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CONTRATO No. 179- ¡ « ~] Q 1 DE 2017 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
Entre LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, representada por JORGE ALEXANDERCASTAÑEDA ENCISO, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía
No. 79.423.481 de Bogotá, quien actúa en calidad de Secretario General, según consta en el Decreto 5006
del 12 de septiembre de 2017 y Acta de Posesión No. 00898 del 15 de septiembre de 2017, debidamente
facultado para celebrar contratos según Resolución No. 200 del 17 de mayo de 2017, expedida por el
Procurador General de la Nación, de una parte, quien en adelante se denominará como LA
PROCURADURÍA, y de la otra, la sociedad OLIMPIA MANAGEMENT S.A., identificada con el NIT
900032774-4, representada legalmente por RICARDO PARADA MARTÍNEZ, identificado con la cédula deciudadanía No. 79.913.043 expedida en Bogotá D.C., actuando como Representante Legal Segundo
Suplente del Gerente, tal como consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido el
1 de noviembre de 2017 por la Cámara de Comercio de Bogotá, sede virtual, con código de verificación:
vq16Ao1O+b, quien para los efectos de este contrato se ha denominado como EL CONTRATISTA, hemos
convenido celebrar el presente contrato de COMPRAVENTA, previas las siguientes consideraciones: 1)
Que LA PROCURADURÍA como órgano supremo del Ministerio Público, de conformidad con lo consagradoen el artículo 277 de la Constitución Política, cumple entre otras con las siguientes funciones: "1 Vigilar el
cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos. 2. Proteger
los derechos humanos y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo. 3. Defender los
intereses de la sociedad. 4. Defender los intereses colectivos, en especial el ambiente. 5. Velar por el
ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas. 6. Ejercer vigilancia superior de la conducta
oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer
preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las
respectivas sanciones conforme a la Ley. 7. Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o
administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los
derechos y garantías fundamentales...". 2) Que de acuerdo con el artículo 209 de la Constitución Política,
la función administrativa está al servicio del interés general y se desarrolla de acuerdo a los principios de
eficacia, celeridad, economía, publicidad e imparcialidad, entre otros. 3) Que el Decreto Ley 262 de 2000
"Por el cual se modifican la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del
Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen de competencias interno de la Procuraduría General;
se dictan normas para su funcionamiento; se modifica el régimen de carrera de la Procuraduría General de
la Nación, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones
administrativas a las que se encuentren sujetos" establece en el artículo 16, entre otras, la siguiente función
a cargo de la Oficina de Sistemas: "...10. Diseñar, mantenery aplicar las políticas de seguridad, integridad
y acceso a la información sistematizada de la Procuraduría General de la Nación". 4) Que así mismo en la
Resolución 111 de 2006, "Por medio,de la cual se crean Grupos de trabajo al interior de la estructura
orgánica de la Oficina de Sistemas de LA PROCURADURÍA y se asignan funciones" se consagra lo
siguiente: "...Articulo 5o Del Grupo de Infraestructura. El Grupo de Infraestructura estará conformado
por un equipo multidisciplinario de profesionales quienes tendrán bajo su responsabilidad el cumplimiento
de las funciones contenidas en los artículos 7o y 8o de la presente Resolución a efectos de garantizar el
adecuado funcionamiento y mantenimiento de los equipos y sistemas que conforman la red de datos, (...)
y los sistemas de seguridad competencia de la Oficina de Sistemas de la Procuraduría General de la Nación
(.,.). Artículo 7o. De la división de trabajo. El Coordinador del Grupo de Infraestructura asignará
actividades y tareas a los integrantes del grupo conforme a los siguientes temas: Administración de
Seguridad informática: El o los funcionarios responsables de la Seguridad informática tendrán a su cargo
la definición, documentación y seguimiento de las políticas de seguridad necesarias dentro de la Entidad
para la protección de la información; la identificación y gestión de riesgos y la elaboración, prueba y
actualización de planes de contingencia y continuidad del servicio. Artículo 8o. Funciones del Grupo de
Infraestructura. Será responsabilidad del Grupo de Infraestructura el ejercicio de las siguientes:
FUNCIONES (...) 1. Participar en la definición de las políticas, planes, programas y proyectos para la
adquisición e implementación de la infraestructura que requiera la Entidad. 2. Investigar, evaluaryproponer
permanentemente la aplicación de mejores prácticas y nuevas soluciones informáticas, en los temas de
infraestructura tecnológica que contribuyan al mejoramiento de la gestión institucional. 5. Participar en la
elaboración de conceptos técnicos para la adquisición y mantenimiento de hardware, software y otros
temas relacionados con el área de infraestructura. 11. Participar en la definición de las políticas de
seguridad, integridad y acceso a la información sistematizada de la Procuraduría General de la Nación y
aplicar aquellas que competen al Grupo (...)". 5) Que conforme han surgido los avances tecnológicos ha
consolidado sus procesos de comunicación y registro de información a través de sistemas de redes de
datos, telefonía IP, correo electrónico, sistemas de información, servicios web institucionales y
videoconferencia. De esta manera, en la medida en que se han adquirido nuevas tecnologías, se hizo
CONTRATO No. 179» • "'l' « * DE 2017 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
necesaria la implantación de una solución de seguridad que garantizara la protección de su plataforma
tecnológica. LA PROCURADURÍA, con el propósito de asegurar la utilización adecuada de la tecnología ya fin de disminuir importantes riesgos para la confiabilidad, integridad y disponibilidad de la información
institucional dentro de sus funciones constitucionales y legales, asf como el aseguramiento de las
comunicaciones expuestas a la ciudadanía, necesita de herramientas que blinden la plataforma tecnológica
y por ende todos los datos que a través de la misma circulan. 6) Que una solución de seguridad está
compuesta por hardware, software y configuración de políticas que restrinjan desde la apertura de un
archivo contaminado, hasta el acceso indebido a la plataforma de la entidad; este tipo de soluciones pueden
estar constituidos por elementos distintos que se integran para salvaguardar los tres pilares de la seguridad
de la información, confidencialidad, integridad y disponibilidad, que por consiguiente, blinden la plataforma
tecnológica de la Entidad de posibles accesos malintencionados o ataques informáticos. 7) Que con el fin
de entender la solución de seguridad informática con que cuenta la entidad, es necesario considerar el
origen del ataque, que puede provenir desde fuera de la plataforma tecnológica de la entidad o de manera
interna; por tanto, se hace necesario contar con un sistema de seguridad perimetral (ataques externos) y
complementarla con una solución interna de antivirus que prevenga y evite cualquier tipo de contagio en la
red proveniente del uso de memorias externas, dispositivos móviles o la navegación por páginas con código
malicioso. 8) Que la protección de los sistemas informáticos basados en el aseguramiento de las peticiones
provenientes desde afuera hacia los sitios web, aplicaciones web y servicios web, se denomina seguridad
perimetral. Esta consiste en conformar una serie de acciones comprendidas por hardware y software que
se encargan de inspeccionar y analizar cada paquete de tráfico recibido, que posteriormente se acepta o
rechaza según el riesgo de seguridad para la red. La seguridad perimetral se impulsó con la aparición de
la Web 2.0 y con ella el intercambio de información a través de redes sociales, el crecimiento de los
negocios online y el ofrecimiento de servicios a través de la red, lo que genera intentos por vulnerar la
seguridad de los servicios informáticos a fin de lograr beneficios económicos, desprestigiar una corporación
o simplemente obtener reconocimiento público. 9) Que de acuerdo con un estudio realizado por la
compañía de ciberseguridad Kaspersky Lab, informado durante la Cumbre Latinoamericana de Analistas
de Seguridad, y publicado por el diario el tiempo1, "en los primeros ocho meses del 2017 a nivel mundial
se han registrado 677 millones de amenazas cibernéticas, es decir 177 incidentes por hora, lo que
representa un incremento del 59 por ciento en comparación al mismo periodo de 2016 donde se registraron
398 millones de ataques. Colombia es el tercer país de América Latina con mes ciberataques, Brasil es el
país que más registra ataques con un 53 por ciento, seguido de México con un 17 por ciento y Colombia
con un 9 por ciento. El 85 por ciento de estos ataques se realiza a través de Internet mientras que el 15 por
ciento se da mediante correo electrónico". 10) Que como resultado de la evolución en los ataques
informáticos, pues ya no buscan simplemente el daño de computadores sino vulnerar plataformas
tecnológicas, acceder a sistemas de información o tomar control de infraestructura tecnológica, entre otros,
la industria está prestando mayor atención a la seguridad de aplicaciones web, así como a la seguridad de
las redes computacionales y sistemas operativos; por tanto, no solo se requiere la adquisición de
herramientas de seguridad sino la permanente actualización de las mismas2. 11) Que según el MINTIC3
"La sofisticación del uso y estrategia de Tecnología de Información conlleva la necesidad y obligación de
mejorar las herramientas de seguridad. En todo el mundo los ataques cibernéticos se han incrementado
con métodos innovadores. En Colombia, las instituciones de seguridad se están vinculando a la Estrategia
TI para aumentar la capacidad del Estado de enfrentar las amenazas informáticas, pues en el momento
presenta grandes debilidades, pese a que existen iniciativas gubernamentales, privadas y de la sociedad
civil que buscan contrarrestar sus efectos, no hay una coordinación interinstitucional apropiada". 12) Que
LA PROCURADURÍA ha adquirido soluciones de seguridad informática que, en conjunto con la plataformade seguridad perimetral, permiten proteger la plataforma tecnológica y los diferentes servicios WEB de
ataques externos, las cuales están compuestas de hardware (consola o appliance) y software
(aplicaciones), tal como se enuncian a continuación: Plataforma de Seguridad Perimetral: La solución de
seguridad perimetral marca FORTINET está compuesta por: Firewall, es una solución que permite controlar
el tráfico entrante y saliente de una red, basado en criterios de seguridad específicos configurados en la
solución que otorga el acceso o lo deniega según sea el caso. Su enfoque principal y estrategia está
centralizada en la administración y protección de los puertos por los cuales ingresa y sale la información
de la Entidad. Otra funcionalidad del Firewall perimetral es brindar acceso remoto a la plataforma
tecnológica de la Entidad desde sitios externos mediante conexiones seguras denominadas VPN y
actualmente se encuentra al servicio de Eos funcionarios de la Oficina de Sistemas que permite entre otros
1 http;//www.eltiempo.com/tecnQsfera/paises-latinQamericanos-en-cibersequndadr129604, consultada el 10 de octubre del 2017 a las 2:30 pm
2 http://es.wikipedia,orq/wiki/Seguridad de aplicacionesiiweb. consultada el 10 de octubre del 2017 a las 2:40 pm
3 http://www.mintic.gov.co/flestionti/615/w3-propenVvalue-6206,,html,.,consultada el 10 de octubre del 2017 a las 2:45 pm
CONTRATO No. 179- j - - -1 Ü 1 DE 2017 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
atender de manera remota casos de soporte en horarios no laborales o atender incidentes en cada una de
las soluciones o sistemas de información que se manejan al servicio de la Entidad y de la ciudadanía en
general; Dada la importancia de la seguridad informática para la Entidad, el Firewall se encuentra
implementando en alta disponibilidad, lo cual significa que se cuenta con dos appliance idénticos con igual
configuración y características, sincronizados mutuamente a fin de que si el primer appliance presenta
indisponibilidad, el servicio se mantenga disponible a través del segundo equipo; Cada entrada o salida de
datos desde la ciudadanía hacia la Entidad, es considerado un evento, la cual puede ser una petición
autorizada o un acceso de tipo malicioso; a su vez cada evento o intento de acceso no autorizado debe ser
registrado en archivos de auditoría (Iogs) a fin de ser analizados y puestos a disposición del administrador
técnico para la toma de decisiones; por su cantidad y complejidad los Iogs son procesados y monitoreados
a través de una solución denominada Fortianalyzer, la cual se encuentra integrada al Firewall; IPS/IDS
(sistemas de prevención y detección de intrusos)4 es una solución que cuenta con una base de datos con
una amplia gama de firmas y métodos variados de hackeo, direcciones ip maliciosas, páginas usadas para
atacar, códigos maliciosos y técnicas de vulneración, que permite reconocer y bloquear patrones de
ataques específicos hacia la red y la detección de tráfico malicioso, complementando de esta manera los
controles efectuados por los Firewall que son basadas en direcciones IP y puertos principalmente. El
IPS/IDS es un punto técnico de control que permite validar o denegar una petición externa apoyado en la
validación que se realice a la solicitud de acceso a través de la base de datos y configuración
predeterminada con que cuenta, para así proteger a los sistemas computacionales de cualquier tipo de
ataque y SANDBOX, es una solución que permite la mitigación de los riesgos asociados debido a ataques
de día cero y a las amenazas persistentes avanzadas. Para tal efecto, la solución hace análisis controlados
en entornos propios y aislados, de los diferentes archivos y protocolos que ingresan por la plataforma
tecnológica de la Entidad, simulando el comportamiento que pueden generar en un determinado sistema
operativo y de esta forma bloquearlos si se detecta comportamiento anómalo. 13) Que los elementos
anteriormente descritos, constituyen la solución de seguridad perimetral marca FORTINET con que cuenta
la Entidad, cuyas adquisiciones corresponden a contratos y fechas que se describen a continuación: a)
Contrato 179-139 de 20115 celebrado con la sociedad GAMMA INGENIEROS S.A. suscrito el 29 de
diciembre del 2011 que tiene por objeto la adquisición, instalación y configuración de una solución de
firewall basada en alta disponibilidad, incluyendo licénciamiento, servicio de soporte técnico y
actualizaciones, conformado por dos dispositivos Firewall tipo Appliance HA (High Availability) modelo
Fortigate 3040B y un dispositivo de administración tipo consola modelo Fortimanagement 100C, que
permite principalmente mitigar los múltiples ataques a los que se ve sometida la red de la Entidad, cuyo
servicios de soporte y licénciamiento inició el 30 de abril de 2012, día siguiente a la fecha de culminación
del servicio de soporte y licénciamiento que en su momento tenía contratada la Entidad, b) Posteriormente,
y debido a la necesidad de llevar la trazabilidad de los eventos que se registran en la plataforma tecnológica
de manera centralizada a través de los Iogs, para su análisis y revisión en el momento que se requiera, la
Entidad mediante contrato 179-110 de 2012 suscrito con la sociedad GAMMA INGENIEROS S.A. el 30
noviembre de 2012, cuyo objeto fue la compraventa de un Appliance para el análisis del Log del Firewall y
el dispositivo de propósito específico modelo Fortianalyzer 2000B, incluyendo instalación, configuración,
soporte de fábrica y servicios por un (1) año a partir de la suscripción del acta de inicio, c) Durante el año
2013, mediante contrato número 179-069 de 2013, celebrado con la firma ELLIPTICAL S.A.S., se adquirió
por el término de seis (6) meses la renovación de las licencias y los servicios conexos a la solución de
Firewall basado en alta disponibilidad y al dispositivo de administración tipo consola, d) En el año 2014, se
suscribió el contrato 179-046 de 2014 con la sociedad GAMMA INGENIEROS S.A., para la renovación de
licencias, garantía de fábrica y servicios conexos durante un (1) año. e) Posteriormente, la Entidad
mediante contrato 179-048 de 2015 cuyo objeto consistió en la entrega a título de compraventa a la
Procuraduría General de la Nación la renovación de las licencia y garantía de fábrica a la solución de
firewall y servicios conexos (Lote No. 1), de conformidad con las condiciones, características y
especificaciones señaladas en la selección abreviada con subasta inversa electrónica No. 09 de 2015,
celebrado con la sociedad GAMMA INGENIEROS S.A., efectuó la renovación de las licencias, garantía de
fábrica y servicios conexos que permiten operar y mantener en condiciones óptimas la solución de firewall
y los servicios conexos por el término de un (1) año. f) Mediante Contrato N° 179-047 de 2015 suscrito con
la sociedad OPENLINK SISTEMAS DE REDES DE DATOS S.A.S. el 3 de septiembre de 2015, se adquirió
una solución de prevención y detección de intrusos con capacidad de analizar y bloquear malware
4 http://es.wikipedia.org/wiki/Sistema de iprevenci%C3%B3n_de_SriitrusosUiconsultada el 8 de junio de 2017, a las 7.30 a.m.
5 .dttp.s://wyw.procurad^ actadeliquidacion.pdf, consultada el 10 de octubre del 2017 a las3:20 pm
CONTRATO No. 179- ~ - ] 3 1 DE 2017 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
avanzado y amenazas persistentes avanzadas o APT's. La solución del IPS/IDS corresponde a un equipo
FortiGate 800C, con su respectivo analizador de logs modelo FortiAnalyzer-200D y un bypass externo
modelo FortiBridge 2002 que permite entre otros mitigar impactos en la red en caso de falla del dispositivo.
De igual forma se cuenta con un FortiSandboxiOOOD encargado de bloquear malware avanzado y analizar
amenazas persistentes avanzadas. La vigencia del contrato fue por un (1) año. 14) Que la renovación de
licencias, garantía de fábrica y servicios conexos de los elementos que conforman la solución de seguridad
perimetral, a saber, los dispositivos de administración y el Firewall Perimetral en alta disponibilidad, se están
contratando desde el año 2014 de manera conjunta, ya que pertenecen al mismo fabricante y componen
la solución integral de seguridad. 15) Que actualmente se encuentra en ejecución el contrato N° 179-078
de 2016 suscrito con la firma OPENLINK SISTEMAS DE REDES DE DATOS S.A.S. cuyo objeto se pactó así:
"El contratista entregará a título de compraventa a la Procuraduría General de la Nación la renovación de
licencias, la garantía de fábrica y los servicios conexos a la plataforma de seguridad perimetral marca
FORTINET, de conformidad con las condiciones, características y especificaciones señaladas en el pliego de
condiciones de la Selección Abreviada con subasta inversa presencial No. 08 de 2016, sus anexos y
aclaraciones", el cual finaliza el 30 de noviembre de 20176.16) Que teniendo en cuenta que las soluciones
mencionadas anteriormente, cuentan con licénciamientos periódicos que permiten las actualizaciones de
cada firmware, lo que contribuye a que cada una de ellas estén actualizadas y acordes para la mitigación
de las amenazas que diariamente surgen en la red, se hace necesario renovar las garantías y soporte de
fábrica de la plataforma de seguridad presente, con el fin de mantener actualizado el sistema de seguridad
informática de la Entidad. Equipos Balanceadores de Carga: Solución encargada de identificar, clasificar,
priorízar y acelerar las peticiones efectuadas hacía las aplicaciones WEB con que cuenta la Entidad, de tal
forma que las distribuya de manera eficiente hacia los servidores que soportan dichas aplicaciones. En tal
sentido, esta solución permite garantizar la disponibilidad de la información expuesta por la Procuraduría
de cara a la ciudadanía en general, sin importar la concurrencia de las consultas efectuadas. 17) Que con
el fin de atender a los ciudadanos, la Procuraduría General de la Nación dispone de una plataforma
tecnológica dispuesta para apoyar las consultas vía web que realicen, y que por tanto debe suplir
eficientemente la demanda sin importar el número de accesos o visitantes que acuden a diario a su portal
de internet. De igual forma, las solicitudes de accesos a los servicios en línea que ofrece la Procuraduría y
que son de importancia para la ciudadanía, como por ejemplo la expedición del certificado del SIRI, y la
recepción de quejas diarias a través de la web, representan un alto flujo de visitas a estos servicios web
dispuestos para el público. Es de aclarar, que cuando una petición llega a la plataforma de la Procuraduría,
luego de que los equipos de seguridad perimetral verifican que no se trata de un ataque malicioso, la
solicitud de acceso debe ser atendida y redireccionada al servidor que responderá finalmente por la
solicitud, y ante una alta concurrencia, una atención ineficiente en este proceso puede generar
indisponibilidad y/o lentitud en las aplicaciones. 18) Que la solución se planteó de forma que incluyera la
infraestructura necesaria para configurar los servicios web de acuerdo a sus características, de tal manera
que una vez las solicitudes de acceso pasaran por el filtro de seguridad del firewall, el balanceador de carga
al identificar una petición redirecciona hacia el mismo lugar todos aquellos accesos que presentan las
mismas especificaciones, sin tener que revisar cada uno de ellos. Esto se logra a través de la
implementación de reglas que identifican cada aplicación que se desee administrar a través del
balanceador de carga. El objetivo es validar una única vez a todas las peticiones que con iguales
características solicitan acceso de manera concurrente, optimizando los tiempos de respuesta; esto es, por
ejemplo, si en el mismo instante de tiempo se reciben 20 peticiones de usuarios queriendo acceder al
módulo de consultas del SIRI, cuando el equipo balanceador identifica dentro de las reglas que las
peticiones poseen Eas mismas especificaciones, todas las enviará al servidor donde está alojado el servicio.
La operación de balanceo de carga corresponde a una solución que utiliza recursos tanto de hardware
como de software para clasificar, redireccionar y entregar finalmente la petición del servicio al servidor y
portante, los tiempos de atención y respuesta se optimizan evitando la indisponibilidad en los servicios por
problemas de concurrencia. 19) Que bajo este panorama y para solucionar los posibles inconvenientes que
se pudieran presentar para atender de forma eficiente los accesos a los servicios web que se ofrecen a la
ciudadanía, LA PROCURADURÍA adquirió la solución de balanceadores de carga, su configuración en altadisponibilidad, las garantías y el licénciamiento requerido, a través del contrato N° 179-069 de 2014 suscrito
con la firma OLIMPIA MANAGEMENT S.A. La solución contratada está conformada por cuatro (4) equipos
físicos con su correspondiente instalación, configuración, garantía, soporte de fábrica y servicios conexos.
La vigencia del contrato fue por el término de dos (2) años, iniciando el 1 de enero de 2015 y hasta el 1 de
6 httDs://www,procuraduria.QOv.CQ/portal/med¡a/file/contratac¡on/1225/SASI082016 179 078 2016 informedeeíecucioMOPENLINK.pdf. consultada
el 10 de octubre del 2017 a las 3:50 pm
CONTRATO No. 179- ~ - 1 0 1DE 2017 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
enero 2017. WAF, el firewail de aplicaciones WEB, es una solución compuesta por hardware y software,
dedicada a la protección de los sistemas de información con que cuenta la Entidad bajo el entorno web y
que por tanto están expuestos a los ataques que intentan desestabilizar las aplicaciones, capturar
información de manera indebida, penetrar las bases de datos de dichas aplicaciones o modificar los datos
que allí se encuentran alojados, entre otros, y que en consecuencia puedan afectar la integridad,
confidencialidad y disponibilidad de la información dispuesta en las aplicaciones WEB. 20) Que el
crecimiento vertiginoso de las interconexiones globales mediante el uso de internet, ha ocasionado un sin
número de incidentes informáticos que varían y evolucionan a diario y que por consiguiente generan
múltiples daños que conllevan pérdidas significativas en los sistemas de información. Los daños pueden
ser desde errores básicos en el uso de las aplicaciones que generan desconfianza en los usuarios hasta
pérdida total de los datos y la salida de producción de los sistemas. 21) Que los firewalls de aplicaciones
Web (WAF), son soluciones que integradas a plataformas de seguridad, buscan el análisis constante del
tráfico hacia los sitios web y la correlación de eventos que permiten prevenir riesgos y ataques tales como:
de fuerza bruta, manipulación de cookies, ataques de sesión, entre otros. 22) Que LA PROCURADURÍA,adquirió una solución de firewail de aplicaciones web, incluyendo su licénciamiento, garantía, soporte de
fábrica, mantenimientos preventivos y servicios conexos mediante el contrato 179-068 de 2013 celebrado
con la sociedad NEMESIS ASOCIADOS S.A., el cual fue desarrollado de la siguiente forma: remisión de la
solución de firewail de aplicaciones web el 29 de agosto de 2013, con garantía y soporte de fábrica de
veinticinco (25) meses, contados a partir del 4 de septiembre de 2013. Se suscribe acta de compromiso de
servicios conexos o soporte local el 29 de agosto de 2013, con vigencia de veinticinco (25) meses contados
a partir del 4 de septiembre de 2013 y se realizaron mantenimientos preventivos durante los años 2013,
2014 y 2015. 23) Que posteriormente, y una vez finalizado el contrato 179-068 de 2013, surgió la necesidad
al interior de la entidad de renovar la garantía con el fabricante del Firewail de aplicaciones web de la marca
Trustwave, que para efectos de dicho fabricante se denomina mantenimiento Premium, que permitía contar
con actualizaciones de mejora al software del equipo, soporte directo de especialistas del fabricante,
reemplazo de partes y en caso de falla o daño severo la reposición total del equipo. Además, con el
mantenimiento Premium se adquiere soporte en línea de fábrica para la resolución de casos 7x24x365 con
respuesta prioritaria a incidentes complejos, requerido por la Entidad dada la criticidad que constituye la
seguridad informática perimetral. Esta renovación del mantenimiento Premium de fábrica y los servicios
conexos correspondientes, se realizó a través del contrato N° 179-046 de 2015 (Lote No. 2) suscrito el 3
de septiembre del 2015 con la sociedad Némesis Asociados S.A., cuyo objeto fue el de "ENTREGAR A
TÍTULO DE COMPRA VENTA A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN LA RENOVACIÓN DELMANTENIMIENTO PREMIUM DE FÁBRICA AL FIREWALL DE APLICACIONES WEB Y SERVICIOS
CONEXOS (LOTE No. 2), de conformidad con las condiciones, características y especificaciones
señaladas en la Selección Abreviada con Subasta Inversa Electrónica No. 09 de 2015". De acuerdo con el
informe de ejecución del contrato, el 13 de octubre de 2015 el contratista mediante acta hace entrega del
licénciamiento de la solución Web Application Firewail y se formaliza el inicio de los servicios conexos por
un año, iniciando el 5 de octubre de 2015 y terminando el 5 de octubre de 2016. 24) Que la solución de
WAF del fabricante Trustwave con que actualmente cuenta la Entidad, se renovó con mantenimiento
Premium de fábrica, sin embargo el soporte que ofrece el fabricante sobre este equipo de referencia TX120Í
perteneciente a la serie TX, fue solo hasta el 30 de septiembre de 20177ya que cuenta con versiones
posteriores que ofrecen mejores funcionalidades y sobre éstas es que ofrece mantenimiento de fábrica.
25) Que no es posible renovar el mantenimiento Premium para el hardware con que se cuenta actualmente,
por lo que se hace necesario contemplar la adquisición del upgrade con el respectivo licénciamiento y
mantenimiento de fábrica, ya que el que se adquirió bajo el contrato N° 179-046 de 2015 para esa fecha
era el que se encontraba vigente, pero ahora la versión no cuenta con la garantía de fabricante que requiere
la entidad. 26) Que teniendo en cuenta las necesidades expuestas, la entidad requiere, a) Renovar las
licencias y garantía de fábrica a la solución de la plataforma de seguridad perimetral y los servicios conexos:
renovar las licencias y garantía del fabricante Fortinet a las soluciones que componen la plataforma de
seguridad perimetral, es decir, a la solución de firewail basado en alta disponibilidad, a los appliances para
el análisis de logs, al dispositivo de bypass y al analizador de amenazas persistentes avanzadas. Al renovar
las licencias, se adquiere el derecho a realizar descargas de actualizaciones periódicas producidas por el
fabricante que permite a los equipos contar con la protección de amenazas recientes detectadas en la red.
Así mismo, la garantía de fábrica permite entre otras, contar con el reemplazo de partes de los equipos
cuyos seriales se describen en la siguiente tabla en caso de falla y la reposición de los mismos para daños
severos; además, soporte directo del fabricante para escalar casos de alta complejidad, b) Renovar la
1 https://www3.trustwave.com/support/kb/Attachment847.aspx, consultada el 9 de junio de 2017, a las 9.15 a.m.
11GEHERALDELAKACION
CONTRATO No. 179Í - " 1 0 1 DE 2017 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
garantía de fábrica a la solución de balanceadores de carga y los servicios conexos. Al renovar la
garantía, se adquiere el derecho a realizar descargas de actualizaciones periódicas producidas por el
fabricante A10, marca de la solución de balanceadores con que cuenta la Entidad, permite a los equipos
contar con mejoras de firmware y de balanceo. Así mismo, la garantía de fábrica permite entre otras, contar
con el reemplazo de partes en caso de falla y la reposición de equipos para daños severos; además, soporte
directo del fabricante para escalar casos de alta complejidad, c) Adquirir el upgrade a la solución del
firewall de aplicaciones web, mantenimiento Premium de fábrica y los servicios conexos. Se
requiere la adquisición del Upgrade al Firewall de aplicaciones WEB de la marca Trustwave existente en la
entidad, junto con el servicio de mantenimiento Premium que permite contar con actualizaciones de mejora
al software del equipo, soporte directo de especialistas del fabricante, reemplazo de partes en caso de falla,
la reposición de equipos si se presentan daños severos y soporte en línea de fábrica para la resolución de
casos 7x24x365 con respuesta prioritaria a incidentes complejos. 27) Que con el fin de mejorar el
aseguramiento de los sitios WEB con que cuenta la Entidad, es indispensable realizar escaneos de
vulnerabilidades periódicos que permitan el hallazgo y la posterior remediación de fallas que conlleven a
un afinamiento constante hacia los aplicativos y a la solución de firewall de aplicaciones WEB. Por esta
razón se establece un mínimo de 10 ip's internas y 10 ip's externas para la realización de estos análisis a
demanda, es decir, las veces que sea necesario hacia las 20 ip's durante la vigencia del mantenimiento
Premium de la solución. 28) Que de esta forma y con el fin de actualizar la plataforma de seguridad
perimetral de la Entidad, la solución de balanceadores de carga y el firewall de aplicaciones WEB, es
necesario contar para cada uno de los Lotes descritos, con un contratista que actualice dichas plataformas
y garantice la prestación de los servicios conexos, acorde con los tiempos de soporte 7x24 y con los demás
requerimientos estipulados en el Anexo N° 2 "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS" del pliego de
condiciones. 29) Que con el fin de satisfacer la necesidad de la entidad, el 13 de octubre de 2017 la Oficina
de Sistemas de la Entidad, elaboró los estudios previos de la contratación, de conformidad con lo
establecido en la Ley 80 de 1993, artículo 25, numerales 7 y 12, modificado por el artículo 87 de la Ley
1474 de 2011, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, Artículo 2.2.1.1.2.1.1. 30) Que en los
estudios previos se definió como presupuesto oficial para atender la contratación la suma de MIL
TRESCIENTOS DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO
PESOS MCTE. ($1.302.927.155,00) incluido IVA, demás impuestos y deducciones a que haya lugar,
incluido en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 93017 del 18 de septiembre de 2017 expedido
por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal de la entidad. El presupuesto se desagrega de
la siguiente forma por lotes:
LOTE
LOTE I: RENOVACIÓN DE LAS LICENCIAS Y GARANTÍA DE
FÁBRICA A LA SOLUCIÓN DE LA PLATAFORMA DE SEGURIDADPERIMETRAL Y LOS SERVICIOS CONEXOS.
VALOR
$749.248.323
LOTE II: RENOVACIÓN DE LA GARANTÍA DE FABRICA A LA
SOLUCIÓN DE BALANCEADORES DE CARGA Y LOS SERVICIOSCONEXOS.
$309.416.646
LOTE III: ADQUISICIÓN DEL UPGRADE A LA SOLUCIÓN DEL
FIREWALL DE APLICACIONES WEB, MANTENIMIENTO PREMIUM
DE FABRICA Y LOS SERVICIOS CONEXOS
$244.262.186
TOTAL $1.302.927.155,00
31) Que la necesidad se encuentra prevista en el Plan de Adquisiciones de la Entidad, según certificado No.
2017-147 del 15 de septiembre de 2017, expedido por el administrador de dicho plan. 32) Que por las
razones expuestas y teniendo en cuenta que se trata de bienes de común utilización con especificaciones
técnicas y patrones de desempeño y calidad iguales o similares, LA PROCURADURÍA adelantó la
selección abreviada con subasta inversa presencial No. 19 de 2017 para SELECCIONAR AL
CONTRATISTA QUE ENTREGUE A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, A TÍTULO DECOMPRAVENTA: LOTE I: RENOVACIÓN DE LAS LICENCIAS Y GARANTÍA DE FÁBRICA A LASOLUCIÓN DE LA PLATAFORMA DE SEGURIDAD PERIMETRAL Y LOS SERVICIOS CONEXOS;LOTE II: RENOVACIÓN DE LA GARANTÍA DE FÁBRICA A LA SOLUCIÓN DE BALANCEADORES DECARGA Y LOS SERVICIOS CONEXOS y LOTE III: ADQUISICIÓN DEL UPGRADE A LA SOLUCIÓNDEL FIREWALL DE APLICACIONES WEB, MANTENIMIENTO PREMIUM DE FABRICA Y LOS
SERVICIOS CONEXOS. 33) Que el proyecto de pliego de condiciones, junto con el estudio previo y el
aviso de convocatoria fue publicado el 17 de octubre de 2017 en la página web de la Entidad y en el Secop,
el cual fue objeto de observaciones relacionadas con la capacidad organizacional y las especificaciones
técnicas mínimas, las que fueron absueltas por la Entidad mediante documento del 26 de octubre de 2017
publicado en la misma fecha en las páginas antes mencionadas. 34) Que por medio de la Resolución No.
GENERAL DE LA KACiOH
CONTRATO No. 179- - 1 0 t>E 2017 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
1028 del 26 de octubre de 2017 se ordenó la apertura del proceso de selección abreviada con subasta
inversa presencial N° 19 de 2017, en la que se señaló como fechas de apertura y cierre el 27 de octubre y
3 de noviembre de 2017 las 10:30 a.m. respectivamente. 35) Que se formularon observaciones al pliego
de condiciones relacionadas con las especificaciones técnicas y el formato propuesta inicial de precio,
frente a las que la Entidad dio respuesta por medio del documento del 2 de noviembre de 2017, publicado
en la misma fecha en la página web de la Entidad y en el Secop. Como consecuencia de lo anterior, se
expidieron en la misma fecha las adendas Nos.1 y 2 por medio de las cuales se modificó el Anexo No. 3
Formato Propuesta Inicial de Precio. 36) Que el 3 de noviembre de 2017 a las 10:30 a.m., conforme a lo
señalado en los numerales 2.1 y 2.9 del pliego de condiciones, se realizó el cierre de la Selección Abreviada
con Subasta Inversa Presencial No. 19 de 2017. De acuerdo con el acta de cierre suscrita en la misma
fecha se dejó constancia de la presentación de las siguientes ofertas: OFERTA NÚMERO V. COMPAÑÍADE INGENIEROS DE SISTEMAS ASOCIADOS COINSA LDTA; OFERTA NÚMERO 2: OPENLINK
SISTEMAS DE REDES DE DATOS S.A.S.; OFERTA NÚMERO 3: ELLIPTICAL S.A.S.; OFERTA NÚMERO4: OLIMPIA MANAGEMENT S.A. y OFERTA NÚMERO 5: GAMMA INGENIEROS S.A.S. 37) Que realizada
Ea verificación de los requisitos habilitantes por los miembros de los comités, los informes de verificación
fueron publicados el 7 de noviembre de 2017 en la página web de la Entidad y del Secop y el consolidado
fue el siguiente:
LOTE I: RENOVACIÓN DE LAS LICENCIAS Y GARANTÍA DE FÁBRICA A LA SOLUCIÓN DE LAPLATAFORMA DE SEGURIDAD PERIMETRAL Y LOS SERVICIOS CONEXOS.
Oferta
No.
1
2
3
5
PROPONENTE
COMPAÑÍA DE
INGENIEROS DE
SISTEMAS
ASOCIADOS COINSA
LTDA
OPENLINK SISTEMAS
DE REDES DE DATOS
SAS
ELLIPTICAL SAS
GAMMA INGENIEROS
SAS
VERIFICACIÓN
CAPACIDAD
JURÍDICA
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
VERIFICACIÓN
CAPACIDAD
FINANCIERA
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
VERIFICACIÓN
CAPACIDAD
ORGANIZACIONAL
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
VERIFICACIÓN DE
CONDICIONES DE
EXPERIENCIA
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
verificación
especificación
es técnicasmínimas
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
LOTE II: RENOVACIÓN DE LA GARANTÍA DE FÁBRICA A LA SOLUCIÓN DE BALANCEADORESDE CARGA Y LOS SERVICIOS CONEXOS
Oferta
No.
4
PROPONENTE
OLIMPIA
MANAGEMENT SA
VERIFICACIÓNCAPACIDAD
JURÍDICA
HABILITADO
VERIFICACIÓNCAPACIDAD
FINANCIERA
HABILITADO
VERIFICACIÓN
CAPACIDAD
ORGANIZACIONAL
HABILITADO
VERIFICACIÓN DE
CONDICIONES DE
EXPERIENCIA
HABILITADO
VERIFICACIÓNESPECIFICACIÓN
ES TÉCNICASMÍNIMAS
HABILITADO
LOTE III: ADQUISICIÓN DEL UPGRADE A LA SOLUCIÓN DEL FIREWALL DE APLICACIONES WEB,
MANTENIMIENTO PREMIUM DE FABRICA Y LOS SERVICIOS CONEXOSOferta
No.
4
PROPONENTE
OLIMPIA MANAGEMENT
SA
VERIFICACIÓNCAPACIDAD
JURÍDICA
HABILITADO
VERIFICACIÓNCAPACIDAD
FINANCIERA
HABILITADO
VERIFICACIÓNCAPACIDAD
ORGANIZACIONAL
HABILITADO
VERIFICACIÓN DE
CONDICIONES DE
EXPERIENCIA
HABILITADO
VERIFICACIÓN
ESPECIFICACIÓN
ES TÉCNICASMÍNIMAS
HABILITADO
38) Que conforme a los numerales 2.1 y 2.11 del pliego de condiciones, el término de traslado para
presentar observaciones a los informes de verificación se encuentra comprendido entre el 8 y el 10 de
noviembre de 2017. Vencido éste, no se recibieron observaciones. 39) Que el 14 de noviembre de 2017
se publicó en las páginas web de la Entidad y del Secop el consolidado de oferentes habilitados para
subasta, así:
LOTE I: RENOVACIÓN DE LAS LICENCIAS Y GARANTÍA DE FÁBRICA A LA SOLUCIÓN DE LAPLATAFORMA DE SEGURIDAD PERIMETRAL Y LOS SERVICIOS CONEXOS.
Oferta
No.
1
2
PROPONENTE
COMPAÑÍA DE
INGENIEROS
DE SISTEMAS
ASOCIADOS
COINSA LTDA
OPENLINK
SISTEMAS DE
REDES DE
DATOS SAS
VERIFICACIÓNCAPACIDAD
JURÍDICA
HABILITADO
HABILITADO
VERIFICACIÓNCAPACIDAD
FINANCIERA
HABILITADO
HABILITADO
VERIFICACIÓNCAPACIDAD
ORGANIZACIONAL
HABILITADO
HABILITADO
VERIFICACIÓN DE
CONDICIONES DE
EXPERIENCIA
HABILITADO
HABILITADO
verificación
especificaciones
técnicas mínimas
HABILITADO
HABILITADO
GEHERALDEUKACIOH
CONTRATO No. 179-í - ~ 1 B 1 DE 2017 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
ELLIPTICAL SAS HABILITADO HABILITADO HABILITADO HABILITADO HABILITADO
GAMMA
INGENIEROS
SAS
HABILITADO HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
LOTE II: RENOVACIÓN DE LA GARANTÍA DE FÁBRICA A LA SOLUCIÓN DE BALANCEADORESDE CARGA Y LOS SERVICIOS CONEXOS
VERIFICACIÓN
CAPACIDAD
JURÍDICA
VERIFICACIÓNCAPACIDAD
FINANCIERA
VERIFICACIÓN
CAPACIDAD
ORGANIZACIONAL
VERIFICACIÓN DE
CONDICIONES DE
EXPERIENCIA
Oferta
No.
PROPONENTE verificaciónespecificaciones
técnicas mínimasOLIMPIA
MANAGEMENT
SA
HABILITADO HABILITADO HABILITADO HABILITADO HABILITADO
LOTE III: ADQUISICIÓN DEL UPGRADE A LA SOLUCIÓN DEL FIREWALL DE APLICACIONES WEB,MANTENIMIENTO PREMIUM DE FABRICA Y LOS SERVICIOS CONEXOS
Oferta
No.
4
PROPONENTE
OLIMPIA
MANAGEMENT
SA
VERIFICACIÓN
CAPACIDAD
JURÍDICA
HABILITADO
VERIFICACIÓN
CAPACIDAD
FINANCIERA
HABILITADO
VERIFICACIÓN
CAPACIDAD
ORGANIZACIONAL
HABILITADO
VERIFICACIÓN DE
CONDICIONES DE
EXPERIENCIA
HABILITADO
verificación
especificaciones
técnicas mínimas
HABILITADO
40) Que el 15 de noviembre de 2017, a partir de las 9:00 a.m. se llevó a cabo la audiencia de subasta
inversa presencial de la selección abreviada con subasta inversa presencial No. 19 de 2017, cuyo
desarrollo se detalla en el acta que se levantó para el efecto. 41) Que mediante oficio OS 956 del 16 de
noviembre de 2017, los integrantes del comité evaluador con visto bueno del Jefe de la Oficina de Sistemas
y el Coordinador del Grupo de Infraestructura de dicha Oficina, rindieron el correspondiente informe de
evaluación en el que recomiendan adjudicar el proceso de selección de la siguiente forma: Lote I por la
suma de $741.600.000, M/CTE, incluido el IVA, al oferente OpenLink Sistemas de Redes de Datos S.A.S.;
Lote II por valor de $304.848.588 M/CTE, incluido el IVA al proponente Olimpia Management S.A. y Lote
III por valor de $243.365.334 M/CTE, incluido el IVA al oferente Olimpia Management S.A. 42) Que teniendo
en cuenta el trámite del proceso de selección, Eos oferentes que resultaron habilitados, el desarrollo de la
subasta inversa presencial y fundados en la recomendación emitida por los comités verificadores y el
evaluador, expertos en cada una de sus áreas, los miembros de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones
recomiendan al ordenador del gasto: 1.- Adjudicar al proponente OPENLINK SISTEMAS DE REDES DE
DATOS SAS el LOTE I; RENOVACIÓN DE LAS LICENCIAS Y GARANTÍA DE FÁBRICA A LASOLUCIÓN DE LA PLATAFORMA DE SEGURIDAD PERIMETRAL Y LOS SERVICIOS CONEXOS, porel valor de $741.600.000, M/CTE incluido IVA, demás impuestos, gastos, tasas y contribuciones a que haya
lugar. 2 - Adjudicar al proponente OLIMPIA MANAGEMENT SA los LOTES II: RENOVACIÓN DE LA
GARANTÍA DE FÁBRICA A LA SOLUCIÓN DE BALANCEADORES DE CARGA Y LOS SERVICIOSCONEXOS, por el valor de $304.848.588 M/CTE incluido IVA, demás impuestos, gastos, tasas y
contribuciones a que haya lugar y III: ADQUISICIÓN DEL UPGRADE A LA SOLUCIÓN DEL FIREWALLDE APLICACIONES WEB, MANTENIMIENTO PREMIUM DE FABRICA Y LOS SERVICIOS CONEXOS
por el valor de $243.365.334 M/CTE incluido IVA, demás impuestos, gastos, tasas y contribuciones a que
haya lugar. 43) Que en virtud de lo establecido en la Resolución No. 200 de 17 de mayo de 2017, que
delega en el Secretario General la realización de los procesos de contratación en cualquiera de sus
modalidades y todos los trámites y actos inherentes a los mismos, el Secretario General de la Entidad
acogió las recomendaciones que por unanimidad le formulan los miembros de la Junta de Licitaciones y
Adquisiciones, en los términos antes señalados y adjudica la Selección Abreviada con Subasta Inversa
Presencial No. 19 de 2017, en los términos de dicha recomendación como consta en el acta de adjudicación
del 16 de noviembre de 2017. El presente contrato se regirá por las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, el
Decreto 1082 de 2015 y las demás disposiciones que regulan la materia y las estipulaciones contenidas en
las siguientes cláusulas: PRIMERA - OBJETO: EL CONTRATISTA entregará a LA PROCURADURÍA, a
título de compraventa la renovación de la garantía de fábrica a la solución de balanceadores de carga y los
servicios conexos (LOTE II), y el Upgrade a la solución del firewall de aplicaciones web, mantenimiento
Premium de fábrica y los servicios conexos (LOTE III), de conformidad con las condiciones, características
y especificaciones señaladas en el pliego de condiciones de la Selección Abreviada con Subasta Inversa
Presencial No. 19 de 2017, sus anexos y aclaraciones, respuesta a las observaciones, y la propuesta
presentada por EL CONTRATISTA, así como todos los documentos que en respuesta a las solicitudes
formuladas por la Entidad allegó EL CONTRATISTA en desarrollo del proceso de selección, el resultado
de la subasta y la adjudicación, documentos que forman parte integral del presente contrato y serán leídos
e interpretados en forma conjunta con el mismo. PARÁGRAFO: ALCANCE DEL OBJETO: Los
componentes del objeto de este contrato se encuentran descritos en el anexo No. 2 del pliego de
condiciones de la selección abreviada con subasta inversa presencial No. 19 de 2017. SEGUNDA -
GENERALDEUKACIO
CONTRATO No. 179- ""101 DE 2017 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
VALOR: Para todos Eos efectos legales y fiscales el valor del contrato es hasta por la suma de
QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS VEINTIDÓS
PESOS M/CTE ($548.213.922,00), incluido IVA y demás impuestos que se generen, valor que corresponde
a 743,12 SMMLV para el presente año. El valor del contrato se encuentra discriminado de la siguiente
manera:
LOTE II: RENOVACIÓN DE LA GARANTÍA DE FÁBRICA A LA SOLUCIÓN DE BALANCEADORES
DE CARGA Y LOS SERVICIOS CONEXOS.
OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
PRODUCTO
Renovación servicio de soporte y garantla-Thunder
TH3030S, 7x24. Tres (3) años y dos (2) meses; total 38
meses
Servicios profesionales en modalidad presencial/remoto por
ingeniero especialista de producto, por 3 años. Las
actividades presenciales se brindarán en la ciudad de
Bogotá en horario de atención 7x24.
TOTAL
Cant
4
3
Precio Unitario
60.893.821
4.200.000,00
IVA Unitario
11.569.826
798.000
TOTAL (Precio Unitario + iVA
Unitario )* Cantidad
289.854.588
14.994.000
304.848.588
LOTE III: ADQUISICIÓN DEL UPGRADE A LA SOLUCIÓN DEL FIREWALL DE APLICACIONES WEB
MANTENIMIENTO PREMIUM DE FABRICA Y LOS SERVICIOS CONEXOS.
OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
PRODUCTO
UPGRADE WAF-Trvstwave-TX120l-TS 750. incluyendo el licénciamiento.
Instalación y configuración de la Solución.
Mantenimiento Premium de fábrica
Escaneo de vulnerabilidades a demanda, a mínimo diez (10) IP'S extemas y
diez (10) IP'S internas.
Programa de Capacitación
Servicios profesionales en modalidad presencial/remoto por ingeniero
especialista de producto, por tres (3) años. Las actividades presenciales se
brindarán en la ciudad de Bogotá en horario de atención 7x24.
TOTAL
Cant
1
1
1
1
1
1
Precio
Unitario
$6.447.820,00
8,197.863,00
54.609.503,00
16.394.333,00
11,477.008,00
47.382.166,00
IVA Unitario
12.625.085,80
1.557.593,97
10.375.805,57
3.114.923,27
2.180.631,52
9.002.609,64
TOTAL (Precio Unitario
+ IVA Unitario )*
Cantidad
79.072.906,00
9.755.457,00
64.985.309,00
19.509.256,00
13.657.640,00
56.384.766,00
243.365.334,00
TERCERA - APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El valor de este contrato se cancelará con recursos
provenientes del presupuesto de la actual vigencia según certificado de disponibilidad presupuestal No. 93017
expedido el 18 de septiembre de 2017 por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal de la
División Financiera de LA PROCURADURÍA. CUARTA - FORMA DE PAGO: LA PROCURADURÍAcancelará el valor del contrato en un único pago, el cual se hará efectivo dentro de los 30 días calendario
siguientes a la radicación en el Grupo de Cuentas de la División Financiera de la factura con sus
respectivos soportes acompañada de la certificación que expida la supervisión del contrato. Para hacer
efectivo el pago del LOTE II deberá acreditarse el cumplimiento de los siguientes requisitos: Entrega de
documentos que garanticen a LA PROCURADURÍA los derechos de garantía de fábrica y los servicios
conexos. Aprobación del cronograma de visitas de soporte en sitio por parte del supervisor del contrato.
Levantamiento de información y cronograma de afinamiento de las soluciones instaladas, tanto de
hardware como de software. Documento que garantice el cumplimiento con la transferencia de
conocimiento. Copia del acuerdo de compromiso de confidencialidad e integridad de la información. Para
hacer efectivo el pago del el LOTE III deberá acreditarse el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Entrega a la Procuraduría General de la Nación de los equipos y elementos hardware y software que
comprenden la solución. Entrega de documentos que garanticen a la Procuraduría General de la Nación,
los derechos del mantenimiento Premium de fábrica y los servicios conexos. Aprobación del cronograma
de visitas de soporte en sitio por parte del Supervisor del contrato. Levantamiento de información y
cronograma de afinamiento de las soluciones instaladas, tanto de hardware como de software. Documento
que garantice el cumplimiento del programa de capacitación. Documentación e informe escrito al
supervisor del Contrato, del proceso de instalación y configuración de la solución. Copia del acuerdo de
compromiso de confidencialidad e integridad de la información. PARÁGRAFO PRIMERO: La factura delpago deben ir acompañada del formato de recibo a satisfacción expedido por la supervisión del contrato e
informe de ejecución de acuerdo con el formato establecido por la Entidad y de la certificación de
cumplimiento con las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, conforme lo
previsto en las normas aplicables a la materia. El cumplimiento de esta obligación, por parte del
CONTRATISTA, se acredita mediante certificación suscrita por el revisor fiscal de la empresa. En todo
caso el pago del contrato se encuentra sujeto a la disponibilidad del PAC. PARÁGRAFO SEGUNDO:
CONTRATO No. 179=* - - 1 0 1 DE 2017 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
Cuando LA PROCURADURÍA no cancele al CONTRATISTA las sumas pactadas, dentro del término
señalado con antelación, ésta reconocerá al CONTRATISTA como intereses de mora el incremento
mensual promedio del índice de Precios al Consumidor certificado por el DAÑE entre el 1o de enero y el31 de diciembre del año anterior. QUINTA - PLAZO Y LUGAR PE EJECUCIÓN: a) Para el LOTE II, el
plazo de ejecución será de treinta (30) días calendario contados a partir de la firma del acta de inicio. En
todo caso el plazo de ejecución no puede superar el 29 de diciembre de 2017. El acta de inicio se firmará
dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato. EL CONTRATISTA debe tener en
cuenta que la renovación de la garantía de fábrica, y los servicios conexos, son adquiridos por tres (3)
años contados a partir de la suscripción del acta de recibo a satisfacción, b) Para el LOTE III: el contratista
tendrá treinta (30) días calendario para ejecutar el objeto de la contratación, contados a partir de la firma
del acta de inicio. El plazo se distribuye para la entrega, instalación y configuración de la solución, de la
siguiente manera:
DESCRIPCIÓNETAPAS
1. Entrega del equipo Una vez firmada el acta de inicio, el plazo para la entrega del
equipo y sus componentes es de treinta (30) días calendario
(plazo dentro del cual el contratista deberá cumplir con todos
los trámites de importación, legalización y entrega de los
bienes).
ENTREGABLES:
• Hardware y software que comprenden la solución y los
documentos que acrediten a la entidad, los derechos de
garantía de fábrica por tres (3) años.
• Documento con diseño y eronograma para la instalación
de la solución, de acuerdo a levantamiento de información.
2. Instalación de la solución
En esta etapa se procederá a instalar la solución para los
diferentes segmentos designados por la Entidad.
Para la instalación de la solución, el contratista contará con
cinco (5) días calendario una vez se haya entregado el equipo
a la Entidad.
ENTREGABLES:
Documento y memoria técnica de la instalación que incluya
diagramas de topología.
En esta etapa, la solución estará en modo de identificación de
tráfico para detectar patrones que permitan clasificar tráfico
permitido y ajustar sensores y políticas para mitigar riesgos,
amenazas y ataques.
Para el afinamiento se contará con cinco (5) días calendario
que permitan identificar el tráfico normal. Esta etapa se
realizará de forma inmediata a la culminación de la etapa de
instalación.
3. Configuración
a) Afinamiento
b) Implementación
Una vez identificado y clasificado el tráfico, se procederá a la
implementación de la solución con los diferentes parámetros
que permitan el aseguramiento de los segmentos de red
establecidos.
Para la implementación de la solución, el contratista contará
con cinco (5) días calendario. Esta etapa se realizará de forma
inmediata a la culminación de la etapa de afinamiento.
ENTREGABLES:
I. Documento con la configuración de políticas establecidas.
H. Lista de chequeo y de correcto funcionamiento para cara uno de tos segmentos.
El contrato se ejecutará en la Oficina de Sistemas de LA PROCURADURÍA ubicada en la carrera 5a No.
15-80 Piso 5, de la Ciudad de Bogotá D.C. PARÁGRAFO PRIMERO: Siempre que cualquiera de los plazosen días calendario señalados en el presente contrato, tenga vencimiento en día no hábil, se entenderá que
dicho plazo vence el día hábil inmediatamente siguiente. PARÁGRAFO SEGUNDO: No se concederánprórrogas salvo^ causas de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobadas, o cuando LA
PROCURADURÍA lo considere necesario. Las circunstancias que impidan la ejecución oportuna del objetodel contrato, deberán ser comunicadas por escrito y en forma inmediata a LA PROCURADURÍA -
SECRETARIA GENERAL para que se adopte la decisión sobre el particular. A falta de prórroga y ante el
incumplimiento del objeto del contrato, LA PROCURADURÍA procederá a hacer efectivas las sancionesestablecidas en el contrato. SEXTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia del presente contrato
comprende el plazo de ejecución y seis (6) meses más. SÉPTIMA - OBLIGACIONES DELCONTRATISTA: En desarrollo del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga para con LA
PROCURADURÍA a: 1) Cumplir con el objeto del contrato en los términos y condiciones establecidos enlos estudios previos, en el pliego de condiciones de la selección abreviada con subasta inversa presencial
No. 19 de 2017, sus anexos y la oferta presentada por EL CONTRATISTA, el desarrollo de la subasta y
10
CONTRATO No. 179- - - 1 0 1 DE 2017 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
los términos de la adjudicación. 2) Adelantar todas las gestiones necesarias para la ejecución del contrato
en condiciones de eficiencia, calidad, de acuerdo con las especificaciones técnicas mínimas exigidas por
LA PROCURADURÍA en el Pliego de Condiciones, aceptadas por EL CONTRATISTA con la suscripciónde la carta de presentación de la oferta. 3) Garantizar la confidencialidad e integridad de la información a
la cual llegare a tener acceso directamente o por intermedio de terceros; en tal virtud, suscribirá con la
Entidad junto con el acta de inicio, el documento "ACUERDO DE COMPROMISO DE
CONFIDENCIALIDAD INTEGRIDAD DE LA INFORMACIÓN". 4) Sufragar los gastos que legalmente hayalugar para la legalización ejecución del contrato. 5) Responder por el pago de salarios, prestaciones
sociales e indemnizaciones laborales a que haya lugar del personal que emplee en la ejecución del
contrato. 6) Diligenciar al momento de la suscripción del contrato el formato beneficiario/cuenta, en el cual
indicará el número de cuenta corriente o de ahorros y la entidad bancaria en donde pueda consignarse el
valor del contrato, cuenta que debe figurar a nombre y con el NIT de EL CONTRATISTA. El número de
identificación debe ser el mismo en el contrato, en el formulario beneficiario cuenta, en la certificación del
banco y en la factura que posteriormente se presente. 7) Anexar una certificación de la entidad bancaria
en la que conste el nombre del cuentahabiente, su número de identificación, número de la cuenta, tipo de
la cuenta y constar que se encuentra activa. 8) Cumplir con sus obligaciones frente al pago de aportes al
sistema de seguridad social integral y parafiscales. Para el efecto, EL CONTRATISTA debe presentarle a
la supervisión del contrato para el pago del mismo, la certificación del revisor fiscal de la sociedad que
acredite el cumplimiento de estas obligaciones. 9) Aceptar los procedimientos administrativos que
determine la Procuraduría General de la Nación - Oficina de Sistemas para la ejecución del contrato. 10)
Las demás que se encuentren contempladas en el Pliego de Condiciones de la selección abreviada con
subasta inversa presencial No. 19 de 2017, en la oferta presentada por EL CONTRATISTA, ei desarrollo
de la subasta y lo adjudicado por la entidad, así como las que se deriven de la suscripción del presente
contrato OCTAVA - OBLIGACIONES DE LA PROCURADURÍA: LA PROCURADURÍA se obliga a: 1)
Efectuar el pago que se genere del cumplimiento de la ejecución del contrato, dentro del plazo establecido
en el presente contrato. 2) Ejercer los controles necesarios para la cabal ejecución del contrato. 3) Prestarle
toda la colaboración al CONTRATISTA para que el objeto del contrato se cumpla de conformidad con los
términos del presente documento. 4) Tener en cuenta las observaciones y recomendaciones pertinentes
que EL CONTRATISTA le formule en relación con los elementos que componente el objeto del contrato.
NOVENA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato a persona alguna, natural ojurídica sin autorización previa, expresa y escrita de LA PROCURADURÍA. DÉCIMA - RELACIÓNLABORAL: EL CONTRATISTA manifiesta que la ejecución del contrato la realizará por su propia cuenta,
por lo que las relaciones laborales que adquiera con el personal que emplee en la ejecución del contrato y
las obligaciones surgidas de éstas no comprometen de ningún modo a LA PROCURADURÍA. DÉCIMAPRIMERA - SUBCONTRATACIÓN: En caso que EL CONTRATISTA subcontrate con terceros laejecución de actividades relacionadas con el objeto del presente contrato, EL CONTRATISTA responde
directamente a la Entidad por el cumplimiento del contrato y la mantendrá indemne de cualquier daño o
perjuicio originado en reclamaciones de terceros que se deriven de sus actuaciones o de las de sus
subcontratistas o dependientes. LA PROCURADURÍA no tendrá ninguna vinculación con el subcontratista.
DÉCIMA SEGUNDA - SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: La Dirección,Control y Coordinación del contrato, será del Jefe de la Oficina de Sistemas o quien haga sus veces,
conforme a lo dispuesto por el manual de contratación de la Entidad. La supervisión y control del presente
contrato será ejercida por los Ingenieros Alvaro Sánchez Triana y Juan José Cárdenas Jiménez
funcionarios adscritos a la Oficina de Sistemas de LA PROCURADURÍA, quienes tendrán a su cargo las
funciones señaladas en este contrato, las que se mencionan en la Ley 1474 de 2011, en el Manual de
Contratación de la Entidad y demás normas concordantes. PARÁGRAFO: En caso de ausencia temporalo definitiva de cualquiera de los supervisores nombrados, no se requerirá designar remplazo, siempre y
cuando el otro titular continúe ejerciendo sus funciones. DÉCIMA TERCERA - CLÁUSULA PENALPECUNIARIA: En caso de presentarse por parte del CONTRATISTA incumplimiento parcial, total y/o se
declare la terminación del contrato, éste pagará a título de cláusula penal pecuniaria, una suma equivalente
al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato. PARÁGRAFO: La suma resultante de la cláusula penalse hará efectiva directamente por LA PROCURADURÍA, pudiendo acudir para el efecto al respectivo
descuento del valor o saldo del contrato o a cualquier otro medio para obtener el pago, incluido el proceso
ante la jurisdicción coactiva. En todo caso se tendrá en cuenta lo consagrado en el artículo 86 de la Ley 1474
de 2011. DÉCIMA CUARTA - MULTAS: En caso de retardo o mora por parte del CONTRATISTA en elcumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, éste pagará a LA PROCURADURÍA, unasuma equivalente al uno por mil (1X1000) del valor del contrato por cada día de retardo en el cumplimiento del
mismo, sin que el total de la misma exceda el treinta por ciento (30%) del valor del Contrato. PARÁGRAFO:
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CONTRATO No. 179- - - 1 0 1 DE 2017 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
La suma resultante de las multas se hará efectiva directamente por LA PROCURADURÍA, pudiendo acudirpara el efecto al respectivo descuento del valor o saldo del contrato, o a cualquier otro medio para obtener el
pago, incluido el proceso ante la jurisdicción coactiva. En todo caso se tendrá en cuenta lo consagrado en el
artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. DÉCIMA QUINTA ■ GARANTÍA: EL CONTRATISTA constituirá a sucosta y a favor de LA PROCURADURÍA como mecanismo de cobertura del riesgo, cualquiera de las
garantías que de conformidad con el artículo 2.2.1.2.3.1.2., y concordantes del Decreto 1082 de 2015 sean
aplicables, con las siguientes coberturas:
Para el LOTE II:
AMPARO
Cumplimiento
Calidad del servicio
Pago de Salarios y Prestaciones
Sociales legales e
Indemnizaciones laborales
PORCENTAJE (%) DEL
VALOR TOTAL DEL
CONTRATO
30%
30%
5%
VIGENCIA
Tiempo de ejecución del contrato incluida ia vigencia de los
3 años de ta garantía de fábrica, contados a partir de la
fecha de firma del contrato
Un (1) año contado a partir de la fecha del vencimiento de
los servicios conexos.
Tiempo de ejecución del contrato incluida la vigencia de los
3 años de la garantía de fabrica y tres (3) años más,
contados a partir de la suscripción del contrato.
Para el LOTE III:
AMPARO
Cumplimiento
Calidad y correcto funcionamiento de
los bienes
Calidad del servicio
Pago de Salarios y Prestaciones
Sociales legales e Indemnizaciones
laborales
PORCENTAJE (%) DEL
VALOR TOTAL DEL
CONTRATO
30%
30%
30%
5%
VIGENCIA
Tiempo de ejecución del contrato incluida la vigencia de los
3 años de la garantía de fábrica, contados a partir de la
fecha de firma del contrato
Tres (3) años contados a partir de la fecha de recibo a
satisfacción de los bienes y equipos suministrados.
Un (1) año contado a partir de la fecha del vencimiento de
los servicios conexos.
Tiempo de ejecución del contrato incluida la vigencia de los
3 años de la garantía de fábrica y tres (3) años más,
contados a partir de la suscripción del contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando éste se
haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por LA PROCURADURÍA. Cuando se
presente alguno de ios eventos de incumplimiento cubiertos por la garantía, LA PROCURADURÍA
procederá a hacerla efectiva de la forma como se consagra en el Decreto 1082 de 2015, artículo
2.2.1.2.3.1.19, o las normas que lo modifiquen o adicionen. De igual manera, en cualquier evento que se
aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, EL CONTRATISTA deberá ampliar él
valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA deberá
cumplir con los requisitos señalados dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción
del contrato y los documentos resultantes, deberán entregarse en forma conjunta dentro de este plazo en
la OFICINA JURÍDICA para el trámite correspondiente. DECIMA SEXTA ■ CERTIFICACIÓN DE PAGO DE
APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y PARAFISCALES: EL CONTRATISTA
deberá cumplir con el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales, conforme lo
previsto en las normas aplicables a la materia. El cumplimiento de esta obligación, se acredita mediante
certificación suscrita por el revisor fiscal de la sociedad. PARÁGRAFO: EL CONTRATISTA debe allegareste documento para el trámite del pago que se derive de la ejecución del contrato. Para el efecto el
CONTRATISTA debe presentarle a la supervisión del contrato, la documentación que acredite el
cumplimiento del mismo. DECIMA SÉPTIMA - INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA está en la obligación demantener a LA PROCURADURÍA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de
terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes con ocasión
de la ejecución del contrato. LA PROCURADURÍA una vez tenga conocimiento de la reclamación, se lacomunicará de manera oportuna al CONTRATISTA, para que éste adopte las medidas necesarias de
defensa ante el tercero de manera judicial o extrajudicial, cumpliendo con esta obligación en los términos
de ley. DÉCIMA OCTAVA - LEGALIZACIÓN: Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, seentenderá que el presente contrato se encuentra legalizado con la suscripción por las partes contratantes
y una vez LA PROCURADURÍA efectúe el correspondiente registro presupuestal. DÉCIMA NOVENA -EJECUCIÓN: La ejecución del contrato sólo podrá efectuarse una vez se haya legalizado y se encuentre
constituida y aprobada la garantía de cumplimiento presentada por EL CONTRATISTA. VIGÉSIMA -
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El Representante legal del CONTRATISTA declara bajo la
gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que ni él, ni los socios,
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ni la sociedad que representa, se hallan incursos en ninguna de las causales de inhabilidad,
incompatibilidad y prohibiciones para contratar; al tenor de lo consagrado en la Ley 80 de 1993 y demás
disposiciones vigentes sobre la materia. VIGÉSIMA PRIMERA ■ PREVENCIÓN PE LAVADO DE ACTIVOSY FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO: El representante legal del CONTRATISTA, declara bajo la
gravedad del juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los
recursos que componen su patrimonio, ni el de los socios ni el de la sociedad, no provienen de lavado de
activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general, de cualquier
actividad ilícita y que los dineros recibidos como pago de este contrato, no serán destinados a ninguna de
las actividades antes descritas. VIGÉSIMA SEGUNDA - CIERRE DEL EXPEDIENTE: De conformidad conlo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015 "vencidos los términos de las garantías
de calidad...", se procederá a suscribir el acta de cierre del expediente del proceso contractual. VIGÉSIMATERCERA - NOTIFICACIONES: Los avisos, solicitudes, comunicaciones y notificaciones que las Partes
deban hacer en desarrollo del presente contrato, deben constar por escrito y se entenderán debidamente
efectuadas sólo si se entregan personalmente o por correo electrónico a la persona y direcciones indicadas
a continuación:LA ENTIDAD CONTRATANTE
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓNNombre: JORGE ALEXANDER CASTAÑEDA ENCISOCargo: Secretario General
Dirección: Carrera 5 No. 15-80 Piso 7 - Bogotá, D.C.
Teléfono: 5878750 extensión 10702
Correo electrónico:
secretariaaeneral@Drocuraduria.Qov.co
Nombre: Alvaro Sánchez Triana
Nombre: Juan José Cárdenas Jiménez
Cargo: Supervisores del contrato
Dirección. Carrera 5 No. 15-80 Piso 5 - Bogotá, D.C.
Teléfono: 5878750 extensión 10541 -10516
Correo electrónico: asanchez(a>Drocuraduria.qov.co
íicardenasiíS!procuradu ría. qov.co
EL CONTRATISTA
OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
Nombre: RICARDO PARADA MARTÍNEZCargo: Representante Legal - Segundo Suplente del Gerente
Dirección: Avenida El Dorado No. 69 A - 51 Torre B Of. 202 Bogotá, D.C.
Teléfono: 7425133. Cel.: 3185357272
Correo electrónico: ricardo.DaradaOíoiimpiait.com
VIGÉSIMA CUARTA ■ DOMICILIO; Para los efectos legales del presente contrato, las partes acuerdan
como domicilio la ciudad de Bogotá D.C. Para constancia se firma el 2 4
LA ENTIDAD CONTRATANTE,
PROCURADURÍA GENERAL DE>LA NACIÓN
JORGE ALEXANDER CASTAÑEDA ENCISOSECRETARIO GENERAL
EL CONTRATISTA,
OLIMPIA MAMAGEMENT/S.A.
RICARDO PfRADA MARTÍNEZRepresentante Legal - Segundo Suplente del Gerente
Proyectó: Sandra Isabel Duarte Grimaldo - Asesora Oficina Jurídica
Reyisó; María Cristina Figueredo Báez - Asesora Oficina Jurídica
Revisó: Liliana García Lizarazo - Jefe Oficina Jurídica
fRevisó: Lourdes Paola Redondo Barraza - Asesora Secretaría GeneRevisó: Luis Ramiro Aldana Blanco - Asesor Secretaría General
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