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CIRCULAR ACLARATORIA N° 3 LICITACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS CONTEMPLADAS EN EL DECRETO EXENTO N° 310 DE 2013 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, Y DE LA OBRA NUEVA DECLARADA DESIERTA, CONTEMPLADA EN EL DECRETO EXENTO Nº82/2012 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA
Dirección de Peajes 04/02/2014
Índice de Contenido
A. PROYECTO: “BANCO AUTOTRANSFORMADORES S/E NUEVA CARDONES, 500/220kV, 750 MVA” ............................. 1
B. PROYECTO: “BANCO AUTOTRANSFORMADORES S/E NUEVA MAITENCILLO, 500/220kV, 750 MVA” ........................ 8
C. PROYECTO: “BANCO AUTOTRANSFORMADORES S/E NUEVA PAN DE AZÚCAR, 500/220kV, 750 MVA” .................. 13
D. PROYECTO: “TERCER BANCO DE AUTOTRANSFORMADORES 500/220 KV, DE 750 MVA, EN LA S/E ALTO JAHUEL” . 18
E. PROYECTO: “NUEVA LÍNEA 2X220 KV LO AGUIRRE ‐ CERRO NAVIA” ........................................................................ 23
F. BASES DE LICITACIÓN ................................................................................................................................................ 27
G. ACLARACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN ............................................................................................................. 45
[Circular Aclaratoria N° 3]
1
A. PROYECTO: “BANCO AUTOTRANSFORMADORES S/E NUEVA CARDONES, 500/220kV, 750 MVA”
A.1. Indicar las condiciones y restricciones que impone el adjudicatario de los proyectos de LT 500 kV y Nuevas SE 500/220 kV, previo y durante la realización de los trabajos asociados a los proyectos de autotransformadores.
Respuesta:
Respecto de las condiciones y restricciones que imponga el adjudicatario de las líneas de transmisión en 500 kV y nuevas subestaciones, cabe tener presente que las instalaciones señaladas forman parte del sistema de transmisión troncal y tienen el carácter de servicio público, encontrándose sujetas al régimen de acceso abierto. Por lo tanto, el adjudicatario de los proyectos en desarrollo y el futuro adjudicatario de los bancos de transformadores deben mantener la debida coordinación para el adecuado desarrollo de los proyectos. En relación a lo anterior, en carta CNE Nº25 del 09/01/2012, cuya copia se incluye en Anexo Nº1, se señala que “… el régimen de acceso abierto a que están sometidas las instalaciones troncales, debe permitir materializar la nueva conexión dando las facilidades necesarias para ejecutar las obras que se deben realizar, junto con los accesos en tiempo y forma a subestaciones, patios, salas de control y todas aquellas instalaciones a las que se deba ingresar o hacer uso para el cometido final que es la conexión de las nuevas instalaciones.”
A.2. Bajo que figura jurídica (servidumbre, compraventa, arriendo) queda amparado el
emplazamiento de los equipos de la adjudicataria en los terrenos de la subestación.
Respuesta: De acuerdo a lo indicado en respuesta anterior, la subestación se encuentra sujeta al régimen de acceso abierto. Por lo tanto, cualquier acuerdo entre las partes para el emplazamiento del equipo debe considerar que la subestación se encuentra bajo el régimen de pago según lo establecido en la Ley Eléctrica, y consecuentemente, en el Decreto 115 de 2011, sus correspondientes Bases de Licitación y el Decreto de Adjudicación Nº 109 de 2012.
A.3. Se solicita confirmar que la malla de puesta a tierra aérea o cable guardia del patio de
transformación forma parte del proyecto.
Respuesta: La malla de puesta a tierra aérea del patio de transformación es parte del proyecto en licitación. Al respecto, se está solicitando al propietario de la subestación la información disponible de la malla de puesta a tierra aérea del resto de la subestación.
A.4. En relación a respuesta A.1 de Circular Aclaratoria N°1. Se indica que la nueva subestación dispondrá de un sistema de control local con capacidad para incorporar una nueva unidad de
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transformación. Entendemos de esta respuesta que el control local que será instalado por otros tiene la capacidad física, eléctrica y electrónica para albergar los equipos y elementos necesarios para controlar y proteger la nueva unidad de transformación, pero todos los equipamientos para realizar tal control y protección deben ser incluidos como parte de esta propuesta. Favor confirmar si esto es así o aclarar el punto con más detalle.
Respuesta: El control local que será instalado por otros tiene la capacidad física, eléctrica y electrónica para albergar los equipos y elementos necesarios para controlar y proteger la nueva unidad de transformación, pero todos los equipamientos para realizar tal control y protección deben ser incluidos como parte de la propuesta del proyecto en licitación.
A.5. En relación a respuesta A2 de Circular Aclaratoria N°1. Favor entregar más detalle en cuanto al nivel de automatismo requerido para reemplazar a una unidad fallada por la de respaldo. ¿Es suficiente con que el operador de sala indique cual unidad se requiere reemplazar (en SCADA local por ejemplo)? y a partir de esta orden el sistema ejecute la maniobra de manera automática? o se requiere un sistema completamente automático, que parta de la detección de la unidad en falla y automáticamente de la orden de cambio?.
Respuesta: El banco de autotransformadores deberá contar con un esquema de control que permita el reemplazo de cualquier unidad fallada a través del accionamiento de equipos y dispositivos de conmutación de control y protección, mediante maniobras operacionales efectuadas desde el centro de control correspondiente. Respecto del nivel de automatismo de cambio de la unidad fallada, se aclara que el sistema de cambio de unidad no debe operar automáticamente ante una falla.
A.6. Se debe considerar en esta propuesta algún suministro u obra anticipada asociada con la
eventual segunda unidad de autotransformación 500/220 kV?.
Respuesta: De acuerdo al Decreto y las Bases de Licitación del Proyecto, no se solicitan suministros u obras relacionadas con una eventual segunda unidad de autotransformación 500/220 kV. Sin perjuicio de lo anterior, en esta propuesta se deberá considerar que la operación en paralelo del actual proyecto con un futuro segundo banco de autotransformadores no deberá limitar su adecuado diseño e implementación.
A.7. Se solicita hacer llegar las pérdidas en el cobre y en vacío de transformadores similares del SIC,
las cuales no pueden ser superadas.
Respuesta:
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Ver respuesta A.11 de la Circular Aclaratoria Nº 2.
A.8. Favor aclarar si para cada uno de los proyectos, los paños asociados al banco estarán listos pro completo, o se deberá incluir algún equipo primario.
Respuesta: El presente proyecto no incluye ningún equipo primario relativo a las diagonales que permitirán la conexión del Banco de Autotransformadores. Para mayor detalle ver respuesta A.3 de la Circular Aclaratoria Nº1.
A.9. Favor aclarar de quién es la responsabilidad de comisionar los paños asociados al banco en la
subestación. Respuesta: La responsabilidad del proceso de pruebas y puesta en servicio de los paños asociados al banco de autotransformadores es del propietario de la subestación.
A.10. Favor aclarar el modelo de la protección diferencial de barra que estará en cada una de las
subestaciones y de quién es la responsabilidad de modificar el diferencial. Respuesta: A la fecha, el modelo de la protección diferencial de barra 87 B seleccionado es Siemens Siprotec 7SS52. El modelo definitivo deberá ser verificado por el adjudicatario del proyecto, con el propietario de la subestación. La responsabilidad de modificar la protección diferencial de barra es del Propietario de la subestación.
A.11. Favor considerar el envío de información como layout, plano planta, disposición, unifilares de las subestaciones donde se instalará cada banco.
Respuesta: En la página web del CDEC‐SIC, bajo el título “Antecedentes Técnicos” (http://www.cdec‐sic.cl/licitaciones_detalle_es.php?licitaciones_id=17), se encuentra la información solicitada.
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A.12. Se solicita confirmar el tipo de alimentación en CA para los motores de los desconectadores (monofásica o trifásica), también se consulta por la posibilidad de alimentación en CC para dichos equipos. Respuesta: Se está realizando la consulta respectiva al propietario de la Subestación.
A.13. Se consulta por el punto donde se ubicará el TM para la conexión de los SSAA CA del ATR
Respuesta: Esta información deberá ser obtenida por el Adjudicatario, durante la etapa de ingeniería del proyecto.
A.14. Se consulta sobre la posibilidad de alejar el transformador ZigZag del patio para formar la delta de los ATR
Respuesta: El Adjudicatario del proyecto podrá coordinarse con el propietario de la subestación, para determinar la posibilidad de replantear la ubicación el transformador ZigZag del patio para formar la delta del Banco de Autotransformadores.
A.15. ¿El propietario de las Subestaciones proporcionará espacios para alojar en la Casa de Servicios
Generales los tableros de Control y Protecciones, los tableros de distribución de Corriente Alterna y Corriente Continua, tableros de alumbrado, etc. asociados al Banco de Autotransformadores o el Contratista adjudicatario de los Bancos deberá construir su propia Caseta?
Respuesta:
El propietario de la Subestación indica que la distribución es por medio de casetas. Las casetas asociadas a las diagonales a las cuales se conectará el Banco de Autotransformadores del Proyecto contarán con espacios disponibles para los gabinetes y tableros asociados al Banco de Autotransformadores. Para mayores antecedentes ver la información publicada en la carpeta Anexo I3, disponible en la página web del CDEC‐SIC bajo el título “Antecedentes Técnicos”, enlace “Antecedentes Técnicos No1 ‐ Anexos I1 a I8”. (http://www.cdec‐sic.cl/licitaciones_detalle_es.php?licitaciones_id=17).
A.16. En el caso de que el adjudicatario de los Bancos de Autotransformadores deba construir su propia Caseta de Control, ¿ésta deberá considerar espacio para los equipos asociados al
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segundo Banco, o bien el adjudicatario del segundo Banco deberá considerar también construir su propia Caseta?
Respuesta: Ver respuesta A.15
A.17. ¿Los requerimientos de agua para el sistema de extinción de incendios de los Bancos de Autotransformadores serán proporcionados por el propietario de las Subestaciones, o el adjudicatario de los Bancos de Autotransformadores deberá instalar un sistema independiente al de la subestación?
Respuesta:
Los requerimientos de agua para el sistema de extinción de incendios del Banco de Autotransformadores deberán ser provistos por el Adjudicatario de dicho banco.
A.18. En el caso de que sea un sistema de incendios independiente del contemplado por el dueño de las instalaciones para proteger sus equipos, ¿la capacidad de éste debe considerar también el Segundo Banco de Autotransformadores que se instalará a futuro?
Respuesta:
No es requisito que el sistema de incendios considere capacidad para una doble contingencia en el primer y segundo banco de autotransformadores. Sin embargo, el diseño e implementación del sistema de incendios deberá ser tal que no limite la posibilidad de que se instale un sistema para el segundo banco.
A.19. El equipo de cierre sincronizado tanto en 500 kV como en 220 kV, ¿se tiene que considerar por parte del propietario de las Subestaciones o por el adjudicatario de los Bancos de Autotransformadores?
Respuesta:
El equipo de cierre sincronizado no se encuentra dentro del alcance del proyecto en licitación.
A.20. ¿El foso separador agua‐aceite para el Banco Nº1 deberá considerar también la incorporación
del Banco Nº2 o serán independientes?
Respuesta:
No es requisito que el foso separador agua‐aceite considere capacidad para el segundo Banco de Autotransformadores. Sin embargo, el diseño e implementación del foso deberá ser tal que no limite la posibilidad de que se instale un foso para el segundo banco.
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A.21. Dada la gran cantidad de temas que van surgiendo producto del análisis técnico de la solución a implementar, se solicita la implementación de una nueva ronda de consultas.
Respuesta:
No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado su solicitud a esa Comisión.
A.22. Confirmar si para el banco de autotransformadores se debe considerar un sistema de extinción de incendio por medio de agua, con todas sus instalaciones auxiliares, de ser afirmativa la respuesta indicar cuáles son las zonas dentro de la subestación destinados a la implementación de estanques de agua, sala de bombas, foso separador agua‐aceite y otros requeridos para la implementación del sistema de extinción de incendios así como las capacidades de servicios auxiliares consideradas para estos sistemas.
Respuesta:
El Banco de Autotransformadores deberá considerar un sistema de extinción de incendio por medio de agua, incluyendo todas sus instalaciones auxiliares. En relación a las zonas destinadas a esta implementación, se está realizando la consulta respectiva al propietario de la subestación.
A.23. Se solicita indicar cuál es la conexión que debe ser considerada para el terciario del banco de autotransformadores. ¿Delta o Estrella?
Respuesta:
La conexión que deberá tener el terciario del banco de autotransformadores es delta. Al respecto, se está solicitando a la CNE una modificación a las bases de licitación.
A.24. Se solicita confirmar si el área donde se desarrolle la conexión de los terciarios de todas las unidades, más el cambio del terciario de la unidad de reserva, se deberá ser un Patio Abierto o en Sala Techada.
Respuesta:
Las características del área destinada a la conexión de los terciarios de todas las unidades, más el cambio del terciario de la unidad de reserva, debe ser establecida por el proponente en su Oferta Técnica.
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A.25. Se solicita confirmar si el Propietario de la Subestación, facilitará los espacios que sean necesarios para las instalaciones de faenas para el desarrollo del Proyecto. De ser afirmativa la respuesta favor indicar lugar, área disponible y facilidades como agua, energía eléctrica y otros con las que se contará.
Respuesta:
Según el cronograma del adjudicatario de la subestación, al momento de definir la instalación de faenas, la subestación se encontrará aún en desarrollo. De acuerdo a lo anterior, el adjudicatario del Proyecto deberá coordinarse con el propietario de la subestación para establecer sus instalaciones de faenas en los terrenos de la subestación, o bien, podrá ubicar dichas instalaciones fuera de la subestación.
A.26. Conforme a lo indicado en las aclaraciones contenidas en la página 5 de 29 literal A4 CIRCULAR ACLARATORIA N 2 LICITACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS CONTEMPLADAS EN EL DECRETO EXENTO No 310 DE 2013 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, Y DE LA OBRA NUEVA DECLARADA DESIERTA, CONTEMPLA EN EL DECRETO EXENTO N 82/2012 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA donde se indicaba:
"Implementación de los sistemas de control, medidas y facturación requeridos para cada banco de Autotransformadores, así como los sistemas de comunicación que sean pertinentes, incluyendo todo aquellos que sea necesario para el reemplazo automático y completo de cualquiera de las unidades del banco por la unidad de reserva". Solicitamos aclarar a qué se refiere el CDEC‐SIC respecto a implementación en el sistema de control y protección con reemplazo automático.
Respuesta:
Ver respuesta A.5.
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B. PROYECTO: “BANCO AUTOTRANSFORMADORES S/E NUEVA MAITENCILLO, 500/220kV, 750 MVA”
B.1. Indicar las condiciones y restricciones que impone el adjudicatario de los proyectos de LT 500 kV y Nuevas SE 500/220 kV, previo y durante la realización de los trabajos asociados a los proyectos de autotransformadores.
Respuesta:
Ver respuesta A.1.
B.2. Bajo que figura jurídica (servidumbre, compraventa, arriendo) queda amparado el emplazamiento de los equipos de la adjudicataria en los terrenos de la subestación.
Respuesta:
Ver respuesta A.2.
B.3. Se solicita confirmar que la malla de puesta a tierra aérea o cable guardia del patio de
transformación forma parte del proyecto.
Respuesta: Ver respuesta A.3.
B.4. En relación a respuesta B.1 de Circular aclaratoria N°1. Se indica que la nueva subestación
dispondrá de un sistema de control local con capacidad para incorporar una nueva unidad de transformación. Entendemos de esta respuesta que el control local que será instalado por otros tiene la capacidad fisica, eléctrica y electrónica para albergar los equipos y elementos necesarios para controlar y proteger la nueva unidad de transformación, pero todos los equipamientos para realizar tal control y protección deben ser incluidos como parte de esta propuesta. Favor confirmar si esto es así o aclarar el punto con mas detalle Respuesta: Ver respuesta A.4.
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B.5. En relación a respuesta B.2 de Circular Aclaratoria N°1. Favor entregar mas detalle en cuanto al nivel de automatismo requerido para reemplazar a una unidad fallada por la de respaldo. ¿Es suficiente con que el operador de sala indique cual unidad se requiere reemplazar (en SCADA local por ejemplo)? y a partir de esta orden el sistema ejecute la maniobra de manera automática? o se rquiere un sistema completamente automático, que parta de la detección de la unidad en falla y automáticamente de la orden de cambio?
Respuesta: Ver respuesta A.5.
B.6. Se debe considerar en esta propuesta algún suministro u obra anticipada asociada con la
eventual segunda unidad de autotransformación 500/220 kV? Respuesta: Ver respuesta A.6.
B.7. Se solicita hacer llegar las pérdidas en el cobre y en vacío de transformadores similares del SIC,
las cuales no pueden ser superadas. Respuesta: Ver respuesta A.7.
B.8. Favor aclarar si para cada uno de los proyectos, los paños asociados al banco estarán listos pro
completo, o se deberá incluir algún equipo primario.
Respuesta: Ver respuesta A.8.
B.9. Favor aclarar de quién es la responsabilidad de comisionar los paños asociados al banco en la
subestación. Respuesta: Ver respuesta A.9.
B.10. Favor aclarar el modelo de la protección diferencial de barra que estará en cada una de las
subestaciones y de quién es la responsabilidad de modificar el diferencial. Respuesta:
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Ver respuesta A.10.
B.11. Favor considerar el envío de información como layout, plano planta, disposición, unifilares de las subestaciones donde se instalará cada banco. Respuesta: Ver respuesta A.11.
B.12. Se solicita confirmar el tipo de alimentación en CA para los motores de los desconectadores
(monofásica o trifásica), también se consulta por la posibilidad de alimentación en CC para dichos equipos. Respuesta: Ver respuesta A.12.
B.13. Se consulta por el punto donde se ubicará el TM para la conexión de los SSAA CA del ATR Respuesta: Ver respuesta A.13.
B.14. Se consulta sobre la posibilidad de alejar el transformador ZigZag del patio para formar la delta
de los ATR
Respuesta: Ver respuesta A.14.
B.15. ¿El propietario de las Subestaciones proporcionará espacios para alojar en la Casa de Servicios Generales los tableros de Control y Protecciones, los tableros de distribución de Corriente Alterna y Corriente Continua, tableros de alumbrado, etc. asociados al Banco de Autotransformadores o el Contratista adjudicatario de los Bancos deberá construir su propia Caseta?
Respuesta:
Ver respuesta A.15.
B.16. En el caso de que el adjudicatario de los Bancos de Autotransformadores deba construir su propia Caseta de Control, ¿ésta deberá considerar espacio para los equipos asociados al
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segundo Banco, o bien el adjudicatario del segundo Banco deberá considerar también construir su propia Caseta?
Respuesta:
Ver respuesta A.16.
B.17. ¿Los requerimientos de agua para el sistema de extinción de incendios de los Bancos de Autotransformadores serán proporcionados por el propietario de las Subestaciones, o el adjudicatario de los Bancos de Autotransformadores deberá instalar un sistema independiente al de la subestación?
Respuesta:
Ver respuesta A.17.
B.18. En el caso de que sea un sistema de incendios independiente del contemplado por el dueño de las instalaciones para proteger sus equipos, ¿la capacidad de éste debe considerar también el Segundo Banco de Autotransformadores que se instalará a futuro?
Respuesta:
Ver respuesta A.18.
B.19. El equipo de cierre sincronizado tanto en 500 kV como en 220 kV, ¿se tiene que considerar por parte del propietario de las Subestaciones o por el adjudicatario de los Bancos de Autotransformadores?
Respuesta:
Ver respuesta A.19.
B.20. ¿El foso separador agua‐aceite para el Banco Nº1 deberá considerar también la incorporación del Banco Nº2 o serán independientes?
Respuesta:
Ver respuesta A.20.
B.21. Dada la gran cantidad de temas que van surgiendo producto del análisis técnico de la solución a implementar, se solicita la implementación de una nueva ronda de consultas.
Respuesta:
Ver respuesta A.21.
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B.22. Confirmar si para el banco de autotransformadores se debe considerar un sistema de extinción
de incendio por medio de agua, con todas sus instalaciones auxiliares, de ser afirmativa la respuesta indicar cuáles son las zonas dentro de la subestación destinados a la implementación de estanques de agua, sala de bombas, foso separador agua‐aceite y otros requeridos para la implementación del sistema de extinción de incendios así como las capacidades de servicios auxiliares consideradas para estos sistemas.
Respuesta:
Ver respuesta A.22.
B.23. Se solicita indicar cuál es la conexión que debe ser considerada para el terciario del banco de autotransformadores. ¿Delta o Estrella?
Respuesta:
Ver respuesta A.23.
B.24. Se solicita confirmar si el área donde se desarrolle la conexión de los terciarios de todas las unidades, más el cambio del terciario de la unidad de reserva, se deberá ser un Patio Abierto o en Sala Techada.
Respuesta:
Ver respuesta A.24.
B.25. Se solicita confirmar si el Propietario de la Subestación, facilitará los espacios que sean
necesarios para las instalaciones de faenas para el desarrollo del Proyecto. De ser afirmativa la respuesta favor indicar lugar, área disponible y facilidades como agua, energía eléctrica y otros con las que se contará.
Respuesta:
Ver respuesta A.25.
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C. PROYECTO: “BANCO AUTOTRANSFORMADORES S/E NUEVA PAN DE AZÚCAR, 500/220kV, 750 MVA”
C.1. Indicar las condiciones y restricciones que impone el adjudicatario de los proyectos de LT 500 kV y Nuevas SE 500/220 kV, previo y durante la realización de los trabajos asociados a los proyectos de autotransformadores
Respuesta:
Ver respuesta A.1.
C.2. Bajo que figura jurídica (servidumbre, compraventa, arriendo) queda amparado el emplazamiento de los equipos de la adjudicataria en los terrenos de la subestación.
Respuesta:
Ver respuesta A.2.
C.3. Se solicita confirmar que la malla de puesta a tierra aérea o cable guardia del patio de
transformación forma parte del proyecto.
Respuesta:
Ver respuesta A.3.
C.4. En relación a respuesta C.1 de Circular aclaratoria N°1. Se indica que la nueva subestación dispondrá de un sistema de control local con capacidad para incorporar una nueva unidad de transformación. Entendemos de esta respuesta que el control local que será instalado por otros tiene la capacidad fisica, eléctrica y electrónica para albergar los equipos y elementos necesarios para controlar y proteger la nueva unidad de transformación, pero todos los equipamientos para realizar tal control y protección deben ser incluidos como parte de esta propuesta. Favor confirmar si esto es así o aclarar el punto con mas detalle.
Respuesta:
Ver respuesta A.4.
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C.5. En relación a respuesta C2 de Circular Aclaratoria N°1. Favor entregar mas detalle en cuanto al nivel de automatismo requerido para reemplazar a una unidad fallada por la de respaldo. ¿Es suficiente con que el operador de sala indique cual unidad se requiere reemplazar (en SCADA local por ejemplo)? y a partir de esta orden el sistema ejecute la maniobra de manera automática? o se rquiere un sistema completamente automático, que parta de la detección de la unidad en falla y automáticamente de la orden de cambio?.
Respuesta:
Ver respuesta A.5.
C.6. Se debe considerar en esta propuesta algún suministro u obra anticipada asociada con la
eventual segunda unidad de autotransformación 500/220 kV?.
Respuesta:
Ver respuesta A.6.
C.7. Se solicita hacer llegar la pérdidas en el cobre y en vacío de transformadores similares del SIC,
las cuales no pueden ser superadas.
Respuesta:
Ver respuesta A.7.
C.8. Favor aclarar si para cada uno de los proyectos, los paños asociados al banco estarán listos pro
completo, o se deberá incluir algún equipo primario.
Respuesta:
Ver respuesta A.8.
C.9. Favor aclarar de quién es la responsabilidad de comisionar los paños asociados al banco en la
subestación. Respuesta:
Ver respuesta A.9.
C.10. Favor aclarar el modelo de la protección diferencial de barra que estará en cada una de las
subestaciones y de quién es la responsabilidad de modificar el diferencial. Respuesta:
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Ver respuesta A.10.
C.11. Favor considerar el envío de información como layout, plano planta, disposición, unifilares de las subestaciones donde se instalará cada banco. Respuesta:
Ver respuesta A.11.
C.12. Se solicita confirmar el tipo de alimentación en CA para los motores de los desconectadores
(monofásica o trifásica), también se consulta por la posibilidad de alimentación en CC para dichos equipos. Respuesta: Ver respuesta A.12
C.13. Se consulta por el punto donde se ubicará el TM para la conexión de los SSAA CA del ATR Respuesta: Ver respuesta A.13
C.14. Se consulta sobre la posibilidad de alejar el transformador ZigZag del patio para formar la delta
de los ATR
Respuesta: Ver respuesta A.14
C.15. ¿El propietario de las Subestaciones proporcionará espacios para alojar en la Casa de Servicios Generales los tableros de Control y Protecciones, los tableros de distribución de Corriente Alterna y Corriente Continua, tableros de alumbrado, etc. asociados al Banco de Autotransformadores o el Contratista adjudicatario de los Bancos deberá construir su propia Caseta?
Respuesta:
Ver respuesta A.15.
C.16. En el caso de que el adjudicatario de los Bancos de Autotransformadores deba construir su propia Caseta de Control, ¿ésta deberá considerar espacio para los equipos asociados al segundo Banco, o bien el adjudicatario del segundo Banco deberá considerar también construir su propia Caseta?
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Respuesta:
Ver respuesta A.16.
C.17. ¿Los requerimientos de agua para el sistema de extinción de incendios de los Bancos de Autotransformadores serán proporcionados por el propietario de las Subestaciones, o el adjudicatario de los Bancos de Autotransformadores deberá instalar un sistema independiente al de la subestación?
Respuesta:
Ver respuesta A.17.
C.18. En el caso de que sea un sistema de incendios independiente del contemplado por el dueño de las instalaciones para proteger sus equipos, ¿la capacidad de éste debe considerar también el Segundo Banco de Autotransformadores que se instalará a futuro?
Respuesta:
Ver respuesta A.18.
C.19. El equipo de cierre sincronizado tanto en 500 kV como en 220 kV, ¿se tiene que considerar por parte del propietario de las Subestaciones o por el adjudicatario de los Bancos de Autotransformadores?
Respuesta:
Ver respuesta A.19.
C.20. ¿El foso separador agua‐aceite para el Banco Nº1 deberá considerar también la incorporación
del Banco Nº2 o serán independientes?
Respuesta:
Ver respuesta A.20.
C.21. Dada la gran cantidad de temas que van surgiendo producto del análisis técnico de la solución a implementar, se solicita la implementación de una nueva ronda de consultas.
Respuesta:
Ver respuesta A.21.
C.22. Confirmar si para el banco de autotransformadores se debe considerar un sistema de extinción de incendio por medio de agua, con todas sus instalaciones auxiliares, de ser afirmativa la
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respuesta indicar cuáles son las zonas dentro de la subestación destinados a la implementación de estanques de agua, sala de bombas, foso separador agua‐aceite y otros requeridos para la implementación del sistema de extinción de incendios así como las capacidades de servicios auxiliares consideradas para estos sistemas.
Respuesta:
Ver respuesta A.22.
C.23. Se solicita indicar cuál es la conexión que debe ser considerada para el terciario del banco de autotransformadores. ¿Delta o Estrella?
Respuesta:
Ver respuesta A.23.
C.24. Se solicita confirmar si el área donde se desarrolle la conexión de los terciarios de todas las unidades, más el cambio del terciario de la unidad de reserva, se deberá ser un Patio Abierto o en Sala Techada.
Respuesta:
Ver respuesta A.24.
C.25. Se solicita confirmar si el Propietario de la Subestación, facilitará los espacios que sean necesarios para las instalaciones de faenas para el desarrollo del Proyecto. De ser afirmativa la respuesta favor indicar lugar, área disponible y facilidades como agua, energía eléctrica y otros con las que se contará.
Respuesta:
Ver respuesta A.25.
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D. PROYECTO: “TERCER BANCO DE AUTOTRANSFORMADORES 500/220 KV, DE 750 MVA, EN LA S/E ALTO JAHUEL”
D.1. En relación a respuesta D2 de Circular Aclaratoria N°1. Favor entregar mas detalle en cuanto al nivel de automatismo requerido para reemplazar a una unidad fallada por la de respaldo. ¿Es suficiente con que el operador de sala indique cual unidad se requiere reemplazar (en SCADA local por ejemplo)? y a partir de esta orden el sistema ejecute la maniobra de manera automática? o se rquiere un sistema completamente automático, que parta de la detección de la unidad en falla y automáticamente de la orden de cambio?. Respuesta:
Ver respuesta A.5.
D.2. La responsabilidad del Adjudicatario ¿incluye la ampliación de las barras de 500 kV y/o de 220 kV que eventualmente se requiera?. Respuesta:
Cabe señalar que de acuerdo a lo informado por el propietario de la subestación, en los terrenos de la subestación Alto Jahuel no existe espacio para el proyecto, sin embargo, dispone de terrenos aledaños a ella, que permitirían la conexión del proyecto. De acuerdo a lo anterior, el proponente deberá presentar una solución técnica para la conexión del proyecto a la subestación existente, en el marco de lo dispuesto en las bases de licitación y su proceso. La solución a presentar podrá considerar construir barras en 500 y 220 kV que se conecten a las barras existentes a través de interruptores, o bien, la construcción de una nueva subestación, que seccione las líneas de 500 y 200 kV que se conectan a ella.
D.3. Hay espacio disponible en la sala de SSAA para albergar los equipos asociados a la nueva unidad de transformación?. Respuesta:
No se cuenta con información actualizada respecto de espacio disponible en la sala de Servicios Auxiliares de la subestación. En cualquier caso, de existir espacio disponible, el adjudicatario del proyecto podrá coordinarse con el propietario de la subestación Alto Jahuel para hacer uso de ese espacio, o bien, podrá implementar sus propias salas para Servicios Auxiliares.
D.4. Hay potencia disponible de SSAA para los requerimientos adicionales que representa la nueva unidad de transformación?. Respuesta:
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No se cuenta con información actualizada respecto de la capacidad disponible de Servicios Auxiliares. En cualquier caso, de existir capacidad disponible, el adjudicatario del proyecto podrá coordinarse con el propietario de la subestación Alto Jahuel para hacer uso de esa capacidad, o bien, podrá instalar sus propios Servicios Auxiliares.
D.5. ¿se debe considerar suministro de SSAA separados para los bancos que se ubican fuera de la
subestación? O es posible conectarse a los SSAA de S/E Jahuel, independiente de donde se instalen los autotransformadores?. Respuesta:
Ver respuesta D.4.
D.6. ¿Hay alguna obra o suministro que será aportado por algún tercero en relación a este proyecto? Si es así se solicita detallar cual sería. Respuesta:
Es parte del alcance del proyecto todas las obras y suministros necesarios para su correcto desarrollo y puesta en servicio.
D.7. Se solicita hacer llegar la pérdidas en el cobre y en vacío de los auto transformadores 500/220
kV instalados en Alto Jahuel. Respuesta: Ver respuesta A.11 de la Circular Aclaratoria Nº2.
D.8. Se solicita hacer llegar planos coordenados de todas las líneas de transmisión que llegan y salen de esta subestación, hasta un radio de 5 km alrededor de ella. Respuesta: La información solicitada se encuentra en la carpeta Anexo T22, disponible en la página web del CDEC‐SIC bajo el título “Antecedentes Técnicos”, enlace “Antecedentes Técnicos No1 ‐ Anexos T18 a T23” y enlace “Antecedentes Técnicos No2 ‐ Anexo 3 ‐ Alto Jahuel”. (http://www.cdec‐sic.cl/licitaciones_detalle_es.php?licitaciones_id=17).
D.9. El terreno donde se deben instalar las nuevas unidades de transformación, ¿debe considerar espacio para instalar un cuarto conjunto futuro de 4 autotransformadores?. Respuesta:
[Circular Aclaratoria N° 3]
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No es parte del alcance del proyecto en licitación el terreno para instalar un futuro cuarto banco de autotransformadores.
D.10. Favor considerar el envío de información respecto a los otros 2 bancos instalados en la
subestación (características técnicas, layout, etc). Respuesta: La información solicitada se encuentra en la carpeta “Anexo T14”, disponible en la página web del CDEC‐SIC bajo el título “Antecedentes Técnicos”, enlace “Antecedentes Técnicos No1 ‐ Anexos T14 a T16” (http://www.cdec‐sic.cl/licitaciones_detalle_es.php?licitaciones_id=17).
D.11. Favor confirmar que se podrá utilizar la sala de control de la subestación para la instalación de los servicios auxiliares y de control y protección. Respuesta: Respecto de la instalación de nuevos equipos de control y protección, el propietario de la subestación Alto Jahuel indica que las salas de control son distribuidas, por lo que cada proyecto dispone de sus salas de control independientes. En cualquier caso, de existir espacio disponible, el adjudicatario del proyecto podrá coordinarse con el propietario de la subestación Alto Jahuel para hacer uso de ese espacio. De igual forma, para el caso de los Servicios Auxiliares, de existir espacio disponible en la sala correspondiente, el adjudicatario del proyecto podrá coordinarse con el propietario de la subestación Alto Jahuel para hacer uso de ese espacio, o bien, podrá construir su propia sala para Servicios Auxiliares.
D.12. Favor aclarar de quien es la responsabilidad de ampliar las barras de 220kv y 500kv y cuál será la que se usará para la conexión del banco. Respuesta: En relación a la responsabilidad de ampliar las barras de 500 y 220 kV, ver respuesta D.2. En el caso que la solución presentada en la Oferta corresponda a la alternativa de “conectarse a las barras de la subestación existente”, a la que se refiere el numeral 2.2.4.2 de las Bases de Licitación, la configuración de los paños de conexión del Banco de Autotransformadores 500/220 kV deberá considerar al menos lo siguiente:
En 500 kV a ambas barras y a la barra de transferencia, mediante un interruptor y los juegos de desconectadores correspondientes.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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En 220 kV a una sección de barra y a la barra de transferencia, mediante un interruptor y los juegos de desconectadores correspondientes. Se recomienda que la sección de barra a utilizar para el lado de 220 kV corresponda a la sección Nº2.
D.13. Favor considerar el envío de información como layout, plano planta, disposición, unifilares de las subestaciones donde se instalará cada banco. Respuesta: La información solicitada se encuentra en la carpeta “Anexo T14”, disponible en la página web del CDEC‐SIC bajo el título “Antecedentes Técnicos”, Anexos T14 a T23: (http://www.cdec‐sic.cl/licitaciones_detalle_es.php?licitaciones_id=17).
D.14. Confirmar si para el banco de autotransformadores se debe considerar un sistema de extinción de incendio por medio de agua, con todas sus instalaciones auxiliares.
Respuesta:
El Banco de Autotransformadores deberá considerar un sistema de extinción de incendio por medio de agua, con todas sus instalaciones auxiliares.
D.15. Respecto a la respuesta entregada en la Circular Aclaratoria N°2, donde establece que la impedancia de secuencia positiva primario‐secundario requerida para el Banco será de 9,52%, base 170 MVA, +‐0,5%, favor confirmar: ‐ ¿A qué temperatura y en qué Tap deberán ser garantizado dicho valor de impedancia? ‐ Indicar cuales son los valores garantizados que requiere para los Tap de máxima y mínima tensión. ‐ La magnitud de la impedancia primario ‐ secundario definida en la respuesta indicada, difiere de las impedancias primario‐secundario de los Autotransformadores existentes en la Subestación Alto Jahuel. En este contexto, se solicita confirmar si se debe mantener el valor de la impedancia indicada o deberá ser modificada al mismo valor de impedancia de los transformadores existentes de la Subestación, dedo que de acuerdo a lo indicado en la respuesta D5 de la Circular Aclaratoria N° 1, el nuevo banco de autotransformadores operará en paralelo con los existentes.
Respuesta: En la Circular Aclaratoria Nº2 no se establecen valores de impedancia para el Nuevo Banco de Autotransformadores de la subestación Alto Jahuel. El nuevo banco de autotransformadores operará en paralelo con los dos bancos existentes en la S/E Alto Jahuel, y bajo esta condición no deberá limitar la capacidad máxima de cada uno de los bancos existentes, en todo su rango de operación. A modo de referencia, en el Anexo Nº2
[Circular Aclaratoria N° 3]
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se adjuntan los datos de placa de una unidad monofásica de los bancos existentes en la subestación Alto Jahuel.
D.16. Se solicita a la autoridad definir si los paños de conexión del Banco Autotransformador 500/220 KV estarán conectados a una (1) o ambas secciones de barra, en el patio de 220 kV. En caso que la respuesta sea que la conexión será a una (1) sección de barra, agradeceremos confirmar cuál sección será. En este contexto, agradeceremos informar cual será la incidencia que tendrán las observaciones e incorporaciones realizadas a la Norma Técnica NTSyCS en relación a la Severidad de falla N°9, con respecto a lo que debe ser considerado en el alcance de la oferta de éste proyecto.
Respuesta:
Ver respuesta D.12. Las instalaciones deberán cumplir con la normativa vigente y lo establecido en el Decreto 310 de 2013 y en las Bases de Licitación del Proyecto, por lo tanto, la obra debe considerar al menos la normativa actual y, cuando corresponda, debe ser adecuada a la normativa futura.
D.17. Solicitamos confirmar si por razones de seguridad operacional, será necesario desarrollar la
conexión del nuevo banco de autotransformadores, mediante dos interruptores a ambas barras principales, tanto en 500kV como 220 KV, dado que al entrar en operaciones el nuevo banco, quedaran dos bancos de autotransformadores conectados a una misma barra tanto en 500kV como en 220 kV, con el consiguiente riesgo ante la salida o falla en dicha barra.
Respuesta:
Ver respuesta D.16.
D.18. Circular Aclaratoria N°2. Solicitamos confirmar que de acuerdo a lo indicado en la respuesta F.1, el propietario de la S/E Alto Jahuel, desarrollará las obras de ampliación de plataformas, malla de tierra, barras de alta tensión, SS/AA, cercos perimetrales y otros necesarios para la implementación de los paños de 220 y 500 kV al interior de la subestación, y que por lo tanto no forman parte del alcance de la obra en licitación.
Respuesta: La respuesta F.1 de la Circular Aclaratoria Nº2 se refiere a los costos por el uso de instalaciones comunes existentes. El proponente deberá presentar una solución técnica para la conexión del proyecto a la subestación existente, en el marco de lo dispuesto en las bases de licitación y su proceso. La solución a presentar podrá considerar construir barras en 500 y 220 kV que se conecten a las barras existentes a través de interruptores, o bien, la construcción de una nueva subestación, que seccione las líneas de 500 y 200 kV que se conectan a ella.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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E. PROYECTO: “NUEVA LÍNEA 2X220 KV LO AGUIRRE ‐ CERRO NAVIA”
E.1. Durante el proceso de concesión definitiva se deben elaborar los planos especiales de
servidumbres, los cuales es necesario poner en conocimiento de los afectados vía notificación. El artículo 27 del DFL N° 4/20.018 de 2006 establece los mecanismos de notificación existentes, sin embargo, no es claro si existe la posibilidad de la utilización alternativa y simultánea de todas las formas de notificación definidas en el DFL 4. Favor aclarar.
Respuesta: Es responsabilidad del proponente el análisis y resolución de lo planteado en su consulta.
E.2. De acuerdo a lo indicado en las bases, el proyecto considera aproximadamente 2 kilómetros de
trazado subterráneo. Al respecto, solicitamos aclarar si la característica de este tramo subterráneo es una restricción del proyecto o si el proponente puede ofrecer otras alternativas, como reducir su longitud, o bien, en el extremo, prescindir de él.
Respuesta: Se está solicitando a la CNE una aclaración a las Bases respecto de lo señalado.
E.3. ¿Existe una sección interior mínima preestablecida para el túnel del trazado subterráneo?
Respuesta: Las Bases de Licitación no establecen una sección mínima de diseño para el túnel del trazado subterráneo. Sin perjuicio de lo anterior, la elección de la sección del túnel del o los trazados subterráneos deberá estar justificado en la memoria de cálculo solicitada en la letra d) del numeral 8.3.3 de las Bases de Licitación.
E.4. ¿El cable requerido para el tramo subterráneo puede ser de aluminio?
Respuesta: Las bases de licitación no establecen una condición particular al respecto, sin embargo, la solución que presente el Proponente en su oferta técnica debe permitir que la línea cumpla con las condiciones técnicas establecidas en dichas Bases.
E.5. Agradeceremos confirmar que se permite un tramo subterráneo desde la S/E Cerro Navia, que
cumpliendo con la reglamentación aplicable, contemple una longitud total menor que la longitud referencial indicada en las bases.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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Respuesta: Ver respuesta E.2.
E.6. En relación al tramo subterráneo desde la S/E Cerro Navia, solicitamos pronunciamiento con
respecto a lo siguiente:
a) De acuerdo a las primeras estimaciones para cumplir con la transferencia solicitada de 1500 MVA, cada fase deberá contar con 4 subconductores aislados, lo que contabiliza una cantidad de 24 cables aislados. En función de lo anterior, solicitamos indicar la cantidad de conductores de reserva que deben ser considerados en la obra;
b) Para el futuro patio de mufas en la transición cable línea, indicar las características mínimas que deberá cumplir el recinto donde se albergará dicho patio (cierro, distancias a las construcciones, restricciones ambientales “solicitud 20 m de franja arbórea en torno al patio de mufas”, etc.);
c) Dado que no es posible contar con un cable aislado de longitud única para atender el requerimiento de los 2 km de tramo subterráneo, solicitamos especificar las características mínimas que deberán cumplir las mufas de unión y las cámaras para dichas mufas en el tramo subterráneo, como asimismo los requerimientos para las eventuales transposiciones de la pantalla del cable a lo largo de todo su recorrido y la cantidad de transposiciones requeridas.
Respuesta:
a) Si bien las Bases no establecen la necesidad de conductor de reserva, su necesidad y cantidad debe ser establecida por el Proponente. Al respecto el proponente debe tener presente aspectos tales como el cumplimiento de los índices de indisponibilidad establecidos en la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio. b) y c) Las características técnicas del proyecto deben ser establecidas por cada proponente de acuerdo a su experiencia y conocimiento técnico de este tipo de proyectos, incluyendo todo lo necesario para cumplir con las normas técnicas y ambientales aplicables en el país. En su Oferta Técnica, en la minuta de cálculo señalada en la letra d) “Minuta de Cálculo Funcionamiento de Nuevas Obras” del numeral 8.3.3 de las Bases de Licitación, el Proponente deberá describir de manera detallada los aspectos técnicos y normativos, así como la metodología de análisis que aplicó para establecer el diseño del tramo subterráneo presentado.
E.7. Dada las restricciones al posible trazado de la nueva LAT 220 kV Cerro Navia – Lo Aguirre,
indicar si el tramo subterráneo de una longitud de 2 km, puede tener una extensión mayor, y si es posible desarrollar otros tramos subterráneos en otras zonas de emplazamiento de la línea. (Interferencias con Cono de Acercamiento al Aeropuerto Arturo Merino Benitez, Proyectos inmobiliarios e industriales consolidados)
[Circular Aclaratoria N° 3]
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Respuesta:
De acuerdo a lo señalado en el numeral 2.2.5.2, es aceptable el desarrollo de más de un tramo subterráneo. En relación a la longitud tramo subterráneo, se está solicitando a la CNE una aclaración a las Bases
E.8. Solicitamos confirmar que sí puede considerarse el uso de conductores del tipo alta temperatura y baja flecha en todo o parte del tramo aéreo de la línea, en tanto dichos conductores cumplan con los requisitos de capacidad de transporte y resistencia eléctrica establecidos en las bases.
Respuesta:
De acuerdo a las Bases de Licitación no existe restricción alguna para el tipo de conductor a utilizar para los tramos aéreos del Proyecto, siempre y cuando cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las respectivas Bases de Licitación y su proceso, en particular, su capacidad de diseño y resistencia eléctrica.
E.9. Teniendo presente que la línea es de doble circuito, solicitamos confirmar que no hay
obligación de considerar la instalación de cables de reserva en el o los tramos subterráneos que contemple el proyecto.
Respuesta: Ver respuesta E.6
E.10. Entendemos que la exigencia, para los tramos subterráneos de la línea, de instalar los cables dentro de un túnel responde fundamentalmente al propósito de evitar que en la etapa de operación, el mantenimiento preventivo y correctivo de los cables pueda verse interferido por la circulación de personas y vehículos, sobre todo la que es propia de los bienes nacionales de uso público. De acuerdo con lo anterior, solicitamos aclarar si específicamente al interior de las subestaciones Cerro Navia y Lo Aguirre podrán proyectarse tramos subterráneos de la línea, no sólo en túnel, sino en otros tipos de soluciones (como por ejemplo: en canaleta, en ductos, simplemente enterrados, etc.). Lo anterior considerando a que dentro de dichos recintos, por ser de acceso restringido, no hay posibilidad de que circulación ajena a la propia de las instalaciones eléctricas interfiera con las labores de mantenimiento y eventuales reparaciones de los cables.
Respuesta: El proponente deberá considerar lo establecido en las Bases de Licitación, en las cuales se ha señala la necesidad de instalar los cables dentro de túnel de concreto en toda la extensión del tramo subterráneo. De acuerdo a lo anterior, la solución y tecnología planteada por el
[Circular Aclaratoria N° 3]
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proponente debe respetar esta condición mínima. Para todos los efectos se entenderá que el límite de la línea en el extremo de la S/E Cerro Navia, estará en las mufas de los cables que constituyen el tramo subterráneo, instaladas al interior de esta subestación.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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F. BASES DE LICITACIÓN
F.1. Numeral 8.4. Se solicita confirmar que los dueños de las actuales instalaciones no pueden realizar ningún cobro a la empresa adjudicataria de las nuevas licitaciones por el desarrollo del proyecto que se incorpora. Respuesta: Los dueños de las actuales instalaciones no podrán realizar cobros a la empresa adjudicataria de las obras en licitación, en relación a los costos señalados en el numeral 8.4 de las bases de licitación. Ver respuestas A.1 y A.2 de la presente Circular Aclaratoria.
F.2. Numeral 8.3.3. Se solicita hacer llegar los niveles de transferencia con que debe efectuarse el cálculo que demuestre que el equipo proyectado en S/E Alto jahuel produce una distribución equilibrada de la transmisión de energía con los actuales transformadores instalados en esa subestación. Respuesta: El cálculo que demuestra que el equipo proyectado en la Subestación Alto Jahuel produce una distribución equilibrada de flujos se deberá realizar al menos para el caso de una transferencia de 1.125 MVA total sobre los tres bancos de autotransformadores.
F.3. Numeral 9.1. Se solicita hacer llegar o poner a disposición en la página web del CDEC‐SIC el conjunto de información mínimo para todas las subestaciones involucradas en la licitación: Entre ellos: planos de planta, disposición de equipos primarios, diagramas uninineales especificos con detalles de protecciones, diagramas unilineales de SSAA y datos asociados, canalizaciones, casa de mandos y su disponibilidad, parámetros de autotransformadores de S/E Alto Jahuel. Respuesta: La información solicitada se encuentra en la página web del CDEC‐SIC, bajo el título “Antecedentes Técnicos” (http://www.cdec‐sic.cl/licitaciones_detalle_es.php?licitaciones_id=17).
F.4. Numeral 4. ¿es posible realizar visitas a terreno adicionales durante el período de preparación de propuestas?. Respuesta:
[Circular Aclaratoria N° 3]
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Se realizaron visitas a las subestaciones Alto Jahuel y Cerro Navia el día 17 de diciembre de 2013, de acuerdo a lo informado vía correo electrónico. Sin perjuicio de lo anterior, se coordinará una nueva visita a terreno a las instalaciones existentes.
F.5. Numerales 5.1, 8.3.1 y 11.2.1. La “Auditoría de la Ejecución del Proyecto”, identificada también como “Auditoría e Inspección Técnica”, “Auditor del Proyecto” y “Auditoría Técnica” ¿reemplaza a la ITO (Inspección Técnica de Obra) designada por el mandante de la obra de cualquier proyecto de construcción y por tanto no será necesaria tenerla adicionalmente a la “Auditoría del Proyecto”? Agradeceremos confirmar. Respuesta: La Auditoría Técnica que se realizará al Proyecto, contemplada en las bases de licitación respectivas, no reemplaza a la Inspección Técnica de Obra (ITO) designada por el mandante de la obra, ya que no cumplen la misma función.
F.6. Numeral 4. Se solicita ampliar el plazo de “Términos de consultas” para el 28 de febrero, en consideración a que la información que la DP debe poner a disposición de los proponentes respecto a los proyectos, en los términos señalados en el numeral 9.1 de las bases, páginas 35 y 36, aún no se han efectuado, transcurrido a la fecha más de 80 días del inicio de la venta de las bases. Respuesta: La información solicitada se encuentra en la página web del CDEC‐SIC, bajo el título “Antecedentes Técnicos” (http://www.cdec‐sic.cl/licitaciones_detalle_es.php?licitaciones_id=17). En todo caso, no es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación, las que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado la solicitud a esa Comisión.
F.7. De manera análoga se solicita ampliar los plazos de “Modificación y/o adecuación de las Bases” y de fecha de “Inicio de Recepción de Propuestas”, para que sea consistente con lo solicitado en el párrafo anterior, manteniendo la fecha de “Cierre para Presentación de Propuestas”. Respuesta: No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación, las que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado la solicitud a esa Comisión.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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F.8. Numerales 6.1 y 8.2.11. ¿Es correcto entender que la clasificación de riesgos es nacional (tener al menos A‐) o internacional (tener al menos BB)?. En la página 15, segundo párrafo se señala “… no menor a BB internacional y no menor a A‐ local…”, lo que podría interpretarse como se requieren las dos clasificaciones. Se solicita incluir como clasificadoras de riesgo nacionales a todas aquellas aceptadas por la Superintendencia de Valores y Seguros; no nos parece razonable considerar sólo algunas, podría interpretarse como una discriminación entre clasificadoras. Se solicita confirmar que en el caso de Consorcios, la persona jurídica que presenta la clasificación de riesgos, debiera ser el socio que tenga más del 30% de participación en el consorcio y/o que tenga el Patrimonio Neto solicitado.
Respuesta: El proponente deberá presentar un certificado de clasificación de riesgo como parte del Documento 11 de su Propuesta, el cual deberá cumplir con las condiciones establecidas en las Bases de Licitación, es decir, contener una clasificación de riesgo no menor a BB, en caso de ser internacional y no menor a A‐, en caso de ser local. Sin perjuicio de lo anterior, se está solicitando una aclaración en relación a esta materia a la CNE. La solicitud de incluir clasificadoras de riesgo adicionales a las mencionadas en las Bases de Licitación requiere una modificación de ellas. Dado que las bases son emitidas por la CNE, se ha enviado su solicitud a esa Comisión. De acuerdo a lo señalado en el numeral 8.2.11, letra a., en el caso de Consorcios o asociaciones que se conformen especialmente para efectos del presente Proceso de Licitación, bastará con presentar la clasificación de riesgo para al menos una de las personas jurídicas o empresas que lo conforman.
F.9. Numeral 6.1 Se señala que los socios deberán mantener su participación durante toda la ejecución del proyecto y hasta un año luego de la puesta en servicio de cada obra de expansión. Entendemos que transcurrido ese plazo, un socio minoritario podría dejar de tener participación, sin necesidad de aprobación alguna. Agradeceremos aclarar, pues las autorizaciones señaladas en los dos últimos párrafos del numeral 6.1 los entendemos referidos al periodo de la ejecución del proyecto y hasta un año de operación.
Respuesta: Respecto de esta consulta se está solicitando a la CNE una aclaración respecto de lo consultado.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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F.10. Numerales 6.2 y 8.2.12. Entendemos que para medir la Experiencia Técnica (según Anexo 6), se suman los puntajes de cada uno de los miembros del consorcio que tengan cada uno más de 30 % de participación en el consorcio. Agradeceremos confirmar. Respuesta: Se confirma que para medir la Experiencia Técnica de un Consorcio o Asociación proponente, se suma la experiencia técnica de cada uno de los miembros del Consorcio o Asociación, que tengan, cada uno, más de 30 % de participación.
F.11. Numeral 8.2.11. El patrimonio neto debe ser respaldado a través de los estados financieros consolidados más recientes, para cada uno de los miembros de un Consorcio. Para el caso de un miembro de un consorcio, con participación menor de un 50%, que no tiene clasificación de riesgos, entendemos que es suficiente un balance de ocho columnas, debidamente certificado; asumiendo que en el consorcio que participa, el mayoritario tiene clasificación de riesgos y patrimonio neto suficiente por sí solo.
Respuesta: De acuerdo a lo establecido en el numeral 8.2.11 de las Bases de Licitación, en el caso de Consorcios o Asociaciones que se conformen especialmente para efectos del presente Proceso de Licitación, se deberá presentar el Patrimonio Total Neto para todas las personas jurídicas o empresas que lo conforman.
F.12. Numeral 2.2.1.4. Para el tema Entrada en Operación, indica que el proyecto debe entrar en
operación a más tardar dentro de los 36 meses siguientes contados desde la fecha de publicación del decreto de Adjudicación. En la eventualidad que a la fecha de ese plazo de 36 meses, la subestación Nueva Cardones aún se encuentre en etapa de construcción, sin Puesta en Servicio, se solicita aclarar el alcance mínimo de instalaciones aceptadas y disponibles del actual proceso de licitación, de forma de no incurrir en multas del proceso.
Respuesta: Situaciones de esta índole se analizarán en caso de producirse.
F.13. Numeral 2.2.2.4. Para el tema Entrada en Operación, indica que el proyecto debe entrar en operación a más tardar dentro de los 36 meses siguientes contados desde la fecha de publicación del decreto de Adjudicación. En la eventualidad que a la fecha de ese plazo de 36 meses, la subestación Nueva Maitencillo aún se encuentre en etapa de construcción, sin Puesta en Servicio, se solicita aclarar el alcance mínimo de instalaciones aceptadas y disponibles del actual proceso de licitación, de forma de no incurrir en multas del proceso.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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Respuesta:
Ver respuesta F.12 F.14. Numeral 2.2.3.4. Para el tema Entrada en Operación, indica que el proyecto debe entrar en
operación a más tardar dentro de los 36 meses siguientes contados desde la fecha de publicación del decreto de Adjudicación. En la eventualidad que a la fecha de ese plazo de 36 meses, la subestación Nueva Pan de Azúcar aún se encuentre en etapa de construcción, sin Puesta en Servicio, se solicita aclarar el alcance mínimo de instalaciones aceptadas y disponibles del actual proceso de licitación, de forma de no incurrir en multas del proceso.
Respuesta: Ver respuesta F.12
F.15. Numeral 2.2.1.4. Para el tema Entrada en Operación, indica que el proyecto debe entrar en
operación a más tardar dentro de los 36 meses siguientes contados desde la fecha de publicación del decreto de Adjudicación. En la eventualidad que a la fecha de ese plazo de 36 meses, la subestación Nueva Cardones aún se encuentre en etapa de construcción, sin Puesta en Servicio, se solicita aclarar el alcance mínimo de instalaciones aceptadas y disponibles que se considerarán y la forma en que se pagarán estas instalaciones.
Respuesta: Situaciones de esta índole se analizarán en caso de producirse.
F.16. Numeral 2.2.2.4. Para el tema Entrada en Operación, indica que el proyecto debe entrar en operación a más tardar dentro de los 36 meses siguientes contados desde la fecha de publicación del decreto de Adjudicación. En la eventualidad que a la fecha de ese plazo de 36 meses, la subestación Nueva Maitencillo aún se encuentre en etapa de construcción, sin Puesta en Servicio, se solicita aclarar el alcance mínimo de instalaciones aceptadas y disponibles que se considerarán y la forma en que se pagarán estas instalaciones
Respuesta: Ver respuesta F.15
F.17. Numeral 2.2.3.4. Para el tema Entrada en Operación, indica que el proyecto debe entrar en
operación a más tardar dentro de los 36 meses siguientes contados desde la fecha de publicación del decreto de Adjudicación.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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En la eventualidad que a la fecha de ese plazo de 36 meses, la subestación Nueva Pan de Azúcar aún se encuentre en etapa de construcción, sin Puesta en Servicio, se solicita aclarar el alcance mínimo de instalaciones aceptadas y disponibles que se considerarán y la forma en que se pagarán estas instalaciones
Respuesta: Ver respuesta F.15
F.18. Numeral 8.3.3 b) xi. Se solicita aclarar a que se refieren las Bases en este punto en cuanto al
sistema de seguridad de los autotransformadores
Respuesta: El sistema de seguridad de los autotransformadores se refiere al sistema de protección contra incendios.
En la descripción y características de los sistemas contra incendio se considera lo siguiente:
Sistema de detección de incendio y alarmas
Sistema de combate de incendio, incluyendo sistema de almacenamiento del agente extinguidor con su capacidad y ubicación física dentro de la subestación.
Fosos recolectores.
Foso separador de aceite, incluyendo capacidad y su ubicación física dentro de la subestación.
Muros cortafuego
En la descripción y características de los sistemas de seguridad se considera lo siguiente:
Elementos destinados a dar seguridad al personal frente a los equipos energizados
Sistemas para la vigilancia y detección de intrusiones no autorizadas a los equipos y a la zona donde se encuentran instalados los autotransformadores.
F.19. Numeral 8.3.3 c) ii. Se solicita aclarar a que se refieren las Bases en este punto en cuanto al
sistema de protección de vibraciones de los autotransformadores
Respuesta:
El sistema de protección contra vibraciones se refiere a los proyectos que contienen líneas de transmisión.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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F.20. Numeral 8.3.3 c) vi. Piden la descripción de la malla de tierra. Solicitamos aclarar que en el caso
de los autotransformadores SS/EE Nva. Cardones, Nva. Maitencillo y Nva Pan de Azucar, la malla de tierra será diseñada y construida por el propietario de cada una de estas subestaciones, por lo que no será responsabilidad de la obra en licitación. Solicitamos aclarar.
Respuesta: El diseño y construcción de la malla de tierra es responsabilidad del propietario de la subestación. Por su lado, es parte del alcance del Proyecto en licitación:
El diseño e implementación de las modificaciones que se deban realizar a las mallas de tierra de las subestaciones señaladas, en la zona donde se construirán las obras civiles que son parte del alcance del Proyecto, tales como: fundaciones y muros cortafuego para los autotransformadores; fosos recolector de aguas lluvia; foso separador de aceite; estanque de almacenamiento de agua y toda obra que implique intervenir la malla de tierra de la subestación debido al Proyecto.
El diseño e implementación de las conexiones a la malla de tierra de las subestaciones, de todos los equipos, estructuras y elementos metálicos que forman parte del Proyecto.
El diseño e implementación de la malla aérea que permitirá dar cobertura al banco de autotransformadores, así como a su reserva e instalaciones asociadas.
En su Oferta el Proponente deberá describir por separado para cada una de las mallas: sus características técnicas; la metodología y trabajos que se realizarán para efectuar las modificaciones y/o implementaciones que resulten necesarias. Además, deberá incluir un plano que muestre de manera referencial la malla aérea que realizará en el caso de resultar Adjudicatario.
F.21. Numeral 8.3.3 c) vii. Se mencionan detalles de reactores. Se solicita aclarar a que equipos se
refieren, dentro del actual proceso de licitación.
Respuesta: La mención a reactores en el numeral señalado dice relación con el proyecto “Nueva Línea 2x220 kV Lo Aguirre ‐ Cerro Navia”, en caso que el proponente determine que sea necesaria la implementación de compensación reactiva.
F.22. Numeral 8.2.11 b. En el tema "Evaluación Financiera", se pide el patrimonio de la Sociedad en millones de US$, más actualizada que se tenga. Dado que los estados financieros de las sociedades chilenas están valorizados en pesos, se consulta: ¿Qué tipo de cambio se debe utilizar para valorizar el patrimonio en US$?
[Circular Aclaratoria N° 3]
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Respuesta: Se está a la espera de una respuesta de la CNE.
F.23. Numeral 8.4. Se solicita indicar las condiciones y restricciones que impone el adjudicatario de
los proyectos de LT 500 kV y Nuevas SE 500/220 kV, previo y durante la realización de los trabajos asociados a los proyectos de bancos de autotransformadores.
Respuesta: Ver respuesta A.1, B.1 y C.1.
F.24. Numeral 2.2.1, 2.2.2 y 2.2.3. Se consulta bajo qué figura jurídica (servidumbre, compraventa, arriendo) queda amparado el emplazamiento de los equipos de la adjudicataria en los terrenos de la subestación.
Respuesta: Ver respuesta A.2, B.2 y C.2.
F.25. Numeral 9.1 b) v. De acuerdo a la información recibida del proyecto de las subestaciones se desprende que las subestaciones de 500 kV y 230 kV no dispondrán de malla de tierra aérea, en consecuencia el patio de transformación 525/230 kV tampoco tendrá dicha malla de tierra aérea. Se solicita confirmar que la malla de puesta a tierra aérea o cable de guardia del patio de trasformación forma parte del proyecto.
Respuesta: La malla de puesta a tierra aérea del patio de transformación es parte del proyecto en licitación. Al respecto, se está solicitando al propietario de la subestación la información disponible respecto de la malla de puesta a tierra aérea del resto de la subestación.
F.26. Numeral 2.2.1.1. Las bases mencionan que "Este proyecto se emplazará al interior de la
subestación Nueva Cardones.....". Se solicita aclarar la superficie y ubicación, al interior del terreno de la subestación, disponible para la instalación de faenas asociadas a la presente licitación.
Respuesta: Ver respuesta A.25.
F.27. Numeral 2.2.2.1. Las bases mencionan que "Este proyecto se emplazará al interior de la subestación Nueva Maitencillo.....". Se solicita aclarar la superficie y ubicación, al interior del
[Circular Aclaratoria N° 3]
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terreno de la subestación, disponible para la instalación de faenas asociadas a la presente licitación.
Respuesta: Ver respuesta A.25.
F.28. Numeral 2.2.3.1. Las bases mencionan que "Este proyecto se emplazará al interior de la
subestación Nueva Pan de Azúcar.....". Se solicita aclarar la superficie y ubicación, al interior del terreno de la subestación, disponible para la instalación de faenas asociadas a la presente licitación.
Respuesta: Ver respuesta A.25.
F.29. Numeral 2.2.1.1. Las bases mencionan que "Este proyecto se emplazará al interior de la subestación Nueva Cardones.....". Se solicita aclarar la ubicación física, al interior de los terrenos de la subestación, tensión y potencia disponible para los SSAA de corriente alterna necesarios para la instalación de faenas asociada a la presente licitación.
Respuesta: Ver respuesta A.25.
F.30. Numeral 2.2.2.1. Las bases mencionan que "Este proyecto se emplazará al interior de la
subestación Nueva Maitencillo.....". Se solicita aclarar la ubicación física, al interior de los terrenos de la subestación, tensión y potencia disponible para los SSAA de corriente alterna necesarios para la instalación de faenas asociada a la presente licitación.
Respuesta: Ver respuesta A.25.
F.31. Numeral 2.2.3.1. Las bases mencionan que "Este proyecto se emplazará al interior de la
subestación Pan de Azúcar.....". Se solicita aclarar la ubicación física, al interior de los terrenos de la subestación, tensión y potencia disponible para los SSAA de corriente alterna necesarios para la instalación de faenas asociada a la presente licitación.
Respuesta: Ver respuesta A.25.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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F.32. Numeral 8.3.3 a) xv. Las bases indican que "El Proponente deberá entregar la siguiente información relativa a los Proyectos individualizados en el numeral 2 de las presentes Bases, lo que constituirá las características específicas del Proyecto ofertado, y que deberá ajustarse a lo señalado en el Decreto de Plan de Expansión y las presentes Bases". En el punto 8.3.3 numeral a)Antecedentes Básicos Líneas de Transmisión, en el punto xv se solicita indicar la estimación del terreno a ocupar en cada subestación, antecedentes que entendemos que corresponden al 8.3.3 numeral b). Se solicita aclarar si el punto "xv. Estimación terreno a ocupar en cada subestación" corresponde al numeral b) del punto 8.3.3.
Respuesta: El punto xv de la letra a) del numeral 8.3.3, se refiere al terreno que se estima será ocupado por paños y equipos de compensación asociados a cada línea de transmisión, cuando es el caso.
F.33. Numeral 8.3.3 a) xvi. Las bases indican que "El Proponente deberá entregar la siguiente información relativa a los Proyectos individualizados en el numeral 2 de las presentes Bases, lo que constituirá las características específicas del Proyecto ofertado, y que deberá ajustarse a lo señalado en el Decreto de Plan de Expansión y las presentes Bases". En el punto 8.3.3 numeral a)Antecedentes Básicos Líneas de Transmisión, en el punto xvi se solicita incluir los diagramas unilineales simplificados, antecedentes que entendemos que corresponden al 8.3.3 numeral b). Se solicita aclarar si el punto "xvi. Diagrama unilineal simplificado que muestre los componentes de equipos primarios y su forma de interactuar con las instalaciones existentes, en que se consideren soluciones posibles, tanto desde el punto de vista operativo como físico" corresponde al numeral b) del punto 8.3.3.
Respuesta: Ver Aclaración G.1.
F.34. Numeral 8.3.3 a) xvii. Las bases indican que "El Proponente deberá entregar la siguiente
información relativa a los Proyectos individualizados en el numeral 2 de las presentes Bases, lo que constituirá las características específicas del Proyecto ofertado, y que deberá ajustarse a lo señalado en el Decreto de Plan de Expansión y las presentes Bases". En el punto 8.3.3 numeral a)Antecedentes Básicos Líneas de Transmisión, en el punto xvii se solicita incluir planos de planta con la ubicación de las instalaciones en cada subestación, antecedentes que entendemos que corresponden al 8.3.3 numeral b). Se solicita aclarar si el punto "xvii. Plano de planta de ubicación de las instalaciones, mostrando la factibilidad de las soluciones específicas, en función de las instalaciones existentes" corresponde al numeral b) del punto 8.3.3.
Respuesta: Ver Aclaración G.1.
F.35. Numeral 8.3.3 a) xviii. Las bases indican que "El Proponente deberá entregar la siguiente
información relativa a los Proyectos individualizados en el numeral 2 de las presentes Bases, lo
[Circular Aclaratoria N° 3]
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que constituirá las características específicas del Proyecto ofertado, y que deberá ajustarse a lo señalado en el Decreto de Plan de Expansión y las presentes Bases". En el punto 8.3.3 numeral a)Antecedentes Básicos Líneas de Transmisión, en el punto xviii se solicita incluir esquemas y descripciones específicas de los proyectos, antecedentes que entendemos que corresponden al 8.3.3 numeral b). Se solicita aclarar si el punto "xviii. Esquemas y descripción específica de los siguientes sistemas del proyecto" corresponde al numeral b) del punto 8.3.3.
Respuesta: Ver Aclaración G.1.
F.36. Numeral 8.3.3 a) xx. Las bases indican que "El Proponente deberá entregar la siguiente información relativa a los Proyectos individualizados en el numeral 2 de las presentes Bases, lo que constituirá las características específicas del Proyecto ofertado, y que deberá ajustarse a lo señalado en el Decreto de Plan de Expansión y las presentes Bases". En el punto 8.3.3 numeral a)Antecedentes Básicos Líneas de Transmisión, en el punto xx se solicita indicar la antecedentes básicos subestaciones, antecedentes que entendemos que corresponden al 8.3.3 numeral b). Se solicita aclarar si el punto "xx. Antecedentes básicos subestaciones" corresponde al numeral b) del punto 8.3.3. Además se solicita aclarar que, dado que la información solicitada ya está definida por el adjudicatario de las subestaciones, no aplica la entrega de esta información por parte de los proponentes para las licitaciones de bancos de autotransformadores.
Respuesta: La información solicitada en el numeral 8.3.3 a) xx, corresponde a Proyectos que incluyen en su alcance el diseño e implementación de nuevas subestaciones.
F.37. Numeral 8.3.3 a) xxii. Las bases indican que "El Proponente deberá entregar la siguiente información relativa a los Proyectos individualizados en el numeral 2 de las presentes Bases, lo que constituirá las características específicas del Proyecto ofertado, y que deberá ajustarse a lo señalado en el Decreto de Plan de Expansión y las presentes Bases". En el punto 8.3.3 numeral a)Antecedentes Básicos Líneas de Transmisión, en el punto xxii se solicita indicar características de los bancos de condensadores estáticos a utilizar, antecedentes que entendemos que corresponden al 8.3.3 numeral b). Se solicita aclarar si el punto "xxii. Cantidad, Capacidad y Superficie a utilizar por Bancos de CCEE" corresponde al numeral b) del punto 8.3.3. Además se solicita aclarar que, dado que la información solicitada ya está definida por el adjudicatario de las subestaciones, no aplica la entrega de esta información por parte de los proponentes para las licitaciones de bancos de autotransformadores.
Respuesta: La entrega de información concerniente al numeral 8.3.3 a) xxii no aplica para los actuales Proyectos en licitación.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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F.38. Numeral 8.3.3 a) xxiii. Las bases indican que "El Proponente deberá entregar la siguiente información relativa a los Proyectos individualizados en el numeral 2 de las presentes Bases, lo que constituirá las características específicas del Proyecto ofertado, y que deberá ajustarse a lo señalado en el Decreto de Plan de Expansión y las presentes Bases". En el punto 8.3.3 numeral a) Antecedentes Básicos Líneas de Transmisión, en el punto xxiii se solicita se solicita incluir planos de planta de las instalaciones en cada subestación, antecedentes que entendemos que corresponden al 8.3.3 numeral b). Se solicita aclarar si el punto "xxiii.Plano de planta de ubicación de las instalaciones, mostrando la disposición de todos los equipos de la Subestación" corresponde al numeral b) del punto 8.3.3.
Respuesta: Ver Aclaración G.1.
F.39. Numeral 8.3.3 a) xxiv. Las bases indican que "El Proponente deberá entregar la siguiente información relativa a los Proyectos individualizados en el numeral 2 de las presentes Bases, lo que constituirá las características específicas del Proyecto ofertado, y que deberá ajustarse a lo señalado en el Decreto de Plan de Expansión y las presentes Bases". En el punto 8.3.3 numeral a)Antecedentes Básicos Líneas de Transmisión, en el punto xxiv se solicita incluir diagramas unilineales simplificados de las subestaciones, antecedentes que entendemos que corresponden al 8.3.3 numeral b). Se solicita aclarar si el punto "xxiv. Diagrama unilineal simplificado que muestre los componentes de equipos primarios y su forma de interactuar con las instalaciones, en que se consideren soluciones posibles, tanto desde el punto de vista operativo como físico" corresponde al numeral b) del punto 8.3.3.
Respuesta: Ver Aclaración G.1.
F.40. Numeral 8.3.3 a) xxv. Las bases indican que "El Proponente deberá entregar la siguiente información relativa a los Proyectos individualizados en el numeral 2 de las presentes Bases, lo que constituirá las características específicas del Proyecto ofertado, y que deberá ajustarse a lo señalado en el Decreto de Plan de Expansión y las presentes Bases". En el punto 8.3.3 numeral a)Antecedentes Básicos Líneas de Transmisión, en el punto xxv se solicita indicar características de los servicios auxiliares, antecedentes que entendemos que corresponden al 8.3.3 numeral b). Se solicita aclarar si el punto "xxv. Descripción de Servicios Auxiliares" corresponde al numeral b) del punto 8.3.3. Además se solicita aclarar que, dado que la información solicitada ya está definida por el adjudicatario de las subestaciones, no aplica la entrega de esta información por parte de los proponentes para las licitaciones de bancos de autotransformadores.
Respuesta: Ver Aclaración G.1.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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F.41. Numeral 8.4.1. Se solicita confirmar si en el evento en el que el Proponente que está ejecutando el proyecto termina en forma completa y satisfactoria todo el alcance y pone en operación el sistema antes de los plazos estipulados en las bases y/o incluso antes de lo contemplado en su propio programa del proyecto, ¿La fecha de inicio del período de remuneración comenzará a contar de la fecha real de término, o la fecha corresponderá a la fecha de término estipulada en las bases y/o en el programa general del proyecto del Proponente?
Respuesta: La fecha de inicio del período de remuneración comenzará a contar de la fecha efectiva de entrada en operación del proyecto.
F.42. Numeral 4. En virtud de la complejidad asociada a la evaluación de la permisología y de la
evaluación de los trámites de servidumbres que requiere el proyecto, se solicita ampliar el plazo de estudio de las propuestas en 2 meses más.
Respuesta:
No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado su solicitud a esa Comisión.
F.43. Numeral 4. En virtud de la complejidad asociada a la evaluación de la permisología y de la
evaluación de los trámites de servidumbres que requiere el proyecto, se solicita agregar una nueva serie de preguntas y respuestas en este proceso.
Respuesta: No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado su solicitud a esa Comisión.
F.44. Numeral 6. Favor confirmar si es posible relajar el criterio de la clasificación de riesgo de los
Proponentes a los criterios establecidos en proceso de licitación anteriores, esto es, no menor a BB local.
Respuesta: No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado su solicitud a esa Comisión.
F.45. Numeral 6. Favor confirmar si en caso de participar como un consorcio, la clasificación de riesgo podrá ser el promedio de la clasificación de las empresas que lo constituyen.
Respuesta:
[Circular Aclaratoria N° 3]
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De acuerdo a lo señalado en el numeral 8.2.11, letra a., de las respectivas Bases de Licitación en el caso de Consorcios o asociaciones que se conformen especialmente para efectos del presente Proceso de Licitación, bastará con presentar la clasificación de riesgo para al menos una de las personas jurídicas o empresas que lo conforman.
F.46. Numeral 12.1. Respecto del cobro de las boletas de garantía por no cumplimiento de los hitos
del proyecto, en el caso que un Hito intermedio de la obra se atrase, pero el proponente realice los esfuerzos necesarios para poner en servicio la obra en el plazo original establecido, ¿Se devolverá el monto cobrado de la correspondiente boleta de garantía por el hito atrasado?. En caso de ser afirmativa la respuesta se solicita se modifiquen las bases de licitación para reflejar esto último.
Respuesta: Las Bases de Licitación del Proyecto, que regulan el proceso, no contemplan la devolución de montos cobrados respecto a Boletas de Garantía por Hitos atrasados.
F.47. Numeral 12.2. Con relación al “Castigo por Atraso en la Entrada en Operaciones del Proyecto”, en este se señala que sin perjuicio del cobro de la Boleta de Garantía de cumplimiento para entrada en operaciones del Proyecto, el adjudicatario quedará sujeto a una multa a beneficio fiscal equivalente al 0,068% del V.l. referencial del proyecto, establecido en el Decreto de Plan de Expansión, por cada día de atraso en la entrada en operaciones del Proyecto, con un tope máximo de 730 días. Al respecto, solicitamos a Usted Incorporar a la multa un tope de aplicación igual al 10 % del VI Referencial del Proyecto.
Respuesta: No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado su solicitud a esa Comisión.
F.48. Numeral 8.3.1. Solicitamos a Usted modificar las Bases de Licitación incorporando una cláusula
que de derecho a un aumento de plazo para el desarrollo del proyecto, en caso de que las obras del proyecto sean paralizadas producto de las acciones interpuestas por los titulares de derechos mineros, aún cuando el Proponente sea el titular de la concesión eléctrica y/o servidumbres eléctricas.
Respuesta: No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado su solicitud a esa Comisión.
F.49. Numeral 8.3.1. Solicitamos a Usted modificar las Bases de Licitación incorporando una cláusula que de derecho a un aumento de plazo para el desarrollo del proyecto, en caso que el
[Circular Aclaratoria N° 3]
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proponente solicite con la debida anticipación las necesarias desconexiones al CDEC‐SIC y este último no autorice dichas desconexiones en los plazos estipulados en los cronogramas de las ofertas, o transcurra un plazo mayor a un mes contado desde el momento de recibida la solicitud de desconexión.
Respuesta: No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado su solicitud a esa Comisión.
F.50. Numeral 8.3.1. Solicitamos a Usted modificar las Bases de Licitación incorporando una cláusula de Fuerza Mayor que dé derecho a un aumento de plazo en el desarrollo del proyecto, producto de la ocurrencia de un evento derivado de Fuerza Mayor.
Respuesta: No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado su solicitud a esa Comisión.
F.51. Numeral 8.3.1. Solicitamos a Usted modificar las Bases de Licitación incorporando una cláusula
que de derecho a un aumento de plazo en el desarrollo del proyecto, en caso de que éste se vea afectado por eventos asociados a la tramitación ambiental, planes de manejo, concesión eléctrica, libre acceso a predios y autorización de desconexiones necesarias.
Respuesta:
No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado su solicitud a esa Comisión.
F.52. Numeral 8.2.5. Solicitamos a Usted modificar las Bases de Licitación incorporando la
posibilidad de reemplazar la boleta de garantía de seriedad de la propuesta por un seguro de caución.
Respuesta: No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado su solicitud a esa Comisión.
F.53. Numeral 8.2.8. Solicitamos a Usted modificar las Bases de Licitación incorporando la
posibilidad de reemplazar la boleta de garantía de constitución de Sociedad Anónima Abierta de Giro Exclusivo de transmisión por un seguro de caución.
Respuesta:
[Circular Aclaratoria N° 3]
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No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado su solicitud a esa Comisión.
F.54. Numeral 12. Solicitamos a Usted modificar las Bases de Licitación incorporando la posibilidad
de reemplazar las boletas de garantías establecidas en el numeral 12 por seguros de caución.
Respuesta: No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación que son emitidas por la CNE. En todo caso, se ha enviado su solicitud a esa Comisión.
F.55. Numeral 6.1. Se solicita confirmar que de conformidad con lo dictaminado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en el Oficio Ordinario 3777 de 27 de marzo de 2012, incorporado en el marco normativo de esta licitación, la Sociedad Anónima Abierta de Giro Exclusivo de Transmisión o Transporte que se constituya de acuerdo con las Bases de Licitación, podrá ser una Sociedad Anónima Cerrada sujeta a las obligaciones de información y de publicidad a que se refiere el artículo 2° inciso séptimo de la ley N° 18.046 y se encuentre, por ende, inscrita en el Registro Especial de Entidades Informantes, regulado por la Norma de Carácter General N° 284 de 2010 de la Superintendencia de Valores y Seguros.
Respuesta: La exigencia de Constituir una Sociedad Anónima Abierta de Giro Exclusivo de Transmisión o Transporte, establecida en el numeral 8.2.7 de las Bases de Licitación, se considera cumplida tanto cuando tales sociedades se encuentren organizadas como una sociedad anónima abierta de giro exclusivo de transmisión o transporte, como también, cuando la estructura social corresponda a la de una sociedad anónima cerrada de giro exclusivo de transmisión, sujeta a las obligaciones de información y de publicidad a que se refiere el artículo 2, inciso 7° de la Ley N° 18.046 y se encuentren, por ende, inscritas en el “Registro Especial de Entidades Informantes”, regulado por la Norma de Carácter General Nº 284, de fecha 10 de marzo de 2010, de la Superintendencia de Valores y Seguros, o aquella que la reemplace o modifique en el futuro.
F.56. Numeral 6.1. En el caso de ser confirmatoria la respuesta a nuestra consulta N° 4 del envío N°
1, se solicita confirmar también que las eventuales nuevas personas naturales o jurídicas que luego del primer año posterior a la entrada en operación, pasen a participar del capital accionario de la SAGET, no deberán acreditar una misma o mejor calificación financiera y/o experiencia que tuviese el Adjudicatario que disminuye su participación en el capital accionario o se retira definitivamente de la SAGET.
Respuesta: Se está solicitando a la CNE una aclaración al respecto de su consulta, complementando su consulta original.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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F.57. Numeral 12. En relación con la consulta precedente, se solicita confirmar que se considerarán
como causales de caso fortuito, conforme con las reglas legales vigentes, las correspondientes a hechos de la autoridad no imputables al adjudicatario, y que incidan en un atraso en la construcción y operación de los proyectos; en particular cuando no se expidan permisos, autorizaciones u otros actos administrativos necesarios para cumplir con los hitos del proyecto, dentro de los plazos legales o reglamentarios con que la autoridad cuenta para ello.
Respuesta: Las Bases de Licitación no regulan las situaciones constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor y sus efectos. Dado que dichas situaciones son de carácter casuístico, se analizarán en el momento de producirse, rigiéndose, en cada caso, por la normativa vigente.
F.58. Numeral 12. En relación con la consulta anteprecedente, se solicita confirmar que se entiende
dentro de las hipótesis de caso fortuito para los proyectos Banco Autotransformadores S/E Nueva Cardones, 500/200 kV, 750 MVA, Banco Autotransformadores S/E Nueva Maitencillo, 500/220kV, 750 MVA y Banco Autotransformadores S/E Pan de Azúcar, 500/220 kV, 750 MVA, posibles hechos de terceros que incidan en un atraso no imputable al adjudicatario en la construcción y operación de los Proyectos, como por ejemplo, atrasos en la construcción de los proyectos "Nueva Línea Cardones ‐ Maitencillo 2x500 kV", "Nueva Línea Maitencillo ‐ Pan de Azúcar 2x500 kV" y "Nueva Línea Pan de Azúcar ‐ Polpaico 2x500 kV".
Respuesta: Ver respuesta F.57.
F.59. Numeral 12.1 Se solicita aclarar lo dispuesto en el numeral N° 12.1, en el sentido de especificar
qué ocurre con los montos correspondientes a boletas de garantías cobradas por hitos intermedios de desarrollo del proyecto que se hubiesen incumplido, en caso que el adjudicatario en definitiva logre poner en servicio la obra en el plazo original establecido.
Respuesta: Los montos correspondientes a boletas de garantías cobradas por los hitos relevantes 1 a 4 del Proyecto no serán devueltos al Adjudicatario, aún cuando éste logre poner en servicio la obra en el plazo original establecido.
F.60. Numeral 12. Se solicita confirmar que las Bases no hacen responsable al adjudicatario de los
casos fortuitos que puedan afectar los plazos de cumplimiento del proyecto.
Respuesta: Ver respuesta F.57.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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F.61. Documento Antecedentes Técnicos Nº1. En la respuesta i. se entregan planos de plantas de las
subestaciones Nueva Cardones, Nueva Maitencillo y Nueva Pan de Azúcar, (por ejemplo lo indicado en plano N°G69475‐D1035‐058) , donde se muestran las áreas destinadas al emplazamiento de los bancos de autotransformadores respectivos.
Favor confirmar que si en el caso que el espacio otorgado por el propietario de las Subestaciones no sea suficiente para el desarrollo del proyecto de la instalación de los bancos de autotransformadores, el propietario de las subestaciones dispondrá del espacio necesario de acuerdo al proyecto que se adjudique la licitación, o es mandatorio desarrollar el proyecto sólo en los espacios indicados, donde ya el propietario muestra un Edificio de Equipos Auxiliares 500 KV, dentro de las áreas señaladas para el cambio rápido con los equipos de maniobra de 500 KV, lo cual dificulta la disposición de los nuevos equipamientos.
De acuerdo a los proyectos desarrollados para bancos de autotransformadores 500/220 kV con unidad de reserva y cambio automático de dicha reserva, el espacio necesario para este desarrollo, es de aproximadamente 63 x 75 metros, en una superficie continua, en tanto para el desarrollo de la delta de los terciarios, se requiere una superficie aproximada de 16 x 8 metros, considerando el cambio automatizado para la unidad de reserva. Estos espacios son mayores a los indicados por el propietarios de las subestaciones indicadas, para la instalación de los bancos de autotransformadores, y en caso del espacio para los bancos está dividido en dos sub áreas.
Respuesta: Se está solicitando mayores antecedentes al propietario de las subestaciones, respecto de los espacios para el desarrollo de los proyectos.
F.62. Se solicita otorgar un aumento en el plazo de 60 días, para la presentación de las Ofertas, dado
que hasta la fecha no se ha recibido respuesta a todas las consultas enviadas. Además, existen respuestas pendientes por parte de la CNE y de acuerdo a lo indicado en respuesta A2 de Circular Aclaratoria N°2, se ha solicitado a la CNE una modificación a las Bases de Licitación que aún no es conocida.
Como por ejemplo, está pendiente la información sobre la ubicación exacta que tendrán las Subestaciones Nueva Cardones, Nueva Maitencillo y Nueva Pan de Azúcar, lo cual no permite costear toda la logística necesaria para el correcto desarrollo del proyecto, como para el transporte y otros necesarios para completar la Oferta. Para el caso de la línea Cerro Navia – Lo Aguirre está pendiente la definición por parte de la CNE de si es aceptable otro tipo de desarrollo para la construcción del túnel asociado a dicha obra.
Respuesta: No es posible acceder a esta solicitud ya que requiere modificar las Bases de Licitación. En todo caso, se ha enviado su solicitud a la CNE.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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G. ACLARACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN
G.1. Aclaraciones al numeral 8.3.3 “Documento Nº15: Descripción Técnica del Proyecto”, y el correspondiente Anexo Nº7
I) Descripción Técnica del Proyecto
En el numeral 8.3.3 se solicita una descripción general del Proyecto, dando cuenta de las principales características de las obras que ofrece para dar cumplimiento al alcance establecido en las Bases de Licitación.
II) Diagramas unilineales En el numeral 8.3.3, letra a), respecto de los ítems xvi y xxiv: “xvi. Diagrama unilineal simplificado que muestre los componentes de equipos primarios y su forma de interactuar con las instalaciones, en que se consideren soluciones posibles, tanto desde el punto de vista operativo como físico.” “xxiv. Diagrama unilineal simplificado que muestre los componentes de equipos primarios y su forma de interactuar con las instalaciones existentes, en que se consideren soluciones posibles, tanto desde el punto de vista operativo como físico.”
El diagrama unilineal simplificado indicado en el punto xvi de la letra a) del numeral 8.3.3 se presenta en aquellos casos en que el Proyecto incluye líneas de transmisión. Además, para este tipo de proyectos se debe proporcionar un mayor detalle de las conexiones de la línea a las subestaciones correspondientes, a través de los unilineales indicados en el punto xxiv de la letra a) del numeral 8.33.
En el punto xxiv de la letra a) del numeral 8.3.3, se presenta un plano unilineal por cada subestación en la que el Proyecto se conecte.
En el caso de proyectos que incorporan y/o agregan instalaciones a subestaciones existentes o a subestaciones que son parte de otros proyectos, el o los planos unilineales que corresponda entregar se deberán elaborar a partir de los unilineales de las subestaciones intervenidas por el Proyecto, mostrando la forma en que las nuevas instalaciones quedarán incorporadas a las existentes. Las nuevas instalaciones deben quedar claramente definidas, dejando las existentes claramente visibles y contenidas en nubes.
Los diagramas unilineales deben incluir equipos de maniobra, equipos de medida, equipos para protección de sobretensión y/o sobrecorriente, equipos para comunicación, equipos de transformación, equipos de compensación, relés de protecciones, equipos de medida y facturación.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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III) Flexibilidad de operación
En el punto “viii. Flexibilidad de operación en las subestaciones de conexión al SIC” el proponente deberá mostrar que ha incorporado en el diseño e implementación de sus obras la conexión a doble barra más barra de transferencia y/o la conexión a distintas diagonales en esquema de interruptor y medio, en las subestaciones de conexión del Proyecto al SIC.
IV) Curva de capacidad En el numeral 8.3.3, letra a), el punto “vi. Curva de capacidad de la línea (MVA) versus temperatura ambiente (ºC)” se refiere a la capacidad de la línea por circuito.
V) Paños
En el numeral 8.3.3, letra a), punto ix. y en el Anexo Nº7, Documento 15, número 1), punto ix.: “ix. Nº de paños, indicando el detalle de cada uno de ellos, tanto para la línea…”
“detalles de cada uno de ellos” se refiere a la configuración de los paños y al listado de
equipos asociado.
VI) Planos de planta
En el numeral 8.3.3, letra a), en el punto “xvii. Plano de planta de ubicación de las
instalaciones, mostrando la factibilidad de las soluciones específicas, en función de las
instalaciones existentes”, para aquellos proyectos que contengan líneas de transmisión, se
solicita un plano de planta que muestre el desarrollo del trazado de la línea, incluyendo
vértices, cruces con otras líneas, así como las subestaciones a las cuales se conecta. Para una
correcta interpretación y revisión de los planos, se solicita que estos:
Sean realizados en una escala adecuada para su análisis, preferentemente sobre
fuente cartográfica del Instituto Geográfico Militar (IGM) escala 1:250.000.
Contengan cuadros con coordenadas de los vértices en UTM‐WGS84 y simbología
asociada.
En el numeral 8.3.3, letra a), en el punto “xxiii. Plano de planta de ubicación de las
instalaciones, mostrando la disposición de todos los equipos de la subestación.” el
Proponente deberá incluir un Plano de Planta por cada nueva subestación que sea parte del
Proyecto, así como un Plano de Planta por cada subestación en la cual el Proyecto provoque
modificaciones (nuevos paños, ampliaciones de barras, nuevos bancos de transformación,
nuevos equipos de compensación, etc), con la finalidad de mostrar la factibilidad de las
soluciones ofrecidas y su compatibilidad con las existentes o que son parte de otros
proyectos.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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Además de los ítems enumerados de 1. a 6. en el punto xxiii, para mayor claridad de la oferta se solicita que los planos muestren lo siguiente:
Disposición de equipos y elementos dentro de cada subestación: equipos primarios,
equipos mayores, barrajes, estructuras altas, canalizaciones, salas eléctricas, muros
cortafuego, caminos y cierres perimetrales, etc.
Casa de mando.
Casetas de control de cada paño.
Para una correcta interpretación y revisión de los planos indicados se solicita lo siguiente:
En cada plano, delimitar claramente las instalaciones existentes y futuras, que no
pertenezcan al alcance del Proyecto, por ejemplo, mediante línea punteada o nubes.
Que los planos se encuentren adecuadamente acotados, permitiendo verificar
superficies y distancias.
Que el Proponente incluya los siguientes cuadros:
‐ Cuadro de Equipos: individualización; descripción de las principales
características; cantidad.
‐ Cuadro de Distancias Eléctricas Mínimas.
‐ Cuadro de Superficies: total de la subestación; de cada Patio; de casa de control y
servicios generales; de casetas de paños; para bancos de autotransformadores;
para bancos de reactores; para compensación serie; para bancos de
condensadores estáticos; de calles y caminos.
VII) Sistemas de control, protecciones y comunicación
En el numeral 8.3.3, letra a), punto xviii: “xviii. Esquemas y descripción específica de los siguientes sistemas del proyecto:
1. Control
2. Protecciones
3. Comunicación
4. Seguridad”
Los esquemas descripciones y características específica de los sistemas de Control, Protecciones, Comunicación y Seguridad que se indican en el numeral 8.3.3 a) xviii, deben ser entregados para cada Proyecto, independientemente de sus características, con la sola excepción de aquellos proyectos consistentes en la instalación de bancos de autotransformadores, ya que para estos últimos la información señalada se debe entregar a través de los puntos ix y xi de la letra b) del numeral 8.3.3. . En cualquier caso, la información mínima que se debe proporcionar respecto a cada uno de estos sistemas es la siguiente:
[Circular Aclaratoria N° 3]
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1. Sistemas de Control
Corresponde a la descripción de los sistemas de supervisión y control de las instalaciones del proyecto, considerando nuevas subestaciones, subestaciones existentes y líneas. La descripción se refiere a aspectos tales como: criterios de diseño, tecnología, integración con los sistemas de control existentes y/o sistemas de control centralizados, niveles de control y plano de arquitectura, incluyendo las facilidades para el control automático de los reactores y compensación serie del proyecto. Con el objeto de verificar la arquitectura del sistema de control se solicita una descripción de acuerdo a lo siguiente:
Funciones de supervisión y control.
Redes WAN, LAN, Secundarias
Enlaces de comunicación (Existencia de redundancia).
Unidades de Control Local (Módulos de Bahía). Se deberá indicar aquellos que por
condiciones de alta confiabilidad contarán con redundancia.
Monitoreo y comunicación con unidades de protección.
IHM para operación y mantenimiento (Existencia o no de redundancia).
Computadores (Gateway; Datos; Remotos)
Comunicación con sistema de control SCADA (Cuando corresponda descripción del
Sistema SCADA)
2. Sistemas de Protecciones
Corresponde a la descripción de los sistemas de protecciones correspondientes a líneas, subestaciones y equipos principales, incluyendo aspectos tales como: criterios de diseño, descripción funcional y de implementación, haciendo referencia a planos unilineales, y en particular su integración con sistemas existentes, en cuyo caso se debe incluir el alcance de los trabajos propios. La condición respecto de la redundancia en los esquemas de protecciones, indicada en la Norma Técnica de Seguridad y Calidad y Servicio, que aplica sobre las líneas de los sistemas de transmisión con tensión sobre 200 kV, se debe entender como una separación tanto física como eléctrica incluyendo, cuando corresponde, la utilización de canales de teleprotección y comunicaciones diferentes.
3. Sistemas de Comunicación
Corresponde a una descripción de los sistemas de comunicación asociados al Proyecto, incluyendo aspectos tales como: criterios de diseño, descripción funcional y de implementación, tecnología y, en particular, su integración con sistemas existentes, indicando en términos generales su límite con las instalaciones existentes. Además, se debe incluir un esquema de los sistemas de comunicación del Proyecto. Para los protocolos de comunicación se recomienda ver los procedimientos D.O. “Definición de Parámetros Técnicos y Operativos Para El Envío De Datos al SITR del CDC” y "Sistema de Monitoreo". Ambos procedimientos fueron enviados a la CNE para su informe favorable y se encuentran disponibles en el sitio Web del CDEC‐SIC.
[Circular Aclaratoria N° 3]
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Sin perjuicio de lo anterior, será responsabilidad del Adjudicatario de la obra el definir el protocolo de comunicaciones en la correspondiente Subestación.
4. Sistemas de Seguridad
Elementos destinados a dar seguridad al personal frente a los equipos energizados
Sistemas para la vigilancia
Sistemas de detección de intrusiones no autorizadas a los equipos y a la zona donde se encuentran instalados los equipos.
VIII) Servicios Auxiliares Lo solicitado en el punto xxv, letra a) del numeral 8.3.3 corresponde tanto a proyectos que contienen nuevas subestaciones como a proyectos que incorporan y/o agregan instalaciones a subestaciones existentes o que son parte de otros proyectos. En cualquier caso el Proponente deberá proporcionar la información que se indica en el punto xxv, letra a) del numeral 8.3.3, indicando aquellos puntos (1., 2., 3. o 4.) que no apliquen cuando se trate de proyectos cuyos equipos y sistemas asociados se alimenten desde los servicios auxiliares de CA y CC existentes o pertenecientes a otros proyectos en desarrollo. En este último caso los unilineales se deberán realizar a partir, al menos, de las barras principales de CA y CC de las instalaciones existentes.
La información que debe ser entregada en el número 4. “Capacidades estimadas” se refiere a: transformadores de servicios auxiliares, grupo electrógeno, bancos de baterías; cargadores de batería. En el caso de proyectos cuyos equipos y sistemas asociados se alimenten desde los servicios auxiliares de CA y CC existentes o de otros proyectos en desarrollo:
‐ El proponente deberá describir en términos generales el límite entre las instalaciones de los
Servicios Auxiliares existentes y las instalaciones correspondientes a los Servicios Auxiliares del Proyecto.
‐ El diseño e implementación de los SSAA de la Subestación no debe degradar el nivel de
confiabilidad de las instalaciones a las que sirven, garantizando la continuidad de servicio, la seguridad a las personas y de los equipos.
‐ En el número 4. “Capacidades estimadas”, se debe indicar los consumos máximos que
deberán ser abastecidos. En todos los casos el diseño de los SSAA debe considerar las redundancias necesarias para equipos y elementos como bobinas de disparo, interruptores y sistemas de protección.
La información solicitada en el número x de la letra b) del numeral 8.3.3, se incluirá en el número
xxv de la letra a) del númeral 8.3.3. de las Bases de Licitación.
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IX) Letra c) “Otros Antecedentes” En el numeral 8.3.3, letra c) “Otros Antecedentes”, los antecedentes solicitados se evaluarán considerando la entrega de la siguiente información: 1) “i. Descripción del sistema de transmisión de datos.”
Se evaluará de acuerdo a los antecedentes entregados en el punto “Esquemas y descripción
específica de los siguientes puntos del Proyecto: • Comunicación”, cuya descripción se
encuentra en el numeral VII) de la presente Aclaración.
2) “ii. Descripción del sistema de protección contra vibraciones.”
Tipo de elementos, con sus correspondientes esquemas, para el sistema de protección
contra vibraciones, correspondiente a las líneas de transmisión.
3) “iii. Descripción de los tipos de estructuras.”
a) Planos referenciales con cotas de las siluetas de los tipos de estructuras de suspensión y
anclaje consideradas para el Proyecto.
b) La calidad de los materiales para los perfiles, planchas y pernos de conexión de las
estructuras.
c) Árboles de carga.
d) Criterio y cálculo de la tensión de los conductores para el caso de cortadura, tanto para
torres de suspensión como para torres de retención.
e) Los criterios del Proponente para establecer la necesidad de realizar Pruebas de Carga.
f) Para el caso del Proyecto “Nueva Línea 2x220 kV Lo Aguirre – Cerro Navia”, además se
considerará la entrega de:
• Descripción de los criterios de diseño que se utilizarán para el desarrollo del Proyecto,
relacionados con el recinto donde se albergará el patio de mufas, en función de la
normativa técnica, ambiental y legal vigente, incluyendo planos de planta y corte,
descripción y justificaciones del diseño propuesto.
• Descripción de las características que cumplirán las mufas de unión y las cámaras para
dichas mufas en el tramo subterráneo, como asimismo las características de las
eventuales transposiciones de la pantalla del cable a lo largo de todo su recorrido,
incluyendo planos y descripciones de mufas.
Plano de planta y corte de la canalización subterránea indicando cotas, materiales,
elementos de soporte para los cables, sistema de ventilación.
4) “iv. Descripción del conjunto de aislación.”
a) Nivel de aislación considerado, tipo de aislación, ferretería, cantidad de aisladores en
conjuntos de suspensión y anclaje.
b) Planos referenciales de los conjuntos de suspensión y anclaje.
5) “v. Descripción de la protección contra descargas atmosféricas”
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Tipo y características del cable de guardia de la línea, y de la protección contra descargas
atmosféricas de la subestación.
6) “vi. Descripción de las mallas de tierra”
Descripción de la malla de tierra de la subestación y de las líneas.
7) “vii. Descripción del tipo de unidades del reactor y de las unidades de Respaldo (trifásicos o
monofásicos).”
En caso que la Propuesta incorpore reactores:
Descripción de los componentes del Reactor: elementos de maniobra, de protección de
compensación y sistemas de control.
Planos referenciales de disposición de componentes, con sus dimensiones.
Información de parámetros (propios, sin hacer referencias a catálogos): reactancia
(ohm), potencia (MVAr), corriente (A), tensión (kV) y frecuencia (Hz).
8) “viii. Descripción de Facilidades para el Control Automático de los reactores del proyecto.”
En caso que la Propuesta incorpore reactores:
Descripción de las facilidades necesarias para ser controladas automáticamente por un
dispositivo de control, como los MAIS existentes. Los requisitos mínimos de estas facilidades
dicen relación con la capacidad del sistema que controla el equipo para recibir y
proporcionar señales de operación (abrir/cerrar), en forma local o remota, y de recibir
información respecto al estado de los elementos de maniobra asociados, niveles de tensión,
potencia reactiva, alarmas, secuencias de maniobras y disponibilidad para el servicio.
X) Reubicación de líneas
1) En caso que se requiera reubicar líneas que circunden la subestación, el Proponente deberá
presentar en su Oferta Técnica, Documento 16, las modificaciones que contempla realizar,
incluyendo planos, descripción de las soluciones, descripción de los trabajos y programación.
2) Será responsabilidad del Adjudicatario realizar las modificaciones necesarias y la
coordinación con los diferentes entes involucrados, así como la obtención de los permisos y
autorizaciones correspondientes.
3) Los costos de estas modificaciones deberán ser asumidos por el Adjudicatario y, por lo tanto,
incluidos en su Oferta Económica.
XI) Características de la información técnica La información técnica solicitada en el Documento 15 corresponde a todas las obras que serán desarrolladas por el Proponente en caso de resultar Adjudicatario. En caso que las nuevas obras se incorporen o conecten a instalaciones existentes, la información que se entregue deberá permitir entre otros aspectos:
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Visualizar y analizar su disposición en el contexto general de la subestación, con la
finalidad de establecer la factibilidad de lo propuesto y el cumplimiento de exigencias
técnicas.
Visualizar, conocer y analizar la forma en que las nuevas instalaciones se conectarán e
interactuarán con las instalaciones existentes, tanto desde el punto de vista físico como
operativo.
Conocer y analizar la compatibilidad de las nuevas instalaciones con las existentes, tanto
desde un punto de vista de diseño como de operación.