Código de ética de los bioanalistas

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Código de ética de los Bioanalistas

Presentado por: María Verelsis Brito Paulino (2012-1631) María Rojas (2014-0464) Alexandra Ureña (2014-0544) Marianne Cáceres (2013-0059)

CODOBIO(Colegio Dominicano de Bioanalistas)

LEY No. 92-05Fue creada por el Colegio Dominicano de Bioanalistas el 26 de febrero del 2005.

Código de ética de los Bioanalistas

Se refiere al instrumento jurídico que sirve de referencia para los profesionales de esta área del saber humano en los relativo al buen manejo del ejercicio de la profesión y frente a particularidades en sus vidas privadas.

Valores propios de la ética:

Cordialidad Eficiencia

Constancia

Tolerancia

equidad

IntegridadCordialidad

Comprensión

RespetoSinceridad Confianza

Responsabilidad

Deberes de los profesionales y técnicos:

Bioanalistas en su colegio

Deberes de los Bioanalistas

Los Bioanalistas deben preservar

la calidad y excelencia en

los servicios de los laboratorios

Es deber colaborar en la difusión de los conocimientos propios de la profesión, por lo que deben respetarse.

El afiliado debe observar todas las normas en torno al ejercicio profesional en los laboratorios de salud.

Los bioanalisitas deben respetar la intimidad del

paciente.

Es obligatorio de los Bioanalistas firmar todas las actualizaciones profesionales que realicen.

Es deber ineludible hacer

respetar la intimidad del

paciente

Régimen disciplinario y las sanciones

Sanciones para este código de ética De los tipos de falta:

(ARTICULO 36) Las faltas pueden ser: Leves Graves Muy graves

(ARTICULO 41) La magnitud de las violaciones o faltas cometidas por los profesionales, van en el orden siguiente:

A) amonestación verbal B) amonestación escrita C) amonestación publica D) suspensión temporal de su colegiación desde 6 meses hasta un año E) suspensión definitiva

El procedimiento ante el tribunal

(ARTICULO 46) Toda aquella denuncia debe ser presentada por

escrito y sustentada con documentos

(ARTICULO 47) En caso que la comisión de disciplina considere

que el expediente carece de fundamento, la responsabilidad

ética y moral del colegiado