Transcript of Comunicado - Justicia Transicional Jaime Granados Peña
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COMUNICADO DE PRENSA DEL DOCTOR JAIME ENRIQUE GRANADOS PEÑA
Me permito a título personal, como académico que ha estudiado el
tema de justicia transicional por más de 30 años y frente al
reciente pronunciamiento público, hecho por el señor Ex Presidente
CESAR GAVIRIA, manifestar lo siguiente:
1. Desde al menos 1945, con los trabajos del eminente tratadista
LUIS JIMÉNEZ DE ASUA, hasta la actualidad con las contribuciones de
LIONEL NICHOLS y de EVA y VELLO PETTAI, el tema de la justicia
transicional ha sido profundamente estudiado. De la primera
generación de justicia transicional, en donde los ejemplos más
destacados fueron los procesos seguidos durante la segunda
posguerra en como países Alemania, Francia, Dinamarca, Noruega,
Holanda, Bélgica, Italia, entre otros; conviene destacar dos
grandes conclusiones:
i) En primer lugar, el alto impacto en el sistema judicial,
fuese por la vía de la jurisdicción ordinaria o a través de cortes
especiales. Dicho impacto se vio reflejado, a manera de
ejemplo, en el caso de Francia con al menos 94.695 casos que
conllevaron 2.695 casos de pena capital, 13000 de trabajos
forzados, 30.000 de imposición de penas privativas de la libertad y
49.000 de pérdidas de derechos civiles y políticos.
Por su parte, en Bélgica 53.000 personas fueron acusadas, de
las cuales 1.200 fueron condenadas a pena capital y 250
efectivamente ejecutadas.
En Holanda 51152 personas fueron procesadas y condenadas. De
las anteriores, a 14000 se les impuso pena de prisión (la mitad de
ellas superaron 5 años) y hubo 152 convictos a pena capital, de los
cuales 39 fueron ejecutados y 37000 fueron condenados a
confinamiento de 1 a 2 años y pérdida de derechos civiles y
políticos.
En el caso de Noruega hubo 46000 acusados de los cuales 18000
fueron condenados a prisión, lo que para un país con una población
en dicha época de cerca de 3.000.000 habitantes implicó que
aproximadamente el 1.5 % de la población fuera procesada (eso
equivaldría a que actualmente en Colombia fueran procesadas cerca
de 720.000 personas), de éstos 46000 casos 16 fueron condenados a
pena capital y 13 fueron ejecutados.
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que en Colombia casi 1.300.000 personas fueran sentenciadas). En
todo caso, la pena máxima cumplida efectivamente fue de 15 años y
la mínima de 1 año; y debe destacarse, ningún miembro del gabinete
fue jamás enjuiciado.
ii) La segunda conclusión de esta primera generación nos
aclara que efectivamente se llevó un proceso de reconciliación lo
que implicó, a manera de ejemplo en el caso de Dinamarca, que la
pena cumplida en promedio fuese de 2 años (se insiste que ningún
miembro del gabinete fue jamás enjuiciado). Por lo dicho, se
muestra la necesidad de lograr la reconciliación sin sacrificar los
mínimos requerimientos de justicia entre los miembros de una
sociedad que fue profundamente afectada por el conflicto.
2. La segunda generación ha enseñado que los objetivos políticos de
la justicia transicional no pueden quedarse simplemente con los
ideales de justicia sino que deben procurar privilegiar el
advenimiento y consolidación de los procesos democráticos y la
reconciliación entre los miembros de la comunidad. Se trata de
conciliar las necesidades de verdad y justicia con mecanismos que
permitan el sostenimiento de regímenes democráticos, que no
impliquen una ruptura de la institucionalidad.
En ese sentido se prefiere procesamientos selectivos, que buscan
poner fin a la impunidad y -lo que es más importante- disuadir de
la comisión de los más grandes crímenes, transformando los
procedimientos judiciales en verdaderas cátedras de justicia en
donde se privilegia los derechos de las víctimas a la par con las
necesidades de la reconciliación.
Para ello, el nuevo paradigma, en palabras del profesor australiano
MARK FINDLAY en su obra sobre la Justicia Restaurativa, es si
se quiere en el momento presente de la transición a una nueva era
en donde la justicia por diversas vías encuentra su lugar para
alcanzar la armonía colectiva, la cual necesariamente implica la
finalización del conflicto; como dice el profesor danés DITLEV TAMM
(en su trabajo del año 2004), son varias las formas en que la
justicia puede ser lograda al mismo tiempo en que se consigue la
transición de la represión a la democracia, o del conflicto a la
armonía . Un buen ejemplo de lo anterior, es el Affair
Maurice Papon, en donde el reputado historiador HENRY ROUSSO se
negó de servir de testigo de la acusación por entender que la
finalidad del proceso no podía ser la misma finalidad de la
historia.
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4. Estoy convencido que superar más de 50 años de conflicto y casi
2 siglos de continuos de enfrentamiento fratricidas entre
colombianos, solo se puede lograr con la erradicación en las mentes
y los actos concretos que legitiman la violencia como único medio
para alcanzar los ideales políticos. Tan y como lo sostuve hace 30
años cuando propuse la abolición del delito político, pues sigo
convencido que la reconciliación y la paz sociales requieren de la
renuncia para siempre del uso de las armas como mecanismo de
obtención del poder político y de la eliminación de todo trato
benévolo a quien recurra a ello, pero a su vez, de la imposición de
fórmulas jurídicos que no sacrifiquen el núcleo de la justicia y
hagan posible la reconciliación de una nación que nunca la ha
alcanzado.
5. La propuesta del señor Ex Presidente CESAR GAVIRIA la entiendo
como la invitación para que en el escenario de la Ley Estatutaria
se determine en concreto como alcanzar ese equilibrio, teniendo
presente además lo dicho por el Presidente de la Corte Suprema de
Justicia, doctor José Leónidas Bustos, en el sentido que entiendo
nutre su pensamiento al igual que lo hizo con el maestro GIUSEPPE
BETTIOL, quien afirmaba que el derecho se hizo para "el hombre y no
el hombre para el derecho y que su finalidad es lograr la
realización de los valores sustanciales de la vida”; por eso
estimo con ellos, que el derecho no puede elevarse como un muro
infranqueable para alcanzar la paz social, máxime cuando también se
pueden alcanzar simultáneamente los valores inminentes de justicia
y libertad.
6. Por las anteriores consideraciones, en las próximas horas le
solicitaré a los líderes del Centro Democrático, partido al cual no
pertenezco, doctores ÁLVARO URIBE VÉLEZ, Ex Presidente de la
República y al doctor OSCAR IVÁN ZULUAGA, Director de esa
colectividad, para que puedan reflexionar sobre estos aspectos que
públicamente he puesto a la consideración del debate.
Entiendo que la labor del académico no se agota con la simple
especulación, sino que se debe traducir en una acción concreta, más
aun cuando también se es abogado en ejercicio.
Bogotá D.C., febrero 20 de 2015.