Post on 25-Dec-2015
description
170' ,'1\\.1\' i.eL\ Ill:.. CI ,\(,0
D r E.J; <. I T I \ C RESISTENCIA, 2 4 ~ , 14 VISTO:
EI expediente N° E23-2014-795, del Ministerio de Infraestructura y Servicios Publicos;.y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo, se tramita la afectaci6n de un inmueble para la construcci6n y emplazamiento de la Planta Generadora Fotovoltaica y de la Estaci6n Transformadora de 132/33/13,2 Kv - Quitilipi, cuyo titular es el Gobierno de la Provincia del Chaco;
Que dicho inmueble se encuentra individualizado como Circunscripci6n XIV - Chacra 18 - Parcela 5 - Departamento Quitilipi segun Plano de Mensura N° 19-09-03 de 2003;
Que a efectos de concluir con los tramites pertinentes sobre el terreno afectado en primera instancia al Ministerio de Educaci6n, Cultura, Ciencia y Tecnologia, resulta necesario afectarlo a la jurisdicci6n 23 - Ministerio de rnfraestructura y Servicios Publicos, para proceder a la construcci.6n de las obras de la Planta Generadora Fotovoltaica y de la EstaCi6n Transforrnadora de 1:j2/33/13,2 Kv - Quitilipi en el Departamento Quitilipi, ubicado en el cruce de 'Ia Ruta Nacional N° 16 Y la Ruta Provincial N° 4;
Que han tomado la intervenci6n que les compete, el Ministerio de Educaci6n, Cultura, Ciencia y Tecnologia, la Direcci6n General de Gesti6n de Bienes y la Contaduria General de la Provincia;
Que en tal virtud, es menester el dictado del presente instrumento legal;
Por ello;
EL GOBERNADOR O!E LA PROV,INCIA DEL CHACO EN U GICIO
DeC ETA:
Articulo 1°: Afectase parcialmente el inmueble que se encuentra individualizado como Circunscripci6n XIV - Chacra 18 - Parcela 5 del Departamento Quitilipi, segun Plano de Mensura N° 19-09-03 de 2003, sobre una porci6n de terreno desde el esquinero Noreste ubicado en el cruce de la Ruta.Nacional N° 16 Y fa Ruta Provincial N° 4 de 586,04 metros medidos hacia el Oeste, por 551-,80' metros medidos hacia. el Sur,. como ei sector disponible.parala construcc;6n y empJazamiento de la Planta Generado.ra 'Fotovoltaica y de la Estaci6n Transformadora de 132/33/13,2 Kv - Quitilipi.
'\
J'r!~l) "I, C1.,\ 111·;1. 'II;\CO
P \ nEb.1 . C 'I V 0
Articulo 2°: La afectaci6n dispuesta en el Articulo 1° del presente Decreto, solo tendra como destino el emplazamiento de la Planta Generadora Fotovoltaica y de la Estaci6n Transformadora de 132/33/13,2 Kv - QLlitilipi, y oportunamente debera ser ir1corporado a la jurisdicci6n 23 - Ministerio de Infraestructura y Servicios Pubiicos, cumpliendo con 10 establecido en el Articulo 13 de la Ley N° 4990 - de Obras Publicas.
Articulo 30: Comuniquese, dese al Registro Provincial, publiquese en form~ sintetizada
en el Boletin Oficial yarchlvese,
DECRETO No l__~ ()__4r '
na