Maynor Milton Somoza R. Sindico Municipal Primer Regidor Propietario
Profa. Alba Lilian Perla de Mendoza Cont. Marco Antonio Segovia S. Segunda Regidora Propietaria Tercer Regidor Propietario
Lic. José Luis López Ortez Prof. Kelvin Eliseo López L. Cuarto Regidor Propietario Primer Regidor Suplente
Sr. Rosali Alcides Parada M. Ing. Joel Monge Figueroa Segundo Regidor Suplente Tercer Regidor Suplente
Prof. José Ramón Escobar A. Noemy E. González de Portillo Cuarto Regidor Suplente Secretaria Municipal
(Registro No. F006140)
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SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
EDICTOS DE EMPLAZAMIENTO
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los suscritos Jueces de la Cámara TERCERA de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de la Corte de Cuentas, EMPLAZAN: por medio de edicto a los herederos del señor DAVID CONRADINO NAVIDAD, quien actuó como Síndico en el período comprendido del uno de junio de dos mil cuatro al treinta de abril de dos mil seis, para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, comparezca a manifestar su defensa en el Juicio de Cuentas, que se sigue contra dicho señor y otros, quien actúo en la MICROREGION SUR, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN, en el período antes referido. Dicho juicio tiene por base el Pliego de Reparos J.C.-III-040-2007, por Responsabilidad Administrativa y Responsabilidad Patrimonial por la cantidad de QUINIENTOS SEIS DOLARES CON OCHO CENTAVOS DE DÓLAR ($506.08).
Librado en la Cámara TERCERA de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República: San Salvador, a las nueve horas del día once de junio de dos mil siete.
Lic. CARLOS ERNESTO ALVAREZ BARAHONA,
Lic. TERESA E. GUZMAN DE CHAVEZ,
JUECES DE CUENTAS DE LA CAMARA
TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA.
Lic. MIRNA SANTOS CARBALLO DE VILLATORO,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 570
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los suscritos Jueces de la Cámara Tercera de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de la Corte de Cuentas, EMPLAZAN a la señora Martha Gladis Argueta Rodríguez, quien actuó como Secretaria Municipal, durante el Período comprendido del uno de mayo de dos mil tres al treinta y uno de agosto de dos mil cinco, para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la Publicación de este Edicto, comparezca a manifestar su defensa, y a retirar la copia del Pliego de Reparos No. JC-III-027-2007, por Responsabilidad Administrativa, base del Juicio de Cuentas que se sigue en esta Cámara en contra de la señora antes relacionada, por su actuación en la Municipalidad de Quelepa, Departamento de San Miguel.
Librado en la Cámara Tercera de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República; San Salvador, a las once horas con cinco minutos del día veintiocho de mayo de dos mil siete.
Lic. CARLOS ERNESTO ALVAREZ BARAHONA,
Lic. TERESA ESPERANZA GUZMAN DE CHAVEZ,
JUECES DE CUENTAS DE LA CAMARA
TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA.
Lic. MIRNA SANTOS CARBALLO DE VILLATORO,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 571
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los suscritos Jueces de la Cámara TERCERA de Primera Ins-tancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de la Corte de Cuentas, EMPLAZAN al Señor: ROGELIO RAMIREZ GIRÓN, quien actuó como Sexto Regidor de la Alcaldía Municipal de Jujutla, Departamento de Ahuachapán, durante el período del dieciocho de junio de dos mil tres al treinta y uno de agosto de dos mil cuatro; para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la Publicación de este Edicto, comparezca a manifestar su defensa, y a retirar la copia del Pliego de Reparos No. JC-III-041-2007, que se sigue en esta Cámara, por su actuación en la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados ANDA.
Librado en la Cámara TERCERA de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República; San Salvador, a las catorce horas y veinte minutos del día veinticinco de abril de dos mil siete.
Lic. CARLOS ERNESTO ALVAREZ BARAHONA,
Lic. TERESA GUZMAN DE CHAVEZ,
JUECES DE CUENTAS DE LA CAMARA
TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA.
Licda. MIRNA SANTOS CARBALLO DE VILLATORO,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 572
53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los suscritos Jueces de la Cámara TERCERA de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de la Corte de Cuentas, EMPLAZAN: por medio de edicto a los herederos del señor: ROBERTO ARGÜELLO, Ex Alcalde Municipal, del uno de mayo de dos mil al treinta de abril de dos mil tres; para que dentro de los cinco días hábiles siguien-tes a la publicación de este edicto, comparezcan a manifestar su defensa en el Juicio de Cuentas, que se sigue en contra del señor ROBERTO ARGÜELLO, y de otros, quienes actuaron en MUNI-CIPIOS Y ENTIDADES DE GOBIERNO RESPONSABLES DE VELAR POR LA PROTECCION Y CONSERVACION DEL RIO SUCIO, en el período comprendido del uno de enero de dos mil dos al treinta y uno de julio de dos mil tres. Dicho juicio tiene por base el Pliego de Reparos N° JC-III-021-2006, por Responsabilidad Administrativa.
Librado en la Cámara TERCERA de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República: San Salvador, a las ocho horas diez minutos del día ocho de junio de dos mil siete.
Lic. CARLOS ERNESTO ALVAREZ BARAHONA,
Lic. TERESA E. GUZMAN DE CHAVEZ,
JUECES DE CUENTAS DE LA CAMARA
TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA.
Lic. MIRNA SANTOS CARBALLO DE VILLATORO,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 573
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIA
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-
TO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribu-
nal a las once horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada que a su defunción dejó la causante señora SANDRA
ELIZABETH ZAVALETA RUIZ, ocurrida el día tres de octubre
del año dos mil cuatro, en el Hospital Médico Quirúrgico, de la
Ciudad de San Salvador, siendo la población de San Pedro Perulapán,
jurisdicción de este Departamento su último domicilio, a la señora
INES ZAVALETA LOPEZ, conocida por INES ZAVALETA por
INES ZABALETA y por INES ZABALETA LOPEZ, en su calidad
de hija de la referida causante.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que
en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su
derecho.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once
horas y diez minutos del día quince de noviembre del año dos mil
seis.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.-
Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 564-2
DE TERCERA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIA
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día veinte de abril de este año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora GUILLERMINA RENDEROS RODRIGUEZ, en calidad de madre del causante, y como cesionaria del derecho hereditario que correspondían al señor ANGEL OLMEDO, padre del causante, patrocinada por la Abogado MARIA TERESA MURCIA BONILLA, conocida por MARIA TERESA MURCIA DE POSADA, en calidad de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República de la herencia INTESTADA que a su defunción dejó el causante HENRY NICOLAS OLMEDO RENDEROS, quien fue de die-cinueve años de edad, estudiante, soltero, originario del domicilio de Soyapango, hijo de GUILLERMINA RENDEROS RODRIGUEZ y ANGEL OLMEDO, de nacionalidad salvadoreña falleció el día veinticuatro de septiembre de dos mil cinco.
Confiérese a la aceptante la representación y administración INTERINA de la herencia con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos dentro del término de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas treinta minutos del día veinte de abril de dos mil siete.- Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 555-3
54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIAS DE HERENCIAS
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado
a las diez horas con veinte minutos del día veinticuatro de mayo
del corriente año, se declaró heredera definitiva y con beneficio
de inventario, la herencia intestada que al fallecer dejó la causante
señora ANA ISABEL GÓMEZ GARAY, fallecida a las diez horas
con treinta minutos del día veinticuatro de agosto del año dos mil
seis, en el Barrio Concepción de la ciudad de San Jorge, de este
distrito, departamento de San Miguel, siendo aquella ciudad su
último domicilio; a la señora Doris Florentina Méndez Gómez,
conocida por Doris Florentina Gómez de Ramos, en su concepto de
hija y además cesionaria del derecho hereditario que en la sucesión
le correspondía a María Dolores Méndez Gómez, ésta hija de la
causante. Confiérese a la heredera declarada la administración y
representación definitiva de la sucesión de que se trata. Publíquese
el edicto de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales.
LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca,
a las diez horas con treinta minutos del día veinticuatro de mayo
de dos mil siete.- Lic. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE
LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALÍA DE
JESÚS PACHECO, SECRETARIA.
1 v. No. C009817
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZÁN.
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las
nueve horas de este día, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA
y con beneficio de inventario a la señora MARIA MERCEDES
VIGIL FLORES conocida por MARIA MERCEDES VIGIL, de
cincuenta y un años de edad, de oficios domésticos, del domicilio
de Tecoluca, departamento de San Vicente, de la herencia que en
forma intestada dejó el señor ASCENSION VIGIL, quien fue de
setenta y dos años de edad, agricultor en pequeño, originario de
Chilanga, de nacionalidad salvadoreña, hijo de Quirino Vigil y de
Benita Amaya, quien falleció a las diecisiete horas del día catorce
de abril de mil novecientos ochenta y dos, siendo esta ciudad de
San Francisco Gotera, su último domicilio, en concepto de hija
del referido causante. Se ha conferido a la referida aceptante en la
calidad expresada la administración y representación DEFINITIVA
de dicha sucesión con las facultades y restricciones de ley.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,
a las nueve horas y treinta minutos del día veinticinco de mayo de
dos mil siete.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA
1º DE 1ª INSTANCIA.- Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO
DE ZÚNIGA, SECRETARIA.
1 v. No. C009821
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZÁN.
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a
las quince horas de este día, se han declarado HEREDEROS DE-
FINITIVOS, y con beneficio de inventario a los señores ORALIA
DEL CARMEN POSADA, de sesenta y cinco años de edad, de
oficios domésticos, del domicilio de Guatajiagua, Departamento
de Morazán, con Documento Único de Identidad número cero dos
millones ciento cuarenta y siete mil ciento sesenta y seis guión
cuatro; ELBA SONIA POSADA conocida por ALBA SONIA PO-
SADA, BRUNILDA ESTELA POSADA, conocida por ESTELA
POSADA, de cincuenta y dos años de edad, ambas empleadas, y
con residencia y domicilio actualmente en la ciudad de Los Ángeles,
Estados Unidos de América, quienes se identifican por medio de sus
pasaportes norteamericanos números al orden nominados: Cero tres
ocho siete uno tres cinco cero cuatro; y dos cero dos nueve ocho
seis siete ocho dos; MERCEDES POSADA DE VELIZ, de sesenta
y un años de edad, casada, ama de casa, originaria de Guatajiagua
y residente en Avenida y Calle Arce, Barrio Arriba, de la ciudad
de Guatajiagua, Departamento de Morazán, con Documento Único
de Identidad número cero tres millones ciento cuarenta y seis mil
cuatrocientos ochenta y cinco guión cinco; y LISANDRO ANTONIO
POSADA, de cuarenta y seis años de edad, sastre, del domicilio
de Guatajiagua, Departamento de Morazán, con Documento Único
de Identidad número cero dos millones quinientos setenta y cuatro
55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
mil trescientos veintiuno guión siete, de la herencia que en forma
intestada dejó el señor JOSÉ ENCARNACIÓN POSADA conocido
por ENCARNACIÓN POSADA, quien fue agricultor, y del domicilio
de Guatajiagua, de edad ignorada, salvadoreño, del domicilio del
Barrio Santo Domingo de la ciudad de Guatajiagua, Departamento
de Morazán, hijo de los señores Rosendo Posada y Rosa Rivas,
quien falleció a las veintiuna horas del día nueve de febrero de
mil novecientos ochenta y uno, en el Barrio Santo Domingo de la
ciudad de Guatajiagua, Departamento de Morazán, siendo éste su
último domicilio, en concepto las primeras como hijas del causante
y el último por Derecho de Transmisión que le correspondía a la
señora MARINA POSADA CARRANZA, conocida por MARINA
POSADA, hija del referido causante y madre de este último. Se
han conferido a los referidos aceptantes en la calidad expresada, la
administración y representación DEFINITIVA de dicha sucesión
con las facultades y restricciones de ley.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gote-
ra, a las quince horas con veinte minutos del día veinticuatro de
mayo de dos mil siete.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO,
JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. YESENIA
ROSIBEL VILLATORO DE ZÚNIGA, SECRETARIA.
1 v. No. C009820
LIC. ANA JANCY ELIZABETH GARCÍA HERNÁNDEZ, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución emitida por este Juzgado, a las
doce horas con treinta minutos del día seis de junio del presente
año, se ha declarado definitivamente heredera abintestato y con
beneficio de inventario de la sucesión que a su defunción dejó el
señor JOSÉ MARIA MENJIVAR SERRANO, quien falleció a las
tres horas y cuarenta y cinco minutos del día cuatro de febrero del
dos mil cinco, en el Hospital Médico Quirúrgico de San Salvador,
siendo esta ciudad su último domicilio; a la señora MARIA DEL
CARMEN MEJIA VIUDA DE MENJIVAR, en su concepto de
Cónyuge sobreviviente del causante.
Se confiere a la heredera declarada la administración y represen-
tación definitiva de la sucesión, en la calidad antes expresada.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango,
a las doce horas y cuarenta y cinco minutos del día seis de junio
del dos mil siete.- Lic. ANA JANCY ELIZABETH GARCÍA
HERNÁNDEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. DANIEL
ERNESTO LÓPEZ DURAN, SECRETARIO.
1 v. No. C009830
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA; AL PUBLICO,
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Tribunal a
las diez horas y treinta minutos de este día, se ha declarado here-
dera definitiva con beneficio de inventario a la señora RICARDA
ESPINOZA DE GARCÍA o RICARDA ESPINOZA, de la sucesión
intestada que a su defunción dejó la causante FERMINA ESPINOZA,
quien a su deceso fue de sesenta años de edad, de oficios domés-
ticos, fallecida a las ocho horas del día treinta y uno de julio de
mil novecientos cincuenta y siete en la Villa de Candelaria de la
Frontera, jurisdicción de este Departamento, habiendo sido éste
el lugar de su último domicilio.
La señora heredera declarada, es hija de la referida causante,
y en ese carácter se le confiere la administración y representación
definitiva de la sucesión.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL:
Santa Ana, a las diez horas y cuarenta minutos del día veintidós
de mayo de dos mil siete.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE
CHÁVEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F006098
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las
nueve horas veintisiete minutos del día diez de abril de dos mil siete.-
Se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO,
con beneficio de inventario, a la señora ALICIA DEL CARMEN
GUZMÁN DE GENOVEZ, en su calidad de cónyuge del causante
HORACIO AURELIO GENOVEZ, quien fue de setenta años de
edad, carpintero, casado, fallecido a las once del día veintiocho de
agosto de dos mil cuatro, en la Unidad de Emergencia del Hospital
Rosales de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de
Chalchuapa; a quien se le ha conferido la administración y repre-
sentación DEFINITIVA de la Sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las doce
horas cuarenta minutos del día doce de abril de dos mil siete.- Lic.
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.-
Lic. HENRY OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F006127
56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las nueve
horas del día veintiséis de abril del corriente año, ha sido declarada
heredera abintestato con beneficio de inventario de la herencia
dejada por la señora EULALIA TERESA DELEON TESORERO,
quien fue conocida por Eulalia Teresa Tesorero, fallecida el día
nueve de Junio del año dos mil seis, en la ciudad de San Salvador,
siendo la población de Sonzacate, el lugar de su último domicilio,
a la señorita YEMINA MESEYDY SANTOS DELEON, conocida
por Yemina Meseydy Deleón Santos, en concepto de hija de la
causante.
Y se ha conferido a la heredera declarada la administración
y representación definitivas de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas cin-
cuenta minutos del día nueve de mayo del dos mil siete. Dr. MARIO
MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL
CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
1 v. No. F006139
JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFEC-
TOS DE LEY,
AVISA: Que por la resolución de las quince horas y veinte
minutos del día veinticuatro de mayo del presente año, se decla-
ró HEREDERA DEFINITIVA y con beneficio de inventario de
la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción
dejó el causante JOSÉ FIDENCIO OLIVA conocido por JOSÉ
FIDENCIO OLIVA OLIVA, quien falleció en la Colonia Santa
Rita, Pasaje número treinta y tres, frente a casa número ciento uno,
Ayutuxtepeque, a las cuatro horas y cero minutos del día veintio-
cho de marzo de dos mil dos, siendo su último domicilio de esta
Ciudad; a la señora MARGOTH AMADA RODRIGUEZ VIUDA
DE OLIVA en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante
y como cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondía
al señor DOUGLAS ALEXANDER OLIVA RODRIGUEZ en su
concepto de hijo del de Cujus.
Confiriéndosele además a la heredera declarada en el carác-
ter antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION
DEFINITIVAS de la Sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince
horas y treinta y siete minutos del día veinticuatro de mayo de
dos mil siete. Lic. JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ
DE LO CIVIL. Lic. LILIAN ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE,
SECRETARIA.
1 v. No. F006148
JOSE MAURICIO TORRES MARCIANO, Notario, del domicilio
de esta ciudad, con Oficina ubicada en Séptima Avenida Norte,
Final de Cuarta Calle Oriente Número Trece-B, de la ciudad de
Chalchuapa, al PUBLICO para los efectos legales,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas
del día ocho de junio del año dos mil siete, se ha DECLARADO a
la señora MARGARITA DEL CARMEN JUAREZ PINEDA, de cin-
cuenta y dos años de edad, Comerciante, del domicilio de Sonsonate,
Representada por su Apoderado General Judicial, Licenciado RENE
MAURICIO CORLETO VALENCIA, HEREDERA DEFINITIVA
AB INTESTATO, CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de los
bienes que a su defunción dejara el Señor GERMAN ANTONIO
MARIN , quien fuera de cincuenta y siete años de edad, Comerciante,
originario de Santa Isabel Ishuatán, Departamento de Sonsonate, de
nacionalidad salvadoreña siendo su último domicilio en el país la
ciudad de Sonsonate; y quien falleció el día veintidós de octubre del
año dos mil seis, en el Cantón El Corozal, Jurisdicción de la Villa
de Santa Isabel Ishuatán, Departamento de Sonsonate. En concepto
de Cesionaria de los derechos que por Ley les corresponde, a los
Señores JOSE RODRIGO JUAREZ MARIN, REINA MARIBEL
JUAREZ MARIN, JOSE DANILO MARIN JUAREZ y MARIA
ELENA JUAREZ MARIN, en sus caracteres de hijos, del causante
Señor GERMAN ANTONIO MARIN; habiéndole concedido, en
ese carácter la Representación y Administración Definitivas de la
referida sucesión.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Chalchuapa, el día trece de junio del
año dos mil siete.
JOSE MAURICIO TORRES MARCIANO,
NOTARIO.
1 v. No. F006152
57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley,
AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día,
se ha declarado Heredera Definitiva y con Beneficio de Inventario
a la señora VIRGINA CALLES DE GUARDADO, conocida por
VIRGINIA CALLES, en su calidad de cónyuge sobreviviente y
cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los
señores Elías Mario Guardado y Rubia Consuelo Guardado Calles,
en calidad de hijos del causante, en la herencia intestada que dejó
al fallecer el señor TOBIAS GUARDADO el día quince de enero
de mil novecientos noventa y ocho, en el Barrio La Merced de
esta ciudad, siendo éste su último domicilio. Confiriéndosele a la
heredera declarada la administración y representación definitiva
de dicha sucesión con las facultades de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
trece días del mes de Junio del año dos mil siete. Lic. JOSE AN-
TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL
SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F006157
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-
TO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las
doce horas y treinta minutos de este día, se ha declarado heredera
definitiva con beneficio de inventario en la herencia intestada que
a su defunción dejó la causante BONIFACIA ARAGON, conocida
por MARIA ARAGON MARTINEZ, ocurrida el día veinte de fe-
brero del año dos mil dos, en el Barrio El Calvario de esta Ciudad,
siendo éste su último domicilio, a la señora GLADIS DEL CAR-
MEN ARAGON DE ECHEVERRIA, o GLADIS DEL CARMEN
ARAGON, en calidad de hija de dicha causante y además como
cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la
señora JOSEFA ELIZABETH URIAS DE RIVAS, ésta en su calidad
de hija también de la referida causante. Habiéndose conferido a
los aceptantes la administración y representación definitiva de la
sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las catorce
horas y treinta minutos del día cinco de Junio del año dos mil siete.
Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE
ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
1 v. No. F006159
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cua-
renta minutos del día de hoy, se ha declarado heredera abintestato
con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó
el señor Oscar Gilberto de Jesús Cárcamo u Oscar Gilberto Cár-
camo, quien fue de cuarenta y un años de edad, agricultor, casado,
salvadoreño, fallecido el día seis de Diciembre de mil novecientos
cincuenta y ocho en Tepetitán, departamento de San Vicente en este
Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, a la señora Tránsito
Elena Cárcamo de Reyes, en concepto de hija del causante y además
como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondía
a los señores Saúl Edmundo Cárcamo Jiménez y Gloria Concep-
ción del Socorro Cárcamo Jiménez hoy de Suárez, éstos también
en concepto de hijos del mismo causante. Y se ha conferido a la
heredera declarada la administración y representación definitivas
de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los once
días del mes de Junio del dos mil siete. Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ
DE SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F006160
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte
minutos de este día, se ha declarado al señor SANTOS SILBANO
BARAHONA ALVARADO o SANTOS SILVANO BARAHONA
ALVARADO, de cincuenta y un años de edad, Agricultor en Peque-
ño, del domicilio de Apastepeque de este Departamento, portador
de su Tarjeta de Identificación Tributaria número uno cero cero
uno guión cero siete uno uno cinco cinco guión cero cero uno
guión seis, heredero abintestato con beneficio de inventario de los
bienes que a su defunción dejó el señor FELIPE ROJAS, quien fue
de ochenta y cuatro años de edad, soltero, jornalero, salvadoreño,
originario y del domicilio de San Ildefonso, Departamento de San
Vicente, habiendo fallecido a las once horas treinta minutos del día
veintiséis de septiembre de mil novecientos noventa y ocho, en el
Cantón Guachipilín, jurisdicción de San Ildefonso de este Depar-
tamento, lugar de su último domicilio, en concepto de cesionario
del derecho hereditario que le correspondía al señor Eligio Lazo
Rojas, éste en concepto de hermano del causante, y se ha conferido
al heredero declarado la administración y representación definitivas
de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los trece
días del mes de junio del año dos mil siete. Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F006163
58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,
AVISA: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos
del día cuatro de junio de dos mil siete, se han declarado herederas
definitivas con beneficio de inventario de la herencia testamentaria
que a su defunción dejó el señor SALOMON CERRITOS OSORIO,
quien falleció a las diecinueve horas y treinta minutos del día catorce
de junio de mil novecientos noventa y seis, en el Barrio La Cruz de
esta ciudad, siendo esta ciudad lugar de su último domicilio, de a las
señoras PAULA CERRITOS DE GRANILLO conocida por PAULA
CERRITOS ZELAYA y JACINTA CERRITOS DE ALVAREZ
conocida por JACINTA CERRITOS ZELAYA, como herederas
testamentarias del causante; y se ha conferido a las aceptantes en
el carácter indicado, la administración y representación definitiva
de la sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San
Miguel, a las nueve horas y cuarenta minutos del día cuatro de junio
de dos mil siete. Dr. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIME-
RO DE LO CIVIL. Lic. JOSE ERNESTO ROMERO FUENTES,
SECRETARIO.
1 v. No. F006164
ISAAC ERNESTO SAYES GONZALEZ, Notario, de este domici-
lio, con oficina ubicada en Treinta y Tres Avenida Norte, número
doscientos treinta y nueve, Colonia Flor Blanca, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del
día veinticinco de mayo del dos mil siete, han sido declarados
herederos definitivos los señores TERESA DE JESUS RIVAS
VIUDA DE ALAS, conocida por MARIA TERESA DE JESUS
RIVAS VIUDA DE ALAS, de setenta y nueve años de edad, Ama
de Casa; NOEL FRANCISCO ALAS RIVAS, de cuarenta y ocho
años de edad, Profesor; ambos del domicilio de Mejicanos; MIRNA
ANGELA ALAS RIVAS, conocida por MIRNA ANGELA ALAS
RIVAS DE MIRANDA, y por MIRNA ALAS DE MIRANDA, de
cincuenta y seis años de edad, Economista, de este domicilio; JOSE
BERTY ALAS RIVAS, de cincuenta y un años de edad, Empleado,
del domicilio de Nueva San Salvador; y HERBERT GIOVANNI
ALAS RIVAS, de cuarenta y un años de edad, Licenciado en
Administración de Empresas, del domicilio de San Marcos, de
este departamento; de la Herencia Intestada del señor BERTY
SALVADOR ALAS, conocido por BERTI SALVADOR ALAS
HUEZO, y BERTY SALVADOR ALAS HUEZO, fallecido a las
siete horas treinta minutos del día veintiuno de abril del año dos
mil uno, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, y del
último domicilio de Mejicanos, en calidad la primera de cónyuge,
y los últimos en calidad de hijos del causante, por lo que se les ha
conferido a dichos aceptantes la administración y representación
definitiva de la sucesión.
Para los efectos de ley se publica lo anterior.
Librado en esta oficina: San Salvador, seis de junio del dos
mil siete.
Lic. ISAAC ERNESTO SAYES GONZALEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F006166
Doctora ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil del Distrito
Judicial de San Vicente, al público para los efectos de ley.
AVISA: Que por resolución de este día, se ha declarado
herederos abintestato con beneficio de inventario de la herencia
intestada que a su defunción dejó el señor JAIME IRLEMAN
PEREZ, también conocido por JAIME IRLEMAN PEREZ RAMOS,
de veintitrés años de edad, e hijo de los señores Florencio Pérez,
también conocido por Florentino Pérez Molina y Jesús Ramos de
Pérez, fallecido accidentalmente en trayecto al Hospital Militar
de la ciudad de San Salvador, a las veintidós horas cincuenta y
cinco minutos del día nueve de Septiembre de mil novecientos
noventa, siendo la ciudad de San Vicente, el lugar de su último
domicilio, a los señores FLORENCIO PEREZ, también conocido
por FLORENTINO PEREZ MOLINA y JESUS RAMOS DE PEREZ,
ambos en su concepto de padres del causante; y se les ha conferido
a los herederos declarados señores FLORENCIO PEREZ, también
conocido por FLORENTINO PEREZ MOLINA y JESUS RAMOS
DE PEREZ, la administración y representación definitivas de la
sucesión.
59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas cuarenta
minutos del día once de Junio del año dos mil siete. Doctora ANA
FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F006174
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas vein-
te minutos de este día, se ha declarado a la señora JERONIMA
VILLEGAS DE AGUIRRE, de cincuenta y nueve años de edad,
doméstica, de este domicilio, portadora de su Tarjeta de Identifi-
cación Tributaria número mil diez guión ciento diez mil quinientos
cuarenta y siete guión ciento uno guión seis, Heredera Testamentaria
con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el
señor MARTIN DE JESUS AGUIRRE, quien fue de sesenta y tres
años de edad, jornalero, casado, originario y del domicilio de esta
ciudad de San Vicente, Departamento de San Vicente, habiendo
fallecido en el Barrio San Francisco de esta ciudad, el día once
de abril del año dos mil seis, siendo esta ciudad de San Vicente,
Departamento de San Vicente, el lugar de su último domicilio, en
concepto de Heredera Testamentaria del causante, y se ha confe-
rido a la heredera declarada la administración y representación
definitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los once
días del mes de junio del año dos mil siete. Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F006175
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con
cinco minutos del día de hoy, se ha declarado heredero abintestato
con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó
el señor OSCAR ANTONIO MARQUEZ, quien fue de treinta y
cinco años de edad, jornalero, soltero, salvadoreño, fallecido el
día ocho de septiembre de mil novecientos noventa y nueve, en la
ciudad de Tecoluca, lugar de su último domicilio, al señor JUAN
FRANCISCO MARQUEZ, en concepto de hermano del causante.
Y se le ha conferido al heredero declarado la administración y
representación definitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinti-
cuatro días del mes de abril del dos mil siete. Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. TATIANA ARMIDA MEJIA
DE MUÑOZ, SECRETARIO INTERINO.
1 v. No. F006176
ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA.
HACE SABER: Que a las ocho horas con siete minutos de
este día, se pronunció resolución por medio de la cual se declaró
heredera definitiva abintestato y con beneficio de inventario a la
señora LUCIA DE JESUS ROSA FLORES DE VILLALOBOS o
LUCIA DE JESUS ROSA, de los bienes dejados por el causante
GREGORIO ROSA conocido por GREGORIO ROSA CHICHIQUE,
quien falleció a las ocho horas con treinta minutos del día trece de
julio del año mil novecientos ochenta y nueve, en la Villa de Saca-
coyo, Departamento de La Libertad, lugar de su último domicilio,
en su concepto de hija sobreviviente del referido causante.
SE LE HA CONFERIDO A LA HEREDERA DECLARADA
EN EL CONCEPTO ANTES INDICADO, LA ADMINISTRACION
Y REPRESENTACION DEFINITIVAS DE LA SUCESION.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de
Armenia, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil siete.
Lic. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RAFAEL ANTONIO
CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
1 v. No. F006203
60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375CESAR ISAAC CANALES FUENTES, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Avenida La Capilla, #353, Colonia San Benito, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas y treinta minutos del día veinte de septiembre del año dos mil cinco, se ha declarado al señor MAX ERNESTO AGUILAR RIVAS, heredero definitivo con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en esta ciudad el día diecinueve de octubre de dos mil cuatro, dejara el señor ANTONIO AGUILAR ZAVALETA en su calidad de heredero testamentario del causante, en consecuencia se le confiere la Ad-ministración y Representación Definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, el día once de junio del año dos mil siete.
Lic. CESAR ISAAC CANALES FUENTES,
NOTARIO.
1 v. No. F006216
LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
AVISA: que por resolución emitida por este Juzgado, a las once horas y treinta y cinco minutos del día ocho de este mes, se han declarado definitivamente herederos abintestatos y con beneficio de inventario de la sucesión que a su defunción dejó la señora MARIA VICTORIA CRUZ SERRANO, quien falleció a las diecinueve horas con treinta minutos del día treinta de marzo del año dos mil cuatro, en el Barrio La Vega, de la población de San Antonio Los Ranchos, municipio de este Departamento, sien-do dicha población, su último domicilio; de parte de los señores JOSE FERNANDO, MARIA ROSA y OSCAR, todos de apellidos SERRANO CRUZ, en sus conceptos de hijos sobrevivientes de la causante y como cesionarios de los derechos hereditarios que en la misma sucesión le correspondían a los señores SUYAPA SERRANO CRUZ, MARTHA SERRANO VIUDA DE MIRANDA y ARNULFO SERRANO CRUZ, en sus conceptos de hijos sobrevivientes de la citada causante.
Se confiére a los herederos declarados la administración y representación definitiva de la sucesión, en la calidad antes ex-presada.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las doce horas y treinta minutos del día ocho de mayo del dos mil siete. Lic. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. DANIEL ERNESTO LOPEZ DURAN, SECRETARIO.
1 v. No. F006220
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: al público para efectos de ley, que por resolución dictada a las once horas con ocho minutos del día treinta de mayo del año dos mil siete, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS con beneficio de inventario en la herencia TESTAMENTARIA, que a su defunción ocurrida en Granada Hills, California, de los Estados Unidos de Norte América, su último domicilio, el día nueve de abril de mil novecientos noventa y ocho, dejó la señora CRUZ DE LAS MERCEDES VEGA, conocida por MERCEDES MARROQUIN y por MERCEDES MARROQUIN CALVO, a
DOLORES CANDELARIA HUEZO DE SANCHEZ conocida por DOLORES CANDELARIA MARROQUIN HUEZO DE SANCHEZ y por DOLORES HUEZO MARROQUIN DE SANCHEZ, TERE-SA MARINA MARROQUIN conocida por MARINA TERESA MARROQUIN, FRANCISCO MARROQUIN conocido por FRANCISCO HERNAN MARROQUIN RODAS y por FRAN-CISCO HERNAN MARROQUIN y ANA MERCEDES SIBRIAN conocida por ANA MERCEDES MARROQUIN DE SIBRIAN en concepto de herederos testamentarios de la causante, se ha confe-rido a los herederos declarados la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas con tres minutos del día seis de junio de dos mil siete. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRE-TARIO.
1 v. No. F006223
KARMINA XOCHILT SALGUERO HERNANDEZ, Notario del domicilio de San Salvador, miembro de Noble y Asociados, ubicados en Centro de Oficinas Colonial No. 214, Av. La Sultana, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, para los efectos de ley, AL PUBLICO.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas del día catorce de junio de dos mil siete, se ha declarado a la señora REYES ISABEL ROMERO VIUDA DE MUÑOZ, en su carácter de Cónyuge sobreviviente del causante, HEREDERA DEFINITI-VA CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su defunción dejó el señor JOAQUIN ANGEL MUÑOZ, en la ciudad de Usulután, su último domicilio, tras su fallecimiento el día die-ciséis de septiembre de dos mil cinco, habiéndosele concedido la administración y representación definitivas de dicha sucesión.
San Salvador, quince de junio de dos mil siete.
KARMINA XOCHILT SALGUERO HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F006227
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del día nueve de mayo del dos mil siete se han declarado herederos abintestato con beneficio de inventario a los señores WILLIAM ALONSO, OSCAR ANTONIO, y ANA PATRICIA todos de apellidos HERRERA ACOSTA, en concepto de HIJOS de la causante SANTOS AN-SELMA ACOSTA VIUDA DE HERRERA o SANTOS ANSEL-MA ACOSTA PEREZ, quien fue de cuarenta y seis años de edad, oficios domésticos, fallecida el día tres de noviembre del dos mil seis, siendo Metapán, su último domicilio. En consecuencia se les ha conferido a los herederos declarados la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con treinta y cinco minutos del día quince de mayo del dos mil siete. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SE-CRETARIO.
1 v. No. F006229
61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas cincuenta
y seis minutos del día veintinueve de marzo del año dos mil siete;
se ha declarado heredero definitivo ab-intestato con beneficio de
inventario al señor FEDERICO GARCIA NUÑEZ, en su calidad
de hijo del causante señor SAMUEL GARCIA HERNANDEZ o
SAMUEL GARCIA; además en su calidad de cesionario de los
derechos hereditarios que en la sucesión les correspondía a los
señores ANDRES GARCIA NUÑEZ, RIGOBERTO GARCIA
NUÑEZ, MARIA IRENE GARCIA DE RIVERA, conocida por
MARIA IRENE GARCIA NUÑEZ, y MARINA ESTELA GARCIA
NUÑEZ, todos en su carácter de hijos del mismo causante quien
falleció a las seis horas del día veintiséis de enero de mil nove-
cientos noventa y nueve, en el Barrio San Juan de Dios, Colonia
Guadalupe, de la ciudad de Ahuachapán, su último domicilio; y se
ha conferido definitivamente al heredero declarado la administración
y representación de la sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines
de Ley.
Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las ocho horas treinta
y dos minutos del día veinticinco de abril del dos mil siete. Dr.
JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE
GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.
1 v. No. F006233
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIU-
DAD DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA
LOS EFECTOS DE LEY;
AVISA: Que por resolución pronunciada por este Tribunal, a
las doce horas diez minutos del día veintiuno de junio del año dos
mil siete, se han declarado herederos definitivos con beneficio de
inventario de la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en
esta ciudad su último domicilio, el día seis de noviembre de dos
mil cuatro, dejó el causante señor RIGOBERTO CRUZ MONGE, a
los señores MARIA BERSABE MONGE DE CRUZ, conocida por
BERSABE MONGE y por BERSABE MONGE DE CRUZ, MARIA
DEL CARMEN LOPEZ DE CRUZ, JOSUE RIGOBERTO CRUZ
LOPEZ y ABRAHAM RIGOBERTO CRUZ LOPEZ, en concepto
de madre, cónyuge e hijos del causante, respectivamente.- Se
les ha conferido a los herederos declarados la Administración y
Representación definitiva de la sucesión.-
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil, San Salvador, a las
doce horas del día cinco de junio del año dos mil siete.- MARIO
AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda.
CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.
1 v. No. F006242
JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFEC-
TOS DE LEY,
AVISA: Que por la resolución de las once horas y cincuenta
y nueve minutos del día veintinueve de mayo del presente año,
se declaró DEFINITIVAMENTE heredero y con beneficio de
inventario de la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su
defunción dejó la causante SOFIA CALDERON, quien falleció en
el Hospital Nacional de Zacamil, de esta Ciudad, a las once horas y
treinta minutos del día diecisiete de octubre de dos mil dos, siendo
su último domicilio esta Ciudad; al señor JORGE ALEJANDRO
CALDERON, en su concepto de hijo de la Causante.
Confiriósele además al heredero declarado en el carácter
antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION
DEFINITIVAS de la Sucesión.
62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce
horas y quince minutos del día veintinueve de mayo de dos mil
siete.- Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO
CIVIL.- Licda. LILIAN ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE,
SECRETARIA.
1 v. No. F006250
ROSALIO TÓCHEZ ZAVALETA, Notario, de este domicilio y
del de Santa Tecla, con Despacho Notarial ubicado en Noventa y
Nueve Avenida Norte y Paseo General Escalón, Edificio Villavi-
cencio Plaza, local dos-dieciséis, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario,
proveída a las trece horas del día cuatro de Junio de dos mil siete, se
ha declarado a los señores NOEMI GRISELDA MELARA GARCÍA
y GUALBERTO MELARA GARCÍA, herederos definitivos con
beneficio de inventario de los bienes que a su defunción en la ciudad
de Cuscatancingo, su último domicilio, el día nueve de diciembre
de dos mil cinco, dejara el señor MARIANO MELARA ORTIZ,
en sus conceptos de hijos sobrevivientes del causante y la primera
también en calidad de Cesionaria de la señora Estebana García de
Melara, esposa sobreviviente del causante, habiéndoseles conce-
dido la representación y administración definitiva de la referida
sucesión.
Por lo que avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los quince días del
mes de Junio de dos mil siete.
ROSALIO TOCHEZ ZAVALETA,
NOTARIO.
1 v. No. F006267
CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
AVISA: Que por resolución proveída en este Tribunal a las
ocho horas y dieciséis minutos del día dieciséis de mayo de dos
mil siete, en las presentes diligencias de aceptación de herencia
intestada del causante JUAN OSCAR ARAUJO, promovidas por la
abogada ISABEL DE GUADALUPE URRUTIA ALMENDARES,
en su calidad de apoderada de los señores ERLINDA ISABEL
MAYORA ALMENDARES, conocida por ERLINDA ISABEL
MAYORA ALMENDAREZ, por ERLINDA ISABEL MAYORA,
y por ERLINDA ISABEL MAYORA AHORA DE ARAUJO, MA-
RINA ISABEL ARAUJO MAYORA y JARED IVAN ARAUJO
MAYORA, la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente del
causante, y los demás como hijos del causante; se ha declarado
heredera ABINTESTATO y con beneficio de inventario de la he-
rencia intestada que a su defunción dejó el señor JUAN OSCAR
ARAUJO, quien fue de setenta y dos años de edad, motorista,
casado, de nacionalidad salvadoreña, originario de San Salvador,
hijo de Elena Araujo o María Elena Araujo Rodríguez, quien fa-
lleció el día veintinueve de marzo de dos mil cinco; a los señores
ERLINDA ISABEL MAYORA ALMENDARES, conocida por
ERLINDA ISABEL MAYORA ALMENDAREZ, por ERLINDA
ISABEL MAYORA, y por ERLINDA ISABEL MAYORA AHORA
DE ARAUJO, MARINA ISABEL ARAUJO MAYORA y JARED
IVAN ARAUJO MAYORA, la primera en su calidad de cónyuge
sobreviviente del causante, y los demás como hijos del causante.
Se ha conferido a la heredera declarada la representación y
administración DEFINITIVA de la herencia intestada.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince
horas y veintisiete minutos del día dieciséis de mayo de dos mil
siete.- Dr. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE
LO CIVIL INTERINO.- Licda. MARIA ESTELA SORIANO
NAVARRETE, SECRETARIA.
1 v. No. F006272
63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
ACEPTACIÓN DE HERENCIAS
JUAN JOSÉ VILLALOBOS APARICIO, Notario, del domicilio
de San Miguel, con Oficina ubicada sobre la 10a. Calle Poniente,
número 314, Barrio San Francisco, de la ciudad de San Miguel,
al público
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario
proveída a las nueve horas del día treinta y uno de mayo del año
dos mil siete, se ha declarado Heredero interino con Beneficio de
Inventario de la herencia intestada del causante DANIEL ORTIZ
BAUTISTA, conocido por DANIEL ORTIZ, quien falleció a las
dieciséis horas con quince minutos, del día tres de julio del año
dos mil seis, en el Barrio El Calvario de la ciudad de San Alejo,
Departamento de La Unión, siendo éste su último domicilio; al señor
JOSÉ ADÁN GUEVARA MORALES, en calidad de cesionario,
de los señores MARIA DEL ROSARIO ORTIZ SAGASTIZADO,
HÉCTOR ANTONIO ORTIZ SAGASTIZADO, MARIA SAN-
TOS ORTIZ DE GUEVARA, ROSA MARGARITA ORTIZ DE
MARTÍNEZ, y JUANA ORTIZ SAGASTIZADO, todos ellos hijos
del causante; a quien se le confiere interinamente la administración
y representación de la sucesión con las facultades y restricciones
de ley.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Miguel, a los trece días del
mes de junio del año dos mil siete.
JUAN JOSÉ VILLALOBOS APARICIO,
NOTARIO.
1 v. No. C009803
MAURICIO REBOLLO CONTRERAS, Notario del domicilio de
San Salvador, con oficina en Condominio Viena, Pasaje Viena, No.
7, esquina 1a. Avenida Norte y 19a. Calle Poniente, San Salvador,
Tel-Fax. 2226-4292, AL PÚBLICO
AVISO: En las DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE HE-
RENCIA INTESTADA del señor RAÚL PORFIRIO SALVADOR
AVALOS, de setenta y siete años, Empresario, del domicilio de
San Salvador, salvadoreño, falleció el 18 de febrero de 2005; en
su último domicilio la ciudad de Apopa, Departamento de San
Salvador; y por resolución de las diecisiete horas del 8 de junio de
2007, ha sido ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO
DE INVENTARIO por los señores Raul Francisco Salvador Cea,
María Celina Cea o María Celina Salvador Cea, Alba Patricia Cea
o Alba Patricia Cea de Abarca ahora Alba Patricia Salvador Cea,
María Guadalupe Salvador, ahora de Mayorga y Yolanda Meléndez,
del primero a la cuarta en calidad de hijos del causante y la señora
Meléndez como conviviente y le he conferido la administración
y representación interinas de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
El Notario CITO a quienes tengan igual o mejor derecho en la
sucesión, a deducirlo legalmente ante el Notario dentro de quince
días siguientes al de la tercera publicación de este edicto.
Librado en San Salvador, a los doce días de junio del año
dos mil siete.
MAURICIO REBOLLO CONTRERAS,
NOTARIO.
1 v. No. C009831
MARDOQUEO CARRANZA MONTERROSA, Notario de este
domicilio, con Oficina situada en Quince Calle Poniente, Edificio
Santa Fe, Local Veintidós, Segundo Nivel, Centro de Gobierno,
San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario,
proveída a las nueve horas con quince minutos del día siete de
junio de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario, la herencia testada que a su defunción
dejara el señor ÁNGEL ANTONIO CASTANEDA conocido por
ÁNGEL ANTONIO CASTANEDA LÓPEZ, quien fue de ochenta
y tres años de edad, Empleado, del domicilio de San Salvador,
ocurrida en la ciudad de San Salvador, por parte de la señora ROSA
ORELLANA DE CASTANEDA conocida por ROSA ORELLANA
LÓPEZ DE CASTANEDA y por ROSA ORELLANA LÓPEZ, en
concepto de heredera testamentaria del causante y en consecuencia,
confiérase a la aceptante la administración y representación interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de
la herencia yacente. Por lo que por este medio se solicita a todos
los que se crean con derechos a la referida herencia para que se
presente a deducirlo en el término de quince días contados desde
el día siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en esta oficina a las once horas del día siete de junio
de dos mil siete.
MARDOQUEO CARRANZA MONTERROSA,
NOTARIO.
1 v. No. F006123
64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
SANDRA DEL CARMEN DUEÑAS CABALLERO, Notario, de este
domicilio, con oficina ubicada en Colonia Flor Blanca, Doce Calle
Poniente número dos mil quinientos diecisiete, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita
Notario, a las nueve horas del día dos de mayo de dos mil siete, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada que a la defunción del señor REYNALDO DE
JESÚS LEMUS ARGUETA, ocurrida a las dieciséis horas con veinte
minutos del día trece de febrero de mil novecientos noventa y dos,
en la ciudad de Tustin, Condado de Orange, Estado de California,
Estados Unidos de Norteamérica, habiendo sido éste su ultimo
domicilio; por parte de las señoras OTILIA ELIZABETH CABA-
LLERO ORTIZ, conocida por OTILIA ELIZABETH CABALLERO
DE LEMUS y por OTILIA ELIZABETH CABALLERO viuda DE
LEMUS y TELMA ELIZABETH LEMUS CABALLERO, en con-
cepto de cónyuge sobreviviente e hija del causante respectivamente,
habiéndoseles conferido la administración y representación interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la oficina de la Notaria SANDRA DEL CARMEN
DUEÑAS CABALLERO, a las once horas del día dieciocho de
mayo de dos mil siete.
SANDRA DEL CARMEN DUEÑAS CABALLERO,
NOTARIO.
1 v. No. F006125
RUBÉN ARTURO DURÁN ERAZO, Notario, del domicilio de la
ciudad de Ilopango, con oficina situada sobre Primera Calle Oriente
Número cuatro, Ilopango, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario,
proveída a las catorce horas del día ocho de junio de dos mil
siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario, la herencia intestada, que a su defunción ocurrida en
la ciudad de San Salvador, con último domicilio en la ciudad de
Ilopango, el día dos de junio del año dos mil cinco, dejó el señor,
TOMAS ALONSO CEA, de parte de la señora, ROSA MARIA
CEA, en su concepto de hermana sobreviviente del causante,
habiéndosele conferido la administración y representación interinas
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.- En consecuencia por este medio se cita
a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para
que se presenten a la oficina del suscrito Notario en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la última publicación
del presente edicto.
Librado en la ciudad de Ilopango, a las dieciséis horas del día
once de Junio de dos mil siete.
Lic. RUBÉN ARTURO DURÁN ERAZO,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F006135
ÁNGEL RAMOS COELLO, Notario, de este domicilio, con oficina
notarial en Residencial Montebello, Avenida Montecristo No. 56,
Mejicanos, AL PUBLICO
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, a
las diez horas y treinta minutos del día cuatro de junio de este
año, se ha aceptado expresamente y con beneficio de inventario la
Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor ÁLVARO
VALLADARES, quien falleció el día veintiséis de noviembre de
mil novecientos ochenta y seis, en San Rafael Obrajuelo, Depar-
tamento de La Paz, su último domicilio, de parte del señor JOSÉ
ADALBERTO VALLADARES SERVELLON, en calidad de hijo
del causante, habiéndosele conferido la Administración y Represen-
tación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones
de ley.
Lo que avisa al público para los efectos de ley.
Librado en San Salvador el cuatro de junio de dos mil siete.
ÁNGEL RAMOS COELLO,
NOTARIO.
1 v. No. F006185
65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
CARLOS ERNESTO ALVARENGA ARIAS, Notario, de este do-
micilio, con oficina ubicada en Colonia Centroamérica, Avenida
Los Lagos, número doscientos diecisiete, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario,
proveída a las nueve horas del día veinticuatro de este mes y año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventa-
rio, la herencia intestada que a su defunción, dejara el señor, JOSE
ROBERTO GRANDE, quien fuera de cincuenta y nueve años de
edad, Jornalero, originario de San José Villanueva, Departamento
de La Libertad, siendo su último domicilio el municipio de San
José Villanueva, Departamento de La Libertad, y habiendo falle-
cido en el Barrio El Centro, Calle a Amaquilco, jurisdicción de
San José Villanueva, Departamento de La Libertad, el día uno de
Agosto de dos mil tres; sin haber formalizado testamento alguno;
de parte del señor EDWIN GEOVANY ARTEAGA GRANDE, en
su calidad de hijo sobreviviente del causante, habiéndosele con-
ferido la administración y representación interina de la sucesión
con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se
crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a
la referida oficina en el término de quince días contados desde el
siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del suscrito Notario, en la ciudad de
San Salvador, a las diez horas del día veinticuatro de septiembre
de dos mil seis.
Lic. CARLOS ERNESTO ALVARENGA ARIAS,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F006214
JULIA DEL CARMEN VASQUEZ MENDOZA, Notario, del
domicilio de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, con
Oficina ubicada en Avenida José María Cornejo, Casa Número
diez, Barrio El Calvario, San Vicente,
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario,
proveída a las diez horas y treinta minutos del día veintisiete de
abril del año dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamen-
te y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su
defunción, ocurrida en el Cantón Las Rosas, jurisdicción de San
Sebastián, Departamento de San Vicente, el día dos de marzo de mil
novecientos noventa y tres dejó la señora MACLOVIA DE JESUS
ROSA MELENDEZ conocida por MACLOVIA DE JESUS ROSA
o JESUS ROSA, de parte del señor PEDRO MARIA ALVARADO
ROSA, en su concepto de sobrino sobreviviente de la causante,
habiéndose conferido la administración y representación de la
Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se
crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a
la referida oficina en el término de QUINCE días, contados desde
el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la Oficina de la Notario JULIA DEL CARMEN
VASQUEZ MENDOZA. En la ciudad de San Vicente, a las once
horas del día catorce de junio del año dos mil siete.
JULIA DEL CARMEN VASQUEZ MENDOZA,
NOTARIO.
1 v. No. F006254
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN.
AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día, se
ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario
la Herencia Intestada, que a su defunción dejó la señora LUCIA
MARGARITA BLANDON conocida por LUCIA BLANDON al
fallecer el día catorce de mayo de mil novecientos setenta y cuatro,
en el Hospital Nacional San Pedro de esta ciudad, siendo esta misma
ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio, de
parte de la señora: MARIA IDALIA BLANDON HERNANDEZ
conocida por MARIA IDALIA BLANDON, en calidad de hija de
la causante.
Confiriéndosele a la aceptante dicha, la Administración y
Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y
facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que
se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince
días después de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután,
a los veintiún días del mes de Abril del año dos mil siete. Lic.
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA
MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009819-1
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA,
del Distrito Judicial de San Francisco Gotera; al público para los
efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y
treinta minutos del día veintiséis de marzo del corriente año; SE
HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BE-
66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
NEFICIO DE INVENTARIO, la Herencia que en forma intestada
a su defunción dejó el causante ANTONIO CHICA RAMOS, de
parte de las señoras MARIA OTILIA CHICA GIRON, de cuarenta
y seis años de edad, empleada; MARIA DOLORES CHICA DE
MENDEZ, de cincuenta y un años de edad, ama de casa; ROSA
AMELIA CHICA JIRON, de sesenta años de edad, costurera,
las tres del domicilio de Apopa; MARIA BALTAZAR CHICAS
GIRON, de cincuenta y ocho años de edad, de oficios domésticos.
del domicilio de Mejicanos, y MARIA LUCIA CHICA VIUDA DE
RODRIGUEZ, de sesenta y dos años de edad, de oficios domés-
ticos, de este domicilio; por derecho propio que les corresponde
como hijas del causante, ANTONIO CHICA RAMOS, quien a
la fecha de su fallecimiento fue de ochenta y dos años de edad,
soltero, agricultor, originario de Villa El Rosario, de nacionalidad
Salvadoreña, hijo de Felícita Ramos, FALLECIO el día veintidós
de enero del dos mil siete, en el Hospital Nacional Zacamil, de
la Ciudad de San Salvador, siendo la Población de Arambala, su
último domicilio.
Se les confirió a las aceptantes mencionadas y en la forma
establecida, LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION IN-
TERINAS DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones
para los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita por medio del presente edicto, a los que se crean
con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en
el término de quince días contados desde el siguiente a la última
publicación del edicto en el Diario Oficial.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San
Francisco Gotera, a las nueve horas del día veintisiete de marzo del
dos mil siete. Licdo. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ 2º DE 1ª INSTANCIA. Br. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. C009822-1
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CI-
VIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas once
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario de parte de las señoras INGRID LISSETTE
LOPEZ VILLALTA y MARTA YAZMIN LOPEZ VILLALTA,
la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante JOSE
EDGARDO MOLINA VILLALTA, quien fue de veintinueve años
de edad, Fontanero, soltero, quien falleció en el Hospital San Juan
de Dios de esta ciudad a las dos horas y treinta minutos del día
ocho de julio dos mil dos, siendo el Barrio San Sebastián, de esta
ciudad, el lugar de su último domicilio.
Las señoras INGRID LISSETTE LOPEZ VILLALTA y MAR-
TA YAZMIN LOPEZ VILLALTA, son hermanas del de cujus,
en ese carácter se les confiere interinamente la administración y
representación de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público; para que todo
aquel que se crea con derecho en la presente sucesión, comparezca
a este Tribunal a probarlo dentro de los quince días subsiguientes
a la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL:
Santa Ana, a las doce horas diecinueve minutos del día veintiuno de
septiembre de dos mil cinco. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE
CHAVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009823-1
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
DE BERLIN, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del
día veintidós de Mayo de dos mil siete, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada
de los bienes que a su defunción dejó el causante Martín Guevara
conocido por Martín de Jesús Guevara, quien falleció a las dieci-
séis horas del día veintidós de Enero del año de mil novecientos
noventa, en el Cantón Santa Anita de la jurisdicción de Mercedes
Umaña, en el Departamento de Usulután, siendo este Cantón su
último domicilio, de parte de Fredy Antonio Guevara Henríquez, en
calidad de hijo del causante Martín Guevara conocido por Martín
de Jesús Guevara, confiriéndole al aceptante la administración y
representación interina de la sucesión con las facultades y restric-
ciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que
dentro del término de ley se presenten a este Tribunal a hacer uso
de sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público para
los efectos legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judi-
cial de Berlín, a las doce horas y quince minutos del día veintitrés
de Mayo de dos mil siete. Licda. MERCEDES CONCEPCION
SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br.
ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETA-
RIO.
3 v. alt. No. F006111-1
67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta
minutos del día veintiséis de abril del año dos mil siete, se ha te-
nido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de
la herencia intestada dejada por la señora ROSA DEL CARMEN
CHAMUL, fallecida el día doce de enero de mil novecientos noventa
y uno, en la ciudad de Los Ángeles California, Estados Unidos de
Norte América, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte del
señor RICARDO ALFONSO CHAMUL ROBREDO, en concepto
de hijo de la causante.
Se ha conferido al aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cincuenta
minutos del día once de mayo de dos mil siete.- Dr. MARIO
MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA
DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006138-1
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES; JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las
diez horas de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de parte de la señora JUANA ANTONIA JUAREZ
VALIENTE, la herencia intestada que a su defunción dejó la se-
ñora SUSANA VALIENTE conocida por SUSANA VALIENTE
ALVANES, SUSANA VALIENTE, SUSANA ALVANEZ, SUSA-
NA VALIENTE ALVANEZ; SUSANA VALIENTE DE JUAREZ,
quien fue de setenta años de edad, ama de casa, fallecida a las doce
horas del día dieciséis de febrero de mil novecientos noventa y
dos, siendo la población de El Refugio de este distrito, su último
domicilio, en concepto de hija de la causante y como cesionaria de
los derechos hereditarios que les correspondía a los señores José
Fausto Juárez Valiente, Roberto Juárez Valiente y Dora Luz Juárez
Valiente, éstos como hijos de la causante, se le ha conferido a la
aceptante en el carácter dicho la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las
diez horas veinte minutos del día veintidós de mayo del año dos
mil siete. Lic. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. HUGO ALCIDES
MARTINEZ SANTILLANA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006147-1
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con
diez minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario de parte del señor José Leonidas
Estrada Gálvez, la herencia intestada que a su defunción dejó
el señor Agustín Herrera conocido por Agustín Herrera Gómez,
quien fue de cincuenta y cuatro años de edad, soltero, agricultor
en pequeño, salvadoreño, fallecido el día veintiocho de mayo de
mil novecientos noventa y seis, en Tecoluca, departamento de San
Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, en
concepto cesionario del derecho hereditario que en dicha sucesión
le correspondía al señor Agustín Herrera Argueta, en concepto de
hijo del causante. Declárase al aceptante administrador y represen-
tante interino de la sucesión con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente y se ha nombrado al aceptante
administrador y representante interino de la sucesión con las fa-
cultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los once días
del mes de diciembre del dos mil seis.- Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ
DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006154-1
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZAN.-
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este
Juzgado a las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada
68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor
PAZ SALIX DIAZ HERNANDEZ, de veintiocho años de edad,
Artesano, del domicilio de Lolotiquillo, departamento de Morazán,
con Documento Único de Identidad número cero dos millones
novecientos cincuenta y tres mil doscientos trece guión nueve; con
Tarjeta de Identificación Tributaria número uno tres uno tres - dos
cuatro cero uno siete ocho - uno cero dos-cuatro; la herencia que
en forma intestada dejó el señor JOSE FIDENCIO HERNANDEZ
FUENTES, quien fue de sesenta y nueve años de edad, soltero,
Agricultor, originario de Lolotiquillo, departamento de Morazán;
hijo de los señores JOSE DE LA CRUZ HERNANDEZ y MARIA
EVANGELINA FUENTES; quien falleció el día seis de diciembre
del año dos mil tres, en el Barrio La Cruz de Lolotiquillo, depar-
tamento de Morazán, siendo dicha población su último domicilio;
en concepto de hijo y cesionario del derecho hereditario que le
correspondían al señor JOSE JAVIER GONZALEZ, hijo también
del referido causante.- Se ha conferido al referido aceptante en la
calidad expresada la administración y representación INTERINA de
dicha sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de
la Herencia Yacente.- Y cita a las personas que se crean con dere-
cho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo
dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la
tercera publicación de este edicto.-
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,
a las quince horas y diez minutos del día dieciocho de diciembre
de dos mil seis.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO,
JUEZA 1º. DE 1ª. INSTANCIA. Lic. YESENIA ROSIBEL
VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F006205-1
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las catorce horas veintidós minutos del día nueve de mayo del pre-
sente año, se ha tenido expresamente y con beneficio de inventario,
la herencia intestada dejada a su defunción por el causante señor
JOSE ANTONIO CERON, conocido por JOSE CERON ESQUIVEL,
ocurrida el día catorce de febrero de mil novecientos sesenta y siete,
en esta ciudad, siendo Colón el lugar de su último domicilio, de parte
de las señoras ANA SILVIA CHAVEZ, conocida por ANA SILVIA
CHAVEZ CERON y BLANCA CERON SAMAYOA, conocida
por BLANCA MARGARITA CHAVEZ CERON y por BLANCA
MARGARITA CHAVEZ DE SAMAYOA, en su calidad de hijas
del causante; y se ha conferido a las aceptantes, la administración
y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once
horas del día veintiocho de mayo de dos mil siete. Lic. YOALMO
ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA
VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006206-1
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.-
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por
resolución proveída por este Tribunal, a las doce horas cincuenta
minutos del día veinticuatro de abril de dos mil siete, se ha tenido
por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la herencia
intestada, que a su defunción ocurrida a las siete horas del día cinco de
septiembre de dos mil seis, en el Hospital Nacional San Juan de Dios
de Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa;
dejó la señora LIDIA ESPERANZA VEGA ORELLANA, quien
fue de cincuenta y cinco años de edad, de oficios domésticos,
divorciada, de parte de la señora SILVIA RUTH HERNANDEZ
VEGA, en su calidad de hija de la expresada causante; a quien se
le nombra INTERINAMENTE administradora y representante de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de
la herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la
herencia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el
término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera
publicación de este edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas doce mi-
nutos del día veintiséis de abril de dos mil siete.- Lic. HENRY
EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.
HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006208-1
69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribu-
nal a las catorce horas con veinticinco minutos del día catorce de
mayo de dos mil siete; se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por
el causante JUAN JOSE MAZARIEGO UMAÑA conocido por
JUAN JOSE MAZARIEGO, quien fue de cincuenta y cuatro
años de edad, agricultor, fallecido el día treinta de octubre de
dos mil cinco, siendo la ciudad de Metapán, su último domicilio,
de parte de la señora EMMA LIDIA ARGUETA MARTINEZ.-
La expresada aceptante lo hace en calidad de CESIONARIA del
derecho hereditario que le correspondía a los señores GILBERTO
ARGUETA MAZARIEGO, ESTER ARGUETA MAZARIEGO,
ALICIA MAZARIEGO ARGUETA, FRANCISCA ARGUETA
MAZARIEGO y ESTER UMAÑA VIUDA DE MAZARIEGO
conocida por ESTHER UMAÑA, en calidad de HIJOS del referido
causante. En consecuencia, se le confiere INTERINAMENTE la
administración y representación de la sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia
para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de
quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación
de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce ho-
ras del día veinticuatro de mayo de dos mil siete.- Lic. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006230-1
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL INTERINO,
DE ESTE MUNICIPIO.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por
resolución de este Juzgado, de las diez horas quince minutos del
día cinco de junio del dos mil siete. SE HA TENIDO POR ACEP-
TADA expresamente y con beneficio de inventario de parte del
señor ROBERTO RUIZ PLEITEZ o ROBERTO RUIZ, la herencia
intestada que a su defunción dejó la causante señora MARIA DE LOS
ANGELES DELGADO o MARIA DE LOS ANGELES DELGADO
ROSALES DE RUIZ, MARIA DE LOS ANGELES DELGADO
ROSALES y MARIA DE LOS ANGELES DELGADO DE RUIZ,
quien fue de cuarenta y un años de edad, casada, empleada, quien
falleció en Long Island, New York, el día veinticuatro de julio
de mil novecientos noventa y cinco, siendo esta ciudad su último
domicilio, aceptación que hace el señor arriba mencionado en su
calidad de cónyuge sobreviviente de la referida de cujus. Y SE LE
HA CONFERIDO AL ACEPTANTE la administración y represen-
tación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la
herencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el
término de quince días contados desde el siguiente a la tercera
publicación del presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL:
SAN SALVADOR, a las nueve horas del día ocho de junio de dos
mil siete.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL INTO.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES
CACERES DE ALAS, SECRETARIA.
3 v. c. No. F006189-1
TITULOS DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado
por escrito el Señor PEDRO PATRIZ, de sesenta y cinco años de
edad, Jornalero, del domicilio de Cantón El Carrizal, Municipio de
Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, con Documento Único
de Identidad Número cero cero novecientos cuarenta y ocho mil
trescientos ochenta y nueve guión nueve, con Número de Identi-
ficación Tributaria cero trescientos ocho guión ciento treinta mil
quinientos cuarenta y uno guión cero cero uno guión cero; solici-
tando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD MUNICPAL de un
inmueble de naturaleza rústico, fértil, situado en el lugar llamado
Cacalo, Cantón El Carrizal, de esta Jurisdicción, de una extensión
superficial de SEIS AREAS equivalentes a SEISCIENTOS ME-
TROS CUADRADOS, de los linderos siguientes: AL NORTE: Con
terreno de Francisco Ramírez; AL SUR: Con Bartola Ramírez; AL
ORIENTE: Con porción de Octavia Ramírez; cerco propio; AL
PONIENTE: Con terreno de Cecilia Ramírez; y según Certificación
de la Denominación Catastral tiene una extensión superficial de
OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS SE-
SENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS, con los linderos
siguientes: AL NORTE: Con terreno del señor Nicolás Ramírez
Hernández y Danilo Esquina Ramírez; AL SUR: con Hilario Antonio
Hernández Aguilar; AL ORIENTE: con María Antonia Esquina de
Ramírez; AL PONIENTE: con Emilia Patriz Ramírez. El inmueble
70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
antes descrito no es predio sirviente, ni dominante, no tiene cargas
ni derechos reales que respetar, ni está en proindivisión con nadie.
Dicho inmueble lo obtuvo por compra venta privada que le hiciera la
señora Cecilia Ramírez, a favor de María Antonia Patriz, conocida
como Antonia Patriz, ya fallecida, y en mi concepto de heredero, así
como cesionario de los derechos que le corresponden a las señoras
Andrea Patriz, Eduarda Patriz, Anacleta Patriz e Isabel Patriz, todas
hijas de la señora María Antonia Patriz, posesión que unida a la de
mis antecesores tiene más de diez años continuos, en forma quieta,
pacífica e interrumpida; posesión que ha consistido en que lo he
cultivado, reparado sus cercos, tala de árboles, todo a ciencia y
paciencia de vecinos y colindantes. Dicho inmueble lo valúa en la
suma de UN MIL QUINIENTOS COLONES equivalentes a CIENTO
SETENTA Y UNO PUNTO CUARENTA Y TRES DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.-
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de
ley.
Alcaldía Municipal de Nahuizalco, a los diez días del mes de
abril del año dos mil siete.- ROBERTO ESTANLEY GRIJALVA
H., ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ANTONIO CASTILLO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F006130-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, DE SAN JOSE
CANCASQUE, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor
CATARINO TOBAR PINEDA, de noventa y un años de edad;
Agricultor en Pequeño, originario, de esta población, del domicilio
de Apopa, Departamento de San Salvador, quien se identifica con
su Documento Único de Identidad Número cero cero setecientos
doce mil cuatrocientos cuarenta y uno- cinco; y Número de Iden-
tificación Tributaria cero novecientos tres- trescientos mil cua-
trocientos dieciséis- ciento uno- cinco, solicitando se le extienda
Título de Propiedad y dominio a su favor, de dos inmuebles que
forman un solo cuerpo, de naturaleza urbano, situado en el Barrio
San Antonio; del municipio de San José Cancasque, Departamento
de Chalatenango, de una extensión superficial de un mil ocho-
cientos treinta y seis punto ochenta y cinco metros cuadrados; de
las medidas y colindancias siguientes: AL PONIENTE: Partiendo
del mojón número uno de esquino Norponiente al mojón número
dos situado en la esquina Surponiente, que forma un ángulo; linda
con terreno de María Ana Abarca o María Ana Abarca de López,
cerco de alambre con postes de distintas clases de por medio; AL
SUR: Tres tramos: el primero partiendo del ángulo formado al
Surponiente, mojón número dos al mojón número tres, de treinta y
seis punto treinta y dos metros; el segundo del mojón número tres
al mojón número cuatro ocho punto cuarenta metros; y el tercero
del mojón número cuatro al mojón número cinco catorce punto
treinta metros, cerco de alambre con postes de diversas clases
de por medio; en los tres tramos linda con terreno de Rigoberto
Olivar Peña; AL ORIENTE: Dos tramos: el primero partiendo del
mojón número cinco al mojón número seis, veinticuatro punto
ochenta y seis metros; el segundo del mojón número seis al mojón
número siete, doce metros; en los dos tramos linda con terreno de
Rolando Tobar, únicamente existen evidencias de cerco antiguo;
AL NORTE: Dos tramos: el primero del mojó número siete al
mojón número ocho; siete punto setenta y dos metros; y el segundo
del mojón número ocho al mojón número uno donde se inició la
descripción, dieciséis punto sesenta metros; en todos los tramos
linda con terreno de Rolando Tobar, que en dicho inmueble existe
una casa construida, de adobe, de siete punto cincuenta y tres
metros de frente, por seis punto sesenta y nueve metros de fondo.
El inmueble descrito al rumbo Norte goza de una servidumbre de
tránsito de cuatro punto cincuenta metros de ancho por veintidós
punto cincuenta metros de largo, que da salida a la Calle Nacional,
que los colindantes son del domicilio de esa población María Ana
Abarca o María Ana Abarca de López, reside en casa contiguo
al inmueble que se pretende titular; Rigoberto Olivar Peña, reside
en Barrio El Centro, de ese municipio y Rolando Tobar, también
reside en casa contiguo al predio que se pretende titular; en donde
pueden ser citados o emplazados. Que el inmueble anteriormente
descrito lo valúa en la suma de VEINTE MIL Dólares de los Es-
tados Unidos de América; el cuál no es dominante, ni sirviente; ni
está en proindivisión con nadie, no tiene gravámen ni derechos
que pertenezcan a terceras personas. Los adquirió por compra que
hizo, el primero a la señora Bernarda Pineda viuda de Tobar (ya
fallecida), y el segundo al señor Juan Manuel López Torres, los
posee el primero desde el día siete de mayo de mil novecientos
sesenta y cuatro, y el segundo desde el día siete de septiembre de
mil novecientos noventa y tres, que con la posesión de los dueños
anteriores sumada la de sus antecesores tiene la posesión por más de
veinte años, de buena fe, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida,
verificando en él actos de propietario; reforestando, cultivando ce-
reales; construyendo y reparando cercos y casa, y aprovechándose
de los frutos; y éste hacer y disponer libremente ha sido conocido
y respetado por los vecinos del lugar, quienes reconocen al señor
CATARINO TOBAR PINEDA, como legítimo dueño y poseedor
de dicho inmueble.
Librado en la Alcaldía Municipal de San José Cancasque,
Departamento de Chalatenango, a los seis días del mes de Junio
de dos mil siete.- SERGIO ANTONIO GOMEZ ORELLANA,
ALCALDE MUNICIPAL. Tco. IRMA HERCILIA MORAN,
SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F006161-1
71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. TITULOS SUPLETORIOS
HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA, Notario, de este do-
micilio, con oficina ubicada en Centro Bancario Tomás Regalado,
Local dos-A, Primera Planta, de la ciudad de Santa Ana.
HACE SABER: Que ante sus oficios se ha presentado el
señor SANTOS MANUEL SANDOVAL LOPEZ, quien es de
sesenta años de edad, agricultor, del domicilio de esta ciudad;
iniciando Diligencias de TITULO SUPLETORIO, de un terreno
de naturaleza rústico, situado en el Caserío Tras El Cerro, Cantón
Cujucuyo, jurisdicción de Texistepeque, de este Departamento,
con una extensión superficial de QUINIENTOS DOCE METROS
CUADRADOS CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRA-
DOS CUARENTA Y NUEVE CENTÍMETROS CUADRADOS;
con las colindancias siguientes: al ORIENTE, con Alfredo Palma
Paniagua; al NORTE, con María Luisa Herrera Guerra; al SUR,
con Ismael Cleofas Cortéz Herrera; y al PONIENTE, con Martín
Mario Antonio Ramírez Herrera.
Los colindantes son del domicilio del Caserío Tras El Cerro,
Cantón Cujucuyo, jurisdicción de Texistepeque, de este Departa-
mento. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está
en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a
terceras personas. Su posesión data de más de treinta años conse-
cutivos, se manera quieta, pacífica e ininterrumpida.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de Santa Ana, a los catorce días del mes
de junio del dos mil siete.
LIC. HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA,
NOTARIO.
1 v. No. C009826
MARTA ESTELA CAÑENGUEZ DE PALACIOS, Notario de
este domicilio.
HAGO SABER: Que a mi despacho jurídico, se ha presentado
el señor, JOSE MARIO LOBO ERROA, de sesenta y nueve años
de edad, Jornalero, del domicilio de San Juan Talpa, departamento
de La Paz, Solicitando Diligencias de Título Supletorio, de un
inmuebles rústicos, situados en el Cantón Tobalón, jurisdicción
de San Juan Talpa, departamento de La Paz, por poseerlos por más
de treinta años en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, el cual
lo adquirí por compra que efectué a la señora Jesús Guzmán de
Gil Borjorquez, según Escritura Pública otorgada en la ciudad de
San Juan Nonualco, el día diecinueve de diciembre del año de mil
novecientos setenta y cinco, ante los oficios Notariales del Licen-
ciado José Augusto Contreras Minero, con un área de CUATRO
MIL CIENTO NUEVE PUNTO SESENTA Y SIETE METROS
CUADRADOS, y se describe así: AL NORTE: ochenta y ocho
punto ochenta y seis metros, linda con Josefina López de Cerros;
AL ORIENTE: en línea curva cuarenta y dos punto cuarenta y dos
metros, linda con Cruz Alberto Marroquín; AL SUR: ciento tres
punto treinta metros y linda con Dora Alicia Orellana y; AL PO-
NIENTE: en línea curva cuarenta y cuatro punto cincuenta y cuatro
metros, linda con Antonio Hernández Girón; el inmueble antes
descritos no es dominante ni sirviente, no está en proindivisión
y no tiene carga o derechos que pertenezcan a terceras personas.
Y lo estima en la cantidad de UN MIL DOLARES ESTA-
DOUNIDENSES.
Lo que hago del conocimiento del público para efectos de
Ley.
Librado en mi Oficina Notarial, situada en Calle Doctor
Nicolás Peña, Barrio Candelaria, de esta ciudad.
Zacatecoluca, trece de junio del año dos mil siete.
LICDA. MARTA ESTELA CAÑENGUEZ DE PALACIOS.
NOTARIO.
1 v. No. F006201
MARIA ELBA MENJIVAR BELTRAN, Notaria, del domicilio de
Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, con oficina
ubicada en Primera Avenida Norte y Tercera Calle Poniente, número
doscientos veinticinco, Colonia Las Brisas, Nueva Concepción,
departamento de Chalatenango,
HACE SABER: Que ante sus oficios compareció el señor
JORGE POLANCO, de sesenta y seis años de edad, agricultor
en Pequeño, del domicilio de Nueva Concepción, departamento
de Chalatenango, con documento Único de Identidad Número
cero cero seiscientos noventa y ocho mil setecientos nueve- ocho;
solicitando TITULO SUPLETORIO sobre un inmueble de su
propiedad de naturaleza rústica, situado en el Caserío El Cacao,
Cantón Sunapa, jurisdicción de Nueva Concepción, departamento
de Chalatenango, no inscrito a su favor por carecer de antecedente
72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
inscrito; compuesto de una extensión superficial aproximada de
SEIS MIL CINCUENTA METROS CUADRADOS, de los linderos
siguientes: AL NORTE: En doscientos veinte metros, linda con
Rosa Valle. AL ORIENTE: En quince metros, linda con José Adán
Rodríguez Lemus. AL SUR: En doscientos veinte metros, linda
Roberto Landaverde. y AL PONIENTE: Mide cuarenta metros,
linda Tomasa Cisneros, calle de por medio. Que dicho inmueble
lo adquirió por compra verbal que hizo al señor Coronado Valle.
Que unida su posesión a la de su antecesor sobrepasa más de treinta
años consecutivos. Valúa el inmueble en Tres Mil Dólares de los
Estados Unidos de América.
Lo que se le avisa al público con fines de Ley.
Librado en oficina de la suscrita Notaria. Nueva Concepción,
departamento de Chalatenango, a los trece días del mes de junio
del dos mil siete.
LIC. MARIA ELBA MENJIVAR BELTRAN,
NOTARIO.
1 v. No. F006210
MARIA ISABEL CASTELLANOS DE PEREZ, Notario, de este
domicilio, y de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO.
HACE SABER: Que a mi oficina Profesional, se ha presentado
el señor ADOLFO URIAS TORRES de cuarenta y cinco años
de edad, jornalero, del domicilio de Ilobasco, Departamento de
Cabañas, persona a quien identifico por medio de su Documento
Unico de Identidad número cero un millón trescientos cuarenta y
siete mil setecientos cincuenta y tres - tres, solicitando TITULO
SUPLETORIO, de un terreno rústico situado en Cantón Los Llanitos
de la jurisdicción de Ilobasco, Departamento de Cabañas, de una
extensión superficial de SETENTA AREAS, de las medidas y
linderos siguientes: AL ORIENTE: con Roberto Guerra, en línea
recta desde un mango a un varrillo ambos esquineros; AL NORTE,
con Andrés Leiva, y Toribio Guerra, divide una calle del varrillo
expresada hasta un jiote ambas esquineras; AL PONIENTE, con
Miguel Angel Mancía y con Juana Torres, con el primero cerco
de piña, y el línea recta, y con la segunda también cerco de piña y
alambre en línea curva hasta llegar al jiote esquinero; AL SUR, con
Pedro Flores, divide cerco de piña y alambre del jiote expresado
hasta el mango donde comenzó la descripción.
Lo que se le avisa al público con fines de Ley.
Librado en mi oficina Profesional situada en Sexta Avenida
Norte, Barrio San Miguel, Ilobasco, Cabañas.
Ilobasco, a los quince días del mes de junio del año dos mil
siete.
LICDA. MARIA ISABEL CASTELLANOS DE PEREZ,
NOTARIO.
1 v. No. F006234
Lic. Angel Albino Alvarenga; Juez de lo Civil del Distrito Judicial
de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó el señor
ONECIFORO BONILLA, de sesenta años de edad, Agricultor en
pequeño, del domicilio de Anamorós, Departamento de La Unión,
Representado por su Apoderado General Judicial Licenciada María
Dictdulia Maldonado de García, solicitando título supletorio de un
terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Huertas Viejas,
de la Jurisdicción de Anamorós, de este Distrito, Departamento
de La Unión, de la capacidad superficial de NOVECIENTOS
NOVENTA Y SIETE METROS CINCUENTA CENTIMETROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL PO-
NIENTE, treinta metros con terreno del señor Fausto Reyes; AL
ORIENTE, treinta metros, con terreno del señor Mauricio Alvarez;
AL NORTE, treinta y cuatro metros cincuenta centímetros, con
terreno de la señora Dilia Asunción Cruz de Flores, conocida por
Dilia Asunción Cruz Reyes; y AL SUR, veintidós metros, con
terreno de la señora María Bonilla. Valúa el referido inmueble en
la cantidad de Tres Mil Dólares de los Estados Unidos de Amé-
rica. Y lo adquirió por compraventa de posesión Material hecha
a la señora Dilia Asunción Cruz de Flores, conocida por Dilia
Asunción Cruz Reyes, a las once horas con treinta minutos del día
diecisiete de Abril del año dos mil seis, ante los Oficios Notariales
de la Licenciada Dorotea Estelinda Portillo Alemán.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los
diez días del mes de Abril de dos mil siete.- LIC. ANGEL AL-
BINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA
CONCEPCION MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F006133-1
73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO
DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor
JOSE MANUEL CANALES LAZO, solicitando DILIGENCIAS
DE TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústi-
ca, situado en el Cantón Labranza de la jurisdicción de Sociedad,
Distrito de San Francisco Gotera, departamento de Morazán; de
la capacidad superficial de TRES MIL CUATROCIENTOS CIN-
CUENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS,
de las medidas y colindancias siguientes, AL ORIENTE: Cuarenta
y un metros setenta centímetros, con Teófila Blanco, calle de por
medio; AL NORTE: Ochenta metros, con Teófila Blanco antes,
hoy Balbina Blanco; AL PONIENTE: Treinta y cinco metros, con
José Oscar Mario Flores, cerco de alambre propiedad del titulante
de por medio; y AL SUR: Cien metros, con Ismael Canales antes
hoy Manuel Amaya, cerco de alambre de por medio propiedad del
titulante. Dicho inmueble es inculto y sin construcción. Valuando
el inmueble antes descrito en la cantidad de DIEZ MIL COLONES,
equivalentes a UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES
CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS DE DOLAR DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y lo adquirió por compra venta
privada que le hizo el señor JOSE OSCAR MARIO FLORES.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,
a las doce horas y veinte minutos del día trece de febrero de dos
mil siete. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º.
DE 1ª. INSTANCIA. Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE
ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F006215-1
GILMA DARLENE ARÉVALO SORIANO, Jueza de Primera
Instancia Suplente de este Distrito Judicial; AL PUBLICO: para
los efectos de Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la
Licenciada ELBA CORINA SERRANO SOSA, en su calidad de
Apoderada General Judicial del señor MANUEL ANTONIO CRUZ
CUBIAS; solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO de
TRES inmueble de naturaleza Rústica, situados EL PRIMERO en:
Cantón San Francisco, de la Jurisdicción de San Lorenzo, en este
departamento, de la extensión superficial según medidas lineales de
tres mil cuatrocientos cinco punto cincuenta y ocho metros cuadrados
de las medidas lineales y colindancias siguientes: AL NORTE: mide
cincuenta y ocho punto catorce metros colindando actualmente con
terrenos de HUMBERTO GONZALEZ; AL ORIENTE: mide ochenta
y nueve punto setenta y seis metros, colindando actualmente con
el otro terreno propiedad del señor MANUEL ANTONIO CRUZ
CUBIAS, AL SUR: mide tres tramos así: tramo uno, cinco punto
noventa y cuatro metros, tramo dos, veinticinco punto ochenta y
ocho metros; tramo tres, treinta y cuatro punto noventa y un me-
tros, colindando con terrenos de JOSE GRACIANO GONZALEZ,
RAYMUNDO HERIBERTO ALFARO, PABLO CORDOVA, con
cerco de alambre de púas, AL PONIENTE: treinta y tres punto
veintiséis metros, colinda con terreno de PABLO CORDOVA, con
cerco de alambre de púas, dicho inmueble se valúa en la suma de
setecientos sesenta y un dólares con noventa centavos de dólar,
EL SEGUNDO INMUEBLE: situado en el Cantón San Francisco,
jurisdicción de San Lorenzo, Departamento de San Vicente, de la
extensión superficial de; según medidas lineales de OCHO MIL
QUINIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y OCHO
METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos especiales
siguientes; AL NORTE: mide en dos tramos así: tramo uno: diez
punto cero nueve metros, tramo dos: cuarenta y cinco punto veintiséis
metros, colindando actualmente con terrenos de MIRIAM CAÑAS,
con cerco de alambre de púas, AL ORIENTE: mide nueve tramos
así: tramo uno: veintiuno punto ochenta y un metros, tramo dos,
cinco punto treinta y un metros, tramo tres: veintidós punto sesenta
metros, tramo cuatro: once punto veintiún metros; tramo cinco:
cuatro punto ochenta y dos metros; tramo seis: once punto setenta
y nueve metros; tramo siete: veintiséis punto cero nueve metros,
tramo ocho: nueve punto setenta y cinco metros, tramo nueve:
dieciocho punto cincuenta y dos metros, colindando actualmente
con terrenos de CLEMENTE MARTINEZ, ANGELA MARTINEZ,
otro propiedad del señor MANUEL ANTONIO CRUZ CUBIAS,
OSMIN CORDOVA, calle de por medio; AL SUR: mide en cinco
tramos así: tramo uno: sesenta y uno punto cincuenta metros, tramo
dos; veinticuatro punto trece metros; tramo tres: veintiocho punto
sesenta y un metros; tramo cuatro: veinticinco punto setenta y seis
metros; tramo cinco: veinte punto veintitrés metros colindando ac-
tualmente con terrenos de RAMÓN PALACIOS, JOSE GRACIANO
GONZALEZ, con cerco de alambre de púas; AL PONIENTE: mide
ochenta y nueve punto setenta y seis metros, colindando actualmente
con otro terreno propiedad de don MANUEL ANTONIO CRUZ
CUBIAS, con cerco de alambre de púas. Dicho inmueble se valúa
en la suma de SETECIENTOS SESENTA Y UN DOLARES CON
NOVENTA CENTAVOS DE DOLAR. EL TERCER INMUEBLE:
situado en el Cantón San Francisco, jurisdicción de San Lorenzo,
Departamento de San Vicente de la extensión superficial según
74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
medidas lineales de DOCE MIL TRESCIENTOS UNO PUNTO
CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y
linderos especiales siguientes: AL NORTE: mide en cinco tramos
así: tramo uno: dieciocho punto noventa y nueve metros; tramo
dos: treinta y cuatro punto setenta y cuatro metros; tramo tres:
veinte punto diez metros; tramo cuatro; dieciséis punto noventa
y cuatro metros; tramo cinco: cuarenta y nueve punto noventa y
nueve metros, colindando actualmente con terrenos de ÁNGELA
MARTINEZ, MARÍA CONCEPCIÓN CUBIAS, MARGARITA
PALACIOS, con cerco de alambre de púas; AL ORIENTE: en cinco
tramos así: tramo uno ochenta y siete punto cero tres metros; tramo
dos: nueve punto ochenta y nueve metros; tramo tres: dieciséis
punto noventa y siete metros; tramo cuatro: quince punto setenta y
dos metros; tramo cinco: trece punto cero ocho metros, colindando
actualmente con terrenos de AGUSTÍN CORDOVA, con cerco de
alambre de púas; AL SUR: en dos tramos así: tramo uno: cuarenta
y siete punto cero siete metros; tramo dos: cincuenta y nueve punto
cincuenta y siete metros; colindando actualmente con terrenos de
MARIA CONCEPCIÓN CUBIAS, cerco de alambre de púas: AL
PONIENTE: en siete tramos así: tramo uno veintiuno punto noventa
y siete metros; tramo dos: diecisiete punto sesenta y tres metros;
tramo tres: dieciséis punto veintinueve metros; tramo cuatro: sesenta
y un punto cincuenta y ocho metros; tramo cinco: diecinueve punto
setenta y un metros; tramo seis: tres punto cero seis metros; tramo
siete: catorce punto setenta y un metros; colindando actualmente
con terrenos de RAMON PALACIOS con calle de por medio,
VIDAL URQUILLA, OSMIN CORDOVA y con otro terreno de
don MANUEL ANTONIO CRUZ CUBIAS, con calle de por medio.
Dicho inmueble se valúa en la suma de SETECIENTOS SESENTA
Y UN DÓLARES. Que dichos inmuebles los obtuvo el primero y el
segundo por compra que le hizo a la señora ISIDRA DEL CARMEN
MARTÍNEZ, el veinticinco de agosto de mil novecientos noventa
y siete, quien a su vez lo hubo el primer inmueble por compra que
le hizo al señor PABLO MARTINEZ y el segundo inmueble por
compra que le hizo a la señora VICTORIANA CUBIAS y el tercer
inmueble lo hubo por compra que le hizo al señor MARGARITO
PALACIOS AYALA, quien a su vez lo hubo por compra que le
hizo a don PABLO MARTÍNEZ.
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San
Sebastián, Departamento de San Vicente, a las trece horas y treinta
minutos del día veinticinco de abril del año dos mil siete. Licda.
GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA SUPLENTE. Br. BESSY CECILIA FABIAN FUEN-
TES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F006256-1
TITULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta oficina se presentó el Licenciado
JUAN ANTONIO LOPEZ, en su calidad de Apoderado del señor
MARGARITO GARCIA AREVALO, de setenta y cinco años de
edad, Comerciante, de este domicilio, con Documento Unico de
Identidad número: cero dos millones quinientos veintiún mil
novecientos noventa y ocho guión tres, solicitando Título de Do-
minio de un inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia
Milagro de La Paz, Pasaje San Luis, número siete, jurisdicción,
Distrito y Departamento de San Miguel, de la extensión superficial
de: DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE PUNTO VEINTISEIS
METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:
AL NORTE: diecisiete metros quince centímetros, colinda con
propiedad de la señora Petrona Cruz, tapial de ladrillo propiedad
del solicitante; AL ORIENTE: trece metros cuarenta centímetros,
colinda con propiedad de la señora María Magdalena Lazo Portillo
de Coreas, tapial de ladrillo propiedad de la colindante; AL SUR:
dieciocho metros veinte centímetros, colinda con propiedad de la
señora Juana Santos Vanegas Fuentes, tapial de ladrillo propiedad
del solicitante; y AL PONIENTE: dieciocho metros veinte centí-
metros, colinda con propiedad de la señora Delmira del Carmen
Villalobos, Calle de por medio, pared de ladrillo propiedad del
solicitante. En el inmueble antes descrito existe construida una casa
de sistema mixto. Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal,
no es dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real que
pertenezca a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión
con nadie, y lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y lo adquirió por compra
venta verbal de la Posesión Material que le otorgó a su favor la
señora Ana María Fuentes, mayor de edad, de oficios domésticos,
de este domicilio, en el año de mil novecientos noventa y dos.
Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente el
poseedor sumada a la de su antecesora data más de quince años
y sigue siendo en forma quieta, pacífica, e ininterrumpida y sin
clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los cinco días del
mes de junio del año dos mil siete. JOSE WILFREDO SALGADO
GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN
ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F006100-1
75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
CAMBIO DE DENOMINACIÓN
ASIENTO DE EMPRESA 2000034475
ESTABLECIMIENTO 2000034475- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTA-
BLECIMIENTOS.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
ALFONSO MORALES RECINOS, en su calidad de Representante
legal de la sociedad PRICEWATERHOUSECOOPERS, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura
social está inscrita bajo el número 10 del libro 233 y modificada
a los números 7 y 17 de los libros 1666 y 2102 respectivamente
del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número
de Identificación Tributaria: 0614-121278-001-4, ha presentado
solicitud de CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE SU EMPRESA
Y ESTABLECIMIENTO, a las nueve horas y cincuenta y cinco
minutos del día dieciocho de abril de dos mil seis. Con la cual
se le otorga la inscripción No. 50 del libro 112 del folio 101 al
102; a favor de la Empresa y Establecimiento, ahora denominados
PRICEWATERHOUSECOOPERS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, y que se dedica a SERVICIO DE AUDI-
TORIA Y CONTABILIDAD, con dirección en AVENIDA LA
REVOLUCIÓN Y CALLE CIRCUNVALACIÓN, EDIFICIO “B”,
CENTRO PROFESIONAL PRESIDENTE del domicilio de SAN
SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, diecinueve de abril de dos mil seis.
Lic. RUBÉN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C009805-1
AVISO DE INSCRIPCIÓN
LA INFRASCRITA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIA-
CIONES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICUL-
TURA Y GANADERÍA
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento
establecido en el Decreto número sesenta y tres, publicado en el
Diario Oficial número ciento treinta y tres, tomo trescientos treinta y
seis el dieciocho de julio de mil novecientos noventa y siete, donde
se emite el Reglamento de Funcionamiento y Vigilancia de las Aso-
ciaciones Agropecuarias. QUE LA “ASOCIACIÓN ACUÍCOLA
“LAGO DE ILOPANGO” DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,
QUE SE ABREVIA “ASALI” DE R.L.; con domicilio en Ilopango,
departamento de San Salvador; obtuvo su Personería Jurídica el día
nueve de mayo de dos mil siete; inscrita en el libro ochenta y uno
de Registro que esta oficina lleva bajo la siguiente codificación:
Dos mil doce del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA:
Publicar en el Diario Oficial el extracto y por una sola vez, el aviso
de inscripción correspondiente, Santa Tecla, a los once días del
mes de junio del año dos mil siete.- NOTIFÍQUESE.
Lic. GLADIS MARINA DE HERNÁNDEZ,
JEFA DEL DEPARTAMENTO.
1 v. No. F006183
JUICIOS DE AUSENCIA
CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO
LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
AVISA: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
JOSÉ ÁNGEL GÓMEZ LARIOS, Abogado, de este domicilio, ac-
tuando como Apoderado General Judicial de la DISTRIBUIDORA
DE AUTOMÓVILES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, que puede abreviarse DIDEA, S.A. DE C.V., ma-
nifestando que está promoviendo Juicio Civil Ejecutivo en este
Juzgado, contra la señora ANA BERTHA ORTIZ, mayor de edad,
de oficios domésticos, del domicilio de Santa Ana, a quien actual-
mente se le desconoce su domicilio; por ya no residir en el lugar
señalado en la demanda, e ignorar su paradero actual, es por lo
que deberá darle cumplimiento al artículo ciento cuarenta y uno
del Código de Procedimientos Civiles, por lo que PIDE: a) Me
admita el presente escrito; b) Ordene la publicación de los avisos
que señala el inciso tercero del artículo ciento cuarenta y uno del
Código de Procedimientos Civiles; c) Previos los trámites de ley, se
declare ausente a la señora ANA BERTHA ORTIZ, y se le nombre
un Curador Especial para que la represente en este proceso Civil
Ejecutivo, de conformidad al artículo ciento cuarenta y uno, del
Código de Procedimientos Civiles.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
de Ley.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Laboral: San Salvador,
a las quince horas y treinta minutos del día veintiuno de diciem-
bre del año dos mil cuatro.- Lic. CARLOS ROBERTO URBINA
AVILES, JUEZ QUINTO DE LO LABORAL.- Lic. ÁNGEL AN-
TONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. C009799
76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO
LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
AVISA: Que en este tribunal se ha presentado el Licencia-
do JOSÉ ÁNGEL GÓMEZ LARIOS, actuando en su carácter de
Apoderado General Judicial de la sociedad DISTRIBUIDORA DE
AUTOMÓVILES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE, que se abrevia DIDEA, S.A. DE C.V., demandando en
Juicio Civil Ejecutivo, a los señores CRUZ FRANCISCO PÉREZ
conocido por CRUZ FRANCISCO PÉREZ SALINAS y LORENA
MARITZA CALDERÓN FLORES, quienes son mayores de edad,
estudiante el primero y Bachiller en Comercio y Administración
la segunda, del domicilio de San Vicente el primero y la segunda
del domicilio de Apaneca, a quienes actualmente se les desconoce
su paradero, por lo que PIDE: Que previos los trámites legales se
declaren ausentes y se les nombre un Curador Especial que repre-
sente a los señores CRUZ FRANCISCO PÉREZ, conocido por
CRUZ FRANCISCO PÉREZ SALINAS y LORENA MARITZA
CALDERÓN FLORES, en el juicio antes relacionado.- En conse-
cuencia y de conformidad al Artículo 141 Inc. Tercero del Código
de Procedimientos Civiles, previénese que si los señores CRUZ
FRANCISCO PÉREZ conocido por CRUZ FRANCISCO PÉREZ
SALINAS y LORENA MARITZA CALDERÓN FLORE, tienen
o han dejado Procurador o Representante Legal, se presente a este
Juzgado a comprobarlo dentro de los quince días siguientes a la
tercera publicación de este aviso.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
de Ley.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Laboral: San Salvador, a
las diez horas del día veintiséis de mayo del año dos mil seis.- Lic.
CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO
LABORAL.- Lic. ÁNGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ,
SECRETARIO.
1 v. No. C009801
MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN
MIGUEL
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido
por el Licenciado Juan Antonio López, como Apoderado General
Judicial del señor José Antonio Chica Argueta conocido por José
Antonio Chicas Argueta y por José Antonio Chica, de cincuenta y
seis años de edad, comerciante, de este domicilio, contra la señora
Patrocinia de Jesús Ventura de Zapata, de cincuenta y un años de
edad, comerciante, de este domicilio, y el señor Natividad Ven-
tura, de ochenta años de edad, comerciante de este domicilio, se
ha presentado el Licenciado Juan Antonio López, en el carácter
mencionado, manifestando que los demandados Patrocinia de
Jesús Ventura de Zapata y Natividad Ventura, se han ausentado
de su domicilio, ignorándose su paradero así como si han dejado
en el país, procurador o abogado que los represente, por lo que se
previene que si lo tuvieren se presente a este Juzgado a hacer uso
de su derecho dentro del término de los quince días siguientes a
la tercera publicación de este edicto comprobando tal circunstan-
cia.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales consiguientes.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a
las once horas y treinta minutos del día catorce de marzo del año
dos mil siete.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE
PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA
DOLORES COREAS, SECRETARIA.
1 v. No. F006099
MARCOS WILSON OVIEDO, Notario, de este domicilio y de
San Salvador, con Oficina Profesional ubicada en Quinta Calle
Oriente Número Diecisiete de esta ciudad, al público para los
efectos de ley
HACE SABER: Que ante mis oficios la señora ISABEL CRUZ
conocida también por MARÍA ISABEL LÓPEZ QUIJANO, ha pro-
movido Diligencias previas al nombramiento de Curador Ad-litem
del señor PEDRO CRUZ, mayor de edad, Jornalero, del domicilio
de Santiago Texacuangos, departamento de San Salvador, de quien
se ignora su paradero, o si ha dejado Procurador o Representante
Legal, persona contra quien la interesada pretende promover Juicio
Civil Declarativo de Prescripción. Consecuentemente se previene
que si alguna persona es Procurador o Representante legal del
señor PEDRO CRUZ, se presente a la Oficina del Suscrito Notario
a comprobar tal circunstancia, a más tardar dentro de los quince
días posteriores al de la tercera publicación de este aviso en un
diario de mayor circulación.
En la ciudad de San Vicente, a quince horas del día cinco de
junio de dos mil siete.
Lic. MARCOS WILSON OVIEDO,
NOTARIO.
1 v. No. F006143
77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. CAMBIO DE NOMBRE
LICENCIADA ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA,
JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
DELGADO.
AVISA: Que en este Tribunal se ha presentado el Licenciado
JOSE MARIO ALEGRIA CRUZ, como Apoderado General Judi-
cial del señor MARCIANO MARTINEZ ARIAS, Promoviendo
Juicio Sumario de Cambio de Nombre, del señor antes mencio-
nado, quien desea cambiar su nombre actual o sea MARCIANO,
por el de MARIANO, por lo que la Suscrita Juez por este medio
PREVIENE A TODA PERSONA que tuviere razones suficientes y
fundadas para oponerse a dicho cambio de nombre se lleve a cabo,
se presente a este Tribunal dentro de los diez días siguientes a la
publicación del presente edicto a manifestar los fundamentos de
tal oposición.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos
de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Delgado, a las diez horas
del día veintitrés de febrero del año dos mil siete. Lic. ZOILA
MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL
DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,
SECRETARIA.
1 v. No. F006270
DISEÑO INDUSTRIAL
No. de Expediente: 2007002743
No. de Presentación: 20070005341
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado EDUARDO
ARTURO AVENDAÑO RODRIGUEZ, EMPRESARIO(A), del
domicilio de CALLE PADRES AGUILAR, EDIFICIO CLIME-
DIC, # 186, COL. ESCALON, SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como PROPIETARIO E INVENTOR,
solicitando se conceda Registro del DISEÑO INDUSTRIAL denomi-
nado BANDEROLA PUBLICITARIA, por el término improrrogable
de DIEZ AÑOS, con Clasificación Internacional CL20 03.
Se refiere a: BADEROLA PUBLICITARIA DE FORMA
CUADRANGULAR, CUYA COLOCACION SE REALIZA EN
POSTES Y EN LA PARTE SUPERIOR DEL POSTE SE COLO-
CAN REFLECTORES PARA SU ILUMINACION. La solicitud
fue presentada a las nueve horas y dieciocho minutos del día treinta
de marzo del año dos mil siete.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos
de Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los cinco días del mes
de junio del año dos mil siete.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
1 v. No. C009827
MARCAS DE FABRICA
No. de Expediente: 2006059334
No. de Presentación: 20060080241
CLASE: 20.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado IVONNE
KURI DE ZABLAH, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de INDUSTRIAS CAPRI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el re-
gistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:
CAPRI SET
Consistente en: Las palabras CAPRI SET, en la cual la palabra
SET traducida al castellano significa JUEGO, que servirá para:
AMPARAR: CAMAS, COLCHONES, MUEBLES METALICOS,
MUEBLES PARA CAMPING, ALMOHADAS Y ESPEJOS DE
MOBILIARIO
La solicitud fue presentada el día diecisiete de julio del año
dos mil seis.
78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil
seis.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009797-1
No. de Expediente: 2006059336
No. de Presentación: 20060080243
CLASE: 20.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado IVONNE
KURI DE ZABLAH, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de INDUSTRIAS CAPRI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el re-
gistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:
CAPRI
SUPER REST MASTER
Consistente en: Las Expresiones CAPRI SUPER REST MAS-
TER, que traducidas al castellano significan CAPRI SUPERIOR EN
DESCANSO, que servirá para: AMPARAR: CAMAS, COLCHO-
NES, MUEBLES METALICOS, MUEBLES PARA CAMPING,
ALMOHADAS Y ESPEJOS DE MOBILIARIO.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de julio del año
dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil
seis.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009798-1
No. de Expediente: 2007067621
No. de Presentación: 20070094537
CLASE: 14
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO
FERNANDO VIANA CANIZALEZ, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: la palabra XINJIA y diseño, que servirá para:
AMPARAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES Y
ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS O DE CHAPADO NO
COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES: JOYERIA, BISUTE-
RIA, PIEDRAS PRECIOSAS; RELOJERIA E INSTRUMENTOS
CRONOMETRICOS.
La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos
mil siete.
79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, trece de junio del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009812-1
No. de Expediente: 2007067622
No. de Presentación: 20070094538
CLASE: 14.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO
FERNANDO VIANA CANIZALEZ, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: la palabra XINJIA, que servirá para: AM-
PARAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES Y
ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS O DE CHAPADO NO
COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES: JOYERIA, BISUTE-
RIA, PIEDRAS PRECIOSAS; RELOJERIA E INSTRUMENTOS
CRONOMETRICOS.
La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, trece de junio del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009813-1
No. de Expediente: 2007067445
No. de Presentación: 20070094281
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por
JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: la palabra PANTENE PRO-V y diseño, que
servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLAN-
QUEAR Y OTRAS SUBSTANCIAS PARA USO DEL LAVADO;
PREPARACIONES DE LIMPIEZA, PULIDO, RESTREGAR Y
ABRASIVAS; JABONES; PERFUMERIA, ACEITES ESEN-
CIALES, COSMETICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO;
DENTIFRICOS.
La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, cinco de junio del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006146-1
80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375No. de Expediente: 2007066281
No. de Presentación: 20070092292
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
ANTONIO POLANCO VILLALOBOS, en su calidad de APO-
DERADO de PRODUCCIONES INFOVISION, S.A. DE C.V., de
nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: La expresión G Genomma Lab., traducido al
castellano como G Genomma Laboratorio, a la palabra Laboratorio
no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRO-
DUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS E HIGIÉNICOS;
SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS
PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS;
MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA MOL-
DES DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA
LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS,
HERBICIDAS.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año
dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006187-1
No. de Expediente: 2007066280
No. de Presentación: 20070092291
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
ANTONIO POLANCO VILLALOBOS, en su calidad de APO-
DERADO ESPECIAL de PRODUCCIONES INFOVISION, S.A.
DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: Las palabras G Genomma Lab., y diseño tra-
ducidas al castellano como G Genomma Laboratorio, donde sobre
la palabra laboratorio no se le concede exclusividad, que servirá
para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y
OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES
PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABO-
NES; PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS,
LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año
dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F006188-1
No. de Expediente: 2007066275
No. de Presentación: 20070092285
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
ANTONIO POLANCO VILLALOBOS, en su calidad de APO-
81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
DERADO ESPECIAL de PRODUCCIONES INFOVISION, S.A.
DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
GOICOECHEA
Consistente en: La palabra GOICOECHEA, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS
SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA
LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES;
PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LO-
CIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año
dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006191-1
No. de Expediente: 2007066277
No. de Presentación: 20070092288
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
ANTONIO POLANCO VILLALOBOS, en su calidad de APO-
DERADO de PRODUCCIONES INFOVISION, S.A. DE C.V., de
nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ASEPXIA
Consistente en: La palabra ASEPXIA, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS
E HIGIÉNICOS; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO
MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS, MATE-
RIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS
DIENTES Y PARA MOLDES DENTALES; DESINFECTANTES;
PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DA-
ÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año
dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006192-1
No. de Expediente: 2007066278
No. de Presentación: 20070092289
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
ANTONIO POLANCO VILLALOBOS, en su calidad de APO-
DERADO ESPECIAL de PRODUCCIONES INFOVISION, S.A.
DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
TOUCH ME
Consistente en: La expresión TOUCH ME, que se traduce al
castellano como TÓCAME, que servirá para: AMPARAR: PRE-
PARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS
PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PU-
LIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PERFUMERÍA,
ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL
CABELLO; DENTÍFRICOS.
La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año
dos mil siete.
82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, cuatro de junio del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006193-1
No. de Expediente: 2007066276
No. de Presentación: 20070092287
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
ANTONIO POLANCO VILLALOBOS, en su calidad de APO-
DERADO ESPECIAL de PRODUCCIONES INFOVISION, S.A.
DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ASEPXIA
Consistente en: La palabra ASEPXIA, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS
SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA
LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES;
PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LO-
CIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS.
La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año
dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, cuatro de junio del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006194-1
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2007066855
No. de Presentación: 20070093293
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado
MARDOQUEO JOSAFAT TOCHEZ MOLINA, en su calidad
de REPRESENTANTE LEGAL de ESTÉTICA INTEGRAL, SO-
CIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: La expresión ¡DEJANOS MOSTRARTE
LO BIEN QUE PUEDES LUCIR!, que servirá para: ATRAER
LA ATENCIÓN DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE LOS
SERVICIOS DE: SPAS, CLÍNICAS DE REDUCCIÓN DE PESO
Y SALONES DE BELLEZA COMPRENDIDOS DENTRO DE
LOS CUIDADOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PER-
SONAS.
La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año
dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil
siete.
ALICIA ESTER GARCÍA COREAS,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009829-1
83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
MATRICULAS DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA: 2002011248
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO: 2002011248- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMEN-
TO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ES-
TABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOAQUIN
ALBERTO PALOMO DENEKE, en su calidad de Representante
legal de la sociedad RIO VERDE, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse RIO VERDE, S.A.
DE C. V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de
SACACOYO, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita
bajo el número 18 del libro 411 del Registro de Sociedades del
Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria:
0614-250684-004-9; quien ha presentado solicitud a las doce horas
y treinta y nueve minutos del día catorce de julio de dos mil tres,
con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002011248 ins-
cripción 196 y el asiento de Establecimiento No 2002011248- 001
inscripción 197, ambos del libro 146 de Asientos de Matrícula de
Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada RIO VERDE,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se
dedica a PRODUCCION Y VENTA DE CAÑA, con dirección en
URBANIZACION LA ESPERANZA, 29ª AVENIDA NORTE, No.
1226, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a
UN MILLON SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUA-
RENTA Y CINCO 29/100 COLONES (¢ 1, 076,445.29) y que
tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado RIO VERDE,
S.A. DE C.V., ubicado en URBANIZACION LA ESPERANZA,
29ª AVENIDA NORTE, No. 1226, SAN SALVADOR, y que se
dedica a PRODUCCION Y VENTA DE CAÑA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintiocho de mayo de dos mil siete.
MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C009796-1
ASIENTO DE EMPRESA 2002027683
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002027683- 001, 002, 003,
004, 005, 006, 007
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
BELARMINO JAIME DE LA O, en su calidad de Representante
legal de la sociedad GRUPO CENTROAMERICANO DE TELE-
COMUNICACIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que puede abreviarse G. C. A. TELECOM, S.A. DE
C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de AN-
TIGUO CUSCATLAN, departamento de LA LIBERTAD, cuya
escritura social está inscrita bajo el número 3 del libro 1255 del
Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de
Identificación Tributaria: 0614-180397-102-6; el cual ha presentado
solicitud a las nueve horas y quince minutos del día diecinueve de
marzo de dos mil dos, con la cual se otorgó el asiento de Empresa
No. 2002027683 inscripción 82 y el asiento de Establecimiento No.
2002027683- 001, 002, 003, 004, 005, 006, 007 inscripción 83, 84,
85, 86, 87, 88, 89, todas del libro 147 de Asientos de Matrícula
de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada, GRUPO
CENTROAMERICANO DE TELECOMUNICACIONES, SOCIE-
DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a
TELECOMUNICACIONES, con dirección en COLONIA FLOR
BLANCA, 39ª AVENIDA SUR y 6ª 10ª CALLE PONIENTE, No.
540 del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuyo activo
asciende a CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS
MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS 71/100 DOLARES
($ 4,176,476.71) y que tiene los establecimientos siguientes: 001-)
denominado OFICINA CENTRAL, ubicado en COLONIA FLOR
BLANCA, 39ª AVENIDA SUR Y 6ª 10ª CALLE PONIENTE, No.
540 del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, y que se
dedica a TELECOMUNICACIONES, 002-) denominado AGENCIA
EL TREBOL, SANTA ANA, ubicado en BOSQUES DEL TRE-
BOL, POLIGONO No. J-4, No. 10 del domicilio y departamento de
SANTA ANA, y que se dedica a TELECOMUNICACIONES, 003-)
denominado AGENCIA LA GLORIA, MEJICANOS, ubicado en
URBANIZACION LA GLORIA, CALLE LA GLORIA, PASAJE
No. 6D, POLIGONO No. 6D, No. 19 del domicilio de MEJICANOS,
departamento de SAN SALVADOR, y que se dedica a TELECOMU-
NICACIONES, 004-) denominado AGENCIA CIUDAD PACIFICA,
SAN MIGUEL, ubicado en CIUDAD PACIFICA, BOULEVARD
EL PROGRESO Y AVENIDA LIBERTAD, POLIGONO 1-A, No.
18 del domicilio y departamento de SAN MIGUEL, y que se dedica
a TELECOMUNICACIONES, 005-) denominado A G E N C I A
CIUDAD FUTURA, CUSCATANCINGO, ubicado en CIUDAD
FUTURA, CALLE GOASCORAN AVENIDA XOCHIL, PASAJE
No. 78, No. 1 del domicilio de CUSCATANCINGO, departamento
de SAN SALVADOR, y que se dedica a TELECOMUNICACIONES,
006-) denominado AGENCIA CIUDAD REAL, SAN SEBASTIAN
SALITRILLO, ubicado en RESIDENCIAL SEVILLA, POLIGONO
BB, PASEO GENERAL EL PRADO, No. 14 del domicilio de SAN
SEBASTIAN SALITRILLO, departamento de SANTA ANA, y
que se dedica a TELECOMUNICACIONES, 007-) denominado
AGENCIA CIUDAD VERSALLES, ubicado en RESIDENCIAL
CIUDAD VERSALLES, VILLA MONACO, POLIGONO No. 34,
No. 45 del domicilio de SAN JUAN OPICO, departamento de LA
LIBERTAD, y que se dedica a TELECOMUNICACIONES.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
San Salvador, treinta y uno de mayo de dos mil siete.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C009828-1
ASIENTO DE EMPRESA 2002025682
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002025682-001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de Repre-
sentante legal de la sociedad BUFETE DR. JFH & ASOCIADOS,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede
abreviarse BUFETE DR. J. F. H. Y ASOCIADOS, S.A. DE C. V.;
de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SAL-
VADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 2 del
Libro 1172 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,
con Número de Identificación Tributaria: 0614-291195-107-0; el
cual ha presentado solicitud a las nueve horas y treinta minutos
del día doce de octubre de dos mil seis., con la cual se otorgó el
asiento de Empresa No. 2002025682 inscripción 191 y el asiento de
Establecimiento No. 2002025682- 001 inscripción 192, ambos del
libro l31 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento;
la Empresa denominada BUFETE DR. JFH & ASOCIADOS, SO-
CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica
a: SERVICIOS DE ABOGACIA Y NOTARIADO, con dirección
en COLONIA ESCALON, 7ª CALLE PONIENTE, ENTRE 87ª
Y 89ª AVENIDA NORTE, RESIDENCIAL FOUNTAINBLUE,
MODULO 1, APARTAMENTO No. 2 del domicilio de SAN SAL-
VADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL CUATROCIENTOS
VEINTIUN 07/100 DOLARES ($ 12,421.07) y que tiene el (los)
establecimiento (s), siguiente (s): 001- ) denominado BUFETE
DR. JFH Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V. ubicada en COLONIA
ESCALON, 7ª CALLE PONIENTE, ENTRE 87ª Y 89ª AVENIDA
NORTE, RESIDENCIAL FOUNTAINBLUE, MODULO 1, APAR-
TAMENTO No. 2 y que se dedica SERVICIOS DE ABOGACIA
Y NOTARIADO.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, catorce de noviembre de dos mil seis.
Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F006144-1
ASIENTO DE EMPRESA 2002027370
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002027370-001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-
CIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ED-
GARD HUMBERTO HENRIQUEZ ASENCIO, en su calidad de
Representante legal de la sociedad INMOBILIARIA DOBLE E,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; de nacionali-
dad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN,
cuya escritura social está inscrita bajo el número 40 del libro 906
del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número
de Identificación Tributaria: 0614 - 011092 -105-3; el cual ha
presentado solicitud a las doce horas y cuarenta y ocho minutos
del día veintiséis de marzo de dos mil siete, con la cual se otorgó
el asiento de Empresa No. 2002027370 inscripción 94 y el asiento
de Establecimiento No. 2002027370- 001 inscripción 95, ambos
del libro 143 de Asientos de Matrícula de Empresa y Estable-
cimiento; la Empresa denominada INMOBILIARIA DOBLE E,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se
dedica a COMPRAVENTA Y ARRENDAMIENTO DE MUEBLES
E INMUEBLES, con dirección en COLONIA LA SULTANA,
AVENIDA ANTIGUO CUSCATLAN, No. 21 del domicilio de
ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende
a TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS NO-
VENTA Y SEIS 52/100 DOLARES ($ 319,496.52) y que tiene el
establecimiento siguiente: 001- ) denominado E. E., S. A. DE C. V.
COLONIA LA SULTANA, AVENIDA ANTIGUO CUSCATLAN,
No. 21, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD
y que se dedica a COMPRAVENTA Y ARRENDAMIENTO DE
MUEBLES E INMUEBLES.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, dieciséis de abril de dos mil siete.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F006231-1
85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
SUBASTAS PUBLICAS
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
seguida en este Tribunal inicialmente por el Licenciado OSCAR
ALFONSO TEJADA IBAÑEZ y continuado por el Licenciado
JOSE ANGEL GOMEZ LARIOS, ambos como Apoderados de
la SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE AUTOMOVILES SOCIE-
DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE de este Domicilio,
contra los demandados señores FRANCISCO ORLANDO CRUZ
QUINTANILLA y JOSE LUDGERIO CRUZ QUINTANILLA,
ambos mayores de edad y Comerciantes, el primero del domicilio
de San Miguel Tepezontes, Departamento de La Paz, y el segundo
del domicilio de Cuscatancingo, representados ambos demandados
por medio de su Curador Ad - Litem el Licenciado EDUARDO
ANTONIO RAMOS ROSALES, reclamándole cantidad de colones
y demás accesorios legales, se venderán en Pública Subasta en este
Juzgado, los bienes inmuebles embargados siguientes: “PRIMER
INMUEBLE: Un terreno rústico, situado en el lugar denominado
Cuesta del Níspero, suburbio del Barrio El Tránsito, San Miguel
Tepezontes, Zacatecoluca, Departamento de La Paz, el cual está
cultivado con café en parte árboles frutales y otros, siendo fértil
y ejidal, de superficie quebrado, teniendo por linderos, mojones y
dimensiones, los siguientes: AL NORTE: Mide ciento diecinueve
metros linda con Aníbal López, quebrada seca en parte de por medio,
de una piedra en la quebrada a un izote, mojones esquineros, línea
quebrada; AL ORIENTE: Mide ciento veintidós metros lineales
del izote anterior a otro izote en una quebrada seca, linda con
Mariano Ramírez Quintanilla e Isidro Pérez, línea semicurva; AL
SUR: Mide ciento cincuenta metros linda con Ignacio González y
Natividad Escobar, quebrada seca de por medio del izote anterior
a otro izote mojón esquinero, situado en la quebrada; y AL PO-
NIENTE: Mide doscientos setenta y seis metros, compuesto por
tres rectas que miden: la primera mide ciento cuarenta metros del
izote que está en la quebrada a otro izote, la segunda que va de
oriente a poniente mide cuarenta y seis metros del izote anterior a
otro izote situado al borde de una peña y la tercera mide noventa
metros del izote anterior a la piedra donde se comenzó la medida,
linda con Rafael Esteban Mártir Chávez. Es sirviente por pasar
de oriente a poniente camino vecinal que conduce al Lago de
Ilopango, no es dominante. No tiene cargas, derechos reales, ni
proindiviso de ninguna especie. Lo hubo por compra que hizo a la
señora Dolores Ayala Viuda de Mariona, quien es de este domicilio.
Los colindantes son de este domicilio. De la rectificación de las
medidas efectuadas durante la inspección y mensura RESULTA:
Que se compone de aproximadamente de Dos Hectáreas Sesenta
y Seis Áreas Sesenta y Seis Centiáreas de superficie. El inmueble
anteriormente descrito está inscrito a favor del demandado señor
FRANCISCO ORLANDO CRUZ QUINTANILLA, bajo el Número
CINCUENTA Y DOS del Libro OCHOCIENTOS OCHENTA Y
DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera
Sección del Centro, Zacatecoluca, Departamento de La Paz, “SE-
GUNDO INMUEBLE: Un inmueble de naturaleza rústica en el
lugar denominado “El Amate” de San Miguel Tepezontes, siendo su
capacidad de cuarenta y cuatro Áreas ochenta y cuatro centiáreas,
cultivado de árboles de café, fue calificado fértil, mide y linda AL
ORIENTE: Setenta y siete metros, linda con terrenos de Mariano
Ardón Abrego, mediando brotones de izote; AL NORTE: Catorce
metros linda con terrenos de Candelaria Rivas, mediando brotones
de izote; AL PONIENTE: Ochenta y seis metros, linda con terre-
nos de Rodrigo Espinoza, mediando brotones; y AL SUR: Doce
metros noventa y cinco centímetros, linda con terrenos de Rodrigo
Espinoza, brotones de izote. El inmueble antes descrito está inscrito
a favor del demandado señor FRANCISCO ORLANDO CRUZ
QUINTANILLA, bajo el número OCHENTA Y SEIS del Libro
SETECIENTOS SETENTA Y TRES del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro, Zacatecoluca,
Departamento de La Paz. TERCER INMUEBLE: Dos porciones
de terrenos de naturaleza rústica en el lugar denominado Loma
del Amate, jurisdicción de San Miguel Tepezontes, PRIMERA
PORCION SE DESCRIBE ASI: AL ORIENTE: Mide de un palo
de pito hasta un izote, ciento cinco metros en línea recta, de aquí
quebrada hacia el poniente hasta otro izote, mide veintiséis metros
de aquí quebrada otra vez hacia el norte hasta una piedra grande
hacia esquina mide ochenta y seis metros, componiéndose todo este
rumbo, de una línea quebrada compuesta de tres rectas y linda con
José Mariona Menjívar, Tiburcia Pérez, al Norte linda con Benita
86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
Rivas, en línea recta, de la piedra hasta un madrecacao y un izote
que están juntas mide trece metros al poniente, linda con Concepción
Pérez y José Mariona Menjívar, mide desde el madrecacao hasta
otro izote noventa y nueve metros, de aquí quiebra hacia el oriente
hasta otro izote, midiendo cinco metros noventa centímetros de aquí
parte hacia el sur y mide hacia el camino real treinta y tres metros y
al sur de por medio, linda con Luciano Funes y mide treinta y seis
metros en línea curva, hasta el pito donde se empezó la medida.
Este terreno se compone de cuarenta y dos áreas de extensión su-
perficial. SEGUNDA PORCION: Se comprende de dieciséis áreas
de extensión y son sus límites las siguientes: AL ORIENTE: De
un izote está al pie de una peña a otro izote esquinero, mide en
línea recta ciento catorce metros y linda con terreno de Concepción
Pérez, AL NORTE: Mide quince metros del izote esquinero a otro
en línea recta y lindando con Benita Rivas, AL PONIENTE: Lin-
da con Vicente Rosales, en línea recta y mide ciento seis metros
hasta el pie de una peña, y AL SUR: Mide diez metros por el pie
de la peña hasta el izote donde se empezó la medida y linda con
terreno de José Mariano Menjívar. Este es medio dominante por
tener derecho a una servidumbre de tránsito sobre el eje del terre-
no del señor Concepción Pérez, el primero es sirviente por tener
el señor Pérez, también la servidumbre de tránsito para pasar al
suyo”. El inmueble antes descrito está inscrito a nombre del señor
FRANCISCO ORLANDO CRUZ QUINTANILLA, bajo el número
NOVENTA Y CUATRO del Libro SETECIENTOS NUEVE del
Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección
del Centro, Zacatecoluca, Departamento de La Paz.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a
las catorce horas del día diez de enero del año dos mil siete.- Dr.
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. C009798-1
MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO
CIVIL DE QUEZALTEPEQUE, AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por
el Licenciado ISAAC ERNESTO SAYES GONZALEZ, Apoderado
General Judicial de la CAJA DE CREDITO DE QUEZALTEPEQUE,
SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMI-
TADA DE CAPITAL VARIABLE contra la señora MARIBEL
ESPERANZA HERNANDEZ DE DIAZ, conocida por MARIBEL
ESPERANZA HERNANDEZ, reclamándole cantidad de dinero,
más intereses y costas procesales, SE VENDERA EN PUBLICA
SUBASTA UN INMUEBLE DE NATURALEZA URBANO. El
que se describe así: Sobre un inmueble de naturaleza urbano y
construcciones que contiene marcado en el plano de la urbanización
respectivo con el número OCHENTA Y SEIS del POLIGONO P,
PASAJE TREINTA Y CINCO de la Urbanización SAN JOSE,
TERCERA ETAPA, situada en jurisdicción de Soyapango, De-
partamento de San Salvador, el inmueble en referencia se describe
así: El lote es de naturaleza urbana y en él hay construida una casa
de sistema mixto y con todos sus servicios y tiene la localización,
medidas y linderos siguientes: partiendo de la intersección de los
ejes del pasaje treinta y dos y Pasaje treinta y cinco abiertos en la
Urbanización con rumbo Norte cero dos grados cuarenta y nueve
minutos seis décimos de minuto Este se miden sobre este último
ciento ocho metros cincuenta centímetros, en este punto haciendo
una deflexión derecha con rumbo Sur ochenta y siete grados diez
minutos cuatro décimos de minuto Este y distancia de dos metros
cincuenta centímetros, se llega al mojón número uno, esquina
noroeste del lote que se describe así: AL NORTE: partiendo del
mojón número uno con rumbo sur, ochenta y siete grados diez
minutos cuatro décimos de minuto Este y distancia de doce metros,
se llega al mojón número dos, lindando por este lado con el lote
número ochenta y cinco, polígono “P” de la misma urbanización; AL
ORIENTE, del mojón número dos, con rumbo sur cero dos grados
cuarenta y nueve minutos seis décimos de minuto oeste y distancia
de cinco metros se llega al mojón número tres lindando por este
lado con lote número ciento cincuenta y uno, polígono “P”, de la
misma urbanización; AL SUR, del mojón número tres con rumbo
norte ochenta y siete grados diez minutos cuatro décimos de minuto
Oeste y distancia de doce metros se llega al mojón número cuatro,
lindando por este lado con el lote número ochenta y siete, polígono
87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. “P”, de la misma urbanización; AL PONIENTE, del mojón número
cuatro con rumbo norte cero dos grados cuarenta y nueve minutos
seis décimos de minuto Este y distancia de cinco metros se llega al
mojón número uno donde se inició la presente descripción, lindando
por este lado con terrenos propiedad de Urbanización San José, S.A.
DE C.V., pasaje treinta y cinco de cinco metros de ancho de por
medio. El lote así descrito tiene un área de SESENTA METROS
CUADRADOS además tiene un área construida de CUARENTA
Y CUATRO METROS CUADRADOS. Inscrito a su favor bajo la
Matrícula M CERO CINCO CERO CERO DOS CERO CUATRO
DOS del Asiento CERO CERO CERO CINCO del Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.
Se admitirán las posturas que sean legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce
horas del día veintidós de marzo de dos mil siete.- Entrelíneas:
y- tres además tiene un área construida de CUARENTA Y CUA-
TRO METROS CUADRADOS- Valen.- Licda. MARIBEL DEL
ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.
JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009808-1
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Mu-
nicipio Judicial,
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en
el juicio ejecutivo civil promovido por el Licenciado ROBERTO
LOPEZ, como apoderado general judicial del señor JAIME FRAN-
CISCO SOLORZANO, contra los señores ABRAHAM CANIZA-
LEZ LINARES y SONIA AMERICA RIVERA DE CANIZALEZ,
próximamente se venderá en Pública Subasta, en este Juzgado, el
inmueble siguiente: Un inmueble desmembrado de uno de mayor
extensión superficial, con una extensión de CIENTO CINCUENTA
Y DOS METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS
DIECISIETE PUNTO CUARENTA Y OCHO VARAS CUA-
DRADAS, marcado con el número NUEVE del Polígono Número
TREINTA de la Lotificación Los Alpes, situado en el Cantón El
Pepeto, de esta jurisdicción de San Marcos, Departamento de San
Salvador, cuya descripción comienza a partir de la intersección
de las líneas centrales del Pasaje “B” y la Avenida Los Andes, se
parte al Sur, sobre la línea central de la última, una distancia de
veintiocho metros, luego en este punto se hace una deflexión derecha
de noventa grados, y con una distancia de tres punto cincuenta
metros, se llega al mojón esquinero Nor-Oriente, describiendo a
continuación cada lindero: AL ORIENTE, distancia de ocho metros
en línea recta, linda con lotes dieciocho y diecinueve del Polígono
Número veintisiete, Avenida Los Andes de siete metros de ancho
de por medio; AL SUR, distancia de diecinueve metros en línea
recta linda con lote número ocho del mismo Polígono treinta; AL
PONIENTE, distancia de ocho metros en línea recta, linda con
lote dieciséis del mismo Polígono treinta; AL NORTE, distancias
de diecinueve metros en línea recta, linda con lote diez del mismo
Polígono treinta. El lote se encuentra ubicado al Oriente del inmueble
general, no contiene construcciones ni cultivos. Dicho inmueble está
inscrito a favor de los señores ABRAHAM CANIZALEZ LINARES
y SONIA AMERICA RIVERA DE CANIZALEZ, en proindivisión
en un cincuenta por ciento cada uno, en el Sistema de Folio Real,
con Matrícula No. CERO UNO-CIENTO TREINTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE-CERO CERO CERO
Inscripción UNO y CERO CERO UNO-CERO CERO DOS, del
Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección
del Centro, Departamento de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-
partamento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos
del día veinte de marzo del año dos mil siete.- Dr. GUILLERMO
ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. IRMA ELENA
DOÑAN BELLOSO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006109-1
88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CI-VIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por ejecución iniciada en este Juzgado por el señor CONCEPCION JAVIER GARCIA ORTEGA, por medio de su Apoderado General Judicial, Licenciado MARIO ALBERTO GALEANO SALAZAR, contra la señora MARIA YOLANDA GOMEZ DE MENENDEZ, reclamándole cantidad de dinero adeudada y accesorios, se venderá en este Juzgado, en fecha que después se dará a conocer, en pública subasta y al mejor postor, el bien inmueble siguiente: “Un inmueble antes rústico hoy urbano, situado en el Cantón Chupaderos de esta jurisdicción, hoy Barrio Nuevo de esta ciudad, desmembrado hacia el rumbo Norte, el cual es de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: veinte metros veinte centímetros, con terreno de Juan Reyes, ahora de Carmen viuda de Gallardo, pared medianera; AL ORIENTE: seis metros veinticinco centímetros, pared propia, con predio del doctor Alfredo Valiente, Marcos Linares Fuentes y Emilia de Sandoval; AL SUR: en veinte metros veinte centímetros, pared medianera con resto que se reservó la Licenciada Edith Maricel Contreras Barrera hoy de Ortiz; y AL PONIENTE: seis metros veinticinco centímetros, Doce Avenida Sur de por medio, con terre-nos de Ricardo Alfonso Reyes. Tiene una extensión superficial de CIENTO VEINTISEIS METROS CUADRADOS VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS, y contiene una casa de sistema mixto con un área construida de setenta y tres metros cuadrados setenta centímetros cuadrados. Inscrito a favor de la señora MARIA YOLANDA GOMEZ DE MENENDEZ, bajo el número CINCO del Libro DOS MIL CIENTO DOCE “BIS” propiedad.” Al inmueble antes mencionado le afecta el gravamen de Hipoteca a favor del señor CONCEPCION JAVIER GARCIA ORTEGA, según el asiento número DOS de la Matrícula DOS CERO CERO SEIS NUEVE SIETE OCHO CINCO guión CERO CERO CERO CERO CERO de Hipotecas, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente; quien quiera hacer posturas que ocurra que se le admitirá siendo legal.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las doce horas treinta y cuatro minutos del día treinta de mayo de dos mil siete. DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F006115-1
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA, Al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por la actora señora, MARIA RUTILIA VASQUEZ DE HERNANDEZ o MARIA RUTILIA VASQUEZ VIUDA DE PINEDA, contra el ejecutado señor JOSE ARMANDO LIMA, se venderá en pública SUBASTA, en fecha que oportunamente se señalará, el inmueble siguiente: “Un terreno rústico, inculto, que no menciona su antecedente, situado en los suburbios del Barrio Santa Cruz de esta ciudad, desmembrado en la esquina Sur-Oriente de un inmueble de mayor extensión, con las medidas
y linderos siguientes: AL ORIENTE, trece punto cuarenta y cinco metros, calle al Cantón El Coco de por medio con lindero general o sea con propiedad de la sucesión de Gustavo Escalante; AL SUR, quince punto noventa y cinco metros, calle en medio con lindero general o sea camino en medio lindando con boca calle del camino a Chalchuapa, y terreno de Ovidio Zapata y Eugenio Guevara; AL PONIENTE, doce punto ochenta y cinco metros con resto que se reservó Javier Herrera Flores; y AL NORTE, catorce punto diez metros con resto que se reservó Javier Herrera Flores. De una extensión superficial de CIENTO NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CINCUENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS OCHENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRA-DOS CINCUENTA MILIMETROS CUADRADOS”. El inmueble antes descrito es propiedad del ejecutado, señor JOSE ARMANDO LIMA, por estar inscrito a su favor bajo el número SESENTA Y TRES del Libro UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS, de Propiedad de este Departamento.-
Se admitirán posturas siendo legales.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas diecisiete minutos del día seis de junio de dos mil siete.- LIC. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006126-1
EL INFRASCRITO JUEZ DE PAZ DE SAN ANTONIO DEL MONTE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE,
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo clasificado con el N° 09-2004, promovido por el señor José Rinaldo Garzona Villeda, contra la señora Ana Elvira Muzo viuda de Lizco, se ha ordenado LA VENTA EN PÚBLICA SUBASTA, de un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón San Ramón, jurisdic-ción de San Antonio del Monte, Departamento de Sonsonate, de una extensión superficial según registro de MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO PUNTO CERO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, pero según medidas lineales de una extensión su-perficial de DOS MIL DOSCIENTOS TRES PUNTO DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: Con una distancia de ochenta y cinco punto setenta metros, linda con resto de terreno, propiedad de los vendedores; AL ORIENTE: Con una distancia de veinte punto noventa y cinco metros, calle interna de cinco metros de ancho de por medio, linda con porción de terreno número cuarenta cinco - B; AL SUR: con una distancia de noventa y seis punto veinte metros, linda con porción de terreno número cuarenta y siete -A, y AL PONIENTE: Con una distancia de veinti-siete punto cinco metros, quebrada Pilas Secas de por medio, linda con porción de terreno número dieciocho-B. Todas las porciones de terreno colindantes son o han sido propiedad de la Asociación Cooperativa de Producción Agropecuaria “Indígena Ucesista de Sonsonate”; Inscrito a favor de la señora Ana Elvira Muzo viuda de Lizco, bajo la matrícula número DIEZ MILLONES CIENTO TRECE MIL NOVECIENTOS DOS GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento, en fecha que oportunamente se publicará y cantidad en que ha sido valuado.
89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
Juzgado de Paz de San Antonio del Monte, Departamento de Sonsonate, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil siete. LIC. CARLOS ALFREDO CASTRO HERNÁNDEZ, JUEZ DE PAZ. LIC. NEFY ANTONIO GALDÁMEZ MÉNDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006134-1
EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovi-do por el Licenciado ALFONSO ADAN FLORES ZELAYA, como Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA; contra la señora ALICIA RUIZ VIUDA DE TREMINIO cuya herencia yacente se encuentra representada por la curadora es-pecial nombrada Licenciada ROSA ESTER ALVAREZ HERRERA, se venderá en pública subasta en este tribunal en hora y fecha que será señalada posteriormente el inmueble que a continuación se describe: UN INMUEBLE de naturaleza rústica, hoy urbana, si-tuado en el lugar llamado Azumpa, Cantón Prusia, Jurisdicción de La Villa de Soyapango, hoy ciudad de Soyapango, departamento de San Salvador, de CIENTO TRES METROS CUADRADOS CUARENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS o sean CUA-TROCIENTAS CUARENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS de extensión, mide veintisiete metros cincuenta y ocho centímetros; al NORTE, veinticinco metros noventa y un centímetros al SUR, y once metros setenta centímetros a cada uno de los rumbos ORIENTE y PONIENTE, y linda: al NORTE, con predio de Alicia López. Al SUR, con inmueble de Simón Dimas; al ORIENTE, con terreno de Mariano Hernández; los predios colindantes por estos tres rumbos fueron de doña Mercedes Letona de Segura y formaron parte de todo el inmueble de donde se segregó este lote; y al PONIENTE, con el resto del terreno de doña Mercedes Letona de Segura, de donde se segregó el que se describe, calle de por medio abierta en el resto abierta en el resto del terreno. Según informe pericial de fecha tres de abril de mil novecientos noventa y siete, el inmueble descrito se encuentra ubicado en Colonia Suyapa, Avenida Letona número cinco, Soyapango Sector Oriente de Colonia Guadalupe. El inmueble anteriormente descrito se encuentra a favor de la señora ALICIA RUIZ VIUDA DE TREMINIO, bajo el número CUA-RENTA Y CINCO del libro UN MIL CIENTO DIEZ, trasladado al Sistema de Folio Real Automatizado bajo la matrícula M CERO CINCO UNO CERO CUATRO SIETE OCHO NUEVE Asiento CERO CERO CERO UNO, del Departamento de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MER-CANTIL: San Salvador, a las doce horas y cuarenta minutos del día catorce de noviembre del dos mil seis. LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL.- LICDA. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F006200-1
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado
con el número 570-E-05, promovido por el Licenciado SAMUEL
LANDAVERDE HERNANDEZ, como Apoderado del FONDO
DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO,
entidad cesionaria del BANCO CENTRAL DE RESERVA DE
EL SALVADOR y esta última cesionaria del BANCO DE CRE-
DITO INMOBILIARIO S. A. en liquidación, contra los señores
CARLOS EDUARDO NAJERA AGUILAR y JOSE RICARDO
SANSIVIRINI VALLE; se venderá en Pública subasta en este
Tribunal en fecha que más adelante se señalará, el bien inmueble
que a continuación se localiza y describe así: “Un inmueble de
naturaleza Urbano y construcciones que contiene situado en la
Catorceava Calle Poniente, número dos mil trescientos doce de
esta ciudad, que se describe así: Un inmueble Urbano, situado en
los suburbios del Barrio El Calvario de esta ciudad, en el lugar
denominado “Flor Blanca”, de una superficie de Quinientos Die-
ciocho metros cuadrados, Treinta y Siete centímetros cuadrados
que mide y linda: AL NORTE, Diez metros catorce centímetros,
con terreno propiedad de Luz Estévez de Fernández, AL ORIENTE,
Línea quebrada de tres tiros que se describe de Norte a Sur así:
I- dieciséis metros; II- tres metros treinta y seis centímetros, estas
dos líneas son perpendiculares entre sí, lindando con terreno de
Antonio Villavicencio González, terreno que juntamente con el que
se describe, formaron parte del inmueble general que perteneció
a Doña Mercedes Contreras de Muyshondt; III-Veintiséis metros
treinta y ocho centímetros; lindando en parte con terreno de José
Olidon Quezada y en otra parte igual con terreno de Napoleón
Quezada, ambos terrenos también formaron parte del inmueble
general que perteneció a Doña Mercedes Contreras de Muyshondt;
AL SUR. trece metros cincuenta centímetros, Catorce Calle Po-
niente de por medio, con terreno de la “Compañía Urbanización y
Construcciones, S.A.” arrendando al señor Carlos Alberto Santos
y terreno de propiedad de Luis Poma y Herbert Grabowsky, y AL
PONIENTE. Cuarenta y tres metros treinta y ocho centímetros con
terreno propiedad del Doctor Luis Edmundo Vásquez y terreno
arrendado a Julia López de Tirrello, propiedad de la expresada,
“Compañía Urbanización y Construcciones, S.A.” Inscrito a favor
de los demandados CARLOS EDUARDO NAJERA AGUILAR y
JOSE RICARDO SANSIVIRINI VALLE en el Sistema de Folio
Real Automatizado Matrícula número M CERO CINCO CERO
CERO UNO CINCO TRES CINCO Asiento CERO CERO CERO
CUATRO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de San
Salvador”.
Se admitirán posturas siendo legales
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MER-
CANTIL: San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del
día trece de junio de dos mil siete. LIC. ANA MARIA CORDON
ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- LIC. ANA
CECILIA FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F006224-1
90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE,
JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JU-
DICIAL,
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en
el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO SALVA-
DOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia BANCO
SALVADOREÑO, S.A. o BANCOSAL, S.A. contra el señor
JOSE EDUARDO IRAHETA ESCOBAR, reclamándole cantidad
de colones y accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta
en este Tribunal, en fecha que oportunamente se determinará, el
bien inmueble embargado siguiente: Un inmueble de naturaleza
rústica hoy urbano, situado en Cantones Jalacatal, y El Sitio,
jurisdicción de la ciudad de San Miguel y departamento de San
Miguel, identificado en los planos respectivos como lote número
seis del Block “E”, ubicado en Calle Los Aceitunos del Parque
Residencial El Sitio, que se localiza y describe así: partiendo de
la intersección formada por los ejes de Calle El Almendro Norte
y Calle Los Aceitunos del Parque Residencial El Sitio, se mide
sobre el eje de la Calle Los Aceitunos con rumbo Sur sesenta y un
grados, cuarenta y cuatro minutos, seis décimas de minuto Oeste,
una distancia de ciento once metros, setenta y nueve centímetros y
se llega a un punto donde con deflexión derecha de noventa gra-
dos y con rumbo Norte veintiocho grados quince minutos, cuatro
décimas de minuto Oeste y una distancia de nueve metros, se llega
al vértice Sur Este del lote que mide y linda: AL SUR: línea recta
con rumbo Sur sesenta y un grados cuarenta y cuatro minutos, seis
décimas de minuto Oeste y distancia de diecisiete metros, cincuenta
centímetros, linda con parte de los lotes números dos y tres del
Block “B”, Calle Los Aceitunos de dieciocho metros de ancho de
por medio; AL PONIENTE línea recta con rumbo Norte treinta
y tres grados, siete minutos, cuatro décimas de minuto Oeste y
distancia de cuarenta metros, linda con lote cinco del Block “E”,
AL NORTE: Línea recta con rumbo Norte sesenta y un grados,
cuarenta y cuatro minutos, seis décimas de minuto Este y distancia
de diecisiete metros, cincuenta centímetros, linda con parte del lote
número veinticuatro del Block “E”, AL ORIENTE: línea recta con
rumbo Sur treinta y tres grados, siete minutos, cuatro décimas de
minuto Este y distancia de cuarenta metros, linda con lote número
siete del Block “E” llegando así al punto de inicio de la presente
descripción. El lote descrito tiene una extensión superficial de
SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS
CUARENTA Y OCHO CENTESIMAS DE METROS CUADRA-
DOS. El inmueble relacionado se encuentra inscrito a nombre del
primer deudor señor JOSE EDUARDO IRAHETA ESCOBAR,
con la matrícula OCHO CERO CERO CERO CERO DOS DOS
UNO-CERO CERO CERO CERO CERO ASIENTO TRES del
Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección
de Oriente, del Departamento de San Miguel.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a
la subasta que deberán de presentar sus respectivos documentos de
identidad, NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de
libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo
u otro documento similar.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las nueve horas del día cinco de enero de dos mil
siete. LIC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. OSCAR EMILIO ZETINO
URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006235-1
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO,
HACE SABER: Que por ejecución seguida en el Juicio Eje-
cutivo Civil Ref. No. 261-EC-01, promovido por el Licenciado
JUAN CARLOS JUAREZ CORNEJO, en su calidad de Apoderado
General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Ins-
titución de Crédito, de Derecho Público, del domicilio de la ciudad
de San Salvador, contra la señora ANA ELIZABETH RUIZ DE
LOPEZ conocida por ANA ELIZABETH MONTERROZA RUIZ
DE LOPEZ, se venderá en fecha oportuna en pública subasta en
este Tribunal, el bien inmueble embargado en este juicio, cuya
descripción es la siguiente: “UN INMUEBLE antes rústico, hoy
urbano, situado en el Cantón Chupaderos de esta jurisdicción, hoy
lotificación EL TREBOL, de esta ciudad, donde se ha desarrollado
la URBANIZACION ALTO VERDE, marcado como LOTE NUME-
RO TREINTA Y UNO, SENDA EL ROBLE, POLIGONO TRES,
que tiene la descripción técnica siguiente: AL NORTE, cero punto
cero cero metros; AL SUR, catorce punto cero seis metros; AL
ORIENTE, cinco punto cero cero metros; Y AL PONIENTE, cinco
punto cero cero metros.- El lote antes descrito tiene una extensión
superficial de SETENTA METROS CUADRADOS, equivalentes
a CIEN PUNTO DIECISEIS VARAS CUADRADAS, en el cual
se encuentra construida una casa de sistema mixto completamente
nueva, de un área de treinta y seis metros cuadrados.- Siendo dicho
inmueble propiedad de la señora ANA ELIZABETH RUIZ DE
LOPEZ, conocida por ANA ELIZABETH MONTEROZA RUIZ
DE LOPEZ, según Asiento Número CERO CERO TRES, de la
Matrícula Número M - CERO UNO CERO CUATRO CINCO
OCHO SIETE NUEVE, del Registro Social de Inmuebles de este
Departamento.
Quien quiera hacer posturas que ocurra, que se le admitirá
siendo legal.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL:
Santa Ana, a las diez horas y veinte minutos del día once de abril
de dos mil siete. DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SE-
GUNDO DE LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F006245-1
91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
LICENCIADA MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE
GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley.-
HACE SABER: Que por ejecución seguida por el Licenciado
Demar Josué Figueroa Pineda, en su carácter de Apoderado Ge-
neral Judicial de la Caja de Crédito de Berlín, Sociedad Coopera-
tiva de Responsabilidad Limitada de Capital Variable; contra el
Señor Víctor Eduardo Moisa; por cantidad de dinero se venderá
en publica subasta en este Juzgado en un inmueble urbano y
construcciones que contiene ubicado en Residencial Sensunapán
II, situado en el lugar llamado “La Monja o Santa Lucía”, en los
suburbios del Barrio El Angel y final, de la Sexta Avenida Sur,
Sonsonate, jurisdicción y Departamento de Sonsonate.- Dicho
inmueble es un local comercial marcado con el número Nueve,
del Polígono “A”, de la Urbanización y se localiza y describe así:
Partiendo de la intersección de los ejes de la Sexta Avenida Sur y
Octava Calle Oriente, se miden sobre este último una distancia de
cincuenta y cinco punto cincuenta metros y rumbo norte cincuenta
y seis grados treinta y ocho punto seis minutos oeste, llegando a
un punto desde donde con una deflexión izquierda de noventa
grados y una distancia de diez punto cincuenta metros, se localiza
el esquinero Nor-oeste del terreno que mide y linda: AL NORTE,
línea curva de seis punto cincuenta metros lindando con Colonia
Divina Providencia, Octava Calle Oriente de veintiún metros de
ancho de derecho de vía de por medio; AL ORIENTE, línea recta
de siete punto noventa metros y rumbo Sur treinta y tres grados
veintiún punto cuatro minutos oeste, lindando con local número
ocho del mismo Polígono; AL SUR, línea recta de seis metros
y rumbo norte cincuenta y seis grados treinta y ocho punto seis
minutos oeste linda con lotes números ocho y nueve del Polígono
A, de la Urbanización Sensunapán Dos Poniente; línea recta de
ocho punto cincuenta metros y rumbo norte treinta y tres grados
veintiún punto cuatro minutos Este lindando con local número diez
del mismo Polígono.- El terreno así descrito tiene una extensión
superficial de cincuenta y cinco metros cuadrados equivalentes a
setenta y ocho punto sesenta y nueve varas cuadradas.-
Inscrito a favor del demandado al NUMERO TREINTA Y
SEIS DEL LIBRO UN MIL OCHENTA Y OCHO DE PROPIEDAD
del Departamento de Sonsonate.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial
de Berlín, a las doce horas y cincuenta y cinco minutos del día ocho
de Junio de dos mil siete. LICDA. MERCEDES CONCEPCION
SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR.
ANA MARGARITA BERMÚDEZ DE HENRÍQUEZ, SECRETA-
RIO.
3 v. alt. No. F006249/F006251-1
LICENCIADO JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTE DISTRI-
TO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el
Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el BANCO AGRICOLA,
SOCIEDAD ANONIMA, que se abrevia BANCO AGRICOLA,
S. A., y cuyos nombres comerciales son BANCO AGRICOLA
COMERCIAL DE EL SALVADOR, BANCO AGRICOLA CO-
MERCIAL, BANCO AGRICOLA o solamente EL AGRICOLA
y con sus siglas BAC, contra las señoras CECILIA DE LOS AN-
GELES GARCIA MINEROS DE VASQUEZ y MARIA TERESA
MINEROS, reclamándoles cantidad de colones y accesorios de
Ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha
que oportunamente se determinará, el bien inmueble embargado
siguiente:“Un inmueble de naturaleza urbano situado en Barrio
El Calvario, jurisdicción de Quezaltepeque, departamento de La
Libertad, de una extensión superficial de CIENTO OCHENTA
METROS CUADRADOS SESENTA Y CINCO DECIMETROS
CUADRADOS, de las medidas y colindancias especiales siguientes:
AL ORIENTE, calle pavimentada de por medio que no mencionaba
el preantecedente, con terreno que fue de Antonia Platero, hoy de
Luis Alfonso Portal, y otra porción de Moisés Batan, catorce metros;
AL SUR, trece metros cincuenta y cinco centímetros con solar de
Francisco Ramírez, hoy de Vicente Sánchez, AL PONIENTE, trece
metros treinta y cinco centímetros con casa de Isaura Licida y José
Alvarenga, hoy de Oscar Alvarenga y al NORTE, trece metros
con el resto del terreno que le queda a la señora Daysse Consuelo
Flores de Echeverria, conocida por Deysi Consuelo Flores de
Echeverría y que es de donde se desmembró el que se describe. El
inmueble anteriormente descrito, se encuentra inscrito a favor de
las demandadas señoras CECILIA DE LOS ANGELES GARCIA
MINEROS DE VASQUEZ y MARIA TERESA MINEROS, en
proindivisión y por partes iguales, equivalentes a un cincuenta por
ciento cada una; al número CINCUENTA Y NUEVE del Libro DOS
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS, propiedad del Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro,
La Libertad, departamento del mismo nombre.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a
la subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de
Identidad Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica
por medio de libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de
ahorro, efectivo u otro documento similar.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las catorce horas y quince minutos del día cuatro
de mayo de dos mil siete. LIC. JOSE GUILLERMO RAMOS
CHORRO, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL INTO.- LIC.
OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006258-1
92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
REPOSICION DE CERTIFICADO
AVISO
BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S.A.,
COMUNICA: que a sus oficinas principales ubicadas en Agen-
cia Senda Florida Pasaje Senda Florida Sur, Colonia Escalón, se
ha presentado el propietario del Certificado de Acciones número
427, solicitando la reposición de dicho certificado por haberlo
extraviado.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del
público en general, para los efectos legales del caso, que transcurri-
dos treinta días después de la tercera publicación de este aviso, y si
no hubiese ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado
en referencia.
San Salvador, 14 de junio de dos mil siete.
JOSE ROBERTO NAVARRO E.,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F006156-1
AUMENTOS DE CAPITAL
AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL MINIMO
El infrascrito Administrador Único Propietario; En Junta General
Extraordinaria de Accionistas, de la Sociedad LA CADENA SAL-
VADOREÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
que se abrevia LA CADENA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V.,
celebrada en las oficinas administrativas de la sociedad situada en
Autopista Norte, #5, Colonia El Refugio, San Salvador, a las nueve
horas del día veintitrés de Mayo del año dos mil siete.
HACE SABER: Que por resolución tomada en Junta General
Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad LA CADENA SAL-
VADOREÑA, S.A. DE C.V., Celebrada el día veintitrés de mayo
del año dos mil siete, como punto único: Acuerdan y aprueban,
aumentar el Capital Social Mínimo con utilidades acumuladas de
los ejercicios 1996, 1997 y 2002 por un total de veintidós mil
ochocientos cincuenta y siete 15/100 Dólares ($22,857.15), más
el capital Inicial de dos mil doscientos ochenta y cinco 71/100
Dólares ($2,285.71) quedando el Capital Social Mínimo Pagado de
veinticinco mil ciento cuarenta y dos 86/100 Dólares ($25,142.86)
y Capital Social Variable Pagado de Trescientos Cuarenta y tres
mil cuatrocientos veintiocho 58/100 Dólares ($ 343.428.58).
Se designa como ejecutor especial a la señora Brenda Patricia
Alvarado Aldana para comparecer ante notario para otorgar la
Escritura correspondiente.
Y para los efectos legales correspondientes extiendo la presente
en San Salvador, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos
mil siete.
BRENDA PATRICIA ALVARADO ALDANA,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C009806-1
El infrascrito secretario de la sociedad CONSTRUCCION Y TRI-
TURACION S.A. de C.V.,
HACE CONSTAR: que en el libro de actas de Asamblea
General de la Sociedad, en los folios del tres al cinco, se encuentra
el acta número dos de asamblea general celebrada en fecha 24 de
marzo de 2006, y en el numerales dos literalmente dice: Punto
dos; Incremento de Capital Social, en la parte fija: Se acuerda
incrementar el capital social fijo de la sociedad en OCHENTA Y
OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO 43/100 DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, equivalente a Siete
mil setecientas cincuenta y seis acciones, de un valor nominal de
Once dólares con Cuarenta y Tres centavos de dólar de los Estados
Unidos de América cada una; ascendiendo, el capital en su parte fija,
un total de CIEN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA.
San Salvador, 25 de marzo de 2006.
CONSTRUCCION Y TRITURACION, S.A. DE C.V.
Ing. LUIS ANTONIO RAMIREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009810-1
93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL
Se hace del conocimiento del público en general para los efectos
legales consiguientes que en Junta General de socios, en sesión
extraordinaria de la Sociedad HOSPITALES DE ORIENTE, SO-
CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, celebrada en la
Ciudad de San Miguel, departamento de San Miguel, el día cinco
de marzo de dos mil siete, se tomó el acuerdo como Punto Único
el Aumento de Capital Social Mínimo en CINCUENTA MIL
COLONES EXACTOS (¢50.000.00) equivalente a CINCO MIL
SETECIENTOS CATORCE 29/100 DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA ($5,714.29) por lo que en lo sucesivo será
de CIEN MIL COLONES EXACTOS (¢100,000.00) equivalente a
ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($11,428.57), divido
en MIL ACCIONES de un valor nominal de CIEN COLONES
EXACTOS (¢100.00) equivalente a ONCE 43/100 DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($11.43).
San Miguel, a los cuatro días del mes de junio de dos mil
siete.
Dr. AGUSTIN ANTONIO ALVARENGA,
PRESIDENTE.
Dr. REYNALDO LOPEZ CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009814-1
AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL
Se hace del conocimiento del público en general para los efectos
legales consiguientes que en Junta General de socios, en sesión
extraordinaria de la Sociedad CENTRO MEDICO DE ORIENTE,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, celebrada
en la Ciudad de San Miguel, departamento de San Miguel, el día
once de enero de dos mil siete, se tomó el acuerdo como Punto
Unico el Aumento de Capital Social Mínimo en SETENTA Y DOS
MIL COLONES EXACTOS (¢72.000.00) equivalente a OCHO
MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ 8,228.57) por lo que en lo
sucesivo será de CIEN MIL COLONES EXACTOS (¢100,000.00)
equivalente a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO
57/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
($11,428.57), divido en MIL ACCIONES de un valor nominal
de CIEN COLONES EXACTOS (¢100.00) equivalente a ONCE
43/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
($11.43).
San Miguel, a los cuatro días del mes de junio de dos mil
siete.
Dr. AGUSTIN ANTONIO ALVARENGA,
PRESIDENTE.
Dr. REYNALDO LOPEZ CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009815-1
AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL
Se hace del conocimiento del público en general para los efectos
legales consiguientes que en Junta General de socios, en sesión
extraordinaria de la Sociedad ASESORES MEDICOS, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, celebrada en la Ciudad de
San Miguel, departamento de San Miguel, el día treinta de marzo
de dos mil siete, a las catorce horas con treinta minutos, se tomó el
acuerdo como Punto Único el Aumento de Capital Social Mínimo
en SETENTA Y NUEVE MIL COLONES EXACTOS (¢79,000.00)
equivalente a NUEVE MIL VEINTIOCHO 57/100 DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($9,028.57) por
lo que en lo sucesivo será de CIEN MIL COLONES EXACTOS
(¢100,000.00) equivalente a ONCE MIL CUATROCIENTOS
VEINTIOCHO 57/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA ($11,428.57), divido en MIL ACCIONES de un
valor nominal de CIEN COLONES EXACTOS (¢100.00) equiva-
lente a ONCE 43/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA ($ 11.43).
San Miguel, a los cuatro días del mes de junio de dos mil
siete.
Dr. AGUSTIN ANTONIO ALVARENGA,
PRESIDENTE.
Dr. REYNALDO H. LOPEZ CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009816-1
94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
DISMINUCION DE CAPITAL
DISTRIBUIDORA DE FERTILIZANTES, S.A. DE C.V.,
AVISA: que según Junta General Extraordinaria de Accionis-
tas número 48 celebrada a las 9 horas del día 8 de febrero del año
2007 se acordó disminuir el Capital Social en la parte Variable en
$500,000.00.
San Salvador, 8 de febrero del año 2007.
BERND GRABS,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.
DISTRIBUIDORA DE FERTILIZANTES, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F006211-1
AVISO DE COBRO
EL INFRASCRITO JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE LA
DEPARTAMENTAL DE EDUCACION LA LIBERTAD,
HACE SABER: Que en esta Unidad se ha presentado el señor
ORLANDO ENRIQUE GUZMAN RAMIREZ, mayor de edad, con
DUI No. 04056426-4 del domicilio de Huizúcar, Barrio El Centro,
Avenida Santos Guzmán, departamento de La Libertad; solicitando
se le permita cobrar la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA Y
UNO 77/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AME-
RICA correspondiente al período del 01 de Junio al 30 del mismo
mes, del Dos mil siete, que a su fallecimiento dejó pendiente de
cobro su Madre, ANA DOLORES RAMIREZ en concepto de sueldo,
quien falleció el día 09 de Junio de 2007, cuando desempeñaba
el cargo de Profesor Docente Nivel Dos en el Centro Escolar de
Huizúcar, Departamento de La Libertad, código 11062, con cargo
a las Cifras Presupuestarias 2007-3100-3-03-01-21-1.
Lo anterior se informa para conocimiento del público, a fin
de que toda persona que se crea con mayor o igual derecho, se
presente a hacer uso de él, a más tardar dentro del término de 3
días, después de la última publicación del presente aviso.
La Libertad, a los catorce días del mes junio de dos mil sie-
te.
Ing. GUILLERMO ANTONIO CASTRO VIANA,
JEFE DE RECURSOS HUMANOS
DEPARTAMENTAL DE EDUCACION LA LIBERTAD.
3 v. 1 v. c/3 d. No. F006264-1
ADMINISTRACION DE CONDOMINIO
El infrascrito Director Secretario de la Junta Directiva de la
Asamblea de Propietarios del CONDOMINIO LA CASTELLA-
NA-ETAPA I,
CERTIFICA: Que en sesión de Asamblea General de Pro-
pietarios, celebrada el día 19 de febrero del corriente año, en el
ACTA uno, se nombró como miembros de la Junta Directiva a los
señores: Ing. Mauricio Gustavo López, Dr. Luis Nelson Segovia,
Lic. Jorge I. Nieto Punyed, Ana María Heryman de Chávez e Ingrid
Tiraboschi de Castaneda y se les autorizó para que entre ellos se
designaran en los cargos respectivos de conformidad con el Re-
glamento del Condominio. Y que en la primera reunión de Junta
Directiva, ACTA UNO, por mandato de la Asamblea General los
directores elegidos procedieron a distribuirse los cargos, los cuales
quedaron así:
Presidente: Ing. Mauricio Gustavo López
Secretario: Dr. Luis Nelson Segovia
Tesorero: Lic. Jorge Nieto I. Punyed
Primer Vocal: Sra. Ana María Herman de Chávez
Segundo Vocal: Sra. Ingrid Tiraboschi de Castaneda.
Quienes aceptaron sus cargos y tomaron posesión de los
mismos.
El presidente de la Junta Directiva tendrá la representación
legal de la Administración del Condominio La Castellana-Etapa
I, o en su defecto, quien haga sus veces.
95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. Y para los efectos legales consiguientes expido la presente
certificación, en la ciudad de San Salvador, a los dieciséis días del
mes de mayo de dos mil siete.
Dr. LUIS NELSON SEGOVIA.
3 v. c. No. F006168-1
MARCAS DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2007066279
No. de Presentación: 20070092290
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
ANTONIO POLANCO VILLALOBOS, en su calidad de APO-
DERADO ESPECIAL de PRODUCCIONES INFOVISION, S.A.
DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras G Genomma Lab, traducido al
castellano como G Genomma Laboratorio, a la palabra Laborato-
rio no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR:
PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES;
ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006190-1
No. de Expediente: 2007064899
No. de Presentación: 20070089920
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GIANCAR-
LO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de TGC, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras WZ Win Zone G y diseño,
traducidas al castellano como WZ Zona de Triunfo G, sobre las
palabras de uso común no se concede exclusividad individual-
mente consideradas, que servirá para: AMPARAR: PROGRAMA
DE ENTRETENIMIENTO CONSISTENTE DE UN SEGMENTO
CONTINUO DE TELEVISION MOSTRANDO INFORMACION
RELACIONADA AL GOLF, ESTADISTICAS Y PREDICCIONES
DE ESTE DEPORTE.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del
año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil
siete.
ALICIA ESTER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F006195-1
96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIAS
MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las ocho horas cuarenta minutos del día dieciséis de abril del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia testamentaria dejada por la señora FRANCISCA GUZMÁN o Francisca Guzmán Guardado, fallecida el día cuatro de diciembre del año dos mil en esta ciudad, siendo ésta el lugar de su último domicilio, de parte del señor RAÚL ALEJANDRO GUZMÁN MURGA y JUAN CARLOS GUZMÁN ESCOBAR, en concepto de herederos testamentarios de la causante.
Y se ha conferido a los aceptantes la administración y repre-sentación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas quin-ce minutos del día dos de mayo del dos mil siete.- Dr. MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005678-2
RODOLFO ERNESTO CHACÓN, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este tribunal con fecha ocho horas cincuenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario, de parte de la señora ELVIA MARILIA SANDOVAL VIUDA DE CALDERÓN, y de la menor ELVIA MAGALI CALDERÓN SANDOVAL, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante EFRAÍN CALDERÓN conocido por EFRAÍN CALDERÓN BARCENAS y por EFRAÍN CALDERÓN BARCENES, quien fue de cuarenta y seis años de edad, empleado, casado, fallecido en la Ciudad de Nueva York, Estados Unidos de Norte América, el día diecisiete de agosto de dos mil cinco, siendo su último domicilio el municipio de Texistepeque, jurisdicción de este Departamento.
Las aceptantes mencionadas, son cónyuge e hija del causante, respectivamente, y en ese carácter se les confiere interinamente la administración y representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público para que todo aquel que se crea con derecho en la presente sucesión, se presente a deducirlo dentro de los quince días subsiguientes al de la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil; Santa Ana, a las nueve horas veinte minutos del día veintiuno de marzo de dos mil siete.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACÓN, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHÁVEZ, SECRE-TARIA.
3 v. alt. No. F005680-2
JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día diecisiete de marzo de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón Azacualpa jurisdicción de Ciudad Victoria, Departamento de Cabañas, siendo Ciudad Vic-toria, Departamento de Cabañas su último domicilio; dejó el señor JOSÉ ANTONIO PALMA LARA, quien fue de cuarenta y seis años de edad, casado, jornalero, hijo de Ramón Palma y Sabina Lara, originario de Ciudad Victoria, Departamento de Cabañas; de parte de la señora MARIA DE JESÚS REYES DE PALMA hoy VIUDA DE PALMA, en calidad de cónyuge del causante. Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida sucesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil siete.- Lic. JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ISABEL ERICELDA ALVARADO PONCE, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F005706-2
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por resolución proveída por este tribunal, a las once horas cincuenta y tres minutos del día diecinueve de diciembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inven-tario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida a las tres horas treinta minutos del día trece de agosto del año dos mil, en la Colonia Ruano de esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa; dejó el señor JOSÉ ANTONIO QUEZADA SARMIENTO, quien fue de cincuenta y tres años de edad, Jor-nalero, Casado, de parte de la señora CÁNDIDA ROSA PÉREZ VIUDA DE QUEZADA, en su concepto de cónyuge del expresado causante, a quien se le nombra INTERINAMENTE Administradora y Representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este juzgado, a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas treinta y tres minutos del día veintiuno de diciembre de dos mil cinco.- Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. SILVIA MARLENE SIERRA FLORES, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F005712-2
97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, al público, para
los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las
nueve horas diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada con
beneficio de inventario, de parte del señor EUGENIO DE JESUS
MEDINA, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante
MERCEDES DEL CARMEN JACO, quien fue de cincuenta y nueve
años de edad, soltera, de oficios domésticos, fallecida el día diez
de junio del año dos mil cinco, en el Cantón Ranchador de esta
jurisdicción, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio,
el aceptante mencionado es cónyuge sobreviviente de la de cujus
y en ese carácter se le confiere interinamente la administración y
representación de la sucesión con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público, para que todo
aquél que se crea con derecho a la sucesión, se presente a este
tribunal a deducirlo dentro de los quince días subsiguientes a la
tercera publicación de este edicto.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las
nueve horas veinticinco minutos del día dieciocho de mayo de
dos mil siete.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SE-
GUNDO DE LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005737-2
LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO
DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZAN,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juz-
gado a las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora
FLORA ALICIA VELASQUEZ MARTINEZ, de cuarenta años de
edad, de oficios domésticos, del domicilio de San Francisco Gotera,
Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad
Número cero dos millones quinientos veintidós mil sesenta y cuatro
quión uno; de la herencia que en forma intestada dejó la causante
MARIA MELVA VELASQUEZ MAYEN, conocida por MARIA
MELVA VELASQUEZ, y por MARIA MELBA VELASQUEZ,
quien fue de setenta años de edad, soltera, de oficios domésticos,
originaria de Jocoro, hija de ELIA VELÁSQUEZ y ALFONSO
MAYEN, quien falleció a las cinco horas del día veintinueve de
abril del año dos mil seis, en el Cantón Flamenco de la Jurisdicción
de Jocoro, Departamento de Morazán, siendo ese lugar su último
domicilio; en concepto de hija y como cesionaria de los derechos
hereditarios que le correspondía a la señora GLORIA DAYSI
VELASQUEZ, hija de la causante a quien se le ha conferido en
la calidad expresada, la administración y representación INTE-
RINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Y cita a las partes que se crean con derecho a la herencia, para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de
quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de
este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,
a las catorce horas y veinte minutos del día veintidós de mayo
de dos mil siete.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ
1º. DE 1ª. INSTANCIA.- Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO
DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005749-2
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribu-
nal a las diez horas veinte minutos de este día, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte la
señora EMMA GRACIELA RECINOS CARTAGENA, los menores
JAIME ISRAEL RECINOS CARTAGENA y NATALIA RAQUEL
RECINOS CARTAGENA, en su calidad de hijos del causante, y la
señora GRACIELA CARTAGENA DE RECINOS, en calidad de
Cónyuge sobreviviente y en representación de sus menores hijos
antes mencionados, la Sucesión INTESTADA que a su defunción
dejó el señor JAIME ARNOLDO RECINOS RUANO, quien fue
de cuarenta y seis años de edad, Casado, hijo de los señores EMMA
RUANO DE RECINOS e ISRAEL RECINOS ROJAS, originario
98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña, quien falleció el
día seis de mayo de dos mil seis, y cuyo último domicilio fue
Soyapango.
Confierese a los aceptantes declarados la administración
y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce
horas veinticinco minutos del día veinte de abril de dos mil sie-
te.- Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE
LO CIVIL.- Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005763-2
LICENCIADA MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE
GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN,
DEPARTAMENTO DE USULUTAN, al público para los efectos
de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta
minutos del día dos de agosto del corriente año, se ha tenido por
aceptada expresamente y sin beneficio de inventario la herencia
intestada, de los bienes que a su defunción dejó la causante MARIA
PAULA GUERRERO, quien falleció a las dos horas del día siete
de abril de mil novecientos noventa y ocho, en el Cantón Santa
Anita, de la jurisdicción de Mercedes Umaña, siendo éste su último
domicilio, de parte de CARLOS ALFREDO COREAS JUAREZ,
en calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le corres-
pondían, a JOSE VICENTE GUERRERO PERDOMO, conocido
por JOSE VICENTE GUERRERO, en calidad de hijo del causante,
a quien se le confiere la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que
dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso
de sus derechos lo que se pone en conocimiento del público para
los efectos legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de
Berlín, a los dos días del mes de agosto de dos mil seis. Lic. MER-
CEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ
DE HENRIQUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005770-2
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal a
las diez horas del día treinta y uno de mayo de dos mil siete, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia Intestada, dejada a su defunción por el señor SERA-
FIN LOPEZ, conocido por SERAFIN CORDERO LOPEZ, quien
fue de setenta y un años de edad, Jornalero, Casado, fallecido el
día treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y tres, en
Quezaltepeque, siendo éste su último domicilio, de parte del señor
SERAFIN CORDERO CAÑAS, conocido por SERAFIN CAÑAS
CORDERO, en su calidad de hijo del causante, y a la vez como
Cesionario de los Derechos Hereditarios que en la Sucesión le
correspondían a la señora MARGARITA CAÑAS, conocida por
MARGARITA CAÑAS DE LOPEZ, en su calidad de Cónyuge
sobreviviente del causante, a quien se le ha conferido la Adminis-
tración y representación Interina de la Sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos
de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Queza1tepeque, a las
once horas del día treinta y uno de mayo de dos mil siete.- Licda.
MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE
LO CIVIL.- Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005783-2
99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,
al público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y
treinta minutos del día dos de este mes, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada
que dejó ALBA AZUCENA AGUILAR, fallecida el veinticinco
de noviembre de dos mil cinco, en el Hospital Rosales, San Salva-
dor, siendo Zacatecoluca,su último domicilio, por parte de JULIO
ARMANDO DOMINGUEZ, en concepto de cesionario de los de-
rechos hereditarios que le correspondían a MARIA ESPERANZA
AGUILAR MERLOS o MARIA ESPERANZA AGUILAR, hija de
la causante. Nómbrase al aceptante, interinamente, administrador
y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia,
para que dentro del término de quince días contados a partir del
siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a
deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciocho de mayo
de dos mil siete. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO
CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005789-2
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CI-
VIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de fecha
catorce horas cuarenta minutos de este día, se ha tenido por acep-
tada, con beneficio de inventario, de parte de la señora MARIA
LUISA LAU MARQUEZ DE SANDOVAL, la sucesión intestada
que a su defunción dejó el causante, señor RAFAEL ARNOLDO
SANDOVAL, quien fue de setenta y cinco años de edad, Mecánico y
falleció el día uno de diciembre de dos mil cuatro, en el Barrio Santa
Bárbara, de esta ciudad; lugar de su último domici1io, la aceptante
mencionada es cónyuge sobreviviente del susodicho causante; y
en ese carácter se le confiere la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las
quince horas cuarenta minutos del día quince de mayo de dos mil
siete.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUN-
DO DE LO CIVIL.- Br. ALBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005790-2
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CI-
VIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de fecha
catorce horas cinco minutos de este día, se ha tenido por acep-
tada, con beneficio de inventario, de parte de la señora YELDA
RODRIGUEZ DE MOLINA, conocida por YELDA MOLINA, la
sucesión testamentaria que a su defunción dejó la causante, señora
YELDA MOLINA DE RODRIGUEZ, conocida por YELDA AUREA
LETICIA DE JESUS MOLINA MORALES, quien fue de ochenta y
cuatro años de edad, Profesora Taquimecanógrafa y falleció el día
tres de febrero de dos mil uno, en el Hospital Médico Quirúrgico
del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de la ciudad de San
Salvador; siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio, la
aceptante mencionada es heredera universal instituida por la de
cujus, según Testamento Abierto otorgado en esta ciudad, a las
diecisiete horas del día veintiséis de febrero de mil novecientos
noventa y seis, ante los Oficios Notariales del Licenciado OSCAR
ARMANDO VELIS CUESTAS y por acrecimiento, del derecho
hereditario que le correspondía al señor ESTEBAN JIMENEZ
RODRIGUEZ, conocido por ESTEBAN RODRIGUEZ JIMENEZ
y solamente por ESTEBAN RODRIGUEZ; y en ese carácter se le
confiere la administración y representación interina de la sucesión,
con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a
las quince horas ocho minutos del día cinco de marzo de dos mil
siete.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SE-
CRETARIA.
3 v. alt. No. F005791-2
100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
LICENCIADA ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA,
JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.
Al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y diez
minutos del día dieciocho de abril del año dos mil siete; se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada que a su defunción dejó el señor GILBERTO
DAVID RODAS, quien fue de cincuenta y nueve años de edad,
Casado, Motorista, fallecido el día dieciocho de mayo del año dos
mil seis, siendo Delgado el lugar de su último domicilio, de parte
de la señora MERCEDES ISAGUIRRES DE RODAS, en calidad
de Cónyuge Sobreviviente del causante y como Cesionaria de los
derechos hereditarios que les correspondía a los señores CARLOS
ERNESTO RODAS ISAGUIRRES, MONICA MERCEDES RODAS
ISAGUIRRES y CLAUDIA ELIZABETH RODAS ISAGUIRRES,
como hijos del causante, siendo la aceptante representada en es-
tas diligencias por su Apoderada Licenciada Reina Isabel Abrego
Cardoza. Confiriéndosele a la aceptante la administración y repre-
sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos
legales consiguientes.
Juzgado de lo Civil: Delgado, a las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del día dieciocho de abril del año dos mil siete.
Licda. ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ
DE LO CIVIL DE DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH
QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005800-2
LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para
los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juz-
gado, este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario la herencia INTESTADA que a su
defunción ocurrida el día quince de enero del año dos mil cuatro,
en el Barrio San Juan de esta ciudad, siendo éste el lugar de su
último domicilio, dejó la señora IGNACIA AGUILAR conocida
por MARTA IGNACIA AGUILAR de parte de: IRMA CONSUELO
CONTRERAS DE FAJARDO como Cesionaria de los Derechos
Hereditarios que le correspondían a los señores ELIZABETH DEL
CARMEN LINARES AGUILAR, ANA MARGARITA LINARES
hoy DE MONROY, LORENA DE LOS ANGELES LINARES
AGUILAR, OLGA CORINA LINARES AGUILAR, YANIRA
ELIZABETH LINARES hoy DE CRUZ, LIDIA CAROLINA
LINARES AGUILAR y JORGE ANTONIO VELASQUEZ en
su calidad de hijas y cónyuge sobreviviente, de la causante antes
referida; confiriéndosele INTERINAMENTE la administración
y representación de la sucesión expresada, con las facultades y
restricciones de ley.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que
se presenten a este Tribunal, en el término de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las nueve horas con cincuenta minutos del día quince de
mayo del año dos mil siete. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY
LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL
CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005801-2
LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la he-
rencia intestada que a su defunción dejó la causante VICTORIA
ALVARADO VIUDA DE LOVO o VICTORIA ALVARADO, quien
falleció el día diecinueve de abril de dos mil seis, en el Hospital
Nacional Zacamil de la ciudad de San Salvador, habiendo tenido
como su último domicilio El Rosario, departamento de La Paz;
por parte de la señora NOEMI ALVARADO DE ESTRADA o
NOEMI ALVARADO, en concepto de sobrina de la causante, y
como cesionaria de los derechos hereditarios que en tal sucesión
correspondían a los señores ARMANDO ALVARADO MOREIRA
o ARMANDO ALVARADO, y MARIA HORTENSIA LEMUS DE
CORDOVA o MARIA HORTENCIA ALVARADO, como sobri-
nos del mismo causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente
administradora y representante de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.-
101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 4 de junio de 2007.
Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE AL-
BERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005805-2
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en las
Diligencias de Herencia Intestada por resolución dictada en este
Tribunal a las once horas con veinte minutos del día lunes cuatro
de septiembre de dos mil seis, se ha tenido por aceptada expresa-
mente y con beneficio de inventario la herencia que a su defunción
ocurrida en la ciudad de Santa Tecla, antes Nueva San Salvador,
siendo la ciudad de San Salvador su último domicilio, el día quince
de julio de dos mil dos, dejó el señor FRANCISCO HERNANDEZ
RAMÍREZ, de parte de la señora MARIA SANTOS HERNÁNDEZ
RODRÍGUEZ, conocida por MARÍA SANTOS HERNÁNDEZ DE
RIVAS, en su calidad de hija sobreviviente del causante. Se confiere
a la aceptante la administración y representación INTERINA de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de
la herencia yacente.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a
las quince horas y dieciséis minutos del día siete de septiembre
del año dos mil seis. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ,
JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO
MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005809-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juz-
gado de las nueve horas quince minutos de este día, se ha tenido
por aceptada y con beneficio de inventario de parte de la señora
SILVIA ELIZABETH CARDONA RIVAS, de la Herencia Intestada
dejada a su defunción por el señor BUENAVENTURA RIVAS
OSEGUEDA, conocido por BUENAVENTURA RIVAS, falleci-
do en el Barrio El Calvario, de esta Ciudad, Departamento de La
Libertad, a las veinte horas del día cuatro de Febrero del presente
año, siendo esta Ciudad su último domicilio, en calidad de hija del
causante; confiriéndosele a la aceptante en el concepto indicado la
administración y representación interinas de la indicada sucesión,
con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia
Yacente, ordenándose a la vez se citen a las personas que se crean
con derecho a la sucesión para que se presenten a deducirla dentro
de los quince días subsiguientes a este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico,
a las nueve horas veinte minutos del día veinticinco de mayo del
año dos mil siete. Licdo. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO
SOSA FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005862-2
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado
a las once horas con diez minutos del día veintiuno de mayo del
corriente año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el cau-
sante señor VICTORIANO SORIANO, fallecido a las diecinueve
horas del día nueve de Septiembre de mil novecientos noventa, en
el Cantón Santa Clara, jurisdicción de San Rafael Oriente, de este
distrito, departamento de San Miguel, siendo aquella ciudad su
último domicilio; de parte de la señora María del Carmen Díaz de
Salgado, ésta en su concepto de cesionaria del derecho hereditario
que en la sucesión le correspondía a la señora Ana Bertila Soriano
Portillo, ésta hija del causante. Nómbrase a la aceptante en el ca-
rácter dicho administradora y representante interina de la sucesión
de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden
a los curadores de la herencia. Publíquense los edictos de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos
de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a
las once horas con veinte minutos del día veintiuno de mayo de
dos mil siete. Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE
LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE
JESUS PACHECO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F009725-2
102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
HERENCIA YACENTE
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y diez
minutos de este día, se ha declarado Yacente la herencia intestada
que dejó el señor JOSE FRANCISCO PACHECO CALLEJAS, quien
falleció el día diez de junio de mil novecientos noventa y ocho, en
el Cantón Playas Negras, de la Jurisdicción de Conchagua, de este
Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio;
y se nombró Curador Especial para que represente a la sucesión
del expresado causante a la Licenciada CECILIA EMPERATRIZ
CARCAMO.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión
para que en el término de Ley después de la última publicación de
este edicto, lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinti-
cuatro días del mes de mayo de dos mil siete. Lic. ROGELIO
HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br.
JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005850-2
TITULOS DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIU-
DAD:
HACE CONSTAR: Que a esta Oficina se ha presentado
por sí y por escrito la señora MARIA FELICITA LOVOS DE
HERNANDEZ, mayor de edad, empleada, del domicilio de San
Sebastián, Departamento de San Vicente, solicitando se le extienda
Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza rústico, situado
en Cantón Santa Teresa, Jurisdicción de San Sebastián, departa-
mento de San Vicente, y que tiene los linderos siguientes: de las
colindancias siguientes; AL NORTE, linda con terreno propiedad
del señor Jorge de Jesús Ayala, Eulalio de Jesús Lovos Ayala; AL
PONIENTE, linda con terreno de Andrés Ayala, Jose Inés Ayala,
María Orbelia Ayala Martínez e Inocente Ayala Durán; AL SUR,
linda con terreno de Pedro Antonio Lovos Ayala; AL ORIENTE,
linda con terreno de José Diego Martínez Ayala. Y tiene una ex-
tensión superficial de TRES MIL NOVENTA Y DOS METROS
CUADRADOS, y lo valúa en DIEZ MIL COLONES EXACTOS.
Se hace saber al público para los efectos consiguientes.
Alcaldía Municipal de San Sebastián, Departamento de San
Vicente, ocho de junio de dos mil siete. ROQUE CORDOVA
GARCÍA, ALCALDE MUNICIPAL. Ing. MEDARDO ALFONSO
MARTINEZ VALDEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F005820-2
MIGUEL ROBERTO MARTINEZ NOLASCO, Notario, de este
domicilio, al público
HACE SABER: Que en mi oficina se ha presentado el señor
SALVADOR HORACIO ORELLANA ALVAREZ, solicitando se
le extienda Título Supletorio de un terreno rústico de su propiedad,
que consta de dos porciones situadas en el Cantón San José Costa
Rica, jurisdicción de la población de San Emigdio, departamento
de La Paz, que se describen así: PRIMERA PORCION: Extensión:
11,998.54 metros cuadrados. LINDA: NORTE, Salvador Horacio
Orellana Álvarez; camino vecinal de por medio; ORIENTE, Salvador
Horacio Orellana Álvarez y Herculano Navidad; SUR, Herculano
Navidad y Zoila Esperanza Fuentes, camino vecinal de por medio;
PONIENTE, Salvador Horacio Orellana Álvarez, camino vecinal
de por medio. SEGUNDA PORCION: Extensión 8001.00 metros
cuadrados. Linda: NORTE, Lago de Ilopango; ORIENTE, Salvador
Horacio Orellana Álvarez y Mariano de Jesús Alvarado Pérez,
ambos con camino vecinal de por medio; SUR, Zoila Esperanza
Fuentes Rosales; PONIENTE, Lago de Ilopango. Las porciones
descritas no son sirvientes ni dominantes y no están en proindivisión
con ninguna persona. Dichos inmuebles los adquirió el interesado
por compra que le hizo a don Brígido Ventura Miguel. El primer
inmueble lo estima en quince mil colones y el segundo en diez mil
colones.
103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
Lo que hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en la oficina del suscrito Notario, situada en el número
dieciocho de la Calle J. Francisco López de esta ciudad.
Cojutepeque, dos de junio del año dos mil siete.
MIGUEL ROBERTO MARTINEZ NOLASCO,
NOTARIO.
3 v. c. No. F005884-2
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1995004332
No. de Presentación: 20070093225
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, mayor de edad, ABOGA-
DO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS
VIJOSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., del
domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00211 del Libro 00062 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra nordifenac, escrita en letras
de imprenta corrientes minúsculas; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los primero días del mes de junio del
año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009735-2
No. de Expediente: 1995004331
No. de Presentación: 20070093226
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS VIJOSA,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abre-
via: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., del domicilio de
Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00210 del Libro 00062 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la palabra “NORDIMICIN”, escrita en letras de
imprenta corriente mayúsculas; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los dos días del mes de junio del año
dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009736-2
104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375MARCAS DE FÁBRICA
No. de Expediente: 2007064378
No. de Presentación: 20070088903
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
MAURICIO FLAMENCO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: La expresión PRO LINE y diseño, que tradu-
cida al castellano significa pro línea, que servirá para: AMPARAR:
APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS,
GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS,
ÓPTICOS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACIÓN, DE
CONTROL (INSPECCIÓN), DE SOCORRO (SALVAMENTO)
Y DE ENSEÑANZA; APARATOS PARA LA CONDUCCIÓN
DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, RE-
GULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS
PARA EL REGISTRO, TRANSMISIÓN, REPRODUCCIÓN DEL
SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉ-
TICOS, DISCOS ACÚSTICOS, DISTRIBUIDORES AUTOMÁTI-
COS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO,
CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS CALCULADORAS,
EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN
Y ORDENADORES; EXTINTORES.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del
año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, nueve de mayo del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009727-2
No. de Expediente: 2007067406
No. de Presentación: 20070094184
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado XIOMARA
ELIZABETH RAMÍREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
HENRRY SCHOOL
Consistente en: Las palabras HENRRY SCHOOL traducido al
castellano como “Henrry Escolar”, que servirá para: AMPARAR:
ROPA (CAMISA Y PANTALONES ESCOLARES).
La solicitud fue presentada el día primero de junio del año
dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, siete de junio del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005802-2
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2007066033
No. de Presentación: 20070091870
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
MARIO VALDIVIESO BERDUGO, en su calidad de APODE-
RADO de CALIDAD INMOBILIARIA, SOCIEDAD ANÓNIMA,
105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro del
NOMBRE COMERCIAL,
GERENCIA DE INMUEBLES
Consistente en: Las palabras GERENCIA DE INMUEBLES, sobre las palabras individualmente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA CONSTRUCCIÓN, PLANIFICACIÓN, DE-SARROLLO Y CONTRATACIÓN DE TODO TIPO DE EDI-FICACIONES, YA SEAN DE VIVIENDA, COMERCIALES, INDUSTRIALES, O DE CUALQUIER OTRO FIN.
La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de mayo del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005853-2
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2007065959
No. de Presentación: 20070091780
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ MARIO VALDIVIESO BERDUGO, en su calidad de APODE-RADO de CALIDAD INMOBILIARIA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la
EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: La expresión Cerca Centro de Rapidez y Con-
veniencia y diseño, donde sobre las palabras de uso común no se le
concede exclusividad, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN
DE LOS CONSUMIDORES A LA EMPRESA CUYO GIRO ES
BRINDAR ASESORAMIENTO, INVESTIGACIÓN, PLANIFICA-
CIÓN, ASÍ COMO DESARROLLAR, EJECUTAR PROYECTOS
HABITACIONALES, URBANÍSTICOS, ARQUITECTÓNICOS
DE INGENIERÍA DE RECREACIÓN, DEPORTIVOS, DE SALUD,
Y DE COMUNICACIÓN; TRAMITAR LICENCIAS DE CONS-
TRUCCIÓN Y LA COMPRA Y VENTA O ARRENDAMIENTO
DE MATERIALES Y MAQUINARIA DE CONSTRUCCIÓN Y
DE TODO TIPO, PLANTEAMIENTO, DESARROLLO, COM-
PRAVENTA Y ARRENDAMIENTO DE PROYECTO DE BO-
DEGAS Y BIENES MUEBLES E INMUEBLES; ASÍ COMO A
LOS INMUEBLES DE LOCALES COMERCIALES Y OFICINAS
QUE DESARROLLE Y COMERCIALICE DICHA EMPRESA.
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año
dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, trece de abril del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005848-2
No. de Expediente: 2007065956
No. de Presentación: 20070091777
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
MARIO VALDIVIESO BERDUGO, en su calidad de APODE-
RADO de CALIDAD INMOBILIARIA, SOCIEDAD ANÓNIMA,
de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la
EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: La expresión DISTRIBODEGAS y diseño, que
servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES
106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
A LA EMPRESA CUYO GIRO ES BRINDAR ASESORAMIEN-
TO, INVESTIGACIÓN, PLANIFICACIÓN, ASÍ COMO DESA-
RROLLAR, EJECUTAR PROYECTOS HABITACIONALES,
URBANÍSTICOS, ARQUITECTÓNICOS DE INGENIERÍA DE
RECREACIÓN, DEPORTIVOS, DE SALUD, Y DE COMUNI-
CACIÓN; TRAMITAR LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN Y
LA COMPRA Y VENTA O ARRENDAMIENTO DE MATE-
RIALES Y MAQUINARIA DE CONSTRUCCIÓN Y DE TODO
TIPO, PLANTEAMIENTO, DESARROLLO, COMPRAVENTA Y
ARRENDAMIENTO DE PROYECTO DE BODEGAS Y BIENES
MUEBLES E INMUEBLES; ASÍ COMO A LOS INMUEBLES QUE
CONTENGAN OFICINAS Y BODEGAS QUE DESARROLLE Y
COMERCIALICE DICHA EMPRESA.
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año
dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, doce de abril del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005851-2
No. de Expediente: 2007065954
No. de Presentación: 20070091775
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
MARIO VALDIVIESO BERDUGO, en su calidad de APODE-
RADO de CALIDAD INMOBILIARIA, SOCIEDAD ANÓNIMA,
de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la
EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: Las palabras Real sitio de Aranjuez y dise-
ño, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CON-
SUMIDORES A LA EMPRESA CUYO GIRO ES BRINDAR
ASESORAMIENTO, INVESTIGACIÓN, PLANIFICACIÓN,
ASÍ COMO DESARROLLAR, EJECUTAR PROYECTOS HA-
BITACIONALES, URBANÍSTICOS, ARQUITECTÓNICOS DE
INGENIERÍA DE RECREACIÓN, DEPORTIVOS, DE SALUD,
Y DE COMUNICACIÓN; TRAMITAR LICENCIAS DE CONS-
TRUCCIÓN Y LA COMPRA Y VENTA O ARRENDAMIENTO
DE MATERIALES Y MAQUINARIA DE CONSTRUCCIÓN Y
DE TODO TIPO, PLANTEAMIENTO, DESARROLLO, COM-
PRAVENTA Y ARRENDAMIENTO DE PROYECTO DE BODE-
GAS Y BIENES MUEBLES E INMUEBLES; ASÍ COMO A LOS
INMUEBLES QUE CONTENGAN CASAS Y APARTAMENTOS
QUE DESARROLLE Y COMERCIALICE DICHA EMPRESA.
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año
dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro
de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-
nos Distintivos. San Salvador, diecisiete de abril del año dos mil
siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005855-2
MATRICULAS DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2007058498
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058498- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: QUE A ESTA OFICINA SE HA PRESEN-
TADO AMON OTHELLO JOHNSON, EN SU CALIDAD DE
ADMINISTRADOR ÚNICO SUPLENTE DE LA SOCIEDAD
LA ISLA SUNZAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE QUE PUEDE ABREVIARSE LA ISLA SUNZAL, S.A.
DE C.V., SOCIEDAD DE NACIONALIDAD SALVADOREÑA,
DEL DOMICILIO DE TAMANIQUE, LA LIBERTAD, CUYA
ESCRITURA SOCIAL ESTA INSCRITA BAJO EL NÚMERO
27 DEL LIBRO 2164 DEL REGISTRO DE SOCIEDADES DEL
REGISTRO DE COMERCIO, CON NÚMERO DE IDENTIFICA-
CIÓN TRIBUTARIA: 0614-170806-109-8; EL CUAL HA PRE-
SENTADO SOLICITUD A LAS OCHO HORAS Y TREINTA Y
TRES MINUTOS DEL DÍA VEINTIOCHO DE MARZO DE DOS
MIL SIETE, CON LA CUAL SE OTORGÓ EL ASIENTO DE
EMPRESA No. 2007058498 INSCRIPCIÓN 99 Y EL ASIENTO
107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
DE ESTABLECIMIENTO No. 2007058498- 001, INSCRIPCIÓN
100, AMBOS DEL LIBRO 142 DE ASIENTOS DE MATRÍCU-
LA DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO; LA EMPRESA SE
DENOMINA LA ISLA SUNZAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, LA CUAL SE DEDICA A HOTELES,
RESTAURANTES, CON DIRECCIÓN EN CALLE LA BOCA-
NA KILÓMETRO 42, CARRETERA LITORAL, PLAYA EL
TUNCO, TAMANIQUE DEL DOMICILIO DE LA LIBERTAD,
CUYO ACTIVO ASCIENDE A ONCE MIL CUATROCIENTOS
VEINTIOCHO 57/100 DÓLARES ($ 11,428.57) Y QUE TIENE
EL ESTABLECIMIENTO SIGUIENTE: 001-) DENOMINADO
LA ISLA SUNZAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE UBICADO EN CALLE LA BOCANA KILÓMETRO 42,
CARRETERA LITORAL, PLAYA EL TUNCO, TAMANIQUE,
LA LIBERTAD Y QUE SE DEDICA A HOTELES, RESTAU-
RANTES.
LO QUE SE LE HACE SABER AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
SAN SALVADOR, VEINTINUEVE DE MARZO DE DOS
MIL SIETE.
Lic. RUBÉN ALBERTO NAVARRO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C009720-2
ASIENTO DE EMPRESA 2003048033
ESTABLECIMIENTO 2003048033- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTA-
BLECIMIENTOS.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VÍCTOR
MANUEL REYES QUIÑÓNEZ, en su calidad de Representante
legal de la sociedad BARTER DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse
BARTER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del
domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita
bajo el número 10 del libro 1763 del Registro de Sociedades del
Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria:
0614-071202-101-0, ha presentado solicitud a las ocho horas y
cincuenta y siete minutos del día treinta de abril de dos mil tres.
Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2003048033
y Establecimiento No. 2003048033- 001; a favor de la Empresa de-
nominada BARTER DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRAVENTA
DE EQUIPO PARA FUERZAS DE SEGURIDAD PUBLICA O
PRIVADA, con dirección en 7a. AVENIDA NORTE Y 5a. CALLE
ORIENTE, CONDOMINIO CENTENARIO LOCAL No. 32 NORTE
del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE
MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DÓLARES CON 57/100
$ 11,428.57 y que tiene el (los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) BARTER DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., ubicado en 7a. AVENIDA NORTE Y 5a. CALLE ORIENTE, CONDOMINIO CENTENARIO LOCAL No. 32 NORTE, del domicilio de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, siete de mayo de dos mil tres.
LEONOR JIMÉNEZ BARRIOS,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C009732-2
ASIENTO DE EMPRESA 2003051499
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2003051499- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS ESTUARDO MARTÍNEZ UMAÑA, en su calidad de Representante legal de la sociedad GRUPO EQUISA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse GRUPO EQUISA, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 32 del libro 1812 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-230503-101-2; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y cuarenta y tres minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2003051499 inscripción 140 y el asiento de Establecimiento No. 2003051499- 001 inscripción 141, ambos del libro 117 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada GRUPO EQUISA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ELABORACIÓN, COMERCIALIZACIÓN, FABRICACIÓN LAMINAS DE ACERO Y OTROS, con direc-ción en 29a. AVENIDA NORTE, No. 1137 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE 12/100 DÓLARES ($ 67,927.12) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado GRUPO EQUISA, S. A. DE C. V., ubicado en 29a. AVENIDA NORTE, No. 1137, SAN SALVADOR y que se dedica a ELABORACIÓN, COMERCIALIZACIÓN, FABRICACIÓN LAMINAS DE ACERO Y OTROS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinte de junio de dos mil seis.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C009733-2
108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
ASIENTO DE EMPRESA 2007058808
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058808- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado WALTER
OSVALDO SAMAYOA CASTRO, en su calidad de Representan-
te Legal de la sociedad SAMAQUI SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse SAMAQUI, S.A. DE
C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio
de SANTA ANA, SANTA ANA, cuya escritura social está inscrita
bajo el número 32 del libro 2215 del Registro de Sociedades del
Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria:
0210-160107-101-9; el cual ha presentado solicitud a las doce horas y
cincuenta minutos del día dieciséis de mayo de dos mil siete., con la
cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007058808 inscripción 209
y el asiento de Establecimiento No. 2007058808- 001, inscripción
210, ambos del Libro 145 de Asientos de Matrícula de Empresa y
Establecimiento; la Empresa se denomina SAMAQUI SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COM-
PRA VENTA DE ELECTRODOMÉSTICOS, COMPRA Y VENTA
DE PERFUMERÍA Y ARTÍCULOS DE CUIDADO PERSONAL,
ELABORACIÓN Y VENTA DE PRODUCTOS DE MADERA Y
DERIVADOS, ELABORACIÓN Y VENTA DE PRODUCTOS
DE METAL Y POR ULTIMO PRESTACIÓN DE SERVICIOS,
ASESORÁIS CONTABLES, JURÍDICAS Y FINANCIERAS, con
dirección en BARRIO NUEVO, 7ª CALLE PONIENTE, ENTRE
10ª y AVENIDA JOSÉ MATÍAS DELGADO, No. 31 del domicilio
de SANTA ANA, SANTA ANA cuyo activo asciende a ONCE
MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES($
11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) deno-
minado SAMAQUI, S. A. DE C. V. ubicado en BARRIO NUEVO,
7ª CALLE PONIENTE, ENTRE 10ª Y AVENIDA JOSÉ MATÍAS
DELGADO, No. 31, SANTA ANA, SANTA ANA y que se dedica
a COMPRA VENTA DE ELECTRODOMÉSTICOS, COMPRA
Y VENTA DE PERFUMERÍA Y ARTÍCULOS DE CUIDADO
PERSONAL, ELABORACIÓN Y VENTA DE PRODUCTOS
DE MADERA Y DERIVADOS, ELABORACIÓN Y VENTA
DE PRODUCTOS DE METAL Y POR ULTIMO PRESTACIÓN
DE SERVICIOS, ASESORÁIS CONTABLES, JURÍDICAS Y
FINANCIERAS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dieciocho de mayo de dos mil siete.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F005683-2
ASIENTO DE EMPRESA 2007058819
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
MAYORGA RIVAS, en su calidad de Representante legal de la
sociedad DISTRIBUIDORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANO-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse
DISTRIBUIDORA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V.; sociedad de
nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA TECLA,
LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número
41 del libro 2200 del Registro de Sociedades del Registro de Comer-
cio, con Número de Identificación Tributaria: 0614 -250107 -104
- 9; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y treinta y
cinco minutos del diecisiete de mayo de dos mil siete, con la cual
se otorgó el asiento de Empresa No. 2007058819 inscripción 20, del
Libro 146 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento;
la Empresa se denomina DISTRIBUIDORA SALVADOREÑA,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se
dedica a VENTAS DE BEBIDAS ALCOHOLICAS, PARA SU
CONSUMO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, con dirección en
FINAL AVENIDA SAN MARTIN 4 -7, del domicilio de SANTA
TECLA, cuyo activo asciende a CIEN MIL 00/100DOLARES
($100,000.00).
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
San Salvador, veintidós de mayo de dos mil siete.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F005803-2
ASIENTO DE EMPRESA 2002000629
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002000629- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTA-
BLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SSABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
ALBERTO BORGONOVO POHL, en su calidad de Representante
legal de la Sociedad BORGONOVO POHL, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE; de nacionalidad SALVADOREÑA,
del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, cuya
escritura social está inscrita bajo el número 25 del libro 23 del
Registro Sociedades del Registro de Comercio, con Número de
Identificación Tributaria: 0614-170371-001-2; el cual ha presentado
solicitud a las doce horas y seis minutos del día dieciséis de abril
de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No.
2002000629 inscripción 63 y el asiento de Establecimiento No.
2002000629- 001 inscripción 64, ambos del libro 145 de Asientos
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada
BORGONOVO POHL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE, la cual se dedica a COMPRA, VENTA Y BENEFICIADO
DE CAFE, con dirección en CIUDAD MERLIOT, BOULEVARD
PYNSA, CALLES No. L-1 y L-2 del domicilio de ANTIGUO
CUSCATLAN, LA LIBERTAD cuyo activo asciende a NOVEN-
TA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA
Y OCHO MIL NOVENTA COLONES 89/100 (¢99,458,090.89)
COLONES y que tiene el establecimiento siguiente: 001- ) denomi-
nado BORGONOVO POHL, S. A. DE .C. V. ubicado en CIUDAD
MERLIOT, BOULEVARD PYNSA, CALLES No. L-1 y L-2 del
domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD y que se
dedica a COMPRA, VENTA Y BENEFICIADO DE CAFE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, quince de mayo de dos mil siete.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F005839-2
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA:
La Junta Directiva de la Sociedad TRANSPORTISTAS ASOCIA-
DOS DEL NORTE DE SAN MIGUEL, S.A. DE. C.V, que se puede
abreviar TADENSAM S.A. DE C.V.
Por este medio convoca a Junta General Ordinaria de Ac-
cionistas, a celebrarse a las 9.00 horas del día Jueves 12 de Julio
de 2007, en el Restaurante Mamá Gallina, situado en la Avenida
Roosevelt Nte, Y 2ª Calle Pte, N- 303 de la Ciudad de San Miguel
Departamento de San Miguel, en la cual se tratará la siguiente
Agenda:
1- Establecimiento del quórum
2- Lectura y aprobación del Acta Anterior
3- Presentación de memoria de labores del período del 1- de
Enero al 31 de Diciembre de 2006
4- Presentación de Estados fi nancieros
5- Informe de Auditor Externo
6- Aplicación de Utilidades
7- Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus hono-
rarios
8- Varios.
110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
Para celebrar la Junta General Ordinaria, deberá estar presente
la mitad más una de las acciones que tenga derecho a voto y las
resoluciones se tomarán por la mayoría de los votos presentes. Caso
no hubiere quórum a la hora y fecha señalada se cita en segunda
convocatoria, en el mismo lugar y hora el día Jueves 19 de Julio de
2007, requiriéndose en este caso para tratar la agenda de cualquier
número de acciones.
San Miguel, 13 de junio de 2007.
LEONIDAS MIRANDA JUAREZ,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C009731-2
CONVOCATORIA
El infrascrito representante legal de DELTA INGENIEROS,
S.A. DE C.V., por este medio convoca a los accionistas de dicha
sociedad, a celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria, a
celebrarse en la oficina del suscrito situada en 57a. Avenida Norte
245, Condominio Miramonte, apartamento C-4, de esta ciudad, a
las diecisiete horas del día 9 de julio del corriente año, en primera
convocatoria, y a la misma hora, pero del día siguiente, en segunda
convocatoria, para conocer la siguiente agenda:
A) Junta General ordinaria: 1) Elección de nueva Junta
Directiva para el período comprendido entre el 30 de septiembre
2007 y el 29 de septiembre de 2010; 2) nombramiento del Auditor
externo y señalamiento de sus emolumentos.- B) Junta General ex-
traordinaria: reestructuración del capital social totalmente pagado,
para aumentar el capital mínimo a cien mil colones y disminuir
el capital variable en la misma cantidad, quedando reducido a
novecientos sesenta mil colones.- El Quórum necesario para ce-
lebrar Junta General ordinaria en primera convocatoria es de 531
Acciones; y el quórum necesario para hacerlo como Junta General
extraordinaria es de 795 Acciones.- En segunda convocatoria, el
quórum necesario será cualquiera que sea el número de Acciones
representadas y de 531 Acciones, respectivamente.- El número
de Acciones para tomar resoluciones serán los que indica la ley.
Una hora antes de las indicadas, el suscrito estará presente para
dar cumplimiento al Art. 239 Com. En caso de resolución, cada
Junta podrá designar ejecutores especiales.
San Salvador, ocho de junio de dos mil siete.
Dr. RENE ADAN HERNANDEZ,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C009765-2
SOCIEDAD COOPERATIVA EL COLMENAR DE R. L.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIE-
DAD COOPERATIVA EL COLMENAR DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, (“La Cooperativa”), convoca a todos los socios de la
Cooperativa para que concurran a la JUNTA GENERAL ORDI-
NARIA DE SOCIOS, que se celebrará en el auditórium del Centro
de Ventas Soyapango; situadas en Boulevard del Ejército Nacional
Km. 5 Urbanización San Pablo, San Salvador; a las siete horas del
día domingo ocho de julio del presente año, para conocer y resolver
la siguiente agenda:
1. Establecimiento y Comprobación del Quórum.
2. Mensaje de Presidente.
3. Lectura del acta anterior de Junta General.
4. Presentación y aprobación de Memoria de Labores.
5. Gestión Financiera.
6. Informe de los Auditores Externos.
7. Nombramiento del Auditor Externo.
8. Nombramiento del Auditor Fiscal.
9. Aplicación de Resultados del año 2006.
10. Ratifi cación de nuevos miembros de Junta Directiva
111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
Según el Art. 240 del Código de Comercio para que la Junta
General de Accionistas se declare válidamente instalada será ne-
cesario que estén presentes o representadas el cincuenta por ciento
más una de todas las acciones de la Sociedad, o sea, mil ciento
cincuenta y seis acciones de Cooperativa El Colmenar., y sus re-
soluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes.
Si dicho quórum no se establece en la Primera Convocatoria,
se convoca para celebrar la sesión el mismo día domingo ocho de
julio, a las nueve horas, en el mismo lugar; en cuyo caso se celebrará
la Junta con cualquiera que sea el número de acciones presentes
o representadas, y sus resoluciones se tomarán con la mayoría de
los votos presentes.
Para facilitar el registro al momento de la Asamblea, la Mesa de
Inscripción estará abierta a partir de las 6:30 a.m. del día de la
Asamblea.
San Salvador, a los 15 días del mes de junio del año dos mil
siete.
POMPILIO GUILLERMO RETANA MENENDEZ,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C009809-2
SUBASTAS PÚBLICAS
EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INS-
TANCIA, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE,
DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, LICENCIADO JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE
LEY,
HACE SABER: Que por auto proveído por este Juzgado
a las nueve horas con treinta minutos del día veintitrés de abril
de dos mil siete, en el Juicio Ejecutivo Mercantil, identificado
con referencia 2-2000 promovido en un inicio por el Licenciado
ALFREDO CALLEJAS, en calidad de Apoderado General Judicial
de la Caja de Crédito de Sensuntepeque, Sociedad Cooperativa
de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, y continua-
do actualmente por la Licenciada ISABEL DE GUADALUPE
URRUTIA ALMENDARES, en la misma calidad mencionada, en
contra del demandado señor ALEJANDRO HIDALGO TORRES,
representado por su Curador Ad-Litem, Doctor JUSTO ARMAN-
DO COBAR LOPEZ; se ha ordenado la VENTA EN PUBLICA
SUBASTA de dos inmuebles que forman un solo cuerpo de las
siguientes características: Inmueble rústico situado en el Cantón
El Volcán de esta jurisdicción, es inculto, árido e innominado, de
CIENTO VEINTIDOS AREAS Y MEDIA, de capacidad, que se
describe así: AL NORTE: con terreno de Toribio y Ana González,
que fue de Ezequiel González, separados por cercos de piedra; AL
ORIENTE: con terreno de Pablo González, separados por cercos
de piedra; AL SUR: con terreno de don Francisco Ramírez, cerco
de piedra de por medio; y AL PONIENTE: con terrenos del mismo
señor Ramírez, mediando cercas de piedra; segundo inmueble: de la
misma naturaleza y situación que el primero y se describe así: sin
cultivos permanentes ni accesorios de UNA HECTAREA SIETE
AREAS UNA CENTIARIA, de capacidad superficial, que mide y
linda: AL ORIENTE: ciento cinco metros, con otro inmueble del
señor José Francisco Ramírez; AL SUR: ciento veintiún metros,
lindando en cuarenta metros con terreno del señor José Francisco
Ramírez y en ochenta y un metros con terreno de Arturo Ventura
Coreas; AL PONIENTE: sesenta y nueve metros con terreno de
Isidra Rogel, divididos por cerco de piedra, madera y piña; Y AL
NORTE: ciento veinticinco metros, linda con terreno de Isidra
Rogel, separados por mojones de piedra y cercas de piedras y
piña. Inmueble inscrito a favor del señor ALEJANDO HIDALGO
TORRES; inscrito bajo el número OCHENTA Y DOS DEL TOMO
TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO, ambos de Registro de la
Propiedad del Departamento de Cabañas. Dichos inmuebles le han
sido embargados al demandado señor ALEJANDRO HIDALGO
TORRES, en virtud de demanda interpuesta por la CAJA DE CRE-
DITO DE SENSUNTEPEQUE, SOCIEDAD COOPERATIVA DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,
reclamándole la cantidad de dinero por capital, más intereses y
costas procesales, debiendo realizarse dicha venta en este Juzga-
do.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque,
a los veintitrés días del mes de abril de dos mil siete.- Lic. JOSE
ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA.- Licda. ISABEL ERICELDA ALVARADO PONCE,
SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. C009721-2
112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
MARIA ESTHER FERRUFINO v. de PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo promo-
vido por la Licenciada ANA DOLLY VALIENTE ESCALANTE,
como Apoderada General Judicial del BANCO AGRÍCOLA SO-
CIEDAD ANÓNIMA, contra el señor OSCAR RENE MOREIRA
GONZÁLEZ, reclamándole cantidad de dólares, intereses y costas
procesales, se venderá en pública subasta en este Juzgado el siguiente
inmueble: “’Un lote urbano y construcciones situado en la juris-
dicción de San Miguel, identificado como lote número cuatro del
Polígono C- Tres de la Urbanización Ciudad Real y que se describe
así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Autopista DUA,
Treinta Avenida Sur, con longitud de curva veintinueve metros en el
pasaje número tres con rumbo Norte setenta y seis grados dieciséis
punto un minuto Este ambas abiertas en la Urbanización Ciudad
Real, se mide una distancia de treinta metros sobre el eje de este
último llegando así a un punto en donde con deflexión izquierda
de noventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta
metros, se localiza el mojón Sur Oeste del lote el cual mide y linda
así: AL PONIENTE, línea recta de doce metros con rumbo Norte
trece grados cuarenta y tres punto nueve minutos Oeste colindando
con el lote número tres del polígono C- Tres, de la misma Urba-
nización propiedad de Lemus García y Asociados, S.A. de C.V.;
AL NORTE, línea recta de seis metros con rumbo Norte setenta
y seis grados dieciséis punto un minuto Este colindando con el
lote número cinco del Polígono C-Tres, propiedad de la empresa
Lemus García y Asociados, S.A. de C.V.; AL ORIENTE, línea
recta de doce metros con rumbo Sur trece grados cuarenta y tres
punto nueve minutos Este colindando con los lotes número trece,
doce y once del polígono C-Seis, propiedad de Lemus García y
Asociados, S.A. de C.V., y AL SUR, línea recta de seis metros con
rumbo Sur setenta y seis grados dieciséis punto un minuto Oeste
colindando con lote número cinco del polígono C-Cuatro, pasaje
número tres de cinco metros de ancho de por medio de la misma
Urbanización de propiedad de la empresa Lemus García y Asocia-
dos, S.A. de C.V., el lote así descrito tiene un área de SETENTA
Y DOS METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO TRES
PUNTO CERO DOS VARAS CUADRADAS, siendo lo construido
de TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS”. El inmueble
antes descrito se encuentra inscrito bajo el Sistema de Folio Real
computarizado M OCHO CERO CERO CUATRO CERO CINCO
OCHO- OCHO- CERO CERO CERO CERCO CERO Asiento SEIS
de Propiedad del departamento de San Miguel.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
de ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a
las doce horas veintidós minutos del día veintinueve de mayo del
dos mil siete.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARA-
DA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. MARTA DOLORES
COREAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005668-2
LICENCIADO JOSÉ GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTE DISTRI-
TO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el
Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el BANCO AGRÍCOLA,
SOCIEDAD ANÓNIMA, que se abrevia BANCO AGRÍCOLA, S.A.,
cuyos nombres comerciales son BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL
DE EL SALVADOR, BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL; BANCO
AGRÍCOLA o solamente EL AGRÍCOLA, con sus siglas BAC,
contra el demandado VÍCTOR MANUEL RAMÍREZ; reclamándole
cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en pública su-
basta en este Tribunal en fecha que oportunamente se determinará,
el bien inmueble embargado siguiente: “””Un inmueble rústico
sin construcciones situado en la Jurisdicción de San Antonio del
Monte, del departamento de Sonsonate, identificado como LOTE
CUARENTA Y UNO, DEL BLOCK “H”, DE LA COMUNIDAD
“JARDINES DEL MIRADOR” TERCERA ETAPA, de un área de
CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a
doscientos punto treinta y una varas cuadradas, el cual tiene las
medidas siguientes: AL NORTE, con una distancia de diez metros;
AL ORIENTE, con una distancia de catorce metros; AL SUR, con
una distancia de diez metros; y AL PONIENTE, con una distancia
de catorce metros. El cual se encuentra inscrito a favor del ejecu-
tado señor VÍCTOR MANUEL RAMÍREZ, bajo la matrícula UNO
CERO UNO DOS NUEVE DOS NUEVE TRES- CERO CERO
CERO CERO CERO.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a
la subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de
Identidad Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica
por medio de libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de
ahorro, efectivo u otro documento similar.
113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las catorce horas y quince minutos del día cuatro
de mayo de dos mil siete.- Lic. JOSÉ GUILLERMO RAMOS CHO-
RRO, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO.- Lic.
OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005673-2
RODOLFO ERNESTO CHACÓN, JUEZ SEGUNDO DE LO CI-
VIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por ejecución iniciada en este Juzgado
por la señora TRANSITO HERRERA CALDERÓN, en su carácter
personal contra el señor ANTONIO NITZUGA JIMÉNEZ, cono-
cido por RICARDO NITZUGA JIMÉNEZ o NITZUGA JIMÉ-
NEZ, reclamándole cantidad de dinero adeudada y accesorios, se
venderá en este Juzgado, en fecha que después se dará a conocer,
en pública subasta y al mejor postor, el inmueble siguiente: Un
terreno rústico, antes, hoy urbano, situado en el cantón Primavera
de esta jurisdicción, formado originalmente por dos inmuebles ahora
reunidos en un solo cuerpo, de una extensión superficial según auto
de inscripción, de MIL CIENTO SETENTA Y CINCO METROS,
veintitrés decímetros setenta y dos centímetros cuadrados, con los
linderos generales actuales siguientes: AL SUR, antes cuarenta
metros noventa y siete centímetros, con solar de Jorge Álvarez;
ahora veintidós metros cuarenta y siete centímetros, siempre solar
de Jorge Alvarez; AL ORIENTE, antes cuarenta y tres metros
cuarenta y siete centímetros, con solares de Juan Reyes y Feliciano
Cabrera, ahora de un tiro de Sur a Norte, de doce metros ochenta
centímetros con porción vendida a Iglesia Católica Diócesis de
Santa Ana, partiendo de donde termina la medida del primer tiro,
en veinticuatro metros, con porción vendida a Daniel Filiberto
Macal Martínez, y último tiro contando de donde termina el último
tiro de una medida de seis metros doce centímetros, con solares de
Juan Reyes y Feliciano Cabrera, todos los tiros en línea recta; AL
NORTE, cuarenta metros noventa y siete centímetros, solares de
Paulina Román y Marcelino García; y AL PONIENTE, cuarenta
y cinco metros catorce centímetros, solares uno, dos y tres de
Guillermo Martínez. Inscrito a favor del señor ANTONIO NIT-
ZUGA JIMÉNEZ conocido por RICARDO NITZUGA JIMÉNEZ o
NITZUGA JIMÉNEZ, bajo el número CINCUENTA Y CINCO del
libro MIL SETECIENTOS DOS de propiedad.- Al inmueble antes
mencionado le afecta el gravamen de Hipoteca a favor del señor
RAFAEL ERNESTO PÉREZ CASTANEDA, según inscripción
número CIENTO TRECE Tomo MIL DOSCIENTOS TRECE de
Hipotecas, quien quiera hacer posturas que ocurra que se le admitirá
siendo legal.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL:
Santa Ana, a las doce horas dieciséis minutos del día veintitrés
de abril de dos mil siete.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACÓN,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE
CHÁVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005677-2
DOCTOR JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por Ejecución Promovida inicialmente
por el Licenciado FERNANDO ARÍSTIDES GARAY ANDRADE,
y continuado por el Licenciado JUAN RAMÓN FLORES BENÍTEZ,
en su calidad de Apoderado General Judicial de la SOCIEDAD IN-
VERSIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
Representada Legalmente por el señor MIGUEL ÁNGEL LOBO
CLAROS; en contra de la señora MARIA DOLORES GÓMEZ;
se venderá en Pública Subasta en este Juzgado, los siguientes
inmuebles: PRIMERO: LOTE NÚMERO DOS DEL POLÍGO-
NO “G”, de la capacidad superficial de CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS SETENTA
Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS TREINTA Y SIETE
CENTÍMETROS CUADRADOS, equivalentes a SEISCIENTAS
CINCUENTA Y SEIS PUNTO TREINTA Y NUEVE VARAS
CUADRADAS, cuyas medidas y linderos son los siguientes: AL
ORIENTE: Trece metros catorce centímetros, linda con terreno
de María Luisa Cañas de Hernández, Avenida San Juan de por
medio: AL PONIENTE: Doce metros cincuenta centímetros, linda
con lote número seis del polígono “G”, de la misma Lotificación;
vendido a María Luisa Romero de Torres; AL NORTE: Treinta
y tres metros ochenta centímetros, linda con lote número uno del
polígono “G” de la misma Lotificación, vendido a José Gilberto
Herrera; AL SUR: Treinta y siete metros, setenta y siete centíme-
tros, linda con lotes números tres y cuatro del Polígono “G”, de la
misma Lotificación; el primero que será vendido a la señora María
Dolores Gómez, y que se describirá posteriormente; y el segundo
vendido a Fermín Moreno Vásquez.- SEGUNDO LOTE NÚMERO
114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
TRES DEL POLÍGONO “G”, de la capacidad superficial de OCHO-
CIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS DOCE
DECÍMETROS CUADRADOS CERO CUATRO CENTÍMETROS
CUADRADOS, equivalente a UN MIL CIENTO NOVENTA Y
NUEVE PUNTO DIECIOCHO VARAS CUADRADAS, cuyas
medidas y linderos son los siguientes: AL ORIENTE: Veintiséis
metros sesenta y ocho centímetros, linda con terreno de María
Luisa Cañas de Hernández, Avenida San Juan de por medio; AL
PONIENTE: Veinticinco metros, linda con lote número cuatro del
polígono “G”, de la misma Lotificación, descrito anteriormente;
propiedad de la señora María Dolores Gómez; AL SUR: Treinta y
siete metros diez centímetros, linda con lotes números siete, cinco
uno-b, y uno-A, del polígono “I”, de la misma Lotificación, los
tres primeros propiedad de la Sociedad Condi, S.A. de C.V., y el
último vendido a José del Tránsito Rosales, calle Washington de
por medio. Inmuebles inscritos a favor de la Señora MARIA DO-
LORES GÓMEZ, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de la Primera Sección de Oriente, bajo el número VEINTIDÓS, del
Libro UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO de Propiedad
del Departamento de San Miguel.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
de Ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL, SAN
MIGUEL, a las ocho horas y treinta minutos del día treinta de mayo
de dos mil siete.- Dr. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIME-
RO DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ERNESTO ROMERO FUENTES,
SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. F005822-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN
GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promo-
vido inicialmente por el Licenciado YURI MIGUEL CALDERÓN
JEREZ, y continuado por el Licenciado BENJAMÍN BALTAZAR
BLANCO HERNÁNDEZ, ambos actuando como Apoderados
Generales Judiciales del BANCO HIPOTECARIO DE EL SAL-
VADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA; contra el Señor ARMANDO
LANDAVERDE MURCIA, se venderán en Pública Subasta en este
Tribunal en fecha y hora que será señalada posteriormente, los
inmuebles que a continuación se describen: “’’PRIMER INMUE-
BLE: situado en el Cantón Las Pilas, Jurisdicción de San Ignacio,
del Departamento de Chalatenango, con una capacidad de NUEVE
MIL TRESCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS de exten-
sión superficial, de las medidas y linderos especiales siguientes:
AL NORTE: Comenzando de un brotón de pito por un zanjón de
aguas abajo a otro brotón de la misma clase, se miden ochenta y
seis metros y colinda con terreno que antes fue de Porfirio Guillén,
hoy de Ignacio Guillén Chacón, zanjón dicho de por medio; AL
ORIENTE: Del brotón de pito mencionado con rumbo Sur en línea
recta a otro brotón de la misma clase, mide ciento veintidós metros
y colinda con terreno que antes fue de Gabriel Mancía, hoy de María
Elena Guillén, cerco de alambre de la colindante de por medio;
AL SUR: Del brotón citado con rumbo Poniente en línea recta a
otro brotón de pito, mide setenta y ocho metros y colinda con el
resto del inmueble general de donde se segrega el que se describe,
cerco de alambre propio de por medio; y AL PONIENTE: En línea
irregular, del brotón últimamente citado a otro de la misma clase
y de aquí se hace una deflexión a la derecha para llegar al punto
donde se dio inicio a esta descripción, mide ciento cinco metros
y colinda con terreno que antes fue de Porfirio Guillén, ahora de
Ignacio Guillén Chacón, cerco de alambre propio de la porción
que se describe de por medio. Que con el objeto que la porción
descrita tenga acceso a la calle pública constituye Servidumbre de
Tránsito sobre el resto del inmueble general, la cual se ubica de
Norte a Sur, el rumbo Poniente del inmueble general y tiene un
ancho de dos metros por el largo necesario, constituida desde hoy
en forma gratuita e indefinida en cuanto a su plazo de duración;
además en la porción descrita existen dos vertientes de agua, de los
cuales tendrá derecho de tomar el agua que produce para el resto
del inmueble general, del que está en el extremo de la porción que
se describe; en consecuencia constituye Servidumbre de Acueducto
sobre la porción descrita y a favor del resto del inmueble general,
inscrito a favor del Ejecutado bajo el Número CINCUENTA Y UNO
del Libro CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS, del Registro
Raíz e Hipotecas del Departamento de Chalatenango. SEGUNDO
INMUEBLE: Situado en el Cantón El Centro, Caserío Las Aradas,
jurisdicción de San Ignacio, Departamento de Chalatenango, de una
extensión superficial de MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS
PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que mide
y linda: AL SUR: Cincuenta y nueve metros con Cruz Sarmiento,
camino real de por medio. AL ORIENTE: Cuarenta metros con
sesenta centímetros con Francisco Landaverde Barrientos, zanjón
de por medio. AL PONIENTE: Treinta y ocho metros, con Ignacio
Landaverde; y AL NORTE: Treinta y seis metros, con Marciano
Regalado; en dicho inmueble se encuentra construida una casa de
115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
techo de tejas y paredes de bloques de cemento, y se mide siete
metros de largo por ocho de ancho. No es predio dominante ni sir-
viente, ni le afecta ninguna carga real, ni tiene cultivos de ninguna
clase, inscrito a favor del ejecutado, bajo el número SESENTA Y
DOS del libro CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES, res-
pectivamente del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del
Departamento de Chalatenango”.
Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al Público
para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MER-
CANTIL: San Salvador, a las catorce horas diez minutos del día
veinticuatro de abril del año dos mil siete.- Lic. ERNESTO CEA,
JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL.- Lic. TERESA DE JESÚS
VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005826-2
EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO
MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO
EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil pro-
movido por el Licenciado BENJAMÍN BALTAZAR BLANCO
HERNÁNDEZ, como Apoderado General Judicial del BANCO
HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA;
contra la señora DINORAH MARITZA RIVAS DE CAMPOS co-
nocida por DINORAH MARITZA RIVAS BOLAÑOS, se venderá
en pública subasta en este tribunal en hora y fecha que será seña-
lada posteriormente, el inmueble que a continuación se describe:
“”””UN TERRENO rústico, situado en el Cantón Las Delicias del
Norte, jurisdicción de Mejicanos, Departamento de San Salvador,
que mide y linda AL NORTE: En tres tiros, el primero de Oriente a
Poniente once punto noventa metros, linda con calle de por medio,
el segundo de Norte a Sur dieciocho punto cincuenta metros, y el
tercero de nueve punto dieciocho metros, en ambos tiros linda con
René Antonio Amaya Portillo. AL PONIENTE: Mide diecinueve
punto treinta y dos metros. AL SUR: Mide veintiuno punto dieciocho
metros; y AL ORIENTE: Mide treinta y siete punto noventa y dos
metros, el inmueble antes relacionado aunque su antecedente no lo
menciona tiene un área de SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE
PUNTO SETENTA Y UN METROS CUADRADOS”. El inmueble
antes descrito se encuentra inscrito bajo la matrícula número M SEIS
CERO CERO CUATRO NUEVE CUATRO TRES SEIS, asiento
DOS del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departa-
mento de San Salvador, a favor de la señora DINORAH MARITZA
RIVAS DE CAMPOS conocida por DINORAH MARITZA RIVAS
BOLAÑOS.
Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público
para los efectos de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MER-
CANTIL: San Salvador, a las once horas y dos minutos del día
veinte de marzo del año dos mil siete.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ
SEGUNDO DE LO MERCANTIL.- Licda. TERESA DE JESÚS
VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005829-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil
promovido inicialmente por el Licenciado MIGUEL ÁNGEL
CERNA CARRANZA continuado por el Licenciado BENJAMÍN
BALTAZAR BLANCO HERNÁNDEZ y actualmente por el Li-
cenciado JOSÉ ÁNGEL GÓMEZ LARIOS, todos como Apode-
rados Generales Judiciales del BANCO HIPOTECARIO DE EL
SALVADOR, S.A.; contra los demandados señores ELÍAS PÉREZ
ÁLVAREZ y LUCIA ESTABANA BONILLA DE CASTILLO,
se venderá en pública subasta en este Tribunal en hora y fecha
que serán señalados posteriormente, en el bien inmueble que a
continuación se describe: “””El inmueble urbano y construcciones
que contiene, sitios en Pasaje Aparicio casa número siete de la
Colonia El Milagro de la Paz, de la ciudad y departamento de San
Miguel, de una extensión superficial de un mil seiscientos metros
cuadrados, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE,
cuarenta metros, con solar del señor FRANCISCO BENAVIDES; AL
NORTE, cuarenta metros, con solar del señor CRISTINO REYES;
AL PONIENTE, cuarenta metros, calle de por medio con solar del
señor MIGUEL LARÍN; y AL SUR, cuarenta metros, con solar
de la señora CRISTINA SARAVIA. El inmueble anteriormente
descrito está circundado por cercas de alambre propio. Inscrito a
favor del señor ELÍAS PÉREZ ÁLVAREZ, bajo el número SE-
TENTA Y TRES DEL LIBRO UN MIL SESENTA del Registro
de la Propiedad de San Miguel.””
Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público
para los efectos legales consiguientes.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-
TIL: San Salvador, a las ocho horas del día dieciséis de Octubre del
año dos mil seis.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO
MERCANTIL.- Licda. AMINDA MERCEDES CRUZ PARADA,
SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F005831-2
116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
2 v. alt. No. F005684-2
118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.,
AVISA: Que en su agencia MERLIOT se ha presentado el
propietario del certificado No. 455826 del Depósito a Plazo Fijo
aperturado el 19 de septiembre de 2006, a 720 días prorrogables,
solicitando la reposición de dicho certificados; lo que se hace del
conocimiento público para efectos de reposición del certificado
relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de
Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publi-
cación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición
a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes
mencionado.
San Salvador, 11 de junio de 2007
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
3 v. alt. No. F005728-2
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA:Que en su agencia SANTA ROSA DE LIMA, se ha
presentado el propietario del certificado No. 454938 del Depósito a
Plazo Fijo aperturado el 16 de junio de 2006, a 90 días prorrogables,
solicitando la reposición de dicho certificados; lo que se hace del
conocimiento público para efectos de reposición del certificado
relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de
Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publi-
cación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición
a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes
mencionado.
San Salvador, 11 de junio de 2007
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
3 v. alt. No. F005732-2
AVISO
BANCO PROCREDIT, S.A.
AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia Cara Sucia, parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito a Plazo Fijo No. 10169 de la cuenta No. 1502-01-000338-0, extendido por nuestra institución, el 09 de abril de 2007 a nombre de José Darío Ramírez Oliva, por un monto de Un mil quinientos 00/100 dólares, (US $1,500.00) a 90 días plazo, a una tasa de interés del 2.75%.
Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio vigente.
En caso de que en treinta días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo al-guno respecto a éste, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, veintidós de mayo de dos mil siete.
Lic. SOLANGE LAINEZ,
GERENTE SERVICIOS BANCARIOS.
3 v. alt. No. F005818-2
AUMENTO DE CAPITAL
AUMENTO DE CAPITAL
En cumplimiento de lo establecido en el Artículo Ciento setenta y seis del Código de Comercio se hace del conocimiento públi-co, que por acuerdo unánime de la Junta General extraordinaria de Accionistas de la sociedad “FUNERALES VIDA ETERNA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que pue-de abreviarse “FUNERALES VIDA ETERNA, S. A DE C. V.” Inscrita bajo el número VEINTIDOS del Libro SETECIENTOS SETENTA Y TRES del Registro de Comercio, asentado en Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada en la Ciudad de San Vicente, a las diez horas del día veintiséis de abril del año dos mil seis, se ACORDO:
I) Aumentar el Capital Social mínimo fundacional de la Sociedad referida en OCHENTA MIL COLONES equivalentes a NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DÓLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTA-DOS UNIDOS DE AMÉRICA, o sea que el nuevo capital social mínimo fundacional será de CIEN MIL COLONES equivalentes a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DÓLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que dicho Aumento se efec-
tuará por aportaciones de los socios en la misma proporción al
valor de las acciones que cada uno tiene en la sociedad, pudiendo
aportarse parte en efectivo y parte en bienes de acuerdo a la Ley y
119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
como consecuencia del aumento, es necesario también modificar
el pacto social, a fin de consignar el nuevo capital mínimo de la
Sociedad.
II) DESIGNACION DE EJECUTOR ESPECIAL, se acordó
designar al señor HECTOR RENE GARCIA PINEDA, para el
otorgamiento de todos los actos necesarios derivados del acuerdo
anterior y para que comparezca ante Notario a firmar la corres-
pondiente Escritura Pública de Modificación al Pacto Social.
San Salvador, ocho de junio de 2007.
HECTOR RENE GARCIA PINEDA,
“FUNERALES VIDA ETERNA, S. A. DE C. V."
3 v. alt. No. C009730-2
FRECUENCIAS DE USO REGULAR
SUPERINTENDENCIA GENERAL DE
ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES
HACE SABER: Que de conformidad con los Artículos 76 y 78 de la Ley de Telecomunicaciones, se ha emitido resolución el día
cinco de junio del año dos mil siete, por medio de la cual fue admitida solicitud de concesión de frecuencias, las que se detallan a conti-
nuación:
De acuerdo al Artículo 79 de la Ley en mención, se solicitó al Gerente de Telecomunicaciones el informe técnico correspondiente,
señalando para tal efecto un plazo de veinte días; asimismo, se ordenó esta publicación, a fin de que cualquier interesado, dentro del plazo
de veinte días, contados a partir del día siguiente de la segunda publicación, manifieste su oposición o interés a las frecuencias que forman
parte de las concesiones solicitadas, las cuales deberán ser presentadas en original en las oficinas administrativas de la Superintendencia,
ubicadas en Sexta Décima Calle Poniente y 37 Avenida Sur No. 2001, Colonia Flor Blanca, San Salvador, en el período comprendido entre
el catorce de junio al once de julio de 2007, ambas fechas inclusive.
Librada en la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones, San Salvador, a las quince horas del siete de junio del año dos mil siete.
Lic. FERNANDO ARGÜELLO,
SUPERINTENDENTE.
2 v. alt. No. F005679-2
120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
MARCA INDUSTRIAL
No. de Expediente: 2007066499
No. de Presentación: 20070092637
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALFREDO GONZALEZ ELIZONDO, en su calidad de APODERADO de TAD Pharma GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro
de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la palabra OFLO TAD, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS, AGENTE AN-TIBACTERIANO.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de abril del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005705-2
No. de Expediente: 2007066495
No. de Presentación: 20070092633
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALFREDO GONZALEZ ELIZONDO, en su calidad de APODERADO de TAD Pharma GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro
de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la palabra ALLVORAN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS, ESPECIFI-CAMENTE ANTIRREUMATICOS, ANTINFLAMATORIO NO ESTEROIDEO.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de abril del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005707-2
No. de Expediente: 2007066677
No. de Presentación: 20070092952
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALFREDO GONZALEZ ELIZONDO, en su calidad de APODERADO de TAD Pharma GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: las palabras Mono TAD y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS, ESPECI-FICAMENTE TRATAMIENTO PARA LA ANGINA DE PECHO O ANTIANGINOSO.
La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de mayo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005709-2
121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
No. de Expediente: 2007066498
No. de Presentación: 20070092636
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALFREDO GONZALEZ ELIZONDO, en su calidad de APODERADO de TAD Pharma GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro
de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la palabra Herpetad, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS, ESPECIFICAMENTE ANTIVIRAL.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de abril del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de mayo del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005710-2
No. de Expediente: 2007066500
No. de Presentación: 20070092638
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALFREDO GONZALEZ ELIZONDO, en su calidad de APODERADO de TAD Pharma GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la palabra AMADOL, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS, ESPECIALMENTE ANALGESICO.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de abril del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de mayo del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005711-2
UTILIDAD Y NECESIDAD
MANUEL ANTONIO ROSALES RAMIREZ, JUEZ DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE SONSONATE,
HACE SABER: Que en este tribunal se siguen DILIGEN-CIAS DE AUTORIZACÓN JUDICIAL PARA VENDER POR RAZONES DE UTILIDAD Y NECESIDAD, fundadas en el Art. 230 del Código de Familia promovidas por la Licenciada DIGMA RUTH GOMEZ MORENO, en su calidad de Apoderada de CAYETANO GODOY HENRIQUEZ y ROSA GUADALUPE MARQUEZ ZELEDON, a favor de MARLOS CAYETANO GODOY MARQUEZ, en la que por sentencia definitiva de fe-cha 26 de abril de este año, se autorizó a CAYETANO GODOY HENRÍQUEZ y ROSA GUADALUPE MÁRQUEZ ZELEDÓN, para que en su calidad de representantes legales del niño MARLON CAYETANO GODOY MARQUEZ, vendan en pública subasta el derecho de la porción de terreno que le corresponde al referido niño, quien es dueño y actual poseedor en proindivisión y por partes iguales, con los solicitantes VENTA QUE SE HARA EN PUBLICA SUBASTA, dicho inmueble se encuentra inscrito bajo el sistema de Folio Real computarizado en la matrícula 10125666-00000 asiento 2, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de Sonsonate, de un área de 2,313.5500 metros cuadrados ubicada en Hacienda San Jorge, Kilo 5, AS. COM. POL. E, LOTE #3, ju-risdicción de Acajutla; el que mide y linda AL NORTE, sesenta y ocho punto cero tres metros, callejón de servidumbre de por medio, con solar número cuatro del mismo Polígono E, AL ORIENTE, teinta y cuatro metros, derecho de vía y carretera que conduce a Los Cóbanos de por medio, con Asentamiento Comunitario de la misma Hacienda Kilo Cinco, AL SUR, sesenta y ocho punto cero tres metros, con solar número dos del mismo polígono E; AL PO-NIENTE, treinta y cuatro punto cero un metros, con lote número treinta y tres del Polígono tres.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales pertinentes.
Librado en el Juzgado de Familia de Sonsonate, a los quin-ce días del mes de mayo del dos mil siete.- Lic. MANUEL ANTONIO ROSALES RAMIREZ, JUEZ DE FAMILIA.- Lic. MANUEL ANTONIO FLORES GONZALEZ, SECRETARIO DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F005730-2
122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375MARCAS DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2007066958
No. de Presentación: 20070093440
CLASE. 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado NORMA
LORENA AREVALO AZUCENA, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de PAN AMERICAN LIFE INSURANCE
COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras PAN-AMERICAN SECURITAS
PLUS, traducido al castellano como “mas seguridad panamerica-
na”, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE SEGURO Y
ADMINISTRACION DE PLANES DE SEGURO DE VIDA, DE
SALUD, DENTAL Y DE INCAPACIDAD POR ACCIDENTE.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro
de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-
nos Distintivos. San Salvador, veintidós de mayo del año dos mil
siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005756-2
No. de Expediente: 2007064266
No. de Presentación: 20070088690
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO
JAVIER ALARCON JOVEL, en su calidad de APODERADO de
DIEGO PAULINO SELVA AGUILAR, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA y LUIS EDUARDO SELVA AGUILAR, de nacionalidad
SALVADOREÑA y ANGEL HUMBERTO HERNANDEZ HIDAL-
GO, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras LOSRED y diseño, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del
año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005760-2
123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
No. de Expediente: 2007065952
No. de Presentación: 20070091773
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
MARIO VALDIVIESO BERDUGO, en su calidad de APODE-
RADO de CALIDAD INMOBILIARIA, SOCIEDAD ANONIMA,
de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra AVANTE y diseño, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE NEGOCIOS INMOBILIARIOS,
ADMINISTRACIÓN, ALQUILER, COMERCIALIZACIÓN, VA-
LORACIÓN Y FINANCIACIÓN DE INMUEBLES.
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, trece de abril del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005852-2
No. de Expediente: 2007065957
No. de Presentación: 20070091778
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
MARIO VALDIVIESO BERDUGO, en su calidad de APODE-
RADO de CALIDAD INMOBILIARIA, SOCIEDAD ANONIMA,
de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
ARANJUEZ
Consistente en: la palabra ARANJUEZ, que servirá para:
AMPARAR SERVICIOS QUE CONSISTEN PRINCIPALMENTE
EN NEGOCIOS INMOBILIARIOS, ADMINISTRACION, ALQUI-
LER, COMERCIALIZACION, VALORACION Y FINANCIACION
DE INMUEBLES.
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, trece de abril del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005854-2
No. de Expediente: 2007066030
No. de Presentación: 20070091867
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
MARIO VALDIVIESO BERDUGO, en su calidad de APODE-
RADO de CALIDAD INMOBILIARIA, SOCIEDAD ANONIMA,
124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras GDI Gerencia de Inmuebles y
diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS QUE CON-
SISTEN PRINCIPALMENTE EN NEGOCIOS INMOBILIARIOS,
ADMINISTRACIÓN, ALQUILER, COMERCIALIZACION, VA-
LORACIÓN Y FINANCIACIÓN DE INMUEBLES.
La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro
de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-
nos Distintivos. San Salvador, dieciséis de abril del año dos mil
siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005856-2
No. de Expediente: 2007065958
No. de Presentación: 20070091779
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
MARIO VALDIVIESO BERDUGO, en su calidad de APODE-
RADO de CALIDAD INMOBILIARIA, SOCIEDAD ANONIMA,
de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Cerca Centro de Rapidez y Con-
veniencia y diseño, donde sobre las palabras de uso común no se le
concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS
DE NEGOCIOS INMOBILIARIOS, ADMINISTRACION, ALQUI-
LER, COMERCIALIZACION, VALORACION Y FINANCIACION
DE INMUEBLES.
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, trece de abril del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005857-2
No. de Expediente: 2007065955
No. de Presentación: 20070091776
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
MARIO V LDIVIESO BERDUGO, en su calidad de APODERA-
DO de CALIDAD INMOBILIARIA, SOCIEDAD ANONIMA,
de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra DISTRIBODEGAS y diseño, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE NEGOCIOS INMOBI-
LIARIOS, ADMINISTRACION, ALQUILER, COMERCIALIZA-
CION, VALORACION Y FINANCIACION DE INMUEBLES.
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año
dos mil siete.
125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, doce de abril del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005858-2
No. de Expediente: 2007066031
No. de Presentación: 20070091868
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
MARIO VALDIVIESO BERDUGO, en su calidad de APODE-
RADO de CALIDAD INMOBILIARIA, SOCIEDAD ANONIMA,
de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Gerencia de Inmuebles GDI y
diseño, que servirá para: AMPARAR: GESTION DE NEGOCIOS
COMERCIALES Y ADMINISTRACIÓN COMERCIAL.
La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, doce de abril del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005859-2
No. de Expediente: 2007066434
No. de Presentación: 20070092508
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDGARDO
ANTONIO SOTELO CHICAS, en su calidad de APODERADO de
DIRECCION GENERAL DE CORREOS DEPENDENCIA DEL
MINISTERIO DE GOBERNACION, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Postalito PACK EL SALVA-
DOR y diseño, donde la palabra PACK se traduce al castellano
como PAQUETE, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE
CORREOS HACIA VARIOS DESTINOS A NIVEL MUNDIAL.
La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, cinco de junio del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F006960-2
126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO
AVISO
“ASEGURADORA POPULAR, S. A.”,
HACE DEL CONOCIMIENTO AL PUBLICO EN GENERAL
QUE A NUESTRAS OFICINAS SE HA PRESENTADO EL SEÑOR
MANUEL ARTURO RICO MARTINEZ DEL DOMICILIO DE
SANTA ANA, SOLICITANDO REPOSICION DE LA PÓLIZA
DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL No. VO-03.318, EMITI-
DA POR ESTA COMPAÑÍA A SU FAVOR CON FECHA 07 DE
OCTUBRE DE 1986.
SI DENTRO DE 30 DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA
FECHA DE ESTE AVISO, NO SE PRESENTARE OPOSICION,
LA COMPAÑÍA PROCEDERA A REPONER LA MENCIONADA
POLIZA.
SAN SALVADOR, 13 DE JUNIO DE 2007.
JACQUELINE LIZETH HERNANDEZ,
SEGURO DE PERSONAS.
ASEGURADORA POPULAR, S.A.
3 v. alt. No. C009723-2
ESCRITURA PUBLICA DE CONSTITUCION
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO
DE DOCUMENTOS MERCANTILES DEL REGISTRO DE
COMERCIO,
CERTIFICA: ESCRITURA PÚBLICA DE CONSTITUCION
DE LA SOCIEDAD HANESBRANDS EL SALVADOR, LIMI-
TADA DE CAPITAL VARIABLE.
Número de Inscripción: 14
Libro: 2225 del Registro de Sociedades
Páginas: 93 a la 102
Otorgada en San Salvador, a las nueve horas del día veinte de
abril de dos mil siete.
Notario: Ana Mercedes López Guevara
Otorgantes: Lilian Ruth Zelaya Panting, quien actúa en nombre y
representación, en su calidad de Apoderada Especial de la sociedad
CHOLOMA INC.; y Kenya Carolina Ruiz Pineda, quien actúa en
nombre y representación, en su calidad de Apoderada Especial de
la sociedad UPEL INC.
Naturaleza y Nacionalidad: de Responsabilidad Limitada de Capital
Variable, Salvadoreña
Denominación: Hanesbrands El Salvador, Limitada de Capital
variable, que podrá abreviarse Hanesbrands El Salvador, LTDA.
DE C.V.
Domicilio: San Juan Opico, Departamento de La Libertad.
Objeto: La fabricación y comercialización de tela y productos tex-
tiles para exportación; la prestación de servicios de contratación de
maquila, importación y suministro de materia prima y componentes
de productos de ensamble.
Plazo: Indefinido
Capital: Ochocientos setenta y cinco mil colones.
Representación Legal: le corresponde a uno a varios Gerentes
quienes pueden actuar conjunta o separadamente.
Gerente General: GERALD WILBERT EVANS JR, mayor de edad,
Ejecutivo y de nacionalidad Estadounidense:
Gerente Administrativo: EDGARDO GONZALEZ FALLA, mayor
de edad, Ingeniero Industrial y de nacionalidad salvadoreña.
Gerente Legal: JOIA MISHAARON JOHNSON, mayor de edad,
Abogada y de nacionalidad Estadounidense.
Gerente Financiero: JAMES DAN MAXWELL, mayor de edad,
Ejecutivo y de nacionalidad Estadounidense.
Período de Funciones: Indefinido.
Fecha de Inscripción: dos de mayo de dos mil siete.
ES CONFORME CON SU ORIGINAL, CON EL CUAL SE
CONFRONTO EN EL DEPARTAMENTO DE DOCUMENTOS
MERCANTILES DEL REGISTRO DE COMERCIO, Y A SO-
LICITUD DEL INTERESADO, SE EXTIENDE LA PRESENTE
CERTIFICACIÓN EXTRACTADA, EN SAN SALVADOR, A LAS
OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE
DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE.
Lic. JAIME RICARDO AMAYA NIEVES,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C009755-2
127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
ACEPTACION DE HERENCIAS
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTA
CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal
a las diez horas del día dieciséis de mayo del presente año, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
la herencia intestada dejada a su defunción por la causante, señora
LILIAN MOTO, conocida por LILIAN MOTO DE GIRON, ocurrida
el día diecinueve de octubre de dos mil, en Colonia El Tránsito,
jurisdicción de Zaragoza, siendo esta ciudad el lugar de su último
domicilio, de parte del señor CELIO OTONIEL GIRON MOTO,
en calidad de hijo de la causante; y se ha conferido al aceptante,
la administración y representación interinas de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacen-
te.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a
las nueve horas y veinticinco minutos del día veintiséis de mayo
de dos mil tres. LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ
DE LO CIVIL.- LIC. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005315-3
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO:
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta
minutos del día veintitrés de Marzo del corriente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la
herencia intestada dejada por la señora ANTONIA LEONARDO
quien fue conocida por Antonia Leonardo Suriano y por María
Antonia Leonardo, fallecida el día veinticuatro de Diciembre del
año dos mil cuatro, en la Población de Santa Catarina Masahuat
su último domicilio, de parte del señor JOEL ELIAS SANTIAGO
TADEO por Derecho de Representación que en la referida herencia
le correspondía al señor Hipólito Santiago Leonardo, éste como
hijo de la causante.-
Se ha conferido al aceptante la administración y represen-
tación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones
de Ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas cuarenta
minutos del día diez de Abril del año dos mil siete.- DR. MARIO
MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL
CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005365-3
EL INFRANSCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTAN-
CIA, del Distrito Judicial de San Francisco Gotera; Al Público
para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día
quince de marzo del corriente año; SE HA TENIDO POR ACEP-
TADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTA-
RIO, La Herencia que en forma intestada a su defunción dejó la
causante PERFECTA LOPEZ AMAYA, de parte del señor JUAN
LAZARO ESCOBAR LOPEZ, de setenta años de edad, agricultor
en pequeño, del domicilio de San Simón, con documento único de
identidad número cero tres millones cuatrocientos treinta y cinco
mil seiscientos cuarenta y dos guión cinco; por derecho propio
que le corresponde como hijo, de la causante PERFECTA LOPEZ
AMAYA, quien a la fecha de su Fallecimiento fue de cien años
de edad, de oficios domésticos, soltera, originaria de San Simón,
de nacionalidad Salvadoreña, hija de Silverio López y Estebana
Amaya; FALLECIO el día diecisiete de diciembre del dos mil uno,
en el Cantón Carrizal, Jurisdicción de San Simón, siendo éste su
último domicilio.
Se le confirió al aceptante mencionado y en la forma estableci-
da, LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS
DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones para los
curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que
se presenten a deducirlo en el término de quince días contados
desde el siguiente a la última publicación de este edicto en el diario
oficial.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San
Francisco Gotera, a las quince horas y treinta minutos del día
quince de marzo del dos mil siete. LICDO. JORGE ALBERTO
GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA.
ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005379-3
DE TERCERA PUBLICACIÓN
128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída
a las doce horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada que a su defunción dejó el señor TRANSITO ARNULFO
RIVERA RAMÍREZ, quien fue de treinta y cinco años de edad,
casado, agricultor, hijo de Daniel Rivera Gutiérrez y María Paula
Ramírez de Rivera, originario de Agua Caliente, Departamento de
Chalatenango, falleció el día diecisiete de julio del dos mil tres, en
el Hospital Nacional San Rafael de Santa Tecla, siendo su último
domicilio el municipio de Agua Caliente, de este departamento, de
parte de la señora DINA YANETH LÓPEZ VIUDA DE RIVERA,
y los menores TRANSITO ARNULFO, PERFECTA MARISOL,
DENIS ABRAHAN, LUCIA MAGDALENA y DIEGO FRANCIS-
CO, todos de apellidos RIVERA LÓPEZ, la primera en calidad
de esposa y como representante legal de los menores, hijos del
causante, y en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios
de los señores Daniel Rivera Gutiérrez y María Paula Ramírez de
Rivera, padres del causante. Confiérese a los aceptantes la adminis-
tración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la
herencia yacente. Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de
Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los veintidós días del
mes de febrero del dos mil siete.- Dr. DANILO ANTONIO VE-
LADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ERLINDA
GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005390-3
LICENCIADO ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO IN-
TERINO. Al público
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y
cincuenta minutos del día once de mayo del presente año, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor RICAR-
DO ANTONIO ESCOBAR, quien fue de sesenta años de edad,
empleado, casado, fallecido el día veintiséis de septiembre de dos
mil tres, en esta Ciudad, siendo éste su último domicilio, de parte
de la señora FRANCISCA MORALES VIUDA DE ESCOBAR,
como cónyuge sobreviviente del causante y como Cesionaria de
los Derechos que les correspondían al señor RICARDO ANTONIO
ESCOBAR MORALES, en concepto de hijo del causante y repre-
sentada por el Licenciado EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO,
y la señora EDNA CAROLINA ESCOBAR MORALES, como hija
del causante.- Confiriéndosele a las aceptantes la administración
y representación INTERINA de la sucesión; con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las nueve horas
y cincuenta y siete minutos del día once de mayo del año dos mil
siete.- Lic. ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DE LO
CIVIL DE DELGADO INTERINO.- Licda. SANTOS ELIZABETH
QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005408-3
GUADALUPE MAYORAL GARCÍA, JUEZA INTERINA DEL
JUZGADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE. SABER: Que por resolución proveída por este Juz-
gado, a las quince horas y cinco minutos del día cuatro de mayo
del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción
por el causante señor MANUEL DE JESÚS CAMPOS ZALDAÑA,
ocurrida el día once de agosto de dos mil seis, en la ciudad de Colón,
siendo dicha ciudad, el lugar de su último domicilio, de parte de
la Licenciada MARIA BLANCA PAZ DE CAMPOS conocida por
MARIA BLANCA PAZ MONTALVO y por MARIA BLANCA
PAZ DE CAMPOS, y de los menores OSCAR EDUARDO y AS-
TRID ZULEYMA, ambos de apellidos CAMPOS PAZ, la primera
en calidad de cónyuge sobreviviente, e hijos del causante los dos
últimos; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y
la representación interinas de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce
horas cincuenta minutos del día quince de mayo de dos mil siete.-
Licda. GUADALUPE MAYORAL GARCÍA, JUEZA INTERINA
DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005419-3
JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- Al público para los
efectos de ley.
HACE SABER: Que en las diligencias de Aceptación de
Herencia de la causante señora IRMA PERAZA GUATEMALA
VIUDA DE CHOTO conocida por IRMA PERAZA DE CHOTO y
por IRMA PERAZA, que por resolución dictada por este juzgado
a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del día veinticinco
de mayo del dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamen-
te y con beneficio de inventario la herencia Intestada, que a su
defunción ocurrida en San Salvador, siendo su último domicilio
el de la misma ciudad de San Salvador, Departamento de San Sal-
vador, el día dieciséis de febrero de dos mil siete, dejó la señora
IRMA PERAZA GUATEMALA VIUDA DE CHOTO conocida
por IRMA PERAZA DE CHOTO y por IRMA PERAZA, de parte
de los señores IRMA LETICIA CHOTO DE MENDOZA y LUIS
MARIANO CHOTO PERAZA, en calidad de hijos sobrevivientes
de la causante.
Se ha conferido a los aceptantes la administración y represen-
tación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a
las doce horas y veinte minutos del día uno de junio de dos mil
siete.- Dr. JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SE-
CRETARIO.
3 v. alt. No. F005425-3
CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este tribunal
a las doce horas cinco minutos del día veinte de abril del presente
año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario de la sucesión intestada que a su defunción dejó la cau-
sante CARMEN GÓMEZ conocida por MARIA DEL CARMEN
GÓMEZ, quien fue de cuarenta y un años de edad, oficios del hogar,
soltera, siendo su último domicilio San Martín, originaria de San
Francisco Javier, departamento de Usulután, salvadoreña, hija de
Luisa Gómez, quien falleció el cinco de octubre de mil novecien-
tos ochenta y nueve; a MARÍA DOLORES GÓMEZ GUZMÁN,
en su calidad de hija de la causante y cesionaria de los derechos
hereditarios que les correspondían a los señores Heriberto Alcides
Gómez Guzmán, Juan Francisco Gómez Guzmán, Luis Antonio
Gómez Guzmán, y José Mauricio Gómez, en su calidad de hijos
de la causante, a través del Abogado Pedro Erlindo Chicas.
Confiérese a la aceptante declarada la administración y re-
presentación interina de la sucesión intestada con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que
comparezcan a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes
a la publicación de ley.
Publíquese el edicto de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, el día veinte
de abril del dos mil siete.- Lic. CARLOS WILFREDO GARCÍA
AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA ESTELA SORIANO
NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005434-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUCHITOTO. AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este
tribunal a las nueve horas y veinte minutos de esta misma fecha,
del presente mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejara el señor WILSON ALFREDO BARRERA
RIVERA; quien falleció a las dieciséis horas treinta minutos del
día dos de enero de mil novecientos noventa y ocho, en el Cantón
Zapote de esta jurisdicción, siendo su último domicilio esta ciu-
dad; de parte de la señora DOLORES ELENA LÓPEZ RIVERA;
actuando en su calidad de madre y representante legal del menor
CRISTIAN GIOVANNI BARRERA LÓPEZ, éste actuando en su
concepto de hijo del mencionado causante.
130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
Se le ha conferido a la aceptante la administración y repre-
sentación interina de los bienes sucesorales con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a
todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes
mencionada para que se presenten a este tribunal a deducirlo en
el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera
publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las
nueve horas y treinta minutos del día diecinueve de marzo del dos
mil siete.- Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. JUANA DE JESÚS
FIGUEROA COCA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005442-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUCHITOTO. AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este
tribunal a las once horas y quince minutos de este mismo día, del
presente mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expre-
samente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejara el causante JUAN CHÁVEZ conocido por JUAN
CHÁVEZ ALFARO, quien falleció a las veintitrés horas cincuenta
minutos del día diez de agosto de dos mil seis, en el Hospital Nacio-
nal Rosales de San Salvador, siendo su último domicilio el Caserío
Las Américas del Cantón La Bermuda jurisdicción de Suchitoto;
de parte del señor BERNABÉ DE JESÚS CHÁVEZ SIGÜENZA,
quien actúa en su concepto de hijo de dicho causante.
Se le ha conferido al aceptante la administración y repre-
sentación interina de los bienes sucesorales con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a
todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes
mencionada para que se presenten a este tribunal a deducirlo en
el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera
publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las
once horas y veinte minutos del día uno de junio del dos mil siete.-
Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- Licda. JUANA DE JESÚS FIGUEROA
COCA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005446-3
LICENCIADO ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DE
LO CIVIL SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIU-
DAD DELGADO.
AVISA: Que por resolución de las quince horas y un minuto
del día veintiuno de Mayo del año dos mil siete. se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia
intestada que a su defunción dejara la Causante señora GLORIA
ELENA GRIJALVA DE CATALÁN, quien fue de cincuenta y
seis años de edad, casada, originaria de Cuscatancingo, siendo la
Ciudad de Cuscatancingo el lugar de su último domicilio, quien
falleció el día cuatro de agosto del año dos mil cuatro, de parte
de los señores BRENDA ELIZABETH CATALÁN GRIJALVA,
en concepto de hija de la causante y como cesionaria de los dere-
chos hereditarios que le correspondían a la señora MARIA INÉS
AGUILAR SÁNCHEZ conocida por MARIA INÉS AGUILAR
TAURA y por INÉS AGUILAR TAURA, en su calidad de madre del
causante; y del señor JOSÉ ROBERTO CATALÁN, en su calidad
de cónyuge sobreviviente de la causante y como cesionario de los
derechos hereditarios que le correspondían a los señores CAR-
LOS ROBERTO CATALÁN GRIJALVA y HÉCTOR ANTONIO
CATALÁN GRIJALVA, en su calidad de hijos de la causante,
no así como cesionario de los derechos hereditarios que como
madre de la causante le correspondían a la señora MARIA INÉS
AGUILAR SÁNCHEZ conocida por MARIA INÉS AGUILAR
TAURA y por INÉS AGUILAR TAURA, por haberlos cedido
con anterioridad a la primera de las aceptantes; confiriéndoseles
a los aceptantes la administración y representación interina de la
sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.-
Lo que hago del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL DE CIUDAD
DELGADO, a las quince horas y cinco minutos del día veintiuno de
mayo de dos mil siete.- Lic. ALLAN GUDIEL DURAN RODAS,
JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Licda. SANTOS ELIZABETH
QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005660-3
131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. ROBERTO WENCESLAO RAMIREZ ALVARENGA, Notario, del
domicilio de Santa Tecla, con oficina ubicada en la Novena Calle
Oriente Bis, Polígono Catorce, casa número diecinueve, Colonia
Santa Mónica, de esta ciudad.
HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario,
proveída a las nueve horas del día treinta de octubre del dos mil
seis, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en
el Cantón Santa Lucía, de la Jurisdicción de Ciudad Arce, Depar-
tamento de La Libertad, a las siete horas treinta minutos del día
once de enero del dos mil cuatro, dejó la señora María Cristina
Perdomo de Mejía, de parte de la señora Rosa Elena Aguiñada de
Miranda, en su concepto de hermana sobreviviente de la causante,
habiéndose conferido la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se
crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a
la referida oficina en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario ROBERTO WENCESLAO
RAMIREZ ALVARENGA. En la ciudad de Santa Tecla, a las diez
horas del día nueve de noviembre del dos mil seis.
Lic. ROBERTO WENCESLAO RAMIREZ ALVARENGA,
NOTARIO.
3 v. c. No. C009738-3
RAFAEL ANTONIO REYES GUTIERREZ, Notario, de este do-
micilio, con Oficina en CENTRO COMERCIAL MIRALVALLE,
LOCAL NUMERO UNO, BOULEVARD CONSTITUCION Y
CALLE EL ALGODON, EN ESTA CIUDAD. AL PUBLICO,
para los efectos de Ley
HACE SABER: Que en los procedimientos de Jurisdicción
Voluntaria y de Otras Diligencias, seguidas ante mis oficios no-
tariales, por las señoras: ROSA ESTELA RIVAS DE FAJARDO,
LOURDES MARIA FAJARDO RIVAS, CARMEN LIZETH LU-
CHA FAJARDO, conocida también por CARMEN ELIZABETH
FAJARDO LUCHA, y SANDRA CAROLINA FAJARDO,
ACEPTANDO LA HERENCIA TESTAMENTARIA, DEJADA
A SU DEFUNCION POR EL SEÑOR RIGOBERTO FAJARDO
MENENDEZ, quien falleció en esta ciudad, a las nueve horas y
cincuenta y cinco minutos del día veinticinco de febrero del corriente
año, se proveyó resolución a las once horas del día veintisiete de los
corrientes, teniéndose por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia referida de parte de las señoras: ROSA
ESTELA RIVAS DE FAJARDO, LOURDES MARIA FAJARDO
RIVAS, CARMEN LIZETH LUCHA FAJARDO, conocida tam-
bién por CARMEN ELIZABETH FAJARDO LUCHA, y SANDRA
CAROLINA FAJARDO, EN SU CONCEPTO DE HEREDERAS
TESTAMENTARIAS EN LA MENCIONADA SUCESIÓN, NOM-
BRANDOSELES ADMINISTRADORAS Y REPRESENTANTES
INTERINAS DE LA SUCESION, con lasfacultades y restricciones
de la herencia yacente y citándose a los que se crean con derecho a
la misma, se presenten dentro del término de quince días después
de la última publicación de este edicto, en el Bufete del suscrito
Notario.
Oficina Notarial, San Salvador, a las diez horas del día seis
de junio de dos mil seis.
Lic. RAFAEL ANTONIO REYES GUTIERREZ,
NOTARIO.
3 v. c. No. F005747-3
132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375TITULOS DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE AGUA CA-
LIENTE.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora
DELFINA BENITEZ ARDÓN, de cuarenta y siete años de edad, de
Oficios domésticos, del domicilio de Agua Caliente, departamento
de Chalatenango, con Documento Único de Identidad Número cero
uno cinco uno cero nueve nueve nueve guión cero. Y con Número
de Identidad Tributaria cero cuatro uno dos guión cero uno cero
siete cinco nueve guión uno cero uno guión cero. Solicitando Título
de Propiedad, de un Inmueble de naturaleza urbana, ubicado en el
Barrio El Centro de una Extensión superficial de QUINIENTOS
SETENTA METROS CUADRADOS, SESENTA DECIMETROS
CUADRADOS Y DIECINUEVE CENTIMETROS CUADRADOS,
de la medidas y colindancias siguientes AL NORTE: mide veinti-
cinco metros cero ocho centímetros, colinda con calle de por medio,
con María Margarita Merlos AL ORIENTE: mide treinta y seis
metros setenta y nueve centímetros calle de por medio y colinda
con Francisco Antonio Valdivieso, Francisco Melara Valle y Carlos
Cardona, AL SUR: mide doce metros ochenta y siete centímetros,
colinda con Justo Tejada Antes Hoy con María Félix Maldonado
de Rodríguez, calle pública de por medio y AL PONIENTE: mide
en tres tiros rectos, el primero de sur a norte en treinta metros
noventa y tres centímetros, el segundo de oriente a poniente mide
seis metros sesenta y nueve centímetros y el tercero de sur a norte
en seis metros con sesenta y nueve centímetros, en todos los tiros
colinda con Santiago Chacón. En el interior del inmueble existe
por el rumbo sur una casa de techo de teja sobre paredes de adobe
y lo valora por el precio de CUATRO MIL DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA El inmueble lo adqui-
rió por compra que le hizo la señora Macario Rodríguez Palacios,
siendo todos los colindantes de este domicilio.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos
de Ley.
Alcaldía Municipal, de la Villa de Agua Caliente, departa-
mento de Chalatenango, a los veintiocho días del mes de mayo
del año dos mil siete. SANTOS NERY TEJADA, ALCALDE
MUNICIPAL.- RICARDO LEON ARDÓN, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005252-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE AGUA CA-
LIENTE.
HACE SABER: Que a esta Oficina se presentó el señor:
ANTONIO NOE CHACON CHACON, de cuarenta y cuatro años
edad, Agricultor, del domicilio de Agua Caliente, departamento
de Chalatenango, con Documento Único de Identidad Número
cero cero siete tres ocho cinco seis dos guión cero. Y con Número
de Identidad Tributaria cero cuatro cero uno guión cero uno cero
cuatro seis tres guión uno cero uno guión cero. Solicitando Título
de Propiedad, de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en el
Barrio El Centro de una Extensión superficial de TRESCIENTOS
UNO PUNTO SETENTA Y OCHO METROS. de la medidas y
colindancias siguientes AL NORTE: mide ocho punto ochenta
metros colinda calle de por medio que conduce del Parque al río
Metayate, con la Alcaldía Municipal, AL ORIENTE: mide treinta
y uno punto treinta metros colinda con Marta Lidia Merlos Tejada,
María Dolores Leverón y Ronal Tejada: AL SUR: mide diez punto
treinta metros, colinda con Miguel Leverón los divide cerco de
alambre del Colindante y AL PONIENTE: mide treinta y uno punto
sesenta metros, colinda con Osmín Maldonado Bonilla y sucesión
de Mario Interiano, En el interior del inmueble existe por el rumbo
sur una casa de techo de teja sobre paredes de adobe. Y lo valora
por el precio de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE NORTE AMERICA. El inmueble lo adquirió por
compra que le hizo la señora Efigenia Contreras de Leverón, Siendo
todos los colindantes de este domicilio.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos
de Ley.
Alcaldía Municipal, de la Villa de Agua Caliente, departa-
mento de Chalatenango, a los veintiocho días del mes de mayo
del año dos mil siete.- SANTOS NERY TEJADA, ALCALDE
MUNICIPAL.- RICARDO LEON ARDÓN, SECRETARIO
MUNICIPAL.-
3 v. alt. No. F005254-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE CIUDAD
BARRIOS
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Lic.
JUAN CARLOS JOYA LAZO, mayor de edad, Abogado y Notario,
del domicilio de San Miguel, actuando en calidad de Apoderado
General Judicial de la señora ANA BERTILA SANDOVAL VIU-
DA DE MEDRANO, de sesenta y cinco años de edad, de oficios
domésticos, Salvadoreña por nacimiento, de este domicilio, por-
tadora de su documento Único de Identidad número: cero cero
novecientos cuarenta y seis mil ciento noventa y tres guión tres y
número de Identificación Tributaria; doce cero dos guión ciento
setenta mil quinientos cuarenta y uno guión cero cero uno guión
tres, solicitando se le extienda título de propiedad y dominio a
favor de su representada, de un terreno de naturaleza urbana, ubi-
cado en Colonia Boillat, jurisdicción de Ciudad Barrios, distrito
y departamento de San Miguel, de una capacidad superficial de:
NOVECIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS, según
133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
certificación de denominación Catastral de las medidas y linderos
siguientes: ORIENTE: mide treinta y siete punto cinco metros, co-
linda con Petronila Pineda Parada Callejos, de por medio; NORTE:
mide veintinueve punto cinco metros, colinda con Rafael Armando
Sorto Medrano; PONIENTE: mide treinta y nueve metros, colinda
con Ana Bertila Sandoval viuda de Medrano; SUR: mide veintitrés
metros y colinda con Hermelinda Arévalo Hernández, calle de por
medio, y lo valora por la cantidad de DOS MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; en el inmueble antes
descrito existe una área construida, no es dominante, ni sirviente,
no posee cargas ni derechos reales de ajena pertenencia y no tiene
proindivisión con ninguna otra persona, carece de documentos
inscritos en el Registro de Propiedad Raíz e Hipoteca y lo adquirió
por compra verbal que le hiciere el señor ALFONSO JURADO,
por lo que unida a la posesión de la señora Ana Bertila Sandoval
viuda de Medrano, ésta data desde hace treinta y cinco años
consecutivos.-
Librado en la Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios, a los
quince días del mes de mayo de dos mil siete.- Dr. MIGUEL
ANGEL RIVERA M., ALCALDE MUNICIPAL.- JUAN CARLOS
IGLESIAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005275-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora,
BLANCA ESTELA VIZCARRA MARROQUIN, de veintinueve
años de edad, costurera, de este domicilio, con Documento Único
de Identidad número cero cero dos cinco dos seis dos uno guión
cuatro, solicitando título de propiedad a su favor de un inmueble
de naturaleza urbana situado en el Barrio El Calvario, de esta
villa, de una extensión superficial de SETECIENTOS VEINTI-
CUATRO metros cuadrados veinte centímetros cuadrados y según
ficha catastral es de quinientos noventa metros cuadrados, que
mide y linda al NORTE, catorce metros cuarenta centímetros con
Marina Esther Escobar V. de Chávez, Juan Gilberto Cruz, Oscar
Ovidio Chávez Escobar, Blanca Rosa Chávez Escobar, Marina
Estela Chávez Escobar, José Narciso Chávez Escobar, Maricela
del Carmen Chávez Escobar, Carlos Salvador Chávez Escobar,
Amílcar Alexander Chávez Escobar; al ORIENTE, mide treinta
y cinco metros, linda con Marina Ester Escobar V. de Chávez,
Juan Gilberto Cruz, Oscar Ovidio Chávez Escobar, Blanca Rosa
Chávez Escobar, Marina Estela Chávez Escobar, José Narciso
Chávez Escobar, Maricela del Carmen Chávez Escobar, Carlos
Salvador Chávez Escobar, Amílcar Alexander Chávez Escobar; al
SUR mide veintiséis metros cuarenta centímetros y linda con José
Roberto Funes, pasaje de por medio; al PONIENTE mide treinta
y seis metros, linda con Martha Araceli Guzmán de Gómez, Jeró-
nimo Gómez, Ricardo Aníbal Ramírez. El inmueble descrito goza de servidumbre de tránsito de dos metros de ancho; es dominante y sirviente; no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a otra persona; ni está en proindivisión. Lo hubo el inmueble por compra que hizo al señor Valentín Morales, y lo valúa en la suma de diez mil colones.
Al público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: Huizúcar, a quince de Julio de dos mil cinco. – Dr. LUIS RICARDO MONTES CHAVEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- ALBA YANETH JERONIMO DE MORAN, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F005313-3
TITULOS SUPLETORIOS
MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el señor JOSE NAZARIO COLATO SALAMANCA, de cuarenta y cuatro años de edad, Profesor, del domicilio de Moncagua, departamento de San Miguel, promoviendo Diligencias de TITULO SUPLETO-RIO y dice: Que es dueño y actual poseedor desde hace más de diez años, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida de un terreno de naturaleza, situado en el Cantón El Jobo, jurisdicción de Moncagua, distrito y departamento de San Miguel, de la extensión superficial de SIETE MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, ubicado exactamente sobre carretera Panamericana kilómetro ciento veinticuatro de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, mide setenta y cinco metros carretera de por medio, linda con Pedro Arnoldo Alfaro Salamanca; al SUR, mide setenta metros, linda con José Nazario Salamanca Portillo; AL ORIENTE, mide noventa y siete metros, linda con María Armida Alfaro viuda de Benítez y AL PONIENTE, mide ciento diez metros, linda con terreno de Jesús Alfaro viuda de Colato, INMUEBLE QUE CONTIENE árboles frutales y dos casas una de pared de adobe, techo de tejas y lastra de pared de ladrillo techo de tejas, no contiene cultivos.
Lo hubo por compra verbal que le hizo al señor JOSE NA-ZARIO SALAMANCA PORTILLO, y que lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES. Que por carecer de documento inscrito en el Registro respectivo pide se le extienda a su favor TITULO SUPLETORIO del inmueble antes descrito.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho horas veintidós minutos del día treinta y uno de Mayo de dos mil siete. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARA-DA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005380-3
134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
RENOVACIÓN DE MARCAS
No. de Expediente: 1975002768
No. de Presentación: 20070090677
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO-
RIOS LÓPEZ, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: LABORATORIOS LÓPEZ, S.A. DE C.V., del
domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00036
del Libro 00066 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la
palabra VERMEX; que ampara productos/servicios comprendidos
en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los quince días del mes de mayo del
año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRÍQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009686-3
No. de Expediente: 1995001344
No. de Presentación: 20070091504
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO-
RIOS LÓPEZ, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: LABORATORIOS LÓPEZ, S.A. DE C.V., del do-
micilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00080 del
Libro 00055 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la
palabra DUO-PACK separadas por un guión escritas en letra de
molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos
en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de mayo
del año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRÍQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009687-3
No. de Expediente: 1966014638
No. de Presentación: 20070090678
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABO-
GADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de
nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO
GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORA-
TORIOS LÓPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN,
para la inscripción Número 14638 del Libro 00037 de REGISTRO
DE MARCAS, consistente en la palabra CEREBROVITAN; que
135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo
del año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRÍQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009688-3
No. de Expediente: 199500114
No. de Presentación: 20070091501
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO-
RIOS LÓPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN,
para la inscripción Número 00125 del Libro 00054 de INSCRIP-
CIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra “ACIFLUX”, escrita
en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios
comprendidos en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril
del año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009689-3
No. de Expediente: 1995001392
No. de Presentación: 20070091503
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO-
RIOS LÓPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN,
para la inscripción Número 00052 del Libro 00054 de INSCRIP-
CIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra “AINELAC”, escrita
en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios
comprendidos en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril
del año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009690-3
No. de Expediente: 1995003638
No. de Presentación: 20070091499
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JU-
DICIAL de LABORATORIOS LÓPEZ, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para
la inscripción Número 00224 del Libro 00051 de INSCRIPCIÓN
DE MARCAS, consistente en la palabra “INHIDEP”, escrita en
letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios com-
prendidos en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de abril del
año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009691-3
No. de Expediente: 1994002689
No. de Presentación: 20070091502
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO-
RIOS LÓPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para
la inscripción Número 00233 del Libro 00055 de INSCRIPCIÓN
DE MARCAS, consistente en la palabra “ULTRABAC” escrita en
letra de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en
la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril
del año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009692-3
137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
No. de Expediente: 1966013952
No. de Presentación: 20060083914
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABO-
GADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de TIMEX
CORPORATION del domicilio de CONNECTICUT, ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 13952
del Libro 00036 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la
palabra TIMEX; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 14 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los dos días del mes de mayo del año
dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005260-3
No. de Expediente: 1996000747
No. de Presentación: 20070088649
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGA-
DO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis,
del domicilio de 174, Avenue de France F-75013 París, Francia,
de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00033 del Libro 00048 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra APROVEL; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi-
cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de mayo del año
dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005261-3
No. de Expediente: 1995002690
No. de Presentación: 20070087403
CLASE: 05
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGA-
DO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis,
del domicilio de 174, Avenue de France F-75013 París, Francia,
de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00150 del Libro 00043 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra AVAPRO; que ampara
productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasi-
ficación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de abril del
año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO
3 v. alt. No. F005262-3
No. de Expediente: 1996000749
No. de Presentación: 20060086803
CLASE: 10
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGA-
DO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis,
del domicilio de 174, Avenue de France F-75013, París, Francia,
de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00139 del Libro 00065 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra TRADELIA escrita en
letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 10 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril
del año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005263-3
No. de Expediente: 1966014310
No. de Presentación: 20070089394
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGA-DO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174 AVENUE DE FRANCE F-75013, PARIS, FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENO-VACION, para la inscripción Número 14310 del Libro 00036 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra TRIMAX; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005264-3
No. de Expediente: 1996001000
No. de Presentación: 20060087289
CLASE: 05
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGA-DO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174, Avenue de France F-75013, París Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00241 del Libro 00045 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra NEMATOSAN; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasi-
ficación Internacional de Niza.
139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005265-3
No. de Expediente: 1992001841
No. de Presentación: 20070091888
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionali-dad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de UNITED PARCEL SERVICE OF AMERICA, INC., del domicilio de 55 GLENLAKE PARKWAY NE, ATLANTA, GEORGIA 30328, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTA-DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00051 del Libro 00045 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión U P S; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 39 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005267-3
No. de Expediente: 1993004608
No. de Presentación: 20070091270
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de VITROMEX,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio
de Blvd. Isidro López Zertuche 4103, Salrillo Coahuila, México,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la
inscripción Número 00060 del Libro 00042 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra “VITROMEX”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 19 de la Clasifi-
cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril
del año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005268-3
No. de Expediente: 1995002168
No. de Presentación: 20070091274
CLASE 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Dorpan, S.L.,
del domicilio de Abedul, 12 Madrid, España, de nacionalidad ES-
140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
PAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00114 del Libro 00053 de INSCRIPCION DE MARCAS, consis-
tente en las palabras “MELIA HOTELES”, en letras minúsculas,
a excepción de la letra “M” y “H”, ligeramente inclinadas hacia
la derecha; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 16 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de abril del
año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005299-3
No. de Expediente: 1966014840
No. de Presentación: 20070091460
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, actuando como APODERADO de DaimlerChrysler Corpo-
ration, del domicilio de 1200,Chrysler Drive, Ciudad de Highland
Park, Estado de Michigan 48288, Estados Unidos de América, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 14840 del Libro 00037 de REGISTRO
DE MARCAS, consistente en la palabra JEEPSTER; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasifi-
cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los dos días del mes de mayo del año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005302-3
No. de Expediente: 1996005272
No. de Presentación: 20070091461
CLASE: 37.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGA-DO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de DaimlerChrysler Corporation, del domicilio de 1000 CHRYSLER DRIVE, CIUDAD DE AUBURN HILLS, ESTADO DE MICHIGAN 48326-2766, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00098 del Libro 00063 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UNA FIGURA DE CINCO LADOS, QUE ENCIERRA UNA ESTRELLA DE CINCO PICOS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 37 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005304-3
141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. No. de Expediente: 1994002412
No. de Presentación: 20070092278
CLASE: 04.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BARDAHL
MANUFACTURING CORPORATION, del domicilio de 1400
N.W. 52ND. STREET, SEATTLE, WASHINGTON, ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00216
del Libro 00053 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra “BARDAHL”, en letra de bloque, con un segmento
de la letra “R” prolongado más abajo, y en la misma dirección a
ese segmento, hacia arriba, se ubica una bandera a cuadros; que
ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 04 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de mayo del año
dos mil siete.
ALEXADER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005306-3
No. de Expediente: 1994004807
No. de Presentación: 20070087727
CLASE: 40.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de FOSTER WHEELER LLC,
del domicilio de PERRYVILLE CORPORATE PARK, CLINTON,
NEW JERSEY 08809-4000, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00059 del Libro 00046 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la etiqueta de forma octagonal, siendo
más ancho de su parte superior en relación con la parte inferior de
la misma, y que contiene las letras FW, la primera ligeramente con
inclinación hacia la izquierda y la segunda de dichas letras partiendo
de su primer segmento justamente abajo del segmento horizontal
más angosto de la letra F y continuando sus otros segmentos en
forma progresiva hacia arriba; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 40 de la Clasificación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de abril del
año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005307-3
No. de Expediente: 1994004806
No. de Presentación: 20070087724
CLASE: 37.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de FOSTER WHEELER LLC,
del domicilio de PERRYVILLE CORPORATE PARK, CLINTON,
NEW JERSEY 08809-4000, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00050 del Libro 00046 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la etiqueta de forma octogonal, siendo
más ancho de su parte superior en relación con la parte inferior de
la misma, y que contiene las letras FW la primera ligeramente con
inclinación hacia la izquierda y la segunda de dichas letras partiendo
de su primer segmento justamente abajo del segmento horizontal
más angosto de la letra F y continuando sus otros segmentos en
forma progresiva hacia arriba; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 37 de la Clasificación Internacional
de Niza.
142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de abril
del año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005308-3
No. de Expediente: 1994001282
No. de Presentación: 20070091960
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MICROSOFT
CORPORATION, del domicilio de ONE MICROSOFT WAY,
REDMOND, WASHINGTON 98052-6399, ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitan-
do RENOVACION, para la inscripción Número 00043 del Libro
00052 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
WINDOWS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del
año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005309-3
No. de Expediente: 1994002838
No. de Presentación: 20070091887
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionali-
dad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ROYAL
APPLIANCE MFG, CO., del domicilio de 650 ALPHA DRIVE,
CLEVELAND, OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00040 del Libro 00052 de INSCRIP-
CION DE MARCAS, consistente en las palabras “DIRT DEVIL”,
en letra estilizada; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del
año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005310-3
No. de Expediente: 1995004342
No. de Presentación: 20070091890
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CERTAIN-
TEED CORPORATION, del domicilio de 750 E. SWEDESFORD
ROAD VALLEY FORGE, PENNSYLVANIA, ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitan-
do RENOVACION, para la inscripción Número 00122 del Libro
00053 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
“CertainTeed”; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 19 de la Clasificación Internacional de Niza.
143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del
año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005323-3
No. de Expediente: 1967014626
No. de Presentación: 20070091886
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, actuando como APODERADO de GENERAL MOTORS
CORPORATION, del domicilio de West Grand Boulevard & Cass
Avenue, Ciudad de Detroit, Estado de Michigan, Estados Unidos
de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 14626 del Libro
00037 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra
“PONTIAC”; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los dos días del mes de mayo del año
dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005324-3
No. de Expediente: 1995000527
No. de Presentación: 20070091891
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionali-
dad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CAR-
NIVAL CREATIONS DE MEXICO, S.A. DE C.V., del domicilio
de XOCONGO #225, COL. TRANSITO, C.P. 06820 MEXICO,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00019 del Libro 00049 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra CARNIVAL, precedida de
dos letras “C” entrelazadas, una de las cuales se ubica en un plano
levemente superior a la otra, estando ambas dentro de un marco
casi cuadrado; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del
año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005326-3
No. de Expediente: 1995003398
No. de Presentación: 20070091894
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGA-
DO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO de ELI LILLY AND
144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
COMPANY, del domicilio de Lilly Corporate Center Indianápolis,
Indiana, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00011 del Libro 00057 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra “REOPRO” en letras mayúsculas tipo corriente; que
ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de mayo del año
dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005327-3
No. de Expediente: 1996001134
No. de Presentación: 20070089089
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de LG Life Sciences, Ltd., del
domicilio de 20, Yoido-dong, Youngdungpo-gu, Seoul, República
de Corea, de nacionalidad COREANA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00094 del Libro 00048 de INSCRIP-
CION DE MARCAS, consistente en la palabra FACTIVE; que
ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del
año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005328-3
No. de Expediente: 1996001376
No. de Presentación: 20070089091
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de naciona-
lidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LG
HOUSEHOLD & HEALTH CARE LTD, del domicilio de 20,
Yoido-dong, Youngdungpo-gu, Seoul, República de Korea, de
nacionalidad COREANA, solicitando RENOVACION, para la
inscripción Número 00179 del Libro 00049 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra 1ST DATE; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi-
cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del
año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005330-3
145DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
No. de Expediente: 1991003303
No. de Presentación: 20070090740
CLASE: 11.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, actuando como APODERADO de SONY KABUSHIKI
KAISHA TAMBIEN CONOCIDA POR SONY CORPORATION,
del domicilio de 6-7-35 Kitashinagawa, Shinagawa-ku, Tokio, Japan,
de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la
inscripción Número 00216 del Libro 00052 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra aiwa; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 11 de la Clasificación In-
ternacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del
año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005339-3
No. de Expediente: 1994001205
No. de Presentación: 20070091885
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de Kimberly-Clark Worldwide,
Inc., del domicilio de Neenah, Wisconsin, 54956, Estados Unidos
de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00133 del Libro
00056 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
“HUGGIES”; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del
año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005343-3
No. de Expediente: 1995004645
No. de Presentación: 20070088220
CLASE: 08.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COOPER
BRANDS, INC., del domicilio de 600 Travis, Suite 5800, Houston,
Texas 77002, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTA-
DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00108 del Libro 00047 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la palabra “NICHOLSON”; que ampara productos
/servicios comprendidos en la( s) Clase 08 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril
del año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005346-3
146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
No. de Expediente: 1969004948
No. de Presentación: 20070089268
CLASE: 09, 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de VISA IN-
TERNATIONAL SERVICE ASSOCIATION, del domicilio de 900
Metro Center Boulevard, Foster City, California, Estados Unidos
de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00158 del Libro 00065
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación de
tres bandas en forma de bandera de colores: dorado, blanco y azul;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09,
16 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los dos días del mes de mayo del
año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005354-3
No. de Expediente: 1993003917
No. de Presentación: 20070089109
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GENERAL
NUTRITION INVESTMENT COMPANY, del domicilio de 300
Sixth Avenue, Pittsburg, Pennsylvania 15222, Estados Unidos
de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00061 del Libro
00048 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la ex-
presión SOLOTRON, en letra estilizada, subrayada; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi-
cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de mayo del año
dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005355-3
No. de Expediente: 1985000191
No. de Presentación: 20060077420
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ROBER-
TO SALOMON JACIR SIMAN, mayor de edad, LICENCIADO(A)
EN ADMINISTRACION DE EMPRESAS, del domicilio de SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
REPRESENTANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO
PROPIETARIO de LABORATORIO INDUSTRIAL CENTRO
AMERICANO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-
BLE que se abrevia: LICA, S.A. DE C.V., del domicilio de San
Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENO-
VACION, para la inscripción Número 00009 del Libro 00113 de
REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra Lolita; que
ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
147DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de marzo del
año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005384-3
No. de Expediente: 1995004910
No. de Presentación: 20060087266
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WRANGLER
APPAREL CORP., del domicilio de Concord Plaza, 3411, Silverside
Road Wilmington, Delaware, Estados Unidos de América, de nacio-
nalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la
inscripción Número 00245 del Libro 00046 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la letra W, formada por la representación
de costuras; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril
del año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005447-3
MARCAS DE FÁBRICA
No. de Expediente: 2007067454
No. de Presentación: 20070094295
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ARMAN-
DO INTERIANO, en su calidad de APODERADO GENERAL
JUDICIAL de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se abrevia:
BAYER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CANESFEM
Consistente en: la palabra CANESFEM, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS.
La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, cinco de junio del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON
REGISTRADORA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009664-3
No. de Expediente: 2007067453
No. de Presentación: 20070094294
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ARMAN-
DO INTERIANO, en su calidad de APODERADO GENERAL
148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
JUDICIAL de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se abrevia:
BAYER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CANESPIE
Consistente en: la palabra CANESPIE, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS.
La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, cinco de junio del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009665-3
No. de Expediente: 2007064215
No. de Presentación: 20070088589
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
ALONSO NAVARRETE SOTO, en su calidad de APODERADO
de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-
PITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE,
S.A. DE C.V. o COPI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADO-
REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
Consistente en: las palabras OMAHA STEAKS PREMIUM
HEARTLAND QUALITY SINCE 1917 y diseño, que se traduce al
castellano como OMAHA CALIDAD DE CENTRO DE PREMIO
DE FILETES DESDES 1917 ENTONCES, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ORIGEN ANIMAL
ESPECIFICAMENTE PRODUCTOS CARNICOS.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil
siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009667-3
No. de Expediente: 2007066691
No. de Presentación: 20070092981
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS
MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO
de MERCK & CO., INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE CO-
MERCIO,
ANTEZA
Consistente en: la palabra ANTEZA, que servirá para: AMPA-
RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VACUNAS.
La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, once de mayo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005271-3
149DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. No. de Expediente: 2007064586
No. de Presentación: 20070089358
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RA-FAEL ALBERTO MENDOZA CALDERÓN, en su calidad de APODERADO de DaimlerChrysler Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
MYGIG
Consistente en: La expresión MYGIG, que servirá para: AMPARAR: APARATOS ELECTRÓNICOS UTILIZADOS EN AUTOMÓVILES, INCLUYENDO RECEPTORES GPS; SISTE-MAS AUTOMOTORES DE NAVEGACIÓN; SISTEMAS ELEC-TRÓNICOS PARA AUTOMÓVILES UTILIZADOS CON GPS; MAPAS ELECTRÓNICOS; RECEPTORES MULTIMEDIA Y JUGADORES MULTIMEDIA; Y PARTES DE LOS MISMOS.
La solicitud fue presentada el día siete de febrero del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de abril del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005272-3
No. de Expediente: 2007064303
No. de Presentación: 20070088736
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RA-FAEL ALBERTO MENDOZA CALDERÓN, en su calidad de APODERADO de DaimlerChrysler Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
VOYAGER
Consistente en: La palabra VOYAGER, traducido al castellano como “viajero”, que servirá para: AMPARAR: VEHÍCULOS DE MOTOR Y PARTES DE LOS MISMOS QUE SE ENCUENTRAN INCLUIDOS EN ESTA CLASE.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de abril del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005274-3
No. de Expediente: 2007066397
No. de Presentación: 20070092452
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: diseño identificado como Diseño de Ovalo, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS, BEBI-DAS DE FRUTAS Y JUGOS DE FRUTAS; JARABES Y OTRAS PREPARACIONES HECHAS PARA HACER BEBIDAS.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005276-3
150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
No. de Expediente: 2007066342
No. de Presentación: 20070092374
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PEPSICO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: Las palabras SONRIC’S GUDUPOP MULTI-SABOR y diseño, que servirá para: DISTINGUIR: CONFITERÍA TALES COMO PALETAS.
La solicitud fue presentada el día veinte de abril del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sig-nos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005278-3
No. de Expediente: 2007066398
No. de Presentación: 20070092453
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: diseño identificado como Diseño de Ovalo, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA, EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y VEGETALES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS, GELATINAS, MER-
MELADAS, COMPOTAS, HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES, PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ORIGEN ANIMAL, ASI COMO LOS VEGE-TALES Y OTROS PRODUCTOS HORTÍCOLAS COMESTIBLES PREPARADOS PARA EL CONSUMO O LA CONSERVACIÓN, BEBIDAS DE LECHE EN LAS QUE PREDOMINE LA LECHE, PRINCIPALMENTE PAPAS YA SEAN FRITAS, COCIDAS Y/O HORNEADAS EN TODAS SUS PRESENTACIONES Y CACA-HUATES, HOJUELAS Y BOTANAS DE PAPA.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005282-3
No. de Expediente: 2007066395
No. de Presentación: 20070092450
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: diseño identificado como Diseño de Ovalo, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUSTITUTOS DEL CAFÉ; HA-RINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS COMESTIBLES, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR, SAL, MOSTAZA, VINAGRE, SALSAS (CONDI-MENTOS); ESPECIAS, HIELO, PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ORIGEN VEGETAL PREPARADOS PARA EL CONSUMO O
151DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
LA CONSERVA, ASI COMO LOS AUXILIARES DESTINADOS A MEJORAR EL SABOR DE LOS ALIMENTOS, BEBIDAS A BASE DE CAFÉ, CACAO O CHOCOLATE, CEREALES PARA EL CONSUMO HUMANO, HOJUELAS DE AVENA U OTROS CEREALES, INCLUYENDO HOJUELAS DE MAÍZ, HARINA DE MAÍZ, PALOMITAS DE MAÍZ Y FRITURAS DE MAÍZ, TODO TIPO DE DULCES Y TODO TIPO DE GALLETAS, BOTANAS DE HARINA DE PAPA.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005284-3
No. de Expediente: 2007066624
No. de Presentación: 20070092853
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERÓN, en su calidad de APODERA-DO de LA ROCHE-POSAY LABORATOIRE PHARMACEUTI-QUE, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
LA ROCHE-POSAY XY
Consistente en: Las palabras LA ROCHE-POSAY XY, tra-ducido al castellano la palabra ROCHE como ROCA, que servirá para: AMPARAR: PERFUME, AGUA DE TOCADOR; GELS, SALES PARA EL BAÑO Y LA DUCHA PARA PROPÓSITOS NO MÉDICOS; JABONES DE TOCADOR; DESODORANTES PARA EL CUERPO; COSMÉTICOS TALES COMO CREMAS, LECHES, LOCIONES, GELS Y POLVOS PARA LA CARA, EL CUERPO Y LAS MANOS; PREPARACIONES PARA PROTECCIÓN SOLAR (PRODUCTOS COSMÉTICOS); PREPARACIONES DE MAQUI-LLAJE; SHAMPOOS; GELS, SPRAYS (ROCIADOR), MOUSSES Y BÁLSAMOS PARA EL ESTILIZADO Y CUIDADO DEL CA-BELLO, LACA PARA EL CABELLO; PREPARACIONES PARA COLORAR Y DECOLORAR EL CABELLO; PREPARACIONES PARA EL ONDULADO PERMANENTE Y RIZADO; ACEITES ESENCIALES PARA USO PERSONAL.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005285-3
No. de Expediente: 2007065379
No. de Presentación: 20070090811
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERÓN, en su calidad de APODE-RADO de SANCELA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: La palabra Saba y diseño, que servirá para: AMPARAR: TOALLAS SANITARIAS, TOALLAS SANITARIAS PARA LA MENSTRUACIÓN, TAMPONES PARA LA MENS-TRUACIÓN, CALZONES HIGIÉNICOS PARA LA MENSTRUA-CIÓN, CALZONES ABSORBENTES PARA INCONTINENCIA Y CINTURONES PARA TOALLAS SANITARIAS.
La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de abril del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005287-3
152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
No. de Expediente: 2007065383
No. de Presentación: 20070090815
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERÓN, en su calidad de APODE-RADO de SANCELA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: La palabra Saba y diseño, que servirá para: AMPARAR: TOALLAS SANITARIAS, TOALLAS SANITARIAS PARA LA MENSTRUACIÓN, TAMPONES PARA LA MENS-TRUACIÓN, CALZONES HIGIÉNICOS PARA LA MENSTRUA-CIÓN, CALZONES ABSORBENTES PARA INCONTINENCIA Y CINTURONES PARA TOALLAS SANITARIAS.
La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005288-3
No. de Expediente: 2007066658
No. de Presentación: 20070092905
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de DFO L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
MOONS OVER MY HAMMY
Consistente en: Las palabras MOONS OVER MY HAMMY traducidas al castellano como “lunas sobre mi exagerado”, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDÁNEOS DEL CAFE, HARINAS Y PRE-
PARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS COMESTIBLES, MIEL, JARABE DE MELAZA, LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR, SAL, MOSTAZA, VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS), ESPECIAS, HIELO.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de mayo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005290-3
No. de Expediente: 2007066649
No. de Presentación: 20070092896
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de DFO L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
SUPER BIRD
Consistente en: Las palabras SUPER BIRD que se traducen al castellano como “súper pájaro”, que servirá para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDÁNEOS DEL CAFE, HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITE-RÍA, HELADOS COMESTIBLES, MIEL, JARABE DE MELAZA, LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR, SAL, MOSTAZA, VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS), ESPECIAS, HIELO.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de mayo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005291-3
153DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
No. de Expediente: 2007066648
No. de Presentación: 20070092895
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de DFO L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Super Scrambles
Consistente en: La palabra SUPER SCRAMBLES, traducido al castellano como “Super Revueltos”, que servirá para: AMPA-RAR: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA, EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS, JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS, HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS, ACEITES Y GRASAS CO-MESTIBLES.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de mayo del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005293-3
No. de Expediente: 2007066396
No. de Presentación: 20070092451
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de GLAXOSMITHKLINE COLOMBIA, S.A., de nacionalidad CO-LOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: La palabra Dol y diseño, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉU-TICAS.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005294-3
No. de Expediente: 2007066689
No. de Presentación: 20070092978
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de MERCK & CO., INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE CO-MERCIO,
ONVARA
Consistente en: La palabra ONVARA, que servirá para: AMPA-RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y VACUNAS.
La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de mayo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005296-3
154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
No. de Expediente: 2007065249
No. de Presentación: 20070090579
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROBERTO SALOMÓN JACIR SIMAN, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIO INDUSTRIAL CENTRO AMERI-CANO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LICA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADORE-ÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: La expresión NO-RASH y diseño, traducidas al castellano como “no irritado”, sobre dicha expresión, individual-mente, no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: POMADA DE PAÑALES PARA BEBE.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de mayo del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005386-3
No. de Expediente: 2007066560
No. de Presentación: 20070092732
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMÓN SERRANO, en su calidad de APODERADO de HEBER BIOTEC, S.A., de nacionalidad CUBANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
HEBERMIN
Consistente en: La palabra HEBERMIN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA CONSU-MO HUMANO, PARA USARLO EN LA PREVENCIÓN DEL TRATAMIENTO DE QUEMADURAS, LOGRÁNDOSE UNA REDUCCIÓN DE TIEMPO, EN CICATRIZACIONES DE QUEMA-
DURAS DERMICAS SUPERFICIALES. EN LAS QUEMADURAS HIPODÉRMICAS SE ACORTA EL TIEMPO DE EVOLUCIÓN AL LOGRARSE UNA ZONA DE GRANULACIÓN DE MAS CA-LIDAD Y ASÍ RECIBE MAS ADECUADAMENTE EL INJERTO. PUEDE TAMBIÉN UTILIZARSE EN OTROS PROCESOS QUE REQUIERAN CICATRIZACIÓN O REGENERACIÓN TISULAR, COMO LESIONES PROVOCADAS POR RADIACIONES, HE-RIDAS QUIRÚRGICAS, ULCERAS POR EXTRAVASACIÓN DE GITOSTATICOS Y ULCERAS POR INSUFICIENCIA CIR-CULATORIA, ASÍ COMO EN LA PROFILAXIS DE LESIONES POR RADIOTERAPIA SUPERFICIAL.
La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005458-3
No. de Expediente: 2007066559
No. de Presentación: 20070092726
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMÓN SERRANO, en su calidad de APODERADO de HEBER BIOTEC, S.A., de nacionalidad CUBANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
HEBERGEL
Consistente en: La palabra HEBERGEL, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA CONSUMO HUMANO QUE COMBATIRÁ LESIONES INTRAEPITELIALES, HERPES SIMPLE, CONDILOMA ACUMINADO, DERMATITIS, HERPES ZOSTER, LESIONES DE LA VARICELA ZOSTER, LEUCOPLASIA, QUELOIDES, VERRUGAS, KERATOTIS AC-TÍNICA, CICATRICES HIPERTROFICAS, MOLUSCUM CON-TAGIOSOLIQUEN PLANO, CARCINOMA EPIDERMOIDE.
La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil siete.
155DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005459-3
No. de Expediente: 2007066558
No. de Presentación: 20070092725
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMÓN SERRANO, en su calidad de APODERADO de HEBER BIOTEC, S.A., de nacionalidad CUBANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
HEBERVIS
Consistente en: La palabra HEBERVIS, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA CONSUMO HUMANO, ESPECIALMENTE UNA SOLUCIÓN VISCOSA QUE CONTIENE FACTOR DE CRECIMIENTO EPIDÉRMICO PARA USO ORAL O RECTAL, EN VARIOS TIPOS DE MUCOSITIS.
La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005461-3
No. de Expediente: 2007066557
No. de Presentación: 20070092724
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMÓN SERRANO, en su calidad de APODERADO de HEBER BIOTEC, S.A., de nacionalidad CUBANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
HEBEREYES
Consistente en: La palabra HEBEREYES, que servirá para: DISTINGUIR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA CONSUMO HUMANO, USADO EN LA CONJUNTIVITIS DE ORIGEN VIRAL, EN LA CONJUNTIVITIS HEMORRÁGICA EPIDÉRMICA, Y EN QUERATITIS HERPETICA.
La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005463-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2007065307
No. de Presentación: 20070090700
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALONSO NAVARRETE SOTO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de CORPORACIÓN PIRÁMIDE, SO-CIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
CORPORACIÓN PIRÁMIDE, S.A. DE C.V., o COPI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: Las palabras Paradise Lobster & Steak House, traducidas al castellano como Paraíso de Langosta y Casa de Filete, sobre las palabras de uso común individualmente consideradas no se concede exclusividad, que servirá para: IDENTIFICAR ESTA-BLECIMIENTOS COMERCIALES, DEDICADOS A SERVICIO DE RESTAURANTES.
La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de marzo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F009666-3
No. de Expediente: 2007066358
No. de Presentación: 20070092409
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ABRAHAM FERNANDO MIGUEL MITRI, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: La expresión DOCTOR MOTOR y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA COMERCIAL DE SERVICIOS CUYO GIRO ES: MANTENIMIENTO, REPA-RACIÓN Y VENTA DE VEHÍCULOS, ASÍ COMO VENTA DE ACCESORIOS AUTOMOTRICES, DICHO ESTABLECIMIENTO COMERCIAL ESTARÁ UBICADO EN REPARTO LOS HÉROES, CALLE ANTIGUA A HUIZUCAR, NUMERO CATORCE, COSTA-DO PONIENTE DEL ESTADIO CUSCATLAN, DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005269-3
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2007064969
No. de Presentación: 20070090044
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDUARDO ERNESTO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de SPEEDTALK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓ-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SPEEDTALK EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLI-CIDAD COMERCIAL,
Consistente en: La expresión SpeedTalk y diseño, tradu-cida al castellano como HABLAR RÁPIDO, que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE LA PRODUCCIÓN, FABRICACIÓN, DISTRIBU-CIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y VENTA DE SERVICIOS Y PRODUCTOS DE TELECOMUNICACIONES EN TODAS SUS FORMAS.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de febrero del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009675-3
157DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
MATRICULAS DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2007058484
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058484- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO
ROBERTO RIVERA LIEVANO, en su calidad de Representante
legal de la sociedad SERAACON, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse SERAACON, S. A.
DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domi-
cilio de SOYAPANGO, departamento de SAN SALVADOR, cuya
escritura social está inscrita bajo el número 19 del libro 2205 del
Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de
Identificación Tributaria: 0614-280107-101-6; el cual ha presentado
solicitud a las once horas y treinta y seis minutos del día veintisiete
de marzo de dos mil siete. Con la cual se otorgó el asiento de Empresa
No. 2007058484 inscripción 105 y el asiento de Establecimiento
No. 2007058484- 001, inscripción 106, ambos del Libro 142 de
Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa
se denomina SERAACON, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS DE REFRIGERACIÓN
Y AIRE ACONDICIONADO, con dirección en AVENIDA ROSA-
RIO SUR, No. 17, del domicilio de SOYAPANGO departamento
de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL 00/100
DÓLARES ($ 12,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente:
001-) denominado SERAACON, S.A. DE C.V., ubicado en AVE-
NIDA ROSARIO SUR, No. 17, del domicilio de SOYAPANGO,
departamento de SAN SALVADOR y que se dedica a SERVICIOS
DE REFRIGERACIÓN Y AIRE ACONDICIONADO.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintinueve de marzo de dos mil siete.
Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C009679-3
ASIENTO DE EMPRESA 1996025946
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 1996025946- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JAIME
ERNESTO COMPTE UNGO, en su calidad de Representante legal
de la sociedad RESTAURANT SUPPLIES, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE; de nacionalidad SALVADOREÑA, del
domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita
bajo el número 40 del libro 1165 del Registro de Sociedades del
Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria:
0614-081195-102-0; el cual ha presentado solicitud a las doce
horas y cuarenta minutos del día veintiocho de febrero de dos mil
siete; con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 1996025946
inscripción 211 y el asiento de Establecimiento No. 1996025946-
001 inscripción 212, ambos del libro 145 de Asientos de Matrícula
de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada RESTAU-
RANT SUPPLIES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIA-
BLE, la cual se dedica a ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO
EMPRESARIAL EN MATERIA DE GESTIÓN, con dirección en
51a. AVENIDA NORTE No. 178, COLONIA FLOR BLANCA, del
domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, cuyo activo
asciende a CIENTO DIECIOCHO MIL CIENTO SETENTA Y DOS
87/100 DÓLARES ($ 118,172.87) y que tiene el establecimiento
siguiente: 001-) denominado RESTAURANT SUPLLIES ubicado
en COLONIA FLOR BLANCA, 51a. AVENIDA NORTE, No. 178,
del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, y que se
dedica a ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL
EN MATERIA DE GESTIÓN.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintiuno de mayo de dos mil siete.
Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C009680-3
ASIENTO DE EMPRESA 2007058824
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058824- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
LEONEL ESCALANTE QUINTANILLA, en su calidad de Re-
presentante legal de la sociedad RECAN, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse RECAN, S.A. DE
C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio
de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, cuya escritura social
está inscrita bajo el número 46 del libro 2219 del Registro de So-
ciedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación
Tributaria: 0614-280307-102-1; el cual ha presentado solicitud a
las doce horas y diecinueve minutos del día dieciocho de mayo
de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No.
2007058824 inscripción 66 y el asiento de Establecimiento No.
2007058824- 001, inscripción 67, ambos del Libro 146 de Asientos
158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina
RECAN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la
cual se dedica a VENTA DE MAQUINARIA PARA CONSTRUC-
CIÓN, con dirección en RESIDENCIAL LOMA LINDA, CALLE
LOS ABETOS PONIENTE, PASAJE LOS CEDROS No. 5-H del
domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, cuyo activo
asciende a DOCE MIL 00/100 DÓLARES ($ 12,000.00) y que
tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado RECAN,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado
en RESIDENCIAL LOMA LINDA, CALLE LOS ABETOS PO-
NIENTE, PASAJE LOS CEDROS No. 5-H del domicilio de SAN
SALVADOR, SAN SALVADOR, y que se dedica a VENTA DE
MAQUINARIA PARA CONSTRUCCIÓN.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintitrés de mayo de dos mil siete.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C009683-3
ASIENTO DE EMPRESA 2002013356
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002013356- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JORGE
ANTONIO MANZUR MANZUR, en su calidad de Representante
legal de la sociedad INDUSTRIAS JORMA, SOCIEDAD ANÓ-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INDUS-
TRIAS JORMA, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA,
del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está
inscrita bajo el número 000 del libro 000 del Registro de Socie-
dades del Registro de Comercio, con Número de Identificación
Tributaria: 0614-311087-002-4; el cual ha presentado solicitud
a las quince horas y veintinueve Minutos del día treinta y uno de
octubre de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa
No. 2002013356 inscripción 136 y el asiento de Establecimiento
No. 2002013356- 001 inscripción 137, ambos del libro 146 de
Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento, la Empre-
sa denominada INDUSTRIAS JORMA, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a FABRICACIÓN
Y COMERCIALIZACIÓN DE ROPA INTERIOR FEMENINA,
con dirección en BOULEVARD CONSTITUCIÓN, LOTE 1-H
RESIDENCIAL MONTEBELLO del domicilio de MEJICANOS,
SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA
Y UN 44/100 DÓLARES ($ 458,451.44) y que tiene el (los) esta-
blecimiento siguiente: 001-) denominado INDUSTRIAS JORMA,
S.A. DE C.V., ubicado en BOULEVARD CONSTITUCIÓN, LOTE
1-H RESIDENCIAL MONTEBELLO del domicilio de MEJICA-
NOS, SAN SALVADOR, y que se dedica a FABRICACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE ROPA INTERIOR FEMENINA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinticinco de mayo de dos mil siete.
Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C009684-3
ASIENTO DE EMPRESA 2002037259
ESTABLECIMIENTO 2002037259- 002, 003, 004
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTA-
BLECIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado TAE
YONG LEE, de nacionalidad COREANA, del domicilio de SAN
SALVADOR, con su carné de Residente Temporal número cero
cero cero cuarenta y tres mil trescientos noventa y siete; el cual ha
presentado solicitud de Apertura de Nuevos Establecimientos a las
catorce horas y cincuenta y nueve minutos del día diecinueve de junio
de dos mil seis. Con la cual se otorgó asiento de Establecimiento No.
2002037259- 002, 003, 004; denominado ALMACÉN SUAH, con
dirección en COLONIA ESCALÓN, 81a. AVENIDA NORTE, No.
613 del domicilio de SAN SALVADOR, que se dedica a VENTA
DE PRODUCTOS TEXTILES, y que tiene los establecimientos
siguientes 001) denominado ALMACÉN SUAH ubicado en 81a.
AVENIDA NORTE, No. 613 del domicilio de SAN SALVADOR;
002) denominado ALMACÉN SUAH ubicado en RESIDENCIAL
BOSQUES DE SANTA ELENA, CALLE A CONCHAGUA # 16,
ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD; 003) denominado
ALMACÉN SUAH ubicado en CALLE CUSCATLAN # 4420,
COLONIA ESCALÓN, SAN SALVADOR; 004) denominado
ALMACÉN SUAH ubicado en AVENIDA LAS PALMAS # 257,
COLONIA SAN BENITO, SAN SALVADOR, cuyo activo ascien-
da a: VEINTIDÓS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO
93/100 DÓLARES $ 22,584.93.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diecinueve de junio de dos mil seis.
Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO V.,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F005258-3
159DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007. ASIENTO DE EMPRESA: 2006056658
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO: 2006056658- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JESUS OVIDIO GUZMAN ESCOBAR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, con número de Documento Único de Identidad 00164452 -2 del domicilio de TONACATEPEQUE, departamento de SAN SALVADOR con Número de Identificación Tributaria: 0715-080151-001-0, el cual ha presentado solicitud a las doce horas y veinticinco minutos del día veintiocho de junio de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006056658 inscripción 179 y el asiento de Establecimiento No. 2006056658- 001, inscripción 180, ambos del Libro 118 de Asientos de Ma-trícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a VENTA DE ARTICULOS DE FERRETERIA, MATERIALES Y ACCESORIOS PARA LA CONSTRUCCION E IMPORTADOR DE VEHICULOS, con dirección en URBANIZACION ALTA VISTA, PASAJE “U” POLIGONO No. 7, No. 66 del domicilio de TONACATEPEQUE, departamento de SAN SALVADOR cuyo activo asciende a VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UN 00/100 DOLARES ($ 26,971.00) y que tiene el establecimiento siguiente 001-) denominado FERRETERIA ALAMO ubicado en URBANIZACION ALTA VISTA, PASAJE “U” POLIGONO No. 7, No. 66 del domicilio de TONACATEPEQUE, departamento de SAN SALVADOR y que se dedica a VENTA DE ARTICULOS DE FERRETERIA Y MATERIALES Y ACCESORIOS PARA LA CONSTRUCCION E IMPORTADOR DE VEHICULOS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, treinta de junio de dos mil seis.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F005342-3
ASIENTO DE EMPRESA: 2002031852
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO: 2002031852- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO CESAR JEREZ MANGANDI en su calidad de Representante le-gal de la sociedad AERO PRESTIGE DUTY FREE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse AERO PRESTIGE DUTY FREE, S.A. DE C. V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 26 del libro 1384 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-210998-101-0; quien ha presentado
solicitud a las nueve horas y doce minutos del día dos de octubre de dos mil uno, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002031852 inscripción 146 y el asiento de Establecimiento No. 2002031852- 001 inscripción 147, ambos del libro 146 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada AERO PRESTIGE DUTY FREE, S.A. DE C. V. , la cual se dedica a EXPLOTACION DE TIENDAS LIBRES, con dirección en AE-ROPUERTO INTERNACIONAL EL SALVADOR, del domicilio de SAN LUIS TALPA, LA PAZ, cuyo activo asciende a TRES MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL CINCUENTA Y DOS 71/100 COLONES (¢3,402,052.71) y que tiene el establecimien-to siguiente: 001-) denominado AERO PRESTIGE DUTY FREE, S.A. DE C. V., ubicado en AEROPUERTO INTERNACIONAL EL SALVADOR, SAN LUIS TALPA, LA PAZ y que se dedica a EXPLOTACION DE TIENDAS LIBRES.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinticinco de mayo de dos mil siete.
MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. F005353-3
ASIENTO DE EMPRESA: 2005053838
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO: 2005053838 - 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JON GEORGE, en su calidad de Representante legal de la sociedad T.T.A FINISHING, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse T.T.A FINISHING, S. A. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SAL-VADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número16 del libro 1957 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-060904-105-4; el cual ha presentado solicitud a las once horas y treinta y cinco mi-nutos del día veinticinco de febrero de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005053838 inscripción 31 y el asiento de Establecimiento No. 2005053838- 001, inscripción 32, ambos del Libro 80 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina T.T.A FINISHING, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a MANUFACTURA Y MAQUILA DE TODO TIPO DE PRODUCTOS, TALES COMO PRENDAS DE VESTIR, con direc-ción en KILOMETRO 28 ½ CARRETERA A COMALAPA, ZONA FRANCA INTERNACIONAL, del domicilio de OLOCUILTA, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado T.T.A FINISHING, S.A. DE C. V. ubicado en KILOMETRO 28 ½ CARRETERA A COMALAPA, ZONA FRANCA INTERNACIONAL, y que se dedica a MANU-FACTURA Y MAQUILA DE TODO TIPO DE PRODUCTOS, TALES COMO PRENDAS DE VESTIR.
160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diecisiete de marzo de dos mil cinco.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F005412-3
ASIENTO DE EMPRESA: 2007058754
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO: 2007058754- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CAR-LOS ANTONIO PAISES LOPEZ, en su calidad de Representante legal de la sociedad SAN MIGUEL ARCANGEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse SAN MIGUEL ARCANGEL, S. A. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de OLOCUILTA, LA PAZ, cuya escritura social está inscrita bajo el número 15 del libro 2220 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-120407-102-5; quien ha pre-sentado solicitud a las once horas y minutos del día siete de mayo de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007058754 inscripción 212 y el asiento de Establecimiento No. 2007058754- 001, inscripción 213, ambos del Libro 144 de Asien-tos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina SAN MIGUEL ARCANGEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a FABRICACION DE PRENDAS DE VESTIR, con dirección en KILOMETRO 28 ½ CARRETERA A COMALAPA, ZONA FRANCA INDUSTRIAL, EDIFICIO No. 4 del domicilio de OLOCUILTA, LA PAZ, cuyo activo asciende a DOCE MIL 00/100 DOLARES ($12,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado SAN MIGUEL ARCANGEL, S.A. DE C. V., ubicado en KILOMETRO 28 ½, CARRETERA A COMALAPA, ZONA FRANCA INDUS-TRIAL, EDIFICIO No. 4, del domicilio de OLOCUILTA, LA PAZ, y que se dedica a FABRICACION DE PRENDAS DE VESTIR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, ocho de mayo de dos mil siete.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F005413-3
SUBASTAS PUBLICAS
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
HACE SABER: Al público para efectos de ley que por eje-
cución promovida en este Juzgado por el DOCTOR ALEJANDRO
ORELLANA NAJARRO, Apoderado de la señora GLADYS DEL
CARMEN LOPEZ GUEVARA, CONOCIDA POR GLADYS
DEL CARMEN LOPEZ Y POR GLADIS DEL CARMEN LOPEZ
GUEVARA, contra la señora MARIA JUANA ANZORA, se venderá
en pública subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio
que oportunamente se indicará el bien inmueble embargado siguiente
“UN INMUEBLE DE NATURALEZA RUSTICA desmembrado de
la Hacienda Cuyagualo Jurisdicción de Colón, Departamento de La
Libertad, de una extensión superficial de OCHOCIENTOS DOCE
METROS CUADRADOS SETENTA Y NUEVE DECIMETROS
CUADRADOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILI-
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE. Sur, setenta grados treinta minutos Este, mide treinta
y cinco metros tres decímetros, linda con solar número doscientos
cincuenta y cinco del mismo polígono “B”, AL ORIENTE, Sur,
quince grados treinta y siete minutos Oeste, mide treinta y tres
metros nueve centímetros, linda con terreno de Bernabé Grande;
AL SUR Norte setenta y nueve grados quince minutos Oeste,
mide veintitrés metros setenta y siete centímetros linda con solar
número doscientos cuarenta y cinco del mismo Polígono “B”, con
quebrada de la Huesera de por medio; y AL PONIENTE, en tres
tiros medidos de Sur al Norte: primer tiro, mide treinta y tres me-
tros nueve centímetros; segundo tiro de Oriente a Poniente, mide
trece metros noventa centímetros; y tercer tiro, de Sur a Norte,
mide ocho metros sesenta centímetros en el primero y segundo
tiro linda con terreno vendido al señor José Carlos Anzora, y que
antes pertenecía al inmueble general propiedad de los vendedores,
y en el tercer tiro, linda con solar número doscientos cincuenta y
tres del mismo polígono “B”, Calle de diez metros de ancho de
por medio, los solares colindantes son del mismo polígono “B”, de
la Hacienda Cuyagualo, propiedad del Instituto de Colonización
Rural, ahora del Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria.
Inmueble inscrito a favor de la demandada bajo la matrícula No.
3007207 - 00000 del REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E
HIPOTECAS DE LA CUARTA SECCIÓN DEL CENTRO”.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL:
San Salvador, a las diez horas del día veintinueve de marzo del
dos mil siete. Lic. JOSÉ MARÍA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES
CÁCERES DE ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009678-3
161DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO
EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo pro-
movido por ASEGURADORA SUIZA SALVADOREÑA, SOCIE-
DAD ANONIMA, a través de su Apoderado General Judicial
Doctor EDMUNDO ALFREDO CASTILLO, contra PROCESOS
ELECTRONICOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE, que puede abreviarse PROCESOS ELECTRONICOS,
S.A. DE C.V. y señor JOSE SALVADOR GUEVARA SANCHEZ,
conocido por JOSE SALVADOR GUEVARA, se venderán en
Pública Subasta en este Tribunal, los siguientes bienes: 1) Un te-
rreno urbano y sus construcciones de sistema mixto que contiene
marcado en el plano de Lotificación respectivo con el número
OCHO, situado en la Calle La Ceiba, Colonia Escalón, suburbios
del Barrio El Calvario, de la ciudad de San Salvador, que se loca-
liza y describe así: Partiendo de la intersección de la Séptima
Calle Poniente y Avenida La Ceiba, con una distancia de ochenta
y un metros veintiún centímetros y rumbo Sur diez grados cincuen-
ta minutos Este, medimos sobre el eje de la Avenida La Ceiba, se
llega a un punto a partir del cual con una distancia de siete metros
veinticinco centímetros y rumbo Norte cuarenta y nueve grados
diez minutos Este, se llega al vértice Nor-Oeste o mojón uno del
lote que es donde comenzará la presente descripción. AL NORTE,
a partir del mojón número uno con una distancia de sesenta y dos
metros treinta centímetros y un rumbo Norte cuarenta y nueve
grados diez minutos Este, se llega al mojón número dos, lindando
por este lado con lote número siete de Juan Dordelly, resto de la
propiedad de la cual se desmembró la presente. AL ORIENTE, del
mojón número dos, con una distancia de trece metros cuarenta
centímetros y un rumbo de Sur diez grados cincuenta minutos Este,
se llega al mojón número tres, lindando por este lado con terreno
del señor José Domingo Call Krrichk. AL SUR, del mojón núme-
ro tres con una distancia de sesenta y dos metros rumbo Sur,
cuarenta y nueve grados diez minutos Oeste, se llega al mojón
número cuatro lindando con lote número nueve de Juan Dordelly,
resto de la propiedad de la cual se desmembró el presente lote y
AL PONIENTE, mojón número cuatro con una distancia de trece
metros cuarenta centímetros y un rumbo Norte; diez grados cin-
cuenta minutos Oeste se llega al mojón numero uno que es donde
partió la presente descripción, lindando en este rumbo Calle La
Ceiba de por medio, con resto del terreno de donde se segregó el
antecedente de Escalón Núñez y Compañía. Que en el terreno
colindante al Oriente de José Domingo Kerrichk, perteneció a la
Hacienda San Diego. Tiene de extensión OCHOCIENTOS VEIN-
TISIETE METROS CUADRADOS NOVENTA Y DOS DECIME-
TROS CUADRADOS que equivalen a UN MIL CIENTO OCHEN-
TA Y CUATRO VARAS CUADRADAS CINCUENTA Y NUEVE
CENTÍMETROS DE VARAS CUADRADAS. 2) Un inmueble
urbano situado en el Cantón Zacamil en el punto llamado Los
Aguacates, jurisdicción de Mejicanos, Departamento de San Sal-
vador y que según antecedente se denomina como porción “B”, la
cual es de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, Par-
tiendo del punto denominado número uno que es punto de lindero
con los terrenos de la señora Virginia Luna y de los propietarios
y además con calle de por medio con terrenos de Juan Francisco
Luna, se miden con rumbo Sur un grados once minutos cinco se-
gundos Oeste y con una longitud de cuarenta y tres metros dos
centímetros y se llega al punto número dos, sobre linderos de te-
rrenos de Virginia Luna y los propietarios; a partir del punto nú-
mero dos y con rumbo Sur cero grados cuarenta y cuatro minutos
dieciséis segundos Oeste, se miden setenta y tres metros cinco
centímetros y se llega al punto número tres, sobre linderos de te-
rreno de Virginia Luna y los propietarios; a partir de este punto y
con rumbo Sur ocho grados veintiséis minutos ocho segundos
Oeste se miden cuarenta y nueve metros sesenta y cuatro centíme-
tros y se llega al punto número cuatro, sobre linderos de Virginia
Luna y de los propietarios; a partir del punto cuatro y con rumbo
Sur dieciséis grados cinco minutos veintisiete segundos Oeste, se
miden veintisiete metros setenta y seis centímetros se llega al
punto número cinco, situado en la orilla norte de la quebrada de-
nomina Mónico; AL SUR, y partiendo de este punto y con rumbo
Norte setenta y ocho grados cincuenta y siete minutos veintinueve
segundos Oeste se miden treinta y seis metros cuarenta y cuatro
centímetros y se llega al punto número seis, siempre sobre la
orilla Norte de la quebrada llamada Mónico y calle de por medio
con terrenos de Gregorio Luna; AL PONIENTE, y partiendo del
punto número seis y con rumbo Norte dos grados once minutos
treinta y un segundos Este, se miden cuarenta metros y se llega al
punto número siete, sobre lindero de los propietarios y calle de
por medio con terrenos de Gregorio Luna; siguiendo el mismo
rumbo se miden cuatro metros dieciocho centímetros y se llega al
punto número ocho, siempre sobre el lindero de los propietarios y
calle de por medio con terrenos de Gregorio Luna, a partir de este
punto y con rumbo Norte cero grados treinta minutos cero segun-
dos Este, se miden veinte metros sesenta y nueve centímetros y
llegamos al punto número nueve sobre el lindero de los propieta-
rios y calle de por medio con terrenos de Gregorio Luna; partien-
do de este punto y con rumbo Norte un grado veinte minutos
cuarenta y seis segundos Este, se miden veintiséis minutos ochen-
ta y dos centímetros y se llega al punto número diez, siempre en
lindero de los propietarios y terreno de Gregorio Luna con calle
de por medio; a partir de este punto y con rumbo Norte un grado
cuatro minutos cuarenta y tres segundos Este, se miden cuarenta
y ocho metros treinta y cinco centímetros y se llega al punto nú-
mero once sobre linderos de los propietarios y calle de por medio
con terrenos de Gregorio Luna; a partir de este punto y con rumbo
Norte siete grados cuarenta y un minutos veintinueve segundos
162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
Oeste se miden treinta y dos metros dieciocho centímetros y se
llega al punto número doce sobre linderos de los propietarios y
calle de por medio con terrenos de Gregorio Luna, a partir de este
punto y con rumbo Norte siete grados, trece minutos cinco segun-
dos Este se miden un metro cincuenta y un centímetros y se llega
al punto número trece sobre lindero de los propietarios y calle de
por medio con terrenos de Juan Francisco Luna; AL NORTE, y
partiendo del punto número trece y con rumbo Norte setenta y ocho
grados cincuenta y un minutos catorce segundos Este, se miden
veintisiete metros cuarenta y un centímetros y se llega al punto
número catorce sobre linderos de los propietarios y calle de por
medio con terrenos de Juan Francisco Luna; a partir de este punto
y con rumbo Norte setenta y siete grados nueve minutos seis se-
gundos Este se miden veintisiete metros tres centímetros y se
llega al punto número uno que es el punto de partida del inmueble
que se describe. El área del inmueble es de OCHO MIL SEISCIEN-
TOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS SESENTA Y
SEIS DECIMETROS CUADRADOS equivalentes a DOCE MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS
CINCUENTA Y DOS CENTESIMOS DE VARA CUADRADA.-
Los inmuebles anteriormente descritos son propiedad de PROCE-
SOS ELECTRONICOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que puede abreviarse PROCESOS ELECTRONICOS,
S.A. DE C.V., por estar inscritos a su favor bajo las Matrículas, el
primero SEIS CERO UNO OCHO OCHO UNO SEIS OCHO- CERO
CERO CERO CERO CERO; el segundo SEIS CERO UNO OCHO
OCHO UNO SEIS NUEVE-CERO CERO CERO CERO CERO
ambas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Prime-
ra Sección del Centro, San Salvador. Y 3) Un vehículo que se
encuentra estacionado y depositado en las oficinas administrativas
de Aseguradora Suisa Salvadoreña, S.A., ubicadas en Alameda
Doctor Manuel Enrique Araujo, Plaza Suisa, Colonia San Benito,
San Salvador, el cual es de las siguientes características: PLACA:
P-TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS TREIN-
TA Y NUEVE; AÑO: MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUE-
VE; MARCA: NISSAN; COLOR: CAFÉ; CLASE: AUTOMOVIL;
CAPACIDAD: CINCO ASIENTOS; MODELO: ALTIMA; NU-
MERO DE MOTOR: DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE GKA VEINTICUA-
TRO; NUMERO DE CHASIS GRAVADO: XC CIENTO OCHEN-
TA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO; NUME-
RO DE CHASIS VIN: UNO N CUATRO DL CERO UNO D TRES
XC CIENTO OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NO-
VENTA Y UNO. Dicho vehículo es propiedad del señor JOSE
SALVADOR GUEVARA SANCHEZ, conocido por JOSE SAL-
VADOR GUEVARA.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguien-
tes.
LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Sal-
vador, a las catorce horas del día siete de junio de dos mil siete.
Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE
LO MERCANTIL. Licda. SILVIA YANETH AVALOS GALVEZ,
SECRETARIA INTA.
3 v. alt. No. C009685-3
LICENCIADO JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTE DISTRI-
TO JUDICIAL.
HACE SABER: al público para los efectos de Ley que en
el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por SCOTIABANK EL
SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA quien absorbió por fusión
al BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR SOCIEDAD
ANONIMA contra el señor HECTOR ANTONIO MARTINEZ
GUANDIQUE, ROSA ELIZABETH GUANDIQUE BENAVIDES y
ARNOLDO ORTIZ, reclamándoles cantidad de colones y accesorios
de Ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha
que oportunamente se determinará, el bien inmueble embargado
siguiente: Lote de terreno urbano, ubicado en el Cantón Morazán,
jurisdicción de la Ciudad de San Miguel, marcado en el plano
respectivo como lote número SEIS del polígono G- cinco, de la
urbanización CIUDAD SATELITE DE ORIENTE II ETAPA”, de
una extensión superficial de NOVENTA PUNTO CERO CERO
METROS CUADRADOS equivalentes a: CIENTO VEINTIOCHO
PUNTO SESENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, que se lo-
caliza y describe así, partiendo de los ejes de avenida Génesis y
calle Neptuno, sobre el eje de esta última, medimos una distancia
de cuarenta y dos punto cincuenta metros, con rumbo norte ochenta
grados cero cero minutos cero segundos Este, luego una deflexión
de noventa grados a la derecha, medimos una distancia de tres
punto cincuenta metros, llegando al mojón uno del lote a describir
cuyas medidas y linderos son los siguientes: AL NORTE: línea
recta compuesta por un solo tramo que mide seis punto cero cero
metros con rumbo norte ochenta grados cero cero minutos cero
segundos Este, lindando con lote número quince del polígono G-
cuatro de la misma urbanización con calle Neptuno de por medio;
AL ORIENTE: línea compuesta por un solo tramo que mide quince
punto cero cero metros con rumbo Sur diez grados cero cero mi-
nutos cero segundos Este, lindando con lotes números siete, ocho
y nueve, del polígono G-5; AL SUR: línea recta compuesta por un
solo tramo que mide seis punto cero cero metros, con rumbo Sur
ochenta grados cero cero minutos cero segundos Oeste, lindando
con lote número once del polígono G-5 de la misma Urbanización;
y AL PONIENTE: línea recta compuesta por un solo tramo que
163DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
mide quince punto cero cero metros, con rumbo Norte diez grados
cero cero minutos cero segundos Oeste, lindando con lote número
cinco del polígono G-cinco de la misma urbanización. Que sobre
dicho inmueble se encuentra construida una casa de sistema mixto,
con un área de construcción de CINCUENTA Y NUEVE PUNTO
SESENTA METROS CUADRADOS, el inmueble anteriormente
relacionado se encuentra inscrito a favor de los señores HECTOR
ANTONIO GUANDIQUE, y ROSA ELIZABETH GUANDIQUE
BENAVIDES en un cincuenta por ciento cada uno es decir en
proindivisión bajo el número OCHENTA Y OCHO del TOMO
UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES, del Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de San Miguel.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la
Subasta que deberán de presentar sus respectivos documentos de
identidad. NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de
libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo
u otro documento similar.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las quince horas del día catorce de mayo de dos
mil siete. Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ PRI-
MERO DE LO MERCANTIL INTERINO. Lic. OSCAR EMILIO
ZETINO URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005375-3
LICENCIADO JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTE DISTRI-
TO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el
Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el BANCO SALVADO-
REÑO, S.A., contra los demandados SOCIEDAD AGENCIA DE
VIAJES ALPHA TRAVEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE; que se abrevia ALPHA TRAVEL, S.A. DE C.V.,
JORGE ARISTIDES ALVAREZ URVINA conocido por JORGE
ARISTIDES ALVAREZ URBINA y MARIA CARLOTA JAIME
BRAN DE ALVAREZ; reclamándole cantidad de colones y acceso-
rios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal en fecha
que oportunamente se determinará, el bien inmueble embargado
siguiente:””’” Un inmueble de naturaleza rústica, situado en calle
Flor de Fuego, Polígono “G” numero sesenta y dos del parque
Residencial Atami, jurisdicción de Tamanique, departamento de La
Libertad, el cual según su antecedente se describe así: Un lote de
naturaleza rústica, segregado de un inmueble de mayor extensión,
situado en Jurisdicción de Tamanique, Departamento de La Libertad,
de una extensión superficial de SETECIENTOS CINCUENTA Y
UN METROS CUADRADOS SESENTA Y UN DECIMETROS
CUADRADOS equivalentes a UN MIL SETENTA Y CINCO
VARAS CUADRADAS CINCUENTA Y CINCO CENTESIMOS
DE VARA CUADRADA. El referido lote de terreno está marcado
con el número SESENTA Y DOS del Polígono “G”, que se describe
así: Partiendo del punto de intersección de la Calle El Palmar y la
calle Flor de Fuego, se mide sobre el eje de ésta, una distancia de
uno punto trescientos cincuenta y siete metros con rumbo norte
veintiocho grados cuarenta y cinco punto ocho minutos oeste, en
este punto se hace una deflexión izquierda de noventa grados y se
mide una distancia de cinco metros, luego se miden tres distan-
cias; la primera de setenta metros cincuenta centímetros y rumbo
norte veintiocho grados cuarenta y cinco punto minutos oeste, la
segunda de ochenta y cinco metros y rumbo norte treinta y dos
grados cincuenta y uno punto cuatro minutos oeste, y la tercera de
cincuenta y un metros y rumbo norte veintinueve grados cincuenta
y uno punto cuatro minutos oeste, ubicado el esquinero suroriente
donde se inicia la presente descripción: ORIENTE; lindero recto
de diecisiete metros y rumbo norte treinta y tres grados cuarenta
punto cuatro minutos oeste, linda con lote numero cuatro del mismo
polígono, calle Flor de Fuego de diez metros de derecho de vía
de por medio, NORTE; lindero recto de cuarenta y ocho metros y
rumbo sur cincuenta y seis grados diecinueve punto seis minutos
oeste, linda con lote numero sesenta y uno del mismo polígono,
PONIENTE, lindero recto de catorce metros noventa y un centí-
metros rumbo sur treinta y ocho grados cuarenta y dos punto nueve
minutos Este, linda con lotes numero cincuenta y tres y cincuenta
y dos del mismo polígono, SUR; lindero recto de cuarenta y seis
metros cincuenta centímetros y rumbo norte sesenta grados cero
ocho punto seis minutos Este, linda con lote numero sesenta y
tres del mismo polígono, llegando al esquinero donde se inició
la presente descripción. Los terrenos colindantes son o han sido
propiedad de la Sociedad “Parque Residencial Atami, S.A. de C.V.
Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del demandado señor
JORGE ARISTIDES ALVAREZ URVINA conocido por JORGE
ARISTIDES ALVAREZ URBINA al numero TREINTA Y SIETE
del Libro UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS del Registro
de la Propiedad del Departamento de La Libertad.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a
la subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de
Identidad Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica
por medio de libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de
ahorro, efectivo u otro documento similar.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las catorce horas y quince minutos del día cua-
tro de mayo de dos mil siete. Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS
CHORRO, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO.
Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005378-3
164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por la Licenciada TERESA ISABEL BOLAÑOS PADILLA, en su calidad de Apoderada General Judicial de la señora RUVIRA YOLANDA CARDONA DE QUEZADA, contra la señora NICO-LASA VASQUEZ, reclamándole cantidad de dinero y accesorios, se venderá en pública subasta en este Juzgado el inmueble que a continuación se describe: UN LOTE DE TERRENO RUSTICO, ubicado en el Cantón Los Magueyes de esta jurisdicción, el cual está marcado con el número VEINTICINCO del Polígono OCHO, de la mencionada Lotificación LOS GIRASOLES I, el lote está compuesto de una extensión superficial de DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTAS CATOR-CE VARAS CUADRADAS SETENTA Y OCHO CENTESIMAS DE VARA CUADRADA, el cual mide y linda: AL NORTE, diez metros, con lote seis del mismo polígono, dividido con alambre de púas; AL ORIENTE, veintidós metros, con lote veinticuatro del mismo polígono, dividido con alambre de púas; AL SUR, diez metros, con Calle Los Huatales de por medio, frente al polígono nueve y lote seis del mismo polígono nueve; Y AL PONIENTE, veintidós metros, con lote veintiséis del mismo polígono dividido con alambre de púas. Está inscrito a favor de la señora NICOLASA VÁSQUEZ bajo el número SESENTA Y CUATRO DEL LIBRO NOVECIENTOS SETENTA del Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Occidente, trasladado al Sistema de Folio Real Computarizado bajo la Matrícula número UNO CINCO CERO DOS TRES CINCO SEIS CERO- CERO CERO CERO CERO CERO.
Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las quince horas cuarenta y dos minutos del día uno de junio del dos mil siete. Dr. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005433-3
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil mar-cado con el número 580-E-05, promovido inicialmente por el Licenciado CARLOS DANIEL FUNES ORELLANA conocido sólo por CARLOS DANIEL FUNES, actualmente continuado por la Licenciada ALICIA CAROLINA FUNES ORELLANA, como Apoderados Generales Judiciales de SCOTIABANK EL SALVA-DOR, S.A., sociedad absorbente del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A., contra el señor HECTOR MANUEL PEREZ RAMIREZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará, el Bien Inmueble que a continuación se describe y localiza así: Un inmueble de naturaleza urbana y construcciones de sistema mixto que contiene, denominado casa número TREINTA Y CINCO, ubicada en el Polígono TREINTA, Pasaje número SIETE, Poniente, del REPARTO IVU LOS CUA-RENTA Y CUATRO, Jurisdicción de la ciudad y departamento de
Santa Ana; de una extensión superficial de NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS. Inscrito a favor del demandado señor HECTOR MANUEL PEREZ RAMIREZ, bajo la matrícula número DOS CERO CERO UNO CUATRO TRES SIETE CUATRO- CERO CERO CERO CERO CERO Asiento CERO CERO CERO CUA-TRO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente del Departamento de Santa Ana.
SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MER-CANTIL; San Salvador, a las quince horas y cinco minutos del día tres de enero de dos mil siete. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA INTA.
3 v. alt. No. F005439-3
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial, al público en general,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovi-do en este Tribunal por la Licenciada ALICIA CAROLINA FUNES ORELLANA, mayor de edad, Abogada, de este domicilio, como Apoderada General Judicial de SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, antes AHORROMET SCOTIABANK, SOCIEDAD ANÓNIMA, de este domicilio, contra los señores ANA ERLINDA JOVEL MONTANO, Costurera, y RICARDO JOVEL SALINAS, Motorista, ambos mayores de edad y del domicilio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se especificará, un inmueble de naturaleza urbana, situado en AVENIDA ACOL-HUATAN, APARTAMENTO NUMERO B-DOSCIENTOS DOS, UBICADO EN EL SEGUNDO NIVEL DEL EDIFICIO “B”, DEL CONDOMINIO RESIDENCIAL CASA BLANCA - ACOLHUA-TAN, JURISDICCIÓN DE DELGADO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, el cual se describe así: AL NORTE, Un tramo de Cinco punto Cero metros; AL ORIENTE, Un tramo de Siete punto Veinte metros; AL SUR, Un tramo de Cinco punto Cero metros; y AL PONIENTE, Un tramo de Siete punto Veinte metros. Dicho inmueble tiene un volumen de NOVENTA METROS CÚBICOS, y un área de TREINTA Y SEIS PUNTO CERO METROS CUADRA-DOS equivalentes a CINCUENTA Y UNO PUNTO CUARENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, el cual se encuentra inscrito a favor de los señores ANA ERLINDA JOVEL MONTANO y RI-CARDO JOVEL SALINAS en proindivisión y por partes iguales correspondiéndoles Un Cincuenta por Ciento para cada Uno, bajo la Matrícula Número M CERO UNO DOS DOS OCHO CERO SEIS SIETE, del Registro Social de Inmuebles, Departamento de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Sal-vador, a las nueve horas del día veintiuno de diciembre de dos mil seis. Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005440-3
165DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
AUMENTOS DE CAPITAL
El suscrito Representante Legal de la Sociedad “Aluminios Sal-
vadoreños, Sociedad Anónima de Capital Variable”, que puede
abreviarse “ALUMINIOS SALVADOREÑOS, S.A. DE C. V.”,
AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en base al artículo doscientos treinta y tres
del Código de Comercio, se celebró Junta General Extraordinaria de
Accionistas el día treinta de marzo de dos mil siete, en el domicilio
de la sociedad; y Por unanimidad SE ACORDO AUMENTAR EL
CAPITAL MINIMO ACTUAL DE ONCE MIL CUATROCIEN-
TOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES EQUIVALENTES A CIEN
MIL COLONES A NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS
VEINTIOCHO 57/100 DOLARES EQUIVALENTES A OCHO-
CIENTOS MIL 00/100 COLONES, emitiéndose en consecuencia,
ocho mil nuevas acciones del valor nominal de once 43/100 dólares,
equivalentes a cien colones cada una de ellas, dichas acciones han
sido suscritas y pagadas en su totalidad al momento de celebrarse
la junta referida por los accionistas que conforman la totalidad del
capital social.
Y para los efectos que se establecen en el artículo 177 Código
de Comercio se hace saber al público.
Librado en San Salvador, a los seis días del mes de junio del
año dos mil siete.
WILFREDO FLORES MORALES,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C009671-3
EL INFRASCRITO DIRECTOR PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD
INSTITUTO CULTURAL OXFORD SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE.
CERTIFICA: Que en el libro de Actas de Junta General de
Accionistas que lleva esta sociedad se encuentra asentada el ACTA
NUMERO CINCO de la sesión de junta general Extraordinaria de
accionistas, celebrada a las diez horas del día quince de Mayo del
año dos mil tres en las oficinas situadas en 1a. Avenida Norte y
15a. Calle Poniente N° 850 Barrio San Miguelito del domicilio
de San Salvador, legalmente instalada, encontrándose presentes
los accionistas que conforman el cien por ciento del capital social
y con el voto unánime se acordó aumentar el capital social de la
sociedad la cual literalmente dice:
PUNTO UNICO: la Junta General Extraordinaria de Accionistas
acuerda por unanimidad aumentar el capital social, que actualmente
es de VEINTIUN MIL COLONES equivalentes a DOS MIL CUA-
TROCIENTOS DOLARES a la cantidad de CIEN MIL COLONES,
equivalente a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DO-
LARES con CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR por
medio de la emisión de SETECIENTAS NOVENTA nuevas acciones
con un valor nominal de CIEN COLONES cada una, habiéndose
suscrito y pagado el aumento de capital acordado.
Y para los efectos legales correspondientes y los usos que se
consideren necesarios extiendo y firmo la presente CERTIFICA-
CION, en San Salvador a los treinta y un días del mes de Mayo
del año dos mil tres.
ROBERTO AMERICO ALVARADO,
Director Presidente.
3 v. alt. No. C009674-3
AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL
Se hace del conocimiento del público para los efectos legales si-
guientes que en Junta General Extraordinaria de Accionistas de la
sociedad KIOSCOS, S.A. DE C.V. celebrada en la ciudad y departa-
mento de San Salvador¡ el día veinticinco de mayo del año dos mil
siete en los asuntos de carácter extraordinario se tomó el acuerdo
de Aumentar el Capital Social Mínimo en la suma de SETENTA Y
CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, más, dicho aumento
se hará restándolo del Capital Social Variable al Capital Social
Mínimo, más la Capitalización de las Utilidades del año dos mil
cuatro y dos mil cinco, más una parte de las Utilidades del año dos
mil seis, por lo que la sociedad girará con un nuevo Capital Social
Mínimo de CIENTO NOVENTA Y TRES MIL VEINTIOCHO
DOLARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
San Salvadors a los siete días del mes de junio del año dos
mil siete.
Lic. DAVID ARNULFO PEÑA MONTERROSA,
Director Secretario.
3 v. alt. No. F005392-3
166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375EMBLEMA
No. de Expediente: 2007066670
No. de Presentación: 20070092917
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
FRANCISCO CHÁVEZ MELÉNDEZ, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro
del EMBLEMA,
Consistente en: diseño de una “D” CARICATURIZADA
que responde al nombre de “DON DESCUENTO”, que servirá
para: IDENTIFICAR A ALMACENES D’ELECTROMUEBLES,
DEDICADO A LA COMPRA Y VENTA DE MUEBLES Y ELEC-
TRODOMÉSTICOS, UBICADO EN 7a. AVENIDA NORTE, No.
239, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos
mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, quince de mayo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C009668-3
MARCAS DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2007064423
No. de Presentación: 20070088957
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDUARDO
ERNESTO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de SPEEDTALK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓ-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SPEEDTALK EL
SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: La palabra speedTalk y diseño, traducida al
castellano como HABLAR RÁPIDO, que servirá para: AMPA-
RAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES EN TODAS
SUS FORMAS, ES DECIR: TODA TRANSMISIÓN, EMISIÓN O
RECEPCIÓN DE SIGNOS, SEÑALES, ESCRITOS, IMÁGENES,
SONIDOS O INFORMACIONES DE CUALQUIER NATURALE-
ZA, POR HILOS, RADIOELECTRICIDAD, MEDIOS ÓPTICOS
U OTROS SISTEMAS ELECTROMAGNÉTICOS Y VENTA DE
CELULARES.
La solicitud fue presentada el día treinta de enero del año dos
mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil
siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C009677-3
No. de Expediente: 2007066646
No. de Presentación: 20070092893
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO
RODRÍGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de
167DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 20 de Junio de 2007.
DFO L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
DENNY’S
Consistente en: La palabra DENNY’S, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN);
HOSPEDAJE TEMPORAL.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos
mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, nueve de mayo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005297-3
No. de Expediente: 2007066647
No. de Presentación: 20070092894
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO
RODRÍGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de
DFO L.L.C, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: La palabra DENNY’S y diseño, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMEN-
TACIÓN); HOSPEDAJE TEMPORAL.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos
mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, ocho de mayo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005300-3
No. de Expediente: 2007066653
No. de Presentación: 20070092900
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO
RODRÍGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de
DFO L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Diseño identificado como “Diseño de diamante
francés”, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAU-
RACIÓN (ALIMENTACIÓN); HOSPEDAJE TEMPORAL.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos
mil siete.
168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 375
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de
la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos
Distintivos. San Salvador, ocho de mayo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005303-3
CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE EMPRESA
ASIENTO DE EMPRESA 2002031479
ESTABLECIMIENTO 2002031479- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTA-
BLECIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado OSCAR
AMILCAR PORTILLO PORTILLO, en su calidad de Representante
legal de la sociedad SERVICIOS DIVERSOS OSMAR, SOCIE-
DAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad
SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya
escritura social está inscrita bajo el número 28 del libro 1394 del
Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número
de Identificación Tributaria: 0614-260998-104-1, ha presentado
solicitud de CAMBIO DE DIRECCIÓN DE LA EMPRESA Y
ESTABLECIMIENTO, a las once horas y cuarenta y un minutos
del día veintinueve de mayo de dos mil siete. Con la cual se le
otorga el asiento de modificación No. 8 del libro 147 del folio 17
al 18; a favor de la Empresa denominada SERVICIOS DIVERSOS
OSMAR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la
cual se dedica a SERVICIOS DE CONSULTORIA EN ACTIVI-
DADES DE LA INGENIERÍA Y LA ARQUITECTURA, con di-
rección en AVENIDA LOS OLIVOS LOTE No. 41, BLOCK “A”,
URBANIZACIÓN JARDINES DE MIRAMONTE del domicilio
de SAN SALVADOR, y que tiene el establecimiento denominado
SERVICIOS DIVERSOS OSMAR, S. A. DE C. V., el cual se
dedica a SERVICIOS DE CONSULTORIA EN ACTIVIDADES
DE LA INGENIERÍA Y LA ARQUITECTURA, con dirección en
AVENIDA LOS OLIVOS LOTE No. 41, BLOCK “A”, URBANI-
ZACION JARDINES DE MIRAMONTE del domicilio de SAN
SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintinueve de mayo de dos mil siete.
Lic. RUBÉN ALBERTO NAVARRO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C009682-3
ASIENTO DE EMPRESA 2001011394
ESTABLECIMIENTO 2001011394- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTA-
BLECIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA
ELENA ESCOBAR CHACON, con Documento Único de Identidad
número 00547531-5 y Número de Identificación Tributaria 0614-
300347-005-1 de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio
de LA LIBERTAD, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DI-
RECCIÓN DE LA EMPRESA, a las quince horas y nueve minutos
del día cinco de enero de dos mil seis. Con la cual se le otorga la
inscripción No. 100 del libro 103 del folio 201 al 202; a favor de
la Empresa denominada CENTRO DE ESTUDIOS LA SALLE, la
cual se dedica a ENSEÑANZA, con dirección en CALLE ANTI-
GUA A SAN ANTONIO ABAD, PROLONGACIÓN ALAMEDA
JUAN PABLO II, No. 331, del domicilio de SAN SALVADOR, y
que tiene el establecimiento denominado CENTRO DE ESTUDIOS
LA SALLE, la cual se dedica a ENSEÑANZA, con dirección en
CALLE ANTIGUA A SAN ANTONIO ABAD, PROLONGACIÓN
ALAMEDA JUAN PABLO II No. 331, del domicilio de SAN
SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dieciocho de enero de dos mil seis.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F005443-3
Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.