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BOLETINOFICIALDEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Direc.: C/Julián Clavería, 11Depósito Legal: O/2532–82 Núm. 108Viernes, 11 de mayo de 2001http://www.princast.es/bopa
S U M A R I OPágs.
I. Principado de Asturias• AUTORIDADES Y PERSONAL
CONSEJERIA DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS YASUNTOS EUROPEOS:INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACION PUBLICA “ADOLFO POSADA”
Resolución de 2 de mayo de 2001, de la Direccióndel Instituto Asturiano de Administración Pública“Adolfo Posada”, por la que se aprueba la listade admitidos y excluidos, la designación del Tri-bunal calificador y el comienzo de las pruebas selec-tivas para la provisión, en turno libre, de una plazade Educador, en régimen de contratación laborala tiempo parcial por tiempo indefinido (BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias número 137,de 14 de julio de 2000) ............................................. 6179
Resolución de 2 de mayo de 2001, de la Direccióndel Instituto Asturiano de Administración Pública“Adolfo Posada”, por la que se aprueba la listade admitidos y excluidos, la designación del Tri-bunal calificador y el comienzo de las pruebas selec-tivas para la provisión, en turno libre, de una plazade Técnico de Salud Ambiental, en régimen de con-tratación laboral por tiempo indefinido (BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias número 59,de 12 de marzo de 2001) .......................................... 6185
Resolución de 4 de mayo de 2001, de la Direccióndel Instituto Asturiano de Administración Pública“Adolfo Posada”, por la que se aprueba la listade admitidos y excluidos, la designación del Tri-bunal calificador y el comienzo de las pruebas selec-tivas para la provisión, en turno libre, de una plazade Cocinero, en régimen de contratación laboralpor tiempo indefinido (BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias número 147, de 26 de juniode 2000) .................................................................... 6186
• OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA:
Resolución de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocansubvenciones para la realización de actividadesescénicas por personas o grupos no profesionales .. 6188
Págs.
Resolución de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocansubvenciones para la organización y celebración defestivales intercélticos ............................................... 6192
Resolución de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocansubvenciones para actividades culturales realizadaspor fundaciones culturales privadas ........................ 6195
Resolución de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocansubvenciones para la formación artística ................ 6198
Resolución de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocansubvenciones para la formación de Responsablesy Gestores Culturales, Archiveros, Bibliotecarios yMuseólogos de Ayuntamientos del Principado deAsturias .................................................................... 6201
Resolución de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocansubvenciones para el fomento de la creación lite-raria .......................................................................... 6203
Resolución de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocansubvenciones para actividades cinematográficas yde vídeo .................................................................... 6206
Resolución de 3 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocala celebración de las pruebas de acceso a CiclosFormativos de Grado Medio y Superior, correspon-dientes a la Formación Profesional Específica enel Principado de Asturias ......................................... 6210
CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES:
Corrección de errores de la Resolución de 23 demarzo de 2001, de la Consejería de Asuntos Socia-
11–V–20016178 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Págs.
les, por la que se crea el Registro de DocumentaciónAdministrativa de Subvenciones en la Consejeríade Asuntos Sociales (BOLETIN OFICIAL del Prin-cipado de Asturias número 94, de 24-4-2001) ........ 6217
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE:
Resolución de 17 de abril de 2001, de la Consejeríade Medio Ambiente, por la que se ordena la correc-ción de errores de la declaración de impactoambiental del pase a concesión de la industriaextractiva de la Sección A) El Estrellín, en el términomunicipal de Avilés .................................................. 6218
CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO:
Rectificación de error en la publicación de la Reso-lución de 13 de marzo de 2001, de la Consejeríade Industria, Comercio y Turismo, por la que seautoriza gasto y se aprueban las bases que han deregir la convocatoria pública de concesión de sub-venciones a las Asociaciones de Comerciantes y alas Asociaciones de Artesanos para la participaciónen Ferias y Misiones Comerciales nacionales o enel extranjero (BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias n.º 79, de 4-4-2001) .............................. 6218
UNIVERSIDAD DE OVIEDO:
Resolución de 7 de mayo de 2001, de la Universidadde Oviedo, por la que se adjudican las becas deConvenios de Cooperación para el verano de 2001y el curso académico 2001-2002 .............................. 6218
• ANUNCIOS
CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES:ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA ANCIANOS DE ASTURIAS
Resolución de la Gerencia del Organismo Autó-nomo “Establecimientos Residenciales para Ancia-nos de Asturias” por la que se anuncia la licitación,por el procedimiento abierto y sistema de concurso,del suministro de leche y postres lácteos en diferentesestablecimientos residenciales ................................. 6219
Resolución de la Gerencia del Organismo Autó-nomo “Establecimientos Residenciales para Ancia-nos de Asturias” por la que se anuncia la licitación,por el procedimiento abierto y sistema de concurso,del suministro de pan y bollería en diferentes esta-blecimientos residenciales ........................................ 6220
CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICA TERRITORIAL:
Rectificación de error en la publicación de la apro-bación definitiva del Plan Especial para polígonoindustrial en Tebongo, Cangas del Narcea, publi-cado en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias n.º 82, de 7-4-01 ........................................ 6221
Págs.
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE:
Corrección de error de la información pública deconstitución del Coto Regional de Caza Sierra dePulide (BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias número 100, de 2 de mayo de 2001) ......... 6221
CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:
Información pública de la licitación de obra,mediante el sistema de subasta por el procedimientorestringido y trámite de urgencia, que se cita ........... 6221
Información pública de la licitación, mediante elsistema de subasta, procedimiento abierto y trámitede urgencia, del servicio que se cita ......................... 6222
Información pública de la licitación, mediante elsistema de subasta abierta, de aprovechamientomaderable que se cita ............................................... 6222
Información pública de la licitación, mediante elsistema de subasta por procedimiento abierto, delsuministro que se cita ............................................... 6223
Información pública de la licitación, mediante elsistema de subasta por procedimiento restringidoy trámite de urgencia ................................................ 6224
CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO:
Información pública de solicitud de autorización admi-nistrativa de la instalación eléctrica que se cita ............ 6224
UNIVERSIDAD DE OVIEDO:
Resolución de la Universidad de Oviedo por la quese convoca concurso público con procedimientoabierto y tramitación ordinaria para la contratacióndel equipamiento de edificio de la Biblioteca deCiencias Jurídico-Sociales ....................................... 6225
IV. Administración Local ........................... 6226
V. Administración de Justicia ................ 6234
VI. Otros Anuncios ......................................... 6240
11–V–2001 6179BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
I. Principado de Asturias
• AUTORIDADES Y PERSONAL
CONSEJERIA DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS YASUNTOS EUROPEOS:INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACION PUBLICA “ADOLFO POSADA”
RESOLUCION de 2 de mayo de 2001, de la Direccióndel Instituto Asturiano de Administración Pública“Adolfo Posada”, por la que se aprueba la lista deadmitidos y excluidos, la designación del Tribunal cali-ficador y el comienzo de las pruebas selectivas parala provisión, en turno libre, de una plaza de Educador,en régimen de contratación laboral a tiempo parcialpor tiempo indefinido (BOLETIN OFICIAL del Prin-cipado de Asturias número 137, de 14 de julio de 2000).
De conformidad con el art. 24 del Reglamento aprobadopor Decreto 68/1989, de 4 de mayo, y las bases de la con-vocatoria y en uso de la delegación conferida por Resolucióndel Ilmo. Sr. Consejero de Administraciones Públicas y Asun-tos Europeos de 8 de noviembre de 1999,
R E S U E L V O
Primero.—Aprobar la lista certificada de aspirantes admi-tidos y excluidos a la oposición convocada para la provisión,en turno libre, de una plaza de Educador, en régimen decontratación laboral a tiempo parcial por tiempo indefinido.Dicha lista, que se une como anexo a la presente Resolución,se halla expuesta en este Instituto Asturiano de Adminis-tración Pública “Adolfo Posada”, c/ Julián Clavería, 11, deOviedo, y en el Centro de Información Administrativa (Edi-ficio Administrativo, c/ Coronel Aranda, 2, planta plaza, deOviedo).
Segundo.—Abrir un plazo de diez días hábiles para quelos interesados puedan señalar posibles errores en la listaque se publica y para que, en su caso, los excluidos por defectosusceptible de subsanación puedan instar la misma. Trans-currido dicho plazo sin hacerlo decaerán de su derecho yquedará elevada a definitiva la referida lista, haciéndosepública dicha elevación en los tablones de anuncios de losorganismos indicados en el apartado precedente.
Tercero.—Designar el siguiente Tribunal calificador:
Presidenta: D.ª Rosa María Rodríguez Iglesias, titular,y D. Oscar Corvera Noriega, suplente, ambos Titulados Supe-riores, pertenecientes a la Administración del Principado deAsturias.
Vocales titulares: D. José Francisco Barrientos Barrientos,Educador; D.ª Marta del Arco Fernández y D. Roberto LuañaFernández, ambos de Escala a Extinguir, grupo C, todos ellospertenecientes a la Administración del Principado de Astu-rias.
D.ª Carmen Moro Viña y D. Juan Jesús Alvarez Fer-nández, ambos representantes sindicales.
Vocales suplentes: D.ª M.ª Angeles Pedro González yD.ª Blanca Junquera Varela, ambas Educadoras, y D. JoséManuel Vega Suco, Escala a Extinguir, grupo C, todos ellospertenecientes a la Administración del Principado de Astu-rias.
D.ª Ana Henar Alvarez Muñoz y D. Manuel SánchezHuerta, ambos representantes sindicales.
Secretario: D. Enrique López Hernández, titular, y D.ªMarta Tamargo Alvarez, suplente, ambos pertenecientes alCuerpo Administrativo del Principado de Asturias.
Cuarto.—Comenzar las pruebas el día 29 de mayo del2001, a las 17,00 horas, en las aulas A, B y C de la Facultadde Medicina, Campus del Cristo, sito en la c/ Julián Clavería,de Oviedo, según distribución que se publicará con la listadefinitiva de aspirantes, en el lugar indicado en el apartadoprimero de la presente Resolución (I.A.A.P. y Centro deInformación Administrativa).
Oviedo, a 2 de mayo de 2001.—El Director (P.D. Reso-lución de 8-11-99, BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias de 26-11-99).—7.778.
Anexo
Pruebas selectivas para la provisión, en turno libre, de una plazade Educador, en régimen de contratación laboral a tiempo par-cial por tiempo indefinido (BOLETIN OFICIAL del Principado
de Asturias número 137, de 14 de julio de 2000)
Admitidos:
DNI Apellidos y nombre
10856629 ABRIL GARCIA MONICA
9350211 ALEGRE FERNANDEZ M. OLIVA
9400930 ALONSO ALONSO ANA ISABEL
11057584 ALONSO ALONSO M. DEL PILAR
32870855 ALONSO ALVAREZ NATALIA
11420853 ALONSO FERNANDEZ M. TERESA
71496072 ALONSO FERNANDEZ ROSA MARIA
10899246 ALONSO HUERDO JULIA
10809491 ALONSO MARTINEZ JOSE LUIS
10824701 ALONSO PELLO JOSE MANUEL
9397658 ALONSO PINTADO MONTSERRAT
10867161 ALONSO SAMARTINO LUIS ENRIQUE
32870892 ALONSO SANCHEZ ANA MARIA
10565551 ALONSO SUAREZ M. JOSEFA
71631912 ALVAREZ ALVAREZ CELESTINA
10042925 ALVAREZ ALVAREZ ESTELA
11–V–20016180 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
DNI Apellidos y nombre
9400517 ALVAREZ ALVAREZ ROSA ANA
9354362 ALVAREZ ARGUELLES ROSA MARIA
71631941 ALVAREZ BAZ ELVIRA
9406082 ALVAREZ BLANCO MARTA
9428203 ALVAREZ CASADO PATRICIA
9425685 ALVAREZ DIAZ PLACIDA
9408805 ALVAREZ FERNANDEZ GRACIELA
11063716 ALVAREZ FERNANDEZ JOSE MANUEL
11079110 ALVAREZ FERNANDEZ M. ELENA
45430382 ALVAREZ FERNANDEZ NATALIA
11083111 ALVAREZ FERNANDEZ ROSA
12773405 ALVAREZ GARCIA NURIA ESTHER
11416031 ALVAREZ GIROL ROSA M.
10036541 ALVAREZ LOPEZ ISABEL
11078615 ALVAREZ LUQUE SUSANA
10530949 ALVAREZ MENENDEZ M. LUISA
11398520 ALVAREZ PEREZ JULIA
11439426 ALVAREZ RODRIGUEZ ANA BELEN
9419303 ALVAREZ RODRIGUEZ VERONICA
53528280 ALVAREZ SANFELIX JUSTO
53528281 ALVAREZ SANFELIZ EDUARDO
71648142 ALVAREZ SUAREZ PATRICIA
10825273 ALVAREZ VEGA SANTIAGO
9415297 ALVAREZ ZUAZUA EVA M.
9755690 ALLER PUENTE M. ISABEL
32881813 AMORES VAZQUEZ MIRIAN
11067140 ANDA TRILLO M. GABRIELA DE
9364292 ANIA TAMES M. ELVIRA
10592116 ANIA TAMES M. TERESA
10875742 ANTUNEZ IGLESIAS NOELIA
10841764 ANTUÑA CUETO M. LIDIA
10881074 ARANGO BECERRA EVA MARIA
7552995 ARENAS RAMIREZ JOSEFA
10863189 ARGUELLES RODRIGUEZ CONSTANTINO
9410985 ARGÜELLES PINIELLA SANDRA
10855915 ARGÜELLES RODRIGUEZ ANA MARIA
9372036 ARIAS GARCIA JESUS
11057028 ARIAS GONZALEZ MARGARITA
32874093 ARIAS ROZADA NATALIA
10885028 ARNALDO SUAREZ AURELIO
9409836 ARRIZABALAGA GONZALEZ ANA
9418578 AZPIAZU SANTULLANO INMACULADA
11436805 BAIDES MORENTE ROSA M.
10891527 BALBONA MARTINEZ ALEJANDRA
9403888 BALBONA PEDREGAL EMILIA
9420723 BAÑOS CARDIN BENEDICTA
9772447 BAQUERO GORDO M. INMACULADA
71632490 BARRERO COLLAR MONICA
DNI Apellidos y nombre
11426402 BARRIGA ALEJO M. ISABEL
11079076 BERDAYES ALVAREZ GRACIELA
32874769 BERNARDO FERNANDEZ M. PAZ
45431467 BLANCO FERNANDEZ BELEN
71869717 BLANCO GARCIA REGINAPAZ
11425095 BLANCO RODRIGUEZ BEGOÑA
11424511 BLANCO RUBIN M. PILAR
33298914 BOGA GONZALEZ M. LUZ
71699889 BULNES BUJ BELEN
11418834 CAFFARENA GORTAZAR IGNACIO
9429033 CAINZOS FERNANDEZ SUSANA
10577715 CAMIÑA OCHOA EVA
11382792 CAMPELO GARCIA M. BELEN
9418442 CANCELO CABO NATALIA
9748012 CAÑON RODRIGUEZ CRISTINA
11062257 CARBAJAL ALVAREZ BLANCA ESTHER
10877308 CARDIN BULNES SILVIA
9420102 CARRASCO ALVAREZ MARCOS
9356732 CASTAÑON RODRIGUEZ CARMEN
10852065 CASTELAO SUAREZ MONTSERRAT
45432091 CASTRO CANO M. CONCEPCION
9401788 CASTRO ESPINEL ANA ISABEL
52580548 CASTRO GONZALEZ M. PAZ
10197166 CAVERO COMBARROS M. MERCEDES
9399486 CEÑAL RAYON SONIA BELEN
10588331 CERNUDA GARCIA ISMAEL AMANCIO
11385380 CERVANTES OLMOS IRENE
11395103 COLOMA CAMPAL ANGELA
9371308 COLUNGA ESTRADA M. ANGELES
11416006 CORCOS FERNANDEZ MONTSERRAT
10599870 CORONA RODRIGO GLORIA
10856600 COTARELO ALONSO REMEDIOS
11076670 CRESPO CIENFUEGOS NOELIA
11428700 CRUZ CALLE ANA BELEN
51057742 CUESTA ACEBAL MARTA
10898174 CUESTA CORTINA ANA
10885991 CUETO PEREZ M. CRISTINA
71649891 CHACON MERE RAQUEL
10873241 CHARCO GOMEZ AMPARO MARIA
71862856 DARRIBA RICO MERCEDES
9355313 DEL VALLE FUENTES M. JESUS
9797147 DELGADO PEREZ ANA MARIA
53544997 DELGADO RAMALCO TANIA
11382774 DIAZ BARBON M. LUZ
10881346 DIAZ CASO MARTA MARIA
32867843 DIAZ GONZALEZ M. BEGOÑA
9408957 DIAZ RODRIGUEZ M. JOSE
11–V–2001 6181BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
DNI Apellidos y nombre
9390131 DIAZ SOTO VICTOR MANUEL
11074096 DIAZ TRELLES JAVIER
9353647 DIEZ ESTRADA M. MONTSERRAT
10845497 DIEZ ROMAN MARIA DEL MAR
71619609 DIOS MERIDA DULCE Mª
10592436 DIZ GONZALEZ M. DEL PUERTO
10818694 DUARTE CORTE VIOLETA
9395943 DUPLA PARUGUES ANA
32876671 ECHEVARRIA ORDIZ M. ANGELES
10891643 ENTRERRIOS ALVAREZ M. ISABEL
10879665 ESCANDON MENENDEZ EMMA
9386985 ESCOTET PANDAVENES YOLANDA
11416147 ESPINA ALONSO M. LUISA
71880643 ESTEBANEZ RODRIGUEZ CRISTINA
10888116 FANJUL NICIEZA LAURA
71762679 FARPON CASTAÑON ANA ISABEL
9395527 FERNANDEZ ALVAREZ M. ISABEL
53515309 FERNANDEZ CERNUDA ANA
11071929 FERNANDEZ FERNANDEZ ALMUDENA
11411945 FERNANDEZ FERNANDEZ M. BELEN
71628296 FERNANDEZ FERNANDEZ M. ISABEL
10864801 FERNANDEZ FERNANDEZ M. JESUS
10891423 FERNANDEZ FERNANDEZ ROSALIA
9425699 FERNANDEZ FLOREZ ROCIO
11421470 FERNANDEZ GARCIA M. BELEN
10589165 FERNANDEZ GARCIA Mª BELEN
11435054 FERNANDEZ GAYOL PAULA
10904195 FERNANDEZ GONZALEZ IRENE
45432902 FERNANDEZ GONZALEZ M. ISABEL
10839323 FERNANDEZ GONZALEZ M. MAGDALENA
11065858 FERNANDEZ GONZALEZ YOLANDA
11425936 FERNANDEZ HERES M. CRUZ
10576151 FERNANDEZ HEVIA M. ROSARIO
10825034 FERNANDEZ HONRADO ANA TERESA
11056376 FERNANDEZ LANZA AMPARO
9362126 FERNANDEZ LOPEZ M. TERESA
9420251 FERNANDEZ LORENCES EVA
9431767 FERNANDEZ MARTINEZ BEATRIZ
71877421 FERNANDEZ MENENDEZ M. LUZ
10815104 FERNANDEZ MORIS ANA MARIA
10892700 FERNANDEZ OBON ALICIA
10082628 FERNANDEZ PEREZ GRACIELA
9421290 FERNANDEZ PEREZ NATALIA
45430795 FERNANDEZ PERTIERRA COVADONGA
71624516 FERNANDEZ PUMARES ANA ISABEL
10888178 FERNANDEZ RENDUELES ANA BELEN
9434173 FERNANDEZ RIESGO M. JOSE
DNI Apellidos y nombre
9384344 FERNANDEZ RODRIGUEZ RUFINO
11438557 FERNANDEZ SUAREZ ANA MARIA
9374406 FERNANDEZ SUAREZ EVA
9786325 FERNANDEZ TARRAZO CRISTINA
10890774 FERNANDEZ ZAPICO MONTSERRAT
9390068 FIDALGO RODRIGUEZ JUAN JESUS
9430097 FLOREZ PEREZ MARIA
10571655 FLOREZ TAMARGO MERCEDES RAQUEL
9427050 FONSECA PARRONDO VERONICA
9399519 FONTANIELLA MENENDEZ MACRINA CARMEN
11432859 FUENTES REYES NURIA
11397484 GAGO GARCIA M. LEONOR
32879623 GALAN ROZADA NOELIA
52612222 GARCIA ALVAREZ FALO
10885765 GARCIA ALVAREZ M. ANDREA
11427255 GARCIA ALVAREZ M. TERESA
32874140 GARCIA ALLER M. JESUS
10876280 GARCIA BUSTO ELVIRA SORAYA
10885054 GARCIA FERNANDEZ ANA MARIA
10563587 GARCIA FERNANDEZ MARTA ELENA
9440322 GARCIA FERNANDEZ VERONICA
9417712 GARCIA FERNANDEZ VERONICA
10886365 GARCIA GARCIA M. ELENA
9360003 GARCIA GARCIA M. GLORIA
11072913 GARCIA GARCIA M. JESUS
71871683 GARCIA GARCIA M. MERCEDES
9402668 GARCIA GARCIA M. SALOME
9404426 GARCIA GARCIA SANTIAGO
11402262 GARCIA GONZALEZ JOSE IGNACIO
11433843 GARCIA GONZALEZ M. DEL SOCORRO
11049544 GARCIA HEVIA M. LUISA
11063816 GARCIA HUERTA M. PILAR
9404396 GARCIA MARTINEZ M. GLORIA
10822273 GARCIA MAZA AURELIA
11408315 GARCIA MENDEZ M. DEL CARMEN
71871524 GARCIA MENDEZ M. LUZ
76956602 GARCIA MONTES SIBELY
10879393 GARCIA ORDIZ BEGOÑA
9422143 GARCIA PALICIO LUCIA
9436651 GARCIA RODRIGUEZ ROSA ANA
45432553 GARCIA SUAREZ BLANCA
9387920 GARCIA-SANMIGUE FERNANDEZ M. CARMEN
9383582 GIL DELGADO ANA MARIA
9433792 GIL MATEOS MONTSERRAT
9395066 GOMEZ GONZALEZ ANTONIA
10883633 GOMEZ VAZQUEZ SONIA MONTSERRA
9358549 GONZALEZ ALVAREZ JULIA
11–V–20016182 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
DNI Apellidos y nombre
9437023 GONZALEZ ALVAREZ SARA
10898832 GONZALEZ ARAMENDI MERCEDES
76940493 GONZALEZ CONTO CLEMENTINA
9387348 GONZALEZ ESCALADA M. CRISTINA
11078492 GONZALEZ FERNANDEZ ANA BELEN
9441655 GONZALEZ FERNANDEZ MARTA
9410866 GONZALEZ GARCIA SANDRA
10857395 GONZALEZ GARRIDO M. ANGELES
11424184 GONZALEZ GONZALEZ EVA BELEN
9441100 GONZALEZ GONZALEZ NIEVES ANTONIA
11397214 GONZALEZ HEVIA CANDIDA
11083678 GONZALEZ IGLESIAS EMMA MARIA
9404508 GONZALEZ PEREZ CRISTINA
45429573 GONZALEZ PEREZ GEMA
10181496 GONZALEZ PRADA M. NIEVES
11079749 GONZALEZ RODRIGUEZ MARIA ISABEL
76938063 GONZALEZ RODRIGUEZ ROSA MARIA
11402385 GONZALEZ SANTOS OBDULIA
9358553 GONZALEZ SANZ M. TERESA
9383019 GONZALEZ SORDO M. JOSE
11074639 GONZALEZ SUAREZ AURORA
9410746 GONZALEZ SUCO RAFAEL LAUREANO
9388288 GRANDA FERNANDEZ ADELA
9395092 GRANDE RAMOS MIGUEL ANGEL
9424321 GUARNIDO DIAZ FRCO. JAVIER
9361515 GUTIERREZ DEL CAMPO BENJAMIN
71876232 GUTIERREZ FERNANDEZ IRENE
11432789 GUTIERREZ TUDELA ALICIA
11083824 HERNANDEZ FERNANDEZ LORENA
11429998 HERNANDEZ GRANDA EVA
8096934 HERNANDEZ MARTIN VICENTE
10900210 HERNANDEZ TURRADO MONTSERRAT
13111580 HERRERA BARRIO M. ISABEL
32871658 HEVIA MARTINEZ NATALIA
11388065 HUERGA DE LA TORRE LOURDES
71626140 HUERTA GARCIA MARGARITA
11079829 HUERTA RODRIGUEZ SONIA
13774652 IBAÑEZ GOMEZ-CUETARA ENRIQUE JESUS
53515320 IGLESIAS BEDIA CARMEN
32876311 IGLESIAS COTO M. REBECA
11073876 IGLESIAS FERNANDEZ ELENA Mª
10893190 IGLESIAS FERNANDEZ MARIA
11441463 IGLESIAS RIESGO PILAR
11415832 IGLESIAS SANTOS ANGELES
9399274 JAMBRINA PEREZ ANA CRISTINA
10492100 JUANCO URIA ANGELES
10895022 LAFUENTE ALONSO NATALIA
DNI Apellidos y nombre
9381427 LAGARON FERNANDEZ LUIS MIGUEL
10552618 LAGRANDA FERNANDEZ ROSA MARIA
11411525 LAMPRE CAPARROZ JUAN
9420746 LEAL COUSO M. ANGELES
9358467 LOBETO SANCHEZ ANA ISABEL
9419336 LOBO GONZALEZ EVA Mª
45432055 LOMBARDIA GARCIA ROCIO
45430658 LOMBARDIA GARCIA SUSANA
11399424 LOMBAROJA MEANA CLEMENTINA OLIV
9366763 LONGORIA GONZALEZ JOSE ANTONIO
10601856 LOPEZ FERNANDEZ JOSE
45425480 LOPEZ GARCIA M. PAZ
15992346 LOPEZ MARTIN ISABEL PATRICIA
9414922 LOPEZ MARTINEZ ADONINA
9432646 LOPEZ MIRANDA ANA BELEN
9409751 LOPEZ MUÑIZ CRISTINA
9428586 LOPEZ PEREZ BEATRIZ
5408536 LOPEZ RODRIGO ANA
52591286 LOPEZ RODRIGUEZ M. MAR
32879360 LOPEZ SIERRA SONIA
11443480 LOPEZ SINZ AIXA JUNO
11426456 LOZANO VICENTE AGUSTIN
10900002 LUCAS SOTO PATRICIA
9428380 LUCES SAMPER NURIA
9419704 LUNA COTO JOSE ANTONIO
10900340 LLAMAZARES FERNANDEZ PATRICIA
9770713 LLANA REGADIO ANA ISABEL
9388617 LLANEZA ESTRADA M. VICTORIA
9428058 LLANO COBIAN MONTSERRAT
10894757 LLORENTE ALVAREZ LILIANA
76955578 MACIAS CANEDA MONICA
11440097 MADRID VEGA LETICIA
53556041 MALAGA ORTEGA CARMEN FABIOLA
6568423 MARTIN DEL DEDO ROSA M.
12333913 MARTIN FERNANDEZ JUANA MARIA
9420126 MARTIN TOLIVIA M. JOSE
9412653 MARTINEZ BLANCO CARMEN MARIA
11411271 MARTINEZ BUSTO MANUELA
32873783 MARTINEZ CANGA YOLANDA
10886385 MARTINEZ DEL VALLE JOSE OLEGARIO
9363198 MARTINEZ GARCIA TERESA ASUNCION
10858468 MARTINEZ MANSO MERCEDES
76950834 MARTINEZ MORENO ANA BEATRIZ
9417548 MARTINEZ NIETO PALOMA
71634648 MARTINEZ PARDO VERONICA
76950332 MARTINEZ PRADO VERONICA
11445850 MARTINEZ QUINTANA RAQUEL
11–V–2001 6183BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
DNI Apellidos y nombre
10888633 MARTINEZ VAZQUEZ M. LORENA
10906679 MEANA MARTINEZ LUCIA
10879293 MEDIAVILLA SANCHEZ ALICIA
10824987 MEDIO FERNANDEZ CECILIA Mª
76936284 MENDEZ BLANCO M. LUZ
45425164 MENDEZ CASTRILLON ANA M.
10857138 MENDEZ GOMEZ MARIA DEL MAR
10853850 MENENDEZ ACEDO MARIA MERCEDES
71874906 MENENDEZ ALONSO M. INES
10856674 MENENDEZ DE LOS TOYOS ANA ROSA
52590109 MENENDEZ FERNANDEZ MONICA
45434763 MENENDEZ FERNANDEZ RAQUEL
9395652 MENENDEZ OLIVA M. DOLORES
9419848 MENENDEZ PEREZ ADELA
13064762 MINGUEZ ARCEO ASUNCION
10839281 MIRANDA BERNARDO DIAMANTINA
9356352 MIRANDA ROBLES GEMMA
9356353 MIRANDA ROBLES M. TERESA
10863809 MIYAR VALDES EVA
10872019 MIYAR VALDES SILVIA
9415124 MON GOGORRO CAMINO
9381969 MONGIL GONZALEZ JUAN JOSE
32867684 MONTES GONZALEZ ANDRES
32867683 MONTES GONZALEZ VICTOR
10888820 MORAN GARCIA-RENDUELE LUCIA
9397768 MOREDA CASTRILLON M. ISABEL
11378832 MORENO SUAREZ-INCLAN M. JOSE
10906900 MORO GONZALEZ E. CRISTINA
76958184 MORO VIGIL PAULA
71631246 MORTERA CORTINA M. ISOLINA
36158199 MOURIÑO ARIAS ALMUDENA
9398029 MULLOR MULLOR CARMEN ROSA
10567613 MUÑIZ ALVAREZ ANA Mª LUZ
10882677 MUÑIZ FANJUL ISABEL
11425790 MUÑIZ GONZALEZ ISABEL
10832853 MUÑIZ RODRIGUEZ M. LUISA
10839026 MUÑOZ BEJARANO ROSA ISABEL
53536085 MURCIEGO HERRERO ANA ISABEL
9785586 NAVA RUBIO M. ROSARIO
10838309 NAVA TOMAS MERCEDES M.
53531954 NOSTI RODRIGUEZ ANDREA
52612085 NOVAL CUESTA ESTHER
10840262 NUÑO GARCIA ROSA MARIA
9371019 OLIVA RIVERO JULIA
10590195 OLIVARES RODRIGUEZ ANGELES
9418229 ORDAS NAVES SUSANA
10834194 ORDIERES VIÑES ELENA
DNI Apellidos y nombre
71620937 ORDIZ FERNANDEZ M. JESUS
11072683 ORDOÑEZ MORAN MARIA JESUS
13141854 ORTEGA MARCOS ENCARNACION
32869894 OTERO RIESTRA M. CARMEN
71632352 PALLASÁ MANTECA MARIA
6993206 PANIAGUA MARTIN INMACULADA
11074550 PARIENTE BERGANTIÑOS M. BELEN
11398581 PARRILLA FERNANDEZ M. INOCENTA
10550194 PASARIN CARBAJAL JOSE
9787479 PEDRO ALONSO M. HENAR DE
52580227 PELAEZ DIAZ CARMEN
10864383 PEÑA CONCEPCION AMALIA
33860289 PEREZ ALVAREZ IRENE
45432319 PEREZ ALVAREZ M. ELENA
10904459 PEREZ CASTAÑO SERGIO
10885926 PEREZ DE LA FUENTE ALEJANDRA
33309786 PEREZ FERNANDEZ NATALIA C.
45431845 PEREZ FERNANDEZ TAMARA
9413417 PEREZ GARCIA CARIDAD
10824999 PEREZ GARCIA ROSA MARIA
10899230 PEREZ GUTIERREZ RAQUEL
11074184 PEREZ PARDO GEMMA
71877444 PEREZ RODRIGUEZ M. TERESA
9375322 PEREZ SUAREZ ANA MARIA
10876536 PEREZ VICENTE ANA
10888695 PERUYERA BERROS PATRICIA
9360827 PEVIDA LOPEZ M. BELEN
10849982 PICOS ALMEIDA MARIA ELENA
10897872 PORTELA GONZALEZ SANDRA
11442520 PRADO DURAN ALEJANDRA
10594659 PRADO PAÑEDA PATRICIO
46917605 PRAVIA REDONDO RAMON
10854473 PRIETO IZAGUIRRE M. ANGELES
11423905 PUENTE HUERGA M. TERESA DE LA
9368510 PUERTAS FERNANDEZ M. DOLORES
11406495 QUINTANA VEIGA M. ARMANDA
32882015 REGUEIRO CEA SUSANA
9438999 RENESES CARCEDO MARTA
76937761 REY FERNANDEZ LUJAN
9429063 REY RODRIGUEZ GEMMA
51871074 RICO DIAZ DIANA
10845151 RIESTRA DEL BUSTO GEMMA
52616726 RIESTRA FERNANDEZ SILVIA
9361839 RIESTRA GONZALEZ MERCED
10551465 RIVAS SUAREZ MARIA
10831657 ROBLES GARCIA M. ISABEL
11427504 RODIL PENELUS MODESTO
11–V–20016184 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
DNI Apellidos y nombre
45433682 RODRIGUEZ COTARELO MARTA
9376027 RODRIGUEZ DIAZ M. JOSE
9395697 RODRIGUEZ FERNANDEZ JOSE IGNACIO
53515340 RODRIGUEZ FERNANDEZ MARIA DEL CARME
9423523 RODRIGUEZ FERNANDEZ RAQUEL
10853463 RODRIGUEZ GARCIA LUIS MANUEL
9352950 RODRIGUEZ GONZALEZ ANA ISABEL
9352949 RODRIGUEZ GONZALEZ M. FLORENTINA
9436198 RODRIGUEZ GONZALEZ RAQUEL
11427876 RODRIGUEZ GRANADO XOSE FRANCES
11063670 RODRIGUEZ LOPEZ JOSE MANUEL
11066505 RODRIGUEZ LOPEZ M. ADELA
11402015 RODRIGUEZ LORIGADOS ISABEL
32871727 RODRIGUEZ PARAJA CARMEN
11074059 RODRIGUEZ PEREZ GEMMA
10904681 RODRIGUEZ PINTOS COVADONGA
10815441 RODRIGUEZ SANCHEZ MARGARITA
32879515 RODRIGUEZ SOLIS NORMA EVA
71636611 RODRIGUEZ SUAREZ IGNACIO
44431314 RODRIGUEZ SUEIRO PATRICIA
10868011 RODRIGUEZ URIA M. LUISA
32875842 RODRIGUEZ VAZQUEZ INES
11367027 RODRIGUEZ-MARIB TRABANCO BORJA
9390602 ROMANO MORENO EULALIA
10890464 ROMEO TIMIRAOS INES
11445915 RUBIN ALVAREZ LAURA
76949529 RUBIO GARCIA ERICA NIEVES
11424520 RUIZ FERNANDEZ-TRAPA BEGOÑA
11435653 SAAVEDRA MARQUES ISABEL
9392082 SALGUERO GONZALEZ FRANCISCO
9360319 SALGUERO GONZALEZ M. ROSA
76946548 SALGUERO RODRIGUEZ ELENA
9426032 SANCHEZ CARRETERO NOEMI
76945799 SANCHEZ FONSECA LUCIA
11422885 SANCHEZ RODRIGUEZ M. DEL CARMEN
10881937 SANCHEZ VAZQUEZ VIOLETA
11430595 SANCHEZ ZORITA BEATRIZ
10854151 SANTA EUGENIA DIEZ ENRIQUE-ANGEL
11719421 SASTRE ALONSO ANA
9391533 SECADES FERNANDEZ ROSA MARIA
10878880 SIERRA COLLIA LUIS MANUEL
10845100 SOGUERO MARTINEZ M. MERCEDES
9395256 SOLER FERNANDEZ NIEVES
9396742 SUAREZ ALVAREZ ANA Mª
10905277 SUAREZ ARES CARLOS
9385105 SUAREZ ARGUELLES MARTA MARIA
10906788 SUAREZ BUSTO P. CAROLINA
DNI Apellidos y nombre
71697010 SUAREZ DIAZ ANA ISABEL
10849669 SUAREZ FERNANDEZ M. PILAR
9400749 SUAREZ FERRAO ANA
9377504 SUAREZ GARCIA M. REYES
71625839 SUAREZ LAMUÑO CLARA
9409272 SUAREZ LOPEZ CARMEN
9421637 SUAREZ PARRONDO LORETO
11417393 SUAREZ RICO CARMEN ADELA
76946266 SUAREZ SANCHEZ SANDRA
11406520 SUAREZ VELASCO JOSE AURELIO
9375380 TAMARGO FANJUL ANA IRMA
9412945 TERRERO CABEZAS NOELIA
9380854 TERRERO CABEZAS ROSA MARIA
10892048 TOJO LOPEZ M. DEL MAR
11379622 TORNER GUTIERREZ M. CELESTINA
77593622 TORREALDEA PEREZ ALEJANDRA
53526872 TRAPIELLO SUAREZ M. JOSE
10862374 TUERO LOPEZ ALVARO
10833730 TURRADO DE LA CUESTA VICENTE
10860791 VALLE MADRUGA M. JESUS
10583725 VALLES MARTINEZ MARTA MARIA
52616944 VALLIN HERNANDEZ MONTSERRAT
10042671 VAQUERO FUEYO VISITACION H.
10872171 VARA UZAL MANUEL ANGEL
9436009 VAZQUEZ FERNANDEZ FATIMA
10881637 VEGA PLATAS M. GEMMA
71649061 VEGA RUILOBA INMACULADA
11075673 VEGA VAZQUEZ CLEMENTINA
10870394 VELASCO TUERO JUAN CARLOS
11426522 VELEZ GARCIA M. BELEN
10880260 VENTURA ALVAREZ OBDULIA
8968996 VERGARA MARTIN ALMUDENA
11397769 VIEJO BERNARDO ANA MARIA
11362712 VIGO RUIZ JAIME DEL
9387993 VIGON DIAZ -FAES GEMMA
11082087 VILLALUSTRE MARTINEZ LOURDES
9391621 VIVES GONZALEZ KETTY
9375009 YUSTE BARRANQUERO ANA M.
10835566 ZUÑIGA ALVAREZ M. JESUS
Excluidos:
DNI Apellidos y nombre Denominación exclusión
556 FLOREZ VILLAVERDE PATRICIA VARIAS CAUSAS
11–V–2001 6185BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
RESOLUCION de 2 de mayo de 2001, de la Direccióndel Instituto Asturiano de Administración Pública“Adolfo Posada”, por la que se aprueba la lista deadmitidos y excluidos, la designación del Tribunal cali-ficador y el comienzo de las pruebas selectivas parala provisión, en turno libre, de una plaza de Técnicode Salud Ambiental, en régimen de contratación laboralpor tiempo indefinido (BOLETIN OFICIAL del Prin-cipado de Asturias número 59, de 12 de marzo de 2001).
De conformidad con el art. 24 del Reglamento aprobadopor Decreto 68/1989, de 4 de mayo, y las bases de la con-vocatoria y en uso de la delegación conferida por Resolucióndel Ilmo. Sr. Consejero de Administraciones Públicas y Asun-tos Europeos, de 8 de noviembre de 1999,
R E S U E L V O
Primero.—Aprobar la lista certificada de aspirantes admi-tidos y excluidos a la oposición convocada para la provisión,en turno libre, de una plaza de Técnico de Salud Ambiental,en régimen de contratación laboral por tiempo indefinido.Dicha lista, que se une como anexo a la presente resolución,se halla expuesta en este Instituto Asturiano de Adminis-tración Pública “Adolfo Posada”, c/ Julián Clavería, 11, deOviedo, y en el Centro de Información Administrativa (Edi-ficio Administrativo, c/ Coronel Aranda, 2, planta plaza, deOviedo).
Segundo.—Abrir un plazo de diez días hábiles para quelos interesados puedan señalar posibles errores en la listaque se publica y para que, en su caso, los excluidos por defectosusceptible de subsanación puedan instar la misma. Trans-currido dicho plazo sin hacerlo decaerán de su derecho yquedará elevada a definitiva la referida lista, haciéndosepública dicha elevación en los tablones de anuncios de losorganismos indicados en el apartado precedente.
Tercero.—Designar el siguiente Tribunal calificador:
Presidenta: D.ª M.ª Jesús Pérez Pérez, Escala de Far-macéuticos, titular, y D. Ovidio García García, Jefe del Ser-vicio de Control Alimentario y Atención al Medio, suplente;ambos pertenecientes a la Administración del Principado deAsturias.
Vocales titulares: D.ª Isabel Moro González, Jefa del Ser-vicio de Laboratorio de Salud Pública; D.ª Belen NaredoCantero y D.ª Verónica Montila González, ambas Técnicasde Salud Ambiental, todas ellas pertenecientes a la Admi-nistración del Principado de Asturias.
D. Miguel González Valcárcel y D. Miguel Conejero Igle-sias, ambos representantes sindicales.
Vocales suplentes: D.ª Angeles Martín Berian, Escala deQuímicos; D.ª M.ª Jesús Naredo Cantero, y D. Angel IvánGranados Alonso, ambos Técnicos de Salud Ambiental, todosellos pertenecientes a la Administración del Principado deAsturias.
D. Luis Carballal Puente y D. Andrés Vega Blanco, ambosrepresentantes sindicales.
Secretario: D. Antonio León Martínez de Paz, titular, yD.ª Nuria Serrano Rodríguez, suplente, ambos pertenecientesal Cuerpo Administrativo del Principado de Asturias.
Cuarto.—Comenzar las pruebas el día 31 de mayo del2001, a las 17 horas, en el Instituto Asturiano de Adminis-tración Pública “Adolfo Posada”, sito en la c/ Julián Clavería,11, de Oviedo.
Oviedo, a 2 de mayo de 2001.—El Director (P.D. Reso-lución de 8.11.99, BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias de 26-11-99).—7.779.
Anexo
Pruebas selectivas para la provisión, en turno libre, de una plazade Técnico de Salud Ambiental, en régimen de contrataciónlaboral por tiempo indefinido (BOLETIN OFICIAL del Prin-cipado de Asturias número 59, de 12 de marzo de 2001)
Admitidos:
DNI Apellidos y nombre
9398054 ALONSO ALVAREZ MARIA CRISTINA
71634870 ALONSO FIGUUEIREDO SILVIA
11080113 ALONSO MADERA ISRAEL
76957965 ALONSO GOMEZ DE ENTERRIA LARA
71637749 ALVAREZ ALVAREZ MARINA
9727105 ALVAREZ HIDALGO NURIA
71633488 ALVAREZ IGLESIAS MARIA
10893880 AMADO RODRIGUEZ CESAR
72130879 BADA SANCHEZ SERGIO
45430437 BERDASCO BARDO VICTOR MANUEL
9414335 BLANCO FERNANDEZ NATALIA
11443786 BUENO ARCE MARCOS
53505872 BUSTIO SOMOANO MARIA
9413041 CABRERA GOMEZ SERGIO
53533550 CAICOYA GONZALEZ ISABEL
76939261 CALVO MENDEZ ROSANA
10868539 CAMARA LLORENTE EVA M.
9440016 CANELLA VARELA ALBERTO
71646693 CIMADEVILLA QUIROS LILIANA
53534368 COLLANTES BERLANGA VIRGINIA
53506324 COSTALES ALVAREZ ANA ROSA
9430678 CUE PULGAR HELENA
9352553 CUERVO LOPEZ ALVARO
10373526 CUETOS DEL VALLE CARLOS
11423760 CHARRO MARBAN M. JESUS
10907060 DIAZ INGUANZO MARIA JESUS
53531422 DOMINGUEZ GARCIA ANGELES
71875904 ESMORIS VEGA MARIA LUZ
53533042 FANJUL GONDON PAULA
76938442 FERNANADEZ GARCIA LORENA
9429400 FERNANDEZ ARDUENGO M. ELADIA
9435842 FERNANDEZ ARGUELLES SONIA
71767277 FERNANDEZ BIGOTES ANA
10898782 FERNANDEZ FERNANDEZ BLANCA MARIA
11444072 FERNANDEZ GARCIA M. MANUELA
10892329 FERNANDEZ LRRACELETA BEGOÑA
11440190 FERNANDEZ MARTIN JOSE ANGEL
9374371 FERNANDEZ MARTINEZ INMACULADA
11082961 FERNANDEZ SUAREZ VERONICA
71642473 FERNANDEZ VILLAZON SUSANA
9811268 FLOREZ SOTO ANDREZ
11–V–20016186 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
DNI Apellidos y nombre
71700563 FOUBECO DIAZ TERESA
11442540 FUENTE GOMEZ RAQUEL DE LA
9418388 GARCIA FERNANDEZ PATRICIA
9424213 GARCIA GARCIA BEATRIZ
71640757 GARCIA GARCIA CARMEN
70807554 GARCIA GONZALEZ ISRAEL
11082841 GARCIA GONZALEZ PATRICIA
11436377 GARCIA LOPEZ SARA
71637629 GARCIA MAGADAN ANGELA
9407545 GARCIA PEREIRA M. TERESA
11074043 GARCIA PRADO JOSE MANUEL
9419504 GONZALEZ ALONSO MARTA
76950241 GONZALEZ ALVAREZ LORENA
76949191 GONZALEZ FERNANDEZ ROSA MARIA
53516040 GONZALEZ GARCIA GLORIA
32880430 GONZALEZ ROCES M. IRIS
2658360 GONZALEZ RODRIGUEZ ELIA
10902144 GONZALEZ SUAREZ LORENA M.
53529569 GUTIERREZ ARANDA LAURA
9411764 GUTIERREZ BARRIENTOS BELEN
71763411 GUTIERREZ GONZALEZ M. ALEJANDRA
9425503 GUTIERREZ MARTINEZ GEMMA M.
71702298 GUTIERREZ MARTINEZ MONICA
13790393 HOYOS RIAÑO SONIA
30640270 IZA PRADA BEGOÑA
2899913 LAPEÑA MARTINEZ LAURA
71641036 LASTRA DIAZ BEATRIZ
76938896 LASTRA REDONDO M. CRUZ
71644890 LOPEZ FERNANDEZ BEATRIZ
71877451 LOPEZ GARCIA MARIA
71878328 LOPEZ SIERRA GLORIA BERTA
6577150 MARTIN HERNANDEZ M. COVADONGA
71929324 MARTIN MDIAVILLA ANA ISABEL
53515798 MARTINEZ FERNANDEZ MARCOS
9411629 MARTINEZ GONZALEZ MARCOS
71767452 MENDEZ LUCAS BEATRIZ
76947096 MIRANDA MARTINEZ WLADIMIRO
71643215 MORALES CALVO ABEL
53201632 MORET FORT MARIO
9400833 MORO ESCORIHUELA ANA ISABEL
10888824 ORDOÑEZ RODIL LORENA
76958315 OTERO SOMOANO AGUEDA
10887461 PASTOR BLANCO M. PILAR
9431534 PELAEZ GONZALEZ NURIA
11072748 PEREDA GONZALEZ PABLO
76940517 PEREZ PEREZ BEATRIZ
71700736 PEREZ VEGA FLORENTINO
71875383 PRADA CARBAJAL PATRICIA
DNI Apellidos y nombre
10891178 QUIROS NORIEGA DIEGO
71013967 REAL FERRERO SUSANA
53544546 RILLA TUERO ANA
71637648 RODRIGUEZ CARRERAS EVA
9420627 RODRIGUEZ GONZALEZ PABLO
71644937 RUBIO MARTINEZ DAVID
9357836 RUBIO SUAREZ JUAN ANTONIO
13775852 RUIZ ESTRADA M. CARMEN
71646482 SANCHEZ FERNANDEZ JESUS DANIEL
52357885 SANCHEZ SAENZ CLAUDIO
11836121 SEBASTIAN GARCIA HENAR
10887187 SOLANO BARRERO BEATRIZ
50304313 SOLANO SOBRADO PALOMA
71639818 SORDO ROMANO ANA MARIA
9439722 SUAREZ FERNANDEZ SILVIA
71767858 SUAREZ LOBO MARTA
76939194 SUAREZ RODRIGUEZ HUGO
76957281 TEJO AMPUDIA MONICA
10878641 TUERO DIAZ SILVIA
53528122 VALDES CORTINA MONICA
9424753 VARELA PEREZ MARCO ANTONIO
11081592 VELASCO VELASCO SONIA
11431309 VILLAR SUAREZ CLARA M.
10881272 VILLAZON ALVAREZ BEATRIZ
11445785 WHITEHOUSE FERNANDEZ YLENIA
Excluidos:
DNI Apellidos y nombre Denominación exclusión
2247796 CUELLAR MARTIN ALBERTO VARIAS CAUSAS34947257 ESTRAVIS FERNANDEZ ANGELA VARIAS CAUSAS10872084 FERNANDEZ VALLE M. TERESA VARIAS CAUSAS71639986 FERRO FERNANDEZ EVA OMISION FIRMA76939424 RODRIGUEZ CRESPO ANA M. VARIAS CAUSAS34962012 RODRIGUEZ LOPEZ JOSE MANUEL VARIAS CAUSAS
— • —
RESOLUCION de 4 de mayo de 2001, de la Direccióndel Instituto Asturiano de Administración Pública“Adolfo Posada”, por la que se aprueba la lista deadmitidos y excluidos, la designación del Tribunal cali-ficador y el comienzo de las pruebas selectivas parala provisión, en turno libre, de una plaza de Cocinero,en régimen de contratación laboral por tiempo inde-finido (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturiasnúmero 147, de 26 de junio de 2000).
De conformidad con el art. 24 del Reglamento aprobadopor Decreto 68/1989, de 4 de mayo, y las bases de la con-vocatoria y en uso de la delegación conferida por Resolucióndel Ilmo. Sr. Consejero de Administraciones Públicas y Asun-tos Europeos de 8 de noviembre de 1999,
11–V–2001 6187BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
R E S U E L V O
Primero.—Aprobar la lista certificada de aspirantes admi-tidos y excluidos a la oposición convocada para la provisión,en turno libre, de una plaza de Cocinero, en régimen decontratación laboral por tiempo indefinido. Dicha lista, quese une como anexo a la presente Resolución, se halla expuestaen este Instituto Asturiano de Administración Pública “Adol-fo Posada”, c/ Julián Clavería, 11, de Oviedo, y en el Centrode Información Administrativa (Edificio Administrativo, c/Coronel Aranda, 2, planta plaza, de Oviedo).
Segundo.—Abrir un plazo de diez días hábiles para quelos interesados puedan señalar posibles errores en la listaque se publica y para que, en su caso, los excluidos por defectosusceptible de subsanación puedan instar la misma. Trans-currido dicho plazo sin hacerlo decaerán de su derecho yquedará elevada a definitiva la referida lista, haciéndosepública dicha elevación en los tablones de anuncios de losorganismos indicados en el apartado precedente.
Tercero.—Designar el siguiente Tribunal calificador:
Presidenta: D.ª Sara Cristina Moro Bayón, titular, Titu-lada Superior, y D. Reyes Amor Herrero, suplente, funcio-nario perteneciente al Grupo A, Escala a Extinguir; ambosde la Administración del Principado de Asturias.
Vocales titulares: D. Luis Leandro Feito Rodríguez, D.Félix Castellano Chapa, Cocineros pertenecientes a la Admi-nistración del Principado de Asturias, y D. Francisco GarcíaGarcía, Cocinero adscrito a ERA.
D.ª M. Luz Pérez Pérez y D. Angel Espina Vena, ambosrepresentantes sindicales.
Vocales suplentes: D. Eduardo Moreno Taladrid y D.Miguel Angel Faes Alvarez, Cocineros de la Administracióndel Principado de Asturias, y D. Carlos Isaac Royan Pereira,Cocinero adscrito a ERA.
D. Ernesto Soto Balbuena y D.ª Isabel Oubel Solís, ambosrepresentantes sindicales.
Secretaria: D.ª M.ª Jesús Seva Ortega, titular, y D.ª M.ªLuisa Antón Benito, suplente, ambas pertenecientes al Cuer-po de Auxiliares del Principado de Asturias.
Cuarto.—Comenzar las pruebas el día 30 de mayo del2001, a las 17,00 horas, en el Instituto Asturiano de Admi-nistración Pública “Adolfo Posada”, sito en la c/ Julián Cla-vería, 11, de Oviedo.
Oviedo, a 4 de mayo de 2001.—El Director (P.D. Reso-lución de 8-11-99, BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias de 26-11-99).—7.780.
Anexo
Pruebas selectivas para la provisión, en turno libre, de una plazade Cocinero, en régimen de contratación laboral por tiempoindefinido (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias
número 147, de 26 de junio de 2000)
Admitidos:
DNI Apellidos y nombre
9783619 ALONSO SUAREZ PEDRO JAVIER
10786541 ALONSO VAQUEIRO JULIA
9408317 ALVAREZ ACERO ALBERTO M.
71764669 ALVAREZ CASTAÑON JAIME
32873234 ALVAREZ GUTIERREZ FRANCISCO
DNI Apellidos y nombre
10859261 AMEZ GARCIA NATIVIDAD
11392358 ARBESU BUSTO Mª DEL MAR
9396879 ARIAS LEGAZPI MARGARITA
11439109 BAIDES MORENTE EVA LEONOR
32883497 BERDIALES MENENDEZ IVAN
10898744 CARRILES RODRIGUEZ JOSE MANUEL
71622639 CEJUDO NAVARRO ANA
15906387 COBOS MONROY AGUSTINA
11407821 CORA CANDIA SERGIO
10602289 CUELI CUELI MERCEDES
10587964 CUENCO ANDRES M. ADELA
9708471 CUETO ALLER M. MERCEDES
71639435 DE DIOS RIANCHO FRANCISCO JAVIE
10899182 DE HERAS DUARTE HELENA
13904198 DIAZ SANCHEZ M. JOSE
11399048 FERNANDEZ ALVAREZ LOURDES
71611294 FERNANDEZ ARGUELLES GUADALUPE
15884739 FERNANDEZ ARIAS BENILDE
10860918 FERNANDEZ GARCIA M. JESUS
10856536 FERNANDEZ GARCIA M. TERESA
9422714 FERNANDEZ MENENDEZ CELEDONIO
11417853 FERNANDEZ MIRANDA M. GLORIA
53534976 FERNANDEZ ORVIZ MARIA
10890915 FERNANDEZ PEREZ M. JOSE
71765576 FERNANDEZ PRADA NURIA
45433035 FERNANDEZ RICO MARIA
10816739 FERNANDEZ YUGUERO ISABEL
10839252 FRANCISCO MIGUELEZ TEODOMIRO
11379519 GALAN CORRAL M. TERESA
11360068 GALLEGO SANTIAGO ANA MARIA
11072779 GARCIA ALVAREZ JUAN LUIS
45427535 GARCIA DIAZ M. BELEN
9795862 GARCIA GARCIA EDUARDO
11422799 GARCIA MONTEAGUDO IGNACIO
9381895 GARCIA MUÑIZ ANGEL
71599065 GARCIA NOVAL M. ANGELES
10888601 GARCIA VEGA MARIA
10898927 GARRIDO PINILLA EDUARDO
10898926 GARRIDO PINILLA MONICA
10850878 GIL PORTUGUES M. BEGOÑA
10581637 GONZALEZ CUETO M. JOSEFA
9398978 GONZALEZ DIAZ-ESTEBANEZ ROBERTO LUIS
10866305 GONZALEZ FERNANDEZ MARCOS
11056584 GONZALEZ GONZALEZ MINERVINA
11076822 GONZALEZ MENENDEZ MOISES
10826836 GONZALEZ SANCHEZ ANA ROSA
10841151 HERNANDEZ ALPERI VICTOR MANUEL
71695402 HERNANDEZ ALVAREZ M. VALENTINA
11–V–20016188 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
DNI Apellidos y nombre
10860957 IGLESIAS CANTERO SANTIAGO
10885617 LOBETO LOPEZ ANA LUIS
11050430 LOBO GONZALEZ FE CARIDAD
9362031 LOPEZ FRESNO ELVIRA
10801374 LOPEZ GARCIA M. DOLORES
10834957 LOPEZ GARCIA M. JOSEFA
9362662 LOPEZ LOZANO M. DEL CARMEN
11379146 MARQUES GARCIA M. ANGELES
10596766 MARTINEZ CASAPRIMA RAMONA TERESA
11357111 MARTINEZ MARTINEZ M. ANTONIA
11436689 MEJIAS ROBLES DIEGO
10895825 MENDEZ SUAREZ CARMEN
10570264 MENENDEZ ALBA FLORENTINO
9401546 MENENDEZ CUERVO OLEGARIO
10584439 MENENDEZ LOPEZ M. LUISA
10771999 MENENDEZ PEREZ M. AURORA
45433893 MENENDEZ SUAREZ LAURA
10848800 MONTERO VAZQUEZ CRISTINA
11376465 MORENO GONZALEZ MARINA
10900595 MUÑIZ VELAZQUEZ LUIS
10876481 ORDIALES GONZALEZ ALEJANDRO
9442936 OTERO GALAN ALVARO
11053816 OVIAÑO LOPEZ MERCEDES JOSEFA
9388084 PASCUAL MENDEZ JAIME
71613759 PEREZ VAZQUEZ REMEDIOS
11441037 PRAVIA GARCIA NOELIA
10558094 PRAVIA GONZALEZ ISABEL
10885403 QUEIPO PAJARES AGAR
10856951 RIO CALVO M. BEGOÑA DEL
6226421 RODRIGUEZ JIMENEZ-ORTIZ FRANCISCO
10864184 RODRIGUEZ PEREZ ROSAURA
53530548 RODRIGUEZ RODRIGUEZ IVAN
11439425 ROMERO CUERVO JUAN ROBERTO
10517074 SALA GONZALEZ M. LETICIA
10815283 SANCHEZ ALVAREZ M. JOSE
11439994 SANCHEZ FERNANDEZ M. ALMUDENA
71627571 SANTIAGO GARCIA JULIA MARIA
9356087 SOMOZA GUTIERREZ FRANCISCO
3081199 SOTO BALBUENA PEDRO E.
9400966 SUAREZ GARCIA MONTSERRAT
9372596 SUAREZ RIVERA PILAR
71630536 TARRAZO RODRIGUEZ CARMEN ALICIA
9419803 TUDELA SOBRINO MARTIN
11344076 UBERTY GUTIERREZ M. ISABEL
53526302 VARILLAS ALONSO ALVARO
9363383 VEGA VILLA DOLORES
10895984 VILLAREJO CORBELLE JOSE MANUEL
DNI Apellidos y nombre
10599806 VIÑA LOPEZ M. ROSA
9397725 ZAPICO ALVAREZ RENE
Excluidos:
Ninguno.
• OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA:
RESOLUCION de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocan sub-venciones para la realización de actividades escénicaspor personas o grupos no profesionales.
En perfecta sintonía con la constante línea de apoyo dela Consejería de Educación y Cultura a las actividades escé-nicas de carácter no profesional, y con la finalidad de cola-borar económicamente con las compañías que desarrollandichas actividades a la hora de abordar el montaje de lasproducciones por ellas ideadas, se encuentra la convocatoriade subvenciones para la realización de actividades escénicascontenida en la presente Resolución.
Vistos la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y delConsejo de Gobierno del Principado de Asturias; el DecretoLegislativo 2/98, de 25 de junio, por el que se aprueba eltexto refundido del Régimen Económico y Presupuestario;el Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regulael régimen de concesión de subvenciones, modificado porel Decreto 14/2000, de 10 de febrero, y la Ley del Principadode Asturias 3/2000, de 30 de diciembre, de PresupuestosGenerales para el 2001.
Considerando: Que en el art. 6 del Decreto 71/92 se deter-mina que las ayudas que se concedan con cargo a dotacionesinnominadas, globales o genéricas que figuren en los Pre-supuestos Generales del Principado de Asturias se otorgaránde acuerdo con los principios de publicidad, concurrenciay objetividad.
Por todo ello, en uso de las facultades a mí conferidas,por el artículo 21.4 de la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobreRégimen Jurídico de la Administración del Principado deAsturias, y de conformidad con el artículo 38 de la Ley 6/84,de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno delPrincipado de Asturias,
R E S U E L V O
Primero.—Acordar la convocatoria de subvenciones parala realización de actividades escénicas.
Segundo.—Autorizar el correspondiente gasto, por impor-te de cuatro millones (4.000.000) de pesetas con cargo alconcepto 15.02.455C.481.03 de los Presupuestos Generalesdel Principado de Asturias para el 2001.
Tercero.—Aprobar las bases que han de regir la citadaconvocatoria y el modelo de solicitud, que se unen comoanexo a la presente Resolución.
Cuarto.—Contra la presente Resolución podrá interpo-nerse recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno enel plazo de un mes a contar desde la publicación de la presenteResolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, sin perjuicio de que, de entenderlo oportuno, se
11–V–2001 6189BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
interponga cualquier otro que a juicio de las personas inte-resadas resulte más conveniente para la defensa de sus dere-chos e intereses.
Oviedo, a 2 de mayo de 2001.—El Consejero de Educacióny Cultura.—7.473.
Anexo I
Convocatoria de subvenciones para la realización de actividadesescénicas por personas o grupos no profesionales
BASES
Primera.—Objeto:
El objeto de la presente convocatoria es la concesión deayudas económicas con destino a la realización de actividadesescénicas para la producción o adecuación de montajes.
Las actividades objeto de la presente convocatoria debe-rán estar terminadas el 16 de noviembre de 2001.
No serán subvencionables los gastos generados por equi-pamiento, así como aquellos originados por los conceptosde dietas, manutención o atenciones protocolarias.
Se excluyen de esta convocatoria:
• Las entidades o personas beneficiarias de ayudas otor-gadas en anteriores convocatorias que no hayan jus-tificado documentalmente la realización de la actividaden la forma y plazos previstos en las bases de las res-pectivas convocatorias.
• Las entidades o actividades que puedan acogerse a otrasayudas de ésta u otras Consejerías por tener convo-catoria específica.
El importe de la subvención o ayuda en ningún caso podráser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia consubvenciones o ayudas de otras Administraciones o de otrosentes públicos o privados, iguale o supere el coste total dela actividad a desarrollar por la persona.
Segunda.—Requisitos:
Podrán solicitar estas subvenciones las personas, gruposno profesionales constituidos en asociación o asociacionesculturales dedicadas a actividades escénicas con domicilio enAsturias. Cuando se trate de una Asociación, ha de estarinscrita en el Registro de Asociaciones al amparo de la Ley191/64, de 24 de diciembre, y tener su domicilio social enAsturias.
Tercera.—Cuantía:
Las ayudas, por importe total de cuatro millones(4.000.000) de pesetas, se financiarán con cargo al concepto15.02.455C.481.03 de los Presupuestos Generales del Prin-cipado de Asturias para el 2001. La cuantía máxima de lasmismas no excederá de 500.000 pesetas y por su caráctervoluntario, sin naturaleza contractual no podrán ser invocadascomo precedente ni será exigible aumento o revisión.
Las subvenciones tendrán consideración de ayudas parala realización de los proyectos seleccionados con indepen-dencia del coste de los mismos.
Cuarta.—Comisión de valoración:
Una Comisión seleccionadora, tras examinar las solici-tudes y entrevistarse con las entidades o personas solicitantes,si lo estima oportuno, propondrá al Consejero de Educacióny Cultura la concesión de ayudas con indicación de su cuantía.Dicha Comisión estará presidida por la Directora Generalde Cultura o persona en quien delegue e integrada por unmínimo de tres y un máximo de cinco personas relacionadas
con la materia objeto de la convocatoria, designadas por elConsejero actuando como Secretario, personal adscrito a laDirección General de Cultura.
La Comisión elevará propuesta al Consejero de Educacióny Cultura, que resolverá la convocatoria.
Quinta.—Criterios para la adjudicación:
En las ayudas para poner en escena una obra se con-siderará el interés de ésta, su coste de producción, la tra-yectoria artística de su responsable, la incidencia en cuantoa su difusión, viabilidad y aportación económica del solicitanteal proyecto para el que se solicita la ayuda. Se procurarálimitar las subvenciones a los proyectos de más entidadartística.
En el caso de proyectos de interés en los que se apreciendeficiencias técnicas, la Consejería de Educación y Culturapodrá proponer modificaciones en los mismos, supeditandola concesión de ayudas a su aceptación.
Las ayudas podrán ser declaradas desiertas.
Sexta.—Presentación de solicitudes:
Las solicitudes, cumplimentadas según modelo oficial, sepresentarán en el Registro de la Consejería de Educacióny Cultura, o a través de los sistemas establecidos en el artículo38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y de Procedimiento Administrativo Común, en elplazo de 30 días naturales desde el siguiente de la publicaciónde estas bases en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias. Si, en uso de este derecho, el expediente esremitido por correo, deberá ser presentado en sobre abiertopara que la solicitud sea fechada y sellada por personal decorreos antes de que se proceda a su certificación.
La solicitud, irá acompañada de los documentos siguien-tes:
Si se trata de asociación:
a) Fotocopia del C.I.F. de la entidad y del D.N.I. de suPresidente/a o, en su caso, representante, así como documentoacreditativo de estar inscrita en el Registro de Asociacionesal amparo de la Ley 191/64 y de algún documento que acrediteque la entidad solicitante tiene su domicilio en Asturias, siesta circunstancia no se recoge en el documento citadoanteriormente.
En el caso de que alguno de estos documentos hubieransido presentados en la anterior convocatoria y siempre queno se produjeran modificaciones, se podrá ejercer el derechoa no presentar aquellos que ya se encuentren en poder dela Administración actuante según el art. 35 f) de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, siempre que se indiqueexpresamente.
b) Memoria de actividades realizadas en este campo,durante el año 2000, por la asociación solicitante.
c) Proyecto detallado de la actividad o programa parael que se solicita la subvención, en el que se justifique elobjeto, calendario y desarrollo de la misma, y en el que conste:
• Título y autor.• Guión o textos, si los hubiera.• Cuadro técnico y artístico.• Plan de explotación.• Si la solicitud es para adquisición de material, descrip-
ción de éste, que necesariamente ha de corresponderal específico de la producción o adecuación del montaje(vestuario, utillería, escenografía) y si es para contrataruna persona, su currículum y aceptación.
d) Presupuesto detallado de gastos de la actividad parala que se solicita ayuda.
e) Relación de solicitudes de ayuda cursadas a otros orga-nismos públicos o entidades para el desarrollo de la actividad
11–V–20016190 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
y, en su caso, importe de las ayudas concedidas. Asimismo,se deberá indicar la aportación económica de la entidad soli-citante para la realización de la misma.
f) Declaración responsable de que la entidad se encuentraal corriente de sus obligaciones tributarias y del pago de coti-zaciones a la Seguridad Social, de no ser deudor de la Hacien-da del Principado de Asturias y de haber procedido a justificarlas subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad porla Comunidad Autónoma.
g) En el caso de que la obra genere derechos de autorse adjuntará documento de la Sociedad General de Autoresque autorice su representación.
Si se trata de un peticionario individual:
a) Fotocopia del D.N.I. del solicitante y documento acre-ditativo de estar empadronado en Asturias, si el peticionariono ha nacido en la Comunidad Autónoma. En el caso deque alguno de estos documentos hubieran sido presentadosen la anterior convocatoria y siempre que no se produjeranmodificaciones, los solicitantes podrán ejercer el derecho ano presentar aquellos que ya se encuentren en poder de laAdministración actuante según el art. 35 f) de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, siempre que lo indiquenexpresamente.
b) Currículum vitae del solicitante en el que se reflejesu actividad en este campo.
c) Proyecto detallado de la actividad o programa parael que se solicita la subvención, en el que se justifique elobjeto, calendario y desarrollo de la misma, y en el que conste:
• Título y autor.• Guión o textos, si los hubiera.• Cuadro técnico y artístico.• Plan de explotación.• Si la solicitud es para adquisición de material, descrip-
ción de éste, que necesariamente ha de corresponderal específico de la producción o adecuación del montaje(vestuario, utillería, escenografía) y si es para contrataruna persona, su currículum y aceptación.
d) Presupuesto detallado de gastos de la actividad parala que se solicita ayuda.
e) Relación de solicitudes de ayuda cursadas a otros orga-nismos públicos o entidades para el desarrollo de la actividady, en su caso, importe de las ayudas concedidas. Asimismo,se deberá indicar la aportación económica del solicitante parala realización de la misma.
f) Declaración responsable del solicitante de que seencuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y delpago de cotizaciones a la Seguridad Social, de no ser deudorde la Hacienda del Principado de Asturias y se hayan pro-cedido a justificar las subvenciones y ayudas concedidas conanterioridad por la Comunidad Autónoma.
g) En el caso de que la obra genere derechos de autorse adjuntará documento de la Sociedad General de Autoresque autorice su representación.
Séptima.—Subsanación y mejoras de la solicitud:
Si la solicitud no estuviese acompañada de los documentoso datos exigidos se requerirá a la entidad o persona solicitantepara que, en el plazo de diez días, se subsane el defectocon apercibimiento de que, si no lo hiciese, se la considerarádecaída en su derecho, procediéndose al archivo del expe-diente sin más trámite.
Octava.—Plazo para resolver:
La Comisión seleccionadora estudiará las solicitudes pre-sentadas y propondrá al titular de la Consejería la concesiónde ayudas en el plazo máximo de tres meses a partir dela fecha límite de presentación de solicitudes. La resolución
otorgando las subvenciones se dictará en el plazo de los quincedías siguientes y se publicará en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias con lo que se considerará notificadaa las entidades y personas interesadas.
Novena.—Justificación de la subvención:
El último día para la justificación de la ayuda concedidaserá el 20 de noviembre de 2001 mediante la presentaciónde los siguientes documentos:
a) Memoria de la actividad subvencionada y de las con-diciones impuestas en su caso, en la resolución de concesión,así como muestra de la misma (publicidad, folletos, etc.) don-de deberá figurar que la actividad ha sido subvencionadapor la Consejería de Educación y Cultura.
b) Originales de las facturas de los gastos generados parala realización de la actividad. Las facturas, deberán estar expe-didas en el año 2001 y reunir los siguientes requisitos: nombre,razón social y N.I.F. o C.I.F. de quien expida la factura, eI.V.A (si procede); nombre, dirección y N.I.F. o C.I.F. dequien compra; el producto vendido o servicio prestado; fechay número de factura.
• Los justificantes necesariamente han de presentarserelacionados por temas, ordenados cronológicamentey totalizando el gasto por cada tema.
• Si se precisa la devolución de las facturas o documentosoriginales, deberá solicitarse por escrito y adjuntar alos originales las fotocopias correspondientes para quele sean devueltos, una vez que por el servicio corres-pondiente se diligencien según Instrucción de la Con-sejería de Hacienda, sobre devolución de documentospresentados para abono de las subvenciones concedidaspor la Administración del Principado de Asturias.
Décima.—Pago de la subvención:
El abono de las subvenciones se hará efectivo previa jus-tificación en la forma establecida en la base novena de laconvocatoria.
La no justificación de la subvención dentro del plazo fijadodará lugar, automáticamente, a la pérdida del derecho a sucobro.
Undécima.—Obligaciones del beneficiario/a:
Son obligaciones del beneficiario/a:
a) Realizar la actividad o proyecto para la que se concedesubvención. Cualquier modificación requerirá autorizaciónprevia de la Consejería.
b) Cumplir las condiciones con que se otorguen las ayudasy las impuestas por las presentes bases.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación que efec-túe la Administración del Principado de Asturias.
d) Comunicar a la Consejería, con especificación de lascuantías, la obtención de otras subvenciones o ayudas parala misma finalidad, procedentes de otras AdministracionesPúblicas o de entes públicos o privados, nacionales ointernacionales.
e) Hacer constar en toda información o publicidad quese efectúe de la actividad que la misma está subvencionadapor la Consejería de Educación y Cultura del Principadode Asturias.
Duodécima.—Modificación:
La alteración de las condiciones tenidas en cuenta parala concesión de la subvención y, en todo caso, la obtenciónconcurrente de otras subvenciones o ayudas, podrá dar lugara la modificación de la resolución de concesión.
11–V–2001 6191BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Decimotercera.—Revocación:
Tendrá lugar la revocación de la subvención concedidacuando se den los supuestos que recoge el art. 13 del Decreto71/92, de 29 de octubre, que regula el régimen general deconcesión de subvenciones.
Decimocuarta.—Normas subsidiarias:
La concurrencia a esta convocatoria supone la aceptaciónplena de las presentes bases.
Las cuestiones relacionadas con esta convocatoria que noestuvieran contenidas en sus bases serán resueltas por el Con-sejero de Educación y Cultura, atendiéndose en todo casoa lo dispuesto en el Decreto 71/92, de 29 de octubre, queregula el régimen general de concesión de subvenciones,modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero.
Anexo II
11–V–20016192 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
— • —
RESOLUCION de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocan sub-venciones para la organización y celebración de fes-tivales intercélticos.
Una de las manifestaciones culturales que año tras añomás relevancia adquiere dentro de nuestra Comunidad Autó-noma es la celebración de festivales intercélticos, que se con-vierten en la mayoría de los casos en verdadero foro deencuentro e intercambio de experiencias entre personas que,con diversas nacionalidades, comparten una cultura común,con sus manifestaciones folklóricas, musicales y culturales engeneral. Con la finalidad de apoyar la organización de estetipo de actividad dentro de nuestra región, se considera inte-resante abrir esta línea de ayudas que ahora se aprueba.
Vistos la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y delConsejo de Gobierno del Principado de Asturias; el DecretoLegislativo 2/98, de 25 de junio, por el que se aprueba eltexto refundido del Régimen Económico y Presupuestario;el Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regulael régimen de concesión de subvenciones, modificado porel Decreto 14/2000, de 10 de febrero, y la Ley del Principadode Asturias 3/2000, de 30 de diciembre, de PresupuestosGenerales para el 2001.
Considerando: Que en el art. 6 del Decreto 71/92 se deter-mina que las ayudas que se concedan con cargo a dotacionesinnominadas, globales o genéricas que figuren en los Pre-supuestos Generales del Principado de Asturias se otorgaránde acuerdo con los principios de publicidad, concurrenciay objetividad.
Por todo ello, en uso de las facultades a mí conferidas,por el artículo 21.4 de la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobreRégimen Jurídico de la Administración del Principado deAsturias, y de conformidad con el artículo 38 de la Ley 6/84,de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno delPrincipado de Asturias,
R E S U E L V O
Primero.—Acordar la convocatoria de subvenciones parala organización y celebración de festivales intercélticos.
Segundo.—Autorizar el correspondiente gasto, por impor-te de seis millones (6.000.000) de pesetas con cargo al con-
cepto 15.02.455C.481.12 de los Presupuestos Generales delPrincipado de Asturias para el 2001.
Tercero.—Aprobar las bases que han de regir la citadaconvocatoria y el modelo de solicitud, que se unen comoanexos a la presente Resolución.
Cuarto.—Contra la presente Resolución podrá interpo-nerse recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno enel plazo de un mes a contar desde la publicación de la presenteResolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, sin perjuicio de que, de entenderlo oportuno, seinterponga cualquier otro que a juicio de las personas inte-resadas resulte más conveniente para la defensa de sus dere-chos e intereses.
Oviedo, a 2 de mayo de 2001.—El Consejero de Educacióny Cultura.—7.479.
Anexo I
Convocatoria de subvenciones para la organización y celebra-ción de festivales intercélticos
BASES
Primera.—Objeto:
El objeto de la presente convocatoria es la concesión deayudas económicas a la organización de eventos que con ladenominación de Festivales Intercélticos, y la inclusión enlos mismos de actuaciones de folklore, música celta y acti-vidades afines, contribuyan a un mayor conocimiento de estamanifestación de la cultura.
Las actividades objeto de la presente convocatoria debe-rán estar terminadas el 16 de noviembre de 2001.
No serán subvencionables los gastos generados por equi-pamiento, así como aquellos originados por los conceptosde dietas, manutención o atenciones protocolarias.
Se excluyen de esta convocatoria:
• Las entidades o personas beneficiarias de ayudas otor-gadas en anteriores convocatorias que no hayan jus-tificado documentalmente la realización de la actividaden la forma y plazos previstos en las bases de las res-pectivas convocatorias.
11–V–2001 6193BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
• Las entidades o actividades que puedan acogerse a otrasayudas de ésta u otras Consejerías por tener convo-catoria específica.
El importe de la subvención o ayuda en ningún caso podráser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia consubvenciones o ayudas de otras Administraciones o de otrosentes públicos o privados, iguale o supere el coste total dela actividad a desarrollar por la entidad o persona.
Segunda.—Requisitos:
Podrán solicitar estas subvenciones cualquier asturianoo residente en el Principado o asociación cultural domiciliadaen Asturias. Cuando se trate de una asociación, ha de hallarseinscrita en el Registro de Asociaciones al amparo de la Ley191/64, de 24 de diciembre, y tener su domicilio social enAsturias.
Tercera.—Cuantía:
Las ayudas, por importe total de seis millones (6.000.000)de pesetas, se financiarán con cargo al concepto15.02.455C.481.12 de los Presupuestos Generales del Prin-cipado de Asturias para el año 2001. La cuantía máxima delas mismas no excederá de 3.000.000 de pesetas. Las sub-venciones tendrán consideración de ayudas para la realizaciónde los proyectos seleccionados con independencia del costede los mismos.
Cuarta.—Comisión de valoración:
Una Comisión de valoración, designada por el Consejerode Educación y Cultura, tras examinar las solicitudes y entre-vistarse con las entidades o personas solicitantes, si lo estimaoportuno, estudiará y evaluará los proyectos. Dicha Comisiónestará presidida por la Directora General de Cultura, o porpersona en quien delegue e integrada por un mínimo detres y un máximo de cinco personas relacionadas con la mate-ria objeto de la convocatoria y actuando, como Secretario/a,personal adscrito a la Dirección General de Cultura.
La Comisión elevará propuesta al Consejero de Educacióny Cultura, que resolverá la convocatoria.
Quinta.—Criterios para la adjudicación:
La Comisión valorará el contenido cultural del programao actividad, su interés, la consolidación del proyecto pre-sentado, así como su proyección a nivel regional, nacionalo internacional.
En el caso de proyectos de interés en los que se apreciendeficiencias técnicas, la Consejería de Educación y Culturapodrá proponer modificaciones en los mismos, supeditandola concesión de ayudas a su aceptación.
Las ayudas podrán ser declaradas desiertas.
Sexta.—Presentación de solicitudes:
Las solicitudes, cumplimentadas según modelo oficial(anexo II), se presentarán en el Registro de la Consejeríade Educación y Cultura o a través de los sistemas establecidosen el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y de Procedimiento Administra-tivo Común, en el plazo de 30 días naturales a contar desdeel día siguiente a la publicación de la presente convocatoriaen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Si,en uso de este derecho, el expediente es remitido por correo,deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitudsea fechada y sellada por personal de Correos antes de quese proceda a su certificación.
La solicitud irá acompañada de los documentos siguientes:
Si se trata de asociación:
a) Fotocopia del C.I.F. de la entidad y del D.N.I. de supresidente/a o, en su caso, representante, así como documentoacreditativo de estar inscrita en el Registro de Asociacionesal amparo de la Ley 191/64 y de algún documento que acrediteque la entidad solicitante tiene su domicilio en Asturias, siesta circunstancia no se recoge en el documento citadoanteriormente.
b) Memoria de actividades realizadas, durante el año2000, por la asociación solicitante.
c) Proyecto detallado de la actividad o programa parael que se solicita la subvención, en el que se justifique elobjeto, calendario y desarrollo de la misma.
d) Presupuesto detallado de gastos de la actividad parala que se solicita ayuda.
e) Relación de solicitudes de ayuda cursadas a otros orga-nismos públicos o entidades para el desarrollo de la actividady, en su caso, importe de las ayudas concedidas. Asimismo,se deberá indicar la aportación económica de la entidad soli-citante para la realización de la misma.
f) Declaración responsable de que la entidad se encuentraal corriente de sus obligaciones tributarias y del pago de coti-zaciones a la Seguridad Social, de no ser deudora de laHacienda del Principado de Asturias y de haber procedidoa justificar las subvenciones y ayudas concedidas con ante-rioridad por la Comunidad Autónoma.
Si se trata de un peticionario individual:
a) Fotocopia del D.N.I. del solicitante y documento acre-ditativo de estar empadronado en Asturias, si el peticionariono ha nacido en la Comunidad Autónoma.
b) Currículum vitae del solicitante en el que se reflejesu actividad en el campo cultural.
c) Proyecto detallado de la actividad o programa parael que se solicita la subvención, se justifique el objeto, calen-dario y desarrollo de la misma.
d) Presupuesto detallado de gastos de la actividad parala que se solicita ayuda.
e) Relación de solicitudes de ayuda cursadas a otros orga-nismos públicos o entidades para el desarrollo de la actividady, en su caso, importe de las ayudas concedidas. Asimismo,se deberá indicar la aportación económica del solicitante parala realización de la misma.
f) Declaración responsable del solicitante de que seencuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y delpago de cotizaciones a la Seguridad Social, de no ser deudorde la Hacienda del Principado de Asturias y de haber pro-cedido a justificar las subvenciones y ayudas concedidas conanterioridad por la Comunidad Autónoma.
Séptima.—Subsanación y mejoras de la solicitud:
Si la solicitud no estuviese acompañada de los documentoso datos exigidos se requerirá a la entidad o persona solicitantepara que, en el plazo de diez días, se subsane el defectocon apercibimiento de que, si no lo hiciese, se la considerarádecaída en su derecho, procediéndose al archivo del expe-diente sin más trámite.
Octava.—Plazo para resolver:
La Comisión de valoración estudiará las solicitudes pre-sentadas y propondrá al titular de la Consejería la concesiónde ayudas en el plazo máximo de tres meses a partir dela fecha límite de presentación de solicitudes. La Resoluciónotorgando las subvenciones se dictará en el plazo de los quincedías siguientes y se publicará en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias con lo que se considerará notificadaa las entidades y personas interesadas.
11–V–20016194 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Novena.—Justificación de la subvención:
El último día para la justificación por el beneficiario dela ayuda concedida será el 20 de noviembre de 2001 mediantela presentación de los siguientes documentos:
a) Memoria de la actividad subvencionada y de las con-diciones impuestas, en su caso, en la resolución de concesión,así como muestra de la misma (publicidad, folletos, etc.) don-de deberá figurar que la actividad ha sido subvencionadapor la Consejería de Educación y Cultura.
b) Originales de las facturas de los gastos generados parala realización de la actividad. Las facturas deberán estar expe-didas en el año 2001 y reunir los siguientes requisitos: nombre,razón social y N.I.F. o C.I.F. de quien expida la factura, eI.V.A (si procede); nombre, dirección y N.I.F. o C.I.F delcomprador; el producto vendido o servicio prestado; fechay número de factura.
• Los justificantes necesariamente han de presentarserelacionados por temas, ordenados cronológicamentey totalizando el gasto por cada tema.
• Si el peticionario precisa la devolución de las facturaso documentos originales, deberá solicitarlo por escritoy adjuntar a los originales las fotocopias correspondien-tes para que le sean devueltos, una vez que por el serviciocorrespondiente se diligencien según Instrucción de laConsejería de Hacienda, sobre devolución de documen-tos presentados para abono de las subvenciones con-cedidas por la Administración del Principado de Astu-rias.
c) Cuando la cuantía sea superior a quinientas mil(500.000) pesetas, el beneficiario habrá de justificar,mediante certificado del órgano competente, estar alcorriente de las cotizaciones a la Seguridad Social, asícomo de sus obligaciones tributarias con Hacienda delEstado y del Principado de Asturias.
Décima.—Pago de la subvención:
El abono de las subvenciones se hará efectivo previa jus-tificación en la forma establecida en la base novena.
La no justificación de la subvención dentro del plazo fijadodará lugar, automáticamente, a la pérdida del derecho a sucobro.
Undécima.—Obligaciones del beneficiario/a:
Son obligaciones del beneficiario/a:
a) Realizar sin alteraciones y en el tiempo acordado laactividad o proyecto para el que se concede la subvención.Cualquier modificación requerirá autorización previa de laConsejería.
b) Cumplir las condiciones con que se otorguen las ayudasy las impuestas por las presentes bases.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación que efec-túe la Administración del Principado de Asturias.
d) Comunicar a la Consejería, con especificación de lascuantías, la obtención de otras subvenciones o ayudas parala misma finalidad, procedentes de otras AdministracionesPúblicas o de entes públicos o privados, nacionales ointernacionales.
e) Hacer constar en toda información o publicidad quese efectúe de la actividad que la misma está subvencionadapor la Consejería de Educación y Cultura del Principadode Asturias.
Duodécima.—Modificación:
La alteración de las condiciones tenidas en cuenta parala concesión de la subvención y, en todo caso, la obtenciónconcurrente de otras subvenciones o ayudas, podrá dar lugara la modificación de la resolución de concesión.
Decimotercera.—Revocación:
Tendrá lugar la revocación de la subvención concedidacuando se den los supuestos que recoge el art. 13 del Decreto71/92, de 29 de octubre, que regula el régimen general deconcesión de subvenciones.
Decimocuarta.—Normas subsidiarias:
La concurrencia a esta convocatoria supone la aceptaciónplena de las presentes bases.
Las cuestiones relacionadas con esta convocatoria que noestuvieran contenidas en sus bases serán resueltas por el Con-sejero de Educación y Cultura, atendiéndose en todo casoa lo dispuesto en el Decreto 71/92, de 29 de octubre, queregula el régimen general de concesión de subvenciones,modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero.
Anexo II
11–V–2001 6195BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
— • —
RESOLUCION de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocan sub-venciones para actividades culturales realizadas por fun-daciones culturales privadas.
El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturiasrecoge como competencia exclusiva de la Comunidad Autó-noma la promoción cultural. Lógicamente, dentro de la men-cionada promoción cultural debe entenderse englobada la
actividad desarrollada por las diversas fundaciones culturalesprivadas que existen en el Principado de Asturias, y que sinduda contribuyen a enriquecer de forma notable el tejidocultural de la región. Pues bien, con la finalidad de apoyarlas actividades culturales desarrolladas por las mencionadasfundaciones, es por lo que se convocan las ayudas económicasrecogidas en la presente Resolución.
Vistos la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y delConsejo de Gobierno del Principado de Asturias; el Decreto
11–V–20016196 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Legislativo 2/98, de 25 de junio, por el que se aprueba eltexto refundido del Régimen Económico y Presupuestario;el Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regulael régimen de concesión de subvenciones, modificado porel Decreto 14/2000, de 10 de febrero, y la Ley del Principadode Asturias 3/2000, de 30 de diciembre, de PresupuestosGenerales para el 2001.
Considerando: Que en el art. 6 del Decreto 71/92 se deter-mina que las ayudas que se concedan con cargo a dotacionesinnominadas, globales o genéricas que figuren en los Pre-supuestos Generales del Principado de Asturias se otorgaránde acuerdo con los principios de publicidad, concurrenciay objetividad.
Por todo ello, en uso de las facultades a mi conferidas,por el artículo 21.4 de la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobreRégimen Jurídico de la Administración del Principado deAsturias, y de conformidad con el artículo 38 de la Ley 6/84,de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno delPrincipado de Asturias,
R E S U E L V O
Primero.—Acordar la convocatoria de subvenciones paraactividades culturales realizadas por fundaciones culturalesprivadas.
Segundo.—Autorizar el correspondiente gasto, por impor-te de siete millones (7.000.000) de pesetas con cargo al con-cepto 15.02.455C.481.03 de los Presupuestos Generales delPrincipado de Asturias para el 2001.
Tercero.—Aprobar las bases que han de regir la citadaconvocatoria y el modelo de solicitud, que se unen comoanexo a la presente Resolución.
Cuarto.—Contra la presente Resolución podrá interpo-nerse recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno enel plazo de un mes a contar desde la publicación de la presenteResolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, sin perjuicio de que, de entenderlo oportuno, seinterponga cualquier otro que a juicio de las personas inte-resadas resulte más conveniente para la defensa de sus dere-chos e intereses.
Oviedo, a 2 de mayo de 2001.—El Consejero de Educacióny Cultura.—7.477.
Anexo I
Convocatoria de subvenciones a fundaciones culturales privadas
BASES
Primera.—Objeto:
El objeto de la presente convocatoria es la concesión deayudas económicas a la realización de programas y actividadesde contenido cultural realizados por fundaciones culturalesprivadas.
Las actividades objeto de la presente convocatoria debe-rán estar terminadas el 16 de noviembre de 2001.
No serán subvencionables los gastos generados por equi-pamiento, así como aquellos originados por los conceptosde dietas, manutención o atenciones protocolarias.
Se excluyen de esta convocatoria:
• Las entidades o personas beneficiarias de ayudas otor-gadas en anteriores convocatorias que no hayan jus-tificado documentalmente la realización de la actividaden la forma y plazos previstos en las bases de las res-pectivas convocatorias.
• Las entidades o actividades que puedan acogerse a otrasayudas de ésta u otras Consejerías por tener convo-catoria específica.
El importe de la subvención o ayuda en ningún caso podráser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia consubvenciones o ayudas de otras Administraciones o de otrosentes públicos o privados, iguale o supere el coste total dela actividad a desarrollar por la persona.
Segunda.—Requisitos:
Podrán solicitar estas ayudas cualquier fundación culturalprivada que tenga su domicilio social en Asturias y quedesarrollen principalmente su actividad dentro del Principadode Asturias.
Tercera.—Cuantía:
Las ayudas por importe de siete millones (7.000.000) dep e s e t a s s e f i n a n c i a r á n c o n c a r g o a l c o n c e p t o15.02.455C.481.03 de los Presupuestos Generales del Prin-cipado de Asturias para el año 2001. La cuantía máxima delas mismas no excederá de 3.000.000 de pesetas.
Estas ayudas tendrán siempre carácter voluntario, sinnaturaleza contractual, no podrán ser invocadas como pre-cedente ni será exigible aumento o revisión.
Cuarta.—Comisión de valoración:
Una Comisión de valoración, designada por el Consejerode Educación y Cultura, tras examinar las solicitudes y entre-vistarse con las entidades o personas solicitantes, si lo estimaoportuno, estudiará y evaluará los proyectos. Dicha Comisiónestará presidida por la Directora General de Cultura, o porpersona en quien delegue e integrada por un mínimo detres y un máximo de cinco personas relacionadas con la mate-ria objeto de la convocatoria y actuando, como Secretario/a,personal adscrito a la Dirección General de Cultura.
La Comisión elevará propuesta al Consejero de Educacióny Cultura, que resolverá la convocatoria.
Quinta.—Criterios para la adjudicación:
La Comisión valorará el contenido cultural de la actividado programa para el que solicita la ayuda, las necesidadesque satisfaga en concordancia con sus fines fundacionales,su posible difusión y la aportación económica de la entidada la actividad para la que se solicita la ayuda.
En el caso de proyectos de interés en los que se apreciendeficiencias técnicas, la Consejería de Educación y Culturapodrá proponer modificaciones en los mismos, supeditandola concesión de ayudas a su aceptación.
Las ayudas podrán ser declaradas desiertas.
Sexta.—Presentación de solicitudes:
Las solicitudes, cumplimentadas según modelo oficial(anexo II), se presentarán en el Registro de la Consejeríade Educación y Cultura, o a través de los sistemas establecidosen el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y de Procedimiento Administra-tivo Común, en el plazo de 30 días naturales a contar desdeel día siguiente a la publicación de la presente convocatoriaen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Si,en uso de este derecho, el expediente es remitido por correo,deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitudsea fechada y sellada por personal de correos antes de quese proceda a su certificación.
La solicitud irá acompañada de los documentos siguientes:
a) Fotocopia compulsada de escritura de constitución,estatutos, D.N.I. de la persona interviniente con acreditacióndel cargo y facultades conferidas, C.I.F. y documento acre-ditativo de estar inscrita en el Registro de Fundaciones.
En el caso de que alguno de estos documentos hubieransido presentados en la anterior convocatoria y siempre que
11–V–2001 6197BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
no se produjeran modificaciones, se podrá ejercer el derechoa no presentar aquellos que ya se encuentren en poder dela Administración actuante según el art. 35 f) de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, siempre que se indiqueexpresamente.
b) Memoria de actividades realizadas, durante el año2000, por la fundación solicitante.
c) Proyecto detallado de la actividad o programa parael que se solicita la subvención, en el que se justifique elobjeto, calendario y desarrollo de la misma.
d) Presupuesto detallado de gastos de la actividad parala que se solicita ayuda.
e) Relación de solicitudes de ayuda cursadas a otros orga-nismos públicos o entidades para el desarrollo de la actividady, en su caso, importe de las ayudas concedidas. Asimismo,se deberá indicar la aportación económica de la entidad soli-citante para la realización de la misma.
f) Declaración responsable de que la entidad se encuentraal corriente de sus obligaciones tributarias y del pago de coti-zaciones a la Seguridad Social, de no ser deudor de la Hacien-da del Principado de Asturias y de haber procedido a justificarlas subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad porla Comunidad Autónoma.
Séptima.—Subsanación y mejoras de la solicitud:
Si la solicitud no estuviese acompañada de los documentosexigidos se requerirá a la entidad solicitante para que enel plazo de diez días se subsane el defecto, con apercibimientode que, si no lo hiciese, se la considerará decaída en su dere-cho, procediéndose al archivo del expediente sin más trámite.
Octava.—Plazo para resolver:
La Comisión seleccionadora estudiará las solicitudes pre-sentadas y propondrá al titular de la Consejería la concesiónde ayudas en el plazo máximo de tres meses a partir dela fecha límite de presentación de solicitudes. La resoluciónotorgando las subvenciones se dictará en el plazo de los quincedías siguientes y se publicará en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias con lo que se considerará notificadosa las entidades interesadas.
Novena.—Justificación de la subvención:
El último día para la justificación por el beneficiario parala ayuda concedida será el 20 de noviembre de 2001 mediantela presentación de los siguientes documentos:
a) Memoria de la actividad subvencionada y de las con-diciones impuestas en su caso, en la Resolución de concesión,así como muestra de la misma (publicidad, folletos, etc.) don-de deberá figurar que la actividad ha sido subvencionadapor la Consejería de Educación y Cultura.
b) Originales de las facturas de los gastos generados parala realización de la actividad. Las facturas reunirán los requi-sitos legalmente establecidos.
• Los justificantes necesariamente han de presentarserelacionados por temas, ordenados cronológicamentey totalizando el gasto por cada tema.
• Si se precisa la devolución de las facturas o documentosoriginales, deberá solicitarse por escrito y adjuntar alos originales las fotocopias correspondientes para quele sean devueltos, una vez que por el servicio corres-pondiente se diligencien según Instrucción de la Con-sejería de Hacienda, sobre devolución de documentospresentados para abono de las subvenciones concedidaspor la Administración del Principado de Asturias.
c) Cuando la cuantía de la subvención sea superior a qui-nientas mil (500.000) pesetas se habrá de justificar, mediantecertificado del órgano competente, estar al corriente de las
cotizaciones a la Seguridad Social, así como de sus obliga-ciones tributarias con Hacienda del Estado y del Principadode Asturias.
Décima.—Pago de la subvención:
El abono de las subvenciones se hará efectivo previa jus-tificación en la forma establecida en la base novena de laconvocatoria.
La no justificación de la subvención dentro del plazo fijadodará lugar, automáticamente, a la pérdida del derecho a sucobro.
Undécima.—Obligaciones del beneficiario/a:
Son obligaciones del beneficiario/a:
a) Realizar la actividad para la que se concede la sub-vención. Cualquier modificación requerirá autorización pre-via de la Consejería.
b) Cumplir las condiciones impuestas por las presentesbases.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación que efec-túe la Administración del Principado de Asturias.
d) Comunicar a la Consejería, con especificación de sucuantía, la obtención de otras ayudas o subvenciones parala misma finalidad procedentes de otras AdministracionesPúblicas o de entes públicos o privados, nacionales ointernacionales.
e) Hacer constar en toda información o publicidad quese efectúe de la actividad que la misma está subvencionadapor la Consejería de Educación y Cultura del Principadode Asturias.
Duodécima.—Modificación:
La alteración de las condiciones tenidas en cuenta parala concesión de la subvención y, en todo caso, la obtenciónconcurrente de otras subvenciones o ayudas, podrá dar lugara la modificación de la resolución de concesión.
Decimotercera.—Revocación:
Tendrá lugar la revocación de la subvención concedidacuando se den los supuestos que recoge el art. 13 del Decreto71/92, de 29 de octubre, que regula el régimen general deconcesión de subvenciones.
Decimocuarta.—Normas subsidiarias:
La concurrencia a esta convocatoria supone la aceptaciónplena de las presentes bases.
Las cuestiones relacionadas con esta convocatoria que noestuvieran contenidas en sus bases serán resueltas por el Con-sejero de Educación y Cultura, atendiéndose en todo casoa lo dispuesto en el Decreto 71/92, de 29 de octubre, queregula el régimen general de concesión de subvenciones,modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero.
Anexo II
11–V–20016198 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
— • —
RESOLUCION de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocan sub-venciones para la formación artística.
Una de las características fundamentales de la labor artís-tica viene determinada por la constante evolución que el artis-ta, el creador, sufre a lo largo de su vida, evolución quesin duda deriva de la formación y el perfeccionamiento desus condiciones inicialmente innatas. Es por ello, que con
la finalidad de apoyar esa necesaria formación artística, ensus diversos ámbitos (artes escénicas, música, danza, cine yartes plásticas) se ha creado una línea de ayudas para cola-borar en esa tarea.
Vistos la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejode Gobierno del Principado de Asturias; el Decreto Legis-lativo 2/98, de 25 de junio, por el que se aprueba el textorefundido del Régimen Económico y Presupuestario; elDecreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula elrégimen de concesión de subvenciones, modificado por elDecreto 14/2000, de 10 de febrero, y la Ley del Principadode Asturias 3/2000, de 30 de diciembre, de PresupuestosGenerales para el 2001.
Considerando: Que en el art. 6 del Decreto 71/92 se deter-mina que las ayudas que se concedan con cargo a dotacionesinnominadas, globales o genéricas que figuren en los Pre-supuestos Generales del Principado de Asturias se otorgaránde acuerdo con los principios de publicidad, concurrenciay objetividad.
Por todo ello, en uso de las facultades a mí conferidas,por el artículo 21.4 de la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobreRégimen Jurídico de la Administración del Principado deAsturias, y de conformidad con el artículo 38 de la Ley 6/84,de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno delPrincipado de Asturias,
R E S U E L V O
Primero.—Acordar la convocatoria para la formación artís-tica en sus manifestaciones de artes escénicas, música, danza,cine y artes plásticas.
Segundo.—Autorizar el correspondiente gasto, por importede diez millones (10.000.000) de pesetas con cargo al concepto15.02.455C.481.04 de los Presupuestos Generales del Prin-cipado de Asturias para el 2001.
Tercero.—Aprobar las bases que han de regir la citada con-vocatoria y el modelo de solicitud, que se unen como anexosa la presente Resolución.
Cuarto.—Contra la presente Resolución podrá interponer-se recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno en elplazo de un mes a contar desde la publicación de la presenteResolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, sin perjuicio de que, de entenderlo oportuno, seinterponga cualquier otro que a juicio de las personas inte-resadas resulte más conveniente para la defensa de sus dere-chos e intereses.
En Oviedo, a 2 de mayo de 2001.—El Consejero de Edu-cación y Cultura.—7.476.
Anexo I
Convocatoria de subvenciones para la formación artística
BASES
Primera.—Objeto:
El objeto de la presente convocatoria es la concesión deayudas económicas para la formación artística en materiade artes escénicas, música, danza, cine y artes plásticas, enten-diendo por formación tanto la asistencia a seminarios, encuen-tros o cursos de corta duración como la realización de masters,posgrados o similares.
11–V–2001 6199BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Las actividades objeto de la presente convocatoria deberánestar terminadas el 16 de noviembre de 2001.
Se excluyen de esta convocatoria:
• Las entidades o personas beneficiarias de ayudas otor-gadas en anteriores convocatorias que no hayan jus-tificado documentalmente la realización de la actividaden la forma y plazos previstos en las bases de las res-pectivas convocatorias.
• Las entidades o actividades que puedan acogerse a otrasayudas de ésta u otras Consejerías por tener convo-catoria específica.
El importe de la subvención o ayuda en ningún caso podráser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia consubvenciones o ayudas de otras Administraciones o de otrosentes públicos o privados, iguale o supere el coste total dela actividad a desarrollar por la persona.
Segunda.—Requisitos:
Podrán solicitar estas subvenciones cualquier asturiano oresidente en el Principado, que acredite un mínimo nivelde formación en alguna de las materias señaladas o se acreditepor currículum una probada cualificación.
Tercera.—Cuantía:
Las ayudas, por importe total de diez millones (10.000.000)de pesetas, se financiarán con cargo al concepto15.02.455C.481.04 de los Presupuestos Generales del Prin-cipado de Asturias para el año 2001. La cuantía máxima delas mismas no excederá de 1.000.000 pesetas. Las subven-ciones tendrán consideración de ayudas para la realizaciónde los proyectos seleccionados con independencia del costede los mismos.
Cuarta.—Comisión de valoración:
Una Comisión de valoración, designada por el Consejerode Educación y Cultura, tras examinar las solicitudes y entre-vistarse con las personas solicitantes, si lo estima oportuno,estudiará y evaluará los proyectos. Dicha Comisión estarápresidida por la Directora General de Cultura, o por personaen quien delegue e integrada por un mínimo de tres y unmáximo de cinco personas relacionadas con la materia objetode la convocatoria y actuando, como Secretario/a, personaladscrito a la Dirección General de Cultura.
La Comisión elevará propuesta al Consejero de Educacióny Cultura, que resolverá la convocatoria.
Quinta.—Criterios para la adjudicación:
La Comisión valorará el currículum del solicitante y suformación académica, así como el interés, calidad y renta-bilidad cultural del programa de formación y el prestigio delcentro, institución o entidad encargada de la impartición.
En el caso de proyectos de interés en los que se apreciendeficiencias técnicas, la Consejería de Educación y Culturapodrá proponer modificaciones en los mismos, supeditandola concesión de ayudas a su aceptación.
Las ayudas podrán ser declaradas desiertas.
Sexta.—Presentación de solicitudes:
Las solicitudes, cumplimentadas según modelo oficial(anexo II), se presentarán en el Registro de la Consejeríade Educación y Cultura, o a través de los sistemas establecidos
en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y de Procedimiento Administra-tivo Común, en el plazo de 30 días naturales a contar desdeel día siguiente a la publicación de la presente convocatoriaen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Si,en uso de este derecho, el expediente es remitido por correo,deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitudsea fechada y sellada por personal de correos antes de quese proceda a su certificación.
La solicitud irá acompañada de los documentos siguientes:
a) Fotocopia del D.N.I. del solicitante y documento acre-ditativo de estar empadronado en Asturias, si el peticionariono ha nacido en la Comunidad Autónoma.
b) Currículum vitae del solicitante en el que se refleje suactividad en el campo cultural, y en especial en la materiapara la que se solicita la ayuda y en el que se recoja y acreditedocumentalmente el nivel de formación adquirido en lamateria.
c) Proyecto detallado de la acción formativa para la quese solicitó la ayuda, con especial referencia al propósito per-seguido, duración de la acción, identificación y dirección decentros, instituciones o entidades organizadoras, acompaña-do, de ser posible, de copia de anuncios o folletos referidosa los mismos.
d) Presupuesto detallado de la acción formativa.
e) Relación de solicitudes de ayuda cursadas a otros Orga-nismos Públicos o Entidades para el desarrollo de la actividady, en su caso, importe de las ayudas concedidas. Asimismo,se deberá indicar la aportación económica del solicitante parala realización de la misma.
f) Declaración responsable del solicitante de que se encuen-tra al corriente de sus obligaciones tributarias y del pagode cotizaciones a la Seguridad Social, de no ser deudor dela Hacienda del Principado de Asturias y de haber procedidoa justificar las subvenciones y ayudas concedidas con ante-rioridad por la Comunidad Autónoma.
Séptima.—Subsanación y mejoras de la solicitud:
Si la solicitud no estuviese acompañada de los documentoso datos exigidos se requerirá a la entidad o persona solicitantepara que, en el plazo de diez días, se subsane el defectocon apercibimiento de que, si no lo hiciese, se la considerarádecaída en su derecho, procediéndose al archivo del expe-diente sin más trámite.
Octava.—Plazo para resolver:
La Comisión de valoración estudiará las solicitudes pre-sentadas y propondrá al titular de la Consejería la concesiónde ayudas en el plazo máximo de tres meses a partir dela fecha límite de presentación de solicitudes. La Resoluciónotorgando las subvenciones se dictará en el plazo de los quincedías siguientes y se publicará en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias con lo que se considerarán notificadaslas personas interesadas.
Novena.—Justificación de la subvención:
El último día para la justificación por el beneficiario dela ayuda concedida será el 20 de noviembre de 2001 mediantela presentación de los siguientes documentos:
11–V–20016200 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
a) Memoria de la actividad subvencionada y de las con-diciones impuestas, en su caso, en la Resolución de concesión,en el que se recoja el desarrollo de la acción, los resultadosy los beneficios por el receptor.
b) Justificante de asistencia y aprovechamiento de la acciónformativa para la que fue concedida la ayuda.
c) Originales de las facturas de los gastos generados parala realización de la actividad. Las facturas deberán estar expe-didas en el año 2001 y reunir los siguientes requisitos: nombre,razón social y N.I.F. o C.I.F. de quien expida la factura, eI.V.A (si procede); nombre, dirección y N.I.F. o C.I.F delcomprador; el producto vendido o servicio prestado; fechay número de factura.
— Los justificantes necesariamente han de presentarserelacionados por temas, ordenados cronológicamente y tota-lizando el gasto por cada tema.
— Si el peticionario precisa la devolución de las facturaso documentos originales, deberá solicitarlo por escrito yadjuntar a los originales las fotocopias correspondientes paraque le sean devueltos, una vez que por el servicio corres-pondiente se diligencien según Instrucción de la Consejeríade Hacienda, sobre devolución de documentos presentadospara abono de las subvenciones concedidas por la Admi-nistración del Principado de Asturias.
d) Cuando la cuantía sea superior a quinientas mil (500.000)pesetas, el beneficiario habrá de justificar, mediante certi-ficado del órgano competente, estar al corriente de las coti-zaciones a la Seguridad Social, así como de sus obligacionestributarias con Hacienda del Estado y del Principado deAsturias.
Décima.—Pago de la subvención:
El abono de las subvenciones se hará efectivo previa jus-tificación en la forma establecida en la base novena.
La no justificación de la subvención dentro del plazo fijadodará lugar, automáticamente, a la pérdida del derecho a sucobro.
Undécima.—Obligaciones del beneficiario/a:
Son obligaciones del beneficiario/a:
a) Realizar sin alteraciones y en el tiempo acordado laactividad o proyecto para el que se concede la subvención.Cualquier modificación requerirá autorización previa de laConsejería.
b) Cumplir las condiciones con que se otorguen las ayudasy las impuestas por las presentes bases.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación que efec-túe la Administración del Principado de Asturias.
d) Comunicar a la Consejería, con especificación de lascuantías, la obtención de otras subvenciones o ayudas parala misma finalidad, procedentes de otras AdministracionesPúblicas o de entes públicos o privados, nacionales ointernacionales.
e) Hacer constar en toda información o publicidad quese efectúe de la actividad que la misma está subvencionadapor la Consejería de Educación y Cultura del Principadode Asturias.
Duodécima.—Modificación:
La alteración de las condiciones tenidas en cuenta parala concesión de la subvención y, en todo caso, la obtenciónconcurrente de otras subvenciones o ayudas, podrá dar lugara la modificación de la resolución de concesión.
Decimotercera.—Revocación:
Tendrá lugar la revocación de la subvención concedidacuando se den los supuestos que recoge el art. 13 del Decreto71/92, de 29 de octubre, que regula el régimen general deconcesión de subvenciones.
Decimocuarta.—Normas subsidiarias:
La concurrencia a esta convocatoria supone la aceptaciónplena de las presentes bases.
Las cuestiones relacionadas con esta convocatoria que noestuvieran contenidas en sus bases serán resueltas por el Con-sejero de Educación y Cultura, atendiéndose en todo casoa lo dispuesto en el Decreto 71/92, de 29 de octubre, queregula el régimen general de concesión de subvenciones,modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero.
Anexo II
11–V–2001 6201BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
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RESOLUCION de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocan sub-venciones para la formación de Responsables y GestoresCulturales, Archiveros, Bibliotecarios y Museólogos deAyuntamientos del Principado de Asturias.
Sin duda uno de los principales apoyos que debe utilizarla Administración del Principado de Asturias, y en especialla Consejería de Educación y Cultura a la hora de realizarsus tareas de promoción y difusión cultural, debe encontrarsenecesariamente en los Ayuntamientos que componen laComunidad, siendo por ello conveniente que quienes desem-peñen tareas de responsabilidad en la gestión cultural delos mismos, dispongan de una formación adecuada y suficientey que en la medida de lo posible, sea cada cierto tiempoactualizada. Por ello se estima conveniente abrir esta líneade ayudas para la formación de todos los que de una manerau otra realizan gestión cultural en las infraestructuras muni-cipales.
Vistos la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejode Gobierno del Principado de Asturias; el Decreto Legis-lativo 2/98, de 25 de junio, por el que se aprueba el textorefundido del Régimen Económico y Presupuestario; elDecreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula elrégimen de concesión de subvenciones, modificado por elDecreto 14/2000, de 10 de febrero, y la Ley del Principadode Asturias 3/2000, de 30 de diciembre, de PresupuestosGenerales para el 2001.
Considerando: Que en el art. 6 del Decreto 71/92 se deter-mina que las ayudas que se concedan con cargo a dotacionesinnominadas, globales o genéricas que figuren en los Pre-supuestos Generales del Principado de Asturias se otorgaránde acuerdo con los principios de publicidad, concurrenciay objetividad.
Por todo ello, en uso de las facultades a mí conferidas,por el artículo 21.4 de la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobreRégimen Jurídico de la Administración del Principado deAsturias, y de conformidad con el artículo 38 de la Ley 6/84,de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno delPrincipado de Asturias,
R E S U E L V O
Primero.—Acordar la convocatoria de subvenciones parala formación de Responsables y Gestores Culturales, Archi-veros, Bibliotecarios y Museólogos de Ayuntamientos delPrincipado de Asturias.
Segundo.—Autorizar el correspondiente gasto, por importede dos millones y medio (2.500.000) de pesetas con cargoal concepto 15.02.455C.461.09 de los Presupuestos Generalesdel Principado de Asturias para el 2001.
Tercero.—Aprobar las bases que han de regir la citada con-vocatoria y el modelo de solicitud, que se unen como Anexosa la presente Resolución.
Cuarto.—Contra la presente Resolución podrá interponer-se recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno en elplazo de un mes a contar desde la publicación de la presenteResolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, sin perjuicio de que, de entenderlo oportuno, seinterponga cualquier otro que a juicio de las entidades inte-resadas resulte más conveniente para la defensa de sus dere-chos e intereses.
Oviedo, a 2 de mayo de 2001.—El Consejero de Educacióny Cultura.—7.478.
Anexo I
Convocatoria de subvenciones para la formación de Respon-sables y Gestores Culturales, Archiveros, Bibliotecarios y Museó-
logos de Ayuntamientos del Principado de Asturias
BASES
Primera.—Objeto:
El objeto de la presente convocatoria es la concesión deayudas económicas para la formación del personal que presteservicios como Responsables y Gestores Culturales, Archi-veros, Bibliotecarios y Museólogos en los Ayuntamientos delPrincipado de Asturias, para la realización de masters, post-grados o similares, asistencia a congresos y jornadas de for-mación en cada una de las áreas antes mencionadas.
Las actividades objeto de la presente convocatoria deberánestar terminadas el 16 de noviembre de 2001.
Se excluyen de esta convocatoria:
• Las entidades beneficiarias de ayudas otorgadas en ante-riores convocatorias que no hayan justificado documen-talmente la realización de la actividad en la forma yplazos previstos en las bases de las respectivas con-vocatorias.
• Las entidades o actividades que puedan acogerse a otrasayudas de ésta u otras Consejerías por tener convo-catoria específica.
El importe de la subvención o ayuda en ningún caso podráser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia consubvenciones o ayudas de otras Administraciones o de otrosentes públicos o privados, iguale o supere el coste total dela actividad a desarrollar por la entidad.
Segunda.—Requisitos:
Podrán solicitar estas subvenciones cualquier Ayuntamien-to del Principado de Asturias que cuente con personal a suservicio de las categorías mencionadas y que pretenda par-ticipar en alguna actividad formativa de las relacionadas.
11–V–20016202 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Tercera.—Cuantía:
Las ayudas, por importe total de dos millones y medio(2.500.000) de pesetas, se financiarán con cargo al concepto15.02.455C.461.09 de los Presupuestos Generales del Prin-cipado de Asturias para el año 2001. La cuantía máxima delas mismas no excederá de 500.000 pesetas. Las subvencionestendrán consideración de ayudas para la realización de losproyectos seleccionados con independencia del coste de losmismos.
Cuarta.—Comisión de valoración:
Una Comisión de valoración, designada por el Consejerode Educación y Cultura, tras examinar las solicitudes y entre-vistarse con las entidades solicitantes, si lo estima oportuno,estudiará y evaluará los proyectos. Dicha Comisión estarápresidida por la Directora General de Cultura, o por personaen quien delegue e integrada por un mínimo de tres y unmáximo de cinco personas relacionadas con la materia objetode la convocatoria uno de ellos designado por la FederaciónAsturiana de Concejos y actuando, como Secretario/a, per-sonal adscrito a la Dirección General de Cultura.
La Comisión elevará propuesta al Consejero de Educacióny Cultura, que resolverá la convocatoria.
Quinta.—Criterios para la adjudicación:
La Comisión valorará el nivel y otras características delprograma de formación, la experiencia y cualificación del cen-tro, el interés en relación con los programas de la DirecciónGeneral de Cultura y la cualificación del personal para elque se solicitan las ayudas.
En el caso de proyectos de interés en los que se apreciendeficiencias técnicas, la Consejería de Educación y Culturapodrá proponer modificaciones en los mismos, supeditandola concesión de ayudas a su aceptación.
Las ayudas podrán ser declaradas desiertas.
Sexta.—Presentación de solicitudes:
Las solicitudes, cumplimentadas según modelo oficial(anexo II), se presentarán en el Registro de la Consejeríade Educación y Cultura, o a través de los sistemas establecidosen el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y de Procedimiento Administra-tivo Común, en el plazo de 30 días naturales a contar desdeel día siguiente a la publicación de la presente convocatoriaen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Si,en uso de este derecho, el expediente es remitido por correo,deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitudsea fechada y sellada por personal de correos antes de quese proceda a su certificación.
La solicitud irá acompañada de los documentos siguientes:
a) Fotocopia del D.N.I. de la persona para la que se solicitala ayuda, así como documentación firmada por él en la quese manifieste conforme con la petición.
b) Fotocopia del nombramiento o contrato firmado porel Gestor Cultural, Archivero, Bibliotecario o Museólogo,o, en su caso, del nombramiento como responsable del áreade cultura.
c) Descripción pormenorizada del programa de formaciónque se pretende realizar, con indicación del Centro que loimparte, profesorado, número de horas, periodo que com-prende, materias, etc....
d) Presupuesto completo desglosado en: matrícula, viajesy estancia (alojamiento y manutención).
e) Relación de solicitudes de ayuda cursadas a otros orga-nismos públicos o entidades para el desarrollo de la actividady, en su caso, importe de las ayudas concedidas. Asimismo,se deberá indicar la aportación económica de la entidad soli-citante para la realización de la misma.
Séptima.—Subsanación y mejoras de la solicitud:
Si la solicitud no estuviese acompañada de los documentoso datos exigidos se requerirá a la entidad solicitante paraque, en el plazo de diez días, se subsane el defecto con aper-cibimiento de que, si no lo hiciese, se la considerará decaídaen su derecho, procediéndose al archivo del expediente sinmás trámite.
Octava.—Plazo para resolver:
La Comisión de valoración estudiará las solicitudes pre-sentadas y propondrá al titular de la Consejería la concesiónde ayudas en el plazo máximo de tres meses a partir dela fecha límite de presentación de solicitudes. La Resoluciónotorgando las subvenciones se dictará en el plazo de los quincedías siguientes y se publicará en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias con lo que se considerará notificadaa las entidades interesadas.
Novena.—Justificación de la subvención:
El último día para la justificación por el beneficiario dela ayuda concedida será el 20 de noviembre de 2001 mediantela presentación de los siguientes documentos:
a) Memoria de la actividad subvencionada y de las con-diciones impuestas, en su caso, en la Resolución de concesión.
b) Copia de los documentos o facturas originales com-pulsadas por el Secretario de la Entidad Local.
c) Informe del Interventor de la Entidad Local comprensivade las subvenciones o ayudas concedidas para la misma fina-lidad por otras Administraciones u organismos públicos, conindicación de sus respectivas cuantías o, en su caso, informenegativo sobre dichos extremos.
Décima.—Pago de la subvención:
El abono de las subvenciones se hará efectivo previa jus-tificación en la forma establecida en la base novena.
La no justificación de la subvención dentro del plazo fijadodará lugar, automáticamente, a la pérdida del derecho a sucobro.
Undécima.—Obligaciones del beneficiario:
Son obligaciones del beneficiario:
a) Realizar sin alteraciones y en el tiempo acordado laactividad o proyecto para el que se concede la subvención.Cualquier modificación requerirá autorización previa de laConsejería.
b) Cumplir las condiciones con que se otorguen las ayudasy las impuestas por las presentes bases.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación que efec-túe la Administración del Principado de Asturias.
11–V–2001 6203BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
d) Comunicar a la Consejería, con especificación de lascuantías, la obtención de otras subvenciones o ayudas parala misma finalidad, procedentes de otras AdministracionesPúblicas o de entes públicos o privados, nacionales ointernacionales.
e) Hacer constar en toda información o publicidad quese efectúe de la actividad que la misma está subvencionadapor la Consejería de Educación y Cultura del Principadode Asturias.
Duodécima.—Modificación:
La alteración de las condiciones tenidas en cuenta parala concesión de la subvención y, en todo caso, la obtenciónconcurrente de otras subvenciones o ayudas, podrá dar lugara la modificación de la resolución de concesión.
Decimotercera.—Revocación:
Tendrá lugar la revocación de la subvención concedidacuando se den los supuestos que recoge el art. 13 del Decreto71/92, de 29 de octubre, que regula el régimen general deconcesión de subvenciones.
Decimocuarta.—Normas subsidiarias:
La concurrencia a esta convocatoria supone la aceptaciónplena de las presentes bases.
Las cuestiones relacionadas con esta convocatoria que noestuvieran contenidas en sus bases serán resueltas por el Con-sejero de Educación y Cultura, atendiéndose en todo casoa lo dispuesto en el Decreto 71/92, de 29 de octubre, queregula el régimen general de concesión de subvenciones,modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero.
Anexo II
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RESOLUCION de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocan sub-venciones para el fomento de la creación literaria.
Fomentar la creatividad literaria contribuye sin duda adesarrollar el contenido cultural de la sociedad, máximeteniendo en cuenta la importancia de la literatura, en cual-quiera de sus múltiples manifestaciones, en nuestro tiempo.Es por ello que la Consejería de Educación y Cultura delPrincipado de Asturias ha decidido crear una línea de ayudasespecíficas para contribuir al de la creación literaria.
Vistos la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejode Gobierno del Principado de Asturias; el Decreto Legis-lativo 2/98, de 25 de junio, por el que se aprueba el textorefundido del Régimen Económico y Presupuestario; elDecreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula elrégimen de concesión de subvenciones, modificado por elDecreto 14/2000, de 10 de febrero, y la Ley del Principadode Asturias 3/2000, de 30 de diciembre, de PresupuestosGenerales para el 2001.
Considerando: Que en el art. 6 del Decreto 71/92 se deter-mina que las ayudas que se concedan con cargo a dotacionesinnominadas, globales o genéricas que figuren en los Pre-supuestos Generales del Principado de Asturias se otorgaránde acuerdo con los principios de publicidad, concurrenciay objetividad.
Por todo ello, en uso de las facultades a mí conferidas,por el artículo 21.4 de la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobreRégimen Jurídico de la Administración del Principado deAsturias, y de conformidad con el artículo 38 de la Ley 6/84,de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno delPrincipado de Asturias,
11–V–20016204 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
R E S U E L V O
Primero.—Acordar la convocatoria de subvenciones parael fomento de la creación literaria.
Segundo.—Autorizar el correspondiente gasto, por importede cuatro millones (4.000.000) de pesetas con cargo al con-cepto 15.02.455C.481.04 de los Presupuestos Generales delPrincipado de Asturias para el 2001.
Tercero.—Aprobar las bases que han de regir la citada con-vocatoria y el modelo de solicitud, que se unen como Anexosa la presente Resolución.
Cuarto.—Contra la presente Resolución podrá interponer-se recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno en elplazo de un mes a contar desde la publicación de la presenteResolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, sin perjuicio de que, de entenderlo oportuno, seinterponga cualquier otro que a juicio de las personas inte-resadas resulte más conveniente para la defensa de sus dere-chos e intereses.
Oviedo, a 2 de mayo de 2001.—El Consejero de Educacióny Cultura.—7.474.
Anexo I
Convocatoria de subvenciones para el fomento de la creaciónliteraria
BASES
Primera.—Objeto:
El objeto de la presente convocatoria es la concesión deayudas económicas para el fomento de la creación literariaen las modalidades de poesía, narrativa, teatro y ensayo sobrecualquier tema. Quedan excluidos de la presente convocatorialos trabajos de investigación.
Las actividades objeto de la presente convocatoria deberánestar terminadas el 16 de noviembre de 2001.
Se excluyen de esta convocatoria:
• Las personas beneficiarias de ayudas otorgadas en ante-riores convocatorias que no hayan justificado documen-talmente la realización de la actividad en la forma yplazos previstos en las bases de las respectivas con-vocatorias.
• Las personas o actividades que puedan acogerse a otrasayudas de ésta u otras Consejerías por tener convo-catoria específica.
El importe de la subvención o ayuda en ningún caso podráser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia consubvenciones o ayudas de otras Administraciones o de otrosentes públicos o privados, iguale o supere el coste total dela actividad a desarrollar por la persona.
Segunda.—Requisitos:
Podrán solicitar estas subvenciones cualquier asturiano oresidente en el Principado de Asturias que con experienciay preparación suficiente desee realizar un trabajo de cual-quiera de los campos citados.
Tercera.—Cuantía:
Las ayudas, por importe total de cuatro millones (4.000.000)de pesetas, se financiarán con cargo al concepto15.02.455C.481.04 de los Presupuestos Generales del Prin-
cipado de Asturias para el año 2001. La cuantía máxima delas mismas no excederá de 500.000 pesetas. Las subvencionestendrán consideración de ayudas para la realización de losproyectos seleccionados con independencia del coste de losmismos.
Cuarta.—Comisión de valoración:
Una Comisión de valoración, designada por el Consejerode Educación y Cultura, tras examinar las solicitudes y entre-vistarse con las personas solicitantes, si lo estima oportuno,estudiará y evaluará los proyectos. Dicha Comisión estarápresidida por la Directora General de Cultura, o por personaen quien delegue e integrada por un mínimo de tres y unmáximo de cinco personas relacionadas con la materia objetode la convocatoria y actuando, como Secretario/a, personaladscrito a la Dirección General de Cultura.
La Comisión elevará propuesta al Consejero de Educacióny Cultura, que resolverá la convocatoria.
Quinta.—Criterios para la adjudicación:
La Comisión valorará el mayor interés para el desarrollode la cultura asturiana, así como las garantías de calidaddel proyecto y de la incidencia en el desarrollo de la creaciónliteraria del autor.
En el caso de proyectos de interés en los que se apreciendeficiencias técnicas, la Consejería de Educación y Culturapodrá proponer modificaciones en los mismos, supeditandola concesión de ayudas a su aceptación.
Las ayudas podrán ser declaradas desiertas.
Sexta.—Presentación de solicitudes:
Las solicitudes, cumplimentadas según modelo oficial(anexo II), se presentarán en el Registro de la Consejeríade Educación y Cultura o a través de los sistemas establecidosen el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y de Procedimiento Administra-tivo Común, en el plazo de 30 días naturales a contar desdeel día siguiente a la publicación de la presente convocatoriaen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Si,en uso de este derecho, el expediente es remitido por correo,deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitudsea fechada y sellada por personal de Correos antes de quese proceda a su certificación.
La solicitud irá acompañada de los documentos siguientes:
a) Fotocopia del D.N.I. del solicitante y documento acre-ditativo de estar empadronado en Asturias, si el peticionariono ha nacido en la Comunidad Autónoma.
b) Currículum vitae del solicitante, con especial menciónde los estudios realizados, actividades profesionales desem-peñadas y publicaciones con las que cuenta.
c) Memoria detallada y explicativa del trabajo que se pro-yecta realizar, enunciando el carácter, alcance y propósitode la obra.
d) Muestra del trabajo para el que se solicita ayuda, conuna extensión no inferior a 5 folios para poesía y 15 parael resto de las modalidades.
e) Relación de solicitudes de ayuda cursadas a otros orga-nismos públicos o entidades para el desarrollo de la actividady, en su caso, importe de las ayudas concedidas. Asimismo,se deberá indicar la aportación económica del solicitante parala realización de la misma.
11–V–2001 6205BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
f) Declaración responsable del solicitante de que se encuen-tra al corriente de sus obligaciones tributarias y del pagode cotizaciones a la Seguridad Social, de no ser deudor dela Hacienda del Principado de Asturias y de haber procedidoa justificar las subvenciones y ayudas concedidas con ante-rioridad por la Comunidad Autónoma.
Séptima.—Subsanación y mejoras de la solicitud:
Si la solicitud no estuviese acompañada de los documentoso datos exigidos se requerirá a la persona solicitante paraque, en el plazo de diez días, se subsane el defecto con aper-cibimiento de que, si no lo hiciese, se la considerará decaídaen su derecho, procediéndose al archivo del expediente sinmás trámite.
Octava.—Plazo para resolver:
La Comisión de valoración estudiará las solicitudes pre-sentadas y propondrá al titular de la Consejería la concesiónde ayudas en el plazo máximo de tres meses a partir dela fecha límite de presentación de solicitudes. La Resoluciónotorgando las subvenciones se dictará en el plazo de los quincedías siguientes y se publicará en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, con lo que se considerará notificadaa las personas interesadas.
Novena.—Justificación de la subvención:
El último día para la justificación por el beneficiario dela ayuda concedida será el 20 de noviembre de 2001 mediantela presentación de los siguientes documentos:
a) Memoria de la actividad subvencionada y de las con-diciones impuestas en su caso.
b) Original del trabajo para el que se concede la ayuda,mecanografiado, paginado y encuadernado.
Décima.—Pago de la subvención:
El abono de las subvenciones se hará efectivo previa jus-tificación en la forma establecida en la base novena.
La no justificación de la subvención dentro del plazo fijadodará lugar, automáticamente, a la pérdida del derecho a sucobro.
Undécima.—Obligaciones del beneficiario/a:
Son obligaciones del beneficiario/a:
a) Realizar sin alteraciones y en el tiempo acordado laactividad o proyecto para el que se concede la subvención.Cualquier modificación requerirá autorización previa de laConsejería.
b) Cumplir las condiciones con que se otorguen las ayudasy las impuestas por las presentes bases.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación que efec-túe la Administración del Principado de Asturias.
d) Comunicar a la Consejería, con especificación de lascuantías, la obtención de otras subvenciones o ayudas parala misma finalidad, procedentes de otras AdministracionesPúblicas o de entes públicos o privados, nacionales ointernacionales.
e) Hacer constar en toda información o publicidad quese efectúe de la actividad que la misma está subvencionadapor la Consejería de Educación y Cultura del Principadode Asturias.
Duodécima.—Modificación:
La alteración de las condiciones tenidas en cuenta parala concesión de la subvención y, en todo caso, la obtenciónconcurrente de otras subvenciones o ayudas, podrá dar lugara la modificación de la resolución de concesión.
Decimotercera.—Revocación:
Tendrá lugar la revocación de la subvención concedidacuando se den los supuestos que recoge el art. 13 del Decreto71/92, de 29 de octubre, que regula el régimen general deconcesión de subvenciones.
Decimocuarta.—Normas subsidiarias:
La concurrencia a esta convocatoria supone la aceptaciónplena de las presentes bases.
Las cuestiones relacionadas con esta convocatoria que noestuvieran contenidas en sus bases serán resueltas por el Con-sejero de Educación y Cultura, atendiéndose en todo casoa lo dispuesto en el Decreto 71/92, de 29 de octubre, queregula el régimen general de concesión de subvenciones,modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero.
11–V–20016206 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
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RESOLUCION de 2 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convocan sub-venciones para actividades cinematográficas y de vídeo.
Atendiendo a la gran importancia que en este momentohan adquirido las actividades cinematográficas y de vídeocomo forma de creación artística y cultural, la Consejeríade Educación y Cultura, en el cumplimiento de su funda-mental cometido de promoción de la cultura, considera nece-sario abrir unas líneas de ayudas económicas para el desarro-llo de actividades cinematográficas y de vídeo en la Comu-nidad Autónoma del Principado de Asturias.
Vistos la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejode Gobierno del Principado de Asturias; el Decreto Legis-lativo 2/98, de 25 de junio, por el que se aprueba el textorefundido del Régimen Económico y Presupuestario; elDecreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula elrégimen de concesión de subvenciones, modificado por elDecreto 14/2000, de 10 de febrero, y la Ley del Principadode Asturias 3/2000, de 30 de diciembre, de PresupuestosGenerales para el 2001.
Considerando: Que en el art. 6 del Decreto 71/92 se deter-mina que las ayudas que se concedan con cargo a dotacionesinnominadas, globales o genéricas que figuren en los Pre-supuestos Generales del Principado de Asturias se otorgaránde acuerdo con los principios de publicidad, concurrenciay objetividad.
Por todo ello, en uso de las facultades a mí conferidas,por el artículo 21.4 de la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobreRégimen Jurídico de la Administración del Principado deAsturias, y de conformidad con el artículo 38 de la Ley 6/84,de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno delPrincipado de Asturias,
R E S U E L V O
Primero.—Acordar la convocatoria de subvenciones paraactividades cinematográficas y de vídeo.
Segundo.—Autorizar el correspondiente gasto, por importede seis millones (6.000.000) de pesetas con cargo al concepto15.02.455C.481.04 de los Presupuestos Generales del Prin-cipado de Asturias para el 2001.
Tercero.—Aprobar las bases que han de regir la citada con-vocatoria y el modelo de solicitud, que se unen como Anexosa la presente Resolución.
Cuarto.—Contra la presente Resolución podrá interponer-se recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno en elplazo de un mes a contar desde la publicación de la presenteResolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, sin perjuicio de que, de entenderlo oportuno, seinterponga cualquier otro que a juicio de las personas inte-resadas resulte más conveniente para la defensa de sus dere-chos e intereses.
Oviedo, a 2 de mayo de 2001.—El Consejero de Educacióny Cultura.—7.475.
Anexo I
Convocatoria de subvenciones para actividades cinematográ-ficas y de vídeo
BASES
Primera.—Objeto:
El objeto de la presente convocatoria es la concesión deayudas económicas con destino a la realización de actividadescinematográficas y de vídeo para:
— Producción de películas y vídeos.— Realización de proyectos íntimamente ligados con la
imagen (vídeo- instalaciones...).
Las actividades objeto de la presente convocatoria deberánestar terminadas el 16 de noviembre de 2001.
Se excluyen de esta convocatoria:
• Las entidades o personas beneficiarias de ayudas otor-gadas en anteriores convocatorias que no hayan jus-tificado documentalmente la realización de la actividaden la forma y plazos previstos en las bases de las res-pectivas convocatorias.
• Las entidades o actividades que puedan acogerse a otrasayudas de ésta u otras Consejerías por tener convo-catoria específica.
El importe de la subvención o ayuda en ningún caso podráser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia consubvenciones o ayudas de otras Administraciones o de otrosentes públicos o privados, iguale o supere el coste total dela actividad a desarrollar por la entidad o persona.
Segunda.—Requisitos:
Podrán solicitar estas subvenciones cualquier asturiano oresidente en el Principado, o asociación domiciliada en Astu-rias. Cuando se trate de una Asociación ha de hallarse inscritaen el Registro de Asociaciones al amparo de la Ley 191/64,de 24 de diciembre, y tener su domicilio social en Asturias.
Tercera.—Cuantía:
Las ayudas, por importe total de seis millones (6.000.000)de pesetas, se financiarán con cargo al concepto15.02.455C.481.04 de los Presupuestos Generales del Prin-cipado de Asturias para el 2001. La cuantía máxima de lasmismas no excederá de un millón (1.000.000) de pesetas.Las subvenciones tendrán consideración de ayudas para larealización de los proyectos seleccionados con independenciadel coste de los mismos.
11–V–2001 6207BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Cuarta.—Comisión de valoración:
Una Comisión de valoración, designada por el Consejerode Educación y Cultura, tras examinar las solicitudes y entre-vistarse con las entidades o personas solicitantes, si lo estimaoportuno, estudiará y evaluará los proyectos. Dicha Comisiónestará presidida por la Directora General de Cultura, o porpersona en quien delegue e integrada por un mínimo detres y un máximo de cinco personas relacionadas con la mate-ria objeto de la convocatoria y actuando, como Secretario/a,personal adscrito a la Dirección General de Cultura.
La Comisión elevará propuesta al Consejero de Educacióny Cultura, que resolverá la convocatoria.
Quinta.—Criterios para la adjudicación:
Se considerará preferentemente la trayectoria artística delos responsables del proyecto, su interés cultural, garantíade la calidad artística y técnica, incidencia de su posible difu-sión y experimentación e investigación en el campo de laimagen y aportación económica del solicitante para eldesarrollo del proyecto.
En el caso de proyectos de interés en los que se apreciendeficiencias técnicas, la Consejería de Educación y Culturapodrá proponer modificaciones en los mismos, supeditandola concesión de ayudas a su aceptación.
Las ayudas podrán ser declaradas desiertas.
Sexta.—Presentación de solicitudes:
Las solicitudes, cumplimentadas según modelo oficial(anexo II), se presentarán en el Registro de la Consejeríade Educación y Cultura, o a través de los sistemas establecidosen el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y de Procedimiento Administra-tivo Común, en el plazo de 30 días naturales a contar desdeel día siguiente a la publicación de la presente convocatoriaen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Si,en uso de este derecho, el expediente es remitido por correo,deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitudsea fechada y sellada por personal de correos antes de quese proceda a su certificación.
La solicitud irá acompañada de los documentos siguientes:
Si se trata de asociación:
a) Fotocopia del C.I.F. de la entidad y del D.N.I. de suPresidente/a o, en su caso, representante, así como documentoacreditativo de estar inscrita en el Registro de Asociacionesal amparo de la Ley 191/64 y de algún documento que acrediteque la entidad solicitante tiene su domicilio en Asturias, siesta circunstancia no se recoge en el documento citadoanteriormente.
En el caso de que alguno de estos documentos hubieransido presentados en la anterior convocatoria y siempre queno se produjeran modificaciones, se podrá ejercer el derechoa no presentar aquellos que ya se encuentren en poder dela Administración actuante según el art. 35 f) de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, siempre que se indiqueexpresamente.
b) Memoria de actividades realizadas en este campo, duran-te el año 2000, por la asociación solicitante.
c) Proyecto de la actividad o programa para el que se solicitala subvención, detallando el calendario, la fase de pre-pro-ducción y financiación, equipo técnico y artístico, producción,postproducción, distribución y explotación comercial, adjun-tando guión y si es posible story-board.
d) Presupuesto detallado de gastos de la actividad parala que se solicita ayuda.
e) Relación de solicitudes de ayuda cursadas a otros orga-nismos públicos o entidades para el desarrollo de la actividady, en su caso, importe de las ayudas concedidas. Asimismo,se deberá indicar la aportación económica de la entidad soli-citante para la realización de la misma.
f) Declaración responsable de que la entidad se encuentraal corriente de sus obligaciones tributarias y del pago de coti-zaciones a la Seguridad Social, de no ser deudora de laHacienda del Principado de Asturias y de haber procedidoa justificar las subvenciones y ayudas concedidas con ante-rioridad por la Comunidad Autónoma.
Si se trata de un peticionario individual:
a) Fotocopia del D.N.I. del solicitante y documento acre-ditativo de estar empadronado en Asturias, si el peticionariono ha nacido en la Comunidad Autónoma.
En el caso de que alguno de estos documentos hubieransido presentados en la anterior convocatoria y siempre queno se produjeran modificaciones, los solicitantes podrán ejer-cer el derecho a no presentar aquellos que ya se encuentrenen poder de la Administración actuante según el art. 35 f)de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, siempre quelo indiquen expresamente.
b) Currículum vitae del solicitante en el que se refleje suactividad en este campo.
c) Proyecto de la actividad o programa para el que se solicitala subvención, detallando el calendario, la fase de pre-pro-ducción y financiación, equipo técnico y artístico, producción,postproducción, distribución y explotación comercial, adjun-tando guión y si es posible story-board.
d) Presupuesto detallado de gastos de la actividad parala que se solicita ayuda.
e) Relación de solicitudes de ayuda cursadas a otros orga-nismos públicos o entidades para el desarrollo de la actividady, en su caso, importe de las ayudas concedidas. Asimismo,se deberá indicar la aportación económica del solicitante parala realización de la misma.
f) Declaración responsable del solicitante de que se encuen-tra al corriente de sus obligaciones tributarias y del pagode cotizaciones a la Seguridad Social, de no ser deudor dela Hacienda del Principado de Asturias y de haber procedidoa justificar las subvenciones y ayudas concedidas con ante-rioridad por la Comunidad Autónoma.
Séptima.—Subsanación y mejoras de la solicitud:
Si la solicitud no estuviese acompañada de los documentoso datos exigidos se requerirá a la entidad o persona solicitantepara que, en el plazo de diez días, se subsane el defectocon apercibimiento de que, si no lo hiciese, se la considerarádecaída en su derecho, procediéndose al archivo del expe-diente sin más trámite.
Octava.—Plazo para resolver:
La Comisión de valoración estudiará las solicitudes pre-sentadas y propondrá al titular de la Consejería la concesiónde ayudas en el plazo máximo de tres meses a partir dela fecha límite de presentación de solicitudes. La Resoluciónotorgando las subvenciones se dictará en el plazo de los quince
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días siguientes y se publicará en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias con lo que se considerarán notificadaa las entidades y personas interesadas.
Novena.—Justificación de la subvención:
El último día para la justificación de la ayuda concedidaserá el 20 de noviembre de 2001 mediante la presentaciónde los siguientes documentos:
a) Memoria de la actividad subvencionada y de las con-diciones impuestas en su caso, en la Resolución de concesión,así como entrega de una copia de la película o vídeo o, ensu defecto, poner el material original a disposición de la Con-sejería para su reproducción donde deberá figurar que hasido subvencionada por la Consejería de Educación y Cultura.
b) Originales de las facturas de los gastos generados parala realización de la actividad. Las facturas deberán estar expe-didas en el año 2001 y reunir los siguientes requisitos: nombre,razón social y N.I.F. o C.I.F. de quien expida la factura, eI.V.A (si procede); nombre, dirección y N.I.F. o C.I.F dequien compra; el producto vendido o servicio prestado; fechay número de factura.
— Los justificantes necesariamente han de presentarserelacionados por temas, ordenados cronológicamente y tota-lizando el gasto por cada tema.
— Si se precisa la devolución de las facturas o documentosoriginales, deberá solicitarse por escrito y adjuntar a los ori-ginales las fotocopias correspondientes para que sean devuel-tas, una vez que por el servicio correspondiente se diligenciensegún Instrucción de la Consejería de Hacienda, sobre devo-lución de documentos presentados para abono de las sub-venciones concedidas por la Administración del Principadode Asturias.
c) Cuando la cuantía sea superior a quinientas mil (500.000)pesetas, se habrá de justificar, mediante certificado del órganocompetente, estar al corriente de las cotizaciones a la Segu-ridad Social, así como de sus obligaciones tributarias conHacienda del Estado y del Principado de Asturias.
Décima.—Pago de la subvención:
El abono de las subvenciones se hará efectivo previa jus-tificación en la forma establecida en la base novena.
La no justificación de la subvención dentro del plazo fijadodará lugar, automáticamente, a la pérdida del derecho a sucobro.
Undécima.—Obligaciones del beneficiario/a:
Son obligaciones del beneficiario/a:
a) Realizar sin alteraciones y en el tiempo acordado laactividad o proyecto para el que se concede la subvención.Cualquier modificación requerirá autorización previa de laConsejería.
b) Cumplir las condiciones con que se otorguen las ayudasy las impuestas por las presentes bases.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación que efec-túe la Administración del Principado de Asturias.
d) Comunicar a la Consejería, con especificación de lascuantías, la obtención de otras subvenciones o ayudas parala misma finalidad, procedentes de otras AdministracionesPúblicas o de entes públicos o privados, nacionales ointernacionales.
e) Hacer constar en toda información o publicidad quese efectúe de la actividad que la misma está subvencionadapor la Consejería de Educación y Cultura del Principadode Asturias.
Duodécima.—Modificación:
La alteración de las condiciones tenidas en cuenta parala concesión de la subvención y, en todo caso, la obtenciónconcurrente de otras subvenciones o ayudas, podrá dar lugara la modificación de la resolución de concesión.
Decimotercera.—Revocación:
Tendrá lugar la revocación de la subvención concedidacuando se den los supuestos que recoge el art. 13 del Decreto71/92, de 29 de octubre, que regula el régimen general deconcesión de subvenciones.
Decimocuarta.—Normas subsidiarias:
La concurrencia a esta convocatoria supone la aceptaciónplena de las presentes bases.
Las cuestiones relacionadas con esta convocatoria que noestuvieran contenidas en sus bases serán resueltas por el Con-sejero de Educación y Cultura, atendiéndose en todo casoa lo dispuesto en el Decreto 71/92, de 29 de octubre, queregula el régimen general de concesión de subvenciones,modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero.
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RESOLUCION de 3 de mayo de 2001, de la Consejeríade Educación y Cultura, por la que se convoca la cele-bración de las pruebas de acceso a Ciclos Formativosde Grado Medio y Superior, correspondientes a la For-mación Profesional Específica en el Principado deAsturias.
La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (“Boletín Oficialdel Estado” del 4), de Ordenación General del Sistema Edu-cativo, define en el capítulo IV del título primero la con-figuración de la nueva ordenación académica de la FormaciónProfesional. En su artículo 32 establece el acceso medianteprueba a los Ciclos Formativos de Grado Medio y GradoSuperior, que ha de ser regulado por la administracióneducativa.
El artículo 6 del Real Decreto 676/1993, de 7 de mayo(“Boletín Oficial del Estado” del 22), por el que se establecenlas directrices generales sobre los títulos y las correspondien-tes enseñanzas mínimas de Formación Profesional, está dedi-cado al acceso a los ciclos formativos para quienes no cumplenlos requisitos académicos de acceso.
El Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (“Boletín Oficialdel Estado” de 8 de mayo), por el que se desarrollan deter-minados aspectos de la ordenación de la Formación Pro-fesional en el ámbito del sistema educativo, establece con-diciones de acceso en su artículo tres y la disposición adicionaltercera amplía el ámbito de validez de la certificación dela prueba de acceso.
La Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales,Administrativas y de Orden Social, en el artículo 69, modifica
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la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Gene-ral del Sistema Educativo, añadiendo un tercer apartado alartículo 32 de dicha Ley, según la cual podrán concurrir ala prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superiorquienes tengan 18 años de edad, si acreditan estar en posesióndel título de Técnico de la misma familia profesional o deuna familia afín reglamentariamente establecida. Vistos elartículo 18 del Estatuto de Autonomía del Principado deAsturias, el Real Decreto 2.081/1999, de 30 de diciembre,sobre traspaso de funciones y servicios de la Administracióndel Estado al Principado de Asturias en materia de enseñanzano universitaria, y el artículo 14 de la Ley 2/1995, de 3 demarzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Prin-cipado de Asturias.
En consecuencia y a propuesta de la Dirección Generalde Ordenación Académica y Formación Profesional de laViceconsejería de Educación, por la presente,
R E S U E L V O
Primero.—Aprobar las bases para la celebración de prue-bas de acceso a Ciclos Formativos de Formación ProfesionalEspecífica, de acuerdo con los currículos vigentes para laEducación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato en loscentros del Principado de Asturias.
Segundo.—Hacer pública la convocatoria mediante lapublicación de las bases en el BOLETIN OFICIAL del Prin-cipado de Asturias.
Tercero.—Contra la presente Resolución cabe interponerrecurso de súplica ante el Consejo de Gobierno del Principadode Asturias en el plazo de un mes desde su publicación,sin perjuicio de que, de entenderlo oportuno, se interpongacualquier otro recurso que, a juicio de los interesados, resultemás conveniente para la defensa de sus derechos o intereses.
Oviedo, a 3 de mayo de 2001.—El Consejero de Educacióny Cultura, Javier Fernández Vallina.—7.488.
Anexo I
Primero.—Objeto de la convocatoria:
Convocar la celebración de pruebas de acceso a CiclosFormativos de Formación Profesional Específica, de acuerdocon los currículos vigentes para la Educación Secundaria Obli-gatoria y el Bachillerato en los centros del Principado deAsturias.
Segundo.—Período de inscripción y calendario de las pruebas:
1. El período de inscripción a las pruebas de acceso paraCiclos Formativos de Grados Medio y Superior estará com-prendido entre los días 14 y 31 de mayo del presente año,ambos inclusive.
2. La realización de las pruebas de acceso a Ciclos For-mativos de Formación Profesional Específica será el día 21de junio del 2001 para los ciclos de Grado Superior y eldía 25 de junio para los alumnos de Grado Medio, ajustándosea lo dispuesto en la presente Resolución.
Tercero.—Lugar para la formalización de la inscripción:
Cada solicitante presentará una única instancia, en losInstitutos de Educación Secundaria cuya relación se acom-paña en el anexo IV, en donde se relacionan las familiasprofesionales que en cada caso correspondan.
Cuarto.—Requisitos de participación:
1. Para concurrir a la prueba de acceso a Ciclos For-mativos de Grado Medio es preciso cumplir alguna de lassiguientes condiciones:
a) Tener como mínimo 18 años cumplidos en el año natu-ral en que se realiza la prueba.
b) Acreditar, al menos, un año de experiencia laboralen la fecha de realización de la prueba.
c) Haber superado un programa de garantía social.
2. Para concurrir a la prueba de acceso a Ciclos For-mativos de Grado Superior:
a) Las personas que tengan cumplidos los 20 años deedad en el año natural en que se realiza la prueba.
b) Para quienes acrediten estar en posesión del título deTécnico y deseen acceder a un ciclo formativo de grado supe-rior de la misma familia profesional, el requisito de edadpara la realización de la prueba, en virtud de la Ley 55/1999,de 29 de diciembre, será tener cumplidos 18 años o cumplirlosen el año natural en que se realiza la prueba.
Quinto.—Documentación a presentar:
1. Para efectuar la inscripción, todos los aspirantes debe-rán presentar:
• Solicitud de inscripción, según modelo normalizado quefigura en el anexo V de esta Resolución.
• Documento nacional de identidad o pasaporte, del cualse entregará fotocopia debidamente compulsada.
2. Además, para quienes concurran por la condición b)o c) del apartado cuarto, deberán aportar, respectivamente,la documentación siguiente:
a) Acreditación de al menos un año de actividad laboralmediante el informe de vida laboral certificado por la Teso-rería General de la Seguridad Social o por la MutualidadLaboral a la que estuviera afiliado.
b) Certificado de haber superado un programa de garan-tía social o certificación de estar cursándolo. En este últimocaso el aspirante deberá acreditar, antes de la realizaciónde la prueba, la superación del mismo.
3. Para quienes concurran a la prueba de acceso a CiclosFormativos de Grado Superior con 18 años cumplidos enel año natural en que se realiza la prueba, deberán presentarel título de Técnico o resguardo acreditativo de haberlo soli-citado o libro de calificaciones de Formación Profesional,y entregar fotocopia debidamente compulsada.
Sexto.—Organos evaluadores:
1. La realización, evaluación y calificación de las pruebascorrerá a cargo de las denominadas, en adelante, ComisionesEvaluadoras.
2. Las Comisiones Evaluadoras serán nombradas por laDirección General de Ordenación Académica y FormaciónProfesional a propuesta de la Inspección Educativa y deServicios.
3. Las Comisiones Evaluadoras estarán constituidas porun Presidente y cuatro o cinco Vocales pertenecientes a losCuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Pro-fesores Técnicos de Formación Profesional que presten ser-vicio en Institutos de Educación Secundaria.
Actuará de Presidente un miembro de la Inspección deEducación y de Servicios o un Director de un Instituto deEducación Secundaria, y el Secretario será el Vocal de menoredad.
A propuesta del Presidente, podrán incorporarse a cadaComisión Evaluadora los asesores que se consideren nece-sarios en función de las enseñanzas a las que se desea accedery del número de inscritos.
11–V–20016212 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
4. Los vocales serán de las especialidades del profesoradoque se describen a continuación:
Pruebas de acceso a Grado Medio:
Parte sociocultural.• Un Vocal de Lengua Castellana y Literaria.• Un Vocal de Geografía e Historia.
Parte científico-tecnológica:• Un Vocal de entre las siguientes especialidades:
Matemáticas.Tecnología.
• Un Vocal de las especialidades de Física y Química,o de Biología y Geología.
Pruebas de acceso a Grado Superior:
Parte general:• Un Vocal de la especialidad de Lengua Castellana y
Literatura.• Un Vocal de la especialidad de Inglés o Francés.• Un Vocal de la especialidad de Matemáticas
Parte específica:• Un Vocal para cada una de las materias de la parte
específica, de las especialidades que se detallan en elanexo VII.
Séptimo.—Determinación y ubicación de las Comisiones Eva-luadoras:
Los Institutos receptores de las inscripciones comunicaránal Servicio de Formación Profesional y Promoción Educativael número de admitidos en cada prueba al siguiente día dela finalización del plazo de inscripción.
A la vista del número de aspirantes, se establecerán lasComisiones Evaluadoras que sean precisas, teniendo en cuen-ta que el número de examinandos correspondientes a cadauna no sea superior a 100, o lo sea en la mínima medida.Podrán agruparse, ante una misma Comisión Evaluadora, losinscritos en los distintos Institutos de la provincia cuandoel número de ellos así lo aconseje.
Los Institutos pondrán a disposición de las ComisionesEvaluadoras los expedientes de quienes vayan a efectuar laspruebas de acceso a Ciclos Formativos.
La Dirección General de Ordenación Académica y For-mación Profesional ha de disponer, al menos una semanaantes del inicio de cada una de las pruebas, la distribuciónpor Institutos de las Comisiones Evaluadoras, expresandoel número y los tipos de prueba correspondientes a cadauno de ellos.
Al menos cinco días antes del comienzo de las pruebas,la Dirección General de Ordenación Académica y FormaciónProfesional comunicará a los Institutos las Comisiones Eva-luadoras designadas, y la relación de aspirantes que debande realizar la pruebas ante ellas, para que se hagan públicas.
Octavo.—Contenido de las pruebas y elaboración de losejercicios:
El contenido de las pruebas se adecuará al currículo oficialde la Educación Secundaria Obligatoria para los Ciclos For-mativos de Grado Medio y al de Bachillerato para los CiclosFormativos de Grado Superior:
Prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio:
Debe acreditar que el aspirante posee los conocimientosy habilidades suficientes para cursar con aprovechamientoestas enseñanzas. Es común para todos los ciclos formativos.Su contenido atenderá los aspectos sociocultural y científi-co-tecnológico de la Educación Secundaria Obligatoria:
Parte sociocultural:
• Comprensión y expresión de textos escritos con pro-piedad, autonomía y creatividad en castellano.
• Conocimiento de la historia, geografía y actitudes denuestra autonomía y patrimonio cultural, así como aná-lisis de los mecanismos y valores que rigen el funcio-namiento de las sociedades.
Parte científico-tecnológica:
• Resolución de problemas en los campos de las mate-máticas, las ciencias y la tecnología, mediante proce-dimientos de razonamiento lógico.
• Realización de ejercicios que utilicen códigos científicosy técnicos.
Prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior:
Parte general:
El aspirante debe acreditar la madurez en relación conlos objetivos del Bachillerato, fundamentalmente en los con-tenidos procedimentales del campo de:
Lengua Castellana y Literatura.Lengua Extranjera (a elegir entre Inglés o Francés).Matemáticas.
Parte específica:
El aspirante debe acreditar sus capacidades referentes alcampo profesional de que se trate. Elegirá, por tanto, unade las opciones reseñadas en el anexo VI, en la que estánasociadas las familias profesionales con las modalidades delBachillerato. En cada opción se reseña la materia objeto dela parte específica de la prueba.
Los ejercicios de las pruebas serán elaborados por laDirección General de Ordenación Académica y FormaciónProfesional. Un ejemplar de los citados ejercicios será remi-tido a los Presidentes de las Comisiones Evaluadoras res-pectivas. Los órganos competentes tomarán las medidas opor-tunas para salvaguardar la confidencialidad de los ejercicios.
El aspirante que pretenda acceder en virtud de la Ley55/1999 de 29 de diciembre, artículo 69, deberá elegir laopción que tenga asignada la familia profesional a la quepertenezca el Ciclo Formativo de Grado Medio acreditadopara la presentación a la prueba.
Noveno.—Comisión de valoración para la exención de la parteespecífica de la prueba de acceso a los Ciclos Formativosde Grado Superior:
De la parte específica tendrán exención aquellos que acre-diten una experiencia laboral de al menos un año, que secorresponda con los estudios profesionales que se deseencursar. Quienes se interesen por esta exención deberán hacer-lo constar en la solicitud de inscripción, acompañando losdocumentos siguientes:
a) Certificación de la Tesorería General de la SeguridadSocial o de la mutualidad laboral a la que estuviera afiliado,donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de coti-zación) y el período de contratación o, en su caso, el períodode cotización en el Régimen Especial de TrabajadoresAutónomos.
b) Certificación de la empresa donde haya adquirido laexperiencia laboral, en la que conste específicamente la dura-ción del contrato, la actividad desarrollada y el número dehoras dedicadas a la misma. En el caso de trabajadores porcuenta propia, certificación de alta en el impuesto de acti-vidades económicas y justificantes de pago de dicho impuesto.
Los miembros de la Comisión Evaluadora, que debanactuar como Vocales para la parte específica de la opcióncorrespondiente, se constituirán en la Comisión de valoraciónde la documentación presentada por el aspirante a los efectos
11–V–2001 6213BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
de exención de esta parte. El resultado de su valoración seentregará mediante informe al Director del Instituto de Edu-cación Secundaria donde se haya formalizado la inscripción,que deberá dictar una resolución expresa individualizada, lacual será comunicada al aspirante tres días antes de la fechade realización de la prueba. El contenido de la resoluciónse adjuntará a la solicitud de inscripción del aspirante median-te la correspondiente diligencia.
En caso de resolución denegatoria, ésta deberá ser moti-vada y contra la misma podrá interponerse recurso ordinarioante la Dirección General de Ordenación Académica y For-mación Profesional, quien resolverá.
Décimo.—Desarrollo de las pruebas:
El calendario de las pruebas deberá ser expuesto en eltablón de anuncios del Instituto en que se realicen las mismas,indicando expresamente el lugar donde hayan de efectuarse.
Los aspirantes deberán ir provistos de los útiles de escri-tura, dibujo, máquina calculadora, etc., que guarden relacióncon la naturaleza de la prueba.
Las pruebas seguirán el orden y horario que a continua-ción se expresa:
A las 8 horas y 30 minutos:
Reunión de cada Comisión de Evaluación y lectura deesta Resolución. El Presidente procederá a la apertura delsobre de los ejercicios de la prueba de acceso, los cualesquedarán bajo su custodia. Se adoptarán las medidas opor-tunas, que garanticen la organización y desarrollo de estosejercicios, de acuerdo con las disponibilidades de recursoshumanos y materiales del Instituto.
Día 25 de junio. Grado Medio:
A las 9 horas y 30 minutos:Ejercicio de la parte científico-tecnológica. Duración, dos
horas.
A las 12 horas:Ejercicio de la parte sociocultural. Duración, dos horas.
Día 21 de junio. Grado Superior:
A las 9 horas y 30 minutos:— Primera fase de la parte general. Tendrá una duración
de dos horas y media y se corresponderá con la realizaciónde los ejercicios correspondientes a las áreas de conocimientode Lengua Castellana y Literatura y de Lengua Extranjera.
A las 12 horas y 30 minutos:— La segunda fase se corresponderá con la realización
de los ejercicios correspondientes al área de conocimientode Matemáticas. Tendrá una duración de dos horas.
A las 16 horas y 30 minutos:— Parte específica. El aspirante realizará los ejercicios
de la opción vinculada al ciclo formativo para el que ha soli-citado la prueba de acceso, según el anexo VI. La duraciónmáxima de cada ejercicio de esta parte será de dos horas,a excepción de la prueba de Educación Física, que estaráen función del número de aspirantes y de las instalaciones.
Undécimo.—Evaluación y calificación de las pruebas:
1. Cada prueba irá acompañada de criterios de evaluacióny calificación. Una vez evaluadas las pruebas, las ComisionesEvaluadoras procederán a la calificación de cada una de laspartes en los términos de apto, no apto, o en caso de exenciónde la parte específica en Grado Superior, exento.
Para los alumnos que hayan cursado un programa deGarantía Social y acrediten haberlo superado mediante lacertificación correspondiente, la Comisión Evaluadora tendráen cuenta las calificaciones obtenidas en el programa deGarantía Social, de acuerdo con los criterios de evaluacióny calificación que se determinen en cada prueba.
La Comisión de Evaluación levantará un acta de eva-luación por cada prueba, y opción, según modelos de anexoVIII, que reflejará la calificación de cada parte, o en su caso,la exención, así como la calificación global de los examinados,que será de apto o no apto. Para obtener una calificaciónglobal de apto será necesario superar cada una de las partesque componen la prueba de acceso.
2. Los resultados se harán públicos en el centro dondese hayan realizado las pruebas, quedando archivadas las actasoriginales. Los ejercicios correspondientes quedarán asimis-mo archivados en el Instituto donde se haya realizado laprueba, según la normativa vigente.
Se remitirá una copia de las actas al Servicio de FormaciónProfesional y Promoción Educativa para el estudio estadísticode los resultados.
3. La reclamación de calificaciones se dirigirá al Presi-dente de la Comisión Evaluadora y se regirá por el mismoprocedimiento que el establecido para los alumnos matri-culados en régimen ordinario.
Duodécimo.—Expedición de certificados:
1. Quienes hayan alcanzado calificación global de aptopodrán solicitar, en el Instituto donde hayan realizado la prue-ba, la expedición del certificado respectivo, ajustándose alo dispuesto en la Orden de 7 de julio de 1994, por la quese establecen las normas que han de regir las pruebas deacceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional.
En ningún caso se extenderá certificación parcial de supe-ración de partes de la prueba.
En la certificación que se extienda a quienes hayan supe-rado la prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Mediodeberá constar que le permite cursar cualquiera de los mismos(anexo IX).
En la certificación que se extienda a quienes hayan supe-rado la prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Supe-rior, cumpliendo el requisito de 20 años de edad, deberáconstar el nombre de cada una de las familias profesionalesa cuyos ciclos formativos da acceso, según las opciones quefiguran en el anexo VI de la presente Resolución (anexoX).
En las certificaciones que se extienden a quienes hayansuperado la prueba de acceso a Ciclos Formativos de GradoSuperior acogiéndose al artículo 69 de la Ley 55/1999, de29 de diciembre, deberá constar el nombre de la familia pro-fesional a cuyos ciclos formativos da acceso.
2. Para facilitar la movilidad del alumnado, la certificaciónque se obtenga tras la superación de la prueba de accesoa los Ciclos Formativos de Grado Medio o Grado Superiorde Formación Profesional Específica, de acuerdo a lo esta-blecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto777/1998, de 30 de abril, tendrá validez como requisito deacceso en todo el Estado, manteniendo su vigencia siempreque no se modifique el título y las enseñanzas correspon-dientes al ciclo formativo.
3. El certificado acreditativo, con efectos como requisitode acceso en los procedimientos de admisión y matriculaciónen los ciclos formativos, no implica que el solicitante ha sidoadmitido para cursar un determinado ciclo formativo.
4. En el proceso de admisión, quienes estén en posesióndel citado certificado podrán optar a la reserva de al menosel 20 por 100 de las plazas que se oferten para cada CicloFormativo de Formación Profesional Específica de GradosMedio y Superior.
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Decimotercero.—Alteración de la organización o el desarrollode la prueba:
Cuando existan causas justificadas que alteren la orga-nización o el desarrollo de las pruebas reguladas en estaResolución, se podrán realizar propuestas a la DirecciónGeneral de Ordenación Académica y Formación Profesional,que resolverá lo que estime procedente.
Decimocuarto.—Presentación de solicitudes para obtener plaza:
Una vez superada la prueba, cada solicitante presentaráuna única instancia en el centro en que solicita en primeraopción.
El plazo de presentación de solicitudes será:Hasta el día 2 de julio: Presentación de solicitudes de
plaza en los Ciclos Formativos Superior, de quienes hayansuperado la prueba de acceso.
Días 4 y 5 julio: Presentación de solicitudes de plaza enlos Ciclos Formativos de Grado Medio, de quienes hayansuperado la prueba de acceso.
Anexo II
Calendario de actuaciones para el acceso a los Ciclos For-mativos de Grado Superior
Desde el 14 al 31 de mayo: Plazo de presentación de soli-citudes de inscripción para la prueba de acceso a Ciclos For-mativos de Grado Superior.
Día 1 de junio: Remisión desde los IES del número deinscritos en la prueba de acceso a cada una de las opcionesde los Ciclos Formativos de Grado Superior, al Servicio deFormación Profesional y Promoción Educativa.
Día 5 de junio: Decisiones de los IES donde se celebraranlos exámenes y nombramiento de los Presidentes de las Comi-siones Evaluadoras.
Día 11 de junio: Publicación de los IES donde se realizaránlos exámenes.
Día 12 de junio: Reunión de las Comisiones de valoraciónque debe decidir sobre la exención de la parte específica.
Día 15 de junio: Reunión de los presidentes de las Comi-siones Evaluadoras para entrega de exámenes e instrucciones.
Día 21 de junio: Exámenes para el acceso a Ciclos For-mativos de Grado Superior.
Día 22 de junio: Evaluación y publicación de las actasprovisionales.
Del 22 al 26 de junio: Plazo de reclamaciones de cali-ficaciones.
Día 27 de junio: Estudio, a las 9 horas, de las reclamacionesy envío de las actas definitivas al Servicio de FormaciónProfesional.
Día 28 de junio: Entrega, a quienes hayan superado laprueba, del certificado de acreditación.
Hasta el día 2 de julio: Presentación de solicitudes de plazaen los Ciclos Formativos Superior, de quienes hayan superadola prueba de acceso.
Anexo III
Calendario de actuaciones para el acceso a los Ciclos For-mativos de Grado Medio
Desde el 14 al 31 de mayo: Plazo de presentación de soli-citudes de inscripción para la prueba de acceso a Ciclos For-mativos de Grado Medio.
Día 1 de junio: Remisión desde los IES del número deinscritos en la prueba de acceso a los Ciclos Formativos deGrado Medio, al Servicio de Formación Profesional y Pro-moción Educativa.
Día 5 de junio: Decisiones de los IES donde se celebraránlos exámenes y nombramiento de los Presidentes de las Comi-siones Evaluadoras.
Día 11 de junio: Publicación de los IES donde se realizaránlos exámenes.
Día 12 de junio: Reunión de las Comisiones de valoraciónque debe decidir sobre la exención de la parte específica.
Día 19 de junio: Reunión de los presidentes de las Comi-siones Evaluadoras para entrega de exámenes e instrucciones.
Día 25 de junio: Exámenes para el acceso a Ciclos For-mativos de Grado Medio.
Día 26 de junio: Evaluación y publicación de las actasprovisionales.
Del 26 al 29: Plazo de reclamaciones de calificaciones.
Día 2 de julio: Estudio, a las 9 horas, de las reclamacionesy envío de las actas definitivas al Servicio de FormaciónProfesional.
Día 3 de julio: Entrega, a quienes hayan superado la prue-ba, del certificado de acreditación.
Días 4 y 5 julio: Presentación de solicitudes de plaza enlos Ciclos Formativos de Grado Medio de quienes hayansuperado la prueba de acceso.
Anexo IV
Relación de Institutos donde se puede realizar la inscripciónpara las pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de GradoMedio y Superior. La inscripción se realizará en cada Instituto
para las familias profesionales que oferte
11–V–2001 6215BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Anexo V
Solicitud de inscripción en pruebas de acceso a Ciclos For-mativos de Grados Medio y Superior
11–V–20016216 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Anexo VI
Opciones de la prueba de acceso a Ciclos Formativos de GradoSuperior. Parte específica
Anexo VII
Especialidades de los Vocales de la Comisión Evaluadora dela parte específica de la prueba de acceso a Ciclos Formativos
de Grado Superior según las opciones del anexo VI
Anexo VIII
Acta de evaluación de pruebas de acceso a Ciclos Formativosde Grado Medio
Acta de evaluación de pruebas de acceso a Ciclos Formativosde Grado Superior
11–V–2001 6217BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES:
CORRECCION de errores de la Resolución de 23 demarzo de 2001, de la Consejería de Asuntos Sociales,por la que se crea el Registro de Documentación Admi-nistrativa de Subvenciones en la Consejería de AsuntosSociales (BOLETIN OFICIAL del Principado de Astu-rias número 94, de 24-4-2001).
Advertidos errores materiales en la Resolución de 23 demarzo de 2001, de la Consejería de Asuntos Sociales, porla que se crea el Registro de Documentación Administrativade Subvenciones en la Consejería de Asuntos Sociales, publi-cada en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturiasnúmero 94, de 24 de abril de 2001, y de conformidad conlo dispuesto en el art. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se procede a rectificardichos errores materiales en el siguiente sentido:
Donde dice:
“Tercero.
1. Es objeto de inscripción en el Registro, previa apor-tación en ejemplar original o mediante copia de los mismosautenticada en legal forma, los siguientes documentos:
e) La certificación administrativa expedida por la Inter-vención General del Principado de Asturias, acreditativa deque el licitador se encuentra al corriente en el cumplimientode sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Principadode Asturias.
Cuarto.
1. La solicitud de inscripción en el Registro se dirigiráal titular de la Consejería de Asuntos Sociales, con arregloal modelo normalizado que figura en el anexo I que acompañaa la presente resolución, y su tramitación se llevará a cabopor el Servicio de Prestaciones, quien, una vez presentadala solicitud y comprobada que la documentación aportadapor el solicitante resulta inscribible conforme al dispositivotercero de esta resolución, elevará propuesta al titular dela Consejería de Economía para que éste dicte la resoluciónque proceda.”
Debe decir:
“1. Es objeto de inscripción en el Registro, previa apor-tación en ejemplar original o mediante copia de los mismosautenticada en legal forma, los siguientes documentos:
e) La certificación administrativa expedida por la Inter-vención General del Principado de Asturias, acreditativa deque la entidad o asociación se encuentra al corriente en elcumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Haciendadel Principado de Asturias.
Cuarto.
1. La solicitud de inscripción en el Registro se dirigiráal titular de la Consejería de Asuntos Sociales, con arregloal modelo normalizado que figura en el anexo I que acompañaa la presente resolución, y su tramitación se llevará a cabopor el Servicio de Prestaciones, quien, una vez presentadala solicitud y comprobada que la documentación aportadapor el solicitante resulta inscribible conforme al dispositivotercero de esta resolución, elevará propuesta al titular dela Consejería de Asuntos Sociales para que éste dicte la reso-lución que proceda.”
Oviedo, a 27 de abril de 2001.—La Jefa del Servicio dePrestaciones.—7.204.
11–V–20016218 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE:
RESOLUCION de 17 de abril de 2001, de la Consejeríade Medio Ambiente, por la que se ordena la correcciónde errores de la declaración de impacto ambiental delpase a concesión de la industria extractiva de la SecciónA) El Estrellín, en el término municipal de Avilés.
Antecedentes
Advertido error en la declaración de impacto ambientaldel pase a concesión de la industria extractiva de la SecciónA) El Estrellín, en el término municipal de Avilés, de 1 defebrero de 2001, y publicada en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias de 30 de marzo de 2001, al amparode lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, y visto el informe del Jefe del Serviciode Restauración y Evaluación de Impacto Ambiental de fecha16 de abril de 2001, donde se deja constancia de dicho error,
R E S U E L V O
Rectificar el error material advertido en el punto 4 “Pro-tección del sistema hidrológico”, párrafo tercero, de la decla-ración de impacto ambiental del pase a concesión de la indus-tria extractiva de la Sección A) El Estrellín, en el términomunicipal de Avilés. Donde dice:
“El sistema de tratamiento garantizará las condiciones esta-blecidas por la Confederación Hidrográfica del Norte en lacondición de vertido. En cualquier caso se garantizarán losparámetros establecidos en la tabla 1 del anexo del RealDecreto 849/86, de 11 de abril, por el que se aprueba elReglamento de Dominio Público Hidráulico, mediante unsistema de decantación, formado por las balsas necesarias”.
Debe decir:
“El sistema de tratamiento garantizará las condiciones queestablezca la Consejería de Medio Ambiente en la autori-zación de vertido”.
Oviedo, a 17 de abril de 2001.—El Consejero de MedioAmbiente.—7.414.
CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO:
RECTIFICACION de error en la publicación de laResolución de 13 de marzo de 2001, de la Consejeríade Industria, Comercio y Turismo, por la que se autorizagasto y se aprueban las bases que han de regir la con-vocatoria pública de concesión de subvenciones a lasAsociaciones de Comerciantes y a las Asociaciones deArtesanos para la participación en Ferias y MisionesComerciales nacionales o en el extranjero (BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias n.º 79, de4-4-2001).
En relación con la Resolución de 13 de marzo de 2001de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por laque se autoriza gasto y se aprueban las bases que han deregir la convocatoria pública de concesión de subvencionesa las Asociaciones de Comerciantes y a las Asociaciones deArtesanos para la participación en Ferias y Misiones Comer-ciales nacionales o en el extranjero, publicada en fecha 4de abril de 2001, por la presente se solicita la rectificaciónde la cláusula octava del anexo II (realización de misionescomerciales) de manera que quede redactada de la siguienteforma:
“Octava.—Conceptos de la subvención:
Podrán ser subvencionables los gastos derivados de lasmisiones comerciales que realicen tanto las Asociaciones deComerciantes como de Artesanos, y que se desarrollen enel extranjero o en España, exceptuándose las que se celebrenen el Principado de Asturias, durante el año 2001. Se con-sideran subvencionables los siguientes gastos:
— Gastos de organización— Viajes de los participantes— Entradas en las ferias y exposiciones— Intérpretes— Alojamiento sin manutención.”
Oviedo, a 11 de abril de 2001.—El Jefe del Servicio deComercio.—7.209.
UNIVERSIDAD DE OVIEDO:
RESOLUCION de 7 de mayo de 2001, de la Univer-sidad de Oviedo, por la que se adjudican las becasde Convenios de Cooperación para el verano de 2001y el curso académico 2001-2002.
De conformidad con las propuestas formuladas por lasComisiones nombradas para la selección de aspirantes a becasde Convenios de Cooperación convocadas por Resoluciónde 14 de diciembre de 2000, y de conformidad con su basesexta, esta Dirección
R E S U E L V E
1. Dejar desiertas las becas aprobadas en el marco de losConvenios con Canisius College Ciencias de la Educación2.º y 3.º ciclo (Pedagogía).
2. Adjudicar beca de los Convenios que se indican en elanexo a los estudiantes que asimismo se relacionan.
3. Los estudiantes seleccionados deberán comunicar laaceptación o renuncia de la beca al Servicio de RelacionesInternacionales, en el impreso que se les facilitará al efecto,hasta el día 18 de mayo (inclusive).
4. Los estudiantes seleccionados solicitarán de los Profe-sores coordinadores de los Convenios información sobre losaspectos académicos de las becas concedidas y realizarán enlas Universidades de destino los estudios para los que seles concedió la beca hasta la finalización del período de dis-frute de la misma.
5. Las becas que queden vacantes por renuncias de sustitulares se adjudicarán a los suplentes que figuran en elanexo.
6. Publicar la presente Resolución en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, en los tablones de anunciosde los Centros y del Servicio de Relaciones Internacionalespara conocimiento de los interesados.
7. Contra la presente Resolución podrá interponerse recur-so de alzada ante el Rector en el plazo de un mes a contardesde el día siguiente a su publicación y de conformidadcon lo dispuesto en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/92, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,y de la Ley 4/99 que modifica la anterior.
11–V–2001 6219BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Oviedo, a 7 de mayo de 2001.—El Director de la Oficinade Relaciones Internacionales.—7.667.
ADJUDICACION DE BECAS DEL CONVENIO DE COOPE-RACION CON LA UNIVERSIDAD DE BOCHUM PARA EL
CURSO 2001-2002
Seleccionados:
FERNANDEZ PASTOR, PAULAGONZALEZ PEREZ, MARIA TERESAFERNANDEZ MOREIRA, CESAR MANUELGARCIA CUADRA, OCTAVIOPEREZ ROZAS, IÑIGO
Suplentes:
SUAREZ FERNANDEZ, MARIA LUISA
ADJUDICACION DE BECAS DEL CONVENIO DE COOPE-RACION CON CANISIUS COLLEGE DE BUFFALO-NEWYORK, AREA DE INFORMATICA, PARA EL CURSO 2001-2002
Seleccionados:
PRIOR FERNANDEZ, MICAELACOLL FUEYO, FERNANDOTOMAS ZAPICO, DIANA
Suplentes:
VELASCO MARTIN, IVAN MAXIMINOROJO EGUREN, GERMAN
ADJUDICACION DE BECAS DEL CONVENIO DE COOPE-RACION CON LA UNIVERSITY OF MASSACHUSETTS AT
AMHERST PARA EL CURSO 2001-2002
Seleccionados:AGUDO PORTILLA, ANAABRIL SANCHEZ, JORGE
Suplentes:
GONZALEZ LOPEZ, VERONICAVILABRILLE PAZ, MARTA M.ªSAN JOSE VAZQUEZ, EDUARDOMENENDEZ LOPEZ, MARIA MARGARITAMENDEZ VILLANUEVA, JOSE ALBERTO
ADJUDICACION DE BECAS DEL CONVENIO DE COOPE-RACION CON LA STATE UNIVERSITY OF NEW YORK
(SUNNY) AT NEW PALTZ PARA EL CURSO 2001-2002
Seleccionados:
AGUDO PORTILLA, ANA
Suplentes:
ABRIL SANCHEZ, JORGEGONZALEZ LOPEZ, VERONICAVILABRILLE PAZ, MARTA M.ªGUTIERREZ PIERNAVIEJA, MARIA DEL PILAR
ADJUDICACION DE BECAS DEL CONVENIO DE COOPE-RACION CON LA STATE UNIVERSITY OF NEW YORK(SUNNY) AT NEW PALTZ CIENCIAS DE LA EDUCACION
(PEDAGOGIA 2.º CICLO) PARA EL CURSO 2001-2002
Seleccionados:
PINIELLA MENCIA, ZULEYKA
ADJUDICACION DE BECAS DEL CONVENIO DE COOPE-RACION CON LA STATE UNIVERSITY OF NEW YORK(SUNNY) AT NEW PALTZ CIENCIAS DE LA EDUCACION
(PEDAGOGIA 3.º CICLO) PARA EL CURSO 2001-2002
Seleccionados:
PINIELLA MENCIA, ZULEYKA
ADJUDICACION DE BECAS DEL CONVENIO DE COOPE-RACION CON LA STATE UNIVERSITY OF NEW YORK(SUNNY) AT NEW PALTZ (PSICOLOGIA) PARA EL CURSO
2001-2002
Seleccionados:
GARCIA VILLA, PABLOANTON FERNANDEZ, ANA
ADJUDICACION DE BECAS DEL CONVENIO DE COOPE-RACION CON LA STATE UNIVERSITY OF NEW YORK(SUNNY) AT NEW PALTZ VERANO PARA EL CURSO
2001-2002
Seleccionados:
MARTIN ORTIZ, BEGOÑAPIQUERO ALVAREZ, PABLOSANTIRSO RUIZ, MARINOLOMBARDIA SANTAMARINA, SILVIA
Suplentes:
MORALES MATA, EMMAVILABRILLE PAZ, MARTA M.ªLLANEZA VEGA, PATRICIAPIÑERA ANDRES, ANAMINGUITO PANTOJA, DEBORAMARTINEZ SOLORZANO, ESTHER
ADJUDICACION DE BECAS DEL CONVENIO DE COOPE-RACION CON LA UNIVERSITY OF WISCONSIN AT
EAU-CLAIRE PARA EL CURSO 2001-2002
Seleccionados:
MALLO GONZALEZ, CARLOSRODRIGUEZ MENDEZ, MONTSERRATDIAZ SANCHEZ, SUSANAMARTIN PACIOS, OSCARLORENZO LLORCA, DANIEL
ADJUDICACION DE BECAS DEL CONVENIO DE COOPE-RACION CON LA UNIVERSITY OF WISCONSIN MADISON
PARA EL CURSO 2001-2002
Seleccionados:
MILLARA ALVAREZ, CARLOS LUIS
ANUNCIOS
CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES:ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA ANCIANOS DE ASTURIAS
RESOLUCION de la Gerencia del Organismo Autó-nomo “Establecimientos Residenciales para Ancianosde Asturias” por la que se anuncia la licitación, por
11–V–20016220 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
el procedimiento abierto y sistema de concurso, delsuministro de leche y postres lácteos en diferentes esta-blecimientos residenciales.
1.—Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Organismo Autónomo “EstablecimientosResidenciales para Ancianos de Asturias”.
b) Dependencia que tramita los expedientes: Area Eco-nómico-Administrativa del Organismo AutónomoERA.
c) Número de expediente: 11/01, suministro de leche ypostres lácteos con destino en diferentes estableci-mientos residenciales.
2.—Objeto del contrato:
a) Tipo de contrato: Suministro.b) Descripción del objeto: Leche y postres lácteos.c) Lugar de ejecución:
Residencia “Santa Teresa” (calle Santa Teresa deJesús, n.º 2, Oviedo).Residencia “El Cristo” (avenida del Cristo, s/n, Ovie-do).Residencia “Mixta-Gijón” (c/ San Nicolás, 47, Gijón).Residencia “Llanes” (c/ Nemesio Sobrino, n.º 22,Llanes).
d) Plazo de ejecución: 12 meses (prorrogables).
3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.
4.—Presupuesto base de licitación:
Importe total: 20.990.456 ptas. (126.155,18 euros).
5.—Garantía:
Provisional: No se exige.
6.—Obtención de documentación e información:
a) Entidad: Area Económico-Administrativa del Orga-nismo Autónomo ERA.
b) Domicilio: Calle Arzobispo Guisasola, 14.c) Código postal y localidad: 33009 Oviedo.d) Teléfono: 985 10 69 67.e) Fax: 985 10 69 55.f) Fecha límite de obtención de documentos e informa-
ción: El último día de los fijados para presentarproposiciones.
7.—Requisitos específicos del contratista:
Disponer de la solvencia económica, financiera y técnicanecesarias, en los términos establecidos en el pliego decláusulas administrativas particulares.
8.—Presentación de las ofertas:
a) Fecha límite de presentación: A los quince días natu-rales, a contar desde el siguiente a la fecha de publi-cación de este anuncio de licitación, ampliándose elplazo hasta el siguiente hábil en el caso de que elúltimo día coincidiera en sábado o festivo.Las ofertas deberán presentarse en mano, antes delas 14 horas del último día señalado en este anuncio.
b) Documentación que integrará las ofertas: La indicadaen el pliego de cláusulas administrativas particulares.
c) Lugar de presentación: Area Económico-Administra-tiva del Organismo Autónomo ERA (calle ArzobispoGuisasola, 14, de Oviedo).
d) Plazo durante el cual el licitador está obligado a man-tener su oferta: 3 meses desde el inicio de la licitación.
9.—Apertura de las ofertas:a) Entidad: Area Económico-Administrativa del Orga-
nismo Autónomo ERA.b) Domicilio: Calle Arzobispo Guisasola, 14, de Oviedo.c) Fecha: El primer día hábil siguiente al de finalización
del plazo de presentación de proposiciones.d) Hora: 10 horas.
10.—Otras informaciones:Los pliegos de cláusulas administrativas particulares y deprescripciones técnicas podrán solicitarse en la siguientedirección de correo electrónico: era�princast.es.
11.—Gastos de anuncios:A cargo de los adjudicatarios.
Oviedo, 24 de abril de 2001.—El Director Gerente delOrganismo Autónomo “Establecimientos Residenciales paraAncianos de Asturias” (ERA).—7.418.
— • —
RESOLUCION de la Gerencia del Organismo Autó-nomo “Establecimientos Residenciales para Ancianosde Asturias” por la que se anuncia la licitación, porel procedimiento abierto y sistema de concurso, delsuministro de pan y bollería en diferentes establecimien-tos residenciales.
1.—Entidad adjudicadora:a) Organismo: Organismo Autónomo “Establecimientos
Residenciales para Ancianos de Asturias”.
b) Dependencia que tramita los expedientes: Area Eco-nómico-Administrativa del Organismo AutónomoERA.
c) Número de expediente: 09/01, suministro de pan ybollería con destino en diferentes establecimientosresidenciales.
2.—Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Suministro.b) Descripción del objeto: Pan y bollería.c) Lugar de ejecución:
Residencia “Santa Teresa” (calle Santa Teresa deJesús, n.º 2, Oviedo).Residencia “El Cristo” (avenida del Cristo, s/n, Ovie-do).Residencia “Mixta-Gijón” (c/ San Nicolás, 47, Gijón).
d) Plazo de ejecución: 12 meses (prorrogables).
3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.
4.—Presupuesto base de licitación:Importe total: 19.257.494 ptas. (115.739,87 euros).
5.—Garantía:Provisional: No se exige.
6.—Obtención de documentación e información:a) Entidad: Area Económico-Administrativa del Orga-
nismo Autónomo ERA.b) Domicilio: Calle Arzobispo Guisasola, 14.c) Código postal y localidad: 33009 Oviedo.d) Teléfono: 985 10 69 67.e) Fax: 985 10 69 55.f) Fecha límite de obtención de documentos e informa-
ción: El último día de los fijados para presentarproposiciones.
11–V–2001 6221BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
7.—Requisitos específicos del contratista:Disponer de la solvencia económica, financiera y técnicanecesarias, en los términos establecidos en el pliego decláusulas administrativas particulares.
8.—Presentación de las ofertas:a) Fecha límite de presentación: A los quince días natu-
rales, a contar desde el siguiente a la fecha de publi-cación de este anuncio de licitación, ampliándose elplazo hasta el siguiente hábil en el caso de que elúltimo día coincidiera en sábado o festivo.Las ofertas deberán presentarse en mano, antes delas 14 horas del último día señalado en este anuncio.
b) Documentación que integrará las ofertas: La indicadaen el pliego de cláusulas administrativas particulares.
c) Lugar de presentación: Area Económico-Administra-tiva del Organismo Autónomo ERA (calle ArzobispoGuisasola, 14, de Oviedo).
d) Plazo durante el cual el licitador está obligado a man-tener su oferta: 3 meses desde el inicio de la licitación.
9.—Apertura de las ofertas:a) Entidad: Area Económico-Administrativa del Orga-
nismo Autónomo ERA.b) Domicilio: Calle Arzobispo Guisasola, 14, de Oviedo.c) Fecha: El primer día hábil siguiente al de finalización
del plazo de presentación de proposiciones.d) Hora: 10 horas.
10.—Otras informaciones:Los pliegos de cláusulas administrativas particulares y deprescripciones técnicas podrán solicitarse en la siguientedirección de correo electrónico: era�princast.es.
11.—Gastos de anuncios:A cargo de los adjudicatarios.
Oviedo, 24 de abril de 2001.—El Director Gerente delOrganismo Autónomo “Establecimientos Residenciales paraAncianos de Asturias” (ERA).—7.195.
CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICATERRITORIAL:
RECTIFICACION de error en la publicación de laaprobación definitiva del Plan Especial para polígonoindustrial en Tebongo, Cangas del Narcea, publicadoen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturiasn.º 82, de 7-4-01.
Advertido error en la publicación de la aprobación defi-nitiva del Plan Especial para polígono industrial en Tebongo,Cangas del Narcea (BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, número 82 de 7 de abril de 2001), y de acuerdocon el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se procede a su rec-tificación en el siguiente sentido:
Donde dice: “Resolución de 29 de febrero de 2001”.
Debe decir: “Resolución de 28 de febrero de 2001”.
Oviedo, a 4 de mayo de 2001.—El Jefe del Servicio dePlaneamiento, Gestión y Disciplina Urbanística.—7.660.
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE:
CORRECCION de error de la información pública deconstitución del Coto Regional de Caza Sierra de Pulide(BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturiasnúmero 100, de 2 de mayo de 2001).
Advertido error en la información pública de constitucióndel Coto Regional de Caza Sierra de Pulide, publicada enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias número100, de 2 de mayo de 2001, se procede a su corrección enel siguiente sentido:
En la página de sumario y en la página 5779, en el epígrafedel anuncio, donde dice: “Consejería de Medio Rural y Pesca”;debe decir: “Consejería de Medio Ambiente”.
Lo que se hace público para general conocimien-to.—7.747.
CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:
INFORMACION pública de la licitación de obra,mediante el sistema de subasta por el procedimientorestringido y trámite de urgencia,que se cita.
1.—Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Medio Rural y Pesca.b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de
Contratación.c) Número de expedientes: OBR-6/2001, OBR-15/2001,
OBR-33/2001, OBR-47-58/2001.
2.—Objeto del contrato:2.1.—OBR-6/2001.a) Descripción del objeto: Reforestación en Sierra de
Leituelos (Ibias).b) Presupuesto de licitación: 44.117.452 ptas.
(265.151,227 euros).c) Fianza provisional: 882.349 ptas. (5.303,024 euros).d) Plazo de ejecución: Doce meses.e) Clasificación: K-6-C.
2.2.—OBR-15/2001
a) Descripción del objeto: Conservación masas forestalesen montes de Allande.
b) Presupuesto de licitación: 45.810.679 pesetas(275.327,726 euros).
c) Fianza provisional: 916.214 ptas. (5.506,557 euros).d) Plazo de ejecución: Doce meses.e) Clasificación: K-6-C.
2.3.—OBR-33/2001.
a) Descripción del objeto: Mejora infraestructura enmontes de Salas.
b) Presupuesto de licitación: 34.383.489 ptas.(206.648,931 euros).
c) Fianza provisional: 687.670 ptas. (4.132,98 euros).d) Plazo de ejecución: Doce meses.e) Clasificación: K-6-C.
2.4.—OBR-47/2001.
a) Descripción del objeto: Restauración cubierta vegetalen montes de Piloña.
b) Presupuesto de licitación: 25.470.016 ptas.(153.077,979 euros).
c) Fianza provisional: 509.400 ptas (3.061,556 euros).d) Plazo de ejecución: Doce meses.e) Clasificación: K-6-C.
2.5.—OBR-58/2001.
a) Descripción del objeto: Tratamientos selvícolas enSierra de Armallán y Loma de Tamallanes (Tineo).
b) Presupuesto de licitación: 36.726.615 ptas.(220.731,402 euros).
11–V–20016222 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
c) Fianza provisional: 734.532 ptas. (4.414,626 euros).d) Plazo de ejecución: Once meses.e) Clasificación: K-6-C.
3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Restringido.c) Forma: Subasta.
4.—Obtención de documentación e información.a) Entidad: Sección de Contratación.b) Domicilio: C/ Coronel Aranda, 2, 3.ª planta, sector
central.c) Localidad y código postal: 33005 Oviedo.d) Teléfono: 5105783.e) Fax: 5105655.
5.—Presentación de las ofertas:a) Fecha límite de presentación: Cinco (5) días naturales,
a contar desde el siguiente a la publicación de esteanuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias y hasta las doce horas del último día,ampliándose el plazo hasta el siguiente hábil en elcaso de que el último coincidiera en sábado o festivo.
b) Documentación a presentar: Los licitadores presen-tarán dos sobres cerrados y firmados por el licitadoro persona que lo represente, haciendo constar en cadauno de ellos el título de la obra, el nombre del licitantey el contenido de los mismos, subtitulándose respec-tivamente “Documentación” y “Referencias técnicas”.
c) Lugar de presentación:
1.º—Entidad: Registro de la Consejería de Medio Ruraly Pesca.
2.º—Domicilio: C/ Coronel Aranda, 2, 3.ª planta, sectorcentral.
3.º—Localidad y código postal: 33005 Oviedo.
6.—Apertura de las proposiciones:a) Entidad: Mesa de Contratación de la Consejería de
Medio Rural y Pesca.b) Localidad: Oviedo.c) Fecha: El segundo día hábil siguiente al de la con-
clusión del plazo de presentación de solicitudes o elprimer día hábil si coincidiese en sábado o festivo.
d) Hora: 12 horas.
7.—Gastos de anuncios:El importe de los anuncios de la licitación será de cuentadel adjudicatario/s.
Oviedo, a 25 de abril de 2001.—El Secretario GeneralTécnico.—7.180.
— • —
INFORMACION pública de la licitación, mediante elsistema de subasta, procedimiento abierto y trámite deurgencia, del servicio que se cita.
1.—Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Medio Rural y Pesca.b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de
Contratación.c) N.º expediente: SER 8/2001.
2.—Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: La realización del servicio de
atención, mantenimiento, conservación y limpieza delas áreas recreativas dependientes del Principado deAsturias durante la campaña 2001-2002, de la zonacentro-occidental.
b) Presupuesto de licitación: 5.159.245 ptas. (31.007,69euros).
c) Fianza provisional: 103.185 ptas.d) Plazo de ejecución: Desde el 1 de julio de 2001 hasta
el 30 de junio de 2002.e) Clasificación: No se exige.
3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Subasta
4.—Obtención de documentación e información:
a) Entidad: Sección de Contratación.b) Domicilio: C/ Coronel Aranda, 2, 3.ª planta, sector
central.c) Localidad y código postal: 33005 Oviedo.d) Teléfono: 985 10 56 80.e) Fax: 985 10 56 55.
5.—Presentación de las ofertas:a) Fecha límite de presentación: Ocho días naturales,
a contar desde el siguiente a la publicación de esteanuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, y hasta las catorce horas del último día,ampliándose el plazo hasta el siguiente hábil en elcaso de que el último coincidiera en sábado o festivo.
b) Documentación a presentar: Los licitadores presen-tarán dos sobres, firmados y cerrados, haciendo cons-tar en cada uno de ellos el título de la contratación,el nombre del licitante y el contenido de los mismos,subtitulándose respectivamente “Documentación” y“Oferta económica”.
c) Lugar de presentación:1.º Entidad: Registro de la Consejería de Medio Rural
y Pesca.2.º Domicilio: C/ Coronel Aranda, 2, 3.ª planta, sector
central.3.º Localidad y código postal: 33005 Oviedo.
6.—Apertura de las proposiciones:a) Entidad: Mesa de Contratación de la Consejería de
Medio Rural y Pesca.b) Domicilio: C/ Coronel Aranda, 2, 3.ª planta, sector
centralc) Localidad: Oviedo.d) Fecha: Al día siguiente hábil al de la conclusión del
plazo de presentación de proposiciones. En el casode que coincidiera en sábado o festivo se constituiráel siguiente hábil.
e) Hora: 12 horas.
7.—Gastos de anuncios:
El importe de los anuncios de la licitación será de cuentadel adjudicatario/s.
Oviedo, a 19 de abril de 2001.—El Secretario GeneralTécnico.—7.194.
— • —
INFORMACION pública de la licitación, mediante elsistema de subasta abierta, de aprovechamiento made-rable que se cita.
1.—Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Consejería de Medio Rural y Pesca.b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de
Contratación.c) Número de expediente: AMA-15/2001.
11–V–2001 6223BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
2.—Objeto del contrato:
a) Descripción del objeto: Aprovechamiento maderableen el monte Pangrán (Siero) con un volumen de 752,31m.3 de pinus radiata y 16,81 m.3 de eucaliptus globulus.
b) Presupuesto de licitación: 2.633.691 pesetas.c) Fianza provisional: 52.674 pesetas.d) Plazo de ejecución: Nueve (9) meses.e) Forma de pago: Dos (2) plazos.
3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Subasta.
4.—Obtención de documentación e información:
a) Entidad: Sección de Contratación.b) Domicilio: Calle Coronel Aranda, 2-3.ª planta, sector
central.c) Localidad y código postal: 33005, Oviedo.d) Teléfono: 985 105680.e) Fax: 985 105655.
5.—Presentación de las ofertas:
a) Fecha límite de presentación: Ventiséis días naturalesa contar desde el siguiente a la publicación de esteanuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias y hasta las catorce del último día, amplián-dose el plazo hasta el siguiente hábil en el caso deque el último coincidiera en sábado o festivo.
b) Documentación a presentar: Los licitadores presen-tarán dos sobres, firmados y cerrados, haciendo constaren cada uno de ellos el título de la contratación, elnombre del licitante y el contenido de los mismos,subtitulándose respectivamente “Documentación” y“Oferta económica”.
c) Lugar de presentación:
1. Entidad: Registro de la Consejería de Medio Ruraly Pesca.
2. Domicilio: Calle Coronel Aranda, 2-3.ª planta, sec-tor central.
3. Localidad y código postal: 33005, Oviedo.
6.—Apertura de las proposiciones:
a) Entidad: Mesa de Contratación de la Consejería deMedio Rural y Pesca.
b) Localidad: Oviedo.c) Fecha: El tercer día hábil no sábado siguiente al de
finalización del plazo de presentación de proposi-ciones.
d) Hora: 12 horas.
7.—Gastos de anuncios:
El importe de los anuncios de la licitación será de cuentadel adjudicatario.
Oviedo, a 16 de abril de 2001.—El Secretario GeneralTécnico.—7.196.
— • —
INFORMACION pública de la licitación, mediante elsistema de subasta por procedimiento abierto, del sumi-nistro que se cita.
1.—Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Consejería de Medio Rural y Pesca.b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de
Contratación.c) Número de expediente: SUM-5/2001.
2.—Objeto del contrato:
a) Descripción del objeto: Suministro de catorce vehí-culos todo terreno batalla corta, con destino a la Guar-dería Forestal de la Consejería de Medio Rural yPesca.
b) Presupuesto de licitación: 22.125.000 pesetas(132.973,93 euros).
c) Fianza provisional: 442.500 pesetas.d) Plazo de ejecución: El suministro deberá entregarse
en el Servicio de Apoyo al Organismo Pagador dela Consejería de Medio Rural y Pesca en el plazono superior a 30 días, contados a partir de la for-malización del contrato.
3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Subasta.
4.—Obtención de documentación e información:
a) Entidad: Sección de Contratación.b) Domicilio: Calle Coronel Aranda, 2-3.ª planta, sector
central.c) Localidad y código postal: 33005, Oviedo.d) Teléfono: 985 105680.e) Fax: 985 105655.
5.—Presentación de las ofertas:
a) Fecha límite de presentación: Quince días naturalesa contar desde el siguiente a la publicación de esteanuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias y hasta las catorce del último día, amplián-dose el plazo hasta el siguiente hábil en el caso deque el último coincidiera en sábado o festivo.
b) Documentación a presentar: Los licitadores presen-tarán dos sobres, firmados y cerrados, haciendo constaren cada uno de ellos el título de la contratación, elnombre del licitante y el contenido de los mismos,subtitulándose respectivamente “Documentación” y“Oferta económica”.
c) Lugar de presentación:
1. Entidad: Registro de la Consejería de Medio Ruraly Pesca.
2. Domicilio: Calle Coronel Aranda, 2-3.ª planta, sec-tor central.
3. Localidad y código postal: 33005, Oviedo.
6.—Apertura de las proposiciones:
a) Entidad: Mesa de Contratación de la Consejería deMedio Rural y Pesca.
b) Domicilio: Calle Coronel Aranda, 2-3.ª planta, sectorcentral.
c) Localidad: Oviedo.d) Fecha: Al día siguiente hábil al de la conclusión del
plazo de presentación de proposiciones. En el casode que coincidiera en sábado o festivo se constituiráel siguiente hábil.
e) Hora: 12 horas.
7.—Gastos de anuncios:
El importe de los anuncios de la licitación será de cuentadel adjudicatario.
Oviedo, a 18 de abril de 2001.—El Secretario GeneralTécnico.—7.197.
11–V–20016224 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
INFORMACION pública de la licitación, mediante elsistema de subasta por procedimiento restringido y trá-mite de urgencia.
1.—Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Consejería de Medio Rural y Pesca.b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de
Contratación.c) Número de expedientes: OBR 28/2001, OBR 29/2001,
35/2001 y 43/2001.
2.—Objeto del contrato:
2.1. OBR-28/2001.a) Descripción del objeto: Repoblación en montes de
Salas.b) Presupuesto de licitación: 19.421.209 ptas.
(116.723,817 euros).c) Fianza provisional: 388.424 ptas. (2.334,475 euros).d) Plazo de ejecución: Doce meses.e) Clasificación: No se exige.
2.2. OBR-29/2001.a) Descripción del objeto: Tratamiento selvícola en Bal-
dornón (Gijón).b) Presupuesto de licitación: 14.675.543 ptas. (88.201,79
euros).c) Fianza provisional: 293.511 ptas. (1.764,037 euros).d) Plazo de ejecución: Doce meses.e) Clasificación: No se exige.
2.3. OBR-35/2001.a) Descripción del objeto: Repoblación en Santa Eulalia
de Oscos (2.ª fase) , Caraduje (Santa Eulalia de Oscos).b) Presupuesto de licitación: 14.822.488 ptas. (89.084,947
euros).c) Fianza provisional: 296.450 ptas. (1.781,7 euros).d) Plazo de ejecución: Doce meses.e) Clasificación: No se exige.
2.4. OBR-43/2001.a) Descripción del objeto: Mantenimiento infraestructu-
ra forestal montes Villaviciosa.b) Presupuesto de licitación: 16.017.003 ptas. (96.264,127
euros).c) Fianza provisional: 320.340 ptas. (1.925,282 euros).d) Plazo de ejecución: Doce meses.e) Clasificación: No se exige.
3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Restringido.c) Forma: Subasta.
4.—Obtención de documentación e información:
a) Entidad: Sección de Contratación.b) Domicilio: Calle Coronel Aranda, 2-3.ª planta, sector
central.c) Localidad y código postal: 33005, Oviedo.d) Teléfono: 985 10 57 83.e) Fax: 985 10 56 55.
5.—Presentación de las ofertas:
a) Fecha límite de presentación: Cinco (5) días naturalesa contar desde el siguiente a la publicación de esteanuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias y hasta las doce horas del último día,ampliándose el plazo hasta el siguiente hábil en elcaso de que el último coincidiera en sábado o festivo.
b) Documentación a presentar: Los licitadores presen-tarán dos sobres cerrados y firmados por el licitador
o persona que lo represente, haciendo constar en cadauno de ellos el título de la obra, el nombre del licitantey el contenido de los mismos, subtitulándose respec-tivamente “Documentación” y “Referencias técnicas”.
c) Lugar de presentación:
1. Entidad: Registro de la Consejería de Medio Ruraly Pesca.
2. Domicilio: Calle Coronel Aranda, 2-3.ª planta, sec-tor central.
3. Localidad y código postal: 33005, Oviedo.
6.—Apertura de las proposiciones:
a) Entidad: Mesa de Contratación de la Consejería deMedio Rural y Pesca.
b) Localidad: Oviedo.c) Fecha: El segundo día hábil siguiente al de la con-
clusión del plazo de presentación de solicitudes o elprimer día hábil si coincidiese en sábado o festivo.
d) Hora: 12 horas.
7.—Gastos de anuncios:
El importe de los anuncios de la licitación será de cuentadel adjudicatario.
Oviedo, a 25 de abril de 2001.—El Secretario GeneralTécnico.—7.198.
CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO:
INFORMACION pública de solicitud de autorizaciónadministrativa de la instalación eléctrica que se cita.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27de noviembre; en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciem-bre, y el Decreto del Principado 38/1994, de 19 de mayo,se concede un plazo de 20 días, contados a partir del díasiguiente de la publicación de este anuncio para la presen-tación de reclamaciones en esta Consejería, relativas a laevaluación preliminar de impacto ambiental, autorizaciónadministrativa, declaración de utilidad pública en concretoy, en su caso, aprobación del proyecto de las instalacionescomprendidas en la siguiente solicitud. A este efecto, podrátomarse vista del expediente en las oficinas de la DirecciónGeneral de Industria y Energía, Servicio de AutorizacionesEnergéticas (Plaza de España, 5-4.ª planta, 33007, Oviedo).
Expediente: AT-6858.
Solicitante: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica,S.A.U.
Instalación:
• Variación de las líneas aéreas alta tensión sobre apoyosmetálicos, denominadas Langreo-Corredoria 132 KV.,con conductor LA-455 Condor+OPGW, en una lon-gitud de 744 metros e Industrial4 24 KV., con conductorLA-56, en una longitud de 343 metros.
• Reforma de las líneas aéreas alta tensión 24 KV. sobreapoyos metálicos, conductor (LA-56), denominadasBahoto-Molledo, de 682 metros de longitud, y La Piñera,de 624 metros de longitud.
• Construcción de línea aérea alta tensión 24 KV. sobreapoyos metálicos, denominada La Campina, conductor(LA-56), de 10 metros de longitud.
• Construcción de 2 centros transformación intemperiesobre apoyos metálicos, relación 24 KV./B2 y 250 KVA.cada uno, denominados La Campina II e Industrial 4.
• Variación de seis redes aéreas baja tensión con con-ductor trenzado, sobre apoyos de hormigón, con losnombres y longitudes siguientes: RBT Frieres (40 m.);
11–V–2001 6225BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
RBT Frieres-Matadero (260 m.); RBT Industrial 4 (385m.); RBT Palacio Villa (140 m.); RBT La Piñera (420m.), y RBT La Campina (380 m.).
Emplazamiento: Frieres y Riaño (Polígono Industrial,Palacio Villa, La Piñera y La Campina), concejo de Langreo.
Objeto: Facilitar las obras de construcción de la AutovíaMinera, tramo: Mieres-Riaño.
Presupuesto: 18.806.544 ptas.
Lista concreta e individualizada de los bienes y derechosafectados
Finca número: 11 (Referencia catastral 90090, parcela 02).Situación: Riaño-Langreo.Cultivo: Prado.Superficie total ocupada (m.2): 1.053.Propietario: Vesubius Iberzeta (Pilar Díaz González).Dirección: Polígono Industrial Riaño 1.Parcela 2.33920, Riaño.
Finca número: 3 (polígono 4, parcelas 25 a, b, c, d ye).Situación: La Piñera (Riaño-Langreo).Cultivo: Prado.Superficie total ocupada (m.2): 1.435.Propietario: Juan Sánchez Alvarez.Dirección: Calle El Piñal, quinta El Hórreo, El Limón-Ma-racay, Venezuela.
Oviedo, a 29 de marzo de 2001.—El Consejero de Indus-tria, Comercio y Turismo.—7.762.
UNIVERSIDAD DE OVIEDO:
RESOLUCION de la Universidad de Oviedo por laque se convoca concurso público con procedimientoabierto y tramitación ordinaria para la contratación delequipamiento de edificio de la Biblioteca de CienciasJurídico-Sociales.
Este Rectorado acuerda anunciar el siguiente concursopúblico:
1.—Entidad adjudicadora:a) Organismo: Universidad de Oviedo.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de
Gestión Económica. Sección de Compras y Equi-pamiento.
c) Número de expediente: CE6/01.
2.—Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Equipamiento del edificio de
la Biblioteca de Ciencias Jurídico-Sociales de la Uni-versidad de Oviedo.
b) División por lotes y número: Sí, ocho.c) Lugar de ejecución: Universidad de Oviedo.d) Plazo de ejecución: Un mes.
3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso público.
4.—Presupuesto base de licitación:
Lote 1: 45.000.000 ptas. (271.084,337 euros).Lote 2: 20.500.000 ptas. (123.493,976 euros).Lote 3: 15.500.000 ptas. (93.373,494 euros).Lote 4: 17.100.000 ptas. (103.012,048 euros).Lote 5: 4.800.000 ptas. (28.915,663 euros).Lote 6: 7.900.000 ptas. (47.590,361 euros).Lote 7: 1.100.000 ptas. (6.626,506 euros).Lote 8: 850.000 ptas. (5.120,482 euros).
5.—Garantía provisional:
2% del presupuesto base de licitación de cada lote.
6.—Obtención de documentación e información:
a) Entidad: Universidad de Oviedo. Servicio de GestiónEconómica. Sección de Compras y Equipamiento.
b) Domicilio: Plaza de Riego, 4-3.ª planta.c) Localidad y código postal: Oviedo, 33003.d) Teléfono: 985 10 39 80 y 985 10 39 81.e) Telefax: 985 10 39 99.
7.—Requisitos específicos del contratista:
Se especifican en la cláusula número 8 del pliego de cláu-sulas administrativas particulares.
8.—Criterios de adjudicación:
Se especifican en la cláusula número 13 del pliego decláusulas administrativas particulares.
9.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de par-ticipación:
a) Fecha límite de participación: Hasta las 14,00 horasdel día 26 de junio de 2001.
b) Documentación a presentar: La exigida en los pliegosde cláusulas administrativas particulares y prescrip-ciones técnicas.
c) Lugar de presentación:
Entidad: Universidad de Oviedo. Registro General.Domicilio: Plaza de Riego, 4, bajo.Localidad y código postal: Oviedo, 33003.
10.—Apertura de ofertas:
a) Entidad: Universidad de Oviedo. Sala de Juntas delConsejo Social.
b) Domicilio: Plaza de Riego, 4-3.ª planta.c) Localidad: Oviedo.d) Fecha: 29 de junio de 2001.e) Hora: 10,00 horas.
11.—Gastos de anuncio:
Los gastos de anuncios oficiales y de prensa que se ori-ginen serán por cuenta del adjudicatario.
12.—Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de las Comu-nidades Europeas”:
7 de mayo de 2001.
Oviedo, a 7 de mayo de 2001.—El Rector.—7.781.
11–V–20016226 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
IV. Administración Local
AYUNTAMIENTOS
DE CASTRILLON
AnuncioQue el Pleno Municipal, en sesión ordinaria celebrada el
30 de abril de 2001, adoptó, entre otros, los siguientesacuerdos:
11–V–2001 6227BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
De acuerdo con lo prevenido en los artículos 150 y 151de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se exponenal público por espacio de 15 días, a fin de que los interesadospuedan examinarlos y presentar reclamaciones ante el PlenoCorporativo, teniendo en cuenta que si durante el citado plazono se presentasen reclamaciones ante el Pleno Corporativo,se considerarán aprobados definitivamente.
En Piedras Blancas, a 2 de mayo de 2001.—El Alcal-de.—7.586.
DE LLANES
Transcurrido el plazo de exposición al público del expe-diente de presupuestos generales de esta Corporación parael ejercicio 2001, aprobado por el Pleno del Ayuntamientoel 3 de marzo de 2001, y habiéndose presentado alegacionesal mismo que fueron consideradas en sesión plenaria de 24de abril, quedaron definitivamente aprobados en dicha sesiónlos presupuestos generales de este Ayuntamiento para el año2001, conforme a lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las HaciendasLocales, siendo su resumen por capítulos el que se indicaseguidamente:
De acuerdo con el artículo 152 de la Ley 39/1988, de28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, contrala aprobación definitiva de los presupuestos generales parael ejercicio 2001, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponer directamente recurso contencioso-administrativoante la Sala de esta Jurisdicción de Oviedo, en el plazo dedos meses.
Con independencia del recurso anterior, se podrá solicitarde esta administración, la revocación de sus actos, la rec-tificación de errores materiales, de hecho o aritméticos einterponer cualquier otro recurso que estime procedente (ar-tículos 89 y 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común).
Tal y como se señala en el art. 127 del Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se apruebael texto refundido de Régimen Local, se publica la plantilladel personal de esta Corporación junto con el resumen delpresupuesto.
11–V–20016228 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Llanes, a 26 de abril de 2001.—El Alcalde.—7.407.
DE MUROS DE NALON
AnuncioPor resolución del Alcalde de Muros de Nalón de fecha
3 de mayo de 2001 se aprobó el pliego de condiciones eco-nómico-administrativas. En las que han de regir la subastamaderable del monte de utilidad pública número 336, deno-minado “Monteagudo”.
1.—Entidad adjudicadora:
Ayuntamiento de Muros de Nalón.a) Organismo: Alcalde.b) Dependencia: Secretaría.c) N.º Expte. 287/2.3/99.
2.—Objeto del contrato:
a) Tiene por objeto la enajenación mediante el sistemade subasta pública, por el trámite de urgencia, delaprovechamiento maderable que a continuación seindica y cuya adjudicación se realizará con arreglo aeste pliego de condiciones económico-administrativas:
“Monte de utilidad pública denominado «Monteagu-do», número 336 del catálogo de esta provincia; conun volumen de 51 m.3, correspondientes a 51 pinospinaster, y 436 m.3 correspondientes a 613 eucaliptos.”La Oficina Comarcal de la Consejería de Medio Ruraly Pesca del Principado de Asturias ubicada en Praviainformará a través de los Guardias Forestales de losárboles precisos objeto de esta subasta.La adjudicación de este aprovechamiento se ajustaráa las presentes condiciones económico-administra-tivas.El plazo de ejecución será de 10 meses contados apartir del día siguiente hábil al de la adjudicación.
b) Plazo de ejecución: 10 meses.
3.—Tramitación:
Urgente.Procedimiento: Abierto.Forma: Subasta.
4.—Tipo:
Base: 1.776.000 ptas. (IVA incluido).Indice: 2.220.000 ptas. (IVA incluido).
5.—Garantía provisional:
Provisional: 35.520 ptas.Definitiva: 4% del remate.
6.—Obtención de documentación e informaciones:
a) Entidad: Ayuntamiento de Muros de Nalón.b) Domicilio: Plaza Marqués de Muros.c) Localidad: 33138, Muros.d) Teléfono: 985 58 30 03 - 985 58 30 30.e) Fax: 985 58 34 96.f) Fecha límite de obtención de documentación e infor-
mación: 2 días anteriores al señalado como últimodel plazo de recepción de proposiciones.
7.—Requisitos contratistas:
No se precisan.
8.—Documentación de ofertas:
a) Fecha límite: 13 días naturales, a contar desde elsiguiente día natural al de publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, hasta las 14horas del último día, siempre que el mismo sea hábil,si no lo fuera o fuese sábado, se pospondrá al díasiguiente hábil.
b) Documentación a presentar: La que se especifica enel pliego de cláusulas administrativas que rige lalicitación.
c) Lugar de presentación: Ayuntamiento de Muros deNalón, Plaza Marqués, 13, 33138, Muros de Nalón.
d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado amantener la oferta: 3 meses a contar desde la aperturade proposiciones.
9.—Apertura de ofertas:
En el Ayto. de Muros de Nalón.Fecha: A las 17 horas del día siguiente hábil al de con-clusión del plazo de presentación de proposiciones siem-pre que no sea sábado, en cuyo caso será el primer díahábil siguiente.
10.—Gastos de anuncios:
Por cuenta del adjudicatario.
Muros de Nalón, a 3 de mayo de 2001.—El Alcal-de.—7.752.
DE OVIEDO
Proyecto de estatutos y bases de actuación para constituciónde la Junta de Compensación de la U.G. Campo de los
Patos.—Aprobación definitiva.—Expte.: 1195-990013
La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el día 23de abril de 2001, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aceptar las alegaciones que se refieren a ejer-cicio de derecho de voto por parte del Secretario de la Juntacuando éste no sea propietario de terrenos dentro de la mis-ma; en consecuencia al art 18 de los estatutos se le añadeel siguiente párrafo: “En el supuesto de que el cargo delSecretario recaiga sobre persona ajena a la Junta, asistiráa las asambleas con voz y sin voto”.
Rechazar el resto de las alegaciones por las razones reco-gidas en el informe de la Sección de Planeamiento. A talesefectos se dará traslado a la interesada del escrito de con-testación a las alegaciones e informe emitidos.
Segundo.—Modificar la base XI, que se redacta de lasiguiente forma: “XI.—Atribuyéndose a la Junta de Com-pensación la función de poder edificar los solares resultantes,cuando así lo acuerde respecto de cada uno de ellos, y deter-minará si se hace mediante la participación conjunta de todoslos partícipes de la Junta, según sus cuotas de aportación,
Donde dice:
4.2. Cursos y actividades de enseñanza de la natación en todos sus niveles:
Cursos de 2 días a la semana:
11–V–2001 6229BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
o encomendándose su ejecución a varios de ellos. El inmuebleque se construya por la Junta se valorará según los preciosde mercado vigentes en el momento de realizar la edificación,mediante el método comparativo, tomando para ello los valo-res de edificios del entorno de similares características y cali-dades. El precio de venta a terceras personas se determinaráa partir del valor del inmueble a construir, calculando segúnla regla anterior”.
Tercero.—Aprobar definitivamente los estatutos y basesde actuación de la Unidad de Gestión Campo de los Patoscon las correcciones que se citan en los acuerdos anterioresy las prescripciones del acuerdo de aprobación inicial.
Cuarto.—Notificar estos acuerdos a todos los propietariosafectados por el sistema y requerir a los que no hubieransolicitado su incorporación a la Junta, para que así lo efectúen,si lo desean, en el plazo de un mes, contando desde la noti-ficación, con la advertencia de que si no lo hicieran, los terre-nos serán expropiados a favor de la Junta de Compensación.
Recursos
La presente resolución pone fin a la vía administrativa con-forme a lo establecido en los artículos 109 de la Ley de Régi-
men Jurídico de las Administraciones y del ProcedimientoAdministrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, y 52.2de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, de2 de abril de 1985. Contra la misma, podrán interponerselos siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, el de reposición, ante el mismoórgano que dictó la presente resolución, en el plazo de unmes contado desde el día siguiente a su notificación (arts.116 y 117 LPC modificados por la Ley 4/1999, de 13 de enero).
b) El contencioso-administrativo, en el plazo de dos mesescontados desde el día siguiente a la notificación de esta reso-lución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tri-bunal Superior de Justicia de Asturias (arts. 10 y 46 de laLey reguladora de dicha Jurisdicción, de 13 de julio de 1998).
Con independencia de lo expuesto anteriormente, los inte-resados podrán también solicitar de la Administración Públicala revocación de sus actos, la rectificación de errores mate-riales, de hecho o aritméticos, así como interponer cualquierotro recurso que estimen oportuno (artículos 89 y 105 LPC).
Oviedo, a 20 de abril de 2001.—El Concejal Delegado deUrbanismo.—7.750.
DE PARRES
Anuncio de rectificación de error materialAdvertido error material en el anuncio de este Ayun-
tamiento de Parres, publicado en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias de 3 de marzo de 2001, relativoa la aprobación definitiva de la modificación de ordenanzasfiscales, y en concreto en lo que se refiere al apartado 4.2
del artículo 5 de la ordenanza fiscal número 20, reguladorade la tasa por la prestación de servicios y uso de instalacionesy anexos de la piscina climatizada de Arriondas, es por loque, de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/92,de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, se procede de oficio a rectificar el error mate-rial padecido, y por consiguiente:
Abonados No abonados
Mes Semestre Mes Semestrepesetas pesetas pesetas pesetas
Menores de 18 años o de 26, desempleados o estudiantes ....................................................... 1.466 3.250 2.667 6.400Adultos entre 18 y 65 años ............................................................................................................ 2.134 5.120 3.333 8.000Pensionistas, jubilados y mayores de 65 años ............................................................................. 1.866 4.480 3.000 7.200
Cursos de 3 días a la semana:
Abonados No abonados
Mes Semestre Mes Semestrepesetas pesetas pesetas pesetas
Menores de 18 años o de 26, desempleados o estudiantes ....................................................... 2.200 5.280 4.000 9.600Adultos entre 18 y 65 años ............................................................................................................ 3.200 7.680 5.000 12.000Pensionistas, jubilados y mayores de 65 años ............................................................................. 2.800 6.720 4.500 10.800
Debe decir:
4.2. Cursos y actividades de enseñanza de la natación en todos sus niveles:
11–V–20016230 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Cursos de 2 días a la semana:
Abonados No abonados
Mes Semestre Mes Semestrepesetas pesetas pesetas pesetas
Menores de 18 años o de 26, desempleados o estudiantes ....................................................... 1.466 3.520 2.667 6.400Adultos entre 18 y 65 años ............................................................................................................ 2.134 5.120 3.333 8.000Pensionistas, jubilados y mayores de 65 años ............................................................................. 1.866 4.480 3.000 7.200
Cursos de 3 días a la semana:
Abonados No abonados
Mes Semestre Mes Semestrepesetas pesetas pesetas pesetas
Menores de 18 años o de 26, desempleados o estudiantes ....................................................... 2.200 5.280 4.000 9.600Adultos entre 18 y 65 años ............................................................................................................ 3.200 7.680 5.000 12.000Pensionistas, jubilados y mayores de 65 años ............................................................................. 2.800 6.720 4.500 10.800
Arriondas, a 26 de abril de 2001.—El Alcalde.—7.408.
DE RIBERA DE ARRIBA
AnuncioEl Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada
el 22 de febrero de 2001, aprobó provisionalmente la modi-ficación de la ordenanza fiscal n.º 11, reguladora de la tasapor licencias urbanísticas.
Transcurrido el plazo de exposición al público sin que sehayan presentado reclamaciones, quedan elevados a defini-tivos los acuerdos provisionales que modifican el artículo 7ºde la citada ordenanza, quedando redactado como sigue
Ordenanza fiscal n.º 11Tasa por licencias urbanísticas
Artículo 7.º
La cuota tributaria resultará de aplicar las
TARIFAS
Epígrafe 1.º—Obras, instalaciones y construcciones engeneral, licencias para:
a) Obras menores: 3.500 ptas.b) Licencias para obras que requieren proyecto técnico:
40.000 ptas.c) Licencias para obras que requieren proyecto técnico y
estudio de detalle: 85.000 ptas.
Epígrafe 2.º—Parcelaciones, satisfarán una cuota de:26.000 ptas.
Epígrafe 3.º—Segregaciones, satisfarán una cuota de:26.000 ptas.
Epígrafe 4.º—Calificaciones, satisfarán unan cuota de:15.000 ptas.
Epígrafe 5.º—Las obras de cierre de fincas y solares, pormetro lineal o fracción: 125 ptas.
Epígrafe 6.º—Los movimientos de tierra devengarán pormetro cúbico o fracción: 7 ptas.
Epígrafe 7.º—Las licencias que se otorguen para la primerautilización de viviendas o instalaciones devengarán una cuotafija por vivienda de: 1.600 ptas.
Soto de Ribera, 25 de abril de 2001.—El Alcalde.—7.219.
— • —
EdictoEl Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 27 de abril
de 2000, acordó aprobar el Convenio con el Principado deAsturias para ampliar la delegación de la gestión y recau-dación de los tributos en el Servicio de Recaudación del Prin-cipado de Asturias a las tasas por suministro de agua, recogidade basura y alcantarillado y al impuesto sobre el incrementode valor de los terrenos de naturaleza urbana.
El texto íntegro del mencionado acuerdo plenario se publi-có en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturiasde 4 de julio de 2000.
En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 106.3de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases deRégimen Local; los artículos 7 y 8 de la Ley 39/1988, de28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y lospreceptos concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, se hace públicoel texto íntegro del citado Convenio.
Convenio de delegación de la gestión y recaudación de tributosy de otros ingresos de derecho público no tributarios
En Oviedo, a 23 de junio de 2000.
Reunidos:
De una parte el Ilmo. Sr. D. José-Ramón García Saiz,Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Ribera de Arriba,facultado para este acto por acuerdo plenario de fecha 27de abril de 2000.
11–V–2001 6231BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
De otra, la Ilma. Sra. doña Elena Carantoña Alvarez, Con-sejera de Hacienda del Principado de Asturias, facultadamediante acuerdo de Consejo de Gobierno del Principadode Asturias de fecha 2 de diciembre de 1999.
Manifiestan:
La voluntad del Principado de ofrecer a los Ayuntamientosun servicio de administración tributaria completa, rigurosay eficiente, superando las limitaciones de una actuación aescala local y aprovechando las posibilidades técnicas, jurí-dicas y económicas que un ámbito mayor permite, de modoque resulten favorecidos tanto el propio municipio como loscontribuyentes, receptores últimos del servicio. Y la acep-tación del Ayuntamiento en el sentido de encomendar alPrincipado de Asturias dicha gestión en los términos con-templados en el presente Convenio.
Convienen:
El Ayuntamiento de Ribera de Arriba, delega en el Prin-cipado de Asturias, con efectividad a partir del día siguientea su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, a tenor de lo establecido en el art. 106 de laLey 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de RégimenLocal y en los artículos 7 y 8 de la Ley 39/88, de 28 dediciembre, reguladora de las Haciendas Locales, según redac-ción dada por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de MedidasFiscales, Administrativas y de Orden Social, las funcionesexpresadas en los apartados que a continuación se indicancon una cruz, con un alcance y contenido plenos para surealización, sin perjuicio de las condiciones que más adelantese establecen:
X A.—Gestión tributaria y recaudación del impuesto sobrebienes inmuebles.
X B.—Gestión tributaria y recaudación del impuesto sobreactividades económicas.
X C.—Gestión tributaria, inspección y recaudación delimpuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
X D.—Gestión tributaria y recaudación de las tasas porsuministro de agua, del Servicio de Alcantarillado y de Reco-gida de Basuras.
X E.—Gestión tributaria, inspección y recaudación delimpuesto sobre el incremento del valor de los terrenos denaturaleza urbana.
X F.—Recaudación en vía ejecutiva de otros tributos ydemás ingresos de derecho público no tributario.
Esta delegación se concreta, entre otras, en las siguientesfacultades:
A.—Gestión tributaria.
1.—Actos administrativos de gestión y liquidación del tri-buto, incluso de los intereses de demora, y realización delas notificaciones que de ellos se deriven.
2.—Confección y aprobación de los listados de liquidación.3.—Concesión y denegación de exenciones y bonificaciones.4.—Actuaciones administrativas de comprobación, con cali-
ficación de infracciones en su caso, e imposición de sanciones.5.—Resolución de los recursos que se interpongan contra
actos propios de la gestión tributaria.6.—Adopción del régimen de autoliquidación cuando legal-
mente proceda.7.—Establecimiento de las obligaciones formales exigibles.8.—Actuaciones de información y asistencia al contri-
buyente.9.—Aceptación de las delegaciones de la Administración
Tributaria del Estado o establecimiento de las fórmulas decolaboración previstas en la legislación vigente sobre Hacien-das Locales.
No se delega la aprobación de la ordenanza fiscal, la cualserá aprobada por el órgano competente de la entidad local,utilizando siempre que sea posible criterios de homogeneidadcon respecto a otras entidades locales que asimismo tengandelegada la gestión tributaria en el Principado de Asturias.No se entenderá extensivo el principio de homogeneidad ala cuantificación de valoraciones, calificaciones, índicescorrectores, coeficientes, tarifas, tipos o recargos municipalesque incidan en el resultado final de la cuota tributaria.
Igualmente, y respecto a la tasa por suministro de agua,no se delegan las labores de medición del consumo, sin per-juicio de las formas de colaboración en la gestión que puedanarbitrarse.
B.—Gestión recaudatoria.
1) Emisión de instrumentos cobratorios, derivados de lasliquidaciones, notificación de las mismas cuando reglamen-tariamente proceda, y su recaudación en período voluntario.Ello incluso en caso de autoliquidación o liquidación porcontraído previo.
2) Determinación de períodos de cobranza voluntaria enel caso de tributos de cobro periódico y notificación colectiva.
3) Expedición de certificaciones de descubierto, individua-les o colectivas, excepto en los casos del apartado F, relativoa otros tributos e ingresos de derecho público en los quecorresponderá al órgano competente de la entidad local.
4) Dictado de la providencia de apremio.
5) Recaudación en vía de apremio de los tributos e ingresosde derecho público, ejerciendo todas las facultades inherentesa dicha vía y en particular dictando las providencias deembargo.
6) Liquidación y recaudación de recargos, costas e interesesde demora. Cálculo de intereses de demora cuando el Prin-cipado de Asturias acuerde que el mismo se realice en elmomento del pago de la deuda, y su recaudación.
7) Resolución de expedientes de devolución de ingresosindebidos y realización material de las devoluciones.
8) Concesión de aplazamientos y fraccionamientos.
9) Resolución de recursos contra la providencia de apremioy demás actos administrativos del procedimiento recauda-torio.
10) Aprobación de expedientes de incobrables o insolventesy de cualquier otro motivo de data, incluida la fijación deun importe mínimo para la data y baja contable.
La delegación de competencias no se entenderá extensivaa los actos de liquidación cuyo devengo se haya producidocon más de un año de antigüedad con respecto a la entradaen vigor del presente acuerdo, ni a actos de recaudacióncon más de dos años desde la liquidación.
La delegación, así como la revocación, en su caso, porparte de la entidad local de la delegación conferida al Prin-cipado de Asturias, se refiere expresamente a todas y cadauna de las facultades de gestión tributaria, inspección y recau-dación, según lo que se encomiende en cada caso, y a todoslos contribuyentes de un mismo tributo o ingreso de derechopúblico no tributario.
La delegación afecta a todos los ejercicios a partir del ini-cial; la revocación, que deberá realizarse mediante comu-nicación fehaciente con al menos tres meses de antelación
11–V–20016232 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
a la fecha que finalice el ejercicio (31 de diciembre), afectaráa todos los ejercicios, y tendrá efectividad a partir del 1 deenero del año siguiente al de la comunicación.
El Principado de Asturias podrá rechazar aquellas liqui-daciones o certificaciones de descubierto que no reúnan losrequisitos legalmente exigibles, así como establecer un impor-te mínimo para su aceptación.
La delegación conferida estará condicionada al cumpli-miento de las siguientes bases y condiciones:
Bases económicas
a) En compensación por los gastos de gestión, el Ayun-tamiento asumirá como coste unos determinados porcentajessobre el principal recaudado en vía voluntaria y ejecutiva,sin perjuicio de lo que posteriormente se establece respectoa las costas. Dichos porcentajes se establecerán por la Con-sejería de Hacienda a la vista de los resultados económicosde la Administración Tributaria en cada ejercicio, con efectospara el siguiente, y será comunicado a la entidad local; nopudiendo superar en ningún caso los que a continuación sedeterminan:
A) Gestión y recaudación del impuesto sobre bienes inmue-bles: 4,75%.
B) Gestión y recaudación del impuesto sobre actividadeseconómicas: 4,75%.
C) Gestión, inspección y recaudación del impuesto sobrevehículos de tracción mecánica: 4,75%.
D) Gestión tributaria y recaudación de las tasas por sumi-nistro de agua, basura y alcantarillado: 4%.
E) Gestión, inspección y recaudación del impuesto sobreincremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana:4,75%.
En vía ejecutiva, tanto respecto a los apartados A, B, C,D y E como al F (recaudación ejecutiva de otros tributose ingresos de derecho público no tributarios), la compen-sación equivaldrá al importe de recargo de apremio.
El Principado de Asturias aplicará el porcentaje sólo ala parte del principal destinada al Ayuntamiento, es decir,excluido cualquier concepto integrante del principal que lecorresponda, como el recargo provincial sobre el impuestode actividades económicas o el canon de saneamiento, todoello sin perjuicio de la obligación por ambas partes de respetarlos principios legales y técnicos en materia contable y pre-supuestaria. Si la recaudación de los citados conceptos corres-pondientes al Principado de Asturias conllevase el derechoa la percepción de comisiones o premios de cobranza, dichaspercepciones serán a favor del Principado de Asturias.
No se incluirá en el coste la carga derivada de la operaciónfinanciera.
Las costas devengadas y recaudadas como consecuenciade la ejecución del procedimiento de apremio se aplicaránal Principado de Asturias, que a su vez será quien incurraen los correspondientes costes de recaudación. Los recargosy los intereses de demora corresponderán a la entidad local,si bien podrá ser objeto de aplicación de las comisiones pre-vistas para la liquidación y recaudación, incluso cuando seacumulen a la deuda en ejecutiva.
b) Para la fijación de los porcentajes el Principado de Astu-rias se compromete a respetar el criterio de neutralidad eco-nómica y carencia de ánimo de lucro, de tal modo que losingresos derivados de convenios con Ayuntamientos u otrasentidades sean destinados a la cobertura de costes de losórganos o entidades que específicamente realizan la admi-
nistración tributaria, justificándose la existencia de beneficiosúnicamente en previsión de futuras inversiones, y reducién-dose en caso de exceso los porcentajes aplicables. Para eladecuado funcionamiento de dichos órganos o entidades elPrincipado de Asturias se compromete igualmente al abonode comisiones al menos similares por la gestión, inspeccióny recaudación de sus propios tributos o ingresos.
c) La liquidación anual se practicará en el mes de marzodel ejercicio siguiente.
d) Se reintegrará, mediante la liquidación anual, el anticipofinanciero efectuado.
e) En el caso de devolución de ingresos indebidos, su impor-te será compensado preferentemente de la liquidación anualy, en otro caso, de las entregas mensuales, mediante un cálculode signo opuesto al que procedería practicar si se tratasede valores recaudados en el ejercicio en el que haya tenidolugar la devolución. Si la devolución estuviese ocasionadapor defectos de la ordenanza reguladora, advertidos previa-mente por el Principado de Asturias al Ayuntamiento y nosubsanados por éste, el Principado de Asturias quedará libe-rado de la retrocesión de comisiones, y podrá asimismo reem-bolsarse del coste de las garantías aportadas por el contri-buyente para suspender la ejecución de la deuda que se hayavisto obligado a sufragar por declaración de improcedenciade la misma.
f) En el caso de liquidaciones finales negativas, el saldoa favor del Principado de Asturias podrá deducirse de pos-teriores liquidaciones o de las entregas financieras mensuales.
Bases financieras
Con anterioridad a la liquidación anual, el Ayuntamientopercibirá, en la cuenta que designe, los siguientes anticipos,calculados sobre la liquidación del ejercicio anterior y referidaésta tanto a la vía voluntaria, incluyendo liquidaciones deingreso directo, como al período ejecutivo.
I.B.I e I.A.E.:
• Anticipo mensual equivalente a la doceava parte delnoventa y cinco por ciento (95%) de la recaudacióndel ejercicio anterior.
• Entrega del cinco por ciento (5%) restante en el mesde diciembre.
I.V.T.M.:
• Anticipo mensual durante los meses de enero, febreroy marzo equivalente, respectivamente, al veinte (20%),treinta (30%) y cincuenta (50%) por ciento de la recau-dación del ejercicio anterior.
Tasas por suministro de agua, basura y alcantarillado:
• Anticipo mensual equivalente a la doceava parte delcien por cien (100%) de la recaudación del ejercicioanterior.
Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenosde naturaleza urbana:
• Anticipo mensual equivalente a la doceava parte delcien por cien (100%) de la recaudación del ejercicioanterior.
Otros:
• Anticipo mensual equivalente a la doceava parte delochenta por cien (80%) de la recaudación del ejercicioanterior.
11–V–2001 6233BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Las entregas mencionadas se realizarán durante la segundaquincena de cada mes. Los anticipos correspondientes a lostres primeros meses de cada año se podrán realizar por unacantidad idéntica a la de una mensualidad de anticipo delejercicio anterior. Una vez conocida la liquidación anual delejercicio de referencia (anterior al corriente), se adaptaránlas posteriores entregas al criterio establecido, regularizán-dose los anticipos provisionales realizados en los mesesprecedentes.
Bases operativas
a) Cuando en el término municipal no exista oficina recau-datoria permanente, el Ayuntamiento procurará facilitar alPrincipado de Asturias, en caso de necesidad y durante elperíodo de cobranza en vía voluntaria de los tributos de cobroperiódico y notificación colectiva, un local con las suficientescondiciones de uso y seguridad.
b) Cuando así se solicite por el Principado de Asturias,el Ayuntamiento procurará prestar su colaboración medianteagentes de la Policía Local y en su caso a través de sus serviciosde grúa y depósito de vehículos, para la realización de embar-gos, precintajes y para la retirada de bienes embargados.
c) El Ayuntamiento colaborará con el Principado de Astu-rias y comunicará a éste, con o sin requerimiento previo,cualquier información o elemento con trascendencia para laefectividad de la gestión encomendada del cual tenga cono-cimiento.
Rendición de cuentas
La Consejería de Hacienda quedará obligada a dar trasladoanualmente al Ayuntamiento, junto con la liquidación anual,del estado de cuentas de la gestión efectuada, debidamenteaprobado y fiscalizado.
Lo que se hace público a los efectos exigidos en los pre-ceptos legales citados.
Soto de Ribera, 2 de mayo de 2001.—El Alcalde.—7.583.
DE VEGADEO
AnuncioEl Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada
el día 30 de abril de 2001, aprobó, inicialmente, el presupuestomunicipal para el ejercicio 2001, así como las bases de eje-cución y plantilla de personal.
Se somete el expediente a información pública, en cum-plimiento de los artículos 150.1, de la Ley 39/88, de 28 dediciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y 20.1 delR.D. 500/90, de 20 de abril, por el que se aprueba el Regla-mento Presupuestario, por un plazo de quince días hábiles,contados a partir del siguiente a la fecha de inserción delpresente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, durante los cuales los interesados podrán exa-minarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno, en los tér-minos establecidos por los artículos 151 de la Ley y 22 delReal Decreto citados.
El presupuesto se considerará definitivamente aprobadosi durante el indicado período no se presentan reclamaciones,de conformidad con los artículos 150.1 de la Ley y 20 delR.D. 500/1990.
En caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de unmes para resolverlas, que se contará a partir del siguientea la finalización de la exposición al público.
Las reclamaciones se considerarán denegadas, en cualquiercaso, si no se resolviesen en el acto de aprobación definitiva.
Vegadeo, a 30 de abril de 2001.—La Alcaldesa.—7.624.
11–V–20016234 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
V. Administración de Justicia
TRIBUNAL SUPERIOR DEJUSTICIA DEL PRINCIPADO
DE ASTURIAS
SECRETARIA DE GOBIERNOEdicto
Oferta pública de plaza de Secretariojudicial en régimen de provisión temporal
En cumplimiento de Acuerdo de laSala de Gobierno del Tribunal Superiorde Justicia de la Comunidad Autónomadel Principado de Asturias, de fecha 7de marzo de 2001, y mediante autori-zación de la Dirección General de Rela-ciones con la Admón. de Justicia, defecha 12 de marzo de 2001, se convocaconcurso público para cubrir una plazade Secretario de la Administración deJusticia en régimen de provisión tem-poral, dentro de esta Comunidad Autó-noma, en el Juzgado de Primera Ins-tancia e Instrucción de Luarca, confor-me a las siguientes bases:
Primera: Las solicitudes para partici-par en el concurso se presentarán enla Secretaría de Gobierno de este Tri-bunal Superior de Justicia, Plaza Porlier,s/n, bien directamente o sirviéndose decualquiera de las modalidades previstasde acuerdo con la Ley de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento AdministrativoComún, dentro de los diez días naturalessiguientes al de su publicación en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.
Segunda: Sólo podrán tomar parte enel concurso quienes al finalizar el plazode presentación de solicitudes reúnanlos siguientes requisitos: Ser español,mayor de edad y Licenciado en Dere-cho, así como no estar incurso en lascausas de incapacidad e incompatibili-dad previstas en el artículo 474 de laLey Orgánica del Poder Judicial.
Tercera: Las instancias y documentosque las acompañen deberán presentarsepor duplicado. Entre los documentosdeberán incluirse copia del documentonacional de identidad y cualesquieraotros que considere de oportuna apor-tación el concursante.
Cuarta: Las instancias deberán con-tener inexcusablemente los siguientesdatos:
a) Nombre y apellidos, edad, númerodel documento nacional de identidad,domicilio y teléfono, en su caso.
b) Declaración expresa de que el can-didato reúne todos y cada uno de losrequisitos exigidos en la convocatoria yse compromete a prestar juramento opromesa, de conformidad con lo queestablece el artículo 459.2 de la LeyOrgánica del Poder Judicial, y de tomarposesión en los plazos legalmente pre-vistos.
c) Indicación con orden de preferen-cia de la concreta plaza o plazas quepretenda cubrir entre las convocadas enel presente concurso.
d) Relación de méritos que estimeoportuno alegar y, en su caso, de espe-cialización en las disciplinas jurídicaspropias de los órdenes jurisdiccionalesCivil y Penal.
Quinta: La preferencia para ser nom-brado se hará sobre la base de las reglasestablecidas en el artículo 38.2 delReglamento Orgánico del Cuerpo deSecretarios Judiciales, aprobado porReal Decreto 429/88, de 29 de abril.
Sexta: En todo lo demás que no hayasido expresamente dispuesto en la pre-sente convocatoria, será de aplicaciónlo establecido por la Ley Orgánica delPoder Judicial en el artículo 482.1 dela misma y en cuanto sea aplicable lasdisposiciones orgánicas del título IV dellibro IV de la referida Ley referente aJueces en Régimen de Provisión Tem-poral y artículo 38 y siguientes del RealDecreto 429/88, de 29 de abril, queaprueba el Reglamento Orgánico delCuerpo de Secretarios Judiciales.
Oviedo, 10 de abril de 2001.—ElSecretario de Gobierno.—7.068.
JUZGADOS DEPRIMERA INSTANCIA
DE GIJON NUMERO 2
EdictoDoña María José Suárez González,
Magistrada-Jueza del Juzgado de Pri-mera Instancia número 2 de los deGijón,
Hago saber: Que en dicho Juzgadoy con el núm. 866/2000, se tramita pro-cedimiento judicial sumario al amparodel art. 131 de la Ley Hipotecaria, ainstancia de Unión de Créditos Inmo-biliarios, S.A., Establecimiento Finan-ciero, contra don José Santiago LobatoGarcía y doña Concepción RamosMulero, en reclamación de crédito hipo-tecario, en el que por resolución de estafecha se ha acordado sacar a públicasubasta, por primera vez y término deveinte días, los bienes que luego sedirán, señalándose para que el acto delremate tenga lugar en la Sala de Audien-cia de este Juzgado el día 15 de junio,a las 10,00 horas, con las prevencionessiguientes:
Primera.—Que el tipo de la subastaes de 24.883.200 pesetas, pactado en laescritura de constitución de hipoteca, nose admitirán posturas que no cubrandicho tipo.
Segunda.—Que los licitadores, paratomar parte en la subasta, deberán con-signar previamente en la cuenta de esteJuzgado en el Banco Bilbao Vizcaya,S.A., núm. 3285000018086600, una can-tidad igual, por lo menos, al treinta porciento del valor de los bienes que sirvade tipo, haciéndose constar el númeroy año del procedimiento, sin cuyo requi-sito no serán admitidos, no aceptándoseentrega de dinero en metálico o chequesen el Juzgado.
Tercera.—Los autos y la certificacióndel Registro a que se refiere la reglacuarta del artículo 131 de la Ley Hipo-tecaria están de manifiesto en la Secre-taría del Juzgado, entendiéndose quetodo licitador acepta como bastante latitulación existente, y que las cargas ogravámenes anteriores y los preferentes,si los hubiere, al crédito del actor, con-tinuarán subsistentes, entendiéndoseque el rematante los acepta y quedasubrogado en la responsabilidad de losmismos, sin destinarse a su extinción elprecio del remate.
Cuarta.—Si la mejor postura fueraigual o superior al setenta por cientodel valor por el que el bien hubiere sali-do a subasta, el Tribunal, mediante auto,el mismo día o siguiente, aprobará elremate en favor del mejor postor. Enel plazo de veinte días, el rematantehabrá de consignar en la cuenta de
11–V–2001 6235BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
depósitos y consignaciones la diferenciaentre lo depositado y el precio total delremate.
Quinta.—Si fuera el ejecutante quienhiciese la mejor postura igual o superioral setenta por ciento del valor por elque el bien hubiere salido a subasta,aprobado el remate, se procederá porel Secretario judicial a la liquidación delo que se deba por principal, interesesy costas y, notificada esta liquidación,el ejecutante consignará la diferencia,si la hubiere.
Sexta.—Si sólo se hicieren posturassuperiores al setenta por ciento del valorpor el que el bien hubiere salido a subas-ta, pero ofreciendo pagar a plazos congarantías suficientes, bancarias o hipo-tecarias, del precio aplazado, se harásaber al ejecutante, quien, en los veintedías siguientes, podrá pedir la adjudi-cación del inmueble por el setenta porciento del valor de salida. Si el ejecu-tante no hiciera uso de este derecho,se aprobará el remate en favor de lamejor de aquellas posturas, con las con-diciones de pago y garantías ofrecidasen la misma.
Séptima.—Cuando la mejor posturaofrecida en la subasta sea inferior alsetenta por ciento del valor por el queel bien hubiere salido a subasta, podráel ejecutado, en el plazo de diez días,presentar tercero que mejore la posturaofreciendo cantidad superior al setentapor ciento del valor de tasación o que,aun inferior a dicho importe, resultesuficiente para lograr la completa satis-facción del derecho del ejecutante.
Transcurrido el indicado plazo sin queel ejecutado realice lo previsto en elpárrafo anterior, el ejecutante podrá, enel plazo de cinco días, pedir la adju-dicación del inmueble por el setenta porciento de dicho valor o por la cantidadque se le deba por todos los conceptos,siempre que esta cantidad sea superiora la mejor postura.
Cuando el ejecutante no haga uso deesta facultad, se aprobará el remate enfavor del mejor postor, siempre que lacantidad que haya ofrecido supere elcincuenta por ciento del valor de tasa-ción o, siendo inferior, cubra, al menos,la cantidad por la que se haya despa-chado la ejecución, incluyendo la pre-visión para intereses y costas.
Si la mejor postura no cumpliera estosrequisitos, el Tribunal, oídas las partes,resolverá sobre la aprobación del rema-te a la vista de las circunstancias delcaso y teniendo en cuenta especialmentela conducta del deudor en relación conel cumplimiento de la obligación por laque se procede, las posibilidades delograr la satisfacción del acreedormediante la realización de otros bienes,el sacrificio patrimonial que la aproba-
ción del remate suponga para el deudory el beneficio que de ella obtenga elacreedor.
Octava.—En cualquier momentoanterior a la aprobación del remate ode la adjudicación, podrá el deudor libe-rar sus bienes pagando íntegramente loque se deba al ejecutante por principal,intereses y costas.
Novena.—Si en el acto de la subastano hubiere ningún postor, podrá elacreedor pedir la adjudicación de losbienes por el cincuenta por ciento desu valor de tasación o por la cantidadque se le deba por todos los conceptos.
Cuando el acreedor, en el plazo deveinte días, no hiciere uso de esa facul-tad, se procederá al alzamiento delembargo, a instancia del ejecutado.
Bienes que se sacan a subastapública
Departamento número tres, viviendaen la planta segunda, de la casa número16 de la c/ Río Nervión, que constituyela finca registral n.º 35.569, inscripción2.ª, al folio 101, del tomo 2.220 general,libro 587 de la sección 1.ª, inscrito enel Registro de la Propiedad de Gijón,n.º 1.
Gijón, a 19 de abril de 2001.—ElSecretario.—7.755.
JUZGADOS DEPRIMERA INSTANCIA
E INSTRUCCION
DE AVILES NUMERO 4Edicto
Doña María Luz Rodríguez Pérez,Magistrada-Jueza de Primera Instan-cia número 4 de Avilés,
Hago saber: Que en dicho Juzgado,y con el núm. 211/2000, se tramita pro-cedimiento judicial sumario al amparodel artículo 131 de la Ley Hipotecaria,a instancia de Comunidad AutónomaPrincipado de Asturias contra PabloJuan Díaz Arija y María Luisa CamblorGonzález, en reclamación de créditohipotecario, en el que por resolución deesta fecha se ha acordado sacar a públicasubasta, por primera vez y término deveinte días, los bienes que luego sedirán, señalándose para que el acto delremate tenga lugar en la Sala de Audien-cias de este Juzgado el día 21 de juniode 2001, a las 13,00 horas, con las pre-venciones siguientes:
Primera.—Que no se admitirán pos-turas que no cubran el tipo de la subasta.
Segunda.—Que los licitadores, paratomar parte en la subasta, deberán con-signar, previamente, en la cuenta de este
Juzgado en el Banco Bilbao VizcayaS.A., n.º 3266-000018021100, una can-tidad igual, por lo menos, al veinte porciento del valor de los bienes que sirvade tipo, haciéndose constar el númeroy año del procedimiento, sin cuyo requi-sito no serán admitidos, no aceptándoseentrega de dinero en metálico o chequesen el Juzgado.
Tercera.—Podrán participar con lacalidad de ceder el remate a terceros.
Cuarta.—En todas las subastas, desdeel anuncio hasta su celebración, podránhacerse posturas por escrito en pliegocerrado, haciendo el depósito a que seha hecho referencia anteriormente.
Quinta.—Los autos y la certificacióndel Registro, a que se refiere la reglacuarta del artículo 131 de la Ley Hipo-tecaria, están de manifiesto en la Secre-taría del Juzgado, entendiéndose quetodo licitador acepta como bastante latitulación existente, y que las cargas ogravámenes anteriores y los preferentes,si los hubiere al crédito del actor, con-tinuarán subsistentes, entendiéndoseque el rematante los acepta y quedasubrogado en la responsabilidad de losmismos, sin destinarse a su extinción elprecio del remate.
El presente edicto servirá de notifi-cación a los deudores para el caso deno poder llevarse a efecto en la fincao fincas subastadas.
Bienes que se sacan a subasta
Finca número diecinueve. Viviendatipo V3, sita en la planta tercera a laizquierda del portal 2, hoy calle SabinoAlvarez Gendín, n.º 22-B, finca n.º17.073, folio 185, libro 203, tomo 1.915.
La finca está valorada, a efectos desubasta, en la suma de tres millones tres-cientas cuarenta y cuatro mil cuatrocien-tas sesenta y tres pesetas.
Dado en Avilés, a 19 de marzo de2001.—El Secretario.—5.702.
DE AVILES NUMERO 5
Cédula de citación de remateEn virtud de lo acordado en resolu-
ción de esta fecha, en los autos de refe-rencia, juicio ejecutivo 423/2000, por lapresente se cita de remate a la deman-dada Dña. Natividad Núñez Fernández,a fin de que dentro del términoimprorrogable de nueve días hábiles seoponga a la ejecución contra la mismadespachada, si le conviniere, personán-dose en los autos por medio de Abogadoque la defienda y Procurador/a que larepresente, apercibiéndole que de noverificarlo será declarada en situaciónde rebeldía procesal parándole con elloel perjuicio a que hubiere lugar en dere-
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cho. Se hace constar expresamente que,por desconocerse el paradero de lademandada, se ha practicado embargosobre bienes de su propiedad sin previorequerimiento de pago, y que es elsiguiente bien:
Urbana.—Veinticuatro. Viviendaletra B, sita en la planta alta tercerasobre la baja, con entrada por el portal6-C del edificio, con frente a la calleAlvarez Gendín número 6 de Avilés. Esdel tipo B, y de la de la derecha segúnse desembarca de la escalera. Consta dediferentes habitaciones y servicios.Superficie útil, 75,17 metros cuadrados.Inscrita en el Registro de la PropiedadNúmero 2 de Avilés, al libro 166, tomo1.788, folio 114, finca 13.449.
Principal: 1.785.718 ptas.Intereses: 900.000 ptas.
El presente edicto servirá de notifi-cación en forma al esposo de la code-mandada Dña. Natividad Núñez Fer-nández, llamado D. Remedios JuanAltayo Oriol, a tenor de lo dispuestoen el artículo 144 del ReglamentoHipotecario.
En Avilés, a 17 de abril de 2001.—ElSecretario.—7.759.
DE GRADO NUMERO 1
EdictoDoña Rocío González Boñar, Jueza del
Juzgado de Primera Instancia número1 de Grado,
Hago saber: Que en dicho Juzgadoy con el número 35/1999, se tramita pro-cedimiento de juicio ejecutivo a instan-cia de Financiera Oviedo, S.A. (Esta-blecimiento Financiero de Crédito),contra Fernando Escudero González yMaría Antonia Fernández Fernández,en el que por resolución de esta fechase ha acordado sacar a pública subasta,por primera vez y término de 8 días,los bienes que luego se dirán, señalán-dose para que el acto del remate tengalugar en la Sala de Audiencias de esteJuzgado el día 25-6-2001, a las 10 horas,con las prevenciones siguientes:
Primera.—Que no se admitirán pos-turas que no cubran las dos terceras par-tes del avalúo.
Segunda.—Que los licitadores, paratomar parte en la subasta, deberán con-signar previamente en la cuenta de esteJuzgado en el Banco Bilbao VizcayaArgentaria, Sociedad Anónima, número33150000170035991, una cantidad igual,por lo menos, al veinte por ciento delvalor de los bienes que sirva de tipo,haciéndose constar el número y año delprocedimiento, sin cuyo requisito noserán admitidos, no aceptándose entre-ga de dinero en metálico o cheques. La
misma consignación deberán realizar enla cuenta que corresponda de dicha enti-dad bancaria.
Tercera.—Unicamente el ejecutantepodrá concurrir con la calidad de cederel remate a terceros.
Cuarta.—En todas las subastas, desdeel anuncio hasta su celebración, podránhacerse posturas por escrito en pliegocerrado, haciendo el depósito a que seha hecho referencia anteriormente.
Quinta.—La aprobación del rematequedará en suspenso hasta tanto seconozca la mejor postura ofrecida enambas subastas.
Para el supuesto de que no hubierepostores en la primera subasta, se señalapara la celebración de una segunda eldía 9-7-2001, a las 10 horas, sirviendode tipo el 75% del señalado para la pri-mera subasta, siendo de aplicación lasdemás prevenciones de la primera.
Igualmente, y para el caso de que tam-poco hubiere licitadores en la segundasubasta, se señala para la celebraciónde una tercera el día 23-7-2001, a las10 horas, cuya subasta se celebrará sinsujeción a tipo, debiendo consignar,quien desee tomar parte con la misma,el 20% del tipo que sirvió de base parala segunda.
Si por fuerza mayor o causas ajenasal Juzgado no pudiera celebrarse lasubasta en el día y hora señalados, seentenderá que se celebrará el siguientedía hábil, a la misma hora, exceptuandolos sábados.
Bienes que se sacan a subasta y su valor
Vehículo turismo marca Peugeot,modelo 605-SRI, matrícula LE-5409-T.
Precio de tasación: 175.000 pesetas.
Dado en Grado a 7 de abril de2001.—El Secretario.—6.854.
DE OVIEDO NUMERO 5
EdictoDon Agustín Azparren Lucas, Magistra-
do-Juez de Primera Instancia n.º 5 deOviedo,
Hago saber: Que en resolución deesta fecha dictada en el expediente desuspensión de pagos 124/2000, he acor-dado convocar a junta general de acree-dores para el día 12 de junio, a las 10,00horas, en la Sala de Audiencias de esteJuzgado, suspendiéndose la que veníaseñalada para el próximo día 4 de mayoa las 12,00 horas, habiendo mantenidola calificación de insolvencia definitiva.Los acreedores podrán comparecer per-sonalmente o por medio de otra persona
a favor de la cual se haya otorgado podernotarial bastante que deberá exhibir enel acto de la celebración de la junta.
Dado en Oviedo, a 17 de abril de2001.—El Secretario.—6.924.
JUZGADOS DE LO SOCIAL
DE AVILES NUMERO UNO
Edicto.-Cédula de notificaciónDoña María del Pilar Campo García,
Secretaria judicial del Juzgado de loSocial número uno de Avilés,
Hago saber: Que en el procedimientodemanda 105/2001, de este Juzgado delo Social, seguido a instancias de Fun-dación Laboral de la Construcción delPrincipado de Asturias, contra la empre-sa Marcelino Martín González, sobreordinario, se ha dictado la siguiente:
Se cita a don Marcelino Martín Gon-zález para la celebración del acto deconciliación y juicio que tendrá lugar eldía 14 de junio de 2001, a las 10,12 horasde su mañana, en la Sala de Audienciade este Juzgado de lo Social númerouno de Avilés, sito en la calle Marcosdel Torniello n.º 27, 3.ª planta, previ-niéndole que deberá comparecer con losmedios de prueba de que intente valersey advirtiéndole que el acto se celebraráaunque no comparezca, y que las suce-sivas comunicaciones se harán en estra-dos, salvo las que deban revestir formade auto o sentencia o se trate deemplazamiento.
Igualmente, se le hace saber que enla Secretaría de este Juzgado se encuen-tran a su disposición copias del escritode demanda y documentos acompaña-dos, así como de las resoluciones dic-tadas, contra las que cabe recurso dereposición ante este mismo órgano, enel término de cinco días desde sunotificación.
Y para que sirva de notificación enlegal forma a Marcelino Martín Gon-zález, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias.
En Avilés, a 6 de abril de 2001.—LaSecretaria.—6.851.
— • —
Edicto.-Cédula de notificacióny citación
Doña Pilar del Campo García, Secre-taria judicial del Juzgado de lo Socialnúmero uno de Avilés,
Hago saber: Que en el procedimientodemanda 108/2001, de este Juzgado delo Social, seguido a instancia de Fun-dación Laboral de la Construcción del
11–V–2001 6237BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Principado de Asturias, contra la empre-sa Star Canalizaciones, S.L., sobre can-tidad, se ha dictado la siguiente:
Habiendo resultado negativas, segúnconsta en los presentes autos, las dili-gencias de notificación y citación inten-tadas respecto de Star Canalizaciones,S.L., encontrándose en ignorado para-dero, se deja sin efecto, dada la proxi-midad de la fecha, el señalamiento quese tenía efectuado para el acto de con-ciliación y juicio.
Se señala nuevamente para dicho actoel día 14 de junio de 2001, a las 10,14horas.
Llévense a cabo las mismas citacionesacordadas en la resolución en que sehizo el señalamiento ahora suspendido,con iguales advertencias, y para ello, res-pecto al demandado, que se encuentraen ignorado paradero, efectúese la noti-ficación y citación mediante edicto quese publicará fijándolo en el tablón deanuncios de este Juzgado e insertándoloen el BOLETIN OFICIAL del Princi-pado de Asturias, en la forma prevenidaen el artículo 59 de la vigente Ley deProcedimiento Laboral.
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificacióny citación en legal forma a Star Cana-lizaciones, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción enel BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias.
En Avilés, a 10 de abril de 2001.—LaSecretaria.—6.564.
DE GIJON NUMERO UNO
Edicto.-Cédula de notificaciónDoña Carmen Villar Sevillano, Secre-
taria judicial del Juzgado de lo Socialnúmero uno de Gijón,
Hago saber: Que en el procedimientodemanda 358/2001, de este Juzgado delo Social, seguido a instancia de doñaBeatriz Zapico González, contra laempresa Montequín Sociedad de Res-ponsabilidad Limitada, sobre prestacio-nes, se ha dictado resolución de fecha9 de abril de 2001, cuya parte dispositiva,copiada en lo necesario, es del tenorsiguiente:
Providencia: Magistrado-Juez Sr.Rodríguez Luengos.
En Gijón, a 9 de abril de 2001.
Por presentada la anterior demanda,se admite a trámite.
Regístrese y fórmense los correspon-dientes autos. Cítese a las partes parael acto de juicio en única convocatoria,
señalándose en la Sala de Audienciasde este Juzgado de lo Social, sito enGijón, c/ Decano Prendes Pando, el día23 de mayo de 2001, a las 10,00 horasde su mañana.
Hágase entrega a la demandada delas copias presentadas.
Se advierte a las partes que deberánconcurrir al acto de juicio con todos losmedios de prueba de que intenten valer-se, no suspendiéndose por incompare-cencia de la demandada, y si el deman-dante, citado en forma, no comparecierani alegare justa causa que a juicio delMagistrado motive la suspensión del jui-cio, se le tendrá por desistido de sudemanda. (Arts. 82 y 83 de la L.P.L.).Tratándose de un proceso de SeguridadSocial, reclámese a la entidad gestorao, en su caso, servicio común, la remi-sión del expediente original o copia delmismo y, en su caso, informe de los ante-cedentes que posean en relación con elcontenido de la demanda dentro del pla-zo de los diez días siguientes a la recep-ción del oficio. Si se remitiese el expe-diente original, será devuelto a la enti-dad, firme que sea la sentencia deján-dose nota de ello (art. 141 de la L.P.L.).
Notifíquese a las partes esta reso-lución.
Así lo manda y firma S.S.ª Ilma. Doyfe.
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificaciónen legal forma a Montequín Sociedadde Responsabilidad Limitada, en igno-rado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias.
En Gijón, a 27 de abril de 2001.—LaSecretaria.—7.584.
DE GIJON NUMERO DOS
Edictos-Cédulas de citaciónDon Juan Ignacio Sánchez-Andrade
Carral, Secretario judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,
Hago saber: Que en autos n.º203/2001 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción, contra laempresa Ertank y Nuevos Manteni-mientos, sobre ordinario, se ha acorda-do citar a dicha empresa, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca eldía 5 de junio a las 10,30 de su mañana,para la celebración de los actos de con-ciliación y en su caso juicio, que tendrálugar en la Sala de Vistas de este Juz-gado de lo Social número dos de Gijón,sito en la c/ Decano Prendes Pando, n.º
1, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apode-rada, y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la adverten-cia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de citación en legalforma a Ertank y Nuevos Mantenimien-tos, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias,que se hará de forma gratuita, segúnestá previsto en la Ley 1/96, de 10 deenero, de asistencia jurídica gratuita,art. 2.d) y art. 6.4.
En Gijón, a 9 de abril de 2001.—ElSecretario.—6.429.
— • —
Don Juan Ignacio Sánchez-AndradeCarral, Secretario judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,
Hago saber: Que en autos n.º204/2001 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción, contra laempresa Construcciones Rehabilitacio-nes Demoliciones y Admon. O. Astu-rias, sobre ordinario, se ha acordadocitar a dicha empresa, en ignorado para-dero, a fin de que comparezca el día5 de junio a las 10,30 de su mañana,para la celebración de los actos de con-ciliación y en su caso juicio, que tendrálugar en la Sala de Vistas de este Juz-gado de lo Social número dos de Gijón,sito en la c/ Decano Prendes Pando, n.º1, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apode-rada, y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la adverten-cia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de citación en legalforma a Construcciones Rehabilitacio-nes Demoliciones y Admon. O. Astu-rias, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias, que se hará de forma gratuita,según está previsto en la Ley 1/96, de10 de enero, de asistencia jurídica gra-tuita, art. 2.d) y art. 6.4.
En Gijón, a 9 de abril de 2001.—ElSecretario.—6.430.
11–V–20016238 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Don Juan Ignacio Sánchez-AndradeCarral, Secretario judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,
Hago saber: Que en autos n.º205/2001 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción, contra laempresa Poniente Consulting Inmobi-liario, sobre ordinario, se ha acordadocitar a dicha empresa, en ignorado para-dero, a fin de que comparezca el día5 de junio a las 10,30 de su mañana,para la celebración de los actos de con-ciliación y en su caso juicio, que tendrálugar en la Sala de Vistas de este Juz-gado de lo Social número dos de Gijón,sito en la c/ Decano Prendes Pando, n.º1, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apode-rada, y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la adverten-cia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de citación en legalforma a Poniente Consulting Inmobilia-rio, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias,que se hará de forma gratuita, segúnestá previsto en la Ley 1/96, de 10 deenero, de asistencia jurídica gratuita,art. 2.d) y art. 6.4.
En Gijón, a 9 de abril de 2001.—ElSecretario.—6.431.
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Don Juan Ignacio Sánchez-AndradeCarral, Secretario judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,
Hago saber: Que en autos n.º206/2001 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción, contra laempresa Prodico, Prod. Dis. y Construc-ción, sobre ordinario, se ha acordadocitar a dicha empresa, en ignorado para-dero, a fin de que comparezca el día5 de junio a las 10,30 de su mañana,para la celebración de los actos de con-ciliación y en su caso juicio, que tendrálugar en la Sala de Vistas de este Juz-gado de lo Social número dos de Gijón,sito en la c/ Decano Prendes Pando, n.º1, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apode-rada, y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la adverten-cia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de citación en legalforma a Prodico, Prod. Dis. y Construc-ción, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias, que se hará de forma gratuita,según está previsto en la Ley 1/96, de10 de enero, de asistencia jurídica gra-tuita, art. 2.d) y art. 6.4.
En Gijón, a 9 de abril de 2001.—ElSecretario.—6.432.
— • —
Don Juan Ignacio Sánchez-AndradeCarral, Secretario judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,
Hago saber: Que en autos n.º207/2001 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción, contra laempresa Edificaciones el Vivio, S.L.,sobre ordinario, se ha acordado citar adicha empresa, en ignorado paradero,a fin de que comparezca el día 5 dejunio a las 10,30 de su mañana, parala celebración de los actos de concilia-ción y en su caso juicio, que tendrá lugaren la Sala de Vistas de este Juzgadode lo Social número dos de Gijón, sitoen la c/ Decano Prendes Pando, n.º 1,debiendo comparecer personalmente omediante persona legalmente apodera-da, y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la adverten-cia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de citación en legalforma a Edificaciones el Vivio, S.L., enignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, quese hará de forma gratuita, según estáprevisto en la Ley 1/96, de 10 de enero,de asistencia jurídica gratuita, art. 2.d)y art. 6.4.
En Gijón, a 9 de abril de 2001.—ElSecretario.—6.433.
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Don Juan Ignacio Sánchez-AndradeCarral, Secretario judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,
Hago saber: Que en autos n.º208/2001 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancias de Fundación
Laboral de la Construcción, contra laempresa Construcciones e Interiorismodel Norte, sobre ordinario, se ha acor-dado citar a dicha empresa, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca eldía 5 de junio a las 10,30 de su mañana,para la celebración de los actos de con-ciliación y en su caso juicio, que tendrálugar en la Sala de Vistas de este Juz-gado de lo Social número dos de Gijón,sito en la c/ Decano Prendes Pando, n.º1, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apode-rada, y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la adverten-cia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de citación en legalforma a Construcciones e Interiorismodel Norte, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, que se hará de forma gratuita,según está previsto en la Ley 1/96, de10 de enero, de asistencia jurídica gra-tuita, art. 2.d) y art. 6.4.
En Gijón, a 9 de abril de 2001.—ElSecretario.—6.434.
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Don Juan Ignacio Sánchez-AndradeCarral, Secretario judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,
Hago saber: Que en autos n.º209/2001 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción, contra laempresa Mármoles Zumalacarregui,S.L., sobre ordinario, se ha acordadocitar a dicha empresa, en ignorado para-dero, a fin de que comparezca el día5 de junio a las 10,30 de su mañana,para la celebración de los actos de con-ciliación y en su caso juicio, que tendrálugar en la Sala de Vistas de este Juz-gado de lo Social número dos de Gijón,sito en la c/ Decano Prendes Pando, n.º1, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apode-rada, y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la adverten-cia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de citación en legalforma a Mármoles Zumalacarregui,S.L., en ignorado paradero, expido la
11–V–2001 6239BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
presente para su inserción en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias, que se hará de forma gratuita,según está previsto en la Ley 1/96, de10 de enero, de asistencia jurídica gra-tuita, art. 2.d) y art. 6.4.
En Gijón, a 9 de abril de 2001.—ElSecretario.—6.435.
DE GIJON NUMERO TRES
Edictos.-Cédulas de citaciónDoña Carmen Villar Sevillano, Secre-
taria judicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón,
Hago saber: Que en autos número222/2001, de este Juzgado de lo Social,seguido a instancias de Fundación Labo-ral de la Costrucción del Principado deAsturias, contra la empresa Transportesy Excavaciones Carreño, S.L., sobreordinario, se ha dictado la siguiente:
Propuesta de providencia: La Secre-taria judicial doña Carmen Villar Sevi-llano.
En Gijón, a 18 de abril de 2001.
Dada cuenta del estado de las actua-ciones y resultando que la parte deman-dada Transportes y Excavaciones Carre-ño, S.L., se encuentra en ignorado para-dero, notifíquese la resolución de fecha17 de abril de 2001, por medio de edic-tos, que se publicarán en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias ytablón de anuncios de este Juzgado.Adviértase que las siguientes comuni-caciones dirigidas a la mencionada partese harán en estrados (art. 59 de la LPL).
Cítese al referido demandado, a finde que comparezca ante este Juzgadopara el acto de conciliación y, en su caso,juicio, señalado para el próximo día 11de junio de 2001, y horas de las 10,20de su mañana.
Adviértase que contra la presenteresolución podrá interponerse recursode reposición ante este Juzgado en elplazo de cinco días hábiles siguientesa su notificación.
Notifíquese la presente a las partes,sirviendo este proveído de notificaciónen forma legal.
Lo que propongo a S.S.ª para suconformidad.
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de citación en legalforma a Transportes y ExcavacionesCarreño, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción enel BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, en Gijón, a 18 de abril de2001.—La Secretaria.—6.849.
Doña Pilar Prieto Blanco, Secretariajudicial del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón,
Hago saber: Que en autos n.º246/2001, de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de Fundación Labo-ral de la Construcción del Principadode Asturias, contra la empresa Segredal,S.L., sobre ordinario, se ha dictado lasiguiente:
Propuesta de providencia: La Secre-taria judicial Pilar Prieto Blanco.
En Gijón, a 24 de abril de 2001.
Dada cuenta del estado de las actua-ciones y resultando que la parte deman-dada Segredal, S.L., se encuentra enignorado paradero, notifíquese la reso-lución de fecha 24 de abril de 2001, pormedio de edictos, que se publicarán enel BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias y en el tablón de anunciosde este Juzgado.
Adviértase que las siguientes comu-nicaciones dirigidas a la mencionadaparte se harán en estrados (art. 59 dela LPL).
Se acuerda, asimismo, citar a la refe-rida demandada, a fin de que compa-rezca ante este Juzgado para el acto deconciliación y en su caso juicio, señaladopara el próximo día 7 de junio de 2001a las 10,34 horas de su mañana.
Adviértase que contra la presenteresolución podrá interponerse recursode reposición ante este Juzgado en elplazo de 5 días hábiles siguientes a sunotificación.
Notifíquese la presente a las partes,sirviendo este proveído de notificaciónen forma legal.
Lo que propongo a S.S.ª para suconformidad.
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento
Y para que le sirva de citación en legalforma a Segredal, S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para suinserción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.
En Gijón, a 24 de abril de 2001.—LaSecretaria.—7.221.
DE MIERES
Edictos.-Cédulas de citaciónDoña Begoña Ozamiz Bageneta, Secre-
taria judicial del Juzgado de lo Socialnúmero uno de Mieres,
Hago saber: Que en autos núm.309/2001, de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de don José MiguelMenes Villar, contra la empresa ViverosSotoastur, S.L., sobre Seguridad Social,se ha dictado la siguiente:
Providencia: Magistrado Juez Sr.González Portal Díaz.
En Mieres, a 28 de marzo de 2001.
Por presentada la anterior demanda,se admite a trámite. Regístrese y fór-mense los correspondientes autos.
Cítese a las partes para el acto de jui-cio en única convocatoria, señalándoseen la Sala de Audiencias de este Juzgadode lo Social, sito en Mieres, Jardinesdel Ayuntamiento, s/n, el día 30 de mayode 2001, a las 9,30 horas de su mañana.
Hágase entrega a la demandada delas copias presentadas.
Se advierte a las partes que deberánconcurrir al acto de juicio con todos losmedios de prueba de que intenten valer-se, no suspendiéndose por incompare-cencia de la demandada, y si el deman-dante, citado en forma, no comparecierani alegare justa causa que a juicio delMagistrado motive la suspensión del jui-cio, se le tendrá por desistido de sudemanda (arts. 82 y 83 de L.P.L.).
Tratándose de un proceso de Segu-ridad Social, reclámese a la entidad ges-tora o, en su caso, servicio común, laremisión del expediente original o copiadel mismo y, en su caso, informe de losantecedentes que posean en relacióncon el contenido de la demanda dentrodel plazo de los diez días siguientes ala recepción del oficio. Si se remitieseel expediente original, será devuelto ala entidad, firme que sea la sentencia,dejándose nota de ello (art. 141 de laL.P.L.).
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de citación en legalforma a la empresa Viveros Sotoastur,S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Astu-rias.
En Mieres, a 24 de abril de 2001.—LaSecretaria.—7.337.
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Doña Begoña Ozamiz Bageneta, Secre-taria judicial del Juzgado de lo Socialnúmero uno de Mieres,
Hago saber: Que en autos núm.359/2001 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de don Abel SuárezMiranda, Jesús García Delgado, Ricar-do Terradillos Hierro, Isaac Traavesi
11–V–20016240 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
López, Raúl González Iglesias, IsidoroCañada del Río, Severino FernándezCruiz, contra la empresa Pan Santa Bár-bara, S.L., Fondo de Garantía Salarialsobre ordinario, se ha dictado la siguien-te:
Providencia: Magistrado Juez Sr.González Portal Díaz.
En Mieres, a 11 de abril de 2001.
Por presentada la anterior demanda,se admite a trámite que se sustanciarápor los cauces del procedimiento ordi-nario.
Se cita a las partes a los actos de juicioy, en su caso, al previo de conciliación,que tendrán lugar en única convocatoriaen la Sala de Audiencias de este Juzgadode lo Social, sito en Mieres, Jardinesdel Ayuntamiento, s/n, el día 30 de mayode 2001, a las 9,30 horas de su mañana.
Dése traslado de copia de la demanday demás documentos a los demandados.
Se advierte a las partes que deberán con-currir al juicio con todos los medios deprueba de que intenten valerse, así comocon los documentos pertenecientes a laspartes que hayan sido propuestos comomedio de prueba por la parte contrariay se admita por este Juzgado, pudiendoestimarse probadas las alegacioneshechas por la contraria en relación conla prueba admitida si no se presentaransin causa justificada.
Se advierte que si el demandante,citado en forma, no compareciese ni ale-gase justa causa que motive la suspen-sión del juicio, se le tendrá por desistidode su demanda, y que la incomparecen-cia injustificada del demandado noimpedirá la celebración del juicio, quecontinuará sin necesidad de declarar surebeldía. Toda vez que la empresa PanSanta Bárbara, S.L., se encuentra desa-parecida, cítese a través del BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias,librándose el oportuno edicto.
Modo de impugnarla: Medianterecurso de reposición, a presentar eneste Juzgado, dentro de los cinco díashábiles siguientes al de recibirla, cuyasola interposición no suspenderá la eje-cutividad de lo que se acuerda (artículo184-1 de la Ley de Procedimiento Labo-ral).
Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán enlos estrados de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia,o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de citación en legalforma a Pan Santa Bárbara, S.L., enignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias.
En Mieres, a 11 de abril de 2001.—LaSecretaria.—6.852.
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