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DECRETO 114/2011, de 11 de mayo,por el que se regula la convivencia en el ámbito educativo de laComunidad Autónoma de Canarias
BOC Nº 108, jueves 2 de junio de 2011
DecretoconvivenciaDecretoconvivencia
LEY ORGÁNICA
DE EDUCACIÓN.
(LOE)
DECRETO QUE REGULA LA CONVIVENCIA EN EL ÁMBITO EDUCATIVO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CANARIAS.
EL PROYECTO EDUCATIVO (PE)
CON SU PLAN DE CONVIVENCIA.
LA NORMATIVA DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
(NOF)
LAS NORMAS QUE REGULAN NUESTRA CONVIVENCIA ESCOLAR
AUTORÍA
4
PILARES DE LA EDUCACIÓNUNESCO
PILARESFUNDAMENTALES
PROYECTO ACCIÓN COOPERACIÓN
APRENDER MÁS APRENDER A CONOCER
APRENDER A HACER
APRENDER A CONVIVIR
¿Por qué un decreto de Convivencia?
• Marco Normativo.
• Concepción de la convivencia como eje fundamental del proceso de enseñanza y de aprendizaje.
• Proceso de elaboración, difusión y aprobación: - Encuestas - Normativa comparada - Difusión
• Características generales:
- Unificación (Derechos y deberes de toda la comunidad)- Actuaciones proactivas vs reactivas.- Principio de actuación mínima y autogestión.- Protocolización de actuaciones.- Simplificación de procesos
TÍTULO I: DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL
TÍTULO II: DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
TÍTULO III: PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA
TÍTULO IV: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA Y MEDIDAS APLICABLES
DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad
Autónoma de CanariasAutónoma de CanariasBOC Nº 108, jueves 2 de junio de
2011
TÍTULO V: ÓRGANO DE DEFENSA DEL ALUMNADO
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
OBJETO:
Regular las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa,
sus derechos y deberes, normas de convivencia y procedimientos para la
resolución de conflictos.
AMBITO DE APLICACIÓN:
Centros docentes de enseñanza no universitaria sostenidos con fondos
públicos.
TÍTULO I: DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL
Decreto de Decreto de
DEFINICIONES
DISCIPLINA
CONDUCTA DISRUPTIVA
CONFLICTO DE CONVIVENCIA
MEDIACIÓN
VIOLENCIA DE GÉNERO
CONVIVENCIA ESCOLAR
ACOSO ESCOLAR
TÍTULO I: DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERALDecreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
Decreto de Decreto de
PRINCIPIOS GENERALES
EDUCACIÓN
EN VALORES
Respeto por los derechos y deberes
IGUALDAD
Procesos de enseñanza y de aprendizaje en un clima de RESPETO MUTUO
ACCIÓN PREVENTIVA
Autogestión
de conflictos
Participación ACTIVA en las
NORMAS
CORRESPONSABILIDAD
Autoridad del
profesorado
Relevancia de órganos colegiados y equipos directivos
Inclusión e integración
de culturas
COLABORACIÓN entre instituciones y agentes sociales
Coordinación de la Administración Educativa con otras Instituciones
TÍTULO I: DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERALDecreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
Decreto de Decreto de
PRINCIPIOS EN LOS PROCEDIMIENTOS PARA GESTIONAR LOS CONFLICTOS
PROPORCIONALIDAD
SUPERIOR INTERÉS DEL MENOR
INTERVENCIÓN MÍNIMA
OPORTUNIDAD
GRADUACIÓN
TÍTULO I: DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERALDecreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
Medidas correctoras con finalidad educativa
Medidas que contribuyan al desarrollo de las CCBB social y ciudadana y de autonomía e iniciativa personal
AUTOGESTIÓN
Decreto de Decreto de
MEDIDAS GENERALES Y ACTUACIONES DE APOYO A LOS CENTROS
TÍTULO I: DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL
Incorporación de los valores en el currículo para el desarrollo de la competencia social y ciudadana en el alumnado. Impulso de Planes Educativos por zonas o distritos educativos. Delegado o delegada: participación del alumnado. Dotación de recursos a los centros educativos.
Difusión de protocolos de actuación, campañas de sensibilización y materiales de apoyo. Impulso de programas específicos, proyectos de innovación, certámenes, buenas prácticas...
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
TÍTULO II: DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
CAPÍTULO I: DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO
• Formación Integral.
• Respeto a su identidad, i ntegridad y dignidad.
• Evaluación objetiva.
• articipar en la vida del centro.
• Manifestar discrepancia.
• Protección y atención inmediata.
• Igualdad de oportunidades.
• Protección social.
DERECHOS
• Estudio y asistencia a clase.
• Respeto al profesorado.
• Respeto a la comunidad
educativa.
• Respeto a las normas de convivencia.
• Colaborar en la obtención de información por parte del centro.
DEBERES
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
TÍTULO II: DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
CAPÍTULO II: DERECHOS Y DEBERES DE LAS FAMILIAS
• Participación en los procesos educativos de sus hijos o hijas.
• Derecho a que se les escuche en las decisiones que afecten a sus hijos e hijas.
• Participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro.
DERECHOS
• Compromiso como primeros responsables…
• Conocer y participar en la evolución académica de sus hijos e hijas.
• Respeto a las normas del centro educativo.
DEBERES
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
TÍTULO II: DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
CAPÍTULO III: DERECHOS Y DEBERES DEL PROFESORADO
• Respeto personal.
• Autonomía en decisiones para mantener adecuado clima de convivencia
• Formación permanente.
• Consideración de autoridad pública.
• Protección legal y defensa jurídica.
DERECHOS DEBERES
• Cumplir las normas de convivencia y normativa del centro.
• Contribuir a la mejora de la convivencia escolar.
• Colaborar e informar a las familias.
• Deber de formarse.
• Sigilo profesional.
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
TÍTULO II: DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
CAPÍTULO IV: DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS
• Respeto personal.
• Defensa jurídica.
DERECHOS
• Colaboración y comunicación.
• Cumplir la legislación de protección de datos de carácter personal, seguridad laboral y de propiedad intelectual.
• Custodia y sigilo profesional.
DEBERES
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
CAPÍTULO I: NORMAS DE CONVIVENCIA
TÍTULO III: PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIADecreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
Son pautas sociales reconocidas como necesarias por la Comunidad Educativa para mantener un clima de convivencia escolar adecuado.
Indican las formas en que se debe y se puede actuar para relacionarse de forma positiva.
Serán de obligado cumplimiento para toda la Comunidad Educativa.Se concretarán en el Plan de Convivencia.Elaboradas a partir de las aportaciones de
todos los sectores de la Comunidad Educativa.Aprobadas por Consejo Escolar.
Se publicarán y difundirán, garantizando su conocimiento por toda la Comunidad Educativa.
Normas de Aula Normas generales
TÍTULO III: PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA
CAPÍTULO II: INSTRUMENTOS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA
Proyecto Educativo de Centro
Plan de Convivencia
Normas de Aula Aulas de
Convivencia Plan de Acción TutorialEquipos de
MediaciónJunta de
Delegados y Delegadas
Asociaciones de Alumnado
y Familias
Innovación y Formación
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
EVALUACIÓN DE LA MEJORA DEL CENTRO
CREACIÓN DE LAS CONDICIONES INICIALES
PARA EL CAMBIO
AUTOANÁLISISDEL CENTRO
IDENTIFICACIÓN ÁMBITOS DE MEJORA
PRIORIZACIÓN DEÁMBITOS DE MEJORA
FORMULACIÓN DEL PROBLEMA DEL CENTRO
BÚSQUEDA DE SOLUCIONES
PLANIFICACIÓN DE SOLUCIONES
CAMBIO DE CULTURA DEL
CENTRO
DESARROLLO REFLEXIVO DEL
PLAN
MÉTODO DE TRABAJOMÉTODO DE TRABAJO
ELEMENTOS DEL PLAN DE CONVIVENCIAELEMENTOS DEL PLAN DE CONVIVENCIA1.1. JUSTIFICACIÓNJUSTIFICACIÓN2.2. PRINCIPIOS Y METASPRINCIPIOS Y METAS3.3. DIAGNÓSTICODIAGNÓSTICO4.4. OBJETIVOS GENERALES, PRIORIZACIÓN Y PLANIFICACIÓNOBJETIVOS GENERALES, PRIORIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN5.5. NORMAS DE CONVIVENCIANORMAS DE CONVIVENCIA6.6. ESTRATEGIAS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIAESTRATEGIAS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA7.7. PROTOCOLOS PARA LA GESTIÓN DE LOS CONFLICTOSPROTOCOLOS PARA LA GESTIÓN DE LOS CONFLICTOS8.8. DINAMIZACIÓN Y DIFUSIÓNDINAMIZACIÓN Y DIFUSIÓN9.9. EVALUACIÓN DEL PLANEVALUACIÓN DEL PLAN10.10. PLAN DE FORMACIÓNPLAN DE FORMACIÓN
Documento institucional que contemplará el ejercicio y el respeto de los derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa como base de las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa, los procedimientos para la prevención y resolución pacífica de conflictos y para lograr la mediación y la reparación.
Documento institucional que contemplará el ejercicio y el respeto de los derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa como base de las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa, los procedimientos para la prevención y resolución pacífica de conflictos y para lograr la mediación y la reparación.
PLAN DE CONVIVENCIAPLAN DE CONVIVENCIA
Decreto de Decreto de TÍTULO III: PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA
Consejo Escolar
Profesorado y claustro
Equipo de Gestión de la Convivencia
CAPÍTULO III: DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
Equipo Directivo
Decreto de Decreto de TÍTULO III: PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA
CAPÍTULO III: DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
Equipo DirectivoFavorecer la convivencia
e impulsar el Plan de ConvivenciaDirector/a
Aplicar las medidas, que podrá delegar en:
Jefatura de estudios, tutor/a, o en el Equipo de gestión.Garantizar el ejercicio de la mediación y otras medidas.Incoar expedientes sancionadores y aplicar las medidas
Jefatura de estudios
Coordinar y dirigir las actuaciones de tutores y profesorado.
Garantizar por delegación del director, las medidas correctoras, la mediación.
Decreto de Decreto de TÍTULO III: PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA
CAPÍTULO III: DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
Equipo de gestión de la convivencia
Asistir a la dirección y al resto de la Comunidad Educativa , canalizar iniciativas, prevenir…El tratamiento de los conflictos de convivencia, garantizando principios.
Elaborar informe anual…
Profesorado
Contribuir al clima de respeto fomentar valores de ciudadanía democrática.Actuaciones inmediatas establecidas en el Plan de Convivencia.
Informar las normas, conocer resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones.
Proponer medidas e iniciativas para favorecer la convivencia.
Decreto de Decreto de TÍTULO III: PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA
CAPÍTULO III: DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
Consejo Escolar
Supervisar la constitución del Equipo de gestión de la convivencia.Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente.
A instancia del representante legal podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas
(sólo por conductas que perjudiquen gravemente la convivencia del centro)Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia.
Aprobar y evaluar el Plan de convivencia. Dentro del Consejo escolar puede constituirse
una Comisión de convivencia para gestionar estas competencias.
CAPÍTULO I: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA
TÍTULO IV: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA Y MEDIDAS APLICABLES
El incumplimiento de las normas de convivencia del centro, puede considerarse como conducta contraria a la convivencia :
de carácter LEVE (prescripción en quince días).
Cada centro las establece en su Plan de Convivencia.
de carácter GRAVE (prescripción en un mes).
Cada centro en su Plan de Convivencia desarrolla las tipificadas en el Decreto.
GRAVEMENTE PERJUDICIAL (presc. en dos meses).
Se explicitan en el Plan de Convivencia las establecidas en el Decreto.
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
Criterios para la aplicación de medidas:
En el plazo más corto posible.
Considerar la edad y condiciones personales, familiares y sociales del alumno/a.
Tener carácter educativo y relacionado con la conducta a corregir.
Para la reparación del daño causado.
Graduadas en función de:
Circunstancias atenuantes.
Circunstancias agravantes.
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
TÍTULO IV: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA Y MEDIDAS APLICABLES
CAPÍTULO I: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
TÍTULO IV: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA Y MEDIDAS APLICABLES
CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA
REALIZADAS FUERA DEL CENTRO.
Criterios para la aplicación de medidas:
Se aplicarán medidas correctoras, siempre que estén motivadas o repercutan en la vida escolar y afecten al resto del alumnado o a otros miembros de la comunidad educativa.
CAPÍTULO II: APLICACIÓN DE MEDIDAS…
Régimen general de aplicación de medidas:
En caso de conductas de carácter leve, se podrá comunicar a la familia con posterioridad.
Con las de carácter grave es preceptivo el trámite de audiencia del alumno o representante legal, siendo comunicadas a la familia antes de su aplicación.
Ante las gravemente perjudiciales, el director/a intentará corregir con medidas aceptadas voluntariamente por alumno/a o familia, determinando entonces no abrir el expediente.
Se procede directamente por expediente disciplinario en tres tipos de conducta:
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
TÍTULO IV: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA Y MEDIDAS APLICABLES
- Grave humillación/vejación contra alumnado vulnerable.-Acoso escolar severo.
- Agresión física causando grave daño.
CAPÍTULO II: … PROCEDIMIENTOS
Procedimiento preventivo y alternativo para la gestión de conflictos.
Se concretará en el Plan de Convivencia.
Ante conductas de carácter grave, la dirección garantizará el ofrecimiento de una mediación que si es aceptada, paraliza la aplicación de cualquier medida, hasta finalizar el procedimiento de mediación, que incluye el cumplimiento del acuerdo alcanzado.
Ante conductas gravemente perjudiciales, la aceptación de la mediación por las partes implicadas interrumpe los plazos establecidos para la incoación del procedimiento disciplinario.
La Consejería desarrollará las condiciones y requisitos necesarios para su implantación en los centros y para la acreditación de mediadores/as.
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
TÍTULO IV: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA Y MEDIDAS APLICABLES
Procedimiento de mediación formal
CAPÍTULO II: …PROCEDIMIENTOS
Se puede aplicar en cualquier momento, una vez iniciado el procedimiento disciplinario.
El instructor propone un acuerdo para ambas partes, siempre antes de la propuesta de resolución del procedimiento disciplinario.
Opción de compromiso firmado por el menor y sus familiares.
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia
TÍTULO IV: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA Y MEDIDAS APLICABLES
Procedimiento disciplinario
Procedimiento de conciliación
Iniciación: Director 3 días ( nombramiento instructor)Notificación interesado/familia: 5 días para alegacionesInstrucción y propuestas: 5 díasNotificación interesado: 3 días de audienciaResolución: 15 días en totalPosibilidad de Medidas cautelares.Posibilidad de revisión por el Consejo Escolar. Recurso de alzada a Dirección Territorial.
TÍTULO V: ÓRGANO DE DEFENSA DEL ALUMNADO
DEFENSOR O DEFENSORA
DEL ALUMNADO
Órgano de la Administración educativa encargado de velar por el respeto de los derechos del alumnado.
Nombramiento de ámbito competencial de cada Dirección Territorial.
Funciones:
•Tramitar y realizar seguimiento de las reclamaciones sobre el incumplimiento de los derechos y deberes del alumnado.
•Poner en conocimiento de la Administración educativa las actuaciones o decisiones que atenten contra los derechos del alumnado reconocidos.
Ámbito: Quejas o reclamaciones excepto materia de evaluación académica.
Garantías: Independencia y confidencialidad.
Decreto de Decreto de ConvivenciaConvivencia