Código Fiscal de la Federación 2014

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Código Fiscal de la Federación 2014. Verificar estructura y artículos. DOMICILIO FISCAL. El proporcionado a los bancos e instituciones financieras. Incorrecto o no localizado. Presunción. MEDIOS ELECTRÓNICOS. Fiel Factura electrónica. CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL. - PowerPoint PPT Presentation

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1

Código Fiscal de la Federación 2014Verificar estructura y artículos

2 DOMICILIO FISCAL

El proporcionado a los bancos e instituciones financieras.

Incorrecto o no localizado. Presunción.

3 MEDIOS ELECTRÓNICOS

Fiel Factura electrónica

4 CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL

Omitan  presentar  tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas.

Contribuyente no localizado o desaparecido.

No presente contabilidad, o comprobantes que amparen operaciones inexistentes simuladas o ilícitas.

Infracciones fiscales

5 BUZÓN TRIBUTARIO

Sistema de comunicación electrónico para

Notificaciones

Solicitudes

Avisos

Requerimientos

Promociones

Vigente: a partir del 30 de junio de 2014 para las personas morales y el 1 de enero de 2015 para las personas físicas. 

6 DICTAMEN FISCAL

Optativo Ingresos superiores a $ 100, 000,

000.00 Activo superior a $79, 000, 000.00 Por lo menos 300 trabajadores en

cada uno de los meses.

7 DICTAMEN FISCAL

Si se opta por el dictamen ya no hay obligación de presentar declaración informativa sobre su situación fiscal

8 DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE SU SITUACIÓN FISCAL

PM con ingresos acumulables iguales o mayores a  644,599,005.00 pesos.

Sociedades mercantiles que pertenezcan al régimen fiscal opcional para grupos de sociedades.

9 DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE SU SITUACIÓN FISCAL

Paraestatales de la APF. PM residentes en el extranjero con

EP en el país. PM residente en México por

operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

10 CONTABILIDAD

En medios electrónicos. El contribuyente ingresará mensualmente su información contable a través de este portal de internet.

11 FACULTADES DE COMPROBACIÓN

Revisiones electrónicas

12 DESARROLLO

1.- Notifican hechos en una resolución provisional.

2.- Se requiere al contribuyente para que en un plazo de 15 días manifieste lo que a su derecho convenga y ofrezca pruebas.

13 DESARROLLO

3.- Si paga en este plazo la multa será del 20% de las contribuciones omitidas.

4.- Recibidas y analizadas las pruebas la autoridad puede efectuar un segundo requerimiento o una compulsa.

14 DESARROLLO

5.-Si se exhiben pruebas la autoridad cuenta con 40 días para emitir y notificar la resolución al contribuyente.

6.-Si no se aportan pruebas en el plazo de 15 días o no se desvirtúen los hechos la resolución provisional se vuelve definitiva y se exige mediante el PAE.

15 ACUERDOS CONCLUSIVOS

Medio alternativo de solución de controversias.

Se aplica a: Revisiones en el domicilio de las

autoridades Visitas domiciliarias Revisiones electrónicas.

16 ACUERDOS CONCLUSIVOS

Se tramita ante la PRODECON Cuando no se esté de acuerdo con: Hechos última acata parcial Acta final Oficio de observaciones O Resolución provisional.

17 PRODECON

PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

18 PRODECON

Atención Telefónica

1205 • 9000

Lada sin costo 01800 611 0190

Horarios de atención

Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 Hrs.

Correo electrónico

atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx

La información y/o documentación podrá enviarla, digitalizada o escaneada, en archivo comprimido que no supere los 13 megabytes

19 INFRACCIONES

No presentar o presentar de manera incompleta la declaración informativa sobre su situación fiscal.

No demostrar la existencia de las operaciones amparadas por los comprobantes fiscales emitidos por sus proveedores, relacionadas con el IVA.