Post on 22-Jul-2015
ARTICULO 8-16
La forma laboral juvenil tiene por objetivo
proporcionar conocimientos teóricos prácticos en el
trabajo entre los 16 y 21 a fin de incorporar a la
actividad económica en una ocupación tendrá una duración máxima de 18
meses no podrá exceder al 15 porciento de total del
personal de la empresa
Tiene por objetivo brindar orientación y capacitación técnica
y profesional a estudiantes egresados de universidad o
institución publicas y privadas
En caso de ser pre-profesionales plazo no mayor
a lo exigido del centro de estudios
Se celebra por escrito y será presto en conocimiento de la dependencia competente del
ministerio del trabajo y promoción social
ARTICULO 21: obligaciones de la de la empresa
ARTICULO 22: obligaciones del practicante
De las practicas pre
profesionales
ARTICULO 17-23
Normas comunes
Articulo 24 -31
Convenios con formación
laboral y juvenil y de practicas pre-
profesionales
Preferencia en
admision
Encuentran sujeto al
régimen laboral de actividad
Obliga a prestar a una empresa por tiempo
determinado a cambio de que este le proporcione los
medios para adquirir formación profesional
ARTICULO 32-36
•Prestación personal de servicios
•Remuneración
• La subordinación ELEMENTOS ESCENCIALES
DEL CONTRATO DE
TRABAJO
PERIÓDO DE PRUEBA
• El período de prueba es de tres meses, a cuyo término el trabajador alcanza derecho a
estabilidad.
• El porcentaje de personal en período de prueba no puede exceder de 10% del total de
Trabajadores.
• En los contratos sujetos a modalidad no hay período de
prueba
Son causas de suspensión del contrato de trabajo:
• a) La invalidez temporal
• b) La enfermedad y el accidente comprobados
• c) La maternidad durante el descanso pre y post natal
• d) El descanso vacacional
• e) La licencia para desempeñar cargo cívico y sindicales.
• f)La sanción disciplinaria;
• g) El ejercicio del derecho de huelga
• h) La detención del trabajador,
• i) La inhabilitación administrativa o judicial
• j) El permiso o licencia concedidos por el empleador
• k) El caso fortuito y la fuerza mayor
Son causas de extinción del contrato de trabajo:
• a) El fallecimiento del trabajador o del empleador
• b) La renuncia o retiro voluntario del trabajador
• c) La terminación de la obra o servicio
• d) El mutuo disenso entre trabajador y empleador
• e) La invalidez absoluta permanente
• f) La jubilación.
• g) El despido, en los casos y forma permitidos por la Ley
• h) La sentencia judicial ejecutoriada
• En los casos de nulidad de despido art. 65.
• Si el despido es injustificado.
• El plazo para accionar judicialmente.
• La indemnización por despido.
• En caso de inobservancia de las formalidades.
CAPITULO VII - DEL CESE COLECTIVOSon causas objetivas para la terminación del contrato de trabajo:
• a) El caso fortuito y la fuerza mayor
• b) Los motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos
• c) La disolución y liquidación de la empresa, y la quiebra
• d) Las necesidades de funcionamiento de la empresa
4.- CAPACITACION LABORAL Y PRODUCTIVIDAD
CAPACITACION LABORALPROGRAMA DE
CAPACITACION Y PRODUCTIVIDAD
• INCREMENTAR LA PRODUCCION LABORAL
• PERFECCIONAR • INFORMACION SOBRE LA
TECNOLOGIA• PREPARAR AL NUEVO• PREVENIR RIESGOS
SINDIATOS
6.- DE LAS EMPRESAS ESPECIALES• Capitulo I:de las empresas de servicios
temporales
Es aquella empresa que contrata servicios con terceros beneficios para colaborar en el desarrollo de sus actividades.
• Capitulo II: de las empresas de servicios complementarios
Es aquella cuya actividad principal es de poner a disposición de otras empresas a las que se denomina empresas usuarias ya sea de limpieza, de seguridad, etc.