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CENTRO DE EDUCACIÓN
INTEGRADA DE ADULTOS
“CLAUDIO MATTE PÉREZ”
DE SAN CARLOS
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CENTRO DE EDUCACIÓN
INTEGRADA DE ADULTOS
CLAUDIO MATTE PÉREZ
SAN CARLOS /
REGLAMENTO INTERNO
C.E.I.A.
(SAN CARLOS, MARZO 2014)
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“CLAUDIO MATTE PÉREZ”
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REGLAMENTO INTERNO
C.E.I.A
El Centro de Educación integrada de adultos “Claudio Matte Pérez“ de San Carlos,
Establecimiento Educacional creado por Decreto Exento N° 002323 del 30 de Julio de
1982, RUT N° 70.963.300-7, que funciona en Gazmuri N° 451 , San Carlos , se
rige, en cuanto su funcionamiento interno, por el siguiente reglamento, sin perjuicio de la
aplicación de los reglamentos o normas ya dictadas o que se dicten por las autoridades
educacionales, nacionales, regionales, provinciales o comunales .
TITULO I: GENERALIDADES:
Artículo 1°: El presente reglamento regulará las funciones del personal Directivo,
Administrativo, Docente, Paradocente y Auxiliar, sus obligaciones, las obligaciones y
derechos de los alumnos, horario de funcionamiento y procedimientos generales sobre el
trabajo interno del Establecimiento.
Artículo 2°: El cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente reglamento
será obligatorio para todos los alumnos y personal que labore en el C.E.I.A.
Ninguna persona, de aquellas a las que se refiere el artículo anterior podrá alegar ignorar
las disposiciones contenidas en el presente reglamento interno.
TITULO II: DEL HORARIO Y PERMANENCIA DEL PERSONAL EN EL
ESTABLECIMIENTO:
Artículo 3°: El horario de entrada para el personal Directivo, Técnico Pedagógico,
Administrativo, Paradocente y Auxiliar, será a las 19, 15 horas. Horario de entrada tope
para el personal Docente será a las 19,25 horas.
Artículo 4°: El inicio de clases será a las 19, 30 horas, todos los días.
Artículo 5°: EL Personal Docente deberá permanecer en el Establecimiento hasta el
cumplimiento del horario de clases y otras actividades que hayan sido fijadas por la
dirección.
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TITULO III: DE LA ORGANIZACICIÓN ADMINISTRATIVA:
Artículo 6°: El siguiente es el organigrama oficial del C.E.I A.
ORGANIGRAMA CEIA-San Carlos
TITULO IV: DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL
Artículo 7°: A continuación se describen las funciones a cumplir por el personal del
C.E.I.A.
DIRECTOR:
-El Director es el Jefe Superior del Establecimiento, y en consecuencia, es responsable de
su dirección, organización y funcionamiento.
-Actuará de acuerdo con los principios de las ciencias de la educación, las disposiciones
del presente Reglamento y las normas legales y reglamentarias vigentes.
Funciones Principales:
-Formular los objetivos anuales de la Unidad Educativa de acuerdo a las políticas
educacionales del gobierno y las normas que establezcan las autoridades de Educación
Comunal.
UNIDAD
ADMINISTRATIVA
Personal Auxiliar Inspectoría
DIRECTORA CONSEJO DE
PROFESORES
CONSEJO
ESCOLAR
Docentes
UNIDAD TÉCNICO-
PEDAGÓGICA
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-Hacer cumplir las instrucciones (decretos, órdenes, directivas, circulares, etc.,
provenientes del Ministerio de Educación, Dirección Provincial de Educación -Ñuble,
Alcaldía o Departamento de Educación Municipal.
-Adoptar las medidas para que la Unidad Educativa siempre esté proyectando a su acción
hacia la comunidad.
-Buscar las medidas para satisfacer las diversas necesidades de la comunidad escolar del
Establecimiento: administrativas, Técnico - Pedagógicas, culturales, deportivas,
recreativas, sociales, etc.
-Mantener una buena organización interna del Establecimiento (para actos internos y
externos, para el control del personal, para reuniones y sesiones, para atención de alumnos,
para atención de personal ajenas al establecimiento, etc).
-Preocuparse por la mantención y mejoramiento de la estructura física del Establecimiento
y por la búsqueda de alternativas para mejorar el estar de alumnos y funcionarios.
-Preocuparse por la conducta, presentación personal y actividades en general, de sus
subordinados y especialmente de los alumnos, dentro y fuera del Establecimiento.
-Presidir los Consejos Generales de Profesores, los Consejos Técnicos. Ocasionalmente,
esta función se podrá delegar en el Inspector General y/o Jefe de la Unidad Técnico-
Pedagógica.
-Calificar al personal de su dependencia.
-Denunciar ante la autoridad competente las infracciones a las obligaciones por parte de
los funcionarios.
-Adoptar las medidas disciplinarias ante situaciones de mala conducta por parte de los
alumnos.
-Atender las solicitudes de los alumnos respecto a rendir pruebas fuera de plazo;
realización de actividades extra programáticas; cambio de actividades, etc.
-Hacer uso de otras atribuciones que le sean entregadas por el Ministerio de Educación,
Secretaria Regional Ministerial de Educación, Dirección Provincial de Educación, Alcaldía
y/o Departamento de Educación Municipal.
-Ejecutar otras tareas que le encomienden sus superiores o que la ley le señale.
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INPECTORIA GENERAL.
-Es la unidad encargada de organizar, coordinar y supervisar el trabajo de los distintos
organismos del Establecimiento, de manera que funcionen armónica y eficientemente, de
acuerdo a lo dispuesto y a las instrucciones que imparte el Director.
Funciones Principales:
-Velar por que las actividades del Establecimiento se desarrollen en un ambiente de
disciplina, bienestar y sana convivencia.
-Fiscalizar el cumplimiento del horario y actividades encomendadas a los docentes y
demás personal.
-Recolección, sistematización y procesamiento de la información proveniente de la acción
docente.
-Esta Unidad estará integrada por el Inspector General, Sección Bienestar y Servicios
Menores.
Funciones específicas del Inspector General:
-Poner en práctica las resoluciones e instrucciones del Director.
-Estudiar, proponer y tomar las medidas necesarias y convenientes para asegurar que la
convivencia en el plantel se realice en un marco de disciplina positiva.
-Programar y realizar las actividades de rutina para la marcha académica del colegio:
matrícula, horario, horarios de prueba o exámenes especiales, nivelación y reforzamiento,
actividades de colaboración, libros de clases (en sus aspectos estadísticos), etc.
-Recoger, sistematizar, enviar y tener disponible la documentación como: matrícula,
asistencia, atrasos, calificaciones, actas de exámenes, etc. Y toda aquella necesaria para
servir de base a estudios y proyectos internos, como para responder a control y supervisión
administrativa de las autoridades educacionales superiores de nivel local, provincial,
regional o nacional
-Atender problemas y consultas de carácter individual en relación con situaciones de los
alumnos o de los cursos.
-Elaborar y poner en práctica procedimientos eficaces para el cumplimiento de los horarios
de trabajo, de permanencia, de clases sistemáticas, de actividades de orden académico o
administrativo que se desarrollen en el establecimiento por personal docente o no docente,
como los estudiantes del mismo.
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-Supervisar el funcionamiento de las secciones de la Unidad e informar de ello al Director.
-Otras tareas que se encomienden.
SECCION INSPECCION:
-Contribuir a la organización y funcionamiento del quehacer académico, velando por la
regularidad en el desarrollo de las funciones administrativo – académicas que se le asignen.
-Cumplir las obligaciones específicas que les corresponden, sin perder de vista el
funcionamiento general del establecimiento.
-Atender cursos cuando se produzcan inasistencias de profesores. En tales casos deberá
trabajar con los alumnos, de preferencia en técnicas de estudio (procedimientos de lectura,
consulta de textos, diccionario, fichaje de textos, redacción de informes, esquemas de
investigación bibliográfica, elaboración de documentos, confección de gráficos, etc.).
-Realizar los trabajos de rutina administrativa que se le encomienden: matrícula; libros de
registros; boletines; archivo de documentos; atención de cursos en exámenes y pruebas;
manejo de documentos oficiales; etc.
-Instruir directamente a los estudiantes en relación con la estructura y funcionamiento de
establecimiento, con el propósito de una mejor adaptación de estos.
-Desarrollar y supervigilar la enseñanza correctiva respecto de hábitos de aseo,
comportamiento disciplinario, cultivo de habilidades sociales de adaptación y de las buenas
relaciones humanas; actitud de prevención de riesgos y de seguridad personal; mantención
y cuidado del mobiliario escolar, del edificio, etc.
-Informar oportuna y verazmente, oralmente o por escrito, a las autoridades de
establecimiento (Inspector general, Jefe administrativo o Director), de las situaciones
irregulares respecto del recinto, del edificio y de la conducta de los estudiantes,
especialmente cuando la solución de los problemas escapa a sus atribuciones y
posibilidades.
-Adoptar las medidas necesarias, aun cuando no estén establecidas formalmente, para la
seguridad de los estudiantes, a su llegada al colegio, durante su permanencia en él y a la
salida de mismo.
-Ayuda al mejoramiento de la convivencia y el buen comportamiento de los estudiantes.
-Fiscalizar la disciplina de los alumnos.
-Ayudar en la fiscalización del mantenimiento del orden y limpieza del establecimiento.
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-Cualquier otra tarea que el Inspector General o el Director le encomiende.
UNIDAD ADMINISTRATIVA:
-Recepción de la correspondencia y establecer procedimientos para el oportuno despacho
de la misma.
-Confeccionar los documentos que envían el establecimiento.
-Mantener los archivos del establecimiento en forma ordenada y de fácil manipulación para
no perder tiempo en buscar antecedentes.
-Apoyar a la unidad Técnico-Pedagógica e Inspectoría General mecanografiando informes,
documentos técnicos, instructivos, etc.
-Mantener un registro clasificando de permisos administrativos (con y sin goce de
remuneraciones) y de las licencias médicas del personal.
-Recolectar los ingresos provenientes de la cancelación de los Derechos de Matricula y
otros; así como mantener los registros que se requieren, de acuerdo a instrucciones de
Departamento de Educación Municipal. Además, deberá efectuar los depósitos bancarios y
confeccionar los informes financieros correspondientes.
-Mantener en forma ordenada un registro de los inventarios que sean de propiedad del
establecimiento.
Llevar al día las informaciones que requiere Inspectoría General para la confección de los
boletines de subvención así como el detalle de alumnos matriculados , asistentes ,
retirados, inasistentes, atrasados, autorizados, por curso o en relación a otras variables que
se establezcan.-
Otras tareas que el Inspector General o el director le encomienden.-
SECCION BIENESTAR:
Programar, organizar y supervisar toda actividad extra programática que diga relación con
el esparcimiento y la sana distracción del personal y alumnado, tendiente al desarrollo de
todas las actividades del establecimiento, en un ambiente grato y con relaciones humanas
óptimas.-
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DOCENTES:
Funciones principales:
Contribuir al cumplimiento de las funciones del establecimiento educacional, que son:
a) Orientar al desarrollo integral y armónico del alumno.
b) Contribuir a formar en él los valores, actitudes y hábitos que persigue la educación
nacional.
c) Proporcionarle los medios para que adquiera la cultura conveniente a su
potencialidad de modo que pueda comprender su propio cambio y los que suceden
en el mundo actual y sean capaces de adaptarse constructivamente a ellos.
d) Guiarlo a través del proceso educativo , para que aprenda a conocerse y apreciarse
objetivamente , y logre orientar su vida y realizarse como individuo en actividades
socialmente útiles , sea en otros niveles educacionales , en el campo del trabajo o
en grupos socio – culturales.
-Detectar las conductas de entrada de los alumnos participantes (diagnóstico).
-Informar a la unidad técnico – pedagógica sobre los resultados del grupo curso.
-Mantener un cuaderno de planificación con el desarrollo de las unidades de
aprendizaje.-
-Cumplir con la aplicación de los programas vigentes.-
-Evaluar el cumplimiento de los objetivos, registrando oportunamente los resultados de
las evaluaciones sumativas en el libro de clases, e informar a la unidad Técnico –
Pedagógica respecto de aquellos casos de notas insuficientes.-
-Efectuar en forma veraz y oportuna, todas las anotaciones y registros que corresponde
hacer en el libro de clases (asistencia, atrasos, observaciones, etc.).-
-Autorizar, por escrito, las salidas de alumnos desde la sala de clases (en la libreta de
comunicaciones del alumno).-
-Cumplimiento de los horarios establecidos.-
-Cumplir oportunamente con sus actividades docentes, de acuerdo al calendario
escolar, calendario de finalización de actividades u otros plazos que sean fijados por la
Dirección, Unidad Técnico – Pedagógica o Inspectoría General.-
-Registrar oportunamente en el libro de clases aquellas situaciones de indisciplina que
provoquen los alumnos en clases , informado de inmediato a Inspectoría General.-
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-Informar oportunamente a Inspectoria General respecto a cualquier situación anormal
que se aprecie en el establecimiento.
-Asistir a los consejos de profesores.-
-Otras labores que se le encomienden.-
Funciones especificas de los profesores jefes:
-Mantención del libro de clases del curso: cumplir con las instrucciones para el uso del
libro de clases que en este aparecen; mantener al día el horario del curso; indicar el
nombre del profesor de cada asignatura; completar datos de los alumnos; completar
registros de observaciones; mantener en buen estado el libro de clases.-
-Preocuparse del cuidado y mantención del buen estado de la sala de clases, nombrando
turnos, que se preocupen del aseo y ornato y fiscalizando su funcionamiento.-
-Preocuparse del estado físico de la sala de clases: vidrios, mobiliario, luz , pizarrón ,
diario mural.-
-Mantener una constante información oral y/o escrita cuando Inspectoria general lo
solicite, en cuanto a : atrasos de los alumnos; inasistencias reiteradas; conducta.
-Preocuparse del rendimiento y avance de los alumnos, así como de las dificultares de
aprendizaje que se presenten, y coordinar acciones e información con el respectivo
profesor de asignatura y la Unidad Técnico – Pedagógica.-
-Dar una adecuada orientación grupal sobre temas de interés, que pueden ser sugeridos por
la Unidad Tecnico-Pedagogica, Docentes, Alumnos o de iniciativa propia
-Mantener al día registro de actividades realizadas como profesor jefe y en consejo de
curso.
-Confeccionar actas, certificados y otros documentos solicitados por la Dirección del
establecimiento.
-Sentirse identificado como profesor jefe del curso.
Funciones Específicas de los Profesores de Asignaturas:
Colaborar con el profesor jefe en la mantención del libro de clases, registrando clara y
oportunamente los siguientes antecedentes: inasistencias; subvención, cuando su horario
corresponda a la segunda hora de clases; registro de actividades en la asignatura que sirve;
firmar cada una de las horas de clases realizada; fijar y registrar las fechas de prueba;
informar a la Unidad Tecnico-Pedagogica los casos de calificaciones deficientes, para
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coordinar acciones remédiales; registrar los objetivos y resultados del diagnostico; registrar
los cambios en las actividades programadas; registrar en la hoja de vida de cada alumno las
observaciones positivas o negativas sobre su comportamiento.
-En el proceso de enseñanza-aprendizaje, tener en cuenta las diferencias individuales y
mantener informado al profesor jefe sobre los rendimientos individuales, así como sobre la
disciplina y comportamiento general del curso.
SECCION SERVICIOS MENORES:
-Controlar, coordinar y ejecutar las labores referidas a la seguridad, mantención y ornato
de las dependencias del establecimiento
-Mantener el aseo y conservación de los muebles y dependencias del establecimiento (salas
de clases, sala de profesores, biblioteca, oficinas, etc.).
-Ejecutar las reparaciones menores del mobiliario e instalaciones.
-Mantener en óptimo estado de funcionamiento los servicios higiénicos, instalaciones
eléctricas, etc.
-Preocuparse de la existencia de ampolletas, tisa y materiales de aseo e informar
oportunamente de los problemas de este tipo al Inspector General.
-Atender y orientar adecuadamente al público o estudiantes del Establecimiento.
-Impedir la entrada de personas extrañas al establecimiento, las cuales podrán hacerlo solo
en el caso de contar con la debida autorización del Director o del Inspector General.
-Realizar labores de portería.
-Otras tareas que el Inspector General o el Director le encomienden.
UNIDAD TECNICO – PEDAGOGICA:
Funciones Principales:
-Asesorar a los docentes del Establecimiento en materias técnico – pedagógicas.
-Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar impulsando planes y programas
especialmente de reforzamiento del aprendizaje de los alumnos participantes.
-Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación del
proceso de enseñanza-aprendizaje.
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-Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades de orientación
educacional, vacacional, y profesional, cuando corresponda.
-Supervisar el desarrollo de los contenidos programáticos adecuándose con criterio de
flexibilidad curricular.
-Promover la aplicación de medios, métodos y técnicas de enseñanza que aseguren con
efectividad el aprendizaje de los alumnos.
-Determinar los recursos técnicos necesarios y programar el desarrollo de acciones de
perfeccionamiento y/o capacitación del personal docente.
-Evaluar, durante el transcurso del año escolar y en su finalización, las acciones
curriculares desarrolladas con fines de verificar el nivel de los logros alcanzados y
proponer las acciones que correspondan.
-Velar por la adecuada aplicación de los planes y programas de estudios vigentes.
-Sugerir y colaborar en la experimentación de técnicas, métodos y materiales de enseñanza,
para una optimización del trabajo a nivel del aula.
-Realizar estudios que permitan determinar necesidades en aspectos metodológicos del
personal docente, con fines de contribuir a su perfeccionamiento.
Asesorar específicamente a los profesores jefes en sus funciones de guía del alumno, a
través de la jefatura, Consejo de Curso, proporcionándole material de apoyo en su labor.
-Elaborar informes u oficios relacionados con materias técnico – pedagógicas.
-Mantener un archivo con información completa y actualizada de carácter técnico, para
consultas y apoyo (Circulares, Decretos, Banco de Itemes, etc.)
-Otras labores de carácter técnico que se le encomienden.
SECCION EVALUACION
-Asesorar a los docentes en las etapas de organización, programación y desarrollo de las
actividades de evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje.
-Orientar al profesorado hacia la correcta interpretación de las disposiciones legales y
reglamentarias vigentes, sobre evaluación y promoción de alumnos.
-Contribuir al perfeccionamiento del personal docente en materias de evaluación.
-Programar y ejecutar sesiones de trabajo, talleres, seminarios, foros, etc., para estudiar y
analizar las varias técnicas de evaluación y los distintos recursos didácticos.
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-Colaborar en la detección de problemas de aprendizaje de los alumnos, investigar las
causas y proyectar situaciones de ajuste, con el fin de disminuir la repitencia y deserción.
-Velar por la validez de los instrumentos de evaluación utilizados por los profesores a
través de una supervisión oportuna.
-Implementar y mantener un banco de Itemes.
-Otras labores que se le recomienden.
SECCION PLANES Y PROGRAMAS
-Velar por la correcta aplicación de los programas de estudio.
-Coordinar y asesorar la programación de las actividades propias de Programas Especiales.
-Proponer, al nivel que corresponda, las readecuaciones necesarias de los programas
vigentes, de acuerdo con las necesidades y características propias de la comunidad escolar
y conforme con las normas vigentes.
-Colaborar en la realización experimental sobre técnicas de aprendizaje para los alumnos
de un curso, nivel, asignatura o especialidad.
-Sugerir los métodos, las técnicas y el material de enseñanza más apropiado para el
rendimiento escolar.
-Evaluar permanentemente la aplicación de planes y programas, a fin de readecuar la
acción en forma oportuna e inmediata cada vez que sea necesario asegurar la consecución
de los objetos.
-Otras labores que se le encomienden.
SECCION ORIENTACION:
-Planificación de las actividades de orientación a través de una programación semestral y/o
anual, compatibilizando las disposiciones emanadas de las jefaturas educacionales con las
necesidades establecimiento detectadas en el diagnóstico y en coordinación con el Plan
General de la Unidad Técnico Pedagógica.
- Organización de la acción orientadora de la unidad educativa (con los profesores jefes,
profesores de curso, etc.)
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-Coordinación de las actividades de orientación con otras secciones de la Unidad Técnico-
Pedagógica y demás unidades del establecimiento (Inspectoría General), y otros
organismos de la comunidad.
-Mantener un banco con la información y guía del alumno, principalmente carpetas y
archivos por curso e individuales, que contengan información relacionada con la historia
personal de los alumnos (expedientes individuales, fichas escolares, cuestionarios, test,
informes de personalidad, registros anecdóticos, etc.)
-Asesoría a los Profesores Jefes en la aplicación de Unidades, Pautas e Instrumentos de
Orientación, para el trabajo en horas de Consejo de Curso, Orientación Individual y grupal
y actividades de Escuela para Padres.
-Supervisar los aspectos descritos en el punto anterior.
-Evaluación permanente de todas las actividades realizadas en la relación a los objetos
fijados en la planificación de la Acción Orientadora con miras a la retroalimentación de
este proceso orientador.
-Supervisar y evaluar permanentemente el desarrollo de la tarea orientadora de la Unidad
Educativa.
SECCION DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES:
-Planificar las actividades extraescolares de acuerdo a los intereses detectados en los
alumnos participantes.
-Organizar y coordinar la acción de cada uno de los docentes responsables de las distintas
actividades extraescolares.
-Supervisar, evaluar e informar permanentemente el desarrollo de las actividades
extraescolares de la Unidad Educativa.
-Perfeccionar al personal que participa en las actividades extraescolares.
-Asesorar al Jefe de la Unidad Técnico-Pedagógica y al Director del establecimiento en
materias de su competencia.
-Otras labores que se le encomienden.
SECCION BIBLIOTECA:
-Elaborar y actualizar el reglamento para el funcionamiento de la Biblioteca.
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-Responsabilizarse de todo el material a su cargo y registrar, clasificar, catalogar las obras,
según las normas modernas que faciliten las consultas y búsquedas de autores y materiales.
-Confeccionar las fichas activas del libro y la ficha del lector, informando oportunamente
al Jefe de la Unidad Técnico-Pedagógica sobre cualquier anormalidad.
-Habilitar ficheros para su mejor empleo, manteniéndolos permanentemente al día.
Dar a conocer las nuevas adquisiciones hechas por la biblioteca, a través de boletines
informativos para alumnos y personal.
-Proponer iniciativas tendientes a aumentar la dotación de textos y otros elementos, a
mejorar las condiciones de la atención, estimular el hábito por la lectura y la investigación.
-Confeccionar la estadística relativa a los lectores y obras, dando cuenta al Director de las
devoluciones pendientes de libros solicitados por alumnos y demás personal.
-Conectarse por conducto regular con las Instituciones y personas que puedan contribuir al
enriquecimiento bibliotecnológico.
-Efectuar las reparaciones necesarias en los libros que tengan deterioros menores.
-Informar oportunamente sobre las reparaciones mayores que sean necesario efectuar para
restaurar el empaste, encuadernación, o archivos de libros al Jefe de la Unidad.
-Atender las funciones administrativas o de otra índole que le sean encomendadas durante
los recesos escolares o no funcionamiento de la Biblioteca.
-Estar en conocimiento de la bibliografía consulta en los Programas de Estudios del
establecimiento.
-Orientar a los alumnos en la búsqueda de materiales informativos para sus trabajos de
investigación.
-Estimular y guiar a los alumnos en todas las fases de la lectura, para que esta sea
provechosa, de tal manera que encuentren en ella satisfacción intelectual, goce estético e
identificación de intereses.
-Enseñar a utilizar los materiales impresos como audiovisual de la sección.
Asesorar a los docentes en la selección y el uso de todos los materiales de la sección que
pueden contribuir a la aplicación de los programas de estudios.
-Mantener un diario mural actualizado en la salan de lectura.
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EQUIPO DE GESTION:
Estará integrada por el Director (que lo convocará y presidirá), Inspector General, Jefe de
la Unidad Técnico –Pedagógica y Orientador. Cuando sea necesario, el Director podrá
incorporar a la sesión a otros docentes o encargados de sesión.
Funciones Principales
-Asesorar al Director de la Unidad Educativa.
-Estudiar iniciativas en beneficio de la comunidad escolar.
-Estudio de problemas de tipo general, relacionados con la marcha del establecimiento.
CONSEJO DE PROFESORES:
OBJETIVOS PRINCIPALES:
-Mantener informado al cuerpo docente sobre la marcha general del establecimiento.
-Constituirse en instancia de participación docente.
-Asesorar al Director del Establecimiento.
CLASIFICACIÓN DE CONSEJOS DE PROFESORES:
-Consejo General de Profesores.
-Consejo de profesores jefes
-Consejo de profesores de curso
-Consejo de profesores de Asignatura
-Consejo de profesores de Enseñanza
Funciones Principales:
-Cooperar con la Dirección y Unidad Técnico Pedagógica en actividades de
la Unidad Educativa.
-Promover el perfeccionamiento de sus integrantes.
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-Analizar el rendimiento de los alumnos y buscar soluciones conjuntamente
con la Unidad Técnico Pedagógica para mejorar el proceso de enseñanza
aprendizaje.
-Pronunciarse respecto a cualquier otra materia en que sea solicitada su opinión´
por parte del Director.
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ANEXO REGLAMENTO INTERNO DEL CEIA
“Claudio Mette Pérez” San Carlos”
Abril de 2014
El presente cuerpo legal, tiene por objeto establecer y/o complementar el Reglamento
Interno vigente del CEIA.
I ) DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES
Artículo.1°: Se entenderá por docente todo profesional de la educación que tenga
contrato vigente con la Ilustre Municipalidad de San Carlos y que desempeñe sus
funciones bajo la dirección del CEIA, sea que se encuentre destinado en el
establecimiento ubicado en Gazmuri N° 451, o en cualquier otra dependencia adscrita a
esta unidad educativa.
Artículo 2°: En todo lo no previsto en las normas siguientes se entenderán plenamente
aplicables las normas del Estatuto Docente, especialmente las que dicen relación con las
funciones de los docentes señaladas en el artículo 17 de dicho Estatuto.
Artículo 3°: En general, el deber de los docentes es aplicar los planes y programas
elaborados por el Ministerio de Educación y las instrucciones que la Dirección del
establecimiento dicte a fin de complementar dichos planes y programas.
Sin perjuicio de lo anterior, son también deberes del docente, los siguientes:
a) Crear y fomentar las condiciones apropiadas de aprendizaje de los
alumnos(as) en el ámbito de su asignatura o especialidad, proporcionando las
orientaciones requeridas.
b) Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades
docentes de su especialidad.
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c) Fomentar e internalizar en el alumnado valores, hábitos y actitudes y
desarrollar la disciplina de los alumnos, especialmente a través del ejemplo personal.
d) Integrar los contenidos de su asignatura con los de otras disciplinas.
e) Desarrollar las actividades de colaboración para las que fue designado
por la autoridad superior.
f) Cumplir el horario de clases para el cual se le ha contratado.
g) Asistir a los actos educativos, culturales y cívicos que la Dirección del
establecimiento determine.
h) Contribuir a cuidar los bienes del establecimiento, y responsabilizarse de
aquellos que se le entreguen a su cargo según inventario.
i) Mantener al día los documentos relacionados con su función y entregar
en forma precisa y oportuna la información que la Dirección solicite.
j) Participar en los consejos técnicos que le competan
k) Ser reconocido como profesional capaz, creativo y eficiente.
l) Ser respetado como persona y como profesional.
m) Participar, siempre que le sea posible, en la toma de decisiones que
afecten el quehacer del establecimiento.
n) Contribuir eficaz y constructivamente al logro de los objetivos
educacionales.
o) Identificarse con el establecimiento.
p) Cautelar que el horario que cumpla en otro establecimiento educativo no
coincida con el horario de clases normales del CEIA.
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Artículo 4°: Los profesores jefes cumplirán, especialmente, las siguientes obligaciones:
1) En relación con el Libro de Clases:
a) Cumplir con las instrucciones para el uso del Libro de Clases que en éste
aparecen.
b) Mantener al día el horario del curso.
c) Indicar el nombre del profesor de cada asignatura.
d) Registrar asistencia en sus horas de clases.
e) Completar datos de los alumnos.
f) Mantener en buen estado el Libro de Clases.
g) Completar registros de observaciones
2) En relación con la sala de clases:
a) Preocuparse del aseo y ornato de la sala de clases.
b) Preocuparse del buen estado estético de la sala de clases.
c) Preocuparse de que ninguna persona fume en la sala de clases;
3) En relación con la disciplina de los alumnos:
a) Mantener constantemente el control de los alumnos(a) en la sala de
clases, como en otras dependencias del Establecimiento.
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b) Proporcionar Información oral y/o escrita cuando los estamentos superiores lo
soliciten, sobre:
- Atrasos de los alumnos.
- Inasistencias reiteradas
- Indisciplina.
- Conductas inapropiadas, como por ejemplo drogadicción, alcoholismo
u otras.
4) En relación con el proceso de enseñanza – aprendizaje:
a) Preocuparse del avance y rendimiento de los alumnos y de las
dificultades de aprendizaje que éstos presenten;
b) Dar una adecuada orientación grupal e individual, basada en temas
sugeridos por la UTA, profesores de asignaturas, del alumnado.
c) Sentirse identificado como profesor jefe del grupo curso.
d) Mantener al día registro de actividades realizadas en consejo de curso.
e) Confeccionar todos los documentos solicitados por la Dirección de la
Unidad Educativa.
f) Buscar las estrategias para incentivar la integración en el proceso de
enseñanza - aprendizaje de aquellos alumnos desmotivados o que por cualquier otra razón
no estén cumpliendo con los requisitos académicos de promoción.
Artículo 5° : Los profesores de asignaturas estarán obligados, especialmente, a:
a) Desarrollar las clases y actividades de acuerdo a lo planificado en su
asignatura, según programa de estudio pertinente.
b) Mantener al día el registro de actividades en la asignatura que sirve.
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c) Preocuparse de firmar cada hora de clase realizada.
d) Colaborar con el Profesor Jefe registrando inasistencias y subvención
correspondiente en el libro de clases del curso, de acuerdo a las instrucciones impartidas
por la Unidad Administrativa.
e) Fijar las fechas de evaluaciones con adecuada anticipación, procurando
la participación de los alumnos en estas decisiones.
f) Avisar con la debida anticipación a la Dirección del Establecimiento
cambio de actividades lectivas cuando lo hubiere.
g) Entregar oportunamente las Unidades de Aprendizaje a tratar en el año
lectivo correspondiente (planificación).
h) Tener en consideración, en el proceso de enseñanza aprendizaje, las
diferencias individuales y el nivel de rendimiento propio de cada alumno.
i) Informar al profesor jefe y a la UTA acerca de los alumnos que
presenten problemas de asistencia a clases y que no rindan evaluaciones.
j) Informar oportunamente al profesor jefe y a Inspectoría General de
cualquier irregularidad disciplinaria del curso.
k) Registrar en la hoja de vida de los alumnos las observaciones positivas y
negativas sobre comportamiento.
Artículo 6°: Reconócese a los docentes los siguientes derechos y atribuciones:
a) Ser respetado como persona y profesional, tanto por sus superiores y en
general, por la comunidad educativa.
b) Ser acogido y atendido en un clima organizacional grato.
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c) Ser informado, íntegra y oportunamente, y por canales oficiales,
respecto de cualquier hecho que afecte sus deberes y derechos, o que afecte al
establecimiento en que se desempeña laboralmente.
d) Ausentarse del establecimiento de acuerdo a la ley vigente.
e) Opinar, por los canales adecuados, sobre cualquier tema relacionado
con su desempeño profesional o que afecte al establecimiento. Especialmente este
derecho podrá ser ejercido en las instancias de participación que brinda la Dirección,
como el Consejo de Profesores y otros.
f) Defenderse de cualquier imputación o acusación que afecte su
desempeño profesional. Se presumirá la inocencia del docente hasta el momento en que
existan antecedentes que demuestren la realidad de dichas imputaciones.
g) Usar responsablemente todas las instalaciones y medios materiales y
virtuales del establecimiento en la medida necesaria para el logro de sus deberes y
derechos.
h) Definir y aplicar autónomamente, respetando los planes y programas
vigentes, la metodología educativa que estime más efectiva para realizar su función
docente. Asimismo, el docente es autónomo respecto de la definición y elección de los
sistemas que utilice para calificar a sus alumnos, sin perjuicio de las reglamentaciones
vigentes al respecto.
Artículo 7°: Todo docente tendrá derecho a ausentarse del establecimiento, conforme a
las reglas siguientes:
1° Las ausencias de los docentes sólo podrán estar motivadas en las siguientes causales:
licencias médicas, permisos administrativos, e imprevistos.
2° Licencias médicas: El docente que tenga que hacer uso de una licencia médica deberá
presentar su licencia directamente al DAEM, con la documentación completa que se le
exija.
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3° Permiso Administrativo: Quien solicite permiso deberá respetar el procedimiento
siguiente:
a) Elevar con anticipación, cuando sea posible, la solicitud respectiva al
Director, en coordinación con el Jefe de la UTA, quien tendrá la responsabilidad de
cautelar que la tarea del docente ausente sea desarrollada por un reemplazante.
b) El docente que solicite permiso, cuando sea posible, deberá proporcionar
a la UTA una guía, trabajo o examen, según corresponda, que permita atender a los
cursos durante la ausencia del profesor titular;
4° Gira de Estudios: Los docentes que participen en giras de estudio como
responsables de delegación y/o acompañantes deberán:
a) Presentar anticipadamente su planificación (proyecto) a la UTA para su
aprobación.
b) Aprobada la planificación, el o los docentes que participen en la gira
deberán preocuparse de entregar material de trabajo para la atención de los demás cursos
que le hayan sido asignados y que no participen en la gira.
5° Imprevistos: Para ausentarse de sus funciones por circunstancias imprevistas el
docente deberá cumplir con:
a) Comunicar, por el medio más expedito posible, el motivo de su
ausencia. De encontrarse impedido de dar este aviso personalmente, lo hará su familiar
más cercano.
b) Una vez que el establecimiento reciba el aviso a que se refiere la letra
anterior, la responsabilidad de dotar de un reemplazante a los alumnos del ausente será
del jefe de la UTA.
c) El docente reemplazante designado por el jefe de la UTA recibirá la
información y el material correspondiente para un efectivo reemplazo del ausente.
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d) En caso de no existir personal disponible para reemplazos, será el jefe
técnico quien iniciará el trabajo del curso, coordinando esta acción con la Inspectoría
General para el resguardo de la disciplina en el establecimiento.
SAN CARLOS, ABRIL DE 2014.
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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
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Abril AÑO 2014
Introducción
El Centro de Educación Integrada de Adultos “Claudio Matte Pérez” de la ciudad de San
Carlos, establecimiento educacional creado por Decreto Supremo N º 02323 del 30 de Julio de
1982, R.U.T. N º 70.963.300-7, que funciona en calle David Gazmuri Nº 451 y sus demás sedes, se
regirá en cuanto a su funcionamiento interno por el presente Reglamento sin perjuicio de la
aplicación de las Leyes, Reglamentos o Normas ya dictadas o que se dicten por las autoridades
educacionales, nacionales, regionales, provinciales o comunales.
TITULO I
NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR
El Reglamento de Convivencia Escolar del Centro de Educación Integrada de
Adultos (CEIA) “Claudio Matte Pérez”, de la ciudad de San Carlos, surge como una
necesidad relevante de su Proyecto Educativo, al poner énfasis en una concepción integral
del hombre como persona, que asume responsablemente sus obligaciones y derechos en un
mundo dinámico y cambiante, que mantiene una interacción e interrelación comprometida,
participativa, responsable, solidaria e informada, con valores y actitudes que son la base
para el desarrollo personal y social, donde la armonía, el progreso y el equilibrio, tanto
humano como ecológico, constituyen una garantía y seguridad para las actuales
generaciones en formación y para las futuras que enfrentarán el presente siglo.
Párrafo 1º
Generalidades
Artículo 1º: Ámbito de aplicación. El presente reglamento normará el quehacer
educacional, las obligaciones, derechos y comportamientos de los alumnos y del
personal, la organización interna, las funciones del personal, horarios de funcionamiento
y procedimientos generales sobre el trabajo interno del establecimiento.
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Artículo 2º: Obligatoriedad de aplicación. Las disposiciones de este Reglamento
serán de carácter obligatorio tanto para alumnos como para todo el personal que cumple
funciones en el CEIA. El incumplimiento, en el caso de los alumnos dará origen a las
sanciones que este mismo Reglamento contempla y en el caso del personal, a las que
resulten de las determinación de los estamentos superiores y que se determinen en
Sumarios Administrativos.
Artículo 3º: Ninguna persona de aquellas a las que se refiere el artículo anterior
podrá alegar desconocimiento de las normas contenidas en el presente Reglamento una
vez que éste se le haya comunicado oficialmente, de lo que se dejará debida constancia.
En el caso de los alumnos, al momento de la matrícula y en el caso del personal al inicio
del proceso escolar o laboral.
Artículo 4º: Horario de funcionamiento. El horario de inicio de las actividades
escolares será a las 19:30 horas para los alumnos. El personal directivo, técnico-
pedagógico, paradocente, administrativo y de servicios deberá estar en el
establecimiento a más tardar a las 19:15 horas debiendo permanecer en él durante todo
el horario de la jornada, en tanto que los docentes comenzarán sus actividades en el aula,
en la hora prefijada para cada asignatura en el horario del establecimiento y, de igual
modo, las culminarán en la hora de término de la clase. Cada jornada de funcionamiento
del colegio comenzará a las 19:15 horas y culminará a las 24:00 horas.
Artículo Nº 5: La jornada diaria se dividirá en dos partes, dejando entre ellas un
recreo.
Párrafo 2°
Obligaciones básicas de los alumnos
Artículo 6º: Asistencia a clases. Todos los alumnos tienen como primera y esencial
obligación asistir a clases y permanecer en el establecimiento durante todo el desarrollo
de la jornada, y cumplir a cabalidad los requerimientos escolares específicos que se les
impongan.
Si el alumno necesita retirarse del establecimiento antes del término de la
jornada, deberá solicitar permiso. Los permisos para retirarse del establecimiento
deberán ser debidamente autorizados por el Inspector General o la persona designada
por la Dirección del establecimiento, previa visación por escrito del profesor de la clase
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correspondiente al horario de retiro. Del retiro quedará constancia, con firma del alumno,
en el Libro de Registro de Salidas.
Toda inasistencia deberá ser justificada. Para ello, el alumno deberá presentar la
documentación correspondiente. Si la inasistencia se debe a motivos laborales, podrá ser
justificada con carta extendida por el empleador. En caso de enfermedad, con certificado
médico o comprobante de atención en servicios de urgencia. La presentación de estos
documentos no deberá ser con posterioridad a dos jornadas de funcionamiento. Toda la
documentación quedará disponible en la unidad administrativa para ser consultada por
el profesor de asignatura.
Artículo 7º: No se considerará como ausencia de clases aquellas inasistencias
motivadas por la participación del alumno en actividades extraprogramáticas o
académicas, en representación de su curso o del establecimiento.
Artículo 8º: Todos los alumnos deberán cumplir con sus horarios, tareas y
actividades académicas, y tenderán al logro de los objetivos educacionales propuestos.
El incumplimiento de estos deberes será considerado en la forma establecida en el
título tercero del presente Reglamento.
Artículo 9º: Presentación personal. Todos los integrantes de la comunidad
educativa deberán cautelar en forma especial su presentación personal. La vestimenta a
usar será sobria, limpia y pertinente a la actividad que se desarrolla, al igual que los
accesorios y adornos.
Se recomienda a los alumnos abstenerse de portar joyas u otros objetos valiosos al
interior del establecimiento, por el riesgo de pérdida que ello conlleva y que no será
responsabilidad de la unidad educativa.
Artículo 10º: Los alumnos deberán apagar los teléfonos celulares al inicio de la clase, al
igual que cualquier otro aparato que interfiera con el normal desarrollo de las actividades
curriculares.
En caso de no acatar esta medida e insistir en el uso de estos aparatos el profesor estará
facultado para solicitarle al alumno o alumna hacer abandono de la sala de clases y en última
instancia proceder al retiro del utensilio para ser devuelto al término de la clase.
Cada alumno deberá preocuparse de cuidar y asegurar sus pertenencias personales. El
establecimiento no se responsabilizará por la pérdida de especies, tales como: celulares,
calculadoras, bicicletas, libros, etc.
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28 Artículo 11: Los alumnos deben contribuir y colaborar en el cuidado del mobiliario,
material de enseñanza e infraestructura del establecimiento.
Los daños y destrozos ocasionados en forma intencionada o negligente, serán de exclusiva
responsabilidad de la persona que ocasiona el daño y deberá responsabilizarse de los gastos de
reposición o reparación de éstos. Esta responsabilidad se hará efectiva en un plazo máximo de 48
horas, desde que sea establecida su responsabilidad.
Párrafo 3°
Normas de interacción
Artículo 12: Los alumnos deberán reconocer la autoridad y respetar las funciones que
desempeñan los distintos miembros de la comunidad educativa. En forma particular se deberán
observar las siguientes normas:
1) Respetarse mutuamente en el uso de los espacios disponibles para la
recreación.
2) Abstenerse de realizar juegos bruscos y/o violentos que pongan en peligro la
integridad física propia y/o la de los demás.
3) Usar adecuadamente el mobiliario de los servicios higiénicos, cuidando el aseo
y el orden requeridos.
4) No utilizar palabras vulgares, ni gestos obscenos y/o groseros en ninguna
circunstancia.
5) Los alumnos mantendrán un buen comportamiento en las salas de clases,
laboratorios, respetando su normativa interna, cuidando el mobiliario, los
libros y el material de consulta.
6) Los alumnos serán siempre cuidadosos en los laboratorios y talleres, tanto en la
permanencia en ellos como en su uso, debiendo respetar las normas de
seguridad y las instrucciones de los profesores y encargados de laboratorios y
talleres, especialmente al manipular elementos peligrosos.
7) Los alumnos mantendrán siempre una conducta adecuada en casino o
comedores, respetando espacios y orden de llegada, actuando con buenos
modales y consideración para con los demás.
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8) Los alumnos, tanto al ingreso como a la salida del establecimiento,
mantendrán siempre una conducta ejemplar evitando el vocabulario soez y
respetando a los demás.
9) Toda evaluación deberá ser realizada siempre en la sala de clases, taller o
laboratorio, según necesidad.
10) Los alumnos que representen al colegio en actividades públicas, comunitarias,
culturales o sociales, deberán mantener un comportamiento ejemplar, acorde
a su condición de adulto y estudiante.
11) Los alumnos deberán respetarse siempre entre ellos, así como a todo el
personal del establecimiento.
12) Los alumnos deberán usar en forma adecuada los bienes a su disposición: sala
de clases, mobiliario, material didáctico servicios higiénicos.
13) Los alumnos se abstendrán de consumir, portar y/o comercializar drogas antes
y durante las actividades escolares.
14) No se permitirá el ingreso de personas extrañas al establecimiento durante el
horario de funcionamiento.
15) Las alumnas y/o alumnos que por razones de fuerza mayor deban concurrir
con sus hijos menores deberán solicitar autorización al profesor con el que
tienen actividades. Los niños menores se abstendrán de deambular por las
dependencias sin la supervisión de sus padres.
16) Cualquier persona extraña al funcionamiento del establecimiento deberá
presentarse en portería e identificarse mediante documento oficial y
manifestar sus necesidades. Le quedará impedido su acceso al interior del
establecimiento: pasillos, salas, talleres, laboratorios, oficinas.
Artículo 13: De manera fundamental, se deberá guardar siempre un especial respeto por
la mujer y sus condiciones. Por otra parte, se deberán observar irrestrictamente las siguientes
normas, referidas a:
1) Las alumnas embarazadas. El establecimiento dará todas las facilidades para que
logren finalizar su año escolar y la continuidad de sus estudios.
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2) Promover y defender la vida. En la comunidad escolar se promoverá siempre el
respeto por el don de la vida, rechazando todo acto o ideología que sustente lo
contrario.
3) Evitar las discriminaciones de todo tipo. Se prohíben las actitudes
discriminatorias en relación a situación económica, social, cultural, étnica o de
nacionalidad, así como aquellas derivadas de opciones personales en materia
política, religiosa y condición sexual.
4) Integración y ayuda a personas enfermas o que sufran algún tipo de
discapacidad, favoreciendo su incorporación activa a la acción educativa, con
evaluaciones especiales si así fuera necesario y facilitando la continuidad o
término de sus estudios. En cuanto a las personas portadoras del virus del Sida
u otra enfermedad, el colegio adoptará, de común acuerdo con el afectado y/o
su familia, las medidas o el procedimiento a seguir para resguardar la
privacidad de su condición, si así lo solicitare y, la continuidad de sus estudios.
5) Cautelar al máximo la integridad psicológica y física de los distintos miembros
de la comunidad educativa.
Párrafo 4°
Procedimiento para clasificar las faltas
Artículo 14: Las faltas se clasificarán de acuerdo a las siguientes reglas:
1) Contexto en que se produce la falta: lugar, actividad, horarios, naturaleza o
relevancia de la actividad.
2) La gravedad de la sanción estará sujeta al contexto en que se produzca la falta.
En consecuencia, la graduación de la sanción deberá considerar:
a) Lugar en que se produzca la falta, debiendo distinguir entre: falta en el
interior del establecimiento o fuera de él.
b) Naturaleza de la actividad en la que se produce la falta (académica,
extraescolar u otra).
c) Relevancia para el establecimiento de la actividad en la que se produce la
falta.
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3) Presunción de inocencia. Se presumirá siempre la inocencia del imputado en
todas las etapas de la investigación. En consecuencia, durante la etapa de
investigación se evitará todo acto que implique prejuzgar al imputado, y
siempre se escuchará con imparcialidad la defensa o versión del imputado con
respecto a los hechos. Con todo, el establecimiento adoptará todas las
medidas estrictamente indispensables para asegurar los medios de prueba, la
protección de los intereses legítimos de los presuntos ofendidos y los intereses
superiores del establecimiento.
4) Consideraciones de agravantes y atenuantes. En toda sanción que se aplique de
acuerdo a este reglamento, deberán considerarse al momento de su aplicación
las siguientes agravantes y atenuantes; las que necesariamente deberán
modificar sustancialmente la gravedad de la sanción que se aplique:
a) Agravantes.
- Edad del infractor y del ofendido.
- El mayor grado de conocimiento que tenga el infractor, sobre los
contenidos de este reglamento.
- El rol que tenga el infractor y el ofendido.
- Se considerará mayor la falta si esta se produce en el curso de una
actividad curricular, y será aún más grave si la actividad en cuestión es de
relevancia para los intereses del establecimiento.
- La sanción se agravará en caso que el infractor actúe motivado por
enemistad, odiosidad, prejuicios, xenofobia, encargo o motivación
económica.
- Resultado de la falta, agravándose la sanción en forma proporcional al
daño causado.
b) Atenuantes.
- Si el daño causado ha sido leve.
- Si la edad del infractor permite presumir un actuar inmaduro.
- Las limitaciones físicas e intelectuales del infractor.
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- Haber actuado motivado por un impulso irresistible, reinvindicación de
una ofensa, o para proteger un interés legítimo.
- El arrepentimiento posterior y eficaz del infractor y petición de disculpa.
- Reconocer la falta y colaborar con la investigación.
- Reparar el mal causado o impedir sus ulteriores perniciosas
consecuencias.
5) Sanciones formativas y proporcionales. Se preferirá, en la medida de lo posible,
y de acuerdo a la gravedad de la falta aplicar sanciones formativas, tales como:
a) Un periodo de servicio escolar.
b) Realizar servicios pedagógicos.
c) Reparar el mal causado.
6) Técnicas alternativas de resolución de problemas. En el procedimiento de
aplicación de sanciones se dará preferencia a las siguientes alternativas a las
sanciones que naturalmente correspondan de acuerdo al reglamento.
a) Negociación: implica que el o los afectados estarán sujetos, en el caso de
faltas de carácter grave, a una instancia obligatoria de negociación, en la
que ambas partes buscarán una solución equitativa al problema surgido.
b) Mediación: De no resultar esta instancia de negociación, las partes podrán
nombrar a un tercero que obrará como mediador.
c) Arbitraje: En caso de que los interesados no aceptaren las conclusiones del
mediador, podrán recurrir a una instancia de conciliación y arbitraje. El
árbitro será elegido por las partes, y si ellas no concordaren en la persona
del árbitro, este será nombrado por el Director de la unidad educativa. La
resolución del árbitro será obligatoria.
7) Apelación. Toda sanción será apelable, en el plazo fatal de cinco días hábiles a
contar de la fecha en que se notifique de la sanción a los interesados. El
recurso deberá ser interpuesto por escrito y de él conocerá en única instancia
el Director del establecimiento, y en caso de que éste se encuentre
inhabilitado por cualquier causa, resolverá el Consejo de Profesores del
establecimiento, en sesión extraordinaria convocada especialmente para tal
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efecto. No obstante, la apelación de las sanciones a las faltas leves se
reservará solamente para la sanción de anotación en el libro de clases.
Artículo 15: La falta se describe como una infracción a la norma; la sanción como
la retribución, castigo o reparación que corresponda a la gravedad de la falta. Para la
calificación acertada este Reglamento pretende establecer procedimientos claros, justos y
ponderados, debidamente conocidos por la comunidad escolar.
Artículo 16: Se considerarán faltas leves las siguientes: atrasos; conversación
reiterada en clases; uso indebido del celular en la sala de clases; falta de aseo personal;
inasistencias; usar aparatos de reproducción musical, u otro elemento que perturbe la
atención y concentración del alumno, o de sus condiscípulos, en clases.
Artículo 17: Se considerarán faltas graves las siguientes: ejercer el comercio, sin
autorización, dentro del establecimiento; lenguaje grosero; desórdenes en la sala y en el
patio; salidas sin autorización del establecimiento; maltrato de mobiliario escolar, bienes
y equipos del establecimiento; hurto; injurias contra cualquiera de los integrantes de la
comunidad escolar, proferidas por cualquier medio y en cualquier lugar; acoso sexual;
vandalismo; falsear notas; negarse a rendir evaluación; fumar en el establecimiento;
llegar en estado de ebriedad y/o drogado; navegar por Internet en páginas no autorizadas
por el profesor en forma deliberada; ser sorprendido escribiendo grafittis o rayados
intencionalmente en las dependencias del colegio; salidas sin autorización del
establecimiento; copiar en una evaluación; solicitar materiales de estudio y no regresarlos
oportunamente; realizar proselitismo en el establecimiento.
Artículo 18: Se consideraran faltas gravísimas las siguientes: robo; falsear notas;
dañar intencionalmente bienes de los integrantes de la comunidad escolar; promover o
incitar actos de rebeldía en contra de los profesores o las autoridades del
establecimiento; tráfico y/o consumo de drogas; amenazar o agredir física o verbalmente
a cualquier persona que se encuentre dentro del establecimiento o en cualquier lugar en
que se desarrolle una actividad en representación del colegio; portar armas blancas o de
fuego; no reparar daños materiales; mantener relaciones sexuales dentro del
establecimiento o en una actividad académica o extracurricular fuera de él; cualquier acto
de acoso o abuso sexual; agresiones u ofensas directas o indirectas a funcionarios del
establecimiento.
Párrafo 5°
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Las sanciones
Artículo 19: Descripción de las sanciones:
1) Cuando se trate de un hecho de gravedad menor o leve se aplicarán las
siguientes sanciones:
a) Amonestación verbal por parte del profesor de asignatura y una
conversación con el alumno
b) Anotación en el libro de clases
c) Incurriendo en tres faltas leves durante un mismo periodo escolar el
alumno o alumna se derivará a entrevista(s) con el Orientador.
2) Cuando se trate de una falta grave se aplicarán las siguientes sanciones:
a) Enviar al infractor a la Dirección del Establecimiento.
b) Suspensión de clases por uno, dos o tres días, dependiendo de la gravedad
de la falta
c) En caso de reiteración de falta graves, la falta se considerará gravísima y
será sancionada conforme a esa categoría.
Junto con la aplicación de estas medidas, el establecimiento adoptará
acciones remediales tendientes a cambiar la conducta del alumno.
3) Cuando se trate de faltas gravísimas se aplicarán las siguientes sanciones:
a) Condicionalidad de la matrícula, sugerida por el Consejo de Profesores.
b) Cancelación de matrícula, sugerida por el Consejo de Profesores.
4) En caso de las faltas graves y gravísimas, aquellas que constituyan delitos, será
obligatorio para el responsable del establecimiento, denunciarlas a la justicia
Artículo 20: La notificación de sanciones será efectuada por los siguientes
estamentos, según gradualidad de la falta:
1) Faltas Leves: Serán notificadas por el profesor jefe.
2) Faltas Graves: Las notificará el profesor jefe, Inspector General, Jefe Unidad
Técnico-Pedagógica o Director .
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3) Faltas Gravísimas: Las notificará el Inspector General o el Director.
En el caso de las notificaciones de sanción por faltas graves y gravísimas, el
afectado será notificado por escrito, garantizando la debida comprensión de los alcances
de la sanción.
Párrafo 6°
Relación del establecimiento con la comunidad
Artículo 21: El establecimiento propenderá a un acercamiento cada vez mayor con
la comunidad extraescolar, especialmente con organizaciones comunitarias,
empresariales y demás fuerzas vivas de la comunidad. La relación se establecerá a través
de la Dirección del establecimiento y también a través de docentes comisionados para tal
efecto. Se deberán privilegiar actividades e intercambios que contribuyan al logro de los
objetivos establecidos en el proyecto educativo.
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PLAN DE CONVIVENCIA ESCOLAR
“Si aprendemos a convivir respetando a los demás, sintiendo que la
dignididad del otro es igual a la nuestra, si desde pequeños compartimos aprendizajes y
diversión con personas de diferente sexo, cultura, ideología o religión en un ambiente de
concordia, el respeto hacia el otro no habrá que reclamarlo, quedará impreso en nuestro
código de valores, formara parte de nuestras creencias más arraigadas y lo aplicaremos
a diario en la convivencia con los demás”.
1.- INTRODUCCIÓN
Entendemos la convivencia escolar como el conjunto de normas de conductas, pautas y
comportamiento que crean el clima adecuado para desarrollar las actividades educativas
y que facilitan la aceptación y el respeto del otro como persona, asumiendo que las
diferencias son enriquecedoras. Partiendo de esa idea general, nuestro PLAN DE
CONVIVENCIA ESCOLAR plantea dos líneas básicas:
La primera es establecer y dar a conocer las normas obligatorias de conducta, y trabajar
para que sean aceptadas y asumidas por todos los sectores implicados (profesores,
alumnos paradocentes, padres y apoderados). Estas normas deben regular el
comportamiento de los alumnos de la Unidad Educativa, incluyendo el respeto a los
profesores, a los compañeros, paradocentes y a las instalaciones del colegio, y deben
estar encaminadas a crear el clima propicio para realizar una buena labor educativa.
En este sentido, es importante integrar a los alumnos en la elaboración de estas normas,
ya que si las sienten como suyas, es más fácil que las conozcan y las respeten, y
también que en su caso, reconozcan su cumplimiento y rectifiquen. Asimismo, en los
casos en que se haga necesario aplicar las sanciones que establecen las normas,
consideramos que debe primar sobre cualquier otra consideración el carácter educativo y
formativo de esas sanciones.
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37 La segunda línea, complementaria con la anterior pero no menos importante, es
favorecer la convivencia entre los propios alumnos, a través de actividades que refuercen
la aceptación y el respeto a los demás, la colaboración, la solidaridad y el aprendizaje de
métodos de resolución de conflictos. Dentro de esos valores genéricos para la
convivencia se deben incluir la convivencia entre géneros, la convivencia intercultural y la
convivencia entre “iguales” que faciliten la aceptación de las diferencias como algo
enriquecedor para todos.
Así pues , la idea general de este Plan es que la convivencia no debe limitarse a
aspectos organizativos ni a una mera aplicación de sanciones disciplinarias, sino que
debe entenderse como una herramienta que ayude a la educación integral de los
alumnos/as y prevenga los conflictos.
Aún así, es evidente que los conflictos son inevitables en cualquier grupo humano. Por
eso, también es muy importante estar preparados para gestionar y resolver esos
conflictos. Los métodos empleados para resolverlos pueden convertirse, de hecho, en
una importante herramienta educativa que enseñe a los alumnos cómo enfrentarse a los
problemas de convivencia dentro y fuera del colegio. Por eso consideramos importante
aplicar a diario la resolución pacífica de conflicto como un elemento más de la formación.
De estas dos líneas básicas, se pueden concretar los objetivos generales que orientan el
Plan.
2.- OBJETIVOS GENERALES DEL PLAN
1° Concientizar a todos los sectores implicados de la Unidad Educativa, la
importancia de las normas de conducta y de la educación para la convivencia.
2° Potenciar al Consejo Escolar, Inspectoría General y Orientadoras, el
funcionamiento regular y efectivo de la Comisión de Convivencia como órgano
de análisis, discusión y prevención de los problemas de convivencia. Son
labores de esta comisión.
3° Generar en las aulas y en la Unidad Educativa en general, relaciones de
confianza y seguridad que se apoyen en el respeto mutuo, la diversidad, en el
diálogo y en la colaboración, a través de un protocolo claro y definido.
4° Fomentar la integración explícita de los temas relacionados con la convivencia
dentro de los contenidos curriculares, invitando a los profesores a que
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38 planifiquen de la forma más precisa posible las labores concretas que se van a
realizar en cada ciclo o en cada grupo.
6° Favorecer la comunicación entre el Profesores y Alumnos para que estos se
involucren en el Plan de Convivencia y favorezcan su cumplimiento. Para que
los adultos que intervenimos en la educación de los adolescentes y jóvenes
adultos mantengamos entre nosotros una buena convivencia, estaremos
“predicando con el ejemplo”.
7° Establecer y reforzar los canales para que los alumnos participen en la
elaboración de las normas básicas de comportamiento en la Unidad Educativa.
8° Favorecer la resolución pacífica y educativa de conflicto, implicando a los
alumnos en la misma.
3.- ACTIVIDADES A DESARROLLAR
Trabajar con los alumnos, en entrevistas individual, grupal o en reuniones generales, información acerca de la convivencia, en otros espacios diferentes al aula y/o en la Unidad Educativa.
Establecer actividades significativas en torno a la mejora de la convivencia:
a) Dramatizaciones sobre situaciones conflictivas que se producen en el aula o en
la Unidad Educativa.
b) Juegos que ayuden a la socialización.
c) Lectura de texto (cuentos) que descubren problemas relacionados con la
violencia, la falta de compañerismo, el mal trato, etc.
Dotar a la biblioteca de libros y materiales, relacionados con estos temas: violencia, compañerismo, relaciones personales, maltrato, etc. Algunas de las actividades del Plan de Lectura, se realizarán con estos contenidos.
4.- NORMAS DE CONDUCTA
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39 Las normas de convivencia son de obligado cumplimiento para todos los alumnos del
Establecimiento, según la Ley Nº 20.536, que modifica la Ley General de Educación
Nº 20.370 y responden a la necesidad de mantener, tanto dentro de las aulas como
en el resto del recinto escolar, un clima adecuado a la tarea educativa propia del
colegio.
Estas normas, según el texto, sitúa en el alumnado, padres, madres, apoderados,
profesionales, asistentes de la educación, docentes y directivos, la responsabilidad de
propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia y así prevenir todo tipo
de acoso, lo que tendrá vigencia para todos los sectores de la comunidad educativa y
en todas las actividades que se realicen en el recinto escolar. También tendrán plena
validez durante la realización de actividades extraescolares y complementarias que se
realicen dentro o fuera de la Unidad Educativa.
En ejercicio de la autonomía que la ley vigente concede a los centros educativos y
teniendo en cuenta las características de nuestro alumnado, concretamos las
siguientes normas de conducta generales para todo el alumnado del colegio:
1° Asistencia continua y permanente a clases.
.
2° La puntualidad diaria y en todas las actividades programadas por el
establecimiento.
3° El respeto a la autoridad del profesor y a cualquier miembro de la
comunidad educativa, tanto dentro del aula como en todo el recinto escolar.
4° El esfuerzo y el estudio constante, para conseguir el máximo desarrollo de
sus capacidades.
5° El cumplimiento en todo momento de las indicaciones pedagógicas de los
profesores y de las de cualquier miembro de la comunidad escolar con
responsabilidad educativa.
6° La participación activa en todas las actividades programadas en el colegio.
El mantenimiento de una actitud correcta en la clase, no permitiéndose el uso de
móviles, dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer la atención
y concentración del propio alumno o del resto de los alumnos.
7° El trato correcto a los compañeros, no permitiéndose, en ningún caso el uso de la
violencia física o verbal.
El respeto al derecho de sus compañeros a recibir una educación de calidad y en
un ambiente y convivencia adecuado.
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8° La realización y cumplimiento de los trabajos que los profesores recomienden
fuera del horario de clases.
9° El cuidado y respeto de todos los materiales que el colegio pone a disposición de
alumnos y profesores, tanto en las actividades escolares como extraescolar o
complementarias, así como en los servicios (comedor, gimnasio, baños,
laboratorios, etc.)
10° El cuidado de las instalaciones y del conjunto del edificio escolar.
La asimilación de estas normas de conducta, será siempre desde una perspectiva y
actuación preventiva, usando el diálogo y la participación como base de cualquier
corrección.
Todos los profesores de la Unidad Educativa tendrán la responsabilidad de que se
mantenga dentro del aula un clima de tranquilidad y armonía para que los alumnos
trabajen, estudien, aprendan, se relacionen y se respeten de forma adecuada.
Todos los profesores y personal que labora en el establecimiento están involucrados
en el mantenimiento de un buen clima de convivencia y en el cumplimiento de las
Normas de Conductas señaladas anteriormente.
Cualquier profesor, testigo de una infracción de dichas normas, cuando tenga
consideración leve, está facultado para abordar con el o los alumnos una medida
correctora de acuerdo a lo que establece la Ley 20.536. En caso contrario está
obligado a informar a la Directora del Establecimiento.
5.- PROTOCOLO DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS
DISCIPLINARIAS SEGUN CICLO DE ENSEÑANZA.
.
C.- ACTUACIÓN DE LOS ALUMNOS DE ENSEÑANZA BÁSICA.
Puntualidad en la entrada y salida de la sala de clases.
Subo y bajo las escaleras en silencio, sin correr y siempre por la derecha.
Durante el tiempo de recreo utilizo los papeleros, basureros del patio y pasillo.
Cuido la limpieza de las aulas, patio y aseo, tirando los residuos al basurero.
Por los pasillos y dependencias del colegio se va caminando, no se corre.
En el recreo estamos en la zona marcada para nosotros.
En la entrada a clases después del recreo, se respetará la puntualidad no pudiéndose quedar los alumnos rezagados en el patio ni en los servicios.
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En tiempo de clases se pedirá permiso al profesor para ir al baño (por necesidad urgente o enfermedad)
En la clase se estará en silencio, el tono de voz para hablar será bajo y se respetará el turno de palabra.
En el desarrollo de la clase existirá absoluto silencio, facilitando de este modo los aprendizajes. Se interrumpirá solo para hacer preguntas al profesor según lo amerite la asignatura.
No se admiten faltas de respeto a ningún profesor u a otro adulto que labore en la Unidad Educativa, ni a los compañeros/as. Tampoco agresiones físicas ni verbales.
Se colaborará en ayudar a los compañeros con dificultades.
Cuidar la higiene personal, y acudir al colegio bien presentados
El cabello debe estar limpio y con buena presentación para hombres y mujeres.
No se permite el uso y exhibición de elementos como joyas, ya que el establecimiento no se hace responsables frente a una perdida de dichos objetos.
No se debe mantener celulares encendidos en la sala de clases.
El uso de gorro no está permitido dentro de la sala de clases ni dentro del establecimiento, salvo en actividades realizadas al aire libre o en espacios abiertos y siempre que la situación climática lo amerite.
Uso correcto de su vocabulario durante toda la jornada escolar de los estudiantes.
No debe usar Notebook, en la clase.
D.- ACTUACIÓN DE LOS ALUMNOS DE ENSEÑANZA MEDIA.
Puntualidad en la llegada a todas las actividades del colegio.
Mantener un tono de voz adecuado (hablar, no gritar).
Subir y bajar escaleras en silencio, sin empujarse y por la derecha.
Cuidar todo tipo de materiales y mobiliario, en clase y en las demás dependencias del colegio.
Respetar a todos. Mantener tono adecuado de voz, aún en las discusiones y discrepancias. Sin agresiones verbales y menos aún agresiones físicas.
Realizar todos los trabajos que recomiende el profesor.
Cuidar la limpieza del colegio: aulas, patio, gimnasio, zonas comunes.
Traer todo el material necesario para sus actividades.
Cuidar la higiene personal, y acudir al colegio bien presentado.
El Cabello debe estar limpio y con buena presentación para hombres y
mujeres.
No se permite el uso y exhibición de elementos como piercing, joyas, tatuajes y mantener celulares encendidos en la sala de clases.
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El uso de gorro no está permitido dentro de la sala de clases ni dentro del establecimiento, salvo en actividades realizadas al aire libre o en espacios abiertos y siempre que la situación climática lo amerite.
Responsabilizarse de sus cosas personales.
Colaborar y ayudar a los compañeros con dificultades.
Uso correcto de cotona o delantal durante toda la jornada escolar de los estudiantes.
6.- PRESENTACIÓN PERSONAL
La correcta presentación personal demuestra una actitud de respeto a todos los
integrantes de la comunidad educativa.
Los estudiantes deben presentarse todos los días aseados, correctamente ordenado
y limpio.
8.- NORMAS CONDUCTUALES FRENTE A UNA SITUACION DE
BULLING.
La Ley General de Educación (N° 20.370) y sus modificaciones (Ley sobre violencia
Escolar N° 20.536), en el artículo 16° B, define el acoso como “toda acción u omisión
constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado (o bullyng), realizada fuera o dentro
del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva,
atentan en contra de estudiantes, valiéndose para ello de una situación de
superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último,
maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave,
ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y
condición”.
Para evaluar adecuadamente una falta, es necesario que la comunidad educativa
defina criterios, que permitan establecer si se trata de una falta leve, grave o
gravísima.
Entendemos por:
Falta leve: actitudes y comportamientos que alteran la convivencia, pero que no
generan daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad. Ejemplos:
atrasos, olvidar un material, uso del celular en clases, no entrar a tiempo a la sala de
clases, quitarle la pelota o los juegos a los más pequeños, etc.
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Falta grave: actitudes y comportamiento que atentan contra la integridad psicológica
de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones
deshonestas que afecten la convivencia. Ejemplos: dañar el bien común, agredir a
otros miembros de la comunidad educativa, ofender o intimidar a un docente o
asistente de la educación, falsear o corregir calificaciones, etc.
Falta gravísima: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física
y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa y que pudieran generar
daño mayor o permanente, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas
como delito. Ejemplos: robos, abuso sexual, tráfico de drogas, o el acoso escolar, etc.
Toda sanción se regirá de acuerdo a lo que establece el Proyecto de convivencia del
Establecimiento.
PROTOCOLO PARA ENFRENTAR EL BULLYNG.
1.-DETECCIÓN.
Responsable: Integrante de la Comunidad Educativa.
Al tener pruebas concretas: entrevista con los implicados, registro escrito, video u otro
medio verificable de la situación, se alerta a los responsables.
2.-EVALUACIÓN PRELIMINAR.
Responsables: Inspectora, Encargado de Convivencia Escolar, Docente que acoge la
situación.
Registro de información en el libro de clases.
Registro escrito en carpeta de citaciones.
Informar al profesor jefe.
Informar a Encargado de Convivencia Escolar, para configurar un estudio de caso.
Informar a Dirección cuando la gravedad del caso lo amerite.
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INTERVENCIÓN.
Responsables: Inspectora Encargado de Convivencia Escolar y docente que
acoge la situación.
Informar a las familias.
Derivar atención médica cuando corresponda.
Alertar el equipo técnico y autoridad del Establecimiento.
Informar según corresponda: Carabineros, P.D.I.
COMO PREVENIR EN ABUSO SEXUAL DE JÓVENES ADULTOS Y ADOLESCENTES EN EL ESTABLECIMIENTO.
Entenderemos por Abuso Sexual Infantil cualquier conducta de tipo sexual
que se realice con un niño o niña, incluyendo las siguientes situaciones:
1. Tocación de genitales al afectado por parte del abusador/a. 2. Tocación de otras zonas del cuerpo del por parte del abusador/a. 3. Incitación por parte del abusador/a a la tocación de sus propios genitales 4. Penetración vaginal o anal ya sea con sus propios genitales, o con otras
partes del cuerpo (Ej.: dedos), o con objetos (Ej.: palos), por parte del abusador/a.
5. Exposición de material pornográfico (Ej.: revistas, películas, fotos) 6. Contacto bucogenital entre el abusador/a y la persona afectada/o. 7. Exhibición de sus genitales por parte del abusador/ra a la persona afectada/o. 8. Utilización de jóvenes o niños en la elaboración de material pornográfico (Ej.:
fotos, películas).
Estas situaciones se pueden dar ya sea en forma conjunta, sólo una de ellas, o varias. Pueden ser efectuadas en un episodio único, en repetidas ocasiones o hasta en forma crónica por muchos años.
MEDIDAS DE PREVENCON.
Inspectoría General debe cautelar que ningún alumno/a se encuentre fuera de la sala de clase en sus respectivos horarios.
Es responsabilidad de inspectoría general e inspectores velar por la seguridad de los alumnos/a en los recreos como en la entrada y salida del colegio.
Los profesores y la Orientadora deben realizar sus entrevistas a el alumno/a en un lugar que no se preste para malos entendidos, es decir en un lugar visible para todos.
Es responsabilidad de los profesores educar a los Adolescentes, Jóvenes y Adultos/as en las siguientes áreas:
b) En Adolescentes y Jóvenes Adultos.
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Enseñarles que su cuerpo es suyo y la relación va siempre hasta donde el o ella quieran llegar: nunca más allá. No valen comparaciones, quejas, chantajes, imposiciones.
El que esté con su pololo/a no significa llegar hasta donde el o otros quieran llegar.
El que se este con una pareja estable no significa cumplir o someterse a los deseos del otro: propuestas, juegos…que te hagan sentir mal.
Reconocer los comentarios que son descalificaciones y agresiones y comunicárselas a su profesor.
Identificar las diferencias entre amistad, afectividad, asesoramiento, sexualidad engañosa.
Ser favorita para alguien especial, (tío, profesor, consejero…) no significa tener sexualidad.
La autoridad moral no implica poder sobre tu cuerpo, ni el crecimiento personal o el ser “amigos” implica sexualidad.
La sexualidad se vive en intimidad, pero las relaciones afectivas no se esconden. Lo que se oculta normalmente no es bueno: los sentimientos buenos se expresan y se comparten ante los otros.
Reglas básicas de todo docente ante un Joven Adolescente o Adulto que revela que estaría siendo víctima de abuso sexual:
Creerle, tratarlo con respeto y dignidad.
Brindarle confianza y seguridad manteniendo la calma. Escucharlo sin corregirlo, ni confrontarlo y sin hacer intentos de cambiar lo que dice.
No expresar desaprobación por el supuesto agresor.
Desculpabilizarlo. Decirle que los hechos ocurridos no fueron por su culpa.
No obligar a la persona comentar sentimientos que aún no está preparado para compartir.
Valorar su valentía de haberlo contado.
No aceptar mantener el secreto de lo develado, pero aclararle que lo contará a personas que pueden ayudarlo.
Recurrir a profesionales especializados que lo orientarán.
PROTOCOLO PARA ENFRENTAR UN CASO DE ABUSO SEXUAL.
En cuanto tenga un conocimiento certero de abuso sexual, debe proceder de la
siguiente manera:
1.- Informar al encargado de Convivencia Escolar o a la Directora del Establecimiento inmediatamente. 2.-El encargado de Convivencia Escolar o la Directora del establecimiento entrevistará al alumno/a para formarse su propia impresión y evaluación de la misma y registrará la situación en el libro de observaciones privadas. 3.- El encargado de convivencia Escolar, o Directora, solicitará a la orientadora una evaluación del problema que se ha detectado. 4.- En caso de comprobar que las conductas que presenta el alumno/a son propias de un abuso sexual, es responsabilidad del Establecimiento comunicar a los familiares cercanos del afectado/a para la denuncia correspondiente. 5,- Si los familiares no proceden hacer la denuncia es obligación del establecimiento denunciar el hecho ante la justicia. (Carabineros, PDI.). 6.-En caso de no comprobarse o no tener información suficiente para acreditar dicha denuncia se procederá de la siguiente manera: -El encargado de Convivencia Escolar avisará al profesor jefe o a la persona que informó el hecho y a los familiares del alumno/a involucrado/a.
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-El encargado de Convivencia Escolar y el profesor jefe mantendrá en observación al alumno/a en un plazo no menor a un mes en conjunto con la Orientadora. 7.- Cualquier otra situación no prevista y que amerite una decisión respecto al alumno/a involucrado será resuelta por la dirección del Establecimiento, con respaldo del encargado de Convivencia Escolar y Orientación.
Protocolo retención escolar de Madres Embarazadas Criterios de Evaluación: Las alumnas embarazadas podrán ingresar a clases y rendir normalmente sus actividades académicas y evaluaciones, sin embargo , si presentan controles médicos o problemas de salud pre y post parto , que interfieran su asistencia a clases; tendrán todas las condiciones necesarias para completar y desarrollar actividades de clases o rendir pruebas o trabajos en horarios alternativos. Criterio para la promoción. Las alumnas embarazadas serán promovidas si completan sus dos semestres o ; si fuera necesario por problemas de salud durante el embarazo , parto y postparto ; se hará término anticipado de año escolar o se les aprobará con un semestre rendido, siempre y cuando cumplan con la normativa de aprobación por rendimiento estipulada en el Reglamento de Evaluación para todos los alumnos. Para las estudiantes embarazadas, no se considera el 85% de asistencia a clases durante el año escolar, esto debe ser por situaciones derivada por el embarazo como por ejemplo: Pre natal, Parto, post natal, control de niño sano, lactancia. El establecimiento contará con un docente responsable de realizar tutorías, se privilegiará que esta labor la cumpla el/ profesor/a jefe de la alumna. El cual llegara de mutuo acuerdo con la estudiante el día y la hora de atención, además el profesor jefe estará apoyado por la profesora/or de Convivencia Escolar, y Orientadora según corresponda las problemáticas que la o las estudiantes embarazadas presenten. Requisitos del protocolo Debe estar en conocimiento el consejo escolar. Con respecto del Manual de Convivencia Escolar Permisos y salidas: Las alumnas presentará su carnet de salud o certificado médico cuando necesite salir a control médico en horario de colegio.
Las alumnas deberán presentar certificado medico cuando se ausenten a Inspectoría General.
Las alumnas deberán informar a la dirección su estado de embarazo a través de un certificado emitido por ginecólogo indicando la cantidad de semanas de embarazada. Respecto al periodo de embarazo Tanto de igual forma la estudiante embarazada como su progenitor adolescente tendrá autorización para concurrir a las actividades que demande el control pre-natal y cuidado del embarazo. Todos los permiso deben estar visado por Inspectoría General o el departamento de convivencia escolar, la/el estudiante debe presentar documentado con certificado médico o carnet de saludad para retirarse. Cabe señalar que los derechos son los mismos para alumnos varones que estén en situación de paternidad. La alumna tendrá autorización para asistir al baño cuantas veces lo requiera. Respecto al periodo de maternidad y paternidad. La madre adolescente determinará el periodo de alimentación de su hijo o hija que puede ser máximo de una hora. Este periodo debe estar comunicado formalmente
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47 través de una carta a la dirección del colegio. El periodo para entregar la carta debe ser dentro de la semana de ingreso de la alumna. El apoderado firmará una carta de compromiso en la cual donde se detallará el apoyo que le brindará a su pupila con respecto a su deberes académico.
El apoderado debe notificar al establecimiento situaciones de cambio de domicilio o número telefónico. PROTOCOLO DETECCIÓN Y CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL
1. DETECCIÓN
Responsables: Integrantes de la Comunidad Educativa (Docentes, Estudiantes,
Padres y Apoderados, Asistentes de la Educación, Directivos).
Al constatar la situación alerta al Profesor Jefe y/o Inspector General .
2. EVALUACIÓN PRELIMINAR DE LA SITUACIÓN
Responsable: Inspector General del Colegio y Profesor Jefe, quienes consideran
la urgencia de la situación e informan al Departamento de Orientación Psicólogos
del establecimiento y a la encargada de Convivencia Escolar.
3. ADOPCIÓN MEDIDAS DE URGENCIA PARA IMPLICADOS
Responsable: Inspector General del Colegio y Profesor Jefe.
• Informa a las familias.
• El Departamento de Orientación deriva a profesionales pertinentes (Hospital,
Psicóloga, , quienes informarán a través de la Directora y según corresponda a:
Carabineros, SENDA, SENAME, OPD, otros).
4. EVALUACIÓN TÉCNICA E INTERVENCIÓN
Responsables: Departamento de Orientación Psicólogos e Inspector General.
• Aplicación del Reglamento de reglamento interno del establecimiento.
• Sancionar y educar al implicado.
• Realizar observaciones y dejar registros y evidencias.
5. EVALUACIÓN INFORME FINAL PLAN DE INTERVENCIÓN
Responsables: Departamento de Orientación y Psicólogos
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48 • Informe a la Directora.
• Acciones de seguimiento.
9.- NORMAS PARA LA SELECCIÓN DEL PERSONAL PARA PREVENIR EL
ABUSO SEXUAL DE JÓVENES Y ADULTOS EN EL ESTABLECIMIENTO
Dado que el trabajo es en el área de Educación, se deberá seguir el siguiente procedimiento al momento de contratar personal: a) Solicitar siempre exámenes psicológicos que permitan diagnosticar posibles
desórdenes o patologías de tipo psicosexual o de otro tipo y que impliquen una amenaza para los menores.
b) Solicitar referencias por escrito. c) Todo funcionario nuevo será contratado por un período de tiempo limitado
considerado de prueba. d) Será tarea del Director, o encargado u otro responsable de la institución,
entrevistar al candidato que trabaje como profesor monitor en alguna actividad educativa privilegiando idoneidad y que vivencie una conducta honorable.
10.- RESPONSABILIDADES QUE LE CABEN AL CONSEJO ESCOLAR EN LA
CONVIVENCIA ESCOLAR
Promover acciones, medidas y estrategias que fortalezcan la convivencia escolar en el establecimiento.
Promover acciones, medidas y estrategias orientadas a prevenir la violencia entre los miembros de la Comunidad Educativa.
Elaborar, en conjunto con el Encargado de Convivencia Escolar, un Plan de Acción para promover la buena convivencia y prevenir la violencia en el establecimiento.
Conocer el Proyecto Educativo Institucional y participar de su elaboración y actualización, considerando la Convivencia Escolar como un eje central.
Participar en la elaboración de la programación anual y actividades extracurriculares del establecimiento, incorporando la Convivencia Escolar como contenido central.
Participar en la elaboración de las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos en el área de Convivencia Escolar.
Participar en la elaboración y actualización del Reglamento de Convivencia, de acuerdo al criterio formativo planteado en la Política Nacional de Convivencia Escolar.
El consejo Escolar está formado por:
Representante del Sostenedor, Sr. Ociel Sepúlveda
Presidente del Centro de Alumno, Matias
Presidente del Centro de Padres,…NO HAY……………..
Profesora representante del consejo de profesores, Srta. Gemita Medina
Representante de los Asistente de la Educación, Sr Luis Monsalve Navarrete.
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11.- RESPONSABILIDADES PARA EL ENCARGADO DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
Promover la participación de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa en el Consejo Escolar.
Promover el trabajo colaborativo en torno a la Convivencia Escolar en el Consejo Escolar o el Comité para la Buena Convivencia.
Disponer la implementación de las medidas sobre Convivencia Escolar que disponga el Consejo Escolar o el Comité para la Buena Convivencia.
Elaborar el Plan de Acción sobre Convivencia Escolar, en función de las indicaciones del Consejo Escolar o Comité para la Buena Convivencia.
Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la Comunidad Educativa.
Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la Comunidad Educativa en la elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia escolar.
Encargado de convivencia escolar: Sr Julio Martínez Gajardo.
12.- RESPONSABILIDADES Y COMPROMISO DE LOS DIFERENTES
INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA:
DIRECCIÓN Y/O EQUIPO DE GESTION DEL ESTABLECIMIENTO:
Generar instancias de discusión y trabajo que incorporen a los diversos estamentos de la comunidad educativa en la revisión, actualización y difusión de los instrumentos de gestión escolar.
Definir y difundir las responsabilidades de los miembros de la Comunidad Educativa en el fortalecimiento de la Convivencia Escolar.
Coordinar sesiones de trabajo con la Comunidad Educativa que tenga como finalidad evaluar las responsabilidades establecidas.
Establecer mecanismos de consulta amplia para recoger opiniones de la Comunidad Educativa tendientes a mejorar la Convivencia Escolar.
Incentivar la organización y participación de los actores en pro de una Convivencia Escolar democrática y respetuosa de las diferencias.
Definir procedimientos disciplinarios que incluyan el principio de presunción de inocencia de las partes involucradas.
Enfatizar el uso de procedimientos justos, claros y comprensibles para todos los miembros de la Comunidad Educativa.
Revisar las normas de convivencia, cautelando que las sanciones respondan a un criterio formativo y a los valores declarados en el Proyecto Educativo.
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Proporcionar apoyo al equipo docente para utilizar los mecanismos de resolución pacífica de conflictos, para favorecer la calidad de la convivencia y de los aprendizajes.
Proporcionar apoyo a los asistentes de la educación para incluir mecanismos de detección y resolución pacífica de conflictos como parte de su trabajo formativo.
Contribuir con sus reflexiones, dichos y acciones, al ejercicio cotidiano de una convivencia respetuosa y solidaria entre los miembros de la Comunidad Educativa.
DOCENTES:
Generar y desarrollar estrategias pedagógicas y didácticas innovadoras y atractivas para despertar el interés y la motivación por aprender.
Fomentar estrategias participativas orientadas hacia la formación ciudadana de los y las estudiantes dentro y fuera de la sala de clases.
Contribuir con sus reflexiones, dichos y acciones, al ejercicio cotidiano de una convivencia respetuosa y solidaria entre los miembros de la Comunidad Educativa.
ESTUDIANTES:
Estimular la organización democrática del Centro de Alumnos e informarse activamente acerca de los canales de participación disponibles para utilizarlos.
Contribuir al desarrollo e implementación del Proyecto Educativo, asumiendo los valores de convivencia expuestos en él.
Respetar las normas y acatar los reglamentos, expresando sus inquietudes o discrepancias en forma respetuosa y en las instancias que correspondan.
Utilizar y solicitar canales de comunicación legítimos y continuos con los miembros y estamentos de la Comunidad Educativa.
PARADOCENTES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN:
Contribuir al desarrollo e implementación del Proyecto Educativo, asumiendo los valores de convivencia expuestos en él.
Apoyar y fomentar el ejercicio de una convivencia respetuosa entre los y las estudiantes, y hacia los miembros de la Comunidad Educativa, en los diversos espacios físicos y sociales del establecimiento educativo.
Contribuir con sus reflexiones, dichos y acciones, al ejercicio cotidiano de una convivencia respetuosa y solidaria entre los miembros de la Comunidad Educativa.
Cumplir con rigurosidad las normas y procedimientos instituidos en la Comunidad Educativa.
Respetar los acuerdos y procedimientos frente a conflictos entre los actores de la Comunidad Educativa.
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13.- SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
El colegio informará en sus reuniones de los casos relevantes de incumplimiento de
estas normas.
El colegio conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de
sanciones de a cuerdo con el Reglamento de Convivencia y velará porque estas se
atengan a la normativa vigente.
La comunidad docente aprobará el Plan de Convivencia y garantizará que las
normas de conductas de acuerdo a los protocolos de cada enseñanza, se cumplan
en la sala de clases.
El Departamento de Orientación debe trabajar en conjunto con los profesores jefes
y profesores de asignatura en la socialización de este Plan de Convivencia en la
sala de clases.
Todo alumno/a que no cumpla con el protocolo de conducta establecido debe
primero ser enviado a Dirección y posteriormente a Orientación.
La Inspectora, garantizará que estas normas de conducta se cumplan tanto dentro
como fuera de la sala de clases.
El Consejo Escolar aprobará el Plan de Convivencia presentado por la comunidad
docente, conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y velará por la correcta
aplicación de la normativa vigente.
Este documento se revisará todos los años en el mes de diciembre o en el mes de
marzo, analizando sus contenidos con el cuerpo de profesores, para posibles
cambios y actualizaciones de acuerdo a necesidad, considerando siempre las líneas
básicas y Objetivos del Plan de Convivencia Escolar.
SAN CARLOS, marzo del 2014.-