Cuadro dl 9533

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TP realizados por alumnos de la Universidad de Moron, catedra de Ds. Municipal Universidad de Derecho, Primer cuatrimestre 2014. Comision A0

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Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales

“Ley 9.533: Régimen de bienes e inmuebles del dominio público municipal- Año 1.980”

Integrantes:

Verónica Reggio, mat. 223-0108.

Alfredo Vásquez, mat. 380-12284.

Denise Nardone, mat. 4001-3001.

Yemina Pujales, mat. 3501-0476.

Nélida Gallego, mat. 228-0520.

Comisión A0 turno mañana sábados1º cuatrimestre 2014

Ley 9533/80

“Régimen de Bienes inmuebles de dominio Público Municipal”

Inmuebles Dominio Público

Enumeración a). Calles-Ochavas-Esp. Verdes-Esp. Públicos-Esp.Circulatorios (art. 1)

S/ Destino Ley 8912.

b). Cesión futura de inmuebles y reservas fiscales (art. 1- art. 3)c). Reservas fiscales de uso público-Sin fines-Ley 8.912 (art. 2)

d). Inmuebles eminentes o vacantes (art. 4) (Ley 2.342, inc. 1ro y 3ro)

e). Inmuebles cedidos por P.E. a Pcia. De Bs. As., y esta, a Municipal. (Incorporación/es fiscales- art. 5)

Cap. 1: Ley 9.533/80

Afectación y Desafectació

n

a). Bienes ϵ Pcia. De Bs. As. (Incorpora)

A. Afectación (art. 6)1). Por Minist. de Economía

2). Por solicitud de Municipio

b). No Incorporación (uso Público Pcia. De Bs. As.)

c). Excepción: Trámites anteriores sobre venta de sobrantes fiscales- (art. 5, inc. 1ro y 3ro) Ley 9.533

B. Desafectación (art. 9)

Según conveniencia y Ley 8.912

Venta y Cesión (Tit. II, cap. 3 y 4 ley 9533) (art 8)

1) Bienes de dom. Privado municipales innecesarios2) Reservas fiscales cedidas imposibilidad de fines previstos

-

Reservas fiscales a Pcia. De Bs. As por equipamiento comunitario.

Venta y Cesión (Tit. II, cap. 3 y 4 ley 9533) (art 8)

A. Enajenación por municipalidad (art. 7)

B. Cesión por municipalidad (art. 10)

Demasías, Excedentes fiscales y Sobrantes fiscales (Capitulo 2: ley 9533/80)

A. Concepto de Demasías ( art. 11)

Área superficial cubierta en título de vigente determinada por operac y plano de mensura registrado. Ubicación: acrecentamiento (art 12). Condonación de deuda en demasia del art 11 inc 1 y 2 (art 16).

B. Calificación (art. 11) inmuebles Urbanos y Rurales

1. Demasía en más: área de discrepancia > 25% de superficie expresada en título de dominio.

2. Excedente fiscal: área de discrepancia < 25% de superficie expresada en título de dominio. Rural: no unidad económica independiente.

3. Sobrante fiscal: área de discrepancia = o > a parcela consignada en título de dominio y unidad económica independiente (art. 12 inscripción Reg. Propiedad

C. Excedentes fiscales ( áreas Urbanas) (art. 13)

Tramitación 1. Propietario

lindero

Gratuito y directo, escrituración y gastos a su cargo

2. Recaudos a)Excedente emerja de plano de mensura b)Declaración jurada de la posesión del excedente c)publicación de edictos (3 dias), contenido: ubicación y datos catastro del excedente y escribano interviniente.

a)Excedente emerja de plano de mensura b)Declaración jurada de la posesión del excedente c)publicación de edictos (3 dias), contenido: ubicación y datos catastro del excedente y escribano interviniente.

3. Oposiciones Por hechos controvertidos (art. 14) y dentro de 15 días de la presentación

4. Transmisión de dominio

a) vcido plazo y no oposiciones, entrega del inmueble por intendente o funcionario delegado

b) anotación en registro de la propiedad como “primer inscripción” casos del art 25 inc c: necesita certificado de dominio e inhibiciones.

c) el excedente se anexa a la parcela

D. Venta de sobrantes fiscales anteriores (art 15)

D. tramites anteriores a ley 9533 en curso

Principio: se archivan.

Excepción: a. si la venta encargada Bco. Pcia Bs As.

b.acto adm. Autorizante fue notificado y pagado en plazo el precio.

c.inscripción en Reg. Prop a nombre del fisco.